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PRESIDENCIA DE LJ~ HEPUacuteBLlCA SECRETARiacuteA JURiacuteDICA
Revisoacute Y~C-l__-t_libertod yOrden
AProboacute__~~c~_-t-~---
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADiacuteSTICA
DECRETO NUacuteMERO ( 148 ) DE 2020
-4FE 2020 Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica parcialmente el Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170
de 2015 Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
EL PRESIDENTE DE LA REPUacuteBLICA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales en especial las previstas en el numeral 11 del artiacuteculo 189 de la Constitucioacuten Poliacutetica y el artiacuteculo 11 de la Ley 489 de
1998y
CONSIDERANDO
Que la Constitucioacuten Poliacutetica establece en su artiacuteculo 2deg que son fines esenciales del Estado entre otros servir a la comunidad garantizar la efectividad de los principios derechos y deberes consagrados constitucionalmente y mantener la integridad territorial
Que en desarrollo de dichas finalidades el artiacuteculo 365 de la Constitucioacuten Poliacutetica dispone que los servicios puacuteblicos son inherentes a la finalidad social del Estado razoacuten por la cual este tiene el deber de asegurar su prestacioacuten eficiente a todos los habitantes del territorio nacional Asiacute mismo dispone que la prestacioacuten de los servicios puacuteblicos podraacute ser realizada por el Estado directa o indirectamente por comunidades organizadas o por particulares sin perjuicio del deber estatal de mantener la regulacioacuten el control y la vigilancia de los servicios puacuteblicos
Que el artiacuteculo 79 de Ley 1955 de 2019 Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 Pacto por Colombia Pacto por la Equidad establece que la gestioacuten catastral es un servicio piJblico cuyo objeto es la adecuada formacioacuten actualizacioacuten conservacioacuten y difusioacuten de la informacioacuten catastral asiacute como los procedimientos del enfoque catastral multipropoacutesito
Que de conformidad con lo preceptuado en los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la mencionada Ley se hace necesario reglamentar el marco de la gestioacuten catastral con el fin de especificar las condiciones generales del servicio puacuteblico de gestioacuten catastral definiendo los aspectos esenciales de la prestacioacuten del servicio tales como la
l
Por el cual se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO 148 DE Paacutegina 2 de 22
actuacioacuten coordinada de las entidades administrativas para que el servicio sea prestado de manera eficiente la manera como los gestores y operadores catastrales desarrollaraacuten sus actividades en la prestacioacuten del servicio y las funciones que tendraacuten las entidades de regulacioacuten inspeccioacuten vigilancia y control del servicio puacuteblico
Que dentro de las finalidades que se buscan a traveacutes del servicio puacuteblico de gestioacuten catastral estaacute atender la necesidad que tiene el paiacutes de contar con una informacioacuten catastral actualizada que refleje la realidad fiacutesica juriacutedica y econoacutemica de los inmuebles de modo que se propenda por la participacioacuten ciudadana el uso de las herramientas tecnoloacutegicas la actuacioacuten coordinada de las entidades administrativas y la inclusioacuten del enfoque multipropoacutesito dentro del catastro en el marco de la implementacioacuten del Punto I del Acuerdo Final para la Terminacioacuten del Conflicto y la Construccioacuten de una Paz Estable y Duradera
Que las actuaciones administrativas y los procedimientos que se adelantan en el marco normativo sentildealado por la Ley 1955 de 2019 en materia de catastro deben regirse de acuerdo con los principios de igualdad moralidad eficacia economiacutea celeridad imparcialidad y publicidad de la funcioacuten administrativa la cual estaacute al servicio del intereacutes general de acuerdo con lo dispuesto en el artiacuteculo 209 de la Constitucioacuten Poliacutetica
Que teniendo en cuenta las disposiciones constitucionales y legales que rigen la funcioacuten administrativa y la prestacioacuten de los servicios puacuteblicos se hace necesario establecer un marco normativo dirigido a regular de manera general la gestioacuten catastral en aras de cumplir las finalidades del Estado y garantizar los derechos de los usuarios del servicio
En meacuterito de lo expuesto
DECRETA
ARTiacuteCULO 1 Modifiacutequense los Capiacutetulos 1 y 2 del Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 DISPOSICIONES ESPECiacuteFICAS INSTITUTO GEOGRAacuteFICO AGUSTiacuteN CODAZZI IGAC del Decreto 1170 de 2015 Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica los cuales quedaraacuten asiacute
TiacuteTULO 2 DISPOSICIONES ESPECiacuteFICAS INSTITUTO GEOGRAacuteFICO AGUSTiacuteN CODAZZI - IGAC
CAPiacuteTULO 1
Disposiciones Generales del Servicio Puacuteblico de Gestioacuten Catastral
Artiacuteculo 22211 Definiciones Para efectos de la aplicacioacuten de este decreto se atenderaacuten las siguientes definiciones
148 Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO 148 DE Paacutegina 3 de 22
Acta de colindancia Es el documento mediante el cual los propietarios en virtud del principio de autonomiacutea de la voluntad y de conformidad con el procedimiento de rectificacioacuten de linderos por acuerdo entre las partes definen la liacutenea de divisioacuten entre sus inmuebles en los casos en que su colindancia presente diferencias entre la informacioacuten levantada en terreno y la que reposa en los tiacutetulos registrales El Acta que se suscriba debe ser firmada por las partes
Avaluacuteo catastral Es el valor de un predio resultante de un ejercicio teacutecnico que en ninguacuten caso podraacute ser inferior al 60 del valor comercial o superar el valor de este uacuteltimo Para su determinacioacuten no seraacute necesario calcular de manera separada el valor del suelo y el de la construccioacuten
Avaluacuteo comercial Es el precio maacutes probable por el cual un predio se transariacutea en un mercado en donde el comprador y el vendedor actuariacutean libremente con el conocimiento de las condiciones fiacutesicas y juriacutedicas que afectan el bien Para su determinacioacuten no seraacute necesario calcular de manera separada el valor del suelo y el de la construccioacuten
Capa no parcelaria Corresponde a la informacioacuten complementaria a la catastral que excede la relacioacuten catastro-registro en el aacutembito de la administracioacuten del territorio de fuente oficial emanada por la entidad puacuteblica que tiene la potestad legal para administrar dicho dato la cual deberaacute ser interoperable con la informacioacuten catastroshyregistro
Catastro Es el inventario o censo de los bienes inmuebles localizados en el territorio nacional de dominio puacuteblico o privado independiente de su tipo de tenencia el cual debe estar actualizado y clasificado con el fin de lograr su identificacioacuten fiacutesica juriacutedica y econoacutemica con base en criterios teacutecnicos y objetivos
Catastro con enfoque multipropoacutesito Es aquel en el que la informacioacuten que se genere a partir de su implementacioacuten debe servir como un insumo fundamental en la formulacioacuten e implementacioacuten de diversas poliacuteticas puacuteblicas contribuyendo a brindar una mayor seguridad juriacutedica la eficiencia del mercado inmobiliario el desarrollo y el ordenamiento territorial integrada con el registro puacuteblico de la propiedad inmueble digital e interoperable con otros sistemas de informacioacuten del territorio y que provea instrumentos para una mejor asignacioacuten de los recursos puacuteblicos y el fortalecimiento fiscal de los territorios
Descripcioacuten insuficiente o limitada Se refiere a la informacioacuten poco detallada o poco especifica en los tiacutetulos inscritos en el registro de instrumentos puacuteblicos que no permite la certera y precisa ubicacioacuten del inmueble en el territorio o que afecta el adecuado levantamiento de sus linderos y la determinacioacuten de su forma y aacuterea
Descripcioacuten inexistente Se refiere a la ausencia en los tiacutetulos inscritos en el registro de instrumentos puacuteblicos de la informacioacuten relacionada con los linderos la determinacioacuten de la forma o el aacuterea
Lindero Liacutenea de divisioacuten que separa un bien inmueble de otro que puede o no estar materializada fiacutesicamente
Por el cual se reglamentan parcialmente arliacuteculos 79 80 81 Y 82 la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de
Por medio cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
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Linderos arcifinios Liacutenea de divisioacuten entre bienes que ha sido establecida a partir de elementos geograacuteficos naturales tales como quebradas bordes riacuteos liacuteneas entre otros
Linderos debida y teacutecnicamente descritos Son aquellos permiten la plena identificacioacuten espacial y geograacutefica del predio a partir de la descripcioacuten la totalidad del mismo haciendo posible su representacioacuten graacutefica conforme los lineamientos de la autoridad catastral
Medidas costumbristas Son las medidas usadas tradicionalmente tecnologiacutea ni mecanismos estandarizados de medicioacuten que no corresponden a una unidad del Sistema Meacutetrico Decimal como la caballeriacutea la cabuyada el tabaco 01101
Mutacioacuten catastral los cambios que se presentan en componentes fiacutesico juriacutedico o econoacutemico de un predio
Nuacutemero Uacutenico Predial NUPRE un coacutedigo uacutenico para identificar los inmuebles tanto en los sistemas de informacioacuten catastral como registra El NUPRE no implicaraacute supresioacuten de la numeracioacuten catastral ni registral asociada a la ceacutedula catastral ni a la matriacutecula inmobiliaria actual
Servicio puacuteblico de la gestioacuten catastral La gestioacuten catastral es un servicio puacuteblico que comprende el conjunto de operaciones teacutecnicas y administrativas necesarias para el desarrollo adecuado de los procesos formacioacuten actualizacioacuten conservacioacuten y difusioacuten la informacioacuten catastral por medio los cuales se logra la identificacioacuten y mantenimiento permanente la informacioacuten fiacutesica juriacutedica y econoacutemica de los inmuebles del paiacutes La gestioacuten tiene impliacutecito el multipropoacutesito el cual contribuye en la conformacioacuten un catastral integral completo actualizado confiable consistente con registro la propiedad inmueble digital e interoperable con otros sistemas de informacioacuten del territorio
Sistema Nacional de Informacioacuten Catastral - SINIC un instrumento para la gestioacuten de la informacioacuten catastral el cual es interoperable con otros sistemas de informacioacuten acuerdo con los criterios que el efecto defina la autoridad reguladora
Tipologiacuteas constructivas la clasificacioacuten o categorizacioacuten de caracteriacutesticas para cuales fueron creadas las construcciones yo edificaciones que comprende la estructura acabados altura y los muros otros
Artiacuteculo 22212 Principios de la gestioacuten catastral Ademaacutes de los principios de la funcioacuten administrativa ejercicio y la regulacioacuten de la gestioacuten catastral se orientaraacuten por siguientes principios
a) Calidad La gestioacuten catastral deberaacute realizarse bajo los rigurosidad que esteacuten dirigidos a que la prestacioacuten del servicio satisfaga necesidades de los usuarios de manera continua ininterrumpida y eficiente
i) y
Por el cual se reglamentan artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 2019 Y se modifica el Tiacutetulo 2 de 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
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Eficiencia Los gestores y tnorltlrIrocgt fltltltlcgttlr
procesos y procedimientos posible y buscando cumplir
al menor costo Ir1 puacuteblico catastral
b)
c) Progresividad El enfoque multipropoacutesito puacuteblico catastral se haraacute de manera gradual y progresiva disponibilidad fiscal y el principio de sostenibilidad
d) Libre competencia autoridades velaraacuten por la concurrencia de muacuteltiples gestores y operadores en la prestacioacuten del servicio catastral
Seguridad juriacutedica La inscripcioacuten en no constituye tiacutetulo de dominio no sanea los vicios de la propiedad o tradicioacuten y no puede alegarse como excepcioacuten contra el que pretendatener mejor derecho a la propiedad o posesioacuten del predio
f) Apertura tecnoloacutegica Se garantiza la del
la tecnologiacutea maacutes apropiada y adecuada para cumplir los servicio puacuteblico catastral siempre y cuando se sigan interoperabilidad adoptados por la autoridad reguladora
g) Integralidad La informacioacuten catastral estaraacute totalidadcomprendiendo
y Puacuteblicos
con estaacutendares teacutecnicos uacutenicos para todo el del territorio nacional describiendo la situacioacuten los predios y reflejando la informacioacuten juriacutedica del Registro
multipropoacutesito el Nacional Catastral Multipropoacutesito una
en amplia y efectiva
participacioacuten de las comunidades y
h) Participacioacuten ciudadana En el proceso
la generacioacuten mantenimiento y uso de la informacioacuten
uso de la informacioacuten La informacioacuten catastral en sus nrontoC fiacutesico juriacutedico y econoacutemico es puacuteblica y a disposicioacuten de los
Gestores Catastrales promoveraacuten difusioacuten acceso y uso de catastral
j) Sostenibilidad La gestioacuten catastral propenderaacute por productiva en el transcurso del tiempo bajo criterios de optimizacioacuten recursos que no comprometan fiscalmente la satisfaccioacuten de futuras de los ciudadanos el aprovechamiento sostenible de los recursos y la administracioacuten del territorio
Objetivos de la gestioacuten catastral
mismo de forma
como objetivo esencial garantizar la calidad inmuebles del paiacutes buscando una cobertura del
permanente continua e ciudadano con propoacutesito de servir de insumo en la formulacioacuten e
2
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 201
uPor medio se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Administrativo de Estadiacutestica
crorn
148 22DECRETO
poliacuteticas pliblicas y brindar seguridad juriacutedica a la relacioacuten de los con los bienes raiacuteces en territorio nacional
Artiacuteculo 22214 Prestacioacuten del servicio de la gestioacuten catastral los teacuterminos del artiacuteculo 1955 de 2019 los responsables de la prestacioacuten del servicio puacuteblico catastral son Instituto Geograacutefico Agustiacuten Codazzi (IGAC) y los Gestores directamente o a de los operadores
En todo Instituto Geograacutefico Agustiacuten (IGAC) autoridad catastral del servicio puacuteblico gestioacuten catastral y la competencia como autoridad reguladora Asiacute mismo prestador de manera excepcional en ausencia de Catastrales habilitados es decir en los municipios donde no se encuentre prestando el servicio otro ocTflr Catastral o en los casos en sea contratado directamente
Artiacuteculo 22215 Intervinientes en la gestioacuten catastral del servicio puacuteblico catastral son intervinientes los
1 usuarios del servicio puacuteblico de gestioacuten catastral Son todas las naturales o derecho puacuteblico o
de la gestioacuten (~t~ctlr~ que hagan uso de
la informacioacuten resultante
Instituto Geograacutefico Agustiacuten Codazzi (IGAC) la maxlma autoridad del paiacutes encargado la funcioacuten reguladora y en materia de
catastral agrologiacutea cartografiacutea geografiacutea y ge()ae~Sla a nivel nacional El IGAC tendraacute la funcioacuten verificar las condiciones para la habilitacioacuten como
Catastrales y la habilitacioacuten
gestores Son las entidades puacuteblicas del orden nacional o territorial asiacute como esquemas asociativos hayan sido habilitadas por el Instituto Geograacutefico
reglamentacioacuten para tal efecto como igual manera se consideran gestores catastrales catastros y delegados titulares la gestioacuten catastral mismo Agencia Nacional en los teacuterminos 2019 Los gestores catastrales independientemente de su jurisdiccioacuten podraacuten prestar el servicio puacuteblico catastral en cualquier del territorio nacional
4 Los operadores catastrales Son las personas juriacutedicas de derecho puacuteblico o privado que mediante contrato suscrito con uno o varios gestores i-ishydesarrollan que sirven insumo para adelantar los procesos de formacioacuten y catastral asiacute como los procedimientos del enfoque catastral que conforme a la regulacioacuten que para el Gobierno
sean
requisitos de idoneidad y las condiciones contratacioacuten de catastrales sentildealados por las normas regulen la materia
entidades territoriales Codazzi (IGAC)
IGAC por ex(etCICln
es gestor (alracmiddottr~1
artiacuteculo 80 de la Ley 1
la Gestioacuten Catastral
Por el cual se parcialmente los 1955 de 2019 y se modifica Tiacutetulo 2 de la 2 2 del de 2015
Por medio del cual se expide el Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
148NUacuteMERO DE Paacutegina 7 de 22
5 La Superintendencia de Notariado y (SNR) Es la que ejerce las funciones la inspeccioacuten vigilancia y control al ejercicio de la ge~mo catastral en virtud de lo dispuesto en los artiacuteculos 7981 Y 82 de la Ley 1 2019
6 Municipios autoacutenomos para como catastrales o contratar a un catastral incluido como prestador por excepcioacuten conforme a principios de coordinacioacuten concurrencia y subsidiariedad
Artiacuteculo 22216 Obligaciones generales de los gestores catastrales gestores catastrales tendraacuten siguientes obligaciones
a) Prestar el servicio en forma continua y eficiente garantizando recursos fiacutesicos tecnoloacutegicos y organizacionales prestacioacuten servicio puacuteblico catastral
b) Prestar el servicio puacuteblico catastral en municipios para sea contratado Garantizar la calidad veracidad e integridad la informacioacuten catastral en sus componentes fiacutesico juridico y econoacutemico perjuicio de las asignadas a la Nacional de (ANT)
d) Suministrar permanentemente la informacioacuten catastral en el Sistema Nacional de Informacioacuten -SINIC de manera oportuna completa confiable conforme a los mecanismos definidos por la autoridad Garantizar la actualizacioacuten permanente base interoperabilidad informacioacuten que se con el Sistema Nacional de Informacioacuten - SINIC o la herramienta tecnoloacutegica que haga sus veces
f) Informar a SINIC al IGAC y a SNR inicio de sus actividades y modificaciones en su aacuterea de operacioacuten para que esas autoridades puedan cumplir sus funciones
g) Dar cumplimiento plan con que se habilitoacute ejercer el servicio puacuteblico h) Cumplir con la normatividad que regula la prestacioacuten del servicio i) Verificar los idoneidad los operadores
conformidad con lo por el Gobierno Nacional j Reportar a traveacutes IC los operadores con los
actividades insumo para los procesos formacioacuten actualizacioacuten y catastral asiacute como los procedimientos del enfoque catastral multipropoacutesito que sean adoptados
k) demaacutes previstas en este decreto y normas concordantes y complementarias
y
y la
Articulo 22217 Instancia Teacutecnica Asesora Catastral Creacuteese el Comiteacute Asesor para la
la Regulacioacuten de Catastral como
de las en ejercicio de sus
Tormiddot rmiddot asesora que tiene como objetivo garantizar regulacioacuten de la gestioacuten presente el
composicioacuten Teacutecnico Asesor
Director del Departamento Administrativo Nacional de Estadiacutestica (DANE) que presidiraacute
1
se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y de la Ley 1955 y se modifica el Tiacutetulo 2 2 del Libro 2 del 1170 de 2015
medio del cual se Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo Informacioacuten Estadiacutestica
NUacuteMERO 14 Paacutegina 8 de 22
2 El Director Teacutecnico Notariado y Registro o su
Geoestadiacutestica del
o el Superintendente Delegado de Tierras la Superintendencia de nivel asesor El Director Teacutecnico o su delegado nivel asesor Dos (2) expertos internacionales Dos (2) expertos
Paraacutegrafo 1 El DANE mediante acto administrativo los criterios de seleccioacuten los miembros rriexcl~ e internacionales y el procedimiento para efectuar
escogencia
Paraacutegrafo
iCttlIICt
labor exclusiva 2 La del Comiteacute Teacutecnico 1ltlI~iexclltlIV para la Gestioacuten
una Direccioacuten Teacutecnica Geoestadiacutestica del dispondraacute los medios y operativos nelce~)arIOS realizar esta actividad
Paraacutegrafo 3 El Comiteacute Asesor para la Catastral deberaacute convocarse dentro de los seis (6) meses siguientes a la expedicioacuten de este decreto periodo en
IGAC podraacute desarrollar su funcioacuten de regulacioacuten sin esta instancia
Artiacuteculo 2221 runCOllles del Comiteacute Comiteacute Teacutecnico Asesor para la Gestioacuten Catastral tendraacute las funciones
1 Velar por idoneidad de la regulacioacuten bajo la responsabilidad del IGAC med el estudio de las presentadas por Recomendar ajuste de las propuestas de regulacioacuten IGAC en desarrollo de sus funciones legalES
3 Emitir concepto favorable o desfavorable a las iniciativas regulacioacuten por IGAC en relacioacuten con la concordancia de la propuesta y el
marco general establecido en reglamentacioacuten del Nacional Adicionalmente este concepto fundarse en teacutecnico que
Comiteacute 4 sobre el uso de insumas cartograacuteficos que por fuera de
los temporalidad y especificaciones teacutecnicas definidas por la autoridad reguladora
5 Las establecidas en del Comiteacute
Artiacuteculo 22219 Reglamento El Teacutecnico Asesor para Catastral deberaacute definir su propio reglamento
Paraacutegrafo reglamento definiraacute periodicidad de las ordinarias y extraordinarias del Comiteacute Teacutecnico au para la Gestioacuten asiacute como los medios Sin embargo deberaacute reunirse como miacutenimo una vez al antildeo
por
cual se reglamentan parciamente los artiacuteculos 80 81 Y 82 de a Ley 1955 Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 1170 de 2015
cual se expide el Decreto Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten
148DECRETO NUacute DE Paacutegina 9 de 22
CAPiacuteTULO 2
Procedimientos de Enfoque Multipropoacutesito
Artiacuteculo 22221 Informacioacuten catastral Corresponde a juriacutedicas y los bienes inmuebles Dicha catastral y deberaacute ser reportada por los gestores en Informacioacuten SINIC o en la herramienta tecnoloacutegica haga sus veces de acuerdo con y especificaciones teacutecnicas definidas por la autoridad reguladora
La informacioacuten crlIr~ reflejar la realidad fiacutesica inmuebles sin importar la titularidad sobre el bien
a) Informacioacuten Corresponde a la representacioacuten la identificacioacuten cabida los linderos y las construcciones un inmueble La identificacioacuten no implica necesariamente el reconocimiento linderos del predio in situ
b) Informacioacuten Identificacioacuten de la relacioacuten juriacutedica el sujeto activo sea el propietario el inmueble Esta ITICeacuteiCICm juriacutedica no constituye la propiedad
c) Informacioacuten tlAUnlII nnIH1c al valor o avaluacuteo inmueble El avaluacuteo catastr l~rIr relacioacuten con los valores de
Paraacutegrafo informacioacuten comprende los bienes inmuebles privados fiscales baldiacuteos patrimoniales y uso puacuteblico
Artiacuteculo 22222 Procesos de la gestioacuten catastral La gestioacuten los procesos de formacioacuten actualizacioacuten conservacioacuten y difusioacuten catastral asiacute como los procedimientos de enfoque multipropoacutesito
a) Proceso de formacioacuten el conjunto de actividades identificar por primera informacioacuten catastral en la totalidad que conforman territorio o en parte de eacutel
b) Proceso de actualizacioacuten catastral Conjunto de actividades a identificar incorporar o los cambios o inconsistencias en informacioacuten catastral durante un determinado Para la actualizacioacuten pod emplearse mecanismos de intervencioacuten en el territorio como meacutetodos directos declarativos y colaborativos asiacute como uso e integracioacuten de informacioacuten que den cuenta de los entre la base y de los inmuebles En ninguacuten actualizar la informacioacuten un geograacutefica seraacute obligatorio levantamiento catastral en totalidad de inmuebles
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO 148 DE Paacutegina 10 de 22
c) Proceso de conservacioacuten catastral Es el conjunto de acciones tendientes a mantener vigente la base catastral de forma permanente mediante la incorporacioacuten de los cambios que sufra la informacioacuten de un bien inmueble La conservacioacuten catastral podraacute realizarse a solicitud de parte o de oficio para lo cual los gestores catastrales deberaacuten adoptar los mecanismos de interoperabilidad con las demaacutes entidades productoras de informacioacuten oficial
d) Proceso de difusioacuten catastral Son las actividades tendientes al uso disposicioacuten y acceso a la informacioacuten catastral asiacute como la generacioacuten de insumos que contribuyan a la planeacioacuten y gestioacuten de los territorios En todo caso se deberaacute garantizar la proteccioacuten y custodia de la informacioacuten conforme a las disposiciones de proteccioacuten de datos
Paraacutegrafo Una vez finalizado el proceso de actualizacioacuten el gestor catastral deberaacute implementar estrategias que permitan el mantenimiento permanente del catastro incorporando las variaciones puntuales o masivas de las caracteriacutesticas fiacutesicas juriacutedicas o econoacutemicas de los predios en la base catastral
Artiacuteculo 22223 Aplicacioacuten del enfoque multipropoacutesito Los gestores catastrales en el desarrollo de los procesos de formacioacuten actualizacioacuten conservacioacuten y difusioacuten deberaacuten seguir los procedimientos de enfoque multipropoacutesito
Artiacuteculo 22224 Procedimientos del enfoque multipropoacutesito Se consideraraacuten procedimientos de enfoque multipropoacutesito al menos los siguientes
1 El barrido predial masivo 2 Integracioacuten con el registro 3 Incorporacioacuten de datos de informalidad en la propiedad 4 Actualizacioacuten permanente e integridad de los traacutemites inmobiliarios 5 Interoperabilidad e integracioacuten de capas no parcelarias 6 Servicios digitales 7 Innovacioacuten y evolucioacuten continua
Paraacutegrafo 1 La adopcioacuten de estos procedimientos por parte de los gestores catastrales podraacute hacerse de forma gradual seguacuten las condiciones y capacidades de los territorios asiacute como la disponibilidad de informacioacuten necesaria
Paraacutegrafo 2 Los gestores catastrales podraacuten adoptar los meacutetodos teacutecnicos que consideren para la ejecucioacuten de las labores catastrales siempre y cuando garanticen que se refleje la realidad de los predios y se cumplan las especificaciones teacutecnicas de los productos definidos por el IGAC
Artiacuteculo 22225 Barrido predial masivo Es el conjunto de estrategias actividades y acciones orientadas a conseguir la identificacioacuten de las caracteriacutesticas fiacutesicas juriacutedicas y econoacutemicas de los predios sobre un territorio determinado El barrido predial masivo comprende diferentes maneras de intervencioacuten en el territorio incluyendo entre otros meacutetodos directos e indirectos de captura de informacioacuten esquemas colaborativos uso de registros administrativos modelos geoestadiacutesticos y economeacutetricos y demaacutes procedimientos teacutecnicos herramientas tecnoloacutegicas e instrumentos de participacioacuten
1170 Por el cual se reglamentan parcialmente artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la 2 del 2 del 2015
Por del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Administrativo Informacioacuten Estadiacutestica
1DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 11 22
comunitaria con enfoque territorial como el uso otras fuentes de informacioacuten territorio que permitan obtener datos para establecer la liacutenea base de informacioacuten catastral multipropoacutesito en un municipio igual que para su mantenimiento y actualizacioacuten permanente productos derivados de actividades de barrido predial masivo deberaacuten cumplir con las especificaciones teacutecnicas definidas por la autoridad reguladora
Articulo 22226 Meacutetodos de recoleccioacuten de informacioacuten Los catastra les podraacuten adelantarse mediante la combinacioacuten de los siguientes meacutetodos
a) Meacutetodos directos Aquellos que requieren una visita campo con el fin de recolectar la realidad de los bienes inmuebles
b) Meacutetodos indirectos aquellos meacutetodos identificacioacuten fiacutesica juriacutedica y econoacutemica de los inmuebles a traveacutes del uso de de sensores remotos integracioacuten registros administrativos modelos iacutesticos y economeacutetricos anaacutelisis de Big Data y fuentes secundarias como observatorios inmobiliarios su posterior incorporacioacuten en la base catastral
c) Meacutetodos declarativos y colaborativos Son los derivados participacioacuten de la comunidad en el suministro de informacioacuten que sirva como insumo para el desarrollo de los procesos catastrales Los gestores catastrales propenderaacuten por la adopcioacuten nuevas tecnologiacuteas y procesos comunitarios que faciliten la participacioacuten los ciudadanos
Paraacutegrafo 1 procesos barrido predial masivo los catastrales seraacuten los encargados de definir la adecuada combinacioacuten de los meacutetodos de intervencioacuten teniendo en cuenta condiciones propias de sus territorios y la disponibilidad fuentes secundarias informacioacuten conforme a especificaciones miacutenimas establecidas por autoridad reguladora
Paraacutegrafo 2 Los meacutetodos declarativos y colaborativos podraacuten emplearse para el mantenimiento permanente la informacioacuten Catastral
Artiacuteculo 22227 Declaracioacuten la informacioacuten catastral Cualquier persona podraacute informar ante el catastral competente de forma presencial o a de los canales dispuestos para tal fin la informacioacuten correspondiente a la realidad fiacutesica juriacutedica yo econoacutemica sus predios con el propoacutesito de eliminar cualquier disparidad
la realidad del predio y la informacioacuten catastral
Artiacuteculo 22228 Inscripcioacuten o incorporacioacuten catastral informacioacuten catastral resultado de los procesos de formacioacuten actualizacioacuten o conservacioacuten se inscribiraacute o incorporaraacute en la base catastral con la del acto administrativo que lo ordena
Paraacutegrafo inscripcioacuten en el catastro no constituye tiacutetulo de dominio ni sanea los vicios de propiedad o la tradicioacuten y no puede alegarse como excepcioacuten contra que pretenda tener mejor derecho a la propiedad o posesioacuten del predio
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO 148 DE Paacutegina 12 de 22
Artiacuteculo 22229 Inscripcioacuten de posesiones y ocupaciones El gestor catastral competente deberaacute inscribir en la base catastral a la persona que acredite la calidad de propietario y tambieacuten inscribiraacute la presencia de ocupantes o poseedores sin necesidad de calificar la naturaleza juriacutedica del predio Si se verifica previamente que el predio le pertenece a la Nacioacuten yo a la entidad territorial se inscribiraacute como ocupante Si se desconoce el propietario yo poseedor de un predio se inscribiraacute como vacante para efectos catastrales
Artiacuteculo 222210 Actualizacioacuten permanente Los gestores catastrales deberaacuten implementar mecanismos de observacioacuten dinaacutemica y continua del territorio que den cuenta de las variaciones en la informacioacuten catastral frente a la realidad del mismo Para tal efecto podraacuten crear observatorios inmobiliarios implementar meacutetodos de valuacioacuten basados en modelos economeacutetricos y geoestadiacutesticos integrar registros administrativos aplicar esquemas colaborativos entre otros lo anterior con el fin de incorporar las variaciones puntuales o masivas de los inmuebles en la base catastral
Artiacuteculo 222211 Integridad de los traacutemites inmobiliarios con impacto catastral Las entidades puacuteblicas o particulares que ejerzan funciones puacuteblicas encargadas de adelantar traacutemites que impliquen una actuacioacuten catastral deberaacuten implementar de manera articulada con los gestores catastrales competentes mecanismos de interoperabilidad que permitan la atencioacuten integral al usuario
Artiacuteculo 222212 Interoperabilidad e integracioacuten de capas no parcelarias Las autoridades competentes para emitir la informacioacuten asociada a derechos restricciones y responsabilidades de los predios deberaacuten disponer y suministrar dicha informacioacuten de forma estandarizada con el fin de interoperar con las bases catastrales El IGAC estableceraacute los protocolos de interoperabilidad pertinencia y datos complementarios
Artiacuteculo 222213 Servicios digitales Los gestores catastrales deberaacuten disponer mecanismos digitales para el acceso a traacutemites simplificados y consultas sobre la informacioacuten incorporada en las bases catastrales garantizando la proteccioacuten de datos personales establecida en las Leyes 1581 de 2012 y 1712 de 2014
Paraacutegrafo Los traacutemites catastrales notariales y registrales se atenderaacuten conjuntamente a traveacutes de una ventanilla integrada de servicio de conformidad con la regulacioacuten que se expida por las entidades competentes
Artiacuteculo 222214 Innovacioacuten y evolucioacuten continua Los gestores catastrales deberaacuten definir mecanismos transformadores para facilitar los traacutemites reducir los costos incentivar la competitividad y desarrollar servicios de alta calidad para el uso y acceso de la informacioacuten catastral
Artiacuteculo 222215 Integracioacuten con el registro Los gestores catastrales en coordinacioacuten con las Oficinas de Registro de Instrumentos Puacuteblicos deberaacuten adelantar los esfuerzos necesarios tendientes a la integracioacuten de la informacioacuten catastral y registral y en especial a unificar la informacioacuten asociada a linderos y aacutereas de forma gradual Igualmente generaraacuten los mecanismos para la integracioacuten de los sistemas de informacioacuten de las entidades
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y de la Ley 1955 de 2019 y se modifica Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
148DECRETO NUacuteMERO DE 13 de 22
La unificacioacuten de linderos y con registro se a traveacutes de los procesos de actualizacioacuten cabida y linderos con actualizacioacuten de linderos con efectos de aacuterea por determinacioacuten con efectos registra les linderos por acuerdo las con efectos registrales actas de traacutemite de inclusioacuten en el campo descripcioacuten de cabida y linderos del dato yo linderos en los folios de matriacutecula inmobiliaria que carezcan de esta informacioacuten y demaacutes que definan las autoridades competentes
Paraacutegrafo Sin perjuicio de lo anterior las bases catastrales incorporar los predios privados puacuteblicos baldiacuteos bienes de uso puacuteblico entre con o sin derecl10s reales principales o accesorios registrados aun no se encuentren inscritos en el registro instrumentos puacuteblicos
Artiacuteculo 222216 Procedimientos catastrales con consideraraacute como procedimientos
y yo linderos Estos procedimientos
las
con efectos actualizacioacuten de linderos aacuterea por imprecisa iexclnacioacuten actualizacioacuten masiva y puntual rectificacioacuten de linderos por acuerdo entre las partes e inclusioacuten acatados por los gestores catastrales oficinas de registro instrumentos puacuteblicos del paiacutes y podraacuten ser aplicados durante los procesos formacioacuten actualizacioacuten y conservacioacuten
procedimientos anteriormente enunciados no limitan la libre comercializacioacuten de los inmuebles por cuanto es viable la facultad de disposicioacuten
mismos con base en los datos de y linderos que los identifican y que en los tiacutetulos antecedentes que origen juriacutedico
Artiacuteculo 222217 Actualizacioacuten linderos con efectos registrales El gestor competente de oficio o a solicitud
con J1JLIAtu
rorT yo indirectos sin variacioacuten o cuando
sus
sean verificables mediante meacutetodos variacioacuten o diferencia se encuentre por la maacutexima autoridad catastral
teacutecnica de los linderos llevaraacute a r-orToII del aacuterea
titular del derecho de dominio o las entidades puacuteblicas que funciones legales administran inmuebles propios o ajenos podraacuten mediante la descripcioacuten
de linderos de bienes
los maacutergenes de tolerancia
de llevar a cabo la actualizacioacuten gestor catastral emitiraacute el acto administrativo sujeto a registro que resuelva actualizacioacuten de linderos incluida la
del aacuterea si a ello hubiere lugar procedimiento aplicable en el artiacuteculo no es excluyente con el procedimiento d para la linderos por acuerdo entre las partes respecto uacuten mismo inmueble
rectificacioacuten
traacutemite no aplicaraacute cuando la definicioacuten linderos se haya dado en un proceso de deslinde y amojonamiento o de tierras
Artiacuteculo 222218 Rectificacioacuten por imprecisa determinacioacuten con efectos registrales rectificacioacuten de en el sistema yo registraI procederaacute ante
catastral oficio o a solicitud del titular del derecho de dominio o puacuteblicas que con ocasioacuten sus funciones legales administran
el
que y
Por el cual se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y 82 la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la 2 del Libro 2 del Decreto 1170 2015
liPor medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
14 de 22 DECRETO NUacuteMERO 148
inmuebles propios o cuando los linderos debida y teacutecnicamente descritos sean verificables meacutetodos directos ylo indirectos sin variacioacuten que a lo largo de la tradicioacuten bien inmueble el eacuteste no haya sido determinada adecuadamente o cuando la variacioacuten o se encuentre de los maacutergenes de tolerancia establecidos por la maacutexima autoridad catastral
A efectos de llevar a la rectificacioacuten el non
del bien inmueble competente expediraacute el
administrativo a registro que
Artiacuteculo 222219 Rectificacioacuten de linderos por acuerdo entre las partes con registraes rectificacioacuten de linderos en el sistema catastral y registral
procederaacute de oficio o a solicitud de parte ante el gestor catastral siempre y cuando se haya suscrito acta colindancia con pleno entre los compartan uno o varios linderos pero se diferencias de entre la verificacioacuten mediante meacutetodos directos ylo indirectos y la informacioacuten
matriacutecula inmobiliaria rectificacioacuten de todos linderos puede llevar a aacuterea del inmueble
Cuando el gestor o la entidad puacuteblica respectiva identifique o tenga de de terceros que puedan verse afectados por los
ne
37 de la Ley 1437 de la actuacioacuten administrativa efectuaraacute comunicaciones en el
2011
rectificacioacuten de linderos y aacutereas procederaacute cuando los linderos
1 Sean arcifinios no verificables en terreno Sean arcifinios en terreno con variacioacuten respecto lo consignado en los tiacutetulos registrados
3 Esteacuten expresados en costumbristas no verificables en terreno 4 Contengan o limitadas en tiacutetulos
registrados Esteacuten teacutecnicamente definidos pero sobre los mismos haya superposicioacuten o Se presenten entre los linderos contenidos en los tiacutetulos y verificados mediante meacutetodos directos ylo indirectos
Paraacutegrafo 1 No se requeriraacute entre las partes cuando la variacioacuten o se encuentre dentro de maacutergenes de establecidos por
en la
autoridad catastral conforme lo por decreto caso aplicaraacuten los procedimientos actualizacioacuten de o rectificacioacuten de por
rOiIltI determinacioacuten sea el caso
2 No es necesaria suscripcioacuten de actas colindancia sobre bien inmueble no presenten discrepancia alguna entredel
y su verificacioacuten meacutetodos directos ylo indirectos Procederaacuten los acuerdos parciales es decir suscribir un acta sobre uno o varios linderos con un colindante ylo varias actas por nrrlin
los
Paraacutegrafo 3 En aquellos casos en los cuales existan entre la informacioacuten recabada mediante meacutetodos yo indirectos y lo consignado en los tiacutetulos
preclslon para
(ANT) podraacute con
cualquier que otro
la
Por se reglamentan
del cual se LJvrcruiexcl
Administrativo
los articulos 79 80 1170 de 2015
81 Y Ley 1955 2019 Y se modifica el Tiacutetulo 2 2 del Libro 2 del
10l0r Reglamentario Uacutenico Sector Informacioacuten Estadiacutestica
148NUacuteMERO 1S de 22
registrados y no se logre pleno por viacutea administrativa artiacuteculo
agotarse el proceso jud de deslinde y amojonamiento conforme con y siguientes del General del Proceso o los lo modifiquen o sustituyan
Paraacutegrafo 4 Siempre que evidencie que alguno los predios involucrados en traacutemite podriacutea ser considerado como baldiacuteo no procederaacute la
linderos por acuerdo partes Sin embargo o herramienta que haga sus veces la informacioacuten que dicha cual serviraacute de insumo a la ANT para que adopte medidas a que haya
lugar
Paraacutegrafo S el caso en que alguno los predios involucrados en traacutemite sea considerado bien de uso puacuteblico no la rectificacioacuten de por acuerdo entre las con efectos registrales sin perJuIcIo incorporacioacuten de la informacioacuten levante el gestor SINIC o la herramienta que haga sus veces caso la entidad expedir una con la
lindero del bien de uso puacuteblico Dicha certificacioacuten acompantildear la procesos de rectificacioacuten por imprecisa determinacioacuten con
actualizacioacuten de con efectos registrales e inclusioacuten del
ARTiacuteCULO Gestioacuten catastral a de la Agencia Nacional de Tierras (ANT) Agencia Nacional de (ANT) en su calidad levantaraacute los componentes fiacutesico y juriacutedico catastro necesarios para
de ae~gt[Qr
ordenamiento de la propiedad o asociados al desarrollo proyectos estrateacutegicos del orden nacional priorizados por Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural de con los estaacutendares y teacutecnicas por la autoridad catastral
En los
respecto de los predios obleto
Artiacuteculo 80 de la 2019 la Agencia Nacional Tierras (ANT) no a cargo la conservacioacuten por lo que una vez levantada e incorporada informacioacuten fiacutesica y juriacutedica catastro en el SINIC o la herramienta tecnoloacutegica sus veces las catastrales en dicha entidad intervencioacuten y se al Gestor Catastral competente
De cualquier forma Agencia Nacional proceso Ordenamiento Social de la gestor haya previamente
Paraacutegrafo 1 ISDIDSUlQrles referidas en artiacuteculo a la ANT le seraacuten aplicables a todas las enlt1d(~dE~S puacuteblicas del orden nacional que se habiliten como catastrales cumplimiento de sus funciones en los teacuterminos del artiacuteculo 22252 del 1983 de 2019 101011
Paraacutegrafo 2 Nacional de Tierras (ANT) no tendraacute competencia ejecucioacuten de catastrales de predios cuyo tiacutetulo originario actuacioacuten administrativa proferida por el Instituto Colombiano de la Reforma Instituto Colombiano Desarrollo Rural la Unidad Nacional de
Por cual se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y 82 la Ley 1 de 2019 y se modifica el TItulo 2 de la 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio cual se expide el Reglamentario Uacutenico de ecrCJr Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 16 22
Agencia Nacional de Tierras (ANT) o la entidad que sus salvo para eTE~CI()S Ordenamiento de la Propiedad Rural
Paraacutegrafo 3 municipios o zonas objeto intervencioacuten en los cuales la Agencia Nacional de Tierras (ANT) adelantaraacute la gestioacuten catastral seraacuten definidos conforme a los criterios fijados por Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural
Paraacutegrafo 4 En las zonas rurales objeto su intervencioacuten como gestor catastral la Agencia Nacional de (ANT) expediraacute los actos administrativos que permitan armonizar el componente y juriacutedico del con la informacioacuten registral y que sean para los procesos de ordenamiento social propiedad
Articulo 222221 Inclusioacuten en campo de descripcioacuten de cabida y linderos dato de aacuterea yo linderos en los folios de matriacutecula inmobiliaria que carezcan de esta informacioacuten los casos donde los folios de matriacutecula inmobiliaria no hayan contado con informacioacuten de yo linderos desde el inicio del ciclo traslaticio bien inmueble que identifican la Oficina de de Instrumentos Puacuteblicos procederaacute la inclusioacuten dato de aacuterea yo linderos en respectivas matriacuteculas inmobiliarias que se tomaraacute la base catastral administrada por gestor catastral competente
Artiacuteculo Correccioacuten yo inclusioacuten de cabida en procesos de ordenamiento de propiedad En el marco de los traacutemites ordenamiento social la propiedad que adelante la Agencia Nacional de (ANT) conforme a
competencias establecidas en el artiacuteculo 58 del Decreto Ley 902 2017 Y atendiendo a la funcioacuten de gestor catastral consignada en el artiacuteculo 80 de la Ley 1 de 19 cuando se identifique la existencia de una inconsistencia el levantamiento ial realizado por dicha entidad con la informacioacuten registral actos administrativos resuelven de fondo los asuntos sometidos a estudio ordenaraacuten aclaracioacuten actualizacioacuten masiva rectificacioacuten de por imprecisa determinacioacuten o inclusioacuten aacuterea del predio intervenido siempre los linderos esteacuten debida y teacutecnicamente descritos sean verificables por meacutetodos directos o indirectos y no exista variacioacuten en los mismos sin necesidad de adelantar un proceso rectificacioacuten o inclusioacuten de aacuterea
Artiacuteculo Actualizacioacuten masiva de linderos yo rectificacioacuten masiva de por imprecisa determinacioacuten En el marco de los procesos de actualizacioacuten
catastral y como resultado del levantamiento la informacioacuten y juriacutedica en terreno el gestor catastral podraacute remitir para inscripcioacuten a la Oficina de Registro de Instrumentos Puacuteblicos respectiva el administrativo actualizacioacuten masiva de linderos o rectificacioacuten de aacuterea corresponda
Cuando la diferencia en las magnitudes cabida yo linderos supere el rango de tolerancia establecido surtirse traacutemite de rectificacioacuten de linderos o por imprecisa determinacioacuten seguacuten corresponda
Artiacuteculo Rangos de tolerancia Los rangos de tolerancia corresponden a variacioacuten el o cabida de un predio que seguacuten la autoridad reguladora catastral sean admisibles y aplicables cuando existan diferencias la realidad fiacutesica y la descripcioacuten existente en el tiacutetulo de propiedad registrado en el folio de matricula
Por el se reglamentan parcialmente los artiacuteculos y 82 de la de 2019 y se modifica Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de
Por medio cual se expide el Decreto Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten
148DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 17 de 22
inmobiliaria No la suscripcioacuten de las colindancia ni ajustar los folios de matriacutecula inmobiliaria cuando la diferencia no supere rangos de tolerancia
Cuando los linderos no se encuentren teacutecnicamente en el folio de matriacutecula inmobiliaria aun estando dentro del rango de tolerancia folio de matriacutecula inmobiliaria deberaacute mediante acto administrativo emitido por el Gestor Catastral
Cualquier medicioacuten que difiera la catastral en un margen ngt o igual al rango de tolerancia se consideraraacute equivalente a la catastral
Articulo 222225 I-rEas objeto de despojo o abandono forzado Sin perjuicio de las actividades propias catastral los no podraacuten adelantar los procesos en el artiacuteculo Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del libro 2 del Decreto 11 5 para los siguientes casos
1 Si el bien se encuentra inscrito en el Registro Despojadas y Abandonadas que trata la Ley 1448 de Si el predio es objeto solicitud de restitucioacuten de tierras
los casos anteriores se nn- seguir la ruta juriacutedica definida en la Ley 1448 de 2011 y sus normas y complementarias
Artiacuteculo 222226 Obligacioacuten de suministro de informacioacuten la gestioacuten catastral Para el desarrollo gestioacuten catastral las siguientes puacuteblicas y privadas deberaacuten suministrar informacioacuten requerida por los catastrales en
la prestacioacuten del perjuicio de las normas contenidas en las Leyes 2012 1712 2014 Y disposiciones legales relacionadas con la
de datos
1 virtud del principio coordinacioacuten el mUnicipiO o departamento trataacutendose de aacutereas no municipalizadas entregaraacute la informacioacuten actualizada que se relaciona con el ordenamiento de su territorio
instituciones financieras vigiladas por la Superintendencia Oficinas de Registro de Instrumentos Puacuteblicos y las produzcan o registren informacioacuten avaluacuteos comerciales venta o arriendo de inmuebles suministrar dicha rrnlttln
caacutemaras de comercio municipio yo distrito deberaacuten suministrar la informacioacuten de establecimientos comercio y su actividad
4 DANE deberaacute suministrar al Catastral el Censo de a nivel de manzana Lo anterior en marco de la reserva estad en artiacuteculo 5 de la Ley 1
rCC de servicios puacuteblicos las curaduriacuteas urbanas y las planeacioacuten o quien haga sus deberaacuten proporcionar de forma informacioacuten de las acometidas servicios puacuteblicos domiciliarios y
urbanismo y construccioacuten
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
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DECRETO NUacuteMERO 148 DE Paacutegina 18 de 22
Paraacutegrafo Las entidades sentildealadas en el presente artiacuteculo deberaacuten implementar los mecanismos de interoperabilidad definidos por la autoridad reguladora catastral para el suministro de la informacioacuten para la gestioacuten catastral de manera continua y permanente
Artiacuteculo 222227 Gratuidad de la informacioacuten para la gestioacuten catastral De conformidad con lo establecido en el artiacuteculo 1deg del Decreto 235 de 2010 los requerimientos de informacioacuten que realicen los gestores catastrales para el ejercicio del servicio puacuteblico catastral no constituyen servicio y no generan costo alguno al solicitante La entrega de informacioacuten al gestor catastral durante el empalme previsto en el artiacuteculo 22254 del Decreto 1983 de 2019 seraacute gratuita
Artiacuteculo 222228 Vigencia fiscal Para efectos de lo consagrado en el artiacuteculo 3 de la Ley 44 de 1990 los avaluacuteos catastrales resultantes de la prestacioacuten del servicio puacuteblico de gestioacuten catastral entraraacuten en vigencia para efectos fiscales a partir del 10 de enero del antildeo siguiente a aquel en que fueron estimados o calculados para lo cual los gestores catastrales ordenaraacuten por acto administrativo su entrada en vigencia
Artiacuteculo 222229 Vigencia catastral La informacioacuten fiacutesica juriacutedica y econoacutemica asiacute como la resultante de los procedimientos de enfoque multipropoacutesito entraraacuten en vigencia para efectos catastrales al momento de quedar en firme su inscripcioacuten o incorporacioacuten en las bases oficiales descritas en el presente decreto
Artiacuteculo 222230 Aplazamiento de vigencia y reduccioacuten de los iacutendices de ajuste del avaluacuteo catastral El Gobierno Nacional de oficio o por solicitud fundamentada de los Concejos Municipales debido a especiales condiciones econoacutemicas o sociales que afecten a determinados municipios o zonas de estos podraacute aplazar la vigencia de los catastros elaborados por formacioacuten o actualizacioacuten por un periacuteodo hasta de un (1) antildeo Si subsisten las condiciones que originaron el aplazamiento procederaacute a ordenar una nueva formacioacuten o actualizacioacuten de estos catastros
En el evento de que la vigencia fiscal de los avaluacuteos elaborados por formacioacuten o actualizacioacuten de la formacioacuten fuera aplazada por el Gobierno en los teacuterminos y condiciones sentildealados en el artiacuteculo 10 de la Ley 14 de 1983 continuaraacuten vigentes los avaluacuteos anteriores y por lo tanto se seguiraacuten aplicando los iacutendices anuales de ajuste correspondientes hasta que termine el aplazamiento o se pongan en vigencia fiscal los avaluacuteos aplazados o se realice y ponga en vigencia una nueva formacioacuten o actualizacioacuten de la formacioacuten
ARTiacuteCULO 2 Adicioacutenense los Capiacutetulos 6 y 7 al Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 DISPOSICIONES ESPECiFICAS INSTITUTO GEOGRAacuteFICO AGUSTiacuteN CODAZZI IGAC del Decreto 1170 de 2015 Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica los cuales quedaraacuten asiacute
CAPiacuteTULO 6
Informacioacuten Econoacutemica Catastral
recopilaraacute la informacioacuten mercado inmobiliario del proveniente de fuentes como ofertas transacciones costos otras y el cual deberaacute articulado para tal efecto con el
Todos los Gestores Inmobiliario Catastral donde se
valor comercial de un predio a partir del estudio de recientes de bienes o comparables al del objeto
Meacutetodo de capitalizacioacuten de rentas o ingresos que busca establecer el valor un bien a partir de las o que se puedan obtener del o inmuebles semejantes o comparables trayendo a valor suma de los ingresos probables o generadas
Por el cual se parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 Y se modifica Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 Decreto 1170 de 2015
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DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 19 de 22
Artiacuteculo 22261 Inmobiliario Catastrales contar con un Observatorio
Departamento Nacional de (DANE) Todo avaluacuteo comercial deberaacute estar sustentado en informacioacuten registrada en el observatorio inmobiliario catastral para lo cual se deberaacute garantizar que cualquier tipo de informacioacuten en avaluacuteo sea registrada en el observatorio anterior sin perjuicio de normas relacionadas con la proteccioacuten de datos nlr~r1n
Artiacuteculo 22262 Determinacioacuten del valor catastral de un inmueble La determinacioacuten del valor ca1tastra
(~tnlro~ Catastrales o por el Instituto inmuebles seraacute a de avaluacuteos
puntuales o masivos por Agustiacuten (IGAC)
Articulo 22263 Meacutetodos Sin perjuicio de norma especial para determinacioacuten de los avaluacuteos catastrales la estimacioacuten del valor del inmueble
los siguientes meacutetodos otros
1 Meacutetodo de comparacioacuten o de mercado Es la teacutecnica que LlU
en la vida remanente del bien objeto de avaluacuteo con una tasa de capitalizacioacuten o
3 Meacutetodo del costo de reposicioacuten Cuando sea necesario valor comercial de una construccioacuten se aplicaraacute el meacutetodo de costo consistente en establecer el valor comercial de un predio depreciacioacuten de una estimacioacuten total de una construccioacuten
4 Meacutetodo sea neces~a establecer el valor se aplicaraacute el meacutetodo residual
proyecto con el mercado del bien final
residual Cuando un cual se deriva de estimar el valor total
las ventas de un acorde con la reglamentacioacuten urbaniacutestica vigente y de ible en el
objeto de avaluacuteo
se podraacuten aplicar manera los meacutetodos descritos en presente artiacuteculo los cuales no
el ingreso al predio
Salvo lo dispuesto en normas
a
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO _ 148 DE Paacutegina 20 de 22
Artiacuteculo 22264 Estructura del NUPRE Los Gestores Catastrales para la identificacioacuten de los predios en el territorio deberaacuten adoptar el Coacutedigo Homologado de Identificacioacuten Predial con la siguiente estructura
ABC-1234-DEFH
Las tres (3) primeras letras (ABC) pertenecen al prefijo asignado por el IGAC a cada Gestor Catastral Habilitado
Los cuatro (4) diacutegitos (1234) que podraacuten tomar valores del O al 9 y las tres (3) letras siguientes (DEF) podraacuten tomar valores de las siguientes letras A B C D E F H J K L M N 0 P R S T U W X V Z Se eliminan las letras G 1 A V Ntilde con el propoacutesito de minimizar la posibilidad de error en el coacutedigo debido a la similitud con otras letras La definicioacuten de estas siete (7) posiciones asiacute como los mecanismos de generacioacuten aleatoria o secuencial y su asignacioacuten estaraacute a cargo deIIGAC
La letra final a la derecha (H) corresponde a un caraacutecter de chequeo utilizado con el objeto de poder validar la integridad del coacutedigo restante
La definicioacuten de los rangos que utilizariacutea cada ciudad y el significado de cada una de estas tres (3) posiciones estaraacute a cargo deIIGAC
CAPiacuteTULO 7
De la Inspeccioacuten Vigilancia y Control de la Gestioacuten Catastral
Artiacuteculo 22271 Inspeccioacuten Vigilancia y Control de la Gestioacuten Catastral La Superintendencia de Notariado y Registro ejerceraacute las funciones otorgadas mediante los artiacuteculos 79 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 relacionadas con la inspeccioacuten vigilancia y control del ejercicio de la gestioacuten catastral
Paraacutegrafo 1 La funcioacuten de inspeccioacuten vigilancia y control es de naturaleza administrativa y no implica ejercicio de la funcioacuten de control fiscal disciplinario o penal
Paraacutegrafo 2 En lo no contemplado en el presente capiacutetulo se aplicaraacute lo dispuesto en la Ley 1437 de 2011 o las disposiciones que la modifiquen o sustituyan
Artiacuteculo 22272 Sujetos pasivos Son sujetos pasivos de las funciones de inspeccioacuten vigilancia y control los gestores catastrales los operadores catastrales los municipios los propietarios ocupantes tenedores o poseedores titulares de derechos reales o quien tenga cualquier relacioacuten faacutectica o juriacutedica con el predio
Artiacuteculo 22~73 Funcioacuten de inspeccioacuten La inspeccioacuten consiste en la atribucioacuten de la Superintendencia de Notariado y Registro entre otras para solicitar confirmar y analizar en la forma detalle y teacuterminos que ella determine la informacioacuten que requiera
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
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DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 21 de 22148
con el objeto de establecer de manera general el cumplimiento del reacutegimen juriacutedico aplicable al servicio puacuteblico de gestioacuten catastral En ejercicio de esta funcioacuten la Superintendencia de Notariado y Registro de oficio o a peticioacuten de parte podraacute requerir informacioacuten realizar visitas instruir y orientar en la manera en que se debe cumplir e interpretar el reacutegimen juriacutedico aplicable a la gestioacuten catastral
Artiacuteculo 22274 Funcioacuten de vigilancia La vigilancia consiste en la atribucioacuten de la Superintendencia de Notariado y Registro para velar que de manera puntual los sujetos pasivos en desarrollo de sus funciones y obligaciones se ajusten a lo dispuesto en el ordenamiento juriacutedico i
~~ t~ lt
La vigilanyia estaacute retrida a funcion~~ de advertencia prevencioacuten y orientacioacuten encamin~das eacutel q~11~ rf~a9~On~S~~ ~ iuj~tos pasivo~ se ajusten a la norm~tividad i ~ IOque los rigen para to q~1 Ia Supeqnt~nd~cla de Notariado y Registro tendra entre otras las~tri~UqL9n~s ~~ tnsfruir o(ientaacuteC requerir ordenar establecer planes de mejoramiento practicaacuter visitasl~ r~visioacuteries y demaacutes pruebas que determine conducentes pertinefltes y uacutetiles
Artiacuteculo 22275 Funcioacuten de control El control consiste en las atribuciones de la Superintendencia de Notariado y Registro tendientes a evitar superar y sancionar los efectos de la comisioacuten de infracciones al reacutegimen catastral para lo cual entre otras cosas podraacute ordenar la adopcioacuten de medidas preventivas correctivas y conforme con los artiacuteculos 81 y 82 de la Ley 1955 de 2019 o la que la modifique o sustituya y a la Ley 1437 de 2011 de oficio o a peticioacuten de parte y en ejercicio de la potestad sancionatoria adelantar procedimientos administrativos sancionatorios en contra de los sujetos pasivos cuando se determine el meacuterito para ello
Artiacuteculo 22276 Medidas preventivas Sin perjuicio de las sanciones a que haya lugar cuando resulten necesarias la Superintendencia de Notariado y Registro podraacute imponer medidas preventivas para evitar de manera transitoria la continuacioacuten de la ocurrencia de un hecho la realizacioacuten de una actividad o la existencia de una situacioacuten que presuntamente atente contra el reacutegimen catastral
Artiacuteculo 22277 Potestad sancionatoria La Superintendencia de Notariado y Registro tendraacute la potestad de sancionar a los gestores y operadores del servicio puacuteblico de catastro por la incursioacuten en alguna de las infracciones previstas entre los numerales 1 al13 del artiacuteculo 81 de la Ley 1955 de 2019 o la norma que la modifique o sustituya
Por su parte de las obligaciones establecidas en el inciso primero del artiacuteculo 81 de la Ley 1955 de 2019 la Superintendencia de Notariado y Registro podraacute sancionar a propietarios ocupantes tenedores o poseedores titulares de derechos reales o quien tenga cualquier relacioacuten faacutectica o juriacutedica con el predio por incurrir en las conductas de que trata la norma citada
Artiacuteculo 22278 Procedimiento El procedimiento sancionatorio se adelantaraacute conforme con lo establecido en la Ley 1437 de 2011
Por el cual se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO-_- ~ 148 DE Paacutegina 22 de 22
ARTiacuteCULO 3 Vigencia y Derogatoria El presente Decreto entra en vigencia a partir de su publicacioacuten y deroga las normas que le sean contrarias en especial el Decreto 1227 de 1908 el Decreto 2275 de 1941 el Decreto 3496 de 1983 compilado en el Decreto 1170 de 2015 el paraacutegrafo 2 del artiacuteculo 222312 el artiacuteculo 222313 el paraacutegrafo 2 del artiacuteculo 222316 el artiacuteculo 222321 y el artiacuteculo 222324 del Decreto 1170 de 2015
PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE -4 FES 2020 Dado en Bogotaacute DC a los
LA MINISTRA DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
EL MINISTRO DE AGRICULTURA y DESARROLLO URAL
CIA PINZOacuteN
EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADiacuteSTICA
l
Por el cual se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO 148 DE Paacutegina 2 de 22
actuacioacuten coordinada de las entidades administrativas para que el servicio sea prestado de manera eficiente la manera como los gestores y operadores catastrales desarrollaraacuten sus actividades en la prestacioacuten del servicio y las funciones que tendraacuten las entidades de regulacioacuten inspeccioacuten vigilancia y control del servicio puacuteblico
Que dentro de las finalidades que se buscan a traveacutes del servicio puacuteblico de gestioacuten catastral estaacute atender la necesidad que tiene el paiacutes de contar con una informacioacuten catastral actualizada que refleje la realidad fiacutesica juriacutedica y econoacutemica de los inmuebles de modo que se propenda por la participacioacuten ciudadana el uso de las herramientas tecnoloacutegicas la actuacioacuten coordinada de las entidades administrativas y la inclusioacuten del enfoque multipropoacutesito dentro del catastro en el marco de la implementacioacuten del Punto I del Acuerdo Final para la Terminacioacuten del Conflicto y la Construccioacuten de una Paz Estable y Duradera
Que las actuaciones administrativas y los procedimientos que se adelantan en el marco normativo sentildealado por la Ley 1955 de 2019 en materia de catastro deben regirse de acuerdo con los principios de igualdad moralidad eficacia economiacutea celeridad imparcialidad y publicidad de la funcioacuten administrativa la cual estaacute al servicio del intereacutes general de acuerdo con lo dispuesto en el artiacuteculo 209 de la Constitucioacuten Poliacutetica
Que teniendo en cuenta las disposiciones constitucionales y legales que rigen la funcioacuten administrativa y la prestacioacuten de los servicios puacuteblicos se hace necesario establecer un marco normativo dirigido a regular de manera general la gestioacuten catastral en aras de cumplir las finalidades del Estado y garantizar los derechos de los usuarios del servicio
En meacuterito de lo expuesto
DECRETA
ARTiacuteCULO 1 Modifiacutequense los Capiacutetulos 1 y 2 del Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 DISPOSICIONES ESPECiacuteFICAS INSTITUTO GEOGRAacuteFICO AGUSTiacuteN CODAZZI IGAC del Decreto 1170 de 2015 Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica los cuales quedaraacuten asiacute
TiacuteTULO 2 DISPOSICIONES ESPECiacuteFICAS INSTITUTO GEOGRAacuteFICO AGUSTiacuteN CODAZZI - IGAC
CAPiacuteTULO 1
Disposiciones Generales del Servicio Puacuteblico de Gestioacuten Catastral
Artiacuteculo 22211 Definiciones Para efectos de la aplicacioacuten de este decreto se atenderaacuten las siguientes definiciones
148 Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO 148 DE Paacutegina 3 de 22
Acta de colindancia Es el documento mediante el cual los propietarios en virtud del principio de autonomiacutea de la voluntad y de conformidad con el procedimiento de rectificacioacuten de linderos por acuerdo entre las partes definen la liacutenea de divisioacuten entre sus inmuebles en los casos en que su colindancia presente diferencias entre la informacioacuten levantada en terreno y la que reposa en los tiacutetulos registrales El Acta que se suscriba debe ser firmada por las partes
Avaluacuteo catastral Es el valor de un predio resultante de un ejercicio teacutecnico que en ninguacuten caso podraacute ser inferior al 60 del valor comercial o superar el valor de este uacuteltimo Para su determinacioacuten no seraacute necesario calcular de manera separada el valor del suelo y el de la construccioacuten
Avaluacuteo comercial Es el precio maacutes probable por el cual un predio se transariacutea en un mercado en donde el comprador y el vendedor actuariacutean libremente con el conocimiento de las condiciones fiacutesicas y juriacutedicas que afectan el bien Para su determinacioacuten no seraacute necesario calcular de manera separada el valor del suelo y el de la construccioacuten
Capa no parcelaria Corresponde a la informacioacuten complementaria a la catastral que excede la relacioacuten catastro-registro en el aacutembito de la administracioacuten del territorio de fuente oficial emanada por la entidad puacuteblica que tiene la potestad legal para administrar dicho dato la cual deberaacute ser interoperable con la informacioacuten catastroshyregistro
Catastro Es el inventario o censo de los bienes inmuebles localizados en el territorio nacional de dominio puacuteblico o privado independiente de su tipo de tenencia el cual debe estar actualizado y clasificado con el fin de lograr su identificacioacuten fiacutesica juriacutedica y econoacutemica con base en criterios teacutecnicos y objetivos
Catastro con enfoque multipropoacutesito Es aquel en el que la informacioacuten que se genere a partir de su implementacioacuten debe servir como un insumo fundamental en la formulacioacuten e implementacioacuten de diversas poliacuteticas puacuteblicas contribuyendo a brindar una mayor seguridad juriacutedica la eficiencia del mercado inmobiliario el desarrollo y el ordenamiento territorial integrada con el registro puacuteblico de la propiedad inmueble digital e interoperable con otros sistemas de informacioacuten del territorio y que provea instrumentos para una mejor asignacioacuten de los recursos puacuteblicos y el fortalecimiento fiscal de los territorios
Descripcioacuten insuficiente o limitada Se refiere a la informacioacuten poco detallada o poco especifica en los tiacutetulos inscritos en el registro de instrumentos puacuteblicos que no permite la certera y precisa ubicacioacuten del inmueble en el territorio o que afecta el adecuado levantamiento de sus linderos y la determinacioacuten de su forma y aacuterea
Descripcioacuten inexistente Se refiere a la ausencia en los tiacutetulos inscritos en el registro de instrumentos puacuteblicos de la informacioacuten relacionada con los linderos la determinacioacuten de la forma o el aacuterea
Lindero Liacutenea de divisioacuten que separa un bien inmueble de otro que puede o no estar materializada fiacutesicamente
Por el cual se reglamentan parcialmente arliacuteculos 79 80 81 Y 82 la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de
Por medio cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
NUacuteMERO Paacutegina 4 de 22
Linderos arcifinios Liacutenea de divisioacuten entre bienes que ha sido establecida a partir de elementos geograacuteficos naturales tales como quebradas bordes riacuteos liacuteneas entre otros
Linderos debida y teacutecnicamente descritos Son aquellos permiten la plena identificacioacuten espacial y geograacutefica del predio a partir de la descripcioacuten la totalidad del mismo haciendo posible su representacioacuten graacutefica conforme los lineamientos de la autoridad catastral
Medidas costumbristas Son las medidas usadas tradicionalmente tecnologiacutea ni mecanismos estandarizados de medicioacuten que no corresponden a una unidad del Sistema Meacutetrico Decimal como la caballeriacutea la cabuyada el tabaco 01101
Mutacioacuten catastral los cambios que se presentan en componentes fiacutesico juriacutedico o econoacutemico de un predio
Nuacutemero Uacutenico Predial NUPRE un coacutedigo uacutenico para identificar los inmuebles tanto en los sistemas de informacioacuten catastral como registra El NUPRE no implicaraacute supresioacuten de la numeracioacuten catastral ni registral asociada a la ceacutedula catastral ni a la matriacutecula inmobiliaria actual
Servicio puacuteblico de la gestioacuten catastral La gestioacuten catastral es un servicio puacuteblico que comprende el conjunto de operaciones teacutecnicas y administrativas necesarias para el desarrollo adecuado de los procesos formacioacuten actualizacioacuten conservacioacuten y difusioacuten la informacioacuten catastral por medio los cuales se logra la identificacioacuten y mantenimiento permanente la informacioacuten fiacutesica juriacutedica y econoacutemica de los inmuebles del paiacutes La gestioacuten tiene impliacutecito el multipropoacutesito el cual contribuye en la conformacioacuten un catastral integral completo actualizado confiable consistente con registro la propiedad inmueble digital e interoperable con otros sistemas de informacioacuten del territorio
Sistema Nacional de Informacioacuten Catastral - SINIC un instrumento para la gestioacuten de la informacioacuten catastral el cual es interoperable con otros sistemas de informacioacuten acuerdo con los criterios que el efecto defina la autoridad reguladora
Tipologiacuteas constructivas la clasificacioacuten o categorizacioacuten de caracteriacutesticas para cuales fueron creadas las construcciones yo edificaciones que comprende la estructura acabados altura y los muros otros
Artiacuteculo 22212 Principios de la gestioacuten catastral Ademaacutes de los principios de la funcioacuten administrativa ejercicio y la regulacioacuten de la gestioacuten catastral se orientaraacuten por siguientes principios
a) Calidad La gestioacuten catastral deberaacute realizarse bajo los rigurosidad que esteacuten dirigidos a que la prestacioacuten del servicio satisfaga necesidades de los usuarios de manera continua ininterrumpida y eficiente
i) y
Por el cual se reglamentan artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 2019 Y se modifica el Tiacutetulo 2 de 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
NUacuteMERO - 148 Paacutegina 5 de 22
Eficiencia Los gestores y tnorltlrIrocgt fltltltlcgttlr
procesos y procedimientos posible y buscando cumplir
al menor costo Ir1 puacuteblico catastral
b)
c) Progresividad El enfoque multipropoacutesito puacuteblico catastral se haraacute de manera gradual y progresiva disponibilidad fiscal y el principio de sostenibilidad
d) Libre competencia autoridades velaraacuten por la concurrencia de muacuteltiples gestores y operadores en la prestacioacuten del servicio catastral
Seguridad juriacutedica La inscripcioacuten en no constituye tiacutetulo de dominio no sanea los vicios de la propiedad o tradicioacuten y no puede alegarse como excepcioacuten contra el que pretendatener mejor derecho a la propiedad o posesioacuten del predio
f) Apertura tecnoloacutegica Se garantiza la del
la tecnologiacutea maacutes apropiada y adecuada para cumplir los servicio puacuteblico catastral siempre y cuando se sigan interoperabilidad adoptados por la autoridad reguladora
g) Integralidad La informacioacuten catastral estaraacute totalidadcomprendiendo
y Puacuteblicos
con estaacutendares teacutecnicos uacutenicos para todo el del territorio nacional describiendo la situacioacuten los predios y reflejando la informacioacuten juriacutedica del Registro
multipropoacutesito el Nacional Catastral Multipropoacutesito una
en amplia y efectiva
participacioacuten de las comunidades y
h) Participacioacuten ciudadana En el proceso
la generacioacuten mantenimiento y uso de la informacioacuten
uso de la informacioacuten La informacioacuten catastral en sus nrontoC fiacutesico juriacutedico y econoacutemico es puacuteblica y a disposicioacuten de los
Gestores Catastrales promoveraacuten difusioacuten acceso y uso de catastral
j) Sostenibilidad La gestioacuten catastral propenderaacute por productiva en el transcurso del tiempo bajo criterios de optimizacioacuten recursos que no comprometan fiscalmente la satisfaccioacuten de futuras de los ciudadanos el aprovechamiento sostenible de los recursos y la administracioacuten del territorio
Objetivos de la gestioacuten catastral
mismo de forma
como objetivo esencial garantizar la calidad inmuebles del paiacutes buscando una cobertura del
permanente continua e ciudadano con propoacutesito de servir de insumo en la formulacioacuten e
2
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 201
uPor medio se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Administrativo de Estadiacutestica
crorn
148 22DECRETO
poliacuteticas pliblicas y brindar seguridad juriacutedica a la relacioacuten de los con los bienes raiacuteces en territorio nacional
Artiacuteculo 22214 Prestacioacuten del servicio de la gestioacuten catastral los teacuterminos del artiacuteculo 1955 de 2019 los responsables de la prestacioacuten del servicio puacuteblico catastral son Instituto Geograacutefico Agustiacuten Codazzi (IGAC) y los Gestores directamente o a de los operadores
En todo Instituto Geograacutefico Agustiacuten (IGAC) autoridad catastral del servicio puacuteblico gestioacuten catastral y la competencia como autoridad reguladora Asiacute mismo prestador de manera excepcional en ausencia de Catastrales habilitados es decir en los municipios donde no se encuentre prestando el servicio otro ocTflr Catastral o en los casos en sea contratado directamente
Artiacuteculo 22215 Intervinientes en la gestioacuten catastral del servicio puacuteblico catastral son intervinientes los
1 usuarios del servicio puacuteblico de gestioacuten catastral Son todas las naturales o derecho puacuteblico o
de la gestioacuten (~t~ctlr~ que hagan uso de
la informacioacuten resultante
Instituto Geograacutefico Agustiacuten Codazzi (IGAC) la maxlma autoridad del paiacutes encargado la funcioacuten reguladora y en materia de
catastral agrologiacutea cartografiacutea geografiacutea y ge()ae~Sla a nivel nacional El IGAC tendraacute la funcioacuten verificar las condiciones para la habilitacioacuten como
Catastrales y la habilitacioacuten
gestores Son las entidades puacuteblicas del orden nacional o territorial asiacute como esquemas asociativos hayan sido habilitadas por el Instituto Geograacutefico
reglamentacioacuten para tal efecto como igual manera se consideran gestores catastrales catastros y delegados titulares la gestioacuten catastral mismo Agencia Nacional en los teacuterminos 2019 Los gestores catastrales independientemente de su jurisdiccioacuten podraacuten prestar el servicio puacuteblico catastral en cualquier del territorio nacional
4 Los operadores catastrales Son las personas juriacutedicas de derecho puacuteblico o privado que mediante contrato suscrito con uno o varios gestores i-ishydesarrollan que sirven insumo para adelantar los procesos de formacioacuten y catastral asiacute como los procedimientos del enfoque catastral que conforme a la regulacioacuten que para el Gobierno
sean
requisitos de idoneidad y las condiciones contratacioacuten de catastrales sentildealados por las normas regulen la materia
entidades territoriales Codazzi (IGAC)
IGAC por ex(etCICln
es gestor (alracmiddottr~1
artiacuteculo 80 de la Ley 1
la Gestioacuten Catastral
Por el cual se parcialmente los 1955 de 2019 y se modifica Tiacutetulo 2 de la 2 2 del de 2015
Por medio del cual se expide el Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
148NUacuteMERO DE Paacutegina 7 de 22
5 La Superintendencia de Notariado y (SNR) Es la que ejerce las funciones la inspeccioacuten vigilancia y control al ejercicio de la ge~mo catastral en virtud de lo dispuesto en los artiacuteculos 7981 Y 82 de la Ley 1 2019
6 Municipios autoacutenomos para como catastrales o contratar a un catastral incluido como prestador por excepcioacuten conforme a principios de coordinacioacuten concurrencia y subsidiariedad
Artiacuteculo 22216 Obligaciones generales de los gestores catastrales gestores catastrales tendraacuten siguientes obligaciones
a) Prestar el servicio en forma continua y eficiente garantizando recursos fiacutesicos tecnoloacutegicos y organizacionales prestacioacuten servicio puacuteblico catastral
b) Prestar el servicio puacuteblico catastral en municipios para sea contratado Garantizar la calidad veracidad e integridad la informacioacuten catastral en sus componentes fiacutesico juridico y econoacutemico perjuicio de las asignadas a la Nacional de (ANT)
d) Suministrar permanentemente la informacioacuten catastral en el Sistema Nacional de Informacioacuten -SINIC de manera oportuna completa confiable conforme a los mecanismos definidos por la autoridad Garantizar la actualizacioacuten permanente base interoperabilidad informacioacuten que se con el Sistema Nacional de Informacioacuten - SINIC o la herramienta tecnoloacutegica que haga sus veces
f) Informar a SINIC al IGAC y a SNR inicio de sus actividades y modificaciones en su aacuterea de operacioacuten para que esas autoridades puedan cumplir sus funciones
g) Dar cumplimiento plan con que se habilitoacute ejercer el servicio puacuteblico h) Cumplir con la normatividad que regula la prestacioacuten del servicio i) Verificar los idoneidad los operadores
conformidad con lo por el Gobierno Nacional j Reportar a traveacutes IC los operadores con los
actividades insumo para los procesos formacioacuten actualizacioacuten y catastral asiacute como los procedimientos del enfoque catastral multipropoacutesito que sean adoptados
k) demaacutes previstas en este decreto y normas concordantes y complementarias
y
y la
Articulo 22217 Instancia Teacutecnica Asesora Catastral Creacuteese el Comiteacute Asesor para la
la Regulacioacuten de Catastral como
de las en ejercicio de sus
Tormiddot rmiddot asesora que tiene como objetivo garantizar regulacioacuten de la gestioacuten presente el
composicioacuten Teacutecnico Asesor
Director del Departamento Administrativo Nacional de Estadiacutestica (DANE) que presidiraacute
1
se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y de la Ley 1955 y se modifica el Tiacutetulo 2 2 del Libro 2 del 1170 de 2015
medio del cual se Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo Informacioacuten Estadiacutestica
NUacuteMERO 14 Paacutegina 8 de 22
2 El Director Teacutecnico Notariado y Registro o su
Geoestadiacutestica del
o el Superintendente Delegado de Tierras la Superintendencia de nivel asesor El Director Teacutecnico o su delegado nivel asesor Dos (2) expertos internacionales Dos (2) expertos
Paraacutegrafo 1 El DANE mediante acto administrativo los criterios de seleccioacuten los miembros rriexcl~ e internacionales y el procedimiento para efectuar
escogencia
Paraacutegrafo
iCttlIICt
labor exclusiva 2 La del Comiteacute Teacutecnico 1ltlI~iexclltlIV para la Gestioacuten
una Direccioacuten Teacutecnica Geoestadiacutestica del dispondraacute los medios y operativos nelce~)arIOS realizar esta actividad
Paraacutegrafo 3 El Comiteacute Asesor para la Catastral deberaacute convocarse dentro de los seis (6) meses siguientes a la expedicioacuten de este decreto periodo en
IGAC podraacute desarrollar su funcioacuten de regulacioacuten sin esta instancia
Artiacuteculo 2221 runCOllles del Comiteacute Comiteacute Teacutecnico Asesor para la Gestioacuten Catastral tendraacute las funciones
1 Velar por idoneidad de la regulacioacuten bajo la responsabilidad del IGAC med el estudio de las presentadas por Recomendar ajuste de las propuestas de regulacioacuten IGAC en desarrollo de sus funciones legalES
3 Emitir concepto favorable o desfavorable a las iniciativas regulacioacuten por IGAC en relacioacuten con la concordancia de la propuesta y el
marco general establecido en reglamentacioacuten del Nacional Adicionalmente este concepto fundarse en teacutecnico que
Comiteacute 4 sobre el uso de insumas cartograacuteficos que por fuera de
los temporalidad y especificaciones teacutecnicas definidas por la autoridad reguladora
5 Las establecidas en del Comiteacute
Artiacuteculo 22219 Reglamento El Teacutecnico Asesor para Catastral deberaacute definir su propio reglamento
Paraacutegrafo reglamento definiraacute periodicidad de las ordinarias y extraordinarias del Comiteacute Teacutecnico au para la Gestioacuten asiacute como los medios Sin embargo deberaacute reunirse como miacutenimo una vez al antildeo
por
cual se reglamentan parciamente los artiacuteculos 80 81 Y 82 de a Ley 1955 Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 1170 de 2015
cual se expide el Decreto Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten
148DECRETO NUacute DE Paacutegina 9 de 22
CAPiacuteTULO 2
Procedimientos de Enfoque Multipropoacutesito
Artiacuteculo 22221 Informacioacuten catastral Corresponde a juriacutedicas y los bienes inmuebles Dicha catastral y deberaacute ser reportada por los gestores en Informacioacuten SINIC o en la herramienta tecnoloacutegica haga sus veces de acuerdo con y especificaciones teacutecnicas definidas por la autoridad reguladora
La informacioacuten crlIr~ reflejar la realidad fiacutesica inmuebles sin importar la titularidad sobre el bien
a) Informacioacuten Corresponde a la representacioacuten la identificacioacuten cabida los linderos y las construcciones un inmueble La identificacioacuten no implica necesariamente el reconocimiento linderos del predio in situ
b) Informacioacuten Identificacioacuten de la relacioacuten juriacutedica el sujeto activo sea el propietario el inmueble Esta ITICeacuteiCICm juriacutedica no constituye la propiedad
c) Informacioacuten tlAUnlII nnIH1c al valor o avaluacuteo inmueble El avaluacuteo catastr l~rIr relacioacuten con los valores de
Paraacutegrafo informacioacuten comprende los bienes inmuebles privados fiscales baldiacuteos patrimoniales y uso puacuteblico
Artiacuteculo 22222 Procesos de la gestioacuten catastral La gestioacuten los procesos de formacioacuten actualizacioacuten conservacioacuten y difusioacuten catastral asiacute como los procedimientos de enfoque multipropoacutesito
a) Proceso de formacioacuten el conjunto de actividades identificar por primera informacioacuten catastral en la totalidad que conforman territorio o en parte de eacutel
b) Proceso de actualizacioacuten catastral Conjunto de actividades a identificar incorporar o los cambios o inconsistencias en informacioacuten catastral durante un determinado Para la actualizacioacuten pod emplearse mecanismos de intervencioacuten en el territorio como meacutetodos directos declarativos y colaborativos asiacute como uso e integracioacuten de informacioacuten que den cuenta de los entre la base y de los inmuebles En ninguacuten actualizar la informacioacuten un geograacutefica seraacute obligatorio levantamiento catastral en totalidad de inmuebles
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO 148 DE Paacutegina 10 de 22
c) Proceso de conservacioacuten catastral Es el conjunto de acciones tendientes a mantener vigente la base catastral de forma permanente mediante la incorporacioacuten de los cambios que sufra la informacioacuten de un bien inmueble La conservacioacuten catastral podraacute realizarse a solicitud de parte o de oficio para lo cual los gestores catastrales deberaacuten adoptar los mecanismos de interoperabilidad con las demaacutes entidades productoras de informacioacuten oficial
d) Proceso de difusioacuten catastral Son las actividades tendientes al uso disposicioacuten y acceso a la informacioacuten catastral asiacute como la generacioacuten de insumos que contribuyan a la planeacioacuten y gestioacuten de los territorios En todo caso se deberaacute garantizar la proteccioacuten y custodia de la informacioacuten conforme a las disposiciones de proteccioacuten de datos
Paraacutegrafo Una vez finalizado el proceso de actualizacioacuten el gestor catastral deberaacute implementar estrategias que permitan el mantenimiento permanente del catastro incorporando las variaciones puntuales o masivas de las caracteriacutesticas fiacutesicas juriacutedicas o econoacutemicas de los predios en la base catastral
Artiacuteculo 22223 Aplicacioacuten del enfoque multipropoacutesito Los gestores catastrales en el desarrollo de los procesos de formacioacuten actualizacioacuten conservacioacuten y difusioacuten deberaacuten seguir los procedimientos de enfoque multipropoacutesito
Artiacuteculo 22224 Procedimientos del enfoque multipropoacutesito Se consideraraacuten procedimientos de enfoque multipropoacutesito al menos los siguientes
1 El barrido predial masivo 2 Integracioacuten con el registro 3 Incorporacioacuten de datos de informalidad en la propiedad 4 Actualizacioacuten permanente e integridad de los traacutemites inmobiliarios 5 Interoperabilidad e integracioacuten de capas no parcelarias 6 Servicios digitales 7 Innovacioacuten y evolucioacuten continua
Paraacutegrafo 1 La adopcioacuten de estos procedimientos por parte de los gestores catastrales podraacute hacerse de forma gradual seguacuten las condiciones y capacidades de los territorios asiacute como la disponibilidad de informacioacuten necesaria
Paraacutegrafo 2 Los gestores catastrales podraacuten adoptar los meacutetodos teacutecnicos que consideren para la ejecucioacuten de las labores catastrales siempre y cuando garanticen que se refleje la realidad de los predios y se cumplan las especificaciones teacutecnicas de los productos definidos por el IGAC
Artiacuteculo 22225 Barrido predial masivo Es el conjunto de estrategias actividades y acciones orientadas a conseguir la identificacioacuten de las caracteriacutesticas fiacutesicas juriacutedicas y econoacutemicas de los predios sobre un territorio determinado El barrido predial masivo comprende diferentes maneras de intervencioacuten en el territorio incluyendo entre otros meacutetodos directos e indirectos de captura de informacioacuten esquemas colaborativos uso de registros administrativos modelos geoestadiacutesticos y economeacutetricos y demaacutes procedimientos teacutecnicos herramientas tecnoloacutegicas e instrumentos de participacioacuten
1170 Por el cual se reglamentan parcialmente artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la 2 del 2 del 2015
Por del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Administrativo Informacioacuten Estadiacutestica
1DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 11 22
comunitaria con enfoque territorial como el uso otras fuentes de informacioacuten territorio que permitan obtener datos para establecer la liacutenea base de informacioacuten catastral multipropoacutesito en un municipio igual que para su mantenimiento y actualizacioacuten permanente productos derivados de actividades de barrido predial masivo deberaacuten cumplir con las especificaciones teacutecnicas definidas por la autoridad reguladora
Articulo 22226 Meacutetodos de recoleccioacuten de informacioacuten Los catastra les podraacuten adelantarse mediante la combinacioacuten de los siguientes meacutetodos
a) Meacutetodos directos Aquellos que requieren una visita campo con el fin de recolectar la realidad de los bienes inmuebles
b) Meacutetodos indirectos aquellos meacutetodos identificacioacuten fiacutesica juriacutedica y econoacutemica de los inmuebles a traveacutes del uso de de sensores remotos integracioacuten registros administrativos modelos iacutesticos y economeacutetricos anaacutelisis de Big Data y fuentes secundarias como observatorios inmobiliarios su posterior incorporacioacuten en la base catastral
c) Meacutetodos declarativos y colaborativos Son los derivados participacioacuten de la comunidad en el suministro de informacioacuten que sirva como insumo para el desarrollo de los procesos catastrales Los gestores catastrales propenderaacuten por la adopcioacuten nuevas tecnologiacuteas y procesos comunitarios que faciliten la participacioacuten los ciudadanos
Paraacutegrafo 1 procesos barrido predial masivo los catastrales seraacuten los encargados de definir la adecuada combinacioacuten de los meacutetodos de intervencioacuten teniendo en cuenta condiciones propias de sus territorios y la disponibilidad fuentes secundarias informacioacuten conforme a especificaciones miacutenimas establecidas por autoridad reguladora
Paraacutegrafo 2 Los meacutetodos declarativos y colaborativos podraacuten emplearse para el mantenimiento permanente la informacioacuten Catastral
Artiacuteculo 22227 Declaracioacuten la informacioacuten catastral Cualquier persona podraacute informar ante el catastral competente de forma presencial o a de los canales dispuestos para tal fin la informacioacuten correspondiente a la realidad fiacutesica juriacutedica yo econoacutemica sus predios con el propoacutesito de eliminar cualquier disparidad
la realidad del predio y la informacioacuten catastral
Artiacuteculo 22228 Inscripcioacuten o incorporacioacuten catastral informacioacuten catastral resultado de los procesos de formacioacuten actualizacioacuten o conservacioacuten se inscribiraacute o incorporaraacute en la base catastral con la del acto administrativo que lo ordena
Paraacutegrafo inscripcioacuten en el catastro no constituye tiacutetulo de dominio ni sanea los vicios de propiedad o la tradicioacuten y no puede alegarse como excepcioacuten contra que pretenda tener mejor derecho a la propiedad o posesioacuten del predio
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO 148 DE Paacutegina 12 de 22
Artiacuteculo 22229 Inscripcioacuten de posesiones y ocupaciones El gestor catastral competente deberaacute inscribir en la base catastral a la persona que acredite la calidad de propietario y tambieacuten inscribiraacute la presencia de ocupantes o poseedores sin necesidad de calificar la naturaleza juriacutedica del predio Si se verifica previamente que el predio le pertenece a la Nacioacuten yo a la entidad territorial se inscribiraacute como ocupante Si se desconoce el propietario yo poseedor de un predio se inscribiraacute como vacante para efectos catastrales
Artiacuteculo 222210 Actualizacioacuten permanente Los gestores catastrales deberaacuten implementar mecanismos de observacioacuten dinaacutemica y continua del territorio que den cuenta de las variaciones en la informacioacuten catastral frente a la realidad del mismo Para tal efecto podraacuten crear observatorios inmobiliarios implementar meacutetodos de valuacioacuten basados en modelos economeacutetricos y geoestadiacutesticos integrar registros administrativos aplicar esquemas colaborativos entre otros lo anterior con el fin de incorporar las variaciones puntuales o masivas de los inmuebles en la base catastral
Artiacuteculo 222211 Integridad de los traacutemites inmobiliarios con impacto catastral Las entidades puacuteblicas o particulares que ejerzan funciones puacuteblicas encargadas de adelantar traacutemites que impliquen una actuacioacuten catastral deberaacuten implementar de manera articulada con los gestores catastrales competentes mecanismos de interoperabilidad que permitan la atencioacuten integral al usuario
Artiacuteculo 222212 Interoperabilidad e integracioacuten de capas no parcelarias Las autoridades competentes para emitir la informacioacuten asociada a derechos restricciones y responsabilidades de los predios deberaacuten disponer y suministrar dicha informacioacuten de forma estandarizada con el fin de interoperar con las bases catastrales El IGAC estableceraacute los protocolos de interoperabilidad pertinencia y datos complementarios
Artiacuteculo 222213 Servicios digitales Los gestores catastrales deberaacuten disponer mecanismos digitales para el acceso a traacutemites simplificados y consultas sobre la informacioacuten incorporada en las bases catastrales garantizando la proteccioacuten de datos personales establecida en las Leyes 1581 de 2012 y 1712 de 2014
Paraacutegrafo Los traacutemites catastrales notariales y registrales se atenderaacuten conjuntamente a traveacutes de una ventanilla integrada de servicio de conformidad con la regulacioacuten que se expida por las entidades competentes
Artiacuteculo 222214 Innovacioacuten y evolucioacuten continua Los gestores catastrales deberaacuten definir mecanismos transformadores para facilitar los traacutemites reducir los costos incentivar la competitividad y desarrollar servicios de alta calidad para el uso y acceso de la informacioacuten catastral
Artiacuteculo 222215 Integracioacuten con el registro Los gestores catastrales en coordinacioacuten con las Oficinas de Registro de Instrumentos Puacuteblicos deberaacuten adelantar los esfuerzos necesarios tendientes a la integracioacuten de la informacioacuten catastral y registral y en especial a unificar la informacioacuten asociada a linderos y aacutereas de forma gradual Igualmente generaraacuten los mecanismos para la integracioacuten de los sistemas de informacioacuten de las entidades
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y de la Ley 1955 de 2019 y se modifica Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
148DECRETO NUacuteMERO DE 13 de 22
La unificacioacuten de linderos y con registro se a traveacutes de los procesos de actualizacioacuten cabida y linderos con actualizacioacuten de linderos con efectos de aacuterea por determinacioacuten con efectos registra les linderos por acuerdo las con efectos registrales actas de traacutemite de inclusioacuten en el campo descripcioacuten de cabida y linderos del dato yo linderos en los folios de matriacutecula inmobiliaria que carezcan de esta informacioacuten y demaacutes que definan las autoridades competentes
Paraacutegrafo Sin perjuicio de lo anterior las bases catastrales incorporar los predios privados puacuteblicos baldiacuteos bienes de uso puacuteblico entre con o sin derecl10s reales principales o accesorios registrados aun no se encuentren inscritos en el registro instrumentos puacuteblicos
Artiacuteculo 222216 Procedimientos catastrales con consideraraacute como procedimientos
y yo linderos Estos procedimientos
las
con efectos actualizacioacuten de linderos aacuterea por imprecisa iexclnacioacuten actualizacioacuten masiva y puntual rectificacioacuten de linderos por acuerdo entre las partes e inclusioacuten acatados por los gestores catastrales oficinas de registro instrumentos puacuteblicos del paiacutes y podraacuten ser aplicados durante los procesos formacioacuten actualizacioacuten y conservacioacuten
procedimientos anteriormente enunciados no limitan la libre comercializacioacuten de los inmuebles por cuanto es viable la facultad de disposicioacuten
mismos con base en los datos de y linderos que los identifican y que en los tiacutetulos antecedentes que origen juriacutedico
Artiacuteculo 222217 Actualizacioacuten linderos con efectos registrales El gestor competente de oficio o a solicitud
con J1JLIAtu
rorT yo indirectos sin variacioacuten o cuando
sus
sean verificables mediante meacutetodos variacioacuten o diferencia se encuentre por la maacutexima autoridad catastral
teacutecnica de los linderos llevaraacute a r-orToII del aacuterea
titular del derecho de dominio o las entidades puacuteblicas que funciones legales administran inmuebles propios o ajenos podraacuten mediante la descripcioacuten
de linderos de bienes
los maacutergenes de tolerancia
de llevar a cabo la actualizacioacuten gestor catastral emitiraacute el acto administrativo sujeto a registro que resuelva actualizacioacuten de linderos incluida la
del aacuterea si a ello hubiere lugar procedimiento aplicable en el artiacuteculo no es excluyente con el procedimiento d para la linderos por acuerdo entre las partes respecto uacuten mismo inmueble
rectificacioacuten
traacutemite no aplicaraacute cuando la definicioacuten linderos se haya dado en un proceso de deslinde y amojonamiento o de tierras
Artiacuteculo 222218 Rectificacioacuten por imprecisa determinacioacuten con efectos registrales rectificacioacuten de en el sistema yo registraI procederaacute ante
catastral oficio o a solicitud del titular del derecho de dominio o puacuteblicas que con ocasioacuten sus funciones legales administran
el
que y
Por el cual se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y 82 la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la 2 del Libro 2 del Decreto 1170 2015
liPor medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
14 de 22 DECRETO NUacuteMERO 148
inmuebles propios o cuando los linderos debida y teacutecnicamente descritos sean verificables meacutetodos directos ylo indirectos sin variacioacuten que a lo largo de la tradicioacuten bien inmueble el eacuteste no haya sido determinada adecuadamente o cuando la variacioacuten o se encuentre de los maacutergenes de tolerancia establecidos por la maacutexima autoridad catastral
A efectos de llevar a la rectificacioacuten el non
del bien inmueble competente expediraacute el
administrativo a registro que
Artiacuteculo 222219 Rectificacioacuten de linderos por acuerdo entre las partes con registraes rectificacioacuten de linderos en el sistema catastral y registral
procederaacute de oficio o a solicitud de parte ante el gestor catastral siempre y cuando se haya suscrito acta colindancia con pleno entre los compartan uno o varios linderos pero se diferencias de entre la verificacioacuten mediante meacutetodos directos ylo indirectos y la informacioacuten
matriacutecula inmobiliaria rectificacioacuten de todos linderos puede llevar a aacuterea del inmueble
Cuando el gestor o la entidad puacuteblica respectiva identifique o tenga de de terceros que puedan verse afectados por los
ne
37 de la Ley 1437 de la actuacioacuten administrativa efectuaraacute comunicaciones en el
2011
rectificacioacuten de linderos y aacutereas procederaacute cuando los linderos
1 Sean arcifinios no verificables en terreno Sean arcifinios en terreno con variacioacuten respecto lo consignado en los tiacutetulos registrados
3 Esteacuten expresados en costumbristas no verificables en terreno 4 Contengan o limitadas en tiacutetulos
registrados Esteacuten teacutecnicamente definidos pero sobre los mismos haya superposicioacuten o Se presenten entre los linderos contenidos en los tiacutetulos y verificados mediante meacutetodos directos ylo indirectos
Paraacutegrafo 1 No se requeriraacute entre las partes cuando la variacioacuten o se encuentre dentro de maacutergenes de establecidos por
en la
autoridad catastral conforme lo por decreto caso aplicaraacuten los procedimientos actualizacioacuten de o rectificacioacuten de por
rOiIltI determinacioacuten sea el caso
2 No es necesaria suscripcioacuten de actas colindancia sobre bien inmueble no presenten discrepancia alguna entredel
y su verificacioacuten meacutetodos directos ylo indirectos Procederaacuten los acuerdos parciales es decir suscribir un acta sobre uno o varios linderos con un colindante ylo varias actas por nrrlin
los
Paraacutegrafo 3 En aquellos casos en los cuales existan entre la informacioacuten recabada mediante meacutetodos yo indirectos y lo consignado en los tiacutetulos
preclslon para
(ANT) podraacute con
cualquier que otro
la
Por se reglamentan
del cual se LJvrcruiexcl
Administrativo
los articulos 79 80 1170 de 2015
81 Y Ley 1955 2019 Y se modifica el Tiacutetulo 2 2 del Libro 2 del
10l0r Reglamentario Uacutenico Sector Informacioacuten Estadiacutestica
148NUacuteMERO 1S de 22
registrados y no se logre pleno por viacutea administrativa artiacuteculo
agotarse el proceso jud de deslinde y amojonamiento conforme con y siguientes del General del Proceso o los lo modifiquen o sustituyan
Paraacutegrafo 4 Siempre que evidencie que alguno los predios involucrados en traacutemite podriacutea ser considerado como baldiacuteo no procederaacute la
linderos por acuerdo partes Sin embargo o herramienta que haga sus veces la informacioacuten que dicha cual serviraacute de insumo a la ANT para que adopte medidas a que haya
lugar
Paraacutegrafo S el caso en que alguno los predios involucrados en traacutemite sea considerado bien de uso puacuteblico no la rectificacioacuten de por acuerdo entre las con efectos registrales sin perJuIcIo incorporacioacuten de la informacioacuten levante el gestor SINIC o la herramienta que haga sus veces caso la entidad expedir una con la
lindero del bien de uso puacuteblico Dicha certificacioacuten acompantildear la procesos de rectificacioacuten por imprecisa determinacioacuten con
actualizacioacuten de con efectos registrales e inclusioacuten del
ARTiacuteCULO Gestioacuten catastral a de la Agencia Nacional de Tierras (ANT) Agencia Nacional de (ANT) en su calidad levantaraacute los componentes fiacutesico y juriacutedico catastro necesarios para
de ae~gt[Qr
ordenamiento de la propiedad o asociados al desarrollo proyectos estrateacutegicos del orden nacional priorizados por Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural de con los estaacutendares y teacutecnicas por la autoridad catastral
En los
respecto de los predios obleto
Artiacuteculo 80 de la 2019 la Agencia Nacional Tierras (ANT) no a cargo la conservacioacuten por lo que una vez levantada e incorporada informacioacuten fiacutesica y juriacutedica catastro en el SINIC o la herramienta tecnoloacutegica sus veces las catastrales en dicha entidad intervencioacuten y se al Gestor Catastral competente
De cualquier forma Agencia Nacional proceso Ordenamiento Social de la gestor haya previamente
Paraacutegrafo 1 ISDIDSUlQrles referidas en artiacuteculo a la ANT le seraacuten aplicables a todas las enlt1d(~dE~S puacuteblicas del orden nacional que se habiliten como catastrales cumplimiento de sus funciones en los teacuterminos del artiacuteculo 22252 del 1983 de 2019 101011
Paraacutegrafo 2 Nacional de Tierras (ANT) no tendraacute competencia ejecucioacuten de catastrales de predios cuyo tiacutetulo originario actuacioacuten administrativa proferida por el Instituto Colombiano de la Reforma Instituto Colombiano Desarrollo Rural la Unidad Nacional de
Por cual se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y 82 la Ley 1 de 2019 y se modifica el TItulo 2 de la 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio cual se expide el Reglamentario Uacutenico de ecrCJr Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 16 22
Agencia Nacional de Tierras (ANT) o la entidad que sus salvo para eTE~CI()S Ordenamiento de la Propiedad Rural
Paraacutegrafo 3 municipios o zonas objeto intervencioacuten en los cuales la Agencia Nacional de Tierras (ANT) adelantaraacute la gestioacuten catastral seraacuten definidos conforme a los criterios fijados por Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural
Paraacutegrafo 4 En las zonas rurales objeto su intervencioacuten como gestor catastral la Agencia Nacional de (ANT) expediraacute los actos administrativos que permitan armonizar el componente y juriacutedico del con la informacioacuten registral y que sean para los procesos de ordenamiento social propiedad
Articulo 222221 Inclusioacuten en campo de descripcioacuten de cabida y linderos dato de aacuterea yo linderos en los folios de matriacutecula inmobiliaria que carezcan de esta informacioacuten los casos donde los folios de matriacutecula inmobiliaria no hayan contado con informacioacuten de yo linderos desde el inicio del ciclo traslaticio bien inmueble que identifican la Oficina de de Instrumentos Puacuteblicos procederaacute la inclusioacuten dato de aacuterea yo linderos en respectivas matriacuteculas inmobiliarias que se tomaraacute la base catastral administrada por gestor catastral competente
Artiacuteculo Correccioacuten yo inclusioacuten de cabida en procesos de ordenamiento de propiedad En el marco de los traacutemites ordenamiento social la propiedad que adelante la Agencia Nacional de (ANT) conforme a
competencias establecidas en el artiacuteculo 58 del Decreto Ley 902 2017 Y atendiendo a la funcioacuten de gestor catastral consignada en el artiacuteculo 80 de la Ley 1 de 19 cuando se identifique la existencia de una inconsistencia el levantamiento ial realizado por dicha entidad con la informacioacuten registral actos administrativos resuelven de fondo los asuntos sometidos a estudio ordenaraacuten aclaracioacuten actualizacioacuten masiva rectificacioacuten de por imprecisa determinacioacuten o inclusioacuten aacuterea del predio intervenido siempre los linderos esteacuten debida y teacutecnicamente descritos sean verificables por meacutetodos directos o indirectos y no exista variacioacuten en los mismos sin necesidad de adelantar un proceso rectificacioacuten o inclusioacuten de aacuterea
Artiacuteculo Actualizacioacuten masiva de linderos yo rectificacioacuten masiva de por imprecisa determinacioacuten En el marco de los procesos de actualizacioacuten
catastral y como resultado del levantamiento la informacioacuten y juriacutedica en terreno el gestor catastral podraacute remitir para inscripcioacuten a la Oficina de Registro de Instrumentos Puacuteblicos respectiva el administrativo actualizacioacuten masiva de linderos o rectificacioacuten de aacuterea corresponda
Cuando la diferencia en las magnitudes cabida yo linderos supere el rango de tolerancia establecido surtirse traacutemite de rectificacioacuten de linderos o por imprecisa determinacioacuten seguacuten corresponda
Artiacuteculo Rangos de tolerancia Los rangos de tolerancia corresponden a variacioacuten el o cabida de un predio que seguacuten la autoridad reguladora catastral sean admisibles y aplicables cuando existan diferencias la realidad fiacutesica y la descripcioacuten existente en el tiacutetulo de propiedad registrado en el folio de matricula
Por el se reglamentan parcialmente los artiacuteculos y 82 de la de 2019 y se modifica Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de
Por medio cual se expide el Decreto Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten
148DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 17 de 22
inmobiliaria No la suscripcioacuten de las colindancia ni ajustar los folios de matriacutecula inmobiliaria cuando la diferencia no supere rangos de tolerancia
Cuando los linderos no se encuentren teacutecnicamente en el folio de matriacutecula inmobiliaria aun estando dentro del rango de tolerancia folio de matriacutecula inmobiliaria deberaacute mediante acto administrativo emitido por el Gestor Catastral
Cualquier medicioacuten que difiera la catastral en un margen ngt o igual al rango de tolerancia se consideraraacute equivalente a la catastral
Articulo 222225 I-rEas objeto de despojo o abandono forzado Sin perjuicio de las actividades propias catastral los no podraacuten adelantar los procesos en el artiacuteculo Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del libro 2 del Decreto 11 5 para los siguientes casos
1 Si el bien se encuentra inscrito en el Registro Despojadas y Abandonadas que trata la Ley 1448 de Si el predio es objeto solicitud de restitucioacuten de tierras
los casos anteriores se nn- seguir la ruta juriacutedica definida en la Ley 1448 de 2011 y sus normas y complementarias
Artiacuteculo 222226 Obligacioacuten de suministro de informacioacuten la gestioacuten catastral Para el desarrollo gestioacuten catastral las siguientes puacuteblicas y privadas deberaacuten suministrar informacioacuten requerida por los catastrales en
la prestacioacuten del perjuicio de las normas contenidas en las Leyes 2012 1712 2014 Y disposiciones legales relacionadas con la
de datos
1 virtud del principio coordinacioacuten el mUnicipiO o departamento trataacutendose de aacutereas no municipalizadas entregaraacute la informacioacuten actualizada que se relaciona con el ordenamiento de su territorio
instituciones financieras vigiladas por la Superintendencia Oficinas de Registro de Instrumentos Puacuteblicos y las produzcan o registren informacioacuten avaluacuteos comerciales venta o arriendo de inmuebles suministrar dicha rrnlttln
caacutemaras de comercio municipio yo distrito deberaacuten suministrar la informacioacuten de establecimientos comercio y su actividad
4 DANE deberaacute suministrar al Catastral el Censo de a nivel de manzana Lo anterior en marco de la reserva estad en artiacuteculo 5 de la Ley 1
rCC de servicios puacuteblicos las curaduriacuteas urbanas y las planeacioacuten o quien haga sus deberaacuten proporcionar de forma informacioacuten de las acometidas servicios puacuteblicos domiciliarios y
urbanismo y construccioacuten
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO 148 DE Paacutegina 18 de 22
Paraacutegrafo Las entidades sentildealadas en el presente artiacuteculo deberaacuten implementar los mecanismos de interoperabilidad definidos por la autoridad reguladora catastral para el suministro de la informacioacuten para la gestioacuten catastral de manera continua y permanente
Artiacuteculo 222227 Gratuidad de la informacioacuten para la gestioacuten catastral De conformidad con lo establecido en el artiacuteculo 1deg del Decreto 235 de 2010 los requerimientos de informacioacuten que realicen los gestores catastrales para el ejercicio del servicio puacuteblico catastral no constituyen servicio y no generan costo alguno al solicitante La entrega de informacioacuten al gestor catastral durante el empalme previsto en el artiacuteculo 22254 del Decreto 1983 de 2019 seraacute gratuita
Artiacuteculo 222228 Vigencia fiscal Para efectos de lo consagrado en el artiacuteculo 3 de la Ley 44 de 1990 los avaluacuteos catastrales resultantes de la prestacioacuten del servicio puacuteblico de gestioacuten catastral entraraacuten en vigencia para efectos fiscales a partir del 10 de enero del antildeo siguiente a aquel en que fueron estimados o calculados para lo cual los gestores catastrales ordenaraacuten por acto administrativo su entrada en vigencia
Artiacuteculo 222229 Vigencia catastral La informacioacuten fiacutesica juriacutedica y econoacutemica asiacute como la resultante de los procedimientos de enfoque multipropoacutesito entraraacuten en vigencia para efectos catastrales al momento de quedar en firme su inscripcioacuten o incorporacioacuten en las bases oficiales descritas en el presente decreto
Artiacuteculo 222230 Aplazamiento de vigencia y reduccioacuten de los iacutendices de ajuste del avaluacuteo catastral El Gobierno Nacional de oficio o por solicitud fundamentada de los Concejos Municipales debido a especiales condiciones econoacutemicas o sociales que afecten a determinados municipios o zonas de estos podraacute aplazar la vigencia de los catastros elaborados por formacioacuten o actualizacioacuten por un periacuteodo hasta de un (1) antildeo Si subsisten las condiciones que originaron el aplazamiento procederaacute a ordenar una nueva formacioacuten o actualizacioacuten de estos catastros
En el evento de que la vigencia fiscal de los avaluacuteos elaborados por formacioacuten o actualizacioacuten de la formacioacuten fuera aplazada por el Gobierno en los teacuterminos y condiciones sentildealados en el artiacuteculo 10 de la Ley 14 de 1983 continuaraacuten vigentes los avaluacuteos anteriores y por lo tanto se seguiraacuten aplicando los iacutendices anuales de ajuste correspondientes hasta que termine el aplazamiento o se pongan en vigencia fiscal los avaluacuteos aplazados o se realice y ponga en vigencia una nueva formacioacuten o actualizacioacuten de la formacioacuten
ARTiacuteCULO 2 Adicioacutenense los Capiacutetulos 6 y 7 al Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 DISPOSICIONES ESPECiFICAS INSTITUTO GEOGRAacuteFICO AGUSTiacuteN CODAZZI IGAC del Decreto 1170 de 2015 Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica los cuales quedaraacuten asiacute
CAPiacuteTULO 6
Informacioacuten Econoacutemica Catastral
recopilaraacute la informacioacuten mercado inmobiliario del proveniente de fuentes como ofertas transacciones costos otras y el cual deberaacute articulado para tal efecto con el
Todos los Gestores Inmobiliario Catastral donde se
valor comercial de un predio a partir del estudio de recientes de bienes o comparables al del objeto
Meacutetodo de capitalizacioacuten de rentas o ingresos que busca establecer el valor un bien a partir de las o que se puedan obtener del o inmuebles semejantes o comparables trayendo a valor suma de los ingresos probables o generadas
Por el cual se parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 Y se modifica Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten
DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 19 de 22
Artiacuteculo 22261 Inmobiliario Catastrales contar con un Observatorio
Departamento Nacional de (DANE) Todo avaluacuteo comercial deberaacute estar sustentado en informacioacuten registrada en el observatorio inmobiliario catastral para lo cual se deberaacute garantizar que cualquier tipo de informacioacuten en avaluacuteo sea registrada en el observatorio anterior sin perjuicio de normas relacionadas con la proteccioacuten de datos nlr~r1n
Artiacuteculo 22262 Determinacioacuten del valor catastral de un inmueble La determinacioacuten del valor ca1tastra
(~tnlro~ Catastrales o por el Instituto inmuebles seraacute a de avaluacuteos
puntuales o masivos por Agustiacuten (IGAC)
Articulo 22263 Meacutetodos Sin perjuicio de norma especial para determinacioacuten de los avaluacuteos catastrales la estimacioacuten del valor del inmueble
los siguientes meacutetodos otros
1 Meacutetodo de comparacioacuten o de mercado Es la teacutecnica que LlU
en la vida remanente del bien objeto de avaluacuteo con una tasa de capitalizacioacuten o
3 Meacutetodo del costo de reposicioacuten Cuando sea necesario valor comercial de una construccioacuten se aplicaraacute el meacutetodo de costo consistente en establecer el valor comercial de un predio depreciacioacuten de una estimacioacuten total de una construccioacuten
4 Meacutetodo sea neces~a establecer el valor se aplicaraacute el meacutetodo residual
proyecto con el mercado del bien final
residual Cuando un cual se deriva de estimar el valor total
las ventas de un acorde con la reglamentacioacuten urbaniacutestica vigente y de ible en el
objeto de avaluacuteo
se podraacuten aplicar manera los meacutetodos descritos en presente artiacuteculo los cuales no
el ingreso al predio
Salvo lo dispuesto en normas
a
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO _ 148 DE Paacutegina 20 de 22
Artiacuteculo 22264 Estructura del NUPRE Los Gestores Catastrales para la identificacioacuten de los predios en el territorio deberaacuten adoptar el Coacutedigo Homologado de Identificacioacuten Predial con la siguiente estructura
ABC-1234-DEFH
Las tres (3) primeras letras (ABC) pertenecen al prefijo asignado por el IGAC a cada Gestor Catastral Habilitado
Los cuatro (4) diacutegitos (1234) que podraacuten tomar valores del O al 9 y las tres (3) letras siguientes (DEF) podraacuten tomar valores de las siguientes letras A B C D E F H J K L M N 0 P R S T U W X V Z Se eliminan las letras G 1 A V Ntilde con el propoacutesito de minimizar la posibilidad de error en el coacutedigo debido a la similitud con otras letras La definicioacuten de estas siete (7) posiciones asiacute como los mecanismos de generacioacuten aleatoria o secuencial y su asignacioacuten estaraacute a cargo deIIGAC
La letra final a la derecha (H) corresponde a un caraacutecter de chequeo utilizado con el objeto de poder validar la integridad del coacutedigo restante
La definicioacuten de los rangos que utilizariacutea cada ciudad y el significado de cada una de estas tres (3) posiciones estaraacute a cargo deIIGAC
CAPiacuteTULO 7
De la Inspeccioacuten Vigilancia y Control de la Gestioacuten Catastral
Artiacuteculo 22271 Inspeccioacuten Vigilancia y Control de la Gestioacuten Catastral La Superintendencia de Notariado y Registro ejerceraacute las funciones otorgadas mediante los artiacuteculos 79 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 relacionadas con la inspeccioacuten vigilancia y control del ejercicio de la gestioacuten catastral
Paraacutegrafo 1 La funcioacuten de inspeccioacuten vigilancia y control es de naturaleza administrativa y no implica ejercicio de la funcioacuten de control fiscal disciplinario o penal
Paraacutegrafo 2 En lo no contemplado en el presente capiacutetulo se aplicaraacute lo dispuesto en la Ley 1437 de 2011 o las disposiciones que la modifiquen o sustituyan
Artiacuteculo 22272 Sujetos pasivos Son sujetos pasivos de las funciones de inspeccioacuten vigilancia y control los gestores catastrales los operadores catastrales los municipios los propietarios ocupantes tenedores o poseedores titulares de derechos reales o quien tenga cualquier relacioacuten faacutectica o juriacutedica con el predio
Artiacuteculo 22~73 Funcioacuten de inspeccioacuten La inspeccioacuten consiste en la atribucioacuten de la Superintendencia de Notariado y Registro entre otras para solicitar confirmar y analizar en la forma detalle y teacuterminos que ella determine la informacioacuten que requiera
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
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DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 21 de 22148
con el objeto de establecer de manera general el cumplimiento del reacutegimen juriacutedico aplicable al servicio puacuteblico de gestioacuten catastral En ejercicio de esta funcioacuten la Superintendencia de Notariado y Registro de oficio o a peticioacuten de parte podraacute requerir informacioacuten realizar visitas instruir y orientar en la manera en que se debe cumplir e interpretar el reacutegimen juriacutedico aplicable a la gestioacuten catastral
Artiacuteculo 22274 Funcioacuten de vigilancia La vigilancia consiste en la atribucioacuten de la Superintendencia de Notariado y Registro para velar que de manera puntual los sujetos pasivos en desarrollo de sus funciones y obligaciones se ajusten a lo dispuesto en el ordenamiento juriacutedico i
~~ t~ lt
La vigilanyia estaacute retrida a funcion~~ de advertencia prevencioacuten y orientacioacuten encamin~das eacutel q~11~ rf~a9~On~S~~ ~ iuj~tos pasivo~ se ajusten a la norm~tividad i ~ IOque los rigen para to q~1 Ia Supeqnt~nd~cla de Notariado y Registro tendra entre otras las~tri~UqL9n~s ~~ tnsfruir o(ientaacuteC requerir ordenar establecer planes de mejoramiento practicaacuter visitasl~ r~visioacuteries y demaacutes pruebas que determine conducentes pertinefltes y uacutetiles
Artiacuteculo 22275 Funcioacuten de control El control consiste en las atribuciones de la Superintendencia de Notariado y Registro tendientes a evitar superar y sancionar los efectos de la comisioacuten de infracciones al reacutegimen catastral para lo cual entre otras cosas podraacute ordenar la adopcioacuten de medidas preventivas correctivas y conforme con los artiacuteculos 81 y 82 de la Ley 1955 de 2019 o la que la modifique o sustituya y a la Ley 1437 de 2011 de oficio o a peticioacuten de parte y en ejercicio de la potestad sancionatoria adelantar procedimientos administrativos sancionatorios en contra de los sujetos pasivos cuando se determine el meacuterito para ello
Artiacuteculo 22276 Medidas preventivas Sin perjuicio de las sanciones a que haya lugar cuando resulten necesarias la Superintendencia de Notariado y Registro podraacute imponer medidas preventivas para evitar de manera transitoria la continuacioacuten de la ocurrencia de un hecho la realizacioacuten de una actividad o la existencia de una situacioacuten que presuntamente atente contra el reacutegimen catastral
Artiacuteculo 22277 Potestad sancionatoria La Superintendencia de Notariado y Registro tendraacute la potestad de sancionar a los gestores y operadores del servicio puacuteblico de catastro por la incursioacuten en alguna de las infracciones previstas entre los numerales 1 al13 del artiacuteculo 81 de la Ley 1955 de 2019 o la norma que la modifique o sustituya
Por su parte de las obligaciones establecidas en el inciso primero del artiacuteculo 81 de la Ley 1955 de 2019 la Superintendencia de Notariado y Registro podraacute sancionar a propietarios ocupantes tenedores o poseedores titulares de derechos reales o quien tenga cualquier relacioacuten faacutectica o juriacutedica con el predio por incurrir en las conductas de que trata la norma citada
Artiacuteculo 22278 Procedimiento El procedimiento sancionatorio se adelantaraacute conforme con lo establecido en la Ley 1437 de 2011
Por el cual se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO-_- ~ 148 DE Paacutegina 22 de 22
ARTiacuteCULO 3 Vigencia y Derogatoria El presente Decreto entra en vigencia a partir de su publicacioacuten y deroga las normas que le sean contrarias en especial el Decreto 1227 de 1908 el Decreto 2275 de 1941 el Decreto 3496 de 1983 compilado en el Decreto 1170 de 2015 el paraacutegrafo 2 del artiacuteculo 222312 el artiacuteculo 222313 el paraacutegrafo 2 del artiacuteculo 222316 el artiacuteculo 222321 y el artiacuteculo 222324 del Decreto 1170 de 2015
PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE -4 FES 2020 Dado en Bogotaacute DC a los
LA MINISTRA DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
EL MINISTRO DE AGRICULTURA y DESARROLLO URAL
CIA PINZOacuteN
EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADiacuteSTICA
148 Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO 148 DE Paacutegina 3 de 22
Acta de colindancia Es el documento mediante el cual los propietarios en virtud del principio de autonomiacutea de la voluntad y de conformidad con el procedimiento de rectificacioacuten de linderos por acuerdo entre las partes definen la liacutenea de divisioacuten entre sus inmuebles en los casos en que su colindancia presente diferencias entre la informacioacuten levantada en terreno y la que reposa en los tiacutetulos registrales El Acta que se suscriba debe ser firmada por las partes
Avaluacuteo catastral Es el valor de un predio resultante de un ejercicio teacutecnico que en ninguacuten caso podraacute ser inferior al 60 del valor comercial o superar el valor de este uacuteltimo Para su determinacioacuten no seraacute necesario calcular de manera separada el valor del suelo y el de la construccioacuten
Avaluacuteo comercial Es el precio maacutes probable por el cual un predio se transariacutea en un mercado en donde el comprador y el vendedor actuariacutean libremente con el conocimiento de las condiciones fiacutesicas y juriacutedicas que afectan el bien Para su determinacioacuten no seraacute necesario calcular de manera separada el valor del suelo y el de la construccioacuten
Capa no parcelaria Corresponde a la informacioacuten complementaria a la catastral que excede la relacioacuten catastro-registro en el aacutembito de la administracioacuten del territorio de fuente oficial emanada por la entidad puacuteblica que tiene la potestad legal para administrar dicho dato la cual deberaacute ser interoperable con la informacioacuten catastroshyregistro
Catastro Es el inventario o censo de los bienes inmuebles localizados en el territorio nacional de dominio puacuteblico o privado independiente de su tipo de tenencia el cual debe estar actualizado y clasificado con el fin de lograr su identificacioacuten fiacutesica juriacutedica y econoacutemica con base en criterios teacutecnicos y objetivos
Catastro con enfoque multipropoacutesito Es aquel en el que la informacioacuten que se genere a partir de su implementacioacuten debe servir como un insumo fundamental en la formulacioacuten e implementacioacuten de diversas poliacuteticas puacuteblicas contribuyendo a brindar una mayor seguridad juriacutedica la eficiencia del mercado inmobiliario el desarrollo y el ordenamiento territorial integrada con el registro puacuteblico de la propiedad inmueble digital e interoperable con otros sistemas de informacioacuten del territorio y que provea instrumentos para una mejor asignacioacuten de los recursos puacuteblicos y el fortalecimiento fiscal de los territorios
Descripcioacuten insuficiente o limitada Se refiere a la informacioacuten poco detallada o poco especifica en los tiacutetulos inscritos en el registro de instrumentos puacuteblicos que no permite la certera y precisa ubicacioacuten del inmueble en el territorio o que afecta el adecuado levantamiento de sus linderos y la determinacioacuten de su forma y aacuterea
Descripcioacuten inexistente Se refiere a la ausencia en los tiacutetulos inscritos en el registro de instrumentos puacuteblicos de la informacioacuten relacionada con los linderos la determinacioacuten de la forma o el aacuterea
Lindero Liacutenea de divisioacuten que separa un bien inmueble de otro que puede o no estar materializada fiacutesicamente
Por el cual se reglamentan parcialmente arliacuteculos 79 80 81 Y 82 la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de
Por medio cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
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Linderos arcifinios Liacutenea de divisioacuten entre bienes que ha sido establecida a partir de elementos geograacuteficos naturales tales como quebradas bordes riacuteos liacuteneas entre otros
Linderos debida y teacutecnicamente descritos Son aquellos permiten la plena identificacioacuten espacial y geograacutefica del predio a partir de la descripcioacuten la totalidad del mismo haciendo posible su representacioacuten graacutefica conforme los lineamientos de la autoridad catastral
Medidas costumbristas Son las medidas usadas tradicionalmente tecnologiacutea ni mecanismos estandarizados de medicioacuten que no corresponden a una unidad del Sistema Meacutetrico Decimal como la caballeriacutea la cabuyada el tabaco 01101
Mutacioacuten catastral los cambios que se presentan en componentes fiacutesico juriacutedico o econoacutemico de un predio
Nuacutemero Uacutenico Predial NUPRE un coacutedigo uacutenico para identificar los inmuebles tanto en los sistemas de informacioacuten catastral como registra El NUPRE no implicaraacute supresioacuten de la numeracioacuten catastral ni registral asociada a la ceacutedula catastral ni a la matriacutecula inmobiliaria actual
Servicio puacuteblico de la gestioacuten catastral La gestioacuten catastral es un servicio puacuteblico que comprende el conjunto de operaciones teacutecnicas y administrativas necesarias para el desarrollo adecuado de los procesos formacioacuten actualizacioacuten conservacioacuten y difusioacuten la informacioacuten catastral por medio los cuales se logra la identificacioacuten y mantenimiento permanente la informacioacuten fiacutesica juriacutedica y econoacutemica de los inmuebles del paiacutes La gestioacuten tiene impliacutecito el multipropoacutesito el cual contribuye en la conformacioacuten un catastral integral completo actualizado confiable consistente con registro la propiedad inmueble digital e interoperable con otros sistemas de informacioacuten del territorio
Sistema Nacional de Informacioacuten Catastral - SINIC un instrumento para la gestioacuten de la informacioacuten catastral el cual es interoperable con otros sistemas de informacioacuten acuerdo con los criterios que el efecto defina la autoridad reguladora
Tipologiacuteas constructivas la clasificacioacuten o categorizacioacuten de caracteriacutesticas para cuales fueron creadas las construcciones yo edificaciones que comprende la estructura acabados altura y los muros otros
Artiacuteculo 22212 Principios de la gestioacuten catastral Ademaacutes de los principios de la funcioacuten administrativa ejercicio y la regulacioacuten de la gestioacuten catastral se orientaraacuten por siguientes principios
a) Calidad La gestioacuten catastral deberaacute realizarse bajo los rigurosidad que esteacuten dirigidos a que la prestacioacuten del servicio satisfaga necesidades de los usuarios de manera continua ininterrumpida y eficiente
i) y
Por el cual se reglamentan artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 2019 Y se modifica el Tiacutetulo 2 de 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
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Eficiencia Los gestores y tnorltlrIrocgt fltltltlcgttlr
procesos y procedimientos posible y buscando cumplir
al menor costo Ir1 puacuteblico catastral
b)
c) Progresividad El enfoque multipropoacutesito puacuteblico catastral se haraacute de manera gradual y progresiva disponibilidad fiscal y el principio de sostenibilidad
d) Libre competencia autoridades velaraacuten por la concurrencia de muacuteltiples gestores y operadores en la prestacioacuten del servicio catastral
Seguridad juriacutedica La inscripcioacuten en no constituye tiacutetulo de dominio no sanea los vicios de la propiedad o tradicioacuten y no puede alegarse como excepcioacuten contra el que pretendatener mejor derecho a la propiedad o posesioacuten del predio
f) Apertura tecnoloacutegica Se garantiza la del
la tecnologiacutea maacutes apropiada y adecuada para cumplir los servicio puacuteblico catastral siempre y cuando se sigan interoperabilidad adoptados por la autoridad reguladora
g) Integralidad La informacioacuten catastral estaraacute totalidadcomprendiendo
y Puacuteblicos
con estaacutendares teacutecnicos uacutenicos para todo el del territorio nacional describiendo la situacioacuten los predios y reflejando la informacioacuten juriacutedica del Registro
multipropoacutesito el Nacional Catastral Multipropoacutesito una
en amplia y efectiva
participacioacuten de las comunidades y
h) Participacioacuten ciudadana En el proceso
la generacioacuten mantenimiento y uso de la informacioacuten
uso de la informacioacuten La informacioacuten catastral en sus nrontoC fiacutesico juriacutedico y econoacutemico es puacuteblica y a disposicioacuten de los
Gestores Catastrales promoveraacuten difusioacuten acceso y uso de catastral
j) Sostenibilidad La gestioacuten catastral propenderaacute por productiva en el transcurso del tiempo bajo criterios de optimizacioacuten recursos que no comprometan fiscalmente la satisfaccioacuten de futuras de los ciudadanos el aprovechamiento sostenible de los recursos y la administracioacuten del territorio
Objetivos de la gestioacuten catastral
mismo de forma
como objetivo esencial garantizar la calidad inmuebles del paiacutes buscando una cobertura del
permanente continua e ciudadano con propoacutesito de servir de insumo en la formulacioacuten e
2
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 201
uPor medio se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Administrativo de Estadiacutestica
crorn
148 22DECRETO
poliacuteticas pliblicas y brindar seguridad juriacutedica a la relacioacuten de los con los bienes raiacuteces en territorio nacional
Artiacuteculo 22214 Prestacioacuten del servicio de la gestioacuten catastral los teacuterminos del artiacuteculo 1955 de 2019 los responsables de la prestacioacuten del servicio puacuteblico catastral son Instituto Geograacutefico Agustiacuten Codazzi (IGAC) y los Gestores directamente o a de los operadores
En todo Instituto Geograacutefico Agustiacuten (IGAC) autoridad catastral del servicio puacuteblico gestioacuten catastral y la competencia como autoridad reguladora Asiacute mismo prestador de manera excepcional en ausencia de Catastrales habilitados es decir en los municipios donde no se encuentre prestando el servicio otro ocTflr Catastral o en los casos en sea contratado directamente
Artiacuteculo 22215 Intervinientes en la gestioacuten catastral del servicio puacuteblico catastral son intervinientes los
1 usuarios del servicio puacuteblico de gestioacuten catastral Son todas las naturales o derecho puacuteblico o
de la gestioacuten (~t~ctlr~ que hagan uso de
la informacioacuten resultante
Instituto Geograacutefico Agustiacuten Codazzi (IGAC) la maxlma autoridad del paiacutes encargado la funcioacuten reguladora y en materia de
catastral agrologiacutea cartografiacutea geografiacutea y ge()ae~Sla a nivel nacional El IGAC tendraacute la funcioacuten verificar las condiciones para la habilitacioacuten como
Catastrales y la habilitacioacuten
gestores Son las entidades puacuteblicas del orden nacional o territorial asiacute como esquemas asociativos hayan sido habilitadas por el Instituto Geograacutefico
reglamentacioacuten para tal efecto como igual manera se consideran gestores catastrales catastros y delegados titulares la gestioacuten catastral mismo Agencia Nacional en los teacuterminos 2019 Los gestores catastrales independientemente de su jurisdiccioacuten podraacuten prestar el servicio puacuteblico catastral en cualquier del territorio nacional
4 Los operadores catastrales Son las personas juriacutedicas de derecho puacuteblico o privado que mediante contrato suscrito con uno o varios gestores i-ishydesarrollan que sirven insumo para adelantar los procesos de formacioacuten y catastral asiacute como los procedimientos del enfoque catastral que conforme a la regulacioacuten que para el Gobierno
sean
requisitos de idoneidad y las condiciones contratacioacuten de catastrales sentildealados por las normas regulen la materia
entidades territoriales Codazzi (IGAC)
IGAC por ex(etCICln
es gestor (alracmiddottr~1
artiacuteculo 80 de la Ley 1
la Gestioacuten Catastral
Por el cual se parcialmente los 1955 de 2019 y se modifica Tiacutetulo 2 de la 2 2 del de 2015
Por medio del cual se expide el Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
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5 La Superintendencia de Notariado y (SNR) Es la que ejerce las funciones la inspeccioacuten vigilancia y control al ejercicio de la ge~mo catastral en virtud de lo dispuesto en los artiacuteculos 7981 Y 82 de la Ley 1 2019
6 Municipios autoacutenomos para como catastrales o contratar a un catastral incluido como prestador por excepcioacuten conforme a principios de coordinacioacuten concurrencia y subsidiariedad
Artiacuteculo 22216 Obligaciones generales de los gestores catastrales gestores catastrales tendraacuten siguientes obligaciones
a) Prestar el servicio en forma continua y eficiente garantizando recursos fiacutesicos tecnoloacutegicos y organizacionales prestacioacuten servicio puacuteblico catastral
b) Prestar el servicio puacuteblico catastral en municipios para sea contratado Garantizar la calidad veracidad e integridad la informacioacuten catastral en sus componentes fiacutesico juridico y econoacutemico perjuicio de las asignadas a la Nacional de (ANT)
d) Suministrar permanentemente la informacioacuten catastral en el Sistema Nacional de Informacioacuten -SINIC de manera oportuna completa confiable conforme a los mecanismos definidos por la autoridad Garantizar la actualizacioacuten permanente base interoperabilidad informacioacuten que se con el Sistema Nacional de Informacioacuten - SINIC o la herramienta tecnoloacutegica que haga sus veces
f) Informar a SINIC al IGAC y a SNR inicio de sus actividades y modificaciones en su aacuterea de operacioacuten para que esas autoridades puedan cumplir sus funciones
g) Dar cumplimiento plan con que se habilitoacute ejercer el servicio puacuteblico h) Cumplir con la normatividad que regula la prestacioacuten del servicio i) Verificar los idoneidad los operadores
conformidad con lo por el Gobierno Nacional j Reportar a traveacutes IC los operadores con los
actividades insumo para los procesos formacioacuten actualizacioacuten y catastral asiacute como los procedimientos del enfoque catastral multipropoacutesito que sean adoptados
k) demaacutes previstas en este decreto y normas concordantes y complementarias
y
y la
Articulo 22217 Instancia Teacutecnica Asesora Catastral Creacuteese el Comiteacute Asesor para la
la Regulacioacuten de Catastral como
de las en ejercicio de sus
Tormiddot rmiddot asesora que tiene como objetivo garantizar regulacioacuten de la gestioacuten presente el
composicioacuten Teacutecnico Asesor
Director del Departamento Administrativo Nacional de Estadiacutestica (DANE) que presidiraacute
1
se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y de la Ley 1955 y se modifica el Tiacutetulo 2 2 del Libro 2 del 1170 de 2015
medio del cual se Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo Informacioacuten Estadiacutestica
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2 El Director Teacutecnico Notariado y Registro o su
Geoestadiacutestica del
o el Superintendente Delegado de Tierras la Superintendencia de nivel asesor El Director Teacutecnico o su delegado nivel asesor Dos (2) expertos internacionales Dos (2) expertos
Paraacutegrafo 1 El DANE mediante acto administrativo los criterios de seleccioacuten los miembros rriexcl~ e internacionales y el procedimiento para efectuar
escogencia
Paraacutegrafo
iCttlIICt
labor exclusiva 2 La del Comiteacute Teacutecnico 1ltlI~iexclltlIV para la Gestioacuten
una Direccioacuten Teacutecnica Geoestadiacutestica del dispondraacute los medios y operativos nelce~)arIOS realizar esta actividad
Paraacutegrafo 3 El Comiteacute Asesor para la Catastral deberaacute convocarse dentro de los seis (6) meses siguientes a la expedicioacuten de este decreto periodo en
IGAC podraacute desarrollar su funcioacuten de regulacioacuten sin esta instancia
Artiacuteculo 2221 runCOllles del Comiteacute Comiteacute Teacutecnico Asesor para la Gestioacuten Catastral tendraacute las funciones
1 Velar por idoneidad de la regulacioacuten bajo la responsabilidad del IGAC med el estudio de las presentadas por Recomendar ajuste de las propuestas de regulacioacuten IGAC en desarrollo de sus funciones legalES
3 Emitir concepto favorable o desfavorable a las iniciativas regulacioacuten por IGAC en relacioacuten con la concordancia de la propuesta y el
marco general establecido en reglamentacioacuten del Nacional Adicionalmente este concepto fundarse en teacutecnico que
Comiteacute 4 sobre el uso de insumas cartograacuteficos que por fuera de
los temporalidad y especificaciones teacutecnicas definidas por la autoridad reguladora
5 Las establecidas en del Comiteacute
Artiacuteculo 22219 Reglamento El Teacutecnico Asesor para Catastral deberaacute definir su propio reglamento
Paraacutegrafo reglamento definiraacute periodicidad de las ordinarias y extraordinarias del Comiteacute Teacutecnico au para la Gestioacuten asiacute como los medios Sin embargo deberaacute reunirse como miacutenimo una vez al antildeo
por
cual se reglamentan parciamente los artiacuteculos 80 81 Y 82 de a Ley 1955 Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 1170 de 2015
cual se expide el Decreto Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten
148DECRETO NUacute DE Paacutegina 9 de 22
CAPiacuteTULO 2
Procedimientos de Enfoque Multipropoacutesito
Artiacuteculo 22221 Informacioacuten catastral Corresponde a juriacutedicas y los bienes inmuebles Dicha catastral y deberaacute ser reportada por los gestores en Informacioacuten SINIC o en la herramienta tecnoloacutegica haga sus veces de acuerdo con y especificaciones teacutecnicas definidas por la autoridad reguladora
La informacioacuten crlIr~ reflejar la realidad fiacutesica inmuebles sin importar la titularidad sobre el bien
a) Informacioacuten Corresponde a la representacioacuten la identificacioacuten cabida los linderos y las construcciones un inmueble La identificacioacuten no implica necesariamente el reconocimiento linderos del predio in situ
b) Informacioacuten Identificacioacuten de la relacioacuten juriacutedica el sujeto activo sea el propietario el inmueble Esta ITICeacuteiCICm juriacutedica no constituye la propiedad
c) Informacioacuten tlAUnlII nnIH1c al valor o avaluacuteo inmueble El avaluacuteo catastr l~rIr relacioacuten con los valores de
Paraacutegrafo informacioacuten comprende los bienes inmuebles privados fiscales baldiacuteos patrimoniales y uso puacuteblico
Artiacuteculo 22222 Procesos de la gestioacuten catastral La gestioacuten los procesos de formacioacuten actualizacioacuten conservacioacuten y difusioacuten catastral asiacute como los procedimientos de enfoque multipropoacutesito
a) Proceso de formacioacuten el conjunto de actividades identificar por primera informacioacuten catastral en la totalidad que conforman territorio o en parte de eacutel
b) Proceso de actualizacioacuten catastral Conjunto de actividades a identificar incorporar o los cambios o inconsistencias en informacioacuten catastral durante un determinado Para la actualizacioacuten pod emplearse mecanismos de intervencioacuten en el territorio como meacutetodos directos declarativos y colaborativos asiacute como uso e integracioacuten de informacioacuten que den cuenta de los entre la base y de los inmuebles En ninguacuten actualizar la informacioacuten un geograacutefica seraacute obligatorio levantamiento catastral en totalidad de inmuebles
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO 148 DE Paacutegina 10 de 22
c) Proceso de conservacioacuten catastral Es el conjunto de acciones tendientes a mantener vigente la base catastral de forma permanente mediante la incorporacioacuten de los cambios que sufra la informacioacuten de un bien inmueble La conservacioacuten catastral podraacute realizarse a solicitud de parte o de oficio para lo cual los gestores catastrales deberaacuten adoptar los mecanismos de interoperabilidad con las demaacutes entidades productoras de informacioacuten oficial
d) Proceso de difusioacuten catastral Son las actividades tendientes al uso disposicioacuten y acceso a la informacioacuten catastral asiacute como la generacioacuten de insumos que contribuyan a la planeacioacuten y gestioacuten de los territorios En todo caso se deberaacute garantizar la proteccioacuten y custodia de la informacioacuten conforme a las disposiciones de proteccioacuten de datos
Paraacutegrafo Una vez finalizado el proceso de actualizacioacuten el gestor catastral deberaacute implementar estrategias que permitan el mantenimiento permanente del catastro incorporando las variaciones puntuales o masivas de las caracteriacutesticas fiacutesicas juriacutedicas o econoacutemicas de los predios en la base catastral
Artiacuteculo 22223 Aplicacioacuten del enfoque multipropoacutesito Los gestores catastrales en el desarrollo de los procesos de formacioacuten actualizacioacuten conservacioacuten y difusioacuten deberaacuten seguir los procedimientos de enfoque multipropoacutesito
Artiacuteculo 22224 Procedimientos del enfoque multipropoacutesito Se consideraraacuten procedimientos de enfoque multipropoacutesito al menos los siguientes
1 El barrido predial masivo 2 Integracioacuten con el registro 3 Incorporacioacuten de datos de informalidad en la propiedad 4 Actualizacioacuten permanente e integridad de los traacutemites inmobiliarios 5 Interoperabilidad e integracioacuten de capas no parcelarias 6 Servicios digitales 7 Innovacioacuten y evolucioacuten continua
Paraacutegrafo 1 La adopcioacuten de estos procedimientos por parte de los gestores catastrales podraacute hacerse de forma gradual seguacuten las condiciones y capacidades de los territorios asiacute como la disponibilidad de informacioacuten necesaria
Paraacutegrafo 2 Los gestores catastrales podraacuten adoptar los meacutetodos teacutecnicos que consideren para la ejecucioacuten de las labores catastrales siempre y cuando garanticen que se refleje la realidad de los predios y se cumplan las especificaciones teacutecnicas de los productos definidos por el IGAC
Artiacuteculo 22225 Barrido predial masivo Es el conjunto de estrategias actividades y acciones orientadas a conseguir la identificacioacuten de las caracteriacutesticas fiacutesicas juriacutedicas y econoacutemicas de los predios sobre un territorio determinado El barrido predial masivo comprende diferentes maneras de intervencioacuten en el territorio incluyendo entre otros meacutetodos directos e indirectos de captura de informacioacuten esquemas colaborativos uso de registros administrativos modelos geoestadiacutesticos y economeacutetricos y demaacutes procedimientos teacutecnicos herramientas tecnoloacutegicas e instrumentos de participacioacuten
1170 Por el cual se reglamentan parcialmente artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la 2 del 2 del 2015
Por del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Administrativo Informacioacuten Estadiacutestica
1DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 11 22
comunitaria con enfoque territorial como el uso otras fuentes de informacioacuten territorio que permitan obtener datos para establecer la liacutenea base de informacioacuten catastral multipropoacutesito en un municipio igual que para su mantenimiento y actualizacioacuten permanente productos derivados de actividades de barrido predial masivo deberaacuten cumplir con las especificaciones teacutecnicas definidas por la autoridad reguladora
Articulo 22226 Meacutetodos de recoleccioacuten de informacioacuten Los catastra les podraacuten adelantarse mediante la combinacioacuten de los siguientes meacutetodos
a) Meacutetodos directos Aquellos que requieren una visita campo con el fin de recolectar la realidad de los bienes inmuebles
b) Meacutetodos indirectos aquellos meacutetodos identificacioacuten fiacutesica juriacutedica y econoacutemica de los inmuebles a traveacutes del uso de de sensores remotos integracioacuten registros administrativos modelos iacutesticos y economeacutetricos anaacutelisis de Big Data y fuentes secundarias como observatorios inmobiliarios su posterior incorporacioacuten en la base catastral
c) Meacutetodos declarativos y colaborativos Son los derivados participacioacuten de la comunidad en el suministro de informacioacuten que sirva como insumo para el desarrollo de los procesos catastrales Los gestores catastrales propenderaacuten por la adopcioacuten nuevas tecnologiacuteas y procesos comunitarios que faciliten la participacioacuten los ciudadanos
Paraacutegrafo 1 procesos barrido predial masivo los catastrales seraacuten los encargados de definir la adecuada combinacioacuten de los meacutetodos de intervencioacuten teniendo en cuenta condiciones propias de sus territorios y la disponibilidad fuentes secundarias informacioacuten conforme a especificaciones miacutenimas establecidas por autoridad reguladora
Paraacutegrafo 2 Los meacutetodos declarativos y colaborativos podraacuten emplearse para el mantenimiento permanente la informacioacuten Catastral
Artiacuteculo 22227 Declaracioacuten la informacioacuten catastral Cualquier persona podraacute informar ante el catastral competente de forma presencial o a de los canales dispuestos para tal fin la informacioacuten correspondiente a la realidad fiacutesica juriacutedica yo econoacutemica sus predios con el propoacutesito de eliminar cualquier disparidad
la realidad del predio y la informacioacuten catastral
Artiacuteculo 22228 Inscripcioacuten o incorporacioacuten catastral informacioacuten catastral resultado de los procesos de formacioacuten actualizacioacuten o conservacioacuten se inscribiraacute o incorporaraacute en la base catastral con la del acto administrativo que lo ordena
Paraacutegrafo inscripcioacuten en el catastro no constituye tiacutetulo de dominio ni sanea los vicios de propiedad o la tradicioacuten y no puede alegarse como excepcioacuten contra que pretenda tener mejor derecho a la propiedad o posesioacuten del predio
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO 148 DE Paacutegina 12 de 22
Artiacuteculo 22229 Inscripcioacuten de posesiones y ocupaciones El gestor catastral competente deberaacute inscribir en la base catastral a la persona que acredite la calidad de propietario y tambieacuten inscribiraacute la presencia de ocupantes o poseedores sin necesidad de calificar la naturaleza juriacutedica del predio Si se verifica previamente que el predio le pertenece a la Nacioacuten yo a la entidad territorial se inscribiraacute como ocupante Si se desconoce el propietario yo poseedor de un predio se inscribiraacute como vacante para efectos catastrales
Artiacuteculo 222210 Actualizacioacuten permanente Los gestores catastrales deberaacuten implementar mecanismos de observacioacuten dinaacutemica y continua del territorio que den cuenta de las variaciones en la informacioacuten catastral frente a la realidad del mismo Para tal efecto podraacuten crear observatorios inmobiliarios implementar meacutetodos de valuacioacuten basados en modelos economeacutetricos y geoestadiacutesticos integrar registros administrativos aplicar esquemas colaborativos entre otros lo anterior con el fin de incorporar las variaciones puntuales o masivas de los inmuebles en la base catastral
Artiacuteculo 222211 Integridad de los traacutemites inmobiliarios con impacto catastral Las entidades puacuteblicas o particulares que ejerzan funciones puacuteblicas encargadas de adelantar traacutemites que impliquen una actuacioacuten catastral deberaacuten implementar de manera articulada con los gestores catastrales competentes mecanismos de interoperabilidad que permitan la atencioacuten integral al usuario
Artiacuteculo 222212 Interoperabilidad e integracioacuten de capas no parcelarias Las autoridades competentes para emitir la informacioacuten asociada a derechos restricciones y responsabilidades de los predios deberaacuten disponer y suministrar dicha informacioacuten de forma estandarizada con el fin de interoperar con las bases catastrales El IGAC estableceraacute los protocolos de interoperabilidad pertinencia y datos complementarios
Artiacuteculo 222213 Servicios digitales Los gestores catastrales deberaacuten disponer mecanismos digitales para el acceso a traacutemites simplificados y consultas sobre la informacioacuten incorporada en las bases catastrales garantizando la proteccioacuten de datos personales establecida en las Leyes 1581 de 2012 y 1712 de 2014
Paraacutegrafo Los traacutemites catastrales notariales y registrales se atenderaacuten conjuntamente a traveacutes de una ventanilla integrada de servicio de conformidad con la regulacioacuten que se expida por las entidades competentes
Artiacuteculo 222214 Innovacioacuten y evolucioacuten continua Los gestores catastrales deberaacuten definir mecanismos transformadores para facilitar los traacutemites reducir los costos incentivar la competitividad y desarrollar servicios de alta calidad para el uso y acceso de la informacioacuten catastral
Artiacuteculo 222215 Integracioacuten con el registro Los gestores catastrales en coordinacioacuten con las Oficinas de Registro de Instrumentos Puacuteblicos deberaacuten adelantar los esfuerzos necesarios tendientes a la integracioacuten de la informacioacuten catastral y registral y en especial a unificar la informacioacuten asociada a linderos y aacutereas de forma gradual Igualmente generaraacuten los mecanismos para la integracioacuten de los sistemas de informacioacuten de las entidades
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y de la Ley 1955 de 2019 y se modifica Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
148DECRETO NUacuteMERO DE 13 de 22
La unificacioacuten de linderos y con registro se a traveacutes de los procesos de actualizacioacuten cabida y linderos con actualizacioacuten de linderos con efectos de aacuterea por determinacioacuten con efectos registra les linderos por acuerdo las con efectos registrales actas de traacutemite de inclusioacuten en el campo descripcioacuten de cabida y linderos del dato yo linderos en los folios de matriacutecula inmobiliaria que carezcan de esta informacioacuten y demaacutes que definan las autoridades competentes
Paraacutegrafo Sin perjuicio de lo anterior las bases catastrales incorporar los predios privados puacuteblicos baldiacuteos bienes de uso puacuteblico entre con o sin derecl10s reales principales o accesorios registrados aun no se encuentren inscritos en el registro instrumentos puacuteblicos
Artiacuteculo 222216 Procedimientos catastrales con consideraraacute como procedimientos
y yo linderos Estos procedimientos
las
con efectos actualizacioacuten de linderos aacuterea por imprecisa iexclnacioacuten actualizacioacuten masiva y puntual rectificacioacuten de linderos por acuerdo entre las partes e inclusioacuten acatados por los gestores catastrales oficinas de registro instrumentos puacuteblicos del paiacutes y podraacuten ser aplicados durante los procesos formacioacuten actualizacioacuten y conservacioacuten
procedimientos anteriormente enunciados no limitan la libre comercializacioacuten de los inmuebles por cuanto es viable la facultad de disposicioacuten
mismos con base en los datos de y linderos que los identifican y que en los tiacutetulos antecedentes que origen juriacutedico
Artiacuteculo 222217 Actualizacioacuten linderos con efectos registrales El gestor competente de oficio o a solicitud
con J1JLIAtu
rorT yo indirectos sin variacioacuten o cuando
sus
sean verificables mediante meacutetodos variacioacuten o diferencia se encuentre por la maacutexima autoridad catastral
teacutecnica de los linderos llevaraacute a r-orToII del aacuterea
titular del derecho de dominio o las entidades puacuteblicas que funciones legales administran inmuebles propios o ajenos podraacuten mediante la descripcioacuten
de linderos de bienes
los maacutergenes de tolerancia
de llevar a cabo la actualizacioacuten gestor catastral emitiraacute el acto administrativo sujeto a registro que resuelva actualizacioacuten de linderos incluida la
del aacuterea si a ello hubiere lugar procedimiento aplicable en el artiacuteculo no es excluyente con el procedimiento d para la linderos por acuerdo entre las partes respecto uacuten mismo inmueble
rectificacioacuten
traacutemite no aplicaraacute cuando la definicioacuten linderos se haya dado en un proceso de deslinde y amojonamiento o de tierras
Artiacuteculo 222218 Rectificacioacuten por imprecisa determinacioacuten con efectos registrales rectificacioacuten de en el sistema yo registraI procederaacute ante
catastral oficio o a solicitud del titular del derecho de dominio o puacuteblicas que con ocasioacuten sus funciones legales administran
el
que y
Por el cual se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y 82 la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la 2 del Libro 2 del Decreto 1170 2015
liPor medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
14 de 22 DECRETO NUacuteMERO 148
inmuebles propios o cuando los linderos debida y teacutecnicamente descritos sean verificables meacutetodos directos ylo indirectos sin variacioacuten que a lo largo de la tradicioacuten bien inmueble el eacuteste no haya sido determinada adecuadamente o cuando la variacioacuten o se encuentre de los maacutergenes de tolerancia establecidos por la maacutexima autoridad catastral
A efectos de llevar a la rectificacioacuten el non
del bien inmueble competente expediraacute el
administrativo a registro que
Artiacuteculo 222219 Rectificacioacuten de linderos por acuerdo entre las partes con registraes rectificacioacuten de linderos en el sistema catastral y registral
procederaacute de oficio o a solicitud de parte ante el gestor catastral siempre y cuando se haya suscrito acta colindancia con pleno entre los compartan uno o varios linderos pero se diferencias de entre la verificacioacuten mediante meacutetodos directos ylo indirectos y la informacioacuten
matriacutecula inmobiliaria rectificacioacuten de todos linderos puede llevar a aacuterea del inmueble
Cuando el gestor o la entidad puacuteblica respectiva identifique o tenga de de terceros que puedan verse afectados por los
ne
37 de la Ley 1437 de la actuacioacuten administrativa efectuaraacute comunicaciones en el
2011
rectificacioacuten de linderos y aacutereas procederaacute cuando los linderos
1 Sean arcifinios no verificables en terreno Sean arcifinios en terreno con variacioacuten respecto lo consignado en los tiacutetulos registrados
3 Esteacuten expresados en costumbristas no verificables en terreno 4 Contengan o limitadas en tiacutetulos
registrados Esteacuten teacutecnicamente definidos pero sobre los mismos haya superposicioacuten o Se presenten entre los linderos contenidos en los tiacutetulos y verificados mediante meacutetodos directos ylo indirectos
Paraacutegrafo 1 No se requeriraacute entre las partes cuando la variacioacuten o se encuentre dentro de maacutergenes de establecidos por
en la
autoridad catastral conforme lo por decreto caso aplicaraacuten los procedimientos actualizacioacuten de o rectificacioacuten de por
rOiIltI determinacioacuten sea el caso
2 No es necesaria suscripcioacuten de actas colindancia sobre bien inmueble no presenten discrepancia alguna entredel
y su verificacioacuten meacutetodos directos ylo indirectos Procederaacuten los acuerdos parciales es decir suscribir un acta sobre uno o varios linderos con un colindante ylo varias actas por nrrlin
los
Paraacutegrafo 3 En aquellos casos en los cuales existan entre la informacioacuten recabada mediante meacutetodos yo indirectos y lo consignado en los tiacutetulos
preclslon para
(ANT) podraacute con
cualquier que otro
la
Por se reglamentan
del cual se LJvrcruiexcl
Administrativo
los articulos 79 80 1170 de 2015
81 Y Ley 1955 2019 Y se modifica el Tiacutetulo 2 2 del Libro 2 del
10l0r Reglamentario Uacutenico Sector Informacioacuten Estadiacutestica
148NUacuteMERO 1S de 22
registrados y no se logre pleno por viacutea administrativa artiacuteculo
agotarse el proceso jud de deslinde y amojonamiento conforme con y siguientes del General del Proceso o los lo modifiquen o sustituyan
Paraacutegrafo 4 Siempre que evidencie que alguno los predios involucrados en traacutemite podriacutea ser considerado como baldiacuteo no procederaacute la
linderos por acuerdo partes Sin embargo o herramienta que haga sus veces la informacioacuten que dicha cual serviraacute de insumo a la ANT para que adopte medidas a que haya
lugar
Paraacutegrafo S el caso en que alguno los predios involucrados en traacutemite sea considerado bien de uso puacuteblico no la rectificacioacuten de por acuerdo entre las con efectos registrales sin perJuIcIo incorporacioacuten de la informacioacuten levante el gestor SINIC o la herramienta que haga sus veces caso la entidad expedir una con la
lindero del bien de uso puacuteblico Dicha certificacioacuten acompantildear la procesos de rectificacioacuten por imprecisa determinacioacuten con
actualizacioacuten de con efectos registrales e inclusioacuten del
ARTiacuteCULO Gestioacuten catastral a de la Agencia Nacional de Tierras (ANT) Agencia Nacional de (ANT) en su calidad levantaraacute los componentes fiacutesico y juriacutedico catastro necesarios para
de ae~gt[Qr
ordenamiento de la propiedad o asociados al desarrollo proyectos estrateacutegicos del orden nacional priorizados por Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural de con los estaacutendares y teacutecnicas por la autoridad catastral
En los
respecto de los predios obleto
Artiacuteculo 80 de la 2019 la Agencia Nacional Tierras (ANT) no a cargo la conservacioacuten por lo que una vez levantada e incorporada informacioacuten fiacutesica y juriacutedica catastro en el SINIC o la herramienta tecnoloacutegica sus veces las catastrales en dicha entidad intervencioacuten y se al Gestor Catastral competente
De cualquier forma Agencia Nacional proceso Ordenamiento Social de la gestor haya previamente
Paraacutegrafo 1 ISDIDSUlQrles referidas en artiacuteculo a la ANT le seraacuten aplicables a todas las enlt1d(~dE~S puacuteblicas del orden nacional que se habiliten como catastrales cumplimiento de sus funciones en los teacuterminos del artiacuteculo 22252 del 1983 de 2019 101011
Paraacutegrafo 2 Nacional de Tierras (ANT) no tendraacute competencia ejecucioacuten de catastrales de predios cuyo tiacutetulo originario actuacioacuten administrativa proferida por el Instituto Colombiano de la Reforma Instituto Colombiano Desarrollo Rural la Unidad Nacional de
Por cual se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y 82 la Ley 1 de 2019 y se modifica el TItulo 2 de la 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio cual se expide el Reglamentario Uacutenico de ecrCJr Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 16 22
Agencia Nacional de Tierras (ANT) o la entidad que sus salvo para eTE~CI()S Ordenamiento de la Propiedad Rural
Paraacutegrafo 3 municipios o zonas objeto intervencioacuten en los cuales la Agencia Nacional de Tierras (ANT) adelantaraacute la gestioacuten catastral seraacuten definidos conforme a los criterios fijados por Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural
Paraacutegrafo 4 En las zonas rurales objeto su intervencioacuten como gestor catastral la Agencia Nacional de (ANT) expediraacute los actos administrativos que permitan armonizar el componente y juriacutedico del con la informacioacuten registral y que sean para los procesos de ordenamiento social propiedad
Articulo 222221 Inclusioacuten en campo de descripcioacuten de cabida y linderos dato de aacuterea yo linderos en los folios de matriacutecula inmobiliaria que carezcan de esta informacioacuten los casos donde los folios de matriacutecula inmobiliaria no hayan contado con informacioacuten de yo linderos desde el inicio del ciclo traslaticio bien inmueble que identifican la Oficina de de Instrumentos Puacuteblicos procederaacute la inclusioacuten dato de aacuterea yo linderos en respectivas matriacuteculas inmobiliarias que se tomaraacute la base catastral administrada por gestor catastral competente
Artiacuteculo Correccioacuten yo inclusioacuten de cabida en procesos de ordenamiento de propiedad En el marco de los traacutemites ordenamiento social la propiedad que adelante la Agencia Nacional de (ANT) conforme a
competencias establecidas en el artiacuteculo 58 del Decreto Ley 902 2017 Y atendiendo a la funcioacuten de gestor catastral consignada en el artiacuteculo 80 de la Ley 1 de 19 cuando se identifique la existencia de una inconsistencia el levantamiento ial realizado por dicha entidad con la informacioacuten registral actos administrativos resuelven de fondo los asuntos sometidos a estudio ordenaraacuten aclaracioacuten actualizacioacuten masiva rectificacioacuten de por imprecisa determinacioacuten o inclusioacuten aacuterea del predio intervenido siempre los linderos esteacuten debida y teacutecnicamente descritos sean verificables por meacutetodos directos o indirectos y no exista variacioacuten en los mismos sin necesidad de adelantar un proceso rectificacioacuten o inclusioacuten de aacuterea
Artiacuteculo Actualizacioacuten masiva de linderos yo rectificacioacuten masiva de por imprecisa determinacioacuten En el marco de los procesos de actualizacioacuten
catastral y como resultado del levantamiento la informacioacuten y juriacutedica en terreno el gestor catastral podraacute remitir para inscripcioacuten a la Oficina de Registro de Instrumentos Puacuteblicos respectiva el administrativo actualizacioacuten masiva de linderos o rectificacioacuten de aacuterea corresponda
Cuando la diferencia en las magnitudes cabida yo linderos supere el rango de tolerancia establecido surtirse traacutemite de rectificacioacuten de linderos o por imprecisa determinacioacuten seguacuten corresponda
Artiacuteculo Rangos de tolerancia Los rangos de tolerancia corresponden a variacioacuten el o cabida de un predio que seguacuten la autoridad reguladora catastral sean admisibles y aplicables cuando existan diferencias la realidad fiacutesica y la descripcioacuten existente en el tiacutetulo de propiedad registrado en el folio de matricula
Por el se reglamentan parcialmente los artiacuteculos y 82 de la de 2019 y se modifica Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de
Por medio cual se expide el Decreto Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten
148DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 17 de 22
inmobiliaria No la suscripcioacuten de las colindancia ni ajustar los folios de matriacutecula inmobiliaria cuando la diferencia no supere rangos de tolerancia
Cuando los linderos no se encuentren teacutecnicamente en el folio de matriacutecula inmobiliaria aun estando dentro del rango de tolerancia folio de matriacutecula inmobiliaria deberaacute mediante acto administrativo emitido por el Gestor Catastral
Cualquier medicioacuten que difiera la catastral en un margen ngt o igual al rango de tolerancia se consideraraacute equivalente a la catastral
Articulo 222225 I-rEas objeto de despojo o abandono forzado Sin perjuicio de las actividades propias catastral los no podraacuten adelantar los procesos en el artiacuteculo Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del libro 2 del Decreto 11 5 para los siguientes casos
1 Si el bien se encuentra inscrito en el Registro Despojadas y Abandonadas que trata la Ley 1448 de Si el predio es objeto solicitud de restitucioacuten de tierras
los casos anteriores se nn- seguir la ruta juriacutedica definida en la Ley 1448 de 2011 y sus normas y complementarias
Artiacuteculo 222226 Obligacioacuten de suministro de informacioacuten la gestioacuten catastral Para el desarrollo gestioacuten catastral las siguientes puacuteblicas y privadas deberaacuten suministrar informacioacuten requerida por los catastrales en
la prestacioacuten del perjuicio de las normas contenidas en las Leyes 2012 1712 2014 Y disposiciones legales relacionadas con la
de datos
1 virtud del principio coordinacioacuten el mUnicipiO o departamento trataacutendose de aacutereas no municipalizadas entregaraacute la informacioacuten actualizada que se relaciona con el ordenamiento de su territorio
instituciones financieras vigiladas por la Superintendencia Oficinas de Registro de Instrumentos Puacuteblicos y las produzcan o registren informacioacuten avaluacuteos comerciales venta o arriendo de inmuebles suministrar dicha rrnlttln
caacutemaras de comercio municipio yo distrito deberaacuten suministrar la informacioacuten de establecimientos comercio y su actividad
4 DANE deberaacute suministrar al Catastral el Censo de a nivel de manzana Lo anterior en marco de la reserva estad en artiacuteculo 5 de la Ley 1
rCC de servicios puacuteblicos las curaduriacuteas urbanas y las planeacioacuten o quien haga sus deberaacuten proporcionar de forma informacioacuten de las acometidas servicios puacuteblicos domiciliarios y
urbanismo y construccioacuten
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO 148 DE Paacutegina 18 de 22
Paraacutegrafo Las entidades sentildealadas en el presente artiacuteculo deberaacuten implementar los mecanismos de interoperabilidad definidos por la autoridad reguladora catastral para el suministro de la informacioacuten para la gestioacuten catastral de manera continua y permanente
Artiacuteculo 222227 Gratuidad de la informacioacuten para la gestioacuten catastral De conformidad con lo establecido en el artiacuteculo 1deg del Decreto 235 de 2010 los requerimientos de informacioacuten que realicen los gestores catastrales para el ejercicio del servicio puacuteblico catastral no constituyen servicio y no generan costo alguno al solicitante La entrega de informacioacuten al gestor catastral durante el empalme previsto en el artiacuteculo 22254 del Decreto 1983 de 2019 seraacute gratuita
Artiacuteculo 222228 Vigencia fiscal Para efectos de lo consagrado en el artiacuteculo 3 de la Ley 44 de 1990 los avaluacuteos catastrales resultantes de la prestacioacuten del servicio puacuteblico de gestioacuten catastral entraraacuten en vigencia para efectos fiscales a partir del 10 de enero del antildeo siguiente a aquel en que fueron estimados o calculados para lo cual los gestores catastrales ordenaraacuten por acto administrativo su entrada en vigencia
Artiacuteculo 222229 Vigencia catastral La informacioacuten fiacutesica juriacutedica y econoacutemica asiacute como la resultante de los procedimientos de enfoque multipropoacutesito entraraacuten en vigencia para efectos catastrales al momento de quedar en firme su inscripcioacuten o incorporacioacuten en las bases oficiales descritas en el presente decreto
Artiacuteculo 222230 Aplazamiento de vigencia y reduccioacuten de los iacutendices de ajuste del avaluacuteo catastral El Gobierno Nacional de oficio o por solicitud fundamentada de los Concejos Municipales debido a especiales condiciones econoacutemicas o sociales que afecten a determinados municipios o zonas de estos podraacute aplazar la vigencia de los catastros elaborados por formacioacuten o actualizacioacuten por un periacuteodo hasta de un (1) antildeo Si subsisten las condiciones que originaron el aplazamiento procederaacute a ordenar una nueva formacioacuten o actualizacioacuten de estos catastros
En el evento de que la vigencia fiscal de los avaluacuteos elaborados por formacioacuten o actualizacioacuten de la formacioacuten fuera aplazada por el Gobierno en los teacuterminos y condiciones sentildealados en el artiacuteculo 10 de la Ley 14 de 1983 continuaraacuten vigentes los avaluacuteos anteriores y por lo tanto se seguiraacuten aplicando los iacutendices anuales de ajuste correspondientes hasta que termine el aplazamiento o se pongan en vigencia fiscal los avaluacuteos aplazados o se realice y ponga en vigencia una nueva formacioacuten o actualizacioacuten de la formacioacuten
ARTiacuteCULO 2 Adicioacutenense los Capiacutetulos 6 y 7 al Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 DISPOSICIONES ESPECiFICAS INSTITUTO GEOGRAacuteFICO AGUSTiacuteN CODAZZI IGAC del Decreto 1170 de 2015 Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica los cuales quedaraacuten asiacute
CAPiacuteTULO 6
Informacioacuten Econoacutemica Catastral
recopilaraacute la informacioacuten mercado inmobiliario del proveniente de fuentes como ofertas transacciones costos otras y el cual deberaacute articulado para tal efecto con el
Todos los Gestores Inmobiliario Catastral donde se
valor comercial de un predio a partir del estudio de recientes de bienes o comparables al del objeto
Meacutetodo de capitalizacioacuten de rentas o ingresos que busca establecer el valor un bien a partir de las o que se puedan obtener del o inmuebles semejantes o comparables trayendo a valor suma de los ingresos probables o generadas
Por el cual se parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 Y se modifica Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten
DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 19 de 22
Artiacuteculo 22261 Inmobiliario Catastrales contar con un Observatorio
Departamento Nacional de (DANE) Todo avaluacuteo comercial deberaacute estar sustentado en informacioacuten registrada en el observatorio inmobiliario catastral para lo cual se deberaacute garantizar que cualquier tipo de informacioacuten en avaluacuteo sea registrada en el observatorio anterior sin perjuicio de normas relacionadas con la proteccioacuten de datos nlr~r1n
Artiacuteculo 22262 Determinacioacuten del valor catastral de un inmueble La determinacioacuten del valor ca1tastra
(~tnlro~ Catastrales o por el Instituto inmuebles seraacute a de avaluacuteos
puntuales o masivos por Agustiacuten (IGAC)
Articulo 22263 Meacutetodos Sin perjuicio de norma especial para determinacioacuten de los avaluacuteos catastrales la estimacioacuten del valor del inmueble
los siguientes meacutetodos otros
1 Meacutetodo de comparacioacuten o de mercado Es la teacutecnica que LlU
en la vida remanente del bien objeto de avaluacuteo con una tasa de capitalizacioacuten o
3 Meacutetodo del costo de reposicioacuten Cuando sea necesario valor comercial de una construccioacuten se aplicaraacute el meacutetodo de costo consistente en establecer el valor comercial de un predio depreciacioacuten de una estimacioacuten total de una construccioacuten
4 Meacutetodo sea neces~a establecer el valor se aplicaraacute el meacutetodo residual
proyecto con el mercado del bien final
residual Cuando un cual se deriva de estimar el valor total
las ventas de un acorde con la reglamentacioacuten urbaniacutestica vigente y de ible en el
objeto de avaluacuteo
se podraacuten aplicar manera los meacutetodos descritos en presente artiacuteculo los cuales no
el ingreso al predio
Salvo lo dispuesto en normas
a
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO _ 148 DE Paacutegina 20 de 22
Artiacuteculo 22264 Estructura del NUPRE Los Gestores Catastrales para la identificacioacuten de los predios en el territorio deberaacuten adoptar el Coacutedigo Homologado de Identificacioacuten Predial con la siguiente estructura
ABC-1234-DEFH
Las tres (3) primeras letras (ABC) pertenecen al prefijo asignado por el IGAC a cada Gestor Catastral Habilitado
Los cuatro (4) diacutegitos (1234) que podraacuten tomar valores del O al 9 y las tres (3) letras siguientes (DEF) podraacuten tomar valores de las siguientes letras A B C D E F H J K L M N 0 P R S T U W X V Z Se eliminan las letras G 1 A V Ntilde con el propoacutesito de minimizar la posibilidad de error en el coacutedigo debido a la similitud con otras letras La definicioacuten de estas siete (7) posiciones asiacute como los mecanismos de generacioacuten aleatoria o secuencial y su asignacioacuten estaraacute a cargo deIIGAC
La letra final a la derecha (H) corresponde a un caraacutecter de chequeo utilizado con el objeto de poder validar la integridad del coacutedigo restante
La definicioacuten de los rangos que utilizariacutea cada ciudad y el significado de cada una de estas tres (3) posiciones estaraacute a cargo deIIGAC
CAPiacuteTULO 7
De la Inspeccioacuten Vigilancia y Control de la Gestioacuten Catastral
Artiacuteculo 22271 Inspeccioacuten Vigilancia y Control de la Gestioacuten Catastral La Superintendencia de Notariado y Registro ejerceraacute las funciones otorgadas mediante los artiacuteculos 79 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 relacionadas con la inspeccioacuten vigilancia y control del ejercicio de la gestioacuten catastral
Paraacutegrafo 1 La funcioacuten de inspeccioacuten vigilancia y control es de naturaleza administrativa y no implica ejercicio de la funcioacuten de control fiscal disciplinario o penal
Paraacutegrafo 2 En lo no contemplado en el presente capiacutetulo se aplicaraacute lo dispuesto en la Ley 1437 de 2011 o las disposiciones que la modifiquen o sustituyan
Artiacuteculo 22272 Sujetos pasivos Son sujetos pasivos de las funciones de inspeccioacuten vigilancia y control los gestores catastrales los operadores catastrales los municipios los propietarios ocupantes tenedores o poseedores titulares de derechos reales o quien tenga cualquier relacioacuten faacutectica o juriacutedica con el predio
Artiacuteculo 22~73 Funcioacuten de inspeccioacuten La inspeccioacuten consiste en la atribucioacuten de la Superintendencia de Notariado y Registro entre otras para solicitar confirmar y analizar en la forma detalle y teacuterminos que ella determine la informacioacuten que requiera
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 21 de 22148
con el objeto de establecer de manera general el cumplimiento del reacutegimen juriacutedico aplicable al servicio puacuteblico de gestioacuten catastral En ejercicio de esta funcioacuten la Superintendencia de Notariado y Registro de oficio o a peticioacuten de parte podraacute requerir informacioacuten realizar visitas instruir y orientar en la manera en que se debe cumplir e interpretar el reacutegimen juriacutedico aplicable a la gestioacuten catastral
Artiacuteculo 22274 Funcioacuten de vigilancia La vigilancia consiste en la atribucioacuten de la Superintendencia de Notariado y Registro para velar que de manera puntual los sujetos pasivos en desarrollo de sus funciones y obligaciones se ajusten a lo dispuesto en el ordenamiento juriacutedico i
~~ t~ lt
La vigilanyia estaacute retrida a funcion~~ de advertencia prevencioacuten y orientacioacuten encamin~das eacutel q~11~ rf~a9~On~S~~ ~ iuj~tos pasivo~ se ajusten a la norm~tividad i ~ IOque los rigen para to q~1 Ia Supeqnt~nd~cla de Notariado y Registro tendra entre otras las~tri~UqL9n~s ~~ tnsfruir o(ientaacuteC requerir ordenar establecer planes de mejoramiento practicaacuter visitasl~ r~visioacuteries y demaacutes pruebas que determine conducentes pertinefltes y uacutetiles
Artiacuteculo 22275 Funcioacuten de control El control consiste en las atribuciones de la Superintendencia de Notariado y Registro tendientes a evitar superar y sancionar los efectos de la comisioacuten de infracciones al reacutegimen catastral para lo cual entre otras cosas podraacute ordenar la adopcioacuten de medidas preventivas correctivas y conforme con los artiacuteculos 81 y 82 de la Ley 1955 de 2019 o la que la modifique o sustituya y a la Ley 1437 de 2011 de oficio o a peticioacuten de parte y en ejercicio de la potestad sancionatoria adelantar procedimientos administrativos sancionatorios en contra de los sujetos pasivos cuando se determine el meacuterito para ello
Artiacuteculo 22276 Medidas preventivas Sin perjuicio de las sanciones a que haya lugar cuando resulten necesarias la Superintendencia de Notariado y Registro podraacute imponer medidas preventivas para evitar de manera transitoria la continuacioacuten de la ocurrencia de un hecho la realizacioacuten de una actividad o la existencia de una situacioacuten que presuntamente atente contra el reacutegimen catastral
Artiacuteculo 22277 Potestad sancionatoria La Superintendencia de Notariado y Registro tendraacute la potestad de sancionar a los gestores y operadores del servicio puacuteblico de catastro por la incursioacuten en alguna de las infracciones previstas entre los numerales 1 al13 del artiacuteculo 81 de la Ley 1955 de 2019 o la norma que la modifique o sustituya
Por su parte de las obligaciones establecidas en el inciso primero del artiacuteculo 81 de la Ley 1955 de 2019 la Superintendencia de Notariado y Registro podraacute sancionar a propietarios ocupantes tenedores o poseedores titulares de derechos reales o quien tenga cualquier relacioacuten faacutectica o juriacutedica con el predio por incurrir en las conductas de que trata la norma citada
Artiacuteculo 22278 Procedimiento El procedimiento sancionatorio se adelantaraacute conforme con lo establecido en la Ley 1437 de 2011
Por el cual se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO-_- ~ 148 DE Paacutegina 22 de 22
ARTiacuteCULO 3 Vigencia y Derogatoria El presente Decreto entra en vigencia a partir de su publicacioacuten y deroga las normas que le sean contrarias en especial el Decreto 1227 de 1908 el Decreto 2275 de 1941 el Decreto 3496 de 1983 compilado en el Decreto 1170 de 2015 el paraacutegrafo 2 del artiacuteculo 222312 el artiacuteculo 222313 el paraacutegrafo 2 del artiacuteculo 222316 el artiacuteculo 222321 y el artiacuteculo 222324 del Decreto 1170 de 2015
PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE -4 FES 2020 Dado en Bogotaacute DC a los
LA MINISTRA DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
EL MINISTRO DE AGRICULTURA y DESARROLLO URAL
CIA PINZOacuteN
EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADiacuteSTICA
Por el cual se reglamentan parcialmente arliacuteculos 79 80 81 Y 82 la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de
Por medio cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
NUacuteMERO Paacutegina 4 de 22
Linderos arcifinios Liacutenea de divisioacuten entre bienes que ha sido establecida a partir de elementos geograacuteficos naturales tales como quebradas bordes riacuteos liacuteneas entre otros
Linderos debida y teacutecnicamente descritos Son aquellos permiten la plena identificacioacuten espacial y geograacutefica del predio a partir de la descripcioacuten la totalidad del mismo haciendo posible su representacioacuten graacutefica conforme los lineamientos de la autoridad catastral
Medidas costumbristas Son las medidas usadas tradicionalmente tecnologiacutea ni mecanismos estandarizados de medicioacuten que no corresponden a una unidad del Sistema Meacutetrico Decimal como la caballeriacutea la cabuyada el tabaco 01101
Mutacioacuten catastral los cambios que se presentan en componentes fiacutesico juriacutedico o econoacutemico de un predio
Nuacutemero Uacutenico Predial NUPRE un coacutedigo uacutenico para identificar los inmuebles tanto en los sistemas de informacioacuten catastral como registra El NUPRE no implicaraacute supresioacuten de la numeracioacuten catastral ni registral asociada a la ceacutedula catastral ni a la matriacutecula inmobiliaria actual
Servicio puacuteblico de la gestioacuten catastral La gestioacuten catastral es un servicio puacuteblico que comprende el conjunto de operaciones teacutecnicas y administrativas necesarias para el desarrollo adecuado de los procesos formacioacuten actualizacioacuten conservacioacuten y difusioacuten la informacioacuten catastral por medio los cuales se logra la identificacioacuten y mantenimiento permanente la informacioacuten fiacutesica juriacutedica y econoacutemica de los inmuebles del paiacutes La gestioacuten tiene impliacutecito el multipropoacutesito el cual contribuye en la conformacioacuten un catastral integral completo actualizado confiable consistente con registro la propiedad inmueble digital e interoperable con otros sistemas de informacioacuten del territorio
Sistema Nacional de Informacioacuten Catastral - SINIC un instrumento para la gestioacuten de la informacioacuten catastral el cual es interoperable con otros sistemas de informacioacuten acuerdo con los criterios que el efecto defina la autoridad reguladora
Tipologiacuteas constructivas la clasificacioacuten o categorizacioacuten de caracteriacutesticas para cuales fueron creadas las construcciones yo edificaciones que comprende la estructura acabados altura y los muros otros
Artiacuteculo 22212 Principios de la gestioacuten catastral Ademaacutes de los principios de la funcioacuten administrativa ejercicio y la regulacioacuten de la gestioacuten catastral se orientaraacuten por siguientes principios
a) Calidad La gestioacuten catastral deberaacute realizarse bajo los rigurosidad que esteacuten dirigidos a que la prestacioacuten del servicio satisfaga necesidades de los usuarios de manera continua ininterrumpida y eficiente
i) y
Por el cual se reglamentan artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 2019 Y se modifica el Tiacutetulo 2 de 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
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Eficiencia Los gestores y tnorltlrIrocgt fltltltlcgttlr
procesos y procedimientos posible y buscando cumplir
al menor costo Ir1 puacuteblico catastral
b)
c) Progresividad El enfoque multipropoacutesito puacuteblico catastral se haraacute de manera gradual y progresiva disponibilidad fiscal y el principio de sostenibilidad
d) Libre competencia autoridades velaraacuten por la concurrencia de muacuteltiples gestores y operadores en la prestacioacuten del servicio catastral
Seguridad juriacutedica La inscripcioacuten en no constituye tiacutetulo de dominio no sanea los vicios de la propiedad o tradicioacuten y no puede alegarse como excepcioacuten contra el que pretendatener mejor derecho a la propiedad o posesioacuten del predio
f) Apertura tecnoloacutegica Se garantiza la del
la tecnologiacutea maacutes apropiada y adecuada para cumplir los servicio puacuteblico catastral siempre y cuando se sigan interoperabilidad adoptados por la autoridad reguladora
g) Integralidad La informacioacuten catastral estaraacute totalidadcomprendiendo
y Puacuteblicos
con estaacutendares teacutecnicos uacutenicos para todo el del territorio nacional describiendo la situacioacuten los predios y reflejando la informacioacuten juriacutedica del Registro
multipropoacutesito el Nacional Catastral Multipropoacutesito una
en amplia y efectiva
participacioacuten de las comunidades y
h) Participacioacuten ciudadana En el proceso
la generacioacuten mantenimiento y uso de la informacioacuten
uso de la informacioacuten La informacioacuten catastral en sus nrontoC fiacutesico juriacutedico y econoacutemico es puacuteblica y a disposicioacuten de los
Gestores Catastrales promoveraacuten difusioacuten acceso y uso de catastral
j) Sostenibilidad La gestioacuten catastral propenderaacute por productiva en el transcurso del tiempo bajo criterios de optimizacioacuten recursos que no comprometan fiscalmente la satisfaccioacuten de futuras de los ciudadanos el aprovechamiento sostenible de los recursos y la administracioacuten del territorio
Objetivos de la gestioacuten catastral
mismo de forma
como objetivo esencial garantizar la calidad inmuebles del paiacutes buscando una cobertura del
permanente continua e ciudadano con propoacutesito de servir de insumo en la formulacioacuten e
2
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 201
uPor medio se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Administrativo de Estadiacutestica
crorn
148 22DECRETO
poliacuteticas pliblicas y brindar seguridad juriacutedica a la relacioacuten de los con los bienes raiacuteces en territorio nacional
Artiacuteculo 22214 Prestacioacuten del servicio de la gestioacuten catastral los teacuterminos del artiacuteculo 1955 de 2019 los responsables de la prestacioacuten del servicio puacuteblico catastral son Instituto Geograacutefico Agustiacuten Codazzi (IGAC) y los Gestores directamente o a de los operadores
En todo Instituto Geograacutefico Agustiacuten (IGAC) autoridad catastral del servicio puacuteblico gestioacuten catastral y la competencia como autoridad reguladora Asiacute mismo prestador de manera excepcional en ausencia de Catastrales habilitados es decir en los municipios donde no se encuentre prestando el servicio otro ocTflr Catastral o en los casos en sea contratado directamente
Artiacuteculo 22215 Intervinientes en la gestioacuten catastral del servicio puacuteblico catastral son intervinientes los
1 usuarios del servicio puacuteblico de gestioacuten catastral Son todas las naturales o derecho puacuteblico o
de la gestioacuten (~t~ctlr~ que hagan uso de
la informacioacuten resultante
Instituto Geograacutefico Agustiacuten Codazzi (IGAC) la maxlma autoridad del paiacutes encargado la funcioacuten reguladora y en materia de
catastral agrologiacutea cartografiacutea geografiacutea y ge()ae~Sla a nivel nacional El IGAC tendraacute la funcioacuten verificar las condiciones para la habilitacioacuten como
Catastrales y la habilitacioacuten
gestores Son las entidades puacuteblicas del orden nacional o territorial asiacute como esquemas asociativos hayan sido habilitadas por el Instituto Geograacutefico
reglamentacioacuten para tal efecto como igual manera se consideran gestores catastrales catastros y delegados titulares la gestioacuten catastral mismo Agencia Nacional en los teacuterminos 2019 Los gestores catastrales independientemente de su jurisdiccioacuten podraacuten prestar el servicio puacuteblico catastral en cualquier del territorio nacional
4 Los operadores catastrales Son las personas juriacutedicas de derecho puacuteblico o privado que mediante contrato suscrito con uno o varios gestores i-ishydesarrollan que sirven insumo para adelantar los procesos de formacioacuten y catastral asiacute como los procedimientos del enfoque catastral que conforme a la regulacioacuten que para el Gobierno
sean
requisitos de idoneidad y las condiciones contratacioacuten de catastrales sentildealados por las normas regulen la materia
entidades territoriales Codazzi (IGAC)
IGAC por ex(etCICln
es gestor (alracmiddottr~1
artiacuteculo 80 de la Ley 1
la Gestioacuten Catastral
Por el cual se parcialmente los 1955 de 2019 y se modifica Tiacutetulo 2 de la 2 2 del de 2015
Por medio del cual se expide el Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
148NUacuteMERO DE Paacutegina 7 de 22
5 La Superintendencia de Notariado y (SNR) Es la que ejerce las funciones la inspeccioacuten vigilancia y control al ejercicio de la ge~mo catastral en virtud de lo dispuesto en los artiacuteculos 7981 Y 82 de la Ley 1 2019
6 Municipios autoacutenomos para como catastrales o contratar a un catastral incluido como prestador por excepcioacuten conforme a principios de coordinacioacuten concurrencia y subsidiariedad
Artiacuteculo 22216 Obligaciones generales de los gestores catastrales gestores catastrales tendraacuten siguientes obligaciones
a) Prestar el servicio en forma continua y eficiente garantizando recursos fiacutesicos tecnoloacutegicos y organizacionales prestacioacuten servicio puacuteblico catastral
b) Prestar el servicio puacuteblico catastral en municipios para sea contratado Garantizar la calidad veracidad e integridad la informacioacuten catastral en sus componentes fiacutesico juridico y econoacutemico perjuicio de las asignadas a la Nacional de (ANT)
d) Suministrar permanentemente la informacioacuten catastral en el Sistema Nacional de Informacioacuten -SINIC de manera oportuna completa confiable conforme a los mecanismos definidos por la autoridad Garantizar la actualizacioacuten permanente base interoperabilidad informacioacuten que se con el Sistema Nacional de Informacioacuten - SINIC o la herramienta tecnoloacutegica que haga sus veces
f) Informar a SINIC al IGAC y a SNR inicio de sus actividades y modificaciones en su aacuterea de operacioacuten para que esas autoridades puedan cumplir sus funciones
g) Dar cumplimiento plan con que se habilitoacute ejercer el servicio puacuteblico h) Cumplir con la normatividad que regula la prestacioacuten del servicio i) Verificar los idoneidad los operadores
conformidad con lo por el Gobierno Nacional j Reportar a traveacutes IC los operadores con los
actividades insumo para los procesos formacioacuten actualizacioacuten y catastral asiacute como los procedimientos del enfoque catastral multipropoacutesito que sean adoptados
k) demaacutes previstas en este decreto y normas concordantes y complementarias
y
y la
Articulo 22217 Instancia Teacutecnica Asesora Catastral Creacuteese el Comiteacute Asesor para la
la Regulacioacuten de Catastral como
de las en ejercicio de sus
Tormiddot rmiddot asesora que tiene como objetivo garantizar regulacioacuten de la gestioacuten presente el
composicioacuten Teacutecnico Asesor
Director del Departamento Administrativo Nacional de Estadiacutestica (DANE) que presidiraacute
1
se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y de la Ley 1955 y se modifica el Tiacutetulo 2 2 del Libro 2 del 1170 de 2015
medio del cual se Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo Informacioacuten Estadiacutestica
NUacuteMERO 14 Paacutegina 8 de 22
2 El Director Teacutecnico Notariado y Registro o su
Geoestadiacutestica del
o el Superintendente Delegado de Tierras la Superintendencia de nivel asesor El Director Teacutecnico o su delegado nivel asesor Dos (2) expertos internacionales Dos (2) expertos
Paraacutegrafo 1 El DANE mediante acto administrativo los criterios de seleccioacuten los miembros rriexcl~ e internacionales y el procedimiento para efectuar
escogencia
Paraacutegrafo
iCttlIICt
labor exclusiva 2 La del Comiteacute Teacutecnico 1ltlI~iexclltlIV para la Gestioacuten
una Direccioacuten Teacutecnica Geoestadiacutestica del dispondraacute los medios y operativos nelce~)arIOS realizar esta actividad
Paraacutegrafo 3 El Comiteacute Asesor para la Catastral deberaacute convocarse dentro de los seis (6) meses siguientes a la expedicioacuten de este decreto periodo en
IGAC podraacute desarrollar su funcioacuten de regulacioacuten sin esta instancia
Artiacuteculo 2221 runCOllles del Comiteacute Comiteacute Teacutecnico Asesor para la Gestioacuten Catastral tendraacute las funciones
1 Velar por idoneidad de la regulacioacuten bajo la responsabilidad del IGAC med el estudio de las presentadas por Recomendar ajuste de las propuestas de regulacioacuten IGAC en desarrollo de sus funciones legalES
3 Emitir concepto favorable o desfavorable a las iniciativas regulacioacuten por IGAC en relacioacuten con la concordancia de la propuesta y el
marco general establecido en reglamentacioacuten del Nacional Adicionalmente este concepto fundarse en teacutecnico que
Comiteacute 4 sobre el uso de insumas cartograacuteficos que por fuera de
los temporalidad y especificaciones teacutecnicas definidas por la autoridad reguladora
5 Las establecidas en del Comiteacute
Artiacuteculo 22219 Reglamento El Teacutecnico Asesor para Catastral deberaacute definir su propio reglamento
Paraacutegrafo reglamento definiraacute periodicidad de las ordinarias y extraordinarias del Comiteacute Teacutecnico au para la Gestioacuten asiacute como los medios Sin embargo deberaacute reunirse como miacutenimo una vez al antildeo
por
cual se reglamentan parciamente los artiacuteculos 80 81 Y 82 de a Ley 1955 Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 1170 de 2015
cual se expide el Decreto Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten
148DECRETO NUacute DE Paacutegina 9 de 22
CAPiacuteTULO 2
Procedimientos de Enfoque Multipropoacutesito
Artiacuteculo 22221 Informacioacuten catastral Corresponde a juriacutedicas y los bienes inmuebles Dicha catastral y deberaacute ser reportada por los gestores en Informacioacuten SINIC o en la herramienta tecnoloacutegica haga sus veces de acuerdo con y especificaciones teacutecnicas definidas por la autoridad reguladora
La informacioacuten crlIr~ reflejar la realidad fiacutesica inmuebles sin importar la titularidad sobre el bien
a) Informacioacuten Corresponde a la representacioacuten la identificacioacuten cabida los linderos y las construcciones un inmueble La identificacioacuten no implica necesariamente el reconocimiento linderos del predio in situ
b) Informacioacuten Identificacioacuten de la relacioacuten juriacutedica el sujeto activo sea el propietario el inmueble Esta ITICeacuteiCICm juriacutedica no constituye la propiedad
c) Informacioacuten tlAUnlII nnIH1c al valor o avaluacuteo inmueble El avaluacuteo catastr l~rIr relacioacuten con los valores de
Paraacutegrafo informacioacuten comprende los bienes inmuebles privados fiscales baldiacuteos patrimoniales y uso puacuteblico
Artiacuteculo 22222 Procesos de la gestioacuten catastral La gestioacuten los procesos de formacioacuten actualizacioacuten conservacioacuten y difusioacuten catastral asiacute como los procedimientos de enfoque multipropoacutesito
a) Proceso de formacioacuten el conjunto de actividades identificar por primera informacioacuten catastral en la totalidad que conforman territorio o en parte de eacutel
b) Proceso de actualizacioacuten catastral Conjunto de actividades a identificar incorporar o los cambios o inconsistencias en informacioacuten catastral durante un determinado Para la actualizacioacuten pod emplearse mecanismos de intervencioacuten en el territorio como meacutetodos directos declarativos y colaborativos asiacute como uso e integracioacuten de informacioacuten que den cuenta de los entre la base y de los inmuebles En ninguacuten actualizar la informacioacuten un geograacutefica seraacute obligatorio levantamiento catastral en totalidad de inmuebles
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO 148 DE Paacutegina 10 de 22
c) Proceso de conservacioacuten catastral Es el conjunto de acciones tendientes a mantener vigente la base catastral de forma permanente mediante la incorporacioacuten de los cambios que sufra la informacioacuten de un bien inmueble La conservacioacuten catastral podraacute realizarse a solicitud de parte o de oficio para lo cual los gestores catastrales deberaacuten adoptar los mecanismos de interoperabilidad con las demaacutes entidades productoras de informacioacuten oficial
d) Proceso de difusioacuten catastral Son las actividades tendientes al uso disposicioacuten y acceso a la informacioacuten catastral asiacute como la generacioacuten de insumos que contribuyan a la planeacioacuten y gestioacuten de los territorios En todo caso se deberaacute garantizar la proteccioacuten y custodia de la informacioacuten conforme a las disposiciones de proteccioacuten de datos
Paraacutegrafo Una vez finalizado el proceso de actualizacioacuten el gestor catastral deberaacute implementar estrategias que permitan el mantenimiento permanente del catastro incorporando las variaciones puntuales o masivas de las caracteriacutesticas fiacutesicas juriacutedicas o econoacutemicas de los predios en la base catastral
Artiacuteculo 22223 Aplicacioacuten del enfoque multipropoacutesito Los gestores catastrales en el desarrollo de los procesos de formacioacuten actualizacioacuten conservacioacuten y difusioacuten deberaacuten seguir los procedimientos de enfoque multipropoacutesito
Artiacuteculo 22224 Procedimientos del enfoque multipropoacutesito Se consideraraacuten procedimientos de enfoque multipropoacutesito al menos los siguientes
1 El barrido predial masivo 2 Integracioacuten con el registro 3 Incorporacioacuten de datos de informalidad en la propiedad 4 Actualizacioacuten permanente e integridad de los traacutemites inmobiliarios 5 Interoperabilidad e integracioacuten de capas no parcelarias 6 Servicios digitales 7 Innovacioacuten y evolucioacuten continua
Paraacutegrafo 1 La adopcioacuten de estos procedimientos por parte de los gestores catastrales podraacute hacerse de forma gradual seguacuten las condiciones y capacidades de los territorios asiacute como la disponibilidad de informacioacuten necesaria
Paraacutegrafo 2 Los gestores catastrales podraacuten adoptar los meacutetodos teacutecnicos que consideren para la ejecucioacuten de las labores catastrales siempre y cuando garanticen que se refleje la realidad de los predios y se cumplan las especificaciones teacutecnicas de los productos definidos por el IGAC
Artiacuteculo 22225 Barrido predial masivo Es el conjunto de estrategias actividades y acciones orientadas a conseguir la identificacioacuten de las caracteriacutesticas fiacutesicas juriacutedicas y econoacutemicas de los predios sobre un territorio determinado El barrido predial masivo comprende diferentes maneras de intervencioacuten en el territorio incluyendo entre otros meacutetodos directos e indirectos de captura de informacioacuten esquemas colaborativos uso de registros administrativos modelos geoestadiacutesticos y economeacutetricos y demaacutes procedimientos teacutecnicos herramientas tecnoloacutegicas e instrumentos de participacioacuten
1170 Por el cual se reglamentan parcialmente artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la 2 del 2 del 2015
Por del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Administrativo Informacioacuten Estadiacutestica
1DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 11 22
comunitaria con enfoque territorial como el uso otras fuentes de informacioacuten territorio que permitan obtener datos para establecer la liacutenea base de informacioacuten catastral multipropoacutesito en un municipio igual que para su mantenimiento y actualizacioacuten permanente productos derivados de actividades de barrido predial masivo deberaacuten cumplir con las especificaciones teacutecnicas definidas por la autoridad reguladora
Articulo 22226 Meacutetodos de recoleccioacuten de informacioacuten Los catastra les podraacuten adelantarse mediante la combinacioacuten de los siguientes meacutetodos
a) Meacutetodos directos Aquellos que requieren una visita campo con el fin de recolectar la realidad de los bienes inmuebles
b) Meacutetodos indirectos aquellos meacutetodos identificacioacuten fiacutesica juriacutedica y econoacutemica de los inmuebles a traveacutes del uso de de sensores remotos integracioacuten registros administrativos modelos iacutesticos y economeacutetricos anaacutelisis de Big Data y fuentes secundarias como observatorios inmobiliarios su posterior incorporacioacuten en la base catastral
c) Meacutetodos declarativos y colaborativos Son los derivados participacioacuten de la comunidad en el suministro de informacioacuten que sirva como insumo para el desarrollo de los procesos catastrales Los gestores catastrales propenderaacuten por la adopcioacuten nuevas tecnologiacuteas y procesos comunitarios que faciliten la participacioacuten los ciudadanos
Paraacutegrafo 1 procesos barrido predial masivo los catastrales seraacuten los encargados de definir la adecuada combinacioacuten de los meacutetodos de intervencioacuten teniendo en cuenta condiciones propias de sus territorios y la disponibilidad fuentes secundarias informacioacuten conforme a especificaciones miacutenimas establecidas por autoridad reguladora
Paraacutegrafo 2 Los meacutetodos declarativos y colaborativos podraacuten emplearse para el mantenimiento permanente la informacioacuten Catastral
Artiacuteculo 22227 Declaracioacuten la informacioacuten catastral Cualquier persona podraacute informar ante el catastral competente de forma presencial o a de los canales dispuestos para tal fin la informacioacuten correspondiente a la realidad fiacutesica juriacutedica yo econoacutemica sus predios con el propoacutesito de eliminar cualquier disparidad
la realidad del predio y la informacioacuten catastral
Artiacuteculo 22228 Inscripcioacuten o incorporacioacuten catastral informacioacuten catastral resultado de los procesos de formacioacuten actualizacioacuten o conservacioacuten se inscribiraacute o incorporaraacute en la base catastral con la del acto administrativo que lo ordena
Paraacutegrafo inscripcioacuten en el catastro no constituye tiacutetulo de dominio ni sanea los vicios de propiedad o la tradicioacuten y no puede alegarse como excepcioacuten contra que pretenda tener mejor derecho a la propiedad o posesioacuten del predio
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO 148 DE Paacutegina 12 de 22
Artiacuteculo 22229 Inscripcioacuten de posesiones y ocupaciones El gestor catastral competente deberaacute inscribir en la base catastral a la persona que acredite la calidad de propietario y tambieacuten inscribiraacute la presencia de ocupantes o poseedores sin necesidad de calificar la naturaleza juriacutedica del predio Si se verifica previamente que el predio le pertenece a la Nacioacuten yo a la entidad territorial se inscribiraacute como ocupante Si se desconoce el propietario yo poseedor de un predio se inscribiraacute como vacante para efectos catastrales
Artiacuteculo 222210 Actualizacioacuten permanente Los gestores catastrales deberaacuten implementar mecanismos de observacioacuten dinaacutemica y continua del territorio que den cuenta de las variaciones en la informacioacuten catastral frente a la realidad del mismo Para tal efecto podraacuten crear observatorios inmobiliarios implementar meacutetodos de valuacioacuten basados en modelos economeacutetricos y geoestadiacutesticos integrar registros administrativos aplicar esquemas colaborativos entre otros lo anterior con el fin de incorporar las variaciones puntuales o masivas de los inmuebles en la base catastral
Artiacuteculo 222211 Integridad de los traacutemites inmobiliarios con impacto catastral Las entidades puacuteblicas o particulares que ejerzan funciones puacuteblicas encargadas de adelantar traacutemites que impliquen una actuacioacuten catastral deberaacuten implementar de manera articulada con los gestores catastrales competentes mecanismos de interoperabilidad que permitan la atencioacuten integral al usuario
Artiacuteculo 222212 Interoperabilidad e integracioacuten de capas no parcelarias Las autoridades competentes para emitir la informacioacuten asociada a derechos restricciones y responsabilidades de los predios deberaacuten disponer y suministrar dicha informacioacuten de forma estandarizada con el fin de interoperar con las bases catastrales El IGAC estableceraacute los protocolos de interoperabilidad pertinencia y datos complementarios
Artiacuteculo 222213 Servicios digitales Los gestores catastrales deberaacuten disponer mecanismos digitales para el acceso a traacutemites simplificados y consultas sobre la informacioacuten incorporada en las bases catastrales garantizando la proteccioacuten de datos personales establecida en las Leyes 1581 de 2012 y 1712 de 2014
Paraacutegrafo Los traacutemites catastrales notariales y registrales se atenderaacuten conjuntamente a traveacutes de una ventanilla integrada de servicio de conformidad con la regulacioacuten que se expida por las entidades competentes
Artiacuteculo 222214 Innovacioacuten y evolucioacuten continua Los gestores catastrales deberaacuten definir mecanismos transformadores para facilitar los traacutemites reducir los costos incentivar la competitividad y desarrollar servicios de alta calidad para el uso y acceso de la informacioacuten catastral
Artiacuteculo 222215 Integracioacuten con el registro Los gestores catastrales en coordinacioacuten con las Oficinas de Registro de Instrumentos Puacuteblicos deberaacuten adelantar los esfuerzos necesarios tendientes a la integracioacuten de la informacioacuten catastral y registral y en especial a unificar la informacioacuten asociada a linderos y aacutereas de forma gradual Igualmente generaraacuten los mecanismos para la integracioacuten de los sistemas de informacioacuten de las entidades
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y de la Ley 1955 de 2019 y se modifica Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
148DECRETO NUacuteMERO DE 13 de 22
La unificacioacuten de linderos y con registro se a traveacutes de los procesos de actualizacioacuten cabida y linderos con actualizacioacuten de linderos con efectos de aacuterea por determinacioacuten con efectos registra les linderos por acuerdo las con efectos registrales actas de traacutemite de inclusioacuten en el campo descripcioacuten de cabida y linderos del dato yo linderos en los folios de matriacutecula inmobiliaria que carezcan de esta informacioacuten y demaacutes que definan las autoridades competentes
Paraacutegrafo Sin perjuicio de lo anterior las bases catastrales incorporar los predios privados puacuteblicos baldiacuteos bienes de uso puacuteblico entre con o sin derecl10s reales principales o accesorios registrados aun no se encuentren inscritos en el registro instrumentos puacuteblicos
Artiacuteculo 222216 Procedimientos catastrales con consideraraacute como procedimientos
y yo linderos Estos procedimientos
las
con efectos actualizacioacuten de linderos aacuterea por imprecisa iexclnacioacuten actualizacioacuten masiva y puntual rectificacioacuten de linderos por acuerdo entre las partes e inclusioacuten acatados por los gestores catastrales oficinas de registro instrumentos puacuteblicos del paiacutes y podraacuten ser aplicados durante los procesos formacioacuten actualizacioacuten y conservacioacuten
procedimientos anteriormente enunciados no limitan la libre comercializacioacuten de los inmuebles por cuanto es viable la facultad de disposicioacuten
mismos con base en los datos de y linderos que los identifican y que en los tiacutetulos antecedentes que origen juriacutedico
Artiacuteculo 222217 Actualizacioacuten linderos con efectos registrales El gestor competente de oficio o a solicitud
con J1JLIAtu
rorT yo indirectos sin variacioacuten o cuando
sus
sean verificables mediante meacutetodos variacioacuten o diferencia se encuentre por la maacutexima autoridad catastral
teacutecnica de los linderos llevaraacute a r-orToII del aacuterea
titular del derecho de dominio o las entidades puacuteblicas que funciones legales administran inmuebles propios o ajenos podraacuten mediante la descripcioacuten
de linderos de bienes
los maacutergenes de tolerancia
de llevar a cabo la actualizacioacuten gestor catastral emitiraacute el acto administrativo sujeto a registro que resuelva actualizacioacuten de linderos incluida la
del aacuterea si a ello hubiere lugar procedimiento aplicable en el artiacuteculo no es excluyente con el procedimiento d para la linderos por acuerdo entre las partes respecto uacuten mismo inmueble
rectificacioacuten
traacutemite no aplicaraacute cuando la definicioacuten linderos se haya dado en un proceso de deslinde y amojonamiento o de tierras
Artiacuteculo 222218 Rectificacioacuten por imprecisa determinacioacuten con efectos registrales rectificacioacuten de en el sistema yo registraI procederaacute ante
catastral oficio o a solicitud del titular del derecho de dominio o puacuteblicas que con ocasioacuten sus funciones legales administran
el
que y
Por el cual se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y 82 la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la 2 del Libro 2 del Decreto 1170 2015
liPor medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
14 de 22 DECRETO NUacuteMERO 148
inmuebles propios o cuando los linderos debida y teacutecnicamente descritos sean verificables meacutetodos directos ylo indirectos sin variacioacuten que a lo largo de la tradicioacuten bien inmueble el eacuteste no haya sido determinada adecuadamente o cuando la variacioacuten o se encuentre de los maacutergenes de tolerancia establecidos por la maacutexima autoridad catastral
A efectos de llevar a la rectificacioacuten el non
del bien inmueble competente expediraacute el
administrativo a registro que
Artiacuteculo 222219 Rectificacioacuten de linderos por acuerdo entre las partes con registraes rectificacioacuten de linderos en el sistema catastral y registral
procederaacute de oficio o a solicitud de parte ante el gestor catastral siempre y cuando se haya suscrito acta colindancia con pleno entre los compartan uno o varios linderos pero se diferencias de entre la verificacioacuten mediante meacutetodos directos ylo indirectos y la informacioacuten
matriacutecula inmobiliaria rectificacioacuten de todos linderos puede llevar a aacuterea del inmueble
Cuando el gestor o la entidad puacuteblica respectiva identifique o tenga de de terceros que puedan verse afectados por los
ne
37 de la Ley 1437 de la actuacioacuten administrativa efectuaraacute comunicaciones en el
2011
rectificacioacuten de linderos y aacutereas procederaacute cuando los linderos
1 Sean arcifinios no verificables en terreno Sean arcifinios en terreno con variacioacuten respecto lo consignado en los tiacutetulos registrados
3 Esteacuten expresados en costumbristas no verificables en terreno 4 Contengan o limitadas en tiacutetulos
registrados Esteacuten teacutecnicamente definidos pero sobre los mismos haya superposicioacuten o Se presenten entre los linderos contenidos en los tiacutetulos y verificados mediante meacutetodos directos ylo indirectos
Paraacutegrafo 1 No se requeriraacute entre las partes cuando la variacioacuten o se encuentre dentro de maacutergenes de establecidos por
en la
autoridad catastral conforme lo por decreto caso aplicaraacuten los procedimientos actualizacioacuten de o rectificacioacuten de por
rOiIltI determinacioacuten sea el caso
2 No es necesaria suscripcioacuten de actas colindancia sobre bien inmueble no presenten discrepancia alguna entredel
y su verificacioacuten meacutetodos directos ylo indirectos Procederaacuten los acuerdos parciales es decir suscribir un acta sobre uno o varios linderos con un colindante ylo varias actas por nrrlin
los
Paraacutegrafo 3 En aquellos casos en los cuales existan entre la informacioacuten recabada mediante meacutetodos yo indirectos y lo consignado en los tiacutetulos
preclslon para
(ANT) podraacute con
cualquier que otro
la
Por se reglamentan
del cual se LJvrcruiexcl
Administrativo
los articulos 79 80 1170 de 2015
81 Y Ley 1955 2019 Y se modifica el Tiacutetulo 2 2 del Libro 2 del
10l0r Reglamentario Uacutenico Sector Informacioacuten Estadiacutestica
148NUacuteMERO 1S de 22
registrados y no se logre pleno por viacutea administrativa artiacuteculo
agotarse el proceso jud de deslinde y amojonamiento conforme con y siguientes del General del Proceso o los lo modifiquen o sustituyan
Paraacutegrafo 4 Siempre que evidencie que alguno los predios involucrados en traacutemite podriacutea ser considerado como baldiacuteo no procederaacute la
linderos por acuerdo partes Sin embargo o herramienta que haga sus veces la informacioacuten que dicha cual serviraacute de insumo a la ANT para que adopte medidas a que haya
lugar
Paraacutegrafo S el caso en que alguno los predios involucrados en traacutemite sea considerado bien de uso puacuteblico no la rectificacioacuten de por acuerdo entre las con efectos registrales sin perJuIcIo incorporacioacuten de la informacioacuten levante el gestor SINIC o la herramienta que haga sus veces caso la entidad expedir una con la
lindero del bien de uso puacuteblico Dicha certificacioacuten acompantildear la procesos de rectificacioacuten por imprecisa determinacioacuten con
actualizacioacuten de con efectos registrales e inclusioacuten del
ARTiacuteCULO Gestioacuten catastral a de la Agencia Nacional de Tierras (ANT) Agencia Nacional de (ANT) en su calidad levantaraacute los componentes fiacutesico y juriacutedico catastro necesarios para
de ae~gt[Qr
ordenamiento de la propiedad o asociados al desarrollo proyectos estrateacutegicos del orden nacional priorizados por Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural de con los estaacutendares y teacutecnicas por la autoridad catastral
En los
respecto de los predios obleto
Artiacuteculo 80 de la 2019 la Agencia Nacional Tierras (ANT) no a cargo la conservacioacuten por lo que una vez levantada e incorporada informacioacuten fiacutesica y juriacutedica catastro en el SINIC o la herramienta tecnoloacutegica sus veces las catastrales en dicha entidad intervencioacuten y se al Gestor Catastral competente
De cualquier forma Agencia Nacional proceso Ordenamiento Social de la gestor haya previamente
Paraacutegrafo 1 ISDIDSUlQrles referidas en artiacuteculo a la ANT le seraacuten aplicables a todas las enlt1d(~dE~S puacuteblicas del orden nacional que se habiliten como catastrales cumplimiento de sus funciones en los teacuterminos del artiacuteculo 22252 del 1983 de 2019 101011
Paraacutegrafo 2 Nacional de Tierras (ANT) no tendraacute competencia ejecucioacuten de catastrales de predios cuyo tiacutetulo originario actuacioacuten administrativa proferida por el Instituto Colombiano de la Reforma Instituto Colombiano Desarrollo Rural la Unidad Nacional de
Por cual se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y 82 la Ley 1 de 2019 y se modifica el TItulo 2 de la 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio cual se expide el Reglamentario Uacutenico de ecrCJr Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 16 22
Agencia Nacional de Tierras (ANT) o la entidad que sus salvo para eTE~CI()S Ordenamiento de la Propiedad Rural
Paraacutegrafo 3 municipios o zonas objeto intervencioacuten en los cuales la Agencia Nacional de Tierras (ANT) adelantaraacute la gestioacuten catastral seraacuten definidos conforme a los criterios fijados por Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural
Paraacutegrafo 4 En las zonas rurales objeto su intervencioacuten como gestor catastral la Agencia Nacional de (ANT) expediraacute los actos administrativos que permitan armonizar el componente y juriacutedico del con la informacioacuten registral y que sean para los procesos de ordenamiento social propiedad
Articulo 222221 Inclusioacuten en campo de descripcioacuten de cabida y linderos dato de aacuterea yo linderos en los folios de matriacutecula inmobiliaria que carezcan de esta informacioacuten los casos donde los folios de matriacutecula inmobiliaria no hayan contado con informacioacuten de yo linderos desde el inicio del ciclo traslaticio bien inmueble que identifican la Oficina de de Instrumentos Puacuteblicos procederaacute la inclusioacuten dato de aacuterea yo linderos en respectivas matriacuteculas inmobiliarias que se tomaraacute la base catastral administrada por gestor catastral competente
Artiacuteculo Correccioacuten yo inclusioacuten de cabida en procesos de ordenamiento de propiedad En el marco de los traacutemites ordenamiento social la propiedad que adelante la Agencia Nacional de (ANT) conforme a
competencias establecidas en el artiacuteculo 58 del Decreto Ley 902 2017 Y atendiendo a la funcioacuten de gestor catastral consignada en el artiacuteculo 80 de la Ley 1 de 19 cuando se identifique la existencia de una inconsistencia el levantamiento ial realizado por dicha entidad con la informacioacuten registral actos administrativos resuelven de fondo los asuntos sometidos a estudio ordenaraacuten aclaracioacuten actualizacioacuten masiva rectificacioacuten de por imprecisa determinacioacuten o inclusioacuten aacuterea del predio intervenido siempre los linderos esteacuten debida y teacutecnicamente descritos sean verificables por meacutetodos directos o indirectos y no exista variacioacuten en los mismos sin necesidad de adelantar un proceso rectificacioacuten o inclusioacuten de aacuterea
Artiacuteculo Actualizacioacuten masiva de linderos yo rectificacioacuten masiva de por imprecisa determinacioacuten En el marco de los procesos de actualizacioacuten
catastral y como resultado del levantamiento la informacioacuten y juriacutedica en terreno el gestor catastral podraacute remitir para inscripcioacuten a la Oficina de Registro de Instrumentos Puacuteblicos respectiva el administrativo actualizacioacuten masiva de linderos o rectificacioacuten de aacuterea corresponda
Cuando la diferencia en las magnitudes cabida yo linderos supere el rango de tolerancia establecido surtirse traacutemite de rectificacioacuten de linderos o por imprecisa determinacioacuten seguacuten corresponda
Artiacuteculo Rangos de tolerancia Los rangos de tolerancia corresponden a variacioacuten el o cabida de un predio que seguacuten la autoridad reguladora catastral sean admisibles y aplicables cuando existan diferencias la realidad fiacutesica y la descripcioacuten existente en el tiacutetulo de propiedad registrado en el folio de matricula
Por el se reglamentan parcialmente los artiacuteculos y 82 de la de 2019 y se modifica Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de
Por medio cual se expide el Decreto Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten
148DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 17 de 22
inmobiliaria No la suscripcioacuten de las colindancia ni ajustar los folios de matriacutecula inmobiliaria cuando la diferencia no supere rangos de tolerancia
Cuando los linderos no se encuentren teacutecnicamente en el folio de matriacutecula inmobiliaria aun estando dentro del rango de tolerancia folio de matriacutecula inmobiliaria deberaacute mediante acto administrativo emitido por el Gestor Catastral
Cualquier medicioacuten que difiera la catastral en un margen ngt o igual al rango de tolerancia se consideraraacute equivalente a la catastral
Articulo 222225 I-rEas objeto de despojo o abandono forzado Sin perjuicio de las actividades propias catastral los no podraacuten adelantar los procesos en el artiacuteculo Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del libro 2 del Decreto 11 5 para los siguientes casos
1 Si el bien se encuentra inscrito en el Registro Despojadas y Abandonadas que trata la Ley 1448 de Si el predio es objeto solicitud de restitucioacuten de tierras
los casos anteriores se nn- seguir la ruta juriacutedica definida en la Ley 1448 de 2011 y sus normas y complementarias
Artiacuteculo 222226 Obligacioacuten de suministro de informacioacuten la gestioacuten catastral Para el desarrollo gestioacuten catastral las siguientes puacuteblicas y privadas deberaacuten suministrar informacioacuten requerida por los catastrales en
la prestacioacuten del perjuicio de las normas contenidas en las Leyes 2012 1712 2014 Y disposiciones legales relacionadas con la
de datos
1 virtud del principio coordinacioacuten el mUnicipiO o departamento trataacutendose de aacutereas no municipalizadas entregaraacute la informacioacuten actualizada que se relaciona con el ordenamiento de su territorio
instituciones financieras vigiladas por la Superintendencia Oficinas de Registro de Instrumentos Puacuteblicos y las produzcan o registren informacioacuten avaluacuteos comerciales venta o arriendo de inmuebles suministrar dicha rrnlttln
caacutemaras de comercio municipio yo distrito deberaacuten suministrar la informacioacuten de establecimientos comercio y su actividad
4 DANE deberaacute suministrar al Catastral el Censo de a nivel de manzana Lo anterior en marco de la reserva estad en artiacuteculo 5 de la Ley 1
rCC de servicios puacuteblicos las curaduriacuteas urbanas y las planeacioacuten o quien haga sus deberaacuten proporcionar de forma informacioacuten de las acometidas servicios puacuteblicos domiciliarios y
urbanismo y construccioacuten
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO 148 DE Paacutegina 18 de 22
Paraacutegrafo Las entidades sentildealadas en el presente artiacuteculo deberaacuten implementar los mecanismos de interoperabilidad definidos por la autoridad reguladora catastral para el suministro de la informacioacuten para la gestioacuten catastral de manera continua y permanente
Artiacuteculo 222227 Gratuidad de la informacioacuten para la gestioacuten catastral De conformidad con lo establecido en el artiacuteculo 1deg del Decreto 235 de 2010 los requerimientos de informacioacuten que realicen los gestores catastrales para el ejercicio del servicio puacuteblico catastral no constituyen servicio y no generan costo alguno al solicitante La entrega de informacioacuten al gestor catastral durante el empalme previsto en el artiacuteculo 22254 del Decreto 1983 de 2019 seraacute gratuita
Artiacuteculo 222228 Vigencia fiscal Para efectos de lo consagrado en el artiacuteculo 3 de la Ley 44 de 1990 los avaluacuteos catastrales resultantes de la prestacioacuten del servicio puacuteblico de gestioacuten catastral entraraacuten en vigencia para efectos fiscales a partir del 10 de enero del antildeo siguiente a aquel en que fueron estimados o calculados para lo cual los gestores catastrales ordenaraacuten por acto administrativo su entrada en vigencia
Artiacuteculo 222229 Vigencia catastral La informacioacuten fiacutesica juriacutedica y econoacutemica asiacute como la resultante de los procedimientos de enfoque multipropoacutesito entraraacuten en vigencia para efectos catastrales al momento de quedar en firme su inscripcioacuten o incorporacioacuten en las bases oficiales descritas en el presente decreto
Artiacuteculo 222230 Aplazamiento de vigencia y reduccioacuten de los iacutendices de ajuste del avaluacuteo catastral El Gobierno Nacional de oficio o por solicitud fundamentada de los Concejos Municipales debido a especiales condiciones econoacutemicas o sociales que afecten a determinados municipios o zonas de estos podraacute aplazar la vigencia de los catastros elaborados por formacioacuten o actualizacioacuten por un periacuteodo hasta de un (1) antildeo Si subsisten las condiciones que originaron el aplazamiento procederaacute a ordenar una nueva formacioacuten o actualizacioacuten de estos catastros
En el evento de que la vigencia fiscal de los avaluacuteos elaborados por formacioacuten o actualizacioacuten de la formacioacuten fuera aplazada por el Gobierno en los teacuterminos y condiciones sentildealados en el artiacuteculo 10 de la Ley 14 de 1983 continuaraacuten vigentes los avaluacuteos anteriores y por lo tanto se seguiraacuten aplicando los iacutendices anuales de ajuste correspondientes hasta que termine el aplazamiento o se pongan en vigencia fiscal los avaluacuteos aplazados o se realice y ponga en vigencia una nueva formacioacuten o actualizacioacuten de la formacioacuten
ARTiacuteCULO 2 Adicioacutenense los Capiacutetulos 6 y 7 al Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 DISPOSICIONES ESPECiFICAS INSTITUTO GEOGRAacuteFICO AGUSTiacuteN CODAZZI IGAC del Decreto 1170 de 2015 Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica los cuales quedaraacuten asiacute
CAPiacuteTULO 6
Informacioacuten Econoacutemica Catastral
recopilaraacute la informacioacuten mercado inmobiliario del proveniente de fuentes como ofertas transacciones costos otras y el cual deberaacute articulado para tal efecto con el
Todos los Gestores Inmobiliario Catastral donde se
valor comercial de un predio a partir del estudio de recientes de bienes o comparables al del objeto
Meacutetodo de capitalizacioacuten de rentas o ingresos que busca establecer el valor un bien a partir de las o que se puedan obtener del o inmuebles semejantes o comparables trayendo a valor suma de los ingresos probables o generadas
Por el cual se parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 Y se modifica Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten
DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 19 de 22
Artiacuteculo 22261 Inmobiliario Catastrales contar con un Observatorio
Departamento Nacional de (DANE) Todo avaluacuteo comercial deberaacute estar sustentado en informacioacuten registrada en el observatorio inmobiliario catastral para lo cual se deberaacute garantizar que cualquier tipo de informacioacuten en avaluacuteo sea registrada en el observatorio anterior sin perjuicio de normas relacionadas con la proteccioacuten de datos nlr~r1n
Artiacuteculo 22262 Determinacioacuten del valor catastral de un inmueble La determinacioacuten del valor ca1tastra
(~tnlro~ Catastrales o por el Instituto inmuebles seraacute a de avaluacuteos
puntuales o masivos por Agustiacuten (IGAC)
Articulo 22263 Meacutetodos Sin perjuicio de norma especial para determinacioacuten de los avaluacuteos catastrales la estimacioacuten del valor del inmueble
los siguientes meacutetodos otros
1 Meacutetodo de comparacioacuten o de mercado Es la teacutecnica que LlU
en la vida remanente del bien objeto de avaluacuteo con una tasa de capitalizacioacuten o
3 Meacutetodo del costo de reposicioacuten Cuando sea necesario valor comercial de una construccioacuten se aplicaraacute el meacutetodo de costo consistente en establecer el valor comercial de un predio depreciacioacuten de una estimacioacuten total de una construccioacuten
4 Meacutetodo sea neces~a establecer el valor se aplicaraacute el meacutetodo residual
proyecto con el mercado del bien final
residual Cuando un cual se deriva de estimar el valor total
las ventas de un acorde con la reglamentacioacuten urbaniacutestica vigente y de ible en el
objeto de avaluacuteo
se podraacuten aplicar manera los meacutetodos descritos en presente artiacuteculo los cuales no
el ingreso al predio
Salvo lo dispuesto en normas
a
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO _ 148 DE Paacutegina 20 de 22
Artiacuteculo 22264 Estructura del NUPRE Los Gestores Catastrales para la identificacioacuten de los predios en el territorio deberaacuten adoptar el Coacutedigo Homologado de Identificacioacuten Predial con la siguiente estructura
ABC-1234-DEFH
Las tres (3) primeras letras (ABC) pertenecen al prefijo asignado por el IGAC a cada Gestor Catastral Habilitado
Los cuatro (4) diacutegitos (1234) que podraacuten tomar valores del O al 9 y las tres (3) letras siguientes (DEF) podraacuten tomar valores de las siguientes letras A B C D E F H J K L M N 0 P R S T U W X V Z Se eliminan las letras G 1 A V Ntilde con el propoacutesito de minimizar la posibilidad de error en el coacutedigo debido a la similitud con otras letras La definicioacuten de estas siete (7) posiciones asiacute como los mecanismos de generacioacuten aleatoria o secuencial y su asignacioacuten estaraacute a cargo deIIGAC
La letra final a la derecha (H) corresponde a un caraacutecter de chequeo utilizado con el objeto de poder validar la integridad del coacutedigo restante
La definicioacuten de los rangos que utilizariacutea cada ciudad y el significado de cada una de estas tres (3) posiciones estaraacute a cargo deIIGAC
CAPiacuteTULO 7
De la Inspeccioacuten Vigilancia y Control de la Gestioacuten Catastral
Artiacuteculo 22271 Inspeccioacuten Vigilancia y Control de la Gestioacuten Catastral La Superintendencia de Notariado y Registro ejerceraacute las funciones otorgadas mediante los artiacuteculos 79 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 relacionadas con la inspeccioacuten vigilancia y control del ejercicio de la gestioacuten catastral
Paraacutegrafo 1 La funcioacuten de inspeccioacuten vigilancia y control es de naturaleza administrativa y no implica ejercicio de la funcioacuten de control fiscal disciplinario o penal
Paraacutegrafo 2 En lo no contemplado en el presente capiacutetulo se aplicaraacute lo dispuesto en la Ley 1437 de 2011 o las disposiciones que la modifiquen o sustituyan
Artiacuteculo 22272 Sujetos pasivos Son sujetos pasivos de las funciones de inspeccioacuten vigilancia y control los gestores catastrales los operadores catastrales los municipios los propietarios ocupantes tenedores o poseedores titulares de derechos reales o quien tenga cualquier relacioacuten faacutectica o juriacutedica con el predio
Artiacuteculo 22~73 Funcioacuten de inspeccioacuten La inspeccioacuten consiste en la atribucioacuten de la Superintendencia de Notariado y Registro entre otras para solicitar confirmar y analizar en la forma detalle y teacuterminos que ella determine la informacioacuten que requiera
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 21 de 22148
con el objeto de establecer de manera general el cumplimiento del reacutegimen juriacutedico aplicable al servicio puacuteblico de gestioacuten catastral En ejercicio de esta funcioacuten la Superintendencia de Notariado y Registro de oficio o a peticioacuten de parte podraacute requerir informacioacuten realizar visitas instruir y orientar en la manera en que se debe cumplir e interpretar el reacutegimen juriacutedico aplicable a la gestioacuten catastral
Artiacuteculo 22274 Funcioacuten de vigilancia La vigilancia consiste en la atribucioacuten de la Superintendencia de Notariado y Registro para velar que de manera puntual los sujetos pasivos en desarrollo de sus funciones y obligaciones se ajusten a lo dispuesto en el ordenamiento juriacutedico i
~~ t~ lt
La vigilanyia estaacute retrida a funcion~~ de advertencia prevencioacuten y orientacioacuten encamin~das eacutel q~11~ rf~a9~On~S~~ ~ iuj~tos pasivo~ se ajusten a la norm~tividad i ~ IOque los rigen para to q~1 Ia Supeqnt~nd~cla de Notariado y Registro tendra entre otras las~tri~UqL9n~s ~~ tnsfruir o(ientaacuteC requerir ordenar establecer planes de mejoramiento practicaacuter visitasl~ r~visioacuteries y demaacutes pruebas que determine conducentes pertinefltes y uacutetiles
Artiacuteculo 22275 Funcioacuten de control El control consiste en las atribuciones de la Superintendencia de Notariado y Registro tendientes a evitar superar y sancionar los efectos de la comisioacuten de infracciones al reacutegimen catastral para lo cual entre otras cosas podraacute ordenar la adopcioacuten de medidas preventivas correctivas y conforme con los artiacuteculos 81 y 82 de la Ley 1955 de 2019 o la que la modifique o sustituya y a la Ley 1437 de 2011 de oficio o a peticioacuten de parte y en ejercicio de la potestad sancionatoria adelantar procedimientos administrativos sancionatorios en contra de los sujetos pasivos cuando se determine el meacuterito para ello
Artiacuteculo 22276 Medidas preventivas Sin perjuicio de las sanciones a que haya lugar cuando resulten necesarias la Superintendencia de Notariado y Registro podraacute imponer medidas preventivas para evitar de manera transitoria la continuacioacuten de la ocurrencia de un hecho la realizacioacuten de una actividad o la existencia de una situacioacuten que presuntamente atente contra el reacutegimen catastral
Artiacuteculo 22277 Potestad sancionatoria La Superintendencia de Notariado y Registro tendraacute la potestad de sancionar a los gestores y operadores del servicio puacuteblico de catastro por la incursioacuten en alguna de las infracciones previstas entre los numerales 1 al13 del artiacuteculo 81 de la Ley 1955 de 2019 o la norma que la modifique o sustituya
Por su parte de las obligaciones establecidas en el inciso primero del artiacuteculo 81 de la Ley 1955 de 2019 la Superintendencia de Notariado y Registro podraacute sancionar a propietarios ocupantes tenedores o poseedores titulares de derechos reales o quien tenga cualquier relacioacuten faacutectica o juriacutedica con el predio por incurrir en las conductas de que trata la norma citada
Artiacuteculo 22278 Procedimiento El procedimiento sancionatorio se adelantaraacute conforme con lo establecido en la Ley 1437 de 2011
Por el cual se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO-_- ~ 148 DE Paacutegina 22 de 22
ARTiacuteCULO 3 Vigencia y Derogatoria El presente Decreto entra en vigencia a partir de su publicacioacuten y deroga las normas que le sean contrarias en especial el Decreto 1227 de 1908 el Decreto 2275 de 1941 el Decreto 3496 de 1983 compilado en el Decreto 1170 de 2015 el paraacutegrafo 2 del artiacuteculo 222312 el artiacuteculo 222313 el paraacutegrafo 2 del artiacuteculo 222316 el artiacuteculo 222321 y el artiacuteculo 222324 del Decreto 1170 de 2015
PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE -4 FES 2020 Dado en Bogotaacute DC a los
LA MINISTRA DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
EL MINISTRO DE AGRICULTURA y DESARROLLO URAL
CIA PINZOacuteN
EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADiacuteSTICA
i) y
Por el cual se reglamentan artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 2019 Y se modifica el Tiacutetulo 2 de 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
NUacuteMERO - 148 Paacutegina 5 de 22
Eficiencia Los gestores y tnorltlrIrocgt fltltltlcgttlr
procesos y procedimientos posible y buscando cumplir
al menor costo Ir1 puacuteblico catastral
b)
c) Progresividad El enfoque multipropoacutesito puacuteblico catastral se haraacute de manera gradual y progresiva disponibilidad fiscal y el principio de sostenibilidad
d) Libre competencia autoridades velaraacuten por la concurrencia de muacuteltiples gestores y operadores en la prestacioacuten del servicio catastral
Seguridad juriacutedica La inscripcioacuten en no constituye tiacutetulo de dominio no sanea los vicios de la propiedad o tradicioacuten y no puede alegarse como excepcioacuten contra el que pretendatener mejor derecho a la propiedad o posesioacuten del predio
f) Apertura tecnoloacutegica Se garantiza la del
la tecnologiacutea maacutes apropiada y adecuada para cumplir los servicio puacuteblico catastral siempre y cuando se sigan interoperabilidad adoptados por la autoridad reguladora
g) Integralidad La informacioacuten catastral estaraacute totalidadcomprendiendo
y Puacuteblicos
con estaacutendares teacutecnicos uacutenicos para todo el del territorio nacional describiendo la situacioacuten los predios y reflejando la informacioacuten juriacutedica del Registro
multipropoacutesito el Nacional Catastral Multipropoacutesito una
en amplia y efectiva
participacioacuten de las comunidades y
h) Participacioacuten ciudadana En el proceso
la generacioacuten mantenimiento y uso de la informacioacuten
uso de la informacioacuten La informacioacuten catastral en sus nrontoC fiacutesico juriacutedico y econoacutemico es puacuteblica y a disposicioacuten de los
Gestores Catastrales promoveraacuten difusioacuten acceso y uso de catastral
j) Sostenibilidad La gestioacuten catastral propenderaacute por productiva en el transcurso del tiempo bajo criterios de optimizacioacuten recursos que no comprometan fiscalmente la satisfaccioacuten de futuras de los ciudadanos el aprovechamiento sostenible de los recursos y la administracioacuten del territorio
Objetivos de la gestioacuten catastral
mismo de forma
como objetivo esencial garantizar la calidad inmuebles del paiacutes buscando una cobertura del
permanente continua e ciudadano con propoacutesito de servir de insumo en la formulacioacuten e
2
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 201
uPor medio se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Administrativo de Estadiacutestica
crorn
148 22DECRETO
poliacuteticas pliblicas y brindar seguridad juriacutedica a la relacioacuten de los con los bienes raiacuteces en territorio nacional
Artiacuteculo 22214 Prestacioacuten del servicio de la gestioacuten catastral los teacuterminos del artiacuteculo 1955 de 2019 los responsables de la prestacioacuten del servicio puacuteblico catastral son Instituto Geograacutefico Agustiacuten Codazzi (IGAC) y los Gestores directamente o a de los operadores
En todo Instituto Geograacutefico Agustiacuten (IGAC) autoridad catastral del servicio puacuteblico gestioacuten catastral y la competencia como autoridad reguladora Asiacute mismo prestador de manera excepcional en ausencia de Catastrales habilitados es decir en los municipios donde no se encuentre prestando el servicio otro ocTflr Catastral o en los casos en sea contratado directamente
Artiacuteculo 22215 Intervinientes en la gestioacuten catastral del servicio puacuteblico catastral son intervinientes los
1 usuarios del servicio puacuteblico de gestioacuten catastral Son todas las naturales o derecho puacuteblico o
de la gestioacuten (~t~ctlr~ que hagan uso de
la informacioacuten resultante
Instituto Geograacutefico Agustiacuten Codazzi (IGAC) la maxlma autoridad del paiacutes encargado la funcioacuten reguladora y en materia de
catastral agrologiacutea cartografiacutea geografiacutea y ge()ae~Sla a nivel nacional El IGAC tendraacute la funcioacuten verificar las condiciones para la habilitacioacuten como
Catastrales y la habilitacioacuten
gestores Son las entidades puacuteblicas del orden nacional o territorial asiacute como esquemas asociativos hayan sido habilitadas por el Instituto Geograacutefico
reglamentacioacuten para tal efecto como igual manera se consideran gestores catastrales catastros y delegados titulares la gestioacuten catastral mismo Agencia Nacional en los teacuterminos 2019 Los gestores catastrales independientemente de su jurisdiccioacuten podraacuten prestar el servicio puacuteblico catastral en cualquier del territorio nacional
4 Los operadores catastrales Son las personas juriacutedicas de derecho puacuteblico o privado que mediante contrato suscrito con uno o varios gestores i-ishydesarrollan que sirven insumo para adelantar los procesos de formacioacuten y catastral asiacute como los procedimientos del enfoque catastral que conforme a la regulacioacuten que para el Gobierno
sean
requisitos de idoneidad y las condiciones contratacioacuten de catastrales sentildealados por las normas regulen la materia
entidades territoriales Codazzi (IGAC)
IGAC por ex(etCICln
es gestor (alracmiddottr~1
artiacuteculo 80 de la Ley 1
la Gestioacuten Catastral
Por el cual se parcialmente los 1955 de 2019 y se modifica Tiacutetulo 2 de la 2 2 del de 2015
Por medio del cual se expide el Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
148NUacuteMERO DE Paacutegina 7 de 22
5 La Superintendencia de Notariado y (SNR) Es la que ejerce las funciones la inspeccioacuten vigilancia y control al ejercicio de la ge~mo catastral en virtud de lo dispuesto en los artiacuteculos 7981 Y 82 de la Ley 1 2019
6 Municipios autoacutenomos para como catastrales o contratar a un catastral incluido como prestador por excepcioacuten conforme a principios de coordinacioacuten concurrencia y subsidiariedad
Artiacuteculo 22216 Obligaciones generales de los gestores catastrales gestores catastrales tendraacuten siguientes obligaciones
a) Prestar el servicio en forma continua y eficiente garantizando recursos fiacutesicos tecnoloacutegicos y organizacionales prestacioacuten servicio puacuteblico catastral
b) Prestar el servicio puacuteblico catastral en municipios para sea contratado Garantizar la calidad veracidad e integridad la informacioacuten catastral en sus componentes fiacutesico juridico y econoacutemico perjuicio de las asignadas a la Nacional de (ANT)
d) Suministrar permanentemente la informacioacuten catastral en el Sistema Nacional de Informacioacuten -SINIC de manera oportuna completa confiable conforme a los mecanismos definidos por la autoridad Garantizar la actualizacioacuten permanente base interoperabilidad informacioacuten que se con el Sistema Nacional de Informacioacuten - SINIC o la herramienta tecnoloacutegica que haga sus veces
f) Informar a SINIC al IGAC y a SNR inicio de sus actividades y modificaciones en su aacuterea de operacioacuten para que esas autoridades puedan cumplir sus funciones
g) Dar cumplimiento plan con que se habilitoacute ejercer el servicio puacuteblico h) Cumplir con la normatividad que regula la prestacioacuten del servicio i) Verificar los idoneidad los operadores
conformidad con lo por el Gobierno Nacional j Reportar a traveacutes IC los operadores con los
actividades insumo para los procesos formacioacuten actualizacioacuten y catastral asiacute como los procedimientos del enfoque catastral multipropoacutesito que sean adoptados
k) demaacutes previstas en este decreto y normas concordantes y complementarias
y
y la
Articulo 22217 Instancia Teacutecnica Asesora Catastral Creacuteese el Comiteacute Asesor para la
la Regulacioacuten de Catastral como
de las en ejercicio de sus
Tormiddot rmiddot asesora que tiene como objetivo garantizar regulacioacuten de la gestioacuten presente el
composicioacuten Teacutecnico Asesor
Director del Departamento Administrativo Nacional de Estadiacutestica (DANE) que presidiraacute
1
se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y de la Ley 1955 y se modifica el Tiacutetulo 2 2 del Libro 2 del 1170 de 2015
medio del cual se Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo Informacioacuten Estadiacutestica
NUacuteMERO 14 Paacutegina 8 de 22
2 El Director Teacutecnico Notariado y Registro o su
Geoestadiacutestica del
o el Superintendente Delegado de Tierras la Superintendencia de nivel asesor El Director Teacutecnico o su delegado nivel asesor Dos (2) expertos internacionales Dos (2) expertos
Paraacutegrafo 1 El DANE mediante acto administrativo los criterios de seleccioacuten los miembros rriexcl~ e internacionales y el procedimiento para efectuar
escogencia
Paraacutegrafo
iCttlIICt
labor exclusiva 2 La del Comiteacute Teacutecnico 1ltlI~iexclltlIV para la Gestioacuten
una Direccioacuten Teacutecnica Geoestadiacutestica del dispondraacute los medios y operativos nelce~)arIOS realizar esta actividad
Paraacutegrafo 3 El Comiteacute Asesor para la Catastral deberaacute convocarse dentro de los seis (6) meses siguientes a la expedicioacuten de este decreto periodo en
IGAC podraacute desarrollar su funcioacuten de regulacioacuten sin esta instancia
Artiacuteculo 2221 runCOllles del Comiteacute Comiteacute Teacutecnico Asesor para la Gestioacuten Catastral tendraacute las funciones
1 Velar por idoneidad de la regulacioacuten bajo la responsabilidad del IGAC med el estudio de las presentadas por Recomendar ajuste de las propuestas de regulacioacuten IGAC en desarrollo de sus funciones legalES
3 Emitir concepto favorable o desfavorable a las iniciativas regulacioacuten por IGAC en relacioacuten con la concordancia de la propuesta y el
marco general establecido en reglamentacioacuten del Nacional Adicionalmente este concepto fundarse en teacutecnico que
Comiteacute 4 sobre el uso de insumas cartograacuteficos que por fuera de
los temporalidad y especificaciones teacutecnicas definidas por la autoridad reguladora
5 Las establecidas en del Comiteacute
Artiacuteculo 22219 Reglamento El Teacutecnico Asesor para Catastral deberaacute definir su propio reglamento
Paraacutegrafo reglamento definiraacute periodicidad de las ordinarias y extraordinarias del Comiteacute Teacutecnico au para la Gestioacuten asiacute como los medios Sin embargo deberaacute reunirse como miacutenimo una vez al antildeo
por
cual se reglamentan parciamente los artiacuteculos 80 81 Y 82 de a Ley 1955 Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 1170 de 2015
cual se expide el Decreto Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten
148DECRETO NUacute DE Paacutegina 9 de 22
CAPiacuteTULO 2
Procedimientos de Enfoque Multipropoacutesito
Artiacuteculo 22221 Informacioacuten catastral Corresponde a juriacutedicas y los bienes inmuebles Dicha catastral y deberaacute ser reportada por los gestores en Informacioacuten SINIC o en la herramienta tecnoloacutegica haga sus veces de acuerdo con y especificaciones teacutecnicas definidas por la autoridad reguladora
La informacioacuten crlIr~ reflejar la realidad fiacutesica inmuebles sin importar la titularidad sobre el bien
a) Informacioacuten Corresponde a la representacioacuten la identificacioacuten cabida los linderos y las construcciones un inmueble La identificacioacuten no implica necesariamente el reconocimiento linderos del predio in situ
b) Informacioacuten Identificacioacuten de la relacioacuten juriacutedica el sujeto activo sea el propietario el inmueble Esta ITICeacuteiCICm juriacutedica no constituye la propiedad
c) Informacioacuten tlAUnlII nnIH1c al valor o avaluacuteo inmueble El avaluacuteo catastr l~rIr relacioacuten con los valores de
Paraacutegrafo informacioacuten comprende los bienes inmuebles privados fiscales baldiacuteos patrimoniales y uso puacuteblico
Artiacuteculo 22222 Procesos de la gestioacuten catastral La gestioacuten los procesos de formacioacuten actualizacioacuten conservacioacuten y difusioacuten catastral asiacute como los procedimientos de enfoque multipropoacutesito
a) Proceso de formacioacuten el conjunto de actividades identificar por primera informacioacuten catastral en la totalidad que conforman territorio o en parte de eacutel
b) Proceso de actualizacioacuten catastral Conjunto de actividades a identificar incorporar o los cambios o inconsistencias en informacioacuten catastral durante un determinado Para la actualizacioacuten pod emplearse mecanismos de intervencioacuten en el territorio como meacutetodos directos declarativos y colaborativos asiacute como uso e integracioacuten de informacioacuten que den cuenta de los entre la base y de los inmuebles En ninguacuten actualizar la informacioacuten un geograacutefica seraacute obligatorio levantamiento catastral en totalidad de inmuebles
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO 148 DE Paacutegina 10 de 22
c) Proceso de conservacioacuten catastral Es el conjunto de acciones tendientes a mantener vigente la base catastral de forma permanente mediante la incorporacioacuten de los cambios que sufra la informacioacuten de un bien inmueble La conservacioacuten catastral podraacute realizarse a solicitud de parte o de oficio para lo cual los gestores catastrales deberaacuten adoptar los mecanismos de interoperabilidad con las demaacutes entidades productoras de informacioacuten oficial
d) Proceso de difusioacuten catastral Son las actividades tendientes al uso disposicioacuten y acceso a la informacioacuten catastral asiacute como la generacioacuten de insumos que contribuyan a la planeacioacuten y gestioacuten de los territorios En todo caso se deberaacute garantizar la proteccioacuten y custodia de la informacioacuten conforme a las disposiciones de proteccioacuten de datos
Paraacutegrafo Una vez finalizado el proceso de actualizacioacuten el gestor catastral deberaacute implementar estrategias que permitan el mantenimiento permanente del catastro incorporando las variaciones puntuales o masivas de las caracteriacutesticas fiacutesicas juriacutedicas o econoacutemicas de los predios en la base catastral
Artiacuteculo 22223 Aplicacioacuten del enfoque multipropoacutesito Los gestores catastrales en el desarrollo de los procesos de formacioacuten actualizacioacuten conservacioacuten y difusioacuten deberaacuten seguir los procedimientos de enfoque multipropoacutesito
Artiacuteculo 22224 Procedimientos del enfoque multipropoacutesito Se consideraraacuten procedimientos de enfoque multipropoacutesito al menos los siguientes
1 El barrido predial masivo 2 Integracioacuten con el registro 3 Incorporacioacuten de datos de informalidad en la propiedad 4 Actualizacioacuten permanente e integridad de los traacutemites inmobiliarios 5 Interoperabilidad e integracioacuten de capas no parcelarias 6 Servicios digitales 7 Innovacioacuten y evolucioacuten continua
Paraacutegrafo 1 La adopcioacuten de estos procedimientos por parte de los gestores catastrales podraacute hacerse de forma gradual seguacuten las condiciones y capacidades de los territorios asiacute como la disponibilidad de informacioacuten necesaria
Paraacutegrafo 2 Los gestores catastrales podraacuten adoptar los meacutetodos teacutecnicos que consideren para la ejecucioacuten de las labores catastrales siempre y cuando garanticen que se refleje la realidad de los predios y se cumplan las especificaciones teacutecnicas de los productos definidos por el IGAC
Artiacuteculo 22225 Barrido predial masivo Es el conjunto de estrategias actividades y acciones orientadas a conseguir la identificacioacuten de las caracteriacutesticas fiacutesicas juriacutedicas y econoacutemicas de los predios sobre un territorio determinado El barrido predial masivo comprende diferentes maneras de intervencioacuten en el territorio incluyendo entre otros meacutetodos directos e indirectos de captura de informacioacuten esquemas colaborativos uso de registros administrativos modelos geoestadiacutesticos y economeacutetricos y demaacutes procedimientos teacutecnicos herramientas tecnoloacutegicas e instrumentos de participacioacuten
1170 Por el cual se reglamentan parcialmente artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la 2 del 2 del 2015
Por del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Administrativo Informacioacuten Estadiacutestica
1DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 11 22
comunitaria con enfoque territorial como el uso otras fuentes de informacioacuten territorio que permitan obtener datos para establecer la liacutenea base de informacioacuten catastral multipropoacutesito en un municipio igual que para su mantenimiento y actualizacioacuten permanente productos derivados de actividades de barrido predial masivo deberaacuten cumplir con las especificaciones teacutecnicas definidas por la autoridad reguladora
Articulo 22226 Meacutetodos de recoleccioacuten de informacioacuten Los catastra les podraacuten adelantarse mediante la combinacioacuten de los siguientes meacutetodos
a) Meacutetodos directos Aquellos que requieren una visita campo con el fin de recolectar la realidad de los bienes inmuebles
b) Meacutetodos indirectos aquellos meacutetodos identificacioacuten fiacutesica juriacutedica y econoacutemica de los inmuebles a traveacutes del uso de de sensores remotos integracioacuten registros administrativos modelos iacutesticos y economeacutetricos anaacutelisis de Big Data y fuentes secundarias como observatorios inmobiliarios su posterior incorporacioacuten en la base catastral
c) Meacutetodos declarativos y colaborativos Son los derivados participacioacuten de la comunidad en el suministro de informacioacuten que sirva como insumo para el desarrollo de los procesos catastrales Los gestores catastrales propenderaacuten por la adopcioacuten nuevas tecnologiacuteas y procesos comunitarios que faciliten la participacioacuten los ciudadanos
Paraacutegrafo 1 procesos barrido predial masivo los catastrales seraacuten los encargados de definir la adecuada combinacioacuten de los meacutetodos de intervencioacuten teniendo en cuenta condiciones propias de sus territorios y la disponibilidad fuentes secundarias informacioacuten conforme a especificaciones miacutenimas establecidas por autoridad reguladora
Paraacutegrafo 2 Los meacutetodos declarativos y colaborativos podraacuten emplearse para el mantenimiento permanente la informacioacuten Catastral
Artiacuteculo 22227 Declaracioacuten la informacioacuten catastral Cualquier persona podraacute informar ante el catastral competente de forma presencial o a de los canales dispuestos para tal fin la informacioacuten correspondiente a la realidad fiacutesica juriacutedica yo econoacutemica sus predios con el propoacutesito de eliminar cualquier disparidad
la realidad del predio y la informacioacuten catastral
Artiacuteculo 22228 Inscripcioacuten o incorporacioacuten catastral informacioacuten catastral resultado de los procesos de formacioacuten actualizacioacuten o conservacioacuten se inscribiraacute o incorporaraacute en la base catastral con la del acto administrativo que lo ordena
Paraacutegrafo inscripcioacuten en el catastro no constituye tiacutetulo de dominio ni sanea los vicios de propiedad o la tradicioacuten y no puede alegarse como excepcioacuten contra que pretenda tener mejor derecho a la propiedad o posesioacuten del predio
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO 148 DE Paacutegina 12 de 22
Artiacuteculo 22229 Inscripcioacuten de posesiones y ocupaciones El gestor catastral competente deberaacute inscribir en la base catastral a la persona que acredite la calidad de propietario y tambieacuten inscribiraacute la presencia de ocupantes o poseedores sin necesidad de calificar la naturaleza juriacutedica del predio Si se verifica previamente que el predio le pertenece a la Nacioacuten yo a la entidad territorial se inscribiraacute como ocupante Si se desconoce el propietario yo poseedor de un predio se inscribiraacute como vacante para efectos catastrales
Artiacuteculo 222210 Actualizacioacuten permanente Los gestores catastrales deberaacuten implementar mecanismos de observacioacuten dinaacutemica y continua del territorio que den cuenta de las variaciones en la informacioacuten catastral frente a la realidad del mismo Para tal efecto podraacuten crear observatorios inmobiliarios implementar meacutetodos de valuacioacuten basados en modelos economeacutetricos y geoestadiacutesticos integrar registros administrativos aplicar esquemas colaborativos entre otros lo anterior con el fin de incorporar las variaciones puntuales o masivas de los inmuebles en la base catastral
Artiacuteculo 222211 Integridad de los traacutemites inmobiliarios con impacto catastral Las entidades puacuteblicas o particulares que ejerzan funciones puacuteblicas encargadas de adelantar traacutemites que impliquen una actuacioacuten catastral deberaacuten implementar de manera articulada con los gestores catastrales competentes mecanismos de interoperabilidad que permitan la atencioacuten integral al usuario
Artiacuteculo 222212 Interoperabilidad e integracioacuten de capas no parcelarias Las autoridades competentes para emitir la informacioacuten asociada a derechos restricciones y responsabilidades de los predios deberaacuten disponer y suministrar dicha informacioacuten de forma estandarizada con el fin de interoperar con las bases catastrales El IGAC estableceraacute los protocolos de interoperabilidad pertinencia y datos complementarios
Artiacuteculo 222213 Servicios digitales Los gestores catastrales deberaacuten disponer mecanismos digitales para el acceso a traacutemites simplificados y consultas sobre la informacioacuten incorporada en las bases catastrales garantizando la proteccioacuten de datos personales establecida en las Leyes 1581 de 2012 y 1712 de 2014
Paraacutegrafo Los traacutemites catastrales notariales y registrales se atenderaacuten conjuntamente a traveacutes de una ventanilla integrada de servicio de conformidad con la regulacioacuten que se expida por las entidades competentes
Artiacuteculo 222214 Innovacioacuten y evolucioacuten continua Los gestores catastrales deberaacuten definir mecanismos transformadores para facilitar los traacutemites reducir los costos incentivar la competitividad y desarrollar servicios de alta calidad para el uso y acceso de la informacioacuten catastral
Artiacuteculo 222215 Integracioacuten con el registro Los gestores catastrales en coordinacioacuten con las Oficinas de Registro de Instrumentos Puacuteblicos deberaacuten adelantar los esfuerzos necesarios tendientes a la integracioacuten de la informacioacuten catastral y registral y en especial a unificar la informacioacuten asociada a linderos y aacutereas de forma gradual Igualmente generaraacuten los mecanismos para la integracioacuten de los sistemas de informacioacuten de las entidades
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y de la Ley 1955 de 2019 y se modifica Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
148DECRETO NUacuteMERO DE 13 de 22
La unificacioacuten de linderos y con registro se a traveacutes de los procesos de actualizacioacuten cabida y linderos con actualizacioacuten de linderos con efectos de aacuterea por determinacioacuten con efectos registra les linderos por acuerdo las con efectos registrales actas de traacutemite de inclusioacuten en el campo descripcioacuten de cabida y linderos del dato yo linderos en los folios de matriacutecula inmobiliaria que carezcan de esta informacioacuten y demaacutes que definan las autoridades competentes
Paraacutegrafo Sin perjuicio de lo anterior las bases catastrales incorporar los predios privados puacuteblicos baldiacuteos bienes de uso puacuteblico entre con o sin derecl10s reales principales o accesorios registrados aun no se encuentren inscritos en el registro instrumentos puacuteblicos
Artiacuteculo 222216 Procedimientos catastrales con consideraraacute como procedimientos
y yo linderos Estos procedimientos
las
con efectos actualizacioacuten de linderos aacuterea por imprecisa iexclnacioacuten actualizacioacuten masiva y puntual rectificacioacuten de linderos por acuerdo entre las partes e inclusioacuten acatados por los gestores catastrales oficinas de registro instrumentos puacuteblicos del paiacutes y podraacuten ser aplicados durante los procesos formacioacuten actualizacioacuten y conservacioacuten
procedimientos anteriormente enunciados no limitan la libre comercializacioacuten de los inmuebles por cuanto es viable la facultad de disposicioacuten
mismos con base en los datos de y linderos que los identifican y que en los tiacutetulos antecedentes que origen juriacutedico
Artiacuteculo 222217 Actualizacioacuten linderos con efectos registrales El gestor competente de oficio o a solicitud
con J1JLIAtu
rorT yo indirectos sin variacioacuten o cuando
sus
sean verificables mediante meacutetodos variacioacuten o diferencia se encuentre por la maacutexima autoridad catastral
teacutecnica de los linderos llevaraacute a r-orToII del aacuterea
titular del derecho de dominio o las entidades puacuteblicas que funciones legales administran inmuebles propios o ajenos podraacuten mediante la descripcioacuten
de linderos de bienes
los maacutergenes de tolerancia
de llevar a cabo la actualizacioacuten gestor catastral emitiraacute el acto administrativo sujeto a registro que resuelva actualizacioacuten de linderos incluida la
del aacuterea si a ello hubiere lugar procedimiento aplicable en el artiacuteculo no es excluyente con el procedimiento d para la linderos por acuerdo entre las partes respecto uacuten mismo inmueble
rectificacioacuten
traacutemite no aplicaraacute cuando la definicioacuten linderos se haya dado en un proceso de deslinde y amojonamiento o de tierras
Artiacuteculo 222218 Rectificacioacuten por imprecisa determinacioacuten con efectos registrales rectificacioacuten de en el sistema yo registraI procederaacute ante
catastral oficio o a solicitud del titular del derecho de dominio o puacuteblicas que con ocasioacuten sus funciones legales administran
el
que y
Por el cual se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y 82 la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la 2 del Libro 2 del Decreto 1170 2015
liPor medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
14 de 22 DECRETO NUacuteMERO 148
inmuebles propios o cuando los linderos debida y teacutecnicamente descritos sean verificables meacutetodos directos ylo indirectos sin variacioacuten que a lo largo de la tradicioacuten bien inmueble el eacuteste no haya sido determinada adecuadamente o cuando la variacioacuten o se encuentre de los maacutergenes de tolerancia establecidos por la maacutexima autoridad catastral
A efectos de llevar a la rectificacioacuten el non
del bien inmueble competente expediraacute el
administrativo a registro que
Artiacuteculo 222219 Rectificacioacuten de linderos por acuerdo entre las partes con registraes rectificacioacuten de linderos en el sistema catastral y registral
procederaacute de oficio o a solicitud de parte ante el gestor catastral siempre y cuando se haya suscrito acta colindancia con pleno entre los compartan uno o varios linderos pero se diferencias de entre la verificacioacuten mediante meacutetodos directos ylo indirectos y la informacioacuten
matriacutecula inmobiliaria rectificacioacuten de todos linderos puede llevar a aacuterea del inmueble
Cuando el gestor o la entidad puacuteblica respectiva identifique o tenga de de terceros que puedan verse afectados por los
ne
37 de la Ley 1437 de la actuacioacuten administrativa efectuaraacute comunicaciones en el
2011
rectificacioacuten de linderos y aacutereas procederaacute cuando los linderos
1 Sean arcifinios no verificables en terreno Sean arcifinios en terreno con variacioacuten respecto lo consignado en los tiacutetulos registrados
3 Esteacuten expresados en costumbristas no verificables en terreno 4 Contengan o limitadas en tiacutetulos
registrados Esteacuten teacutecnicamente definidos pero sobre los mismos haya superposicioacuten o Se presenten entre los linderos contenidos en los tiacutetulos y verificados mediante meacutetodos directos ylo indirectos
Paraacutegrafo 1 No se requeriraacute entre las partes cuando la variacioacuten o se encuentre dentro de maacutergenes de establecidos por
en la
autoridad catastral conforme lo por decreto caso aplicaraacuten los procedimientos actualizacioacuten de o rectificacioacuten de por
rOiIltI determinacioacuten sea el caso
2 No es necesaria suscripcioacuten de actas colindancia sobre bien inmueble no presenten discrepancia alguna entredel
y su verificacioacuten meacutetodos directos ylo indirectos Procederaacuten los acuerdos parciales es decir suscribir un acta sobre uno o varios linderos con un colindante ylo varias actas por nrrlin
los
Paraacutegrafo 3 En aquellos casos en los cuales existan entre la informacioacuten recabada mediante meacutetodos yo indirectos y lo consignado en los tiacutetulos
preclslon para
(ANT) podraacute con
cualquier que otro
la
Por se reglamentan
del cual se LJvrcruiexcl
Administrativo
los articulos 79 80 1170 de 2015
81 Y Ley 1955 2019 Y se modifica el Tiacutetulo 2 2 del Libro 2 del
10l0r Reglamentario Uacutenico Sector Informacioacuten Estadiacutestica
148NUacuteMERO 1S de 22
registrados y no se logre pleno por viacutea administrativa artiacuteculo
agotarse el proceso jud de deslinde y amojonamiento conforme con y siguientes del General del Proceso o los lo modifiquen o sustituyan
Paraacutegrafo 4 Siempre que evidencie que alguno los predios involucrados en traacutemite podriacutea ser considerado como baldiacuteo no procederaacute la
linderos por acuerdo partes Sin embargo o herramienta que haga sus veces la informacioacuten que dicha cual serviraacute de insumo a la ANT para que adopte medidas a que haya
lugar
Paraacutegrafo S el caso en que alguno los predios involucrados en traacutemite sea considerado bien de uso puacuteblico no la rectificacioacuten de por acuerdo entre las con efectos registrales sin perJuIcIo incorporacioacuten de la informacioacuten levante el gestor SINIC o la herramienta que haga sus veces caso la entidad expedir una con la
lindero del bien de uso puacuteblico Dicha certificacioacuten acompantildear la procesos de rectificacioacuten por imprecisa determinacioacuten con
actualizacioacuten de con efectos registrales e inclusioacuten del
ARTiacuteCULO Gestioacuten catastral a de la Agencia Nacional de Tierras (ANT) Agencia Nacional de (ANT) en su calidad levantaraacute los componentes fiacutesico y juriacutedico catastro necesarios para
de ae~gt[Qr
ordenamiento de la propiedad o asociados al desarrollo proyectos estrateacutegicos del orden nacional priorizados por Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural de con los estaacutendares y teacutecnicas por la autoridad catastral
En los
respecto de los predios obleto
Artiacuteculo 80 de la 2019 la Agencia Nacional Tierras (ANT) no a cargo la conservacioacuten por lo que una vez levantada e incorporada informacioacuten fiacutesica y juriacutedica catastro en el SINIC o la herramienta tecnoloacutegica sus veces las catastrales en dicha entidad intervencioacuten y se al Gestor Catastral competente
De cualquier forma Agencia Nacional proceso Ordenamiento Social de la gestor haya previamente
Paraacutegrafo 1 ISDIDSUlQrles referidas en artiacuteculo a la ANT le seraacuten aplicables a todas las enlt1d(~dE~S puacuteblicas del orden nacional que se habiliten como catastrales cumplimiento de sus funciones en los teacuterminos del artiacuteculo 22252 del 1983 de 2019 101011
Paraacutegrafo 2 Nacional de Tierras (ANT) no tendraacute competencia ejecucioacuten de catastrales de predios cuyo tiacutetulo originario actuacioacuten administrativa proferida por el Instituto Colombiano de la Reforma Instituto Colombiano Desarrollo Rural la Unidad Nacional de
Por cual se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y 82 la Ley 1 de 2019 y se modifica el TItulo 2 de la 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio cual se expide el Reglamentario Uacutenico de ecrCJr Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 16 22
Agencia Nacional de Tierras (ANT) o la entidad que sus salvo para eTE~CI()S Ordenamiento de la Propiedad Rural
Paraacutegrafo 3 municipios o zonas objeto intervencioacuten en los cuales la Agencia Nacional de Tierras (ANT) adelantaraacute la gestioacuten catastral seraacuten definidos conforme a los criterios fijados por Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural
Paraacutegrafo 4 En las zonas rurales objeto su intervencioacuten como gestor catastral la Agencia Nacional de (ANT) expediraacute los actos administrativos que permitan armonizar el componente y juriacutedico del con la informacioacuten registral y que sean para los procesos de ordenamiento social propiedad
Articulo 222221 Inclusioacuten en campo de descripcioacuten de cabida y linderos dato de aacuterea yo linderos en los folios de matriacutecula inmobiliaria que carezcan de esta informacioacuten los casos donde los folios de matriacutecula inmobiliaria no hayan contado con informacioacuten de yo linderos desde el inicio del ciclo traslaticio bien inmueble que identifican la Oficina de de Instrumentos Puacuteblicos procederaacute la inclusioacuten dato de aacuterea yo linderos en respectivas matriacuteculas inmobiliarias que se tomaraacute la base catastral administrada por gestor catastral competente
Artiacuteculo Correccioacuten yo inclusioacuten de cabida en procesos de ordenamiento de propiedad En el marco de los traacutemites ordenamiento social la propiedad que adelante la Agencia Nacional de (ANT) conforme a
competencias establecidas en el artiacuteculo 58 del Decreto Ley 902 2017 Y atendiendo a la funcioacuten de gestor catastral consignada en el artiacuteculo 80 de la Ley 1 de 19 cuando se identifique la existencia de una inconsistencia el levantamiento ial realizado por dicha entidad con la informacioacuten registral actos administrativos resuelven de fondo los asuntos sometidos a estudio ordenaraacuten aclaracioacuten actualizacioacuten masiva rectificacioacuten de por imprecisa determinacioacuten o inclusioacuten aacuterea del predio intervenido siempre los linderos esteacuten debida y teacutecnicamente descritos sean verificables por meacutetodos directos o indirectos y no exista variacioacuten en los mismos sin necesidad de adelantar un proceso rectificacioacuten o inclusioacuten de aacuterea
Artiacuteculo Actualizacioacuten masiva de linderos yo rectificacioacuten masiva de por imprecisa determinacioacuten En el marco de los procesos de actualizacioacuten
catastral y como resultado del levantamiento la informacioacuten y juriacutedica en terreno el gestor catastral podraacute remitir para inscripcioacuten a la Oficina de Registro de Instrumentos Puacuteblicos respectiva el administrativo actualizacioacuten masiva de linderos o rectificacioacuten de aacuterea corresponda
Cuando la diferencia en las magnitudes cabida yo linderos supere el rango de tolerancia establecido surtirse traacutemite de rectificacioacuten de linderos o por imprecisa determinacioacuten seguacuten corresponda
Artiacuteculo Rangos de tolerancia Los rangos de tolerancia corresponden a variacioacuten el o cabida de un predio que seguacuten la autoridad reguladora catastral sean admisibles y aplicables cuando existan diferencias la realidad fiacutesica y la descripcioacuten existente en el tiacutetulo de propiedad registrado en el folio de matricula
Por el se reglamentan parcialmente los artiacuteculos y 82 de la de 2019 y se modifica Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de
Por medio cual se expide el Decreto Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten
148DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 17 de 22
inmobiliaria No la suscripcioacuten de las colindancia ni ajustar los folios de matriacutecula inmobiliaria cuando la diferencia no supere rangos de tolerancia
Cuando los linderos no se encuentren teacutecnicamente en el folio de matriacutecula inmobiliaria aun estando dentro del rango de tolerancia folio de matriacutecula inmobiliaria deberaacute mediante acto administrativo emitido por el Gestor Catastral
Cualquier medicioacuten que difiera la catastral en un margen ngt o igual al rango de tolerancia se consideraraacute equivalente a la catastral
Articulo 222225 I-rEas objeto de despojo o abandono forzado Sin perjuicio de las actividades propias catastral los no podraacuten adelantar los procesos en el artiacuteculo Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del libro 2 del Decreto 11 5 para los siguientes casos
1 Si el bien se encuentra inscrito en el Registro Despojadas y Abandonadas que trata la Ley 1448 de Si el predio es objeto solicitud de restitucioacuten de tierras
los casos anteriores se nn- seguir la ruta juriacutedica definida en la Ley 1448 de 2011 y sus normas y complementarias
Artiacuteculo 222226 Obligacioacuten de suministro de informacioacuten la gestioacuten catastral Para el desarrollo gestioacuten catastral las siguientes puacuteblicas y privadas deberaacuten suministrar informacioacuten requerida por los catastrales en
la prestacioacuten del perjuicio de las normas contenidas en las Leyes 2012 1712 2014 Y disposiciones legales relacionadas con la
de datos
1 virtud del principio coordinacioacuten el mUnicipiO o departamento trataacutendose de aacutereas no municipalizadas entregaraacute la informacioacuten actualizada que se relaciona con el ordenamiento de su territorio
instituciones financieras vigiladas por la Superintendencia Oficinas de Registro de Instrumentos Puacuteblicos y las produzcan o registren informacioacuten avaluacuteos comerciales venta o arriendo de inmuebles suministrar dicha rrnlttln
caacutemaras de comercio municipio yo distrito deberaacuten suministrar la informacioacuten de establecimientos comercio y su actividad
4 DANE deberaacute suministrar al Catastral el Censo de a nivel de manzana Lo anterior en marco de la reserva estad en artiacuteculo 5 de la Ley 1
rCC de servicios puacuteblicos las curaduriacuteas urbanas y las planeacioacuten o quien haga sus deberaacuten proporcionar de forma informacioacuten de las acometidas servicios puacuteblicos domiciliarios y
urbanismo y construccioacuten
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO 148 DE Paacutegina 18 de 22
Paraacutegrafo Las entidades sentildealadas en el presente artiacuteculo deberaacuten implementar los mecanismos de interoperabilidad definidos por la autoridad reguladora catastral para el suministro de la informacioacuten para la gestioacuten catastral de manera continua y permanente
Artiacuteculo 222227 Gratuidad de la informacioacuten para la gestioacuten catastral De conformidad con lo establecido en el artiacuteculo 1deg del Decreto 235 de 2010 los requerimientos de informacioacuten que realicen los gestores catastrales para el ejercicio del servicio puacuteblico catastral no constituyen servicio y no generan costo alguno al solicitante La entrega de informacioacuten al gestor catastral durante el empalme previsto en el artiacuteculo 22254 del Decreto 1983 de 2019 seraacute gratuita
Artiacuteculo 222228 Vigencia fiscal Para efectos de lo consagrado en el artiacuteculo 3 de la Ley 44 de 1990 los avaluacuteos catastrales resultantes de la prestacioacuten del servicio puacuteblico de gestioacuten catastral entraraacuten en vigencia para efectos fiscales a partir del 10 de enero del antildeo siguiente a aquel en que fueron estimados o calculados para lo cual los gestores catastrales ordenaraacuten por acto administrativo su entrada en vigencia
Artiacuteculo 222229 Vigencia catastral La informacioacuten fiacutesica juriacutedica y econoacutemica asiacute como la resultante de los procedimientos de enfoque multipropoacutesito entraraacuten en vigencia para efectos catastrales al momento de quedar en firme su inscripcioacuten o incorporacioacuten en las bases oficiales descritas en el presente decreto
Artiacuteculo 222230 Aplazamiento de vigencia y reduccioacuten de los iacutendices de ajuste del avaluacuteo catastral El Gobierno Nacional de oficio o por solicitud fundamentada de los Concejos Municipales debido a especiales condiciones econoacutemicas o sociales que afecten a determinados municipios o zonas de estos podraacute aplazar la vigencia de los catastros elaborados por formacioacuten o actualizacioacuten por un periacuteodo hasta de un (1) antildeo Si subsisten las condiciones que originaron el aplazamiento procederaacute a ordenar una nueva formacioacuten o actualizacioacuten de estos catastros
En el evento de que la vigencia fiscal de los avaluacuteos elaborados por formacioacuten o actualizacioacuten de la formacioacuten fuera aplazada por el Gobierno en los teacuterminos y condiciones sentildealados en el artiacuteculo 10 de la Ley 14 de 1983 continuaraacuten vigentes los avaluacuteos anteriores y por lo tanto se seguiraacuten aplicando los iacutendices anuales de ajuste correspondientes hasta que termine el aplazamiento o se pongan en vigencia fiscal los avaluacuteos aplazados o se realice y ponga en vigencia una nueva formacioacuten o actualizacioacuten de la formacioacuten
ARTiacuteCULO 2 Adicioacutenense los Capiacutetulos 6 y 7 al Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 DISPOSICIONES ESPECiFICAS INSTITUTO GEOGRAacuteFICO AGUSTiacuteN CODAZZI IGAC del Decreto 1170 de 2015 Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica los cuales quedaraacuten asiacute
CAPiacuteTULO 6
Informacioacuten Econoacutemica Catastral
recopilaraacute la informacioacuten mercado inmobiliario del proveniente de fuentes como ofertas transacciones costos otras y el cual deberaacute articulado para tal efecto con el
Todos los Gestores Inmobiliario Catastral donde se
valor comercial de un predio a partir del estudio de recientes de bienes o comparables al del objeto
Meacutetodo de capitalizacioacuten de rentas o ingresos que busca establecer el valor un bien a partir de las o que se puedan obtener del o inmuebles semejantes o comparables trayendo a valor suma de los ingresos probables o generadas
Por el cual se parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 Y se modifica Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten
DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 19 de 22
Artiacuteculo 22261 Inmobiliario Catastrales contar con un Observatorio
Departamento Nacional de (DANE) Todo avaluacuteo comercial deberaacute estar sustentado en informacioacuten registrada en el observatorio inmobiliario catastral para lo cual se deberaacute garantizar que cualquier tipo de informacioacuten en avaluacuteo sea registrada en el observatorio anterior sin perjuicio de normas relacionadas con la proteccioacuten de datos nlr~r1n
Artiacuteculo 22262 Determinacioacuten del valor catastral de un inmueble La determinacioacuten del valor ca1tastra
(~tnlro~ Catastrales o por el Instituto inmuebles seraacute a de avaluacuteos
puntuales o masivos por Agustiacuten (IGAC)
Articulo 22263 Meacutetodos Sin perjuicio de norma especial para determinacioacuten de los avaluacuteos catastrales la estimacioacuten del valor del inmueble
los siguientes meacutetodos otros
1 Meacutetodo de comparacioacuten o de mercado Es la teacutecnica que LlU
en la vida remanente del bien objeto de avaluacuteo con una tasa de capitalizacioacuten o
3 Meacutetodo del costo de reposicioacuten Cuando sea necesario valor comercial de una construccioacuten se aplicaraacute el meacutetodo de costo consistente en establecer el valor comercial de un predio depreciacioacuten de una estimacioacuten total de una construccioacuten
4 Meacutetodo sea neces~a establecer el valor se aplicaraacute el meacutetodo residual
proyecto con el mercado del bien final
residual Cuando un cual se deriva de estimar el valor total
las ventas de un acorde con la reglamentacioacuten urbaniacutestica vigente y de ible en el
objeto de avaluacuteo
se podraacuten aplicar manera los meacutetodos descritos en presente artiacuteculo los cuales no
el ingreso al predio
Salvo lo dispuesto en normas
a
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO _ 148 DE Paacutegina 20 de 22
Artiacuteculo 22264 Estructura del NUPRE Los Gestores Catastrales para la identificacioacuten de los predios en el territorio deberaacuten adoptar el Coacutedigo Homologado de Identificacioacuten Predial con la siguiente estructura
ABC-1234-DEFH
Las tres (3) primeras letras (ABC) pertenecen al prefijo asignado por el IGAC a cada Gestor Catastral Habilitado
Los cuatro (4) diacutegitos (1234) que podraacuten tomar valores del O al 9 y las tres (3) letras siguientes (DEF) podraacuten tomar valores de las siguientes letras A B C D E F H J K L M N 0 P R S T U W X V Z Se eliminan las letras G 1 A V Ntilde con el propoacutesito de minimizar la posibilidad de error en el coacutedigo debido a la similitud con otras letras La definicioacuten de estas siete (7) posiciones asiacute como los mecanismos de generacioacuten aleatoria o secuencial y su asignacioacuten estaraacute a cargo deIIGAC
La letra final a la derecha (H) corresponde a un caraacutecter de chequeo utilizado con el objeto de poder validar la integridad del coacutedigo restante
La definicioacuten de los rangos que utilizariacutea cada ciudad y el significado de cada una de estas tres (3) posiciones estaraacute a cargo deIIGAC
CAPiacuteTULO 7
De la Inspeccioacuten Vigilancia y Control de la Gestioacuten Catastral
Artiacuteculo 22271 Inspeccioacuten Vigilancia y Control de la Gestioacuten Catastral La Superintendencia de Notariado y Registro ejerceraacute las funciones otorgadas mediante los artiacuteculos 79 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 relacionadas con la inspeccioacuten vigilancia y control del ejercicio de la gestioacuten catastral
Paraacutegrafo 1 La funcioacuten de inspeccioacuten vigilancia y control es de naturaleza administrativa y no implica ejercicio de la funcioacuten de control fiscal disciplinario o penal
Paraacutegrafo 2 En lo no contemplado en el presente capiacutetulo se aplicaraacute lo dispuesto en la Ley 1437 de 2011 o las disposiciones que la modifiquen o sustituyan
Artiacuteculo 22272 Sujetos pasivos Son sujetos pasivos de las funciones de inspeccioacuten vigilancia y control los gestores catastrales los operadores catastrales los municipios los propietarios ocupantes tenedores o poseedores titulares de derechos reales o quien tenga cualquier relacioacuten faacutectica o juriacutedica con el predio
Artiacuteculo 22~73 Funcioacuten de inspeccioacuten La inspeccioacuten consiste en la atribucioacuten de la Superintendencia de Notariado y Registro entre otras para solicitar confirmar y analizar en la forma detalle y teacuterminos que ella determine la informacioacuten que requiera
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 21 de 22148
con el objeto de establecer de manera general el cumplimiento del reacutegimen juriacutedico aplicable al servicio puacuteblico de gestioacuten catastral En ejercicio de esta funcioacuten la Superintendencia de Notariado y Registro de oficio o a peticioacuten de parte podraacute requerir informacioacuten realizar visitas instruir y orientar en la manera en que se debe cumplir e interpretar el reacutegimen juriacutedico aplicable a la gestioacuten catastral
Artiacuteculo 22274 Funcioacuten de vigilancia La vigilancia consiste en la atribucioacuten de la Superintendencia de Notariado y Registro para velar que de manera puntual los sujetos pasivos en desarrollo de sus funciones y obligaciones se ajusten a lo dispuesto en el ordenamiento juriacutedico i
~~ t~ lt
La vigilanyia estaacute retrida a funcion~~ de advertencia prevencioacuten y orientacioacuten encamin~das eacutel q~11~ rf~a9~On~S~~ ~ iuj~tos pasivo~ se ajusten a la norm~tividad i ~ IOque los rigen para to q~1 Ia Supeqnt~nd~cla de Notariado y Registro tendra entre otras las~tri~UqL9n~s ~~ tnsfruir o(ientaacuteC requerir ordenar establecer planes de mejoramiento practicaacuter visitasl~ r~visioacuteries y demaacutes pruebas que determine conducentes pertinefltes y uacutetiles
Artiacuteculo 22275 Funcioacuten de control El control consiste en las atribuciones de la Superintendencia de Notariado y Registro tendientes a evitar superar y sancionar los efectos de la comisioacuten de infracciones al reacutegimen catastral para lo cual entre otras cosas podraacute ordenar la adopcioacuten de medidas preventivas correctivas y conforme con los artiacuteculos 81 y 82 de la Ley 1955 de 2019 o la que la modifique o sustituya y a la Ley 1437 de 2011 de oficio o a peticioacuten de parte y en ejercicio de la potestad sancionatoria adelantar procedimientos administrativos sancionatorios en contra de los sujetos pasivos cuando se determine el meacuterito para ello
Artiacuteculo 22276 Medidas preventivas Sin perjuicio de las sanciones a que haya lugar cuando resulten necesarias la Superintendencia de Notariado y Registro podraacute imponer medidas preventivas para evitar de manera transitoria la continuacioacuten de la ocurrencia de un hecho la realizacioacuten de una actividad o la existencia de una situacioacuten que presuntamente atente contra el reacutegimen catastral
Artiacuteculo 22277 Potestad sancionatoria La Superintendencia de Notariado y Registro tendraacute la potestad de sancionar a los gestores y operadores del servicio puacuteblico de catastro por la incursioacuten en alguna de las infracciones previstas entre los numerales 1 al13 del artiacuteculo 81 de la Ley 1955 de 2019 o la norma que la modifique o sustituya
Por su parte de las obligaciones establecidas en el inciso primero del artiacuteculo 81 de la Ley 1955 de 2019 la Superintendencia de Notariado y Registro podraacute sancionar a propietarios ocupantes tenedores o poseedores titulares de derechos reales o quien tenga cualquier relacioacuten faacutectica o juriacutedica con el predio por incurrir en las conductas de que trata la norma citada
Artiacuteculo 22278 Procedimiento El procedimiento sancionatorio se adelantaraacute conforme con lo establecido en la Ley 1437 de 2011
Por el cual se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO-_- ~ 148 DE Paacutegina 22 de 22
ARTiacuteCULO 3 Vigencia y Derogatoria El presente Decreto entra en vigencia a partir de su publicacioacuten y deroga las normas que le sean contrarias en especial el Decreto 1227 de 1908 el Decreto 2275 de 1941 el Decreto 3496 de 1983 compilado en el Decreto 1170 de 2015 el paraacutegrafo 2 del artiacuteculo 222312 el artiacuteculo 222313 el paraacutegrafo 2 del artiacuteculo 222316 el artiacuteculo 222321 y el artiacuteculo 222324 del Decreto 1170 de 2015
PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE -4 FES 2020 Dado en Bogotaacute DC a los
LA MINISTRA DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
EL MINISTRO DE AGRICULTURA y DESARROLLO URAL
CIA PINZOacuteN
EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADiacuteSTICA
2
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 201
uPor medio se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Administrativo de Estadiacutestica
crorn
148 22DECRETO
poliacuteticas pliblicas y brindar seguridad juriacutedica a la relacioacuten de los con los bienes raiacuteces en territorio nacional
Artiacuteculo 22214 Prestacioacuten del servicio de la gestioacuten catastral los teacuterminos del artiacuteculo 1955 de 2019 los responsables de la prestacioacuten del servicio puacuteblico catastral son Instituto Geograacutefico Agustiacuten Codazzi (IGAC) y los Gestores directamente o a de los operadores
En todo Instituto Geograacutefico Agustiacuten (IGAC) autoridad catastral del servicio puacuteblico gestioacuten catastral y la competencia como autoridad reguladora Asiacute mismo prestador de manera excepcional en ausencia de Catastrales habilitados es decir en los municipios donde no se encuentre prestando el servicio otro ocTflr Catastral o en los casos en sea contratado directamente
Artiacuteculo 22215 Intervinientes en la gestioacuten catastral del servicio puacuteblico catastral son intervinientes los
1 usuarios del servicio puacuteblico de gestioacuten catastral Son todas las naturales o derecho puacuteblico o
de la gestioacuten (~t~ctlr~ que hagan uso de
la informacioacuten resultante
Instituto Geograacutefico Agustiacuten Codazzi (IGAC) la maxlma autoridad del paiacutes encargado la funcioacuten reguladora y en materia de
catastral agrologiacutea cartografiacutea geografiacutea y ge()ae~Sla a nivel nacional El IGAC tendraacute la funcioacuten verificar las condiciones para la habilitacioacuten como
Catastrales y la habilitacioacuten
gestores Son las entidades puacuteblicas del orden nacional o territorial asiacute como esquemas asociativos hayan sido habilitadas por el Instituto Geograacutefico
reglamentacioacuten para tal efecto como igual manera se consideran gestores catastrales catastros y delegados titulares la gestioacuten catastral mismo Agencia Nacional en los teacuterminos 2019 Los gestores catastrales independientemente de su jurisdiccioacuten podraacuten prestar el servicio puacuteblico catastral en cualquier del territorio nacional
4 Los operadores catastrales Son las personas juriacutedicas de derecho puacuteblico o privado que mediante contrato suscrito con uno o varios gestores i-ishydesarrollan que sirven insumo para adelantar los procesos de formacioacuten y catastral asiacute como los procedimientos del enfoque catastral que conforme a la regulacioacuten que para el Gobierno
sean
requisitos de idoneidad y las condiciones contratacioacuten de catastrales sentildealados por las normas regulen la materia
entidades territoriales Codazzi (IGAC)
IGAC por ex(etCICln
es gestor (alracmiddottr~1
artiacuteculo 80 de la Ley 1
la Gestioacuten Catastral
Por el cual se parcialmente los 1955 de 2019 y se modifica Tiacutetulo 2 de la 2 2 del de 2015
Por medio del cual se expide el Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
148NUacuteMERO DE Paacutegina 7 de 22
5 La Superintendencia de Notariado y (SNR) Es la que ejerce las funciones la inspeccioacuten vigilancia y control al ejercicio de la ge~mo catastral en virtud de lo dispuesto en los artiacuteculos 7981 Y 82 de la Ley 1 2019
6 Municipios autoacutenomos para como catastrales o contratar a un catastral incluido como prestador por excepcioacuten conforme a principios de coordinacioacuten concurrencia y subsidiariedad
Artiacuteculo 22216 Obligaciones generales de los gestores catastrales gestores catastrales tendraacuten siguientes obligaciones
a) Prestar el servicio en forma continua y eficiente garantizando recursos fiacutesicos tecnoloacutegicos y organizacionales prestacioacuten servicio puacuteblico catastral
b) Prestar el servicio puacuteblico catastral en municipios para sea contratado Garantizar la calidad veracidad e integridad la informacioacuten catastral en sus componentes fiacutesico juridico y econoacutemico perjuicio de las asignadas a la Nacional de (ANT)
d) Suministrar permanentemente la informacioacuten catastral en el Sistema Nacional de Informacioacuten -SINIC de manera oportuna completa confiable conforme a los mecanismos definidos por la autoridad Garantizar la actualizacioacuten permanente base interoperabilidad informacioacuten que se con el Sistema Nacional de Informacioacuten - SINIC o la herramienta tecnoloacutegica que haga sus veces
f) Informar a SINIC al IGAC y a SNR inicio de sus actividades y modificaciones en su aacuterea de operacioacuten para que esas autoridades puedan cumplir sus funciones
g) Dar cumplimiento plan con que se habilitoacute ejercer el servicio puacuteblico h) Cumplir con la normatividad que regula la prestacioacuten del servicio i) Verificar los idoneidad los operadores
conformidad con lo por el Gobierno Nacional j Reportar a traveacutes IC los operadores con los
actividades insumo para los procesos formacioacuten actualizacioacuten y catastral asiacute como los procedimientos del enfoque catastral multipropoacutesito que sean adoptados
k) demaacutes previstas en este decreto y normas concordantes y complementarias
y
y la
Articulo 22217 Instancia Teacutecnica Asesora Catastral Creacuteese el Comiteacute Asesor para la
la Regulacioacuten de Catastral como
de las en ejercicio de sus
Tormiddot rmiddot asesora que tiene como objetivo garantizar regulacioacuten de la gestioacuten presente el
composicioacuten Teacutecnico Asesor
Director del Departamento Administrativo Nacional de Estadiacutestica (DANE) que presidiraacute
1
se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y de la Ley 1955 y se modifica el Tiacutetulo 2 2 del Libro 2 del 1170 de 2015
medio del cual se Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo Informacioacuten Estadiacutestica
NUacuteMERO 14 Paacutegina 8 de 22
2 El Director Teacutecnico Notariado y Registro o su
Geoestadiacutestica del
o el Superintendente Delegado de Tierras la Superintendencia de nivel asesor El Director Teacutecnico o su delegado nivel asesor Dos (2) expertos internacionales Dos (2) expertos
Paraacutegrafo 1 El DANE mediante acto administrativo los criterios de seleccioacuten los miembros rriexcl~ e internacionales y el procedimiento para efectuar
escogencia
Paraacutegrafo
iCttlIICt
labor exclusiva 2 La del Comiteacute Teacutecnico 1ltlI~iexclltlIV para la Gestioacuten
una Direccioacuten Teacutecnica Geoestadiacutestica del dispondraacute los medios y operativos nelce~)arIOS realizar esta actividad
Paraacutegrafo 3 El Comiteacute Asesor para la Catastral deberaacute convocarse dentro de los seis (6) meses siguientes a la expedicioacuten de este decreto periodo en
IGAC podraacute desarrollar su funcioacuten de regulacioacuten sin esta instancia
Artiacuteculo 2221 runCOllles del Comiteacute Comiteacute Teacutecnico Asesor para la Gestioacuten Catastral tendraacute las funciones
1 Velar por idoneidad de la regulacioacuten bajo la responsabilidad del IGAC med el estudio de las presentadas por Recomendar ajuste de las propuestas de regulacioacuten IGAC en desarrollo de sus funciones legalES
3 Emitir concepto favorable o desfavorable a las iniciativas regulacioacuten por IGAC en relacioacuten con la concordancia de la propuesta y el
marco general establecido en reglamentacioacuten del Nacional Adicionalmente este concepto fundarse en teacutecnico que
Comiteacute 4 sobre el uso de insumas cartograacuteficos que por fuera de
los temporalidad y especificaciones teacutecnicas definidas por la autoridad reguladora
5 Las establecidas en del Comiteacute
Artiacuteculo 22219 Reglamento El Teacutecnico Asesor para Catastral deberaacute definir su propio reglamento
Paraacutegrafo reglamento definiraacute periodicidad de las ordinarias y extraordinarias del Comiteacute Teacutecnico au para la Gestioacuten asiacute como los medios Sin embargo deberaacute reunirse como miacutenimo una vez al antildeo
por
cual se reglamentan parciamente los artiacuteculos 80 81 Y 82 de a Ley 1955 Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 1170 de 2015
cual se expide el Decreto Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten
148DECRETO NUacute DE Paacutegina 9 de 22
CAPiacuteTULO 2
Procedimientos de Enfoque Multipropoacutesito
Artiacuteculo 22221 Informacioacuten catastral Corresponde a juriacutedicas y los bienes inmuebles Dicha catastral y deberaacute ser reportada por los gestores en Informacioacuten SINIC o en la herramienta tecnoloacutegica haga sus veces de acuerdo con y especificaciones teacutecnicas definidas por la autoridad reguladora
La informacioacuten crlIr~ reflejar la realidad fiacutesica inmuebles sin importar la titularidad sobre el bien
a) Informacioacuten Corresponde a la representacioacuten la identificacioacuten cabida los linderos y las construcciones un inmueble La identificacioacuten no implica necesariamente el reconocimiento linderos del predio in situ
b) Informacioacuten Identificacioacuten de la relacioacuten juriacutedica el sujeto activo sea el propietario el inmueble Esta ITICeacuteiCICm juriacutedica no constituye la propiedad
c) Informacioacuten tlAUnlII nnIH1c al valor o avaluacuteo inmueble El avaluacuteo catastr l~rIr relacioacuten con los valores de
Paraacutegrafo informacioacuten comprende los bienes inmuebles privados fiscales baldiacuteos patrimoniales y uso puacuteblico
Artiacuteculo 22222 Procesos de la gestioacuten catastral La gestioacuten los procesos de formacioacuten actualizacioacuten conservacioacuten y difusioacuten catastral asiacute como los procedimientos de enfoque multipropoacutesito
a) Proceso de formacioacuten el conjunto de actividades identificar por primera informacioacuten catastral en la totalidad que conforman territorio o en parte de eacutel
b) Proceso de actualizacioacuten catastral Conjunto de actividades a identificar incorporar o los cambios o inconsistencias en informacioacuten catastral durante un determinado Para la actualizacioacuten pod emplearse mecanismos de intervencioacuten en el territorio como meacutetodos directos declarativos y colaborativos asiacute como uso e integracioacuten de informacioacuten que den cuenta de los entre la base y de los inmuebles En ninguacuten actualizar la informacioacuten un geograacutefica seraacute obligatorio levantamiento catastral en totalidad de inmuebles
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO 148 DE Paacutegina 10 de 22
c) Proceso de conservacioacuten catastral Es el conjunto de acciones tendientes a mantener vigente la base catastral de forma permanente mediante la incorporacioacuten de los cambios que sufra la informacioacuten de un bien inmueble La conservacioacuten catastral podraacute realizarse a solicitud de parte o de oficio para lo cual los gestores catastrales deberaacuten adoptar los mecanismos de interoperabilidad con las demaacutes entidades productoras de informacioacuten oficial
d) Proceso de difusioacuten catastral Son las actividades tendientes al uso disposicioacuten y acceso a la informacioacuten catastral asiacute como la generacioacuten de insumos que contribuyan a la planeacioacuten y gestioacuten de los territorios En todo caso se deberaacute garantizar la proteccioacuten y custodia de la informacioacuten conforme a las disposiciones de proteccioacuten de datos
Paraacutegrafo Una vez finalizado el proceso de actualizacioacuten el gestor catastral deberaacute implementar estrategias que permitan el mantenimiento permanente del catastro incorporando las variaciones puntuales o masivas de las caracteriacutesticas fiacutesicas juriacutedicas o econoacutemicas de los predios en la base catastral
Artiacuteculo 22223 Aplicacioacuten del enfoque multipropoacutesito Los gestores catastrales en el desarrollo de los procesos de formacioacuten actualizacioacuten conservacioacuten y difusioacuten deberaacuten seguir los procedimientos de enfoque multipropoacutesito
Artiacuteculo 22224 Procedimientos del enfoque multipropoacutesito Se consideraraacuten procedimientos de enfoque multipropoacutesito al menos los siguientes
1 El barrido predial masivo 2 Integracioacuten con el registro 3 Incorporacioacuten de datos de informalidad en la propiedad 4 Actualizacioacuten permanente e integridad de los traacutemites inmobiliarios 5 Interoperabilidad e integracioacuten de capas no parcelarias 6 Servicios digitales 7 Innovacioacuten y evolucioacuten continua
Paraacutegrafo 1 La adopcioacuten de estos procedimientos por parte de los gestores catastrales podraacute hacerse de forma gradual seguacuten las condiciones y capacidades de los territorios asiacute como la disponibilidad de informacioacuten necesaria
Paraacutegrafo 2 Los gestores catastrales podraacuten adoptar los meacutetodos teacutecnicos que consideren para la ejecucioacuten de las labores catastrales siempre y cuando garanticen que se refleje la realidad de los predios y se cumplan las especificaciones teacutecnicas de los productos definidos por el IGAC
Artiacuteculo 22225 Barrido predial masivo Es el conjunto de estrategias actividades y acciones orientadas a conseguir la identificacioacuten de las caracteriacutesticas fiacutesicas juriacutedicas y econoacutemicas de los predios sobre un territorio determinado El barrido predial masivo comprende diferentes maneras de intervencioacuten en el territorio incluyendo entre otros meacutetodos directos e indirectos de captura de informacioacuten esquemas colaborativos uso de registros administrativos modelos geoestadiacutesticos y economeacutetricos y demaacutes procedimientos teacutecnicos herramientas tecnoloacutegicas e instrumentos de participacioacuten
1170 Por el cual se reglamentan parcialmente artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la 2 del 2 del 2015
Por del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Administrativo Informacioacuten Estadiacutestica
1DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 11 22
comunitaria con enfoque territorial como el uso otras fuentes de informacioacuten territorio que permitan obtener datos para establecer la liacutenea base de informacioacuten catastral multipropoacutesito en un municipio igual que para su mantenimiento y actualizacioacuten permanente productos derivados de actividades de barrido predial masivo deberaacuten cumplir con las especificaciones teacutecnicas definidas por la autoridad reguladora
Articulo 22226 Meacutetodos de recoleccioacuten de informacioacuten Los catastra les podraacuten adelantarse mediante la combinacioacuten de los siguientes meacutetodos
a) Meacutetodos directos Aquellos que requieren una visita campo con el fin de recolectar la realidad de los bienes inmuebles
b) Meacutetodos indirectos aquellos meacutetodos identificacioacuten fiacutesica juriacutedica y econoacutemica de los inmuebles a traveacutes del uso de de sensores remotos integracioacuten registros administrativos modelos iacutesticos y economeacutetricos anaacutelisis de Big Data y fuentes secundarias como observatorios inmobiliarios su posterior incorporacioacuten en la base catastral
c) Meacutetodos declarativos y colaborativos Son los derivados participacioacuten de la comunidad en el suministro de informacioacuten que sirva como insumo para el desarrollo de los procesos catastrales Los gestores catastrales propenderaacuten por la adopcioacuten nuevas tecnologiacuteas y procesos comunitarios que faciliten la participacioacuten los ciudadanos
Paraacutegrafo 1 procesos barrido predial masivo los catastrales seraacuten los encargados de definir la adecuada combinacioacuten de los meacutetodos de intervencioacuten teniendo en cuenta condiciones propias de sus territorios y la disponibilidad fuentes secundarias informacioacuten conforme a especificaciones miacutenimas establecidas por autoridad reguladora
Paraacutegrafo 2 Los meacutetodos declarativos y colaborativos podraacuten emplearse para el mantenimiento permanente la informacioacuten Catastral
Artiacuteculo 22227 Declaracioacuten la informacioacuten catastral Cualquier persona podraacute informar ante el catastral competente de forma presencial o a de los canales dispuestos para tal fin la informacioacuten correspondiente a la realidad fiacutesica juriacutedica yo econoacutemica sus predios con el propoacutesito de eliminar cualquier disparidad
la realidad del predio y la informacioacuten catastral
Artiacuteculo 22228 Inscripcioacuten o incorporacioacuten catastral informacioacuten catastral resultado de los procesos de formacioacuten actualizacioacuten o conservacioacuten se inscribiraacute o incorporaraacute en la base catastral con la del acto administrativo que lo ordena
Paraacutegrafo inscripcioacuten en el catastro no constituye tiacutetulo de dominio ni sanea los vicios de propiedad o la tradicioacuten y no puede alegarse como excepcioacuten contra que pretenda tener mejor derecho a la propiedad o posesioacuten del predio
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO 148 DE Paacutegina 12 de 22
Artiacuteculo 22229 Inscripcioacuten de posesiones y ocupaciones El gestor catastral competente deberaacute inscribir en la base catastral a la persona que acredite la calidad de propietario y tambieacuten inscribiraacute la presencia de ocupantes o poseedores sin necesidad de calificar la naturaleza juriacutedica del predio Si se verifica previamente que el predio le pertenece a la Nacioacuten yo a la entidad territorial se inscribiraacute como ocupante Si se desconoce el propietario yo poseedor de un predio se inscribiraacute como vacante para efectos catastrales
Artiacuteculo 222210 Actualizacioacuten permanente Los gestores catastrales deberaacuten implementar mecanismos de observacioacuten dinaacutemica y continua del territorio que den cuenta de las variaciones en la informacioacuten catastral frente a la realidad del mismo Para tal efecto podraacuten crear observatorios inmobiliarios implementar meacutetodos de valuacioacuten basados en modelos economeacutetricos y geoestadiacutesticos integrar registros administrativos aplicar esquemas colaborativos entre otros lo anterior con el fin de incorporar las variaciones puntuales o masivas de los inmuebles en la base catastral
Artiacuteculo 222211 Integridad de los traacutemites inmobiliarios con impacto catastral Las entidades puacuteblicas o particulares que ejerzan funciones puacuteblicas encargadas de adelantar traacutemites que impliquen una actuacioacuten catastral deberaacuten implementar de manera articulada con los gestores catastrales competentes mecanismos de interoperabilidad que permitan la atencioacuten integral al usuario
Artiacuteculo 222212 Interoperabilidad e integracioacuten de capas no parcelarias Las autoridades competentes para emitir la informacioacuten asociada a derechos restricciones y responsabilidades de los predios deberaacuten disponer y suministrar dicha informacioacuten de forma estandarizada con el fin de interoperar con las bases catastrales El IGAC estableceraacute los protocolos de interoperabilidad pertinencia y datos complementarios
Artiacuteculo 222213 Servicios digitales Los gestores catastrales deberaacuten disponer mecanismos digitales para el acceso a traacutemites simplificados y consultas sobre la informacioacuten incorporada en las bases catastrales garantizando la proteccioacuten de datos personales establecida en las Leyes 1581 de 2012 y 1712 de 2014
Paraacutegrafo Los traacutemites catastrales notariales y registrales se atenderaacuten conjuntamente a traveacutes de una ventanilla integrada de servicio de conformidad con la regulacioacuten que se expida por las entidades competentes
Artiacuteculo 222214 Innovacioacuten y evolucioacuten continua Los gestores catastrales deberaacuten definir mecanismos transformadores para facilitar los traacutemites reducir los costos incentivar la competitividad y desarrollar servicios de alta calidad para el uso y acceso de la informacioacuten catastral
Artiacuteculo 222215 Integracioacuten con el registro Los gestores catastrales en coordinacioacuten con las Oficinas de Registro de Instrumentos Puacuteblicos deberaacuten adelantar los esfuerzos necesarios tendientes a la integracioacuten de la informacioacuten catastral y registral y en especial a unificar la informacioacuten asociada a linderos y aacutereas de forma gradual Igualmente generaraacuten los mecanismos para la integracioacuten de los sistemas de informacioacuten de las entidades
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y de la Ley 1955 de 2019 y se modifica Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
148DECRETO NUacuteMERO DE 13 de 22
La unificacioacuten de linderos y con registro se a traveacutes de los procesos de actualizacioacuten cabida y linderos con actualizacioacuten de linderos con efectos de aacuterea por determinacioacuten con efectos registra les linderos por acuerdo las con efectos registrales actas de traacutemite de inclusioacuten en el campo descripcioacuten de cabida y linderos del dato yo linderos en los folios de matriacutecula inmobiliaria que carezcan de esta informacioacuten y demaacutes que definan las autoridades competentes
Paraacutegrafo Sin perjuicio de lo anterior las bases catastrales incorporar los predios privados puacuteblicos baldiacuteos bienes de uso puacuteblico entre con o sin derecl10s reales principales o accesorios registrados aun no se encuentren inscritos en el registro instrumentos puacuteblicos
Artiacuteculo 222216 Procedimientos catastrales con consideraraacute como procedimientos
y yo linderos Estos procedimientos
las
con efectos actualizacioacuten de linderos aacuterea por imprecisa iexclnacioacuten actualizacioacuten masiva y puntual rectificacioacuten de linderos por acuerdo entre las partes e inclusioacuten acatados por los gestores catastrales oficinas de registro instrumentos puacuteblicos del paiacutes y podraacuten ser aplicados durante los procesos formacioacuten actualizacioacuten y conservacioacuten
procedimientos anteriormente enunciados no limitan la libre comercializacioacuten de los inmuebles por cuanto es viable la facultad de disposicioacuten
mismos con base en los datos de y linderos que los identifican y que en los tiacutetulos antecedentes que origen juriacutedico
Artiacuteculo 222217 Actualizacioacuten linderos con efectos registrales El gestor competente de oficio o a solicitud
con J1JLIAtu
rorT yo indirectos sin variacioacuten o cuando
sus
sean verificables mediante meacutetodos variacioacuten o diferencia se encuentre por la maacutexima autoridad catastral
teacutecnica de los linderos llevaraacute a r-orToII del aacuterea
titular del derecho de dominio o las entidades puacuteblicas que funciones legales administran inmuebles propios o ajenos podraacuten mediante la descripcioacuten
de linderos de bienes
los maacutergenes de tolerancia
de llevar a cabo la actualizacioacuten gestor catastral emitiraacute el acto administrativo sujeto a registro que resuelva actualizacioacuten de linderos incluida la
del aacuterea si a ello hubiere lugar procedimiento aplicable en el artiacuteculo no es excluyente con el procedimiento d para la linderos por acuerdo entre las partes respecto uacuten mismo inmueble
rectificacioacuten
traacutemite no aplicaraacute cuando la definicioacuten linderos se haya dado en un proceso de deslinde y amojonamiento o de tierras
Artiacuteculo 222218 Rectificacioacuten por imprecisa determinacioacuten con efectos registrales rectificacioacuten de en el sistema yo registraI procederaacute ante
catastral oficio o a solicitud del titular del derecho de dominio o puacuteblicas que con ocasioacuten sus funciones legales administran
el
que y
Por el cual se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y 82 la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la 2 del Libro 2 del Decreto 1170 2015
liPor medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
14 de 22 DECRETO NUacuteMERO 148
inmuebles propios o cuando los linderos debida y teacutecnicamente descritos sean verificables meacutetodos directos ylo indirectos sin variacioacuten que a lo largo de la tradicioacuten bien inmueble el eacuteste no haya sido determinada adecuadamente o cuando la variacioacuten o se encuentre de los maacutergenes de tolerancia establecidos por la maacutexima autoridad catastral
A efectos de llevar a la rectificacioacuten el non
del bien inmueble competente expediraacute el
administrativo a registro que
Artiacuteculo 222219 Rectificacioacuten de linderos por acuerdo entre las partes con registraes rectificacioacuten de linderos en el sistema catastral y registral
procederaacute de oficio o a solicitud de parte ante el gestor catastral siempre y cuando se haya suscrito acta colindancia con pleno entre los compartan uno o varios linderos pero se diferencias de entre la verificacioacuten mediante meacutetodos directos ylo indirectos y la informacioacuten
matriacutecula inmobiliaria rectificacioacuten de todos linderos puede llevar a aacuterea del inmueble
Cuando el gestor o la entidad puacuteblica respectiva identifique o tenga de de terceros que puedan verse afectados por los
ne
37 de la Ley 1437 de la actuacioacuten administrativa efectuaraacute comunicaciones en el
2011
rectificacioacuten de linderos y aacutereas procederaacute cuando los linderos
1 Sean arcifinios no verificables en terreno Sean arcifinios en terreno con variacioacuten respecto lo consignado en los tiacutetulos registrados
3 Esteacuten expresados en costumbristas no verificables en terreno 4 Contengan o limitadas en tiacutetulos
registrados Esteacuten teacutecnicamente definidos pero sobre los mismos haya superposicioacuten o Se presenten entre los linderos contenidos en los tiacutetulos y verificados mediante meacutetodos directos ylo indirectos
Paraacutegrafo 1 No se requeriraacute entre las partes cuando la variacioacuten o se encuentre dentro de maacutergenes de establecidos por
en la
autoridad catastral conforme lo por decreto caso aplicaraacuten los procedimientos actualizacioacuten de o rectificacioacuten de por
rOiIltI determinacioacuten sea el caso
2 No es necesaria suscripcioacuten de actas colindancia sobre bien inmueble no presenten discrepancia alguna entredel
y su verificacioacuten meacutetodos directos ylo indirectos Procederaacuten los acuerdos parciales es decir suscribir un acta sobre uno o varios linderos con un colindante ylo varias actas por nrrlin
los
Paraacutegrafo 3 En aquellos casos en los cuales existan entre la informacioacuten recabada mediante meacutetodos yo indirectos y lo consignado en los tiacutetulos
preclslon para
(ANT) podraacute con
cualquier que otro
la
Por se reglamentan
del cual se LJvrcruiexcl
Administrativo
los articulos 79 80 1170 de 2015
81 Y Ley 1955 2019 Y se modifica el Tiacutetulo 2 2 del Libro 2 del
10l0r Reglamentario Uacutenico Sector Informacioacuten Estadiacutestica
148NUacuteMERO 1S de 22
registrados y no se logre pleno por viacutea administrativa artiacuteculo
agotarse el proceso jud de deslinde y amojonamiento conforme con y siguientes del General del Proceso o los lo modifiquen o sustituyan
Paraacutegrafo 4 Siempre que evidencie que alguno los predios involucrados en traacutemite podriacutea ser considerado como baldiacuteo no procederaacute la
linderos por acuerdo partes Sin embargo o herramienta que haga sus veces la informacioacuten que dicha cual serviraacute de insumo a la ANT para que adopte medidas a que haya
lugar
Paraacutegrafo S el caso en que alguno los predios involucrados en traacutemite sea considerado bien de uso puacuteblico no la rectificacioacuten de por acuerdo entre las con efectos registrales sin perJuIcIo incorporacioacuten de la informacioacuten levante el gestor SINIC o la herramienta que haga sus veces caso la entidad expedir una con la
lindero del bien de uso puacuteblico Dicha certificacioacuten acompantildear la procesos de rectificacioacuten por imprecisa determinacioacuten con
actualizacioacuten de con efectos registrales e inclusioacuten del
ARTiacuteCULO Gestioacuten catastral a de la Agencia Nacional de Tierras (ANT) Agencia Nacional de (ANT) en su calidad levantaraacute los componentes fiacutesico y juriacutedico catastro necesarios para
de ae~gt[Qr
ordenamiento de la propiedad o asociados al desarrollo proyectos estrateacutegicos del orden nacional priorizados por Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural de con los estaacutendares y teacutecnicas por la autoridad catastral
En los
respecto de los predios obleto
Artiacuteculo 80 de la 2019 la Agencia Nacional Tierras (ANT) no a cargo la conservacioacuten por lo que una vez levantada e incorporada informacioacuten fiacutesica y juriacutedica catastro en el SINIC o la herramienta tecnoloacutegica sus veces las catastrales en dicha entidad intervencioacuten y se al Gestor Catastral competente
De cualquier forma Agencia Nacional proceso Ordenamiento Social de la gestor haya previamente
Paraacutegrafo 1 ISDIDSUlQrles referidas en artiacuteculo a la ANT le seraacuten aplicables a todas las enlt1d(~dE~S puacuteblicas del orden nacional que se habiliten como catastrales cumplimiento de sus funciones en los teacuterminos del artiacuteculo 22252 del 1983 de 2019 101011
Paraacutegrafo 2 Nacional de Tierras (ANT) no tendraacute competencia ejecucioacuten de catastrales de predios cuyo tiacutetulo originario actuacioacuten administrativa proferida por el Instituto Colombiano de la Reforma Instituto Colombiano Desarrollo Rural la Unidad Nacional de
Por cual se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y 82 la Ley 1 de 2019 y se modifica el TItulo 2 de la 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio cual se expide el Reglamentario Uacutenico de ecrCJr Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 16 22
Agencia Nacional de Tierras (ANT) o la entidad que sus salvo para eTE~CI()S Ordenamiento de la Propiedad Rural
Paraacutegrafo 3 municipios o zonas objeto intervencioacuten en los cuales la Agencia Nacional de Tierras (ANT) adelantaraacute la gestioacuten catastral seraacuten definidos conforme a los criterios fijados por Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural
Paraacutegrafo 4 En las zonas rurales objeto su intervencioacuten como gestor catastral la Agencia Nacional de (ANT) expediraacute los actos administrativos que permitan armonizar el componente y juriacutedico del con la informacioacuten registral y que sean para los procesos de ordenamiento social propiedad
Articulo 222221 Inclusioacuten en campo de descripcioacuten de cabida y linderos dato de aacuterea yo linderos en los folios de matriacutecula inmobiliaria que carezcan de esta informacioacuten los casos donde los folios de matriacutecula inmobiliaria no hayan contado con informacioacuten de yo linderos desde el inicio del ciclo traslaticio bien inmueble que identifican la Oficina de de Instrumentos Puacuteblicos procederaacute la inclusioacuten dato de aacuterea yo linderos en respectivas matriacuteculas inmobiliarias que se tomaraacute la base catastral administrada por gestor catastral competente
Artiacuteculo Correccioacuten yo inclusioacuten de cabida en procesos de ordenamiento de propiedad En el marco de los traacutemites ordenamiento social la propiedad que adelante la Agencia Nacional de (ANT) conforme a
competencias establecidas en el artiacuteculo 58 del Decreto Ley 902 2017 Y atendiendo a la funcioacuten de gestor catastral consignada en el artiacuteculo 80 de la Ley 1 de 19 cuando se identifique la existencia de una inconsistencia el levantamiento ial realizado por dicha entidad con la informacioacuten registral actos administrativos resuelven de fondo los asuntos sometidos a estudio ordenaraacuten aclaracioacuten actualizacioacuten masiva rectificacioacuten de por imprecisa determinacioacuten o inclusioacuten aacuterea del predio intervenido siempre los linderos esteacuten debida y teacutecnicamente descritos sean verificables por meacutetodos directos o indirectos y no exista variacioacuten en los mismos sin necesidad de adelantar un proceso rectificacioacuten o inclusioacuten de aacuterea
Artiacuteculo Actualizacioacuten masiva de linderos yo rectificacioacuten masiva de por imprecisa determinacioacuten En el marco de los procesos de actualizacioacuten
catastral y como resultado del levantamiento la informacioacuten y juriacutedica en terreno el gestor catastral podraacute remitir para inscripcioacuten a la Oficina de Registro de Instrumentos Puacuteblicos respectiva el administrativo actualizacioacuten masiva de linderos o rectificacioacuten de aacuterea corresponda
Cuando la diferencia en las magnitudes cabida yo linderos supere el rango de tolerancia establecido surtirse traacutemite de rectificacioacuten de linderos o por imprecisa determinacioacuten seguacuten corresponda
Artiacuteculo Rangos de tolerancia Los rangos de tolerancia corresponden a variacioacuten el o cabida de un predio que seguacuten la autoridad reguladora catastral sean admisibles y aplicables cuando existan diferencias la realidad fiacutesica y la descripcioacuten existente en el tiacutetulo de propiedad registrado en el folio de matricula
Por el se reglamentan parcialmente los artiacuteculos y 82 de la de 2019 y se modifica Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de
Por medio cual se expide el Decreto Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten
148DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 17 de 22
inmobiliaria No la suscripcioacuten de las colindancia ni ajustar los folios de matriacutecula inmobiliaria cuando la diferencia no supere rangos de tolerancia
Cuando los linderos no se encuentren teacutecnicamente en el folio de matriacutecula inmobiliaria aun estando dentro del rango de tolerancia folio de matriacutecula inmobiliaria deberaacute mediante acto administrativo emitido por el Gestor Catastral
Cualquier medicioacuten que difiera la catastral en un margen ngt o igual al rango de tolerancia se consideraraacute equivalente a la catastral
Articulo 222225 I-rEas objeto de despojo o abandono forzado Sin perjuicio de las actividades propias catastral los no podraacuten adelantar los procesos en el artiacuteculo Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del libro 2 del Decreto 11 5 para los siguientes casos
1 Si el bien se encuentra inscrito en el Registro Despojadas y Abandonadas que trata la Ley 1448 de Si el predio es objeto solicitud de restitucioacuten de tierras
los casos anteriores se nn- seguir la ruta juriacutedica definida en la Ley 1448 de 2011 y sus normas y complementarias
Artiacuteculo 222226 Obligacioacuten de suministro de informacioacuten la gestioacuten catastral Para el desarrollo gestioacuten catastral las siguientes puacuteblicas y privadas deberaacuten suministrar informacioacuten requerida por los catastrales en
la prestacioacuten del perjuicio de las normas contenidas en las Leyes 2012 1712 2014 Y disposiciones legales relacionadas con la
de datos
1 virtud del principio coordinacioacuten el mUnicipiO o departamento trataacutendose de aacutereas no municipalizadas entregaraacute la informacioacuten actualizada que se relaciona con el ordenamiento de su territorio
instituciones financieras vigiladas por la Superintendencia Oficinas de Registro de Instrumentos Puacuteblicos y las produzcan o registren informacioacuten avaluacuteos comerciales venta o arriendo de inmuebles suministrar dicha rrnlttln
caacutemaras de comercio municipio yo distrito deberaacuten suministrar la informacioacuten de establecimientos comercio y su actividad
4 DANE deberaacute suministrar al Catastral el Censo de a nivel de manzana Lo anterior en marco de la reserva estad en artiacuteculo 5 de la Ley 1
rCC de servicios puacuteblicos las curaduriacuteas urbanas y las planeacioacuten o quien haga sus deberaacuten proporcionar de forma informacioacuten de las acometidas servicios puacuteblicos domiciliarios y
urbanismo y construccioacuten
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO 148 DE Paacutegina 18 de 22
Paraacutegrafo Las entidades sentildealadas en el presente artiacuteculo deberaacuten implementar los mecanismos de interoperabilidad definidos por la autoridad reguladora catastral para el suministro de la informacioacuten para la gestioacuten catastral de manera continua y permanente
Artiacuteculo 222227 Gratuidad de la informacioacuten para la gestioacuten catastral De conformidad con lo establecido en el artiacuteculo 1deg del Decreto 235 de 2010 los requerimientos de informacioacuten que realicen los gestores catastrales para el ejercicio del servicio puacuteblico catastral no constituyen servicio y no generan costo alguno al solicitante La entrega de informacioacuten al gestor catastral durante el empalme previsto en el artiacuteculo 22254 del Decreto 1983 de 2019 seraacute gratuita
Artiacuteculo 222228 Vigencia fiscal Para efectos de lo consagrado en el artiacuteculo 3 de la Ley 44 de 1990 los avaluacuteos catastrales resultantes de la prestacioacuten del servicio puacuteblico de gestioacuten catastral entraraacuten en vigencia para efectos fiscales a partir del 10 de enero del antildeo siguiente a aquel en que fueron estimados o calculados para lo cual los gestores catastrales ordenaraacuten por acto administrativo su entrada en vigencia
Artiacuteculo 222229 Vigencia catastral La informacioacuten fiacutesica juriacutedica y econoacutemica asiacute como la resultante de los procedimientos de enfoque multipropoacutesito entraraacuten en vigencia para efectos catastrales al momento de quedar en firme su inscripcioacuten o incorporacioacuten en las bases oficiales descritas en el presente decreto
Artiacuteculo 222230 Aplazamiento de vigencia y reduccioacuten de los iacutendices de ajuste del avaluacuteo catastral El Gobierno Nacional de oficio o por solicitud fundamentada de los Concejos Municipales debido a especiales condiciones econoacutemicas o sociales que afecten a determinados municipios o zonas de estos podraacute aplazar la vigencia de los catastros elaborados por formacioacuten o actualizacioacuten por un periacuteodo hasta de un (1) antildeo Si subsisten las condiciones que originaron el aplazamiento procederaacute a ordenar una nueva formacioacuten o actualizacioacuten de estos catastros
En el evento de que la vigencia fiscal de los avaluacuteos elaborados por formacioacuten o actualizacioacuten de la formacioacuten fuera aplazada por el Gobierno en los teacuterminos y condiciones sentildealados en el artiacuteculo 10 de la Ley 14 de 1983 continuaraacuten vigentes los avaluacuteos anteriores y por lo tanto se seguiraacuten aplicando los iacutendices anuales de ajuste correspondientes hasta que termine el aplazamiento o se pongan en vigencia fiscal los avaluacuteos aplazados o se realice y ponga en vigencia una nueva formacioacuten o actualizacioacuten de la formacioacuten
ARTiacuteCULO 2 Adicioacutenense los Capiacutetulos 6 y 7 al Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 DISPOSICIONES ESPECiFICAS INSTITUTO GEOGRAacuteFICO AGUSTiacuteN CODAZZI IGAC del Decreto 1170 de 2015 Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica los cuales quedaraacuten asiacute
CAPiacuteTULO 6
Informacioacuten Econoacutemica Catastral
recopilaraacute la informacioacuten mercado inmobiliario del proveniente de fuentes como ofertas transacciones costos otras y el cual deberaacute articulado para tal efecto con el
Todos los Gestores Inmobiliario Catastral donde se
valor comercial de un predio a partir del estudio de recientes de bienes o comparables al del objeto
Meacutetodo de capitalizacioacuten de rentas o ingresos que busca establecer el valor un bien a partir de las o que se puedan obtener del o inmuebles semejantes o comparables trayendo a valor suma de los ingresos probables o generadas
Por el cual se parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 Y se modifica Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten
DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 19 de 22
Artiacuteculo 22261 Inmobiliario Catastrales contar con un Observatorio
Departamento Nacional de (DANE) Todo avaluacuteo comercial deberaacute estar sustentado en informacioacuten registrada en el observatorio inmobiliario catastral para lo cual se deberaacute garantizar que cualquier tipo de informacioacuten en avaluacuteo sea registrada en el observatorio anterior sin perjuicio de normas relacionadas con la proteccioacuten de datos nlr~r1n
Artiacuteculo 22262 Determinacioacuten del valor catastral de un inmueble La determinacioacuten del valor ca1tastra
(~tnlro~ Catastrales o por el Instituto inmuebles seraacute a de avaluacuteos
puntuales o masivos por Agustiacuten (IGAC)
Articulo 22263 Meacutetodos Sin perjuicio de norma especial para determinacioacuten de los avaluacuteos catastrales la estimacioacuten del valor del inmueble
los siguientes meacutetodos otros
1 Meacutetodo de comparacioacuten o de mercado Es la teacutecnica que LlU
en la vida remanente del bien objeto de avaluacuteo con una tasa de capitalizacioacuten o
3 Meacutetodo del costo de reposicioacuten Cuando sea necesario valor comercial de una construccioacuten se aplicaraacute el meacutetodo de costo consistente en establecer el valor comercial de un predio depreciacioacuten de una estimacioacuten total de una construccioacuten
4 Meacutetodo sea neces~a establecer el valor se aplicaraacute el meacutetodo residual
proyecto con el mercado del bien final
residual Cuando un cual se deriva de estimar el valor total
las ventas de un acorde con la reglamentacioacuten urbaniacutestica vigente y de ible en el
objeto de avaluacuteo
se podraacuten aplicar manera los meacutetodos descritos en presente artiacuteculo los cuales no
el ingreso al predio
Salvo lo dispuesto en normas
a
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO _ 148 DE Paacutegina 20 de 22
Artiacuteculo 22264 Estructura del NUPRE Los Gestores Catastrales para la identificacioacuten de los predios en el territorio deberaacuten adoptar el Coacutedigo Homologado de Identificacioacuten Predial con la siguiente estructura
ABC-1234-DEFH
Las tres (3) primeras letras (ABC) pertenecen al prefijo asignado por el IGAC a cada Gestor Catastral Habilitado
Los cuatro (4) diacutegitos (1234) que podraacuten tomar valores del O al 9 y las tres (3) letras siguientes (DEF) podraacuten tomar valores de las siguientes letras A B C D E F H J K L M N 0 P R S T U W X V Z Se eliminan las letras G 1 A V Ntilde con el propoacutesito de minimizar la posibilidad de error en el coacutedigo debido a la similitud con otras letras La definicioacuten de estas siete (7) posiciones asiacute como los mecanismos de generacioacuten aleatoria o secuencial y su asignacioacuten estaraacute a cargo deIIGAC
La letra final a la derecha (H) corresponde a un caraacutecter de chequeo utilizado con el objeto de poder validar la integridad del coacutedigo restante
La definicioacuten de los rangos que utilizariacutea cada ciudad y el significado de cada una de estas tres (3) posiciones estaraacute a cargo deIIGAC
CAPiacuteTULO 7
De la Inspeccioacuten Vigilancia y Control de la Gestioacuten Catastral
Artiacuteculo 22271 Inspeccioacuten Vigilancia y Control de la Gestioacuten Catastral La Superintendencia de Notariado y Registro ejerceraacute las funciones otorgadas mediante los artiacuteculos 79 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 relacionadas con la inspeccioacuten vigilancia y control del ejercicio de la gestioacuten catastral
Paraacutegrafo 1 La funcioacuten de inspeccioacuten vigilancia y control es de naturaleza administrativa y no implica ejercicio de la funcioacuten de control fiscal disciplinario o penal
Paraacutegrafo 2 En lo no contemplado en el presente capiacutetulo se aplicaraacute lo dispuesto en la Ley 1437 de 2011 o las disposiciones que la modifiquen o sustituyan
Artiacuteculo 22272 Sujetos pasivos Son sujetos pasivos de las funciones de inspeccioacuten vigilancia y control los gestores catastrales los operadores catastrales los municipios los propietarios ocupantes tenedores o poseedores titulares de derechos reales o quien tenga cualquier relacioacuten faacutectica o juriacutedica con el predio
Artiacuteculo 22~73 Funcioacuten de inspeccioacuten La inspeccioacuten consiste en la atribucioacuten de la Superintendencia de Notariado y Registro entre otras para solicitar confirmar y analizar en la forma detalle y teacuterminos que ella determine la informacioacuten que requiera
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 21 de 22148
con el objeto de establecer de manera general el cumplimiento del reacutegimen juriacutedico aplicable al servicio puacuteblico de gestioacuten catastral En ejercicio de esta funcioacuten la Superintendencia de Notariado y Registro de oficio o a peticioacuten de parte podraacute requerir informacioacuten realizar visitas instruir y orientar en la manera en que se debe cumplir e interpretar el reacutegimen juriacutedico aplicable a la gestioacuten catastral
Artiacuteculo 22274 Funcioacuten de vigilancia La vigilancia consiste en la atribucioacuten de la Superintendencia de Notariado y Registro para velar que de manera puntual los sujetos pasivos en desarrollo de sus funciones y obligaciones se ajusten a lo dispuesto en el ordenamiento juriacutedico i
~~ t~ lt
La vigilanyia estaacute retrida a funcion~~ de advertencia prevencioacuten y orientacioacuten encamin~das eacutel q~11~ rf~a9~On~S~~ ~ iuj~tos pasivo~ se ajusten a la norm~tividad i ~ IOque los rigen para to q~1 Ia Supeqnt~nd~cla de Notariado y Registro tendra entre otras las~tri~UqL9n~s ~~ tnsfruir o(ientaacuteC requerir ordenar establecer planes de mejoramiento practicaacuter visitasl~ r~visioacuteries y demaacutes pruebas que determine conducentes pertinefltes y uacutetiles
Artiacuteculo 22275 Funcioacuten de control El control consiste en las atribuciones de la Superintendencia de Notariado y Registro tendientes a evitar superar y sancionar los efectos de la comisioacuten de infracciones al reacutegimen catastral para lo cual entre otras cosas podraacute ordenar la adopcioacuten de medidas preventivas correctivas y conforme con los artiacuteculos 81 y 82 de la Ley 1955 de 2019 o la que la modifique o sustituya y a la Ley 1437 de 2011 de oficio o a peticioacuten de parte y en ejercicio de la potestad sancionatoria adelantar procedimientos administrativos sancionatorios en contra de los sujetos pasivos cuando se determine el meacuterito para ello
Artiacuteculo 22276 Medidas preventivas Sin perjuicio de las sanciones a que haya lugar cuando resulten necesarias la Superintendencia de Notariado y Registro podraacute imponer medidas preventivas para evitar de manera transitoria la continuacioacuten de la ocurrencia de un hecho la realizacioacuten de una actividad o la existencia de una situacioacuten que presuntamente atente contra el reacutegimen catastral
Artiacuteculo 22277 Potestad sancionatoria La Superintendencia de Notariado y Registro tendraacute la potestad de sancionar a los gestores y operadores del servicio puacuteblico de catastro por la incursioacuten en alguna de las infracciones previstas entre los numerales 1 al13 del artiacuteculo 81 de la Ley 1955 de 2019 o la norma que la modifique o sustituya
Por su parte de las obligaciones establecidas en el inciso primero del artiacuteculo 81 de la Ley 1955 de 2019 la Superintendencia de Notariado y Registro podraacute sancionar a propietarios ocupantes tenedores o poseedores titulares de derechos reales o quien tenga cualquier relacioacuten faacutectica o juriacutedica con el predio por incurrir en las conductas de que trata la norma citada
Artiacuteculo 22278 Procedimiento El procedimiento sancionatorio se adelantaraacute conforme con lo establecido en la Ley 1437 de 2011
Por el cual se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO-_- ~ 148 DE Paacutegina 22 de 22
ARTiacuteCULO 3 Vigencia y Derogatoria El presente Decreto entra en vigencia a partir de su publicacioacuten y deroga las normas que le sean contrarias en especial el Decreto 1227 de 1908 el Decreto 2275 de 1941 el Decreto 3496 de 1983 compilado en el Decreto 1170 de 2015 el paraacutegrafo 2 del artiacuteculo 222312 el artiacuteculo 222313 el paraacutegrafo 2 del artiacuteculo 222316 el artiacuteculo 222321 y el artiacuteculo 222324 del Decreto 1170 de 2015
PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE -4 FES 2020 Dado en Bogotaacute DC a los
LA MINISTRA DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
EL MINISTRO DE AGRICULTURA y DESARROLLO URAL
CIA PINZOacuteN
EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADiacuteSTICA
la Gestioacuten Catastral
Por el cual se parcialmente los 1955 de 2019 y se modifica Tiacutetulo 2 de la 2 2 del de 2015
Por medio del cual se expide el Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
148NUacuteMERO DE Paacutegina 7 de 22
5 La Superintendencia de Notariado y (SNR) Es la que ejerce las funciones la inspeccioacuten vigilancia y control al ejercicio de la ge~mo catastral en virtud de lo dispuesto en los artiacuteculos 7981 Y 82 de la Ley 1 2019
6 Municipios autoacutenomos para como catastrales o contratar a un catastral incluido como prestador por excepcioacuten conforme a principios de coordinacioacuten concurrencia y subsidiariedad
Artiacuteculo 22216 Obligaciones generales de los gestores catastrales gestores catastrales tendraacuten siguientes obligaciones
a) Prestar el servicio en forma continua y eficiente garantizando recursos fiacutesicos tecnoloacutegicos y organizacionales prestacioacuten servicio puacuteblico catastral
b) Prestar el servicio puacuteblico catastral en municipios para sea contratado Garantizar la calidad veracidad e integridad la informacioacuten catastral en sus componentes fiacutesico juridico y econoacutemico perjuicio de las asignadas a la Nacional de (ANT)
d) Suministrar permanentemente la informacioacuten catastral en el Sistema Nacional de Informacioacuten -SINIC de manera oportuna completa confiable conforme a los mecanismos definidos por la autoridad Garantizar la actualizacioacuten permanente base interoperabilidad informacioacuten que se con el Sistema Nacional de Informacioacuten - SINIC o la herramienta tecnoloacutegica que haga sus veces
f) Informar a SINIC al IGAC y a SNR inicio de sus actividades y modificaciones en su aacuterea de operacioacuten para que esas autoridades puedan cumplir sus funciones
g) Dar cumplimiento plan con que se habilitoacute ejercer el servicio puacuteblico h) Cumplir con la normatividad que regula la prestacioacuten del servicio i) Verificar los idoneidad los operadores
conformidad con lo por el Gobierno Nacional j Reportar a traveacutes IC los operadores con los
actividades insumo para los procesos formacioacuten actualizacioacuten y catastral asiacute como los procedimientos del enfoque catastral multipropoacutesito que sean adoptados
k) demaacutes previstas en este decreto y normas concordantes y complementarias
y
y la
Articulo 22217 Instancia Teacutecnica Asesora Catastral Creacuteese el Comiteacute Asesor para la
la Regulacioacuten de Catastral como
de las en ejercicio de sus
Tormiddot rmiddot asesora que tiene como objetivo garantizar regulacioacuten de la gestioacuten presente el
composicioacuten Teacutecnico Asesor
Director del Departamento Administrativo Nacional de Estadiacutestica (DANE) que presidiraacute
1
se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y de la Ley 1955 y se modifica el Tiacutetulo 2 2 del Libro 2 del 1170 de 2015
medio del cual se Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo Informacioacuten Estadiacutestica
NUacuteMERO 14 Paacutegina 8 de 22
2 El Director Teacutecnico Notariado y Registro o su
Geoestadiacutestica del
o el Superintendente Delegado de Tierras la Superintendencia de nivel asesor El Director Teacutecnico o su delegado nivel asesor Dos (2) expertos internacionales Dos (2) expertos
Paraacutegrafo 1 El DANE mediante acto administrativo los criterios de seleccioacuten los miembros rriexcl~ e internacionales y el procedimiento para efectuar
escogencia
Paraacutegrafo
iCttlIICt
labor exclusiva 2 La del Comiteacute Teacutecnico 1ltlI~iexclltlIV para la Gestioacuten
una Direccioacuten Teacutecnica Geoestadiacutestica del dispondraacute los medios y operativos nelce~)arIOS realizar esta actividad
Paraacutegrafo 3 El Comiteacute Asesor para la Catastral deberaacute convocarse dentro de los seis (6) meses siguientes a la expedicioacuten de este decreto periodo en
IGAC podraacute desarrollar su funcioacuten de regulacioacuten sin esta instancia
Artiacuteculo 2221 runCOllles del Comiteacute Comiteacute Teacutecnico Asesor para la Gestioacuten Catastral tendraacute las funciones
1 Velar por idoneidad de la regulacioacuten bajo la responsabilidad del IGAC med el estudio de las presentadas por Recomendar ajuste de las propuestas de regulacioacuten IGAC en desarrollo de sus funciones legalES
3 Emitir concepto favorable o desfavorable a las iniciativas regulacioacuten por IGAC en relacioacuten con la concordancia de la propuesta y el
marco general establecido en reglamentacioacuten del Nacional Adicionalmente este concepto fundarse en teacutecnico que
Comiteacute 4 sobre el uso de insumas cartograacuteficos que por fuera de
los temporalidad y especificaciones teacutecnicas definidas por la autoridad reguladora
5 Las establecidas en del Comiteacute
Artiacuteculo 22219 Reglamento El Teacutecnico Asesor para Catastral deberaacute definir su propio reglamento
Paraacutegrafo reglamento definiraacute periodicidad de las ordinarias y extraordinarias del Comiteacute Teacutecnico au para la Gestioacuten asiacute como los medios Sin embargo deberaacute reunirse como miacutenimo una vez al antildeo
por
cual se reglamentan parciamente los artiacuteculos 80 81 Y 82 de a Ley 1955 Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 1170 de 2015
cual se expide el Decreto Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten
148DECRETO NUacute DE Paacutegina 9 de 22
CAPiacuteTULO 2
Procedimientos de Enfoque Multipropoacutesito
Artiacuteculo 22221 Informacioacuten catastral Corresponde a juriacutedicas y los bienes inmuebles Dicha catastral y deberaacute ser reportada por los gestores en Informacioacuten SINIC o en la herramienta tecnoloacutegica haga sus veces de acuerdo con y especificaciones teacutecnicas definidas por la autoridad reguladora
La informacioacuten crlIr~ reflejar la realidad fiacutesica inmuebles sin importar la titularidad sobre el bien
a) Informacioacuten Corresponde a la representacioacuten la identificacioacuten cabida los linderos y las construcciones un inmueble La identificacioacuten no implica necesariamente el reconocimiento linderos del predio in situ
b) Informacioacuten Identificacioacuten de la relacioacuten juriacutedica el sujeto activo sea el propietario el inmueble Esta ITICeacuteiCICm juriacutedica no constituye la propiedad
c) Informacioacuten tlAUnlII nnIH1c al valor o avaluacuteo inmueble El avaluacuteo catastr l~rIr relacioacuten con los valores de
Paraacutegrafo informacioacuten comprende los bienes inmuebles privados fiscales baldiacuteos patrimoniales y uso puacuteblico
Artiacuteculo 22222 Procesos de la gestioacuten catastral La gestioacuten los procesos de formacioacuten actualizacioacuten conservacioacuten y difusioacuten catastral asiacute como los procedimientos de enfoque multipropoacutesito
a) Proceso de formacioacuten el conjunto de actividades identificar por primera informacioacuten catastral en la totalidad que conforman territorio o en parte de eacutel
b) Proceso de actualizacioacuten catastral Conjunto de actividades a identificar incorporar o los cambios o inconsistencias en informacioacuten catastral durante un determinado Para la actualizacioacuten pod emplearse mecanismos de intervencioacuten en el territorio como meacutetodos directos declarativos y colaborativos asiacute como uso e integracioacuten de informacioacuten que den cuenta de los entre la base y de los inmuebles En ninguacuten actualizar la informacioacuten un geograacutefica seraacute obligatorio levantamiento catastral en totalidad de inmuebles
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO 148 DE Paacutegina 10 de 22
c) Proceso de conservacioacuten catastral Es el conjunto de acciones tendientes a mantener vigente la base catastral de forma permanente mediante la incorporacioacuten de los cambios que sufra la informacioacuten de un bien inmueble La conservacioacuten catastral podraacute realizarse a solicitud de parte o de oficio para lo cual los gestores catastrales deberaacuten adoptar los mecanismos de interoperabilidad con las demaacutes entidades productoras de informacioacuten oficial
d) Proceso de difusioacuten catastral Son las actividades tendientes al uso disposicioacuten y acceso a la informacioacuten catastral asiacute como la generacioacuten de insumos que contribuyan a la planeacioacuten y gestioacuten de los territorios En todo caso se deberaacute garantizar la proteccioacuten y custodia de la informacioacuten conforme a las disposiciones de proteccioacuten de datos
Paraacutegrafo Una vez finalizado el proceso de actualizacioacuten el gestor catastral deberaacute implementar estrategias que permitan el mantenimiento permanente del catastro incorporando las variaciones puntuales o masivas de las caracteriacutesticas fiacutesicas juriacutedicas o econoacutemicas de los predios en la base catastral
Artiacuteculo 22223 Aplicacioacuten del enfoque multipropoacutesito Los gestores catastrales en el desarrollo de los procesos de formacioacuten actualizacioacuten conservacioacuten y difusioacuten deberaacuten seguir los procedimientos de enfoque multipropoacutesito
Artiacuteculo 22224 Procedimientos del enfoque multipropoacutesito Se consideraraacuten procedimientos de enfoque multipropoacutesito al menos los siguientes
1 El barrido predial masivo 2 Integracioacuten con el registro 3 Incorporacioacuten de datos de informalidad en la propiedad 4 Actualizacioacuten permanente e integridad de los traacutemites inmobiliarios 5 Interoperabilidad e integracioacuten de capas no parcelarias 6 Servicios digitales 7 Innovacioacuten y evolucioacuten continua
Paraacutegrafo 1 La adopcioacuten de estos procedimientos por parte de los gestores catastrales podraacute hacerse de forma gradual seguacuten las condiciones y capacidades de los territorios asiacute como la disponibilidad de informacioacuten necesaria
Paraacutegrafo 2 Los gestores catastrales podraacuten adoptar los meacutetodos teacutecnicos que consideren para la ejecucioacuten de las labores catastrales siempre y cuando garanticen que se refleje la realidad de los predios y se cumplan las especificaciones teacutecnicas de los productos definidos por el IGAC
Artiacuteculo 22225 Barrido predial masivo Es el conjunto de estrategias actividades y acciones orientadas a conseguir la identificacioacuten de las caracteriacutesticas fiacutesicas juriacutedicas y econoacutemicas de los predios sobre un territorio determinado El barrido predial masivo comprende diferentes maneras de intervencioacuten en el territorio incluyendo entre otros meacutetodos directos e indirectos de captura de informacioacuten esquemas colaborativos uso de registros administrativos modelos geoestadiacutesticos y economeacutetricos y demaacutes procedimientos teacutecnicos herramientas tecnoloacutegicas e instrumentos de participacioacuten
1170 Por el cual se reglamentan parcialmente artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la 2 del 2 del 2015
Por del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Administrativo Informacioacuten Estadiacutestica
1DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 11 22
comunitaria con enfoque territorial como el uso otras fuentes de informacioacuten territorio que permitan obtener datos para establecer la liacutenea base de informacioacuten catastral multipropoacutesito en un municipio igual que para su mantenimiento y actualizacioacuten permanente productos derivados de actividades de barrido predial masivo deberaacuten cumplir con las especificaciones teacutecnicas definidas por la autoridad reguladora
Articulo 22226 Meacutetodos de recoleccioacuten de informacioacuten Los catastra les podraacuten adelantarse mediante la combinacioacuten de los siguientes meacutetodos
a) Meacutetodos directos Aquellos que requieren una visita campo con el fin de recolectar la realidad de los bienes inmuebles
b) Meacutetodos indirectos aquellos meacutetodos identificacioacuten fiacutesica juriacutedica y econoacutemica de los inmuebles a traveacutes del uso de de sensores remotos integracioacuten registros administrativos modelos iacutesticos y economeacutetricos anaacutelisis de Big Data y fuentes secundarias como observatorios inmobiliarios su posterior incorporacioacuten en la base catastral
c) Meacutetodos declarativos y colaborativos Son los derivados participacioacuten de la comunidad en el suministro de informacioacuten que sirva como insumo para el desarrollo de los procesos catastrales Los gestores catastrales propenderaacuten por la adopcioacuten nuevas tecnologiacuteas y procesos comunitarios que faciliten la participacioacuten los ciudadanos
Paraacutegrafo 1 procesos barrido predial masivo los catastrales seraacuten los encargados de definir la adecuada combinacioacuten de los meacutetodos de intervencioacuten teniendo en cuenta condiciones propias de sus territorios y la disponibilidad fuentes secundarias informacioacuten conforme a especificaciones miacutenimas establecidas por autoridad reguladora
Paraacutegrafo 2 Los meacutetodos declarativos y colaborativos podraacuten emplearse para el mantenimiento permanente la informacioacuten Catastral
Artiacuteculo 22227 Declaracioacuten la informacioacuten catastral Cualquier persona podraacute informar ante el catastral competente de forma presencial o a de los canales dispuestos para tal fin la informacioacuten correspondiente a la realidad fiacutesica juriacutedica yo econoacutemica sus predios con el propoacutesito de eliminar cualquier disparidad
la realidad del predio y la informacioacuten catastral
Artiacuteculo 22228 Inscripcioacuten o incorporacioacuten catastral informacioacuten catastral resultado de los procesos de formacioacuten actualizacioacuten o conservacioacuten se inscribiraacute o incorporaraacute en la base catastral con la del acto administrativo que lo ordena
Paraacutegrafo inscripcioacuten en el catastro no constituye tiacutetulo de dominio ni sanea los vicios de propiedad o la tradicioacuten y no puede alegarse como excepcioacuten contra que pretenda tener mejor derecho a la propiedad o posesioacuten del predio
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO 148 DE Paacutegina 12 de 22
Artiacuteculo 22229 Inscripcioacuten de posesiones y ocupaciones El gestor catastral competente deberaacute inscribir en la base catastral a la persona que acredite la calidad de propietario y tambieacuten inscribiraacute la presencia de ocupantes o poseedores sin necesidad de calificar la naturaleza juriacutedica del predio Si se verifica previamente que el predio le pertenece a la Nacioacuten yo a la entidad territorial se inscribiraacute como ocupante Si se desconoce el propietario yo poseedor de un predio se inscribiraacute como vacante para efectos catastrales
Artiacuteculo 222210 Actualizacioacuten permanente Los gestores catastrales deberaacuten implementar mecanismos de observacioacuten dinaacutemica y continua del territorio que den cuenta de las variaciones en la informacioacuten catastral frente a la realidad del mismo Para tal efecto podraacuten crear observatorios inmobiliarios implementar meacutetodos de valuacioacuten basados en modelos economeacutetricos y geoestadiacutesticos integrar registros administrativos aplicar esquemas colaborativos entre otros lo anterior con el fin de incorporar las variaciones puntuales o masivas de los inmuebles en la base catastral
Artiacuteculo 222211 Integridad de los traacutemites inmobiliarios con impacto catastral Las entidades puacuteblicas o particulares que ejerzan funciones puacuteblicas encargadas de adelantar traacutemites que impliquen una actuacioacuten catastral deberaacuten implementar de manera articulada con los gestores catastrales competentes mecanismos de interoperabilidad que permitan la atencioacuten integral al usuario
Artiacuteculo 222212 Interoperabilidad e integracioacuten de capas no parcelarias Las autoridades competentes para emitir la informacioacuten asociada a derechos restricciones y responsabilidades de los predios deberaacuten disponer y suministrar dicha informacioacuten de forma estandarizada con el fin de interoperar con las bases catastrales El IGAC estableceraacute los protocolos de interoperabilidad pertinencia y datos complementarios
Artiacuteculo 222213 Servicios digitales Los gestores catastrales deberaacuten disponer mecanismos digitales para el acceso a traacutemites simplificados y consultas sobre la informacioacuten incorporada en las bases catastrales garantizando la proteccioacuten de datos personales establecida en las Leyes 1581 de 2012 y 1712 de 2014
Paraacutegrafo Los traacutemites catastrales notariales y registrales se atenderaacuten conjuntamente a traveacutes de una ventanilla integrada de servicio de conformidad con la regulacioacuten que se expida por las entidades competentes
Artiacuteculo 222214 Innovacioacuten y evolucioacuten continua Los gestores catastrales deberaacuten definir mecanismos transformadores para facilitar los traacutemites reducir los costos incentivar la competitividad y desarrollar servicios de alta calidad para el uso y acceso de la informacioacuten catastral
Artiacuteculo 222215 Integracioacuten con el registro Los gestores catastrales en coordinacioacuten con las Oficinas de Registro de Instrumentos Puacuteblicos deberaacuten adelantar los esfuerzos necesarios tendientes a la integracioacuten de la informacioacuten catastral y registral y en especial a unificar la informacioacuten asociada a linderos y aacutereas de forma gradual Igualmente generaraacuten los mecanismos para la integracioacuten de los sistemas de informacioacuten de las entidades
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y de la Ley 1955 de 2019 y se modifica Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
148DECRETO NUacuteMERO DE 13 de 22
La unificacioacuten de linderos y con registro se a traveacutes de los procesos de actualizacioacuten cabida y linderos con actualizacioacuten de linderos con efectos de aacuterea por determinacioacuten con efectos registra les linderos por acuerdo las con efectos registrales actas de traacutemite de inclusioacuten en el campo descripcioacuten de cabida y linderos del dato yo linderos en los folios de matriacutecula inmobiliaria que carezcan de esta informacioacuten y demaacutes que definan las autoridades competentes
Paraacutegrafo Sin perjuicio de lo anterior las bases catastrales incorporar los predios privados puacuteblicos baldiacuteos bienes de uso puacuteblico entre con o sin derecl10s reales principales o accesorios registrados aun no se encuentren inscritos en el registro instrumentos puacuteblicos
Artiacuteculo 222216 Procedimientos catastrales con consideraraacute como procedimientos
y yo linderos Estos procedimientos
las
con efectos actualizacioacuten de linderos aacuterea por imprecisa iexclnacioacuten actualizacioacuten masiva y puntual rectificacioacuten de linderos por acuerdo entre las partes e inclusioacuten acatados por los gestores catastrales oficinas de registro instrumentos puacuteblicos del paiacutes y podraacuten ser aplicados durante los procesos formacioacuten actualizacioacuten y conservacioacuten
procedimientos anteriormente enunciados no limitan la libre comercializacioacuten de los inmuebles por cuanto es viable la facultad de disposicioacuten
mismos con base en los datos de y linderos que los identifican y que en los tiacutetulos antecedentes que origen juriacutedico
Artiacuteculo 222217 Actualizacioacuten linderos con efectos registrales El gestor competente de oficio o a solicitud
con J1JLIAtu
rorT yo indirectos sin variacioacuten o cuando
sus
sean verificables mediante meacutetodos variacioacuten o diferencia se encuentre por la maacutexima autoridad catastral
teacutecnica de los linderos llevaraacute a r-orToII del aacuterea
titular del derecho de dominio o las entidades puacuteblicas que funciones legales administran inmuebles propios o ajenos podraacuten mediante la descripcioacuten
de linderos de bienes
los maacutergenes de tolerancia
de llevar a cabo la actualizacioacuten gestor catastral emitiraacute el acto administrativo sujeto a registro que resuelva actualizacioacuten de linderos incluida la
del aacuterea si a ello hubiere lugar procedimiento aplicable en el artiacuteculo no es excluyente con el procedimiento d para la linderos por acuerdo entre las partes respecto uacuten mismo inmueble
rectificacioacuten
traacutemite no aplicaraacute cuando la definicioacuten linderos se haya dado en un proceso de deslinde y amojonamiento o de tierras
Artiacuteculo 222218 Rectificacioacuten por imprecisa determinacioacuten con efectos registrales rectificacioacuten de en el sistema yo registraI procederaacute ante
catastral oficio o a solicitud del titular del derecho de dominio o puacuteblicas que con ocasioacuten sus funciones legales administran
el
que y
Por el cual se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y 82 la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la 2 del Libro 2 del Decreto 1170 2015
liPor medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
14 de 22 DECRETO NUacuteMERO 148
inmuebles propios o cuando los linderos debida y teacutecnicamente descritos sean verificables meacutetodos directos ylo indirectos sin variacioacuten que a lo largo de la tradicioacuten bien inmueble el eacuteste no haya sido determinada adecuadamente o cuando la variacioacuten o se encuentre de los maacutergenes de tolerancia establecidos por la maacutexima autoridad catastral
A efectos de llevar a la rectificacioacuten el non
del bien inmueble competente expediraacute el
administrativo a registro que
Artiacuteculo 222219 Rectificacioacuten de linderos por acuerdo entre las partes con registraes rectificacioacuten de linderos en el sistema catastral y registral
procederaacute de oficio o a solicitud de parte ante el gestor catastral siempre y cuando se haya suscrito acta colindancia con pleno entre los compartan uno o varios linderos pero se diferencias de entre la verificacioacuten mediante meacutetodos directos ylo indirectos y la informacioacuten
matriacutecula inmobiliaria rectificacioacuten de todos linderos puede llevar a aacuterea del inmueble
Cuando el gestor o la entidad puacuteblica respectiva identifique o tenga de de terceros que puedan verse afectados por los
ne
37 de la Ley 1437 de la actuacioacuten administrativa efectuaraacute comunicaciones en el
2011
rectificacioacuten de linderos y aacutereas procederaacute cuando los linderos
1 Sean arcifinios no verificables en terreno Sean arcifinios en terreno con variacioacuten respecto lo consignado en los tiacutetulos registrados
3 Esteacuten expresados en costumbristas no verificables en terreno 4 Contengan o limitadas en tiacutetulos
registrados Esteacuten teacutecnicamente definidos pero sobre los mismos haya superposicioacuten o Se presenten entre los linderos contenidos en los tiacutetulos y verificados mediante meacutetodos directos ylo indirectos
Paraacutegrafo 1 No se requeriraacute entre las partes cuando la variacioacuten o se encuentre dentro de maacutergenes de establecidos por
en la
autoridad catastral conforme lo por decreto caso aplicaraacuten los procedimientos actualizacioacuten de o rectificacioacuten de por
rOiIltI determinacioacuten sea el caso
2 No es necesaria suscripcioacuten de actas colindancia sobre bien inmueble no presenten discrepancia alguna entredel
y su verificacioacuten meacutetodos directos ylo indirectos Procederaacuten los acuerdos parciales es decir suscribir un acta sobre uno o varios linderos con un colindante ylo varias actas por nrrlin
los
Paraacutegrafo 3 En aquellos casos en los cuales existan entre la informacioacuten recabada mediante meacutetodos yo indirectos y lo consignado en los tiacutetulos
preclslon para
(ANT) podraacute con
cualquier que otro
la
Por se reglamentan
del cual se LJvrcruiexcl
Administrativo
los articulos 79 80 1170 de 2015
81 Y Ley 1955 2019 Y se modifica el Tiacutetulo 2 2 del Libro 2 del
10l0r Reglamentario Uacutenico Sector Informacioacuten Estadiacutestica
148NUacuteMERO 1S de 22
registrados y no se logre pleno por viacutea administrativa artiacuteculo
agotarse el proceso jud de deslinde y amojonamiento conforme con y siguientes del General del Proceso o los lo modifiquen o sustituyan
Paraacutegrafo 4 Siempre que evidencie que alguno los predios involucrados en traacutemite podriacutea ser considerado como baldiacuteo no procederaacute la
linderos por acuerdo partes Sin embargo o herramienta que haga sus veces la informacioacuten que dicha cual serviraacute de insumo a la ANT para que adopte medidas a que haya
lugar
Paraacutegrafo S el caso en que alguno los predios involucrados en traacutemite sea considerado bien de uso puacuteblico no la rectificacioacuten de por acuerdo entre las con efectos registrales sin perJuIcIo incorporacioacuten de la informacioacuten levante el gestor SINIC o la herramienta que haga sus veces caso la entidad expedir una con la
lindero del bien de uso puacuteblico Dicha certificacioacuten acompantildear la procesos de rectificacioacuten por imprecisa determinacioacuten con
actualizacioacuten de con efectos registrales e inclusioacuten del
ARTiacuteCULO Gestioacuten catastral a de la Agencia Nacional de Tierras (ANT) Agencia Nacional de (ANT) en su calidad levantaraacute los componentes fiacutesico y juriacutedico catastro necesarios para
de ae~gt[Qr
ordenamiento de la propiedad o asociados al desarrollo proyectos estrateacutegicos del orden nacional priorizados por Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural de con los estaacutendares y teacutecnicas por la autoridad catastral
En los
respecto de los predios obleto
Artiacuteculo 80 de la 2019 la Agencia Nacional Tierras (ANT) no a cargo la conservacioacuten por lo que una vez levantada e incorporada informacioacuten fiacutesica y juriacutedica catastro en el SINIC o la herramienta tecnoloacutegica sus veces las catastrales en dicha entidad intervencioacuten y se al Gestor Catastral competente
De cualquier forma Agencia Nacional proceso Ordenamiento Social de la gestor haya previamente
Paraacutegrafo 1 ISDIDSUlQrles referidas en artiacuteculo a la ANT le seraacuten aplicables a todas las enlt1d(~dE~S puacuteblicas del orden nacional que se habiliten como catastrales cumplimiento de sus funciones en los teacuterminos del artiacuteculo 22252 del 1983 de 2019 101011
Paraacutegrafo 2 Nacional de Tierras (ANT) no tendraacute competencia ejecucioacuten de catastrales de predios cuyo tiacutetulo originario actuacioacuten administrativa proferida por el Instituto Colombiano de la Reforma Instituto Colombiano Desarrollo Rural la Unidad Nacional de
Por cual se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y 82 la Ley 1 de 2019 y se modifica el TItulo 2 de la 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio cual se expide el Reglamentario Uacutenico de ecrCJr Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 16 22
Agencia Nacional de Tierras (ANT) o la entidad que sus salvo para eTE~CI()S Ordenamiento de la Propiedad Rural
Paraacutegrafo 3 municipios o zonas objeto intervencioacuten en los cuales la Agencia Nacional de Tierras (ANT) adelantaraacute la gestioacuten catastral seraacuten definidos conforme a los criterios fijados por Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural
Paraacutegrafo 4 En las zonas rurales objeto su intervencioacuten como gestor catastral la Agencia Nacional de (ANT) expediraacute los actos administrativos que permitan armonizar el componente y juriacutedico del con la informacioacuten registral y que sean para los procesos de ordenamiento social propiedad
Articulo 222221 Inclusioacuten en campo de descripcioacuten de cabida y linderos dato de aacuterea yo linderos en los folios de matriacutecula inmobiliaria que carezcan de esta informacioacuten los casos donde los folios de matriacutecula inmobiliaria no hayan contado con informacioacuten de yo linderos desde el inicio del ciclo traslaticio bien inmueble que identifican la Oficina de de Instrumentos Puacuteblicos procederaacute la inclusioacuten dato de aacuterea yo linderos en respectivas matriacuteculas inmobiliarias que se tomaraacute la base catastral administrada por gestor catastral competente
Artiacuteculo Correccioacuten yo inclusioacuten de cabida en procesos de ordenamiento de propiedad En el marco de los traacutemites ordenamiento social la propiedad que adelante la Agencia Nacional de (ANT) conforme a
competencias establecidas en el artiacuteculo 58 del Decreto Ley 902 2017 Y atendiendo a la funcioacuten de gestor catastral consignada en el artiacuteculo 80 de la Ley 1 de 19 cuando se identifique la existencia de una inconsistencia el levantamiento ial realizado por dicha entidad con la informacioacuten registral actos administrativos resuelven de fondo los asuntos sometidos a estudio ordenaraacuten aclaracioacuten actualizacioacuten masiva rectificacioacuten de por imprecisa determinacioacuten o inclusioacuten aacuterea del predio intervenido siempre los linderos esteacuten debida y teacutecnicamente descritos sean verificables por meacutetodos directos o indirectos y no exista variacioacuten en los mismos sin necesidad de adelantar un proceso rectificacioacuten o inclusioacuten de aacuterea
Artiacuteculo Actualizacioacuten masiva de linderos yo rectificacioacuten masiva de por imprecisa determinacioacuten En el marco de los procesos de actualizacioacuten
catastral y como resultado del levantamiento la informacioacuten y juriacutedica en terreno el gestor catastral podraacute remitir para inscripcioacuten a la Oficina de Registro de Instrumentos Puacuteblicos respectiva el administrativo actualizacioacuten masiva de linderos o rectificacioacuten de aacuterea corresponda
Cuando la diferencia en las magnitudes cabida yo linderos supere el rango de tolerancia establecido surtirse traacutemite de rectificacioacuten de linderos o por imprecisa determinacioacuten seguacuten corresponda
Artiacuteculo Rangos de tolerancia Los rangos de tolerancia corresponden a variacioacuten el o cabida de un predio que seguacuten la autoridad reguladora catastral sean admisibles y aplicables cuando existan diferencias la realidad fiacutesica y la descripcioacuten existente en el tiacutetulo de propiedad registrado en el folio de matricula
Por el se reglamentan parcialmente los artiacuteculos y 82 de la de 2019 y se modifica Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de
Por medio cual se expide el Decreto Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten
148DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 17 de 22
inmobiliaria No la suscripcioacuten de las colindancia ni ajustar los folios de matriacutecula inmobiliaria cuando la diferencia no supere rangos de tolerancia
Cuando los linderos no se encuentren teacutecnicamente en el folio de matriacutecula inmobiliaria aun estando dentro del rango de tolerancia folio de matriacutecula inmobiliaria deberaacute mediante acto administrativo emitido por el Gestor Catastral
Cualquier medicioacuten que difiera la catastral en un margen ngt o igual al rango de tolerancia se consideraraacute equivalente a la catastral
Articulo 222225 I-rEas objeto de despojo o abandono forzado Sin perjuicio de las actividades propias catastral los no podraacuten adelantar los procesos en el artiacuteculo Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del libro 2 del Decreto 11 5 para los siguientes casos
1 Si el bien se encuentra inscrito en el Registro Despojadas y Abandonadas que trata la Ley 1448 de Si el predio es objeto solicitud de restitucioacuten de tierras
los casos anteriores se nn- seguir la ruta juriacutedica definida en la Ley 1448 de 2011 y sus normas y complementarias
Artiacuteculo 222226 Obligacioacuten de suministro de informacioacuten la gestioacuten catastral Para el desarrollo gestioacuten catastral las siguientes puacuteblicas y privadas deberaacuten suministrar informacioacuten requerida por los catastrales en
la prestacioacuten del perjuicio de las normas contenidas en las Leyes 2012 1712 2014 Y disposiciones legales relacionadas con la
de datos
1 virtud del principio coordinacioacuten el mUnicipiO o departamento trataacutendose de aacutereas no municipalizadas entregaraacute la informacioacuten actualizada que se relaciona con el ordenamiento de su territorio
instituciones financieras vigiladas por la Superintendencia Oficinas de Registro de Instrumentos Puacuteblicos y las produzcan o registren informacioacuten avaluacuteos comerciales venta o arriendo de inmuebles suministrar dicha rrnlttln
caacutemaras de comercio municipio yo distrito deberaacuten suministrar la informacioacuten de establecimientos comercio y su actividad
4 DANE deberaacute suministrar al Catastral el Censo de a nivel de manzana Lo anterior en marco de la reserva estad en artiacuteculo 5 de la Ley 1
rCC de servicios puacuteblicos las curaduriacuteas urbanas y las planeacioacuten o quien haga sus deberaacuten proporcionar de forma informacioacuten de las acometidas servicios puacuteblicos domiciliarios y
urbanismo y construccioacuten
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO 148 DE Paacutegina 18 de 22
Paraacutegrafo Las entidades sentildealadas en el presente artiacuteculo deberaacuten implementar los mecanismos de interoperabilidad definidos por la autoridad reguladora catastral para el suministro de la informacioacuten para la gestioacuten catastral de manera continua y permanente
Artiacuteculo 222227 Gratuidad de la informacioacuten para la gestioacuten catastral De conformidad con lo establecido en el artiacuteculo 1deg del Decreto 235 de 2010 los requerimientos de informacioacuten que realicen los gestores catastrales para el ejercicio del servicio puacuteblico catastral no constituyen servicio y no generan costo alguno al solicitante La entrega de informacioacuten al gestor catastral durante el empalme previsto en el artiacuteculo 22254 del Decreto 1983 de 2019 seraacute gratuita
Artiacuteculo 222228 Vigencia fiscal Para efectos de lo consagrado en el artiacuteculo 3 de la Ley 44 de 1990 los avaluacuteos catastrales resultantes de la prestacioacuten del servicio puacuteblico de gestioacuten catastral entraraacuten en vigencia para efectos fiscales a partir del 10 de enero del antildeo siguiente a aquel en que fueron estimados o calculados para lo cual los gestores catastrales ordenaraacuten por acto administrativo su entrada en vigencia
Artiacuteculo 222229 Vigencia catastral La informacioacuten fiacutesica juriacutedica y econoacutemica asiacute como la resultante de los procedimientos de enfoque multipropoacutesito entraraacuten en vigencia para efectos catastrales al momento de quedar en firme su inscripcioacuten o incorporacioacuten en las bases oficiales descritas en el presente decreto
Artiacuteculo 222230 Aplazamiento de vigencia y reduccioacuten de los iacutendices de ajuste del avaluacuteo catastral El Gobierno Nacional de oficio o por solicitud fundamentada de los Concejos Municipales debido a especiales condiciones econoacutemicas o sociales que afecten a determinados municipios o zonas de estos podraacute aplazar la vigencia de los catastros elaborados por formacioacuten o actualizacioacuten por un periacuteodo hasta de un (1) antildeo Si subsisten las condiciones que originaron el aplazamiento procederaacute a ordenar una nueva formacioacuten o actualizacioacuten de estos catastros
En el evento de que la vigencia fiscal de los avaluacuteos elaborados por formacioacuten o actualizacioacuten de la formacioacuten fuera aplazada por el Gobierno en los teacuterminos y condiciones sentildealados en el artiacuteculo 10 de la Ley 14 de 1983 continuaraacuten vigentes los avaluacuteos anteriores y por lo tanto se seguiraacuten aplicando los iacutendices anuales de ajuste correspondientes hasta que termine el aplazamiento o se pongan en vigencia fiscal los avaluacuteos aplazados o se realice y ponga en vigencia una nueva formacioacuten o actualizacioacuten de la formacioacuten
ARTiacuteCULO 2 Adicioacutenense los Capiacutetulos 6 y 7 al Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 DISPOSICIONES ESPECiFICAS INSTITUTO GEOGRAacuteFICO AGUSTiacuteN CODAZZI IGAC del Decreto 1170 de 2015 Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica los cuales quedaraacuten asiacute
CAPiacuteTULO 6
Informacioacuten Econoacutemica Catastral
recopilaraacute la informacioacuten mercado inmobiliario del proveniente de fuentes como ofertas transacciones costos otras y el cual deberaacute articulado para tal efecto con el
Todos los Gestores Inmobiliario Catastral donde se
valor comercial de un predio a partir del estudio de recientes de bienes o comparables al del objeto
Meacutetodo de capitalizacioacuten de rentas o ingresos que busca establecer el valor un bien a partir de las o que se puedan obtener del o inmuebles semejantes o comparables trayendo a valor suma de los ingresos probables o generadas
Por el cual se parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 Y se modifica Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten
DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 19 de 22
Artiacuteculo 22261 Inmobiliario Catastrales contar con un Observatorio
Departamento Nacional de (DANE) Todo avaluacuteo comercial deberaacute estar sustentado en informacioacuten registrada en el observatorio inmobiliario catastral para lo cual se deberaacute garantizar que cualquier tipo de informacioacuten en avaluacuteo sea registrada en el observatorio anterior sin perjuicio de normas relacionadas con la proteccioacuten de datos nlr~r1n
Artiacuteculo 22262 Determinacioacuten del valor catastral de un inmueble La determinacioacuten del valor ca1tastra
(~tnlro~ Catastrales o por el Instituto inmuebles seraacute a de avaluacuteos
puntuales o masivos por Agustiacuten (IGAC)
Articulo 22263 Meacutetodos Sin perjuicio de norma especial para determinacioacuten de los avaluacuteos catastrales la estimacioacuten del valor del inmueble
los siguientes meacutetodos otros
1 Meacutetodo de comparacioacuten o de mercado Es la teacutecnica que LlU
en la vida remanente del bien objeto de avaluacuteo con una tasa de capitalizacioacuten o
3 Meacutetodo del costo de reposicioacuten Cuando sea necesario valor comercial de una construccioacuten se aplicaraacute el meacutetodo de costo consistente en establecer el valor comercial de un predio depreciacioacuten de una estimacioacuten total de una construccioacuten
4 Meacutetodo sea neces~a establecer el valor se aplicaraacute el meacutetodo residual
proyecto con el mercado del bien final
residual Cuando un cual se deriva de estimar el valor total
las ventas de un acorde con la reglamentacioacuten urbaniacutestica vigente y de ible en el
objeto de avaluacuteo
se podraacuten aplicar manera los meacutetodos descritos en presente artiacuteculo los cuales no
el ingreso al predio
Salvo lo dispuesto en normas
a
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO _ 148 DE Paacutegina 20 de 22
Artiacuteculo 22264 Estructura del NUPRE Los Gestores Catastrales para la identificacioacuten de los predios en el territorio deberaacuten adoptar el Coacutedigo Homologado de Identificacioacuten Predial con la siguiente estructura
ABC-1234-DEFH
Las tres (3) primeras letras (ABC) pertenecen al prefijo asignado por el IGAC a cada Gestor Catastral Habilitado
Los cuatro (4) diacutegitos (1234) que podraacuten tomar valores del O al 9 y las tres (3) letras siguientes (DEF) podraacuten tomar valores de las siguientes letras A B C D E F H J K L M N 0 P R S T U W X V Z Se eliminan las letras G 1 A V Ntilde con el propoacutesito de minimizar la posibilidad de error en el coacutedigo debido a la similitud con otras letras La definicioacuten de estas siete (7) posiciones asiacute como los mecanismos de generacioacuten aleatoria o secuencial y su asignacioacuten estaraacute a cargo deIIGAC
La letra final a la derecha (H) corresponde a un caraacutecter de chequeo utilizado con el objeto de poder validar la integridad del coacutedigo restante
La definicioacuten de los rangos que utilizariacutea cada ciudad y el significado de cada una de estas tres (3) posiciones estaraacute a cargo deIIGAC
CAPiacuteTULO 7
De la Inspeccioacuten Vigilancia y Control de la Gestioacuten Catastral
Artiacuteculo 22271 Inspeccioacuten Vigilancia y Control de la Gestioacuten Catastral La Superintendencia de Notariado y Registro ejerceraacute las funciones otorgadas mediante los artiacuteculos 79 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 relacionadas con la inspeccioacuten vigilancia y control del ejercicio de la gestioacuten catastral
Paraacutegrafo 1 La funcioacuten de inspeccioacuten vigilancia y control es de naturaleza administrativa y no implica ejercicio de la funcioacuten de control fiscal disciplinario o penal
Paraacutegrafo 2 En lo no contemplado en el presente capiacutetulo se aplicaraacute lo dispuesto en la Ley 1437 de 2011 o las disposiciones que la modifiquen o sustituyan
Artiacuteculo 22272 Sujetos pasivos Son sujetos pasivos de las funciones de inspeccioacuten vigilancia y control los gestores catastrales los operadores catastrales los municipios los propietarios ocupantes tenedores o poseedores titulares de derechos reales o quien tenga cualquier relacioacuten faacutectica o juriacutedica con el predio
Artiacuteculo 22~73 Funcioacuten de inspeccioacuten La inspeccioacuten consiste en la atribucioacuten de la Superintendencia de Notariado y Registro entre otras para solicitar confirmar y analizar en la forma detalle y teacuterminos que ella determine la informacioacuten que requiera
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 21 de 22148
con el objeto de establecer de manera general el cumplimiento del reacutegimen juriacutedico aplicable al servicio puacuteblico de gestioacuten catastral En ejercicio de esta funcioacuten la Superintendencia de Notariado y Registro de oficio o a peticioacuten de parte podraacute requerir informacioacuten realizar visitas instruir y orientar en la manera en que se debe cumplir e interpretar el reacutegimen juriacutedico aplicable a la gestioacuten catastral
Artiacuteculo 22274 Funcioacuten de vigilancia La vigilancia consiste en la atribucioacuten de la Superintendencia de Notariado y Registro para velar que de manera puntual los sujetos pasivos en desarrollo de sus funciones y obligaciones se ajusten a lo dispuesto en el ordenamiento juriacutedico i
~~ t~ lt
La vigilanyia estaacute retrida a funcion~~ de advertencia prevencioacuten y orientacioacuten encamin~das eacutel q~11~ rf~a9~On~S~~ ~ iuj~tos pasivo~ se ajusten a la norm~tividad i ~ IOque los rigen para to q~1 Ia Supeqnt~nd~cla de Notariado y Registro tendra entre otras las~tri~UqL9n~s ~~ tnsfruir o(ientaacuteC requerir ordenar establecer planes de mejoramiento practicaacuter visitasl~ r~visioacuteries y demaacutes pruebas que determine conducentes pertinefltes y uacutetiles
Artiacuteculo 22275 Funcioacuten de control El control consiste en las atribuciones de la Superintendencia de Notariado y Registro tendientes a evitar superar y sancionar los efectos de la comisioacuten de infracciones al reacutegimen catastral para lo cual entre otras cosas podraacute ordenar la adopcioacuten de medidas preventivas correctivas y conforme con los artiacuteculos 81 y 82 de la Ley 1955 de 2019 o la que la modifique o sustituya y a la Ley 1437 de 2011 de oficio o a peticioacuten de parte y en ejercicio de la potestad sancionatoria adelantar procedimientos administrativos sancionatorios en contra de los sujetos pasivos cuando se determine el meacuterito para ello
Artiacuteculo 22276 Medidas preventivas Sin perjuicio de las sanciones a que haya lugar cuando resulten necesarias la Superintendencia de Notariado y Registro podraacute imponer medidas preventivas para evitar de manera transitoria la continuacioacuten de la ocurrencia de un hecho la realizacioacuten de una actividad o la existencia de una situacioacuten que presuntamente atente contra el reacutegimen catastral
Artiacuteculo 22277 Potestad sancionatoria La Superintendencia de Notariado y Registro tendraacute la potestad de sancionar a los gestores y operadores del servicio puacuteblico de catastro por la incursioacuten en alguna de las infracciones previstas entre los numerales 1 al13 del artiacuteculo 81 de la Ley 1955 de 2019 o la norma que la modifique o sustituya
Por su parte de las obligaciones establecidas en el inciso primero del artiacuteculo 81 de la Ley 1955 de 2019 la Superintendencia de Notariado y Registro podraacute sancionar a propietarios ocupantes tenedores o poseedores titulares de derechos reales o quien tenga cualquier relacioacuten faacutectica o juriacutedica con el predio por incurrir en las conductas de que trata la norma citada
Artiacuteculo 22278 Procedimiento El procedimiento sancionatorio se adelantaraacute conforme con lo establecido en la Ley 1437 de 2011
Por el cual se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO-_- ~ 148 DE Paacutegina 22 de 22
ARTiacuteCULO 3 Vigencia y Derogatoria El presente Decreto entra en vigencia a partir de su publicacioacuten y deroga las normas que le sean contrarias en especial el Decreto 1227 de 1908 el Decreto 2275 de 1941 el Decreto 3496 de 1983 compilado en el Decreto 1170 de 2015 el paraacutegrafo 2 del artiacuteculo 222312 el artiacuteculo 222313 el paraacutegrafo 2 del artiacuteculo 222316 el artiacuteculo 222321 y el artiacuteculo 222324 del Decreto 1170 de 2015
PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE -4 FES 2020 Dado en Bogotaacute DC a los
LA MINISTRA DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
EL MINISTRO DE AGRICULTURA y DESARROLLO URAL
CIA PINZOacuteN
EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADiacuteSTICA
se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y de la Ley 1955 y se modifica el Tiacutetulo 2 2 del Libro 2 del 1170 de 2015
medio del cual se Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo Informacioacuten Estadiacutestica
NUacuteMERO 14 Paacutegina 8 de 22
2 El Director Teacutecnico Notariado y Registro o su
Geoestadiacutestica del
o el Superintendente Delegado de Tierras la Superintendencia de nivel asesor El Director Teacutecnico o su delegado nivel asesor Dos (2) expertos internacionales Dos (2) expertos
Paraacutegrafo 1 El DANE mediante acto administrativo los criterios de seleccioacuten los miembros rriexcl~ e internacionales y el procedimiento para efectuar
escogencia
Paraacutegrafo
iCttlIICt
labor exclusiva 2 La del Comiteacute Teacutecnico 1ltlI~iexclltlIV para la Gestioacuten
una Direccioacuten Teacutecnica Geoestadiacutestica del dispondraacute los medios y operativos nelce~)arIOS realizar esta actividad
Paraacutegrafo 3 El Comiteacute Asesor para la Catastral deberaacute convocarse dentro de los seis (6) meses siguientes a la expedicioacuten de este decreto periodo en
IGAC podraacute desarrollar su funcioacuten de regulacioacuten sin esta instancia
Artiacuteculo 2221 runCOllles del Comiteacute Comiteacute Teacutecnico Asesor para la Gestioacuten Catastral tendraacute las funciones
1 Velar por idoneidad de la regulacioacuten bajo la responsabilidad del IGAC med el estudio de las presentadas por Recomendar ajuste de las propuestas de regulacioacuten IGAC en desarrollo de sus funciones legalES
3 Emitir concepto favorable o desfavorable a las iniciativas regulacioacuten por IGAC en relacioacuten con la concordancia de la propuesta y el
marco general establecido en reglamentacioacuten del Nacional Adicionalmente este concepto fundarse en teacutecnico que
Comiteacute 4 sobre el uso de insumas cartograacuteficos que por fuera de
los temporalidad y especificaciones teacutecnicas definidas por la autoridad reguladora
5 Las establecidas en del Comiteacute
Artiacuteculo 22219 Reglamento El Teacutecnico Asesor para Catastral deberaacute definir su propio reglamento
Paraacutegrafo reglamento definiraacute periodicidad de las ordinarias y extraordinarias del Comiteacute Teacutecnico au para la Gestioacuten asiacute como los medios Sin embargo deberaacute reunirse como miacutenimo una vez al antildeo
por
cual se reglamentan parciamente los artiacuteculos 80 81 Y 82 de a Ley 1955 Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 1170 de 2015
cual se expide el Decreto Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten
148DECRETO NUacute DE Paacutegina 9 de 22
CAPiacuteTULO 2
Procedimientos de Enfoque Multipropoacutesito
Artiacuteculo 22221 Informacioacuten catastral Corresponde a juriacutedicas y los bienes inmuebles Dicha catastral y deberaacute ser reportada por los gestores en Informacioacuten SINIC o en la herramienta tecnoloacutegica haga sus veces de acuerdo con y especificaciones teacutecnicas definidas por la autoridad reguladora
La informacioacuten crlIr~ reflejar la realidad fiacutesica inmuebles sin importar la titularidad sobre el bien
a) Informacioacuten Corresponde a la representacioacuten la identificacioacuten cabida los linderos y las construcciones un inmueble La identificacioacuten no implica necesariamente el reconocimiento linderos del predio in situ
b) Informacioacuten Identificacioacuten de la relacioacuten juriacutedica el sujeto activo sea el propietario el inmueble Esta ITICeacuteiCICm juriacutedica no constituye la propiedad
c) Informacioacuten tlAUnlII nnIH1c al valor o avaluacuteo inmueble El avaluacuteo catastr l~rIr relacioacuten con los valores de
Paraacutegrafo informacioacuten comprende los bienes inmuebles privados fiscales baldiacuteos patrimoniales y uso puacuteblico
Artiacuteculo 22222 Procesos de la gestioacuten catastral La gestioacuten los procesos de formacioacuten actualizacioacuten conservacioacuten y difusioacuten catastral asiacute como los procedimientos de enfoque multipropoacutesito
a) Proceso de formacioacuten el conjunto de actividades identificar por primera informacioacuten catastral en la totalidad que conforman territorio o en parte de eacutel
b) Proceso de actualizacioacuten catastral Conjunto de actividades a identificar incorporar o los cambios o inconsistencias en informacioacuten catastral durante un determinado Para la actualizacioacuten pod emplearse mecanismos de intervencioacuten en el territorio como meacutetodos directos declarativos y colaborativos asiacute como uso e integracioacuten de informacioacuten que den cuenta de los entre la base y de los inmuebles En ninguacuten actualizar la informacioacuten un geograacutefica seraacute obligatorio levantamiento catastral en totalidad de inmuebles
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO 148 DE Paacutegina 10 de 22
c) Proceso de conservacioacuten catastral Es el conjunto de acciones tendientes a mantener vigente la base catastral de forma permanente mediante la incorporacioacuten de los cambios que sufra la informacioacuten de un bien inmueble La conservacioacuten catastral podraacute realizarse a solicitud de parte o de oficio para lo cual los gestores catastrales deberaacuten adoptar los mecanismos de interoperabilidad con las demaacutes entidades productoras de informacioacuten oficial
d) Proceso de difusioacuten catastral Son las actividades tendientes al uso disposicioacuten y acceso a la informacioacuten catastral asiacute como la generacioacuten de insumos que contribuyan a la planeacioacuten y gestioacuten de los territorios En todo caso se deberaacute garantizar la proteccioacuten y custodia de la informacioacuten conforme a las disposiciones de proteccioacuten de datos
Paraacutegrafo Una vez finalizado el proceso de actualizacioacuten el gestor catastral deberaacute implementar estrategias que permitan el mantenimiento permanente del catastro incorporando las variaciones puntuales o masivas de las caracteriacutesticas fiacutesicas juriacutedicas o econoacutemicas de los predios en la base catastral
Artiacuteculo 22223 Aplicacioacuten del enfoque multipropoacutesito Los gestores catastrales en el desarrollo de los procesos de formacioacuten actualizacioacuten conservacioacuten y difusioacuten deberaacuten seguir los procedimientos de enfoque multipropoacutesito
Artiacuteculo 22224 Procedimientos del enfoque multipropoacutesito Se consideraraacuten procedimientos de enfoque multipropoacutesito al menos los siguientes
1 El barrido predial masivo 2 Integracioacuten con el registro 3 Incorporacioacuten de datos de informalidad en la propiedad 4 Actualizacioacuten permanente e integridad de los traacutemites inmobiliarios 5 Interoperabilidad e integracioacuten de capas no parcelarias 6 Servicios digitales 7 Innovacioacuten y evolucioacuten continua
Paraacutegrafo 1 La adopcioacuten de estos procedimientos por parte de los gestores catastrales podraacute hacerse de forma gradual seguacuten las condiciones y capacidades de los territorios asiacute como la disponibilidad de informacioacuten necesaria
Paraacutegrafo 2 Los gestores catastrales podraacuten adoptar los meacutetodos teacutecnicos que consideren para la ejecucioacuten de las labores catastrales siempre y cuando garanticen que se refleje la realidad de los predios y se cumplan las especificaciones teacutecnicas de los productos definidos por el IGAC
Artiacuteculo 22225 Barrido predial masivo Es el conjunto de estrategias actividades y acciones orientadas a conseguir la identificacioacuten de las caracteriacutesticas fiacutesicas juriacutedicas y econoacutemicas de los predios sobre un territorio determinado El barrido predial masivo comprende diferentes maneras de intervencioacuten en el territorio incluyendo entre otros meacutetodos directos e indirectos de captura de informacioacuten esquemas colaborativos uso de registros administrativos modelos geoestadiacutesticos y economeacutetricos y demaacutes procedimientos teacutecnicos herramientas tecnoloacutegicas e instrumentos de participacioacuten
1170 Por el cual se reglamentan parcialmente artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la 2 del 2 del 2015
Por del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Administrativo Informacioacuten Estadiacutestica
1DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 11 22
comunitaria con enfoque territorial como el uso otras fuentes de informacioacuten territorio que permitan obtener datos para establecer la liacutenea base de informacioacuten catastral multipropoacutesito en un municipio igual que para su mantenimiento y actualizacioacuten permanente productos derivados de actividades de barrido predial masivo deberaacuten cumplir con las especificaciones teacutecnicas definidas por la autoridad reguladora
Articulo 22226 Meacutetodos de recoleccioacuten de informacioacuten Los catastra les podraacuten adelantarse mediante la combinacioacuten de los siguientes meacutetodos
a) Meacutetodos directos Aquellos que requieren una visita campo con el fin de recolectar la realidad de los bienes inmuebles
b) Meacutetodos indirectos aquellos meacutetodos identificacioacuten fiacutesica juriacutedica y econoacutemica de los inmuebles a traveacutes del uso de de sensores remotos integracioacuten registros administrativos modelos iacutesticos y economeacutetricos anaacutelisis de Big Data y fuentes secundarias como observatorios inmobiliarios su posterior incorporacioacuten en la base catastral
c) Meacutetodos declarativos y colaborativos Son los derivados participacioacuten de la comunidad en el suministro de informacioacuten que sirva como insumo para el desarrollo de los procesos catastrales Los gestores catastrales propenderaacuten por la adopcioacuten nuevas tecnologiacuteas y procesos comunitarios que faciliten la participacioacuten los ciudadanos
Paraacutegrafo 1 procesos barrido predial masivo los catastrales seraacuten los encargados de definir la adecuada combinacioacuten de los meacutetodos de intervencioacuten teniendo en cuenta condiciones propias de sus territorios y la disponibilidad fuentes secundarias informacioacuten conforme a especificaciones miacutenimas establecidas por autoridad reguladora
Paraacutegrafo 2 Los meacutetodos declarativos y colaborativos podraacuten emplearse para el mantenimiento permanente la informacioacuten Catastral
Artiacuteculo 22227 Declaracioacuten la informacioacuten catastral Cualquier persona podraacute informar ante el catastral competente de forma presencial o a de los canales dispuestos para tal fin la informacioacuten correspondiente a la realidad fiacutesica juriacutedica yo econoacutemica sus predios con el propoacutesito de eliminar cualquier disparidad
la realidad del predio y la informacioacuten catastral
Artiacuteculo 22228 Inscripcioacuten o incorporacioacuten catastral informacioacuten catastral resultado de los procesos de formacioacuten actualizacioacuten o conservacioacuten se inscribiraacute o incorporaraacute en la base catastral con la del acto administrativo que lo ordena
Paraacutegrafo inscripcioacuten en el catastro no constituye tiacutetulo de dominio ni sanea los vicios de propiedad o la tradicioacuten y no puede alegarse como excepcioacuten contra que pretenda tener mejor derecho a la propiedad o posesioacuten del predio
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO 148 DE Paacutegina 12 de 22
Artiacuteculo 22229 Inscripcioacuten de posesiones y ocupaciones El gestor catastral competente deberaacute inscribir en la base catastral a la persona que acredite la calidad de propietario y tambieacuten inscribiraacute la presencia de ocupantes o poseedores sin necesidad de calificar la naturaleza juriacutedica del predio Si se verifica previamente que el predio le pertenece a la Nacioacuten yo a la entidad territorial se inscribiraacute como ocupante Si se desconoce el propietario yo poseedor de un predio se inscribiraacute como vacante para efectos catastrales
Artiacuteculo 222210 Actualizacioacuten permanente Los gestores catastrales deberaacuten implementar mecanismos de observacioacuten dinaacutemica y continua del territorio que den cuenta de las variaciones en la informacioacuten catastral frente a la realidad del mismo Para tal efecto podraacuten crear observatorios inmobiliarios implementar meacutetodos de valuacioacuten basados en modelos economeacutetricos y geoestadiacutesticos integrar registros administrativos aplicar esquemas colaborativos entre otros lo anterior con el fin de incorporar las variaciones puntuales o masivas de los inmuebles en la base catastral
Artiacuteculo 222211 Integridad de los traacutemites inmobiliarios con impacto catastral Las entidades puacuteblicas o particulares que ejerzan funciones puacuteblicas encargadas de adelantar traacutemites que impliquen una actuacioacuten catastral deberaacuten implementar de manera articulada con los gestores catastrales competentes mecanismos de interoperabilidad que permitan la atencioacuten integral al usuario
Artiacuteculo 222212 Interoperabilidad e integracioacuten de capas no parcelarias Las autoridades competentes para emitir la informacioacuten asociada a derechos restricciones y responsabilidades de los predios deberaacuten disponer y suministrar dicha informacioacuten de forma estandarizada con el fin de interoperar con las bases catastrales El IGAC estableceraacute los protocolos de interoperabilidad pertinencia y datos complementarios
Artiacuteculo 222213 Servicios digitales Los gestores catastrales deberaacuten disponer mecanismos digitales para el acceso a traacutemites simplificados y consultas sobre la informacioacuten incorporada en las bases catastrales garantizando la proteccioacuten de datos personales establecida en las Leyes 1581 de 2012 y 1712 de 2014
Paraacutegrafo Los traacutemites catastrales notariales y registrales se atenderaacuten conjuntamente a traveacutes de una ventanilla integrada de servicio de conformidad con la regulacioacuten que se expida por las entidades competentes
Artiacuteculo 222214 Innovacioacuten y evolucioacuten continua Los gestores catastrales deberaacuten definir mecanismos transformadores para facilitar los traacutemites reducir los costos incentivar la competitividad y desarrollar servicios de alta calidad para el uso y acceso de la informacioacuten catastral
Artiacuteculo 222215 Integracioacuten con el registro Los gestores catastrales en coordinacioacuten con las Oficinas de Registro de Instrumentos Puacuteblicos deberaacuten adelantar los esfuerzos necesarios tendientes a la integracioacuten de la informacioacuten catastral y registral y en especial a unificar la informacioacuten asociada a linderos y aacutereas de forma gradual Igualmente generaraacuten los mecanismos para la integracioacuten de los sistemas de informacioacuten de las entidades
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y de la Ley 1955 de 2019 y se modifica Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 Decreto 1170 de 2015
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148DECRETO NUacuteMERO DE 13 de 22
La unificacioacuten de linderos y con registro se a traveacutes de los procesos de actualizacioacuten cabida y linderos con actualizacioacuten de linderos con efectos de aacuterea por determinacioacuten con efectos registra les linderos por acuerdo las con efectos registrales actas de traacutemite de inclusioacuten en el campo descripcioacuten de cabida y linderos del dato yo linderos en los folios de matriacutecula inmobiliaria que carezcan de esta informacioacuten y demaacutes que definan las autoridades competentes
Paraacutegrafo Sin perjuicio de lo anterior las bases catastrales incorporar los predios privados puacuteblicos baldiacuteos bienes de uso puacuteblico entre con o sin derecl10s reales principales o accesorios registrados aun no se encuentren inscritos en el registro instrumentos puacuteblicos
Artiacuteculo 222216 Procedimientos catastrales con consideraraacute como procedimientos
y yo linderos Estos procedimientos
las
con efectos actualizacioacuten de linderos aacuterea por imprecisa iexclnacioacuten actualizacioacuten masiva y puntual rectificacioacuten de linderos por acuerdo entre las partes e inclusioacuten acatados por los gestores catastrales oficinas de registro instrumentos puacuteblicos del paiacutes y podraacuten ser aplicados durante los procesos formacioacuten actualizacioacuten y conservacioacuten
procedimientos anteriormente enunciados no limitan la libre comercializacioacuten de los inmuebles por cuanto es viable la facultad de disposicioacuten
mismos con base en los datos de y linderos que los identifican y que en los tiacutetulos antecedentes que origen juriacutedico
Artiacuteculo 222217 Actualizacioacuten linderos con efectos registrales El gestor competente de oficio o a solicitud
con J1JLIAtu
rorT yo indirectos sin variacioacuten o cuando
sus
sean verificables mediante meacutetodos variacioacuten o diferencia se encuentre por la maacutexima autoridad catastral
teacutecnica de los linderos llevaraacute a r-orToII del aacuterea
titular del derecho de dominio o las entidades puacuteblicas que funciones legales administran inmuebles propios o ajenos podraacuten mediante la descripcioacuten
de linderos de bienes
los maacutergenes de tolerancia
de llevar a cabo la actualizacioacuten gestor catastral emitiraacute el acto administrativo sujeto a registro que resuelva actualizacioacuten de linderos incluida la
del aacuterea si a ello hubiere lugar procedimiento aplicable en el artiacuteculo no es excluyente con el procedimiento d para la linderos por acuerdo entre las partes respecto uacuten mismo inmueble
rectificacioacuten
traacutemite no aplicaraacute cuando la definicioacuten linderos se haya dado en un proceso de deslinde y amojonamiento o de tierras
Artiacuteculo 222218 Rectificacioacuten por imprecisa determinacioacuten con efectos registrales rectificacioacuten de en el sistema yo registraI procederaacute ante
catastral oficio o a solicitud del titular del derecho de dominio o puacuteblicas que con ocasioacuten sus funciones legales administran
el
que y
Por el cual se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y 82 la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la 2 del Libro 2 del Decreto 1170 2015
liPor medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
14 de 22 DECRETO NUacuteMERO 148
inmuebles propios o cuando los linderos debida y teacutecnicamente descritos sean verificables meacutetodos directos ylo indirectos sin variacioacuten que a lo largo de la tradicioacuten bien inmueble el eacuteste no haya sido determinada adecuadamente o cuando la variacioacuten o se encuentre de los maacutergenes de tolerancia establecidos por la maacutexima autoridad catastral
A efectos de llevar a la rectificacioacuten el non
del bien inmueble competente expediraacute el
administrativo a registro que
Artiacuteculo 222219 Rectificacioacuten de linderos por acuerdo entre las partes con registraes rectificacioacuten de linderos en el sistema catastral y registral
procederaacute de oficio o a solicitud de parte ante el gestor catastral siempre y cuando se haya suscrito acta colindancia con pleno entre los compartan uno o varios linderos pero se diferencias de entre la verificacioacuten mediante meacutetodos directos ylo indirectos y la informacioacuten
matriacutecula inmobiliaria rectificacioacuten de todos linderos puede llevar a aacuterea del inmueble
Cuando el gestor o la entidad puacuteblica respectiva identifique o tenga de de terceros que puedan verse afectados por los
ne
37 de la Ley 1437 de la actuacioacuten administrativa efectuaraacute comunicaciones en el
2011
rectificacioacuten de linderos y aacutereas procederaacute cuando los linderos
1 Sean arcifinios no verificables en terreno Sean arcifinios en terreno con variacioacuten respecto lo consignado en los tiacutetulos registrados
3 Esteacuten expresados en costumbristas no verificables en terreno 4 Contengan o limitadas en tiacutetulos
registrados Esteacuten teacutecnicamente definidos pero sobre los mismos haya superposicioacuten o Se presenten entre los linderos contenidos en los tiacutetulos y verificados mediante meacutetodos directos ylo indirectos
Paraacutegrafo 1 No se requeriraacute entre las partes cuando la variacioacuten o se encuentre dentro de maacutergenes de establecidos por
en la
autoridad catastral conforme lo por decreto caso aplicaraacuten los procedimientos actualizacioacuten de o rectificacioacuten de por
rOiIltI determinacioacuten sea el caso
2 No es necesaria suscripcioacuten de actas colindancia sobre bien inmueble no presenten discrepancia alguna entredel
y su verificacioacuten meacutetodos directos ylo indirectos Procederaacuten los acuerdos parciales es decir suscribir un acta sobre uno o varios linderos con un colindante ylo varias actas por nrrlin
los
Paraacutegrafo 3 En aquellos casos en los cuales existan entre la informacioacuten recabada mediante meacutetodos yo indirectos y lo consignado en los tiacutetulos
preclslon para
(ANT) podraacute con
cualquier que otro
la
Por se reglamentan
del cual se LJvrcruiexcl
Administrativo
los articulos 79 80 1170 de 2015
81 Y Ley 1955 2019 Y se modifica el Tiacutetulo 2 2 del Libro 2 del
10l0r Reglamentario Uacutenico Sector Informacioacuten Estadiacutestica
148NUacuteMERO 1S de 22
registrados y no se logre pleno por viacutea administrativa artiacuteculo
agotarse el proceso jud de deslinde y amojonamiento conforme con y siguientes del General del Proceso o los lo modifiquen o sustituyan
Paraacutegrafo 4 Siempre que evidencie que alguno los predios involucrados en traacutemite podriacutea ser considerado como baldiacuteo no procederaacute la
linderos por acuerdo partes Sin embargo o herramienta que haga sus veces la informacioacuten que dicha cual serviraacute de insumo a la ANT para que adopte medidas a que haya
lugar
Paraacutegrafo S el caso en que alguno los predios involucrados en traacutemite sea considerado bien de uso puacuteblico no la rectificacioacuten de por acuerdo entre las con efectos registrales sin perJuIcIo incorporacioacuten de la informacioacuten levante el gestor SINIC o la herramienta que haga sus veces caso la entidad expedir una con la
lindero del bien de uso puacuteblico Dicha certificacioacuten acompantildear la procesos de rectificacioacuten por imprecisa determinacioacuten con
actualizacioacuten de con efectos registrales e inclusioacuten del
ARTiacuteCULO Gestioacuten catastral a de la Agencia Nacional de Tierras (ANT) Agencia Nacional de (ANT) en su calidad levantaraacute los componentes fiacutesico y juriacutedico catastro necesarios para
de ae~gt[Qr
ordenamiento de la propiedad o asociados al desarrollo proyectos estrateacutegicos del orden nacional priorizados por Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural de con los estaacutendares y teacutecnicas por la autoridad catastral
En los
respecto de los predios obleto
Artiacuteculo 80 de la 2019 la Agencia Nacional Tierras (ANT) no a cargo la conservacioacuten por lo que una vez levantada e incorporada informacioacuten fiacutesica y juriacutedica catastro en el SINIC o la herramienta tecnoloacutegica sus veces las catastrales en dicha entidad intervencioacuten y se al Gestor Catastral competente
De cualquier forma Agencia Nacional proceso Ordenamiento Social de la gestor haya previamente
Paraacutegrafo 1 ISDIDSUlQrles referidas en artiacuteculo a la ANT le seraacuten aplicables a todas las enlt1d(~dE~S puacuteblicas del orden nacional que se habiliten como catastrales cumplimiento de sus funciones en los teacuterminos del artiacuteculo 22252 del 1983 de 2019 101011
Paraacutegrafo 2 Nacional de Tierras (ANT) no tendraacute competencia ejecucioacuten de catastrales de predios cuyo tiacutetulo originario actuacioacuten administrativa proferida por el Instituto Colombiano de la Reforma Instituto Colombiano Desarrollo Rural la Unidad Nacional de
Por cual se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y 82 la Ley 1 de 2019 y se modifica el TItulo 2 de la 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio cual se expide el Reglamentario Uacutenico de ecrCJr Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 16 22
Agencia Nacional de Tierras (ANT) o la entidad que sus salvo para eTE~CI()S Ordenamiento de la Propiedad Rural
Paraacutegrafo 3 municipios o zonas objeto intervencioacuten en los cuales la Agencia Nacional de Tierras (ANT) adelantaraacute la gestioacuten catastral seraacuten definidos conforme a los criterios fijados por Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural
Paraacutegrafo 4 En las zonas rurales objeto su intervencioacuten como gestor catastral la Agencia Nacional de (ANT) expediraacute los actos administrativos que permitan armonizar el componente y juriacutedico del con la informacioacuten registral y que sean para los procesos de ordenamiento social propiedad
Articulo 222221 Inclusioacuten en campo de descripcioacuten de cabida y linderos dato de aacuterea yo linderos en los folios de matriacutecula inmobiliaria que carezcan de esta informacioacuten los casos donde los folios de matriacutecula inmobiliaria no hayan contado con informacioacuten de yo linderos desde el inicio del ciclo traslaticio bien inmueble que identifican la Oficina de de Instrumentos Puacuteblicos procederaacute la inclusioacuten dato de aacuterea yo linderos en respectivas matriacuteculas inmobiliarias que se tomaraacute la base catastral administrada por gestor catastral competente
Artiacuteculo Correccioacuten yo inclusioacuten de cabida en procesos de ordenamiento de propiedad En el marco de los traacutemites ordenamiento social la propiedad que adelante la Agencia Nacional de (ANT) conforme a
competencias establecidas en el artiacuteculo 58 del Decreto Ley 902 2017 Y atendiendo a la funcioacuten de gestor catastral consignada en el artiacuteculo 80 de la Ley 1 de 19 cuando se identifique la existencia de una inconsistencia el levantamiento ial realizado por dicha entidad con la informacioacuten registral actos administrativos resuelven de fondo los asuntos sometidos a estudio ordenaraacuten aclaracioacuten actualizacioacuten masiva rectificacioacuten de por imprecisa determinacioacuten o inclusioacuten aacuterea del predio intervenido siempre los linderos esteacuten debida y teacutecnicamente descritos sean verificables por meacutetodos directos o indirectos y no exista variacioacuten en los mismos sin necesidad de adelantar un proceso rectificacioacuten o inclusioacuten de aacuterea
Artiacuteculo Actualizacioacuten masiva de linderos yo rectificacioacuten masiva de por imprecisa determinacioacuten En el marco de los procesos de actualizacioacuten
catastral y como resultado del levantamiento la informacioacuten y juriacutedica en terreno el gestor catastral podraacute remitir para inscripcioacuten a la Oficina de Registro de Instrumentos Puacuteblicos respectiva el administrativo actualizacioacuten masiva de linderos o rectificacioacuten de aacuterea corresponda
Cuando la diferencia en las magnitudes cabida yo linderos supere el rango de tolerancia establecido surtirse traacutemite de rectificacioacuten de linderos o por imprecisa determinacioacuten seguacuten corresponda
Artiacuteculo Rangos de tolerancia Los rangos de tolerancia corresponden a variacioacuten el o cabida de un predio que seguacuten la autoridad reguladora catastral sean admisibles y aplicables cuando existan diferencias la realidad fiacutesica y la descripcioacuten existente en el tiacutetulo de propiedad registrado en el folio de matricula
Por el se reglamentan parcialmente los artiacuteculos y 82 de la de 2019 y se modifica Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de
Por medio cual se expide el Decreto Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten
148DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 17 de 22
inmobiliaria No la suscripcioacuten de las colindancia ni ajustar los folios de matriacutecula inmobiliaria cuando la diferencia no supere rangos de tolerancia
Cuando los linderos no se encuentren teacutecnicamente en el folio de matriacutecula inmobiliaria aun estando dentro del rango de tolerancia folio de matriacutecula inmobiliaria deberaacute mediante acto administrativo emitido por el Gestor Catastral
Cualquier medicioacuten que difiera la catastral en un margen ngt o igual al rango de tolerancia se consideraraacute equivalente a la catastral
Articulo 222225 I-rEas objeto de despojo o abandono forzado Sin perjuicio de las actividades propias catastral los no podraacuten adelantar los procesos en el artiacuteculo Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del libro 2 del Decreto 11 5 para los siguientes casos
1 Si el bien se encuentra inscrito en el Registro Despojadas y Abandonadas que trata la Ley 1448 de Si el predio es objeto solicitud de restitucioacuten de tierras
los casos anteriores se nn- seguir la ruta juriacutedica definida en la Ley 1448 de 2011 y sus normas y complementarias
Artiacuteculo 222226 Obligacioacuten de suministro de informacioacuten la gestioacuten catastral Para el desarrollo gestioacuten catastral las siguientes puacuteblicas y privadas deberaacuten suministrar informacioacuten requerida por los catastrales en
la prestacioacuten del perjuicio de las normas contenidas en las Leyes 2012 1712 2014 Y disposiciones legales relacionadas con la
de datos
1 virtud del principio coordinacioacuten el mUnicipiO o departamento trataacutendose de aacutereas no municipalizadas entregaraacute la informacioacuten actualizada que se relaciona con el ordenamiento de su territorio
instituciones financieras vigiladas por la Superintendencia Oficinas de Registro de Instrumentos Puacuteblicos y las produzcan o registren informacioacuten avaluacuteos comerciales venta o arriendo de inmuebles suministrar dicha rrnlttln
caacutemaras de comercio municipio yo distrito deberaacuten suministrar la informacioacuten de establecimientos comercio y su actividad
4 DANE deberaacute suministrar al Catastral el Censo de a nivel de manzana Lo anterior en marco de la reserva estad en artiacuteculo 5 de la Ley 1
rCC de servicios puacuteblicos las curaduriacuteas urbanas y las planeacioacuten o quien haga sus deberaacuten proporcionar de forma informacioacuten de las acometidas servicios puacuteblicos domiciliarios y
urbanismo y construccioacuten
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
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DECRETO NUacuteMERO 148 DE Paacutegina 18 de 22
Paraacutegrafo Las entidades sentildealadas en el presente artiacuteculo deberaacuten implementar los mecanismos de interoperabilidad definidos por la autoridad reguladora catastral para el suministro de la informacioacuten para la gestioacuten catastral de manera continua y permanente
Artiacuteculo 222227 Gratuidad de la informacioacuten para la gestioacuten catastral De conformidad con lo establecido en el artiacuteculo 1deg del Decreto 235 de 2010 los requerimientos de informacioacuten que realicen los gestores catastrales para el ejercicio del servicio puacuteblico catastral no constituyen servicio y no generan costo alguno al solicitante La entrega de informacioacuten al gestor catastral durante el empalme previsto en el artiacuteculo 22254 del Decreto 1983 de 2019 seraacute gratuita
Artiacuteculo 222228 Vigencia fiscal Para efectos de lo consagrado en el artiacuteculo 3 de la Ley 44 de 1990 los avaluacuteos catastrales resultantes de la prestacioacuten del servicio puacuteblico de gestioacuten catastral entraraacuten en vigencia para efectos fiscales a partir del 10 de enero del antildeo siguiente a aquel en que fueron estimados o calculados para lo cual los gestores catastrales ordenaraacuten por acto administrativo su entrada en vigencia
Artiacuteculo 222229 Vigencia catastral La informacioacuten fiacutesica juriacutedica y econoacutemica asiacute como la resultante de los procedimientos de enfoque multipropoacutesito entraraacuten en vigencia para efectos catastrales al momento de quedar en firme su inscripcioacuten o incorporacioacuten en las bases oficiales descritas en el presente decreto
Artiacuteculo 222230 Aplazamiento de vigencia y reduccioacuten de los iacutendices de ajuste del avaluacuteo catastral El Gobierno Nacional de oficio o por solicitud fundamentada de los Concejos Municipales debido a especiales condiciones econoacutemicas o sociales que afecten a determinados municipios o zonas de estos podraacute aplazar la vigencia de los catastros elaborados por formacioacuten o actualizacioacuten por un periacuteodo hasta de un (1) antildeo Si subsisten las condiciones que originaron el aplazamiento procederaacute a ordenar una nueva formacioacuten o actualizacioacuten de estos catastros
En el evento de que la vigencia fiscal de los avaluacuteos elaborados por formacioacuten o actualizacioacuten de la formacioacuten fuera aplazada por el Gobierno en los teacuterminos y condiciones sentildealados en el artiacuteculo 10 de la Ley 14 de 1983 continuaraacuten vigentes los avaluacuteos anteriores y por lo tanto se seguiraacuten aplicando los iacutendices anuales de ajuste correspondientes hasta que termine el aplazamiento o se pongan en vigencia fiscal los avaluacuteos aplazados o se realice y ponga en vigencia una nueva formacioacuten o actualizacioacuten de la formacioacuten
ARTiacuteCULO 2 Adicioacutenense los Capiacutetulos 6 y 7 al Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 DISPOSICIONES ESPECiFICAS INSTITUTO GEOGRAacuteFICO AGUSTiacuteN CODAZZI IGAC del Decreto 1170 de 2015 Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica los cuales quedaraacuten asiacute
CAPiacuteTULO 6
Informacioacuten Econoacutemica Catastral
recopilaraacute la informacioacuten mercado inmobiliario del proveniente de fuentes como ofertas transacciones costos otras y el cual deberaacute articulado para tal efecto con el
Todos los Gestores Inmobiliario Catastral donde se
valor comercial de un predio a partir del estudio de recientes de bienes o comparables al del objeto
Meacutetodo de capitalizacioacuten de rentas o ingresos que busca establecer el valor un bien a partir de las o que se puedan obtener del o inmuebles semejantes o comparables trayendo a valor suma de los ingresos probables o generadas
Por el cual se parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 Y se modifica Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten
DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 19 de 22
Artiacuteculo 22261 Inmobiliario Catastrales contar con un Observatorio
Departamento Nacional de (DANE) Todo avaluacuteo comercial deberaacute estar sustentado en informacioacuten registrada en el observatorio inmobiliario catastral para lo cual se deberaacute garantizar que cualquier tipo de informacioacuten en avaluacuteo sea registrada en el observatorio anterior sin perjuicio de normas relacionadas con la proteccioacuten de datos nlr~r1n
Artiacuteculo 22262 Determinacioacuten del valor catastral de un inmueble La determinacioacuten del valor ca1tastra
(~tnlro~ Catastrales o por el Instituto inmuebles seraacute a de avaluacuteos
puntuales o masivos por Agustiacuten (IGAC)
Articulo 22263 Meacutetodos Sin perjuicio de norma especial para determinacioacuten de los avaluacuteos catastrales la estimacioacuten del valor del inmueble
los siguientes meacutetodos otros
1 Meacutetodo de comparacioacuten o de mercado Es la teacutecnica que LlU
en la vida remanente del bien objeto de avaluacuteo con una tasa de capitalizacioacuten o
3 Meacutetodo del costo de reposicioacuten Cuando sea necesario valor comercial de una construccioacuten se aplicaraacute el meacutetodo de costo consistente en establecer el valor comercial de un predio depreciacioacuten de una estimacioacuten total de una construccioacuten
4 Meacutetodo sea neces~a establecer el valor se aplicaraacute el meacutetodo residual
proyecto con el mercado del bien final
residual Cuando un cual se deriva de estimar el valor total
las ventas de un acorde con la reglamentacioacuten urbaniacutestica vigente y de ible en el
objeto de avaluacuteo
se podraacuten aplicar manera los meacutetodos descritos en presente artiacuteculo los cuales no
el ingreso al predio
Salvo lo dispuesto en normas
a
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO _ 148 DE Paacutegina 20 de 22
Artiacuteculo 22264 Estructura del NUPRE Los Gestores Catastrales para la identificacioacuten de los predios en el territorio deberaacuten adoptar el Coacutedigo Homologado de Identificacioacuten Predial con la siguiente estructura
ABC-1234-DEFH
Las tres (3) primeras letras (ABC) pertenecen al prefijo asignado por el IGAC a cada Gestor Catastral Habilitado
Los cuatro (4) diacutegitos (1234) que podraacuten tomar valores del O al 9 y las tres (3) letras siguientes (DEF) podraacuten tomar valores de las siguientes letras A B C D E F H J K L M N 0 P R S T U W X V Z Se eliminan las letras G 1 A V Ntilde con el propoacutesito de minimizar la posibilidad de error en el coacutedigo debido a la similitud con otras letras La definicioacuten de estas siete (7) posiciones asiacute como los mecanismos de generacioacuten aleatoria o secuencial y su asignacioacuten estaraacute a cargo deIIGAC
La letra final a la derecha (H) corresponde a un caraacutecter de chequeo utilizado con el objeto de poder validar la integridad del coacutedigo restante
La definicioacuten de los rangos que utilizariacutea cada ciudad y el significado de cada una de estas tres (3) posiciones estaraacute a cargo deIIGAC
CAPiacuteTULO 7
De la Inspeccioacuten Vigilancia y Control de la Gestioacuten Catastral
Artiacuteculo 22271 Inspeccioacuten Vigilancia y Control de la Gestioacuten Catastral La Superintendencia de Notariado y Registro ejerceraacute las funciones otorgadas mediante los artiacuteculos 79 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 relacionadas con la inspeccioacuten vigilancia y control del ejercicio de la gestioacuten catastral
Paraacutegrafo 1 La funcioacuten de inspeccioacuten vigilancia y control es de naturaleza administrativa y no implica ejercicio de la funcioacuten de control fiscal disciplinario o penal
Paraacutegrafo 2 En lo no contemplado en el presente capiacutetulo se aplicaraacute lo dispuesto en la Ley 1437 de 2011 o las disposiciones que la modifiquen o sustituyan
Artiacuteculo 22272 Sujetos pasivos Son sujetos pasivos de las funciones de inspeccioacuten vigilancia y control los gestores catastrales los operadores catastrales los municipios los propietarios ocupantes tenedores o poseedores titulares de derechos reales o quien tenga cualquier relacioacuten faacutectica o juriacutedica con el predio
Artiacuteculo 22~73 Funcioacuten de inspeccioacuten La inspeccioacuten consiste en la atribucioacuten de la Superintendencia de Notariado y Registro entre otras para solicitar confirmar y analizar en la forma detalle y teacuterminos que ella determine la informacioacuten que requiera
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 21 de 22148
con el objeto de establecer de manera general el cumplimiento del reacutegimen juriacutedico aplicable al servicio puacuteblico de gestioacuten catastral En ejercicio de esta funcioacuten la Superintendencia de Notariado y Registro de oficio o a peticioacuten de parte podraacute requerir informacioacuten realizar visitas instruir y orientar en la manera en que se debe cumplir e interpretar el reacutegimen juriacutedico aplicable a la gestioacuten catastral
Artiacuteculo 22274 Funcioacuten de vigilancia La vigilancia consiste en la atribucioacuten de la Superintendencia de Notariado y Registro para velar que de manera puntual los sujetos pasivos en desarrollo de sus funciones y obligaciones se ajusten a lo dispuesto en el ordenamiento juriacutedico i
~~ t~ lt
La vigilanyia estaacute retrida a funcion~~ de advertencia prevencioacuten y orientacioacuten encamin~das eacutel q~11~ rf~a9~On~S~~ ~ iuj~tos pasivo~ se ajusten a la norm~tividad i ~ IOque los rigen para to q~1 Ia Supeqnt~nd~cla de Notariado y Registro tendra entre otras las~tri~UqL9n~s ~~ tnsfruir o(ientaacuteC requerir ordenar establecer planes de mejoramiento practicaacuter visitasl~ r~visioacuteries y demaacutes pruebas que determine conducentes pertinefltes y uacutetiles
Artiacuteculo 22275 Funcioacuten de control El control consiste en las atribuciones de la Superintendencia de Notariado y Registro tendientes a evitar superar y sancionar los efectos de la comisioacuten de infracciones al reacutegimen catastral para lo cual entre otras cosas podraacute ordenar la adopcioacuten de medidas preventivas correctivas y conforme con los artiacuteculos 81 y 82 de la Ley 1955 de 2019 o la que la modifique o sustituya y a la Ley 1437 de 2011 de oficio o a peticioacuten de parte y en ejercicio de la potestad sancionatoria adelantar procedimientos administrativos sancionatorios en contra de los sujetos pasivos cuando se determine el meacuterito para ello
Artiacuteculo 22276 Medidas preventivas Sin perjuicio de las sanciones a que haya lugar cuando resulten necesarias la Superintendencia de Notariado y Registro podraacute imponer medidas preventivas para evitar de manera transitoria la continuacioacuten de la ocurrencia de un hecho la realizacioacuten de una actividad o la existencia de una situacioacuten que presuntamente atente contra el reacutegimen catastral
Artiacuteculo 22277 Potestad sancionatoria La Superintendencia de Notariado y Registro tendraacute la potestad de sancionar a los gestores y operadores del servicio puacuteblico de catastro por la incursioacuten en alguna de las infracciones previstas entre los numerales 1 al13 del artiacuteculo 81 de la Ley 1955 de 2019 o la norma que la modifique o sustituya
Por su parte de las obligaciones establecidas en el inciso primero del artiacuteculo 81 de la Ley 1955 de 2019 la Superintendencia de Notariado y Registro podraacute sancionar a propietarios ocupantes tenedores o poseedores titulares de derechos reales o quien tenga cualquier relacioacuten faacutectica o juriacutedica con el predio por incurrir en las conductas de que trata la norma citada
Artiacuteculo 22278 Procedimiento El procedimiento sancionatorio se adelantaraacute conforme con lo establecido en la Ley 1437 de 2011
Por el cual se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
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ARTiacuteCULO 3 Vigencia y Derogatoria El presente Decreto entra en vigencia a partir de su publicacioacuten y deroga las normas que le sean contrarias en especial el Decreto 1227 de 1908 el Decreto 2275 de 1941 el Decreto 3496 de 1983 compilado en el Decreto 1170 de 2015 el paraacutegrafo 2 del artiacuteculo 222312 el artiacuteculo 222313 el paraacutegrafo 2 del artiacuteculo 222316 el artiacuteculo 222321 y el artiacuteculo 222324 del Decreto 1170 de 2015
PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE -4 FES 2020 Dado en Bogotaacute DC a los
LA MINISTRA DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
EL MINISTRO DE AGRICULTURA y DESARROLLO URAL
CIA PINZOacuteN
EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADiacuteSTICA
cual se reglamentan parciamente los artiacuteculos 80 81 Y 82 de a Ley 1955 Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 1170 de 2015
cual se expide el Decreto Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten
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CAPiacuteTULO 2
Procedimientos de Enfoque Multipropoacutesito
Artiacuteculo 22221 Informacioacuten catastral Corresponde a juriacutedicas y los bienes inmuebles Dicha catastral y deberaacute ser reportada por los gestores en Informacioacuten SINIC o en la herramienta tecnoloacutegica haga sus veces de acuerdo con y especificaciones teacutecnicas definidas por la autoridad reguladora
La informacioacuten crlIr~ reflejar la realidad fiacutesica inmuebles sin importar la titularidad sobre el bien
a) Informacioacuten Corresponde a la representacioacuten la identificacioacuten cabida los linderos y las construcciones un inmueble La identificacioacuten no implica necesariamente el reconocimiento linderos del predio in situ
b) Informacioacuten Identificacioacuten de la relacioacuten juriacutedica el sujeto activo sea el propietario el inmueble Esta ITICeacuteiCICm juriacutedica no constituye la propiedad
c) Informacioacuten tlAUnlII nnIH1c al valor o avaluacuteo inmueble El avaluacuteo catastr l~rIr relacioacuten con los valores de
Paraacutegrafo informacioacuten comprende los bienes inmuebles privados fiscales baldiacuteos patrimoniales y uso puacuteblico
Artiacuteculo 22222 Procesos de la gestioacuten catastral La gestioacuten los procesos de formacioacuten actualizacioacuten conservacioacuten y difusioacuten catastral asiacute como los procedimientos de enfoque multipropoacutesito
a) Proceso de formacioacuten el conjunto de actividades identificar por primera informacioacuten catastral en la totalidad que conforman territorio o en parte de eacutel
b) Proceso de actualizacioacuten catastral Conjunto de actividades a identificar incorporar o los cambios o inconsistencias en informacioacuten catastral durante un determinado Para la actualizacioacuten pod emplearse mecanismos de intervencioacuten en el territorio como meacutetodos directos declarativos y colaborativos asiacute como uso e integracioacuten de informacioacuten que den cuenta de los entre la base y de los inmuebles En ninguacuten actualizar la informacioacuten un geograacutefica seraacute obligatorio levantamiento catastral en totalidad de inmuebles
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
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c) Proceso de conservacioacuten catastral Es el conjunto de acciones tendientes a mantener vigente la base catastral de forma permanente mediante la incorporacioacuten de los cambios que sufra la informacioacuten de un bien inmueble La conservacioacuten catastral podraacute realizarse a solicitud de parte o de oficio para lo cual los gestores catastrales deberaacuten adoptar los mecanismos de interoperabilidad con las demaacutes entidades productoras de informacioacuten oficial
d) Proceso de difusioacuten catastral Son las actividades tendientes al uso disposicioacuten y acceso a la informacioacuten catastral asiacute como la generacioacuten de insumos que contribuyan a la planeacioacuten y gestioacuten de los territorios En todo caso se deberaacute garantizar la proteccioacuten y custodia de la informacioacuten conforme a las disposiciones de proteccioacuten de datos
Paraacutegrafo Una vez finalizado el proceso de actualizacioacuten el gestor catastral deberaacute implementar estrategias que permitan el mantenimiento permanente del catastro incorporando las variaciones puntuales o masivas de las caracteriacutesticas fiacutesicas juriacutedicas o econoacutemicas de los predios en la base catastral
Artiacuteculo 22223 Aplicacioacuten del enfoque multipropoacutesito Los gestores catastrales en el desarrollo de los procesos de formacioacuten actualizacioacuten conservacioacuten y difusioacuten deberaacuten seguir los procedimientos de enfoque multipropoacutesito
Artiacuteculo 22224 Procedimientos del enfoque multipropoacutesito Se consideraraacuten procedimientos de enfoque multipropoacutesito al menos los siguientes
1 El barrido predial masivo 2 Integracioacuten con el registro 3 Incorporacioacuten de datos de informalidad en la propiedad 4 Actualizacioacuten permanente e integridad de los traacutemites inmobiliarios 5 Interoperabilidad e integracioacuten de capas no parcelarias 6 Servicios digitales 7 Innovacioacuten y evolucioacuten continua
Paraacutegrafo 1 La adopcioacuten de estos procedimientos por parte de los gestores catastrales podraacute hacerse de forma gradual seguacuten las condiciones y capacidades de los territorios asiacute como la disponibilidad de informacioacuten necesaria
Paraacutegrafo 2 Los gestores catastrales podraacuten adoptar los meacutetodos teacutecnicos que consideren para la ejecucioacuten de las labores catastrales siempre y cuando garanticen que se refleje la realidad de los predios y se cumplan las especificaciones teacutecnicas de los productos definidos por el IGAC
Artiacuteculo 22225 Barrido predial masivo Es el conjunto de estrategias actividades y acciones orientadas a conseguir la identificacioacuten de las caracteriacutesticas fiacutesicas juriacutedicas y econoacutemicas de los predios sobre un territorio determinado El barrido predial masivo comprende diferentes maneras de intervencioacuten en el territorio incluyendo entre otros meacutetodos directos e indirectos de captura de informacioacuten esquemas colaborativos uso de registros administrativos modelos geoestadiacutesticos y economeacutetricos y demaacutes procedimientos teacutecnicos herramientas tecnoloacutegicas e instrumentos de participacioacuten
1170 Por el cual se reglamentan parcialmente artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la 2 del 2 del 2015
Por del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Administrativo Informacioacuten Estadiacutestica
1DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 11 22
comunitaria con enfoque territorial como el uso otras fuentes de informacioacuten territorio que permitan obtener datos para establecer la liacutenea base de informacioacuten catastral multipropoacutesito en un municipio igual que para su mantenimiento y actualizacioacuten permanente productos derivados de actividades de barrido predial masivo deberaacuten cumplir con las especificaciones teacutecnicas definidas por la autoridad reguladora
Articulo 22226 Meacutetodos de recoleccioacuten de informacioacuten Los catastra les podraacuten adelantarse mediante la combinacioacuten de los siguientes meacutetodos
a) Meacutetodos directos Aquellos que requieren una visita campo con el fin de recolectar la realidad de los bienes inmuebles
b) Meacutetodos indirectos aquellos meacutetodos identificacioacuten fiacutesica juriacutedica y econoacutemica de los inmuebles a traveacutes del uso de de sensores remotos integracioacuten registros administrativos modelos iacutesticos y economeacutetricos anaacutelisis de Big Data y fuentes secundarias como observatorios inmobiliarios su posterior incorporacioacuten en la base catastral
c) Meacutetodos declarativos y colaborativos Son los derivados participacioacuten de la comunidad en el suministro de informacioacuten que sirva como insumo para el desarrollo de los procesos catastrales Los gestores catastrales propenderaacuten por la adopcioacuten nuevas tecnologiacuteas y procesos comunitarios que faciliten la participacioacuten los ciudadanos
Paraacutegrafo 1 procesos barrido predial masivo los catastrales seraacuten los encargados de definir la adecuada combinacioacuten de los meacutetodos de intervencioacuten teniendo en cuenta condiciones propias de sus territorios y la disponibilidad fuentes secundarias informacioacuten conforme a especificaciones miacutenimas establecidas por autoridad reguladora
Paraacutegrafo 2 Los meacutetodos declarativos y colaborativos podraacuten emplearse para el mantenimiento permanente la informacioacuten Catastral
Artiacuteculo 22227 Declaracioacuten la informacioacuten catastral Cualquier persona podraacute informar ante el catastral competente de forma presencial o a de los canales dispuestos para tal fin la informacioacuten correspondiente a la realidad fiacutesica juriacutedica yo econoacutemica sus predios con el propoacutesito de eliminar cualquier disparidad
la realidad del predio y la informacioacuten catastral
Artiacuteculo 22228 Inscripcioacuten o incorporacioacuten catastral informacioacuten catastral resultado de los procesos de formacioacuten actualizacioacuten o conservacioacuten se inscribiraacute o incorporaraacute en la base catastral con la del acto administrativo que lo ordena
Paraacutegrafo inscripcioacuten en el catastro no constituye tiacutetulo de dominio ni sanea los vicios de propiedad o la tradicioacuten y no puede alegarse como excepcioacuten contra que pretenda tener mejor derecho a la propiedad o posesioacuten del predio
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
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DECRETO NUacuteMERO 148 DE Paacutegina 12 de 22
Artiacuteculo 22229 Inscripcioacuten de posesiones y ocupaciones El gestor catastral competente deberaacute inscribir en la base catastral a la persona que acredite la calidad de propietario y tambieacuten inscribiraacute la presencia de ocupantes o poseedores sin necesidad de calificar la naturaleza juriacutedica del predio Si se verifica previamente que el predio le pertenece a la Nacioacuten yo a la entidad territorial se inscribiraacute como ocupante Si se desconoce el propietario yo poseedor de un predio se inscribiraacute como vacante para efectos catastrales
Artiacuteculo 222210 Actualizacioacuten permanente Los gestores catastrales deberaacuten implementar mecanismos de observacioacuten dinaacutemica y continua del territorio que den cuenta de las variaciones en la informacioacuten catastral frente a la realidad del mismo Para tal efecto podraacuten crear observatorios inmobiliarios implementar meacutetodos de valuacioacuten basados en modelos economeacutetricos y geoestadiacutesticos integrar registros administrativos aplicar esquemas colaborativos entre otros lo anterior con el fin de incorporar las variaciones puntuales o masivas de los inmuebles en la base catastral
Artiacuteculo 222211 Integridad de los traacutemites inmobiliarios con impacto catastral Las entidades puacuteblicas o particulares que ejerzan funciones puacuteblicas encargadas de adelantar traacutemites que impliquen una actuacioacuten catastral deberaacuten implementar de manera articulada con los gestores catastrales competentes mecanismos de interoperabilidad que permitan la atencioacuten integral al usuario
Artiacuteculo 222212 Interoperabilidad e integracioacuten de capas no parcelarias Las autoridades competentes para emitir la informacioacuten asociada a derechos restricciones y responsabilidades de los predios deberaacuten disponer y suministrar dicha informacioacuten de forma estandarizada con el fin de interoperar con las bases catastrales El IGAC estableceraacute los protocolos de interoperabilidad pertinencia y datos complementarios
Artiacuteculo 222213 Servicios digitales Los gestores catastrales deberaacuten disponer mecanismos digitales para el acceso a traacutemites simplificados y consultas sobre la informacioacuten incorporada en las bases catastrales garantizando la proteccioacuten de datos personales establecida en las Leyes 1581 de 2012 y 1712 de 2014
Paraacutegrafo Los traacutemites catastrales notariales y registrales se atenderaacuten conjuntamente a traveacutes de una ventanilla integrada de servicio de conformidad con la regulacioacuten que se expida por las entidades competentes
Artiacuteculo 222214 Innovacioacuten y evolucioacuten continua Los gestores catastrales deberaacuten definir mecanismos transformadores para facilitar los traacutemites reducir los costos incentivar la competitividad y desarrollar servicios de alta calidad para el uso y acceso de la informacioacuten catastral
Artiacuteculo 222215 Integracioacuten con el registro Los gestores catastrales en coordinacioacuten con las Oficinas de Registro de Instrumentos Puacuteblicos deberaacuten adelantar los esfuerzos necesarios tendientes a la integracioacuten de la informacioacuten catastral y registral y en especial a unificar la informacioacuten asociada a linderos y aacutereas de forma gradual Igualmente generaraacuten los mecanismos para la integracioacuten de los sistemas de informacioacuten de las entidades
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y de la Ley 1955 de 2019 y se modifica Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
148DECRETO NUacuteMERO DE 13 de 22
La unificacioacuten de linderos y con registro se a traveacutes de los procesos de actualizacioacuten cabida y linderos con actualizacioacuten de linderos con efectos de aacuterea por determinacioacuten con efectos registra les linderos por acuerdo las con efectos registrales actas de traacutemite de inclusioacuten en el campo descripcioacuten de cabida y linderos del dato yo linderos en los folios de matriacutecula inmobiliaria que carezcan de esta informacioacuten y demaacutes que definan las autoridades competentes
Paraacutegrafo Sin perjuicio de lo anterior las bases catastrales incorporar los predios privados puacuteblicos baldiacuteos bienes de uso puacuteblico entre con o sin derecl10s reales principales o accesorios registrados aun no se encuentren inscritos en el registro instrumentos puacuteblicos
Artiacuteculo 222216 Procedimientos catastrales con consideraraacute como procedimientos
y yo linderos Estos procedimientos
las
con efectos actualizacioacuten de linderos aacuterea por imprecisa iexclnacioacuten actualizacioacuten masiva y puntual rectificacioacuten de linderos por acuerdo entre las partes e inclusioacuten acatados por los gestores catastrales oficinas de registro instrumentos puacuteblicos del paiacutes y podraacuten ser aplicados durante los procesos formacioacuten actualizacioacuten y conservacioacuten
procedimientos anteriormente enunciados no limitan la libre comercializacioacuten de los inmuebles por cuanto es viable la facultad de disposicioacuten
mismos con base en los datos de y linderos que los identifican y que en los tiacutetulos antecedentes que origen juriacutedico
Artiacuteculo 222217 Actualizacioacuten linderos con efectos registrales El gestor competente de oficio o a solicitud
con J1JLIAtu
rorT yo indirectos sin variacioacuten o cuando
sus
sean verificables mediante meacutetodos variacioacuten o diferencia se encuentre por la maacutexima autoridad catastral
teacutecnica de los linderos llevaraacute a r-orToII del aacuterea
titular del derecho de dominio o las entidades puacuteblicas que funciones legales administran inmuebles propios o ajenos podraacuten mediante la descripcioacuten
de linderos de bienes
los maacutergenes de tolerancia
de llevar a cabo la actualizacioacuten gestor catastral emitiraacute el acto administrativo sujeto a registro que resuelva actualizacioacuten de linderos incluida la
del aacuterea si a ello hubiere lugar procedimiento aplicable en el artiacuteculo no es excluyente con el procedimiento d para la linderos por acuerdo entre las partes respecto uacuten mismo inmueble
rectificacioacuten
traacutemite no aplicaraacute cuando la definicioacuten linderos se haya dado en un proceso de deslinde y amojonamiento o de tierras
Artiacuteculo 222218 Rectificacioacuten por imprecisa determinacioacuten con efectos registrales rectificacioacuten de en el sistema yo registraI procederaacute ante
catastral oficio o a solicitud del titular del derecho de dominio o puacuteblicas que con ocasioacuten sus funciones legales administran
el
que y
Por el cual se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y 82 la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la 2 del Libro 2 del Decreto 1170 2015
liPor medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
14 de 22 DECRETO NUacuteMERO 148
inmuebles propios o cuando los linderos debida y teacutecnicamente descritos sean verificables meacutetodos directos ylo indirectos sin variacioacuten que a lo largo de la tradicioacuten bien inmueble el eacuteste no haya sido determinada adecuadamente o cuando la variacioacuten o se encuentre de los maacutergenes de tolerancia establecidos por la maacutexima autoridad catastral
A efectos de llevar a la rectificacioacuten el non
del bien inmueble competente expediraacute el
administrativo a registro que
Artiacuteculo 222219 Rectificacioacuten de linderos por acuerdo entre las partes con registraes rectificacioacuten de linderos en el sistema catastral y registral
procederaacute de oficio o a solicitud de parte ante el gestor catastral siempre y cuando se haya suscrito acta colindancia con pleno entre los compartan uno o varios linderos pero se diferencias de entre la verificacioacuten mediante meacutetodos directos ylo indirectos y la informacioacuten
matriacutecula inmobiliaria rectificacioacuten de todos linderos puede llevar a aacuterea del inmueble
Cuando el gestor o la entidad puacuteblica respectiva identifique o tenga de de terceros que puedan verse afectados por los
ne
37 de la Ley 1437 de la actuacioacuten administrativa efectuaraacute comunicaciones en el
2011
rectificacioacuten de linderos y aacutereas procederaacute cuando los linderos
1 Sean arcifinios no verificables en terreno Sean arcifinios en terreno con variacioacuten respecto lo consignado en los tiacutetulos registrados
3 Esteacuten expresados en costumbristas no verificables en terreno 4 Contengan o limitadas en tiacutetulos
registrados Esteacuten teacutecnicamente definidos pero sobre los mismos haya superposicioacuten o Se presenten entre los linderos contenidos en los tiacutetulos y verificados mediante meacutetodos directos ylo indirectos
Paraacutegrafo 1 No se requeriraacute entre las partes cuando la variacioacuten o se encuentre dentro de maacutergenes de establecidos por
en la
autoridad catastral conforme lo por decreto caso aplicaraacuten los procedimientos actualizacioacuten de o rectificacioacuten de por
rOiIltI determinacioacuten sea el caso
2 No es necesaria suscripcioacuten de actas colindancia sobre bien inmueble no presenten discrepancia alguna entredel
y su verificacioacuten meacutetodos directos ylo indirectos Procederaacuten los acuerdos parciales es decir suscribir un acta sobre uno o varios linderos con un colindante ylo varias actas por nrrlin
los
Paraacutegrafo 3 En aquellos casos en los cuales existan entre la informacioacuten recabada mediante meacutetodos yo indirectos y lo consignado en los tiacutetulos
preclslon para
(ANT) podraacute con
cualquier que otro
la
Por se reglamentan
del cual se LJvrcruiexcl
Administrativo
los articulos 79 80 1170 de 2015
81 Y Ley 1955 2019 Y se modifica el Tiacutetulo 2 2 del Libro 2 del
10l0r Reglamentario Uacutenico Sector Informacioacuten Estadiacutestica
148NUacuteMERO 1S de 22
registrados y no se logre pleno por viacutea administrativa artiacuteculo
agotarse el proceso jud de deslinde y amojonamiento conforme con y siguientes del General del Proceso o los lo modifiquen o sustituyan
Paraacutegrafo 4 Siempre que evidencie que alguno los predios involucrados en traacutemite podriacutea ser considerado como baldiacuteo no procederaacute la
linderos por acuerdo partes Sin embargo o herramienta que haga sus veces la informacioacuten que dicha cual serviraacute de insumo a la ANT para que adopte medidas a que haya
lugar
Paraacutegrafo S el caso en que alguno los predios involucrados en traacutemite sea considerado bien de uso puacuteblico no la rectificacioacuten de por acuerdo entre las con efectos registrales sin perJuIcIo incorporacioacuten de la informacioacuten levante el gestor SINIC o la herramienta que haga sus veces caso la entidad expedir una con la
lindero del bien de uso puacuteblico Dicha certificacioacuten acompantildear la procesos de rectificacioacuten por imprecisa determinacioacuten con
actualizacioacuten de con efectos registrales e inclusioacuten del
ARTiacuteCULO Gestioacuten catastral a de la Agencia Nacional de Tierras (ANT) Agencia Nacional de (ANT) en su calidad levantaraacute los componentes fiacutesico y juriacutedico catastro necesarios para
de ae~gt[Qr
ordenamiento de la propiedad o asociados al desarrollo proyectos estrateacutegicos del orden nacional priorizados por Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural de con los estaacutendares y teacutecnicas por la autoridad catastral
En los
respecto de los predios obleto
Artiacuteculo 80 de la 2019 la Agencia Nacional Tierras (ANT) no a cargo la conservacioacuten por lo que una vez levantada e incorporada informacioacuten fiacutesica y juriacutedica catastro en el SINIC o la herramienta tecnoloacutegica sus veces las catastrales en dicha entidad intervencioacuten y se al Gestor Catastral competente
De cualquier forma Agencia Nacional proceso Ordenamiento Social de la gestor haya previamente
Paraacutegrafo 1 ISDIDSUlQrles referidas en artiacuteculo a la ANT le seraacuten aplicables a todas las enlt1d(~dE~S puacuteblicas del orden nacional que se habiliten como catastrales cumplimiento de sus funciones en los teacuterminos del artiacuteculo 22252 del 1983 de 2019 101011
Paraacutegrafo 2 Nacional de Tierras (ANT) no tendraacute competencia ejecucioacuten de catastrales de predios cuyo tiacutetulo originario actuacioacuten administrativa proferida por el Instituto Colombiano de la Reforma Instituto Colombiano Desarrollo Rural la Unidad Nacional de
Por cual se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y 82 la Ley 1 de 2019 y se modifica el TItulo 2 de la 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio cual se expide el Reglamentario Uacutenico de ecrCJr Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 16 22
Agencia Nacional de Tierras (ANT) o la entidad que sus salvo para eTE~CI()S Ordenamiento de la Propiedad Rural
Paraacutegrafo 3 municipios o zonas objeto intervencioacuten en los cuales la Agencia Nacional de Tierras (ANT) adelantaraacute la gestioacuten catastral seraacuten definidos conforme a los criterios fijados por Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural
Paraacutegrafo 4 En las zonas rurales objeto su intervencioacuten como gestor catastral la Agencia Nacional de (ANT) expediraacute los actos administrativos que permitan armonizar el componente y juriacutedico del con la informacioacuten registral y que sean para los procesos de ordenamiento social propiedad
Articulo 222221 Inclusioacuten en campo de descripcioacuten de cabida y linderos dato de aacuterea yo linderos en los folios de matriacutecula inmobiliaria que carezcan de esta informacioacuten los casos donde los folios de matriacutecula inmobiliaria no hayan contado con informacioacuten de yo linderos desde el inicio del ciclo traslaticio bien inmueble que identifican la Oficina de de Instrumentos Puacuteblicos procederaacute la inclusioacuten dato de aacuterea yo linderos en respectivas matriacuteculas inmobiliarias que se tomaraacute la base catastral administrada por gestor catastral competente
Artiacuteculo Correccioacuten yo inclusioacuten de cabida en procesos de ordenamiento de propiedad En el marco de los traacutemites ordenamiento social la propiedad que adelante la Agencia Nacional de (ANT) conforme a
competencias establecidas en el artiacuteculo 58 del Decreto Ley 902 2017 Y atendiendo a la funcioacuten de gestor catastral consignada en el artiacuteculo 80 de la Ley 1 de 19 cuando se identifique la existencia de una inconsistencia el levantamiento ial realizado por dicha entidad con la informacioacuten registral actos administrativos resuelven de fondo los asuntos sometidos a estudio ordenaraacuten aclaracioacuten actualizacioacuten masiva rectificacioacuten de por imprecisa determinacioacuten o inclusioacuten aacuterea del predio intervenido siempre los linderos esteacuten debida y teacutecnicamente descritos sean verificables por meacutetodos directos o indirectos y no exista variacioacuten en los mismos sin necesidad de adelantar un proceso rectificacioacuten o inclusioacuten de aacuterea
Artiacuteculo Actualizacioacuten masiva de linderos yo rectificacioacuten masiva de por imprecisa determinacioacuten En el marco de los procesos de actualizacioacuten
catastral y como resultado del levantamiento la informacioacuten y juriacutedica en terreno el gestor catastral podraacute remitir para inscripcioacuten a la Oficina de Registro de Instrumentos Puacuteblicos respectiva el administrativo actualizacioacuten masiva de linderos o rectificacioacuten de aacuterea corresponda
Cuando la diferencia en las magnitudes cabida yo linderos supere el rango de tolerancia establecido surtirse traacutemite de rectificacioacuten de linderos o por imprecisa determinacioacuten seguacuten corresponda
Artiacuteculo Rangos de tolerancia Los rangos de tolerancia corresponden a variacioacuten el o cabida de un predio que seguacuten la autoridad reguladora catastral sean admisibles y aplicables cuando existan diferencias la realidad fiacutesica y la descripcioacuten existente en el tiacutetulo de propiedad registrado en el folio de matricula
Por el se reglamentan parcialmente los artiacuteculos y 82 de la de 2019 y se modifica Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de
Por medio cual se expide el Decreto Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten
148DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 17 de 22
inmobiliaria No la suscripcioacuten de las colindancia ni ajustar los folios de matriacutecula inmobiliaria cuando la diferencia no supere rangos de tolerancia
Cuando los linderos no se encuentren teacutecnicamente en el folio de matriacutecula inmobiliaria aun estando dentro del rango de tolerancia folio de matriacutecula inmobiliaria deberaacute mediante acto administrativo emitido por el Gestor Catastral
Cualquier medicioacuten que difiera la catastral en un margen ngt o igual al rango de tolerancia se consideraraacute equivalente a la catastral
Articulo 222225 I-rEas objeto de despojo o abandono forzado Sin perjuicio de las actividades propias catastral los no podraacuten adelantar los procesos en el artiacuteculo Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del libro 2 del Decreto 11 5 para los siguientes casos
1 Si el bien se encuentra inscrito en el Registro Despojadas y Abandonadas que trata la Ley 1448 de Si el predio es objeto solicitud de restitucioacuten de tierras
los casos anteriores se nn- seguir la ruta juriacutedica definida en la Ley 1448 de 2011 y sus normas y complementarias
Artiacuteculo 222226 Obligacioacuten de suministro de informacioacuten la gestioacuten catastral Para el desarrollo gestioacuten catastral las siguientes puacuteblicas y privadas deberaacuten suministrar informacioacuten requerida por los catastrales en
la prestacioacuten del perjuicio de las normas contenidas en las Leyes 2012 1712 2014 Y disposiciones legales relacionadas con la
de datos
1 virtud del principio coordinacioacuten el mUnicipiO o departamento trataacutendose de aacutereas no municipalizadas entregaraacute la informacioacuten actualizada que se relaciona con el ordenamiento de su territorio
instituciones financieras vigiladas por la Superintendencia Oficinas de Registro de Instrumentos Puacuteblicos y las produzcan o registren informacioacuten avaluacuteos comerciales venta o arriendo de inmuebles suministrar dicha rrnlttln
caacutemaras de comercio municipio yo distrito deberaacuten suministrar la informacioacuten de establecimientos comercio y su actividad
4 DANE deberaacute suministrar al Catastral el Censo de a nivel de manzana Lo anterior en marco de la reserva estad en artiacuteculo 5 de la Ley 1
rCC de servicios puacuteblicos las curaduriacuteas urbanas y las planeacioacuten o quien haga sus deberaacuten proporcionar de forma informacioacuten de las acometidas servicios puacuteblicos domiciliarios y
urbanismo y construccioacuten
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO 148 DE Paacutegina 18 de 22
Paraacutegrafo Las entidades sentildealadas en el presente artiacuteculo deberaacuten implementar los mecanismos de interoperabilidad definidos por la autoridad reguladora catastral para el suministro de la informacioacuten para la gestioacuten catastral de manera continua y permanente
Artiacuteculo 222227 Gratuidad de la informacioacuten para la gestioacuten catastral De conformidad con lo establecido en el artiacuteculo 1deg del Decreto 235 de 2010 los requerimientos de informacioacuten que realicen los gestores catastrales para el ejercicio del servicio puacuteblico catastral no constituyen servicio y no generan costo alguno al solicitante La entrega de informacioacuten al gestor catastral durante el empalme previsto en el artiacuteculo 22254 del Decreto 1983 de 2019 seraacute gratuita
Artiacuteculo 222228 Vigencia fiscal Para efectos de lo consagrado en el artiacuteculo 3 de la Ley 44 de 1990 los avaluacuteos catastrales resultantes de la prestacioacuten del servicio puacuteblico de gestioacuten catastral entraraacuten en vigencia para efectos fiscales a partir del 10 de enero del antildeo siguiente a aquel en que fueron estimados o calculados para lo cual los gestores catastrales ordenaraacuten por acto administrativo su entrada en vigencia
Artiacuteculo 222229 Vigencia catastral La informacioacuten fiacutesica juriacutedica y econoacutemica asiacute como la resultante de los procedimientos de enfoque multipropoacutesito entraraacuten en vigencia para efectos catastrales al momento de quedar en firme su inscripcioacuten o incorporacioacuten en las bases oficiales descritas en el presente decreto
Artiacuteculo 222230 Aplazamiento de vigencia y reduccioacuten de los iacutendices de ajuste del avaluacuteo catastral El Gobierno Nacional de oficio o por solicitud fundamentada de los Concejos Municipales debido a especiales condiciones econoacutemicas o sociales que afecten a determinados municipios o zonas de estos podraacute aplazar la vigencia de los catastros elaborados por formacioacuten o actualizacioacuten por un periacuteodo hasta de un (1) antildeo Si subsisten las condiciones que originaron el aplazamiento procederaacute a ordenar una nueva formacioacuten o actualizacioacuten de estos catastros
En el evento de que la vigencia fiscal de los avaluacuteos elaborados por formacioacuten o actualizacioacuten de la formacioacuten fuera aplazada por el Gobierno en los teacuterminos y condiciones sentildealados en el artiacuteculo 10 de la Ley 14 de 1983 continuaraacuten vigentes los avaluacuteos anteriores y por lo tanto se seguiraacuten aplicando los iacutendices anuales de ajuste correspondientes hasta que termine el aplazamiento o se pongan en vigencia fiscal los avaluacuteos aplazados o se realice y ponga en vigencia una nueva formacioacuten o actualizacioacuten de la formacioacuten
ARTiacuteCULO 2 Adicioacutenense los Capiacutetulos 6 y 7 al Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 DISPOSICIONES ESPECiFICAS INSTITUTO GEOGRAacuteFICO AGUSTiacuteN CODAZZI IGAC del Decreto 1170 de 2015 Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica los cuales quedaraacuten asiacute
CAPiacuteTULO 6
Informacioacuten Econoacutemica Catastral
recopilaraacute la informacioacuten mercado inmobiliario del proveniente de fuentes como ofertas transacciones costos otras y el cual deberaacute articulado para tal efecto con el
Todos los Gestores Inmobiliario Catastral donde se
valor comercial de un predio a partir del estudio de recientes de bienes o comparables al del objeto
Meacutetodo de capitalizacioacuten de rentas o ingresos que busca establecer el valor un bien a partir de las o que se puedan obtener del o inmuebles semejantes o comparables trayendo a valor suma de los ingresos probables o generadas
Por el cual se parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 Y se modifica Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten
DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 19 de 22
Artiacuteculo 22261 Inmobiliario Catastrales contar con un Observatorio
Departamento Nacional de (DANE) Todo avaluacuteo comercial deberaacute estar sustentado en informacioacuten registrada en el observatorio inmobiliario catastral para lo cual se deberaacute garantizar que cualquier tipo de informacioacuten en avaluacuteo sea registrada en el observatorio anterior sin perjuicio de normas relacionadas con la proteccioacuten de datos nlr~r1n
Artiacuteculo 22262 Determinacioacuten del valor catastral de un inmueble La determinacioacuten del valor ca1tastra
(~tnlro~ Catastrales o por el Instituto inmuebles seraacute a de avaluacuteos
puntuales o masivos por Agustiacuten (IGAC)
Articulo 22263 Meacutetodos Sin perjuicio de norma especial para determinacioacuten de los avaluacuteos catastrales la estimacioacuten del valor del inmueble
los siguientes meacutetodos otros
1 Meacutetodo de comparacioacuten o de mercado Es la teacutecnica que LlU
en la vida remanente del bien objeto de avaluacuteo con una tasa de capitalizacioacuten o
3 Meacutetodo del costo de reposicioacuten Cuando sea necesario valor comercial de una construccioacuten se aplicaraacute el meacutetodo de costo consistente en establecer el valor comercial de un predio depreciacioacuten de una estimacioacuten total de una construccioacuten
4 Meacutetodo sea neces~a establecer el valor se aplicaraacute el meacutetodo residual
proyecto con el mercado del bien final
residual Cuando un cual se deriva de estimar el valor total
las ventas de un acorde con la reglamentacioacuten urbaniacutestica vigente y de ible en el
objeto de avaluacuteo
se podraacuten aplicar manera los meacutetodos descritos en presente artiacuteculo los cuales no
el ingreso al predio
Salvo lo dispuesto en normas
a
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO _ 148 DE Paacutegina 20 de 22
Artiacuteculo 22264 Estructura del NUPRE Los Gestores Catastrales para la identificacioacuten de los predios en el territorio deberaacuten adoptar el Coacutedigo Homologado de Identificacioacuten Predial con la siguiente estructura
ABC-1234-DEFH
Las tres (3) primeras letras (ABC) pertenecen al prefijo asignado por el IGAC a cada Gestor Catastral Habilitado
Los cuatro (4) diacutegitos (1234) que podraacuten tomar valores del O al 9 y las tres (3) letras siguientes (DEF) podraacuten tomar valores de las siguientes letras A B C D E F H J K L M N 0 P R S T U W X V Z Se eliminan las letras G 1 A V Ntilde con el propoacutesito de minimizar la posibilidad de error en el coacutedigo debido a la similitud con otras letras La definicioacuten de estas siete (7) posiciones asiacute como los mecanismos de generacioacuten aleatoria o secuencial y su asignacioacuten estaraacute a cargo deIIGAC
La letra final a la derecha (H) corresponde a un caraacutecter de chequeo utilizado con el objeto de poder validar la integridad del coacutedigo restante
La definicioacuten de los rangos que utilizariacutea cada ciudad y el significado de cada una de estas tres (3) posiciones estaraacute a cargo deIIGAC
CAPiacuteTULO 7
De la Inspeccioacuten Vigilancia y Control de la Gestioacuten Catastral
Artiacuteculo 22271 Inspeccioacuten Vigilancia y Control de la Gestioacuten Catastral La Superintendencia de Notariado y Registro ejerceraacute las funciones otorgadas mediante los artiacuteculos 79 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 relacionadas con la inspeccioacuten vigilancia y control del ejercicio de la gestioacuten catastral
Paraacutegrafo 1 La funcioacuten de inspeccioacuten vigilancia y control es de naturaleza administrativa y no implica ejercicio de la funcioacuten de control fiscal disciplinario o penal
Paraacutegrafo 2 En lo no contemplado en el presente capiacutetulo se aplicaraacute lo dispuesto en la Ley 1437 de 2011 o las disposiciones que la modifiquen o sustituyan
Artiacuteculo 22272 Sujetos pasivos Son sujetos pasivos de las funciones de inspeccioacuten vigilancia y control los gestores catastrales los operadores catastrales los municipios los propietarios ocupantes tenedores o poseedores titulares de derechos reales o quien tenga cualquier relacioacuten faacutectica o juriacutedica con el predio
Artiacuteculo 22~73 Funcioacuten de inspeccioacuten La inspeccioacuten consiste en la atribucioacuten de la Superintendencia de Notariado y Registro entre otras para solicitar confirmar y analizar en la forma detalle y teacuterminos que ella determine la informacioacuten que requiera
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
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DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 21 de 22148
con el objeto de establecer de manera general el cumplimiento del reacutegimen juriacutedico aplicable al servicio puacuteblico de gestioacuten catastral En ejercicio de esta funcioacuten la Superintendencia de Notariado y Registro de oficio o a peticioacuten de parte podraacute requerir informacioacuten realizar visitas instruir y orientar en la manera en que se debe cumplir e interpretar el reacutegimen juriacutedico aplicable a la gestioacuten catastral
Artiacuteculo 22274 Funcioacuten de vigilancia La vigilancia consiste en la atribucioacuten de la Superintendencia de Notariado y Registro para velar que de manera puntual los sujetos pasivos en desarrollo de sus funciones y obligaciones se ajusten a lo dispuesto en el ordenamiento juriacutedico i
~~ t~ lt
La vigilanyia estaacute retrida a funcion~~ de advertencia prevencioacuten y orientacioacuten encamin~das eacutel q~11~ rf~a9~On~S~~ ~ iuj~tos pasivo~ se ajusten a la norm~tividad i ~ IOque los rigen para to q~1 Ia Supeqnt~nd~cla de Notariado y Registro tendra entre otras las~tri~UqL9n~s ~~ tnsfruir o(ientaacuteC requerir ordenar establecer planes de mejoramiento practicaacuter visitasl~ r~visioacuteries y demaacutes pruebas que determine conducentes pertinefltes y uacutetiles
Artiacuteculo 22275 Funcioacuten de control El control consiste en las atribuciones de la Superintendencia de Notariado y Registro tendientes a evitar superar y sancionar los efectos de la comisioacuten de infracciones al reacutegimen catastral para lo cual entre otras cosas podraacute ordenar la adopcioacuten de medidas preventivas correctivas y conforme con los artiacuteculos 81 y 82 de la Ley 1955 de 2019 o la que la modifique o sustituya y a la Ley 1437 de 2011 de oficio o a peticioacuten de parte y en ejercicio de la potestad sancionatoria adelantar procedimientos administrativos sancionatorios en contra de los sujetos pasivos cuando se determine el meacuterito para ello
Artiacuteculo 22276 Medidas preventivas Sin perjuicio de las sanciones a que haya lugar cuando resulten necesarias la Superintendencia de Notariado y Registro podraacute imponer medidas preventivas para evitar de manera transitoria la continuacioacuten de la ocurrencia de un hecho la realizacioacuten de una actividad o la existencia de una situacioacuten que presuntamente atente contra el reacutegimen catastral
Artiacuteculo 22277 Potestad sancionatoria La Superintendencia de Notariado y Registro tendraacute la potestad de sancionar a los gestores y operadores del servicio puacuteblico de catastro por la incursioacuten en alguna de las infracciones previstas entre los numerales 1 al13 del artiacuteculo 81 de la Ley 1955 de 2019 o la norma que la modifique o sustituya
Por su parte de las obligaciones establecidas en el inciso primero del artiacuteculo 81 de la Ley 1955 de 2019 la Superintendencia de Notariado y Registro podraacute sancionar a propietarios ocupantes tenedores o poseedores titulares de derechos reales o quien tenga cualquier relacioacuten faacutectica o juriacutedica con el predio por incurrir en las conductas de que trata la norma citada
Artiacuteculo 22278 Procedimiento El procedimiento sancionatorio se adelantaraacute conforme con lo establecido en la Ley 1437 de 2011
Por el cual se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
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ARTiacuteCULO 3 Vigencia y Derogatoria El presente Decreto entra en vigencia a partir de su publicacioacuten y deroga las normas que le sean contrarias en especial el Decreto 1227 de 1908 el Decreto 2275 de 1941 el Decreto 3496 de 1983 compilado en el Decreto 1170 de 2015 el paraacutegrafo 2 del artiacuteculo 222312 el artiacuteculo 222313 el paraacutegrafo 2 del artiacuteculo 222316 el artiacuteculo 222321 y el artiacuteculo 222324 del Decreto 1170 de 2015
PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE -4 FES 2020 Dado en Bogotaacute DC a los
LA MINISTRA DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
EL MINISTRO DE AGRICULTURA y DESARROLLO URAL
CIA PINZOacuteN
EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADiacuteSTICA
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO 148 DE Paacutegina 10 de 22
c) Proceso de conservacioacuten catastral Es el conjunto de acciones tendientes a mantener vigente la base catastral de forma permanente mediante la incorporacioacuten de los cambios que sufra la informacioacuten de un bien inmueble La conservacioacuten catastral podraacute realizarse a solicitud de parte o de oficio para lo cual los gestores catastrales deberaacuten adoptar los mecanismos de interoperabilidad con las demaacutes entidades productoras de informacioacuten oficial
d) Proceso de difusioacuten catastral Son las actividades tendientes al uso disposicioacuten y acceso a la informacioacuten catastral asiacute como la generacioacuten de insumos que contribuyan a la planeacioacuten y gestioacuten de los territorios En todo caso se deberaacute garantizar la proteccioacuten y custodia de la informacioacuten conforme a las disposiciones de proteccioacuten de datos
Paraacutegrafo Una vez finalizado el proceso de actualizacioacuten el gestor catastral deberaacute implementar estrategias que permitan el mantenimiento permanente del catastro incorporando las variaciones puntuales o masivas de las caracteriacutesticas fiacutesicas juriacutedicas o econoacutemicas de los predios en la base catastral
Artiacuteculo 22223 Aplicacioacuten del enfoque multipropoacutesito Los gestores catastrales en el desarrollo de los procesos de formacioacuten actualizacioacuten conservacioacuten y difusioacuten deberaacuten seguir los procedimientos de enfoque multipropoacutesito
Artiacuteculo 22224 Procedimientos del enfoque multipropoacutesito Se consideraraacuten procedimientos de enfoque multipropoacutesito al menos los siguientes
1 El barrido predial masivo 2 Integracioacuten con el registro 3 Incorporacioacuten de datos de informalidad en la propiedad 4 Actualizacioacuten permanente e integridad de los traacutemites inmobiliarios 5 Interoperabilidad e integracioacuten de capas no parcelarias 6 Servicios digitales 7 Innovacioacuten y evolucioacuten continua
Paraacutegrafo 1 La adopcioacuten de estos procedimientos por parte de los gestores catastrales podraacute hacerse de forma gradual seguacuten las condiciones y capacidades de los territorios asiacute como la disponibilidad de informacioacuten necesaria
Paraacutegrafo 2 Los gestores catastrales podraacuten adoptar los meacutetodos teacutecnicos que consideren para la ejecucioacuten de las labores catastrales siempre y cuando garanticen que se refleje la realidad de los predios y se cumplan las especificaciones teacutecnicas de los productos definidos por el IGAC
Artiacuteculo 22225 Barrido predial masivo Es el conjunto de estrategias actividades y acciones orientadas a conseguir la identificacioacuten de las caracteriacutesticas fiacutesicas juriacutedicas y econoacutemicas de los predios sobre un territorio determinado El barrido predial masivo comprende diferentes maneras de intervencioacuten en el territorio incluyendo entre otros meacutetodos directos e indirectos de captura de informacioacuten esquemas colaborativos uso de registros administrativos modelos geoestadiacutesticos y economeacutetricos y demaacutes procedimientos teacutecnicos herramientas tecnoloacutegicas e instrumentos de participacioacuten
1170 Por el cual se reglamentan parcialmente artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la 2 del 2 del 2015
Por del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Administrativo Informacioacuten Estadiacutestica
1DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 11 22
comunitaria con enfoque territorial como el uso otras fuentes de informacioacuten territorio que permitan obtener datos para establecer la liacutenea base de informacioacuten catastral multipropoacutesito en un municipio igual que para su mantenimiento y actualizacioacuten permanente productos derivados de actividades de barrido predial masivo deberaacuten cumplir con las especificaciones teacutecnicas definidas por la autoridad reguladora
Articulo 22226 Meacutetodos de recoleccioacuten de informacioacuten Los catastra les podraacuten adelantarse mediante la combinacioacuten de los siguientes meacutetodos
a) Meacutetodos directos Aquellos que requieren una visita campo con el fin de recolectar la realidad de los bienes inmuebles
b) Meacutetodos indirectos aquellos meacutetodos identificacioacuten fiacutesica juriacutedica y econoacutemica de los inmuebles a traveacutes del uso de de sensores remotos integracioacuten registros administrativos modelos iacutesticos y economeacutetricos anaacutelisis de Big Data y fuentes secundarias como observatorios inmobiliarios su posterior incorporacioacuten en la base catastral
c) Meacutetodos declarativos y colaborativos Son los derivados participacioacuten de la comunidad en el suministro de informacioacuten que sirva como insumo para el desarrollo de los procesos catastrales Los gestores catastrales propenderaacuten por la adopcioacuten nuevas tecnologiacuteas y procesos comunitarios que faciliten la participacioacuten los ciudadanos
Paraacutegrafo 1 procesos barrido predial masivo los catastrales seraacuten los encargados de definir la adecuada combinacioacuten de los meacutetodos de intervencioacuten teniendo en cuenta condiciones propias de sus territorios y la disponibilidad fuentes secundarias informacioacuten conforme a especificaciones miacutenimas establecidas por autoridad reguladora
Paraacutegrafo 2 Los meacutetodos declarativos y colaborativos podraacuten emplearse para el mantenimiento permanente la informacioacuten Catastral
Artiacuteculo 22227 Declaracioacuten la informacioacuten catastral Cualquier persona podraacute informar ante el catastral competente de forma presencial o a de los canales dispuestos para tal fin la informacioacuten correspondiente a la realidad fiacutesica juriacutedica yo econoacutemica sus predios con el propoacutesito de eliminar cualquier disparidad
la realidad del predio y la informacioacuten catastral
Artiacuteculo 22228 Inscripcioacuten o incorporacioacuten catastral informacioacuten catastral resultado de los procesos de formacioacuten actualizacioacuten o conservacioacuten se inscribiraacute o incorporaraacute en la base catastral con la del acto administrativo que lo ordena
Paraacutegrafo inscripcioacuten en el catastro no constituye tiacutetulo de dominio ni sanea los vicios de propiedad o la tradicioacuten y no puede alegarse como excepcioacuten contra que pretenda tener mejor derecho a la propiedad o posesioacuten del predio
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO 148 DE Paacutegina 12 de 22
Artiacuteculo 22229 Inscripcioacuten de posesiones y ocupaciones El gestor catastral competente deberaacute inscribir en la base catastral a la persona que acredite la calidad de propietario y tambieacuten inscribiraacute la presencia de ocupantes o poseedores sin necesidad de calificar la naturaleza juriacutedica del predio Si se verifica previamente que el predio le pertenece a la Nacioacuten yo a la entidad territorial se inscribiraacute como ocupante Si se desconoce el propietario yo poseedor de un predio se inscribiraacute como vacante para efectos catastrales
Artiacuteculo 222210 Actualizacioacuten permanente Los gestores catastrales deberaacuten implementar mecanismos de observacioacuten dinaacutemica y continua del territorio que den cuenta de las variaciones en la informacioacuten catastral frente a la realidad del mismo Para tal efecto podraacuten crear observatorios inmobiliarios implementar meacutetodos de valuacioacuten basados en modelos economeacutetricos y geoestadiacutesticos integrar registros administrativos aplicar esquemas colaborativos entre otros lo anterior con el fin de incorporar las variaciones puntuales o masivas de los inmuebles en la base catastral
Artiacuteculo 222211 Integridad de los traacutemites inmobiliarios con impacto catastral Las entidades puacuteblicas o particulares que ejerzan funciones puacuteblicas encargadas de adelantar traacutemites que impliquen una actuacioacuten catastral deberaacuten implementar de manera articulada con los gestores catastrales competentes mecanismos de interoperabilidad que permitan la atencioacuten integral al usuario
Artiacuteculo 222212 Interoperabilidad e integracioacuten de capas no parcelarias Las autoridades competentes para emitir la informacioacuten asociada a derechos restricciones y responsabilidades de los predios deberaacuten disponer y suministrar dicha informacioacuten de forma estandarizada con el fin de interoperar con las bases catastrales El IGAC estableceraacute los protocolos de interoperabilidad pertinencia y datos complementarios
Artiacuteculo 222213 Servicios digitales Los gestores catastrales deberaacuten disponer mecanismos digitales para el acceso a traacutemites simplificados y consultas sobre la informacioacuten incorporada en las bases catastrales garantizando la proteccioacuten de datos personales establecida en las Leyes 1581 de 2012 y 1712 de 2014
Paraacutegrafo Los traacutemites catastrales notariales y registrales se atenderaacuten conjuntamente a traveacutes de una ventanilla integrada de servicio de conformidad con la regulacioacuten que se expida por las entidades competentes
Artiacuteculo 222214 Innovacioacuten y evolucioacuten continua Los gestores catastrales deberaacuten definir mecanismos transformadores para facilitar los traacutemites reducir los costos incentivar la competitividad y desarrollar servicios de alta calidad para el uso y acceso de la informacioacuten catastral
Artiacuteculo 222215 Integracioacuten con el registro Los gestores catastrales en coordinacioacuten con las Oficinas de Registro de Instrumentos Puacuteblicos deberaacuten adelantar los esfuerzos necesarios tendientes a la integracioacuten de la informacioacuten catastral y registral y en especial a unificar la informacioacuten asociada a linderos y aacutereas de forma gradual Igualmente generaraacuten los mecanismos para la integracioacuten de los sistemas de informacioacuten de las entidades
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y de la Ley 1955 de 2019 y se modifica Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
148DECRETO NUacuteMERO DE 13 de 22
La unificacioacuten de linderos y con registro se a traveacutes de los procesos de actualizacioacuten cabida y linderos con actualizacioacuten de linderos con efectos de aacuterea por determinacioacuten con efectos registra les linderos por acuerdo las con efectos registrales actas de traacutemite de inclusioacuten en el campo descripcioacuten de cabida y linderos del dato yo linderos en los folios de matriacutecula inmobiliaria que carezcan de esta informacioacuten y demaacutes que definan las autoridades competentes
Paraacutegrafo Sin perjuicio de lo anterior las bases catastrales incorporar los predios privados puacuteblicos baldiacuteos bienes de uso puacuteblico entre con o sin derecl10s reales principales o accesorios registrados aun no se encuentren inscritos en el registro instrumentos puacuteblicos
Artiacuteculo 222216 Procedimientos catastrales con consideraraacute como procedimientos
y yo linderos Estos procedimientos
las
con efectos actualizacioacuten de linderos aacuterea por imprecisa iexclnacioacuten actualizacioacuten masiva y puntual rectificacioacuten de linderos por acuerdo entre las partes e inclusioacuten acatados por los gestores catastrales oficinas de registro instrumentos puacuteblicos del paiacutes y podraacuten ser aplicados durante los procesos formacioacuten actualizacioacuten y conservacioacuten
procedimientos anteriormente enunciados no limitan la libre comercializacioacuten de los inmuebles por cuanto es viable la facultad de disposicioacuten
mismos con base en los datos de y linderos que los identifican y que en los tiacutetulos antecedentes que origen juriacutedico
Artiacuteculo 222217 Actualizacioacuten linderos con efectos registrales El gestor competente de oficio o a solicitud
con J1JLIAtu
rorT yo indirectos sin variacioacuten o cuando
sus
sean verificables mediante meacutetodos variacioacuten o diferencia se encuentre por la maacutexima autoridad catastral
teacutecnica de los linderos llevaraacute a r-orToII del aacuterea
titular del derecho de dominio o las entidades puacuteblicas que funciones legales administran inmuebles propios o ajenos podraacuten mediante la descripcioacuten
de linderos de bienes
los maacutergenes de tolerancia
de llevar a cabo la actualizacioacuten gestor catastral emitiraacute el acto administrativo sujeto a registro que resuelva actualizacioacuten de linderos incluida la
del aacuterea si a ello hubiere lugar procedimiento aplicable en el artiacuteculo no es excluyente con el procedimiento d para la linderos por acuerdo entre las partes respecto uacuten mismo inmueble
rectificacioacuten
traacutemite no aplicaraacute cuando la definicioacuten linderos se haya dado en un proceso de deslinde y amojonamiento o de tierras
Artiacuteculo 222218 Rectificacioacuten por imprecisa determinacioacuten con efectos registrales rectificacioacuten de en el sistema yo registraI procederaacute ante
catastral oficio o a solicitud del titular del derecho de dominio o puacuteblicas que con ocasioacuten sus funciones legales administran
el
que y
Por el cual se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y 82 la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la 2 del Libro 2 del Decreto 1170 2015
liPor medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
14 de 22 DECRETO NUacuteMERO 148
inmuebles propios o cuando los linderos debida y teacutecnicamente descritos sean verificables meacutetodos directos ylo indirectos sin variacioacuten que a lo largo de la tradicioacuten bien inmueble el eacuteste no haya sido determinada adecuadamente o cuando la variacioacuten o se encuentre de los maacutergenes de tolerancia establecidos por la maacutexima autoridad catastral
A efectos de llevar a la rectificacioacuten el non
del bien inmueble competente expediraacute el
administrativo a registro que
Artiacuteculo 222219 Rectificacioacuten de linderos por acuerdo entre las partes con registraes rectificacioacuten de linderos en el sistema catastral y registral
procederaacute de oficio o a solicitud de parte ante el gestor catastral siempre y cuando se haya suscrito acta colindancia con pleno entre los compartan uno o varios linderos pero se diferencias de entre la verificacioacuten mediante meacutetodos directos ylo indirectos y la informacioacuten
matriacutecula inmobiliaria rectificacioacuten de todos linderos puede llevar a aacuterea del inmueble
Cuando el gestor o la entidad puacuteblica respectiva identifique o tenga de de terceros que puedan verse afectados por los
ne
37 de la Ley 1437 de la actuacioacuten administrativa efectuaraacute comunicaciones en el
2011
rectificacioacuten de linderos y aacutereas procederaacute cuando los linderos
1 Sean arcifinios no verificables en terreno Sean arcifinios en terreno con variacioacuten respecto lo consignado en los tiacutetulos registrados
3 Esteacuten expresados en costumbristas no verificables en terreno 4 Contengan o limitadas en tiacutetulos
registrados Esteacuten teacutecnicamente definidos pero sobre los mismos haya superposicioacuten o Se presenten entre los linderos contenidos en los tiacutetulos y verificados mediante meacutetodos directos ylo indirectos
Paraacutegrafo 1 No se requeriraacute entre las partes cuando la variacioacuten o se encuentre dentro de maacutergenes de establecidos por
en la
autoridad catastral conforme lo por decreto caso aplicaraacuten los procedimientos actualizacioacuten de o rectificacioacuten de por
rOiIltI determinacioacuten sea el caso
2 No es necesaria suscripcioacuten de actas colindancia sobre bien inmueble no presenten discrepancia alguna entredel
y su verificacioacuten meacutetodos directos ylo indirectos Procederaacuten los acuerdos parciales es decir suscribir un acta sobre uno o varios linderos con un colindante ylo varias actas por nrrlin
los
Paraacutegrafo 3 En aquellos casos en los cuales existan entre la informacioacuten recabada mediante meacutetodos yo indirectos y lo consignado en los tiacutetulos
preclslon para
(ANT) podraacute con
cualquier que otro
la
Por se reglamentan
del cual se LJvrcruiexcl
Administrativo
los articulos 79 80 1170 de 2015
81 Y Ley 1955 2019 Y se modifica el Tiacutetulo 2 2 del Libro 2 del
10l0r Reglamentario Uacutenico Sector Informacioacuten Estadiacutestica
148NUacuteMERO 1S de 22
registrados y no se logre pleno por viacutea administrativa artiacuteculo
agotarse el proceso jud de deslinde y amojonamiento conforme con y siguientes del General del Proceso o los lo modifiquen o sustituyan
Paraacutegrafo 4 Siempre que evidencie que alguno los predios involucrados en traacutemite podriacutea ser considerado como baldiacuteo no procederaacute la
linderos por acuerdo partes Sin embargo o herramienta que haga sus veces la informacioacuten que dicha cual serviraacute de insumo a la ANT para que adopte medidas a que haya
lugar
Paraacutegrafo S el caso en que alguno los predios involucrados en traacutemite sea considerado bien de uso puacuteblico no la rectificacioacuten de por acuerdo entre las con efectos registrales sin perJuIcIo incorporacioacuten de la informacioacuten levante el gestor SINIC o la herramienta que haga sus veces caso la entidad expedir una con la
lindero del bien de uso puacuteblico Dicha certificacioacuten acompantildear la procesos de rectificacioacuten por imprecisa determinacioacuten con
actualizacioacuten de con efectos registrales e inclusioacuten del
ARTiacuteCULO Gestioacuten catastral a de la Agencia Nacional de Tierras (ANT) Agencia Nacional de (ANT) en su calidad levantaraacute los componentes fiacutesico y juriacutedico catastro necesarios para
de ae~gt[Qr
ordenamiento de la propiedad o asociados al desarrollo proyectos estrateacutegicos del orden nacional priorizados por Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural de con los estaacutendares y teacutecnicas por la autoridad catastral
En los
respecto de los predios obleto
Artiacuteculo 80 de la 2019 la Agencia Nacional Tierras (ANT) no a cargo la conservacioacuten por lo que una vez levantada e incorporada informacioacuten fiacutesica y juriacutedica catastro en el SINIC o la herramienta tecnoloacutegica sus veces las catastrales en dicha entidad intervencioacuten y se al Gestor Catastral competente
De cualquier forma Agencia Nacional proceso Ordenamiento Social de la gestor haya previamente
Paraacutegrafo 1 ISDIDSUlQrles referidas en artiacuteculo a la ANT le seraacuten aplicables a todas las enlt1d(~dE~S puacuteblicas del orden nacional que se habiliten como catastrales cumplimiento de sus funciones en los teacuterminos del artiacuteculo 22252 del 1983 de 2019 101011
Paraacutegrafo 2 Nacional de Tierras (ANT) no tendraacute competencia ejecucioacuten de catastrales de predios cuyo tiacutetulo originario actuacioacuten administrativa proferida por el Instituto Colombiano de la Reforma Instituto Colombiano Desarrollo Rural la Unidad Nacional de
Por cual se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y 82 la Ley 1 de 2019 y se modifica el TItulo 2 de la 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio cual se expide el Reglamentario Uacutenico de ecrCJr Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 16 22
Agencia Nacional de Tierras (ANT) o la entidad que sus salvo para eTE~CI()S Ordenamiento de la Propiedad Rural
Paraacutegrafo 3 municipios o zonas objeto intervencioacuten en los cuales la Agencia Nacional de Tierras (ANT) adelantaraacute la gestioacuten catastral seraacuten definidos conforme a los criterios fijados por Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural
Paraacutegrafo 4 En las zonas rurales objeto su intervencioacuten como gestor catastral la Agencia Nacional de (ANT) expediraacute los actos administrativos que permitan armonizar el componente y juriacutedico del con la informacioacuten registral y que sean para los procesos de ordenamiento social propiedad
Articulo 222221 Inclusioacuten en campo de descripcioacuten de cabida y linderos dato de aacuterea yo linderos en los folios de matriacutecula inmobiliaria que carezcan de esta informacioacuten los casos donde los folios de matriacutecula inmobiliaria no hayan contado con informacioacuten de yo linderos desde el inicio del ciclo traslaticio bien inmueble que identifican la Oficina de de Instrumentos Puacuteblicos procederaacute la inclusioacuten dato de aacuterea yo linderos en respectivas matriacuteculas inmobiliarias que se tomaraacute la base catastral administrada por gestor catastral competente
Artiacuteculo Correccioacuten yo inclusioacuten de cabida en procesos de ordenamiento de propiedad En el marco de los traacutemites ordenamiento social la propiedad que adelante la Agencia Nacional de (ANT) conforme a
competencias establecidas en el artiacuteculo 58 del Decreto Ley 902 2017 Y atendiendo a la funcioacuten de gestor catastral consignada en el artiacuteculo 80 de la Ley 1 de 19 cuando se identifique la existencia de una inconsistencia el levantamiento ial realizado por dicha entidad con la informacioacuten registral actos administrativos resuelven de fondo los asuntos sometidos a estudio ordenaraacuten aclaracioacuten actualizacioacuten masiva rectificacioacuten de por imprecisa determinacioacuten o inclusioacuten aacuterea del predio intervenido siempre los linderos esteacuten debida y teacutecnicamente descritos sean verificables por meacutetodos directos o indirectos y no exista variacioacuten en los mismos sin necesidad de adelantar un proceso rectificacioacuten o inclusioacuten de aacuterea
Artiacuteculo Actualizacioacuten masiva de linderos yo rectificacioacuten masiva de por imprecisa determinacioacuten En el marco de los procesos de actualizacioacuten
catastral y como resultado del levantamiento la informacioacuten y juriacutedica en terreno el gestor catastral podraacute remitir para inscripcioacuten a la Oficina de Registro de Instrumentos Puacuteblicos respectiva el administrativo actualizacioacuten masiva de linderos o rectificacioacuten de aacuterea corresponda
Cuando la diferencia en las magnitudes cabida yo linderos supere el rango de tolerancia establecido surtirse traacutemite de rectificacioacuten de linderos o por imprecisa determinacioacuten seguacuten corresponda
Artiacuteculo Rangos de tolerancia Los rangos de tolerancia corresponden a variacioacuten el o cabida de un predio que seguacuten la autoridad reguladora catastral sean admisibles y aplicables cuando existan diferencias la realidad fiacutesica y la descripcioacuten existente en el tiacutetulo de propiedad registrado en el folio de matricula
Por el se reglamentan parcialmente los artiacuteculos y 82 de la de 2019 y se modifica Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de
Por medio cual se expide el Decreto Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten
148DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 17 de 22
inmobiliaria No la suscripcioacuten de las colindancia ni ajustar los folios de matriacutecula inmobiliaria cuando la diferencia no supere rangos de tolerancia
Cuando los linderos no se encuentren teacutecnicamente en el folio de matriacutecula inmobiliaria aun estando dentro del rango de tolerancia folio de matriacutecula inmobiliaria deberaacute mediante acto administrativo emitido por el Gestor Catastral
Cualquier medicioacuten que difiera la catastral en un margen ngt o igual al rango de tolerancia se consideraraacute equivalente a la catastral
Articulo 222225 I-rEas objeto de despojo o abandono forzado Sin perjuicio de las actividades propias catastral los no podraacuten adelantar los procesos en el artiacuteculo Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del libro 2 del Decreto 11 5 para los siguientes casos
1 Si el bien se encuentra inscrito en el Registro Despojadas y Abandonadas que trata la Ley 1448 de Si el predio es objeto solicitud de restitucioacuten de tierras
los casos anteriores se nn- seguir la ruta juriacutedica definida en la Ley 1448 de 2011 y sus normas y complementarias
Artiacuteculo 222226 Obligacioacuten de suministro de informacioacuten la gestioacuten catastral Para el desarrollo gestioacuten catastral las siguientes puacuteblicas y privadas deberaacuten suministrar informacioacuten requerida por los catastrales en
la prestacioacuten del perjuicio de las normas contenidas en las Leyes 2012 1712 2014 Y disposiciones legales relacionadas con la
de datos
1 virtud del principio coordinacioacuten el mUnicipiO o departamento trataacutendose de aacutereas no municipalizadas entregaraacute la informacioacuten actualizada que se relaciona con el ordenamiento de su territorio
instituciones financieras vigiladas por la Superintendencia Oficinas de Registro de Instrumentos Puacuteblicos y las produzcan o registren informacioacuten avaluacuteos comerciales venta o arriendo de inmuebles suministrar dicha rrnlttln
caacutemaras de comercio municipio yo distrito deberaacuten suministrar la informacioacuten de establecimientos comercio y su actividad
4 DANE deberaacute suministrar al Catastral el Censo de a nivel de manzana Lo anterior en marco de la reserva estad en artiacuteculo 5 de la Ley 1
rCC de servicios puacuteblicos las curaduriacuteas urbanas y las planeacioacuten o quien haga sus deberaacuten proporcionar de forma informacioacuten de las acometidas servicios puacuteblicos domiciliarios y
urbanismo y construccioacuten
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO 148 DE Paacutegina 18 de 22
Paraacutegrafo Las entidades sentildealadas en el presente artiacuteculo deberaacuten implementar los mecanismos de interoperabilidad definidos por la autoridad reguladora catastral para el suministro de la informacioacuten para la gestioacuten catastral de manera continua y permanente
Artiacuteculo 222227 Gratuidad de la informacioacuten para la gestioacuten catastral De conformidad con lo establecido en el artiacuteculo 1deg del Decreto 235 de 2010 los requerimientos de informacioacuten que realicen los gestores catastrales para el ejercicio del servicio puacuteblico catastral no constituyen servicio y no generan costo alguno al solicitante La entrega de informacioacuten al gestor catastral durante el empalme previsto en el artiacuteculo 22254 del Decreto 1983 de 2019 seraacute gratuita
Artiacuteculo 222228 Vigencia fiscal Para efectos de lo consagrado en el artiacuteculo 3 de la Ley 44 de 1990 los avaluacuteos catastrales resultantes de la prestacioacuten del servicio puacuteblico de gestioacuten catastral entraraacuten en vigencia para efectos fiscales a partir del 10 de enero del antildeo siguiente a aquel en que fueron estimados o calculados para lo cual los gestores catastrales ordenaraacuten por acto administrativo su entrada en vigencia
Artiacuteculo 222229 Vigencia catastral La informacioacuten fiacutesica juriacutedica y econoacutemica asiacute como la resultante de los procedimientos de enfoque multipropoacutesito entraraacuten en vigencia para efectos catastrales al momento de quedar en firme su inscripcioacuten o incorporacioacuten en las bases oficiales descritas en el presente decreto
Artiacuteculo 222230 Aplazamiento de vigencia y reduccioacuten de los iacutendices de ajuste del avaluacuteo catastral El Gobierno Nacional de oficio o por solicitud fundamentada de los Concejos Municipales debido a especiales condiciones econoacutemicas o sociales que afecten a determinados municipios o zonas de estos podraacute aplazar la vigencia de los catastros elaborados por formacioacuten o actualizacioacuten por un periacuteodo hasta de un (1) antildeo Si subsisten las condiciones que originaron el aplazamiento procederaacute a ordenar una nueva formacioacuten o actualizacioacuten de estos catastros
En el evento de que la vigencia fiscal de los avaluacuteos elaborados por formacioacuten o actualizacioacuten de la formacioacuten fuera aplazada por el Gobierno en los teacuterminos y condiciones sentildealados en el artiacuteculo 10 de la Ley 14 de 1983 continuaraacuten vigentes los avaluacuteos anteriores y por lo tanto se seguiraacuten aplicando los iacutendices anuales de ajuste correspondientes hasta que termine el aplazamiento o se pongan en vigencia fiscal los avaluacuteos aplazados o se realice y ponga en vigencia una nueva formacioacuten o actualizacioacuten de la formacioacuten
ARTiacuteCULO 2 Adicioacutenense los Capiacutetulos 6 y 7 al Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 DISPOSICIONES ESPECiFICAS INSTITUTO GEOGRAacuteFICO AGUSTiacuteN CODAZZI IGAC del Decreto 1170 de 2015 Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica los cuales quedaraacuten asiacute
CAPiacuteTULO 6
Informacioacuten Econoacutemica Catastral
recopilaraacute la informacioacuten mercado inmobiliario del proveniente de fuentes como ofertas transacciones costos otras y el cual deberaacute articulado para tal efecto con el
Todos los Gestores Inmobiliario Catastral donde se
valor comercial de un predio a partir del estudio de recientes de bienes o comparables al del objeto
Meacutetodo de capitalizacioacuten de rentas o ingresos que busca establecer el valor un bien a partir de las o que se puedan obtener del o inmuebles semejantes o comparables trayendo a valor suma de los ingresos probables o generadas
Por el cual se parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 Y se modifica Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten
DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 19 de 22
Artiacuteculo 22261 Inmobiliario Catastrales contar con un Observatorio
Departamento Nacional de (DANE) Todo avaluacuteo comercial deberaacute estar sustentado en informacioacuten registrada en el observatorio inmobiliario catastral para lo cual se deberaacute garantizar que cualquier tipo de informacioacuten en avaluacuteo sea registrada en el observatorio anterior sin perjuicio de normas relacionadas con la proteccioacuten de datos nlr~r1n
Artiacuteculo 22262 Determinacioacuten del valor catastral de un inmueble La determinacioacuten del valor ca1tastra
(~tnlro~ Catastrales o por el Instituto inmuebles seraacute a de avaluacuteos
puntuales o masivos por Agustiacuten (IGAC)
Articulo 22263 Meacutetodos Sin perjuicio de norma especial para determinacioacuten de los avaluacuteos catastrales la estimacioacuten del valor del inmueble
los siguientes meacutetodos otros
1 Meacutetodo de comparacioacuten o de mercado Es la teacutecnica que LlU
en la vida remanente del bien objeto de avaluacuteo con una tasa de capitalizacioacuten o
3 Meacutetodo del costo de reposicioacuten Cuando sea necesario valor comercial de una construccioacuten se aplicaraacute el meacutetodo de costo consistente en establecer el valor comercial de un predio depreciacioacuten de una estimacioacuten total de una construccioacuten
4 Meacutetodo sea neces~a establecer el valor se aplicaraacute el meacutetodo residual
proyecto con el mercado del bien final
residual Cuando un cual se deriva de estimar el valor total
las ventas de un acorde con la reglamentacioacuten urbaniacutestica vigente y de ible en el
objeto de avaluacuteo
se podraacuten aplicar manera los meacutetodos descritos en presente artiacuteculo los cuales no
el ingreso al predio
Salvo lo dispuesto en normas
a
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO _ 148 DE Paacutegina 20 de 22
Artiacuteculo 22264 Estructura del NUPRE Los Gestores Catastrales para la identificacioacuten de los predios en el territorio deberaacuten adoptar el Coacutedigo Homologado de Identificacioacuten Predial con la siguiente estructura
ABC-1234-DEFH
Las tres (3) primeras letras (ABC) pertenecen al prefijo asignado por el IGAC a cada Gestor Catastral Habilitado
Los cuatro (4) diacutegitos (1234) que podraacuten tomar valores del O al 9 y las tres (3) letras siguientes (DEF) podraacuten tomar valores de las siguientes letras A B C D E F H J K L M N 0 P R S T U W X V Z Se eliminan las letras G 1 A V Ntilde con el propoacutesito de minimizar la posibilidad de error en el coacutedigo debido a la similitud con otras letras La definicioacuten de estas siete (7) posiciones asiacute como los mecanismos de generacioacuten aleatoria o secuencial y su asignacioacuten estaraacute a cargo deIIGAC
La letra final a la derecha (H) corresponde a un caraacutecter de chequeo utilizado con el objeto de poder validar la integridad del coacutedigo restante
La definicioacuten de los rangos que utilizariacutea cada ciudad y el significado de cada una de estas tres (3) posiciones estaraacute a cargo deIIGAC
CAPiacuteTULO 7
De la Inspeccioacuten Vigilancia y Control de la Gestioacuten Catastral
Artiacuteculo 22271 Inspeccioacuten Vigilancia y Control de la Gestioacuten Catastral La Superintendencia de Notariado y Registro ejerceraacute las funciones otorgadas mediante los artiacuteculos 79 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 relacionadas con la inspeccioacuten vigilancia y control del ejercicio de la gestioacuten catastral
Paraacutegrafo 1 La funcioacuten de inspeccioacuten vigilancia y control es de naturaleza administrativa y no implica ejercicio de la funcioacuten de control fiscal disciplinario o penal
Paraacutegrafo 2 En lo no contemplado en el presente capiacutetulo se aplicaraacute lo dispuesto en la Ley 1437 de 2011 o las disposiciones que la modifiquen o sustituyan
Artiacuteculo 22272 Sujetos pasivos Son sujetos pasivos de las funciones de inspeccioacuten vigilancia y control los gestores catastrales los operadores catastrales los municipios los propietarios ocupantes tenedores o poseedores titulares de derechos reales o quien tenga cualquier relacioacuten faacutectica o juriacutedica con el predio
Artiacuteculo 22~73 Funcioacuten de inspeccioacuten La inspeccioacuten consiste en la atribucioacuten de la Superintendencia de Notariado y Registro entre otras para solicitar confirmar y analizar en la forma detalle y teacuterminos que ella determine la informacioacuten que requiera
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 21 de 22148
con el objeto de establecer de manera general el cumplimiento del reacutegimen juriacutedico aplicable al servicio puacuteblico de gestioacuten catastral En ejercicio de esta funcioacuten la Superintendencia de Notariado y Registro de oficio o a peticioacuten de parte podraacute requerir informacioacuten realizar visitas instruir y orientar en la manera en que se debe cumplir e interpretar el reacutegimen juriacutedico aplicable a la gestioacuten catastral
Artiacuteculo 22274 Funcioacuten de vigilancia La vigilancia consiste en la atribucioacuten de la Superintendencia de Notariado y Registro para velar que de manera puntual los sujetos pasivos en desarrollo de sus funciones y obligaciones se ajusten a lo dispuesto en el ordenamiento juriacutedico i
~~ t~ lt
La vigilanyia estaacute retrida a funcion~~ de advertencia prevencioacuten y orientacioacuten encamin~das eacutel q~11~ rf~a9~On~S~~ ~ iuj~tos pasivo~ se ajusten a la norm~tividad i ~ IOque los rigen para to q~1 Ia Supeqnt~nd~cla de Notariado y Registro tendra entre otras las~tri~UqL9n~s ~~ tnsfruir o(ientaacuteC requerir ordenar establecer planes de mejoramiento practicaacuter visitasl~ r~visioacuteries y demaacutes pruebas que determine conducentes pertinefltes y uacutetiles
Artiacuteculo 22275 Funcioacuten de control El control consiste en las atribuciones de la Superintendencia de Notariado y Registro tendientes a evitar superar y sancionar los efectos de la comisioacuten de infracciones al reacutegimen catastral para lo cual entre otras cosas podraacute ordenar la adopcioacuten de medidas preventivas correctivas y conforme con los artiacuteculos 81 y 82 de la Ley 1955 de 2019 o la que la modifique o sustituya y a la Ley 1437 de 2011 de oficio o a peticioacuten de parte y en ejercicio de la potestad sancionatoria adelantar procedimientos administrativos sancionatorios en contra de los sujetos pasivos cuando se determine el meacuterito para ello
Artiacuteculo 22276 Medidas preventivas Sin perjuicio de las sanciones a que haya lugar cuando resulten necesarias la Superintendencia de Notariado y Registro podraacute imponer medidas preventivas para evitar de manera transitoria la continuacioacuten de la ocurrencia de un hecho la realizacioacuten de una actividad o la existencia de una situacioacuten que presuntamente atente contra el reacutegimen catastral
Artiacuteculo 22277 Potestad sancionatoria La Superintendencia de Notariado y Registro tendraacute la potestad de sancionar a los gestores y operadores del servicio puacuteblico de catastro por la incursioacuten en alguna de las infracciones previstas entre los numerales 1 al13 del artiacuteculo 81 de la Ley 1955 de 2019 o la norma que la modifique o sustituya
Por su parte de las obligaciones establecidas en el inciso primero del artiacuteculo 81 de la Ley 1955 de 2019 la Superintendencia de Notariado y Registro podraacute sancionar a propietarios ocupantes tenedores o poseedores titulares de derechos reales o quien tenga cualquier relacioacuten faacutectica o juriacutedica con el predio por incurrir en las conductas de que trata la norma citada
Artiacuteculo 22278 Procedimiento El procedimiento sancionatorio se adelantaraacute conforme con lo establecido en la Ley 1437 de 2011
Por el cual se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO-_- ~ 148 DE Paacutegina 22 de 22
ARTiacuteCULO 3 Vigencia y Derogatoria El presente Decreto entra en vigencia a partir de su publicacioacuten y deroga las normas que le sean contrarias en especial el Decreto 1227 de 1908 el Decreto 2275 de 1941 el Decreto 3496 de 1983 compilado en el Decreto 1170 de 2015 el paraacutegrafo 2 del artiacuteculo 222312 el artiacuteculo 222313 el paraacutegrafo 2 del artiacuteculo 222316 el artiacuteculo 222321 y el artiacuteculo 222324 del Decreto 1170 de 2015
PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE -4 FES 2020 Dado en Bogotaacute DC a los
LA MINISTRA DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
EL MINISTRO DE AGRICULTURA y DESARROLLO URAL
CIA PINZOacuteN
EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADiacuteSTICA
1170 Por el cual se reglamentan parcialmente artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la 2 del 2 del 2015
Por del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Administrativo Informacioacuten Estadiacutestica
1DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 11 22
comunitaria con enfoque territorial como el uso otras fuentes de informacioacuten territorio que permitan obtener datos para establecer la liacutenea base de informacioacuten catastral multipropoacutesito en un municipio igual que para su mantenimiento y actualizacioacuten permanente productos derivados de actividades de barrido predial masivo deberaacuten cumplir con las especificaciones teacutecnicas definidas por la autoridad reguladora
Articulo 22226 Meacutetodos de recoleccioacuten de informacioacuten Los catastra les podraacuten adelantarse mediante la combinacioacuten de los siguientes meacutetodos
a) Meacutetodos directos Aquellos que requieren una visita campo con el fin de recolectar la realidad de los bienes inmuebles
b) Meacutetodos indirectos aquellos meacutetodos identificacioacuten fiacutesica juriacutedica y econoacutemica de los inmuebles a traveacutes del uso de de sensores remotos integracioacuten registros administrativos modelos iacutesticos y economeacutetricos anaacutelisis de Big Data y fuentes secundarias como observatorios inmobiliarios su posterior incorporacioacuten en la base catastral
c) Meacutetodos declarativos y colaborativos Son los derivados participacioacuten de la comunidad en el suministro de informacioacuten que sirva como insumo para el desarrollo de los procesos catastrales Los gestores catastrales propenderaacuten por la adopcioacuten nuevas tecnologiacuteas y procesos comunitarios que faciliten la participacioacuten los ciudadanos
Paraacutegrafo 1 procesos barrido predial masivo los catastrales seraacuten los encargados de definir la adecuada combinacioacuten de los meacutetodos de intervencioacuten teniendo en cuenta condiciones propias de sus territorios y la disponibilidad fuentes secundarias informacioacuten conforme a especificaciones miacutenimas establecidas por autoridad reguladora
Paraacutegrafo 2 Los meacutetodos declarativos y colaborativos podraacuten emplearse para el mantenimiento permanente la informacioacuten Catastral
Artiacuteculo 22227 Declaracioacuten la informacioacuten catastral Cualquier persona podraacute informar ante el catastral competente de forma presencial o a de los canales dispuestos para tal fin la informacioacuten correspondiente a la realidad fiacutesica juriacutedica yo econoacutemica sus predios con el propoacutesito de eliminar cualquier disparidad
la realidad del predio y la informacioacuten catastral
Artiacuteculo 22228 Inscripcioacuten o incorporacioacuten catastral informacioacuten catastral resultado de los procesos de formacioacuten actualizacioacuten o conservacioacuten se inscribiraacute o incorporaraacute en la base catastral con la del acto administrativo que lo ordena
Paraacutegrafo inscripcioacuten en el catastro no constituye tiacutetulo de dominio ni sanea los vicios de propiedad o la tradicioacuten y no puede alegarse como excepcioacuten contra que pretenda tener mejor derecho a la propiedad o posesioacuten del predio
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO 148 DE Paacutegina 12 de 22
Artiacuteculo 22229 Inscripcioacuten de posesiones y ocupaciones El gestor catastral competente deberaacute inscribir en la base catastral a la persona que acredite la calidad de propietario y tambieacuten inscribiraacute la presencia de ocupantes o poseedores sin necesidad de calificar la naturaleza juriacutedica del predio Si se verifica previamente que el predio le pertenece a la Nacioacuten yo a la entidad territorial se inscribiraacute como ocupante Si se desconoce el propietario yo poseedor de un predio se inscribiraacute como vacante para efectos catastrales
Artiacuteculo 222210 Actualizacioacuten permanente Los gestores catastrales deberaacuten implementar mecanismos de observacioacuten dinaacutemica y continua del territorio que den cuenta de las variaciones en la informacioacuten catastral frente a la realidad del mismo Para tal efecto podraacuten crear observatorios inmobiliarios implementar meacutetodos de valuacioacuten basados en modelos economeacutetricos y geoestadiacutesticos integrar registros administrativos aplicar esquemas colaborativos entre otros lo anterior con el fin de incorporar las variaciones puntuales o masivas de los inmuebles en la base catastral
Artiacuteculo 222211 Integridad de los traacutemites inmobiliarios con impacto catastral Las entidades puacuteblicas o particulares que ejerzan funciones puacuteblicas encargadas de adelantar traacutemites que impliquen una actuacioacuten catastral deberaacuten implementar de manera articulada con los gestores catastrales competentes mecanismos de interoperabilidad que permitan la atencioacuten integral al usuario
Artiacuteculo 222212 Interoperabilidad e integracioacuten de capas no parcelarias Las autoridades competentes para emitir la informacioacuten asociada a derechos restricciones y responsabilidades de los predios deberaacuten disponer y suministrar dicha informacioacuten de forma estandarizada con el fin de interoperar con las bases catastrales El IGAC estableceraacute los protocolos de interoperabilidad pertinencia y datos complementarios
Artiacuteculo 222213 Servicios digitales Los gestores catastrales deberaacuten disponer mecanismos digitales para el acceso a traacutemites simplificados y consultas sobre la informacioacuten incorporada en las bases catastrales garantizando la proteccioacuten de datos personales establecida en las Leyes 1581 de 2012 y 1712 de 2014
Paraacutegrafo Los traacutemites catastrales notariales y registrales se atenderaacuten conjuntamente a traveacutes de una ventanilla integrada de servicio de conformidad con la regulacioacuten que se expida por las entidades competentes
Artiacuteculo 222214 Innovacioacuten y evolucioacuten continua Los gestores catastrales deberaacuten definir mecanismos transformadores para facilitar los traacutemites reducir los costos incentivar la competitividad y desarrollar servicios de alta calidad para el uso y acceso de la informacioacuten catastral
Artiacuteculo 222215 Integracioacuten con el registro Los gestores catastrales en coordinacioacuten con las Oficinas de Registro de Instrumentos Puacuteblicos deberaacuten adelantar los esfuerzos necesarios tendientes a la integracioacuten de la informacioacuten catastral y registral y en especial a unificar la informacioacuten asociada a linderos y aacutereas de forma gradual Igualmente generaraacuten los mecanismos para la integracioacuten de los sistemas de informacioacuten de las entidades
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y de la Ley 1955 de 2019 y se modifica Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
148DECRETO NUacuteMERO DE 13 de 22
La unificacioacuten de linderos y con registro se a traveacutes de los procesos de actualizacioacuten cabida y linderos con actualizacioacuten de linderos con efectos de aacuterea por determinacioacuten con efectos registra les linderos por acuerdo las con efectos registrales actas de traacutemite de inclusioacuten en el campo descripcioacuten de cabida y linderos del dato yo linderos en los folios de matriacutecula inmobiliaria que carezcan de esta informacioacuten y demaacutes que definan las autoridades competentes
Paraacutegrafo Sin perjuicio de lo anterior las bases catastrales incorporar los predios privados puacuteblicos baldiacuteos bienes de uso puacuteblico entre con o sin derecl10s reales principales o accesorios registrados aun no se encuentren inscritos en el registro instrumentos puacuteblicos
Artiacuteculo 222216 Procedimientos catastrales con consideraraacute como procedimientos
y yo linderos Estos procedimientos
las
con efectos actualizacioacuten de linderos aacuterea por imprecisa iexclnacioacuten actualizacioacuten masiva y puntual rectificacioacuten de linderos por acuerdo entre las partes e inclusioacuten acatados por los gestores catastrales oficinas de registro instrumentos puacuteblicos del paiacutes y podraacuten ser aplicados durante los procesos formacioacuten actualizacioacuten y conservacioacuten
procedimientos anteriormente enunciados no limitan la libre comercializacioacuten de los inmuebles por cuanto es viable la facultad de disposicioacuten
mismos con base en los datos de y linderos que los identifican y que en los tiacutetulos antecedentes que origen juriacutedico
Artiacuteculo 222217 Actualizacioacuten linderos con efectos registrales El gestor competente de oficio o a solicitud
con J1JLIAtu
rorT yo indirectos sin variacioacuten o cuando
sus
sean verificables mediante meacutetodos variacioacuten o diferencia se encuentre por la maacutexima autoridad catastral
teacutecnica de los linderos llevaraacute a r-orToII del aacuterea
titular del derecho de dominio o las entidades puacuteblicas que funciones legales administran inmuebles propios o ajenos podraacuten mediante la descripcioacuten
de linderos de bienes
los maacutergenes de tolerancia
de llevar a cabo la actualizacioacuten gestor catastral emitiraacute el acto administrativo sujeto a registro que resuelva actualizacioacuten de linderos incluida la
del aacuterea si a ello hubiere lugar procedimiento aplicable en el artiacuteculo no es excluyente con el procedimiento d para la linderos por acuerdo entre las partes respecto uacuten mismo inmueble
rectificacioacuten
traacutemite no aplicaraacute cuando la definicioacuten linderos se haya dado en un proceso de deslinde y amojonamiento o de tierras
Artiacuteculo 222218 Rectificacioacuten por imprecisa determinacioacuten con efectos registrales rectificacioacuten de en el sistema yo registraI procederaacute ante
catastral oficio o a solicitud del titular del derecho de dominio o puacuteblicas que con ocasioacuten sus funciones legales administran
el
que y
Por el cual se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y 82 la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la 2 del Libro 2 del Decreto 1170 2015
liPor medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
14 de 22 DECRETO NUacuteMERO 148
inmuebles propios o cuando los linderos debida y teacutecnicamente descritos sean verificables meacutetodos directos ylo indirectos sin variacioacuten que a lo largo de la tradicioacuten bien inmueble el eacuteste no haya sido determinada adecuadamente o cuando la variacioacuten o se encuentre de los maacutergenes de tolerancia establecidos por la maacutexima autoridad catastral
A efectos de llevar a la rectificacioacuten el non
del bien inmueble competente expediraacute el
administrativo a registro que
Artiacuteculo 222219 Rectificacioacuten de linderos por acuerdo entre las partes con registraes rectificacioacuten de linderos en el sistema catastral y registral
procederaacute de oficio o a solicitud de parte ante el gestor catastral siempre y cuando se haya suscrito acta colindancia con pleno entre los compartan uno o varios linderos pero se diferencias de entre la verificacioacuten mediante meacutetodos directos ylo indirectos y la informacioacuten
matriacutecula inmobiliaria rectificacioacuten de todos linderos puede llevar a aacuterea del inmueble
Cuando el gestor o la entidad puacuteblica respectiva identifique o tenga de de terceros que puedan verse afectados por los
ne
37 de la Ley 1437 de la actuacioacuten administrativa efectuaraacute comunicaciones en el
2011
rectificacioacuten de linderos y aacutereas procederaacute cuando los linderos
1 Sean arcifinios no verificables en terreno Sean arcifinios en terreno con variacioacuten respecto lo consignado en los tiacutetulos registrados
3 Esteacuten expresados en costumbristas no verificables en terreno 4 Contengan o limitadas en tiacutetulos
registrados Esteacuten teacutecnicamente definidos pero sobre los mismos haya superposicioacuten o Se presenten entre los linderos contenidos en los tiacutetulos y verificados mediante meacutetodos directos ylo indirectos
Paraacutegrafo 1 No se requeriraacute entre las partes cuando la variacioacuten o se encuentre dentro de maacutergenes de establecidos por
en la
autoridad catastral conforme lo por decreto caso aplicaraacuten los procedimientos actualizacioacuten de o rectificacioacuten de por
rOiIltI determinacioacuten sea el caso
2 No es necesaria suscripcioacuten de actas colindancia sobre bien inmueble no presenten discrepancia alguna entredel
y su verificacioacuten meacutetodos directos ylo indirectos Procederaacuten los acuerdos parciales es decir suscribir un acta sobre uno o varios linderos con un colindante ylo varias actas por nrrlin
los
Paraacutegrafo 3 En aquellos casos en los cuales existan entre la informacioacuten recabada mediante meacutetodos yo indirectos y lo consignado en los tiacutetulos
preclslon para
(ANT) podraacute con
cualquier que otro
la
Por se reglamentan
del cual se LJvrcruiexcl
Administrativo
los articulos 79 80 1170 de 2015
81 Y Ley 1955 2019 Y se modifica el Tiacutetulo 2 2 del Libro 2 del
10l0r Reglamentario Uacutenico Sector Informacioacuten Estadiacutestica
148NUacuteMERO 1S de 22
registrados y no se logre pleno por viacutea administrativa artiacuteculo
agotarse el proceso jud de deslinde y amojonamiento conforme con y siguientes del General del Proceso o los lo modifiquen o sustituyan
Paraacutegrafo 4 Siempre que evidencie que alguno los predios involucrados en traacutemite podriacutea ser considerado como baldiacuteo no procederaacute la
linderos por acuerdo partes Sin embargo o herramienta que haga sus veces la informacioacuten que dicha cual serviraacute de insumo a la ANT para que adopte medidas a que haya
lugar
Paraacutegrafo S el caso en que alguno los predios involucrados en traacutemite sea considerado bien de uso puacuteblico no la rectificacioacuten de por acuerdo entre las con efectos registrales sin perJuIcIo incorporacioacuten de la informacioacuten levante el gestor SINIC o la herramienta que haga sus veces caso la entidad expedir una con la
lindero del bien de uso puacuteblico Dicha certificacioacuten acompantildear la procesos de rectificacioacuten por imprecisa determinacioacuten con
actualizacioacuten de con efectos registrales e inclusioacuten del
ARTiacuteCULO Gestioacuten catastral a de la Agencia Nacional de Tierras (ANT) Agencia Nacional de (ANT) en su calidad levantaraacute los componentes fiacutesico y juriacutedico catastro necesarios para
de ae~gt[Qr
ordenamiento de la propiedad o asociados al desarrollo proyectos estrateacutegicos del orden nacional priorizados por Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural de con los estaacutendares y teacutecnicas por la autoridad catastral
En los
respecto de los predios obleto
Artiacuteculo 80 de la 2019 la Agencia Nacional Tierras (ANT) no a cargo la conservacioacuten por lo que una vez levantada e incorporada informacioacuten fiacutesica y juriacutedica catastro en el SINIC o la herramienta tecnoloacutegica sus veces las catastrales en dicha entidad intervencioacuten y se al Gestor Catastral competente
De cualquier forma Agencia Nacional proceso Ordenamiento Social de la gestor haya previamente
Paraacutegrafo 1 ISDIDSUlQrles referidas en artiacuteculo a la ANT le seraacuten aplicables a todas las enlt1d(~dE~S puacuteblicas del orden nacional que se habiliten como catastrales cumplimiento de sus funciones en los teacuterminos del artiacuteculo 22252 del 1983 de 2019 101011
Paraacutegrafo 2 Nacional de Tierras (ANT) no tendraacute competencia ejecucioacuten de catastrales de predios cuyo tiacutetulo originario actuacioacuten administrativa proferida por el Instituto Colombiano de la Reforma Instituto Colombiano Desarrollo Rural la Unidad Nacional de
Por cual se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y 82 la Ley 1 de 2019 y se modifica el TItulo 2 de la 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio cual se expide el Reglamentario Uacutenico de ecrCJr Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 16 22
Agencia Nacional de Tierras (ANT) o la entidad que sus salvo para eTE~CI()S Ordenamiento de la Propiedad Rural
Paraacutegrafo 3 municipios o zonas objeto intervencioacuten en los cuales la Agencia Nacional de Tierras (ANT) adelantaraacute la gestioacuten catastral seraacuten definidos conforme a los criterios fijados por Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural
Paraacutegrafo 4 En las zonas rurales objeto su intervencioacuten como gestor catastral la Agencia Nacional de (ANT) expediraacute los actos administrativos que permitan armonizar el componente y juriacutedico del con la informacioacuten registral y que sean para los procesos de ordenamiento social propiedad
Articulo 222221 Inclusioacuten en campo de descripcioacuten de cabida y linderos dato de aacuterea yo linderos en los folios de matriacutecula inmobiliaria que carezcan de esta informacioacuten los casos donde los folios de matriacutecula inmobiliaria no hayan contado con informacioacuten de yo linderos desde el inicio del ciclo traslaticio bien inmueble que identifican la Oficina de de Instrumentos Puacuteblicos procederaacute la inclusioacuten dato de aacuterea yo linderos en respectivas matriacuteculas inmobiliarias que se tomaraacute la base catastral administrada por gestor catastral competente
Artiacuteculo Correccioacuten yo inclusioacuten de cabida en procesos de ordenamiento de propiedad En el marco de los traacutemites ordenamiento social la propiedad que adelante la Agencia Nacional de (ANT) conforme a
competencias establecidas en el artiacuteculo 58 del Decreto Ley 902 2017 Y atendiendo a la funcioacuten de gestor catastral consignada en el artiacuteculo 80 de la Ley 1 de 19 cuando se identifique la existencia de una inconsistencia el levantamiento ial realizado por dicha entidad con la informacioacuten registral actos administrativos resuelven de fondo los asuntos sometidos a estudio ordenaraacuten aclaracioacuten actualizacioacuten masiva rectificacioacuten de por imprecisa determinacioacuten o inclusioacuten aacuterea del predio intervenido siempre los linderos esteacuten debida y teacutecnicamente descritos sean verificables por meacutetodos directos o indirectos y no exista variacioacuten en los mismos sin necesidad de adelantar un proceso rectificacioacuten o inclusioacuten de aacuterea
Artiacuteculo Actualizacioacuten masiva de linderos yo rectificacioacuten masiva de por imprecisa determinacioacuten En el marco de los procesos de actualizacioacuten
catastral y como resultado del levantamiento la informacioacuten y juriacutedica en terreno el gestor catastral podraacute remitir para inscripcioacuten a la Oficina de Registro de Instrumentos Puacuteblicos respectiva el administrativo actualizacioacuten masiva de linderos o rectificacioacuten de aacuterea corresponda
Cuando la diferencia en las magnitudes cabida yo linderos supere el rango de tolerancia establecido surtirse traacutemite de rectificacioacuten de linderos o por imprecisa determinacioacuten seguacuten corresponda
Artiacuteculo Rangos de tolerancia Los rangos de tolerancia corresponden a variacioacuten el o cabida de un predio que seguacuten la autoridad reguladora catastral sean admisibles y aplicables cuando existan diferencias la realidad fiacutesica y la descripcioacuten existente en el tiacutetulo de propiedad registrado en el folio de matricula
Por el se reglamentan parcialmente los artiacuteculos y 82 de la de 2019 y se modifica Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de
Por medio cual se expide el Decreto Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten
148DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 17 de 22
inmobiliaria No la suscripcioacuten de las colindancia ni ajustar los folios de matriacutecula inmobiliaria cuando la diferencia no supere rangos de tolerancia
Cuando los linderos no se encuentren teacutecnicamente en el folio de matriacutecula inmobiliaria aun estando dentro del rango de tolerancia folio de matriacutecula inmobiliaria deberaacute mediante acto administrativo emitido por el Gestor Catastral
Cualquier medicioacuten que difiera la catastral en un margen ngt o igual al rango de tolerancia se consideraraacute equivalente a la catastral
Articulo 222225 I-rEas objeto de despojo o abandono forzado Sin perjuicio de las actividades propias catastral los no podraacuten adelantar los procesos en el artiacuteculo Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del libro 2 del Decreto 11 5 para los siguientes casos
1 Si el bien se encuentra inscrito en el Registro Despojadas y Abandonadas que trata la Ley 1448 de Si el predio es objeto solicitud de restitucioacuten de tierras
los casos anteriores se nn- seguir la ruta juriacutedica definida en la Ley 1448 de 2011 y sus normas y complementarias
Artiacuteculo 222226 Obligacioacuten de suministro de informacioacuten la gestioacuten catastral Para el desarrollo gestioacuten catastral las siguientes puacuteblicas y privadas deberaacuten suministrar informacioacuten requerida por los catastrales en
la prestacioacuten del perjuicio de las normas contenidas en las Leyes 2012 1712 2014 Y disposiciones legales relacionadas con la
de datos
1 virtud del principio coordinacioacuten el mUnicipiO o departamento trataacutendose de aacutereas no municipalizadas entregaraacute la informacioacuten actualizada que se relaciona con el ordenamiento de su territorio
instituciones financieras vigiladas por la Superintendencia Oficinas de Registro de Instrumentos Puacuteblicos y las produzcan o registren informacioacuten avaluacuteos comerciales venta o arriendo de inmuebles suministrar dicha rrnlttln
caacutemaras de comercio municipio yo distrito deberaacuten suministrar la informacioacuten de establecimientos comercio y su actividad
4 DANE deberaacute suministrar al Catastral el Censo de a nivel de manzana Lo anterior en marco de la reserva estad en artiacuteculo 5 de la Ley 1
rCC de servicios puacuteblicos las curaduriacuteas urbanas y las planeacioacuten o quien haga sus deberaacuten proporcionar de forma informacioacuten de las acometidas servicios puacuteblicos domiciliarios y
urbanismo y construccioacuten
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO 148 DE Paacutegina 18 de 22
Paraacutegrafo Las entidades sentildealadas en el presente artiacuteculo deberaacuten implementar los mecanismos de interoperabilidad definidos por la autoridad reguladora catastral para el suministro de la informacioacuten para la gestioacuten catastral de manera continua y permanente
Artiacuteculo 222227 Gratuidad de la informacioacuten para la gestioacuten catastral De conformidad con lo establecido en el artiacuteculo 1deg del Decreto 235 de 2010 los requerimientos de informacioacuten que realicen los gestores catastrales para el ejercicio del servicio puacuteblico catastral no constituyen servicio y no generan costo alguno al solicitante La entrega de informacioacuten al gestor catastral durante el empalme previsto en el artiacuteculo 22254 del Decreto 1983 de 2019 seraacute gratuita
Artiacuteculo 222228 Vigencia fiscal Para efectos de lo consagrado en el artiacuteculo 3 de la Ley 44 de 1990 los avaluacuteos catastrales resultantes de la prestacioacuten del servicio puacuteblico de gestioacuten catastral entraraacuten en vigencia para efectos fiscales a partir del 10 de enero del antildeo siguiente a aquel en que fueron estimados o calculados para lo cual los gestores catastrales ordenaraacuten por acto administrativo su entrada en vigencia
Artiacuteculo 222229 Vigencia catastral La informacioacuten fiacutesica juriacutedica y econoacutemica asiacute como la resultante de los procedimientos de enfoque multipropoacutesito entraraacuten en vigencia para efectos catastrales al momento de quedar en firme su inscripcioacuten o incorporacioacuten en las bases oficiales descritas en el presente decreto
Artiacuteculo 222230 Aplazamiento de vigencia y reduccioacuten de los iacutendices de ajuste del avaluacuteo catastral El Gobierno Nacional de oficio o por solicitud fundamentada de los Concejos Municipales debido a especiales condiciones econoacutemicas o sociales que afecten a determinados municipios o zonas de estos podraacute aplazar la vigencia de los catastros elaborados por formacioacuten o actualizacioacuten por un periacuteodo hasta de un (1) antildeo Si subsisten las condiciones que originaron el aplazamiento procederaacute a ordenar una nueva formacioacuten o actualizacioacuten de estos catastros
En el evento de que la vigencia fiscal de los avaluacuteos elaborados por formacioacuten o actualizacioacuten de la formacioacuten fuera aplazada por el Gobierno en los teacuterminos y condiciones sentildealados en el artiacuteculo 10 de la Ley 14 de 1983 continuaraacuten vigentes los avaluacuteos anteriores y por lo tanto se seguiraacuten aplicando los iacutendices anuales de ajuste correspondientes hasta que termine el aplazamiento o se pongan en vigencia fiscal los avaluacuteos aplazados o se realice y ponga en vigencia una nueva formacioacuten o actualizacioacuten de la formacioacuten
ARTiacuteCULO 2 Adicioacutenense los Capiacutetulos 6 y 7 al Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 DISPOSICIONES ESPECiFICAS INSTITUTO GEOGRAacuteFICO AGUSTiacuteN CODAZZI IGAC del Decreto 1170 de 2015 Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica los cuales quedaraacuten asiacute
CAPiacuteTULO 6
Informacioacuten Econoacutemica Catastral
recopilaraacute la informacioacuten mercado inmobiliario del proveniente de fuentes como ofertas transacciones costos otras y el cual deberaacute articulado para tal efecto con el
Todos los Gestores Inmobiliario Catastral donde se
valor comercial de un predio a partir del estudio de recientes de bienes o comparables al del objeto
Meacutetodo de capitalizacioacuten de rentas o ingresos que busca establecer el valor un bien a partir de las o que se puedan obtener del o inmuebles semejantes o comparables trayendo a valor suma de los ingresos probables o generadas
Por el cual se parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 Y se modifica Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten
DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 19 de 22
Artiacuteculo 22261 Inmobiliario Catastrales contar con un Observatorio
Departamento Nacional de (DANE) Todo avaluacuteo comercial deberaacute estar sustentado en informacioacuten registrada en el observatorio inmobiliario catastral para lo cual se deberaacute garantizar que cualquier tipo de informacioacuten en avaluacuteo sea registrada en el observatorio anterior sin perjuicio de normas relacionadas con la proteccioacuten de datos nlr~r1n
Artiacuteculo 22262 Determinacioacuten del valor catastral de un inmueble La determinacioacuten del valor ca1tastra
(~tnlro~ Catastrales o por el Instituto inmuebles seraacute a de avaluacuteos
puntuales o masivos por Agustiacuten (IGAC)
Articulo 22263 Meacutetodos Sin perjuicio de norma especial para determinacioacuten de los avaluacuteos catastrales la estimacioacuten del valor del inmueble
los siguientes meacutetodos otros
1 Meacutetodo de comparacioacuten o de mercado Es la teacutecnica que LlU
en la vida remanente del bien objeto de avaluacuteo con una tasa de capitalizacioacuten o
3 Meacutetodo del costo de reposicioacuten Cuando sea necesario valor comercial de una construccioacuten se aplicaraacute el meacutetodo de costo consistente en establecer el valor comercial de un predio depreciacioacuten de una estimacioacuten total de una construccioacuten
4 Meacutetodo sea neces~a establecer el valor se aplicaraacute el meacutetodo residual
proyecto con el mercado del bien final
residual Cuando un cual se deriva de estimar el valor total
las ventas de un acorde con la reglamentacioacuten urbaniacutestica vigente y de ible en el
objeto de avaluacuteo
se podraacuten aplicar manera los meacutetodos descritos en presente artiacuteculo los cuales no
el ingreso al predio
Salvo lo dispuesto en normas
a
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO _ 148 DE Paacutegina 20 de 22
Artiacuteculo 22264 Estructura del NUPRE Los Gestores Catastrales para la identificacioacuten de los predios en el territorio deberaacuten adoptar el Coacutedigo Homologado de Identificacioacuten Predial con la siguiente estructura
ABC-1234-DEFH
Las tres (3) primeras letras (ABC) pertenecen al prefijo asignado por el IGAC a cada Gestor Catastral Habilitado
Los cuatro (4) diacutegitos (1234) que podraacuten tomar valores del O al 9 y las tres (3) letras siguientes (DEF) podraacuten tomar valores de las siguientes letras A B C D E F H J K L M N 0 P R S T U W X V Z Se eliminan las letras G 1 A V Ntilde con el propoacutesito de minimizar la posibilidad de error en el coacutedigo debido a la similitud con otras letras La definicioacuten de estas siete (7) posiciones asiacute como los mecanismos de generacioacuten aleatoria o secuencial y su asignacioacuten estaraacute a cargo deIIGAC
La letra final a la derecha (H) corresponde a un caraacutecter de chequeo utilizado con el objeto de poder validar la integridad del coacutedigo restante
La definicioacuten de los rangos que utilizariacutea cada ciudad y el significado de cada una de estas tres (3) posiciones estaraacute a cargo deIIGAC
CAPiacuteTULO 7
De la Inspeccioacuten Vigilancia y Control de la Gestioacuten Catastral
Artiacuteculo 22271 Inspeccioacuten Vigilancia y Control de la Gestioacuten Catastral La Superintendencia de Notariado y Registro ejerceraacute las funciones otorgadas mediante los artiacuteculos 79 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 relacionadas con la inspeccioacuten vigilancia y control del ejercicio de la gestioacuten catastral
Paraacutegrafo 1 La funcioacuten de inspeccioacuten vigilancia y control es de naturaleza administrativa y no implica ejercicio de la funcioacuten de control fiscal disciplinario o penal
Paraacutegrafo 2 En lo no contemplado en el presente capiacutetulo se aplicaraacute lo dispuesto en la Ley 1437 de 2011 o las disposiciones que la modifiquen o sustituyan
Artiacuteculo 22272 Sujetos pasivos Son sujetos pasivos de las funciones de inspeccioacuten vigilancia y control los gestores catastrales los operadores catastrales los municipios los propietarios ocupantes tenedores o poseedores titulares de derechos reales o quien tenga cualquier relacioacuten faacutectica o juriacutedica con el predio
Artiacuteculo 22~73 Funcioacuten de inspeccioacuten La inspeccioacuten consiste en la atribucioacuten de la Superintendencia de Notariado y Registro entre otras para solicitar confirmar y analizar en la forma detalle y teacuterminos que ella determine la informacioacuten que requiera
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
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DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 21 de 22148
con el objeto de establecer de manera general el cumplimiento del reacutegimen juriacutedico aplicable al servicio puacuteblico de gestioacuten catastral En ejercicio de esta funcioacuten la Superintendencia de Notariado y Registro de oficio o a peticioacuten de parte podraacute requerir informacioacuten realizar visitas instruir y orientar en la manera en que se debe cumplir e interpretar el reacutegimen juriacutedico aplicable a la gestioacuten catastral
Artiacuteculo 22274 Funcioacuten de vigilancia La vigilancia consiste en la atribucioacuten de la Superintendencia de Notariado y Registro para velar que de manera puntual los sujetos pasivos en desarrollo de sus funciones y obligaciones se ajusten a lo dispuesto en el ordenamiento juriacutedico i
~~ t~ lt
La vigilanyia estaacute retrida a funcion~~ de advertencia prevencioacuten y orientacioacuten encamin~das eacutel q~11~ rf~a9~On~S~~ ~ iuj~tos pasivo~ se ajusten a la norm~tividad i ~ IOque los rigen para to q~1 Ia Supeqnt~nd~cla de Notariado y Registro tendra entre otras las~tri~UqL9n~s ~~ tnsfruir o(ientaacuteC requerir ordenar establecer planes de mejoramiento practicaacuter visitasl~ r~visioacuteries y demaacutes pruebas que determine conducentes pertinefltes y uacutetiles
Artiacuteculo 22275 Funcioacuten de control El control consiste en las atribuciones de la Superintendencia de Notariado y Registro tendientes a evitar superar y sancionar los efectos de la comisioacuten de infracciones al reacutegimen catastral para lo cual entre otras cosas podraacute ordenar la adopcioacuten de medidas preventivas correctivas y conforme con los artiacuteculos 81 y 82 de la Ley 1955 de 2019 o la que la modifique o sustituya y a la Ley 1437 de 2011 de oficio o a peticioacuten de parte y en ejercicio de la potestad sancionatoria adelantar procedimientos administrativos sancionatorios en contra de los sujetos pasivos cuando se determine el meacuterito para ello
Artiacuteculo 22276 Medidas preventivas Sin perjuicio de las sanciones a que haya lugar cuando resulten necesarias la Superintendencia de Notariado y Registro podraacute imponer medidas preventivas para evitar de manera transitoria la continuacioacuten de la ocurrencia de un hecho la realizacioacuten de una actividad o la existencia de una situacioacuten que presuntamente atente contra el reacutegimen catastral
Artiacuteculo 22277 Potestad sancionatoria La Superintendencia de Notariado y Registro tendraacute la potestad de sancionar a los gestores y operadores del servicio puacuteblico de catastro por la incursioacuten en alguna de las infracciones previstas entre los numerales 1 al13 del artiacuteculo 81 de la Ley 1955 de 2019 o la norma que la modifique o sustituya
Por su parte de las obligaciones establecidas en el inciso primero del artiacuteculo 81 de la Ley 1955 de 2019 la Superintendencia de Notariado y Registro podraacute sancionar a propietarios ocupantes tenedores o poseedores titulares de derechos reales o quien tenga cualquier relacioacuten faacutectica o juriacutedica con el predio por incurrir en las conductas de que trata la norma citada
Artiacuteculo 22278 Procedimiento El procedimiento sancionatorio se adelantaraacute conforme con lo establecido en la Ley 1437 de 2011
Por el cual se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO-_- ~ 148 DE Paacutegina 22 de 22
ARTiacuteCULO 3 Vigencia y Derogatoria El presente Decreto entra en vigencia a partir de su publicacioacuten y deroga las normas que le sean contrarias en especial el Decreto 1227 de 1908 el Decreto 2275 de 1941 el Decreto 3496 de 1983 compilado en el Decreto 1170 de 2015 el paraacutegrafo 2 del artiacuteculo 222312 el artiacuteculo 222313 el paraacutegrafo 2 del artiacuteculo 222316 el artiacuteculo 222321 y el artiacuteculo 222324 del Decreto 1170 de 2015
PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE -4 FES 2020 Dado en Bogotaacute DC a los
LA MINISTRA DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
EL MINISTRO DE AGRICULTURA y DESARROLLO URAL
CIA PINZOacuteN
EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADiacuteSTICA
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO 148 DE Paacutegina 12 de 22
Artiacuteculo 22229 Inscripcioacuten de posesiones y ocupaciones El gestor catastral competente deberaacute inscribir en la base catastral a la persona que acredite la calidad de propietario y tambieacuten inscribiraacute la presencia de ocupantes o poseedores sin necesidad de calificar la naturaleza juriacutedica del predio Si se verifica previamente que el predio le pertenece a la Nacioacuten yo a la entidad territorial se inscribiraacute como ocupante Si se desconoce el propietario yo poseedor de un predio se inscribiraacute como vacante para efectos catastrales
Artiacuteculo 222210 Actualizacioacuten permanente Los gestores catastrales deberaacuten implementar mecanismos de observacioacuten dinaacutemica y continua del territorio que den cuenta de las variaciones en la informacioacuten catastral frente a la realidad del mismo Para tal efecto podraacuten crear observatorios inmobiliarios implementar meacutetodos de valuacioacuten basados en modelos economeacutetricos y geoestadiacutesticos integrar registros administrativos aplicar esquemas colaborativos entre otros lo anterior con el fin de incorporar las variaciones puntuales o masivas de los inmuebles en la base catastral
Artiacuteculo 222211 Integridad de los traacutemites inmobiliarios con impacto catastral Las entidades puacuteblicas o particulares que ejerzan funciones puacuteblicas encargadas de adelantar traacutemites que impliquen una actuacioacuten catastral deberaacuten implementar de manera articulada con los gestores catastrales competentes mecanismos de interoperabilidad que permitan la atencioacuten integral al usuario
Artiacuteculo 222212 Interoperabilidad e integracioacuten de capas no parcelarias Las autoridades competentes para emitir la informacioacuten asociada a derechos restricciones y responsabilidades de los predios deberaacuten disponer y suministrar dicha informacioacuten de forma estandarizada con el fin de interoperar con las bases catastrales El IGAC estableceraacute los protocolos de interoperabilidad pertinencia y datos complementarios
Artiacuteculo 222213 Servicios digitales Los gestores catastrales deberaacuten disponer mecanismos digitales para el acceso a traacutemites simplificados y consultas sobre la informacioacuten incorporada en las bases catastrales garantizando la proteccioacuten de datos personales establecida en las Leyes 1581 de 2012 y 1712 de 2014
Paraacutegrafo Los traacutemites catastrales notariales y registrales se atenderaacuten conjuntamente a traveacutes de una ventanilla integrada de servicio de conformidad con la regulacioacuten que se expida por las entidades competentes
Artiacuteculo 222214 Innovacioacuten y evolucioacuten continua Los gestores catastrales deberaacuten definir mecanismos transformadores para facilitar los traacutemites reducir los costos incentivar la competitividad y desarrollar servicios de alta calidad para el uso y acceso de la informacioacuten catastral
Artiacuteculo 222215 Integracioacuten con el registro Los gestores catastrales en coordinacioacuten con las Oficinas de Registro de Instrumentos Puacuteblicos deberaacuten adelantar los esfuerzos necesarios tendientes a la integracioacuten de la informacioacuten catastral y registral y en especial a unificar la informacioacuten asociada a linderos y aacutereas de forma gradual Igualmente generaraacuten los mecanismos para la integracioacuten de los sistemas de informacioacuten de las entidades
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y de la Ley 1955 de 2019 y se modifica Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
148DECRETO NUacuteMERO DE 13 de 22
La unificacioacuten de linderos y con registro se a traveacutes de los procesos de actualizacioacuten cabida y linderos con actualizacioacuten de linderos con efectos de aacuterea por determinacioacuten con efectos registra les linderos por acuerdo las con efectos registrales actas de traacutemite de inclusioacuten en el campo descripcioacuten de cabida y linderos del dato yo linderos en los folios de matriacutecula inmobiliaria que carezcan de esta informacioacuten y demaacutes que definan las autoridades competentes
Paraacutegrafo Sin perjuicio de lo anterior las bases catastrales incorporar los predios privados puacuteblicos baldiacuteos bienes de uso puacuteblico entre con o sin derecl10s reales principales o accesorios registrados aun no se encuentren inscritos en el registro instrumentos puacuteblicos
Artiacuteculo 222216 Procedimientos catastrales con consideraraacute como procedimientos
y yo linderos Estos procedimientos
las
con efectos actualizacioacuten de linderos aacuterea por imprecisa iexclnacioacuten actualizacioacuten masiva y puntual rectificacioacuten de linderos por acuerdo entre las partes e inclusioacuten acatados por los gestores catastrales oficinas de registro instrumentos puacuteblicos del paiacutes y podraacuten ser aplicados durante los procesos formacioacuten actualizacioacuten y conservacioacuten
procedimientos anteriormente enunciados no limitan la libre comercializacioacuten de los inmuebles por cuanto es viable la facultad de disposicioacuten
mismos con base en los datos de y linderos que los identifican y que en los tiacutetulos antecedentes que origen juriacutedico
Artiacuteculo 222217 Actualizacioacuten linderos con efectos registrales El gestor competente de oficio o a solicitud
con J1JLIAtu
rorT yo indirectos sin variacioacuten o cuando
sus
sean verificables mediante meacutetodos variacioacuten o diferencia se encuentre por la maacutexima autoridad catastral
teacutecnica de los linderos llevaraacute a r-orToII del aacuterea
titular del derecho de dominio o las entidades puacuteblicas que funciones legales administran inmuebles propios o ajenos podraacuten mediante la descripcioacuten
de linderos de bienes
los maacutergenes de tolerancia
de llevar a cabo la actualizacioacuten gestor catastral emitiraacute el acto administrativo sujeto a registro que resuelva actualizacioacuten de linderos incluida la
del aacuterea si a ello hubiere lugar procedimiento aplicable en el artiacuteculo no es excluyente con el procedimiento d para la linderos por acuerdo entre las partes respecto uacuten mismo inmueble
rectificacioacuten
traacutemite no aplicaraacute cuando la definicioacuten linderos se haya dado en un proceso de deslinde y amojonamiento o de tierras
Artiacuteculo 222218 Rectificacioacuten por imprecisa determinacioacuten con efectos registrales rectificacioacuten de en el sistema yo registraI procederaacute ante
catastral oficio o a solicitud del titular del derecho de dominio o puacuteblicas que con ocasioacuten sus funciones legales administran
el
que y
Por el cual se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y 82 la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la 2 del Libro 2 del Decreto 1170 2015
liPor medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
14 de 22 DECRETO NUacuteMERO 148
inmuebles propios o cuando los linderos debida y teacutecnicamente descritos sean verificables meacutetodos directos ylo indirectos sin variacioacuten que a lo largo de la tradicioacuten bien inmueble el eacuteste no haya sido determinada adecuadamente o cuando la variacioacuten o se encuentre de los maacutergenes de tolerancia establecidos por la maacutexima autoridad catastral
A efectos de llevar a la rectificacioacuten el non
del bien inmueble competente expediraacute el
administrativo a registro que
Artiacuteculo 222219 Rectificacioacuten de linderos por acuerdo entre las partes con registraes rectificacioacuten de linderos en el sistema catastral y registral
procederaacute de oficio o a solicitud de parte ante el gestor catastral siempre y cuando se haya suscrito acta colindancia con pleno entre los compartan uno o varios linderos pero se diferencias de entre la verificacioacuten mediante meacutetodos directos ylo indirectos y la informacioacuten
matriacutecula inmobiliaria rectificacioacuten de todos linderos puede llevar a aacuterea del inmueble
Cuando el gestor o la entidad puacuteblica respectiva identifique o tenga de de terceros que puedan verse afectados por los
ne
37 de la Ley 1437 de la actuacioacuten administrativa efectuaraacute comunicaciones en el
2011
rectificacioacuten de linderos y aacutereas procederaacute cuando los linderos
1 Sean arcifinios no verificables en terreno Sean arcifinios en terreno con variacioacuten respecto lo consignado en los tiacutetulos registrados
3 Esteacuten expresados en costumbristas no verificables en terreno 4 Contengan o limitadas en tiacutetulos
registrados Esteacuten teacutecnicamente definidos pero sobre los mismos haya superposicioacuten o Se presenten entre los linderos contenidos en los tiacutetulos y verificados mediante meacutetodos directos ylo indirectos
Paraacutegrafo 1 No se requeriraacute entre las partes cuando la variacioacuten o se encuentre dentro de maacutergenes de establecidos por
en la
autoridad catastral conforme lo por decreto caso aplicaraacuten los procedimientos actualizacioacuten de o rectificacioacuten de por
rOiIltI determinacioacuten sea el caso
2 No es necesaria suscripcioacuten de actas colindancia sobre bien inmueble no presenten discrepancia alguna entredel
y su verificacioacuten meacutetodos directos ylo indirectos Procederaacuten los acuerdos parciales es decir suscribir un acta sobre uno o varios linderos con un colindante ylo varias actas por nrrlin
los
Paraacutegrafo 3 En aquellos casos en los cuales existan entre la informacioacuten recabada mediante meacutetodos yo indirectos y lo consignado en los tiacutetulos
preclslon para
(ANT) podraacute con
cualquier que otro
la
Por se reglamentan
del cual se LJvrcruiexcl
Administrativo
los articulos 79 80 1170 de 2015
81 Y Ley 1955 2019 Y se modifica el Tiacutetulo 2 2 del Libro 2 del
10l0r Reglamentario Uacutenico Sector Informacioacuten Estadiacutestica
148NUacuteMERO 1S de 22
registrados y no se logre pleno por viacutea administrativa artiacuteculo
agotarse el proceso jud de deslinde y amojonamiento conforme con y siguientes del General del Proceso o los lo modifiquen o sustituyan
Paraacutegrafo 4 Siempre que evidencie que alguno los predios involucrados en traacutemite podriacutea ser considerado como baldiacuteo no procederaacute la
linderos por acuerdo partes Sin embargo o herramienta que haga sus veces la informacioacuten que dicha cual serviraacute de insumo a la ANT para que adopte medidas a que haya
lugar
Paraacutegrafo S el caso en que alguno los predios involucrados en traacutemite sea considerado bien de uso puacuteblico no la rectificacioacuten de por acuerdo entre las con efectos registrales sin perJuIcIo incorporacioacuten de la informacioacuten levante el gestor SINIC o la herramienta que haga sus veces caso la entidad expedir una con la
lindero del bien de uso puacuteblico Dicha certificacioacuten acompantildear la procesos de rectificacioacuten por imprecisa determinacioacuten con
actualizacioacuten de con efectos registrales e inclusioacuten del
ARTiacuteCULO Gestioacuten catastral a de la Agencia Nacional de Tierras (ANT) Agencia Nacional de (ANT) en su calidad levantaraacute los componentes fiacutesico y juriacutedico catastro necesarios para
de ae~gt[Qr
ordenamiento de la propiedad o asociados al desarrollo proyectos estrateacutegicos del orden nacional priorizados por Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural de con los estaacutendares y teacutecnicas por la autoridad catastral
En los
respecto de los predios obleto
Artiacuteculo 80 de la 2019 la Agencia Nacional Tierras (ANT) no a cargo la conservacioacuten por lo que una vez levantada e incorporada informacioacuten fiacutesica y juriacutedica catastro en el SINIC o la herramienta tecnoloacutegica sus veces las catastrales en dicha entidad intervencioacuten y se al Gestor Catastral competente
De cualquier forma Agencia Nacional proceso Ordenamiento Social de la gestor haya previamente
Paraacutegrafo 1 ISDIDSUlQrles referidas en artiacuteculo a la ANT le seraacuten aplicables a todas las enlt1d(~dE~S puacuteblicas del orden nacional que se habiliten como catastrales cumplimiento de sus funciones en los teacuterminos del artiacuteculo 22252 del 1983 de 2019 101011
Paraacutegrafo 2 Nacional de Tierras (ANT) no tendraacute competencia ejecucioacuten de catastrales de predios cuyo tiacutetulo originario actuacioacuten administrativa proferida por el Instituto Colombiano de la Reforma Instituto Colombiano Desarrollo Rural la Unidad Nacional de
Por cual se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y 82 la Ley 1 de 2019 y se modifica el TItulo 2 de la 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio cual se expide el Reglamentario Uacutenico de ecrCJr Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 16 22
Agencia Nacional de Tierras (ANT) o la entidad que sus salvo para eTE~CI()S Ordenamiento de la Propiedad Rural
Paraacutegrafo 3 municipios o zonas objeto intervencioacuten en los cuales la Agencia Nacional de Tierras (ANT) adelantaraacute la gestioacuten catastral seraacuten definidos conforme a los criterios fijados por Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural
Paraacutegrafo 4 En las zonas rurales objeto su intervencioacuten como gestor catastral la Agencia Nacional de (ANT) expediraacute los actos administrativos que permitan armonizar el componente y juriacutedico del con la informacioacuten registral y que sean para los procesos de ordenamiento social propiedad
Articulo 222221 Inclusioacuten en campo de descripcioacuten de cabida y linderos dato de aacuterea yo linderos en los folios de matriacutecula inmobiliaria que carezcan de esta informacioacuten los casos donde los folios de matriacutecula inmobiliaria no hayan contado con informacioacuten de yo linderos desde el inicio del ciclo traslaticio bien inmueble que identifican la Oficina de de Instrumentos Puacuteblicos procederaacute la inclusioacuten dato de aacuterea yo linderos en respectivas matriacuteculas inmobiliarias que se tomaraacute la base catastral administrada por gestor catastral competente
Artiacuteculo Correccioacuten yo inclusioacuten de cabida en procesos de ordenamiento de propiedad En el marco de los traacutemites ordenamiento social la propiedad que adelante la Agencia Nacional de (ANT) conforme a
competencias establecidas en el artiacuteculo 58 del Decreto Ley 902 2017 Y atendiendo a la funcioacuten de gestor catastral consignada en el artiacuteculo 80 de la Ley 1 de 19 cuando se identifique la existencia de una inconsistencia el levantamiento ial realizado por dicha entidad con la informacioacuten registral actos administrativos resuelven de fondo los asuntos sometidos a estudio ordenaraacuten aclaracioacuten actualizacioacuten masiva rectificacioacuten de por imprecisa determinacioacuten o inclusioacuten aacuterea del predio intervenido siempre los linderos esteacuten debida y teacutecnicamente descritos sean verificables por meacutetodos directos o indirectos y no exista variacioacuten en los mismos sin necesidad de adelantar un proceso rectificacioacuten o inclusioacuten de aacuterea
Artiacuteculo Actualizacioacuten masiva de linderos yo rectificacioacuten masiva de por imprecisa determinacioacuten En el marco de los procesos de actualizacioacuten
catastral y como resultado del levantamiento la informacioacuten y juriacutedica en terreno el gestor catastral podraacute remitir para inscripcioacuten a la Oficina de Registro de Instrumentos Puacuteblicos respectiva el administrativo actualizacioacuten masiva de linderos o rectificacioacuten de aacuterea corresponda
Cuando la diferencia en las magnitudes cabida yo linderos supere el rango de tolerancia establecido surtirse traacutemite de rectificacioacuten de linderos o por imprecisa determinacioacuten seguacuten corresponda
Artiacuteculo Rangos de tolerancia Los rangos de tolerancia corresponden a variacioacuten el o cabida de un predio que seguacuten la autoridad reguladora catastral sean admisibles y aplicables cuando existan diferencias la realidad fiacutesica y la descripcioacuten existente en el tiacutetulo de propiedad registrado en el folio de matricula
Por el se reglamentan parcialmente los artiacuteculos y 82 de la de 2019 y se modifica Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de
Por medio cual se expide el Decreto Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten
148DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 17 de 22
inmobiliaria No la suscripcioacuten de las colindancia ni ajustar los folios de matriacutecula inmobiliaria cuando la diferencia no supere rangos de tolerancia
Cuando los linderos no se encuentren teacutecnicamente en el folio de matriacutecula inmobiliaria aun estando dentro del rango de tolerancia folio de matriacutecula inmobiliaria deberaacute mediante acto administrativo emitido por el Gestor Catastral
Cualquier medicioacuten que difiera la catastral en un margen ngt o igual al rango de tolerancia se consideraraacute equivalente a la catastral
Articulo 222225 I-rEas objeto de despojo o abandono forzado Sin perjuicio de las actividades propias catastral los no podraacuten adelantar los procesos en el artiacuteculo Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del libro 2 del Decreto 11 5 para los siguientes casos
1 Si el bien se encuentra inscrito en el Registro Despojadas y Abandonadas que trata la Ley 1448 de Si el predio es objeto solicitud de restitucioacuten de tierras
los casos anteriores se nn- seguir la ruta juriacutedica definida en la Ley 1448 de 2011 y sus normas y complementarias
Artiacuteculo 222226 Obligacioacuten de suministro de informacioacuten la gestioacuten catastral Para el desarrollo gestioacuten catastral las siguientes puacuteblicas y privadas deberaacuten suministrar informacioacuten requerida por los catastrales en
la prestacioacuten del perjuicio de las normas contenidas en las Leyes 2012 1712 2014 Y disposiciones legales relacionadas con la
de datos
1 virtud del principio coordinacioacuten el mUnicipiO o departamento trataacutendose de aacutereas no municipalizadas entregaraacute la informacioacuten actualizada que se relaciona con el ordenamiento de su territorio
instituciones financieras vigiladas por la Superintendencia Oficinas de Registro de Instrumentos Puacuteblicos y las produzcan o registren informacioacuten avaluacuteos comerciales venta o arriendo de inmuebles suministrar dicha rrnlttln
caacutemaras de comercio municipio yo distrito deberaacuten suministrar la informacioacuten de establecimientos comercio y su actividad
4 DANE deberaacute suministrar al Catastral el Censo de a nivel de manzana Lo anterior en marco de la reserva estad en artiacuteculo 5 de la Ley 1
rCC de servicios puacuteblicos las curaduriacuteas urbanas y las planeacioacuten o quien haga sus deberaacuten proporcionar de forma informacioacuten de las acometidas servicios puacuteblicos domiciliarios y
urbanismo y construccioacuten
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO 148 DE Paacutegina 18 de 22
Paraacutegrafo Las entidades sentildealadas en el presente artiacuteculo deberaacuten implementar los mecanismos de interoperabilidad definidos por la autoridad reguladora catastral para el suministro de la informacioacuten para la gestioacuten catastral de manera continua y permanente
Artiacuteculo 222227 Gratuidad de la informacioacuten para la gestioacuten catastral De conformidad con lo establecido en el artiacuteculo 1deg del Decreto 235 de 2010 los requerimientos de informacioacuten que realicen los gestores catastrales para el ejercicio del servicio puacuteblico catastral no constituyen servicio y no generan costo alguno al solicitante La entrega de informacioacuten al gestor catastral durante el empalme previsto en el artiacuteculo 22254 del Decreto 1983 de 2019 seraacute gratuita
Artiacuteculo 222228 Vigencia fiscal Para efectos de lo consagrado en el artiacuteculo 3 de la Ley 44 de 1990 los avaluacuteos catastrales resultantes de la prestacioacuten del servicio puacuteblico de gestioacuten catastral entraraacuten en vigencia para efectos fiscales a partir del 10 de enero del antildeo siguiente a aquel en que fueron estimados o calculados para lo cual los gestores catastrales ordenaraacuten por acto administrativo su entrada en vigencia
Artiacuteculo 222229 Vigencia catastral La informacioacuten fiacutesica juriacutedica y econoacutemica asiacute como la resultante de los procedimientos de enfoque multipropoacutesito entraraacuten en vigencia para efectos catastrales al momento de quedar en firme su inscripcioacuten o incorporacioacuten en las bases oficiales descritas en el presente decreto
Artiacuteculo 222230 Aplazamiento de vigencia y reduccioacuten de los iacutendices de ajuste del avaluacuteo catastral El Gobierno Nacional de oficio o por solicitud fundamentada de los Concejos Municipales debido a especiales condiciones econoacutemicas o sociales que afecten a determinados municipios o zonas de estos podraacute aplazar la vigencia de los catastros elaborados por formacioacuten o actualizacioacuten por un periacuteodo hasta de un (1) antildeo Si subsisten las condiciones que originaron el aplazamiento procederaacute a ordenar una nueva formacioacuten o actualizacioacuten de estos catastros
En el evento de que la vigencia fiscal de los avaluacuteos elaborados por formacioacuten o actualizacioacuten de la formacioacuten fuera aplazada por el Gobierno en los teacuterminos y condiciones sentildealados en el artiacuteculo 10 de la Ley 14 de 1983 continuaraacuten vigentes los avaluacuteos anteriores y por lo tanto se seguiraacuten aplicando los iacutendices anuales de ajuste correspondientes hasta que termine el aplazamiento o se pongan en vigencia fiscal los avaluacuteos aplazados o se realice y ponga en vigencia una nueva formacioacuten o actualizacioacuten de la formacioacuten
ARTiacuteCULO 2 Adicioacutenense los Capiacutetulos 6 y 7 al Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 DISPOSICIONES ESPECiFICAS INSTITUTO GEOGRAacuteFICO AGUSTiacuteN CODAZZI IGAC del Decreto 1170 de 2015 Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica los cuales quedaraacuten asiacute
CAPiacuteTULO 6
Informacioacuten Econoacutemica Catastral
recopilaraacute la informacioacuten mercado inmobiliario del proveniente de fuentes como ofertas transacciones costos otras y el cual deberaacute articulado para tal efecto con el
Todos los Gestores Inmobiliario Catastral donde se
valor comercial de un predio a partir del estudio de recientes de bienes o comparables al del objeto
Meacutetodo de capitalizacioacuten de rentas o ingresos que busca establecer el valor un bien a partir de las o que se puedan obtener del o inmuebles semejantes o comparables trayendo a valor suma de los ingresos probables o generadas
Por el cual se parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 Y se modifica Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten
DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 19 de 22
Artiacuteculo 22261 Inmobiliario Catastrales contar con un Observatorio
Departamento Nacional de (DANE) Todo avaluacuteo comercial deberaacute estar sustentado en informacioacuten registrada en el observatorio inmobiliario catastral para lo cual se deberaacute garantizar que cualquier tipo de informacioacuten en avaluacuteo sea registrada en el observatorio anterior sin perjuicio de normas relacionadas con la proteccioacuten de datos nlr~r1n
Artiacuteculo 22262 Determinacioacuten del valor catastral de un inmueble La determinacioacuten del valor ca1tastra
(~tnlro~ Catastrales o por el Instituto inmuebles seraacute a de avaluacuteos
puntuales o masivos por Agustiacuten (IGAC)
Articulo 22263 Meacutetodos Sin perjuicio de norma especial para determinacioacuten de los avaluacuteos catastrales la estimacioacuten del valor del inmueble
los siguientes meacutetodos otros
1 Meacutetodo de comparacioacuten o de mercado Es la teacutecnica que LlU
en la vida remanente del bien objeto de avaluacuteo con una tasa de capitalizacioacuten o
3 Meacutetodo del costo de reposicioacuten Cuando sea necesario valor comercial de una construccioacuten se aplicaraacute el meacutetodo de costo consistente en establecer el valor comercial de un predio depreciacioacuten de una estimacioacuten total de una construccioacuten
4 Meacutetodo sea neces~a establecer el valor se aplicaraacute el meacutetodo residual
proyecto con el mercado del bien final
residual Cuando un cual se deriva de estimar el valor total
las ventas de un acorde con la reglamentacioacuten urbaniacutestica vigente y de ible en el
objeto de avaluacuteo
se podraacuten aplicar manera los meacutetodos descritos en presente artiacuteculo los cuales no
el ingreso al predio
Salvo lo dispuesto en normas
a
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO _ 148 DE Paacutegina 20 de 22
Artiacuteculo 22264 Estructura del NUPRE Los Gestores Catastrales para la identificacioacuten de los predios en el territorio deberaacuten adoptar el Coacutedigo Homologado de Identificacioacuten Predial con la siguiente estructura
ABC-1234-DEFH
Las tres (3) primeras letras (ABC) pertenecen al prefijo asignado por el IGAC a cada Gestor Catastral Habilitado
Los cuatro (4) diacutegitos (1234) que podraacuten tomar valores del O al 9 y las tres (3) letras siguientes (DEF) podraacuten tomar valores de las siguientes letras A B C D E F H J K L M N 0 P R S T U W X V Z Se eliminan las letras G 1 A V Ntilde con el propoacutesito de minimizar la posibilidad de error en el coacutedigo debido a la similitud con otras letras La definicioacuten de estas siete (7) posiciones asiacute como los mecanismos de generacioacuten aleatoria o secuencial y su asignacioacuten estaraacute a cargo deIIGAC
La letra final a la derecha (H) corresponde a un caraacutecter de chequeo utilizado con el objeto de poder validar la integridad del coacutedigo restante
La definicioacuten de los rangos que utilizariacutea cada ciudad y el significado de cada una de estas tres (3) posiciones estaraacute a cargo deIIGAC
CAPiacuteTULO 7
De la Inspeccioacuten Vigilancia y Control de la Gestioacuten Catastral
Artiacuteculo 22271 Inspeccioacuten Vigilancia y Control de la Gestioacuten Catastral La Superintendencia de Notariado y Registro ejerceraacute las funciones otorgadas mediante los artiacuteculos 79 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 relacionadas con la inspeccioacuten vigilancia y control del ejercicio de la gestioacuten catastral
Paraacutegrafo 1 La funcioacuten de inspeccioacuten vigilancia y control es de naturaleza administrativa y no implica ejercicio de la funcioacuten de control fiscal disciplinario o penal
Paraacutegrafo 2 En lo no contemplado en el presente capiacutetulo se aplicaraacute lo dispuesto en la Ley 1437 de 2011 o las disposiciones que la modifiquen o sustituyan
Artiacuteculo 22272 Sujetos pasivos Son sujetos pasivos de las funciones de inspeccioacuten vigilancia y control los gestores catastrales los operadores catastrales los municipios los propietarios ocupantes tenedores o poseedores titulares de derechos reales o quien tenga cualquier relacioacuten faacutectica o juriacutedica con el predio
Artiacuteculo 22~73 Funcioacuten de inspeccioacuten La inspeccioacuten consiste en la atribucioacuten de la Superintendencia de Notariado y Registro entre otras para solicitar confirmar y analizar en la forma detalle y teacuterminos que ella determine la informacioacuten que requiera
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 21 de 22148
con el objeto de establecer de manera general el cumplimiento del reacutegimen juriacutedico aplicable al servicio puacuteblico de gestioacuten catastral En ejercicio de esta funcioacuten la Superintendencia de Notariado y Registro de oficio o a peticioacuten de parte podraacute requerir informacioacuten realizar visitas instruir y orientar en la manera en que se debe cumplir e interpretar el reacutegimen juriacutedico aplicable a la gestioacuten catastral
Artiacuteculo 22274 Funcioacuten de vigilancia La vigilancia consiste en la atribucioacuten de la Superintendencia de Notariado y Registro para velar que de manera puntual los sujetos pasivos en desarrollo de sus funciones y obligaciones se ajusten a lo dispuesto en el ordenamiento juriacutedico i
~~ t~ lt
La vigilanyia estaacute retrida a funcion~~ de advertencia prevencioacuten y orientacioacuten encamin~das eacutel q~11~ rf~a9~On~S~~ ~ iuj~tos pasivo~ se ajusten a la norm~tividad i ~ IOque los rigen para to q~1 Ia Supeqnt~nd~cla de Notariado y Registro tendra entre otras las~tri~UqL9n~s ~~ tnsfruir o(ientaacuteC requerir ordenar establecer planes de mejoramiento practicaacuter visitasl~ r~visioacuteries y demaacutes pruebas que determine conducentes pertinefltes y uacutetiles
Artiacuteculo 22275 Funcioacuten de control El control consiste en las atribuciones de la Superintendencia de Notariado y Registro tendientes a evitar superar y sancionar los efectos de la comisioacuten de infracciones al reacutegimen catastral para lo cual entre otras cosas podraacute ordenar la adopcioacuten de medidas preventivas correctivas y conforme con los artiacuteculos 81 y 82 de la Ley 1955 de 2019 o la que la modifique o sustituya y a la Ley 1437 de 2011 de oficio o a peticioacuten de parte y en ejercicio de la potestad sancionatoria adelantar procedimientos administrativos sancionatorios en contra de los sujetos pasivos cuando se determine el meacuterito para ello
Artiacuteculo 22276 Medidas preventivas Sin perjuicio de las sanciones a que haya lugar cuando resulten necesarias la Superintendencia de Notariado y Registro podraacute imponer medidas preventivas para evitar de manera transitoria la continuacioacuten de la ocurrencia de un hecho la realizacioacuten de una actividad o la existencia de una situacioacuten que presuntamente atente contra el reacutegimen catastral
Artiacuteculo 22277 Potestad sancionatoria La Superintendencia de Notariado y Registro tendraacute la potestad de sancionar a los gestores y operadores del servicio puacuteblico de catastro por la incursioacuten en alguna de las infracciones previstas entre los numerales 1 al13 del artiacuteculo 81 de la Ley 1955 de 2019 o la norma que la modifique o sustituya
Por su parte de las obligaciones establecidas en el inciso primero del artiacuteculo 81 de la Ley 1955 de 2019 la Superintendencia de Notariado y Registro podraacute sancionar a propietarios ocupantes tenedores o poseedores titulares de derechos reales o quien tenga cualquier relacioacuten faacutectica o juriacutedica con el predio por incurrir en las conductas de que trata la norma citada
Artiacuteculo 22278 Procedimiento El procedimiento sancionatorio se adelantaraacute conforme con lo establecido en la Ley 1437 de 2011
Por el cual se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
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DECRETO NUacuteMERO-_- ~ 148 DE Paacutegina 22 de 22
ARTiacuteCULO 3 Vigencia y Derogatoria El presente Decreto entra en vigencia a partir de su publicacioacuten y deroga las normas que le sean contrarias en especial el Decreto 1227 de 1908 el Decreto 2275 de 1941 el Decreto 3496 de 1983 compilado en el Decreto 1170 de 2015 el paraacutegrafo 2 del artiacuteculo 222312 el artiacuteculo 222313 el paraacutegrafo 2 del artiacuteculo 222316 el artiacuteculo 222321 y el artiacuteculo 222324 del Decreto 1170 de 2015
PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE -4 FES 2020 Dado en Bogotaacute DC a los
LA MINISTRA DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
EL MINISTRO DE AGRICULTURA y DESARROLLO URAL
CIA PINZOacuteN
EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADiacuteSTICA
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y de la Ley 1955 de 2019 y se modifica Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 Decreto 1170 de 2015
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148DECRETO NUacuteMERO DE 13 de 22
La unificacioacuten de linderos y con registro se a traveacutes de los procesos de actualizacioacuten cabida y linderos con actualizacioacuten de linderos con efectos de aacuterea por determinacioacuten con efectos registra les linderos por acuerdo las con efectos registrales actas de traacutemite de inclusioacuten en el campo descripcioacuten de cabida y linderos del dato yo linderos en los folios de matriacutecula inmobiliaria que carezcan de esta informacioacuten y demaacutes que definan las autoridades competentes
Paraacutegrafo Sin perjuicio de lo anterior las bases catastrales incorporar los predios privados puacuteblicos baldiacuteos bienes de uso puacuteblico entre con o sin derecl10s reales principales o accesorios registrados aun no se encuentren inscritos en el registro instrumentos puacuteblicos
Artiacuteculo 222216 Procedimientos catastrales con consideraraacute como procedimientos
y yo linderos Estos procedimientos
las
con efectos actualizacioacuten de linderos aacuterea por imprecisa iexclnacioacuten actualizacioacuten masiva y puntual rectificacioacuten de linderos por acuerdo entre las partes e inclusioacuten acatados por los gestores catastrales oficinas de registro instrumentos puacuteblicos del paiacutes y podraacuten ser aplicados durante los procesos formacioacuten actualizacioacuten y conservacioacuten
procedimientos anteriormente enunciados no limitan la libre comercializacioacuten de los inmuebles por cuanto es viable la facultad de disposicioacuten
mismos con base en los datos de y linderos que los identifican y que en los tiacutetulos antecedentes que origen juriacutedico
Artiacuteculo 222217 Actualizacioacuten linderos con efectos registrales El gestor competente de oficio o a solicitud
con J1JLIAtu
rorT yo indirectos sin variacioacuten o cuando
sus
sean verificables mediante meacutetodos variacioacuten o diferencia se encuentre por la maacutexima autoridad catastral
teacutecnica de los linderos llevaraacute a r-orToII del aacuterea
titular del derecho de dominio o las entidades puacuteblicas que funciones legales administran inmuebles propios o ajenos podraacuten mediante la descripcioacuten
de linderos de bienes
los maacutergenes de tolerancia
de llevar a cabo la actualizacioacuten gestor catastral emitiraacute el acto administrativo sujeto a registro que resuelva actualizacioacuten de linderos incluida la
del aacuterea si a ello hubiere lugar procedimiento aplicable en el artiacuteculo no es excluyente con el procedimiento d para la linderos por acuerdo entre las partes respecto uacuten mismo inmueble
rectificacioacuten
traacutemite no aplicaraacute cuando la definicioacuten linderos se haya dado en un proceso de deslinde y amojonamiento o de tierras
Artiacuteculo 222218 Rectificacioacuten por imprecisa determinacioacuten con efectos registrales rectificacioacuten de en el sistema yo registraI procederaacute ante
catastral oficio o a solicitud del titular del derecho de dominio o puacuteblicas que con ocasioacuten sus funciones legales administran
el
que y
Por el cual se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y 82 la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la 2 del Libro 2 del Decreto 1170 2015
liPor medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
14 de 22 DECRETO NUacuteMERO 148
inmuebles propios o cuando los linderos debida y teacutecnicamente descritos sean verificables meacutetodos directos ylo indirectos sin variacioacuten que a lo largo de la tradicioacuten bien inmueble el eacuteste no haya sido determinada adecuadamente o cuando la variacioacuten o se encuentre de los maacutergenes de tolerancia establecidos por la maacutexima autoridad catastral
A efectos de llevar a la rectificacioacuten el non
del bien inmueble competente expediraacute el
administrativo a registro que
Artiacuteculo 222219 Rectificacioacuten de linderos por acuerdo entre las partes con registraes rectificacioacuten de linderos en el sistema catastral y registral
procederaacute de oficio o a solicitud de parte ante el gestor catastral siempre y cuando se haya suscrito acta colindancia con pleno entre los compartan uno o varios linderos pero se diferencias de entre la verificacioacuten mediante meacutetodos directos ylo indirectos y la informacioacuten
matriacutecula inmobiliaria rectificacioacuten de todos linderos puede llevar a aacuterea del inmueble
Cuando el gestor o la entidad puacuteblica respectiva identifique o tenga de de terceros que puedan verse afectados por los
ne
37 de la Ley 1437 de la actuacioacuten administrativa efectuaraacute comunicaciones en el
2011
rectificacioacuten de linderos y aacutereas procederaacute cuando los linderos
1 Sean arcifinios no verificables en terreno Sean arcifinios en terreno con variacioacuten respecto lo consignado en los tiacutetulos registrados
3 Esteacuten expresados en costumbristas no verificables en terreno 4 Contengan o limitadas en tiacutetulos
registrados Esteacuten teacutecnicamente definidos pero sobre los mismos haya superposicioacuten o Se presenten entre los linderos contenidos en los tiacutetulos y verificados mediante meacutetodos directos ylo indirectos
Paraacutegrafo 1 No se requeriraacute entre las partes cuando la variacioacuten o se encuentre dentro de maacutergenes de establecidos por
en la
autoridad catastral conforme lo por decreto caso aplicaraacuten los procedimientos actualizacioacuten de o rectificacioacuten de por
rOiIltI determinacioacuten sea el caso
2 No es necesaria suscripcioacuten de actas colindancia sobre bien inmueble no presenten discrepancia alguna entredel
y su verificacioacuten meacutetodos directos ylo indirectos Procederaacuten los acuerdos parciales es decir suscribir un acta sobre uno o varios linderos con un colindante ylo varias actas por nrrlin
los
Paraacutegrafo 3 En aquellos casos en los cuales existan entre la informacioacuten recabada mediante meacutetodos yo indirectos y lo consignado en los tiacutetulos
preclslon para
(ANT) podraacute con
cualquier que otro
la
Por se reglamentan
del cual se LJvrcruiexcl
Administrativo
los articulos 79 80 1170 de 2015
81 Y Ley 1955 2019 Y se modifica el Tiacutetulo 2 2 del Libro 2 del
10l0r Reglamentario Uacutenico Sector Informacioacuten Estadiacutestica
148NUacuteMERO 1S de 22
registrados y no se logre pleno por viacutea administrativa artiacuteculo
agotarse el proceso jud de deslinde y amojonamiento conforme con y siguientes del General del Proceso o los lo modifiquen o sustituyan
Paraacutegrafo 4 Siempre que evidencie que alguno los predios involucrados en traacutemite podriacutea ser considerado como baldiacuteo no procederaacute la
linderos por acuerdo partes Sin embargo o herramienta que haga sus veces la informacioacuten que dicha cual serviraacute de insumo a la ANT para que adopte medidas a que haya
lugar
Paraacutegrafo S el caso en que alguno los predios involucrados en traacutemite sea considerado bien de uso puacuteblico no la rectificacioacuten de por acuerdo entre las con efectos registrales sin perJuIcIo incorporacioacuten de la informacioacuten levante el gestor SINIC o la herramienta que haga sus veces caso la entidad expedir una con la
lindero del bien de uso puacuteblico Dicha certificacioacuten acompantildear la procesos de rectificacioacuten por imprecisa determinacioacuten con
actualizacioacuten de con efectos registrales e inclusioacuten del
ARTiacuteCULO Gestioacuten catastral a de la Agencia Nacional de Tierras (ANT) Agencia Nacional de (ANT) en su calidad levantaraacute los componentes fiacutesico y juriacutedico catastro necesarios para
de ae~gt[Qr
ordenamiento de la propiedad o asociados al desarrollo proyectos estrateacutegicos del orden nacional priorizados por Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural de con los estaacutendares y teacutecnicas por la autoridad catastral
En los
respecto de los predios obleto
Artiacuteculo 80 de la 2019 la Agencia Nacional Tierras (ANT) no a cargo la conservacioacuten por lo que una vez levantada e incorporada informacioacuten fiacutesica y juriacutedica catastro en el SINIC o la herramienta tecnoloacutegica sus veces las catastrales en dicha entidad intervencioacuten y se al Gestor Catastral competente
De cualquier forma Agencia Nacional proceso Ordenamiento Social de la gestor haya previamente
Paraacutegrafo 1 ISDIDSUlQrles referidas en artiacuteculo a la ANT le seraacuten aplicables a todas las enlt1d(~dE~S puacuteblicas del orden nacional que se habiliten como catastrales cumplimiento de sus funciones en los teacuterminos del artiacuteculo 22252 del 1983 de 2019 101011
Paraacutegrafo 2 Nacional de Tierras (ANT) no tendraacute competencia ejecucioacuten de catastrales de predios cuyo tiacutetulo originario actuacioacuten administrativa proferida por el Instituto Colombiano de la Reforma Instituto Colombiano Desarrollo Rural la Unidad Nacional de
Por cual se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y 82 la Ley 1 de 2019 y se modifica el TItulo 2 de la 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio cual se expide el Reglamentario Uacutenico de ecrCJr Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 16 22
Agencia Nacional de Tierras (ANT) o la entidad que sus salvo para eTE~CI()S Ordenamiento de la Propiedad Rural
Paraacutegrafo 3 municipios o zonas objeto intervencioacuten en los cuales la Agencia Nacional de Tierras (ANT) adelantaraacute la gestioacuten catastral seraacuten definidos conforme a los criterios fijados por Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural
Paraacutegrafo 4 En las zonas rurales objeto su intervencioacuten como gestor catastral la Agencia Nacional de (ANT) expediraacute los actos administrativos que permitan armonizar el componente y juriacutedico del con la informacioacuten registral y que sean para los procesos de ordenamiento social propiedad
Articulo 222221 Inclusioacuten en campo de descripcioacuten de cabida y linderos dato de aacuterea yo linderos en los folios de matriacutecula inmobiliaria que carezcan de esta informacioacuten los casos donde los folios de matriacutecula inmobiliaria no hayan contado con informacioacuten de yo linderos desde el inicio del ciclo traslaticio bien inmueble que identifican la Oficina de de Instrumentos Puacuteblicos procederaacute la inclusioacuten dato de aacuterea yo linderos en respectivas matriacuteculas inmobiliarias que se tomaraacute la base catastral administrada por gestor catastral competente
Artiacuteculo Correccioacuten yo inclusioacuten de cabida en procesos de ordenamiento de propiedad En el marco de los traacutemites ordenamiento social la propiedad que adelante la Agencia Nacional de (ANT) conforme a
competencias establecidas en el artiacuteculo 58 del Decreto Ley 902 2017 Y atendiendo a la funcioacuten de gestor catastral consignada en el artiacuteculo 80 de la Ley 1 de 19 cuando se identifique la existencia de una inconsistencia el levantamiento ial realizado por dicha entidad con la informacioacuten registral actos administrativos resuelven de fondo los asuntos sometidos a estudio ordenaraacuten aclaracioacuten actualizacioacuten masiva rectificacioacuten de por imprecisa determinacioacuten o inclusioacuten aacuterea del predio intervenido siempre los linderos esteacuten debida y teacutecnicamente descritos sean verificables por meacutetodos directos o indirectos y no exista variacioacuten en los mismos sin necesidad de adelantar un proceso rectificacioacuten o inclusioacuten de aacuterea
Artiacuteculo Actualizacioacuten masiva de linderos yo rectificacioacuten masiva de por imprecisa determinacioacuten En el marco de los procesos de actualizacioacuten
catastral y como resultado del levantamiento la informacioacuten y juriacutedica en terreno el gestor catastral podraacute remitir para inscripcioacuten a la Oficina de Registro de Instrumentos Puacuteblicos respectiva el administrativo actualizacioacuten masiva de linderos o rectificacioacuten de aacuterea corresponda
Cuando la diferencia en las magnitudes cabida yo linderos supere el rango de tolerancia establecido surtirse traacutemite de rectificacioacuten de linderos o por imprecisa determinacioacuten seguacuten corresponda
Artiacuteculo Rangos de tolerancia Los rangos de tolerancia corresponden a variacioacuten el o cabida de un predio que seguacuten la autoridad reguladora catastral sean admisibles y aplicables cuando existan diferencias la realidad fiacutesica y la descripcioacuten existente en el tiacutetulo de propiedad registrado en el folio de matricula
Por el se reglamentan parcialmente los artiacuteculos y 82 de la de 2019 y se modifica Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de
Por medio cual se expide el Decreto Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten
148DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 17 de 22
inmobiliaria No la suscripcioacuten de las colindancia ni ajustar los folios de matriacutecula inmobiliaria cuando la diferencia no supere rangos de tolerancia
Cuando los linderos no se encuentren teacutecnicamente en el folio de matriacutecula inmobiliaria aun estando dentro del rango de tolerancia folio de matriacutecula inmobiliaria deberaacute mediante acto administrativo emitido por el Gestor Catastral
Cualquier medicioacuten que difiera la catastral en un margen ngt o igual al rango de tolerancia se consideraraacute equivalente a la catastral
Articulo 222225 I-rEas objeto de despojo o abandono forzado Sin perjuicio de las actividades propias catastral los no podraacuten adelantar los procesos en el artiacuteculo Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del libro 2 del Decreto 11 5 para los siguientes casos
1 Si el bien se encuentra inscrito en el Registro Despojadas y Abandonadas que trata la Ley 1448 de Si el predio es objeto solicitud de restitucioacuten de tierras
los casos anteriores se nn- seguir la ruta juriacutedica definida en la Ley 1448 de 2011 y sus normas y complementarias
Artiacuteculo 222226 Obligacioacuten de suministro de informacioacuten la gestioacuten catastral Para el desarrollo gestioacuten catastral las siguientes puacuteblicas y privadas deberaacuten suministrar informacioacuten requerida por los catastrales en
la prestacioacuten del perjuicio de las normas contenidas en las Leyes 2012 1712 2014 Y disposiciones legales relacionadas con la
de datos
1 virtud del principio coordinacioacuten el mUnicipiO o departamento trataacutendose de aacutereas no municipalizadas entregaraacute la informacioacuten actualizada que se relaciona con el ordenamiento de su territorio
instituciones financieras vigiladas por la Superintendencia Oficinas de Registro de Instrumentos Puacuteblicos y las produzcan o registren informacioacuten avaluacuteos comerciales venta o arriendo de inmuebles suministrar dicha rrnlttln
caacutemaras de comercio municipio yo distrito deberaacuten suministrar la informacioacuten de establecimientos comercio y su actividad
4 DANE deberaacute suministrar al Catastral el Censo de a nivel de manzana Lo anterior en marco de la reserva estad en artiacuteculo 5 de la Ley 1
rCC de servicios puacuteblicos las curaduriacuteas urbanas y las planeacioacuten o quien haga sus deberaacuten proporcionar de forma informacioacuten de las acometidas servicios puacuteblicos domiciliarios y
urbanismo y construccioacuten
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO 148 DE Paacutegina 18 de 22
Paraacutegrafo Las entidades sentildealadas en el presente artiacuteculo deberaacuten implementar los mecanismos de interoperabilidad definidos por la autoridad reguladora catastral para el suministro de la informacioacuten para la gestioacuten catastral de manera continua y permanente
Artiacuteculo 222227 Gratuidad de la informacioacuten para la gestioacuten catastral De conformidad con lo establecido en el artiacuteculo 1deg del Decreto 235 de 2010 los requerimientos de informacioacuten que realicen los gestores catastrales para el ejercicio del servicio puacuteblico catastral no constituyen servicio y no generan costo alguno al solicitante La entrega de informacioacuten al gestor catastral durante el empalme previsto en el artiacuteculo 22254 del Decreto 1983 de 2019 seraacute gratuita
Artiacuteculo 222228 Vigencia fiscal Para efectos de lo consagrado en el artiacuteculo 3 de la Ley 44 de 1990 los avaluacuteos catastrales resultantes de la prestacioacuten del servicio puacuteblico de gestioacuten catastral entraraacuten en vigencia para efectos fiscales a partir del 10 de enero del antildeo siguiente a aquel en que fueron estimados o calculados para lo cual los gestores catastrales ordenaraacuten por acto administrativo su entrada en vigencia
Artiacuteculo 222229 Vigencia catastral La informacioacuten fiacutesica juriacutedica y econoacutemica asiacute como la resultante de los procedimientos de enfoque multipropoacutesito entraraacuten en vigencia para efectos catastrales al momento de quedar en firme su inscripcioacuten o incorporacioacuten en las bases oficiales descritas en el presente decreto
Artiacuteculo 222230 Aplazamiento de vigencia y reduccioacuten de los iacutendices de ajuste del avaluacuteo catastral El Gobierno Nacional de oficio o por solicitud fundamentada de los Concejos Municipales debido a especiales condiciones econoacutemicas o sociales que afecten a determinados municipios o zonas de estos podraacute aplazar la vigencia de los catastros elaborados por formacioacuten o actualizacioacuten por un periacuteodo hasta de un (1) antildeo Si subsisten las condiciones que originaron el aplazamiento procederaacute a ordenar una nueva formacioacuten o actualizacioacuten de estos catastros
En el evento de que la vigencia fiscal de los avaluacuteos elaborados por formacioacuten o actualizacioacuten de la formacioacuten fuera aplazada por el Gobierno en los teacuterminos y condiciones sentildealados en el artiacuteculo 10 de la Ley 14 de 1983 continuaraacuten vigentes los avaluacuteos anteriores y por lo tanto se seguiraacuten aplicando los iacutendices anuales de ajuste correspondientes hasta que termine el aplazamiento o se pongan en vigencia fiscal los avaluacuteos aplazados o se realice y ponga en vigencia una nueva formacioacuten o actualizacioacuten de la formacioacuten
ARTiacuteCULO 2 Adicioacutenense los Capiacutetulos 6 y 7 al Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 DISPOSICIONES ESPECiFICAS INSTITUTO GEOGRAacuteFICO AGUSTiacuteN CODAZZI IGAC del Decreto 1170 de 2015 Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica los cuales quedaraacuten asiacute
CAPiacuteTULO 6
Informacioacuten Econoacutemica Catastral
recopilaraacute la informacioacuten mercado inmobiliario del proveniente de fuentes como ofertas transacciones costos otras y el cual deberaacute articulado para tal efecto con el
Todos los Gestores Inmobiliario Catastral donde se
valor comercial de un predio a partir del estudio de recientes de bienes o comparables al del objeto
Meacutetodo de capitalizacioacuten de rentas o ingresos que busca establecer el valor un bien a partir de las o que se puedan obtener del o inmuebles semejantes o comparables trayendo a valor suma de los ingresos probables o generadas
Por el cual se parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 Y se modifica Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten
DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 19 de 22
Artiacuteculo 22261 Inmobiliario Catastrales contar con un Observatorio
Departamento Nacional de (DANE) Todo avaluacuteo comercial deberaacute estar sustentado en informacioacuten registrada en el observatorio inmobiliario catastral para lo cual se deberaacute garantizar que cualquier tipo de informacioacuten en avaluacuteo sea registrada en el observatorio anterior sin perjuicio de normas relacionadas con la proteccioacuten de datos nlr~r1n
Artiacuteculo 22262 Determinacioacuten del valor catastral de un inmueble La determinacioacuten del valor ca1tastra
(~tnlro~ Catastrales o por el Instituto inmuebles seraacute a de avaluacuteos
puntuales o masivos por Agustiacuten (IGAC)
Articulo 22263 Meacutetodos Sin perjuicio de norma especial para determinacioacuten de los avaluacuteos catastrales la estimacioacuten del valor del inmueble
los siguientes meacutetodos otros
1 Meacutetodo de comparacioacuten o de mercado Es la teacutecnica que LlU
en la vida remanente del bien objeto de avaluacuteo con una tasa de capitalizacioacuten o
3 Meacutetodo del costo de reposicioacuten Cuando sea necesario valor comercial de una construccioacuten se aplicaraacute el meacutetodo de costo consistente en establecer el valor comercial de un predio depreciacioacuten de una estimacioacuten total de una construccioacuten
4 Meacutetodo sea neces~a establecer el valor se aplicaraacute el meacutetodo residual
proyecto con el mercado del bien final
residual Cuando un cual se deriva de estimar el valor total
las ventas de un acorde con la reglamentacioacuten urbaniacutestica vigente y de ible en el
objeto de avaluacuteo
se podraacuten aplicar manera los meacutetodos descritos en presente artiacuteculo los cuales no
el ingreso al predio
Salvo lo dispuesto en normas
a
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO _ 148 DE Paacutegina 20 de 22
Artiacuteculo 22264 Estructura del NUPRE Los Gestores Catastrales para la identificacioacuten de los predios en el territorio deberaacuten adoptar el Coacutedigo Homologado de Identificacioacuten Predial con la siguiente estructura
ABC-1234-DEFH
Las tres (3) primeras letras (ABC) pertenecen al prefijo asignado por el IGAC a cada Gestor Catastral Habilitado
Los cuatro (4) diacutegitos (1234) que podraacuten tomar valores del O al 9 y las tres (3) letras siguientes (DEF) podraacuten tomar valores de las siguientes letras A B C D E F H J K L M N 0 P R S T U W X V Z Se eliminan las letras G 1 A V Ntilde con el propoacutesito de minimizar la posibilidad de error en el coacutedigo debido a la similitud con otras letras La definicioacuten de estas siete (7) posiciones asiacute como los mecanismos de generacioacuten aleatoria o secuencial y su asignacioacuten estaraacute a cargo deIIGAC
La letra final a la derecha (H) corresponde a un caraacutecter de chequeo utilizado con el objeto de poder validar la integridad del coacutedigo restante
La definicioacuten de los rangos que utilizariacutea cada ciudad y el significado de cada una de estas tres (3) posiciones estaraacute a cargo deIIGAC
CAPiacuteTULO 7
De la Inspeccioacuten Vigilancia y Control de la Gestioacuten Catastral
Artiacuteculo 22271 Inspeccioacuten Vigilancia y Control de la Gestioacuten Catastral La Superintendencia de Notariado y Registro ejerceraacute las funciones otorgadas mediante los artiacuteculos 79 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 relacionadas con la inspeccioacuten vigilancia y control del ejercicio de la gestioacuten catastral
Paraacutegrafo 1 La funcioacuten de inspeccioacuten vigilancia y control es de naturaleza administrativa y no implica ejercicio de la funcioacuten de control fiscal disciplinario o penal
Paraacutegrafo 2 En lo no contemplado en el presente capiacutetulo se aplicaraacute lo dispuesto en la Ley 1437 de 2011 o las disposiciones que la modifiquen o sustituyan
Artiacuteculo 22272 Sujetos pasivos Son sujetos pasivos de las funciones de inspeccioacuten vigilancia y control los gestores catastrales los operadores catastrales los municipios los propietarios ocupantes tenedores o poseedores titulares de derechos reales o quien tenga cualquier relacioacuten faacutectica o juriacutedica con el predio
Artiacuteculo 22~73 Funcioacuten de inspeccioacuten La inspeccioacuten consiste en la atribucioacuten de la Superintendencia de Notariado y Registro entre otras para solicitar confirmar y analizar en la forma detalle y teacuterminos que ella determine la informacioacuten que requiera
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 21 de 22148
con el objeto de establecer de manera general el cumplimiento del reacutegimen juriacutedico aplicable al servicio puacuteblico de gestioacuten catastral En ejercicio de esta funcioacuten la Superintendencia de Notariado y Registro de oficio o a peticioacuten de parte podraacute requerir informacioacuten realizar visitas instruir y orientar en la manera en que se debe cumplir e interpretar el reacutegimen juriacutedico aplicable a la gestioacuten catastral
Artiacuteculo 22274 Funcioacuten de vigilancia La vigilancia consiste en la atribucioacuten de la Superintendencia de Notariado y Registro para velar que de manera puntual los sujetos pasivos en desarrollo de sus funciones y obligaciones se ajusten a lo dispuesto en el ordenamiento juriacutedico i
~~ t~ lt
La vigilanyia estaacute retrida a funcion~~ de advertencia prevencioacuten y orientacioacuten encamin~das eacutel q~11~ rf~a9~On~S~~ ~ iuj~tos pasivo~ se ajusten a la norm~tividad i ~ IOque los rigen para to q~1 Ia Supeqnt~nd~cla de Notariado y Registro tendra entre otras las~tri~UqL9n~s ~~ tnsfruir o(ientaacuteC requerir ordenar establecer planes de mejoramiento practicaacuter visitasl~ r~visioacuteries y demaacutes pruebas que determine conducentes pertinefltes y uacutetiles
Artiacuteculo 22275 Funcioacuten de control El control consiste en las atribuciones de la Superintendencia de Notariado y Registro tendientes a evitar superar y sancionar los efectos de la comisioacuten de infracciones al reacutegimen catastral para lo cual entre otras cosas podraacute ordenar la adopcioacuten de medidas preventivas correctivas y conforme con los artiacuteculos 81 y 82 de la Ley 1955 de 2019 o la que la modifique o sustituya y a la Ley 1437 de 2011 de oficio o a peticioacuten de parte y en ejercicio de la potestad sancionatoria adelantar procedimientos administrativos sancionatorios en contra de los sujetos pasivos cuando se determine el meacuterito para ello
Artiacuteculo 22276 Medidas preventivas Sin perjuicio de las sanciones a que haya lugar cuando resulten necesarias la Superintendencia de Notariado y Registro podraacute imponer medidas preventivas para evitar de manera transitoria la continuacioacuten de la ocurrencia de un hecho la realizacioacuten de una actividad o la existencia de una situacioacuten que presuntamente atente contra el reacutegimen catastral
Artiacuteculo 22277 Potestad sancionatoria La Superintendencia de Notariado y Registro tendraacute la potestad de sancionar a los gestores y operadores del servicio puacuteblico de catastro por la incursioacuten en alguna de las infracciones previstas entre los numerales 1 al13 del artiacuteculo 81 de la Ley 1955 de 2019 o la norma que la modifique o sustituya
Por su parte de las obligaciones establecidas en el inciso primero del artiacuteculo 81 de la Ley 1955 de 2019 la Superintendencia de Notariado y Registro podraacute sancionar a propietarios ocupantes tenedores o poseedores titulares de derechos reales o quien tenga cualquier relacioacuten faacutectica o juriacutedica con el predio por incurrir en las conductas de que trata la norma citada
Artiacuteculo 22278 Procedimiento El procedimiento sancionatorio se adelantaraacute conforme con lo establecido en la Ley 1437 de 2011
Por el cual se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
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ARTiacuteCULO 3 Vigencia y Derogatoria El presente Decreto entra en vigencia a partir de su publicacioacuten y deroga las normas que le sean contrarias en especial el Decreto 1227 de 1908 el Decreto 2275 de 1941 el Decreto 3496 de 1983 compilado en el Decreto 1170 de 2015 el paraacutegrafo 2 del artiacuteculo 222312 el artiacuteculo 222313 el paraacutegrafo 2 del artiacuteculo 222316 el artiacuteculo 222321 y el artiacuteculo 222324 del Decreto 1170 de 2015
PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE -4 FES 2020 Dado en Bogotaacute DC a los
LA MINISTRA DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
EL MINISTRO DE AGRICULTURA y DESARROLLO URAL
CIA PINZOacuteN
EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADiacuteSTICA
que y
Por el cual se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y 82 la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la 2 del Libro 2 del Decreto 1170 2015
liPor medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
14 de 22 DECRETO NUacuteMERO 148
inmuebles propios o cuando los linderos debida y teacutecnicamente descritos sean verificables meacutetodos directos ylo indirectos sin variacioacuten que a lo largo de la tradicioacuten bien inmueble el eacuteste no haya sido determinada adecuadamente o cuando la variacioacuten o se encuentre de los maacutergenes de tolerancia establecidos por la maacutexima autoridad catastral
A efectos de llevar a la rectificacioacuten el non
del bien inmueble competente expediraacute el
administrativo a registro que
Artiacuteculo 222219 Rectificacioacuten de linderos por acuerdo entre las partes con registraes rectificacioacuten de linderos en el sistema catastral y registral
procederaacute de oficio o a solicitud de parte ante el gestor catastral siempre y cuando se haya suscrito acta colindancia con pleno entre los compartan uno o varios linderos pero se diferencias de entre la verificacioacuten mediante meacutetodos directos ylo indirectos y la informacioacuten
matriacutecula inmobiliaria rectificacioacuten de todos linderos puede llevar a aacuterea del inmueble
Cuando el gestor o la entidad puacuteblica respectiva identifique o tenga de de terceros que puedan verse afectados por los
ne
37 de la Ley 1437 de la actuacioacuten administrativa efectuaraacute comunicaciones en el
2011
rectificacioacuten de linderos y aacutereas procederaacute cuando los linderos
1 Sean arcifinios no verificables en terreno Sean arcifinios en terreno con variacioacuten respecto lo consignado en los tiacutetulos registrados
3 Esteacuten expresados en costumbristas no verificables en terreno 4 Contengan o limitadas en tiacutetulos
registrados Esteacuten teacutecnicamente definidos pero sobre los mismos haya superposicioacuten o Se presenten entre los linderos contenidos en los tiacutetulos y verificados mediante meacutetodos directos ylo indirectos
Paraacutegrafo 1 No se requeriraacute entre las partes cuando la variacioacuten o se encuentre dentro de maacutergenes de establecidos por
en la
autoridad catastral conforme lo por decreto caso aplicaraacuten los procedimientos actualizacioacuten de o rectificacioacuten de por
rOiIltI determinacioacuten sea el caso
2 No es necesaria suscripcioacuten de actas colindancia sobre bien inmueble no presenten discrepancia alguna entredel
y su verificacioacuten meacutetodos directos ylo indirectos Procederaacuten los acuerdos parciales es decir suscribir un acta sobre uno o varios linderos con un colindante ylo varias actas por nrrlin
los
Paraacutegrafo 3 En aquellos casos en los cuales existan entre la informacioacuten recabada mediante meacutetodos yo indirectos y lo consignado en los tiacutetulos
preclslon para
(ANT) podraacute con
cualquier que otro
la
Por se reglamentan
del cual se LJvrcruiexcl
Administrativo
los articulos 79 80 1170 de 2015
81 Y Ley 1955 2019 Y se modifica el Tiacutetulo 2 2 del Libro 2 del
10l0r Reglamentario Uacutenico Sector Informacioacuten Estadiacutestica
148NUacuteMERO 1S de 22
registrados y no se logre pleno por viacutea administrativa artiacuteculo
agotarse el proceso jud de deslinde y amojonamiento conforme con y siguientes del General del Proceso o los lo modifiquen o sustituyan
Paraacutegrafo 4 Siempre que evidencie que alguno los predios involucrados en traacutemite podriacutea ser considerado como baldiacuteo no procederaacute la
linderos por acuerdo partes Sin embargo o herramienta que haga sus veces la informacioacuten que dicha cual serviraacute de insumo a la ANT para que adopte medidas a que haya
lugar
Paraacutegrafo S el caso en que alguno los predios involucrados en traacutemite sea considerado bien de uso puacuteblico no la rectificacioacuten de por acuerdo entre las con efectos registrales sin perJuIcIo incorporacioacuten de la informacioacuten levante el gestor SINIC o la herramienta que haga sus veces caso la entidad expedir una con la
lindero del bien de uso puacuteblico Dicha certificacioacuten acompantildear la procesos de rectificacioacuten por imprecisa determinacioacuten con
actualizacioacuten de con efectos registrales e inclusioacuten del
ARTiacuteCULO Gestioacuten catastral a de la Agencia Nacional de Tierras (ANT) Agencia Nacional de (ANT) en su calidad levantaraacute los componentes fiacutesico y juriacutedico catastro necesarios para
de ae~gt[Qr
ordenamiento de la propiedad o asociados al desarrollo proyectos estrateacutegicos del orden nacional priorizados por Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural de con los estaacutendares y teacutecnicas por la autoridad catastral
En los
respecto de los predios obleto
Artiacuteculo 80 de la 2019 la Agencia Nacional Tierras (ANT) no a cargo la conservacioacuten por lo que una vez levantada e incorporada informacioacuten fiacutesica y juriacutedica catastro en el SINIC o la herramienta tecnoloacutegica sus veces las catastrales en dicha entidad intervencioacuten y se al Gestor Catastral competente
De cualquier forma Agencia Nacional proceso Ordenamiento Social de la gestor haya previamente
Paraacutegrafo 1 ISDIDSUlQrles referidas en artiacuteculo a la ANT le seraacuten aplicables a todas las enlt1d(~dE~S puacuteblicas del orden nacional que se habiliten como catastrales cumplimiento de sus funciones en los teacuterminos del artiacuteculo 22252 del 1983 de 2019 101011
Paraacutegrafo 2 Nacional de Tierras (ANT) no tendraacute competencia ejecucioacuten de catastrales de predios cuyo tiacutetulo originario actuacioacuten administrativa proferida por el Instituto Colombiano de la Reforma Instituto Colombiano Desarrollo Rural la Unidad Nacional de
Por cual se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y 82 la Ley 1 de 2019 y se modifica el TItulo 2 de la 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio cual se expide el Reglamentario Uacutenico de ecrCJr Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 16 22
Agencia Nacional de Tierras (ANT) o la entidad que sus salvo para eTE~CI()S Ordenamiento de la Propiedad Rural
Paraacutegrafo 3 municipios o zonas objeto intervencioacuten en los cuales la Agencia Nacional de Tierras (ANT) adelantaraacute la gestioacuten catastral seraacuten definidos conforme a los criterios fijados por Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural
Paraacutegrafo 4 En las zonas rurales objeto su intervencioacuten como gestor catastral la Agencia Nacional de (ANT) expediraacute los actos administrativos que permitan armonizar el componente y juriacutedico del con la informacioacuten registral y que sean para los procesos de ordenamiento social propiedad
Articulo 222221 Inclusioacuten en campo de descripcioacuten de cabida y linderos dato de aacuterea yo linderos en los folios de matriacutecula inmobiliaria que carezcan de esta informacioacuten los casos donde los folios de matriacutecula inmobiliaria no hayan contado con informacioacuten de yo linderos desde el inicio del ciclo traslaticio bien inmueble que identifican la Oficina de de Instrumentos Puacuteblicos procederaacute la inclusioacuten dato de aacuterea yo linderos en respectivas matriacuteculas inmobiliarias que se tomaraacute la base catastral administrada por gestor catastral competente
Artiacuteculo Correccioacuten yo inclusioacuten de cabida en procesos de ordenamiento de propiedad En el marco de los traacutemites ordenamiento social la propiedad que adelante la Agencia Nacional de (ANT) conforme a
competencias establecidas en el artiacuteculo 58 del Decreto Ley 902 2017 Y atendiendo a la funcioacuten de gestor catastral consignada en el artiacuteculo 80 de la Ley 1 de 19 cuando se identifique la existencia de una inconsistencia el levantamiento ial realizado por dicha entidad con la informacioacuten registral actos administrativos resuelven de fondo los asuntos sometidos a estudio ordenaraacuten aclaracioacuten actualizacioacuten masiva rectificacioacuten de por imprecisa determinacioacuten o inclusioacuten aacuterea del predio intervenido siempre los linderos esteacuten debida y teacutecnicamente descritos sean verificables por meacutetodos directos o indirectos y no exista variacioacuten en los mismos sin necesidad de adelantar un proceso rectificacioacuten o inclusioacuten de aacuterea
Artiacuteculo Actualizacioacuten masiva de linderos yo rectificacioacuten masiva de por imprecisa determinacioacuten En el marco de los procesos de actualizacioacuten
catastral y como resultado del levantamiento la informacioacuten y juriacutedica en terreno el gestor catastral podraacute remitir para inscripcioacuten a la Oficina de Registro de Instrumentos Puacuteblicos respectiva el administrativo actualizacioacuten masiva de linderos o rectificacioacuten de aacuterea corresponda
Cuando la diferencia en las magnitudes cabida yo linderos supere el rango de tolerancia establecido surtirse traacutemite de rectificacioacuten de linderos o por imprecisa determinacioacuten seguacuten corresponda
Artiacuteculo Rangos de tolerancia Los rangos de tolerancia corresponden a variacioacuten el o cabida de un predio que seguacuten la autoridad reguladora catastral sean admisibles y aplicables cuando existan diferencias la realidad fiacutesica y la descripcioacuten existente en el tiacutetulo de propiedad registrado en el folio de matricula
Por el se reglamentan parcialmente los artiacuteculos y 82 de la de 2019 y se modifica Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de
Por medio cual se expide el Decreto Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten
148DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 17 de 22
inmobiliaria No la suscripcioacuten de las colindancia ni ajustar los folios de matriacutecula inmobiliaria cuando la diferencia no supere rangos de tolerancia
Cuando los linderos no se encuentren teacutecnicamente en el folio de matriacutecula inmobiliaria aun estando dentro del rango de tolerancia folio de matriacutecula inmobiliaria deberaacute mediante acto administrativo emitido por el Gestor Catastral
Cualquier medicioacuten que difiera la catastral en un margen ngt o igual al rango de tolerancia se consideraraacute equivalente a la catastral
Articulo 222225 I-rEas objeto de despojo o abandono forzado Sin perjuicio de las actividades propias catastral los no podraacuten adelantar los procesos en el artiacuteculo Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del libro 2 del Decreto 11 5 para los siguientes casos
1 Si el bien se encuentra inscrito en el Registro Despojadas y Abandonadas que trata la Ley 1448 de Si el predio es objeto solicitud de restitucioacuten de tierras
los casos anteriores se nn- seguir la ruta juriacutedica definida en la Ley 1448 de 2011 y sus normas y complementarias
Artiacuteculo 222226 Obligacioacuten de suministro de informacioacuten la gestioacuten catastral Para el desarrollo gestioacuten catastral las siguientes puacuteblicas y privadas deberaacuten suministrar informacioacuten requerida por los catastrales en
la prestacioacuten del perjuicio de las normas contenidas en las Leyes 2012 1712 2014 Y disposiciones legales relacionadas con la
de datos
1 virtud del principio coordinacioacuten el mUnicipiO o departamento trataacutendose de aacutereas no municipalizadas entregaraacute la informacioacuten actualizada que se relaciona con el ordenamiento de su territorio
instituciones financieras vigiladas por la Superintendencia Oficinas de Registro de Instrumentos Puacuteblicos y las produzcan o registren informacioacuten avaluacuteos comerciales venta o arriendo de inmuebles suministrar dicha rrnlttln
caacutemaras de comercio municipio yo distrito deberaacuten suministrar la informacioacuten de establecimientos comercio y su actividad
4 DANE deberaacute suministrar al Catastral el Censo de a nivel de manzana Lo anterior en marco de la reserva estad en artiacuteculo 5 de la Ley 1
rCC de servicios puacuteblicos las curaduriacuteas urbanas y las planeacioacuten o quien haga sus deberaacuten proporcionar de forma informacioacuten de las acometidas servicios puacuteblicos domiciliarios y
urbanismo y construccioacuten
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO 148 DE Paacutegina 18 de 22
Paraacutegrafo Las entidades sentildealadas en el presente artiacuteculo deberaacuten implementar los mecanismos de interoperabilidad definidos por la autoridad reguladora catastral para el suministro de la informacioacuten para la gestioacuten catastral de manera continua y permanente
Artiacuteculo 222227 Gratuidad de la informacioacuten para la gestioacuten catastral De conformidad con lo establecido en el artiacuteculo 1deg del Decreto 235 de 2010 los requerimientos de informacioacuten que realicen los gestores catastrales para el ejercicio del servicio puacuteblico catastral no constituyen servicio y no generan costo alguno al solicitante La entrega de informacioacuten al gestor catastral durante el empalme previsto en el artiacuteculo 22254 del Decreto 1983 de 2019 seraacute gratuita
Artiacuteculo 222228 Vigencia fiscal Para efectos de lo consagrado en el artiacuteculo 3 de la Ley 44 de 1990 los avaluacuteos catastrales resultantes de la prestacioacuten del servicio puacuteblico de gestioacuten catastral entraraacuten en vigencia para efectos fiscales a partir del 10 de enero del antildeo siguiente a aquel en que fueron estimados o calculados para lo cual los gestores catastrales ordenaraacuten por acto administrativo su entrada en vigencia
Artiacuteculo 222229 Vigencia catastral La informacioacuten fiacutesica juriacutedica y econoacutemica asiacute como la resultante de los procedimientos de enfoque multipropoacutesito entraraacuten en vigencia para efectos catastrales al momento de quedar en firme su inscripcioacuten o incorporacioacuten en las bases oficiales descritas en el presente decreto
Artiacuteculo 222230 Aplazamiento de vigencia y reduccioacuten de los iacutendices de ajuste del avaluacuteo catastral El Gobierno Nacional de oficio o por solicitud fundamentada de los Concejos Municipales debido a especiales condiciones econoacutemicas o sociales que afecten a determinados municipios o zonas de estos podraacute aplazar la vigencia de los catastros elaborados por formacioacuten o actualizacioacuten por un periacuteodo hasta de un (1) antildeo Si subsisten las condiciones que originaron el aplazamiento procederaacute a ordenar una nueva formacioacuten o actualizacioacuten de estos catastros
En el evento de que la vigencia fiscal de los avaluacuteos elaborados por formacioacuten o actualizacioacuten de la formacioacuten fuera aplazada por el Gobierno en los teacuterminos y condiciones sentildealados en el artiacuteculo 10 de la Ley 14 de 1983 continuaraacuten vigentes los avaluacuteos anteriores y por lo tanto se seguiraacuten aplicando los iacutendices anuales de ajuste correspondientes hasta que termine el aplazamiento o se pongan en vigencia fiscal los avaluacuteos aplazados o se realice y ponga en vigencia una nueva formacioacuten o actualizacioacuten de la formacioacuten
ARTiacuteCULO 2 Adicioacutenense los Capiacutetulos 6 y 7 al Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 DISPOSICIONES ESPECiFICAS INSTITUTO GEOGRAacuteFICO AGUSTiacuteN CODAZZI IGAC del Decreto 1170 de 2015 Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica los cuales quedaraacuten asiacute
CAPiacuteTULO 6
Informacioacuten Econoacutemica Catastral
recopilaraacute la informacioacuten mercado inmobiliario del proveniente de fuentes como ofertas transacciones costos otras y el cual deberaacute articulado para tal efecto con el
Todos los Gestores Inmobiliario Catastral donde se
valor comercial de un predio a partir del estudio de recientes de bienes o comparables al del objeto
Meacutetodo de capitalizacioacuten de rentas o ingresos que busca establecer el valor un bien a partir de las o que se puedan obtener del o inmuebles semejantes o comparables trayendo a valor suma de los ingresos probables o generadas
Por el cual se parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 Y se modifica Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten
DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 19 de 22
Artiacuteculo 22261 Inmobiliario Catastrales contar con un Observatorio
Departamento Nacional de (DANE) Todo avaluacuteo comercial deberaacute estar sustentado en informacioacuten registrada en el observatorio inmobiliario catastral para lo cual se deberaacute garantizar que cualquier tipo de informacioacuten en avaluacuteo sea registrada en el observatorio anterior sin perjuicio de normas relacionadas con la proteccioacuten de datos nlr~r1n
Artiacuteculo 22262 Determinacioacuten del valor catastral de un inmueble La determinacioacuten del valor ca1tastra
(~tnlro~ Catastrales o por el Instituto inmuebles seraacute a de avaluacuteos
puntuales o masivos por Agustiacuten (IGAC)
Articulo 22263 Meacutetodos Sin perjuicio de norma especial para determinacioacuten de los avaluacuteos catastrales la estimacioacuten del valor del inmueble
los siguientes meacutetodos otros
1 Meacutetodo de comparacioacuten o de mercado Es la teacutecnica que LlU
en la vida remanente del bien objeto de avaluacuteo con una tasa de capitalizacioacuten o
3 Meacutetodo del costo de reposicioacuten Cuando sea necesario valor comercial de una construccioacuten se aplicaraacute el meacutetodo de costo consistente en establecer el valor comercial de un predio depreciacioacuten de una estimacioacuten total de una construccioacuten
4 Meacutetodo sea neces~a establecer el valor se aplicaraacute el meacutetodo residual
proyecto con el mercado del bien final
residual Cuando un cual se deriva de estimar el valor total
las ventas de un acorde con la reglamentacioacuten urbaniacutestica vigente y de ible en el
objeto de avaluacuteo
se podraacuten aplicar manera los meacutetodos descritos en presente artiacuteculo los cuales no
el ingreso al predio
Salvo lo dispuesto en normas
a
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO _ 148 DE Paacutegina 20 de 22
Artiacuteculo 22264 Estructura del NUPRE Los Gestores Catastrales para la identificacioacuten de los predios en el territorio deberaacuten adoptar el Coacutedigo Homologado de Identificacioacuten Predial con la siguiente estructura
ABC-1234-DEFH
Las tres (3) primeras letras (ABC) pertenecen al prefijo asignado por el IGAC a cada Gestor Catastral Habilitado
Los cuatro (4) diacutegitos (1234) que podraacuten tomar valores del O al 9 y las tres (3) letras siguientes (DEF) podraacuten tomar valores de las siguientes letras A B C D E F H J K L M N 0 P R S T U W X V Z Se eliminan las letras G 1 A V Ntilde con el propoacutesito de minimizar la posibilidad de error en el coacutedigo debido a la similitud con otras letras La definicioacuten de estas siete (7) posiciones asiacute como los mecanismos de generacioacuten aleatoria o secuencial y su asignacioacuten estaraacute a cargo deIIGAC
La letra final a la derecha (H) corresponde a un caraacutecter de chequeo utilizado con el objeto de poder validar la integridad del coacutedigo restante
La definicioacuten de los rangos que utilizariacutea cada ciudad y el significado de cada una de estas tres (3) posiciones estaraacute a cargo deIIGAC
CAPiacuteTULO 7
De la Inspeccioacuten Vigilancia y Control de la Gestioacuten Catastral
Artiacuteculo 22271 Inspeccioacuten Vigilancia y Control de la Gestioacuten Catastral La Superintendencia de Notariado y Registro ejerceraacute las funciones otorgadas mediante los artiacuteculos 79 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 relacionadas con la inspeccioacuten vigilancia y control del ejercicio de la gestioacuten catastral
Paraacutegrafo 1 La funcioacuten de inspeccioacuten vigilancia y control es de naturaleza administrativa y no implica ejercicio de la funcioacuten de control fiscal disciplinario o penal
Paraacutegrafo 2 En lo no contemplado en el presente capiacutetulo se aplicaraacute lo dispuesto en la Ley 1437 de 2011 o las disposiciones que la modifiquen o sustituyan
Artiacuteculo 22272 Sujetos pasivos Son sujetos pasivos de las funciones de inspeccioacuten vigilancia y control los gestores catastrales los operadores catastrales los municipios los propietarios ocupantes tenedores o poseedores titulares de derechos reales o quien tenga cualquier relacioacuten faacutectica o juriacutedica con el predio
Artiacuteculo 22~73 Funcioacuten de inspeccioacuten La inspeccioacuten consiste en la atribucioacuten de la Superintendencia de Notariado y Registro entre otras para solicitar confirmar y analizar en la forma detalle y teacuterminos que ella determine la informacioacuten que requiera
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 21 de 22148
con el objeto de establecer de manera general el cumplimiento del reacutegimen juriacutedico aplicable al servicio puacuteblico de gestioacuten catastral En ejercicio de esta funcioacuten la Superintendencia de Notariado y Registro de oficio o a peticioacuten de parte podraacute requerir informacioacuten realizar visitas instruir y orientar en la manera en que se debe cumplir e interpretar el reacutegimen juriacutedico aplicable a la gestioacuten catastral
Artiacuteculo 22274 Funcioacuten de vigilancia La vigilancia consiste en la atribucioacuten de la Superintendencia de Notariado y Registro para velar que de manera puntual los sujetos pasivos en desarrollo de sus funciones y obligaciones se ajusten a lo dispuesto en el ordenamiento juriacutedico i
~~ t~ lt
La vigilanyia estaacute retrida a funcion~~ de advertencia prevencioacuten y orientacioacuten encamin~das eacutel q~11~ rf~a9~On~S~~ ~ iuj~tos pasivo~ se ajusten a la norm~tividad i ~ IOque los rigen para to q~1 Ia Supeqnt~nd~cla de Notariado y Registro tendra entre otras las~tri~UqL9n~s ~~ tnsfruir o(ientaacuteC requerir ordenar establecer planes de mejoramiento practicaacuter visitasl~ r~visioacuteries y demaacutes pruebas que determine conducentes pertinefltes y uacutetiles
Artiacuteculo 22275 Funcioacuten de control El control consiste en las atribuciones de la Superintendencia de Notariado y Registro tendientes a evitar superar y sancionar los efectos de la comisioacuten de infracciones al reacutegimen catastral para lo cual entre otras cosas podraacute ordenar la adopcioacuten de medidas preventivas correctivas y conforme con los artiacuteculos 81 y 82 de la Ley 1955 de 2019 o la que la modifique o sustituya y a la Ley 1437 de 2011 de oficio o a peticioacuten de parte y en ejercicio de la potestad sancionatoria adelantar procedimientos administrativos sancionatorios en contra de los sujetos pasivos cuando se determine el meacuterito para ello
Artiacuteculo 22276 Medidas preventivas Sin perjuicio de las sanciones a que haya lugar cuando resulten necesarias la Superintendencia de Notariado y Registro podraacute imponer medidas preventivas para evitar de manera transitoria la continuacioacuten de la ocurrencia de un hecho la realizacioacuten de una actividad o la existencia de una situacioacuten que presuntamente atente contra el reacutegimen catastral
Artiacuteculo 22277 Potestad sancionatoria La Superintendencia de Notariado y Registro tendraacute la potestad de sancionar a los gestores y operadores del servicio puacuteblico de catastro por la incursioacuten en alguna de las infracciones previstas entre los numerales 1 al13 del artiacuteculo 81 de la Ley 1955 de 2019 o la norma que la modifique o sustituya
Por su parte de las obligaciones establecidas en el inciso primero del artiacuteculo 81 de la Ley 1955 de 2019 la Superintendencia de Notariado y Registro podraacute sancionar a propietarios ocupantes tenedores o poseedores titulares de derechos reales o quien tenga cualquier relacioacuten faacutectica o juriacutedica con el predio por incurrir en las conductas de que trata la norma citada
Artiacuteculo 22278 Procedimiento El procedimiento sancionatorio se adelantaraacute conforme con lo establecido en la Ley 1437 de 2011
Por el cual se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO-_- ~ 148 DE Paacutegina 22 de 22
ARTiacuteCULO 3 Vigencia y Derogatoria El presente Decreto entra en vigencia a partir de su publicacioacuten y deroga las normas que le sean contrarias en especial el Decreto 1227 de 1908 el Decreto 2275 de 1941 el Decreto 3496 de 1983 compilado en el Decreto 1170 de 2015 el paraacutegrafo 2 del artiacuteculo 222312 el artiacuteculo 222313 el paraacutegrafo 2 del artiacuteculo 222316 el artiacuteculo 222321 y el artiacuteculo 222324 del Decreto 1170 de 2015
PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE -4 FES 2020 Dado en Bogotaacute DC a los
LA MINISTRA DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
EL MINISTRO DE AGRICULTURA y DESARROLLO URAL
CIA PINZOacuteN
EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADiacuteSTICA
preclslon para
(ANT) podraacute con
cualquier que otro
la
Por se reglamentan
del cual se LJvrcruiexcl
Administrativo
los articulos 79 80 1170 de 2015
81 Y Ley 1955 2019 Y se modifica el Tiacutetulo 2 2 del Libro 2 del
10l0r Reglamentario Uacutenico Sector Informacioacuten Estadiacutestica
148NUacuteMERO 1S de 22
registrados y no se logre pleno por viacutea administrativa artiacuteculo
agotarse el proceso jud de deslinde y amojonamiento conforme con y siguientes del General del Proceso o los lo modifiquen o sustituyan
Paraacutegrafo 4 Siempre que evidencie que alguno los predios involucrados en traacutemite podriacutea ser considerado como baldiacuteo no procederaacute la
linderos por acuerdo partes Sin embargo o herramienta que haga sus veces la informacioacuten que dicha cual serviraacute de insumo a la ANT para que adopte medidas a que haya
lugar
Paraacutegrafo S el caso en que alguno los predios involucrados en traacutemite sea considerado bien de uso puacuteblico no la rectificacioacuten de por acuerdo entre las con efectos registrales sin perJuIcIo incorporacioacuten de la informacioacuten levante el gestor SINIC o la herramienta que haga sus veces caso la entidad expedir una con la
lindero del bien de uso puacuteblico Dicha certificacioacuten acompantildear la procesos de rectificacioacuten por imprecisa determinacioacuten con
actualizacioacuten de con efectos registrales e inclusioacuten del
ARTiacuteCULO Gestioacuten catastral a de la Agencia Nacional de Tierras (ANT) Agencia Nacional de (ANT) en su calidad levantaraacute los componentes fiacutesico y juriacutedico catastro necesarios para
de ae~gt[Qr
ordenamiento de la propiedad o asociados al desarrollo proyectos estrateacutegicos del orden nacional priorizados por Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural de con los estaacutendares y teacutecnicas por la autoridad catastral
En los
respecto de los predios obleto
Artiacuteculo 80 de la 2019 la Agencia Nacional Tierras (ANT) no a cargo la conservacioacuten por lo que una vez levantada e incorporada informacioacuten fiacutesica y juriacutedica catastro en el SINIC o la herramienta tecnoloacutegica sus veces las catastrales en dicha entidad intervencioacuten y se al Gestor Catastral competente
De cualquier forma Agencia Nacional proceso Ordenamiento Social de la gestor haya previamente
Paraacutegrafo 1 ISDIDSUlQrles referidas en artiacuteculo a la ANT le seraacuten aplicables a todas las enlt1d(~dE~S puacuteblicas del orden nacional que se habiliten como catastrales cumplimiento de sus funciones en los teacuterminos del artiacuteculo 22252 del 1983 de 2019 101011
Paraacutegrafo 2 Nacional de Tierras (ANT) no tendraacute competencia ejecucioacuten de catastrales de predios cuyo tiacutetulo originario actuacioacuten administrativa proferida por el Instituto Colombiano de la Reforma Instituto Colombiano Desarrollo Rural la Unidad Nacional de
Por cual se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y 82 la Ley 1 de 2019 y se modifica el TItulo 2 de la 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio cual se expide el Reglamentario Uacutenico de ecrCJr Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 16 22
Agencia Nacional de Tierras (ANT) o la entidad que sus salvo para eTE~CI()S Ordenamiento de la Propiedad Rural
Paraacutegrafo 3 municipios o zonas objeto intervencioacuten en los cuales la Agencia Nacional de Tierras (ANT) adelantaraacute la gestioacuten catastral seraacuten definidos conforme a los criterios fijados por Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural
Paraacutegrafo 4 En las zonas rurales objeto su intervencioacuten como gestor catastral la Agencia Nacional de (ANT) expediraacute los actos administrativos que permitan armonizar el componente y juriacutedico del con la informacioacuten registral y que sean para los procesos de ordenamiento social propiedad
Articulo 222221 Inclusioacuten en campo de descripcioacuten de cabida y linderos dato de aacuterea yo linderos en los folios de matriacutecula inmobiliaria que carezcan de esta informacioacuten los casos donde los folios de matriacutecula inmobiliaria no hayan contado con informacioacuten de yo linderos desde el inicio del ciclo traslaticio bien inmueble que identifican la Oficina de de Instrumentos Puacuteblicos procederaacute la inclusioacuten dato de aacuterea yo linderos en respectivas matriacuteculas inmobiliarias que se tomaraacute la base catastral administrada por gestor catastral competente
Artiacuteculo Correccioacuten yo inclusioacuten de cabida en procesos de ordenamiento de propiedad En el marco de los traacutemites ordenamiento social la propiedad que adelante la Agencia Nacional de (ANT) conforme a
competencias establecidas en el artiacuteculo 58 del Decreto Ley 902 2017 Y atendiendo a la funcioacuten de gestor catastral consignada en el artiacuteculo 80 de la Ley 1 de 19 cuando se identifique la existencia de una inconsistencia el levantamiento ial realizado por dicha entidad con la informacioacuten registral actos administrativos resuelven de fondo los asuntos sometidos a estudio ordenaraacuten aclaracioacuten actualizacioacuten masiva rectificacioacuten de por imprecisa determinacioacuten o inclusioacuten aacuterea del predio intervenido siempre los linderos esteacuten debida y teacutecnicamente descritos sean verificables por meacutetodos directos o indirectos y no exista variacioacuten en los mismos sin necesidad de adelantar un proceso rectificacioacuten o inclusioacuten de aacuterea
Artiacuteculo Actualizacioacuten masiva de linderos yo rectificacioacuten masiva de por imprecisa determinacioacuten En el marco de los procesos de actualizacioacuten
catastral y como resultado del levantamiento la informacioacuten y juriacutedica en terreno el gestor catastral podraacute remitir para inscripcioacuten a la Oficina de Registro de Instrumentos Puacuteblicos respectiva el administrativo actualizacioacuten masiva de linderos o rectificacioacuten de aacuterea corresponda
Cuando la diferencia en las magnitudes cabida yo linderos supere el rango de tolerancia establecido surtirse traacutemite de rectificacioacuten de linderos o por imprecisa determinacioacuten seguacuten corresponda
Artiacuteculo Rangos de tolerancia Los rangos de tolerancia corresponden a variacioacuten el o cabida de un predio que seguacuten la autoridad reguladora catastral sean admisibles y aplicables cuando existan diferencias la realidad fiacutesica y la descripcioacuten existente en el tiacutetulo de propiedad registrado en el folio de matricula
Por el se reglamentan parcialmente los artiacuteculos y 82 de la de 2019 y se modifica Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de
Por medio cual se expide el Decreto Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten
148DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 17 de 22
inmobiliaria No la suscripcioacuten de las colindancia ni ajustar los folios de matriacutecula inmobiliaria cuando la diferencia no supere rangos de tolerancia
Cuando los linderos no se encuentren teacutecnicamente en el folio de matriacutecula inmobiliaria aun estando dentro del rango de tolerancia folio de matriacutecula inmobiliaria deberaacute mediante acto administrativo emitido por el Gestor Catastral
Cualquier medicioacuten que difiera la catastral en un margen ngt o igual al rango de tolerancia se consideraraacute equivalente a la catastral
Articulo 222225 I-rEas objeto de despojo o abandono forzado Sin perjuicio de las actividades propias catastral los no podraacuten adelantar los procesos en el artiacuteculo Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del libro 2 del Decreto 11 5 para los siguientes casos
1 Si el bien se encuentra inscrito en el Registro Despojadas y Abandonadas que trata la Ley 1448 de Si el predio es objeto solicitud de restitucioacuten de tierras
los casos anteriores se nn- seguir la ruta juriacutedica definida en la Ley 1448 de 2011 y sus normas y complementarias
Artiacuteculo 222226 Obligacioacuten de suministro de informacioacuten la gestioacuten catastral Para el desarrollo gestioacuten catastral las siguientes puacuteblicas y privadas deberaacuten suministrar informacioacuten requerida por los catastrales en
la prestacioacuten del perjuicio de las normas contenidas en las Leyes 2012 1712 2014 Y disposiciones legales relacionadas con la
de datos
1 virtud del principio coordinacioacuten el mUnicipiO o departamento trataacutendose de aacutereas no municipalizadas entregaraacute la informacioacuten actualizada que se relaciona con el ordenamiento de su territorio
instituciones financieras vigiladas por la Superintendencia Oficinas de Registro de Instrumentos Puacuteblicos y las produzcan o registren informacioacuten avaluacuteos comerciales venta o arriendo de inmuebles suministrar dicha rrnlttln
caacutemaras de comercio municipio yo distrito deberaacuten suministrar la informacioacuten de establecimientos comercio y su actividad
4 DANE deberaacute suministrar al Catastral el Censo de a nivel de manzana Lo anterior en marco de la reserva estad en artiacuteculo 5 de la Ley 1
rCC de servicios puacuteblicos las curaduriacuteas urbanas y las planeacioacuten o quien haga sus deberaacuten proporcionar de forma informacioacuten de las acometidas servicios puacuteblicos domiciliarios y
urbanismo y construccioacuten
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO 148 DE Paacutegina 18 de 22
Paraacutegrafo Las entidades sentildealadas en el presente artiacuteculo deberaacuten implementar los mecanismos de interoperabilidad definidos por la autoridad reguladora catastral para el suministro de la informacioacuten para la gestioacuten catastral de manera continua y permanente
Artiacuteculo 222227 Gratuidad de la informacioacuten para la gestioacuten catastral De conformidad con lo establecido en el artiacuteculo 1deg del Decreto 235 de 2010 los requerimientos de informacioacuten que realicen los gestores catastrales para el ejercicio del servicio puacuteblico catastral no constituyen servicio y no generan costo alguno al solicitante La entrega de informacioacuten al gestor catastral durante el empalme previsto en el artiacuteculo 22254 del Decreto 1983 de 2019 seraacute gratuita
Artiacuteculo 222228 Vigencia fiscal Para efectos de lo consagrado en el artiacuteculo 3 de la Ley 44 de 1990 los avaluacuteos catastrales resultantes de la prestacioacuten del servicio puacuteblico de gestioacuten catastral entraraacuten en vigencia para efectos fiscales a partir del 10 de enero del antildeo siguiente a aquel en que fueron estimados o calculados para lo cual los gestores catastrales ordenaraacuten por acto administrativo su entrada en vigencia
Artiacuteculo 222229 Vigencia catastral La informacioacuten fiacutesica juriacutedica y econoacutemica asiacute como la resultante de los procedimientos de enfoque multipropoacutesito entraraacuten en vigencia para efectos catastrales al momento de quedar en firme su inscripcioacuten o incorporacioacuten en las bases oficiales descritas en el presente decreto
Artiacuteculo 222230 Aplazamiento de vigencia y reduccioacuten de los iacutendices de ajuste del avaluacuteo catastral El Gobierno Nacional de oficio o por solicitud fundamentada de los Concejos Municipales debido a especiales condiciones econoacutemicas o sociales que afecten a determinados municipios o zonas de estos podraacute aplazar la vigencia de los catastros elaborados por formacioacuten o actualizacioacuten por un periacuteodo hasta de un (1) antildeo Si subsisten las condiciones que originaron el aplazamiento procederaacute a ordenar una nueva formacioacuten o actualizacioacuten de estos catastros
En el evento de que la vigencia fiscal de los avaluacuteos elaborados por formacioacuten o actualizacioacuten de la formacioacuten fuera aplazada por el Gobierno en los teacuterminos y condiciones sentildealados en el artiacuteculo 10 de la Ley 14 de 1983 continuaraacuten vigentes los avaluacuteos anteriores y por lo tanto se seguiraacuten aplicando los iacutendices anuales de ajuste correspondientes hasta que termine el aplazamiento o se pongan en vigencia fiscal los avaluacuteos aplazados o se realice y ponga en vigencia una nueva formacioacuten o actualizacioacuten de la formacioacuten
ARTiacuteCULO 2 Adicioacutenense los Capiacutetulos 6 y 7 al Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 DISPOSICIONES ESPECiFICAS INSTITUTO GEOGRAacuteFICO AGUSTiacuteN CODAZZI IGAC del Decreto 1170 de 2015 Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica los cuales quedaraacuten asiacute
CAPiacuteTULO 6
Informacioacuten Econoacutemica Catastral
recopilaraacute la informacioacuten mercado inmobiliario del proveniente de fuentes como ofertas transacciones costos otras y el cual deberaacute articulado para tal efecto con el
Todos los Gestores Inmobiliario Catastral donde se
valor comercial de un predio a partir del estudio de recientes de bienes o comparables al del objeto
Meacutetodo de capitalizacioacuten de rentas o ingresos que busca establecer el valor un bien a partir de las o que se puedan obtener del o inmuebles semejantes o comparables trayendo a valor suma de los ingresos probables o generadas
Por el cual se parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 Y se modifica Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten
DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 19 de 22
Artiacuteculo 22261 Inmobiliario Catastrales contar con un Observatorio
Departamento Nacional de (DANE) Todo avaluacuteo comercial deberaacute estar sustentado en informacioacuten registrada en el observatorio inmobiliario catastral para lo cual se deberaacute garantizar que cualquier tipo de informacioacuten en avaluacuteo sea registrada en el observatorio anterior sin perjuicio de normas relacionadas con la proteccioacuten de datos nlr~r1n
Artiacuteculo 22262 Determinacioacuten del valor catastral de un inmueble La determinacioacuten del valor ca1tastra
(~tnlro~ Catastrales o por el Instituto inmuebles seraacute a de avaluacuteos
puntuales o masivos por Agustiacuten (IGAC)
Articulo 22263 Meacutetodos Sin perjuicio de norma especial para determinacioacuten de los avaluacuteos catastrales la estimacioacuten del valor del inmueble
los siguientes meacutetodos otros
1 Meacutetodo de comparacioacuten o de mercado Es la teacutecnica que LlU
en la vida remanente del bien objeto de avaluacuteo con una tasa de capitalizacioacuten o
3 Meacutetodo del costo de reposicioacuten Cuando sea necesario valor comercial de una construccioacuten se aplicaraacute el meacutetodo de costo consistente en establecer el valor comercial de un predio depreciacioacuten de una estimacioacuten total de una construccioacuten
4 Meacutetodo sea neces~a establecer el valor se aplicaraacute el meacutetodo residual
proyecto con el mercado del bien final
residual Cuando un cual se deriva de estimar el valor total
las ventas de un acorde con la reglamentacioacuten urbaniacutestica vigente y de ible en el
objeto de avaluacuteo
se podraacuten aplicar manera los meacutetodos descritos en presente artiacuteculo los cuales no
el ingreso al predio
Salvo lo dispuesto en normas
a
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO _ 148 DE Paacutegina 20 de 22
Artiacuteculo 22264 Estructura del NUPRE Los Gestores Catastrales para la identificacioacuten de los predios en el territorio deberaacuten adoptar el Coacutedigo Homologado de Identificacioacuten Predial con la siguiente estructura
ABC-1234-DEFH
Las tres (3) primeras letras (ABC) pertenecen al prefijo asignado por el IGAC a cada Gestor Catastral Habilitado
Los cuatro (4) diacutegitos (1234) que podraacuten tomar valores del O al 9 y las tres (3) letras siguientes (DEF) podraacuten tomar valores de las siguientes letras A B C D E F H J K L M N 0 P R S T U W X V Z Se eliminan las letras G 1 A V Ntilde con el propoacutesito de minimizar la posibilidad de error en el coacutedigo debido a la similitud con otras letras La definicioacuten de estas siete (7) posiciones asiacute como los mecanismos de generacioacuten aleatoria o secuencial y su asignacioacuten estaraacute a cargo deIIGAC
La letra final a la derecha (H) corresponde a un caraacutecter de chequeo utilizado con el objeto de poder validar la integridad del coacutedigo restante
La definicioacuten de los rangos que utilizariacutea cada ciudad y el significado de cada una de estas tres (3) posiciones estaraacute a cargo deIIGAC
CAPiacuteTULO 7
De la Inspeccioacuten Vigilancia y Control de la Gestioacuten Catastral
Artiacuteculo 22271 Inspeccioacuten Vigilancia y Control de la Gestioacuten Catastral La Superintendencia de Notariado y Registro ejerceraacute las funciones otorgadas mediante los artiacuteculos 79 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 relacionadas con la inspeccioacuten vigilancia y control del ejercicio de la gestioacuten catastral
Paraacutegrafo 1 La funcioacuten de inspeccioacuten vigilancia y control es de naturaleza administrativa y no implica ejercicio de la funcioacuten de control fiscal disciplinario o penal
Paraacutegrafo 2 En lo no contemplado en el presente capiacutetulo se aplicaraacute lo dispuesto en la Ley 1437 de 2011 o las disposiciones que la modifiquen o sustituyan
Artiacuteculo 22272 Sujetos pasivos Son sujetos pasivos de las funciones de inspeccioacuten vigilancia y control los gestores catastrales los operadores catastrales los municipios los propietarios ocupantes tenedores o poseedores titulares de derechos reales o quien tenga cualquier relacioacuten faacutectica o juriacutedica con el predio
Artiacuteculo 22~73 Funcioacuten de inspeccioacuten La inspeccioacuten consiste en la atribucioacuten de la Superintendencia de Notariado y Registro entre otras para solicitar confirmar y analizar en la forma detalle y teacuterminos que ella determine la informacioacuten que requiera
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 21 de 22148
con el objeto de establecer de manera general el cumplimiento del reacutegimen juriacutedico aplicable al servicio puacuteblico de gestioacuten catastral En ejercicio de esta funcioacuten la Superintendencia de Notariado y Registro de oficio o a peticioacuten de parte podraacute requerir informacioacuten realizar visitas instruir y orientar en la manera en que se debe cumplir e interpretar el reacutegimen juriacutedico aplicable a la gestioacuten catastral
Artiacuteculo 22274 Funcioacuten de vigilancia La vigilancia consiste en la atribucioacuten de la Superintendencia de Notariado y Registro para velar que de manera puntual los sujetos pasivos en desarrollo de sus funciones y obligaciones se ajusten a lo dispuesto en el ordenamiento juriacutedico i
~~ t~ lt
La vigilanyia estaacute retrida a funcion~~ de advertencia prevencioacuten y orientacioacuten encamin~das eacutel q~11~ rf~a9~On~S~~ ~ iuj~tos pasivo~ se ajusten a la norm~tividad i ~ IOque los rigen para to q~1 Ia Supeqnt~nd~cla de Notariado y Registro tendra entre otras las~tri~UqL9n~s ~~ tnsfruir o(ientaacuteC requerir ordenar establecer planes de mejoramiento practicaacuter visitasl~ r~visioacuteries y demaacutes pruebas que determine conducentes pertinefltes y uacutetiles
Artiacuteculo 22275 Funcioacuten de control El control consiste en las atribuciones de la Superintendencia de Notariado y Registro tendientes a evitar superar y sancionar los efectos de la comisioacuten de infracciones al reacutegimen catastral para lo cual entre otras cosas podraacute ordenar la adopcioacuten de medidas preventivas correctivas y conforme con los artiacuteculos 81 y 82 de la Ley 1955 de 2019 o la que la modifique o sustituya y a la Ley 1437 de 2011 de oficio o a peticioacuten de parte y en ejercicio de la potestad sancionatoria adelantar procedimientos administrativos sancionatorios en contra de los sujetos pasivos cuando se determine el meacuterito para ello
Artiacuteculo 22276 Medidas preventivas Sin perjuicio de las sanciones a que haya lugar cuando resulten necesarias la Superintendencia de Notariado y Registro podraacute imponer medidas preventivas para evitar de manera transitoria la continuacioacuten de la ocurrencia de un hecho la realizacioacuten de una actividad o la existencia de una situacioacuten que presuntamente atente contra el reacutegimen catastral
Artiacuteculo 22277 Potestad sancionatoria La Superintendencia de Notariado y Registro tendraacute la potestad de sancionar a los gestores y operadores del servicio puacuteblico de catastro por la incursioacuten en alguna de las infracciones previstas entre los numerales 1 al13 del artiacuteculo 81 de la Ley 1955 de 2019 o la norma que la modifique o sustituya
Por su parte de las obligaciones establecidas en el inciso primero del artiacuteculo 81 de la Ley 1955 de 2019 la Superintendencia de Notariado y Registro podraacute sancionar a propietarios ocupantes tenedores o poseedores titulares de derechos reales o quien tenga cualquier relacioacuten faacutectica o juriacutedica con el predio por incurrir en las conductas de que trata la norma citada
Artiacuteculo 22278 Procedimiento El procedimiento sancionatorio se adelantaraacute conforme con lo establecido en la Ley 1437 de 2011
Por el cual se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO-_- ~ 148 DE Paacutegina 22 de 22
ARTiacuteCULO 3 Vigencia y Derogatoria El presente Decreto entra en vigencia a partir de su publicacioacuten y deroga las normas que le sean contrarias en especial el Decreto 1227 de 1908 el Decreto 2275 de 1941 el Decreto 3496 de 1983 compilado en el Decreto 1170 de 2015 el paraacutegrafo 2 del artiacuteculo 222312 el artiacuteculo 222313 el paraacutegrafo 2 del artiacuteculo 222316 el artiacuteculo 222321 y el artiacuteculo 222324 del Decreto 1170 de 2015
PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE -4 FES 2020 Dado en Bogotaacute DC a los
LA MINISTRA DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
EL MINISTRO DE AGRICULTURA y DESARROLLO URAL
CIA PINZOacuteN
EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADiacuteSTICA
Por cual se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y 82 la Ley 1 de 2019 y se modifica el TItulo 2 de la 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio cual se expide el Reglamentario Uacutenico de ecrCJr Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 16 22
Agencia Nacional de Tierras (ANT) o la entidad que sus salvo para eTE~CI()S Ordenamiento de la Propiedad Rural
Paraacutegrafo 3 municipios o zonas objeto intervencioacuten en los cuales la Agencia Nacional de Tierras (ANT) adelantaraacute la gestioacuten catastral seraacuten definidos conforme a los criterios fijados por Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural
Paraacutegrafo 4 En las zonas rurales objeto su intervencioacuten como gestor catastral la Agencia Nacional de (ANT) expediraacute los actos administrativos que permitan armonizar el componente y juriacutedico del con la informacioacuten registral y que sean para los procesos de ordenamiento social propiedad
Articulo 222221 Inclusioacuten en campo de descripcioacuten de cabida y linderos dato de aacuterea yo linderos en los folios de matriacutecula inmobiliaria que carezcan de esta informacioacuten los casos donde los folios de matriacutecula inmobiliaria no hayan contado con informacioacuten de yo linderos desde el inicio del ciclo traslaticio bien inmueble que identifican la Oficina de de Instrumentos Puacuteblicos procederaacute la inclusioacuten dato de aacuterea yo linderos en respectivas matriacuteculas inmobiliarias que se tomaraacute la base catastral administrada por gestor catastral competente
Artiacuteculo Correccioacuten yo inclusioacuten de cabida en procesos de ordenamiento de propiedad En el marco de los traacutemites ordenamiento social la propiedad que adelante la Agencia Nacional de (ANT) conforme a
competencias establecidas en el artiacuteculo 58 del Decreto Ley 902 2017 Y atendiendo a la funcioacuten de gestor catastral consignada en el artiacuteculo 80 de la Ley 1 de 19 cuando se identifique la existencia de una inconsistencia el levantamiento ial realizado por dicha entidad con la informacioacuten registral actos administrativos resuelven de fondo los asuntos sometidos a estudio ordenaraacuten aclaracioacuten actualizacioacuten masiva rectificacioacuten de por imprecisa determinacioacuten o inclusioacuten aacuterea del predio intervenido siempre los linderos esteacuten debida y teacutecnicamente descritos sean verificables por meacutetodos directos o indirectos y no exista variacioacuten en los mismos sin necesidad de adelantar un proceso rectificacioacuten o inclusioacuten de aacuterea
Artiacuteculo Actualizacioacuten masiva de linderos yo rectificacioacuten masiva de por imprecisa determinacioacuten En el marco de los procesos de actualizacioacuten
catastral y como resultado del levantamiento la informacioacuten y juriacutedica en terreno el gestor catastral podraacute remitir para inscripcioacuten a la Oficina de Registro de Instrumentos Puacuteblicos respectiva el administrativo actualizacioacuten masiva de linderos o rectificacioacuten de aacuterea corresponda
Cuando la diferencia en las magnitudes cabida yo linderos supere el rango de tolerancia establecido surtirse traacutemite de rectificacioacuten de linderos o por imprecisa determinacioacuten seguacuten corresponda
Artiacuteculo Rangos de tolerancia Los rangos de tolerancia corresponden a variacioacuten el o cabida de un predio que seguacuten la autoridad reguladora catastral sean admisibles y aplicables cuando existan diferencias la realidad fiacutesica y la descripcioacuten existente en el tiacutetulo de propiedad registrado en el folio de matricula
Por el se reglamentan parcialmente los artiacuteculos y 82 de la de 2019 y se modifica Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de
Por medio cual se expide el Decreto Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten
148DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 17 de 22
inmobiliaria No la suscripcioacuten de las colindancia ni ajustar los folios de matriacutecula inmobiliaria cuando la diferencia no supere rangos de tolerancia
Cuando los linderos no se encuentren teacutecnicamente en el folio de matriacutecula inmobiliaria aun estando dentro del rango de tolerancia folio de matriacutecula inmobiliaria deberaacute mediante acto administrativo emitido por el Gestor Catastral
Cualquier medicioacuten que difiera la catastral en un margen ngt o igual al rango de tolerancia se consideraraacute equivalente a la catastral
Articulo 222225 I-rEas objeto de despojo o abandono forzado Sin perjuicio de las actividades propias catastral los no podraacuten adelantar los procesos en el artiacuteculo Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del libro 2 del Decreto 11 5 para los siguientes casos
1 Si el bien se encuentra inscrito en el Registro Despojadas y Abandonadas que trata la Ley 1448 de Si el predio es objeto solicitud de restitucioacuten de tierras
los casos anteriores se nn- seguir la ruta juriacutedica definida en la Ley 1448 de 2011 y sus normas y complementarias
Artiacuteculo 222226 Obligacioacuten de suministro de informacioacuten la gestioacuten catastral Para el desarrollo gestioacuten catastral las siguientes puacuteblicas y privadas deberaacuten suministrar informacioacuten requerida por los catastrales en
la prestacioacuten del perjuicio de las normas contenidas en las Leyes 2012 1712 2014 Y disposiciones legales relacionadas con la
de datos
1 virtud del principio coordinacioacuten el mUnicipiO o departamento trataacutendose de aacutereas no municipalizadas entregaraacute la informacioacuten actualizada que se relaciona con el ordenamiento de su territorio
instituciones financieras vigiladas por la Superintendencia Oficinas de Registro de Instrumentos Puacuteblicos y las produzcan o registren informacioacuten avaluacuteos comerciales venta o arriendo de inmuebles suministrar dicha rrnlttln
caacutemaras de comercio municipio yo distrito deberaacuten suministrar la informacioacuten de establecimientos comercio y su actividad
4 DANE deberaacute suministrar al Catastral el Censo de a nivel de manzana Lo anterior en marco de la reserva estad en artiacuteculo 5 de la Ley 1
rCC de servicios puacuteblicos las curaduriacuteas urbanas y las planeacioacuten o quien haga sus deberaacuten proporcionar de forma informacioacuten de las acometidas servicios puacuteblicos domiciliarios y
urbanismo y construccioacuten
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO 148 DE Paacutegina 18 de 22
Paraacutegrafo Las entidades sentildealadas en el presente artiacuteculo deberaacuten implementar los mecanismos de interoperabilidad definidos por la autoridad reguladora catastral para el suministro de la informacioacuten para la gestioacuten catastral de manera continua y permanente
Artiacuteculo 222227 Gratuidad de la informacioacuten para la gestioacuten catastral De conformidad con lo establecido en el artiacuteculo 1deg del Decreto 235 de 2010 los requerimientos de informacioacuten que realicen los gestores catastrales para el ejercicio del servicio puacuteblico catastral no constituyen servicio y no generan costo alguno al solicitante La entrega de informacioacuten al gestor catastral durante el empalme previsto en el artiacuteculo 22254 del Decreto 1983 de 2019 seraacute gratuita
Artiacuteculo 222228 Vigencia fiscal Para efectos de lo consagrado en el artiacuteculo 3 de la Ley 44 de 1990 los avaluacuteos catastrales resultantes de la prestacioacuten del servicio puacuteblico de gestioacuten catastral entraraacuten en vigencia para efectos fiscales a partir del 10 de enero del antildeo siguiente a aquel en que fueron estimados o calculados para lo cual los gestores catastrales ordenaraacuten por acto administrativo su entrada en vigencia
Artiacuteculo 222229 Vigencia catastral La informacioacuten fiacutesica juriacutedica y econoacutemica asiacute como la resultante de los procedimientos de enfoque multipropoacutesito entraraacuten en vigencia para efectos catastrales al momento de quedar en firme su inscripcioacuten o incorporacioacuten en las bases oficiales descritas en el presente decreto
Artiacuteculo 222230 Aplazamiento de vigencia y reduccioacuten de los iacutendices de ajuste del avaluacuteo catastral El Gobierno Nacional de oficio o por solicitud fundamentada de los Concejos Municipales debido a especiales condiciones econoacutemicas o sociales que afecten a determinados municipios o zonas de estos podraacute aplazar la vigencia de los catastros elaborados por formacioacuten o actualizacioacuten por un periacuteodo hasta de un (1) antildeo Si subsisten las condiciones que originaron el aplazamiento procederaacute a ordenar una nueva formacioacuten o actualizacioacuten de estos catastros
En el evento de que la vigencia fiscal de los avaluacuteos elaborados por formacioacuten o actualizacioacuten de la formacioacuten fuera aplazada por el Gobierno en los teacuterminos y condiciones sentildealados en el artiacuteculo 10 de la Ley 14 de 1983 continuaraacuten vigentes los avaluacuteos anteriores y por lo tanto se seguiraacuten aplicando los iacutendices anuales de ajuste correspondientes hasta que termine el aplazamiento o se pongan en vigencia fiscal los avaluacuteos aplazados o se realice y ponga en vigencia una nueva formacioacuten o actualizacioacuten de la formacioacuten
ARTiacuteCULO 2 Adicioacutenense los Capiacutetulos 6 y 7 al Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 DISPOSICIONES ESPECiFICAS INSTITUTO GEOGRAacuteFICO AGUSTiacuteN CODAZZI IGAC del Decreto 1170 de 2015 Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica los cuales quedaraacuten asiacute
CAPiacuteTULO 6
Informacioacuten Econoacutemica Catastral
recopilaraacute la informacioacuten mercado inmobiliario del proveniente de fuentes como ofertas transacciones costos otras y el cual deberaacute articulado para tal efecto con el
Todos los Gestores Inmobiliario Catastral donde se
valor comercial de un predio a partir del estudio de recientes de bienes o comparables al del objeto
Meacutetodo de capitalizacioacuten de rentas o ingresos que busca establecer el valor un bien a partir de las o que se puedan obtener del o inmuebles semejantes o comparables trayendo a valor suma de los ingresos probables o generadas
Por el cual se parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 Y se modifica Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten
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Artiacuteculo 22261 Inmobiliario Catastrales contar con un Observatorio
Departamento Nacional de (DANE) Todo avaluacuteo comercial deberaacute estar sustentado en informacioacuten registrada en el observatorio inmobiliario catastral para lo cual se deberaacute garantizar que cualquier tipo de informacioacuten en avaluacuteo sea registrada en el observatorio anterior sin perjuicio de normas relacionadas con la proteccioacuten de datos nlr~r1n
Artiacuteculo 22262 Determinacioacuten del valor catastral de un inmueble La determinacioacuten del valor ca1tastra
(~tnlro~ Catastrales o por el Instituto inmuebles seraacute a de avaluacuteos
puntuales o masivos por Agustiacuten (IGAC)
Articulo 22263 Meacutetodos Sin perjuicio de norma especial para determinacioacuten de los avaluacuteos catastrales la estimacioacuten del valor del inmueble
los siguientes meacutetodos otros
1 Meacutetodo de comparacioacuten o de mercado Es la teacutecnica que LlU
en la vida remanente del bien objeto de avaluacuteo con una tasa de capitalizacioacuten o
3 Meacutetodo del costo de reposicioacuten Cuando sea necesario valor comercial de una construccioacuten se aplicaraacute el meacutetodo de costo consistente en establecer el valor comercial de un predio depreciacioacuten de una estimacioacuten total de una construccioacuten
4 Meacutetodo sea neces~a establecer el valor se aplicaraacute el meacutetodo residual
proyecto con el mercado del bien final
residual Cuando un cual se deriva de estimar el valor total
las ventas de un acorde con la reglamentacioacuten urbaniacutestica vigente y de ible en el
objeto de avaluacuteo
se podraacuten aplicar manera los meacutetodos descritos en presente artiacuteculo los cuales no
el ingreso al predio
Salvo lo dispuesto en normas
a
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
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Artiacuteculo 22264 Estructura del NUPRE Los Gestores Catastrales para la identificacioacuten de los predios en el territorio deberaacuten adoptar el Coacutedigo Homologado de Identificacioacuten Predial con la siguiente estructura
ABC-1234-DEFH
Las tres (3) primeras letras (ABC) pertenecen al prefijo asignado por el IGAC a cada Gestor Catastral Habilitado
Los cuatro (4) diacutegitos (1234) que podraacuten tomar valores del O al 9 y las tres (3) letras siguientes (DEF) podraacuten tomar valores de las siguientes letras A B C D E F H J K L M N 0 P R S T U W X V Z Se eliminan las letras G 1 A V Ntilde con el propoacutesito de minimizar la posibilidad de error en el coacutedigo debido a la similitud con otras letras La definicioacuten de estas siete (7) posiciones asiacute como los mecanismos de generacioacuten aleatoria o secuencial y su asignacioacuten estaraacute a cargo deIIGAC
La letra final a la derecha (H) corresponde a un caraacutecter de chequeo utilizado con el objeto de poder validar la integridad del coacutedigo restante
La definicioacuten de los rangos que utilizariacutea cada ciudad y el significado de cada una de estas tres (3) posiciones estaraacute a cargo deIIGAC
CAPiacuteTULO 7
De la Inspeccioacuten Vigilancia y Control de la Gestioacuten Catastral
Artiacuteculo 22271 Inspeccioacuten Vigilancia y Control de la Gestioacuten Catastral La Superintendencia de Notariado y Registro ejerceraacute las funciones otorgadas mediante los artiacuteculos 79 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 relacionadas con la inspeccioacuten vigilancia y control del ejercicio de la gestioacuten catastral
Paraacutegrafo 1 La funcioacuten de inspeccioacuten vigilancia y control es de naturaleza administrativa y no implica ejercicio de la funcioacuten de control fiscal disciplinario o penal
Paraacutegrafo 2 En lo no contemplado en el presente capiacutetulo se aplicaraacute lo dispuesto en la Ley 1437 de 2011 o las disposiciones que la modifiquen o sustituyan
Artiacuteculo 22272 Sujetos pasivos Son sujetos pasivos de las funciones de inspeccioacuten vigilancia y control los gestores catastrales los operadores catastrales los municipios los propietarios ocupantes tenedores o poseedores titulares de derechos reales o quien tenga cualquier relacioacuten faacutectica o juriacutedica con el predio
Artiacuteculo 22~73 Funcioacuten de inspeccioacuten La inspeccioacuten consiste en la atribucioacuten de la Superintendencia de Notariado y Registro entre otras para solicitar confirmar y analizar en la forma detalle y teacuterminos que ella determine la informacioacuten que requiera
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
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con el objeto de establecer de manera general el cumplimiento del reacutegimen juriacutedico aplicable al servicio puacuteblico de gestioacuten catastral En ejercicio de esta funcioacuten la Superintendencia de Notariado y Registro de oficio o a peticioacuten de parte podraacute requerir informacioacuten realizar visitas instruir y orientar en la manera en que se debe cumplir e interpretar el reacutegimen juriacutedico aplicable a la gestioacuten catastral
Artiacuteculo 22274 Funcioacuten de vigilancia La vigilancia consiste en la atribucioacuten de la Superintendencia de Notariado y Registro para velar que de manera puntual los sujetos pasivos en desarrollo de sus funciones y obligaciones se ajusten a lo dispuesto en el ordenamiento juriacutedico i
~~ t~ lt
La vigilanyia estaacute retrida a funcion~~ de advertencia prevencioacuten y orientacioacuten encamin~das eacutel q~11~ rf~a9~On~S~~ ~ iuj~tos pasivo~ se ajusten a la norm~tividad i ~ IOque los rigen para to q~1 Ia Supeqnt~nd~cla de Notariado y Registro tendra entre otras las~tri~UqL9n~s ~~ tnsfruir o(ientaacuteC requerir ordenar establecer planes de mejoramiento practicaacuter visitasl~ r~visioacuteries y demaacutes pruebas que determine conducentes pertinefltes y uacutetiles
Artiacuteculo 22275 Funcioacuten de control El control consiste en las atribuciones de la Superintendencia de Notariado y Registro tendientes a evitar superar y sancionar los efectos de la comisioacuten de infracciones al reacutegimen catastral para lo cual entre otras cosas podraacute ordenar la adopcioacuten de medidas preventivas correctivas y conforme con los artiacuteculos 81 y 82 de la Ley 1955 de 2019 o la que la modifique o sustituya y a la Ley 1437 de 2011 de oficio o a peticioacuten de parte y en ejercicio de la potestad sancionatoria adelantar procedimientos administrativos sancionatorios en contra de los sujetos pasivos cuando se determine el meacuterito para ello
Artiacuteculo 22276 Medidas preventivas Sin perjuicio de las sanciones a que haya lugar cuando resulten necesarias la Superintendencia de Notariado y Registro podraacute imponer medidas preventivas para evitar de manera transitoria la continuacioacuten de la ocurrencia de un hecho la realizacioacuten de una actividad o la existencia de una situacioacuten que presuntamente atente contra el reacutegimen catastral
Artiacuteculo 22277 Potestad sancionatoria La Superintendencia de Notariado y Registro tendraacute la potestad de sancionar a los gestores y operadores del servicio puacuteblico de catastro por la incursioacuten en alguna de las infracciones previstas entre los numerales 1 al13 del artiacuteculo 81 de la Ley 1955 de 2019 o la norma que la modifique o sustituya
Por su parte de las obligaciones establecidas en el inciso primero del artiacuteculo 81 de la Ley 1955 de 2019 la Superintendencia de Notariado y Registro podraacute sancionar a propietarios ocupantes tenedores o poseedores titulares de derechos reales o quien tenga cualquier relacioacuten faacutectica o juriacutedica con el predio por incurrir en las conductas de que trata la norma citada
Artiacuteculo 22278 Procedimiento El procedimiento sancionatorio se adelantaraacute conforme con lo establecido en la Ley 1437 de 2011
Por el cual se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
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ARTiacuteCULO 3 Vigencia y Derogatoria El presente Decreto entra en vigencia a partir de su publicacioacuten y deroga las normas que le sean contrarias en especial el Decreto 1227 de 1908 el Decreto 2275 de 1941 el Decreto 3496 de 1983 compilado en el Decreto 1170 de 2015 el paraacutegrafo 2 del artiacuteculo 222312 el artiacuteculo 222313 el paraacutegrafo 2 del artiacuteculo 222316 el artiacuteculo 222321 y el artiacuteculo 222324 del Decreto 1170 de 2015
PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE -4 FES 2020 Dado en Bogotaacute DC a los
LA MINISTRA DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
EL MINISTRO DE AGRICULTURA y DESARROLLO URAL
CIA PINZOacuteN
EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADiacuteSTICA
Por el se reglamentan parcialmente los artiacuteculos y 82 de la de 2019 y se modifica Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de
Por medio cual se expide el Decreto Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten
148DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 17 de 22
inmobiliaria No la suscripcioacuten de las colindancia ni ajustar los folios de matriacutecula inmobiliaria cuando la diferencia no supere rangos de tolerancia
Cuando los linderos no se encuentren teacutecnicamente en el folio de matriacutecula inmobiliaria aun estando dentro del rango de tolerancia folio de matriacutecula inmobiliaria deberaacute mediante acto administrativo emitido por el Gestor Catastral
Cualquier medicioacuten que difiera la catastral en un margen ngt o igual al rango de tolerancia se consideraraacute equivalente a la catastral
Articulo 222225 I-rEas objeto de despojo o abandono forzado Sin perjuicio de las actividades propias catastral los no podraacuten adelantar los procesos en el artiacuteculo Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del libro 2 del Decreto 11 5 para los siguientes casos
1 Si el bien se encuentra inscrito en el Registro Despojadas y Abandonadas que trata la Ley 1448 de Si el predio es objeto solicitud de restitucioacuten de tierras
los casos anteriores se nn- seguir la ruta juriacutedica definida en la Ley 1448 de 2011 y sus normas y complementarias
Artiacuteculo 222226 Obligacioacuten de suministro de informacioacuten la gestioacuten catastral Para el desarrollo gestioacuten catastral las siguientes puacuteblicas y privadas deberaacuten suministrar informacioacuten requerida por los catastrales en
la prestacioacuten del perjuicio de las normas contenidas en las Leyes 2012 1712 2014 Y disposiciones legales relacionadas con la
de datos
1 virtud del principio coordinacioacuten el mUnicipiO o departamento trataacutendose de aacutereas no municipalizadas entregaraacute la informacioacuten actualizada que se relaciona con el ordenamiento de su territorio
instituciones financieras vigiladas por la Superintendencia Oficinas de Registro de Instrumentos Puacuteblicos y las produzcan o registren informacioacuten avaluacuteos comerciales venta o arriendo de inmuebles suministrar dicha rrnlttln
caacutemaras de comercio municipio yo distrito deberaacuten suministrar la informacioacuten de establecimientos comercio y su actividad
4 DANE deberaacute suministrar al Catastral el Censo de a nivel de manzana Lo anterior en marco de la reserva estad en artiacuteculo 5 de la Ley 1
rCC de servicios puacuteblicos las curaduriacuteas urbanas y las planeacioacuten o quien haga sus deberaacuten proporcionar de forma informacioacuten de las acometidas servicios puacuteblicos domiciliarios y
urbanismo y construccioacuten
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
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Paraacutegrafo Las entidades sentildealadas en el presente artiacuteculo deberaacuten implementar los mecanismos de interoperabilidad definidos por la autoridad reguladora catastral para el suministro de la informacioacuten para la gestioacuten catastral de manera continua y permanente
Artiacuteculo 222227 Gratuidad de la informacioacuten para la gestioacuten catastral De conformidad con lo establecido en el artiacuteculo 1deg del Decreto 235 de 2010 los requerimientos de informacioacuten que realicen los gestores catastrales para el ejercicio del servicio puacuteblico catastral no constituyen servicio y no generan costo alguno al solicitante La entrega de informacioacuten al gestor catastral durante el empalme previsto en el artiacuteculo 22254 del Decreto 1983 de 2019 seraacute gratuita
Artiacuteculo 222228 Vigencia fiscal Para efectos de lo consagrado en el artiacuteculo 3 de la Ley 44 de 1990 los avaluacuteos catastrales resultantes de la prestacioacuten del servicio puacuteblico de gestioacuten catastral entraraacuten en vigencia para efectos fiscales a partir del 10 de enero del antildeo siguiente a aquel en que fueron estimados o calculados para lo cual los gestores catastrales ordenaraacuten por acto administrativo su entrada en vigencia
Artiacuteculo 222229 Vigencia catastral La informacioacuten fiacutesica juriacutedica y econoacutemica asiacute como la resultante de los procedimientos de enfoque multipropoacutesito entraraacuten en vigencia para efectos catastrales al momento de quedar en firme su inscripcioacuten o incorporacioacuten en las bases oficiales descritas en el presente decreto
Artiacuteculo 222230 Aplazamiento de vigencia y reduccioacuten de los iacutendices de ajuste del avaluacuteo catastral El Gobierno Nacional de oficio o por solicitud fundamentada de los Concejos Municipales debido a especiales condiciones econoacutemicas o sociales que afecten a determinados municipios o zonas de estos podraacute aplazar la vigencia de los catastros elaborados por formacioacuten o actualizacioacuten por un periacuteodo hasta de un (1) antildeo Si subsisten las condiciones que originaron el aplazamiento procederaacute a ordenar una nueva formacioacuten o actualizacioacuten de estos catastros
En el evento de que la vigencia fiscal de los avaluacuteos elaborados por formacioacuten o actualizacioacuten de la formacioacuten fuera aplazada por el Gobierno en los teacuterminos y condiciones sentildealados en el artiacuteculo 10 de la Ley 14 de 1983 continuaraacuten vigentes los avaluacuteos anteriores y por lo tanto se seguiraacuten aplicando los iacutendices anuales de ajuste correspondientes hasta que termine el aplazamiento o se pongan en vigencia fiscal los avaluacuteos aplazados o se realice y ponga en vigencia una nueva formacioacuten o actualizacioacuten de la formacioacuten
ARTiacuteCULO 2 Adicioacutenense los Capiacutetulos 6 y 7 al Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 DISPOSICIONES ESPECiFICAS INSTITUTO GEOGRAacuteFICO AGUSTiacuteN CODAZZI IGAC del Decreto 1170 de 2015 Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica los cuales quedaraacuten asiacute
CAPiacuteTULO 6
Informacioacuten Econoacutemica Catastral
recopilaraacute la informacioacuten mercado inmobiliario del proveniente de fuentes como ofertas transacciones costos otras y el cual deberaacute articulado para tal efecto con el
Todos los Gestores Inmobiliario Catastral donde se
valor comercial de un predio a partir del estudio de recientes de bienes o comparables al del objeto
Meacutetodo de capitalizacioacuten de rentas o ingresos que busca establecer el valor un bien a partir de las o que se puedan obtener del o inmuebles semejantes o comparables trayendo a valor suma de los ingresos probables o generadas
Por el cual se parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 Y se modifica Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten
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Artiacuteculo 22261 Inmobiliario Catastrales contar con un Observatorio
Departamento Nacional de (DANE) Todo avaluacuteo comercial deberaacute estar sustentado en informacioacuten registrada en el observatorio inmobiliario catastral para lo cual se deberaacute garantizar que cualquier tipo de informacioacuten en avaluacuteo sea registrada en el observatorio anterior sin perjuicio de normas relacionadas con la proteccioacuten de datos nlr~r1n
Artiacuteculo 22262 Determinacioacuten del valor catastral de un inmueble La determinacioacuten del valor ca1tastra
(~tnlro~ Catastrales o por el Instituto inmuebles seraacute a de avaluacuteos
puntuales o masivos por Agustiacuten (IGAC)
Articulo 22263 Meacutetodos Sin perjuicio de norma especial para determinacioacuten de los avaluacuteos catastrales la estimacioacuten del valor del inmueble
los siguientes meacutetodos otros
1 Meacutetodo de comparacioacuten o de mercado Es la teacutecnica que LlU
en la vida remanente del bien objeto de avaluacuteo con una tasa de capitalizacioacuten o
3 Meacutetodo del costo de reposicioacuten Cuando sea necesario valor comercial de una construccioacuten se aplicaraacute el meacutetodo de costo consistente en establecer el valor comercial de un predio depreciacioacuten de una estimacioacuten total de una construccioacuten
4 Meacutetodo sea neces~a establecer el valor se aplicaraacute el meacutetodo residual
proyecto con el mercado del bien final
residual Cuando un cual se deriva de estimar el valor total
las ventas de un acorde con la reglamentacioacuten urbaniacutestica vigente y de ible en el
objeto de avaluacuteo
se podraacuten aplicar manera los meacutetodos descritos en presente artiacuteculo los cuales no
el ingreso al predio
Salvo lo dispuesto en normas
a
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
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Artiacuteculo 22264 Estructura del NUPRE Los Gestores Catastrales para la identificacioacuten de los predios en el territorio deberaacuten adoptar el Coacutedigo Homologado de Identificacioacuten Predial con la siguiente estructura
ABC-1234-DEFH
Las tres (3) primeras letras (ABC) pertenecen al prefijo asignado por el IGAC a cada Gestor Catastral Habilitado
Los cuatro (4) diacutegitos (1234) que podraacuten tomar valores del O al 9 y las tres (3) letras siguientes (DEF) podraacuten tomar valores de las siguientes letras A B C D E F H J K L M N 0 P R S T U W X V Z Se eliminan las letras G 1 A V Ntilde con el propoacutesito de minimizar la posibilidad de error en el coacutedigo debido a la similitud con otras letras La definicioacuten de estas siete (7) posiciones asiacute como los mecanismos de generacioacuten aleatoria o secuencial y su asignacioacuten estaraacute a cargo deIIGAC
La letra final a la derecha (H) corresponde a un caraacutecter de chequeo utilizado con el objeto de poder validar la integridad del coacutedigo restante
La definicioacuten de los rangos que utilizariacutea cada ciudad y el significado de cada una de estas tres (3) posiciones estaraacute a cargo deIIGAC
CAPiacuteTULO 7
De la Inspeccioacuten Vigilancia y Control de la Gestioacuten Catastral
Artiacuteculo 22271 Inspeccioacuten Vigilancia y Control de la Gestioacuten Catastral La Superintendencia de Notariado y Registro ejerceraacute las funciones otorgadas mediante los artiacuteculos 79 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 relacionadas con la inspeccioacuten vigilancia y control del ejercicio de la gestioacuten catastral
Paraacutegrafo 1 La funcioacuten de inspeccioacuten vigilancia y control es de naturaleza administrativa y no implica ejercicio de la funcioacuten de control fiscal disciplinario o penal
Paraacutegrafo 2 En lo no contemplado en el presente capiacutetulo se aplicaraacute lo dispuesto en la Ley 1437 de 2011 o las disposiciones que la modifiquen o sustituyan
Artiacuteculo 22272 Sujetos pasivos Son sujetos pasivos de las funciones de inspeccioacuten vigilancia y control los gestores catastrales los operadores catastrales los municipios los propietarios ocupantes tenedores o poseedores titulares de derechos reales o quien tenga cualquier relacioacuten faacutectica o juriacutedica con el predio
Artiacuteculo 22~73 Funcioacuten de inspeccioacuten La inspeccioacuten consiste en la atribucioacuten de la Superintendencia de Notariado y Registro entre otras para solicitar confirmar y analizar en la forma detalle y teacuterminos que ella determine la informacioacuten que requiera
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
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con el objeto de establecer de manera general el cumplimiento del reacutegimen juriacutedico aplicable al servicio puacuteblico de gestioacuten catastral En ejercicio de esta funcioacuten la Superintendencia de Notariado y Registro de oficio o a peticioacuten de parte podraacute requerir informacioacuten realizar visitas instruir y orientar en la manera en que se debe cumplir e interpretar el reacutegimen juriacutedico aplicable a la gestioacuten catastral
Artiacuteculo 22274 Funcioacuten de vigilancia La vigilancia consiste en la atribucioacuten de la Superintendencia de Notariado y Registro para velar que de manera puntual los sujetos pasivos en desarrollo de sus funciones y obligaciones se ajusten a lo dispuesto en el ordenamiento juriacutedico i
~~ t~ lt
La vigilanyia estaacute retrida a funcion~~ de advertencia prevencioacuten y orientacioacuten encamin~das eacutel q~11~ rf~a9~On~S~~ ~ iuj~tos pasivo~ se ajusten a la norm~tividad i ~ IOque los rigen para to q~1 Ia Supeqnt~nd~cla de Notariado y Registro tendra entre otras las~tri~UqL9n~s ~~ tnsfruir o(ientaacuteC requerir ordenar establecer planes de mejoramiento practicaacuter visitasl~ r~visioacuteries y demaacutes pruebas que determine conducentes pertinefltes y uacutetiles
Artiacuteculo 22275 Funcioacuten de control El control consiste en las atribuciones de la Superintendencia de Notariado y Registro tendientes a evitar superar y sancionar los efectos de la comisioacuten de infracciones al reacutegimen catastral para lo cual entre otras cosas podraacute ordenar la adopcioacuten de medidas preventivas correctivas y conforme con los artiacuteculos 81 y 82 de la Ley 1955 de 2019 o la que la modifique o sustituya y a la Ley 1437 de 2011 de oficio o a peticioacuten de parte y en ejercicio de la potestad sancionatoria adelantar procedimientos administrativos sancionatorios en contra de los sujetos pasivos cuando se determine el meacuterito para ello
Artiacuteculo 22276 Medidas preventivas Sin perjuicio de las sanciones a que haya lugar cuando resulten necesarias la Superintendencia de Notariado y Registro podraacute imponer medidas preventivas para evitar de manera transitoria la continuacioacuten de la ocurrencia de un hecho la realizacioacuten de una actividad o la existencia de una situacioacuten que presuntamente atente contra el reacutegimen catastral
Artiacuteculo 22277 Potestad sancionatoria La Superintendencia de Notariado y Registro tendraacute la potestad de sancionar a los gestores y operadores del servicio puacuteblico de catastro por la incursioacuten en alguna de las infracciones previstas entre los numerales 1 al13 del artiacuteculo 81 de la Ley 1955 de 2019 o la norma que la modifique o sustituya
Por su parte de las obligaciones establecidas en el inciso primero del artiacuteculo 81 de la Ley 1955 de 2019 la Superintendencia de Notariado y Registro podraacute sancionar a propietarios ocupantes tenedores o poseedores titulares de derechos reales o quien tenga cualquier relacioacuten faacutectica o juriacutedica con el predio por incurrir en las conductas de que trata la norma citada
Artiacuteculo 22278 Procedimiento El procedimiento sancionatorio se adelantaraacute conforme con lo establecido en la Ley 1437 de 2011
Por el cual se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO-_- ~ 148 DE Paacutegina 22 de 22
ARTiacuteCULO 3 Vigencia y Derogatoria El presente Decreto entra en vigencia a partir de su publicacioacuten y deroga las normas que le sean contrarias en especial el Decreto 1227 de 1908 el Decreto 2275 de 1941 el Decreto 3496 de 1983 compilado en el Decreto 1170 de 2015 el paraacutegrafo 2 del artiacuteculo 222312 el artiacuteculo 222313 el paraacutegrafo 2 del artiacuteculo 222316 el artiacuteculo 222321 y el artiacuteculo 222324 del Decreto 1170 de 2015
PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE -4 FES 2020 Dado en Bogotaacute DC a los
LA MINISTRA DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
EL MINISTRO DE AGRICULTURA y DESARROLLO URAL
CIA PINZOacuteN
EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADiacuteSTICA
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO 148 DE Paacutegina 18 de 22
Paraacutegrafo Las entidades sentildealadas en el presente artiacuteculo deberaacuten implementar los mecanismos de interoperabilidad definidos por la autoridad reguladora catastral para el suministro de la informacioacuten para la gestioacuten catastral de manera continua y permanente
Artiacuteculo 222227 Gratuidad de la informacioacuten para la gestioacuten catastral De conformidad con lo establecido en el artiacuteculo 1deg del Decreto 235 de 2010 los requerimientos de informacioacuten que realicen los gestores catastrales para el ejercicio del servicio puacuteblico catastral no constituyen servicio y no generan costo alguno al solicitante La entrega de informacioacuten al gestor catastral durante el empalme previsto en el artiacuteculo 22254 del Decreto 1983 de 2019 seraacute gratuita
Artiacuteculo 222228 Vigencia fiscal Para efectos de lo consagrado en el artiacuteculo 3 de la Ley 44 de 1990 los avaluacuteos catastrales resultantes de la prestacioacuten del servicio puacuteblico de gestioacuten catastral entraraacuten en vigencia para efectos fiscales a partir del 10 de enero del antildeo siguiente a aquel en que fueron estimados o calculados para lo cual los gestores catastrales ordenaraacuten por acto administrativo su entrada en vigencia
Artiacuteculo 222229 Vigencia catastral La informacioacuten fiacutesica juriacutedica y econoacutemica asiacute como la resultante de los procedimientos de enfoque multipropoacutesito entraraacuten en vigencia para efectos catastrales al momento de quedar en firme su inscripcioacuten o incorporacioacuten en las bases oficiales descritas en el presente decreto
Artiacuteculo 222230 Aplazamiento de vigencia y reduccioacuten de los iacutendices de ajuste del avaluacuteo catastral El Gobierno Nacional de oficio o por solicitud fundamentada de los Concejos Municipales debido a especiales condiciones econoacutemicas o sociales que afecten a determinados municipios o zonas de estos podraacute aplazar la vigencia de los catastros elaborados por formacioacuten o actualizacioacuten por un periacuteodo hasta de un (1) antildeo Si subsisten las condiciones que originaron el aplazamiento procederaacute a ordenar una nueva formacioacuten o actualizacioacuten de estos catastros
En el evento de que la vigencia fiscal de los avaluacuteos elaborados por formacioacuten o actualizacioacuten de la formacioacuten fuera aplazada por el Gobierno en los teacuterminos y condiciones sentildealados en el artiacuteculo 10 de la Ley 14 de 1983 continuaraacuten vigentes los avaluacuteos anteriores y por lo tanto se seguiraacuten aplicando los iacutendices anuales de ajuste correspondientes hasta que termine el aplazamiento o se pongan en vigencia fiscal los avaluacuteos aplazados o se realice y ponga en vigencia una nueva formacioacuten o actualizacioacuten de la formacioacuten
ARTiacuteCULO 2 Adicioacutenense los Capiacutetulos 6 y 7 al Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 DISPOSICIONES ESPECiFICAS INSTITUTO GEOGRAacuteFICO AGUSTiacuteN CODAZZI IGAC del Decreto 1170 de 2015 Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica los cuales quedaraacuten asiacute
CAPiacuteTULO 6
Informacioacuten Econoacutemica Catastral
recopilaraacute la informacioacuten mercado inmobiliario del proveniente de fuentes como ofertas transacciones costos otras y el cual deberaacute articulado para tal efecto con el
Todos los Gestores Inmobiliario Catastral donde se
valor comercial de un predio a partir del estudio de recientes de bienes o comparables al del objeto
Meacutetodo de capitalizacioacuten de rentas o ingresos que busca establecer el valor un bien a partir de las o que se puedan obtener del o inmuebles semejantes o comparables trayendo a valor suma de los ingresos probables o generadas
Por el cual se parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 Y se modifica Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten
DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 19 de 22
Artiacuteculo 22261 Inmobiliario Catastrales contar con un Observatorio
Departamento Nacional de (DANE) Todo avaluacuteo comercial deberaacute estar sustentado en informacioacuten registrada en el observatorio inmobiliario catastral para lo cual se deberaacute garantizar que cualquier tipo de informacioacuten en avaluacuteo sea registrada en el observatorio anterior sin perjuicio de normas relacionadas con la proteccioacuten de datos nlr~r1n
Artiacuteculo 22262 Determinacioacuten del valor catastral de un inmueble La determinacioacuten del valor ca1tastra
(~tnlro~ Catastrales o por el Instituto inmuebles seraacute a de avaluacuteos
puntuales o masivos por Agustiacuten (IGAC)
Articulo 22263 Meacutetodos Sin perjuicio de norma especial para determinacioacuten de los avaluacuteos catastrales la estimacioacuten del valor del inmueble
los siguientes meacutetodos otros
1 Meacutetodo de comparacioacuten o de mercado Es la teacutecnica que LlU
en la vida remanente del bien objeto de avaluacuteo con una tasa de capitalizacioacuten o
3 Meacutetodo del costo de reposicioacuten Cuando sea necesario valor comercial de una construccioacuten se aplicaraacute el meacutetodo de costo consistente en establecer el valor comercial de un predio depreciacioacuten de una estimacioacuten total de una construccioacuten
4 Meacutetodo sea neces~a establecer el valor se aplicaraacute el meacutetodo residual
proyecto con el mercado del bien final
residual Cuando un cual se deriva de estimar el valor total
las ventas de un acorde con la reglamentacioacuten urbaniacutestica vigente y de ible en el
objeto de avaluacuteo
se podraacuten aplicar manera los meacutetodos descritos en presente artiacuteculo los cuales no
el ingreso al predio
Salvo lo dispuesto en normas
a
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO _ 148 DE Paacutegina 20 de 22
Artiacuteculo 22264 Estructura del NUPRE Los Gestores Catastrales para la identificacioacuten de los predios en el territorio deberaacuten adoptar el Coacutedigo Homologado de Identificacioacuten Predial con la siguiente estructura
ABC-1234-DEFH
Las tres (3) primeras letras (ABC) pertenecen al prefijo asignado por el IGAC a cada Gestor Catastral Habilitado
Los cuatro (4) diacutegitos (1234) que podraacuten tomar valores del O al 9 y las tres (3) letras siguientes (DEF) podraacuten tomar valores de las siguientes letras A B C D E F H J K L M N 0 P R S T U W X V Z Se eliminan las letras G 1 A V Ntilde con el propoacutesito de minimizar la posibilidad de error en el coacutedigo debido a la similitud con otras letras La definicioacuten de estas siete (7) posiciones asiacute como los mecanismos de generacioacuten aleatoria o secuencial y su asignacioacuten estaraacute a cargo deIIGAC
La letra final a la derecha (H) corresponde a un caraacutecter de chequeo utilizado con el objeto de poder validar la integridad del coacutedigo restante
La definicioacuten de los rangos que utilizariacutea cada ciudad y el significado de cada una de estas tres (3) posiciones estaraacute a cargo deIIGAC
CAPiacuteTULO 7
De la Inspeccioacuten Vigilancia y Control de la Gestioacuten Catastral
Artiacuteculo 22271 Inspeccioacuten Vigilancia y Control de la Gestioacuten Catastral La Superintendencia de Notariado y Registro ejerceraacute las funciones otorgadas mediante los artiacuteculos 79 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 relacionadas con la inspeccioacuten vigilancia y control del ejercicio de la gestioacuten catastral
Paraacutegrafo 1 La funcioacuten de inspeccioacuten vigilancia y control es de naturaleza administrativa y no implica ejercicio de la funcioacuten de control fiscal disciplinario o penal
Paraacutegrafo 2 En lo no contemplado en el presente capiacutetulo se aplicaraacute lo dispuesto en la Ley 1437 de 2011 o las disposiciones que la modifiquen o sustituyan
Artiacuteculo 22272 Sujetos pasivos Son sujetos pasivos de las funciones de inspeccioacuten vigilancia y control los gestores catastrales los operadores catastrales los municipios los propietarios ocupantes tenedores o poseedores titulares de derechos reales o quien tenga cualquier relacioacuten faacutectica o juriacutedica con el predio
Artiacuteculo 22~73 Funcioacuten de inspeccioacuten La inspeccioacuten consiste en la atribucioacuten de la Superintendencia de Notariado y Registro entre otras para solicitar confirmar y analizar en la forma detalle y teacuterminos que ella determine la informacioacuten que requiera
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 21 de 22148
con el objeto de establecer de manera general el cumplimiento del reacutegimen juriacutedico aplicable al servicio puacuteblico de gestioacuten catastral En ejercicio de esta funcioacuten la Superintendencia de Notariado y Registro de oficio o a peticioacuten de parte podraacute requerir informacioacuten realizar visitas instruir y orientar en la manera en que se debe cumplir e interpretar el reacutegimen juriacutedico aplicable a la gestioacuten catastral
Artiacuteculo 22274 Funcioacuten de vigilancia La vigilancia consiste en la atribucioacuten de la Superintendencia de Notariado y Registro para velar que de manera puntual los sujetos pasivos en desarrollo de sus funciones y obligaciones se ajusten a lo dispuesto en el ordenamiento juriacutedico i
~~ t~ lt
La vigilanyia estaacute retrida a funcion~~ de advertencia prevencioacuten y orientacioacuten encamin~das eacutel q~11~ rf~a9~On~S~~ ~ iuj~tos pasivo~ se ajusten a la norm~tividad i ~ IOque los rigen para to q~1 Ia Supeqnt~nd~cla de Notariado y Registro tendra entre otras las~tri~UqL9n~s ~~ tnsfruir o(ientaacuteC requerir ordenar establecer planes de mejoramiento practicaacuter visitasl~ r~visioacuteries y demaacutes pruebas que determine conducentes pertinefltes y uacutetiles
Artiacuteculo 22275 Funcioacuten de control El control consiste en las atribuciones de la Superintendencia de Notariado y Registro tendientes a evitar superar y sancionar los efectos de la comisioacuten de infracciones al reacutegimen catastral para lo cual entre otras cosas podraacute ordenar la adopcioacuten de medidas preventivas correctivas y conforme con los artiacuteculos 81 y 82 de la Ley 1955 de 2019 o la que la modifique o sustituya y a la Ley 1437 de 2011 de oficio o a peticioacuten de parte y en ejercicio de la potestad sancionatoria adelantar procedimientos administrativos sancionatorios en contra de los sujetos pasivos cuando se determine el meacuterito para ello
Artiacuteculo 22276 Medidas preventivas Sin perjuicio de las sanciones a que haya lugar cuando resulten necesarias la Superintendencia de Notariado y Registro podraacute imponer medidas preventivas para evitar de manera transitoria la continuacioacuten de la ocurrencia de un hecho la realizacioacuten de una actividad o la existencia de una situacioacuten que presuntamente atente contra el reacutegimen catastral
Artiacuteculo 22277 Potestad sancionatoria La Superintendencia de Notariado y Registro tendraacute la potestad de sancionar a los gestores y operadores del servicio puacuteblico de catastro por la incursioacuten en alguna de las infracciones previstas entre los numerales 1 al13 del artiacuteculo 81 de la Ley 1955 de 2019 o la norma que la modifique o sustituya
Por su parte de las obligaciones establecidas en el inciso primero del artiacuteculo 81 de la Ley 1955 de 2019 la Superintendencia de Notariado y Registro podraacute sancionar a propietarios ocupantes tenedores o poseedores titulares de derechos reales o quien tenga cualquier relacioacuten faacutectica o juriacutedica con el predio por incurrir en las conductas de que trata la norma citada
Artiacuteculo 22278 Procedimiento El procedimiento sancionatorio se adelantaraacute conforme con lo establecido en la Ley 1437 de 2011
Por el cual se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
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ARTiacuteCULO 3 Vigencia y Derogatoria El presente Decreto entra en vigencia a partir de su publicacioacuten y deroga las normas que le sean contrarias en especial el Decreto 1227 de 1908 el Decreto 2275 de 1941 el Decreto 3496 de 1983 compilado en el Decreto 1170 de 2015 el paraacutegrafo 2 del artiacuteculo 222312 el artiacuteculo 222313 el paraacutegrafo 2 del artiacuteculo 222316 el artiacuteculo 222321 y el artiacuteculo 222324 del Decreto 1170 de 2015
PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE -4 FES 2020 Dado en Bogotaacute DC a los
LA MINISTRA DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
EL MINISTRO DE AGRICULTURA y DESARROLLO URAL
CIA PINZOacuteN
EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADiacuteSTICA
recopilaraacute la informacioacuten mercado inmobiliario del proveniente de fuentes como ofertas transacciones costos otras y el cual deberaacute articulado para tal efecto con el
Todos los Gestores Inmobiliario Catastral donde se
valor comercial de un predio a partir del estudio de recientes de bienes o comparables al del objeto
Meacutetodo de capitalizacioacuten de rentas o ingresos que busca establecer el valor un bien a partir de las o que se puedan obtener del o inmuebles semejantes o comparables trayendo a valor suma de los ingresos probables o generadas
Por el cual se parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 Y se modifica Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten
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Artiacuteculo 22261 Inmobiliario Catastrales contar con un Observatorio
Departamento Nacional de (DANE) Todo avaluacuteo comercial deberaacute estar sustentado en informacioacuten registrada en el observatorio inmobiliario catastral para lo cual se deberaacute garantizar que cualquier tipo de informacioacuten en avaluacuteo sea registrada en el observatorio anterior sin perjuicio de normas relacionadas con la proteccioacuten de datos nlr~r1n
Artiacuteculo 22262 Determinacioacuten del valor catastral de un inmueble La determinacioacuten del valor ca1tastra
(~tnlro~ Catastrales o por el Instituto inmuebles seraacute a de avaluacuteos
puntuales o masivos por Agustiacuten (IGAC)
Articulo 22263 Meacutetodos Sin perjuicio de norma especial para determinacioacuten de los avaluacuteos catastrales la estimacioacuten del valor del inmueble
los siguientes meacutetodos otros
1 Meacutetodo de comparacioacuten o de mercado Es la teacutecnica que LlU
en la vida remanente del bien objeto de avaluacuteo con una tasa de capitalizacioacuten o
3 Meacutetodo del costo de reposicioacuten Cuando sea necesario valor comercial de una construccioacuten se aplicaraacute el meacutetodo de costo consistente en establecer el valor comercial de un predio depreciacioacuten de una estimacioacuten total de una construccioacuten
4 Meacutetodo sea neces~a establecer el valor se aplicaraacute el meacutetodo residual
proyecto con el mercado del bien final
residual Cuando un cual se deriva de estimar el valor total
las ventas de un acorde con la reglamentacioacuten urbaniacutestica vigente y de ible en el
objeto de avaluacuteo
se podraacuten aplicar manera los meacutetodos descritos en presente artiacuteculo los cuales no
el ingreso al predio
Salvo lo dispuesto en normas
a
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
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Artiacuteculo 22264 Estructura del NUPRE Los Gestores Catastrales para la identificacioacuten de los predios en el territorio deberaacuten adoptar el Coacutedigo Homologado de Identificacioacuten Predial con la siguiente estructura
ABC-1234-DEFH
Las tres (3) primeras letras (ABC) pertenecen al prefijo asignado por el IGAC a cada Gestor Catastral Habilitado
Los cuatro (4) diacutegitos (1234) que podraacuten tomar valores del O al 9 y las tres (3) letras siguientes (DEF) podraacuten tomar valores de las siguientes letras A B C D E F H J K L M N 0 P R S T U W X V Z Se eliminan las letras G 1 A V Ntilde con el propoacutesito de minimizar la posibilidad de error en el coacutedigo debido a la similitud con otras letras La definicioacuten de estas siete (7) posiciones asiacute como los mecanismos de generacioacuten aleatoria o secuencial y su asignacioacuten estaraacute a cargo deIIGAC
La letra final a la derecha (H) corresponde a un caraacutecter de chequeo utilizado con el objeto de poder validar la integridad del coacutedigo restante
La definicioacuten de los rangos que utilizariacutea cada ciudad y el significado de cada una de estas tres (3) posiciones estaraacute a cargo deIIGAC
CAPiacuteTULO 7
De la Inspeccioacuten Vigilancia y Control de la Gestioacuten Catastral
Artiacuteculo 22271 Inspeccioacuten Vigilancia y Control de la Gestioacuten Catastral La Superintendencia de Notariado y Registro ejerceraacute las funciones otorgadas mediante los artiacuteculos 79 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 relacionadas con la inspeccioacuten vigilancia y control del ejercicio de la gestioacuten catastral
Paraacutegrafo 1 La funcioacuten de inspeccioacuten vigilancia y control es de naturaleza administrativa y no implica ejercicio de la funcioacuten de control fiscal disciplinario o penal
Paraacutegrafo 2 En lo no contemplado en el presente capiacutetulo se aplicaraacute lo dispuesto en la Ley 1437 de 2011 o las disposiciones que la modifiquen o sustituyan
Artiacuteculo 22272 Sujetos pasivos Son sujetos pasivos de las funciones de inspeccioacuten vigilancia y control los gestores catastrales los operadores catastrales los municipios los propietarios ocupantes tenedores o poseedores titulares de derechos reales o quien tenga cualquier relacioacuten faacutectica o juriacutedica con el predio
Artiacuteculo 22~73 Funcioacuten de inspeccioacuten La inspeccioacuten consiste en la atribucioacuten de la Superintendencia de Notariado y Registro entre otras para solicitar confirmar y analizar en la forma detalle y teacuterminos que ella determine la informacioacuten que requiera
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
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con el objeto de establecer de manera general el cumplimiento del reacutegimen juriacutedico aplicable al servicio puacuteblico de gestioacuten catastral En ejercicio de esta funcioacuten la Superintendencia de Notariado y Registro de oficio o a peticioacuten de parte podraacute requerir informacioacuten realizar visitas instruir y orientar en la manera en que se debe cumplir e interpretar el reacutegimen juriacutedico aplicable a la gestioacuten catastral
Artiacuteculo 22274 Funcioacuten de vigilancia La vigilancia consiste en la atribucioacuten de la Superintendencia de Notariado y Registro para velar que de manera puntual los sujetos pasivos en desarrollo de sus funciones y obligaciones se ajusten a lo dispuesto en el ordenamiento juriacutedico i
~~ t~ lt
La vigilanyia estaacute retrida a funcion~~ de advertencia prevencioacuten y orientacioacuten encamin~das eacutel q~11~ rf~a9~On~S~~ ~ iuj~tos pasivo~ se ajusten a la norm~tividad i ~ IOque los rigen para to q~1 Ia Supeqnt~nd~cla de Notariado y Registro tendra entre otras las~tri~UqL9n~s ~~ tnsfruir o(ientaacuteC requerir ordenar establecer planes de mejoramiento practicaacuter visitasl~ r~visioacuteries y demaacutes pruebas que determine conducentes pertinefltes y uacutetiles
Artiacuteculo 22275 Funcioacuten de control El control consiste en las atribuciones de la Superintendencia de Notariado y Registro tendientes a evitar superar y sancionar los efectos de la comisioacuten de infracciones al reacutegimen catastral para lo cual entre otras cosas podraacute ordenar la adopcioacuten de medidas preventivas correctivas y conforme con los artiacuteculos 81 y 82 de la Ley 1955 de 2019 o la que la modifique o sustituya y a la Ley 1437 de 2011 de oficio o a peticioacuten de parte y en ejercicio de la potestad sancionatoria adelantar procedimientos administrativos sancionatorios en contra de los sujetos pasivos cuando se determine el meacuterito para ello
Artiacuteculo 22276 Medidas preventivas Sin perjuicio de las sanciones a que haya lugar cuando resulten necesarias la Superintendencia de Notariado y Registro podraacute imponer medidas preventivas para evitar de manera transitoria la continuacioacuten de la ocurrencia de un hecho la realizacioacuten de una actividad o la existencia de una situacioacuten que presuntamente atente contra el reacutegimen catastral
Artiacuteculo 22277 Potestad sancionatoria La Superintendencia de Notariado y Registro tendraacute la potestad de sancionar a los gestores y operadores del servicio puacuteblico de catastro por la incursioacuten en alguna de las infracciones previstas entre los numerales 1 al13 del artiacuteculo 81 de la Ley 1955 de 2019 o la norma que la modifique o sustituya
Por su parte de las obligaciones establecidas en el inciso primero del artiacuteculo 81 de la Ley 1955 de 2019 la Superintendencia de Notariado y Registro podraacute sancionar a propietarios ocupantes tenedores o poseedores titulares de derechos reales o quien tenga cualquier relacioacuten faacutectica o juriacutedica con el predio por incurrir en las conductas de que trata la norma citada
Artiacuteculo 22278 Procedimiento El procedimiento sancionatorio se adelantaraacute conforme con lo establecido en la Ley 1437 de 2011
Por el cual se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
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ARTiacuteCULO 3 Vigencia y Derogatoria El presente Decreto entra en vigencia a partir de su publicacioacuten y deroga las normas que le sean contrarias en especial el Decreto 1227 de 1908 el Decreto 2275 de 1941 el Decreto 3496 de 1983 compilado en el Decreto 1170 de 2015 el paraacutegrafo 2 del artiacuteculo 222312 el artiacuteculo 222313 el paraacutegrafo 2 del artiacuteculo 222316 el artiacuteculo 222321 y el artiacuteculo 222324 del Decreto 1170 de 2015
PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE -4 FES 2020 Dado en Bogotaacute DC a los
LA MINISTRA DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
EL MINISTRO DE AGRICULTURA y DESARROLLO URAL
CIA PINZOacuteN
EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADiacuteSTICA
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
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Artiacuteculo 22264 Estructura del NUPRE Los Gestores Catastrales para la identificacioacuten de los predios en el territorio deberaacuten adoptar el Coacutedigo Homologado de Identificacioacuten Predial con la siguiente estructura
ABC-1234-DEFH
Las tres (3) primeras letras (ABC) pertenecen al prefijo asignado por el IGAC a cada Gestor Catastral Habilitado
Los cuatro (4) diacutegitos (1234) que podraacuten tomar valores del O al 9 y las tres (3) letras siguientes (DEF) podraacuten tomar valores de las siguientes letras A B C D E F H J K L M N 0 P R S T U W X V Z Se eliminan las letras G 1 A V Ntilde con el propoacutesito de minimizar la posibilidad de error en el coacutedigo debido a la similitud con otras letras La definicioacuten de estas siete (7) posiciones asiacute como los mecanismos de generacioacuten aleatoria o secuencial y su asignacioacuten estaraacute a cargo deIIGAC
La letra final a la derecha (H) corresponde a un caraacutecter de chequeo utilizado con el objeto de poder validar la integridad del coacutedigo restante
La definicioacuten de los rangos que utilizariacutea cada ciudad y el significado de cada una de estas tres (3) posiciones estaraacute a cargo deIIGAC
CAPiacuteTULO 7
De la Inspeccioacuten Vigilancia y Control de la Gestioacuten Catastral
Artiacuteculo 22271 Inspeccioacuten Vigilancia y Control de la Gestioacuten Catastral La Superintendencia de Notariado y Registro ejerceraacute las funciones otorgadas mediante los artiacuteculos 79 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 relacionadas con la inspeccioacuten vigilancia y control del ejercicio de la gestioacuten catastral
Paraacutegrafo 1 La funcioacuten de inspeccioacuten vigilancia y control es de naturaleza administrativa y no implica ejercicio de la funcioacuten de control fiscal disciplinario o penal
Paraacutegrafo 2 En lo no contemplado en el presente capiacutetulo se aplicaraacute lo dispuesto en la Ley 1437 de 2011 o las disposiciones que la modifiquen o sustituyan
Artiacuteculo 22272 Sujetos pasivos Son sujetos pasivos de las funciones de inspeccioacuten vigilancia y control los gestores catastrales los operadores catastrales los municipios los propietarios ocupantes tenedores o poseedores titulares de derechos reales o quien tenga cualquier relacioacuten faacutectica o juriacutedica con el predio
Artiacuteculo 22~73 Funcioacuten de inspeccioacuten La inspeccioacuten consiste en la atribucioacuten de la Superintendencia de Notariado y Registro entre otras para solicitar confirmar y analizar en la forma detalle y teacuterminos que ella determine la informacioacuten que requiera
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO DE Paacutegina 21 de 22148
con el objeto de establecer de manera general el cumplimiento del reacutegimen juriacutedico aplicable al servicio puacuteblico de gestioacuten catastral En ejercicio de esta funcioacuten la Superintendencia de Notariado y Registro de oficio o a peticioacuten de parte podraacute requerir informacioacuten realizar visitas instruir y orientar en la manera en que se debe cumplir e interpretar el reacutegimen juriacutedico aplicable a la gestioacuten catastral
Artiacuteculo 22274 Funcioacuten de vigilancia La vigilancia consiste en la atribucioacuten de la Superintendencia de Notariado y Registro para velar que de manera puntual los sujetos pasivos en desarrollo de sus funciones y obligaciones se ajusten a lo dispuesto en el ordenamiento juriacutedico i
~~ t~ lt
La vigilanyia estaacute retrida a funcion~~ de advertencia prevencioacuten y orientacioacuten encamin~das eacutel q~11~ rf~a9~On~S~~ ~ iuj~tos pasivo~ se ajusten a la norm~tividad i ~ IOque los rigen para to q~1 Ia Supeqnt~nd~cla de Notariado y Registro tendra entre otras las~tri~UqL9n~s ~~ tnsfruir o(ientaacuteC requerir ordenar establecer planes de mejoramiento practicaacuter visitasl~ r~visioacuteries y demaacutes pruebas que determine conducentes pertinefltes y uacutetiles
Artiacuteculo 22275 Funcioacuten de control El control consiste en las atribuciones de la Superintendencia de Notariado y Registro tendientes a evitar superar y sancionar los efectos de la comisioacuten de infracciones al reacutegimen catastral para lo cual entre otras cosas podraacute ordenar la adopcioacuten de medidas preventivas correctivas y conforme con los artiacuteculos 81 y 82 de la Ley 1955 de 2019 o la que la modifique o sustituya y a la Ley 1437 de 2011 de oficio o a peticioacuten de parte y en ejercicio de la potestad sancionatoria adelantar procedimientos administrativos sancionatorios en contra de los sujetos pasivos cuando se determine el meacuterito para ello
Artiacuteculo 22276 Medidas preventivas Sin perjuicio de las sanciones a que haya lugar cuando resulten necesarias la Superintendencia de Notariado y Registro podraacute imponer medidas preventivas para evitar de manera transitoria la continuacioacuten de la ocurrencia de un hecho la realizacioacuten de una actividad o la existencia de una situacioacuten que presuntamente atente contra el reacutegimen catastral
Artiacuteculo 22277 Potestad sancionatoria La Superintendencia de Notariado y Registro tendraacute la potestad de sancionar a los gestores y operadores del servicio puacuteblico de catastro por la incursioacuten en alguna de las infracciones previstas entre los numerales 1 al13 del artiacuteculo 81 de la Ley 1955 de 2019 o la norma que la modifique o sustituya
Por su parte de las obligaciones establecidas en el inciso primero del artiacuteculo 81 de la Ley 1955 de 2019 la Superintendencia de Notariado y Registro podraacute sancionar a propietarios ocupantes tenedores o poseedores titulares de derechos reales o quien tenga cualquier relacioacuten faacutectica o juriacutedica con el predio por incurrir en las conductas de que trata la norma citada
Artiacuteculo 22278 Procedimiento El procedimiento sancionatorio se adelantaraacute conforme con lo establecido en la Ley 1437 de 2011
Por el cual se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
DECRETO NUacuteMERO-_- ~ 148 DE Paacutegina 22 de 22
ARTiacuteCULO 3 Vigencia y Derogatoria El presente Decreto entra en vigencia a partir de su publicacioacuten y deroga las normas que le sean contrarias en especial el Decreto 1227 de 1908 el Decreto 2275 de 1941 el Decreto 3496 de 1983 compilado en el Decreto 1170 de 2015 el paraacutegrafo 2 del artiacuteculo 222312 el artiacuteculo 222313 el paraacutegrafo 2 del artiacuteculo 222316 el artiacuteculo 222321 y el artiacuteculo 222324 del Decreto 1170 de 2015
PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE -4 FES 2020 Dado en Bogotaacute DC a los
LA MINISTRA DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
EL MINISTRO DE AGRICULTURA y DESARROLLO URAL
CIA PINZOacuteN
EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADiacuteSTICA
Por el cual se reglamentan parcialmente los artiacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
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con el objeto de establecer de manera general el cumplimiento del reacutegimen juriacutedico aplicable al servicio puacuteblico de gestioacuten catastral En ejercicio de esta funcioacuten la Superintendencia de Notariado y Registro de oficio o a peticioacuten de parte podraacute requerir informacioacuten realizar visitas instruir y orientar en la manera en que se debe cumplir e interpretar el reacutegimen juriacutedico aplicable a la gestioacuten catastral
Artiacuteculo 22274 Funcioacuten de vigilancia La vigilancia consiste en la atribucioacuten de la Superintendencia de Notariado y Registro para velar que de manera puntual los sujetos pasivos en desarrollo de sus funciones y obligaciones se ajusten a lo dispuesto en el ordenamiento juriacutedico i
~~ t~ lt
La vigilanyia estaacute retrida a funcion~~ de advertencia prevencioacuten y orientacioacuten encamin~das eacutel q~11~ rf~a9~On~S~~ ~ iuj~tos pasivo~ se ajusten a la norm~tividad i ~ IOque los rigen para to q~1 Ia Supeqnt~nd~cla de Notariado y Registro tendra entre otras las~tri~UqL9n~s ~~ tnsfruir o(ientaacuteC requerir ordenar establecer planes de mejoramiento practicaacuter visitasl~ r~visioacuteries y demaacutes pruebas que determine conducentes pertinefltes y uacutetiles
Artiacuteculo 22275 Funcioacuten de control El control consiste en las atribuciones de la Superintendencia de Notariado y Registro tendientes a evitar superar y sancionar los efectos de la comisioacuten de infracciones al reacutegimen catastral para lo cual entre otras cosas podraacute ordenar la adopcioacuten de medidas preventivas correctivas y conforme con los artiacuteculos 81 y 82 de la Ley 1955 de 2019 o la que la modifique o sustituya y a la Ley 1437 de 2011 de oficio o a peticioacuten de parte y en ejercicio de la potestad sancionatoria adelantar procedimientos administrativos sancionatorios en contra de los sujetos pasivos cuando se determine el meacuterito para ello
Artiacuteculo 22276 Medidas preventivas Sin perjuicio de las sanciones a que haya lugar cuando resulten necesarias la Superintendencia de Notariado y Registro podraacute imponer medidas preventivas para evitar de manera transitoria la continuacioacuten de la ocurrencia de un hecho la realizacioacuten de una actividad o la existencia de una situacioacuten que presuntamente atente contra el reacutegimen catastral
Artiacuteculo 22277 Potestad sancionatoria La Superintendencia de Notariado y Registro tendraacute la potestad de sancionar a los gestores y operadores del servicio puacuteblico de catastro por la incursioacuten en alguna de las infracciones previstas entre los numerales 1 al13 del artiacuteculo 81 de la Ley 1955 de 2019 o la norma que la modifique o sustituya
Por su parte de las obligaciones establecidas en el inciso primero del artiacuteculo 81 de la Ley 1955 de 2019 la Superintendencia de Notariado y Registro podraacute sancionar a propietarios ocupantes tenedores o poseedores titulares de derechos reales o quien tenga cualquier relacioacuten faacutectica o juriacutedica con el predio por incurrir en las conductas de que trata la norma citada
Artiacuteculo 22278 Procedimiento El procedimiento sancionatorio se adelantaraacute conforme con lo establecido en la Ley 1437 de 2011
Por el cual se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
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ARTiacuteCULO 3 Vigencia y Derogatoria El presente Decreto entra en vigencia a partir de su publicacioacuten y deroga las normas que le sean contrarias en especial el Decreto 1227 de 1908 el Decreto 2275 de 1941 el Decreto 3496 de 1983 compilado en el Decreto 1170 de 2015 el paraacutegrafo 2 del artiacuteculo 222312 el artiacuteculo 222313 el paraacutegrafo 2 del artiacuteculo 222316 el artiacuteculo 222321 y el artiacuteculo 222324 del Decreto 1170 de 2015
PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE -4 FES 2020 Dado en Bogotaacute DC a los
LA MINISTRA DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
EL MINISTRO DE AGRICULTURA y DESARROLLO URAL
CIA PINZOacuteN
EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADiacuteSTICA
Por el cual se reglamentan parcialmente los arliacuteculos 79 80 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica el Tiacutetulo 2 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Uacutenico del Sector Administrativo de Informacioacuten Estadiacutestica
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ARTiacuteCULO 3 Vigencia y Derogatoria El presente Decreto entra en vigencia a partir de su publicacioacuten y deroga las normas que le sean contrarias en especial el Decreto 1227 de 1908 el Decreto 2275 de 1941 el Decreto 3496 de 1983 compilado en el Decreto 1170 de 2015 el paraacutegrafo 2 del artiacuteculo 222312 el artiacuteculo 222313 el paraacutegrafo 2 del artiacuteculo 222316 el artiacuteculo 222321 y el artiacuteculo 222324 del Decreto 1170 de 2015
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