DERECHO AMBIENTAL
domingo, 25 de marzo de 2012
DERECHO INTERNACIONAL DEL MEDIO AMBIENTE
Nuestro sumario: O. Introduccin; 1. Concepto; 2. Justificacin del Derecho Internacional; 3. Clasificacin
de los problemas ambientales; 4. Objetivos del Derecho Internacional del Medio Ambiente; 5. Fuentes; 6.Naturaleza; 7. Tipo de Derecho; 8. Informes cientficos; 9. Antecedentes del Derecho Internacional del
Medio Ambiente; 10. Caractersticas de los acuerdos convenidos antes y despus del 1900; 11. Las etapasdel Derecho Internacional del Medio Ambiente; 12. Otra clasificacin descriptiva de los antecedentes; 13.
Antecedentes formales y reales; 14. Los puntos de referencia del derecho ambiental internacional; 15.Conferencia de Estocolmo de 1972; 16. Carta Mundial de la Naturaleza, 1982; 17. Conferencia de Ro,1992; 18. Cumbre para la Tierra +5; 19. Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible del 2002; 20.
Clasificacin de los Tratados Internacionales sobre Medio Ambiente; 21. Caractersticas de DerechoInternacional del Medio Ambiente; 22. Principios rectores del Derecho del Medio Ambiente Internacional;23. Organizaciones del Derecho Internacional del Medio Ambiente; 25. Bibliografa; 26. Direcciones.
Introduccin
Nuestra primera preocupacin es definir el concepto de Derecho internacional del medio ambiente. Antes de
llegar a calificar nuestro objeto de trabajo como una ciencia, nos proponemos sealar sus antecedentes.
Avisamos que en trmino prctico, se desarrolla en la centuria del siglo XX y en trmino normativo, a finales
del mismo siglo. Ya es un axioma el enunciado "el tema ambiental es una preocupacin del mundo". Pero si
necesitamos evidencias tenemos los tratados internacionales celebrados hasta el momento
Por otra parte, deseamos expresar nuestra postura acerca de la posibilidad de un medio ambiente mejorado en
el mundo, nos inscribimos en la concepcin escptica acerca de que eso acontezca y parto inductivamente de
Pgina principal
los escassimos aportes de nuestras autoridades y polticos de turno para que eso ocurra. Las conductas de
ellos se desenvuelve con profundo pragmatismo y la verdad de los resultados se enfoca en el hombre, no en la
naturaleza. Podemos cambiar de concepcin, pero conforme a las conductas generales nuestras tal es mi sentir
actualmente.
Nuestros objetivos: Que el alumno: Identifique las caractersticas del Derecho internacional del medio
ambiente; Reconozca las experiencias e informes como medios para producir Derecho; Se provea de sus
antecedentes; Se oriente con los principios para validar las polticas nacionales.
DESARROLLO
1.- Concepto
El Derecho Internacional del Medio Ambiente es la ms nueva rama del Derecho Internacional Pblico de donde
emergen los derechos y obligaciones de los sujetos internacionales con respecto a los principios y normas
organizados por los estados para proteger el medio ambiente (1).
Una definicin positivista similar a la que conocemos del Derecho en general y que asegura el Derecho
ambiental nos la da Charles Alexander Kiss (2). Charles la califica de rama del derecho internacional que
comprende aquellas normas jurdicas internacionales cuyo propsito es proteger el medio ambiente y que tiene
por objetivo la proteccin de la biosfera de un deterioro mayor que podra poner en peligro su funcionamiento
presente y futuro. Conforme a esta definicin, la proteccin del medio ambiente, en general, y la biosfera, en
particular, es el propsito y objetivo del Derecho internacional del medio ambiente.
Por su parte, Agustina Jaimes Rodrguez ve en el Derecho Internacional Ambiental una escuela de pensamiento
jurdico que integran los Estados para crear normas reguladoras de conductas que conserven el medio
ambiente y el equilibrio de los ecosistemas para las futuras generaciones (3).
2. Justificacin del Derecho internacional
La causa general que justifica este Derecho es el deterioro
del medio ambiente y la disminucin de los recursos
naturales. Hay citados tres factores que producen ese
deterioro y disminucin: demogrficos, cientficos y
tcnicos, y multiplicacin de las actividades humanas (4).
a. Demogrfico
El mundo desaparecer en la medida que siga creciendo la Ser esta la causa de desaparicin del mundo?
poblacin mundial y se agoten los recursos naturales que
demanda. Cualquiera es testigo y participa del mismo pesimismo incontrolable.
b. Avances cientficos y tcnicos
El dao ambiental no ha parado desde el inicio de la
agricultura hace 8000 aos antes de J. C. (5) o desde la
segunda mitad del siglo XVIII cuando inicia el proceso
industrial (6).
Ahora en muchas partes del mundo tenemos un color de
cielo denso y gris y la preocupacin de que estamos
perforando la capa de ozono.
c. Actividades humanas
El hombre ha multiplicado sus actividades y ha llegado a penetrar los fondos marinos y los polos terrestres. De
dnde sustraen el petrleo que aparece sobre el mar? Aqu un recuerdo fatal del resultado de la extraccin de
petrleo en Mxico, en el ao 2010. Un resultado del accidente de la plataforma petrolera Deepwater Horizon.
3. Clasificacin de los problemas ambientales
Los problemas ambientales internacionales se clasifican en problemas de primera y segunda generacin,
similar a la clasificacin de los derechos humanos de primera, segunda y tercera generacin (7).
De primera generacin
Tal vez la imagen sugiera la idea de que los problemas de esta primera generacin son aquellos que afectan el
agua, aire y suelo. En todo caso, los problemas de este tipo proceden de actividades industriales o de
actividades relacionadas con pobreza o subdesarrollo.
Vctimas de Chernbil
Segunda generacin
Los problemas de segunda generacin comprenden la lluvia
cida, agotamiento de la capa de ozono, calentamiento
global, deforestacin y desertificacin, fenmenos stos que
representamos en las siguientes imgenes (8).
Desertificacin
Lluvia cidaAgotamiento de la capa de ozono
Calentamiento global
Otros problemas son la preservacin de la biodiversidad, trfico internacional de productos, desechos txicos y
peligrosos, y la cuestin de la proteccin del medio ambiente en tiempos de conflictos armados [9].
Deforestacin, resultado de la instalacin de la Barry Gold en Bonao, Rep. Dom.
En el bosque hay ms individuos, no somos los nicos
Hay trfico internacional de productos
La funcin principal es proteger el medio ambiente, pero no con medidas individuales como las que
corresponden a cada ciudadano. Sino otras que evitan abordar el problema unilateralmente y limita la
soberana de los Estados.
Desechos txicos
Si pas una vez, puede repetirse: Hiroshima y Nagasaki
4. Objetivos del Derecho Internacional del Medio Ambiente
Tambin crear principios generales, polticas ecolgicas, instituciones y ordenamientos jurdicos necesarios
para regular la conducta ecolgica de la comunidad internacional; armonizar las relaciones jurdicas entre los
Estados de su habitat; conservar el medio ambiente y el equilibrio de los ecosistemas para las futuras
generaciones.
El derecho internacional ambiental se introduce a travs de los tratados y actos internacionales, cualquier
instrumento jurdicamente vinculante, derecho consuetudinario, decisiones de las organizaciones
internacionales, declaraciones guas y recomendaciones.
El Derecho a un medio ambiente sano es un derecho
humano, tiene carcter supranacional. Su principal funcin,
abordar los problemas ambientales. Cmo lo hace?
Promoviendo la coexistencia y cooperacin entre los
Estados, y limitando el ejercicio de sus soberanas.
5. Fuentes
6. Naturaleza
7. Tipo de Derecho
Gro Harlem Brundtland
Informe Brundtland. Informe
socio-econmico elaborado por
distintas naciones en 1987 para la
ONU, por una comisin
encabezada por ella.
Convenimos en que las actividades legislativas que tienen como
objeto proteger el medio ambiente y los recursos naturales, estn muy influidas
por informes cientficos sobre dichos temas (11).
Tales informes han revelado el impacto a los recursos naturales y
medio ambiente y la necesidad de llevar a cabo un replanteamiento de la cultura
de desarrollo interno de cada pas y del mundo.
El inters buscado consiste en frenar la contaminacin que a gran
escala provocan la explotacin irracional e insostenible de los recursos
naturales.
Las actividades que producen contaminacin a gran escala son las
extracciones de minera, petrleo y nuclear.
El Derecho internacional es un producto de las experiencias que de esas
actividades han tenido pases del mundo y de los informes elaborados por
cientficos en diferentes temas relacionados con el medio ambiente y los
recursos naturales.
El Derecho Internacional del Medio Ambiente es cooperativo
porque su mbito de aplicacin depende del grado de
homogeneidad en los valores y los intereses comunes de los
Estados soberanos (10).
Las preocupaciones del medio ambiente se desarrollan y organizan en diferentes etapas. Las diferencias entre
ellas estar determinada por la conciencia que en su momento realicen los estados, gobiernos y el hombre en
general sobre la relacin entre desarrollo y ambiente y entre actividades econmicas y deterioro ambiental.
Naturalmente, que la conciencia se realiza sobre situaciones tericas y prcticas, tericas como las que derivan
de los descubrimientos cientficos y sus posibles consecuencias, y tan prcticas como los impactos que el sector
petrleo y nuclear han implicado (12).
Un derecho humano8. Informes cientficos
9. Antecedentes del Derecho internacional del medio ambiente
10. Caractersticas de los acuerdos convenidos antes y despus del 1900
Antes del 1900
Las caractersticas de estos acuerdos: a) Trataban aspectos determinados, por ejemplo, fronteras acuticas,
navegacin (Rin y Danubio); derechos de pescas en reas costeras. b) Eran bilaterales o cubran pequeas
regiones.
Despus del 1900
Aparecen los acuerdos:
a) Convencin de Pars, 1902 (14); b) Convencin de 1911 sobre Focas; c) Convencin de 1916 para la
Proteccin de las Aves Migratorias entre Estados Unidos y Canad; d) Convencin de Washington, 1940 (15); e)
Convencin Ballenera de 1946.
Sus caractersticas:
a) Sectoriales o bilaterales; b) Limitados a una sola problemtica o recurso; c) Limitados a controlar la sobre
explotacin de una especie en particular; d) De concepcin romntica (16).
Tales caractersticas correspondan hasta comienzo de los ltimos 30 aos del siglo XX, cuando se inicia
formalmente el Desarrollo del Derecho internacional del medio ambiente.
Ahora, nos vamos con las cuatro etapas que describe Jorge Cabrera Medaglia para que podamos conocer los
antecedentes del Derecho Internacional del Medio Ambiente.
Primera etapa
El primer perodo se inicia con el recurso pesca sobre el cual se celebraron acuerdos bilaterales. Este perodo
concluye con la creacin de la Organizacin de Naciones Unidas en 1945.
Caractersticas:
a) Los acuerdos son bilaterales; b) Determinados recursos, tales como ros, ocanos, conservacin de la vida
11. Las etapas del Derecho Internacional del Medio Ambiente
silvestre (pesca, pjaros, focas); c) Los instrumentos legales se enfocaban en la conservacin de ellos; d)
Toma de conciencia de los efectos sobre la flora y la fauna, el agua utilizada por la industrializacin y la
implementacin por necesidad de medidas de proteccin.
En general, los esfuerzos de stos tratados se caracterizaron porque eran soluciones a posteriori, de objetivos
y mbitos de aplicacin limitados.
A este perodo corresponde las convenciones: a) Para combatir la sobreexplotacin de los recursos pesqueros;
b) Para la Proteccin de Diferentes Especies de Animales en frica de 1900; c) Para la Proteccin de los Pjaros
tiles para la Agricultura de 1902; d) Tratados Fronteras Marinas entre Estados Unidos y Canad de 1909 que
implic control de la contaminacin.
Tambin corresponde a este perodo la creacin del Comit Consultivo para la Proteccin Internacional de la
Naturaleza, constitudo en Berna en 1913 por 17 pases y adems se desarrollaron dos casos de arbitrajes sobre
el medio ambiente.
El primer aviso lo constituye el libro de Rachel Carson Silent Spring, publicado el 27 de noviembre de 1962
(17). Rachel aprovecha el panorama de industrializacin que usa materias primas como si stas no tuvieran
lmites. Este panorma comprende las agresiones al planeta a travs de las cuales el hombre busca el progreso y
su bienestar social sin detenerse a pensar en los lmites de los recursos naturales y las consecuencias al medio
ambiente en general. Rachel Carson dramatiza las consecuencias de un progreso incontrolado y su texto tiene
valor de grito de alerta para la humanidad que ignora las consecuencias consumistas a que ha sometido el
planeta. La voz de alerta de la obra de Rachel pasa a nivel de alarma institucional con las primeras respuestas
y mecanismos de accin surgidas, a partir de 1968, en Gran Bretaa.
De esas primeras preocupaciones surge el programa MAB (Man And Biosphere) en noviembre de 1971. Por otra
parte, en Pars se reunen varios pases y organismos internacionales (FAO, OMS, IUCN y la UNESCO). En la
reunin de Pars se elabora el diseo de una estrategia cuyos objetivos fueron: a) Utilizar racionalmente y
conservacin de los recursos de la Biosfera; b) Mejorar la relacin global entre el hombre y el medio; c)
Predecir las consecuencias de las acciones de hoy al mundo del maana.
Estaba claro que para lograr tales objetivos haba que proporcionar los conocimientos de Ciencias Naturales y
Sociales necesarios.
Segunda etapa
Inicia donde termin la anterior, con la creacin de la ONU, y termina en 1972.
Citamos de esta etapa, la Declaracin sobre la lucha contra la contaminacin del aire, del 8 de marzo de 1968,
emitido por el Consejo de Europa.
Justamente, el 3 de diciembre de ese mismo ao la Asamblea General de las Naciones
Unidas convoca la Conferencia Mundial sobre el Ambiente que tendra lugar en Estocolmo
en 1972.
Tambin, debemos citar el Club de Roma que aos antes hubo emitido su informe Los lmites al crecimiento.
Sobre la formacin de conceptos
Hay conceptos que derivan de realidades concretas y otros del acto de comprender la interdependencia de los
recursos naturales.
Un concepto del primer tipo es el concepto de daos fronterizos que llegamos a conocer con nuestros sentidos y
otros del segundo tipo son recursos naturales compartidos y cuencas internacionales.
El objeto del particular concepto de daos fronterizos sera consolidado por los sectores petroleo y nuclear.
Un caso de dao fronterizo es el llamado Trail Smelter Fall abordado por el Derecho internacional y resuelto por la
Comisin Arbitral, especialmente conformada por los Estados Unidos y Canad en 1941.
Caractersticas
a) Se crean instancias con competencias ambientales indirectas; b) Se elaboran instrumentos legales regionales
y multilaterales sobre fuentes especficas de contaminacin y conservacin de recursos naturales
(contaminacin de hidrocarburos, pruebas nucleares, humedales, etcetera).
Tercera etapa
Perodo que transcurre entre el ao de la Conferencia de Estocolmo de
1972, hasta la reunion de Ro de Janeiro de 1982.
Caractersticas
a) A travs del Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente, hay respuestas coordinadas a los
problemas ambientales; b) Se adoptan convenciones globales y regionales relevantes; c) Se prohbe por vez
primera la produccin, consumo y comercio internacional de ciertos productos, v. gr. los desechos peligrosos,
especies de vida Silvestre.
Cuarta etapa
Se extiende desde la reunin de Ro hasta el momento.
Caractersticas
a) Preocupacin por las actividades ambientales jurdicas y polticas.
b) Ms conceptualizacin y estudios sistemticos del Derecho y los fenmenos ambientales.
12. Otra clasificacin descriptiva de los antecedentes
Marco Antonio Besares Escobar describe con otros trminos y en tres partes esos antecedentes.
Las tres partes son: a) Antes del siglo XVIII, remotos; b) Siglo XIX en adelante, menos remotos; c) Final siglo
XX, los primeros convenios.
Remotos
Hay disposiciones sencillas sobre control de ruido producidos por carruajes como la producida por el Rey Julio
Csar (18), o la del Rey Eduardo 1 en 1273 para controlar el humo de las chimeneas de las industrias inglesas
que iniciaban su desarrollo (19), o la cdula botnica de 1783 que expidi la corona espaola con el objeto de
estudiar la flora y la fauna de las colonias dominadas por ella (20).
Menos remotos
Estos antecedentes son la creacin de juntas provisionales de agricultura y comercio creadas por Simn Bolvar
y por l mismo la del ao 1825 para proteger vicuas en Per. Otra junta de ese mismo ao es aquella que
protega la conservacin y proteccin de las aguas, la fauna y los bosques de la sabana de Colombia (21).
Primeros convenios
Durante el final del siglo XX aparece el Derecho internacional ambiental como normativa, muy especialmente
debido a la Cumbre de Estocolmo (22). Son pactos entre instituciones o gobiernos.
Se distinguen:
a. El celebrado en Francia, el 19 de marzo de 1902, conocido como la Convencin de Pars, sobre la proteccin
de las especies de aves tiles para la agriculura; b. El celebrado en el 1909 para controlar la contaminacin de
los ros de Canad, suscritos entre Estados Unidos e Inglaterra; c. El celebrado en el 1911, en Washington,
convenido por Inglaterra, Japn y Estados Unidos, cuya finalidad era proteger las focas; d. El celebrado en
Londres en el 1933 para la conservacin de la fauna y frora en frica; e. El celebrado el 12 de octubre de 1940,
en Washington, para la proteccin de la flora, la fauna y las bellezas panormicas.
Caractersticas y fin de esos convenios
Las caractersticas de esos tratados, segn Marco Antonio
Besares Escobar, son:
a) De enfoque econmico; b) De aplicacin sectorial; c) De
efectos ligeramente constructivistas; d) De perspectivas
antropocntrica (el hombre no pertenece a la naturaleza); e)
Hay la premisa que las conductas de los nacionales de un
Estado pueden producir daos ambientales a Estados
limtrofes.
Ms tarde, en la dcada de los aos sesenta, las caractersticas son
otras: ya se acepta que el ecosistema es global, que el hombre pertenece a la biosfera y tiene relacin con la
naturaleza.
Soy el centro del universo
13. Antecedentes formales y reales
En esta poca, el medio ambiente interesa tanto a las ciencias naturales como a las sociales, econmicas y
polticas y visto de esta forma pasa a ser una disciplina holstica.
Ya tenemos la certeza que una actividad ambiental daosa perjudica a otros Estados, no importa la distancia.
14. Los puntos de referencia del Derecho ambiental internacional
Entre las dcadas de finales de los 60 hasta 1992, suceden los tres puntos de referencia del Derecho ambiental
ms importante. Luego de estos tres, sucede una cuarta Cumbre celebrada en el ao 2002.
Las dcadas de las que resulta el Derecho ambiental son: a) Primera, la de final de los 60 con la Declaracin de
Estocolmo de 1972; b) Segunda, con la Carta de la Naturaleza de 1982; c) Tercera, con la Cumbre de Ro de
1992, comprende la Cumbre para la Tierra + 5; d) Cuarta, la Cumbre Mundial para el Desarrollo Sostenible,
2002.
Llamada Carta Magna o Declaracin de Estocolmo, considerada como el
primer documento internacional ambiental, la trascendental discusin sobre el
tema ambiental produjo 26 principios que constituye la gua del Derecho
Internacional del Medio Ambiente.
Estructura
Los cuatro instrumentos para tratar los problemas ambientales son:
1. La Declaracin de Estocolmo (26 principios).
2. Plan de Accin para el Medio Ambiente, que se realiza con el programa de evaluacin ambiental, las
actividades de administracin ambiental, las medidas de apoyo.
3. La Creacin del PNUMA, rgano del Sistema de Naciones Unidas para Asuntos Ambientales.
15. Conferencia de Estocolmo, 1972
4. El Fondo Ambiental Voluntario.
Principios consagrados
1. De igualdad
Los Estados y las personas son iguales en derechos y deberes.
2. Desarrollo sustentable (23).
La ciencia, mtodos y tcnicas hacen posible que el desarrollo econmico sea compatible con el desarrollo
social y el medio ambiente.
3. De soberana estadual sobre los recursos naturales propios
Los Estados pueden explotar y cuidar racionalmente sus recursos naturales.
4. No interferencia
Las actividades ambientales de un Estado no deben perjudicar a otro.
5. Responsabilidad compartida
Significa que los Estados asuman la responsabilidad de sus actos cuando stos daen la ecologa de otro
Estado.
6. Cooperacin internacional
Los Estados deben colaborar entre s en las actividades relacionadas con el medio ambiente, teniendo en
cuenta los intereses de cada uno.
PNUMA
El PNUMA, programa creado por la Conferencia de
Estocolmo, es el organismo especializado de la ONU que se
encarga de los problemas ambientales.
Los tres programas especializados del PNUMA son:
1. Sistema de Control del Medio Ambiente o The Global Monitorin System (GEMS).
Este particular programa cumple con el objetivo de ofrecer las informaciones a ms de 142 pases sobre los
temas de clima, atmsfera, ocanos, recursos naturales renovables, contaminacin transfronteriza y otros.
2. Registro Internacional de Sustancias Txicas o The Internacional Register of Potencially Toxic Chemicals
(IRPTC), que tiene como funcin proporcionar medidas de seguridad adecuadas sobre sustancias txicas.
3. Infoterra (Word-Wide data network) (25), que ofrece las informaciones ambientales a los gobiernos,
empresas e investigadores.
Firmada el 28 de octubre del mismo ao, es resultado de la observacin de que la sociedad internacional y las
potencias desarrolladas descuidaron el tema de la naturaleza. Se propone conservar y preservar la naturaleza
de la destruccin y mal manejo provocado por las actividades humanas, con el fin de que las generaciones
presentes y futuras disfruten de un ecosistema mejorado.
Finalidades
Las finalidades de la Carta Mundial de la Naturaleza son:
1. Planificar el desarrollo econmico y social. 2. Mantener los recursos naturales. 3. Rehabilitar las zonas
daadas por el hombre. 4. Controlar las descargas de sustancias txicas. 5. Controlar y prevenir los desastres
naturales, las plagas y las enfermedades a travs de la eliminacin de las causas que provengan. 6. Difundir la
enseanza ecolgica en la educacin general. 7. Asegurar el financiamiento para la conservacin de la
naturaleza.
16. Carta Mundial de la Naturaleza, 1982
O Cumbre de la Tierra, concluye que los Estados deben exigir que el desarrollo alcanzado por cada uno
compense el medio ambiente.
En ella surgen cinco instrumentos internacionales.
Los instrumentos de la Conferencia de Ro son: 1. Convencin Marco de las Naciones Unidas para el cambio
climtico. 2. Convencin de la Diversidad Biolgica. 3. La Agenda 21. 4. Los Principios no Vinculante sobre los
Bosques. 5. La Declaracin de Ro con sus 27 principios del Derecho Internacional Ambiental.
Esta Cumbre tuvo lugar en el 1997, durante un perodo extraordinario de sesiones de la Asamlea General. Su
objetivo fundamental consisti en la ejecucin del Programa 21 que se aprob en la Cumbre de 1992. Hubo
diferencias y deliberaciones intensas acerca de cmo financiar en el mundo el desarrollo sostenible.
Los acuerdos arribados fueron los siguientes: 1. Reducir la emisin de los gases de efecto invernadero
adoptando objetivos jurdicamente vinculantes, causantes de los cambios climticos. 2. Fortalecer el desarrollo
de las modalidades sostenibles de produccin, distribucin y utilizacin de la energa. 3. Priorizar la
erradicacin de la pobreza, requisito previo del desarrollo sostenible.
[1] http://www.cinu.org.mx/temas/des_sost/conf.htm en este enlace aparece el Centro de Informacin de las
Naciones Unidas que describe lo ocurrido en dicha Cumbre. Por el lugar donde se realiz es conocida como
Cumbre de Johanesburgo que al igual que la anterior tuvo inters en el Programa 21, la misma se llev a cabo
en el Centro de Congresos de Sandton y parallamente se realiz un foro no gubernamental. Lo que hizo
especial esta Cumbre de la otra fue la adopcin de compromisos concretos con relacin a dicho programa y al
desarrollo sostenible que deseaba lograrse.
El encuentro estuvo precedido de consultas y reuniones preparatorias regionales y subregionales con el inters
de evaluar las oportunidades y desafos que entraa el desarrollo sostenible. Otro inters era establecer
prioridades, iniciativas y compromisos necesarios para alcanzarlo. El punto que concentr la atencin lo fue el
programa intergubernamental y tambin los sectores de la poblacin compremetidos con el desarrollo
sostenible.
Tales sectores, tambin incluidos en el Programa 21, son:
Empresa e industrias; Nios y jvenes; Agricultores; Pueblos indgenas; Autoridades locales; Organizaciones no
gubernamentales; Comunidades cientficas y tecnolgicas; Mujeres; Trabajadores; Sindicatos
Segn sea el problema o recurso protegido, tenemos Tratados sobre: 1. El mundo marino; 2. Contaminacin del
aire y la degradacin de la atmsfera; 3. Hbitat, especies y diversidad biolgica; 4. Contaminacin de ros y
lagos; 5. Emergencias radiolgicas provenientes del uso pacfico de energa nuclear; 6. Productos txicos y
qumicos y de otros desechos peligrosos, incluyendo desechos nucleares; 7. Problemas de interferencia con el
17. Conferencia de Ro, 1992
Los 5 instrumentos
18. Cumbre para la Tierra + 5
19. Cumbre mundial sobre el Desarrollo Sostenible del 2002
20. Clasificacin de los Tratados Internacionales sobre Medio Ambiente
medio ambiente y su degradacin por actividades militares y otras relacionadas; 8. Salud humana en los
lugares de trabajo; 9. Medio ambiente en general;
Tratado marco
Cuando el instrumento trata varios asuntos o aspectos convenidos se dice que es un tratado marco.
Este Derecho es esencialmente de rden pblico, es un derecho-deber, colectivo e individual, de temperamento
herdito, humano, habilita acceso a la informacin pblica y se preocupa por buscar constantemente el
equilibrio. Dicindolo de otro modo, tiene un mbito mundial, es interdisciplinario, dinmico, convencional,
participativo.
Principios rectores del medio ambiente
Hay dos tipos: 1) Las de carcter general incluidas en el sistema de las Naciones Unidas. Por ejemplos: PNUMA,
con sede en Nairobi, Kenia; OMS, UNESCO; y 2) Las destinadas a sectores concretos creados por tratados
internacionales especficos, rganos de las grandes convenciones internacionales de medio ambiente.
Primer tipo
El PNUMA, organizacin de carcter general, tiene ramificaciones en Mxico para Amrica Latina y el Caribe;
tiene a su cargo la red de formacin ambiental; y tiene representacin en Jamaica, a travs del programa
(CAR-RCU).
Otras:
OMS, u Organizacin Mundial para la Salud.
21. Caractersticas del Derecho Internacional del Medio Ambiente
22. Principios rectores del Derecho del Medio Ambiente Internacional
23. Organizaciones del Derecho Internacional del Medio Ambiente
OMI, u Organizacin Martima Internacional.
UNESCO, u Organizacin de las Naciones Unidas para la Educacin, la Ciencia y la Cultura.
COI, u Comisin Oceanogrfica Internacional de la UNESCO.
BM, u Banco Mundial (Banco Internacional de Reconstruccin y Fomento), que gestiona con el PNUMA y el PNUD
el Fondo para el Medio Ambiente Mundial (FAM), tambin conocido como Global Environment Facility (GEF).
AIEA, o Agencia Internacional para la Energa Atmica (AIEA).
GESAMP, o Grupo de Expertos y Aspectos Cientficos de la Contaminacin Marina.
IPCC, o Grupo Internacional para el Cambio Climtico que agrupa a las Agencias con incidencia en esta
materia.
Segundo tipo
Dentro de este estn los rganos permanentes creados por los convenios internacionales. Tales son: 1)
Secretara Permanente; 2) Conferencia de las Partes; 3) Comit Cientfico y Tecnolgico.
Su misin consiste en dar seguimiento a los compromisos contrados por las Partes. Los convenios de Viena
para la Proteccin de la Capa de Ozono y de Basilea sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los
Desechos Peligrosos y su Eliminacin, son algunas de esas responsabilidades.
Otras
Tambin las organizaciones gubernamentales y no gubernamentales. Cito muy especialmente a la Unin
Internacional para la Conservacin de la Naturaleza (UICN), porque agrupa ms de 1,000 organizaciones
gubernamentales y no gubernamentales. De estos dos tipos de organizaciones, las no gubernamentales (ONGs)
desempean un rol importante en la lucha por la conservacin del medio ambiente, con actividades y
propuestas de investigacin y educacin de las masas.
25. Bibliografa
[1] http://www.acaderc.org.ar/doctrina/articulos/fuentes-del-derecho-internacional-del-medio (29-09-2011), en este enlace se
desarrolla las fuentes formales del Derecho Internacional del Medio Ambiente (DIMA).
[2] Citado por Dr. Marco Antonio Besares Escobar, Derecho Penal Ambiental, Escuela Nacional de la Judicatura, Rep.
Dom., pg. 47.
[3] Garca Saavedra, Jos David, y Jaimes Rodrguez, Agustina. Derecho ecolgico mexicano. (Mxico, Universidad de
Sonora, 1998), p. 52, citado por Dr. Marco Antonio Besares Escobar, Derecho penal ambiental, Escuela Nacional de la
Judicatura, Rep. Dom., pg. 48.
[4] Besares Escobar, Marco Antonio: Derecho penal ambiental, Escuela Nacional de la Judicatura, Rep. Dom., pg. 47.
[5] http://www.pais-global.com.ar/oh/oh09.htm, (29-09-2011) en este enlace se muestra un mapa que informa el ao y lugar
cuando y donde se inici la agricultura, y en este otro http://lacomunidad.elpais.com/biotecnologiaagraria/2007/10/23/de-
donde-salieron-primeros-tomates- (29-09-2011) se describe mejor su origen.
[6] http://www.monografias.com/trabajos14/revol-industrial/revol-industrial.shtml (29-9-2011) enlace que describe el
proceso industrial.
[7] http://es.wikipedia.org/wiki/Tres_generaciones_de_derechos_humanos, que distingue tres tipos de derechos humanos,
el primero asociado a la libertad y la vida poltica, el segundo, a la igualdad que son los sociales, econmicos y culturales, y
el tercero, el derecho a la solidaridad como el derecho a un medio ambiente sano.
[8] Garca Saavedra, Jos David, y Jaimes Rodrguez. Agustina. Derecho ecolgico mexicano. Mxico, Universidad de
Sonora, 1998, pg. 52.
[9] Andrnico O. Adede. Digesto de Derecho Internacional Ambiental. Secretara de Relaciones Exteriores. Mxico. 1995.
[10] Fiedmann, W. General Course In Public Internacional Law. R des C. T 172 (1969, II) pp. 99 y 100.
[11]http://www.inredh.org/archivos/libros/estudio_comparado_derecho_ambiental.pdf, este enlace es la ruta al trabajo de
ngel Saavedra Estudio Comparado de Derecho Ambiental, nfasis en parmetros de calidad y lmites mximos
permisibles dentro de actividades extractivas.
[12] Como ejemplos, en el sector petrleo, el naufragio del petrolero Torrey Canyon, que provoc un derrame y
considerables daos en las cosatas francesas, belgas e inglesas, aceler la producicn de una normativa especfica a cuya
cabea se ubica la Convencin de Burselas de 1969; y en el sector nuclear, el desastre de Chernobyl, (Leonardo Fabio
Pastorino, bis, pg.70).
[13] Cabrera Medaglia, Jorge: El impacto de las declaraciones de Ro y Estocolmo sobre el ambiente y los recursos
naturales, http://www.odd.ucr.ac.cr/phocadownload/impacto-declariaciones-rio-y-estocolmo.pdf, 9-10-2011.
[14] Leonardo Fabio Pastorino seala como primer antecedente la Convencin de Pars para la Proteccin de las especies de
aves tiles para la agricultura, celebrada el 19 de marzo de 1902 (Fabio Pastorino, Leonardo: El dao al ambiente, LexisNexis,
Buenos Aires, 2005, pg. 69.
[15] Otra convencin de mbito americano, que tena por objeto la proteccin de la flora, la fauna y las bellezas
panormicas, 12 de octubre de 1940 (Fabio Pastonio, Leonardo, bis, pg. 69).
[16] Romantica en el sentido de que no vislumbra ni la integracin y pertenencia del hombre a la misma ni la relacin entre
desarrollo y ambiente y entre actividades econmicas y deteriorio ambiental (Misma obra de Leonardo Fabio Pastorino,
pg. 69).
[17] http://www.naturayeducacion.com/educacion_ambiental/historia.asp, en este enlace se desarrollan ideas acerca de la
historia de la educacin ambiental.
[18]http://www.dgt.es/was6/portal/contenidos/documentos/la_dgt/recursos_humanos_empleo/oposiciones/TEMA_001.d
oc, (21/03/2011) Serafn Snchez Fernndez te habla de esta particular norma.
[19] http://www.buenastareas.com/ensayos/Contaminaci%C3%B3n-Del-Aire/547041.html, (21/03/2011) este enlace tiene la
informacin sobre el tema de la contaminacin atmosfrica en el 1273.
[20] http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=17231 (21/03/2011), otra norma remota sobre flora y
fauna.
[21] Efran Prez. Ob cit. Pg. 38.
[22] La Conferencia de Naciones Unidas sobre Medio Ambiente Humano, constituy la primer gran Cumbre en el seno de
las Naciones Unidas dedicada a lidiar con los problemas ambientales ms importantes en ese momento y para muchos
genera adems el inicio del derecho internacional ambiental, el cual a su vez ha marcado una pauta importante en la
construccin de leyes, polticas e instituciones nacionales en cada uno de los pases de Amrica Latina como se mostrar a
lo largo de este trabajo (Cabrera Medaglia, Jorge: El impacto de las declaraciones de Ro y Estocolmo sobre el ambiente y
los recursos naturales, Documento de Trabajo, Mayo 2001.
[23] Como preocupacin, este principio tiene su origen oficial en el Club de Roma (1968), cuando altas personalidades de
diferentes pases se renen para promocionar un crecimiento econmico estable y sostenible de la humanidad. Muy
importante sealar, el informe Los lmites del crecimiento publicado en el 1972, el cual proyecta los resultados de la
evolucin humana hasta el 2100 de comportarse de la misma manera que lo ha estado haciendo hasta ahora: la bsqueda
del crecimiento econmico en el presente siglo producira una drstica reduccin de la poblacin por la contaminacin,
prdida de tierras cultivables y la escasez de recursos energticos, pero el trmino Desarrollo Sustentable es usado por
primera vez en el informe o reporte socio-econmico denominado Nuestro Futuro Comn ms conocido como Informe
Brundtland - elaborado por distintas naciones en 1987 para la ONU, este informe fue preparado por una Comisin
encabezada por la Dra. Gro Hralem Brundtland y aparece definido como el Derecho que satisface las necesidades del
presente sin comprometer las necesidades de las futuras generaciones. (Saavedra, ngel: Estudio comparado de derecho
ambiental, pg. 14, enlace http://www.inredh.org/archivos/libros/estudio_comparado_derecho_ambiental.pdf).
[24] http://www.pnuma.org/ aqu la pgina Web del PNUMA.
[25] http://www.unep.org/infoterra/ enlace del portal de Infoterra, Oficina que tiene por objeto ofrecer informaciones a
gobiernos, empresas e investigadores sobre temas de medio ambiente.
26. Direcciones
Juan de Dios Deschamps Flix en 18:11
[1] http://www.pnuma.org/ aqu la pgina Web del PNUMA.
[2] http://www.cinu.org.mx/temas/des_sost/conf.htm mismo enlace.
[2] http://www.estrucplan.com.ar/articulos/verarticulo.asp?idarticulo=1306 (29-09-2011) este enlace es de fuente argentina y
describe diferentes caractersticas del Derecho ambiental que se ajustan al trmino tratado.
[4] Noboa, Zeida: Derecho internacional del medio ambiente, Mdulo II, Curso de Derecho Penal Ambiental, pg. 63.
[5] Mateo, Ramn Martn: Manual de derecho ambiental. Editorial Trivium. 2. Ed. Espaa, 198, pg. 91 y 92.
[6] http://www.pnuma.org/, este es el enlace de PNUMA.
[7] http://www.who.int/es/, este es el enlace de la Organizacin Mundial para la Salud.
[8] http://www.imo.org/Pages/home.aspx, este es el enlace de la Organizacin Martima Internacional.
[9] http://www.unesco.org/new/es/unesco/ ste es el enlace de la UNESCO.
[10] http://www.unesco.org/new/es/natural-sciences/about-us/single-
view/news/the_intergovernmental_oceanographic_commission_turns_50/ seccin del enlace de la UNESCO que nos habla
del COI, programa creado en el ao 1960.
[11] http://www.bancomundial.org/ enlace del Banco Mundial.
[12] http://www.iaea.org/About/ ste es el enlace de la Agencia Internacional para la Energa Atmica.
[13] http://www.ipcc.ch/ ste es el enlace del Grupo Internacional para el Cambio Climtico.
[14] http://www.iucn.org/es/ enlace de la Unin Internacional para la Conseravacin de la Naturaleza (UICN).
[15] http://ong.tupatrocinio.com/medio-ambiente-republica-dominicana-c16-p5.html en este enlace se halla un conjunto de
organizaciones ambientales no gubernamentales de la Repblica Dominicana.
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