Camila Galeano Durán
15201129915
18 octubre 2012
- Unión cercana.
- Pocos entraban después
de cumplir los requisitos.
- “otorgar a mis maestros el respeto, gratitud y consideración que merecen y considerar como hermanos a mis colegas” –asamblea general de la AMM en 1948
“tendré a quien me haya enseñado
este arte de la medicina, igual
que a mis padres y viviré junto a
él, y si necesitare
dinero, compartiré con el mi
dinero, tendré a sus hijos como
igual a mis hermanos y si ellos
desearen, les enseñare el arte de
la medicina sin cobrarles.
Comunicaré los preceptos e
instrucciones orales y todos los
conocimientos a mis hijos, a los
hijos de quien me haya
instruido, y a quienes hayan
jurado de acuerdo a las leyes
Primera mitad del siglo
Ejercida privadamente, relación con paciente y familia.
SOCIALIZACIÓN DE LA MEDICINA
Segunda mitad del siglo
Relación con más personas e identidades, subieron los costos(paciente entra a sistema de seguros para acceder al servicio).
Socialización de la medicina
De profesional independiente a asalariado empleado del servicio público
Los médicos se unen en agremiaciones:
Defender derechos del paciente ante el estado.
Buscar bienestar intelectual y material de ellos.
Regula deberes del médico con sus colegas.
ARTÍCULO 27Inexequible: sentencia 19 octubre de 1989..
DECRETO 3380 de 1981, artículo 20.
ARTÍCULO 28
ARTÍCULO 29
ARTÍCULO 30
ARTÍCULO 31
ARTIÍCULO 32
ARTÍCULO 45
Ayuda personal a los colegas para promover el bien estar material y humano.
No debe denigrarse del colega.
No debe encubrirse.
No debe atenderse a un paciente de otro colega sin el consentimiento de éste.
Era tradición no cobrar honorarios a los colegas, pero es imposible por el costo.
Racional y benévola.
Si deja enseñanza puede presentarse en juntas médicas.
Si el error es repetitivo por negligencia médica debe darse a conocer a los organismos de control.
CÓDIGO INTERNACIONAL DE ÉTICA MÉDICA DE LA AMM:
“el médico debe informar a las autoridades apropiadas sobre los médicos que practiquen en forma antiética e incompetente o a los que incurran en fraude o engaño”.
1. Acercarse al colega.
2. Hablar con el supervisor del colega.
3. Informar a autoridades disciplinarias.
Forma de manifestar el desacuerdo del personal de salud con el gobierno y los patronos.
En Colombia puede hacerse legalmente cuando “no se ponga en peligro la vida de los asociados”- Artículo 1 ley ética médica.
Los médicos no solo deben prevenir la muerte.
Sufren los que “no tienen voz”.
INHUMANO, LEGAL, DESHONESTO, NO ES ÉTICO.
Suspensión del trabajo.
A través de una acción colectiva
Acompañada de una exigencia.
1. Condena a los empleadores que explotan a los médicos sabiendo que el médico no puede ir a huelga.
2. Confirma que la definición de servicios esenciales es aplicable a los médicos.
3. Recomienda a los médicos que soliciten a sus asociaciones que los apoyen.
4. Recomienda que los médicos no se vayan a huelga si hay más alternativas.
El médico que tenga como objetivo ganar dinero es un peligro social.
Comercialización de la medicina.
Dinero y fama.
NUNCA ANTEPONER UN BENEFICIO PERSONAL AL BENEFECIO DEL PACIENTE.
Las empresas de salud establecen tablas de remuneración para actividades médicas.
Se debe fijar el salario valorándose los títulos académicos.
La experiencia no garantiza una mejor atención.
Cuando se usan equipos se debe cobrar por el uso separado de los honorarios del profesional.
Al medir complejidad se le da más a lo quirúrgico.
Medir el tiempo puede ser engañoso.
ARTÍCULO 22
ARTÍCULO 23
ARTÍCULO 24ARTÍCULO 25
ARTÍCULO 43
ARTÍCULO 44
Ley 100, art. 193.
Son en especie.
El médico no puede cambiar su criterio.
“Hay dos formas de esclavizar a un hombre, poniéndole cadenas o dándole un regalo”.
1. Cobro exagerado para las capacidades económicas del paciente. (art 22).
2. Dicotomía. (art 40-41)
3. Cobro innecesario.
4. No llamar al colega, no hacer junta médica o no remitir el paciente a otro colega para no dejar de recibir honorarios.
5. Usar métodos deshonestos para captar enfermos. (art 43-44)
medicina-> empresa regida por oferta y demanda, enmarcada por fines y normas éticas de la medicina.
Médico inversionista: participa en rentabilidad económica.
Medico administrador: gana sólo salario, no plantea problema ético.
Objetiva, veraz, respetando autonomía del paciente, delicada. (imágenes pertinentes).
Ley 23: 55 – 56 - 57-58.
No son éticos avisos con anuncios de servicios que no son efectivos ni le sirven al paciente.
BUSCAR EL BIEN DEL PACIENTE
Nombre del profesional.
Especialidad
Nombre de la universidad.
Numero de registro en el ministerio de salud.
Dirección y teléfono
-> si trabaja en un centro médico debe aparecer el nombre del administrador.
Anónimo. “La huelga médica” Consultado en: http://www.encolombia.com/etica-medica-capituloXVII.htm (04 de octubre de 2012).
Anónimo. “Ley 23 de 1981” Consultado en: https://docs.google.com/viewer?a=v&pid=sites&srcid=ZGVmYXVsdGRvbWFpbnxmb3JvZXRpY29zb2NpYWx1bm98Z3g6NTdkZjMyZTZkNDQzN2U5Ng (04 de octubre de 2012).
López Varela, Esteban Alfonso. “Medicina y beneficio económico”. En: Ética médica. Pp.77-82. Consultado en: http://www.uaca.ac.cr/bv/ebooks/salud/1.pdf (5 octubre 2012)
Vélez Correa, Luis Alfonso. “Colegaje médico”. En: Ética medica : Interrogantes Acerca de la Medicina, la Vida y la Muerte. Medellín- Colombia. Corporación para investigaciones Biológicas, 2003. Pp. 118-123.
Vélez Correa, Luis Alfonso. “Medicina y beneficio económico”. En: Ética medica : Interrogantes Acerca de la Medicina, la Vida y la Muerte. Medellín- Colombia. Corporación para investigaciones Biológicas, 2003. Pp. 124-135.
World Medical Association. “Physicians and colleagues”. En: medical ethics manual, Consultado en: http://www.wma.net/en/30publications/30ethicsmanual/pdf/chap_4_en.pdf (04 de octubre de 2012).
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