Download - ...de veinticuatro (24) meses calendano a partr de la fecha de su emisión o de su renovación, a menos que se renuncie a el, sea suspendido o cance ado. (Articulo 40, Libro XVIII

Transcript
Page 1: ...de veinticuatro (24) meses calendano a partr de la fecha de su emisión o de su renovación, a menos que se renuncie a el, sea suspendido o cance ado. (Articulo 40, Libro XVIII
Page 2: ...de veinticuatro (24) meses calendano a partr de la fecha de su emisión o de su renovación, a menos que se renuncie a el, sea suspendido o cance ado. (Articulo 40, Libro XVIII
Page 3: ...de veinticuatro (24) meses calendano a partr de la fecha de su emisión o de su renovación, a menos que se renuncie a el, sea suspendido o cance ado. (Articulo 40, Libro XVIII
Page 4: ...de veinticuatro (24) meses calendano a partr de la fecha de su emisión o de su renovación, a menos que se renuncie a el, sea suspendido o cance ado. (Articulo 40, Libro XVIII
Page 5: ...de veinticuatro (24) meses calendano a partr de la fecha de su emisión o de su renovación, a menos que se renuncie a el, sea suspendido o cance ado. (Articulo 40, Libro XVIII
Page 6: ...de veinticuatro (24) meses calendano a partr de la fecha de su emisión o de su renovación, a menos que se renuncie a el, sea suspendido o cance ado. (Articulo 40, Libro XVIII