ADMINISTRADORDEL CONTRATO
El postulante ser capaz de velar por el correcto cumplimiento de la ejecucin del contrato, en funcin de la normativa legal, especificaciones tcnicas y productos
entregables
MAURICIO TRUJILLO LEON
NORMAS COMUNES A LACONTRATACIN PBLICA
OBJETIVOS
El objetivo del Plan Anual de Contratacin (PAC), es permitir el cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo, a travs del cumplimiento de los objetivos y necesidades regionales, provinciales, locales o institucionales.
Por esta razn las metas y objetivos de cada Institucin deben estar alineados al Plan Nacional de Desarrollo y al Presupuesto establecido por el Estado.
PUBLICACIN
La mxima autoridad de cada entidad o su delegado aprobar y publicar el PAC de manera obligatoria, en la pgina web de la institucin as como la del Portal de Compras Pblicas hasta el 15 de enero de cada ao.
L22
PLAN ANUAL DE CONTRATACIN PAC
Procesos de Contratacin del periodo fiscal (actual: 2014)
Descripcin de los objetos de contratacin de bienes, obras, servicios y consultoras (identificacin de contratacin de proveedores)
Presupuesto estimado de los bienes, servicios, obras y consultora
Cronograma de implementacin del PAC
R26
CONTENIDO DEL PAC
nfima cuanta y situaciones de emergencia no deben estar en el PAC inicial ni reformado
Salvedad
Conforme y oportuno al PAC con disponibilidad presupuestaria (modificacin de presupuestos)
Ejecucin de procesos
Con el SERCOP se establecer el contenido del PAC para no afectar al sigilo comercial y de estrategia
Actividades empresariales y estratgicas
Identificadas en el PAC de no ser as se debe reformarRgimen Especial
Contratos de orden societario no deben formar parte del PAC
Giro Especifico de Negocio
Deben constar en el PACFerias Inclusivas
Incluir en el PAC la cantidad de uniformes para realizar programacin de produccin
Uniformes
R25RE-INCOP-027-09 RE-INCOP-094-09
CONSIDERACIONES DEL PAC
Previa a la contratacin de bienes, servicios, obras o consultoras las Entidades deben ubicar, cada uno de los requerimientos en el PAC; caso contrario no podrn realizar la
adquisicin de dichos productos.
ESTUDIOS
Art. 23 de la LOSNCP: Antes de iniciar un procedimiento precontractual, de acuerdo a la
naturaleza de la contratacin, la Entidad deber contar con los estudios y diseos
completos, definitivos y actualizados, planos y clculos, especificaciones tcnicas,
debidamente aprobados por las instancias correspondientes, vinculados al Plan Anual de
Contratacin de la Entidad....; es decir que adems de la obligacin de ubicar los
requerimientos en el PAC, la Entidad est en la obligacin de realizar estudios tcnico-
econmicos que permitan realizar la contratacin de un producto de calidad y costo
adecuado.
- El anlisis de desagregacin tecnolgica o compras de inclusin son parmetros
obligatorios en los estudios y diseos para la aprobacin e inicio del proceso contractual,
definidos por la metodologa y parmetros del SERCOP.
- La mxima autoridad y funcionarios que intervienen en los estudios, tendrn
responsabilidad solidaria con los contratistas por la validez de los resultados y eventuales
perjuicios.
L23
CONSIDERACIONES DEL PAC
Previa a la contratacin de bienes, servicios, obras o consultoras las Entidades deben ubicar, cada uno de los requerimientos en el PAC; caso contrario no podrn realizar la
adquisicin de dichos productos.
DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA
Para iniciar un proceso de contratacin se requiere certificar la disponibilidad
presupuestaria y la existencia presente o futura de recursos suficientes para cubrir
las obligaciones derivadas de la contrataciones que constan en el PAC....; lo que quiere decir que adems de ubicar los requerimientos en el PAC y realizar un
estudio para cada adquisicin, es responsabilidad directa de la Entidad,
certificar la disponibilidad de fondos que permitan cubrir el costo de los productos
publicados
- La responsabilidad corresponde al Director Financiero de la entidad
- Ser emitida por medios electrnicos de manera preferencial
- Existe la posibilidad de presentar una propuesta de financiamiento otorgado
por los propios oferentes el mismo que debe constar en los pliegos si es
considerado para evaluar y calificar
L24 R27
CONSIDERACIONES DEL PAC
L 25.1, 25.2
Incentiven y promuevan la participacin local y nacional
Bienes40%
Servicios60%
ObrasDetermina la entidad
Medidas de Preferencia
1. Actores de la economa popular y solidaria;2. Microempresas;3. Pequeas Empresas; y,4. Medianas Empresas.
PARTICIPACIN NACIONAL
No origen ecuatoriano
Verificacin de inexistenciaTransferencia de tecnologa y
conocimientos
L26
ASOCIACIN PARA OFERTAR
La LOSNCP prev que los proveedores inscritos en el RUP, ya sean personas naturales o jurdicas, nacionales o extranjeras, puedan intervenir en la celebracin de un contrato administrativo individualmente, asociados o con compromisos de asociacin.
La consultora extranjera se dar en casos que no exista capacidad tcnica o experiencia nacional.
MODELOS OBLIGATORIOS
L27,31 R28
Art. 6.- Definiciones
24.-Pliegos: Documentosprecontractuales elaborados yaprobados para cadaprocedimiento, que sesujetarn a los modelosestablecidos por el ServicioNacional de ContratacinPblica.
MODELOS OBLIGATORIOS
Pliegos
Modelos y formatos precontractuales obligatorios de uso
Documentacin precontractual y contractual mnima
Elaborados y oficializados por SERCOP
Las entidades podrn modificar y ajustar los modelos, siempre que no cambie el objeto y el presupuesto (Aclaraciones)
Informacin tcnica, econmica y legal
No afectar al trato igualitario ni tener diferencias arbitrarias
Pblicos y de acceso gratuito
Exclusivamente el oferente adjudicado, de ser el cado pagara a la entidad un valor previsto en los pliegos
L27,31 R20,22,28
PLIEGOS
Condiciones Generales
Conjunto de disposiciones aplicables a contratos de una misma categora
* Forma de Adjudicacin* Garantas* Ejecucin Contractual* Subcontratacn* Reajustes de precios* Recepciones* Multas* Terminacin del Contrato
Condiciones Particulares
Documentos que contienen las especificaciones particulares para la seleccin del Contratista,
elaborados para cada procedimiento de seleccin
* Convocatoria* Objeto de la Contratacin* Trminos de Referencia* Precio, plazo y forma de pago* Parmetros de Evaluacin de ofertas* Obligaciones de las partes
PLIEGOS
PLIEGOS
RE-INCOP-013-2009
Bienes Inmuebles Arrendatarias
Condiciones mnimas del inmueble
Referencia del sector
Lugar de ubicacin
Convocatoria por prensa nacional o local
Bienes Inmuebles Arrendadoras
Condiciones de arrendamiento
Ubicacin
Caractersticas del bien
Interesado realice reconocimiento del bien
Convocatoria prensa nacional o local
Licitacin
Requisitos y condiciones
Especificaciones
Etapas precontractuales
Tipo de adjudicacin
Proyecto de contrato
Subcontratacin
Plazo y forma de pago
Garantas
Parmetros de calificacin
Desagregacin Tecnolgica (Obras)
Bienes y servicios
Valor Agregado Ecuatoriano
Determinacin del lugar donde tendr efecto la contratacin
Participacin local
Mrgenes de preferencia
RE-INCOP-088-2013
Pro
ceso
El presupuesto referencial se utilizar para definir el proceso de contratacin.
Solo costos directos e indirectos (precio) sin incluir el IVA
Ce
rtif
icac
in
La emisin de la certificacin de disponibilidad presupuestaria debern asegurar el monto total del presupuesto incluido IVA
REGLAS PARTICPACIN
RE-INCOP-082-2013
a.Experiencia: No ser acreditada a travs de una tercera o interpuesta persona. Para consorciosse acreditar la experiencia de las personas naturales o jurdicas que lo contormen
b. Experiencia de personas jurdicas se acreditar siempre que tenga DOS AOS de existencialegal
c. Tabla de Patrimonio empresa jurdicas
20000.000,00
NDICES FINANCIEROS
NDICE FRMULA VALOR ACEPTADO
Solvencia Activo Total / Pasivo Total Mayor o igual a 1,0
Endeudamiento Activo Corriente / Pasivo Corriente Menor a 1,5
Resolucin No. RE-SERCOP-003-2014
ndices Financieros: Corresponde a la entidad contratante sealar en los pliegos, los ndices financieros que van a utilizar en el procedimiento de contratacin y cual es el valor mnimo/mximo de cada uno de ellos.Los ndices aceptados son ndice de solvencia e ndice de Endeudamiento.El incumplimiento de los valores de los ndices financieros no ser causa de rechazo.
USO DE HERRAMIENTAS INFORMTICAS
L21,22,28 R11,12,13,14,15
www.compraspublicas.gob.ec
Los procedimientos de contratacin utilizaran preferentemente las herramientas informticas
Seguridad informtica y pistas de auditoria
Poltica de confidencialidad y proteccin de datos
La hora oficial es la que marque el portal
Si por fuerza mayor o caso fortuito se suspende el servicio, los procesos se suspendern y reiniciaran previa notificacin del SERCOP
Los proveedores formularan preguntas sobre el contenido de los pliegos.
La mxima autoridad o la comisin tcnica responder en el tiempo estimado.
Las aclaraciones pueden ser realizadas por iniciativa propia o a pedido de los participantes, siempre que no alteren el objeto y presupuesto
Consideraciones Preguntas y Aclaraciones
COMPRAS CORPORATIVAS
L29
Dos o ms instituciones podrn firmar convenios interinstitucionales que permitan aprovechar economas a escala y mejorar condiciones de
contratacin.
Entidad A
Entidad B
Entidad C
Convenio
Interinstitucional
Adquisicin de bienes, ejecucin de obras,
prestacin de servicios, consultoras
L32 R24
Mejor costo en bienes o servicios Normalizados
Oferta que cumpla con:
Especificaciones tcnicas
Financieras
Legales
Precio ms bajo
Mejor costo en Obras o en bienes o servicios No
Normalizados
Mejores condiciones presentes y futuras en:
Aspectos tcnicos
Financieros
Legales
Sin que el precio mas bajo sea el nico parmetro de seleccin
Mejor costo en Consultora
Criterio de Calidad y Costo
En ningn caso el costo tendr un porcentaje de incidencia superior al 20%
Oferente cuya propuesta tenga el mejor costo y mejor evaluacin de parmetros se adjudicar mediante Resolucin Motivada
L33 R29,30
Antes de resolver la
adjudicacin total o parcial, y se dispondr el
archivo (definitiva) o
reapertura del proceso
Por no haberse presentado ofertas
Por haber sido inhabilitadas todas las ofertas o la nica presentada
Por considerarse inconvenientes para los intereses institucionales todas la ofertas o la nica presentada. Sustentada por razones tcnicas, econmicas o
jurdicas
Si una vez adjudicado el contrato se encontrare que existe inconsistencia, simulacin o inexactitud en la informacin presentada por el adjudicatario
Por no celebrarse el contrato por causas imputables al adjudicatario, siempre que no sea posible adjudicar el contrato a otro oferente
Declaratoria de desierto mediante Resolucin motivada
L34
Mediante Resolucin Motivada y entre la convocatoria y 24 horas antes de la presentacin de las ofertas
Cancelacin del Procedimiento
De no existir la necesidad (Archivo)
Reforma sustancial que cambie el objeto de contratacin (Nuevo procedimiento)
Violacin sustancial de un procedimiento precontractual
Persona natural o jurdica que se le adjudico un contrato y no comparece a la suscripcin del mismo, para lo cual se le incluir en el registro de incumplimientos por 3 aos
ADJUDICATARIO FALLIDO
Persona natural o jurdica que no cumple con sus obligaciones, para lo cual se le incluir en el registro de incumplimientos por 5 aos
CONTRATISTA INCUMPLIDO
ADJUDICATARIOS O CONTRATISTAS
L35 R30
MAURICIO TRUJILLO LEON
PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIN PBLICA
Servicios Profesionales (Tercer Nivel) basados en la experiencia o conocimiento
especfico en un rea o cuyo resultado es intangible. Se privilegiar la a consultores nacionales. Demostrar la existencia de consultores individuales.
Se refiere a la prestacin de servicios profesionales especializados no
normalizados, que tengan por objeto identificar, auditar, planificar, elaborar o
evaluar estudios y proyectos de desarrollo, en sus niveles de pre factibilidad, factibilidad, diseo u operacin.
Comprende, adems, la supervisin, fiscalizacin, auditora y evaluacin de
proyectos ex ante y ex post, el desarrollo de software o programas informticos
as como los servicios de asesora y asistencia tcnica, consultora legal que
no constituya parte del rgimen especial indicado en el nmero 4 del artculo 2,
elaboracin de estudios econmicos, financieros, de organizacin,
administracin, auditora e investigacin.
Personas naturales o jurdicas, nacionales o extranjeras inscritas en el RUP de
la misma naturaleza.
L6,37
L40 R36,37,38,39
LISTA CORTAEntre $ 68,601.27 Y
$ 514,509.56
CONCURSO PBLICO $ 514,509.56
DE 3 A 6 PROVEEDORES
INVITADOS
CONTRATACIN DIRECTA
$ 68,601.27UN SOLO PROVEEDOR
INVITADO
TODOS LOS PROVEEDORES RELACIONADOS
PR
ECA
LIFI
CA
CIO
N
CAPACIDAD NACIONAL
Oferta tcnicoeconmica 6 das.
Adjudicacin en 3 dias.
Ofertas tcnica y economica
simultaneas y separadas en 2
sobres.Entre la aperturede ofertas habra
10 das
L37,38,39 R32
Consultora Extranjera
SERCOP Verifica si existe consultora nacional en 8 das. Antecedentes y experiencia en consultora en virtud de la
magnitud y complejidad de la contratacin.
Personas Naturales
Consultores individuales nacionales o extranjeros con al menos titulo de tercer nivel conferido por una institucin del pas. Si el titulo es obtenido fuera del pas podrn realizar consultoras de
hasta 6 meses.
Personas Jurdicas
En la constitucin debe constar como objeto social la consultora. Las extranjeras deben estar facultadas en sus pases, para la
ejecucin del contrato deben estar domiciliadas en el Ecuador y no podrn ejercer otra actividad distinta a la del RUP
Universidades y Escuelas
Politcnicas
Disposiciones legales y estatutos que tengan relacin con temas de investigacin o asesoras especializadas puntuales demostrando la
capacidad
L41 R39,40,41
Calificacin, seleccin, negociacin y adjudicacin
Negociacin: con mejor puntaje ponderado
Negociacin en trminos tcnicos y contractuales (Acta)Etapas
Capacidad tcnica y administrativa
Antecedentes y experiencia en trabajos similares
Antecedentes y experiencia del personal
Plan de Trabajo, metodologa propuesta y conocimiento probado
Transferencia de tecnologa y capacidad tcnica de ecuatorianos (consultora extranjera)
Aspectos Tcnicos Calidad
Una vez evaluada la oferta tcnica
Porcentaje no mayor a 20%
Aspectos Econmicos
Costo
Rgimen General de Contratacin
Procedimientos dinmicos
Compras por catlogo
Subasta inversa electrnica
Procedimientos comunes
Licitacin
Cotizacin
Menor Cuanta
Procedimientos especiales
Integral por precio fijo
Emergentes
Adquisicin de inmuebles
Arrendamiento de inmuebles
Consultora
L43-52 R42-57
TODOS LOS PROVEEDORES
RELACIONADOS
LICITACIN $ 514,509.56
INVITACIN A TODOS LOS
PROVEEDORES
COTIZACINentre $ 68,601.27 y
$ 514,509.56
MENOR CUANTA $ 68,601.27
NO ADJUDICADOS POR DECLARARSE DESIERTO
CONTRATACIN PREFERENTE (UN CANTN Y PARROQUIA ESPECFICO , SOLO MYPES Y CON INGRESOS ANUALES
MENORES A UN MILLN)
CONTRATACIN A UN SOLO PROVEEDOR
CON MANIFESTACIN DE NTERES (3)
SUBASTA INVERSA ELECTRONICADesde $6,860.13 en adelante
CATLOGO ELECTRNICO
BIENES Y SERVICIOS
NORMALIZADOS
NO NORMALIZADOS
NFIMA CUANTAValores menores a $6,860.13 y
que cumplan CASUISTICA
NFIMA CUANTAValores menores a $6,860.13 y
que cumplan CASUISTICA
R42
Los bienes y servicios normalizados son aquellos
cuyas caractersticas o especificaciones tcnicas han
sido estandarizadas u homologadas por la Entidad
Contratante; y en consecuencia, dichas
caractersticas o especificaciones son
homogneas y comparables en igualdad de condiciones.
La Ley y este Reglamento General utilizan de forma indistinta las palabras
homologados, estandarizados, normalizados, categorizados o
catalogados, para referirse a aquellos bienes o servicios cuyas caractersticas o
especificaciones tcnicas han sido estandarizadas por la Entidad Contratante;
y,
La homologacin econmica es la accin de poner en relacin de igualdad y semejanza dos bienes
que se estime prudente incluir para un razonable anlisis comparativo de mercado o de otro parmetro.
L43,44,45,46 R42,43
Los bienes y servicios normalizados se adquieren, primero mediante procedimientos de Catlogo Electrnico, pero en caso de no encontrarse all, se los adquiere a travs de Subasta Inversa Electrnica; cuando haya sido declarada desierta la subasta inversa se optar por los
dems procedimientos de contratacin por montos de contratacin.
Los Convenios Marco se realizan a partir de procesos peridicos de seleccin, para determinar bienes y servicios, para su contratacin directa sobre la base de la recurrencia de adquisicin.
Bienes y servicios normalizados contratados o adquiridos de manera directa por todas las entidades
SERCOP, selecciona proveedores, celebra convenios marco para ofertas bienes y servicios
normalizados en el catlogo electrnico del Portal, para contratacin directa. SERCOP regula
el proceso.
Obligaciones del proveedor: proveer bienes y servicios normalizados de conformidad con las condiciones de plazo, precio, calidad, lugar de
entrega y garanta establecidas para el perodo de duracin del Convenio Marco, pero pueden
mejorar condiciones segn convenio.
rea requirente elabora los
pliegos
Mxima autoridad los
aprueba
Certificacin presupuestaria
Verificacin en el catlogo
electrnico
Informe y recomendacin a
mxima autoridad
Orden de adquisicin segn convenio marco
Acta de entrega recepcin
P R O C E D I M I E N T O :
Obligaciones de contratantes.- consultar el catlogo electrnico previamente a realizar adquisiciones. Es obligatorio si el bien o servicio est normalizado. Si el contratante obtiene mejores ofertas, informa al
SERCOP para readecuar y ampliar convenios.
L47 R44,45
Adquisicin de bienes y servicios normalizados que no consten en el catlogo electrnico. Los proveedores de bienes y servicios, pujan hacia la baja el precio ofertado, en acto pblico (presencial) o por medios electrnicos. Los resultados
se publican en el Portal.
Proveedor debe registrarse en el RUP.
Calificacin de ofertas (acta):
1. Presupuesto inferior a $ 68,601.27 Maxima autoridad o delegado
2. Presupuesto superior Comisin Tcnica
Oferta Econmica Inicial menor al presupuesto referencial
L47 R47
Casos de negociacin(Reformas reg. Decreto
143)
Si existe una sola oferta tcnica
calificada
Si, luego de la calificacin tcnica un
solo proveedor habilitado presenta la
oferta econmica inicial
R44
En el proceso de
NEGOCIACINse debe tomar en cuenta los
siguientes elementos.
Precios de adjudicacin de bienes y servicios similares realizados a travs del portal.
Proformas de otros proveedores del bien o servicio a contratar
Informacin sobre el precio del bien o servicio que se pueda obtener de otras fuentes como cmaras o bolsas
de productos, internet, entre otras.
El oferente deber rebajar su oferta econmica en al menos en 5% del presupuesto referencial
OBRAS
LICITACIN $ 1029,019.11
TODOS LOS PROVEEDORES RELACIONADOS
TODOS LOS PROVEEDORES DE UN CANTN Y SORTEO
DE ADJUDICACIONESCONTRATACIN
PREFERENTE (UN CANTN ESPECFICO Y
SOLO MYPES)
COTIZACINentre $ 240,104.46
y $ 1029,019.11
MENOR CUANTA $ 240,104.46
CONTRATACIN PREFERENTE
(UN CANTON ESPECIFICO Y SOLO MYPES)
CONTRATACIN INTEGRAL
PRECIO FIJO> $ 34300,637.01
CASO ESPECIAL DE OBRAS DENTRO DEL REGIMEN
GENERAL
INFIMA CUANTIAValores menores a $ 6,860.13 Solo mantenimiento de obras
L43-56 R42-57
L48
PR
OC
EDEN
CIA Si fuera imposible aplicar los procedimientos dinmicos o en el caso que una vez aplicados dichos procedimientos, stos hubiesen sido declarados desiertos; el
presupuesto referencial sobrepase el 0,000015 por PIE; (mayor a $ 514.509,56)
Para contratar la adquisicin de bienes o servicios no normalizados, exceptuando los de consultora, cuyo presupuesto referencial sobrepase el 0,000015 por PIE.
(mayor a $ 514.509,56)
Ejecucin de obras cuando el presupuesto referencial sobrepase el 0,00003 por PIE
(mayor a $ 1029,019.11)
LICITACIN
Parmetros de calificacin valorados
Sistema invita a todos proveedores
Entre la convocatoria y entrega de ofertas el plazo es de 10 30 das, salvo obras que puede ser de hasta 45 das
Adjudicacin
Obras: total ; Bienes y Servicios: total o parcial
Estudio de Desagregacin Tecnolgica, si aplica
L49 R49-55
L49 R49-55
LICITACIN
Conformacin de comisin tcnica para tramitacin y elaboracin de pliegos
Ofertas: todos los requisitos de los pliegos y documentos solicitados
Oferta tcnica y econmica a travs de portal, por la complejidad y magnitud y con conocimiento del SERCOP se podr entregar de manera fsica
Entre la convocatoria y entrega de ofertas el plazo es de 10 30 das, salvo obras que puede ser de hasta 45 das
Apertura de ofertas:
1. Identificacin de oferentes
2. Descripcin bsica del objeto
3. Precio unitario y valor total
Evaluacin de ofertas con parmetros de calificacin, la comisin tendr desde la apertura 10 das y en casos complejos 5 das extra
RE-INCOP-099-2013
SUBCONTRATACIN DE MYPESACTORES EPS
En los procesos de Licitacin de obras y en aquellos dergimen especial , incluido el giro especifico de negocio cuyopresupuesto sea igual o mayor al de licitacin, las entidadesobligatoriamente determinarn el parmetro de calificacindenominado subcontratacin con MYPES o EPS, por el quese otorgarn cinco (5) puntos en la evaluacin de la oferta
L50
PR
OC
EDEN
CIA
Si fuera imposible aplicar los procedimientos dinmicos o en el caso que una vez aplicados dichos procedimientos, stos hubiesen sido declarados desiertos; el
presupuesto referencial entre 0,000002 y 0,000015 por PIE
(entre $ 68,601.27 mayor y $ 514.509,56)
Para contratar la adquisicin de bienes o servicios no normalizados, exceptuando los de consultora, cuyo presupuesto referencial entre 0,000002 y 0,000015 por PIE.
(entre $ 68,601.27 y $ 514.509,56)
Ejecucin de obras cuando el presupuesto referencial entre 0,000007 y 0,00003 por PIE
(entre $ 240,104.46 y $ 1029,019.11)
L50,52
COTIZACIN
Contratacin preferente a MIPYMES, SEPS preferentemente domiciliados en donde se ejecute el contrato
Invitacin a todos los proveedores inscritos en el RUP
Parmetros de calificacin valorados
Adjudicacin
Obras: total ; Bienes y Servicios: total o parcial
Entre la convocatoria y entrega de ofertas el plazo es de 7 20 das
L51
PR
OC
EDEN
CIA
Si fuera imposible aplicar los procedimientos dinmicos o en el caso que una vez aplicados dichos procedimientos, stos hubiesen sido declarados desiertos; el
presupuesto referencial resulta de multiplicar 0,000002 por PIE
(menor a $ 68,601.27)
Para contratar la adquisicin de bienes o servicios no normalizados, exceptuando los de consultora, cuyo presupuesto referencial resulta de multiplicar 0,000002 por PIE.
(menor a $ 68,601.27)
Ejecucin de obras cuando el presupuesto referencial resulta de multiplicar 0,000007 por PIE
(menor a $ 240,104.46)
En estas contrataciones de Bienes y servicios se privilegiaran la contratacin con micro y pequeas empresas, artesanos o profesionales, y sectores de la economa popular y solidaria preferentemente domiciliados en la circunscripcin territorial en
la que se ejecuta el contrato.
Los pliegos sern aprobados por la mxima autoridad o el funcionario competente de la entidad contratante.
Las contrataciones de bienes y servicios se podr contratar directamente para el efecto se contar con al menos tres proformas salvo el caso de manifiesta
imposibilidad.
Bienes y Servicios
L51,52 R58,59
L51,52 R58,59
Bienes y Servicios
Manifestacin de inters de oferentes
de origen ecuatoriano en 24
horas
Invitacin a MIPYMES y SEPS registradas en el
RUP
Registrar al menos 3 ofertas o cumplir el
ciclo Local Provincial - Nacional
Seleccin de un oferente para
participar en las siguientes etapas, si
no contesta se puede elegir a otro
de la lista
Aquellos proveedores que a la fecha de publicacin de un proceso de Menor Cuanta de Obras mantuvieran vigentes contratos de construccin de obra cuyas
cuantas individuales o acumulativas igualaran o superaran el monto de $ 240.104,46 no podrn participar en ningn procedimiento de menor cuanta de
obras hasta la entrega recepcin definitiva de el o los contratos vigentes.
Las contrataciones de obras se adjudicara al proveedor registrado en el RUP escogido por sorteo pblico
Manifestacin de inters con la oferta tcnica y la carta de aceptacin del presupuesto referencial. Verificacin de rasgos tcnicos y presupuesto
Los pliegos sern aprobados por la mxima autoridad o el funcionario competente de la entidad contratante.
Obras
L51,52 R58,59
L52.1 R60
Contratacin directa a un proveedor no necesario inscrito en el RUP
No son medio de elusin de procedimientos precontractuales
Emisin trimestral de informe sobre numero de contrataciones y nombres de contratistas
Si se detectare subdivisin de contratos el SERCOP pondr en conocimiento a los rganos de control
El SERCOP podr solicitar informes de nfima cuanta los mismo que deben ser enviados en 10 das trmino
Se exhorta a tener al menos tres proformas
L52.1 RE-INCOP-062-2012
Los bienes y servicios normalizados y no normalizados, as como obras que tengan por objeto la reparacin, refraccin, remodelacin, adecuacin,
mantenimiento o mejora de una construccin o infraestructura existente, cuyo monto de contratacin sea inferior a $6,860.13, debern ser adquiridos
tomando en cuenta las siguientes circuntancias, que no sean recurrentes:
Que no conste en Catlogo
Electrnico
Que su adquisicin no
haya sido planificada, por lo
tanto no se encuentre en el
PAC
Que aunque conste en el PAC, no constituyan un
requerimiento constante y recurrente durante el
periodo fiscal
En lo referente a alimentos, medicamentos y repuestos, el clculo de la cuanta se lo har individualmente, por cada compra
Alimentos y bebidas para alimentacin
humana y animal
Medicamentos siempre que no
sea posible emplear un
Rgimen Especial por razones de
oportunidad
Repuestos y accesorios
siempre que no sea posible emplear un
Rgimen Especial por razones de
oportunidad
Combustibles en operaciones
mensuales
Arrendamiento de bienes muebles e inmuebles
Contratacin del servicio de
seguros en cualquiera de
sus ramas
Ejecucin de Obra
L59.1RE-INCOP-047-2011
1. Requerimiento de asistencia tcnica al SERCOP en un termino no mayor a 15 das detallando lugar, monto, objeto y tipo de asistencia requerida.
2. mbito territorial de donde se va a utilizar el bien o prestar el servicio y donde se producen los bienes demandados, tomando en cuenta zonas de planificacin, provincias, cantones o parroquias.
3. Convocatoria a travs del portal y por medios de comunicacin social en el mbito territorial, caractersticas de:
- Especificaciones y caractersticas- Presupuesto referencial- Documentos de habilitacin en el RUP- Listado de documentos a presentar- Parmetros de evaluacin de ofertas- Cronograma del proceso
4. Socializacin de la feria inclusiva presencial o a travs otros mecanismos (correo o telfono)Si existe calificacin a la oferta econmica se debe presentar dos sobres
RE-INCOP-047-2011
Proveedores participantes
Cronograma
Comisin Tcnica
Control social
Procedimiento
Artesanos MIPYMES
SEPS
Convocatoria en el portal y medio de comunicacinPreguntas / respuestasCalificacin metodologa cumple/no cumple
Asociatividad, calidad y vulnerabildiad
Oferta Econmica
Veedura Ciudadana
L56 RE-INCOP-045-2010
Resolucin de Emergencia
Publicaciones de Emergencia
Informe de contrataciones: objeto, contratista, plazo y
monto (resultados obtenidos: logros)
Son aquellas generadas por acontecimientos graves
tales como:
Accidentes
Terremotos
Inundaciones
Sequas
Grave conmocin interna
Guerra Internacional
Catstrofes Naturales
Otras que provengan de fuerza mayor o caso fortuito
Una situacin de emergencias esCONCRETA, INMEDIATA, IMPREVISTA, PROBADA Y OBJETIVA
L58 R61,62,63
Necesidad de declaratoria de utilidad pblica o de inters social,
inscrita en Registro de la Propiedad.
Bsqueda de acuerdo directo (avalo comercial segn municipio competente); precio no mayor al 10% de tal avalo, si se llegar a pagar
un valor mayor se debe cancelar el impuesto de los anteriores 5 aos
Sin acuerdo, juicio de expropiacin (recepcin del precio ofrecido a cuenta del precio final). Avalo municipal es referencial para el juez.
Transferencia de dominio entre entidades publicas con una resolucin motivada firmada entre las mximas autoridades, rgimen de traspaso
de activos.
Entre entidades del Sector Pblico, si hay acuerdo, no se requiere de declaratoria o insinuacin (donaciones). Figuras vlidas: compra-venta,
permuta, donacin, compensacin de cuentas, traslado de partidas presupuestarias. Si no hay acuerdo, rgimen general.
L59 R64,65
Si se requiere arrendar, se publicarn los pliegos va Portal (SIE). Adjudicacin a la mejor oferta de entre oferentes inscritos, segn cumplimiento de
pliegos y canon (valores de mercado).
Celebracin por el plazo necesario, segn uso y destino, cabe renovacin por igual
periodo.
Si se requiere dar en arrendamiento, publicacin va Portal de los pliegos
(ubicacin, caractersticas, condiciones).
Adjudicacin al mejor postor (mejor precio y al menos dos aos de vigencia
del contrato).
Ser considerado como un servicio normalizado, por lo que se deber utilizar el procedimiento de subasta inversa
En la Normalizacin se deber considerar la naturaleza del bien , como las condiciones de servicio en si misma
En los pliegos se har constar:
* Especificaciones Tcnicas
* Condiciones del servicio
* Duracin
* Condiciones especificas de la presentacin del mismo
L108
L2 R68,69,70,71
Si no fue realizado por el portal la entidad tiene un mximo de 5 das para publicar
A travs del Registro Oficial No. 588 de 12 de mayo de 2009, el Presidente de la Repblica expidi el Decreto Ejecutivo No.1700, que contiene el RLOSNCP,
donde se establecen los procedimientos del Rgimen Especial.
El proveedor no domiciliado en el Ecuador bastara con la inscripcin electrnica sin habilitacin
El Rgimen Especial de contrataciones no es un rgimen de excepcin, las compras no se realizan por fuera del SNCP; las entidades contratantes deben
cumplir las reglas generales previstas en el Sistema.
L2 R72-80
SUBASTA INVERSA CORPORATIVA
SUBASTA INVERSA INSTITUCIONAL
CONTRATACIN DIRECTA
A TRAVES DE ORGANISMOS INTERNACIONALES
MEDICAMENTOS ESPECIALES
L2 R86,87
LA MXIMA AUTORIDAD EMITIR UNA RESOLUCIN FUNDAMENTADA, DEMOSTRANDO LA EXISTENCIA DE LA NECESIDAD.
LA MXIMA AUTORIDAD SOLICITAR LA CALIFICACIN POR PARTE DEL SEOR PRESIDENTE DE LA REPBLICA.
OBTENIDA LA CALIFICACIN FAVORABLE DISPONDR EL INICIO DEL PROCESO CON LOS PLIEGOS APROBADOS.
POR TRATARSE DE UN PROCEDIMIENTO PRECONTRACTUAL DESTINADOS PARA LA SEGURIDAD INTERNA Y EXTERNA, NO SER PUBLICADO EN EL PORTAL COMPRASPUBLICAS.
Por tratarse de una procedimiento precontractual de bienes, servicios, obras y consultora destinados para la seguridad interna y externa, no ser publicado en el portal
de COMPRAS PBLICAS
L2 R89,90,91
La Contratacin de estudios para la determinacin de estrategias comunicacionales e informacin orientada a generar criterios de comunicacin, informacin, imagen y publicidad.
La contratacin de productos comunicacionales, servicios, actividades y de los medios para la difusin de los mismos, destinados a la informacin de las acciones del Gobierno Nacional o de las entidades contratantes.
COMUNICACIN SOCIAL
CONTRATACIN DIRECTA
PROCESO DE SELECCIN
L2 R92
ASESORA Y PATROCINIO
JURDICO
Resolucin Fundamentada
En los pliegos se deber describir detalladamente las caractersticas del perfil profesional requerido,
formacin o experiencia en las reas materia del contrato
Invitacin al proveedor previamente seleccionado, convocndolo a una audiencia, y se suscribir un
convenio de estricta confidencialidad
Se realizara la recepcin de la oferta del proveedor invitado
Mediante resolucin motivada adjudicara la oferta o declarar desierto el proceso
Consultas puntuales y especficas que no superen $ 18.650,32 (0.0000005) anual y por profesional
L2 R93
OBRAS O ACTIVIDADES ARTSTICAS,
LITERARIAS O CIENTFICAS
Se realizarn de conformidad con el
siguiente procedimiento
Resolucin Motivada
Publicacin de la Resolucin
Enviar invitacin directa al proveedor seleccin
Se llevar acabo una audiencia de preguntas y aclaraciones, en el termino
de 3 das desde su publicacin
Recepcin de ofertas de proveedor invitado
La mxima autoridad adjudicara o declarar desierto mediante resolucin
motivada
L2 R94
REPUESTOS
Y
ACCESORIOS
Para: MantenimientoReparacin y/o
Repotenciamiento de Equipos y
maquinarias
Resolucin por razones de funcionalidad o necesidad tecnolgica
Se trata de la adquisicin de repuestos y accesorios con el fabricante o distribuidor
autorizado
Publicacin de la Resolucin
Enviar invitacin directa al fabricante o proveedor autorizado seleccionado
Se llevara acabo una audiencia de preguntas y aclaraciones en el termino de 3 das desde su
publicacin
Recepcin de ofertas del proveedor invitado
Resolucin o declaracin de desierto mediante resolucin motivada
L2 R95
Se observara el mismo procedimiento previsto para Repuestos
Caractersticas
Un solo proveedor en el mercado Puede implicar la contratacin del desarrollo o mejora de tecnolgicas ya
existentes en la entidad contratante La utilizacin de patentes o marcas exclusivas Tecnologas que no admitan otras alternativas tcnicas
L2 R96,97
CORREOS RPIDOS O COURIER
Con empresas de correos rpidos o
courier, distintos a la Empresa de Correos
del Ecuador
Resolucin Motivada
Publicacin de la Resolucin
Enviar invitacin directa a los proveedores seleccionados mnimo 2 y mximo 5
Se llevara acabo una audiencia de preguntas y aclaraciones en el termino de 3 das desde su
publicacin
Recepcin de ofertas del proveedor invitado
Resolucin o declaracin de desierto mediante resolucin motivada
L2 R98,99,100
CONTRATOS ENTRE
ENTIDADES PBLICAS O
SUS SUBSIDIARIAS
El estado con entidades del sector publico o
estas entre s
El estado o las entidades del sector
publico con:
Empresas cuyo capital suscrito pertenezca, por lo menos en 50% a entidades de derecho
publico
Las empresas subsidiarias de las sealadas anteriormente o las subsidiarias de estas
Las personas jurdicas, las empresas o las subsidiarias de estas, creadas o constituidas bajo cualquier forma jurdica, cuyo capital
pertenezca al estado en mayor al 50%
Entre si, las personas jurdicas, las empresas
o las subsidiarias de estas, creadas o
constituidas bajo cualquier forma
jurdica, cuyo capital pertenezca al estado en
mayor al 50%
L2 R101,102
Que celebren las instituciones financieras y de seguros en las que el estado o sus instituciones son accionistas nicos o mayoritarios estn reguladas por la Ley General de Seguros y dems disposiciones legales pertinentes y autorizadas por la Superintendencia de Bancos y Seguros, Sin que les sea aplicable las normar contenidas en el LOSNCP ni su reglamento.
CONTRATACIONES DEL GIRO
ESPECIFICO DE SU NEGOCIO
Las contrataciones de bienes, obras y servicios, incluidos los de consultora, diferentes a aquellas relacionadas con el giro especifico de sus negocios que celebren las instituciones financieras y de seguros en las que el estado o sus instituciones son accionistas nicos o mayoristas, se debern llevar a cabo siguiendo los procedimientos generales o especiales contemplados en su normativa propia y especifica
CONTRATACIONES DISTINTAS AL
GIRO ESPECIFICO DEL NEGOCIO
Art. 2 LOSNCP Art. 106 RLOSNCP
Las Contrataciones de bienes, obras y servicios incluidos los de consultora, requeridas para las actividades dentro de los sectores
estratgicos, podrn llevarse a cabo siguiendo el siguiente procedimiento:
1. La mxima autoridad de la entidad contratante o su
delegado emitir una resolucin fundamentada demostrando la
existencia de la necesidad especifica que le faculta acogerse al rgimen especial y solicitara la
calificacin por parte del Presidente de la Republica.
2. El Presidente de la Republica, de acoger la solicitud planteada por la mxima autoridad de la entidad contratante, dictara la reglamentacin especifica que
regir el procedimiento a seguir en cada caso
RE-INCOP-050-2011
Consulta en Catlogo Electrnico
Vehculos de Seguridad: blindados en cuyo caso se pide autorizacin al SERCOP para su adquisicin
Vehculos de trabajo de campo, trabajo general y transporte colectivo a travs de catalogo electrnico
Vehculos de aplicacin especial se adquirir primero a la subregional andina y luego a los pases que se tenga convenio, pidiendo autorizacin al SERCOP
Procedimiento:
Verificar la produccin nacional: capacidad de cumplir el contrato especificaciones tcnicas y calidad, parmetros obligatorios vigentes (Certificado de Produccin nacional)
Presentar solitud de autorizacin: certificado de produccin nacional, caractersticas tcnicas, precio y procedencia
Si es blindado: nombre del taller, caractersticas , tiempo de entrega)
DECRETO 519
Seguridad
Adquirir vehculos hbridos con dos motores uno elctrico y otro de combustinCosto FOB del vehculo $ 45,000.00
Trabajo de Campo
Trabajo en General
Transporte Colectivo
RE-INCOP-086-2013
Lneas Areas
a. nfima Cuanta
b. Contratacin interadministrativa (TAME)
c. Una aerolnea que cubra una ruta en especifico (Proveedor nico)
d. Varias aerolneas la misma ruta, procedimientos para bienes y servicios normalizados
Agencia de Viajes
Servicio no normalizado y no podr exceder de 5 proveedores
a. Ubicacin de rutas
b. Tiempos de viaje
c. Criterios de precios
d. Oportunidad del viaje
e. Cambio imprevisto de destino
f. Beneficios
g. Gestin de Adquisicin
h. Atencin a reclamaciones
i. Dems actividades
Servicios no normalizados con criterios de seleccin econmica obligatorios
Para pasajes internacionales se contara con al menos 3 proformas
RE-INCOP-090-2013
Adquisicin de Vehculos, Equipos de Computacin, Equipos de Impresin y Equipos Mdicos
Adquisicin y utilizacin de bienes
Subasta Inversa Electrnica o Rgimen Comn
Presupuesto referencial: costo del bien + servicio de mantenimiento (mano de obra, plan y visitas)
Si se entrega un anticipo es por el valor del bien
Oferta desglosado valor del bien y de los servicios con un plan de implementacin
Mantenimiento correctivo con informe y previa cotizacin
Pagos contra entrega de los bienes y servicios
RE-INCOP-085-2013
Adquisicin de Vehculos, Equipos de Computacin, Equipos de Impresin y Equipos Mdicos
Garantas Tcnicas
Adquisicin de bienes
- Reposicin inmediata
-Vigencia de garanta durante vida til
-Mantenimiento preventivo peridico
Reposicin temporal de bienes
Arrendamiento
- Reposicin inmediata
Vigencia durante plazo contractual
Mantenimiento preventivo peridico
Reposicin Temporal
Cobertura de repuestos
Procedimientos de ejecucin de garantas
Disposicin de talleres de servicios autorizados
Servicios con vigencia tecnolgica, aceptacin de inspeccin de bienes
Capacitacin al personal de la entidad mediante un plan y cualquier medio
RE-INCOP-094-2013
Uniformes destinados al uso de servidores pblicos
Femenino: 4 blusas y 2 ternos
Masculino: 4 camisas y 2 ternos
Se considerara nica y exclusivamente los textiles de origen ecuatorianos, solo si no se presentan oferentes
se podr realizar con textiles extranjeros
En la entrega recepcin el contratista entregara las facturas de compra para comprobar que los textiles sean
ecuatorianos
MAURICIO TRUJILLO LEON
CONTROLA LA EJECUCIN DEL CONTRATO
ETAPAS
ETAPAS O FASES DEL PROCEOS DE CONTRATACIN
Preparatoria Precontractual Contractual Ejecucin Liquidacin
FASE CONTRACTUAL
TRMINO PARA LA SUSCRIPCIN
Entidad Contratante 15 das Contratista Previsto en los pliegos o en la ley
Administrador notifica max. 15 das termino de la adjudicacin Consorcio o asociacin tendr 15 das adicionales para la formalizacin
NO SUSCRIPCIN Entidad Contratante El oferente requiere un nuevo trmino de 10 das Contratista La entidad contratante declara adjudicatario fallido
REQUISITOS DE LOS CONTRATOS 1. La competencia del rgano de contratacin2. La capacidad del adjudicatario (inhabilidad general o especial)3. La existencia de disponibilidad presupuestaria y de los recursos financieros
necesarios para el cumplimiento de las obligaciones4. La formalizacin del contrato siguiendo el debido proceso y los requisitos
constantes en el reglamento L68,69 R113
FASE EJECUCIN CONTRACTUAL
FASE DE EJECUCIN CONTRACTUAL
Debe cumplirse el objeto del contrato conforme a las clausulas del mismo Culmina con la expiracin del plazo de vigencia pactado, dentro del cual se verifica
la ejecucin del objeto contractual y el cumplimiento de las obligaciones pactadas.
PLAZO, SUSPENSION Y PRORRGAS
Plazo es un hecho futuro y cierto, dentro del cual se espera el
cumplimiento del objeto pactado. Para el computo se cuentan todos los das y
corre desde el da siguiente de suscripcin o de cumplida la condicin
establecida en la norma (R116)
Vigencia del Contrato. Constituye el periodo de
existencia jurdica del contrato y durante el cual
debe ejecutarse el compromiso adquirido por
las partes
Suspensin y prrroga. Supeditada a razones de caso fortuito o fuerza mayor para lo cual con previa aprobacin se suscribir las actas de iniciacin, de
suspensin y de reiniciacin
ADMINISTRACIN
DEL
CONTRATO
Los contratos contendrn y expresarn de manera especfica estipulaciones
relacionadas con las funciones y deberes de los administradores del
contrato
En el expediente se har constar hechos, actuaciones y
documentacin referente a pagos, contratos
complementarios, terminacin del contrato, ejecucin de las
garantas, aplicacin de multas, sanciones y recepciones.
En el L70: establece la obligatoriedad de que en todo
contrato conste una clusula que especifique las funciones del
administrador del contrato
En el L80: El administrador y el fiscalizador del contrato son responsables de la toma de
medidas necesarias para la correcta ejecucin del contrato y el cumplimiento de sus clusulas, cronogramas, plazos y costos
previstos
En el R121: El administrador del contrato velar por el cumplimiento del contrato, adoptar las acciones
que sean necesarias para evitar retrasos e impondr las multas y
sanciones a que hubiere lugar.
En el R124: establece que para la suscripcin de las actas de recepcin
provisionales y definitivas, el administrador del contrato debe ser parte de la Comisin
designada para suscribir el mencionado documento.
ADMINISTRACION DEL CONTRATO
RE-INCOP-095-2013
Funciones del Administrador y Fiscalizador
En las planillas de ejecucin de trabajos o avance de obra, se incluirn los resultados de verificacin de origen de los componentes y elementos (equipos, mano de obra, materiales y servicios) utilizados para la ejecucin de los trabajos a ser planillados, validado por la Fiscalizacin con base a la supervisin in situ de los trabajos, las facturas de provisin de materiales y servicios, y formularios de pago de aportes al IESS de la mano de obra.
En las actas de entrega-recepcin de las obras, parciales, provisional o definitiva, se incluya la declaracin del Contratista respecto de la aplicacin e implementacin de los resultados de los estudios de Desagregacin Tecnolgica y del Porcentaje de Participacin Ecuatoriana Mnimo a travs de los componentes de equipos, mano de obra, materiales y servicios.
ENTENDIENDO LAS CONSIDERACIONES PRINCIPALES DEL CONTRATO
Qu fin se persigue con el contrato?
Cmo supervisar el contrato?
Qu tipo de contrato debe ser emitido?
Cul debe ser el plazo de vigencia del contrato?
Qu tipos de mecanismos de pago debe existir?
Cmo negociar modificaciones contractuales?
Es de suma importancia que las preguntas sean debidamente contestadas como parte del proceso previo allanzamiento de la contratacin, ya que las consecuencias de un contrato mal diseado pueden exceder el valor delcontrato e incrementar su riesgo de ejecucin.
Qu fin se persigue con el contrato?
lo que el ente contratante pretende contratar
Una oferta clara por parte del oferente y una clara aceptacin de la entidad
contratante
la habilidad legal de ambas partes para contratar
el precio que el ente contratante se obliga a pagar al proveedor
un acuerdo claro entre las partes de los trminos y condiciones del contrato
Consideraciones relevantes claves a ser incluidas en los contratos
Consideraciones Claves S/No
Ha incluido la naturaleza de los bienes, servicios y obras a ser adquiridos?
Ha definido la cantidad a ser provista?
Ha specificado el precio unitario?
Ha determinado la vigencia del contrato?
Ha identificado las condiciones a ser satisfechas por el proveedor y por el contratante
Ha delineado los trminos de entrega y de pago?
Ha definido la moneda de pago?
Ha incluido el nombre y la direccin del proveedor?
Ha identificado los derechos y obligaciones del ente contratante y del proveedor?
Ha considerado el protocolo para la sustitucin de personal?
Ha incluido los aspectos apropiados y relevantes de la ley dentro del contrato?
Ha incluido las previsiones para la resolucin de conflictos?
Ha incluido los derechos de propiedad intelectual en los casos aplicables?
Cmo administrar el contrato?
La administracin del contrato implica la supervisin proactiva de todos losaspectos de la relacin entre el proveedor y el ente de contratacin, y losprocedimientos de control a ser aplicados a cada contrato deben formar parteintegral del contrato firmado.
Administracin contractual
Relaciones Prestacin de
servicios
Las actividades de supervisin pueden dividirse en tres reas
FIRMA DEL CONTRATO
Una vez Adjudicado el proceso de contratacin, se debe continuar con la suscripcindel respectivo contrato, para posteriormente realizar el registro del mismo en el Portal.Debe ingresar al Sistema, en la pantalla de "Informacin Proceso Contratacin" yseleccionar el enlace Registro de Contratos.
En ningn caso se podr iniciar la ejecucin del contrato sin la previa celebracin oformalizacin de los instrumentos correspondientes.
La Entidad notificar fecha para la suscripcin del contrato
15 DAS TRMINO
LUEGO DE LA ADJUDICACIN Se formaliza en
instrumento pblico
15 DAS ADICIONALES
PARA ASOCIACIN O
CONSORCIO
RGLOSNCP 113
Adjudicatarios fallidos
Se dispone la suspensin del RUP por 3 aos
Se adjudicada al oferente en segundo lugar en orden de prelacin
POR EL CONTRATISTA RGLOSCP
114El oferente puede demandar la correspondiente indemnizacin por daos y perjuicios (costos de preparacin y gastos financieros)
La entidad podr repetir contra el o los responsables del retardo por los perjuicios que sufra.
El oferente solicitar hasta mximo 10 das un nuevo trmino para la firma
Vencido el trmino podr solicitar se deje sin efecto la adjudicacin.
POR LA ENTIDAD CONTRATANTE RGLOSCP 115
2. Fase Precontractual
Publicacin del proceso
Etapa de evaluacin y adjudicacin
3. Fase Contractual
Negociacin y firma del Contrato
Planificacin del contrato
1. Fase de Preparacin Identificacin de Necesidad Estudio de mercado PAC Certificacin de fondos Anlisis del tipo de contratacin Preparacin de los pliegos
4. Fase de Administracin y Fiscalizacin
Actividades de evaluacin Ampliacin del plazo del
contrato. Liquidacin del contrato Administracin documental
Ciclo de vida del contrato
FORMALIZACIN DEL
CONTRATO
La competencia del rgano de contratacin
La capacidad del adjudicatario
Oferta ganadora
Formalizacin del contrato, siguiendo el
debido proceso
Pliegos
La existencia de la disponibilidad presupuestaria
Documentos derivados del
proceso de seleccin
La capacidad legal de una persona consiste enpoderse obligar por s misma, y sin el
ministerio o la autorizacin de otra. (Cdigo civil1461)
1. Los impberes2. La persona sordaque no pueda darsea entender demanera verbal porescrito o por lenguade seas2. Menores adultos,(Incapacidadrelativa )3. Prohibicin dealguna ley
Ninguna entidad u organismo pblico podrn contraer compromisos, celebrar contratos, ni autorizar o contraer obligaciones, sin la emisin de la respectiva certificacin presupuestaria. (Art. 115 Cdigo de planificacin )
ART. 68 LOSNCP Y 112 RG
FORMALIZACIN DEL CONTRATO
PROTOCOLIZACIN
ESCRITURA PUBLICA
ORDEN DE COMPRA Y
ACTA ENTREGA RECEPCIN
SUSCRIPCIN INSTRUMENTO
PRIVADO
FACTURA
Supera el contrato el monto de la licitacin
Bienes inmuebles
Los dems contratos
Menor Cuanta
Catlogo Electrnico
ART. 69
En ningn caso se podr iniciar la ejecucin del contrato sin la previa
celebracin o formalizacin de los
instrumentos expuestos en este artculo.
Norma 403-08 Todo pago corresponder a un compromiso devengado, legalmente exigible, con excepcin de los anticipos previstos en los ordenamientos legales y contratos debidamente suscritos
Los pagos estarn debidamente justificados y comprobados con los documentos autnticos respectivos;
Para estos efectos, se entender por documentos justificativos, los quedeterminan un compromiso presupuestario y por documentos comprobatorios,los que demuestren entrega de las obras, bienes o servicios contratados
Es la suma de dinero que se entrega al contratista para: Inicie con los gastos del objeto de la contratacin Financiacin de los bienes o servicios a prestar
En los contratos complementarios se podr contemplar el pago de anticipos en la misma proporcin del contrato
principal (art. 87 LOSNCP)
Existe la posibilidad de realizar pagos anticipados de planillas de acuerdo con el art. 75 de la LOSNCP
PAGO DEL ANTICIPO
Terminacin Unilateral por la Entidad El contratista tiene que devolver el monto del anticipo
no devengado en el trmino de 30 das de notificado la terminacin .
De no hacerlo en el tiempo previsto la Entidad ejecutar la garanta de anticipo por el monto no devengado
El no pago de la liquidacin en el termino sealado darlugar al pago de inters desde la fecha de notificacin,se imputar a la garanta de fiel cumplimiento.
Los anticipos entregados se reajustan no lasdevoluciones.
PAGO DEL ANTICIPO
C. PLANIFICACIN. Art 76
Art. 299, CONSTITUCIN
Los anticipos correspondientes a la contratacin pblica no pierden su calidad de recursos pblicos, hasta el momento de ser devengados; la normativa aplicable a la gestin de dichos recursos ser la que corresponde a las personas jurdicas de derecho privado, con excepcin de lo dispuesto en el tercer inciso del artculo 299 de la Constitucin de la Repblica.
Los recursos pblicos se manejarn en la banca pblica,
de acuerdo con la ley.
PAGO DEL ANTICIPO
MAURICIO TRUJILLO LEON
INFORMA Y SOLICITA LA TERMINACIN DE CONTRATOS
TERMINACIN DE CONTRATOS
Art. 82,83 LOSNCP
TER
MIN
AC
IN
DE
LOS
CO
NTR
ATO
S
Por cumplimiento de las obligaciones contractuales.
Por mutuo acuerdo de las partes
Sentencia o laudo ejecutoriados que declaren la nulidad del contrato o la resolucin del mismo
Por las causas generales establecidas en la Ley.
Por haberse prescindido de los procedimientos y las solemnidades legalmente establecidas.
Por haber sido adjudicados o celebrados por un rgano manifiestamente incompetente.
Por declaracin unilateral del contratante, en caso de incumplimiento del contratista
TERMINACIN UNILATERAL
Art. 94 LOSNCP
La Entidad podr declarar
terminada anticipada y
unilateralmente el Contrato
Incumplimiento del contratista.
Quiebra o insolvencia del contratista.
Que el valor de las multas supera el monto de la garanta de fiel cumplimiento del contrato.
Suspensin de los trabajos, por decisin del contratista, por ms de sesenta (60) das, sin que medie fuerza mayor o
caso fortuito.
Haberse celebrado contratos contra expresa prohibicin de esta Ley.
Cuando el contratista no hubiere accedido a terminar de mutuo acuerdo el contrato. Devolver anticipo en 30 dias
Fuerza mayor o caso fortuito comprobados
TERMINACIN UNILATERAL
Art. 96 LOSNCP
Causas Imputables a
la Entidad
Incumplimiento de las obligaciones contractuales por mas de 60 das
Por la suspensin de los trabajos por mas de 60 das dispuestos por la entidad sin que medie fuerza mayor o
caso fortuito.
Cuando los diseos definitivos sean tcnicamente inejecutables o no se hubieren solucionado defectos de
ellos
Cuando, ante circunstancias tcnicas o econmicas imprevistas o de caso fortuito o de fuerza mayor, debidamente comprobadas, la entidad no hubiere accedido a terminar de mutuo acuerdo el contrato
TER
MIN
AC
IN
PO
R M
UTU
O
AC
UER
DO
Cuando por circunstancias imprevistas
Tcnicas o econmicas
Causas de fuerza mayor o caso fortuito
No fuere posible o conveniente para los intereses de las partes, ejecutar total oparcialmente, el contrato, las partes podrn, por mutuo acuerdo, convenir en la extincin detodas o algunas de las obligaciones contractuales, en el estado en que se encuentren
Dicha entidad no podr celebrar contrato posterior sobre el mismo objeto con el mismo contratista
TERMINACIN DE LOS CONTRATOS
TERMINACIN UNILATERAL
Y ANTICIPADA R. 37
Si la ENTIDAD no autoriza la transferencia, cesin etc.., que represente el 25% o ms del
capital social del CONTRATISTA
NO NOTIFICARE A LA ENTIDAD transferencia, cesin, enajenacin de sus acciones,
participaciones o en general cualquier cambio de sus estructura en general, 5 das hbiles
despus de su cambio
Art. 78 LOSNCP
ACCIONES SE NEGOCIAN EN LA
BOLSA DE VALORES
BOLSAS DE VALORES QUE NO OPERAN EN EL
ECUADOR
BOLSAS DE VALORES QUE OPERAN EN EL ECUADOR
En cualquier proceso de
contratacin
En cualquier proceso de contratacin
Certificado de que sus acciones se cotizan en esa corporacin
Certificado de que sus acciones se cotizan en esa corporacin o declaracin
juramentada
Art. 78 LOSNCP
GENERALES
Quienes se hallaren incursos en lasincapacidades establecidas por elCdigo Civil, o en las inhabilidadesgenerales establecidas en la Ley
Quienes consten suspendidos en el
RUP
Los que, no habiendo estadoinhabilitados en el procedimientoprecontractual, al momento de celebrarel contrato, lo estuvieren
Los deudoresmorosos del Estadoo sus instituciones
ESPECIALES
Las personas naturales o jurdicas, incluidos susrepresentantes legales, que hubieren realizado los estudios,los diseos y los proyectos de ingeniera o arquitectura, quepresenten algn tipo de vinculacin respecto a los ejecutoresde las obras; y, los que hubieren elaborado lasespecificaciones de los bienes a adquirirse; salvo que elcontrato se refiera a fiscalizacin, supervisin, o actualizacinde los estudios, diseos o proyectos
Las inhabilidades generales y especiales tienen por funcin evitar conflictos de inters por la existencia de vnculos entre
el proveedor y las mximas autoridades de las entidades contratantes o de funcionarios que por sus competencias
posean informacin privilegiada respecto de un proceso de contratacin; asimismo, lo expresa el Art. 62 de la Ley y Arts.
110 y 111 del Reglamento .
Los que de manera directa hayanestado vinculados con laelaboracin, revisin o aprobacinde los pliegos, relacionados con elcontrato a celebrarse
Si se comprobare la intervencin de un oferente inhbil, ste
quedar eliminado del respectivo proceso precontractual, sin derecho a reclamo alguno.
INHABILIDADES
CO
NSE
CU
ENC
IAS
DE
LAS
INH
AB
ILID
AD
ES O
N
ULI
DA
DES
Si el proveedor incurre en una de las causales previstas, nopodr celebrar el contrato respectivo. Si se comprobare laintervencin de un oferente inhbil, ste quedar eliminadodel respectivo proceso precontractual, sin derecho areclamo alguno ni indemnizacin.
Si la celebracin del contrato causare perjuicio econmicoa la Entidad Contratante, sern responsables solidarios elcontratista y los funcionarios que hubieren tramitado ycelebrado el contrato, sin perjuicio de la sancinadministrativa y penal a que hubiere lugar. (Art. 64 de laLey)
Nulidad del contrato. Sern declarados nulos los contratosdebido a las causas generales establecidas por la Ley; porhaberse prescindido de los procedimientos y lassolemnidades legalmente establecidas y por haber sidoadjudicados o celebrados por un rgano incompetente; entales casos, el procurador general del Estado demandar lanulidad del contrato.
INHABILIDADES O NULIDADES
Se declara anticipada y unilateral el
contrato
No se reconoce indemnizacin al contratista
La Entidad se abstiene de
realizar pagos
Si causa perjuicio econmico a laEntidad, es responsable solidarios elcontratista, y los funcionarios quehubieren tramitado y celebrado elcontrato, administrativa ypenalmente.
CONTRATOS CELEBRADOS CON EXPRESA PROHIBICIN
Art. 64 LOSNCP y 1698 Cdigo civil
Por las causas generales establecidas en la Ley
Por haberse prescindido de los procedimientos y las solemnidades legalmente establecidas
Por haber sido adjudicados o celebrados por un rgano manifiestamente incompetente
El Procurador General del Estado tan pronto tenga conocimiento de cualquiera de estas irregularidades, demandar la nulidad del contrato, sin perjuicio de las
responsabilidades administrativa, civil o penal de los funcionarios o empleados por cuya culpa se hubiere causado la nulidad
NULIDAD DE LOS CONTRATOS
Art. 65 LOSNCP)
CES
IN
DE
CO
NTR
ATO
S Y
SU
BC
ON
TRA
TAC
IN
La cesin de contratos est prohibida por la LOSNCP, sin
excepcin (Art. 78).
La subcontratacin para la ejecucin parcial del contrato firmado es permitida, en los
siguientes trminos:
Las subcontrataciones que realicen las entidades
previstas en el numeral 8 del artculo 2 de esta Ley en calidad de contratistas,
observarn los procedimientos de seleccin previstos por la LOSNCP y su
reglamento general.
Artculos 78 y 79 de la LOSNCP; artculo 120 del Reglamento General de la
LOSNCP.
CESIN Y SUBCONTRATACIN
TRMINACIN UNILATERAL
La subcontratacin para la ejecucin
parcial del contrato firmado es permitida, en los siguientes
trminos:
Subcontratacin de ejecucin de obra, adquisicin de bienes y prestacin de servicios con personas naturales o jurdicas
registradas en el RUP, bajo riesgo y responsabilidad del contratista.
En el caso de servicios de consultora, se permite subcontratar nicamente las actividades que expresamente
se hayan establecido en los pliegos y que consten en la oferta adjudicada.
Si el contratista es extranjero, debe comprometerse a brindar capacitacin y transferir tecnologa a los
subcontratistas nacionales.
Las subcontrataciones se harn preferentemente con las pequeas y medianas empresas, segn la definicin del
artculo 16 del Reglamento General de la LOSNCP.
La subcontratacin no podrn superar el treinta por ciento (30%) del monto del contrato reajustado.
Por la subcontratacin, el contratista no pierde su responsabilidad respecto a la obligacin de cumplimiento del
contrato para con la Entidad Contratante.
SUBCONTRATACIN
Personas Naturales y Jurdicas
* Solo para las actividades expresamente establecidas en los pliegos
*Debe constar en la oferta adjudicada
Consultora
Observarn los procedimientos de seleccin previsto en la ley
Entidades previstas en el # 8 del art. 2
ESTAR HABILITADO EN EL RUPMXIMO EL 30%
REQUIERE AUTORIZACIN DE LA ENTIDAD
MAURICIO TRUJILLO LEON
PUBLICA MULTAS DE RETRASO E INCUMPLIMIENTOS
MULTAS
ANTICIPO
(No podr exceder del trmino de 30 das)
NEC
ESID
AD
52x1000 3x1000
4
3
1 x 1000 1x10002
1
1 2 3 4 5
IMPORTANCIA
Los contratos que se rijan por leyes especiales o querespondan a formatos regulados, tales como plizas deseguros, servicios bsicos, servicios de telecomunicaciones yotros, no observarn los formatos de los modelos de pliegosobligatorios, ni cumplirn con las clusulas obligatorias delSistema Nacional de Contratacin Pblica.
LOSNCP 71
Se cobra por el monto total del contrato
Se cobra por cada da de retraso en las obligaciones contractuales
Por incumplimiento de las dems condiciones contractuales
No aplica multa en caso fortuito o fuerza mayor (cdigo civil 1601)
MULTAS
MAURICIO TRUJILLO LEON
TRMITA PRORROGAS Y PUBLICA
El contratista solicita justificadamente
Fuerza mayor o caso fortuito
Bienes, obras o servicios
Aumento de las cantidades de obra estimada (Utilizando complementarios, diferencia entre cantidades de obra u ordenes de trabajo)
Obras Por suspensiones en los trabajos o cambios de las actividades previstas en el cronograma
Bienes, Obras o servicios
Si modifica el plazo total autoriza el Administrador y la mxima autoridad.
PRRROGA DE PLAZOS
Se llama fuerza mayor o caso fortuito, el imprevisto a que no es posible resistir,como un naufragio, un terremoto, el apresamiento de enemigos, los actos deautoridad ejercidos por un funcionario pblico, etc. (Cdigo civil art. 30)
Hechos de la naturaleza
CASO FORTUITO
Hechos realizados por el hombre
FUERZA MAYOR
FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO
MAURICIO TRUJILLO LEON
EJECUCIN DE GARANTA
Obligacin accesoria que garantiza el cumplimiento de la obligacin principal,
cuyo fin es asegurar el estricto cumplimiento de las obligaciones
contractuales por parte del contratista
Por regla general, la rendicin de las garantas que apliquen de acuerdo con la LOSNCP y su reglamento general, en cada caso, se considera requisito previo para la
suscripcin del contrato.
Las contrataciones entre el Estado y entidades del Sector Pblico, entre
entidades del sector pblico entre s, y aquellas mencionadas en el Art. 2, numeral 8 de la LOSNCP, constituyen la excepcin a
esta regla.
La LOSNCP establece expresamente las formas de rendir las garantas que por ley deben presentarse previamente a la firma
correspondiente
DE LAS GARANTAS Y LOS CONTRATOS
Garantas
GARANTIA VALOR ESPECIFICACIONES NO APLICA DEVOLUCIN / EXTINCIN
DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
5% VALOR DEL CONTRATO
En contratos de obra e integrales por precio fijo, garantiza adems obligaciones con terceros, debida ejecucin y calidad de materiales
Contratos de compra venta de inmuebles o adquisicin de
muebles entregados contra pago a contratos menores a 0,000002
del PIE
Recepcin definitiva de obra (real o presunta); firma de acta nica o estipulacin contractual en los
dems casos
POR ANTICIPO 100% VALOR DEL ANTICIPO
se reduce en proporcin a la amortizacin o recepcin
provisional de obras, bienes o servicios
anticipo devengado
TCNICA
100% REPOSICIN BIEN, PIEZAS Y/O PARTES. Si no hay
garanta del fabricante, se entregar una por igual valor
del bien segn las posibilidades establecidas en
la ley
aplica a contratos de adquisicin, provisin o instalacin de equipos, maquinaria, vehculos, u obras que
contemplen tal provisin o instalacin
Carta de crdito no es anticipo, su pago se condiciona a la
entrega recepcin de bienes u obras
Subsiste luego de la obligacin principal, estar en vigencia
segn contrato
CLASULAS DEL CONTRATO
L74,75,76 R77
Garanta incondicional, irrevocable y de cobro inmediato, otorgada por un banco o institucin financiera establecidos en el pas, o por intermedio de ellos;
Fianza instrumentada en una pliza de seguros, incondicional e irrevocable, de cobro inmediato, emitida por una compaa de seguros establecida en el pas.
Primera hipoteca de bienes races, siempre que el monto de la garanta no exceda del sesenta (60%) por ciento del valor del inmueble hipotecado, segn avalo catastral.
Depsitos de bonos del Estado, de las municipalidades y de otras instituciones del Estado, certificaciones de la Tesorera General de la Nacin, cdulas hipotecarias, bonos de prenda, notas de crdito otorgadas por el Servicio de Rentas Internas, o valores fiduciarios que hayan sido calificados por el Directorio del Banco Central del Ecuador.
Certificados de depsito a plazo, emitidos por una institucin financiera establecida en el pas, endosados por valor en garanta a la orden de la Entidad Contratante y cuyo plazo de vigencia sea mayor al estimado para la ejecucin del contrato.
FORMAS DE GARANTIAS (Art. 73 de la LOSNCP):
Ningn otro documento se considera como hbil para ser presentado como garanta del contrato. Es decir, el cheque, la letra de cambio, el pagar a la orden, el dinero en efectivo no deben ser
considerados como formas de garantizar el cumplimiento de obligaciones.
Para hacer efectiva las garantas, la entidad tendr preferencia sobre cualquier otro acreedor, sea cual fuere la naturaleza del mismo y el ttulo en que se funde su pretensin.
DE LAS GARANTAS Y LOS CONTRATOS
Toda garanta o aval emitido por parte de las entidadesdel sector financiero popular y solidario, para que seanaceptadas en los procesos de contratacin pblica,debern corresponder a entidades que hayan sidoautorizadas de manera expresa por la Superintendenciade Economa Popular y Solidaria para llevar a cabo dichasoperaciones contingentes.
BL: oficio No. SEPS-IFPS-2013-0775.
DE LAS GARANTAS Y LOS CONTRATOS
Su objetivo es dar seguridad respecto del cumplimiento del contrato y de las obligaciones que se contrajeren a favor de terceros, relacionadas con
el mismo.
En los contratos de obra y en los contratos integrales por precio fijo, garantiza el cumplimiento del contrato, las obligaciones contradas a favor de terceros, la debida ejecucin de la obra y la buena calidad de los materiales, asegurando con ello las reparaciones o cambios de aquellas partes de la obra en la que se
descubran defectos de construccin, mala calidad o incumplimiento de las especificaciones, imputables al proveedor.
El monto de esta garanta es equivalente en todos los casos al cinco (5%) por ciento del valor de contrato respectivo.
GARANTA DE FIEL CUMPLIMIENTO
DE LAS GARANTAS Y LOS CONTRATOS
En los contratos de obra o en la contratacin de servicios no normalizados, si la oferta econmica fuese inferior al presupuesto referencial en un
porcentaje igual o superior al (10%) de ste, la garanta de fiel cumplimiento se incrementar en un monto equivalente al (20%) de la diferencia entre el
presupuesto referencial y la cuanta del contrato.
No se exigir este tipo de garanta en los contratos de compraventa de bienes inmuebles y de adquisicin de bienes muebles que se entreguen al momento
de efectuarse el pago.
No se exigir esta garanta en los contratos cuya cuanta sea menor a multiplicar el coeficiente 0.000002 ( $ 68.601,27) por el Presupuesto Inicial del
Estado del correspondiente ejercicio econmico.
Con cargo a esta garanta se podr efectivizar las multas que le fueren impuestas al contratista.
DE LAS GARANTAS Y LOS CONTRATOS
GARANTA DE FIEL CUMPLIMIENTO
L19
DE LAS GARANTAS Y LOS CONTRATOS
GARANTA POR ANTICIPO
DE LAS GARANTAS Y LOS CONTRATOS
El contratista para recibir el anticipo, deber rendir
previamente garantas por igual valor del anticipo, que
se reducirn en la proporcin que se vaya amortizando aqul o se
reciba provisionalmente las obras, bienes o servicios
El monto del anticipo lo regular la entidad
contratante en consideracin a la naturaleza de la
contratacin
- En bienes y servicios hasta el 70%
- En obras hasta el 50%
La amortizacin del anticipo se efectuara en lo posible en las cinco primeras planillas,
propendiendo que el anticipo sea amortizado en
el mismo ejercicio presupuestado, en todo
caso, el anticipo no podr ser devengado en un
periodo superior a un ao.
En los contratos de adquisicin, provisin o instalacin de equipos, maquinaria o vehculos, o de obras que contemplen
aquella provisin o instalacin, para asegurar la calidad y buen funcionamiento de los mismos, se exigir una garanta del
fabricante, representante, distribuidor o vendedor autorizado.
Estas garantas son independientes y subsistirn luego de cumplida la obligacin principal, por el plazo establecido en los pliegos o en el contrato, plazo que deber tener relacin con
las caractersticas del bien garantizado.
Si la garanta tcnica no es entregada en los trminos sealados, el contratista entregar una garanta econmica.
DE LAS GARANTAS Y LOS CONTRATOS
GARANTA TCNICA DE BIENES
NORMA DE CONTROL403-12 Control y custodia de garantas
La tesorera de cada entidad pblica, ejercer un control adecuado y permanente de las garantas con el fin de conservarlas y protegerlas, en los siguientes aspectos: Las garantas presentadas deben corresponder a cualquiera de las formas de garantas contempladas en las disposiciones legales vigentes La recepcin de los documentos se efectuar previo al pago de los anticipos y se verificar que cumplan con los requisitos sealados en la ley. Custodia adecuada y organizada de las garantas. Control de vencimientos de las garantas recibidas.
La tesorera informar oportunamente al nivel superior sobre los vencimientos de las garantas a fin de que se tomen las decisiones adecuadas, en cuanto a requerir su renovacin o ejecucin, segn sea el caso.
DE LAS GARANTAS Y LOS CONTRATOS
DEVOLUCIN DE GARANTAS
La garanta de fiel cumplimiento emitida en contrataciones de
ejecucin de obra, se devolver al momento de la entrega recepcin
definitiva, real o presunta.
La garanta por anticipo se devolver cuando el desembolso
garantizado se haya devengado en su totalidad
La garanta tcnica se redimir segn las condiciones
establecidas en cada caso.
Toda garanta ser devuelta cuanto se hayan cumplido las condiciones que motivaron su emisin.
DE LAS GARANTAS Y LOS CONTRATOS
MAURICIO TRUJILLO LEONELABORA LA JUSTIFICACIN TCNICA Y SOLICITA APROBACIN DE LA MXIMA AUTORIDAD O SU
DELEGADO PARA CONTRATOS COMPLEMENTARIOS Y MODIFICATORIOS
En el caso de que fuese necesario ampliar, modificar o complementar una obra o servicio determinado
por causas imprevistas o tcnicas, debidamente motivadas con su
ejecucin, la Entidad podr celebrar con el mismo contratista sin licitacin o concurso, siempre que se mantengan los precios de los rubros del contrato original.
La suma total de las cuantas de los
contratos complementarios, no podrn exceder del
35 % del valor actualizado o reajustado
del contrato principal
El valor de los contratos
complementarios de consultora no
podr exceder del 70 % del valor actualizado o reajustado del
contrato principal
No procede la celebracin de
contratos complementarios para los de adquisiciones de bienes sujetos a esta
Ley
Si al ejecutarse la obra de acuerdo con los planos y especificaciones del
contrato se establecieren diferencias entre las cantidades reales y las que constan en el cuadro de cantidades estimadas en el contrato, la Entidad podr ordenar y pagar directamente
sin necesidad de contrato complementario, hasta el 25 % del
valor reajustado del contrato, siempre que no se modifique el objeto del
contrato.
La Entidad podr disponer, durante la ejecucin de la obra,
hasta el 10 % del valor actualizado o reajustado
del contrato principal, para la realizacin de
rubros nuevos, mediante rdenes de trabajo y
empleando la modalidad de costo ms porcentaje
CONTRATOS COMPLEMENTARIOS
DE LAS GARANTAS Y LOS CONTRATOS
CONTRATOS COMPLENTARIOS
RUBROS NUEVOS DIFERENCIA DE
CANTIDADES PARA OBRAS Y
SERVICIOS
Para ampliar, modificar o complementar una obra o servicio determinado por
causas imprevistas o tcnicas, debidamente motivadas
L88 hasta el 25% del valor reajustado del contrato
L89 Hasta el 10% del contrato principal reajustado
Contiene las firmas de las partes y de la fiscalizacin Constancia en un documento
suscrito por las partes
Hasta el 35% del valor reajusta del contrato
principal
CONTRATOS COMPLEMENTARIOS
CONTRATOS COMPLEMENTARIOS
MONTOS DE INCREMENTO DE OBRAArt. 87
CONTRATOS COMPLEMENTARIOS
CONTRATOS COMPLEMENTARIOS
Posterior a la suscripcin del contrato
Errores de redaccin del contrato (errores manifiestos de echo):
Transcripcin de formulas
Errores de clculo
Ortogrficos o de redaccin que puedan dar confusin a la interpretacin del mismo.
CONTRATOS MODIFICATORIOS
MAURICIO TRUJILLO LEON
REALIZA EL ACTA ENTREGA RECEPCIN DEFINITIVA
RECEPCIONES Y LIQUIDACIN
ADQUISICIN DE BIENES Y PRESTACIN DE SERVICIOS (INCLUYE CONSULTORA)
En estos contratos se prev una sola recepcin que tendr
el carcter de definitiva.
Recibido el objeto de la contratacin, deben devolverse las garantas otorgadas, salvo la
garanta tcnica
Puede pactarse la entrega de bienes o servicios por etapas o
de manera sucesiva,
En el caso de consultora, a la terminacin de los trabajos objeto del contrato, el consultor deber entregar un informe final provisional, que
podr ser observado por la entidad contratante, acogidas las observaciones se presentar el informe final definitivo.
EJECUCIN DE OBRA
En los contratos de ejecucin de obra (incluidos los contratos integrales por precio fijo), existirn dos recepciones,
una provisional y la otra definitiva.
La recepcin definitiva se producir en un trmino no menos a seis (6) meses de realizada la recepcin provisional total (o la ltima recepcin provisional parcial).
DE LAS GARANTAS Y LOS CONTRATOS
NORMAS COMUNES A
LA RECEPCIN Y
LIQUIDACIN
NEGATIVA A RECIBIR
Trmino de diez (10) das contados a partir de la solicitud de recepcin del contratista, o su vez de la Entidad, se producir la recepcin de pleno
derecho.
CONTENIDO DE LAS ACTAS DE
RECEPCIN
Las actas contendrn los antecedentes, condiciones generales de la ejecucin,
condiciones operativas, liquidacin econmica, liquidacin de plazos,
constancia de la recepcin, cumplimiento de las obligaciones contractuales,
reajustes de precios pagados o pendientes de pago y cualquier otra circunstancia que
se estime necesaria.
En las actas de recepcin provisional parcial, se har constar los datos
relacionados con la recepcin precedente. La ltima recepcin provisional incluir la informacin sumaria de todas las anteriores.
RECEPCIN Y LIQUIDACIN
LIBRO DE OBRA
Es el libro de control de la correcta ejecucin de la obra. Es el expediente cronolgico de la fase de ejecucin del contrato, que contiene las actuaciones, las observaciones, los criterios y las recomendaciones hechas por la supervisin y por el contratista, desde el inicio de la ejecucin hasta su culminacin.
En el caso de consultora, una vez que se hayan terminado todos los trabajosprevistos en el contrato, el consultor entregar a la entidad contratante elinforme final provisional; cuya fecha de entrega servir para el cmputo ycontrol del plazo contractual. Salvo que en el contrato se seale un tiempomenor, la entidad contratante dispondr de 15 das trmino para la emisin deobservaciones y el consultor de 15 das trmino, adicionales para absolverdichas observaciones y presentar el informe final definitivo. Dependiendo de lamagnitud del contrato, estos trminos podrn ser mayores, pero deben constarobligatoriamente en el texto del contrato.
El acta de recepcin definitiva ser suscrita por las partes, en el plazo previstoen el contrato, siempre que no existan observaciones pendientes en relacincon los trabajos de consultora y el informe final definitivo del estudio oproyecto.
CONSULTORA
RECEPCIN DEFINITIVA
CONTENIDO DE LAS ACTAS PROVISIONAL, PARCIAL Y DEFINITIVAS
Antecedentes
Condiciones Generales Ejecucin
Condiciones operativas
Liquidacin econmica
Liquidacin de plazos
Constancia de recepcin
Cumplimiento de obligaciones contractuales
Otros En las recepciones provisionales parciales, sehar constar como antecedente los datosrelacionados con la recepcin precedente. Laltima recepcin provisional incluir lainformacin sumaria de todas las anteriores.
RECEPCIN DEFINITIVA
RECEPCIONES PRESUNTAS
CONTRATISTA
Solicita el contratista la recepcin concluidos los trabajos
Si la entidad no formulare ningn pronunciamiento ni iniciare la recepcin, se entiende que la recepcin
se la realiz a pleno derecho
Un juez de lo civil o notario pblico notificar obligatoriamente se la
recepcin se produjo; La negativa del funcionario ser sancionado por el
Consejo de la Judicatura
La recepcin presunta producir como nico efecto la terminacin del contrato, dejando a salvo los
derechos de las partes a la liquidacin tcnico econmica
ENTIDAD CONTRATANE
En el caso de que se negaren expresamente a suscribir la s actas o despus de 10 das contado
desde le requerimiento formal dela Entidad
La realizar la mxima autoridad mediante resolucin motivada que ser notificada al
contratista
RECEPCIONES PRESUNTAS
L81
NORMAS COMUNES A
LA RECEPCIN Y
LIQUIDACIN
LIQUIDACIN DEL CONTRATO
En la liquidacin econmico contable del contrato se dejar constancia de lo ejecutado, se determinarn los valores
recibidos por el contratista, los pendientes de pago o los que deban
deducrsele o deba devolver por cualquier concepto, aplicando los
reajustes correspondientes.
Los valores liquidados debern pagarse dentro de los diez das siguientes a la
liquidacin; vencido el trmino causarn intereses legales y los daos
y perjuicios que justificare la parte afectada.
LIQUIDACIN DE CONTRATOS
MAURICIO TRUJILLO LEONRECEPTA INFORMES DEL FISCALIZADOR CON
OBSERVACIONES, MULTAS DE PLANILLAS Y REAJUSTE DE PRECIOS
Proponer al administrador del contrato la organizacin e infraestructura necesaria, para administrar o inspeccionar el proyecto en el sitio donde ste se construir.
Justificar tcnicamente los trabajos extraordinarios o las modificaciones que se tengan que realizar durante la ejecucin de las obras e informar al administrador del contrato para adoptar las decisiones
que correspondan
Control del avance fsico
Control de calidad
Control financiero de la obra
Medicin de la Obra Ejecutada
Planos de registro: Modificaciones realizadas en la obra
Se puede designar varios fiscalizadores de acuerdo a la complejidad de los trabajos a realizar
Se definen en las especificaciones tcnicas
Comprende las condiciones generales
(atribuciones del fiscalizador) y
especificaciones
Constituyen la base para que la administracin y el
contratista, definan el mtodo de trabajo para
cumplir con las condiciones estipuladas
FISCALIZACIN
NORMA 408-10)
ADMINISTRADOR: Verificar que se ejecute loplaneado con lo programado, pero sin tomar partedirectamente en la ejecucin rutinaria de lastareas que aseguren su cumplimiento
FISCALIZADOR O SUPERVISOR: Verificar que seejecute lo planeado con lo programado, perotomando parte directamente en la ejecucinrutinaria de las tareas que aseguren sucumplimiento
ADMINITRACIN / FISCALIZACIN
REAJUSTE DE PRECIOS
En principio, los contratos de ejecucin de obra, adquisicin de bienes o
prestacin de servicios cuya forma de pago responda al sistema de precios
unitarios, podrn reajustarse.
Los contratos de consultora tambin se pueden reajustar, independientemente de su modalidad de contratacin.
Reglamento General de la LOSNCP prev (artculo 131, inciso segundo) que el derecho a percibir el reajuste
es renunciable.
Para la aplicacin de frmulas de reajuste, los precios e ndices de precios sern los establecidos por el Instituto Nacional de Estadsticas y Censos INEC-, o por otra
entidad previa calificacin del INEC.
DE LAS GARANTAS Y LOS CONTRATOS
Si se requiere fabricar equipos y accesorios fuera del pas, para incorporarlos definitivamente al proyecto, y el pago respectivo se pacte en moneda distinta a la de curso legal en el Ecuador, se
podrn elaborar frmulas para reajustar esos pagos, tomando como base los precios o ndices de precios de otro pas, calificados previamente por el INEC
Se entiende como componente principal el que independientemente o agrupado segn los pliegos, tenga mayor incidencia en el costo total de la obra; No pueden existir ms de diez componentes
principales
En las frmulas contractualmente establecidas deben constar las cuadrillas tipo que apliquen, sobre la base de los precios unitarios de la oferta adjudicada, definiendo el nmero de trminos segn los componentes considerados como principales, y el respectivo valor de sus coeficientes
Ante la variacin de los precios unitarios establecidos en los contratos de ejecucin de obra, si no se ha renunciado al reajuste, cabe reajustar los costos, a travs de la aplicacin de frmulas
matemticas que obligatoriamente debern constar en el contrato, aplicacin que considerar los componentes principales y la localizacin de la obra
REAJUSTE DE PRECIOS EN OBRA
MAURICIO TRUJILLO LEON
REVISA EL INFORME DE LIQUIDACIN ECONMICA EMITIDA POR EL FISCALIZADOR Y SOLICITA PAGO
NORMAS COMUNES A LA RECEPCIN Y LIQUIDACIN
MAURICIO TRUJILLO LEON
REALIZA Y PUBLICA ACTA ENTREGA RECEPCIN PARCIAL, PROVISIONAL Y DEFINITIVA
NORMAS COMUNES A LA RECEPCIN
Bienes, servicios y consultora
Una sola recepcin definitiva
Obras Recepcin provisional
y definitiva
Obras, bienes y servicios
Puede recibirse parcialmente
RECEPCIONES
Art. 81 LOSNCP
RETENCIN INDEBIDA DE P
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