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VOCABULARIO DE INMANUEL KANT Razón teórica o pura: Uso de la razón aplicada al conocimiento del objeto en cuanto a percibido y que se plantea la posibilidad de la metafísica como ciencia. Problema crítico: Problema fundamental de la Crítica de la Razón Pura que supone preguntarse por la posibilidad de la metafísica como ciencia, al ser una tendencia natural en todo ser humano Giro copernicano: Nueva perspectiva a la hora de plantear el problema del conocimiento, situando en el centro no al objeto, sino al sujeto Método trascendental: Método que se ocupa no del objeto, sino de nuestro modo de conocerlo a priori, es decir, de la estructura preempíricamente válida de toda experiencia. Deducción metafísica: Parte del método trascendental que establece cuáles son las formas a priori de cada facultad Deducción trascendental: Parte del método trascendental que establece la legitimidad de las formas a priori de cada facultad para proporcionar conocimiento objetivo. Elemento a posteriori: Datos empíricos o procedentes de la experiencia que se captan por la intuición. Elemento a priori: Conjunto de estructuras que no proceden de la experiencia, pero que se activan con ella, de modo que son universales y necesarias. Juicio analítico: Juicio en el que el predicado está comprendido en la noción de sujeto, de modo que no es ampliativo, pero, al ser a priori, es universal y necesario. Juicio sintético a posteriori: Juicio en el que el predicado no está contenido en la noción de sujeto, y la conexión entre sujeto y predicado se basa en la experiencia; por tanto, aunque es ampliativo, al ser a posteriori, no es universal y necesario. Juicio sintético a priori: Juicio en el que el predicado no está contenido en la noción de sujeto, siendo por ello ampliativo; pero la conexión sujeto-predicado no se basa en la experiencia, sino en las estructuras a priori universales y necesarias. Sensibilidad: Facultad pasiva que permite la captación de los datos empíricos a través de los sentidos.

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VOCABULARIO DE INMANUEL KANTRazón teórica o pura: Uso de la razón aplicada al conocimiento del objeto en cuanto a percibido y que se plantea la posibilidad de la metafísica como ciencia.

Problema crítico: Problema fundamental de la Crítica de la Razón Pura que supone preguntarse por la posibilidad de la metafísica como ciencia, al ser una tendencia natural en todo ser humano

Giro copernicano: Nueva perspectiva a la hora de plantear el problema del conocimiento, situando en el centro no al objeto, sino al sujeto

Método trascendental: Método que se ocupa no del objeto, sino de nuestro modo de conocerlo a priori, es decir, de la estructura preempíricamente válida de toda experiencia.

Deducción metafísica: Parte del método trascendental que establece cuáles son las formas a priori de cada facultad

Deducción trascendental: Parte del método trascendental que establece la legitimidad de las formas a priori de cada facultad para proporcionar conocimiento objetivo.

Elemento a posteriori: Datos empíricos o procedentes de la experiencia que se captan por la intuición.

Elemento a priori: Conjunto de estructuras que no proceden de la experiencia, pero que se activan con ella, de modo que son universales y necesarias.

Juicio analítico: Juicio en el que el predicado está comprendido en la noción de sujeto, de modo que no es ampliativo, pero, al ser a priori, es universal y necesario.

Juicio sintético a posteriori: Juicio en el que el predicado no está contenido en la noción de sujeto, y la conexión entre sujeto y predicado se basa en la experiencia; por tanto, aunque es ampliativo, al ser a posteriori, no es universal y necesario.

Juicio sintético a priori: Juicio en el que el predicado no está contenido en la noción de sujeto, siendo por ello ampliativo; pero la conexión sujeto-predicado no se basa en la experiencia, sino en las estructuras a priori universales y necesarias.

Sensibilidad: Facultad pasiva que permite la captación de los datos empíricos a través de los sentidos.

Formas o intuiciones puras: Formas a priori de la sensibilidad (tiempo y espacio) que son condición de posibilidad para la captación del objeto.

Fenómeno: Objeto percibido en el espacio y el tiempo y susceptible de ser conocido por medio de la aplicación de las categorías.

Entendimiento: Facultad activa que permite pensar los fenómenos mediante conceptos y unificarlos mediante reglas dando lugar a juicios.

Conceptos puros o categorías: Formas a priori del entendimiento, deducidas a partir de los tipos de juicio y clasificadas en cuatro criterios (cantidad, cualidad, relación y modalidad)

Estructura triádica de las categorías: Estructuración de cada criterio de categorías de modo que la tercera abarca y sintetiza a las tres primeras.

Sujeto trascendental: Apercepción pura que sustenta las categorías y que implica la propia conciencia; es la condición última de posibilidad de todo conocimiento, ya que garantiza su unidad.

Imaginación: Facultad productora de esquematismos trascendentales que actúan de mediación entre la sensibilidad y el entendimiento

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Esquematismo trascendental: Reglas que delimitan cada categoría para que sean aplicables a la experiencia; por tanto, habrá un esquematismo por cada criterio de deducción metafísica de las categorías

Noúmeno: La cosa al margen de nuestra experiencia; no puede ser conocida por medio de la experiencia, y solo podría conocerse por la intuición intelectual, de la que carecemos.

Razón: Facultad que trata de relacionar los juicios formando razonamientos, tendiendo a que sean cada vez más generales y que se constituyan como leyes que expliquen el mayor número de fenómenos.

Ideas de la razón: Noúmenos por medio de los cuales la razón humana tiende a ir unificando los fenómenos y a lo incondicionado; son alma, mundo y Dios.

Mundo como totalidad: idea pura de la razón o nouménica que es fruto de la unificación que lleva a cabo la razón concatenando causalmente todos los fenómenos.

Alma: idea pura de la razón o nouménica fruto de la tendencia a vincular desde uno mismo (desde el Sujeto trascendental, que está supeditado a la experiencia) todas las propiedades y funciones del yo como accidentes de una sustancia, generando la idea de alma

Dios: ida pura de la razón o nouménica fruto de la unificación de las ideas de mundo y alma como incondicionados últimos en su nivel, para llegar a un incondicionado absolutamente última y condición de posibilidad de todo lo pensable

Cosmología racional: Supuesta ciencia cuyo objeto de estudio es la idea de mundo como totalidad, no parte de la experiencia y, por tanto, al intentar aplicarle las categorías, conduce a las antinomias de la razón pura

Antinomia: Razonamiento que concluye dos verdades contradictorias entre sí, entre las cuales no hay modo de elegir. Es producida por la razón cuando ésta busca certezas fuera de los límites de sus posibilidades de conocimiento. Kant expone las antinomias en las que cae la razón en relación con el carácter finito o infinito del mundo, el carácter simple o compuesto de la sustancia, la libertad y la necesidad en la naturaleza y la existencia o inexistencia de un ser necesario.

Psicología racional: Supuesta ciencia cuyo objeto de estudio es la idea de alma, no parte de la experiencia, sino del yo como condición a priori, produciendo paralogismos.

Paralogismo: Razonamiento formalmente falso que se produce al utilizar la razón sin intuición sensible. La razón incurre en paralogismos cuando refiere los actos de conciencia (fenómenos) a una entidad sustancial, simple y personal, a la que se denomina alma, que es el sujeto de dichos actos (noúmeno).

Teología racional: Supuesta ciencia cuyo objeto es la idea de Dios, no proporciona conocimiento por no partir de la experiencia. Kant critica las pruebas tradicionales de la existencia de Dios.

Uso constitutivo de la metafísica: Uso de la metafísica que busca proporcionar conocimiento objetivo (generar juicios sintéticos a priori) sobre las ideas d ela razón (alma, mundo y dios)

Uso regulativo de la metafísica: Uso crítico de la metafísica conforme al cual sus ideas son reguladoras de la razón, estableciendo los principios, valor y alcance del conocimiento.

Razón práctica: Uso de la razón que se encarga de fijar los fundamentos de la moral; la razón práctica es la culminación de la teórica, al establecer el ámbito en el que las ideas de la razón pueden tener un uso legítimo, como postulados de la acción moral.

Moralidad: Facultad humana que permite juzgar una acción conforme a la voluntad del sujeto.

Máxima: Principio práctico subjetivo e individual

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Imperativo: Principio práctico objetivo

Imperativo hipotético: Prescripciones prácticas según las circunstancias y orientadas a un fin

Imperativo categórico: Prescripciones prácticas no referidas a un fin y en las que la acción es objetiva y universal. Sólo éstos pueden ser considerados como ley moral.

Ética material: Ética con contenido, es decir, que establece a partir de la experiencia (a posteriori) en qué consiste el bien y cuáles son los medios para alcanzarlo, no siendo por tanto universal. Establece un fin ajeno a la propia norma moral (es hipotética) y el mandanto es heterónomo.

Ética formal: Ética sin contenido empírico, que no determina ningún bien en concreto, sólo la forma de actuar moralmente, siendo por ello universal y necesaria. Su mandanto es categórico y aitónomo.

Voluntad: Facultad de determinarse a obrar, la facultad del querer.

Acción contraria a deber: Acción moralmente reprobable por ir contra la moraliadad

Acción conforme a deber: Acción conforme a un imperativo hipotético, que busca un fin ajeno a la propia acción.

Acción por deber: Acción conforme a un imperativo categórico; por tanto, que no busca fines ajenos a la acción, sino la acción misma.

Formulaciones del imperativo categórico: Expresan los rasgos que ha de cumplir la acción para ser moralmente buena: ser universal (“Obra sólo según una máxima tal que puedas querer al mismo tiempo que se torne en ley universal”), tomar al hombre como fin (“Obra de tal manera que uses la humanidad, tanto en tu persona como en la persona de cualquier otro, siempre como un fin y nunca como un medio”) y servir de legislación universal en un reino de fines (“Obra como si la máxima de acción hubiera de convertirse por tu voluntad en ley universal de la naturaleza”)

Autonomía: La propia razón del sujeto la que establece el deber o ley moral desde sí, sin dejarse llevar por las pasiones o el acatamiento de autoridades externas. Supone la mayoría de edad del hombre que se atreve a saber, a usar la propia razón

Sumo Bien: Tiene dos sentidos: el bien más alto, que es la ley moral, y el bien más completo, que comprende la virtud como condición primera y la felicidad como consecuencia necesaria. En el mundo fenoménico observamos que no hay correspondencia entre la vida virtuosa y el logro de la felicidad

Postulado de la razón práctica: Elemento que no puede ser empíricamente demostrado, pero que es exigido por la razón práctica para la realización de la acción moral; determinaciones de la realidad que, si bien son inciertas objetivamente, tienen un valor firme desde el punto de vista subjetivo y participan del valor absoluto del imperativo categórico.

Libertad: condición básica de la moralidad. Capacidad de los seres racionales para deteminarse a obrar según leyes de otra índole que las naturales, es decir, dadas por la propia razón. La libertad equivale a autinomía de la voluntad.

Inmortalidad del alma: Postulado de la razón práctica y condición necesaria para la actuación moral porque en la vida finita del hombre no puede darse el Sumo Bien (conjunción entre virtud y felicidad). La voluntad de la acción moral persigue un fin inalcanzable sin postular la inmortalidad del alma.

Dios: Postulado de la razón práctica más elevado porque el Sumo Bien no puede quedar en una mera idea, ya que esto frustraría la acción humana. Dios es la conjunción perfecta de virtud y felicidad; de modo una moralidad que tenga garantiza la felicidad debe admitir la existencia de Dios que respalde la citada conjunción.