UNIVERSIDAD ALAS PERUANASFACULTAD DE INGENIERIAS Y ARQUITECTURA
ESCUELA ACADEMICO PROFESIONAL DE INGENIERIA CIVIL
CONSTRUCCION I
REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES
REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES
ANTECEDENTES - ASPECTOS GENERALES
• TOMA COMO REFERENCIAS:
-EL PLAN NACIONAL DE VIVIENDA
-EL REGLAMENTO DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL
-EL REGLAMENTO DE HAB. Y CONST. URBANA ESPECIAL
• PRINCIPALMENTE ES DE ASPECTOS TÉCNICOS.
• DE ASPECTOS GENERALES, PERO CONSIDERANDO ALGUNOS
ASPECTOS PARTICULARES
• LOS ESPECIFICOS CORRESPONDERAN A LAS MUNICIPALIDADES
• BUSCA SER PROMOTOR DE INVERSIONES PARA LOGRAR
CALIDAD DE VIDA DE LA POBLACIÓN URBANA Y RURAL.
• ES SIMPLE Y DIDACTICO.
• A MANERA DE COMPENDIO PARA SU FÁCIL ACTUALIZACIÓN
REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES
GOBIERNO NACIONAL
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNOS LOCALES
PROVINCIALES
GOBIERNOS LOCALES
DISTRITALES
LEY 29090 Y SUS
REGLAMENTOS,
OTROS
REG. ACOND.
TERRITORIAL Y
DE D. URBANO
RNE
REGLAMENTO
NACIONAL
D E
EDIFICACION
NORMAS PROC. ADM
NORMAS DE
PLANIFICACIÓN Y
GESTIÓN
NORMAS DE ASP.
TÉCNICOS DE HAB.
URB. Y EDIFICACIONES
•PLANES Y PROYECTOS DE DESARROLLO REGIONAL CONCERTADO
CON LAS MUNICIPALIDADES PROVINCIALES Y SOCIEDAD CIVIL.
•DEMARCACION TERRITORIAL EN SU JURISDICCION
•PROMOVER INVERSIONES PUBLICAS EN SU REGION
•OTRAS INHERENTES A SU GESTION.
• APROBAR SUS PLANES DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL
• APROBAR SUS PLANES DE DESARROLLO URBANO
• APROBAR LA ZONIFICACION DE SU PROVINCIA
• PRONUNCIARSE SOBRE CONTRIBUCIONES, TASAS, ARBITRIOS
Y DERECHOS EN SU PROVINCIA
• OTRAS INHERENTES A SU GESTION.
•PROPONER EL PLAN URBANO DE SU DISTRITO
•PROPONER LA ZONIFICACION DE SU DISTRITO.
•PRONUNCIARSE SOBRE CONTRIBUCIONES, TASAS, ARBITRIOS Y
DERECHOS EN SU DISTRITO
•OTRAS INHERENTES A SU GESTION
MVCS COMO SECTOR COMPARTE COMPETENCIAS CON
GOBIERNOS REGIONALES Y LOCALES, EN URBANISMO Y
DESARROLLO URBANO
NORMATIVA DE EDIFICACIONES:
ESTRUCTURA DEL ESTADO
C O N T E N I D O D E L R N E
-G.010 CONSIDERACIONES BASICAS
-G.020 PRINCIPIOS GENERALES
-G-030 DERECHOS Y RESPONSABILIDADES
-G.040 DEFINICIONES
-G.050 SEGURIDAD DURANTE LA
CONSTRUCCIÓN
TITULO I
GENERALIDADES
TITULO II
HABILITACIONES URBANAS
CONSIDERACIONES
GENERALES
GH.010 ALCANCES Y CONTENIDO
GH.011 COMPONENTES DE DISEÑO URBANO
II.1 TIPOS DE
HABILITACIONES
TH.010 HABILITACIONES RESIDENCIALES
TH.020 HABILITACIONES COMERCIALES
TH.030 HABILITACIONES INDUSTRIALES
TH.040 HABILITACIONES PARA USOS ESPECIALES
TH.050 HABILITACIONES EN RIBERAS Y LADERAS
TH.060 REURBANIZACIÓN
II.2 COMPONENTES
ESTRUCTURALES
CE.010 ACERAS Y PAVIMENTOS
CE.020 ESTABILIZACION DE SUELOS Y TALUDES
CE.030 OBRAS ESPECIALES Y COMPLEMENTARIAS
II.3 OBRAS DE
SANEAMIENTO
II. 4 OBRAS DE
SUMINISTRO DE
ENERGIA Y
COMUNICACIONES
OS.010 CAPTACIÓN Y CONDUCCIÓN DE AGUA P/. CONS. HUM.
OS.020 PLANTAS DE TRATAMIENTO DE AGUA P/. CONS. HUM.
OS.030 ALMACENAMIENTO DE AGUA P/. CONS. HUMANO
OS.040 ESTACIONES DE BOMBEO DE AGUA P/. CONS. HUM.
OS.050 REDES DE DISTRIBUCIÓN DE AGUA P/. CONS. HUM.
OS.060 DRENAJE PLUVIAL URBANO
OS.070 REDES DE AGUA RESIDUALES
OS.080 ESTACIONES DE BOMBEO DE AGUS RESIDUALES
OS.090 PLANTAS DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES
OS.100 CONSIDERACIONES BASICAS DE DISEÑO DE INF. SANIT.
EC.010 REDES DE DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELECTRICA
EC.020 REDES DE ALUMBRADO PUBLICO
EC.030 SUB ESTACIÓNES ELECTRICAS
EC.040 REDES DE INSTALACIONES DE COMUNICACIONES
TITULO III EDIFICACIONES
CONSIDERACIONES
GENERALES
III.1 ARQUITECTURA
III.2 ESTRUCTURAS
III.4 INSTALACIONES
ELECTRICAS Y
MECANICAS
A.010 CONDICIONES GENERALES DE DISEÑO
A.020 VIVIENDA
A.030 HOSPEDAJE
A.040 EDUCACIÓN
A.050 SALUD
A.060 INDUSTRIA
A.070 COMERCIO
A.080 OFICINAS
A.090 SERVICIOS COMUNALES
A.100 RECREACION Y DEPORTES
A.110 COMUNICACIÓN Y TRANSPORTE
A.120 ACCESIBILIDAD P/. PERSONAS C/. DISCAP.
A.130 REQUISITOS DE SEGURIDAD
A.140 BIENES CULTURALES INM. Y ZONAS MONT.
E.010 MADERA
E.020 CARGAS
E.030 DISEÑO SISMORESISTENTE
E.040 VIDRIO
E.050 SUELOS Y CIMENTACIONES
E.060 CONCRETO ARMADO
E.070 ALBAÑILERIA
E.080 ADOBE
E.090 ESTRUCTURAS METALICAS
EM.010 INSTALACIONES ELECTRICAS INTERIORES
EM.020 INSTALACIONES DE COMUNICACIONES EM.030
INSTALACIONES DE VENTILACION
EM.040 INSTALACIONES DE GAS
EM.050 INSTALACIONES DE CLIMATIZACIÓN
EM.060 CHIMENEAS Y HOGARES
EM.070 TRANSPORTE MECANICO
EM.080 INSTALACIONES CON ENERGIA SOLAR EM.090
INSTALACIONES CON ENERGIA EOLICA
EM.100INSTALACIONES DE ALTO RIESGO
EM.110CONFORT TECNICO Y LUMINICO CON EFICIENCIA ENERGETICA
GE.010 ALCANCES Y CONTENIDOS
GE.020 COMPONENTES Y CARACT. DE LOS PROY.
GE.030 CALIDAD EN LA CONSTRUCCIÓN
GE.040 USO Y MANTENIMIENTO
IS.010 INSTALACIONES SANITARIAS PARA EDIF.
IS.020 TANQUES SEPTICOS
III.3 INSTALACIONES
SANITARIAS
TITULO II
HABILITACIONES
URBANAS (25 NORMAS)
TITULO I
GENERALIDADES (05 NORMAS)
TITULO III
EDIFICACIONES (39 NORMAS)
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TIPOS HABILITACIONES
URBANAS
COMPONENTES
ESTRUCTURALES
OBRAS DE
SUMINISTRO DE ENERGÍA
Y COMUNICACIONES
OBRAS DE
SANEAMIENTO
ARQUITECTURA
ESTRUCTURAS
INST. SANITARIAS
INST. ELECTRICAS
MECANICAS
E S T R U C T U R A DS Nº 011-2006-VIVIENDA
- RNE 05/05/2006
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OBRAS DE
SANEAMIENTO
COMPONENTES ESTRUCTURALES
OBRAS DE SUMINISTRO
DE ENERGÍA Y
COMUNICACIONES
CONSIDERACIONES GENERALES
DE LAS HABILITACIONES
URBANAS
•DESARROLLA UN CAPITULO POR CADA TIPO DE HABILITACION URBANA
•SEPARA LAS ESPECIALIDADES DE HABILITACION URBANA DE LAS ESPECIALIDADES DE EDIFICACIONES.
E S T R U C T U R A TITULO II
HABILITACIONES URBANAS
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REQUISITOS DE SEGURIDAD
SALUD
EDUCACIÓN
INDUSTRIA
COMUNICACIÓN Y TRANSPORTE
RECREACION Y DEPORTES
SERV. COMUNALES
ACCESIBILIDAD P/.PERSONAS
C/. DISCAPACIDAD
VIVIENDA
OFICINAS
COMERCIO
HOSPEDAJE
BIENES CULTURALES INM.
Y ZONAS MONUMENT
ARQUITECTURA
INST. SANITARIA
ESTRUCTURAS INST. ELECTRICAS
Y MECÁNICAS
ESTRUCTURA TITULO III
EDIFICACIONES
MANTENIMIENTO DEL RNE
- MVCS-VMVU-DNU ( PRESIDE)
- VICEMINISTERIO DE CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO.
- CAMARA PERUANA DE LA CONSTRUCCION.
- COLEGIO DE ARQUITECTOS DEL PERU.
- COLEGIO DE INGENIEROS DEL PERU.
- COLEGIO DE ABOGADOS DEL PERU.
- UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA.
- MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA.
- ASOCIACION DE MUNICIPALIDADES DEL PERU.
LA DIRECCION NACIONAL DE VIVIENDA DEL VICEMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO DEL MVCS,
HACE LAS VECES DE SECRETARIA TECNICA DE DICHA COMISION.
COMISION PERMANENTE DE ACTUALIZACION
SECRETARIA TÈCNICA
MVCS-DNV
LOCALIZACION
DE
TERRENO
RÚSTICO-
ERIAZO
FACT.
DE
SERV.
DISEÑO
DE UNA
HABILIT.
URBANA
CERT.
DE
ZONF.
Y VIAS
AUTORI-
ZACIÓN
DE UNA
HABILIT.
URBANA
EJECU-
CIÓN
HABILIT.
URBANA
RECEP.
OBRA
INSCRIP-
CIÓN
REGIS-
TRAL
USO Y
MANT.
CONTROL URBANO
PROCESO DE HABILITACIONES URBANAS
EL RNE EN EL PROCESO DE HAB. URBANA
RNE RNE RNE LEY 29090
OTRAS
NORMAS
LEY 29090
OTRAS
NORMAS
OTRAS
NORMAS
LOCALIZACIÓN
DEL
TERRENO
URBANO
DISEÑO
DE
UNA
EDIFICA-
CIÓN
CERT.
DE
PARAMET
URB.
Y
EDIF.
AUTORI-
ZACIÓN
PARA
EDIFICAR
EJECUCIÓN
DE
EDIFICA-
CIÓN
FINALIZA-
CIÓN DE
OBRA Y
REGISTRO
USO Y
MANTENIM.
RNE RNE
PROCESO DE EDIFICACIÓN
LEY 29090
OTRAS
NORMAS
RNE
EL RNE EN EL PROCESO DE EDIFICACIÓN
CONTROL URBANO
LEY 29090
OTRAS
NORMAS
OTRAS
NORMAS
DESPUES DE LA HABILITACION Y EDIFICACION – NORMA A NIVEL NACIONAL -RNE
ZONAS URBANIZADAS Y EDIFICADAS
G E N E R A L I D A D E S
REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES
(5 NORMAS)
G.010
G.020
G.030
G.040
CONSIDERACIONES BASICAS PRINCIPIOS GENERALES
DERECHOS Y RESPONSABILIDADES
DEFINICIONES
G.050 SEGURIDAD DURANTE LA CONSTRUCCION
DISEÑO
NORMAR LOS CRITERIOS Y REQUISITOS MINIMOS PARA EL:
DE LAS EDIFICACIONES Y HABILITACIONES URBANAS.
OBJETO DEL RNE
EJECUCION
Y
G.010 CONSIDERACIONES BÀSICAS
DE APLICACIÓN OBLIGATORIA PARA QUIENES DESARROLLEN PROCESOS DE
HABILITACIÓN URBANA Y EDIFICACIÓN EN EL AMBITO NACIONAL,
CUYO RESULTADO SEA DE CARÁCTER PERMANENTE, PUBLICO O PRIVADO
A NIVEL NACIONAL
RNE
Á M B I T O D E A P L I C A C I Ó N
G.010 CONSIDERACIONES BÀSICAS
G.010 CONSIDERACIONES BÀSICAS
a.- SEGURIDAD
b.- FUNCIONALIDAD
PARA GARANTIZAR LA SEGURIDAD DE LAS PERSONAS, LA CALIDAD DE VIDA Y LA
PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE, LAS EDIF. Y H. URB. DEBERAN PROYECTARSE Y
CONSTRUIRSE, SATISFACIENDO LAS SGTES. CONDICIONES:
-SEGURIDAD ESTRUCTURAL, garantice la permanencia y la estabilidad
-SEGURIDAD EN CASO DE SINIESTROS, evacuacion , sistemas contra incendios y que
permitan la intervención de los equipos de rescate.
- SEGURIDAD DE USO, en condiciones normales no exista riesgo de accidentes para las
personas
- USO, las dimensiones y usos de los espacios, la dotación de los servicios.
- ACCESIBILIDAD, permitan el acceso a la personas con discapacidad
G.010 CONSIDERACIONES BÀSICAS
c.- HABITABILIDAD
d.- ADECUACION AL ENTORNO Y PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE
- ADECUACION AL ENTORNO, que se integre a las características de la zona de
manera armónica.
- PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE, la localización y el funcionamiento de las
edificaciones no degraden
- SALUBRIDAD E HIGIENE, aseguren la salud, integridad y confort de las personas
- PROTECCIÓN TERMICA Y SONORA, la temperatura interior y el ruido
G.020 PRINCIPIOS GENERALES
PARA CUMPLIR CON SU OBJETIVO EL RNE
a) DE LA SEGURIDAD DE LAS PERSONAS.
Crear espacios adecuados garantizando la salud, la
integridad y la vida de las personas.
b) DE LA CALIDAD DE VIDA.
Espacios que reúnan condiciones que le permitan
desarrollarse íntegramente.
d) DE LA SUBORDINACIÓN DEL INTERÉS PERSONAL
AL INTERÉS GENERAL.
Considerar el interés general sobre el interés personal
e) DEL DISEÑO UNIVERSAL.
Sean aptas para el mayor número posible de personas,
sin la necesidad de adaptaciones ni de diseño especial.
c) DE LA SEGURIDAD JURÍDICA.
Promueve y respeta la legalidad y la jerarquía de las normas
IDENTIFICA A LOS ACTORES DE LOS PROCESOS DE EDIFICACION Y HAB. URBANAS
Y ESTABLECE SUS DERECHOS Y RESPONSABILIDADES.
ACTORES:
- PROPIETARIO
- PROMOTOR INMOBILIARIO
- LOS PROFESIONALES RESPONSABLES DEL PROYECTO (ARQUITECTO, ING. CIVIL, ING. SANITARIO, E ING. ELECTRICISTA O ELECTROMECANICO)
- LAS PERSONAS RESPONSABLES DE LA CONSTRUCCION
- LAS MUNICIPALIDADES
- LAS PERSONAS RESPONSABLES DE LA REVISION DE PROYECTOS
- EL MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
G.030 DERECHOS Y RESPONSABILIDADES
LAS RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVA CIVIL Y PENAL
La responsabilidad Civil será exigible en forma personal e individualizada, tanto por actos u
omisiones propios, como por actos u omisiones de personas por los que se deba
responder.
Sin perjuicio de sus responsabilidades contractuales, el Constructor y el Profesional
Responsable de Obra, responderán frente al cliente, en el caso de que sean objeto de
controversia o desacuerdo por daños materiales ocasionados en el producto de la
edificación, dentro de los cinco años.
Este plazo será contado desde la fecha de recepción o finalización de obra por la
Municipalidad respectiva
PARA LA APLICACIÓN CORRECTA DEL RNE EXISTE LA NORMA G.040 DEFINICIONES
G.030 DERECHOS Y RESPONSABILIDADES
E D I F I C A C I O N E S
REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES
(39 NORMAS)
CONSIDERACIONES GENERALES DE LAS EDIFICACIONES (04 NORMAS)
III.1 ARQUITECTURA (14 NORMAS)
III.2 ESTRUCTURAS (09 NORMAS)
III.3 INSTALACIONES SANITARIAS (02 NORMAS)
III.4 INSTALACIONES ELECTRICAS Y MECÀNICAS (10 NORMAS)
TITULO II
HABILITACIONES
URBANAS (25 NORMAS)
TITULO I
GENERALIDADES (05 NORMAS)
TITULO III
EDIFICACIONES (39 NORMAS)
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04
)
TIPOS HABILITACIONES
URBANAS
COMPONENTES
ESTRUCTURALES
OBRAS DE
SUMINISTRO DE ENERGÍA
Y COMUNICACIONES
OBRAS DE
SANEAMIENTO
ARQUITECTURA
ESTRUCTURAS
INST. SANITARIAS
INST. ELECTRICAS
MECANICAS
E S T R U C T U R A DEL R NE
TITULO III
EDIFICACIONES (39 NORMAS)
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(04
)
GE.010 ALCANCES Y CONTENIDOS
GE.020 COMPONENTES Y CARACTERISTICAS
DE LOS PROYECTOS
GE.030 CALIDAD DE LA CONSTRUCCION
GE. 040 USO Y MANTENIMIENTO
E S T R U C T U R A DEL R NE
GE.030 CALIDAD EN LA CONSTRUCCIÓN
La presente norma tiene como objetivo:
Orientar la aplicación de la gestión de calidad en
todas las etapas de ejecución de una construcción,
desde la elaboración del proyecto hasta la entrega al
usuario.
Proteger los intereses de los constructores, clientes y
usuarios de las construcciones, mediante el
cumplimiento de requisitos de calidad establecidos en
la documentación de los proyectos .
CONSIDERACIONES GENERALES DE LAS
EDIFICACIONES
GE.030 CALIDAD EN LA CONSTRUCCIÓN
INTERVIENEN
OBRA SEGURA
Encargada de aplicar las normas; supervisar, fiscalizar y controlar la ejecución de las obras en el ámbito de su jurisdicción.
Actúan como Proyectistas, Responsables de Obra, Comisión Técnica, Revisor Urbano Supervisor de Obra o Funcionario Público
Persona natural o jurídica obligada a obtener licencia para ejecutar obras de Habilitación Urbana o de Edificación sobre su predio
Municipalidad
Propietario Profesionales
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REQUISITOS DE SEGURIDAD
SALUD
EDUCACIÓN
INDUSTRIA
COMUNICACIÓN Y TRANSPORTE
RECREACION Y DEPORTES
SERV. COMUNALES
ACCESIBILIDAD P/.PERSONAS
C/. DISCAPACIDAD
VIVIENDA
OFICINAS
COMERCIO
HOSPEDAJE
BIENES CULTURALES INM.
Y ZONAS MONUMENT
ARQUITECTURA
INST. SANITARIA
ESTRUCTURAS INST. ELECTRICAS
Y MECÁNICAS
ESTRUCTURA TITULO III
EDIFICACIONES
III.1. ARQUITECTURA
REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES
CONTENIDO
º CARACTERISTICAS DE DISEÑO
º RELACION DE LA EDIFICACION CON LA VIA PUBLICA
º SEPARACION ENTRE EDIFICACIONES
º DIMENSIONES MINIMAS DE LOS AMBIENTES
º ACCESOS Y PASAJES DE CIRCULACION
º CIRCULACIÓN VERTICAL, ABERTURAS AL EXTERIOR, VANOS Y PUERTAS
º SERVICIOS SANITARIOS
º DUCTOS
º REQUISITOS DE ILUMINACION
º REQUISITOS DE VENTILACION Y ACONDICIONAMIENTO AMBIENTAL
º CALCULO DE OCUPANTES DE UNA EDIFICACION Y ESTACIONAMIENTOS
A.010 CONDICIONES GENERALES DE DISEÑO
Establece los criterios y requisitos
mínimos de diseño arquitectónico que
deberán cumplir las edificaciones con
la finalidad de garantizar lo estipulado
en el art. 5º de la norma G.010 del
TITULO I del presente reglamento.
Excepcionalmente los proyectistas,
podrán proponer soluciones
alternativas y/o innovadoras .
El Proyectista deberá fundamentar su
propuesta.
FUNCIONALIDAD HABITABILIDAD
ADECUACION AL ENTORNO Y
PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE
SEGURIDAD
CARACTERISTICAS DE DISEÑO
Todo predio sobre el que se pretenda edificar deberán contar con los
siguientes parámetros urbanísticos y edificatorios:
a) Zonificación.
b) Secciones de vías actuales y, en su caso, de vías previstas en el Plan
Urbano de la localidad.
c) Usos del suelo permitidos.
d) Coeficiente de edificación.
e) Porcentaje mínimo de área libre.
f) Altura de edificación expresada en metros.
g) Retiros.
h) Área de lote normativo, aplicable a la subdivisión de lotes.
i) Densidad neta expresada en habitantes por hectárea.
j) Exigencias de estacionamientos para cada uno de los usos permitidos.
k) Áreas de riesgo o de protección que pudieran afectarlo.
l) Calificación de bien cultural inmueble, de ser el caso.
m) Condiciones particulares.
CARACTERISTICAS DE DISEÑO
PARAMETROS URBANISTICOS Y EDIFICATORIOS
Cuando el Plan Urbano Distrital lo establezca existirán retiros
entre el limite de propiedad y el limite de la edificación.
Los retiros tienen por finalidad permitir la privacidad y seguridad
de los ocupantes de la edificación y pueden ser:
Frontales,
laterales, y
posteriores.
• Los planes urbanos establecen las dimensiones mínimas delos retiros.
• El proyecto a edificarse puede proponer retiros de mayores
dimensiones.
RELACION DE LA EDIFICACION CON LA VIA PUBLICA
RETIROS
•Los retiros frontales pueden ser empleados para:
• La construcción de gradas para subir o bajar como máximo 1.50 m del
nivel de vereda.
• La construcción de cisternas para agua y sus respectivos cuartos de
bombas.
• La construcción de casetas de guardianía y su respectivo baño.
• Estacionamientos vehiculares con techos ligeros o sin techar.
• Estacionamientos en semisótano, cuyo nivel superior del techo no
sobrepase 1.50 m por encima del nivel de la vereda frente al lote. En este
caso la rampa de acceso al estacionamiento en semi-sótano podrá iniciarse
en el límite de propiedad.
• Cercos delanteros opacos.
• Muretes para medidores de energía eléctrica
• Reguladores y medidores de gas natural.
• Almacenamiento enterrado de GLP y líquidos combustibles
• Techos de protección para el acceso de personas.
• Escaleras abiertas a pisos superiores independientes,
cuando estos constituyan ampliaciones de la edificación original.
• Piscinas
• Sub-estaciones eléctricas
CERCOS: Tienen como finalidad la protección visual y/o auditiva y dar
seguridad a los ocupantes de la edificación;
Deben colocarse en el límite de propiedad, pueden ser opacos o
transparentes.
La colocación de cercos opacos no varía la dimensión de los retiros
exigibles.
La altura dependerá del entorno.
Deberán tener un acabado concordante con la edificación que cercan.
RELACION DE LA EDIFICACION CON LA VIA PUBLICA
OCHAVO: En las esquinas formadas por la
intersección de dos vías vehiculares, con el fin
de evitar accidentes de tránsito, cuando no
exista retiro o se utilicen cercos opacos,
existirá un retiro en el primer piso, en diagonal
(ochavo) que deberá tener una longitud
mínima de 3.00 m, medida sobre la
perpendicular de la bisectriz del ángulo
formado por las líneas de propiedad
correspondientes a las vías que forman la
esquina. El ochavo debe estar libre de todo
elemento que obstaculice la visibilidad.
RELACION DE LA EDIFICACION CON LA VIA PUBLICA
V O L A D I Z O S
En las edificaciones que no tengan retiro no se
permitirá voladizos sobre la vereda, salvo que por
razones vinculadas al perfil urbano preexistente, el
Plan Urbano distrital establezca la posibilidad de
ejecutar balcones, voladizos de protección para
lluvias, cornisas u otros elementos arquitectónicos
cuya proyección caiga sobre la vía pública.
Se puede edificar voladizos sobre el retiro frontal
hasta 0.50 m, a partir de 2.30 m de altura. Voladizos
mayores, exigen el aumento del retiro de la
edificación en una longitud equivalente.
No se permitirán voladizos sobre retiros laterales y
posteriores mínimos reglamentarios, ni sobre retiros
frontales cuya finalidad sea el ensanche de vía.
El agua de lluvias proveniente de cubiertas, azoteas, terrazas y patios
descubiertos, deberá contar con un sistema de recolección canalizado en
todo su recorrido hasta el sistema de drenaje público o hasta el nivel del
terreno.
El agua de lluvias no podrá verterse directamente sobre los terrenos o
edificaciones de propiedad de terceros, ni sobre espacios o vías de uso
público.
V O L A D I Z O S
Toda edificación debe guardar una distancia con respecto a las edificaciones
vecinas, por razones de seguridad sísmica, contra incendios o por
condiciones de iluminación y ventilación natural de los ambientes.
• En los conjuntos residenciales, por razones de privacidad e iluminación
natural, se determinará en función al uso de los ambientes que se encuentran
frente a frente, según:
Para edificaciones con vanos
de dormitorios, estudios,
comedores y salas de estar,
la separación deberá ser
igual o mayor a un tercio de
la altura de la edificación
más baja, con una distancia
mínima de 5.00 m.
SEPARACION ENTRE EDIFICACIONES
Para edificaciones con vanos de
ambientes de cocinas, pasajes y
patios techados, la distancia de
separación deberá ser mayor a un
cuarto de la altura de la
edificación más alta, con una
distancia mínima de 4.00 m.
SEPARACION ENTRE EDIFICACIONES
• En los conjuntos residenciales, por razones de privacidad e
iluminación natural, se determinará en función al uso de los ambientes
que se encuentran frente a frente, según:
Para viviendas en edificaciones
multifamiliares
Las dimensiones mínimas es de 2.20 m por
lado, medido entre las caras de los
paramentos que definen el pozo.
Para viviendas unifamiliares
La dimensión mínima es 2.00 m por lado
medido entre las caras de los paramentos
que definen el pozo
LOS POZOS PARA ILUMINACION Y VENTILACION NATURAL
Las escaleras pueden ser:
a) INTEGRADASSon aquellas que no están aisladas
de las circulaciones horizontales y
cuyo objetivo es satisfacer las
necesidades de tránsito de las
personas entre pisos de manera
fluida y visible.
b) DE EVACUACIONSon aquellas que son a prueba de fuego y humos y pueden ser:
- CON VESTIBULO PREVIO VENTILADO (PARA EVACUACION DE HUMOS)
- CON VESTIBULO PREVIO NO VENTILADO
- PRESURIZADAS sist. Mecan. inyectan aire aprensión
- ABIERTAS en uno sus lados al exterior
- CERRADAS no mayores a 4 niveles
ESCALERAS
DE EVACUACION Estas escaleras deben cumplir:
• Deben ser continuas del primer al último piso incluyendo el acceso a la azotea. A excepción
de edificios residenciales, donde el acceso a la azotea podrá ser mediante una escalera del
tipo gato.
• Deben entregar directamente a la acera, al nivel del suelo o en vía pública amplia y segura al
exterior, o en su defecto a un espacio compartimentado cortafuego que conduzca hacia la vía
pública.
• No será continua a un nivel inferior al primer piso
• El vestíbulo previo ventilado deberá contar con un área mínima que permita el acceso y
maniobra de una camilla de evacuación o un área mínima de 1/3 del área que ocupa el cajón
de la escalera.
• El ancho útil de las puertas a los vestíbulos ventilados y a las cajas de las escaleras deberán
ser calculadas de acuerdo con la Norma A.130, artículo 22º. En ningún caso tendrán un ancho
de vano menor a 1.00 m.
• Las puertas de acceso a las cajas de escalera deberán abrir en la dirección del flujo de
evacuación de las personas y su radio de apertura no deberá invadir el área formada por el
círculo que tiene como radio el ancho de la escalera.
• Pasamanos a ambos lados separados de la pared un máximo de 5 cm. El ancho del
pasamanos no será mayor a 5 cm.
DE EVACUACION Estas escaleras deben cumplir:
• En el interior de la caja de escalera no deberán existir obstáculos, materiales combustibles,
ductos o aperturas.
• Al interior de las escaleras de evacuación, son permitidas únicamente las instalaciones de
los sistemas de protección contra incendios.
• Tener cerramientos de la caja de la escalera con una resistencia al fuego de 1 hora en caso
que tenga 5 niveles; de 2 horas en caso que tengan 6 hasta 24 niveles; y de 3 horas en
caso que tengan 25 niveles o mas.
• El espacio bajo las escaleras no podrá ser empleado para uso alguno.
• No se permiten accesos a ductos y/o montantes a través de la escalera de evacuación,
salvo de los sistemas de seguridad contra incendios.
• Deberán contar con un pase para manguera contra incendio, de tipo cuadrado de 0,20 m
de lado, a no mas de 0,30 m de altura, debidamente señalizado al interior de la escalera,
manteniendo el cerramiento cortafuego con material fácilmente frangible desde el interior
de la escalera.
• La escalera de evacuación no deberá tener otras aberturas que las puertas de acceso.
• Ventilan directamente al exterior
El vestíbulo previo podrá ventilar hacia el exterior de la
edificación (hacia un lugar abierto) siempre y cuando no exista
algún vano cerca en un radio de 6.00m medidos desde los
extremos del vano por donde ventila. Asimismo, deberá tener un
vano abierto al exterior de un mínimo de 1,50 m2.
Muro Cortafuego
CON VESTIBULO PREVIO VENTILADO (para evacuación de humos)
ESCALERAS DE EVACUACION
• Ventila a través de un sistema de extracción mecánica
El vestíbulo previo, podrá ventilar por medio de un sistema de extracción mecánica, hacia el
exterior de la edificación, siempre y cuando, se establezca un cerramiento contra humos en
dicho vestíbulo. El sistema de extracción mecánica deberá ser instalado en cada vestíbulo
previo del nivel al que entrega.
El sistema de extracción mecánica puede ventilar al exterior de la edificación por medio de un
ducto de ventilación propio, es decir, de uso exclusivo para dichos extractores. No se
aceptarán soluciones en las que el ducto cuente con vanos provenientes de otros ambientes
de la edificación.
Solución A: El vestíbulo previo ventila por
medio de un sistema de extracción mecánica al
exterior de la edificación.
Extracción
Mecánica
SOLUCIONES DE ESCALERAS DE EVACUACION
Solución B: El vestíbulo previo ventila por medio de un sistema
de extracción mecánica al exterior de la edificación. Este
cerramiento podrá ser de vidrio hacia el exterior de la edificación
(hacia un lugar abierto) siempre y cuando no exista alguna
ventana o vano en 3.00 m mínimos medidos desde el extremo
del vidrio en forma horizontal y/o perpendicular.
Extracción Mecánica
Solución C: El vestíbulo previo ventila por medio
de un sistema de extracción mecánica a un ducto
de ventilación ubicado al exterior del vestíbulo.
Extracción Mecánica
Extracción
Mecánica
Solución D: El vestíbulo previo ventila por
medio de un sistema de extracción mecánica a
un ducto de ventilación ubicado dentro del
vestíbulo. Extracción Mecánica
El diseño deberá garantizar que el sistema de extracción mecánica se active de forma
automática, cuando se genere un evento de incendio en la edificación.
Características generales - vestíbulo previo ventilado
• El acceso será únicamente a través de un vestíbulo previo ventilado que separe la caja
de la escalera del resto de la edificación.
• La puerta que comunica el vestíbulo previo ventilado con la escalera, deberá tener una
resistencia al fuego mínima de 20 minutos, y deberán contar con cierre automático.
• En caso que se opte por dar iluminación natural a la caja de la escalera, se podrá utilizar
un vano cerrado con material translucido y accesorios corta fuego, el cual no excederá
de 1.50 m2
• La profundidad del vestíbulo previamente ventilado medido entre ejes centrales de los
vanos de las puertas en el sentido de la evacuación, deberá ser de 1.80 m. como
mínimo. En caso que exista un segundo ingreso al vestíbulo previo ventilado, no se
requerirá ampliar la profundidad del vestíbulo.
AMBIENTE SIN MATERIAL COMBUSTIBLE
CON VESTIBULO PREVIO NO VENTILADO Únicamente permitidas para ocupaciones de riesgo ligero y
moderado (ordinario), cuando el área en donde se encuentra
la puerta de ingreso desde la edificación al interior del
vestíbulo previo no ventilado a la escalera, no cuente con
material combustible, y con un área no menor de 4 m2.
PRESUARIZADAS •Contarán con un sistema mecánico que inyecte aire a presión dentro de la caja de la escalera
•Deben estar cerradas al exterior.
•Este tipo de escaleras no están permitidas en edificaciones residenciales.
ABIERTAS •Están abiertas al exterior uno de sus lados con una superficie de al menos 1 m2 en cada piso.
•El vano abierto al exterior estará a una distancia de 6.00 m o más de un vano de la
edificación a la que sirve.
•Esta separación deberá tener una resistencia al fuego no menor de 1 hora.
•La separación de 6.00 m. deberá ser medida horizontal y perpendicular al vano.
•Esta escalera es solo aceptada para edificaciones residenciales no mayor a 5 niveles
medidos sobre el nivel de la calle.
CERRADAS •Cuando todos sus lados cuentan con un cerramiento con una resistencia no menor a 1 hora,
incluyendo la puerta.
•Serán aceptadas únicamente en edificaciones no mayor de 4 niveles y protegidas 100 % por
un sistema de rociadores según estándar NFPA 13.
AMBIENTE SIN MATERIAL COMBUSTIBLE
CALCULO DE ESCALERAS
El número y ancho de las escaleras se define según la distancia de viaje del
evacuante medido desde el ambiente más alejado de la escalera y el número
máximo de ocupantes por piso.
En caso la edificación no cuente con un sistema de rociadores, las escaleras deberán
ubicarse en rutas opuestas con una distancia mínima entre puertas de escape
equivalente a 1/2 de la diagonal mayor de la planta del edificio al que sirven.
Cuando se requieran dos o más escaleras, y la edificación cuente con
un sistema de rociadores, estas deberán ubicarse en rutas opuestas
con una distancia mínima entre puertas de escape equivalente a 1/3 de
la diagonal mayor de la planta del edificio al que sirven.
CALCULO DE ESCALERAS
• Independientemente de la capacidad de carga de las escaleras y la relación
con el número de ocupantes, en toda edificación se requiere como mínimo
dos escaleras de evacuación, con la excepción señalada en el Art. 28.
• Ancho útil requerido para evacuar, medido en función a la máxima carga de
ocupantes por piso o nivel, establecido en la Norma A.130 art. 22.
• Distancia de recorrido del evacuante. (ver Artículo 25 inciso C).
• Concepto de ruta alterna de escape
• Según requerimientos específicos que establezca el presente Reglamento:
RNE Norma A.130, Artículo 22º (Para resultados de cálculos superiores a
1.20 m de ancho no es aplicable el redondeo en módulos de 0.60 m) y
Artículo 23º.
Los ambientes de las edificaciones contarán con componentes que
aseguren la iluminación natural y artificial necesaria para el uso por
sus ocupantes.
Se permitirá la iluminación natural por medio de teatinas o tragaluces.
•Los ambientes tendrán iluminación natural directa desde el exterior y
sus vanos tendrán un área suficiente como para garantizar un nivel
de iluminación de acuerdo con el uso al que está destinado.
•Los ambientes destinados a cocinas, servicios sanitarios, pasajes de
circulación, depósitos y almacenamiento, podrán iluminar a través de
otros ambientes.
•Todos los ambientes contarán, además, con medios artificiales de
iluminación en los que las luminarias factibles de ser instaladas
deberán proporcionar los niveles de iluminación para la función que
se desarrolla en ellos, según lo establecido en la norma EM.010
REQUISITOS DE ILUMINACIÒN
• DIMENSIONES:
• Los estacionamientos que deben considerarse son para automóviles y camionetas para el transporte de personas con hasta 7 asientos.
Cuando se coloquen: uso privado uso publico
Tres o más estacionamientos continuos, Ancho: 2.40 m cada uno Ancho: 2.50 m cada uno
Dos estacionamientos continuos Ancho: 2.50 m cada uno Ancho: 2.60 m cada uno
Estacionamientos individuales Ancho: 2.70 m cada uno Ancho: 3.00 m cada uno
En todos los casos Largo: 5.00 m. Altura: 2.10 m.
• La distancia mínima entre los espacios de estacionamiento opuestos o entre la parte posteriorde un espacio de estacionamiento y la pared de cierre opuesta, será de 6.00 m. y 6.50 m.respectivamente.
• Los espacios de estacionamiento no deben invadir ni ubicarse frente a las rutas de ingreso oevacuación de las personas.
• Los estacionamientos dobles, es decir uno tras otro, se contabilizan para alcanzar el númerode estacionamientos exigido en el plan urbano, pero constituyen una sola unidad inmobiliaria.
• No se deberán ubicar espacios de estacionamiento en un radio de 10 m. de un hidrante
ESTACIONAMIENTOS
GENERALIDADES
Las viviendas pueden edificarse :
- Unifamiliar, cuando se trate de una vivienda sobre un lote de terreno independizado
- Multifamiliar, cuando se trate de dos o mas viviendas en una sola
edificación y donde el terreno es de propiedad común.
-Conjuntos Residenciales, cuando se trate de dos o mas viviendas en varias
edificaciones independientes y donde el terreno es de propiedad común.
-Quintas, cuando se trate de dos o más viviendas sobre lotes propios que
comparten un acceso común.
CONDICIONES DE DISEÑO
-El área techada mínima de una vivienda sin capacidad de ampliación es de
40 mt2.
-El área techada mínima de una vivienda unifamiliar en su forma inicial, con
posibilidad de expansión es de 25 mt2.
NORMA A.020 VIVIENDA
Para el cálculo de la densidad habitacional, el número de habitantes de una
vivienda, está en función del número de dormitorios, según lo siguiente:
Vivienda Número de Habitantes
De un dormitorio 2
De dos dormitorios 3
De tres dormitorios o más 5
- Las dimensiones de los ambientes que constituyen la vivienda serán aquellas
que permitan la circulación y el amoblamiento requerido para la función
propuesta, acorde con el número de habitantes de la vivienda. Las dimensiones
de los muebles se sustentan en las características antropométricas de las
personas que la habitarán
- El acceso a las viviendas unifamiliares deberá tener un ancho mínimo de
0.90 m.
- En el caso de viviendas unifamiliares podrá plantearse su ejecución por
etapas, siempre que la unidad básica o núcleo básico cumpla con el área
establecida.
Los techos deben contar con un sistema de evacuación del agua de lluvias hasta el
suelo o hasta el sistema de alcantarillado. Deberá evitarse el posible empozamiento
de agua de lluvias.
Las cubiertas inclinadas deben ser capaces de permitir el acceso de personas para
reparación o mantenimiento.
LAS DIMENSIONES DE LOS AMBIENTES LOS DA EL MOBILIARIO Y LA
ANTROPOMETRIA.
El último techo de una vivienda unifamiliar de varios pisos o multifamiliar, deberá
tener un aislamiento térmico que permita un nivel de confort similar al de los demás
pisos.
CARACTERISTICAS DE LAS VIVIENDAS
La vivienda debe permitir el desarrollo de las actividades humanas en condiciones
de higiene y salud para sus ocupantes, creando espacios seguros para la familia
que la habita, proponiendo una solución acorde con el medio ambiente.
Los ambientes deberán disponerse de manera tal que garanticen su uso más
eficiente, empleando materiales que demanden un bajo grado de mantenimiento.
• CONSTRUCCIONES INFORMALES
SIN ESTRUCTURAS
SOBRE SUELOS INESTABLES
• INSTALACIONES ELECTRICAS INFORMALES
INVASION DEL
ALUMBRADO PUBLICO
INSTALACIONES PRECARIAS
• UBICACIÓN INADECUADA
ZONAS DE INUNDACIONES
ZONAS DE DESLIZAMIENTOS
DESARROLLO
ORDENADO DE LA
CIUDAD
FORMALIDAD DE LA
CONSTRUCCION
SEGURIDAD EN LA
EJECUCION DE OBRAS
PLANES DESARROLLO
URBANO:
• Zonificación de usos del
suelo
• Plan vial
• Áreas de expansión
urbana,
• Protección y
conservación ambiental y
mitigación de desastres,
• Proyectos elaborados con
Normas Técnicas (RNE) y
respetando parámetros
urbanísticos
• Intervención de
profesionales en el
Proyecto,
• Aprobación Municipal del
proyecto,
• Obtención de Licencias
Municipales.
• Construcción con
proyecto aprobado y
licencias,
• Utilización de Materiales
adecuados,
• Mano de obra calificada,
• Autoconstrucción con
asistencia técnica,
• Supervisión y control de
obra municipal.
FACTORES:
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