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Carta de Servicios del
Servicio de Vivienda
Noviembre de 2010
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Carta de Servicios de Vivienda
ÍNDICE 1. Datos Identificativos
2. Misión, competencias y valores.
3. Servicios, compromisos e indicadores del cumplimiento.
4. Gestión de la Carta de Servicios.
5. Relación Normativa.
6. Derechos de los usuarios del Servicio de Vivienda
7. Colaboración y participación en la mejora de los servicios prestados
8. Direcciones y horarios de atención al público.
ANEXOS:
Anexo 1.- Formulario de quejas y sugerencias
Anexo 2.- Encuesta
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Carta de Servicios de Vivienda
1. Datos Identificativos:
El Servicio de Vivienda depende del Departamento de Vivienda y Ordenación del
Territorio y está adscrito a la Dirección General de Vivienda y Ordenación del
Territorio.
Asimismo, el Servicio de Vivienda se estructura en las Secciones siguientes:
� Sección de Edificación.
� Sección de Gestión Económica y Planificación.
� Sección de Suelo Residencial.
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Carta de Servicios de Vivienda
2. Misión, competencia y valores 2.1 Misión
El Servicio de Vivienda tiene como meta fomentar el acceso a la vivienda, el control y
fomento de calidad de la edificación e intervenir en el mercado de suelo residencial.
El fomento del acceso a la vivienda debe ser entendido en sentido amplio, dado que
en él se ha de incluir la gestión y concesión de ayudas económicas para el acceso a
una vivienda protegida, ya sea en propiedad o en alquiler; la subsidiación de
préstamos hipotecarios; la gestión del programa de Vivienda de Integración Social; el
apoyo económico a la rehabilitación de viviendas; o el control de las adjudicaciones de
vivienda protegida.
Por otro lado, dentro de las metas que han de guiar el control y fomento de la calidad
de la edificación, se pueden enumerar el control de los requisitos técnicos en la
edificación de viviendas o en su rehabilitación; o la elaboración de estudios de los
costes de edificación.
En último lugar, en lo que a la intervención en el mercado del suelo residencial se
refiere, la actuación de este Departamento se plasma en la convocatoria de concursos
para la enajenación de suelo público residencial, en la adquisición y urbanización de
este tipo de suelo, en la gestión del Banco Foral de Suelo Público y en la colaboración
con los Ayuntamientos en la formación de patrimonios municipales de suelo y en sus
procesos de urbanización.
2.2 Competencia
Las competencias del Departamento de Vivienda y Ordenación del Territorio se
definen en el Decreto Foral 127/2007, de 3 de septiembre, por el que se establece su
estructura orgánica.
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Carta de Servicios de Vivienda
Concretamente, el artículo 11 establece que la Sección de Edificación ejercerá las
siguientes atribuciones:
� El control de requisitos técnicos en la edificación de viviendas.
� Elaboración de la normativa de diseño y calidad de las viviendas.
� Informe y propuesta en los expedientes de rehabilitación protegida.
� Informe y propuesta en los expedientes de viviendas protegidas.
� La elaboración de estudios de los costes de edificación.
� La supervisión de las actuaciones de las oficinas territoriales.
� La gestión de los expedientes de descalificación de viviendas protegidas.
� La gestión de los expedientes de habitabilidad de viviendas.
Por otro lado, el artículo 12 establece como atribuciones de la Sección de Gestión
Económica y Planificación las siguientes:
� La elaboración de planes y programas de ayudas para operaciones protegibles.
� La gestión de los expedientes de visado de los contratos de compraventa de
viviendas protegidas.
� El seguimiento de los convenios financieros.
� La gestión de las ayudas públicas destinadas a actuaciones protegibles en
materia de vivienda.
� El desarrollo de los instrumentos de evaluación de los planes y programas de
vivienda.
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Carta de Servicios de Vivienda
Y el artículo 13 establece como atribuciones de la Sección de de Suelo Residencial las
siguientes
� Gestionar los concursos de enajenación de suelo público residencial que
promueva el Gobierno de Navarra.
� Gestionar la adquisición y urbanización de suelo público residencial.
� Prestar colaboración a los Ayuntamientos en la formación de patrimonios
municipales de suelo y en sus procesos de urbanización.
� Gestionar el Banco Foral de Suelo.
2.3 Valores.
Son valores de la intervención administrativa en materia de vivienda:
� Facilitar una oferta de vivienda adecuada a las necesidades reales, mejorando
la calidad de las viviendas y de su entorno, permitiendo el disfrute por los
ciudadanos de una vivienda, digna, adecuada y accesible, concebida con
arreglo al principio de diseño para todas las personas, y en un medio ambiente
y un paisaje adecuados.
� Conseguir que la oferta de vivienda protegida sea suficiente desde el punto de
vista cuantitativo, territorial y tipológicamente equilibrada, prestando especial
atención a los colectivos en situación o riesgo de exclusión social.
� Coadyuvar a la conservación, rehabilitación, reforma o renovación del parque
inmobiliario residencial existente, fomentando el ahorro y la eficiencia
energética.
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Carta de Servicios de Vivienda
� Fomentar la sostenibilidad medioambiental del parque de vivienda, primando y
apostando por criterios de sostenibilidad, control en la ocupación del suelo y
movilidad sostenible.
� Mejorar la integración de la edificación en el medio natural.
� Prestar un servicio efectivo y cercano a los ciudadanos, bajo los principios de
economía, suficiencia, adecuación y racionalización de los medios a los fines
� Racionalizar, agilizar y simplificar los procedimientos administrativos y las
actividades materiales de gestión.
� Fomentar la transparencia y publicidad de la actuación administrativa para
garantizar la efectividad del ejercicio de los derechos y beneficios que en
materia de vivienda la legislación atribuye a los ciudadanos.
� Alcanzar eficacia en el cumplimiento de objetivos, eficiencia en la asignación y
en la utilización de recursos públicos, y responsabilidad y control en la gestión
y los resultados de las políticas públicas.
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Carta de Servicios de Vivienda
3. Servicios, compromisos e indicadores de
cumplimiento.
El Servicio de Vivienda presta a través de la Sección de Edificación los siguientes
servicios:
� Calificación Provisional para la edificación de viviendas protegidas.
� Calificación Definitiva para la edificación de viviendas protegidas.
� Informe previo sobre el cumplimiento de las condiciones de habitabilidad en las
viviendas libres.
� Informe final de obra nueva y concesión de de cédula de habitabilidad en las
viviendas libres.
� Concesión y prórroga de cédula de habitabilidad a vivienda existente.
� Reclamación por defectos constructivos en vivienda protegida.
� Calificación Provisional para la rehabilitación de viviendas.
� Calificación Definitiva para la rehabilitación de viviendas.
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Por otro lado, la Sección de Gestión Económica y Planificación tiene atribuida la
prestación de los siguientes servicios:
� Autorización a los promotores de vivienda protegida para percibir cantidades a
cuenta.
� Visado de los contratos de compraventa de vivienda protegida.
� Control del procedimiento de adjudicación de viviendas protegidas.
� Gestión y abono de las subvenciones por adquisición de viviendas protegidas.
� Reconocimiento y aprobación de los préstamos cualificados.
� Tramitación de las prórrogas de la subsidiación de los préstamos cualificados.
� Gestión y abono de la subsidiación de los préstamos cualificados.
� Abono de las subvenciones reconocidas a los promotores de actuación de
rehabilitación de viviendas.
� Visado de los contratos de arrendamiento de vivienda protegida.
� Abono de las subvenciones reconocidas a los promotores de viviendas en
régimen de arrendamiento.
� Concesión y abono de las subvenciones a los inquilinos de viviendas
protegidas en régimen de arrendamiento.
� Gestión del programa de Viviendas de Integración Social y Alquiler de
Integración Social.
� Concesión y abono de las subvenciones a las Oficinas de Rehabilitación.
� Control y abono de las fianzas por arrendamiento de la extinta Cámara de la
Propiedad Urbana.
� Control de la ocupación de las viviendas protegidas.
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Y la Sección de Suelo Residencial:
� Asesoramiento a los Municipios en la gestión del Patrimonio Municipal de
Suelo del que son titulares en virtud de lo dispuesto en los arts. 223 a 229 de la
Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y
Urbanismo, así como en sus procesos de urbanización.
� Gestión del Banco Foral de Suelo, así como de la adquisición y urbanización
de suelo público residencial.
� Gestionar los concursos de enajenación de suelo público residencial que
promueva el Gobierno de Navarra.
En la tabla siguiente se enumeran los compromisos que el Servicio de Vivienda asume
junto con los indicadores a través de los cuales se medirá su cumplimiento:
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GESTIÓN DE EXPEDIENTES DE EDIFICACIÓN DE VIVIENDAS
SERVICIO DEFINICIÓN-COMPROMISO INDICADOR
1. Calificación Provisional de
viviendas protegidas.
Las solicitudes de calificación provisional
de vivienda protegida se responderán en
un plazo máximo de 30 días.
Tiempo transcurrido entre la solicitud (o
contestación) y la respuesta del
Departamento.
2. Calificación Provisional de
Rehabilitación Protegida.
Las solicitudes de calificación provisional
de rehabilitación protegida se
responderán en un plazo máximo de 60
días.
Tiempo transcurrido entre la solicitud (o
contestación) y la respuesta del
Departamento.
3.
Informe Previo a Ayuntamientos
sobre condiciones de
habitabilidad.
La petición de informe previo de
habitabilidad se responderá en un plazo
máximo de 30 días.
Tiempo transcurrido entre la solicitud (o
contestación) y la respuesta del
Departamento.
4.
Concesión de cédulas de
habitabilidad a viviendas
existentes.
Las solicitudes de cédulas de
habitabilidad o de su renovación, si no
requieren inspección de la ORVE se
resolverán en un plazo máximo de 5
días.
Tiempo transcurrido entre la solicitud (o
contestación) y la respuesta del
Departamento.
5. Inspección y Calificación
Definitiva de viviendas protegidas.
Las solicitudes de calificación definitiva
de vivienda protegida y su inspección se
realizará en un plazo máximo de 45
días.
Tiempo transcurrido entre la solicitud (o
contestación) y la inspección y respuesta
del Departamento.
6. Calificación Definitiva de
Rehabilitación Protegida.
Las solicitudes de calificación definitiva
de rehabilitación protegida se
responderán en el plazo máximo de 45
días.
Tiempo transcurrido entre la solicitud (o
contestación) y la respuesta del
Departamento.
7.
Informe final de obra y concesión
de cédulas de habitabilidad en
obra nueva.
Las solicitudes de cédulas de
habitabilidad de viviendas en obra nueva
se responderán en un plazo máximo de
20 días.
Tiempo transcurrido entre la solicitud (o
contestación) y la respuesta del
Departamento.
8. Inspección final de obra a las
viviendas libres.
La inspección final de obra de las
viviendas se realizará en un plazo
máximo de 30 días.
Tiempo transcurrido entre la solicitud de
la cédula de habitabilidad y la fecha en
que se realice la correspondiente
inspección.
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Carta de Servicios de Vivienda
GESTIÓN ECONÓMICA Y PLANIFICACIÓN
SERVICIO DEFINICIÓN-COMPROMISO INDICADOR
9.
Cálculo devolución
subvenciones y realización
carta de pago.
Las solicitudes de devolución de subvención
se responderán en un plazo máximo de 7
días.
Se acompañará detalle explicativo
desglosado cálculo.
Si se recibe la documentación por correo
electrónico: se responderá en un plazo
máximo de 3 días, adjuntando tres preguntas
de fácil contestación para medir grado
satisfacción.
Tiempo transcurrido entre la solicitud y
la respuesta del Departamento.
Grado satisfacción servicio (ver Anexo
II).
10. Desocupación vivienda
protegida.
Las solicitudes de desocupación se
responderán en un plazo máximo de 20 días.
Para las admitidas se enviará recordatorio fin
plazo; 100%.
Se redactará una hoja informativa sobre
tramitación y causas (disponible en Internet).
Tiempo transcurrido entre la solicitud y
la respuesta del Departamento.
Recordatorio término plazo solicitudes
admitidas (nº).
11 Visado contratos VLPL. Las solicitudes de contratos de VLPL se
responderán en un plazo máximo de 15 días.
Tiempo transcurrido entre la solicitud y
la respuesta del Departamento.
12. Admisión expedientes
VIS/VAIS.
Las solicitudes de expedientes VIS/VAIS se
responderán en un plazo máximo de 10 días.
Tiempo transcurrido entre la solicitud y
la respuesta del Departamento.
13. Autorización percepción
cantidades a cuenta.
Las solicitudes se responderán en un plazo
de 5 días.
Se mantendrá actualizado un modelo de
contrato oficial que se enviará por correo
electrónico al obtener la calificación
provisional, para evitar requerimientos por
cláusulas incorrectas (cómputo
requerimientos).
Tiempo transcurrido entre la solicitud
(o contestación) y la respuesta del
Departamento.
Número de requerimientos que se
efectúen para modificar cláusulas
incorrectas en los contratos que se
presenten.
14.
Visado de los contratos de
adjudicación de vivienda
protegida.
Los contratos se resolverán y entregarán en
un plazo máximo de 20 días, salvo que medie
requerimiento (mismo plazo para efectuarlo).
Tiempo transcurrido entre la solicitud y
la respuesta del Departamento.
15. Aprobación de préstamos
cualificados.
Los préstamos cualificados se aprobarán en
el plazo máximo de 5 días desde la
notificación efectuada por la entidad
financiera.
Porcentaje de préstamos aprobados
en plazo.
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Carta de Servicios de Vivienda
MEJORA DE LA CALIDAD EN LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS
SERVICIO DEFINICIÓN-COMPROMISO INDICADOR
16..
Atención a las sugerencias quejas
y reclamaciones que puedan
presentar los usuarios de
nuestros servicios.
Respuesta a sugerencias quejas y
reclamaciones formuladas por escrito
en un plazo no superior a 15 días
hábiles.
Número y porcentaje de sugerencias
quejas y reclamaciones respondidas
dentro del plazo respecto del total.
17.
Posibilitar a las personas usuarias
el acceso a información o a la
realización de trámites
administrativos a través de
Internet..
Crear un sitio web informativo en materia
de vivienda para el 31 de enero de 2011.
Elaboración de un sitio web informativo
en materia de vivienda con información
expresada de forma clara y sencilla y en
el que el usuario pueda realizar trámites
administrativos.
18. Consultas escritas varias.
Las consultas escritas se responderán
en un plazo máximo de 20 días.
Las consultas vía correo electrónico se
responderán un plazo no superior a 3
días hábiles.
A las preguntas más frecuentes se podrá
acceder vía Internet a través del sitio
web informativo en materia de vivienda.
Tiempo transcurrido entre la solicitud y la
respuesta del Departamento.
Contestadas vía correo electrónico (%).
Puesta a disposición en Internet (sí/no).
19.
Información sobre vivienda
protegida en adquisición por
compradores.
Alcanzar un grado de satisfacción de los
ciudadanos en relación con la
información recibida de 4 sobre 5 para lo
que se realizarán encuestas entre los
adjudicatarios de vivienda protegida
mediante un muestreo.
Grado de satisfacción (escala)
20.
Disponer de un catálogo de
procedimientos accesible a través
de Internet actualizado y
completo.
Cada 3 meses se revisará el catálogo de
servicios dependientes del Servicio de
Vivienda con el objetivo de tenerlo
actualizado y completo.
Nª de veces/año que se actualiza el
Catálogo de Servicios.
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Carta de Servicios de Vivienda
4. Gestión de la Carta de Servicios.
El Servicio de Vivienda es el responsable de la gestión de la presente Carta de
Servicios. Asimismo, se encomienda a dicho Servicio el seguimiento y control anual de
la evolución de los indicadores que se han establecido.
A estos efectos, el Servicio de Vivienda realizará anualmente una auditoría interna
para comprobar total o parcialmente el grado de cumplimiento de los compromisos y el
seguimiento de los indicadores establecidos, siendo a su vez la unidad de referencia y
coordinación, para todo lo relativo a la Carta de Servicios.
El resultado de las auditorías podrá contener recomendaciones hacia las distintas
Jefaturas de Sección, quienes observarán cuanto sea oportuno al objeto de promover
las acciones de mejora pertinentes e incorporarlas para el siguiente periodo, si ello
fuera posible.
Del informe de auditoría se dará traslado al Director General de Vivienda y Ordenación
del Territorio.
No obstante lo anterior, cada Jefe de Sección será responsable de adoptar las
medidas necesarias para llevar a efecto los compromisos adquiridos en el apartado
anterior, en su ámbito de actuación, así como del seguimiento y control periódico de la
evolución de los indicadores correspondientes.
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Carta de Servicios de Vivienda
5. Relación normativa.
Las disposiciones generales que amparan la prestación de servicios que presta el
Servicio de Vivienda, sin perjuicio de otras disposiciones normativas correspondientes
a las distintas especialidades, son las siguientes:
5.1. Normativa específica
� Ley Foral 10/2010, de 10 de mayo, del Derecho a la Vivienda en Navarra.
� Ley Foral 6/2009, de 5 de junio, de medidas urgentes en materia de urbanismo
y vivienda.
� Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
� Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.
� Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código
Técnico de la Edificación.
� Decreto Foral 4/2006, de 9 de enero, por el que se regulan las actuaciones
protegibles en materia de vivienda y el fomento de la edificación residencial.
� Decreto Foral 142/2004, de 22 de marzo, por el que se regulan las condiciones
mínimas de habitabilidad de las viviendas en la Comunidad Foral de Navarra.
� Decreto Foral 322/2000, de 2 de octubre, del Gobierno de Navarra, por el que
se regula el Libro del Edificio.
� Decreto Foral 322/1998, de 2 de noviembre, por el que se regula el
procedimiento sancionador de las infracciones en materia de vivienda y control
de la edificación.
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Carta de Servicios de Vivienda
5.2. Normativa complementaria
� Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
� Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la
Comunidad Foral de Navarra.
� Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no
discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.
� Real Decreto 505/2007, de 20 de abril, por el que se aprueban las
condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas
con discapacidad para el acceso y utilización de los espacios públicos
urbanizados y edificaciones.
� Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero, por la que se desarrolla el documento
técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el
acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados.
� Ley Foral 5/2010, de 6 de abril, de accesibilidad universal y diseño para
todas las personas.
� Decreto foral 154/1989, de 29 de junio, por el que se aprueba el reglamento
para el desarrollo y aplicación de la Ley Foral 4/1988, de 11 de julio, sobre
barreras físicas y sensoriales.
� Decreto Foral 363/1997, de 9 de diciembre, por el que se regulan las
funciones de las oficinas municipales y comárcales de rehabilitación y la
concesión de ayudas para su financiación.
� Orden Foral 383/2008, de 22 de diciembre, del Consejero de Vivienda y
Ordenación del Territorio, por la que se establecen los requisitos para
considerar que una obra de rehabilitación incluye mejora de la eficiencia
energética.
� Orden Foral 330/2008, de 22 de octubre, del Consejero de Vivienda y
Ordenación del Territorio, por la que se aprueba el Plan de control e
inspección en materia de vivienda para los años 2009 y 2010.
� Orden Foral 151/2006, de 11 de mayo, del Consejero de Medio Ambiente,
Ordenación del Territorio y Vivienda por la que se aprueban las expresiones
gráficas de determinados contenidos de los anejos del Decreto Foral
142/2004, de 22 de marzo.
� Ley Foral 21/2005, de 29 de diciembre, de evaluación de las políticas
públicas y de la calidad de los servicios públicos.
� Ley Foral 11/2007, de 4 de abril, para la Implantación de la Administración
Electrónica en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
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Carta de Servicios de Vivienda
6. Derechos de los usuarios del Servicio de Vivienda
Los ciudadanos y los diferentes agentes que intervienen en el proceso de edificación
de viviendas, en sus relaciones con el Servicio de Vivienda, tienen derecho a:
� Conocer, en cualquier momento, el estado de la tramitación de los
procedimientos en los que tengan la condición de interesados, y obtener
copias de documentos contenidos en ellos.
� Recibir información y orientación acerca de los requisitos jurídicos o
técnicos aplicables a las solicitudes o actuaciones que se propongan
realizar de manera presencial, telefónica, o por medios telemáticos.
� A que los procedimientos se desarrollen y se resuelvan, como máximo, en
los plazos fijados en la norma de aplicación.
� A identificar a las autoridades y al personal del Servicio bajo cuya
responsabilidad se tramiten los procedimientos.
� A no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al
procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder del
Servicio de Vivienda.
� A usar tanto el castellano como el euskera en sus relaciones con el
Servicio, en los términos establecidos en la legislación foral Navarra
reguladora del uso del vascuence.
� Derecho a una buena administración, en los términos establecidos en la
Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la
Comunidad Foral de Navarra.
� Formular alegaciones, reclamaciones, recursos, etc. en relación con los
procedimientos en los que ostenten la condición de interesados.
� A ser tratados con respeto y deferencia por las autoridades y funcionarios,
que habrán de facilitarles el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de
sus obligaciones.
� A exigir las responsabilidades que correspondan legalmente.
� A participar en la mejora continúa de los servicios prestados a través de los
medios establecidos.
� A formular sugerencias y plantear reclamaciones y/o agradecimientos
respecto de sus relaciones con el Servicio de Vivienda.
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Carta de Servicios de Vivienda
7. Colaboración y participación en la mejora de los servicios prestados
El Departamento de Vivienda y Ordenación del Territorio pone a disposición de los
usuarios, un Sistema de quejas, sugerencias y reclamaciones a través del cual los
ciudadanos y los diferentes agentes que intervienen en el proceso de edificación de
las viviendas pueden dirigirse al Servicio de Vivienda a través de los siguientes
canales:
� Presencial: En la sede del Servicio de Vivienda, ubicado en Calle
Alhóndiga nº 1, de Pamplona
� Correo postal
Dirigiendo un escrito a la siguiente dirección
Servicio de Vivienda
Calle Alhóndiga nº 1
31002 Pamplona
� Correo electrónico Enviando e-mail a [email protected]
� Internet
A través del formulario telemático disponible en la siguiente
página web: www.Navarra.es – Departamento de Vivienda y
Ordenación del Territorio
� Teléfono 848 427 562
Las quejas, sugerencias y reclamaciones se presentarán preferentemente utilizando el
formulario diseñado al efecto (Anexo I) y que se encontrará a disposición de los
usuarios en el Servicio de Vivienda, así como en el sitio web informativo en materia de
vivienda.
El Servicio de Vivienda acusará recibo de las quejas, sugerencias y reclamaciones
presentadas por el usuario y, a partir de la fecha de recepción, dispondrá de un plazo
de 15 días hábiles para darles respuesta.
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Carta de Servicios de Vivienda
8. Dirección y horario de atención al público
Información de contacto presencial del Servicio de Vivienda:
Calle Alhóndiga nº 1 C.P.: 31002, Pamplona.
Horario de atención al público:
De lunes a viernes en horario de 08:00 a 14:30 horas,
Teléfono: 848 42 75 70
Fax: 848 42 76 30
Página web: www.navarra.es – Departamento de Vivienda y Ordenación del Territorio
E-mail: [email protected]
20
Carta de Servicios de Vivienda
ANEXO I: Formulario de quejas y sugerencias
Queja Reclamación Sugerencia
Fecha:
PERSONA QUE LA REALIZA (nombre y apellidos)
Recibida por (*): Servicio/Sección (*):
Descripción de la Reclamación/Sugerencia/Queja
Firma:
Acción/es a realizar (*)
Responsable de la/s acción/es (*)
Plazo ejecución (*)
CIERRE (*) Responsable SAU (*) Fecha (*):
(*) Estos campos los debe rellenar la Administració n.
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Carta de Servicios de Vivienda
ANEXO II: Encuesta
A continuación le vamos a formular 3 sencillas preguntas para evaluar su grado de
satisfacción con el servicio que le hemos prestado. Su colaboración es muy importante
de cara a una mejor prestación de nuestros servicios.
Muchas gracias por su colaboración.
1. ¿Le ha parecido útil el Servicio ofertado?
Nada ���� Poco ���� Normal ���� Bueno ���� Muy bueno ����
2. ¿Qué le ha parecido el plazo empleado para la co ntestación de la solicitud
formulada?
Muy Breve ���� Breve ���� Normal ���� Largo ���� Muy largo ����
3. ¿Le ha parecido clara la forma en que le hemos d ado respuesta a su solicitud?
Nada ���� Poco ���� Normal ���� Bueno ���� Muy bueno ����