©2014 BROSETA Abogados, S.L.P.
¿Cómo conseguir una regularización favorecedora de la competencia ?
Foro Latinoamericano de la Competencia Montevideo, 16 -17de septiembre de 2014
Luis Berenguer Ex Presidente de la Comisión Nacional de la Competencia
Senior Advisor Broseta Abogados Madrid
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ÍNDICE
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INTRODUCCIÓN 1
EL CASO ESPAÑOL 3
LA PROMOCION DE LA COMPETENCIA COMO INSTRUMENTO PARA CONSEGUIR EL FUNCIONAMIENTO COMPETITIVO DEL MERCADO 2
CONCLUSIONES 4
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Introducción
Primera reflexión: El principio de la competencia es un principio rector básico de la actividad económica en la economía de mercado pero no es un principio absoluto, ya que debe someterse a la regla de la proporcionalidad. Segunda reflexión: Una buena parte de las restricciones de la competencia vienen amparadas, e incluso promovidas, por normas y actos de las Administraciones Públicas: Para maximizar los beneficios, el empresario puede cartelizarse, pero es peligroso; puede absorber a un competidor, pero es complicado; hay algo mucho más sencillo: ¡conseguir que el Gobierno restrinja la competencia en favor suyo! Tercera reflexión: La actuación de las Autoridades de la Competencia debe
perseguir el funcionamiento más competitivo de los mercados, forzando incluso las actuaciones de las Administraciones Públicas, a través de:
- Enforcement. - Promoción o Abogacía de la Competencia.
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LA PROMOCIÓN DE LA COMPETENCIA COMO INSTRUMENTO PARA CONSEGUIR EL FUNCIONAMIENTO COMPETITIVO DEL MERCADO
Definición de la ICN sobre la promoción o abogacía de la competencia:
Conjunto de actividades de las Autoridades de la Competencia encaminadas a promover un entorno competitivo para el desarrollo de las actividades económicas, por medio de mecanismos no coactivos, sobre todo a través del a interacción con otras Administraciones Públicas, la interacción con agentes económicos y la sensibilización del público acerca de los beneficios de la competencia.
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Las Autoridades de la competencia deberán fijarse determinados objetivos: 1. Poner la competencia en la agenda política. - El caso europeo - Ganar la opinión pública, o, como señala la ICN, “sensibilizar al público acerca de los beneficios de la competencia” - Los políticos acostumbran a moverse por impulsos de la opinión pública: conseguir que la opinión pública les presione. - Conde de Cabarrús: “las restricciones a la libertad de comercio siempre se establecen en beneficio de los pocos y la ignorancia de los muchos”….. Abrir los ojos a los muchos. - Las Autoridades de la Competencia deben ser la punta de lanza de esa tarea.
2. Obtener el máximo prestigio.- - Elegir los campos de actuación, sobre todo los que sean especialmente sensibles para los consumidores. - Realizar estudios y propuestas con argumentos contundentes: contra ellos se lanzarán los beneficiarios de las restricciones de la competencia, por lo que es necesario que las propuestas sean lógicas, realizables y amparadas con sólidos argumentos . - Obtener la complicidad de los medios de comunicación.
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2 LA PROMOCIÓN DE LA COMPETENCIA COMO INSTRUMENTO PARA CONSEGUIR EL FUNCIONAMIENTO COMOPETITIVO DEL MERCADO
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3. Obtener los medios necesarios para esta tarea Las legislaciones con frecuencia resultan inconcretas en materia de promoción o
abogacía de la competencia: es necesario lograr que las legislaciones permitan una amplia actividad en ese campo.
Conseguir una estructura de la Autoridad en la que la abogacía de la competencia tenga un papel destacado.
Conseguir los recursos presupuestarios necesarios.
4. Concienciar a los responsables políticos En el campo de la regulación de la actividad económica siempre se produce un
choque entre intereses particulares y el interés general. Poner de manifiesto que los poderes públicos siempre deben acomodar su
actuación a la consecución del interés general. El funcionamiento competitivo del mercado constituye un objetivo de interés
general. Alzar la voz cuando se beneficien intereses particulares en detrimento del
interés general.
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5. Buscar aliados Es necesario estudiar qué sectores y organismos están interesados en el
funcionamiento competitivo del mercado. Realizar actividades tales como, por vía de ejemplo:
Suscribir convenios de colaboración con Organismos Públicos (Organismos Reguladores, por ejemplo), Universidades, Organizaciones de Consumidores…….
Convocar concursos y premios sobre trabajos en materia de competencia, o Call for papers.
Detectar actuaciones de las AAPP que sean favorecedoras de la competencia, e incluso premiarlas.
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EL CASO ESPAÑOL
La promoción de la competencia aparece por primera vez en la Ley de Defensa de la Competencia de 1.989.
En los años noventa del pasado siglo se publicaron una serie de informes sobre desregulación normativa que causaron gran impacto: Informe sobre las Profesiones Reguladas; Remedios Políticos que pueden favorecer la competencia en los servicios y atajar los daños causados por los monopolios ; La Competencia en España: Balance y Nuevas Propuestas.
En la Ley de Defensa de la Competencia de 2007 se reforzaron los instrumentos de la Comisión Nacional de la Competencia (hoy Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) para la tarea de promoción de la competencia,, tales como:
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EL CASO ESPAÑOL
1. Los Informes sectoriales En estos informes se analiza el funcionamiento competitivo de ciertos
mercados. Pero terminan detectando que la regulación impide un funcionamiento
competitivo y, por ello, realizan propuestas de cambios normativos. Algunos de ellos contienen recomendaciones generales que tienen como
destinatarias a las Administraciones Públicas: 2007: Recomendaciones a las Administraciones Públicas para una
regulación eficiente. 2008: Guía para la elaboración de las Memorias de Competencia”.
2. Los Informes sobre los Proyectos normativos La CNMC debe emitir informes preceptivos, aunque no vinculantes, sobre
todas las propuestas de normas que afecten a la competencia.
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EL CASO ESPAÑOL
3. Informes sobre Ayudas Públicas Efecto distorsionador de la competencia de las ayudas, cualquiera que sea la
forma que revistan. El control de las ayudas públicas corresponde a la Comisión Europea, que
puede declarar su ilicitud y ordenar que se proceda a su devolución, cuando afectan de forma significativa a la competencia y al comercio entre los Estados miembros.
La CNMC tiene competencia en materia de ayudas públicas para: • Emitir informes sobre respecto de los regímenes de las ayudas públicas y
ayudas individuales. • Dirigir a las Administraciones Públicas propuestas conducentes al
mantenimiento de la competencia efectiva. • Informe anual de seguimiento de las ayudas públicas.
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EL CASO ESPAÑOL
4. La legitimación activa Novedad de la Ley de Defensa de la Competencia de 2007. La CNMC puede impugnar ante la jurisdicción competente actos de las
Administraciones Públicas sujetos al Derecho Administrativo y disposiciones generales de rango inferior a Ley de los que se deriven obstáculos al mantenimiento de una competencia efectiva en los mercados.
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CONCLUSIONES
La actuaciones de las Administraciones Públicas con frecuencia amparan restricciones de la competencia.
La regulación ampara muchas veces limitaciones a la competencia y cierres de mercado.
Corresponde a las Autoridades de Competencia poner coto a estas situaciones.
Las actividades de promoción de la competencia son muy útiles a tal fin. Es necesario utilizar todos los instrumentos que permite la legislación. Y establecer alianzas con la opinión pública.
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