SUBCONTRATO DE EJECUCION DE OBRA N 327-2013-TF-ICG-001
Conste por el presente documento, que se extiende en dos ejemplares de igual tenor y efecto, el
Contrato de Locacin de Servicios que celebran, de una parte, Tecno Fast Atco S.A.C. con
RUC N 20417573705, con domicilio en la Av. Panamericana Sur Km. 40 Mz. A Lt. 14
Praderas de Lurn, Distrito de Lurn, Provincia y Departamento de Lima, representada por su Gerente General Sr. Jerome Balay Mital, identificado con Carn de Extranjera N 00238018,
a quien en lo sucesivo se denominar LA EMPRESA; y, de otra parte, INGENIERA CG
PERU SAC, con RUC N20523676548, con domicilio en Camino Real N 111, Oficina 405,
San Isidro, Provincia y Departamento de Lima, que procede debidamente representada por su
Representante Legal, el Sr. Luis Roberto Olmos Mogrovejo, D.N.I. N 07834227, a la que en lo
sucesivo se denominar LA CONTRATISTA, en los trminos contenidos en las clusulas
siguientes:
ANTECEDENTES:
PRIMERA.- LA EMPRESA es una persona jurdica de derecho privado constituida e
inscrita en el Per cuyo objeto social principal es dedicarse al desarrollo de actividades de
investigacin, fabricacin y ejecucin desde la participacin en propuestas y/o licitaciones
hasta su trmino, de los campamentos pioneros, de elaboracin y de operacin de proyectos
relacionados con la explotacin de recursos naturales, comprendiendo la manufactura,
fabricacin, produccin, elaboracin, integracin, armadura y transporte de productos,
artculos, piezas, partes y elementos en general destinados a la edificacin, preparacin y
fabricacin de los referidos campamentos, as como la prestacin de servicios profesionales y
tcnicos.
A la fecha, LA EMPRESA tiene a su cargo la Obra "2172-0606: Suministro e Instalacin de
Edificio Workers W-128", por lo que se encuentra interesada en contratar los servicios de una
empresa especializada en Instalacin del Sistema Elctrico y del Sistema de Deteccin Contra Incendio, a fin de dar cumplimiento a los diversos encargos formulados por su cliente SEGUNDA.- LA CONTRATISTA es una persona jurdica de derecho privado constituida e
inscrita en el Per cuyo objeto social principal es dedicarse a brindar servicios especializados
en Instalacin del Sistema Elctrico y del Sistema de Deteccin Contra Incendio, a fin de dar cumplimiento a los diversos encargos formulados por su cliente.
FUNCIN DEL CONTRATO Y PRESTACIN DEL SERVICIOS:
TERCERA.- Por el presente contrato, y bajo las estipulaciones que ms adelante se
establecen, LA CONTRATISTA se obliga a prestar a favor de LA EMPRESA los servicios
de Instalacin del Sistema Elctrico y del Sistema de Deteccin Contra Incendio que sern detallados en el documento Condiciones Especficas del Contrato que ser suscrito por las partes cada vez que as lo consideren necesario. Por los servicios efectivamente ejecutados,
LA EMPRESA se obliga a pagarle a LA CONTRATISTA la contraprestacin prevista en la
clusula sptima.
CUARTA.- En aplicacin de este contrato, LA CONTRATISTA ser la nica responsable de
la prestacin del Servicios. En tal calidad, deber asumir las responsabilidades administrativas
y civiles ante LA EMPRESA que se deriven de la ejecucin de los Servicios.
PresupuestosResaltado
QUINTA.- Por la naturaleza de los servicios, LA CONTRATISTA desplazar a sus
trabajadores (en adelante, el Personal) a los distritos de Chamaca y Livitaca, Provincia de
Chumbivilcas, Departamento de Cusco.
LA CONTRATISTA comunicar a LA EMPRESA la identidad de los trabajadores que sern
desplazados con cinco (5) das hbiles de anterioridad al inicio del desplazamiento. SEXTA.- En cumplimiento de las normas de tercerizacin, el presente contrato implica para LA CONTRATISTA los siguientes deberes: (i) prestar, bajo su propia cuenta, costo y riesgo, el Servicio; (ii) utilizar sus propios recursos tcnicos, materiales y econmicos; (iii) ser responsable de sus actividades; y, (iv) tener a sus trabajadores bajo su exclusiva subordinacin.
COSTO, FORMA Y OPORTUNIDAD DE PAGO:
SPTIMA.- Las partes acuerdan que el monto de la contraprestacin que pagar LA
EMPRESA por los servicios efectivamente ejecutados ser fijado en las Condiciones
Especficas del Contrato que se suscriba oportunamente. Este monto incluye equipos,
herramientas, uniformes, traslados, alimentacin, costos laborales, porcentaje de ganancia y,
en general, todos aquellos gastos que directa o indirectamente sean necesarios para la correcta
ejecucin de los servicios hasta su total terminacin y recepcin por LA EMPRESA.
El monto de la contraprestacin que se pagar a favor de LA CONTRATISTA ser de
acuerdo a la valorizacin la cual deber ser presentada el da 20 de cada mes, tomando el
tiempo de 01 semana para la aprobacin y recepcin de la factura antes de fin de mes, el pago
de la misma a 60 das vence el da 30 del mes subsiguiente.
OCTAVA.- LA EMPRESA efectuar la retencin que se indica en las Condiciones
Especficas del Contrato por concepto de Fondo de Garanta, la cual servir para responder por
el cumplimiento del presente contrato y la buena ejecucin de los servicios.
NOVENA.- Adems de los supuestos sealados en las normas legales y en otras clusulas del
contrato, LA EMPRESA se encuentra facultada para retener el pago de la contraprestacin a
que tiene derecho LA CONTRATISTA en los siguientes casos:
1. Si se verifica que LA CONTRATISTA no ha cumplido con el pago de las remuneraciones, beneficios sociales y pagos previsionales y de Seguridad Social del
Personal.
2. Si LA CONTRATISTA se niega o demora en la entrega de la documentacin e informacin requerida por LA EMPRESA a efectos de verificar el cumplimiento de sus
obligaciones laborales con el Personal.
3. Si los servicios, por su mala ejecucin, requieran de reparaciones u obras adicionales. 4. La no entrega del Dossier de Calidad y/o algn componente de la misma (planos,
Asbuilt, protocolos y/o ensayos).
5. La no entrega de los dayli report
LA CONTRATISTA autoriza expresamente a LA EMPRESA a disponer de los montos
retenidos en virtud de la presente clusula a efectos de cancelar las deudas laborales y de
seguridad social que aqulla tenga respecto al Personal, o a regularizar el mal servicio, siempre
que dentro de los quince (15) das calendario siguientes a la retencin LA CONTRATISTA
no acredite haber cumplido con sus respectivas obligaciones.
DCIMA.- Las partes convienen en que el presente contrato tendr una duracin de 07 das de
Instalaciones Elctricas Interiores Modulares, la cual deber cumplir con el Cronograma
PresupuestosResaltado
PresupuestosResaltado
PresupuestosResaltado
PresupuestosResaltado
PresupuestosResaltado
PresupuestosResaltado
Contractual de obra estipulada por fases y prioridades, contados desde su suscripcin, salvo
que las partes acuerden previamente y por escrito su prrroga.
Sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, LA EMPRESA podr resolver el contrato antes
de su vencimiento comunicando a LA CONTRATISTA su decisin en tal sentido, con quince
(15) das de anticipacin a la fecha prevista para su resolucin. El ejercicio de este derecho no
genera la obligacin de pagar indemnizacin alguna a LA CONTRATISTA.
OBLIGACIONES DE LA EMPRESA:
DCIMO PRIMERA.- Adems de las previstas en otras clusulas y en la legislacin
aplicable, son obligaciones de LA EMPRESA:
- Abonar la contraprestacin pactada por los servicios efectivamente ejecutados que LA CONTRATISTA le preste en virtud del presente contrato, y de acuerdo a los trminos
pactados al respecto.
- Entregar oportunamente a LA CONTRATISTA todos los documentos e informacin que sta necesite para la prestacin de los servicios.
- Designar a un responsable quien coordinar con el representante designado por LA CONTRATISTA todos los aspectos relacionados con la ejecucin del presente contrato.
OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA:
DCIMO SEGUNDA.- Adems de las previstas en otras clusulas y en la legislacin
aplicable, son obligaciones de LA CONTRATISTA:
a. Respecto de las condiciones que se brindan los servicios
- Prestar los servicios con la diligencia debida y cumpliendo con todas y cada una de las especificaciones establecidas en el presente contrato y en legislacin y normativa
aplicable al servicios y las partes.
- Asumir el costo que se genere por cuenta del traslado de personal, movilizacin, alimentos, objetos, implementos, y en general de todo aquello que se requiera para la
prestacin de los servicios.
- Mantener en condiciones operativas, higinicas y en perfecto orden la instalacin productiva y todo aquello que utilice para prestar los servicios. En consecuencia, LA
CONTRATISTA se obligan a cumplir las normas que sobre sanidad, higiene, salubridad
y manejo de residuos vigentes, as como aquellas que LA EMPRESA ponga en su
conocimiento.
- Obtener todas las licencias que sean necesarias para la prestacin de los servicios.
- Nombrar a un representante responsable del presente contrato, quien coordinar permanentemente con el representante de LA EMPRESA acerca de cualquier asunto
concerniente a la ejecucin de los servicios y cualquier otro que se desprenda del presente
contrato.
- Solucionar, en forma inmediata, las fallas detectadas en los servicios que le sean comunicadas por LA EMPRESA.
- No ceder, transferir o delegar alguno de sus derechos u obligaciones asumidos por el presente contrato sin el previo consentimiento por escrito de LA EMPRESA.
- No subcontratar los derechos y obligaciones asumidos por el presente contrato sin el previo consentimiento por escrito de LA EMPRESA. En caso LA EMPRESA autorice la
subcontratacin, LA EMPRESA no incurrir en responsabilidad u obligacin alguna
frente a dichos terceros ni frente a ninguna otra persona natural o jurdica pues en todos
los casos es LA CONTRATISTA quien responde ante LA EMPRESA.
b. Respecto de sus trabajadores y normas laborales
- El Personal deber mantener vnculo laboral con LA CONTRATISTA, debe estar registrado en su Planilla Electrnica y recibir todos los beneficios y derechos que prev la
legislacin socio-laboral vigente.
- Cumplir estrictamente todas las normas jurdicas y obligaciones que le corresponden como empleadora del Personal, en especial las normas referidas a obligaciones laborales,
socio-laborales, previsionales, tributarias, seguros de ley, de seguridad social,
administrativas, civiles y de cualquier otra naturaleza frente a sus trabajadores.
- Pagar oportunamente las remuneraciones que correspondan al Personal por concepto de remuneraciones, bonificaciones, primas y otros beneficios y derechos laborales, as como
los importes correspondientes a los tributos sociales y aportaciones. Del mismo modo, se
obliga a asumir directa e inmediatamente el pago de cualquier sancin o multa que
pudiese aplicarse por incumplimiento de estas obligaciones, sin responsabilidad alguna
para LA EMPRESA.
- Contratar a favor del personal que presta el Servicios el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR), de ser el caso.
- Informar, cuando sea requerido, antes de enviar la respectiva factura a LA EMPRESA, y peridicamente, del cumplimiento del pago de todos los derechos y beneficios laborales
del Personal a travs de las constancias de pago de tales derechos y beneficios.
- Poner a disposicin de LA EMPRESA toda la documentacin e informacin que sta requiera revisar a efectos de comprobar el cumplimiento de sus obligaciones laborales, de
seguridad y saludes en el trabajo, sanitarias y similares con el Personal. Entre otros, se
entregarn los siguientes documentos:
Boletas de pago de remuneraciones suscritas por los trabajadores.
Constancias de depsito en cuenta bancaria de la Compensacin por
Tiempo de Servicios (CTS).
Liquidaciones de beneficios sociales de trabajadores que cesen durante
la prestacin de Servicios.
PDT 601 Planilla electrnica (mensual) y constancia de pago de tributos sociales y aportaciones (mensuales) a la SUNAT.
Liquidaciones mensuales de pagos de retencin de aportes al Sistema
Privado de Pensiones efectuados a las Administradoras de Fondos de
Pensiones (AFP) debidamente canceladas.
Constancia de pago del Seguro de Vida de ley.
Constancia de pago del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo
(SCTR) en los casos que sea aplicable.
Constancias de pago de utilidades, de ser el caso.
Todas las dems constancias o documentos que a juicio de LA
EMPRESA acrediten el pago de las obligaciones laborales, socio-
laborales, previsionales, administrativas y otras derivadas de la relacin
laboral entre LA CONTRATISTA y el Personal.
- Ser el nico que ejerza el poder de direccin frente al Personal, ya sea dirigiendo, fiscalizando y sancionando sus labores.
Ello no obsta que LA EMPRESA, a travs de su funcionario designado, identifique y
verifique la correcta prestacin del Servicios y, de ser necesario, requiera a LA
CONTRATISTA la implementacin de las medidas que resulten necesarias para que sta
se adecue a las exigencias requeridas en el presente contrato.
- Informar a sus trabajadores y representantes al inicio de la ejecucin del presente contrato: (i) la identidad de LA EMPRESA, incluyendo a estos efectos la denominacin social de
ste, su domicilio y nmero de Registro nico del Contribuyente; (ii) las actividades que
son objeto del presente contrato; y, (iii) el lugar donde se ejecutarn tales actividades.
- Dotar al Personal de un adecuado uniformado fotocheck que lo identifique como trabajadores de LA CONTRATISTA.
c. Respecto de su responsabilidad
- Asumir todas las responsabilidades de carcter civil, comercial, laboral, seguridad social, tributario y de cualquier otra ndole frente al Personal, as como frente a los usuarios o
beneficiarios de los servicios y las autoridades administrativas competentes. En tal
sentido, LA CONTRATISTA se obligan a mantener indemne a LA EMPRESA por
cualquier reclamacin, demanda o queja presentada por terceros como consecuencia de la
generacin de daos y perjuicios derivados directa o indirectamente de la prestacin de los
servicios.
- Asumir la responsabilidad por cualquier dao, enfermedad, accidentes comunes y de trabajo, entre otras cosas, que pudiera sufrir el Personal como consecuencia de la
ejecucin del presente contrato, sin perjuicio de cualquier otra contingencia,
responsabilidad y deber de asistencia inmediata que es inherente a toda empresa.
- Ser exclusivamente responsable frente a las autoridades por el cumplimiento de sus obligaciones administrativas, tributarias o en general de la obtencin o renovacin de sus
autorizaciones, permisos o licencias que sean exigidos para el desarrollo de sus
actividades y la ejecucin del presente contrato.
DERECHO DE REPETICIN:
DCIMO TERCERA.- En caso LA EMPRESA se vea afectada por alguna decisin de
cualquier autoridad administrativa, arbitral o jurisdiccional que la obligue al pago de cualquier
derecho o beneficio social del Personal, LA EMPRESA tendr el derecho de repeticin contra
LA CONTRATISTA.
Ello sin perjuicio de aplicarle a LA CONTRATISTA una penalidad equivalente al cien por
ciento (100%) del monto pagado por concepto de indemnizacin por daos y perjuicios.
RESOLUCIN DEL CONTRATO:
DCIMO CUARTA.- Sin perjuicio de la facultad contenida en la clusula dcima del
presente contrato, LA EMPRESA podr resolverlo, de acuerdo con el mecanismo previsto en
el artculo 1430 del Cdigo Civil, en los siguientes casos:
1. Si LA CONTRATISTA no cumple con abonar oportunamente las remuneraciones, derechos y beneficios sociales correspondientes al Personal, as como los impuestos y
contribuciones sociales que se desprendieran de tales vnculos.
2. Si LA CONTRATISTA no cumple con las normas, directivas y lineamientos sobre seguridad y salud en el trabajo a las que se encuentren obligados.
3. Si LA CONTRATISTA otorga, sin consentimiento previo y por escrito de LA EMPRESA, la explotacin de los servicios a un tercero o cede sus derechos y
obligaciones.
4. Si LA EMPRESA fuese involucrada en reclamacin de cualquier tipo (judicial, arbitral o administrativa) como producto de algn incumplimiento laboral por parte de LA
CONTRATISTA.
Lo previsto en esta clusula no determina que LA EMPRESA no pueda resolver el contrato
por causas distintas de las aqu previstas ni a travs de mecanismos diferentes del aqu
indicado.
DE LA SOLUCIN DE CONTROVERSIAS:
DCIMO QUINTA.- Cualquier discrepancia que surja entre las partes respecto al presente
contrato ser resuelta en trato directo, para cuyo efecto se comprometen desde ya a realizar sus
mayores esfuerzos sobre la base de las reglas de la buena fe y atendiendo a la comn intencin
de solucionar tal eventual situacin.
De considerar la controversia suscitada como no solucionable por este medio, las partes
someten dicha controversia a la jurisdiccin y competencia de los jueces y tribunales del
Distrito Judicial del Cercado de Lima, renunciando de antemano a los fueros de sus respectivos
domicilios.
INDEPENDENCIA DE LAS PARTES:
DCIMO SEXTA.- Las partes dejan expresa constancia de que la relacin contractual que las
une es de carcter meramente comercial y no configura una relacin de derecho laboral entre
ellas, ni entre LA EMPRESA y el personal que LA CONTRATISTA destinen a la prestacin
de los servicios.
Como consecuencia de la independencia y autonoma con que LA CONTRATISTA presta los
servicios, LA EMPRESA en modo alguno y bajo ningn ttulo jurdico tendr responsabilidad
laboral o jurdica de ningn tipo con relacin a los trabajadores y personal contratado por LA
CONTRATISTA, directa o indirectamente, ya que stos, como se desprende del presente
documento y principalmente de los hechos, no se encuentran subordinados de forma alguna a
LA EMPRESA.
DOMICILIOS Y DECLARACIN DE LAS PARTES:
DCIMO SPTIMA.- Para la validez de todas las comunicaciones y notificaciones a las
partes, con motivo de la ejecucin de este contrato, ambas partes sealan como sus respectivos
domicilios los indicados en la introduccin de este documento. El cambio de domicilio de
cualquiera de las partes surtir efecto desde la fecha de comunicacin de dicho cambio a la
otra parte por cualquier medio escrito.
DCIMO OCTAVA.- Ambas partes declaran someterse en forma expresa a lo dispuesto por
el artculo 1315 del Cdigo Civil, para efecto de definir el caso fortuito y de fuerza mayor, sin
perjuicio de que para que procedan en un caso especfico deban ser previamente reconocidos
por el propietario del Proyecto correspondiente.
En seal de conformidad, las partes suscriben este documento en la ciudad de Lima, a los 23
das del mes de Noviembre del 2013.
LA EMPRESA LA CONTRATISTA
CONDICIONES ESPECFICAS DEL CONTRATO I. Contrato de Locacin de Servicios: N 327-2013-TFA-ICG 001
II. Descripcin del Trabajo:
Instalaciones Elctricas de Montaje en Estructuras Modulares de Madera en W128
III. Especificaciones de los servicios:
Instalacin del Sistema Elctrico y del Sistema de Deteccin Contra Incendio con los siguientes detalles:
Estn considerados todos los gastos administrativos que derive de
realizar este contrato (Exmenes mdicos de ingreso y salida, SCTR)
El servicio de alimentacin durante la ejecucin del trabajo ser
asumido por la EMPRESA.
El servicio de transporte interno y externo del personal a Obra ser
asumido por la EMPRESA.
El traslado de materiales ser asumido por la EMPRESA.
LA CONTRATISTA se obliga a suministrar los materiales y
herramientas menores necesarias y verificar la existencia de todos en
terreno de manera oportuna a fin de no originar retrasos en el
cronograma.
Los equipos y herramientas necesarios para la realizacin de los
trabajos tales como (andamios, tableros, extensiones elctricas, trpodes
con reflectores, lneas de vida, arneses de seguridad, entre otros sern
proporcionados por el CONTRATISTA.
Los vehculos de transporte del Staff, as como todos los equipos
mecnicos requeridos para el cumplimiento de los trabajos sern
proporcionados por LA CONTRATISTA y debern tener aprobacin
de parte del cliente HUDBAY para su uso en obra.
Se facilitara a la CONTRATISTA una oficina en obra requerida para
la correcta supervisin de sus trabajos, para lo cual deber hacer uso de
los mdulos TFA Rental.
PresupuestosResaltado
PresupuestosResaltado
PresupuestosResaltado
LA CONTRATISTA se obliga a mantener la supervisin necesaria
para la correcta realizacin de sus trabajos segn consta en su
cotizacin de referencia.
Se adjuntara Cronograma de Instalaciones Elctricas de Montaje
detallado, debiendo tomar en cuenta las prioridades de entrega de
edificios al Cliente.
La secuencia de entrega de los edificios Terminados ser segn
requerimiento de LA EMPRESA, dentro del plazo establecido para
este contrato.
Los trabajos especficos a realizar por la CONTRATISTA se adjuntan
a este contrato.
Los servicios incluyen la ejecucin de las siguientes prestaciones a cargo de LA
CONTRATISTA:
tem Cantidad Precio unitario
(und.)(S/.)
Valor de venta
(S/.)
Instalaciones
Elctricas
Interiores
Modulares segn
planos emitidos
por la
CONTRATISTA
1.00 GLB 35,620.06 35,620.06
El valor de venta es de Treinta Y Cinco Mil Seis Cientos Veinte Con 06/100 Nuevos
Soles
Esto no incluye I.G.V. IV. Facturacin
El monto de la contraprestacin que se pagar a favor de LA CONTRATISTA ser de
acuerdo a la valorizacin la cual deber ser presentada el da 20 de cada mes, tomando
el tiempo de 01 semana para la aprobacin y recepcin de la factura antes de fin de mes,
el pago de la misma a 60 das vence el da 30 del mes sub siguiente.
La forma de pago podr ser en efectivo o mediante depsito en cuenta, de acuerdo a lo
que determine LA EMPRESA.
V. Plazo de Ejecucin
El plazo de ejecucin de LA OBRA es de siete das (07) das calendario, incluidos das feriados y domingos contados desde el da de inicio de actividades hasta el da 21 donde se har la entrega de los trabajos, LA CONTRATISTA ejecutar la Obra de acuerdo con el Calendario de Avance de Obra, debiendo hacer entregas parciales de sectores de Obra o concluirla de acuerdo a las siguientes fechas, plazos o Hitos del Subcontrato:
HITOS
DESCRIPCIN
Inicio (NTP+ das)
Fin (NTP+ das)
1 Inicio de Trabajos 0 2 Canalizacin de Bandejas 0 2
3 Cableado de circuitos 3 4
4 Equipos de Iluminacin 4 5 5 Tableros Elctricos 5 6 6 Sub Alimentadores Elctricos 6 7
7 Sistema de Deteccin Contra incendio
3 7
8 Fin a de trabajos 7
VI. Fondo de Garanta
Las partes acuerdan que LA EMPRESA retendr el 10% del Presupuesto pactado por
concepto de Fondo de Garanta, el cual ser destinado a responder por el cumplimiento
del Contrato y la buena ejecucin de los servicios, liberado a la entrega del Substantial
Completions del trabajo por parte del Cliente Jacobs. VII. Penalidades por incumplimiento
Cualquier demora en la culminacin de los servicios que no hubiese sido aprobada
previamente y por escrito por LA EMPRESA ser considerada como incumplimiento
por parte de LA CONTRATISTA, debiendo asumir la penalidad del 0,1% del monto
del contrato por cada da calendario de atraso por hito.
La penalidad que corresponda aplicar ser descontada del fondo de garanta al momento
de su liberacin.
En seal de conformidad, las partes suscriben este documento en la ciudad de Lima, a los 23
das del mes de Noviembre del 2011.
LA EMPRESA LA CONTRATISTA
PresupuestosResaltado
Anexo 1: Especificaciones
Tcnicas, Documentos
Tcnicos, Memorias
Descriptivas, Alcance de
Trabajo y Planos.
INGENIERIA ELECTRICA
PROYECTO: 327 MDULOS PREFABRICADOS W-128 CAMP. CONSTANCIA
Contrato N: P0336
EDIFICIO W-128
MEMORIA DE CLCULO ELCTRICO
NUMERO DE DOCUMENTO: 0327_W-MC-002
0 07.11.13 PARA CONSTRUCCIN ECH EB AA
Rev. Fecha Emitido para Por Revisado Aprobado
INGENIERIA ELECTRICA
0327_W-MC-002 2/8
1. CLCULOSDEDEMANDASMXIMASYALIMENTADORESGENERALES Las demandas mximas (F/D) fueron determinadas en funcin de la potencia total instalada,
considerandolossiguientesfactoresparacadatipodeServicio. Alumbrado FactordeDemanda 0.8 Fuerza FactordeDemanda 0.7 Nota: losfactoresindicadossonparaconsiderarlademandamximadelequipodemedida. Detalrelacinobtendremoslasiguienteexpresin:
.... DemFInstPtotalP ConociendovalordeI=corrienteenAmperios,podremosdeterminareltipodeinterruptorrequerido.Ascomodimensionarlacapacidaddelcable,teniendoenconsideracinlacadadetensin.
1.1 SELECCINDELAUTOMTICOGENERAL
Trifsica
COSVoltajeWtotalPIn*3*
)(. MonofsicaCOSVoltajeWtotalPIn
*)(.
1.2SELECCINALIMENTADORParadeterminarelalimentador, se considerel tipodeaislacin, tipode canalizacin, temperaturadeservicioycapacidaddelaproteccintermomagntica. Factores que influyen en el clculo del alimentador: Factor de Correccin por Temperatura: En el proyecto se utilizo de acuerdo a la temperatura ambiente del terreno. Se recomienda factor de correccin (ft) 1. Segn Cdigo Nacional de Utilizacin-Tabla 5A-pgina 175
INGENIERIA ELECTRICA
0327_W-MC-002 3/8
Factor de Correccin por Cantidad de Conductores: En el proyecto se utilizo una sola terna de conductores para los alimentadores por lo que el factor de correccin (fn) 1.
I=IN x ft x fn
Segn Cdigo Nacional de Utilizacin, Tabla 12B, pagina 191:
INGENIERIA ELECTRICA
0327_W-MC-002 4/8
1.3CLCULODECADADETENSINMonofsica
SKLInV
*cos***2 (expresinmonofsica)
Cos =Factordepotencia L =Largoenmetros In =Intensidadnominal K =Conductibilidaddelcobre(57) Scond. =Seccindelconductormm2Trifsica
SKLInRaizV
*cos***3 (expresintrifsica)
Cos =Factordepotencia L =Largoenmetros In =Intensidadnominal K =Conductibilidaddelcobre(57) Scond. =Seccindelconductormm2CumpliendoelCdigoNacionaldeElectricidadUtilizacin050102.
Lacadadetensinnoseamayordel2.5%. La cada de tensin total mxima en el alimentador y los circuitos hasta la salida o punto de
utilizacinmsalejado,noexcedael4%.AscomoCdigoNacionaldeElectricidadUtilizacin030002Todos losconductoresnodeben tenerunaseccinmenorque2.5mm2,para loscircuitosderivadosdefuerzayalumbradoy1.5mm2paraloscircuitosdecontroldealumbrado.Datosutilizadosparanuestrocaso:380V,3F+N,60Hz.
INGENIERIA ELECTRICA
0327_W-MC-002 5/8
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TOM
ACO
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IEN
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44.
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HN
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20m
m2x
16A
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3.01
TOM
ACO
RR
IEN
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STU
FABA
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44.
04.
0TH
HN
PVC
20m
m2x
16A
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S7
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006.
3010
.110
.110
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QU
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ERM
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DE
TER
MO
S8
4.0
4.0
THH
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3x16
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19.
006.
3010
.110
.110
.1AR
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DE
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S9
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THH
NPV
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Anexo 2: Propuesta Econmica
de fecha 0 de noviembre del 2013
Anexo 3: Cronograma de Obra
(Calendario de Avance de
Obra) - 7 DIAS CALENDARIO
Anexo 4: Lineamientos
Generales del Sistema de
Seguridad Operacional y
Medio Ambiente (SSOMA)
Rev: 1 Date: 3 October 2013
25
Buenas Prcticas Industriales, derecho a confiar en la fidelidad, suficiencia y totalidad de los datos, reportes, documentos e informacin proporcionados por la Compaa como Informacin Privilegiada.
En caso el Contratista tenga conocimiento de, o al hacer uso de las Buenas Prcticas Industriales haya tenido conocimiento de alguna Deficiencia o de la probabilidad de que alguna Informacin Privilegiada se torne Deficiente, el Contratista deber notificar por escrito a la Compaa sobre lo sucedido lo ms pronto posible. La notificacin escrita referente a dicha Deficiencia, deber especificar los detalles hallados en ese momento sobre la misma , y los posibles impactos que la misma pudiera ocasionar en los Trabajos antes que estos ocurran.
En un lapso de 14 das, la Compaa dar una instruccin en respuesta a la Deficiencia advertida segn esta clusula 4. En caso que la Compaa no otorgue ninguna instruccin segn esta clusula 4, el Contratista tendr derecho a no confiar en la Informacin Privilegiada que form parte de dicha notificacin de Deficiencia.
accuracy, adequacy and completeness of all data, reports, documents and information supplied by the Company as Reliance Information.
Where the Contractor becomes aware or, using Good Industry Practices reasonably should have been aware of a Deficiency, or the likelihood of a Deficiency in Reliance Information, the Contractor must give written notice to the Company as soon as practicable. The written notice of Deficiency must set-out details of the Deficiency known to the Contractor at that time, and of the likely impact of the Deficiency on the Works before the impact occurs.
Within 14 days the Company will issue an instruction in response to a Deficiency advised under this clause 4. If the Company fails to issue an instruction pursuant to this clause 4 the Contractor must not rely on the Reliance Information referred to in the Contractors notice.
5 Salud, Seguridad, Medio ambiente y Comunidad
5 Health, Safety, Environment and Community
5.1 Seguridad del Personal 5.1 Safety of Personnel
En todo momento, el Contratista deber cumplir con todos los procedimientos y regulaciones competentes (incluyendo las polticas expresas de operacin de la Compaa) relacionados con la salud y la seguridad ocupacional.
El Contratista deber, de acuerdo a las Buenas Prcticas Industriales y las prcticas de capacitacin ocupacional, informar y capacitar a su Personal sobre las normas, procedimientos y regulaciones del Proyecto y, oportunamente, deber publicar o informar sobre dichas normas e indicaciones especficas, relacionadas con la seguridad de las personas y la preservacin de la propiedad. Todos los costos relacionados con el cumplimiento de esta clusula 5.1 sern asumidos por el Contratista.
El Contratista debe realizar las actividades descritas en este Contrato y asegurarse que su Personal y cualquier Subcontratista y el Personal de ste ejecuten dichas actividades de acuerdo a:
a) las leyes vigentes;
b) los estndares y procedimientos de la Compaa;
c) las Buenas Prcticas Industriales aceptadas;
d) los requerimientos de seguridad y los procedimientos detallados en el Plan HSEC del Contratista para el Proyecto;
e) el Sistema de Gestin HSE&C de la Compaa; y
f) las instrucciones sobre seguridad dadas por el Representante de la Compaa.
El Contratista no podr abandonar las actividades
The Contractor will at all times adhere to all relevant procedures and regulations (including the Companys express operations policies) in connection with occupational safety and health.
The Contractor will, following Good Industry Practice and prudent occupational training practices, inform and train its Personnel in the rules, procedures and regulations for the Project and such specific rules and directions that may be published or given from time to time by the Company relating to the safety of persons and preservation of property. All costs incurred in relation to complying with this clause 5.1 will be met by the Contractor.
The Contractor must perform the work under the Contract and ensure that its Personnel and any Subcontractors and Subcontractors Personnel execute the work under the Contract in accordance with:
a) relevant Laws;
b) relevant Company standards and procedures;
c) industry accepted good working practice;
d) safety requirements and procedures specified in the Contractors Project HSEC Plan;
e) the Companys HSE&C Management System; and
f) directions relating to safety given by the Company Representative.
The Contractor will at no time leave work or partly
Rev: 1 Date: 3 October 2013
26
en ejecucin o las actividades parcialmente terminadas, en caso se presentaran condiciones inseguras que pudieran ocasionar lesiones al Personal o dao a otras actividades o Bienes, no obstante continuar dichas actividades en ejecucin o actividades parcialmente terminadas cuando se den las condiciones de seguridad propicias.
En caso el Contratista tenga conocimiento de la existencia de alguna situacin, actividad o circunstancia que pudiera resultar en una condicin de inseguridad, o si razonablemente considerara que al cumplir con alguna instruccin impartida por la Compaa, se pudiera presentar alguna condicin de inseguridad, el Contratista deber:
g) Suspender la ejecucin de las actividades descritas en este Contrato o no seguir la instruccin dada (segn el contexto lo requiera) en la medida que se evite el surgimiento de una condicin de inseguridad, o su prolongacin;
h) Notificar a la Compaa sobre la condicin de Inseguridad tan pronto como sea posible, incluyendo informacin sobre las acciones que se hayan tomado de acuerdo al prrafo e) antes descrito; y
i) Tomar las medidas necesarias, segn lo acordado entre la Compaa y el Contratista, para solucionar dicha condicin de Inseguridad.
En caso la Compaa se percate de alguna accin Insegura o tenga conocimiento de la planificacin de alguna accin que resulte Insegura, la Compaa deber indicar al Contratista que pare o no proceda con dicha accin, o que minimice el efecto de la misma, para lo cual, el Contratista deber cumplir con dicha Instruccin y modificar el mtodo de trabajo para as prevenir, detener o evitar una accin Insegura o que surja una condicin de Inseguridad.
Mientras el Contratista o su Personal no contribuyan u ocasionen una condicin de Inseguridad, o realicen una accin Insegura, segn lo indicado en la clusula 16 el Contratista podr tener derecho a extender el plazo de la Fecha de Culminacin de la Etapa Mecnica o una Fecha Clave, debido al retraso incurrido por el cumplimiento de lo indicado en esta clusula 5.1, y si fuese necesario, podr realizar actividades adicionales para cumplir con lo indicado en esta clusula. Dicha actividad adicional ser considerada como una Variacin al Contrato y estar sujeta a una Instruccin dada por el Representante de la Compaa.
completed work in an Unsafe condition that might cause personal injury or damage to other existing work or Goods but will continue that work or partly completed work until it is in a safe stage of completion.
If the Contractor becomes aware of an Unsafe condition or activity or circumstances that may result in an Unsafe condition, or if the Contractor reasonably considers that compliance with a direction from the Company may result in an Unsafe condition, then the Contractor must:
g) suspend execution of work under the Contract or not comply with the direction (as the context requires) to the extent necessary to avoid an Unsafe condition arising or continuing;
h) notify the Company of the Unsafe condition as soon as practicable including action taken in accordance with paragraph e) above; and
i) take necessary action as agreed between the Company and Contractor to remedy the Unsafe condition.
If the Company observes an Unsafe act or becomes aware of a planned Unsafe act, the Company may direct the Contractor to stop or to not proceed with the Unsafe act, or to mitigate the effect of the Unsafe act and the Contractor must comply with that Direction and modify the Contractors work method to prevent or discontinue or avoid the Unsafe act or Unsafe condition from arising.
To the extent that the Contractor or Contractor Personnel did not contribute to or cause the Unsafe condition or perform the Unsafe act subject to clause 16, the Contractor may be entitled to an extension of time to the Date for Mechanical Completion or a Key Date for delay incurred by the Contractor as a result of complying with this clause 5.1, and if it is necessary to undertake additional work as a result of complying with this clause 5.1 the additional work will be treated as if it were a Contract Variation and the subject of a Direction by the Company Representative.
5.2 Mantenimiento de las Herramientas de Construccin, Accesos y Equipos de Izaje
5.2 Maintenance of Construction Tools, Access and Rigging Gear
El Contratista deber asegurar que todas las herramientas y equipos de izaje, andamios, escaleras, montacargas, mquinas, explosivos, aparatos elctricos y mecnicos, y toda planta, maquinaria y equipo sobre el cual tenga control, se mantengan en ptimas condiciones, sean seguros y sean utilizados de una manera segura y que no obstruyan ningn camino o impidan el paso de vehculos y peatones.
The Contractor will ensure that all tools, rigging gear and rigging tackle, scaffold, staging, ladders, hoists, machines, explosives, electrical and mechanical appliances, and all other plant, machinery and equipment over which it has control are maintained in sound condition and are safe to use and are used in a safe manner and do not obstruct any roadway or impede the passage of vehicles or pedestrians.
Rev: 1 Date: 3 October 2013
27
5.3 Inducciones 5.3 Inductions
La Compaa ser responsable de proporcionar una induccin en el Sitio al Personal del Contratista, Subcontratistas y al Personal de ste, y a cualquier visitante, que cubra los requisitos de seguridad, medio ambiente y protocolos del Sitio.
Todas las dems inducciones y entrenamientos necesarios, sern asumidas nica y exclusivamente por el Contratista.
The Company will be responsible for providing a site induction presentation to the Contractors Personnel, Subcontractors and the Subcontractors Personnel and all other visitors to the Site that covers Site safety and environment requirements and Site protocols.
All other inductions and training requirements are the sole responsibility of the Contractor.
5.4 Medio ambiente 5.4 Environment
El Contratista realizar las actividades descritas en este Contrato haciendo uso de todas las prcticas adecuadas y cumpliendo con todas las leyes vigentes (segn correspondan o si son designadas por la Compaa), y el Sistema de Gestin HSE&C aplicable para la proteccin y conservacin del Medio Ambiente..
El Contratista informar de manera inmediata al Representante de la Compaa sobre cualquier derrame o fuga de cualquier sustancia que pueda contaminar o daar el Medio ambiente, u ocasione cualquier incidente o acto que incumpla u ocasione el incumplimiento de los permisos dados por la Compaa.
Durante la ejecucin de los Trabajos, el Contratista deber remover todo el desmonte generado por sus actividades a un lugar designado por el Representante de la Compaa, y mantendr esa parte del Sitio en la que se encuentra trabajando, limpia y ordenada en todo momento, a satisfaccin de dicho Representante. Al finalizar los Trabajos, el Contratista remover todos los talleres y Trabajos Temporales, todas las herramientas, todo el desmonte acumulado, todos los Bienes restantes y dejar el lugar limpio y ordenado, listo para su uso inmediato. En caso el Contratista no deje el lugar limpio y ordenado, listo para su uso inmediato, la Compaa remover todos los talleres y Trabajos Temporales, herramientas, desmonte acumulado, y Bienes restantes a cuenta y riesgo del Contratista.
The Contractor will perform the work under the Contract using prudent practices and in compliance with all relevant Laws (as applicable or instructed by the Company) and the Companys HSE&C Management System, applicable to Environment protection and conservation.
The Contractor will report immediately to the Company Representative all spills or leakages of any substance likely to pollute or damage the Environment or any incident or occurrence breaching or likely to breach the Companys consents.
During construction of the Works, the Contractor will remove all rubbish generated by its activities to a place nominated by the Company Representative and will keep that part of the Site in which it is working clean and tidy to the satisfaction of the Company Representative at all times. Upon completion of the Works the Contractor will remove all workshops and any Temporary Works, all tools, all accumulated rubbish, all remaining Goods and will leave the Site in a clean and tidy state and ready for immediate use. If the Contractor fails to leave the site in a clean and tidy state and ready for immediate use, the Company may remove all workshops and any Temporary Works, tools, accumulated rubbish, and remaining Goods at the Contractors risk and expense.
5.5 Propiedad Nativa, Patrimonio Cultural y Comunidad
5.5 Native Title, Cultural Heritage and Community
El Contratista se familiarizar y asegurar que su Personal se familiarice con los requerimientos de cualquier acuerdo, en relacin a la propiedad nativa y patrimonio cultural. El Contratista no ocasionar ni permitir ningn dao o destruccin de ningn patrimonio y cumplir con todas las leyes pertinentes.
Los Objetos Valiosos sern, de comn acuerdo entre las Partes, considerados y permanecern en propiedad de la Compaa. Luego del descubrimiento de estos objetos, el Contratista tomar las precauciones respectivas para evitar su prdida, traslado o dao y notificar al Representante de la Compaa sobre tal descubrimiento.
El Contratista deber considerar el impacto de sus actividades en la comunidad local y avisar a la Compaa sobre cualquier posible impacto negativo,
The Contractor will familiarise itself, and will ensure that its Personnel familiarise themselves with the requirements of any agreements in relation to native title or cultural heritage. The Contractor will not cause or permit damage or destruction of any heritage site and will comply with any relevant Law.
Valuable Objects will as between the Parties be and remain the property of the Company. Immediately upon discovery of these things the Contractor will take precautions to prevent their loss or removal or damage and will notify the Company Representative of the discovery.
The Contractor will consider the impact of its work on the local community, and will advise the Company of any potential negative impact or issue as soon as possible.
Anexo 5: Lineamientos
Generales de Calidad
Rev: 1 Date: 3 October 2013
31
Material, hasta que el Representante de la Compaa haya aprobado el citado Material ; y
d) En caso algn Material sea rechazado, deber entregar al Representante de la Compaa el Material rectificado para su revisin, en cuyo caso se volver a aplicar la clusula 7.3 a) al d).
Ni la Compaa ni el Representante de la Compaa asumirn alguna responsabilidad o deber de cuidado ante el Contratista por revisar, o durante dicha revisin, errores, omisiones o por el cumplimiento con este Contrato.
Ninguna revisin, comentario, autorizacin o rechazo, error en la revisin, comentario sobre la autorizacin o rechazo, Material del Contratista preparado por el mismo, ni ninguna otra instruccin dada por el Representante de la Compaa sobre el Material del Contratista, liberar al Contratista de asumir las responsabilidades que surjan o tengan relacin con este Contrato o con las leyes pertinentes o, que afecten los derechos de la Compaa, y que tengan relacin con este Contrato o de con las leyes correspondientes.
Material applies, until the Company Representative has approved the Contractor Material; and
d) if any Contractor Material is rejected, submit amended Contractor Material to the Company Representative for review, in which case clause 7.3 a) to d) will reapply.
Neither the Company nor the Company Representative undertakes any responsibility or duty of care to the Contractor to review, or in reviewing, the Contractor Material for errors, omissions or compliance with this Contract.
No review, comment, approval or rejection, or failure to review or comment upon or approve or reject, any Contractor Material prepared by the Contractor, or any other direction by the Company Representative about the Contractor Material will relieve the Contractor from the Contractor's liabilities or responsibilities whether arising out of or in connection with this Contract or otherwise according to Law, or prejudice the Company's rights against the Contractor whether arising out of or in connection with this Contract or otherwise according to Law.
8 Obligaciones derivadas de la Construccin
8 Construction Obligations
8.1 Obligaciones Generales 8.1 General
El Contratista debe asegurarse que los Trabajos sean ejecutados de acuerdo a:
a) Los requerimientos descritos en este Contrato;
b) Cualquier Material preparado por l mismo de acuerdo a este Contrato, y que tiene derecho de utilizar para fines de construccin;
c) Cualquier Instruccin dada por el Representante de la Compaa bajo cualquier disposicin de este Contrato, incluyendo cualquier Variacin del Contrato, y conforme a ley; y
d) A las disposiciones de este Contrato, incluyendo los Alcances del Trabajo y cualquier otro criterio establecido en las Especificaciones, de modo que al trmino de la Culminacin de la Etapa Mecnica, dichos Trabajos operen y funcionen conforme a lo antes indicado.
The Contractor must ensure that the Works are constructed in accordance with:
a) the requirements of this Contract;
b) any Contractor Material prepared by the Contractor in accordance with this Contract which the Contractor is entitled to use for construction purposes;
c) any Direction of the Company Representative under a provision of this Contract, including any Contract Variation and the Law; and
d) are constructed so that, upon Mechanical Completion, the Works will operate and function in accordance with the Contract, including the Scope of Work and any performance criteria set out in the Specification.
8.2 Estndar de ejecucin del Trabajo 8.2 Workmanship
El Contratista debe:
a) No obstante se indique lo contrario en este Contrato, utilizar materiales de calidad, nuevos y en perfecto estado, los cuales deben ser adecuados y apropiados para su
The Contractor must:
a) unless otherwise stated in the Contract, use good quality, new and undamaged materials for the Works which must be proper, adequate and suitable for the
Rev: 1 Date: 3 October 2013
32
propsito;
b) Asegurarse que los estndares de ejecucin del Trabajo se realicen de acuerdo con las Buenas Prcticas Industriales y con las prcticas, mtodos, conductas y requerimientos especificados en el presente Contrato; y
c) Estar expresamente sujeto a las clusulas de este Contrato, y cumplir con los estndares a nivel nacional e internacional especificados en este documento, al momento de realizar las actividades descritas en el mismo
Purpose;
b) ensure that all workmanship is in accordance with Good Industry Practice and with the practices, methods, conduct and the requirements of this Contract; and
c) subject to the express provisions of this Contract, comply with the national or international standards specified in the Contract when executing the work under the Contract.
8.3 Aseguramiento de la Calidad 8.3 Quality Assurance
El Contratista implementar y mantendr un sistema de aseguramiento de la calidad como herramienta de ayuda para cumplir con las disposiciones de este Contrato, y para documentar dicho cumplimiento. Este sistema no librar al Contratista de ninguna responsabilidad descrita en este documento. De ser aplicables, estos sistemas debern cumplir con los estndares AS/NZS ISO 9001, AS/NZS ISO 9002 y AS/NZS ISO 9003, segn correspondan a las actividades descritas en este Contrato, y de acuerdo a las Buenas Prcticas Industriales.
The Contractor will implement and maintain a quality assurance system as an aid to achieving compliance with the Contract and to document such compliance. Such system will not relieve the Contractor of the responsibility to comply with the Contract. If apply, such systems will be those that comply with AS/NZS ISO 9001, AS/NZS ISO 9002 and AS/NZS ISO 9003 as appropriate to the work under the Contract and Good Industry Practice.
8.4 Inspecciones y Pruebas 8.4 Inspection and Testing
El Contratista deber notificar al Representante de la Compaa cuando alguna parte de los Trabajos se encuentre lista, o a punto de ser puesta fuera de revisin.
El Representante de la Compaa podr instruir que cualquier parte de los Trabajos no sea puesta fuera de revisin o inaccesible, sin su previa aprobacin.
Las pruebas deben ser realizadas de acuerdo al plan de inspeccin y prueba preparado por el Contratista, segn el Plan de Calidad del Contratista para el Proyecto.
El Contratista asumir todos los costos asociados con el proceso de prueba que, para los efectos de esta clusula 8.4, incluyen el proceso de examen, medida y repeticin de pruebas.
En cualquier momento previo a la expiracin del Perodo de Correccin de Defectos, el Representante de la Compaa podr solicitar que se ponga a prueba cualquier parte de los Trabajos (incluyendo materiales y los estndares de ejecucin del Trabajo).
El Contratista deber:
a) Proporcionar cualquier asistencia y muestras que puedan ser solicitadas por el Representante de la Compaa;
b) Brindar acceso al Representante de la Compaa y a cualquier persona autorizada por la Compaa, a cualquier parte de los Trabajos sin una notificacin previa detallada en este Contrato; o en todo caso, con una notificacin entregada en un plazo razonable por parte del Representante de la
The Contractor must give reasonable notice to the Company Representative whenever any part of the Works is ready or about to be put out of view.
The Company Representative may direct that any part of the Works must not be covered up or made inaccessible without the Company Representative's prior approval.
Testing must be carried out in accordance with the inspection and test plan prepared by the Contractor pursuant to the Contractors Project Quality Plan.
The Contractor is responsible for all costs associated with testing which for the purposes of this clause 8.4 includes examination, measuring and retesting.
At any time prior to the expiration of the Defects Correction Period, the Company Representative may direct that any part of the Works (including materials or workmanship) be tested.
The Contractor must:
a) provide any assistance and samples as may be directed by the Company Representative;
b) grant the Company Representative and any person authorised by the Company access to any part of the Works without notice at the times specified in the Contract, and otherwise on reasonable notice from the Company Representative;
c) on completion of the tests, rectify the Works (if necessary) so that it complies
Rev: 1 Date: 3 October 2013
33
Compaa;
c) Al trmino de las pruebas, rectificar los Trabajos (si fuese necesario) de modo que se encuentren totalmente acorde con este Contrato;
d) Entregar oportunamente al Representante de la Compaa, los resultados de cualquier prueba realizada; y
e) En el caso alguna parte de los Trabajos se realice fuera del Sitio, entregar al Representante de la Compaa los resultados de las pruebas realizadas por o a nombre del Contratista, antes que esa parte de los Trabajos sea despachada del lugar de fabricacin.
En el caso que el Contratista incumpla con:
f) Notificar al Representante de la Compaa cada vez que alguna parte de los Trabajos se encuentre lista o vaya a ser puesta fuera de revisin; o
g) as instrucciones del Representante de la Compaa o las obligaciones del Contrato, segn la clusula 8.4,
La Compaa (por s misma o a travs de un tercero) o el Representante de la Compaa, podrn solicitar al Contratista (a costo de ste) que despeje o derribe la parte de los Trabajos pertinente y realice las pruebas necesarias.
Todos los costos y gastos incurridos por la Compaa segn esta clusula 8.4 f) y 8.4 g) constituirn una deuda del Contratista para con la Compaa.
Cuando lo considere oportuno, el Representante de la Compaa podr solicitar al Contratista la ejecucin nuevas pruebas a los Trabajos y:
h) En caso la prueba no se realice a la parte de los Trabajos que en un inicio constitua un Defecto, y la prueba muestre que los Trabajos se encuentran conforme a lo estipulado en el Contrato, la Compaa asumir los costos de las pruebas de acuerdo a la clusula 16.5; y
i) En todos los dems casos, el Contratista ser responsable de todos los costos asociados con las pruebas a realizarse.
fully with the Contract;
d) promptly provide to the Company Representative the results of any tests undertaken by the Contractor; and
e) in the case of any part of the Works that is manufactured off the Site, provide to the Company Representative the results of tests undertaken by or on behalf of the Contractor before that part of the Works is dispatched from the place of manufacture.
If the Contractor fails to:
f) give reasonable notice to the Company Representative whenever any part of the Works is ready or about to be put out of view; or
g) comply with the Company Representatives direction or the Contractors other obligations in accordance with this clause 8.4,
the Company may (itself or using a third party), or the Company Representative may direct the Contractor (at the Contractor's cost) to, open up or pull down the relevant part of the Works and carry out any necessary tests.
All costs and expenses incurred by the Company pursuant to clause 8.4 f) and 8.4 g) will be a debt due from the Contractor to the Company.
The Company Representative may, from time to time, direct the Contractor to retest the Works and:
h) if the test is not in respect of a part of the Works which previously contained a Defect and the test shows that the Works are in accordance with the Contract, the Company must pay the costs of the testing valued in accordance with clause 16.5; and
i) in all other cases, the Contractor is responsible for all costs associated with that testing.
8.5 Materiales y Elementos de Construccin en el Sitio
8.5 Materials and Construction Plant on the Site
El Contratista no podr, sin previa autorizacin escrita del Representante de la Compaa, entregar cualquier material o elemento para la Construccin antes de la Fecha de Acceso al Sitio, o trasladar del Sitio algn material o elemento para la Construccin que se encuentre en el Sitio.
The Contractor must not without the prior written approval of the Company Representative, deliver any materials or Constructional Plant before the Site Access Date, or remove from Site any materials or Constructional Plant brought onto the Site.
Rev: 1 Date: 3 October 2013
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9 Obligaciones en la Puesta en Marcha 9 Commissioning Obligations
No obstante se indique lo contrario en este Contrato, el Contratista es responsable de la Puesta en Marcha de los Trabajos conforme a las estipulaciones de este documento. La Puesta en Marcha incluir verificar la operatividad de cada partida, verificar todos los contactos y bloqueos manuales y automticos de los Trabajos, la falta de sobrecarga de la Puesta en Marcha, la sobrecarga de la misma, y las pruebas para demostrar el desempeo de los Trabajos conforme a las Especificaciones.
El Contratista notificar al Representante de la Compaa sobre la posible fecha de la Puesta en Marcha de cualquier parte del equipo, y ser responsable de delegar a un Personal experimentado del fabricante de ese determinado equipo, la realizacin de la Puesta en Marcha inicial, e instruir al operador seleccionado en el uso adecuado del equipo.
El Contratista instruir a los operadores seleccionados, equipo de mantenimiento y al cuerpo de administracin de la Compaa en el uso de los Trabajos, y adems capacitar a los operadores y al equipo de mantenimiento. La capacitacin ser integral y se desarrollar en un saln de clase, e incluir sesiones de entrenamiento prctico y la explicacin sobre los posibles daos que podran ocurrir si los Trabajos son operados o conservados de forma incorrecta.
A menos que se especifique lo contrario en el Contrato, la Compaa proporcionar o coordinar la entrega de materias primas para los operadores, segn lo requerido para la Puesta en Marcha bajo ningn costo para el Contratista; sin embargo, el Contratista deber asegurar que ningn material ser utilizado de forma innecesaria durante la Puesta en Marcha.
El Contratista mantendr un registro integral de todos los resultados de las pruebas y proporcionar un informe con los resultados de la Puesta en Marcha y el desempeo verificado de los Trabajos.
Unless otherwise stated in the Contract the Contractor is responsible for the commissioning of the Works in accordance with the Contract. The commissioning will include checking the operational availability of each item, checking all manual and automatic contacts and interlocks within the Works, no load commissioning, full-load commissioning and testing to demonstrate performance of the Works in accordance with the Specification.
The Contractor will give reasonable notice to the Company Representative of the intended time of commissioning of any item of equipment and will be responsible for engaging experienced Personnel of the relevant manufacturer of such equipment to perform the initial commissioning and to instruct the selected operator in safe use of the equipment.
The Contractor will instruct selected operators, maintenance staff and the Companys management team in the use of the Works and train operators and maintenance staff. The training will be comprehensive and will include classroom and on the job training and explanation as to the damage that may result if the Works are incorrectly operated or maintained.
Unless otherwise provided in the Contract, the Company will provide, or arrange for operators and raw materials as reasonably required for commissioning to be provided at no cost to the Contractor, but the Contractor will ensure that no materials are un-necessarily wasted during commissioning.
The Contractor will maintain a comprehensive record of all test results and provide a report advising the outcome of the commissioning and observed performance of the Works.
10 Defectos 10 Defects
10.1 Obligaciones de Correccin de Defectos. 10.1 Defects Correction Obligations
El Contratista bajo su propio costo, ser responsable de corregir los Defectos lo ms pronto posible, utilizando para tal propsito las Buenas Prcticas Industriales, antes o durante el Perodo de Correccin de Defectos; incluyendo la rectificacin de omisiones mnimas o Defectos mnimos que figuren en la Lista de Defectos, existentes en la Culminacin de la Etapa Mecnica, y asumir cualquier dao a otras partes de los Trabajos o propiedad de la Compaa, que pueda ser
The Contractor at its own expense will rectify Defects as quickly as possible using Good Industry Practice before or during the Defects Correction Period including the rectification of any minor omissions and minor Defects listed in a Defects punch list existing at Mechanical Completion, and any damage to other parts of the Works or property of the Company that may be caused directly or
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