ACTA NUMERO DIECINUEVE. – Sesión Plural en el salón de reuniones de la Alcaldía
Municipal de San Juan Opico a las ocho horas del día veintiuno de septiembre del dos
mil dieciocho, siendo estos el lugar, día y hora señalados en la convocatoria
respectiva, para celebrar Sesión Ordinaria por el Concejo Municipal de San Juan
Opico, fue convocada por la señora Alcaldesa a través de la Secretaria Municipal, se
inicia con la asistencia de la Señora Alcaldesa Dra. Carmen Abigail Girón Canales,
Síndica Municipal Licda. Berta Luz Aquino Canales y los miembros del Concejo
Señores: Regidores propietarios: Lic. Roberto Enrique Aquino Figueroa, Sr. Héctor
Julio Coto Alvarado, Sr. Álvaro Mauricio Castaneda, Sra. Gely Veralicé Rivas Argueta,
Licda. Areli Elizabeth Guardado Gallegos, Profa. Marta Alicia Mejía de Herrera, Sr.
Paul Dalí Trejo Flores, Sr. José Adán Lemus Juárez, Sr. Hugo Arnulfo López Acosta,
Sr. Orlando Atilio Ávila Montoya; Regidores Suplentes: Sr. Juan Esteban Ayala
Cornejo, Srita. Yesenia Lisseth Constanza Calderón, Sra. Magdalena María Abrego.
Está presente la secretaria Municipal Claudia Beatriz Vásquez. Establecido el quórum,
la señora alcaldesa declaró abierta la Sesión y se procede a desarrollar la agenda
aprobada por unanimidad:
1.- Lectura de acta anterior.
Se procedió a dar lectura al acta anterior, siendo Aprobada por Unanimidad.
2.- Solicitud de Encuentros Conyugales.
El Concejo Municipal, Considerando:
I. Que es obligación del Concejo y compete a los municipios la promoción y
contribuir a la recreación de la comunidad, en virtud de los artículos cuatro y
treinta del Código Municipal.
II. Que es competencia de la municipalidad la promoción y organización de ferias
y festividades populares en virtud del artículo cuatro del Código Municipal.
III. Que vista la solicitud de la secretaria de Infanto Juvenil del Movimiento de
Encuentros Conyugales de San Juan Opico en la que piden donación de un
televisor de treinta y dos pulgadas o un proyector, además para el seis de
octubre del corriente año celebraran el día del niño por lo que piden cien
juguetes para niño y cien para niña, así como doscientos refrigerios, y tres
bolsas piñateras de dulce.
Se discute:
1. Que por el momento no se tiene la capacidad para apoyar con la donación del
televisor o el proyector, pero que posteriormente haya posibilidad de poder
colaborarle.
2. Que por encontrarse la municipalidad sin ninguna reserva de juguetes ya que
no se encontró en la bodega nada de todos los juguetes adquiridos por la
administración anterior, por el momento no se puede colaborar con ello pero
que en diciembre si se podrá ayudar, que se presente la solicitud para dichas
fechas.
Se solicita:
1. Aprobar el apoyo para las festividades de celebración del día del niño de la
secretaria de Infanto Juvenil del Movimiento de Encuentros Conyugales de San
Juan Opico en cuanto a doscientos refrigerios y tres bolsas piñateras con dulce.
2. Hacer del conocimiento de la UACI para seguir los trámites correspondientes.
3. Autorizar al Tesorero erogar el monto de las compras.
Se somete a votación siendo aprobado por unanimidad.
Se retira por cuestiones personales el Regidor Propietario Sr. José Adán Lemus
Juárez y se hace efectivo lo del Articulo cuarenta y uno del código municipal que en
ausencia del propietario lo sustituirá un suplente por lo que se queda con voz y voto
el Srita. Yesenia Lisseth Constanza Calderón.
3.- Solicitud de Nuevo Edén.
El Concejo Municipal, Considerando:
I. Que es competencia de la municipalidad la promoción del deporte, la
recreación como forma de sano esparcimiento según el numeral cuatro del
artículo cuatro del Código municipal.
II. Que el municipio tiene la autonomía suficiente en lo administrativo, económico
según el artículo dos del Código Municipal.
III. Que teniendo a la vista solicitud realizada por los jóvenes de la colonia Nuevo
Edén, de esta jurisdicción; en la que piden doscientos dólares de los estados
unidos de américa y cuatro balones de football, sonido y chalecos que serán
utilizados como premio para torneo relámpago que se realizará el veintinueve
de septiembre del presente año.
Solicita:
1. Autorizar los premios del torneo relámpago de la colonia Nuevo Edén, de esta
jurisdicción; consiste en doscientos dólares de los estados unidos de américa
en efectivo y tres pelotas de football número cinco para la premiación.
2. Hacer del conocimiento de la UACI para que se sigan los procesos
correspondientes.
3. Hacer del conocimiento del Tesorero Municipal para erogar el monto de
doscientos dólares de los estados unidos de américa para el premio en efectivo
del FODES setenta y cinco por ciento del Proyecto denominado El Deporte
como medios de Recreación para la prevención de la violencia en el Municipio
de San Juan Opico y de la compra de las tres pelotas de football.
Se somete a votación siendo aprobado por unanimidad.
4.- Solicitud Iglesia Adventista.
El Concejo Municipal CONSIDERANDO:
I. Que, de conformidad a la Constitución de la República de El Salvador, en el
artículo doscientos tres se determina la autonomía de las Municipalidades para
el Gobierno Local en lo económico, técnico y administrativo.
II. Que es competencia de la municipalidad la promoción y desarrollo de
programas y actividades destinadas a fortalecer la equidad de género, según
el artículo cuatro del Código Municipal.
III. Que vista la solicitud presentada por las participantes del curso de Corte y
Confección que fue impartido por Insaforp en coordinación de la Iglesia
Adventista del Séptimo Día, en el que piden el apoyo de refrigerio de cincuenta
personas para la graduación.
Se solicita:
1. Autorizar la colaboración de cincuenta refrigerios que incluyen un sándwich y
jugo para la graduación del curso de corte y confección en beneficio de las
mujeres opicanas que desean superarse.
2. Autorizar a la UACI para seguir los trámites correspondientes.
3. Autorizar al tesorero municipal para erogar los fondos.
Sometiéndose a votación, siendo aprobado por unanimidad.
5.- Solicitud de Ayuda por fallecimiento.
El Concejo Municipal CONSIDERANDO:
I. Que, de conformidad a la Constitución de la República de El Salvador, en el
artículo doscientos tres se determina la autonomía de las Municipalidades para
el Gobierno Local en lo económico, técnico y administrativo.
II. Que es competencia de la municipalidad la prestación de servicios funerarios
según el artículo cuatro del Código Municipal.
III. Que vista la solicitud presentada por el señor José Luis Franco Lemus en
cuanto a la colaboración de gasto fúnebres de su sobrino Juan de Jesús Franco
Lemus que son de escasos recursos de la Colonia Balber calle a Puchuyito, de
esta jurisdicción.
Solicita:
1. Autorizar la colaboración de CIEN DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA para gastos fúnebres del menor a Juan de Jesús Franco Lemus a la
familia ya que son de escasos recursos de la Colonia Balber calle a Puchuyito,
de esta jurisdicción.
2. Autorizar a la UACI para seguir los trámites correspondientes.
3. Autorizar al tesorero municipal para erogar y cancelar la cantidad antes
mencionada a la funeraria que preste el servicio.
Sometiéndose a votación, siendo aprobado por unanimidad.
6.- Solicitud del Centro Escolar Cantón Sitio del Niño.
El Concejo Municipal CONSIDERANDO:
I. Que, tomando en consideración la competencia de la municipalidad en la
promoción de la educación, la recreación, la cultura y las artes regulada en el
artículo cuatro numeral cuatro del Código Municipal, y la facultad que le brinda
el articulo treinta y uno numeral seis en cuanto al fomento de la educación y
cultura.
II. Que, analizando las obligaciones del Concejo Municipal de contribuir con la
salud, fomento a la educación y la cultura y recreación de las comunidades.
III. Que teniendo a la vista solicitud del Centro Escolar Cantón Sitio del Niño, en el
que piden la donación de cuatro trompetas, para la banda de paz de la
institución.
Se discute:
1. Que las fiestas cívicas ya pasaron y que aún sigue insistiendo el director del
Centro Escolar que necesitan dichas trompetas para la institución.
2. Que, viendo la necesidad por parte de la alcaldesa Dra. Carmen Abigail Girón
Canales de muchos centros escolares de implementos para las bandas de paz
de dichos centros en beneficio de los alumnos para su sano esparcimiento por
medio de la disciplina y recreación, es mejor crear un proyecto en beneficio de
los alumnos de los centros escolares que lo soliciten.
Se Solicita:
1. Autorizar y remitir a la unidad correspondiente para realizar un proyecto en el
que se beneficie a todas las escuelas que lo necesiten en cuanto a implementos
para las bandas de paz de los centros escolares del municipio.
2. Hacer del conocimiento de la unidad de proyectos para realizar los trámites
correspondientes.
Sometiéndose a votación, siendo aprobado por unanimidad.
7.- Solicitud de Nombre de Dios.
El Concejo Municipal Considerando:
I. Que, de conformidad a la Constitución de la República de El Salvador, en el
artículo doscientos tres se determina la autonomía de las Municipalidades para
el Gobierno Local en lo económico, técnico y administrativo.
II. Que es competencia de la municipalidad la promoción y organización de ferias
y festividades populares en virtud del artículo cuatro del Código Municipal.
III. Que teniendo a la vista la solicitud del Subconsejo Pastoral de la Sede San
Gabriel y coordinadores del Cantón Nombre de Dios, en la que manifiestan que
celebran las fiestas patronales de la comunidad en honor a San Gabriel
Arcángel en la que piden trescientos refrigerios, veinticinco bolsas de cemento,
una gruesa de cohetes.
Solicita:
1. Aprobar el apoyo para las festividades del Cantón Nombre de Dios en sus
fiestas patronales en cuanto a seis docenas de cohete de vara, trescientos
refrigerios, veinticinco bolsas de cemento.
2. Girar instrucciones al jefe de la UACI para que realice todos los trámites
correspondientes.
3. Autorizar al Tesorero erogar el monto respectivo.
Sometiéndose a votación, siendo aprobado por unanimidad.
Se incorpora a la sesión de concejo la Regidora Propietaria Sra. Gely Veralicé Rivas
Argueta y el Regidor Suplente José Efraín Henríquez Majano.
8.- Asociación Pro-hospital Nacional San Rafael.
El Concejo Municipal Considerando:
I. Que, de conformidad a la Constitución de la República de El Salvador, en el
artículo doscientos tres se determina la autonomía de las Municipalidades para
el Gobierno Local en lo económico, técnico y administrativo.
II. Que teniendo en consideración las obligaciones del Concejo contemplada en
el artículo treinta y uno numeral ocho de Código Municipal de llevar buenas
relaciones con las instituciones públicas nacionales, y cooperar para el mejor
cumplimiento de sus fines.
III. Que viendo la correspondencia recibida por parte de la Junta Directiva de la
Asociación Pro-Hospital y la administración del Hospital San Rafael en el que
comunica que el día veinte de octubre del presente año celebraran la tradicional
cena de gala bailable a beneficio de los pacientes del Hospital Nacional San
Rafael, en la que se remiten cinco tarjetas para colaboración.
Se solicita:
1. Colaborar con la compra de cinco tarjetas valoradas en quince dólares, cada
una haciendo un total de SETENTA Y CINCO DOLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA, a cancelarse del Fondo Común, para recaudar fondos
en beneficio de los pacientes del Hospital Nacional San Rafael.
2. Hacer del conocimiento del tesorero para erogar dicho monto.
Sometiéndose a votación, siendo aprobado por unanimidad.
Se retira por cuestiones personales el Regidor Propietario Sr. Héctor Julio Coto
Alvarado y se hace efectivo lo del Articulo cuarenta y uno del código municipal que en
ausencia del propietario lo sustituirá un suplente por lo que se queda con voz y voto
el Sr. Juan Esteban Ayala Cornejo.
9.- Solicitud Directiva San Nicolás Los Encuentros I.
El Concejo Municipal, Considerando:
I. Que es competencia de la municipalidad la promoción del deporte, la
recreación como forma de sano esparcimiento según el numeral cuatro del
artículo cuatro del Código municipal.
II. Que el municipio tiene la autonomía suficiente en lo administrativo, económico
según el artículo dos del Código Municipal.
III. Que teniendo a la vista solicitud realizada por la Directiva de San Nicolas Los
Encuentros I, de esta jurisdicción; en la que piden implementos deportivos de
uniforme completo y dos pelotas para futbol para el equipo de mujeres de la
comunidad.
Solicita:
1. Autorizar la compra del uniforme para el equipo femenino de la comunidad de
San Nicolás Los Encuentros I.
2. Hacer del conocimiento de la UACI para que se sigan los procesos
correspondientes.
3. Hacer del conocimiento del Tesorero Municipal para erogar el monto respectivo
del FODES setenta y cinco por ciento del Proyecto denominado El Deporte
como medios de Recreación para la prevención de la violencia en el Municipio
de San Juan Opico.
Sometiéndose a votación, siendo aprobado por unanimidad.
10.- Solicitud de Joyas de Ceren.
El Concejo Municipal CONSIDERANDO:
I. Que el municipio tiene la autonomía suficiente en lo administrativo, económico
según el artículo dos del Código Municipal.
II. Que es competencia de la municipalidad la promoción del deporte, la
recreación como forma de sano esparcimiento según el numeral cuatro del
artículo cuatro del Código municipal.
III. Que teniendo a la vista la solicitud presentada por la Junta Directiva del Equipo
F.C. Joya de Ceren, en la que piden la colaboración de par de mayas para los
marcos de la cancha de la comunidad.
Solicita:
1. Aprobar el apoyo a la Junta Directiva del Equipo F.C. Joya de Ceren con un par
de mayas para marcos de la cancha de futbol de la comunidad de Joya de
Ceren en pro del deporte, la recreación como forma de sano esparcimiento.
2. Hacer del conocimiento de la UACI para seguir el trámite correspondiente.
3. Hacer del conocimiento del Tesorero Municipal para erogar el valor del par de
mayas del FODES setenta y cinco por ciento del Proyecto denominado El
Deporte como medios de Recreación para la prevención de la violencia en el
Municipio de San Juan Opico.
Sometiéndose a votación siendo aprobado por unanimidad.
11.- Solicitud Centro Escolar Santos Novoa.
El Concejo Municipal Considerando:
I. Que es competencia de la municipalidad la promoción de la educación, salud,
según los numerales cuatro del artículo cuatro del Código municipal.
II. Que, analizando las obligaciones del Concejo Municipal de contribuir con el
fomento a la educación y la cultura y recreación de las comunidades.
III. Que, vista de la solicitud presentada por Centro Escolar Santos Novoa, en la
que solicitan cien dólares de los estados unidos de américa en concepto de
premio para los tres primeros lugares de masculino y femenino y seis fardos de
agua para el día jueves veinticinco de octubre del presente año que se realizara
maratón con alumnos de tercer ciclo.
IV. Que viendo el Concejo municipal que no es conveniente inculcarles a los
jóvenes realizar actividades físicas y de sano esparcimiento por dinero, y
también por ser menores de edad.
Por lo tanto, Solicita:
1. Autorizar la compra de seis medallas para los primeros tres lugares de
femenino y masculino, y seis mochilas como incentivo para los jóvenes
ganadores y seis fardos de agua.
2. Hacer del conocimiento de la UACI para que se sigan los procesos
correspondientes.
3. Hacer del conocimiento del Tesorero Municipal para erogar el monto de las
medallas y las mochilas.
Sometiéndose a votación siendo aprobado por unanimidad.
12.- Solicitud Escuela Municipal de Ballet.
El Concejo Municipal Considerando:
I. Que es obligación del Concejo y compete a los municipios la promoción y
contribuir a la recreación de la comunidad, en virtud de los artículos cuatro y
treinta del Código Municipal.
II. Que es competencia de la municipalidad la promoción y organización de ferias
y festividades populares en virtud del artículo cuatro del Código Municipal.
III. Que vista la solicitud de la Escuela Municipal de Ballet y la Comisión de Padres
de Familia en la que piden la aprobación de la compra de cuatro pasteles, dos
para el grupo de ballet inicial y dos para el grupo de avanzadas, un payaso para
animar la fiesta, en la que celebraran el día del niño que se realizará el día seis
de octubre del corriente año a las tres de la tarde.
Se solicita:
1. Aprobar el apoyo para las festividades de celebración del día del niño de la
Escuela Municipal de Ballet en Villa Burdeos, de San Juan Opico en cuanto a
cuatro pasteles grandes y un payaso para animar la fiesta.
2. Hacer del conocimiento de la UACI para seguir los trámites correspondientes.
3. Se delega al empleado Ricardo Ernesto Ceren Coto para la compra y hacer la
liquidación respectiva.
4. Autorizar al Tesorero erogar el monto de lo autorizado.
Se somete a votación siendo aprobado por unanimidad.
Se aclara por la alcaldesa Dra. Carmen Abigail Girón Canales que se realizó una
actividad en la casa de la Cultura el día uno de septiembre del presente año para
recaudar fondos para el Grupo Imperium en el que se realizó una presentación de la
Escuela Municipal de Ballet en dicha velada artística en la que se cobró la cantidad
de tres dólares de los estados unidos de américa por la entrada. Y como municipalidad
nunca se ha cobrado por una presentación de las escuelas de la alcaldía, que además
no se solicitó permiso por el encargado para poder ir como escuela a la actividad y
mucho menos utilizar el nombre de la institución.
13.- Solicitud de ADESCO Caserío El Zapote.
El Concejo Municipal, Considerando:
I. Que, teniendo en consideración la competencia del Concejo Municipal en el
numeral veinticinco del articulo cuatro del Código Municipal de planificación,
ejecución y mantenimiento de obras de servicios básicos, que beneficien al
municipio, por lo que el mantenimiento de caminos vecinales en el área rural y
urbana se incorpora en esta competencia.
II. Que el municipio tiene la autonomía suficiente en lo administrativo, económico
según el artículo dos del Código Municipal.
III. Que teniendo a la vista solicitud realizada por la ADESCO Caserío El Zapote,
Cantón El Castillo, de esta jurisdicción; en la que piden empedrado fraguado
en un tramo de trecientos treinta y siete metros lineales de la calle principal y
dentro de estos hay cincuenta y cinco metros que necesitan cuneta que están
frente al centro escolar.
Se solicita:
1. Remitir a la unidad de Proyectos para que se realice la respectiva inspección y
evaluación del proyecto a realizarse.
2. Se remita informe a este concejo de lo que se puede efectuar y de la erogación
a realizar.
Sometiéndose a votación, siendo aprobado por unanimidad.
14.- Solicitud Directiva de Agua Caserío Santa Bárbara.
El Concejo Municipal Considerando:
I. Que, de conformidad a la Constitución de la República de El Salvador, en el
artículo doscientos tres se determina la autonomía de las Municipalidades para
el Gobierno Local en lo económico, técnico y administrativo.
II. Que, teniendo en consideración la competencia del Concejo Municipal en el
numeral veinticinco del articulo cuatro del Código Municipal de planificación,
ejecución y mantenimiento de obras de servicios básicos, que beneficien al
municipio, por lo que el mantenimiento de caminos vecinales en el área rural y
urbana se incorpora en esta competencia.
III. Que teniendo a la vista la solicitud presentada por la Junta de Agua Caserío
Santa Bárbara en la que piden colaboración para realizar sendero que conecta
con sector Las Marías con una camionada de arena, tres metros de chispa o
grava, y treinta bolsas de cemento en que tendrá de medida el sendero uno
punto treinta centímetros de ancho por cuatrocientos cincuenta metros de largo;
proyecto en el que la comunidad pondrá la mano de obra.
Por lo tanto, solicita:
1. Autorizar la compra de una camionada de arena, tres metros de chispa o grava,
y treinta bolsas de cemento en concepto de contribución para sendero que
conecta con sector Las Marías y el Caserío Santa Bárbara.
2. Hacer del conocimiento de la UACI para que se sigan los procesos
correspondientes.
3. Autorizar al Tesorero erogar el monto de la compra aprobada del FODES
setenta y cinco por ciento del Proyecto denominado MANTENIMIENTO DE
CAMINOS VECINALES, PREVENSION DE INUNDACIONES EN EL
MUNICIPIO DE SAN JUAN OPICO 2018.
Sometiéndose a votación, siendo aprobado por unanimidad.
15.- Solicitud ADESCO El Refugio.
a) El Concejo Municipal, Considerando:
I. Que, teniendo en consideración la competencia del Concejo Municipal en el
numeral veinticinco del articulo cuatro del Código Municipal de planificación,
ejecución y mantenimiento de obras de servicios básicos, que beneficien al
municipio, por lo que el mantenimiento de caminos vecinales en el área rural y
urbana se incorpora en esta competencia.
II. Que el municipio tiene la autonomía suficiente en lo administrativo, económico
según el artículo dos del Código Municipal.
III. Que teniendo a la vista solicitud realizada por la ADESCO El Refugio, Cantón
El Castillo, de esta jurisdicción; en la que piden la construcción de un muro de
contención en la calle principal que conduce a El Castillo; el cual es de doce
metros lineales por seis de altura, en el que la comunidad y los patronos de la
Finca El Porvenir pondrían el cincuenta por ciento de la obra y el otro cincuenta
por ciento la municipalidad.
Se solicita:
1. Remitir a la unidad de Proyectos para que se realice la respectiva inspección y
evaluación del proyecto a realizarse.
2. Se remita informe a este concejo de lo que se puede efectuar y de la erogación
a realizar.
Sometiéndose a votación, siendo aprobado por unanimidad.
b) El Concejo Municipal, Considerando:
I. Las facultades legales que le concede el Código Municipal en el artículo cuatro
numerales uno y tres en cuanto a la ejecución de planes de desarrollo local y
ornato público.
II. Que teniendo a la vista solicitud realizada por la ADESCO El Refugio, Cantón
El Castillo, de esta jurisdicción; en la que piden una cuadrilla para reparación
de caminos que se encuentran en mal estado.
Solicita:
1. Aprobar la planilla de Limpieza y Reparación de caminos que se encuentran en
mal estado en el Caserío El Refugio, integrada por siete personas para una
catorcena de días.
2. Hacer del conocimiento de las unidades correspondientes para los trámites
correspondientes.
3. Hacer del conocimiento del tesorero para erogar los fondos para el pago de la
cuadrilla del FODES setenta y cinco por ciento del Proyecto denominado
MANTENIMIENTO DE CAMINOS VECINALES, PREVENSION DE
INUNDACIONES EN EL MUNICIPIO DE SAN JUAN OPICO 2018.
Sometiéndose a votación siendo aprobado por unanimidad.
16.- Solicitud Centro Escolar Caserío Jabalincito.
El Concejo Municipal, Considerando:
I. Que, de conformidad a la Constitución de la República de El Salvador, en el
artículo doscientos tres se determina la autonomía de las Municipalidades para
el Gobierno Local en lo económico, técnico y administrativo.
II. Que es competencia de la municipalidad la promoción de la educación en virtud
del artículo cuatro del Código Municipal y las facultades legales que le concede
el Código Municipal en el artículo cuatro numerales uno y tres en cuanto a la
ejecución de planes de desarrollo local y ornato público.
III. Que teniendo a la vista la solicitud del Centro Escolar Caserío El Jabalincito,
de esta jurisdicción en la que piden treinta bolsas de cemento para la
construcción de la canaleta de aguas lluvias de las calles aledañas a la escuela
que afecta su mal estado el suelo de la institución y la comunidad pondrá la
mano de obra.
Solicita:
1. Aprobar la compra de treinta bolsas de cemento en apoyo a la educación,
seguridad y salud de los alumnos del Centro Escolar Caserío El Jabalincito.
2. Hacer del conocimiento de la UACI para seguir los trámites correspondientes.
3. Autorizar al Tesorero erogar el monto total.
Sometiéndose a votación, siendo aprobado por unanimidad.
17.- Solicitud ADESCO Buena Vista Chanmico.
El Concejo Municipal, Considerando:
I. Que es obligación del Concejo y compete a los municipios la promoción y
contribuir a la recreación de la comunidad, en virtud de los artículos cuatro y
treinta del Código Municipal.
II. Que es competencia de la municipalidad la promoción y organización de ferias
y festividades populares en virtud del artículo cuatro del Código Municipal.
III. Que vista la solicitud de la ADESCO Buena Vista, Chanmico de San Juan Opico
en la que piden para el seis de octubre del corriente año fecha en la que
celebraran el día del niño cuatro piñatas con sus dulces, un payaso y ciento
cincuenta refrigerios.
Se solicita:
1. Aprobar el apoyo para las festividades de celebración del día del niño de la
ADESCO Buena Vista, Chanmico de San Juan Opico en cuanto a dos piñatas
con sus dulces y cien refrigerios.
2. Hacer del conocimiento de la UACI para seguir los trámites correspondientes.
3. Autorizar al Tesorero erogar el monto de lo autorizado.
Sometiéndose a votación siendo aprobado por unanimidad.
18.- Solicitud Asociación Cooperativa Chanmico.
El Concejo Municipal, Considerando:
I. Que son competencias de la municipalidad la elaboración, aprobación y
ejecución de planes de desarrollo, la promoción de la participación ciudadana
responsable en la solución de problemas locales, la promoción del desarrollo
agropecuario, comercial según el numeral cuatro del artículo cuatro del Código
municipal.
II. Que el municipio tiene la autonomía suficiente en lo administrativo, económico
según el artículo dos del Código Municipal.
III. Que teniendo a la vista solicitud realizada por la Directiva del consejo de
administración y junta de vigilancia de la asociación cooperativa Chanmico,
respaldada con la firma de todos los beneficiados piden la ayuda para oxigenar
las pilas de tilapia, y para ello piden un blower ½ HP (S31-A) 1 PH, 115V, 50/60
HZ, que incluye 8 pies de cable conector 5.6/115 Amp de carga completa,
2000W de demanda de arranque, 1.5” diámetro de salida de aire con un monto
de novecientos noventa y cuatro dólares de los Estados Unidos de América y
un blower 1 HP (S41-A) 1PH, 115V, 50/60 HZ, incluye 8 pies de cable conector
9.8/115 Amp de carga completa, 4000w de demanda de arranque, 1.5”
diámetro de salida de aire con un monto de mil doscientos cincuenta y cinco
dólares de los Estados Unidos de América.
Se solicita:
1. Autorizar la compra de un blower ½ HP (S31-A) 1 PH, 115V, 50/60 HZ, que
incluye 8 pies de cable conector 5.6/115 Amp de carga completa, 2000W de
demanda de arranque, 1.5” diámetro de salida de aire con un monto de
novecientos noventa y cuatro dólares de los Estados Unidos de América y un
blower 1 HP (S41-A) 1PH, 115V, 50/60 HZ, incluye 8 pies de cable conector
9.8/115 Amp de carga completa, 4000w de demanda de arranque, 1.5”
diámetro de salida de aire con un monto de mil doscientos cincuenta y cinco
dólares de los Estados Unidos de América, haciendo un total de dos mil
doscientos cuarenta y nueve dólares de los Estados Unidos de América.
2. Hacer del conocimiento de la UACI para que se sigan los procesos
correspondientes de la compra.
3. Hacer del conocimiento del Tesorero Municipal para erogar el monto
respectivo.
Sometiéndose a votación, siendo aprobado por unanimidad.
19.- Solicitud de Villa Burdeos.
El Concejo Municipal, Considerando:
I. Que es obligación del Concejo y compete a los municipios la promoción y
contribuir a la recreación de la comunidad, en virtud de los artículos cuatro y
treinta del Código Municipal.
II. Que es competencia de la municipalidad la promoción y organización de ferias
y festividades populares en virtud del artículo cuatro del Código Municipal.
III. Que, vista la solicitud de la Junta Directiva de Villa Burdeos, Ciudad Versailles,
de San Juan Opico en la que piden para el catorce de octubre del corriente año
fecha en la que celebraran el día del niño cuatro piñatas con sus dulces y
cuatrocientos refrigerios.
Se solicita:
1. Aprobar el apoyo para las festividades de celebración del día del niño de de
Villa Burdeos, Ciudad Versailles de San Juan Opico en cuanto cuatro piñatas
con sus dulces y cuatrocientos refrigerios.
2. Hacer del conocimiento de la UACI para seguir los trámites correspondientes.
3. Autorizar al Tesorero erogar el monto de lo autorizado.
Sometiéndose a votación siendo aprobado por unanimidad.
20.- Solicitud Papi Futbol San Juan opico.
El Concejo Municipal, Considerando:
I. Que es competencia de la municipalidad la promoción del deporte, la
recreación como forma de sano esparcimiento según el numeral cuatro del
artículo cuatro del Código municipal.
II. Que el municipio tiene la autonomía suficiente en lo administrativo, económico
según el artículo dos del Código Municipal.
III. Que teniendo a la vista solicitud realizada por la Directiva de Papi Football, de
esta jurisdicción; en la que piden cuarenta y tres juegos de uniforme para el
papi futbol que se realiza todos los años en el complejo deportivo municipal.
Se solicita:
1. Autorizar la compra de cuarenta y tres juegos de uniformes para equipos de
futbol para el torneo de papi futbol de la ciudad.
2. Hacer del conocimiento de la UACI para que se sigan los procesos
correspondientes de la compra de los uniformes del FODES setenta y cinco por
ciento del Proyecto denominado El Deporte como medios de Recreación para
la prevención de la violencia en el Municipio de San Juan Opico.
3. Hacer del conocimiento del Tesorero Municipal para erogar el monto total de la
compra del FODES setenta y cinco por ciento del Proyecto denominado El
Deporte como medios de Recreación para la prevención de la violencia en el
Municipio de San Juan Opico.
Sometiéndose a votación, siendo aprobado por unanimidad.
21.- Solicitud de Junta Directiva Villa Valencia.
El Concejo Municipal, Considerando:
I. Que es obligación del Concejo y compete a los municipios la promoción y
contribuir a la recreación de la comunidad, en virtud de los artículos cuatro y
treinta del Código Municipal.
II. Que es competencia de la municipalidad la promoción y organización de ferias
y festividades populares en virtud del artículo cuatro del Código Municipal.
III. Que, vista la solicitud de la Junta Directiva de Villa Valencia, Ciudad Versailles,
de San Juan Opico en la que piden para celebrar el día del niño piñatas con
sus dulces, payasos y juguetes.
Se solicita:
1. Aprobar el apoyo para las festividades de celebración del día del niño de de
Villa Valencia, Ciudad Versailles de San Juan Opico en cuanto a dos piñatas
con sus dulces y cincuenta refrigerios.
2. Hacer del conocimiento de la UACI para seguir los trámites correspondientes.
3. Autorizar al Tesorero erogar el monto de lo autorizado.
Sometiéndose a votación siendo aprobado por unanimidad.
22.- Solicitud Centro Escolar Santos Novoa Noveno Grado.
El Concejo Municipal Considerando:
I. Que, de conformidad a la Constitución de la República de El Salvador, en el
artículo doscientos tres se determina la autonomía de las Municipalidades para
el Gobierno Local en lo económico, técnico y administrativo.
II. Que es competencia de la municipalidad la promoción de la educación y la
recreación según los numerales cuatro del artículo cuatro del Código municipal.
III. Que, analizando las obligaciones del Concejo Municipal de contribuir con el
fomento a la educación y la cultura y recreación de las comunidades.
IV. En vista de las solicitudes presentadas por noveno grado “D” de Centro Escolar
Santos Novoa, en la que solicitan un bus para llevar a cabo una excursión al
parque Acuático “Termos del Río”, para la despedida de año escolar.
Por lo tanto, Solicita:
1. Autorizar la cantidad de CIEN DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA en concepto de contribución de la recreación de los niños del Centro
Escolar Santos Novoa de la Ciudad de San Juan Opico.
2. Hacer del conocimiento de la UACI para que se sigan los procesos
correspondientes.
3. Hacer del conocimiento del Tesorero Municipal para erogar la cantidad antes
mencionada.
Sometiéndose a votación, siendo aprobado por unanimidad.
A continuación, se discutieron y emitieron los acuerdos siguientes:
ACUERDO NUMERO UNO. – El Concejo Municipal, Considerando:
I. Que, teniendo en consideración la competencia del Concejo Municipal en el
numeral veinticinco del articulo cuatro del Código Municipal de planificación,
ejecución y mantenimiento de obras de servicios básicos, que beneficien al
municipio, por lo que el mantenimiento de caminos vecinales en el área rural y
urbana se incorpora en esta competencia.
II. Que el municipio tiene la autonomía suficiente en lo administrativo, económico
según el artículo dos del Código Municipal.
III. Que teniendo a la vista solicitud realizada por la ADESCO El Refugio, Cantón
El Castillo, de esta jurisdicción; en la que piden la construcción de un muro de
contención en la calle principal que conduce a El Castillo; el cual es de doce
metros lineales por seis de altura, en el que la comunidad y los patronos de la
Finca El Porvenir pondrían el cincuenta por ciento de la obra y el otro cincuenta
por ciento la municipalidad.
ACUERDA:
1. Remitir a la unidad de Proyectos para que se realice la respectiva inspección y
evaluación del proyecto a realizarse.
2. Se remita informe a este concejo de lo que se puede efectuar y de la erogación
a realizar. NOTIFIQUESE.
ACUERDO NUMERO DOS. – El Concejo Municipal, Considerando:
I. Que es obligación del Concejo y compete a los municipios la promoción y
contribuir a la recreación de la comunidad, en virtud de los artículos cuatro y
treinta del Código Municipal.
II. Que es competencia de la municipalidad la promoción y organización de ferias
y festividades populares en virtud del artículo cuatro del Código Municipal.
III. Que vista la solicitud de la secretaria de Infanto Juvenil del Movimiento de
Encuentros Conyugales de San Juan Opico en la que piden donación de un
televisor de treinta y dos pulgadas o un proyector, además para el seis de
octubre del corriente año celebraran el día del niño por lo que piden cien
juguetes para niño y cien para niña, así como doscientos refrigerios, y tres
bolsas piñateras de dulce.
ACUERDA:
1. Aprobar el apoyo para las festividades de celebración del día del niño de la
secretaria de Infanto Juvenil del Movimiento de Encuentros Conyugales de San
Juan Opico en cuanto a doscientos refrigerios y tres bolsas piñateras con dulce.
2. Hacer del conocimiento de la UACI para seguir los trámites correspondientes.
3. Autorizar al Tesorero erogar el monto de las compras. NOTIFIQUESE.
ACUERDO NUMERO TRES. – El Concejo Municipal, Considerando:
I. Que es competencia de la municipalidad la promoción del deporte, la
recreación como forma de sano esparcimiento según el numeral cuatro del
artículo cuatro del Código municipal.
II. Que el municipio tiene la autonomía suficiente en lo administrativo, económico
según el artículo dos del Código Municipal.
III. Que teniendo a la vista solicitud realizada por los jóvenes de la colonia Nuevo
Edén, de esta jurisdicción; en la que piden doscientos dólares de los estados
unidos de américa y cuatro balones de football, sonido y chalecos que serán
utilizados como premio para torneo relámpago que se realizará el veintinueve
de septiembre del presente año.
ACUERDA:
1. Autorizar los premios del torneo relámpago de la colonia Nuevo Edén, de esta
jurisdicción; consiste en doscientos dólares de los estados unidos de américa
en efectivo y tres pelotas de football número cinco para la premiación.
2. Hacer del conocimiento de la UACI para que se sigan los procesos
correspondientes.
3. Hacer del conocimiento del Tesorero Municipal para erogar el monto de
doscientos dólares de los estados unidos de américa para el premio en efectivo
del FODES setenta y cinco por ciento del Proyecto denominado El Deporte
como medios de Recreación para la prevención de la violencia en el Municipio
de San Juan Opico y de la compra de las tres pelotas de football.
NOTIFIQUESE.
ACUERDO NUMERO CUATRO. – El Concejo Municipal CONSIDERANDO:
I. Que, de conformidad a la Constitución de la República de El Salvador, en el
artículo doscientos tres se determina la autonomía de las Municipalidades para
el Gobierno Local en lo económico, técnico y administrativo.
II. Que es competencia de la municipalidad la promoción y desarrollo de
programas y actividades destinadas a fortalecer la equidad de género, según
el artículo cuatro del Código Municipal.
III. Que vista la solicitud presentada por las participantes del curso de Corte y
Confección que fue impartido por Insaforp en coordinación de la Iglesia
Adventista del Séptimo Día, en el que piden el apoyo de refrigerio de cincuenta
personas para la graduación.
ACUERDA:
1. Autorizar la colaboración de cincuenta refrigerios que incluyen un sándwich y
jugo para la graduación del curso de corte y confección en beneficio de las
mujeres opicanas que desean superarse.
2. Autorizar a la UACI para seguir los trámites correspondientes.
3. Autorizar al tesorero municipal para erogar los fondos. NOTIFIQUESE.
ACUERDO NUMERO CINCO. - El Concejo Municipal CONSIDERANDO:
I. Que, de conformidad a la Constitución de la República de El Salvador, en el
artículo doscientos tres se determina la autonomía de las Municipalidades para
el Gobierno Local en lo económico, técnico y administrativo.
II. Que es competencia de la municipalidad la prestación de servicios funerarios
según el artículo cuatro del Código Municipal.
III. Que vista la solicitud presentada por el señor José Luis Franco Lemus en
cuanto a la colaboración de gasto fúnebres de su sobrino Juan de Jesús Franco
Lemus que son de escasos recursos de la Colonia Balber calle a Puchuyito, de
esta jurisdicción.
ACUERDA:
1. Autorizar la colaboración de CIEN DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA para gastos fúnebres del menor a Juan de Jesús Franco Lemus a la
familia ya que son de escasos recursos de la Colonia Balber calle a Puchuyito,
de esta jurisdicción.
2. Autorizar a la UACI para seguir los trámites correspondientes.
3. Autorizar al tesorero municipal para erogar y cancelar la cantidad antes
mencionada a la funeraria que preste el servicio. NOTIFIQUESE.
ACUERDO NUMERO SEIS. - El Concejo Municipal CONSIDERANDO:
I. Que, tomando en consideración la competencia de la municipalidad en la
promoción de la educación, la recreación, la cultura y las artes regulada en el
artículo cuatro numeral cuatro del Código Municipal, y la facultad que le brinda
el articulo treinta y uno numeral seis en cuanto al fomento de la educación y
cultura.
II. Que, analizando las obligaciones del Concejo Municipal de contribuir con la
salud, fomento a la educación y la cultura y recreación de las comunidades.
III. Que teniendo a la vista solicitud del Centro Escolar Cantón Sitio del Niño, en el
que piden la donación de cuatro trompetas, para la banda de paz de la
institución.
ACUERDA:
1. Autorizar y remitir a la unidad correspondiente para realizar un proyecto en el
que se beneficie a todas las escuelas que lo necesiten en cuanto a implementos
para las bandas de paz de los centros escolares del municipio.
2. Hacer del conocimiento de la unidad de proyectos para realizar los trámites
correspondientes. NOTIFIQUESE.
ACUERDO NUMERO SIETE. - El Concejo Municipal Considerando:
I. Que, de conformidad a la Constitución de la República de El Salvador, en el
artículo doscientos tres se determina la autonomía de las Municipalidades para
el Gobierno Local en lo económico, técnico y administrativo.
II. Que es competencia de la municipalidad la promoción y organización de ferias
y festividades populares en virtud del artículo cuatro del Código Municipal.
III. Que teniendo a la vista la solicitud del Subconsejo Pastoral de la Sede San
Gabriel y coordinadores del Cantón Nombre de Dios, en la que manifiestan que
celebran las fiestas patronales de la comunidad en honor a San Gabriel
Arcángel en la que piden trescientos refrigerios, veinticinco bolsas de cemento,
una gruesa de cohetes.
ACUERDA:
1. Aprobar el apoyo para las festividades del Cantón Nombre de Dios en sus
fiestas patronales en cuanto a seis docenas de cohete de vara, trescientos
refrigerios, veinticinco bolsas de cemento.
2. Girar instrucciones al jefe de la UACI para que realice todos los trámites
correspondientes.
3. Autorizar al Tesorero erogar el monto respectivo. NOTIFIQUESE.
ACUERDO NUMERO OCHO. - El Concejo Municipal Considerando:
I. Que, de conformidad a la Constitución de la República de El Salvador, en el
artículo doscientos tres se determina la autonomía de las Municipalidades para
el Gobierno Local en lo económico, técnico y administrativo.
II. Que teniendo en consideración las obligaciones del Concejo contemplada en
el artículo treinta y uno numeral ocho de Código Municipal de llevar buenas
relaciones con las instituciones públicas nacionales, y cooperar para el mejor
cumplimiento de sus fines.
III. Que viendo la correspondencia recibida por parte de la Junta Directiva de la
Asociación Pro-Hospital y la administración del Hospital San Rafael en el que
comunica que el día veinte de octubre del presente año celebraran la tradicional
cena de gala bailable a beneficio de los pacientes del Hospital Nacional San
Rafael, en la que se remiten cinco tarjetas para colaboración.
ACUERDA:
1. Colaborar con la compra de cinco tarjetas valoradas en quince dólares, cada
una haciendo un total de SETENTA Y CINCO DOLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA, a cancelarse del Fondo Común, para recaudar fondos
en beneficio de los pacientes del Hospital Nacional San Rafael.
2. Hacer del conocimiento del tesorero para erogar dicho monto. NOTIFIQUESE.
ACUERDO NUMERO NUEVE. - El Concejo Municipal, Considerando:
I. Que es competencia de la municipalidad la promoción del deporte, la
recreación como forma de sano esparcimiento según el numeral cuatro del
artículo cuatro del Código municipal.
II. Que el municipio tiene la autonomía suficiente en lo administrativo, económico
según el artículo dos del Código Municipal.
III. Que teniendo a la vista solicitud realizada por la Directiva de San Nicolas Los
Encuentros I, de esta jurisdicción; en la que piden implementos deportivos de
uniforme completo y dos pelotas para futbol para el equipo de mujeres de la
comunidad.
ACUERDA:
1. Autorizar la compra del uniforme para el equipo femenino de la comunidad de
San Nicolás Los Encuentros I.
2. Hacer del conocimiento de la UACI para que se sigan los procesos
correspondientes.
3. Hacer del conocimiento del Tesorero Municipal para erogar el monto respectivo
del FODES setenta y cinco por ciento del Proyecto denominado El Deporte
como medios de Recreación para la prevención de la violencia en el Municipio
de San Juan Opico. NOTIFIQUESE.
ACUERDO NUMERO DIEZ. – El Concejo Municipal CONSIDERANDO:
I. Que el municipio tiene la autonomía suficiente en lo administrativo, económico
según el artículo dos del Código Municipal.
II. Que es competencia de la municipalidad la promoción del deporte, la
recreación como forma de sano esparcimiento según el numeral cuatro del
artículo cuatro del Código municipal.
III. Que teniendo a la vista la solicitud presentada por la Junta Directiva del Equipo
F.C. Joya de Ceren, en la que piden la colaboración de par de mayas para los
marcos de la cancha de la comunidad.
ACUERDA:
1. Aprobar el apoyo a la Junta Directiva del Equipo F.C. Joya de Ceren con un par
de mayas para marcos de la cancha de futbol de la comunidad de Joya de
Ceren en pro del deporte, la recreación como forma de sano esparcimiento.
2. Hacer del conocimiento de la UACI para seguir el trámite correspondiente.
3. Hacer del conocimiento del Tesorero Municipal para erogar el valor del par de
mayas del FODES setenta y cinco por ciento del Proyecto denominado El
Deporte como medios de Recreación para la prevención de la violencia en el
Municipio de San Juan Opico. NOTIFIQUESE.
ACUERDO NUMERO ONCE. - El Concejo Municipal Considerando:
I. Que es competencia de la municipalidad la promoción de la educación, salud,
según los numerales cuatro del artículo cuatro del Código municipal.
II. Que, analizando las obligaciones del Concejo Municipal de contribuir con el
fomento a la educación y la cultura y recreación de las comunidades.
III. Que, vista de la solicitud presentada por Centro Escolar Santos Novoa, en la
que solicitan cien dólares de los estados unidos de américa en concepto de
premio para los tres primeros lugares de masculino y femenino y seis fardos de
agua para el día jueves veinticinco de octubre del presente año que se realizara
maratón con alumnos de tercer ciclo.
IV. Que viendo el Concejo municipal que no es conveniente inculcarles a los
jóvenes realizar actividades físicas y de sano esparcimiento por dinero, y
también por ser menores de edad.
Por lo tanto, ACUERDA:
1. Autorizar la compra de seis medallas para los primeros tres lugares de
femenino y masculino, y seis mochilas como incentivo para los jóvenes
ganadores y seis fardos de agua.
2. Hacer del conocimiento de la UACI para que se sigan los procesos
correspondientes.
3. Hacer del conocimiento del Tesorero Municipal para erogar el monto de las
medallas y las mochilas. NOTIFIQUESE.
ACUERDO NUMERO DOCE. – El Concejo Municipal Considerando:
I. Que es obligación del Concejo y compete a los municipios la promoción y
contribuir a la recreación de la comunidad, en virtud de los artículos cuatro y
treinta del Código Municipal.
II. Que es competencia de la municipalidad la promoción y organización de ferias
y festividades populares en virtud del artículo cuatro del Código Municipal.
III. Que vista la solicitud de la Escuela Municipal de Ballet y la Comisión de Padres
de Familia en la que piden la aprobación de la compra de cuatro pasteles, dos
para el grupo de ballet inicial y dos para el grupo de avanzadas, un payaso para
animar la fiesta, en la que celebraran el día del niño que se realizará el día seis
de octubre del corriente año a las tres de la tarde.
ACUERDA:
1. Aprobar el apoyo para las festividades de celebración del día del niño de la
Escuela Municipal de Ballet en Villa Burdeos, de San Juan Opico en cuanto a
cuatro pasteles grandes y un payaso para animar la fiesta.
2. Hacer del conocimiento de la UACI para seguir los trámites correspondientes.
3. Se delega al empleado Ricardo Ernesto Ceren Coto para la compra y hacer la
liquidación respectiva.
4. Autorizar al Tesorero erogar el monto de lo autorizado. NOTIFIQUESE.
ACUERDO NUMERO TRECE. - El Concejo Municipal, Considerando:
I. Que, teniendo en consideración la competencia del Concejo Municipal en el
numeral veinticinco del articulo cuatro del Código Municipal de planificación,
ejecución y mantenimiento de obras de servicios básicos, que beneficien al
municipio, por lo que el mantenimiento de caminos vecinales en el área rural y
urbana se incorpora en esta competencia.
II. Que el municipio tiene la autonomía suficiente en lo administrativo, económico
según el artículo dos del Código Municipal.
III. Que teniendo a la vista solicitud realizada por la ADESCO Caserío El Zapote,
Cantón El Castillo, de esta jurisdicción; en la que piden empedrado fraguado
en un tramo de trecientos treinta y siete metros lineales de la calle principal y
dentro de estos hay cincuenta y cinco metros que necesitan cuneta que están
frente al centro escolar.
ACUERDA:
1. Remitir a la unidad de Proyectos para que se realice la respectiva inspección y
evaluación del proyecto a realizarse.
2. Se remita informe a este concejo de lo que se puede efectuar y de la erogación
a realizar. NOTIFIQUESE.
ACUERDO NUMERO CATORCE. – El Concejo Municipal Considerando:
I. Que, de conformidad a la Constitución de la República de El Salvador, en el
artículo doscientos tres se determina la autonomía de las Municipalidades para
el Gobierno Local en lo económico, técnico y administrativo.
II. Que, teniendo en consideración la competencia del Concejo Municipal en el
numeral veinticinco del articulo cuatro del Código Municipal de planificación,
ejecución y mantenimiento de obras de servicios básicos, que beneficien al
municipio, por lo que el mantenimiento de caminos vecinales en el área rural y
urbana se incorpora en esta competencia.
III. Que teniendo a la vista la solicitud presentada por la Junta de Agua Caserío
Santa Bárbara en la que piden colaboración para realizar sendero que conecta
con sector Las Marías con una camionada de arena, tres metros de chispa o
grava, y treinta bolsas de cemento en que tendrá de medida el sendero uno
punto treinta centímetros de ancho por cuatrocientos cincuenta metros de largo;
proyecto en el que la comunidad pondrá la mano de obra.
Por lo tanto, ACUERDA:
1. Autorizar la compra de una camionada de arena, tres metros de chispa o grava,
y treinta bolsas de cemento en concepto de contribución para sendero que
conecta con sector Las Marías y el Caserío Santa Bárbara.
2. Hacer del conocimiento de la UACI para que se sigan los procesos
correspondientes.
3. Autorizar al Tesorero erogar el monto de la compra aprobada del FODES
setenta y cinco por ciento del Proyecto denominado MANTENIMIENTO DE
CAMINOS VECINALES, PREVENSION DE INUNDACIONES EN EL
MUNICIPIO DE SAN JUAN OPICO 2018. NOTIFIQUESE.
ACUERDO NUMERO QUINCE. - El Concejo Municipal, Considerando:
I. Las facultades legales que le concede el Código Municipal en el artículo cuatro
numerales uno y tres en cuanto a la ejecución de planes de desarrollo local y
ornato público.
II. Que teniendo a la vista solicitud realizada por la ADESCO El Refugio, Cantón
El Castillo, de esta jurisdicción; en la que piden una cuadrilla para reparación
de caminos que se encuentran en mal estado.
ACUERDA:
1. Aprobar la planilla de Limpieza y Reparación de caminos que se encuentran en
mal estado en el Caserío El Refugio, integrada por siete personas para una
catorcena de días.
2. Hacer del conocimiento de las unidades correspondientes para los trámites
correspondientes.
3. Hacer del conocimiento del tesorero para erogar los fondos para el pago de la
cuadrilla del FODES setenta y cinco por ciento del Proyecto denominado
MANTENIMIENTO DE CAMINOS VECINALES, PREVENSION DE
INUNDACIONES EN EL MUNICIPIO DE SAN JUAN OPICO 2018.
NOTIFIQUESE.
ACUERDO NUMERO DIECISEIS. - El Concejo Municipal, Considerando:
I. Que, de conformidad a la Constitución de la República de El Salvador, en el
artículo doscientos tres se determina la autonomía de las Municipalidades para
el Gobierno Local en lo económico, técnico y administrativo.
II. Que es competencia de la municipalidad la promoción de la educación en virtud
del artículo cuatro del Código Municipal y las facultades legales que le concede
el Código Municipal en el artículo cuatro numerales uno y tres en cuanto a la
ejecución de planes de desarrollo local y ornato público.
III. Que teniendo a la vista la solicitud del Centro Escolar Caserío El Jabalincito,
de esta jurisdicción en la que piden treinta bolsas de cemento para la
construcción de la canaleta de aguas lluvias de las calles aledañas a la escuela
que afecta su mal estado el suelo de la institución y la comunidad pondrá la
mano de obra.
ACUERDA:
1. Aprobar la compra de treinta bolsas de cemento en apoyo a la educación,
seguridad y salud de los alumnos del Centro Escolar Caserío El Jabalincito.
2. Hacer del conocimiento de la UACI para seguir los trámites correspondientes.
3. Autorizar al Tesorero erogar el monto total. NOTIFIQUESE. –
ACUERDO NUMERO DIECISIETE. – El Concejo Municipal, Considerando:
I. Que es obligación del Concejo y compete a los municipios la promoción y
contribuir a la recreación de la comunidad, en virtud de los artículos cuatro y
treinta del Código Municipal.
II. Que es competencia de la municipalidad la promoción y organización de ferias
y festividades populares en virtud del artículo cuatro del Código Municipal.
III. Que vista la solicitud de la ADESCO Buena Vista, Chanmico de San Juan Opico
en la que piden para el seis de octubre del corriente año fecha en la que
celebraran el día del niño cuatro piñatas con sus dulces, un payaso y ciento
cincuenta refrigerios.
ACUERDA:
1. Aprobar el apoyo para las festividades de celebración del día del niño de la
ADESCO Buena Vista, Chanmico de San Juan Opico en cuanto a dos piñatas
con sus dulces y cien refrigerios.
2. Hacer del conocimiento de la UACI para seguir los trámites correspondientes.
3. Autorizar al Tesorero erogar el monto de lo autorizado. NOTIFIQUESE.
ACUERDO NUMERO DIECIOCHO. – El Concejo Municipal, Considerando:
I. Que son competencias de la municipalidad la elaboración, aprobación y
ejecución de planes de desarrollo, la promoción de la participación ciudadana
responsable en la solución de problemas locales, la promoción del desarrollo
agropecuario, comercial según el numeral cuatro del artículo cuatro del Código
municipal.
II. Que el municipio tiene la autonomía suficiente en lo administrativo, económico
según el artículo dos del Código Municipal.
III. Que teniendo a la vista solicitud realizada por la Directiva del consejo de
administración y junta de vigilancia de la asociación cooperativa Chanmico,
respaldada con la firma de todos los beneficiados piden la ayuda para oxigenar
las pilas de tilapia, y para ello piden un blower ½ HP (S31-A) 1 PH, 115V, 50/60
HZ, que incluye 8 pies de cable conector 5.6/115 Amp de carga completa,
2000W de demanda de arranque, 1.5” diámetro de salida de aire con un monto
de novecientos noventa y cuatro dólares de los Estados Unidos de América y
un blower 1 HP (S41-A) 1PH, 115V, 50/60 HZ, incluye 8 pies de cable conector
9.8/115 Amp de carga completa, 4000w de demanda de arranque, 1.5”
diámetro de salida de aire con un monto de mil doscientos cincuenta y cinco
dólares de los Estados Unidos de América.
ACUERDA:
1. Autorizar la compra de un blower ½ HP (S31-A) 1 PH, 115V, 50/60 HZ, que
incluye 8 pies de cable conector 5.6/115 Amp de carga completa, 2000W de
demanda de arranque, 1.5” diámetro de salida de aire con un monto de
novecientos noventa y cuatro dólares de los Estados Unidos de América y un
blower 1 HP (S41-A) 1PH, 115V, 50/60 HZ, incluye 8 pies de cable conector
9.8/115 Amp de carga completa, 4000w de demanda de arranque, 1.5”
diámetro de salida de aire con un monto de mil doscientos cincuenta y cinco
dólares de los Estados Unidos de América, haciendo un total de dos mil
doscientos cuarenta y nueve dólares de los Estados Unidos de América.
2. Hacer del conocimiento de la UACI para que se sigan los procesos
correspondientes de la compra.
3. Hacer del conocimiento del Tesorero Municipal para erogar el monto
respectivo. NOTIFIQUESE.
ACUERDO NUMERO DIECINUEVE. – El Concejo Municipal, Considerando:
I. Que es obligación del Concejo y compete a los municipios la promoción y
contribuir a la recreación de la comunidad, en virtud de los artículos cuatro y
treinta del Código Municipal.
II. Que es competencia de la municipalidad la promoción y organización de ferias
y festividades populares en virtud del artículo cuatro del Código Municipal.
III. Que, vista la solicitud de la Junta Directiva de Villa Burdeos, Ciudad Versailles,
de San Juan Opico en la que piden para el catorce de octubre del corriente año
fecha en la que celebraran el día del niño cuatro piñatas con sus dulces y
cuatrocientos refrigerios.
ACUERDA:
1. Aprobar el apoyo para las festividades de celebración del día del niño de de
Villa Burdeos, Ciudad Versailles de San Juan Opico en cuanto cuatro piñatas
con sus dulces y cuatrocientos refrigerios.
2. Hacer del conocimiento de la UACI para seguir los trámites correspondientes.
3. Autorizar al Tesorero erogar el monto de lo autorizado. NOTIFIQUESE.
ACUERDO NUMERO VEINTE. - El Concejo Municipal, Considerando:
I. Que es competencia de la municipalidad la promoción del deporte, la
recreación como forma de sano esparcimiento según el numeral cuatro del
artículo cuatro del Código municipal.
II. Que el municipio tiene la autonomía suficiente en lo administrativo, económico
según el artículo dos del Código Municipal.
III. Que teniendo a la vista solicitud realizada por la Directiva de Papi Football, de
esta jurisdicción; en la que piden cuarenta y tres juegos de uniforme para el
papi futbol que se realiza todos los años en el complejo deportivo municipal.
ACUERDA:
1. Autorizar la compra de cuarenta y tres juegos de uniformes para equipos de
futbol para el torneo de papi futbol de la ciudad.
2. Hacer del conocimiento de la UACI para que se sigan los procesos
correspondientes de la compra de los uniformes del FODES setenta y cinco por
ciento del Proyecto denominado El Deporte como medios de Recreación para
la prevención de la violencia en el Municipio de San Juan Opico.
3. Hacer del conocimiento del Tesorero Municipal para erogar el monto total de la
compra del FODES setenta y cinco por ciento del Proyecto denominado El
Deporte como medios de Recreación para la prevención de la violencia en el
Municipio de San Juan Opico. NOTIFIQUESE.
ACUERDO NUMERO VEINTIUNO. -
El Concejo Municipal, Considerando:
I. Que es obligación del Concejo y compete a los municipios la promoción y
contribuir a la recreación de la comunidad, en virtud de los artículos cuatro y
treinta del Código Municipal.
II. Que es competencia de la municipalidad la promoción y organización de ferias
y festividades populares en virtud del artículo cuatro del Código Municipal.
III. Que, vista la solicitud de la Junta Directiva de Villa Valencia, Ciudad Versailles,
de San Juan Opico en la que piden para celebrar el día del niño piñatas con
sus dulces, payasos y juguetes.
ACUERDA:
1. Aprobar el apoyo para las festividades de celebración del día del niño de de
Villa Valencia, Ciudad Versailles de San Juan Opico en cuanto a dos piñatas
con sus dulces y cincuenta refrigerios.
2. Hacer del conocimiento de la UACI para seguir los trámites correspondientes.
3. Autorizar al Tesorero erogar el monto de lo autorizado. NOTIFIQUESE.
ACUERDO NUMERO VEINTIDOS. -
El Concejo Municipal Considerando:
I. Que, de conformidad a la Constitución de la República de El Salvador, en el
artículo doscientos tres se determina la autonomía de las Municipalidades para
el Gobierno Local en lo económico, técnico y administrativo.
II. Que es competencia de la municipalidad la promoción de la educación y la
recreación según los numerales cuatro del artículo cuatro del Código municipal.
III. Que, analizando las obligaciones del Concejo Municipal de contribuir con el
fomento a la educación y la cultura y recreación de las comunidades.
IV. En vista de las solicitudes presentadas por noveno grado “D” de Centro Escolar
Santos Novoa, en la que solicitan un bus para llevar a cabo una excursión al
parque Acuático “Termos del Río”, para la despedida de año escolar.
Por lo tanto, ACUERDA:
1. Autorizar la cantidad de CIEN DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA en concepto de contribución de la recreación de los niños del Centro
Escolar Santos Novoa de la Ciudad de San Juan Opico.
2. Hacer del conocimiento de la UACI para que se sigan los procesos
correspondientes.
3. Hacer del conocimiento del Tesorero Municipal para erogar la cantidad antes
mencionada.
Y no habiendo más que hacer constar se cierra la presente que firmamos. -
Dra. Carmen Abigail Girón Canales
Alcaldesa Municipal
Licda. Berta Luz Aquino Canales
Síndica Municipal
Lic. Roberto Enrique Aquino Figueroa
Primer Regidor
Sr. Héctor Julio Coto Alvarado
Segundo Regidor
Sr. Álvaro Mauricio Castaneda
Tercer Regidor
Licda. Areli Elizabeth Guardado Gallegos
Quinta Regidora
Sr. Paul Dalí Trejo Flores
Séptimo Regidor
Sr. Hugo Arnulfo López Acosta
Noveno Regidor
Sra. Gely Veralicé Rivas Argueta
Cuarta Regidora
Profa. Marta Alicia Mejía de Herrera
Sexta Regidora
Sr. José Adán Lemus Juárez
Octavo Regidor
Sr. Orlando Atilio Ávila Montoya
Décimo Regidor
Sr. Juan Esteban Ayala Cornejo
Primer Suplente
Sr. José Efraín Henríquez Majano
Tercer Suplente
Srita. Yesenia Lisseth Constanza Calderón
Segunda Suplente
Sra. Magdalena María Abrego
Cuarto Suplente
Licda. Claudia Beatriz Vásquez
Secretaria Municipal
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