A&T ~ Arq. Eva Kühn M.P 11705 ~ T.S.T Julio Ceballos Eva Perón 345 ~
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SUPERESTRUCTURA TURISTICA
1. ESTADO MUNICIPAL
San José de Feliciano comprende la primera categoría de municipios y cabecera
departamental que tiene los siguientes alcances y estructura.
1.1. ESTRUCTURA DE GOBIERNO
1.2. TERRITORIO
Se subdivide en las zonas que indica la Ley 10.027 en donde se encuentran
11.137 habitantes.
Planta Urbana: donde se prestan los servicios públicos permanentes, 6 km² con
208 manzanas organizadas en 7 comisiones barriales.
Zona de Quintas, 84 lotes de 200² aproximados, cubierto parcialmente con
servicios públicos.
Zona de Chacras, 105 km2 en 238 lotes de 500 m² cada uno. como todos los
municipios reservados para planificaciones urbanísticas, determinación de
espacio y uso de suelo.
Como característica especial: no posee límites naturales, salvo en adyacencia sudeste
por río Feliciano.
Concejo
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1.3. ORGANIGRAMA DEL CUERPO MUNICIPAL
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1.4. ORGANIZACIÓN TURÍSTICA
La organización turística municipal será de vital importancia para la
planificación de la ciudad, la misma fue asignada como prioritaria en la agenda de
estado municipal. La situación actual de su jerarquía está subordinada a Coordinación
de Deportes, Recreación y Turismo, con lo que posteriormente se planteara su
autonomía en concordancia con el crecimiento de la actividad que así lo justifique.
La Coord. de DRT está a cargo del responsable del área, dentro de la misma:,
una t.s.t, y personal de oficina de empleo en número variable de aproximadamente 50
que tienen su mayor convocatoria y participación durante eventos.
La Coordinación de Cultura es uno de los aliados importante o por lo menos así
debería comportarse para conformar la triada Turismo-Deporte-Cultura. En otros
municipios se presenta la Dirección y Secretaria de Turismo, dependiendo de la
importancia de la actividad para la economía de la ciudad, y dentro de esta Cultura.
Primera aproximación a la organización de una Coordinación de Turismo para la
Municipalidad.
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Entre las funciones que se le asignara a la Coordinación de Turismo
Del Control y Promoción:
Capacitar permanentemente al personal para una mejor atención al cliente con el fin de
promover estándares de calidad.
Llevar las estadísticas de consumo, ingreso y egreso de turistas, noches pernoctadas,
etc. a fines de controlar quienes ingresan a la ciudad y con qué fin; e implementar
acciones de promoción intensiva cuando sea necesario.
Mantener y ampliar su agenda de relaciones, mediante la participación y colaboración
con las demás coordinaciones y esferas del área.
De la programación, planificación y proyección:
Organiza a la cámara de comercio, comerciantes, organismos intermedios y afines.
Forma las comisiones necesarias para implementar determinados eventos y/o servicios
permanentes.
Registra los movimientos y actividades.
Mantiene relación con sus pares superiores en todos los temas y sobre todos a aquellos
que estén regulados como la hotelería a fin de estandarizar los niveles de calidad en la
ciudad y la región provincial.
De la información y recepción al turista:
Crea la oficina de informe y la administra en rr.hh, horarios, régimen, nivel de
información, parámetros, participación, responsabilidades.
Del asesoramiento técnico a proyectos y eventos institucionales y de entidades o personas
privadas:
Colabora con la organización de todos los eventos deportivos, culturales, mitos, actos,
oficiales o privados que hagan a la actividad turística según lo determina la nueva
ordenanza.
Promoción estricta, publicita, planea y ejecuta los planes de marketing y rr.pp con la
presentación de resultados ante superiores.
Mantiene relación, charlas de asesoramiento y reuniones con los prestadores de
servicios privados para análisis de situación, planear directrices, implementarlas,
ejecutarlas, y volver a analizarlas a fin de seguir la evolución de la actividad turística.
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2. LEGISLACIÓN TURÍSTICA.
Dentro del propio municipio, de alcance provincial y nacional.
2.1. ANTECEDENTES
Comisión organizadora de la Fiesta Provincial del Ternero
Comisiones especiales para determinados eventos: Carnavales.
2.2. DE ALCANCE PROVINCIAL
Ley 7.360 de hotelería de la Provincia de Entre Ríos y su Decreto Ley 7205 y Decretos
5029/87, decreto 3177 y 117/10 sobre estándares de calidad y sistema de clasificación
de alojamientos turísticos Resolución 026.
De la Creación del Sistema de Áreas Naturales Protegidas de la provincia Ley 8.967 y
creación de la Reserva de Usos Múltiples San Juan y los Gringos en el departamento
Feliciano.
De la Ley 4.841 y modificatorias 6821 y 7552 y su decreto reglamentario 4139 de Caza
en rectificación a la fecha de la investigación. Que establece épocas y zonas, caza
comercial, prohibiciones, especies, caza con fines científicos, técnicos y educativos,
especies declaradas plaga, autoridades de vigilancia y control, de las infracciones y
penalidades, estimulo a las entidades deportivas y cooperación policial. Resolución 306
sobre los torneos de pesca
De aranceles y permisos de caza y pesca Decreto 302.
De las empresas que organicen turismo aventura / deportes cinegéticos decreto 2.851.
Decreto 4.977 y modificatorio 3.237 y Resolución 038 sobre estudio de Impacto
Ambiental.
Se recomienda atender a esta legislación existente ante cualquier propuesta de
desarrollo
2.3. AVANCES
Creación y aprobación de Ordenanza Municipal N° 441/12 y su decreto N°
248/12 que contempla “Declara de interés todas las actividades turísticas y su trabajos
complementarios”, de esta forma se cuenta con un instrumento legal de utilidad para
toda la comunidad y ante gobiernos provinciales, nacionales y entidades privadas.
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El día 11 de octubre de 2.012 el HCD de la ciudad toma la valiosa iniciativa de
sancionar la Ordenanza N° 445/12 por cual el 15 de octubre de 2.012 el DEM dispone
decreta de Interés Estratégico la creación de la Marca Ciudad bajo N° 315/12 el HCD de
San José de Feliciano y autoriza se gestione y obtenga la inscripción del isologotipo
ante Instituto Nacional de Propiedad Intelectual.
Sabiendo que mucho de los potenciales atractivos se emplazan a una distancia
variable de entre 35 y 40 km a la redonda de la mancha urbana se tiene en cuenta la
composición del departamento de Feliciano.
3. ORGANIZACIÓN DEL DEPARTAMENTO FELICIANO
Con una superficie de 3.143 km² y 15.150 habitantes1, densidad de 4,6 hab/km2. Se
divide en 5 distritos:
Atencio: comprende el área jurisdiccional del centro rural de población de
Laguna Benítez.
Basualdo: comprende el área jurisdiccional del centro rural de población de La
Esmeralda.
Chañar: comprende las áreas jurisdiccionales de los centros rurales de
población de Las Mulitas, Mulas Grandes y Chañar.
Feliciano: comprende las áreas jurisdiccionales de los centros rurales de
población de La Hierra y La Verbena.
Manantiales: comprende el área jurisdiccional del centro rural de población de
San Víctor.
Los centros rurales de población gobernados por juntas de gobierno se organizan por
categorías y son:
Por Segunda categoría
Distrito Chañar: población rural dispersa.
La Verbena: creado antes del 10 de diciembre de 1.983. Población rural
dispersa.
Laguna Benítez: población rural dispersa.
San Víctor: creado antes del 10 de diciembre de 1.983
Tercera categoría
La Esmeralda: creado antes del 10 de diciembre de 1.983. Población rural
dispersa.
1 INDEC 2010
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Las Mulitas: creado antes del 10 de diciembre de 1.983. Población rural
dispersa.
Cuarta categoría
La Hierra: población rural dispersa.
Mulas Grandes: población rural dispersa.
Las juntas de gobierno fueron elegidas el 18 de marzo de 2.007
La Hierra y La Verbena eligieron una única junta de gobierno.
Mulas Grandes, Distrito Chañar y Las Mulitas eligieron una única junta de gobierno.
En cada uno de ellos se detecta un recurso con potencialidad para transformase a
atractivo turístico.
4. PROPUESTAS.
De la hotelería: descuento en tasa comercial por temporadas. El MINTUR ER
señala una exención impositiva en Ingr. Brutos. Teniendo en cuenta la estacionalidad
turística muy común en destinos emergentes que todavía dependen de eventos para
generar el desplazamiento y arribo de turistas. Exigir la homologación siendo el
municipio responsable ante cualquier eventualidad civil, dispone de área técnica en su
coordinación y de un área de control a través de inspección.
Como lo indica la legislación hotelera: prever sobre el control de personas. El
movimiento turístico implica indefectiblemente el ingreso de personas físicas por un
tiempo indeterminado (no superior a 6 meses) a la ciudad. Es necesario contar con un
registro denunciado periódicamente a jefatura de policía.
De los comercios en general: marcar los horarios de atención, control de higiene
en expendio de comidas con exhibición de carnet de desinfección, seguros de
responsabilidad civil.
De los transportes de pasajeros de línea regular o charters s debe tener en cuenta
la existencia de impuestos que no perjudiquen el movimiento receptivo. Y el control de
ingreso sobre lo dos pórticos de acceso a la ciudad.
De la participación en promoción y difusión, hasta la creación de una cámara
privada. Obligar en la participación de las propuestas publicitarias, comunicación y
marketing que devengan de la municipalidad a través de su coordinación. En forma
remunerativa, colaboración física, o aporte sobre tasa impositiva que se destine
directamente a este fin sin prejuicios de las acciones priorizando el consenso entre
ambas partes.
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