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TUPAYACHI SANTENDER KATLEN

HUANCA CUTIPA RUTH MARLENY

LA CONSTITUCION PERUANA DE 1867

CONTEXTO HISTORICO

Tras la guerra contra Espaa, el dictador Mariano Ignacio Prado se convirti en presidente provisorio. Pese a las crticas, Prado se present como candidato a la presidencia sin abandonar el poder, obteniendo el triunfo. Convoc tambin a unCongreso Constituyente, que se encarg de dar una nueva Constitucin: laConstitucin Liberal de 1867. Pero una revolucin acaudillada estalla en Arequipa la sublevacin del General Pedro Diez Canseco, que, con el apoyo de las fuerzas del norte dirigidas por el Coronel Jos Balta en Chiclayo derrumbar al rgimen de Prado, siendo este obligado a renunciar al poder el 6 de enero de 1868, asilndose en la embajada de los Estados Unidos el 10 de enero, para luego partir con destino a Chile.Jos Balta y Montero, presidente del Per (1868-1872).Trajo abajo a su rgimen y restituy la Constitucin de 1860, a principios de1868.

HECHOS

Aprobada por el congreso Constituyente y promulgada por el Presidente General Mariano Ignacio Prado el 19 de agosto de 1867.Esta constitucin en su gran parte era copia de la constitucin liberal de 1856 solo que ms avanzada extremada y radical La constitucin no llego a ser juramentada en Arequipa, pues fue quemada pblicamente en dicha ciudad. El movimiento se extenda y creca ante esta situacin. Prado dimiti el 6 de enero de 1868, embarcndose para el extranjero. La constitucin slo estuvo vigente hasta el 6 de enero de 1868, o sea menos de cinco meses.

ESTRUCTURA

Constaba de 131 artculos, ordenados en 19 ttulos.

Ttulo I: De la Nacin

Ttulo II: De la Religin.

Ttulo III: Garantas Nacionales.

Ttulo IV: Garantas Individuales.

Ttulo V: De los peruanos.

Ttulo VI: De la ciudadana.

Ttulo VII: De la forma de gobierno.

Ttulo VIII: Del Poder Legislativo.

Ttulo IX: De la formacin y promulgacin de las leyes.

Ttulo X: Poder Ejecutivo.

Ttulo XI: De los Ministros de Estado.

Ttulo XII: Del Fiscal General.

Ttulo XIII: Rgimen interior de la Repblica.

Ttulo XIV: Juntas Departamentales.

Ttulo XV: De las Municipalidades.

Ttulo XVI: De la Fuerza Pblica.

Ttulo XVII: Del Poder Judicial.

Ttulo XVIII: Reforma de la Constitucin.

Ttulo XIX: Disposiciones transitorias.

Resumiendo es sus primeros artculos define a la Nacin peruana como soberana libre e independiente , manteniendo sus poderes y enfocando que la nacin profesa la religin catlica, as mismo cabe resaltar que define a la vida humana como inviolable por lo que no se impone la pena de muerte y ordena que no hay ni puede haber esclavos en la repblica, en este mismo ttulo establece la total libertad de enseanza primaria , media y superior y el de las universidades con tal que no atacaran la moral y la seguridad pblica . En cuanto al ttulo de los peruanos y la ciudadana el sufragio es popular y directo y gozan de este derecho todos los ciudadanos en ejercicio enfocando que son ciudadanos en ejercicio los peruanos mayores de veintin aos y los emancipados .Cabe sealar que el Gobierno del Per es Republicano,Democrtico, Representativo, fundado en la unidad.En cuanto al poder legislativo se ejerce por el congreso en una sola cmara y esta ser renovada cada dos aos as mismo existe un ttulo para dar la formacin y promulgacin de las leyes en la cual dice que tienen iniciativa legislativa: Los Representantes de la Nacin, El Poder Ejecutivo, La Corte Suprema en asuntos judiciales y el dcimo son artculos relacionados al Poder ejecutivo. El despacho de los negocios de la administracin pblica corre a cargo de los ministros de estado, para ser ministro se requera ser peruano de nacimiento, tener 10 aos de residencia en la repblica. As mismo las ordenes y decretos sern firmados por los ministros que reunidos formaran el consejo de ministros. As mismo habr un fiscal general administrativo como consultor y defensor de los intereses fiscales este ser nombrado por el gobierno.

Tambin debemos decir que la repblica se divide en departamentos, los departamentos en provincias y estas en distritos; as mismo habr prefectos en los departamentos y subprefectos en las provincias y gobernadores en los distritos; estos nombrados por el gobierno as como podrn ser removidos por el poder ejecutivo.

En la capital de cada departamento habr una junta compuesta de diputados destinada a promover los intereses del departamento en general; estas juntas se reuniran anualmente para el ejercicio de sus atribuciones que les designe la ley, sus sucesiones sern pblicas y duraran el tiempo que la misma ley lo seale.

Existe as la fuerza pblica que tiene como objeto asegurar los derechos de la nacin en el exterior y la ejecucin de las leyes y el orden en el interior. Esta se compone de las guardias nacionales del ejrcito y de la armada.

As mismo vemos que la justicia ser administrada por los tribunales y juzgados; en la capital de la repblica habr una Corte Suprema de Justicia, en los departamentos Cortes Superiores, en las provincias Juzgados de la Instancia y en todas las poblaciones Juzgados de Paz.

Para terminar vemos que para reformar uno o ms artculos constitucionales ser necesario que dicho proyecto sea aprobado en tres legislaturas distintas como cualquier proyecto ley.

CARACTERSTICAS PRINCIPALES:

Inspiracin liberal ms avanzada.

Declaro que el ejercicio de la libertad de imprenta no estaba sujeto a responsabilidad en asuntos de inters general; es decir que solo protega los intereses de los particulares.

As mismo se estableci una cmara nica.

La eleccin al presidente de la repblica se daba por votacin directa de los ciudadanos; as como se suprimi el cargo de vicepresidente.

Se estableci que para ser Presidente de la Repblica la edad mnima seria de 35 aos.

Tambin se mencionaban a las juntas departamentales y a los municipios.

En esta constitucin se aboli definitivamente la PENA DE MUERTE.

Se otorg los derechos de los peruanos de nacimiento a los extranjeros que hubieren residido en el pas desde la guerra de la independencia.

Para la reforma constitucional se exigi tres legislaturas.

DEROGACION:

Esta constitucin es derogada el 06 de enero de 1868 con el general Pedro Diez Canseco ya que hubo un descontento en la ciudadana pues se afirm que se haba implantado una constitucin similar a la de 1856 (constitucin liberal).

As pues se desato una revolucin que empez con el gran Mariscal Ramn Castilla quien falleci dejando prendida la mecha de la revolucin que estallo en Arequipa ya que los ciudadanos se negaron a juramentar por esta constitucin y as mismo esta fue quemada en la plaza de armas el 11 de setiembre de 1867 siendo el jefe de esta revolucin el general Pedro Diez Canseco. Simultneo a este se prendi otro foco revolucionario en el norte en Chiclayo encabezado por el coronel Jos Balta en donde tambin los ciudadanos rechazaron el asedio de las fuerzas de gobierno.

Habiendo ocurrido lo dicho el general Diez Canseco asumi el poder de la repblica poniendo en vigencia nuevamente la constitucin de 1860.

ESTATUTO PROVISORIO DE 1879

Desde la ltima constitucin de 1860 que entro en vigencia en el Gobierno de Balta en 1868, en el Per sucedieron diferentes aspectos histricos que marcaron el pas hasta que el 27 de Diciembre de 1879 el Presidente Nicols de Pirola con la aprobacin de sus ministros expeda un Estatuto Provisorio.

ANTECEDENTES HISTORICO - CONTEXTO-

El gobierno deBaltase inici con una lenta tarea de reorganizacin. El problema ms acuciante era el econmico, principalmente por los gastos generados por la guerra contra Espaa. Balta nombr comoministro de Haciendaal entonces desconocido jovenNicols de Pirola, quien logr un acuerdo con la Casa juda-francesa Dreyfus Hnos. deParspara la explotacin del guano, firmndose el llamadoContrato Dreyfus(5 de juliode1869). El gobierno peruano venda a la Casa Dreyfus dos millones de toneladas de guano, valorados en 73 millones de soles; por su parte, la Casa Dreyfus adelantaba al Estado dos millones de soles, y se comprometa a pagar a razn de 700 mil soles cada mes y a cubrir los intereses de la deuda externa peruana. Posteriormente se hicieron algunas ampliaciones. En teora este contrato era muy conveniente para el Estado Peruano y pona fin a los abusos de los consignatarios peruanos, hasta entonces intermediarios en el negocio guanero. Estos demandaron ante la justicia al Estado por daos y perjuicios, pero el contrato termin por ser aprobado por el Congreso y el gobierno sigui adelante en su ejecucin.

Contando con la garanta del guano, el gobierno peruano celebr grandes emprstitos con la misma Casa Dreyfus, con los que inici un ambicioso programa de obras pblicas, principalmente la construccin deferrocarriles, siendo los ms notables los de penetracin de la costa a la sierra. El gobierno actu irresponsablemente y se endeud crecidamente, confiado en las rentas del guano, que no seran duraderas.

Un ao antes del trmino legal de su mandato, Balta convoc a elecciones en medio de una gran crisis econmica. Varios candidatos se presentaron, pero entre todos destac la figura deManuel Pardo y Lavalle, lder del recin fundadoPartido Civil, el primer partido propiamente dicho fundado en el Per como respuesta al predominio militar en la poltica peruana y que agrupaba a profesionales liberales, comerciantes, empresarios, hacendados, que conformaban la naciente burguesa nacional. Pardo triunf, pero faltando pocos das para que asumiera el poder, Balta fue derrocado y apresado por los coroneles Gutirrez unos das despus Balta era asesinado en la prisin (26 de juliode1872), lo que provoc una violenta reaccin de la ciudadana.