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BORRADOR DEL COMPONENTE AMBIENTAL
DE LA CARTA ORGANICA DEL MUNICIPIO DE PUERTO SUAREZ
El presente documento corresponde al componente ambiental y de recursos
naturales de la carta orgnica del municipio de Puerto Surez. El contenido
est expresado en forma de texto fundamental, debiendo ser diseminado e
incorporado de manera transversal en la carta orgnica segn corresponda.
DEFINICIONES
Medio Ambiente.- Es el medio fsico (agua, aire, suelo), el medio natural(flora, fauna, ecosistemas) y el medio socio-cultural (patrimonio histrico,
artstico, valores culturales, tradiciones, costumbres, etc.) en el que se
desenvuelven los habitantes del municipio de Puerto Surez.
Recursos Naturales.- Son aquellos elementos que nos proporciona la
naturaleza y que pueden ser aprovechados por el hombre para satisfacer sus
necesidades. Son recursos naturales, los minerales en todos sus estados, los
hidrocarburos, el agua, aire, suelo, subsuelo, bosques, biodiversidad, espectro
electromagntico y los elementos y fuerzas fsicas susceptibles de
aprovechamiento.
Servidumbres Ecolgicas.- Las servidumbres ecolgicas son limitaciones
legales a los derechos de uso y aprovechamiento, impuestas sobre una
propiedad en razn de la conservacin y sostenibilidad de los recursos
naturales renovables.
Desarrollo Sustentable.- El proceso mediante el cual se satisfacen las
necesidades de la actual poblacin de Puerto Surez, sin poner en riesgo la
satisfaccin de las necesidades futuras.
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Ordenamiento Territorial.-Organizacin del uso y la ocupacin del territorio
de Puerto Surez, en funcin de sus caractersticas biofsicas, socioeconmicas,
culturales y poltico institucionales.
Gestin Ambiental.- Es el conjunto de diligencias, acciones pblicas yprivadas, lineamientos y polticas, realizadas por el municipio de Puerto
Surez, conducentes al manejo integral del sistema ambiental dentro del
municipio, para lograr los fines del desarrollo sostenible.
DERECHOS FUNDAMENTALES
Derecho a un medio ambiente sano, limpio, protegido y equilibrado, quecontribuya al desarrollo de todas las capacidades humanas y a mejorarla calidad de vida de las generaciones presentes y futuras.
Derecho a ser consultado mediante los procedimientos adecuados cadavez que se prevean medidas legislativas o administrativas relacionadas
al medio ambiente susceptible de afectarles.
Derecho a recibir informacin y participar en la formulacin de polticasambientales, gestin, administracin, control, evaluacin y fiscalizacin
de los recursos naturales dentro de su municipio.
Derecho a participar y beneficiarse de las actividades como resultado dela explotacin de los recursos naturales.
Derecho fundamental del agua para la vida en cantidad y calidadsuficiente para el desarrollo del ser humano.
DEBERES FUNDAMENTALES
Resguardar, conservar y proteger el medio ambiente de municipio dePuerto Surez.
Hacer aprovechamiento sostenible de los recursos naturales. Ejercer acciones de defensa del medio ambiente, mediante la denuncia
de actos que ocasionen o pretendan ocasionar dao al medio ambiente;
el Gobierno Municipal realizar la defensa obligatoria de los recursos
naturales y exigir la restauracin del dao.
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Planificar el desarrollo municipal sujetando las polticas, planes,programas y proyectos a los planes urbanos y rurales de ordenamiento
territorial.
Incentivar las actividades privadas y comunitarias que promuevan eldesarrollo sostenible, apliquen tecnologa limpia y las mejores tcnicas
disponibles.
Promover la educacin ambiental en todos los niveles de la educacinpblica y privada.
Conservar, proteger y hacer uso responsable de las fuentes de agua yreas de recarga hdrica.
Proteger, conservar y defender la laguna Cceres, como patrimonionatural, cultural y smbolo representativo del municipio de Puerto
Surez. Y fuente de agua para la regin.
Elaborar el plan municipal de mitigacin y adaptacin al cambioclimtico.
CONTROL SOCIAL
Este derecho comprende:
Participar, supervisar y evaluar la gestin ambiental municipal. Realizar seguimiento a las denuncias sobre daos ambientales ante el
Gobierno Autnomo Municipal de Puerto Surez y del Gobierno
Autnomo Municipal, ante otras instancias.
Cuando como consecuencia de alguna actividad, obra o proyecto sedemuestre que hay un dao evidente y potencial al medio ambiente,
que afecte o vaya a afectar los derechos, intereses colectivos o de la
Madre Tierra, los actores del control social podrn ejercitar acciones
para retrasar, suspender o impedir la realizacin de la actividad obra o
proyecto.
FINES DEL GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE PUERTO SUAREZ
Son fines del Gobierno Autnomo Municipal de Puerto Surez los siguientes:
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Brindar a los habitantes de Puerto Surez un medio ambiente sano,protegido y equilibrado para el desarrollo adecuado de su poblacin,
garantizando los recursos naturales en calidad y cantidad suficientes
para el beneficio de las actuales y futuras generaciones.
Establecer, implementar y promover el ordenamiento territorial comoinstrumento esencial para la planificacin del desarrollo municipal, en
funcin de las caractersticas biofsicas, socioeconmicas, culturales y
poltico institucionales del municipio.
Articular los espacios naturales protegidos creados y por crearse, paraque de forma integral aporten al desarrollo sostenible y la conservacin
de los valores ambientales del municipio
Crear conciencia ambiental y de responsabilidad por el medio ambientey todos los elementos que lo componen.
ATRIBUCIONES DEL CONCEJO MUNICIPAL
Legislar sobre preservacin, conservacin, proteccin, cuidado ypromocin del medio ambiente y los recursos naturales.
Legislar sobre el ordenamiento territorial municipal. Aprobar la creacin de fondos mixtos para el financiamiento de
proyectos individuales y colectivos de conservacin del medio ambiente
y los recursos naturales.
ATRIBUCIONES DEL ALCALDE MUNICIPAL
Promulgar disposiciones legales y reglamentarias sobre preservacin,conservacin, proteccin, cuidado y promocin del medio ambiente y los
recursos naturales.
Promover, gestionar e impulsar el desarrollo humano, sostenible,econmico, social y cultural del municipio.
Suscribir convenios interinstitucionales sobre autos medioambientales deinters del Gobierno Municipal de Puerto Surez.
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REGIMEN COMPETENCIAL
CAPITULO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
ARTICULOS GENERALES
Toda actividad, obra o proyecto desarrollado dentro de la jurisdiccinmunicipal, deber contar con la correspondiente evaluacin de impacto
ambiental como condicin previa e indispensable para su funcionamiento
y operacin; estas actividades debern registrar sus licencias
ambientales en la instancia ambiental municipal, para el seguimiento y
control.
Toda actividad, obra o proyecto desarrollado dentro de la jurisdiccinmunicipal en etapa de cierre y/o abandono deber asumir por parte de
sus representantes legales, los pasivos ambientales y la remediacin
ambiental.
En aplicacin del principio precautorio, el Gobierno Autnomo Municipalde Puerto Surez podr disponer medidas de inmediato cumplimiento
cuando haya indicios de que una prctica u omisin podra generardaos graves o irreversibles al medio ambiente, al ecosistema o sus
elementos, sin la necesidad de tener plena certeza cientfica al respecto
o la inexistencia de normas o la ausencia de competencias.
RECURSOS HIDRICOS
El recurso hdrico es fundamental para la supervivencia y desarrollo delser humano, por eso se jerarquiza su uso en primer lugar para el
consumo humano, en segundo lugar para la naturaleza, seguridad
alimentaria, riego y micro riego, y en tercer lugar agua para las
actividades de explotacin de recursos naturales e industria. El Gobierno
Autnomo Municipal de Puerto Surez asegurar el cumplimiento de
este derecho y las prioridades de uso.
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El Gobierno Autnomo Municipal de Puerto Surez, asegurar el cuidadoy proteccin de fuentes de agua, cabeceras de cuenca, cabeceras de los
ros, servidumbres ecolgicas, manantiales, lagunas, zonas de recarga,
aguas medicinales y toda fuente de agua que est dentro de su
jurisdiccin.
Se declara de prioridad municipal, la limpieza y dragado de la LagunaCceres; al efecto crear polticas para su cuidado, proteccin,
conservacin y manejo sostenible, con participacin de las comunidades
involucradas e instancias pblicas nacionales y extranjeras
correspondientes.
Ninguna actividad de explotacin, transformacin o industrializacin derecursos naturales minerales o hidrocarburferos, podr poner en
peligro, arriesgar o disminuir las fuentes de aguas superficiales y
subterrneas del municipio.
Cuando se vaya a realizar alguna actividad obra o proyecto deexplotacin de recursos naturales, que involucre aprovechamiento del
recurso hdrico, adems de la consulta previa a los pueblos y
comunidades involucradas, la sociedad civil organizada podr promover
un cabildo para que toda la poblacin de Puerto Surez participe, se
pronuncie y delibere sobre el tema en cuestin. El Gobierno Autnomo Municipal de Puerto Surez garantizar la
prestacin del servicio de agua potable en calidad y cantidad que
abastezca a toda la poblacin, de forma continua y accesible a la
poblacin con cobertura suficiente y tarifas equitativas.
El recurso hdrico no puede ser privatizado ni concesionado. Podr sersuministrado de forma directa o a travs de terceros sujetos a un
rgimen de licencias, registros y autorizaciones.
El Gobierno Autnomo Municipal de Puerto Surez priorizar laimplementacin del alcantarillado sanitario en el rea urbana y el
tratamiento de las aguas servidas.
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El Gobierno Autnomo Municipal de Puerto Surez reconoce e incentivala prctica tradicional y saberes locales de proteccin, conservacin y
manejo de las fuentes de agua.
El Gobierno Autnomo Municipal de Puerto Surez realizar estudios deprospeccin y exploracin para conocer el estado de los recursos
hdricos y evaluar el potencial hdrico del municipio y elaborar una
poltica de conservacin y aprovechamiento sostenible del recurso.
El Gobierno Autnomo Municipal de Puerto Surez desarrollarmecanismos complementarios para la conservacin de fuentes de agua
por medio de la creacin de fondos mixtos para el financiamiento de
proyectos individuales y colectivos.
FLORA
Los bosques que se encuentran dentro de la jurisdiccin municipal dePuerto Surez cumplen funciones sociales, ambientales, econmicas,
culturales, recreacionales y paisajsticas. Son parte del patrimonio
natural municipal y deben ser conservados a travs del establecimiento
de reas Protegidas Municipales, comunales y privadas; y sometidos en
su caso al aprovechamiento integral sostenible.
El Gobierno Autnomo Municipal de Puerto Surez, en coordinacin conlos dems niveles de gobierno, municipios vecinos y comunidades
indgenas, crear, implementar y ejecutar polticas municipales para la
sensibilizacin, educacin, prevencin, control y atencin de los
desastres naturales provocados por las quemas y/o chaqueos.
El Gobierno Autnomo Municipal de Puerto Surez formular polticas,planes y programas de proteccin, conservacin y reforestacin del
bosque, as tambin de creacin de viveros forestales comunales, conpriorizacin de especies medicinales y nativas.
El Gobierno Autnomo Municipal de Puerto Surez desarrollarmecanismos complementarios para la conservacin de bosques por
medio de la creacin de fondos mixtos para el financiamiento de
proyectos individuales y colectivos.
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FAUNA
El Gobierno Autnomo Municipal de Puerto Surez podr declarar laveda de especies animales dentro de su jurisdiccin.
El Gobierno Autnomo Municipal de Puerto Surez crear polticas,mecanismos de incentivo econmico y promover actividades
econmicas alternativas para los cazadores de lagartos y peces en poca
de veda.
Una ley municipal establecer las condiciones de tenencia, crianza,cuidado, aprovechamiento y responsabilidad de propietarios de animales
silvestres y domsticos.
Se prohbe el comercio de especies de flora y fauna silvestre de todaslas especies.
AIRE
El Gobierno Autnomo Municipal de Puerto Surez, elaborar un plan demitigacin para el control de partculas en suspensin y polvo en la zona
urbana.
El Gobierno Autnomo Municipal de Puerto Surez, regular y controlarla descarga de gases contaminantes a la atmsfera provenientes defuentes mviles y fuentes fijas.
El Gobierno Autnomo Municipal de Puerto Surez, regular y controlarlos niveles de ruidos originados en actividades comerciales, industriales,
domsticas, de transporte u otras.
El Gobierno Autnomo Municipal de Puerto Surez regular, controlar yautorizar la publicidad en el espacio urbano y la instalacin de torres,
antenas y redes.
AREAS PROTEGIDAS
El Gobierno Autnomo Municipal de Puerto Surez podr crear yadministrar reas protegidas dentro de su jurisdiccin, conforme a ley
municipal. La creacin del rea se har mediante ley municipal y las
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reas protegidas sern administradas segn sus categoras, zonificacin
y reglamentacin en base a planes de manejo.
Las reas protegidas del municipio de Puerto Surez, son zonasgeogrficas naturales ubicadas dentro de la jurisdiccin municipal, que
contienen altos valores de diversidad biolgica y representan para sus
habitantes: fuente de vida, de identidad cultural, de inters esttico,
histrico, econmico y social.
La declaratoria de reas protegidas municipales es compatible con laexistencia de comunidades tradicionales de pueblos indgenas.
Se garantiza a la poblacin la participacin, fiscalizacin e incorporacinen la gestin de las reas protegidas municipales. Mediante ley
municipal se establecern los mecanismos institucionales que aseguren
la participacin local en la gestin de las reas protegidas.
El Gobierno Autnomo Municipal de Puerto Surez podr celebrarconvenios con instituciones pblicas, privadas y organizaciones no
lucrativas para la co-administracin del rea protegida.
Se prohbe cualquier tipo de actividad minera dentro de reas protegidasmunicipales.
Excepcionalmente y sobre la base de un Estudio de EvaluacinAmbiental Estratgico que lo apruebe, estableciendo que no se afectanlos objetivos de conservacin, podrn realizarse actividades mineras en
reas Protegidas Municipales previa promulgacin de una Ley Municipal
que las declare como de Utilidad Pblica Municipal, modificando en todo
o en parte su delimitacin, categora de manejo y zonificacin. En todos
los casos, deber cumplirse con el procedimiento de consulta previa
libre, obligatoria y de buena fe, y deber elaborase Estudios de
Evaluacin de Impacto Ambiental Analticos Integrales para la
implementacin de cualquier actividad, obra o proyecto minero.
Estn prohibidos los nuevos asentamientos humanos en reasprotegidas municipales, a partir de la aprobacin de la carta orgnica,
estos asentamientos sern denunciados y desalojados, con auxilio de la
fuerza pblica.
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Se entiende por patrimonio cultural municipal, a todos los bienes yvalores naturales y culturales que son expresin de la identidad del
municipio de Puerto Surez, que tienen valor desde el punto de vista
ambiental, histrico, artstico y cientfico. Constituyen patrimonio natural
del municipio de Puerto Surez los siguientes: Laguna Cceres, Parque
Nacional Pantanal y Area de Manejo Integrado Pantanal de Otuquis,
Laguna Mandior, Cuevas de Motacusito, Jeroglficos del Mutn.
Paulatinamente se podrn incorporar otros en base a estudios de
exploracin y reconocimiento.
El Gobierno Municipal participar en el comit de gestin y otros comitsque apoyan la Gestin del rea Protegida Pantanal de Otuquis,
generando vnculos de informacin y documentacin en lo que respecta
a su jurisdiccin municipal.
TURISMO
Debido a la ubicacin fronteriza y estratgica dentro del PantanalBoliviano, el turismo representa para el municipio de Puerto Surez, una
oportunidad econmica importante para su desarrollo, por eso el
gobierno municipal, promover el turismo responsable, sostenible y
amigable con el medio ambiente.
El Gobierno Autnomo Municipal de Puerto Surez elaborar la polticamunicipal de turismo acorde a las caractersticas y potencialidades
tursticas de la regin, la cual regular la actividad turstica municipal, la
prestacin de servicios tursticos, la difusin y promocin de lugares
tursticos, el listado de atractivos tursticos locales, la estrategia turstica
local, el uso de tecnologa limpia, el manejo de turismo comunitario,
fomento a los emprendimientos tursticos, incentivos, previsiones deinversin en infraestructura turstica y mecanismos de participacin de
la poblacin local e indgena.
Los beneficios generados por la actividad turstica debe ser destinados amejorar la calidad de vida de la poblacin local y comunidades
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indgenas,y se deben reflejar en el fortalecimiento de las capacidades
humanas, generacin de empleo e inversin en infraestructura turstica.
Toda actividad, servicio e infraestructura turstica, debe contar con larespectiva licencia municipal de operaciones tursticas; las que se
encuentren en operacin y no tengan licencia ambiental, debern
adecuarse en la forma y plazo que indique la ley municipal. Las
actividades y los servicios tursticos, sern supervisados por el municipio
y sern co-administrados con la poblacin local e indgena.
CAMBIO CLIMATICO
El Gobierno Autnomo Municipal de Puerto Surez formular su polticade adaptacin al cambio climtico, para identificar, enfrentar y mitigar
los efectos negativos y aprovechar los positivos.
SUELO
El Gobierno Autnomo Municipal de Puerto Surez elaborar su planmunicipal de ordenamiento territorial.
Las polticas, planes y programas de uso y ocupacin del suelo, as comola construccin de infraestructura urbana o rural, pblica o privada
debern estar conforme a la planificacin de ordenamiento territorial
municipal rural y urbano y de acuerdo a las categoras de uso de suelo.
Toda actividad, obra o proyecto nacional, departamental y/o municipalsea de carcter pblico o privado previamente a la otorgacin de
autorizacin, permiso y/o licencia deber contar con la certificacin de
uso de suelo emitida por el Gobierno Autnomo Municipal de Puerto
Surez, que necesariamente deber ser compatible con la categora de
uso de suelo que corresponde a la jurisdiccin municipal.
Todos los derechos de uso y aprovechamiento de suelo otorgado porentidades pblicas nacionales y departamentales al interior del municipio
de Puerto Surez, debern ser registrados por el Gobierno Autnomo
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Municipal a efectos de tener control de los mismos y ejercer acciones de
inspeccin y vigilancia.
El Gobierno Autnomo Municipal de Puerto Surez regular los ridos yagregados de su jurisdiccin.
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