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XIX. I NFORME FINAL DE A UDITORÍA, DERIVADA DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO DE 2015

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  • XIX. INFORME FINAL DE AUDITORÍA,

    DERIVADA DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

    DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

    CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO DE 2015

  • 1

    ÓRGANO DESCONCENTRADO

    INSTITUTO TÉCNICO DE FORMACIÓN POLICIAL

    AUDITORÍA FINANCIERA

    Capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”

    Auditoría ASCM/31/15

    FUNDAMENTO LEGAL

    La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 122, apartado A, fracción II,

    sexto y séptimo párrafos, en relación con el 74, fracción VI, y 79 de la Constitución Política

    de los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX y 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito

    Federal; 10, fracción VI de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;

    1; 2, fracciones XIII y XXI, inciso a); 3; 8, fracciones I; II, IV, VI, VII, VIII, IX y XIX; 9; 10,

    incisos a) y b); 14, fracciones I, VIII, XVII, XX y XXIV; 22; 24; 27; 28; 30; 32; 33; 34; 35; 36,

    primer párrafo; 37, fracción II y 95, segundo párrafo de la Ley de Fiscalización Superior de la

    Ciudad de México; 1; 4; 5, fracción I, inciso b); 6, fracciones V y VII, y 30 del Reglamento

    Interior de la Auditoría Superior de la Ciudad de México.

    ANTECEDENTES

    En 2015, el Instituto Técnico de Formación Policial (ITFP) ocupó el octavo lugar respecto

    del presupuesto ejercido por los 16 órganos desconcentrados del Gobierno de la Ciudad de

    México (25,339,095.9 miles de pesos), con un monto de 139,253.4 miles de pesos, que

    representó el 0.5% del total erogado por dichos entes de la Administración Pública Centralizada

    y que significó un incremento de 10,017.9 miles de pesos (7.8%) con relación al presupuesto

    original, que fue de 129,235.5 miles de pesos.

    En el Informe de Cuenta Pública del órgano desconcentrado correspondiente a 2015,

    apartado “ECG Análisis de Egresos por Capítulo de Gasto”, el ITFP reportó para el capítulo

    4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” un presupuesto original

    de 41,000.0 miles de pesos. Dicho presupuesto presentó un incremento de 7,297.7 miles

  • 2

    de pesos (17.8%), derivando en un presupuesto modificado de 48,297.7 miles de pesos,

    cantidad igual a la reportada como ejercida. Respecto a lo erogado, según lo reportado en

    el Informe de Cuenta Pública de 2014 (37,555.1 miles de pesos), mostró un incremento

    de 28.6% (10,742.5 miles de pesos).

    OBJETIVO

    Verificar que el presupuesto aplicado por el ITFP en el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones,

    Subsidios y Otras Ayudas”, se haya registrado, aprobado, modificado, comprometido, devengado,

    ejercido y pagado de conformidad con la normatividad aplicable; y destinado al cumplimiento

    de programas, acciones y atribuciones del órgano desconcentrado.

    CRITERIOS DE SELECCIÓN

    Esta auditoría se propuso de acuerdo con el criterio general de selección “Importancia

    Relativa”, debido a que presentó una variación significativa entre el monto presupuestado

    y el ejercido; además de que presentó una variación positiva superior al 10.0% en el gasto

    registrado en relación con el ejercicio inmediato anterior. Asimismo, se consideró el criterio

    general “Exposición al Riesgo”, ya que el capítulo en revisión se seleccionó por estar propenso

    a ineficiencias e incumplimiento de objetivos y metas físicas y financieras. Dichos criterios

    están contenidos en el Manual de Selección de Auditorías de esta entidad de fiscalización.

    ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

    Como resultado de los trabajos de planeación correspondientes y una vez integrado

    el presupuesto ejercido por el ITFP en 2015 con cargo al capítulo 4000 “Transferencias,

    Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, se determinó el alcance de la auditoría con

    una muestra de auditoría compuesta por 25 Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC)

    y 24 Documentos Múltiples (DM), con cargo la partida 4421 “Becas y Otras Ayudas para

    Programas de Capacitación”.

    La auditoría se efectuó en la Coordinación Administrativa, por ser la unidad administrativa

    encargada de realizar las operaciones del rubro sujeto a revisión, y en la Dirección Pedagógica,

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    por ser el área operativa encargada de contraer el compromiso y la ejecución del rubro

    en revisión; ambas áreas adscritas a la Dirección General del ITFP, por lo que se aplicaron

    procedimientos de auditoría en las áreas e instancias que intervinieron en la operación

    del ejercicio del capítulo revisado.

    Se analizó la normatividad aplicable al ejercicio y registro de las erogaciones efectuadas

    por el ITFP en 2015 con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios

    y Otras Ayudas”, integrada por la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública;

    Ley Orgánica y el Reglamento Interior de la Administración Pública de Distrito Federal; Ley

    de Seguridad Pública del Distrito Federal y su Reglamento; Ley de Presupuesto y Gasto

    Eficiente del Distrito Federal y su Reglamento; Decreto de Presupuesto de Egresos del

    Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2015; Ley General de Contabilidad Gubernamental;

    Manual de Reglas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del

    Distrito Federal; Manual de Programación-Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto

    de Presupuesto de Egresos 2015, Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal;

    Circular de Cierre del Ejercicio del Presupuesto 2015; Reglas para el Establecimiento

    y Operación del Sistema de Carrera Policial de la Policía del Distrito Federal; y Reglas

    para el Establecimiento de la Carrera Policial de la Policía del Distrito Federal, ambas publicadas

    en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 17 de julio de 2001 y del 14 de septiembre

    de 2012, respectivamente.

    Con la finalidad de evaluar el sistema de control implantado en el ITFP, se aplicaron cuestionarios

    de control interno y de ambiente de control en la Coordinación Administrativa y en la

    Dirección Pedagógica del ITFP. Se verificó que durante 2015 el ITFP hubiese contado con

    una estructura orgánica y se revisó su manual administrativo vigente en 2015, en sus

    apartados de organización y de procedimientos, para verificar que la organización de dicho

    órgano desconcentrado fuera acorde con la estructura orgánica autorizada y que los procedimientos

    aplicables al rubro en revisión hubiesen sido registrados por la Coordinación General

    de Modernización Administrativa (CGMA).

    Se comprobó el cumplimiento de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y los acuerdos

    emitidos por el Consejo de Armonización Contable del Distrito Federal (CONSAC-DF).

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    Se verificó el cumplimiento de los artículos 57, 60, 67, 101, 123, 124, 135 y 136 de la Ley

    de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2015, referente a la

    presentación de informes. Asimismo, se constató que las operaciones registradas y reportadas

    coincidieran con las operaciones reales llevadas a cabo.

    Se analizó la información proporcionada por la Dirección General de Contabilidad, Normatividad

    y Cuenta Pública (DGCNCP) de la SEFIN, sobre los registros contables de los distintos

    momentos del gasto (aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado)

    y registrados por el ITFP en 2015 con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones ,

    Subsidios y Otras Ayudas”.

    Respecto del gasto aprobado, se verificó que el proceso de programación, presupuestación,

    integración y autorización del presupuesto se hubiese ajustado a la normatividad aplicable

    y que hubiese congruencia entre la documentación soporte: techo presupuestal, Anteproyecto

    de Presupuesto de Egresos, Guion del Programa Operativo Anual (POA) 2015, el techo

    presupuestal definitivo, el Calendario Presupuestal, el POA definitivo y la autorización de

    la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito

    Federal para el Ejercicio Fiscal 2015) conforme al Manual de Programación-Presupuestación

    para la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2015. Asimismo, se

    verificó que el ITFP hubiese contado con metas físicas y financieras para el rubro en revisión.

    Se verificó que el gasto modificado coincidiera con el reportado por el ITFP en la Cuenta

    Pública de la Ciudad de México de 2015, y que éste se hubiese justificado, autorizado

    y sujetado al cumplimiento de metas y objetivos, conforme a la normatividad aplicable.

    En relación con el gasto comprometido, se verificó que el ITFP hubiese contado con

    suficiencia presupuestal y autorización del titular del ITFP para contraer los compromisos

    sujetos a revisión; y que haya contado con reglas de operación mediante las cuales se

    formalizó la relación entre el órgano desconcentrado y los beneficiarios de las ayudas

    otorgadas (según lo establecido normativamente para ingresar al Curso Básico de Formación

    Policial y que el proceso de reclutamiento y selección se haya efectuado a cabo conforme

    a la normatividad aplicable).

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    En cuanto al gasto devengado, se verificó que los alumnos becarios seleccionados en la

    muestra sujeta a revisión hayan cubierto los requisitos establecidos en las “Reglas para

    el Establecimiento de la Carrera Policial de la Policía del Distrito Federal vigentes en el

    ejercicio de 2014 y 2015” para la obtención de las ayudas económicas otorgadas con cargo

    al presupuesto.

    Se revisó que el gasto ejercido por el ITFP, con cargo al capítulo 4000 “Transferencias,

    Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” (partida 4421 “Becas y Otras Ayudas para Programas

    de Capacitación”), estuviera respaldado en las respectivas CLC; y que éstas se hubieran

    elaborado conforme al Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario

    de la Administración Pública del Distrito Federal.

    En relación con el gasto pagado, se verificó que las obligaciones a cargo del ITFP se hayan

    extinguido mediante las dispersiones correspondientes y que éstas se hayan acreditado

    y realizado en cumplimiento de la normatividad; asimismo, que los recursos no devengados

    fueran enterados a la SEFIN.

    Para determinar la muestra sujeta a revisión, con base en el resultado de los trabajos

    de planeación efectuados, se realizaron las siguientes actividades:

    1. Se integró el universo por generación de alumnos becarios que ingresaron y concluyeron

    el curso de formación básica durante el ejercicio de 2015, de lo anterior, se determinó

    que fueron 9 las generaciones de alumnos becarios que cursaron durante este período.

    2. Se seleccionó como muestra la generación con número de identificación 214, por ser

    una de las que inició y concluyó durante el período en revisión, que representó un egreso

    de 6,213.3 miles de pesos, es decir, el 12.9% del monto ejercido en la partida 4421

    “Becas y Otras Ayudas para Programas de Capacitación” por 48,297.7 miles de pesos.

    Para fijar el porcentaje mínimo del 12.9% de la partida en revisión, se tomaron en cuenta

    las siguientes consideraciones: magnitud de operaciones, registros, movimientos y cálculos

    que implica la particularidad del gasto, el personal comisionado y el tiempo asignado para

    la revisión.

  • 6

    También, para determinar la muestra de auditoría, se consideró lo establecido en el

    Boletín 6020 “El Muestreo en la Auditoría”, de las Guías de Auditoría emitidas por la Comisión

    de Normas de Auditoría y Aseguramiento del Instituto Mexicano de Contadores Públicos,

    A.C. (IMCP) y las Normas Internacionales de Auditoría (NIA) 530 “Muestreo de Auditoría”,

    conjuntamente con las Normas Internacionales de las Entidades Fiscalizadoras Superiores

    (ISSAI) 1530 “Muestreo de Auditoría”, emitidas por el Comité de Normas Profesionales de la

    Organización Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI).

    Después de seleccionar la generación núm. 214, se estratificó el universo de CLC del

    ejercicio 2015 con cargo a la partida presupuestal 4421 “Becas y Otras Ayudas para Programas

    de Capacitación” del período en que cursó la generación seleccionada para determinar

    su importancia conforme a su monto, como se muestra a continuación:

    (Miles de pesos y por cientos)

    Partidas

    Universo Muestra

    CLC DM Presupuesto ejercido

    % CLC DM Presupuesto ejercido

    % partida

    % capítulo

    Partida 4421 “Becas y Otras Ayudas para Programas de Capacitación” 51 49 48,297.7 100.0 25 24 6,213.3 12.9 12.9

    Total capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” 51 49 48,297.7 100.0 25 24 6,213.3 12.9 12.9

    Del presupuesto ejercido en el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios

    y Otras Ayudas”, por 48,297.7 miles de pesos, se determinó revisar un monto de 6,213.3 miles

    de pesos, que representa el 12.9% del total ejercido en la partida y en el capítulo.

    RESULTADOS

    Evaluación del Control Interno

    1. Resultado

    El sistema de control comprende los planes de organización, métodos y procedimientos

    que en forma coordinada se adoptan para salvaguardar sus recursos y obtener información

    suficiente, oportuna y confiable; para promover la eficiencia operacional; y asegurar

  • 7

    la observancia de las leyes, normas y políticas en vigor, con objeto de lograr el cumplimiento

    de metas y objetivos establecidos. Al respecto, la Auditoría Superior de la Ciudad de México

    (ASCM), mediante el oficio núm. ACF-A/16/0620 del 29 de junio del 2016 requirió información

    al sujeto fiscalizado. En respuesta, mediante el oficio núm. SDI/DGITFP/1733/2016 del

    8 de julio de 2016, la Dirección General del ITFP proporcionó información y documentación.

    Se revisó el dictamen de estructura orgánica y el manual administrativo del ITFP, en sus

    apartados de organización y procedimientos, vigentes en 2015, para verificar que el ITFP

    hubiese contado en 2015 con una estructura organizacional, así como con funciones

    y procedimientos aplicables al rubro sujeto a revisión, actualizados y autorizados por la

    CGMA se determinó lo siguiente:

    Estructura Orgánica

    Se identificó que en el ejercicio de revisión por el período del 1o. al 15 de enero de 2015,

    el ITFP formaba parte de la estructura orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública

    del Distrito Federal (SSP), conforme al dictamen núm. 16/2010, informado mediante el

    oficio núm. CG/437/2010 del 20 de octubre de 2010 y actualizado mediante el oficio

    núm. CGDF/1501/2013 del 8 de octubre de 2013.

    A partir del 16 de enero de 2015, se dictaminó una estructura orgánica específica para

    el ITFP, según el dictamen núm. OD-SSPDF-ITFP-2/160115, autorizado con el oficio

    núm. OM/0037/2015 del 22 de enero de 201, de conformidad con su manual administrativo

    dado a conocer mediante aviso publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del

    23 de diciembre de 2015.

    Durante el análisis, se identificó que la oficina del ITFP cuenta con una Coordinación

    Administrativa y tres direcciones de área: Académica, de Instrucción Policial y Pedagógica.

    Manual Administrativo

    Con el oficio núm. OM/CGMA/0447/2014 del 4 de junio de 2014, la CGMA informó a la SSP

    el registro del manual administrativo, en sus apartados de organización y procedimientos,

    con el núm. MA-11000-16/10, conforme al dictamen de estructura orgánica núm. 16/2010,

  • 8

    donde se establecen los objetivos, funciones, atribuciones y responsabilidades de los servidores

    públicos adscritos a las unidades administrativas de la dependencia (incluido el ITFP).

    Dicho manual estuvo vigente a partir de que se dio a conocer mediante aviso publicado en

    la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 4 de agosto de 2014 y fue difundido entre el personal del

    ITFP mediante la circular núm. ITFP/DG/CA/051/2014 del 2 de septiembre de 2014.

    Mediante el oficio núm. SDI/DGITFP/CA/1264/2015 del 27 de octubre del 2015, el

    Coordinador Administrativo del ITFP solicitó a la CGMA iniciar el proceso de registro del manual

    administrativo en sus apartados de organización y procedimientos, en relación con la estructura

    orgánica núm. OD-SSPDF-ITFP-2/160115, vigente a partir del 16 de enero de 2015, es

    decir 197 días hábiles posteriores contados a partir de la fecha de entrada en vigor del

    dictamen de estructura orgánica.

    Derivado de lo anterior, mediante nota informativa del 13 de octubre de 2016, la Jefatura

    de Unidad Departamental de Recursos Humanos remitió diversos oficios mediante los cuales

    se efectuaron las actividades del proceso de actualización de su manual administrativo;

    sin embargo, se confirmó que fue con el oficio núm. SDI/DGITFP/CA/1264/2015 del

    27 de octubre de 2015 con el que el ITFP remitió el Proyecto del Manual en archivo electrónico

    para que la CGMA iniciara su revisión.

    Por lo anterior, el ITFP incumplió el numeral 1, del Lineamiento Décimo Tercero de los

    Lineamientos Generales para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de

    Operación de la Administración Pública del Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial

    del Distrito Federal el 30 de diciembre de 2014, vigentes en 2015, que establece:

    “1. Formalización

    ”Para iniciar el proceso de Registro, el Enlace de cada Órgano de la Administración

    y Órgano Administrativo dentro del plazo de 60 días hábiles contados a partir de la fecha

    de entrada en vigor del Dictamen de Estructura Orgánica, deberá enviar a través de oficio

    signado con firma autógrafa, […], el Proyecto del Manual en archivo electrónico en formato

    de texto Word a efecto de iniciar su revisión por parte de la Coordinación General…”

  • 9

    Con el oficio núm. OM/CGMA/2232/2015 del 30 de noviembre de 2015, la CGMA informó

    al ITFP el registro del manual administrativo, en sus apartados de organización y procedimientos,

    con el núm. MA-63/301115-OD-SSPDF-ITFP-2/160115; fue dado a conocer mediante

    aviso publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 23 de diciembre de 2015;

    y estuvo vigente a partir del 24 del mismo mes y año; y fue difundido entre el personal

    del Instituto mediante el oficio núm. SDI/DGITFP/2629/2015 del 23 de diciembre de 2015

    y diversos memorándums.

    Al revisar los procedimientos, fue posible identificar las áreas administrativas que participaron

    en las operaciones relacionadas con el ejercicio del gasto, sus atribuciones, sus actividades,

    los plazos y formatos. En el ejercicio 2015, el ITFP contó con 37 procedimientos registrados

    según el manual administrativo núm. MA-11000-16/10, de los cuales, 10 correspondieron

    al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”; y 39 procedimientos

    conforme al manual administrativo núm. MA-63/301115-OD-SSPDF-ITFP-2/160115, de los

    cuales 9 correspondieron al capítulo en revisión.

    Procedimientos conforme al registro MA-11000-16/10:

    “Aplicación de Entrevistas Psicológicas a Aspirantes al Curso Básico de Formación Policial”,

    “Elaboración y Entrega de Certificados del Curso Básico de Formación Policial”, “Registro

    y Elaboración del Reporte de Calificaciones del Curso Básico de Formación Policial”, “Pago

    de Becas a los Alumnos del Curso Básico de Formación Policial”, “Integración de Expedientes de

    Alumnos Becarios”, “Control y Seguimiento del Ejercicio Presupuestal”, “Captura y Trámite

    de Cuenta por Liquidar Certificada”, “Captura y Trámite de Documento Múltiple”, “Captura

    y Trámite de Afectación Programático-Presupuestaria” y “Aplicación de Examen Médico

    al Personal Aspirante a tomar el Curso Básico de Formación Policial”.

    Procedimientos conforme al registro MA-63/301115-OD-SSPDF-ITFP-2/160115:

    “Pago de Ayuda Económica Semanal a los Alumnos del Curso Básico de Formación Policial”;

    “Procedimiento para el Trámite de Pago de Ayuda Económica a los Alumnos Becarios (Becas)

    a través de Cuenta por Liquidar Certificada”; “Control del Servicio de Alimentación en el Instituto

    Técnico de Formación Policial”; “Diseño, Aplicación y Supervisión del Examen de Conocimientos

  • 10

    Policiales Generales”; “Selección de Aspirantes al Curso Básico de Formación Policial”;

    “Integración de Expedientes de Aspirantes y Becarios del Curso Básico”; “Elaboración y Entrega

    de Certificados del Curso Básico de Formación Policial”; “Elaboración de Reportes de

    Calificaciones del Curso Básico de Formación Policial” y “Formación Básica”.

    Derivado de las pruebas de controles, de la elaboración de la matriz de control interno

    y de la aplicación del cuestionario de control interno, se determinó que, para el registro y

    control de las operaciones del capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios

    y Otras Ayudas”, el ITFP dispone de una estructura orgánica actualizada y registrada ante

    la CGMA; que en sus manuales administrativos, apartados de organización y de procedimientos,

    fue posible identificar las áreas administrativas que participaron en las operaciones

    relacionadas con el ejercicio del gasto con cargo a dicho capítulo para generar la información

    presupuestal y contable requerida para la revisión del capítulo, en cumplimiento de la

    normatividad aplicable y vigente en 2015. Sin embargo, la actualización extemporánea de

    su manual administrativo hace que el sistema de control resulte parcialmente factible para

    el logro de los objetivos del órgano desconcentrado.

    En la reunión de confronta, celebrada el 23 de noviembre de 2016, el ITFP no proporcionó

    información ni documentación que desvirtuara la observación expuesta en el presente

    resultado, por lo que ésta prevalece.

    Recomendación ASCM-31-15-1-ITFP

    Es necesario que el Instituto Técnico de Formación Policial establezca mecanismos de control

    para garantizar que el proyecto de su manual administrativo sea enviado a la Coordinación

    General de Modernización Administrativa a partir de la fecha de entrada en vigor del dictamen

    de estructura orgánica, a efecto de iniciar su revisión dentro del plazo establecido, conforme

    a los Lineamientos Generales para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos

    de Operación de la Administración Pública del Distrito Federal.

  • 11

    Revisión, Adopción e Implantación de Normas Emitidas

    por el Consejo de Armonización Contable del Distrito

    Federal (CONSAC-DF), respecto al Cumplimiento

    de la Ley General de Contabilidad Gubernamental

    2. Resultado

    A fin de verificar que el ITFP haya dado cumplimiento a la Ley General de Contabilidad

    Gubernamental y a los acuerdos emitidos por el CONSAC-DF, mediante el oficio

    núm. ACF-A/16/0620 del 29 de junio del 2016, la ASCM solicitó al ITFP responder a un

    cuestionario sobre el cumplimiento de las disposiciones establecidas.

    Mediante el oficio núm. SDI/DGITFP/1733/2016 del 8 de julio de 2016, el ITFP respondió

    lo siguiente:

    “Esta información no le compete al Instituto Técnico de Formación Policial por ser un

    Órgano Desconcentrado del Gobierno del Distrito Federal, adscrito a la Secretaría de Seguridad

    Pública del Distrito Federal de conformidad con el artículo 3, numeral 5, fracción II, inciso a)

    del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal y se rige de

    acuerdo a lo señalado en el libro segundo, título 1o. de la Ley de Presupuesto y Gasto

    Eficiente en su artículo 123 y 124 que a la letra dicen:

    ”Artículo 123.- Las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades,

    suministrarán a la Secretaría con la periodicidad que ésta lo determine, la información

    presupuestal, programática, contable y financiera que requiera.

    ”Artículo 124.- La información financiera, presupuestal, programática y contable que emane

    consolidadamente del sistema y de los registros auxiliares de las Dependencias, Órganos

    Desconcentrados, Delegaciones y en el caso de las Entidades de sus estados financieros,

    será la que sirva de base para que la Secretaría elabore los informes trimestrales así

    como de formular la Cuenta Pública del Distrito Federal y someterlos a la consideración

    del Jefe de Gobierno para su presentación en los términos de la Constitución y del Estatuto.

    ”La información contable y financiera de aquellas Entidades que operen con el Registro

    Federal de Contribuyentes del Gobierno del Distrito Federal, será consolidada por la Secretaría.”

  • 12

    Para efectos administrativos, el desarrollo y operación del sistema contable para los órganos

    desconcentrados está a cargo de la SEFIN, según lo dispuesto en el artículo 122 de la

    Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigente en 2015, que establece:

    “El desarrollo y operación del sistema contable para las Dependencias, Órganos Desconcentrados

    y Delegaciones, así como la emisión de la normatividad contable para efectos administrativos,

    estarán a cargo de la Secretaría.”

    Por lo anterior, el ITFP dio cumplimiento a la Ley General de Contabilidad Gubernamental

    y los acuerdos emitidos por el CONSAC-DF, en el ámbito de su competencia.

    En consecuencia, del análisis a la normatividad y su cumplimiento, no se emite observación

    alguna en el presente resultado.

    Presentación de Informes

    3. Resultado

    A fin de comprobar si en 2015 el ITFP cumplió con las disposiciones jurídico-normativas

    sobre la elaboración y presentación de los informes y reportes relacionados con el capítulo

    4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, mediante el oficio

    núm. ACF-A/16/0620 del 29 de junio del 2016, se le requirió información al sujeto fiscalizado,

    para verificar que las operaciones realizadas coincidieran con los informes reportados. En

    respuesta, mediante el oficio núm. SDI/DGITFP/1733/2016 del 8 de julio de 2016, la Dirección

    General del ITFP proporcionó la información y documentación solicitada, de acuerdo con

    lo siguiente:

    Sobre la información financiera, presupuestal, programática y contable que debe remitirse

    a la SEFIN para la elaboración de los informes trimestrales, que contengan la información

    cuantitativa y cualitativa sobre la ejecución de sus presupuestos aprobados y la evaluación de

    los mismos, así como la formulación de la Cuenta Pública del Distrito Federal, en cumplimiento

    de lo dispuesto en los artículos 123, 124 y 135 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del

    Distrito Federal, el ITFP envió los informes de avance trimestral correspondientes,

    en tiempo y forma, en sujeción a la normatividad aplicable, mediante los oficios

  • 13

    núms. SDI/ITFP/DG/00705/2015 del 15 de abril de 2015, SDI/ITFP/DG/1398/2015 del

    15 de julio de 2015, SDI/ITFP/DG/2187/2015 del 15 de octubre de 2015 y SDI/ITFP/DG/100/2016

    del 15 de enero de 2016, y se verificó que las operaciones reportadas incluyen las de

    la muestra revisada y éstas coinciden con el Informe de la Cuenta Pública de la Ciudad

    de México 2015.

    Asimismo, conforme a lo establecido en el artículo 101 de la Ley de Presupuesto y Gasto

    Eficiente del Distrito Federal, el ITFP remitió a la Contraloría Interna, mediante 12 oficios,

    el informe mensual “Estado del Ejercicio Presupuestal por Capítulo de Gasto”, cumpliendo

    con la normatividad aplicable y se constató que las operaciones reportadas de la muestra

    seleccionada para su revisión, coincidieran con el presupuesto reportado como ejercido

    en el Informe de la Cuenta Pública de la Ciudad de México 2015.

    Se constató que el ITFP informó, en tiempo y forma, sobre su pasivo circulante de

    acuerdo con lo establecido en el artículo 60 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente

    del Distrito Federal vigente en 2015, el cual fue enviado a la SEFIN, mediante el oficio

    núm. SDI/DG/ITFP/CA/021/2016 del 8 de enero de 2016. El monto y características

    del pasivo coinciden con el presupuesto reportado como ejercido pendiente de pago sobre

    las operaciones de la muestra seleccionada para su revisión y fue informado con los formatos

    “Detalle por Clave Presupuestaria” y “Detalle por Proveedor o Contratista”, coincidiendo ambos

    con el Importe del Compromiso Anual, Gasto Devengado, Gasto Ejercido y Saldo por ejercer.

    Por otra parte, de conformidad con el título quinto de la Ley General de Contabilidad

    Gubernamental, vigente en 2015, y las normas emitidas por el CONAC, se verificó que sobre

    el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, el ITFP remitió los

    informes correspondientes, en tiempo y forma a la SEFIN. También se verificó que las

    operaciones seleccionadas de la muestra sujeta de revisión, se encontraran incluidas en

    los reportes trimestrales referentes a la “Norma para Establecer la Estructura de Información de

    Montos Pagados por Ayudas y Subsidios”, mediante los oficios núms. ITFP/DG/CA/437/2015

    del 15 de abril de 2015, ITFP/DG/CA/761/2015 del 15 de julio de 2015, ITFP/DG/CA/1141/2015 del

    5 de octubre de 2015 e ITFP/DG/CA/006/2016 del 5 de enero de 2016. Con lo anterior,

    se constató que el ITFP cumplió los artículos 57 y 67 de la ley citada

  • 14

    Finalmente, con objeto de verificar que las conciliaciones programático-presupuestales fueron

    remitidas por el ITFP a la SEFIN, conforme lo establecido en el artículo 136, fracción I,

    inciso a), de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente, para la integración de la Cuenta Pública

    del Distrito Federal, se revisaron los informes mensuales de las “Cédulas de Conciliación de

    Cifras Programático-Presupuestales” que fueron enviadas y que se detallan a continuación:

    Período Número de oficio Fecha de entrega

    a la SEFIN Fecha límite

    Días hábiles de desfase

    Enero SDI/ITFP/DG/CA/208/2015 20/II/15 16/II/15 4

    Enero a febrero SDI/ITFP/DG/CA/377/2015 1/IV/15 13/III/15 12

    Enero a marzo SDI/ITFP/DG/CA/441/2015 16/IV/15 16/IV/15 0

    Enero a abril SDI/ITFP/DG/CA/559/2015 25/V/15 15/V/15 6

    Enero a mayo SDI/ITFP/DG/CA/663/2015 24/VI/15 12/VI/15 8

    Enero a junio SDI/ITFP/DG/CA/785/2015 21/VII/15 14/VII/15 5

    Enero a julio SDI/ITFP/DG/CA/924/2015 24/VIII/15 14/VIII/15 6

    Enero a agosto SDI/ITFP/DG/CA/1076/2015 23/IX/15 14/IX/15 6

    Enero a septiembre SDI/ITFP/DG/CA/1183/2015 9/X/15 14/X/15 0

    Enero a octubre SDI/ITFP/DG/CA/1334/2015 13/XI/15 13/XI/15 0

    Enero a noviembre SDI/ITFP/DG/CA/1537/2015 21/XII/15 14/XII/15 5

    Enero a diciembre SDI/ITFP/DG/CA/070/2016 15/I/16 15/I/16 0

    El ITFP remitió las conciliaciones programático-presupuestales y de su revisión se determinó

    que no presentaron cantidades sin conciliar, por lo que coinciden con lo reportado en el Informe

    de la Cuenta Pública de la Ciudad de México 2015. Sin embargo, las correspondientes

    a enero, febrero, abril, mayo, junio julio, agosto y noviembre fueron enviadas con 4 a 12 días

    hábiles de desfase, como se observa en el cuadro anterior.

    Mediante nota informativa de fecha 13 de octubre de 2016, la Jefatura de Unidad Departamental

    de Recursos Financieros argumentó lo siguiente:

    “Al respecto, me permito informar que para el ejercicio 2015, los oficios de cierre presupuestales

    de enero a julio eran enviados por la Dirección General de Política Presupuestal y fueron

    recibidos con fechas desfasadas, por lo que este Instituto no pudo cumplir en tiempo y forma

    con la presentación de dichas conciliaciones de algunos de los meses debido a que fueron

    recibidos con fechas posteriores.

  • 15

    ”Con relación a los cierres presupuestales de agosto a diciembre, con oficio DGPP/2176/2015

    de fecha 14 de agosto 2015, recibido en este Instituto el 20 de agosto, en el cual se solicitó

    el nombre de dos servidores públicos de estructura facultados para que se les comunicara

    mediante el SAP-GRP los respectivos reportes mensuales, el cual se atendió con el

    oficio SDI/DGITFP/CA/938/2015 de fecha 25/08/2015.

    ”Asimismo, nos informaron que a partir del mes de agosto y subsecuentes ya se podrían

    consultar los cierres en el Sistema Electrónico SAP-GRP; sin embargo, estuvimos en espera

    de que la Dirección de Política Presupuestal nos otorgara alguna contraseña o clave de

    acceso para que pudiéramos acceder al cierre presupuestal y al no haber comunicación alguna,

    fue hasta el 18 de septiembre que nos comunicamos con la mencionada Dirección diciéndonos

    que no era necesaria ninguna contraseña, que con el usuario y la contraseña del SAP-GRP

    era suficiente, por eso se debe el retraso de la conciliación del mes de agosto.

    ”Con lo que respecta a la conciliación del mes de noviembre, no se dio cumplimiento en

    tiempo y forma por cargas de trabajo, en virtud de que estaba en proceso el cierre del ejercicio

    fiscal 2015, de conformidad con las fechas establecidas en la circular de cierre que emite

    la Subsecretaría de Egresos de la Secretaría de Finanzas.”

    Por no remitir dentro del plazo establecido los informes mensuales de las “Cédulas de Conciliación

    de Cifras Programático-Presupuestales”, el ITFP incumplió lo establecido en el artículo 136,

    fracción I, inciso a), de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigente

    en 2015, que menciona lo siguiente:

    “Las Dependencias, Órganos Desconcentrados […] deberán proporcionar a la Secretaría

    la siguiente información:

    ”I. Mensualmente, dentro de los primeros diez días del mes siguiente:

    ”a) Conciliación del ejercicio presupuestal.”

    En la reunión de confronta, celebrada el 23 de noviembre de 2016, el ITFP no proporcionó

    información ni documentación que desvirtuara la observación expuesta en el presente

    resultado, por lo que ésta prevalece.

  • 16

    Recomendación ASCM-31-15-2-ITFP

    Es necesario que el Instituto Técnico de Formación Policial implemente los mecanismos

    de control pertinentes para garantizar que la entrega de los informes mensuales de las “Cédulas de

    Conciliación de Cifras Programático-Presupuestales”, se remitan en tiempo y forma a la Secretaría

    de Finanzas, de conformidad con la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.

    Registro Contable y Presupuestal

    4. Resultado

    Para verificar que el registro del presupuesto asignado al ITFP con cargo al capítulo 4000

    “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, se hubiera realizado conforme

    a la normatividad vigente, con el oficio núm. ACF-A/DCA/16/027 del 13 de septiembre

    de 2016, se solicitaron los registros contables y presupuestales de los momentos contables del

    gasto (aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado), correspondientes

    al ejercicio de 2015 y enviados a la DGCNCP de la SEFIN. Como respuesta, el ITFP,

    mediante el oficio núm. SFCDMX/SE/DGCNCP/3920/2016 del 22 de septiembre de 2016,

    proporcionó lo solicitado. De su análisis, se determinó lo siguiente:

    (Miles de pesos)

    Cuenta Importe

    Capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”

    Registros presupuestales

    8211000000 “Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central” 41,000.0

    8221000000 “Presupuesto de Egresos por Ejercer Sector Central” 41,000.0

    8231000000 “Modificación al Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central” 7,297.7

    8241000000 “Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central” 48,297.7

    8251000000 “Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central” 48,297.7

    8261000000 “Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central” 48,297.7

    8271000000 “Presupuesto de Egresos Pagado Sector Central” 48,297.7

    Registros contables

    5242144211 “Becas y Otras Ayudas para Programas de Capacitación” 48,297.7

    Al respecto, se verificó que los registros presupuestales se efectuaron mediante

    el sistema GRP-SAP, incorporando la información programática, presupuestal, financiera

  • 17

    y contable, de acuerdo con el artículo 7 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito

    Federal, vigente en 2015; en sujeción a lo establecido en los numerales VII, VIII, IX, X, XI y XII

    de las Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos Contables de los

    Egresos, publicadas por el CONSAC-DF en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del

    11 de septiembre de 2009, vigentes en 2015; al Manual de Reglas y Procedimientos para

    el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal y al Clasificador por

    Objeto del Gasto del Gobierno del Distrito Federal, vigentes en 2015. Asimismo, los registros

    contables y presupuestales se efectuaron de acuerdo con el Manual de Contabilidad del

    Gobierno del Distrito Federal Sector Central, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito

    Federal el 24 de mayo de 2012, vigente en 2015, y con la información que consta en la

    Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2015; el monto y características del pasivo

    coinciden con el presupuesto reportado como ejercido pendiente de pago de las operaciones

    de la muestra seleccionada para su revisión.

    En consecuencia, de la revisión de la normatividad y su cumplimiento, no se emite observación

    alguna en el presente resultado.

    Gasto Aprobado

    5. Resultado

    Con el propósito de verificar el monto de los recursos del presupuesto asignado originalmente

    al ITFP, el cumplimiento de la normatividad, las acciones realizadas y que los recursos se

    hayan destinado al cumplimiento de las acciones, atribuciones y reglas de operación de

    los programas en cuanto a las metas físicas y financieras previamente detectadas, se analizó

    el techo presupuestal, Anteproyecto de Presupuesto de Egresos, el Guion del POA 2015, el

    Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2015,

    el techo presupuestal definitivo, el Calendario Presupuestal, todos autorizados por la SEFIN, el

    Decreto de Presupuesto de Egresos y el POA definitivo de 2015, para lo cual se le

    requirió información al órgano desconcentrado, mediante el oficio núm. ACF-A/16/0620

    del 29 de junio del 2016. En respuesta, mediante el oficio núm. SDI/DGITFP/1733/2016 del

    8 de julio de 2016, la Dirección General del ITFP proporcionó la información y documentación

    solicitada, de acuerdo con lo siguiente:

  • 18

    Con el oficio núm. SFDF/SE/4360/2014 del 5 de noviembre de 2014, la Subsecretaría

    de Egresos de la SEFIN le solicitó al ITFP la elaboración de su Anteproyecto de Presupuesto de

    Egresos; asimismo, le comunicó el techo presupuestal para el ejercicio 2015, y al capítulo

    4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” correspondió un presupuesto

    por 41,000.0 miles de pesos.

    Con el oficio núm. ITFP/DG/2177/2014 del 19 de noviembre de 2014, el ITFP remitió su

    Anteproyecto de Presupuesto de Egresos debidamente requisitado en el GRP-SAP, de

    acuerdo con los Lineamientos establecidos en el Manual de Programación Presupuestación

    para la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2015, y en cumplimiento

    del artículo 38, segundo párrafo, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito

    Federal. Las metas físicas y financieras del capítulo en revisión fueron las siguientes:

    (Miles de pesos)

    Actividad institucional Unidad de medida Meta física Meta financiera Partida 4421 “Becas y Otras

    Ayudas para Programas de Capacitación”

    333 “Formación policial básica” Persona 2,000 120,000.0 41,000.0

    De conformidad con el artículo 5 del Decreto por el que se expide el Presupuesto de Egresos

    del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2015, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

    el 22 de diciembre de 2014, al ITFP se le asignó un presupuesto de 129,235.5 miles de pesos.

    En congruencia con lo anterior, mediante el oficio núm. SFDF/SE/0062/2015 del 5 de enero

    de 2015, la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN comunicó al ITFP el techo presupuestal

    aprobado por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), en el cual se observó

    un presupuesto asignado al órgano desconcentrado, por 129,235.5 miles de pesos, de los

    cuales, 41,000.0 miles de pesos fueron etiquetados al “Programa de Becas a Aspirantes

    a Policías” con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”.

    Asimismo, de acuerdo con lo que estable el artículo 21, párrafo sexto, de la Ley de Presupuesto

    y Gasto Eficiente del Distrito Federal, con el oficio núm. SFDF/SE/0438/2015 del

    28 de enero de 2015, la SEFIN le comunicó al ITFP el Calendario Presupuestal y el POA

    Aprobado y Definitivo para el ejercicio fiscal 2015. Las metas físicas (2,000 personas)

    y financieras establecidas en el POA 2015 definitivo presentaron congruencia con las

  • 19

    proyectadas en la actividad institucional 333 “Formación policial básica”, del Anteproyecto

    de Presupuesto de Egresos 2015, para el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones,

    Subsidios y Otras Ayudas” por 41,000.0 miles de pesos.

    Por lo anterior, se determinó que el ITFP contó con la aprobación de la Subsecretaría

    de Egresos de la SEFIN sobre los recursos asignados conforme al artículo 5 del Decreto de

    Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2015, publicado en la

    Gaceta Oficial del Distrito Federal del 22 de diciembre de 2014. Asimismo, contó con metas

    físicas y financieras respecto a los recursos ejercidos con cargo al rubro en revisión.

    Por otra parte, mediante el oficio núm. ACF-A/DCA/16/037 del 29 de septiembre de 2016,

    la ASCM le solicitó al ITFP explicar qué criterios se utilizaron para establecer las metas

    físicas y financieras en la formulación de su Anteproyecto de Presupuesto de Egresos

    y POA 2015, como respuesta, mediante el oficio núm. SSP/SDI/DGITFP/2605/2016 del

    3 de octubre de 2016, la Jefatura de Unidad Departamental de Selección e Inducción

    de Aspirantes informó: “Los criterios que utiliza el Instituto Técnico de Formación Policial

    para establecer las metas físicas, se consideran a partir de la formulación del calendario

    de ingresos, en el cual se toman en cuenta aspectos tales como: La infraestructura con la

    que cuenta el ITFP, considerando la capacidad de espacios (dormitorios, aulas, comedor, etc.),

    toda vez que este Instituto debe contar con los espacios necesarios para los diversos

    cursos que se imparten, al personal operativo. Los planes y programas de estudio, a fin de

    realizar el cómputo de horas de capacitación para el Curso Básico”. Como evidencia documental

    de lo anterior, el ITFP proporcionó el calendario de ingresos programados para el ejercicio 2015.

    Por su parte, la Jefatura de Unidad Departamental de Recursos Financieros señaló:

    “Con lo que respecta a la meta financiera de 2015 se observa que tomaron en consideración

    la meta física de acuerdo al calendario de generaciones emitido por la Dirección

    Pedagógica y se ajustaron al techo presupuestal asignado por la Secretaría de Finanzas

    para la Elaboración del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos…”

    Se identificó que el “Calendario de Programación de Ingresos y Egresos 2015, de las

    Generaciones del Curso Básico de Formación Policial” es el soporte documental para

    el establecimiento de la meta física de 2,000 personas (becarios), donde se observó

  • 20

    que fueron proyectadas 9 generaciones para ingresar en el ejercicio 2015, con un estimado

    de 250 alumnos por generación, de lo que resulta un total de 2,250 alumnos, cifra superior

    en 250 alumnos como meta física en la programación y presupuestación del gasto público

    para considerar su previsión. La variación en estas cifras refleja incumplimiento del artículo 25,

    penúltimo párrafo, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente

    en 2015, que establece:

    “La programación y presupuestación anual del gasto público se realizará con apoyo en los

    Anteproyectos de Presupuesto […]

    ”El anteproyecto se elaborará por […], Órgano Desconcentrado, […] estimando los costos

    para alcanzar los resultados cuantitativos y cualitativos previstos en las metas, así como

    los indicadores necesarios para medir su cumplimiento.”

    En la reunión de confronta, celebrada el 23 de noviembre de 2016, el ITFP no proporcionó

    información ni documentación que desvirtuara la observación expuesta en el presente

    resultado, por lo que ésta prevalece.

    Recomendación ASCM-31-15-3-ITFP

    Es necesario que el Instituto Técnico de Formación Policial establezca mecanismos de control

    para garantizar que las metas establecidas en la programación y presupuestación anual

    del gasto público de su Anteproyecto de Presupuesto de Egresos, en especial la determinación de

    las metas de becarios del “Programa de Becas a Aspirantes a Policías”, se realice estimando los

    costos por unidad de medida, con la finalidad de que refleje una programación eficiente

    del ejercicio del gasto, conforme a la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.

    Gasto Modificado

    6. Resultado

    Con objeto de verificar que el presupuesto modificado del capítulo 4000 “Transferencias,

    Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” se hubiera realizado conforme a la normatividad

    aplicable y que las afectaciones presupuestarias se encontraran debidamente aprobadas,

  • 21

    registradas y soportadas con la documentación correspondiente, se le requirió información

    y documentación al órgano desconcentrado mediante el oficio núm. ACF-A/16/0620 del

    29 de junio del 2016. En respuesta, mediante el oficio núm. SDI/DGITFP/1733/2016 del 8 de julio

    de 2016, la Dirección General del ITFP proporcionó la información y documentación solicitada, de

    acuerdo con lo siguiente:

    Para el ejercicio 2015, el ITFP reportó en el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones,

    Subsidios y Otras Ayudas”, una asignación original de 41,000.0 miles de pesos, la cual se

    modificó mediante 11 afectaciones programático-presupuestarias.

    El presupuesto modificado presentó cuatro ampliaciones compensadas, una adición líquida,

    dos reducciones líquidas y cuatro reducciones compensadas que significaron un incremento

    neto de 7,297.7 miles de pesos, para quedar en un presupuesto modificado y ejercido

    de 48,297.7 miles de pesos, como se detalla a continuación:

    (Miles de pesos)

    Tipo de movimiento presupuestal Importe

    Parcial Total

    Presupuesto original asignado

    41,000.0

    Más:

    Ampliaciones compensadas 12,663.0

    Adiciones líquidas 3,854.9

    Subtotal 16,517.9

    Menos:

    Reducciones líquidas (843.2)

    Reducciones compensadas (8,377.0)

    Subtotal (9,220.2)

    Incremento neto

    7,297.7

    Presupuesto modificado

    48,297.7

    Presupuesto ejercido

    48,297.7

    Diferencia

    0.0

    Las afectaciones presupuestales se sujetaron al Manual de Reglas y Procedimientos para

    el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal, vigente en 2015

  • 22

    y contaron con las justificaciones para el mejor cumplimiento de metas del “Programa de

    Becas a Aspirantes a Policías”, entre las que destacaron las núms. A11CD0113781

    del 16 de octubre de 2015 y C11CD0117821 del 14 de diciembre de 2015, y en sus justificaciones

    se señaló:

    “Este recurso permitirá al Instituto realizar el pago oportuno por concepto de ayuda económica,

    becas de octubre y noviembre a los alumnos de las generaciones 215, 216, 217 y 218 que

    egresan en este ejercicio fiscal permitiendo con esto lograr la meta programada para este

    ejercicio; y dar seguimiento al pago de las generaciones 219 y 220 que iniciaron en

    este ejercicio fiscal pero concluyen en el ejercicio 2016, consiguiendo alrededor de

    450 alumnos egresados que servirán de base para lograr la meta del siguiente ejercicio fiscal,

    de lo contrario no sería posible lograr la meta para el siguiente ejercicio, lo que permitirá cumplir

    con uno de los objetivos de este Instituto, que es la formación de nuevos policías; que serán

    incorporados en el estado de fuerza de la Secretaria de Seguridad Pública para salvaguardar

    la seguridad del ciudadano capitalino.”

    El ITFP mediante notas informativas suscritas por la Jefatura de Unidad Departamental

    de Recursos Financieros proporcionó la explicación de la modificación al presupuesto

    originalmente asignado al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras

    Ayudas”, donde señaló lo siguiente:

    “La variación por $7,297,658.75 pesos que representa un 17.8% corresponde a una transferencia

    líquida y otra compensada de recursos que autorizó la Secretaría de Finanzas a este Instituto

    para realizar el pago de becas y otras ayudas para las generaciones 217 y 218 que concluyen

    el Curso de Formación Policial Básica en este ejercicio 2015 y las generaciones 219, 220 y 221,

    que concluirán en el próximo ejercicio fiscal (2016).

    ”La variación de la modificación del gasto ejercido en 2015 […] se debe principalmente

    a que en el ejercicio 2015 hubo más demanda de aspirantes al curso básico de formación

    policial y por lo tanto la meta lograda fue mayor.

    ”Mediante oficio No. SDI/DGITFP/2541/2015, se informa a la Dirección General de Administración

    de Personal de la Secretaría de Seguridad Pública, que por necesidades institucionales

  • 23

    la Generación 218 del Curso Básico de Formación Policial, se impartió con un horario

    académico distinto al ordinario, con la finalidad de cubrir sus 1,200 horas de capacitación

    antes de la fecha programada originalmente, por lo que concluyeron su formación inicial

    con fecha 16 de diciembre de 2015 y con esto se cumplieron los objetivos y se alcanzaron

    las metas programadas.

    ”El monto de los 7,297.6 millones de pesos, se ajustó a las necesidades reales de los

    objetivos y las metas toda vez que derivado del calendario que emite la Dirección Pedagógica

    se realiza una proyección de gasto, la cual se va actualizando cada semana con respecto

    a las altas y las bajas de las generaciones ya iniciadas y las que inician de acuerdo a las fechas

    que contempla el calendario; aunado a que hubo mayor demanda de aspirantes durante 2015.”

    Por otra parte, con el oficio núm. ACF-A/DCA/16/045 del 18 de octubre de 2016, se solicitó al ITFP

    nota informativa en la que detallara la diferencia por 4,286.0 miles de pesos, entre las ampliaciones

    y reducciones compensadas, en respuesta con el oficio núm. SSP/SDI/DGITFP/3032/2016

    del 20 de octubre de 2016, la Jefatura de Unidad Departamental de Recursos Financieros,

    informó lo siguiente:

    “En el mes de octubre se realizó una ampliación compensada de recursos por $4,326.0 miles

    de pesos provenientes de capítulo 1000 ´Servicios Personales´, misma que fue autorizada

    por la Secretaría de Finanzas debido a que de origen se tenía una presión de gasto para

    cumplir con las metas programadas para el ejercicio 2015.

    ”Así mismo en el mes de diciembre se realizó una reducción de recursos al capítulo 4000

    por 40.1 (sic) para el pago de estímulos por productividad eficiencia y calidad en el desempeño

    de la partida 1711 (sic) del capítulo 1000 ´Servicios Personales ́ este recurso quedó disponible

    por la deserción y/o baja de alumnos becarios.”

    Se constató que las modificaciones al presupuesto original del capítulo 4000 “Transferencias,

    Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” se realizaron por el ITFP mediante adecuaciones

    presupuestarias autorizadas y en el sistema electrónico GRP-SAP que estableció la SEFIN, de

    acuerdo con el Capítulo III “Registro de Operaciones Presupuestarias”, Sección Tercera,

    de las Adecuaciones Presupuestarias del Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio

  • 24

    Presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal. Asimismo, se verificó

    que las cifras del presupuesto modificado coinciden con las reportadas en la Cuenta Pública

    de la Ciudad de México de 2015.

    Por otra parte, se identificó que la modificación al presupuesto original del capítulo en revisión

    tuvo como justificación el cumplimiento de los objetivos y metas, de conformidad con los

    artículos 77 y 78 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente

    en 2015, ya que en el informe de la Cuenta Pública de la Ciudad de México 2015

    correspondiente al ITFP, en su apartado “AR Acciones Realizadas para la Consecución

    de Metas de la Actividades Institucionales” se observó que la meta alcanzada fue de

    2,142 personas (becarios), es decir, presentó un incremento de 142 personas respecto

    a lo originalmente proyectado (2,000 personas), lo que representó un incremento del 7.1%

    y el incremento en el presupuesto original fue de 41,000.0 miles de pesos a 48,297.7 miles

    de pesos, que representó un incremento por 7,297.7 miles de pesos, es decir, un

    incremento del 17.8%, por lo que la modificación realizada durante el ejercicio de 2015 no

    es congruente con el cumplimiento de los objetivos, metas y resultados. Por lo que el ITFP

    incumplió el artículo 77, fracción I de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito

    Federal, vigente en 2015, que señala:

    “Artículo 77.- Las adecuaciones presupuestarias, se realizarán siempre que permitan un mejor

    cumplimiento de los objetivos y metas de las vertientes de gasto a cargo de las Dependencias,

    Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades, mismas que tomarán en cuenta:

    ”I. El resultado de la evaluación que realicen respecto del cumplimiento de los objetivos

    y metas que lleven a cabo mensualmente…”

    En la reunión de confronta, celebrada el 23 de noviembre de 2016, el ITFP no proporcionó

    información ni documentación que desvirtuara la observación expuesta en el presente

    resultado, por lo que ésta prevalece.

    Recomendación ASCM-31-15-4-ITFP

    Es necesario que el Instituto Técnico de Formación Policial establezca mecanismos de control

    para garantizar que las adecuaciones presupuestarias incluyan información suficiente

  • 25

    que permitan valorar que las modificaciones al presupuesto se realizan para un mejor

    cumplimiento de los objetivos, de las metas físicas y financieras para que éstas tengan congruencia,

    conforme a la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.

    Gasto Comprometido

    7. Resultado

    En 2015, el ITFP ejerció 48,297.7 miles de pesos con cargo al capítulo 4000 “Transferencias ,

    Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, registrados en la partida 4421 “Becas y Otras

    Ayudas para Programas de Capacitación”. Se determinó revisar una muestra de auditoría

    por 6,213.3 miles de pesos, que representa el 12.9% del capítulo y la partida, y que

    corresponde a la entrega de becas a alumnos del Curso Básico de Formación Policial

    de la generación identificada con el número 214 por ser una de las que inició y concluyó

    durante el período de revisión.

    Con el propósito de verificar que el gasto comprometido refleje la aprobación por autoridad

    competente de un acto administrativo, u otro instrumento jurídico que formaliza una relación

    jurídica con terceros, y en el caso de transferencias, subsidios o subvenciones, el

    compromiso se haya registrado cuando se expidió el acto administrativo que los aprobó,

    mediante los oficios núms. ACF-A/16/0620 del 29 de junio de 2016 y ACF-A/DCA/16/018

    del 18 de agosto de 2016, la ASCM solicitó al ITFP la información y documentación soporte

    para acreditar el compromiso presupuestal. En respuesta, mediante los oficios

    núms. SDI/DGITFP/1733/2016 del 8 de julio de 2016 y SDI/DGITFP/2184/2016 del

    25 de agosto de 2016, el ITFP remitió, la información correspondiente. De su análisis,

    se determinó lo siguiente:

    La suficiencia presupuestal y la autorización expresa del titular del ITFP para el otorgamiento

    de la ayuda económica semanal a los alumnos becarios inscritos en el Curso Básico de

    Formación Policial, se realizó con el memorándum núm. SDI/DGITFP/0018/2015

    del 20 de enero de 2015, mediante el cual el Director General del ITFP autoriza al Coordinador

    Administrativo para que ejerza el presupuesto contemplado en la partida presupuestal

    4421 “Becas y Otras Ayudas para Programas de Capacitación”, correspondiente a los meses

  • 26

    de enero a diciembre del 2015, en cumplimiento de los artículos 51, fracción I, y 101 de la

    Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigente en 2015, y del artículo 21

    del Decreto por el que se expide el Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el

    Ejercicio Fiscal 2015.

    En las reglas décima octava y vigésima primera de las Reglas para el Establecimiento

    y Operación del Sistema de Carrera Policial de la Policía del Distrito Federal, publicadas

    en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 17 de julio de 2001, se establece:

    “Décima octava.- El aspirante que resulte seleccionado ingresará como alumno al curso básico

    de formación policial, en la fecha de iniciación que se le indique.

    ”El aspirante seleccionado adquirirá la calidad de becario y […]

    ”Vigésima primera.- Durante la etapa académica, los alumnos becarios tendrán derecho

    a […] una ayuda económica semanal que ascenderá al importe equivalente a once días

    de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal.

    ”Durante la etapa de instrucción activa, los alumnos becarios tendrán derecho a una ayuda

    económica semanal que ascenderá al importe equivalente a catorce días de salario mínimo

    general vigente en el Distrito Federal.

    ”El otorgamiento de la citada ayuda económica semanal, no implicará la existencia de una

    relación laboral entre los alumnos becarios y el Gobierno del Distrito Federal.”

    De conformidad con el artículo 23 de las Reglas para el Establecimiento de la Carrera Policial

    de la Policía del Distrito Federal, publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del

    14 de septiembre de 2012, se establece que: “El Reclutamiento es el proceso mediante el cual

    la Comisión Técnica de Selección y Promoción de cada Corporación, a través del Instituto

    Técnico de Formación Policial y los Centros de Reclutamiento según corresponda, convocan

    a candidatos potencialmente calificados para ocupar las plazas vacantes dentro de la Policía

    del Distrito Federal”.

  • 27

    Durante la revisión, no se localizó evidencia documental que acredite el cumplimiento

    de la obligación de publicar de la Convocatoria para el ingreso de aspirantes en los medios de

    comunicación electrónicos oficiales de la Corporación y en los demás que su Comisión

    Técnica de Selección y Promoción determine. Al respecto, el ITFP, mediante nota informativa

    suscrita por la Jefatura de Unidad Departamental de Selección e Inducción de Aspirantes,

    indicó lo siguiente: “Durante el ejercicio 2014 y 2015, no se tenía una Convocatoria para

    ingresar al Curso Básico de Formación Policial, no obstante, se llevó a cabo el reclutamiento

    de aspirantes, conforme a lo establecido en el artículo 88, Apartado A, de la Ley General del

    Sistema Nacional de Seguridad Pública”. Por lo que el ITFP incumplió el artículo 25 de las

    Reglas para el Establecimiento de la Carrera Policial de la Policía del Distrito Federal,

    publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 14 de septiembre de 2012, vigentes

    en 2015, que señala:

    “La Convocatoria para el Ingreso de aspirantes se publicará en los medios de comunicación

    electrónicos oficiales de la Corporación y en los demás que su Comisión Técnica de Selección

    y Promoción determine.”

    Para verificar que los aspirantes a ingresar al Curso Básico de Formación Policial cumplieron

    lo establecido en las Reglas para el Establecimiento de la Carrera Policial de la Policía del

    Distrito Federal vigentes en 2015, para adquirir la calidad de becario y tener derecho

    a recibir una ayuda económica semanal, se analizó el proceso que el ITFP efectuó para

    seleccionar a los alumnos becarios que formaron parte de la generación 214 del Curso

    Básico de Formación Policial en 2015, que se encuentra soportado en los expedientes

    individuales de cada alumno becario.

    Se identificó que en la generación 214 ingresaron 326 alumnos becarios al Curso Básico

    de Formación Policial; 321 de nuevo ingreso y 5 que se reincorporaron después de haber

    causado baja con anterioridad.

    Con base en una selección aleatoria, con una tasa de error esperada no mayor a 3.0%,

    nivel de confianza del 90% y un porcentaje de precisión de +- 3.0%, se seleccionaron 67 alumnos

    becarios (45 hombres y 22 mujeres) de los 321 alumnos de nuevo ingreso de la generación 214,

    y se revisaron sus expedientes correspondientes.

  • 28

    El ITFP no acreditó el resguardo de los expedientes, sino que a la fecha de ejecución

    de la auditoría (septiembre de 2016), la SSP tenía el resguardo de los expedientes de los

    alumnos que concluyeron el curso, ya que son contratados por dicha dependencia al concluir

    el Curso de Formación Básica, por lo que de los 67 alumnos seleccionados como muestra, se

    revisaron 56 expedientes de alumnos egresados, ya que sólo de éstos se resguarda la

    información correspondiente.

    Por lo anterior, el ITFP no se sujetó a lo establecido en el artículo 44 de la Ley de Presupuesto y

    Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigente en 2015, que a la letra dice:

    “Los titulares de las Unidades Responsables del Gasto y los servidores públicos encargados de su

    administración adscritos a la misma Unidad Responsable del Gasto, serán los responsables del

    manejo y aplicación de los recursos, […] de que los compromisos sean efectivamente

    devengados, comprobados y justificados; de la guarda y custodia de los documentos que

    los soportan.”

    Para verificar que los alumnos seleccionados cumplieron con los requisitos establecidos en los

    artículos 28, 29 y 30 de las Reglas para el Establecimiento de la Carrera Policial de la

    Policía del Distrito Federal, y de conformidad con el procedimiento “Integración de Expedientes

    de Aspirantes y Becarios del Curso Básico”, se identificaron los documentos que soportan

    cada uno de los requisitos establecidos: fotografías, acta de nacimiento, acta de matrimonio

    o constancia de concubinato (en su caso), credencial de elector, Clave Única de Registro

    de Población (CURP), constancia de Registro Federal de Contribuyentes (RFC), certificado de

    estudios (bachillerato mínimo), comprobante de domicilio, constancia de no inhabilitación,

    cartilla del Servicio Militar Nacional (hombres), Currículum Vítae, estudios médicos de laboratorio,

    dos cartas de recomendación personales, solicitud de empleo, protesta de no inhabilitación,

    declaración de no inhabilitación, declaración de no antecedentes penales, declaración de

    no uso de sustancias tóxicas, hoja de protesta e informe de Datos Regístrales (proporcionado

    a la Dirección General del ITFP, por la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal).

    Adicionalmente, el ITFP solicitó a la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal

    que le informara, con base en pruebas dactiloscópicas, si los aspirantes tenían algún registro;

    a la SSP le solicitó la investigación de antecedentes registrados en el Sistema Nacional de

  • 29

    Seguridad Pública, y a la Policía Auxiliar, la SSP y la Policía Bancaria e Industrial, si presentaron

    servicios en las citadas instituciones.

    También el ITFP solicitó a la Dirección General del Centro de Control de Confianza de la SSP

    que realizara a los aspirantes las evaluaciones de entorno social y psicológico; el sujeto fiscalizado

    realizó los exámenes médicos y físicos conforme a lo establecido en las fracciones I, II, III

    y IV, del artículo 34 de las Reglas para el Establecimiento de la Carrera Policial de la Policía

    del Distrito Federal.

    Al revisar los 56 expedientes integrados por el ITFP, se comprobó que la documentación

    está integrada y acredita el cumplimiento de los requisitos establecidos; sin embargo, no

    se localizó la documentación que acredite la realización de los exámenes de conocimientos

    generales, conforme a lo establecido en el artículo 34, fracción V, de las Reglas para el

    Establecimiento de la Carrera Policial de la Policía del Distrito Federal.

    Mediante el oficio núm. ACF-A/DCA/16/037 del 29 de septiembre de 2016, se solicitó

    al ITFP la evidencia documental que compruebe que sí se llevaron a cabo los exámenes

    de conocimientos generales a los aspirantes que concluyeron satisfactoriamente el proceso de

    reclutamiento, para así poder haber sido seleccionados e ingresar como becarios al Curso

    Básico de Formación Policial. Como respuesta, mediante el oficio núm. SSP/SDI/DGITFP/2605/2016

    del 3 de octubre de 2016, la Jefatura de Unidad Departamental de Selección e Inducción de

    Aspirantes informó: “Al respecto informamos que este Instituto no cuenta con los soportes

    documentales antes referidos, toda vez que, de conformidad con lo establecido en nuestra

    Convocatoria al Curso Básico de Formación Policial (2016), este Órgano Desconcentrado

    únicamente realiza como etapa de reclutamiento las evaluaciones: médica y física; la evaluación

    de Control de Confianza es aplicada por el Centro de Control de Confianza de la Secretaría de

    Segundad Pública de la Ciudad de México, con base a sus propios lineamientos”.

    Por no contar con el soporte documental que compruebe que la realización de los exámenes de

    conocimientos generales, el ITFP incumplió lo establecido en el artículo 34, fracción V,

    de las Reglas para el Establecimiento de la Carrera Policial de la Policía del Distrito Federal,

    publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 14 de septiembre de 2012, vigentes

    en 2015, que señala:

  • 30

    “Artículo 34.- Los aspirantes que hayan concluido satisfactoriamente el proceso de

    reclutamiento, se someterán a un proceso de selección en el que se aplicarán los siguientes

    exámenes:

    ”V. De conocimientos generales.”

    El ITFP contó con las Reglas para el Establecimiento de la Carrera Policial de la Policía

    del Distrito Federal, mediante las cuales se comprometió el destino de los recursos aprobados

    por la ALDF en 2015, para cumplir con la meta establecida originalmente y atender

    a 2,000 personas (becarios) que se incrementaron a 2,142 personas, las cuales estuvieron

    controladas con registros y soportados con expedientes para así evitar la duplicación

    de los pagos en las solicitudes de la liberaciones de recursos; dichas liberaciones contaron con

    la aprobación del titular del ITFP y suficiencia presupuestal para el otorgamiento de apoyos

    económicos con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras

    Ayudas”, para el pago de becas de las 27 semanas que duró el curso de la generación 214

    donde se integró las relaciones actualizadas de los becarios a los que se les otorgó la

    ayuda semanal y de su revisión se determinó que no existieron registros ni pagos duplicados, en

    cumplimiento de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, la Ley de Seguridad

    Pública del Distrito Federal y la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal,

    vigentes en 2015.

    En la reunión de confronta, celebrada el 23 de noviembre de 2016, el ITFP no proporcionó

    información ni documentación que desvirtuara las observaciones expuestas en el presente

    resultado, por lo que éstas prevalecen.

    Recomendación ASCM-31-15-5-ITFP

    Es necesario que el Instituto Técnico de Formación Policial implemente mecanismos de control

    para garantizar que la Convocatoria para el Ingreso de aspirantes al Curso Básico de Formación

    Policial se publique en los medios de comunicación electrónicos oficiales de la corporación

    y en los demás que su Comisión Técnica de Selección y Promoción determine, de acuerdo con

    las Reglas para el Establecimiento de la Carrera Policial de la Policía del Distrito Federal.

  • 31

    Recomendación ASCM-31-15-6-ITFP

    Es necesario que el Instituto Técnico de Formación Policial implemente mecanismos

    de control para garantizar la guarda y custodia de los expedientes de los alumnos del Curso

    Básico de Formación Policial, que contengan los requerimientos establecidos en las Reglas

    para el Establecimiento de la Carrera Policial del Distrito Federal, y que sirven como soporte

    de los recursos ejercidos por concepto de ayudas económicas semanales, en cumplimiento de

    la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.

    Recomendación ASCM-31-15-7-ITFP

    Es necesario que el Instituto Técnico de Formación Policial implemente mecanismos de control

    para garantizar que se realicen los exámenes de conocimientos generales a los aspirantes

    que hayan concluido satisfactoriamente el proceso de reclutamiento del Curso Básico de

    Formación Policial; y que se cuente con el soporte documental de su aplicación, de acuerdo con

    lo establecido en las Reglas para el Establecimiento de la Carrera Policial del Distrito Federal.

    Gasto Devengado

    8. Resultado

    Con el propósito de comprobar que el gasto devengado refleje el momento contable del

    reconocimiento de una obligación de pago en favor de terceros por el compromiso adquirido

    para la entrega de becas a los alumnos del Curso Básico de Formación Policial durante el

    ejercicio de 2015, con el oficio núm. ACF-A/DCA/16/018 del 18 de agosto de 2016, la ASCM

    le solicitó al ITFP la información que soporta el devengo de dichas entregas en sujeción

    a lo establecido en la normatividad aplicable. En respuesta, mediante el oficio

    núm. SDI/DGITFP/2184/2016 del 25 de agosto de 2016, la Dirección General del ITFP

    proporcionó la información y documentación solicitada y se observó lo siguiente:

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 37 de las Reglas para el Establecimiento

    de la Carrera Policial de la Policía del Distrito Federal, publicadas en la Gaceta Oficial del

    Distrito Federal el 14 de septiembre de 2012, vigentes en 2015, los alumnos becarios

    perderán la calidad de becario al presentar un aprovechamiento deficiente.

  • 32

    Según el procedimiento “Elaboración de Reportes de Calificaciones del Curso Básico

    de Formación Policial, Cursos de Actualización, Licenciatura y Maestría” y con la finalidad de

    comprobar su cumplimiento, se revisaron los tres reportes de calificaciones y el reporte

    de promedios finales (globales) de la generación 214 y se comprobó que todos acreditaron

    satisfactoriamente tanto en aprovechamiento como en permanencia, por lo que fueron acreedores

    a la recepción de la ayuda semanal.

    Respecto a los 11 becarios que fueron dados de baja durante el curso, mediante el oficio

    núm. ACF-A/DCA/16/037 del 29 de septiembre del 2016, la ASCM solicitó sus expedientes. En

    respuesta, que mediante el oficio núm. SSP/SDI/DGITFO/2605/2016 del 3 de octubre del 2016,

    la Jefatura de Unidad Departamental de Selección e Inducción de Aspirantes con nota informativa

    manifestó lo siguiente: “Al respecto se informa, que dichos expedientes fueron entregados

    a los alumnos al momento de causar baja definitiva de este plantel, motivo por el cual, este

    Instituto únicamente mantiene un registro electrónico con los datos generales del becario que

    causa baja, así como el soporte documental donde se menciona el motivo y la fecha de la baja”.

    De la información y documentación proporcionada, se identificaron las causas de las bajas

    (2 por renuncia voluntaria y 9 dados de baja por no haber acreditado las pruebas realizadas por

    el Centro de Control de Confianza). Las becas pagadas a estos alumnos fueron por un

    importe de 131.6 miles de pesos y se constató que no se generaron pagos posteriores a

    la fecha de baja.

    Al concluir el curso, el Director General del ITFP remitió a la Dirección General

    de Administración de Personal, adscrita a la Oficialía Mayor de la SSP, mediante el oficio

    núm. SDI/DGITFP/1525/15 del 30 de julio de 2015, 244 expedientes correspondientes

    a los alumnos que concluyeron (egresados), con la finalidad de asignarles clave operativa

    para su ingreso a la Policía y realizar funciones exclusivamente operativas; se corroboró que

    el ITFP entregó a cada alumno becario egresado dicho nombramiento. Cabe mencionar que en

    los 56 expedientes revisados en la SSP, se encuentra integrada una copia de dicho nombramiento.

    En consecuencia, al revisar la normatividad y verificar su cumplimiento, no se emite observación

    alguna en el presente resultado.

  • 33

    Gasto Ejercido

    9. Resultado

    Se verificó el gasto ejercido, el cual muestra el momento contable que refleja la emisión de una

    CLC debidamente aprobada durante el ejercicio de 2015, con cargo a la partida 4421

    “Becas y Otras Ayudas para Programas de Capacitación”, seleccionada como muestra.

    En la partida 4421 “Becas y Otras Ayudas para Programas de Capacitación”, se ejerció

    un importe total de 48,297.7 miles de pesos, registrados con 51 CLC y 49 DM. Se revisaron las

    CLC correspondientes al período de marzo a agosto de 2015 en el cual cursó la generación 214

    (25 CLC, por un total de 23,971.3 miles de pesos y 24 DM por un importe negativo de

    403.1 miles de pesos). Específicamente para la generación 214, se erogaron 6,303.3 miles

    de pesos y reintegros registrados con DM por 90.0 miles de pesos, como se muestra a

    continuación:

    (Miles de pesos)

    CLC DM Generación 214

    Número Fecha Beneficiario Importe bruto Número Fecha Importe bruto CLC DM

    100152 13/III/15 GDF/ITFP 957.8 200021 22/IV/15 (28.3) 492.7 (20.8)

    100158 18/III/15 GDF/ITFP 852.1 200020 22/IV/15 (14.7) 237.8 (4.1)

    100170 23/III/15 GDF/ITFP 840.8 200024 6/V/15 (13.5) 236.2 (4.9)

    100172 23/III/15 GDF/ITFP 840.6 200025 6/V/15 (11.5) 233.6 (3.9)

    100209 8/IV/15 GDF/ITFP 829.2 200026 14/V/15 (14.6) 231.3 (6.9)

    100233 15/IV/15 GDF/ITFP 1,314.4 200027 14/V/15 (29.3) 228.1 (5.3)

    100264 23/IV/15 GDF/ITFP 946.7 200038 8/VI/15 (11.4) 224.5 (2.3)

    100295 6/V/15 GDF/ITFP 868.7 200037 8/VI/15 (16.1) 222.3 (3.3)

    100297 7/V/15 GDF/ITFP 867.9 200041 19/VI/15 (16.8) 222.8 (3.1)

    100338 19/V/15 GDF/ITFP 1,258.9 200042 19/VI/15 (25.8) 222.5 (4.2)

    100343 21/V/15 GDF/ITFP 1,008.8 200043 3/VII/15 (13.1) 220.1 (1.9)

    100351 25/V/15 GDF/ITFP 826.8 200044 3/VII/15 (6.8) 216.7 (0.8)

    100397 8/VI/15 GDF/ITFP 885.9 200048 15/VII/15 (13.4) 271.6 (1.3)

    100410 11/VI/15 GDF/ITFP 872.1 200049 15/VII/15 (11.2) 269.2 (0.8)

    100429 18/VI/15 GDF/ITFP 1,095.3 200051 3/VIII/15 (21.0) 268.6 (2.9)

    100438 22/VI/15 GDF/ITFP 633.8 200062 24/VIII/15 (28.4) 266.9 (7.9)

    100498 9/VII/15 GDF/ITFP 1,114.2 200064 4/IX/15 (19.4) 254.8 (4.6)

    100521 14/VII/15 GDF/ITFP 453.5 - - - 266.9 -

    Continúa…

  • 34

    … Continuación

    CLC DM Generación 214

    Número Fecha Beneficiario Importe bruto Número Fecha Importe bruto CLC DM

    100522 14/VII/15 GDF/ITFP 1,073.9 200061 24/VIII/15 (21.6) 260.9 (4.7)

    100574 24/VII/15 GDF/ITFP 1,093.7 200065 4/IX/15 (16.7) 244.5 (0.3)

    100575 24/VII/15 GDF/ITFP 988.2 200066 4/IX/15 (11.1) 243.9 (0.0)

    100576 24/VII/15 GDF/ITFP 887.2 200069 7/IX/15 (15.8) 244.2 (1.0)

    100594 6/VIII/15 GDF/ITFP 1,165.8 200073 5/X/15 (16.8) 243.7 (0.0)

    100651 24/VIII/15 GDF/ITFP 1,152.2 200074 5/X/15 (15.4) 239.5 (1.0)

    100652 24/VIII/15 GDF/ITFP 1,142.8 200075 5/X/15 (10.4) 239.5 (0.0)

    Total 23,971.3

    (403.1) 6,303.3 (90.0)

    Con el propósito de verificar que el ejercicio del gasto realizado por el ITFP, con cargo

    a la partida revisada, se hubiera efectuado mediante la emisión de las CLC correspondientes,

    aprobadas por los servidores públicos facultados para ello, de acuerdo con la normatividad

    aplicable, y además contar con la documentación justificativa y comprobatoria que las respalde,

    se analizó la documentación soporte de la muestra sujeta a revisión, consistente en

    25 CLC, por un importe de 23,971.3 miles de pesos, por lo que, mediante el oficio

    núm. ACF-A/DCA/16/018 del 18 de agosto del 2016, la ASCM solicitó la información

    correspondiente. En respuesta, mediante el oficio núm. SDI/DGITFP/2184/2016 del

    25 de agosto de 2016, la Dirección General del ITFP proporcionó la información y documentación

    solicitada, de acuerdo con lo siguiente:

    Al revisar las 25 CLC, se observó que como parte de la documentación soporte y de acuerdo

    con el inciso b), de la fracción IV, del artículo 17, del Apartado B, del Manual de Reglas

    y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública del Distrito

    Federal, vigente en 2015, el Coordinador Administrativo del ITFP solicitó a la Dirección General

    de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública (DGCNCP) de la SEFIN su opinión favorable

    para elaborar las CLC correspondientes a los meses de marzo a septiembre de 2015,

    a favor del propio Instituto mediante los oficios núms. ITFP/DG/CA/0246/2015 del 27 de febrero

    de 2015, ITFPDG/CA/557/2015 del 21 de mayo de 2015, ITFP/DG/CA/905/2015 del

    18 agosto de 2015 e ITFP/DG/CA/951/2015 del 26 de agosto de 2015.

    Asimismo, se revisaron los oficios núms. DGCNCP/0779/2015 del 10 de marzo de 2015,

    DGCNCP/2147/2015 del 28 de mayo de 2015, DGCNCP/3129/2015 del 20 de agosto de 2015

  • 35

    y DGCNCP/3331/2015 del 2 de septiembre de 2015, mediante los cuales la DGCNCP otorgó

    opinión favorable para realizar las CLC a favor del ITFP.

    También se observaron 25 memorándums, mediante los cuales la Jefatura de Unidad

    Departamental “A” (área de pagaduría) solicitó, con el visto bueno del Coordinador Administrativo

    del ITFP y la autorización del Director General de ITFP, a la Coordinación Administrativa del

    ITFP para que, por conducto de la Jefatura de Unidad Departamental de Recursos Financieros,

    se realice la liberación del pago de becas de las 27 semanas que duró el curso de la

    generación 214; a dichos memorándums se les integró las relaciones de los becarios a los

    que se les otorgó la ayuda semanal.

    Con lo anterior, la Jefatura de Unidad Departamental de Recursos Financieros elaboró las

    25 CLC, por un importe de 22,828.4 miles de pesos a favor del ITFP y los pagos correspondientes

    a la generación 214 ascendieron a un importe de 6,303.0 miles de pesos.

    Se verificó que las 25 CLC fueron elaboradas y autorizadas por los servidores públicos

    inscritos en la “Cédula de Registro de Firmas de los Servidores Públicos de Nivel de Estructura

    Facultados para Elaborar, Solicitar y/o Autorizar la Autorización del Registro de las Cuentas por

    Liquidar Certificadas, Documentos Múltiples, Afectaciones Programático-Presupuestarias,

    Presupuesto Comprometido, Estado de Ingresos-Egresos y Analítico de Claves” en 2015,

    conforme al Libro Primero, “De las Normas Presupuestarias”, Título Primero, “Administración

    Pública Central, Desconcentrada y Paraestatal”, Capítulo III, “Registro de Operaciones

    Presupuestarías”, Sección Primera, “Cuenta por Liquidar Certificada”, Apartado A, “Disposiciones

    Generales”, numeral 13 del Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario

    de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito

    Federal el 4 de diciembre de 2012, vigente en 2015. Asimismo, se verificó que las CLC

    cuentan con la documentación original justificativa y comprobatoria en los expedientes en

    resguardo del ITFP, que sus importes corresponden a los registros contables y presupuestales

    y, en el caso de los pagos cancelados, se realizó la cancelación de la operación bancaria

    o su reintegro.

    En consecuencia, al revisar la normatividad y verificar su cumplimiento, no se emite observación

    alguna en el presente resultado.

  • 36

    Gasto Pagado

    10. Resultado

    Con la finalidad de verificar que el ITFP contara con la documentación que reflejó la cancelación

    total de las obligaciones contraídas sujetas a revisión, mediante los oficios núms.

    ACF-A/DCA/16/018 del 18 de agosto de 2016 y ACF-A/DCA/16/037 del 29 de septiembre

    de 2016, la ASCM requirió información al sujeto fiscalizado. En respuesta, mediante los

    oficios núms. SDI/DGITFP/2184/2016 del 25 de agosto de 2016 y SSP/SDI/DGITFP/2605/2016

    del 3 de octubre de 2016, la Dirección General del ITFP proporcionó la información

    y documentación solicitada, de acuerdo con lo siguiente:

    Las ayudas económicas semanales para los becarios de la generación 214 del Curso

    Básico de Formación Policial fueron entregadas mediante depósitos bancarios a tarjetas

    de débito individuales. Para acreditar su entrega, el ITFP, mediante nota informativa del

    9 de septiembre de 2016, suscrita por la Jefatura de Unidad Departamental “A” (Área de

    Pagaduría), informó: “Por este medio se informa que el personal de la empresa bancaria

    Banorte son las personas encargadas y responsables de realizar la entrega de la tarjeta

    de débito a cada uno de los elementos que forman el inicio de cada una de las generaciones del

    Curso Básico de Formación Policial; realizándose la entrega mediante un contrato personificado

    a cada elemento con dicha Institución, así como de llevarse el acuse de recibido de la

    misma tarjeta”.

    Se constató que el ITFP formalizó un Contrato de Servicios Bancarios, suscrito el 7 de octubre

    de 2013, con el Banco Mercantil del Norte, S.A. (Banorte); asimismo, se contrató el

    11 de octubre de 2013 un servicio de dispersión de nómina, el cual estuvo vigente en 2015,

    para así llevar a cabo las dispersiones semanales por concepto de ayudas económicas

    semanales a los alumnos becarios inscritos en el Curso Básico de Formación Policial, cuyo

    soporte está en las solicitudes de los recursos con listados que contienen el nombre de

    los beneficiarios que permanecían dentro del programa e identificando a los que fueron

    dados de baja para cancelar su pago.

  • 37

    El ITFP proporcionó los estados de cuenta bancaria emitidos por Banorte en los cuales se

    reflejan las dispersiones a los becarios. En el caso de los 67 seleccionados como muestra,

    se observó que se realizaron los depósitos correspondientes por 0.8 miles de pesos

    (771.10 pesos) y 1.0 miles de pesos (981.40 pesos) semanales a cada uno de los alumnos,

    lo anterior en cumplimiento de lo establecido en la regla vigésima primera de las Reglas

    para el Establecimiento y Operación del Sistema de Carrera Policial de la Policía del Distrito

    Federal, publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 17 de julio de 2001,

    vigentes en 2015.

    Para verificar que los recursos no devengados hubieran sido enterados por el ITFP a la SEFIN

    en los plazos establec