Barquisimeto Septiembre del 2016
UNIVERSIDAD FERMÍN TOROVICE-RECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICASESCUELA DE DERECHO
Catedra. Derecho Internacional Privado
Autor
Goar. A Giménez. R
CI. V-20,670,734
Domicilio como Factor de ConexiónY
Persona Física en el Derecho Internacional
Privado
El Domicilio como Factor de Conexión
Factor de Conexión
Unidad Necesidad Fijeza
Marco Legal
Teoría Clásica Teoría Concreta
Características
Tipos de Domicilio
Teorías sobre la Naturaleza del Domicilio
Definición de Domicilio
Síntesis de la Presentación
Persona Física en el Derecho Internacional Privado
Tema 7 Tema 8
Extinción de la Personalidad del Ser Humano
Muerte Propiamente
Dicha
Muerte Declarada
Inicio de la Personalidad del Ser Humano
Clasificación de Domicilio
Teorías sobre la Naturaleza del DomicilioTeoría Clásica: El domicilio no es un lugar, sino que
una noción abstracta que supone una relación jurídica
entre el sujeto y el lugar, por lo cual la persona se le
considera siempre presente en dicho lugar.
Teoría Concreta: El dominio es un lugar concreto en
que la Ley supone que la persona se encuentra
siempre para los efectos jurídicos.
Definición de Domicilio
Para Aubry et Rau el domicilio es la relación jurídica
entre una persona y un lugar donde ejercita sus
principales derechos, y cumplen sus deberes.
Tipos de Domicilios
Domicilio Político
Indica el lugar en donde una
persona ejerce sus derechos civiles,
aunque conserve la calidad de
extranjero. Este se divide en los
siguientes:
Domicilio Civil
Especial
Domicilio Civil
General
Domicilio Civil
Es el lugar donde un individuo
esta de asiento, o donde ejerce
habitualmente profesión u oficio.
Este se divide en los siguientes:
Residencia
Habitación
Domicilio Voluntario
Funcionarios Públicos
eclesiásticos o seculares.
Militares en Servicio Activo.
Sociedades, Corporaciones,
establecimientos, y asociaciones
autorizadas por la Ley o el Gobierno.
Compañías con múltiples
Sucursales
Transeúntes y/o de ejercicio ambulante.
Incapaces en el de su
representantes.
Sucesión en I Domicilio que
tenia el difunto.
Clasificación del Domicilio según el
Código Civil
Marco Legal sobre el Domicilio Cuerpos Legal Artículos
Código Civil Venezolano
Cuerpo Jurídico
(CCV)
Art. 27: El domicilio de una persona se halla en el lugar donde
tiene el asiento principal de sus negocios e intereses.
No Obstante el domicilio se encuentra presente en los
siguientes artículos del 28 al 36, del mismo cuerpo legal
Ley de Derecho
Internacional Privado (LDIP)
Art. 11: El domicilio de una persona física se encuentra en el
territorio del Estado donde tiene su residencia habitual.
Art. 15: Las disposiciones de este articulo se aplican siempre
que esta ley se refiera al domicilio de una persona física y, en
general cuando el constituye un medio de determinar el
Derecho Aplicable o la Jurisdicción de los tribunales.
Asimismo es mencionado en los Artículos 12, 13, y 14.
Fijeza: El domicilio, aunque no es inmutable, es la sede
jurídica más estable, en especial no varía con cualquier
cambio de habitación o residencia.
Necesidad: Todas las personas adquiere un
domicilio al nacer y lo conservan mientras no lo
cambien, aunque esta definición difiere de la mayoría
de los autores franceses.
Unidad: El Código Civil Venezolano, acoge el principio
de la unidad del domicilio, como «El asiento principal de
los negocios e intereses».
Característica del Domicilio
Factor de Conexión
Es aquel elemento esenciales que conectan un
problema o relaciona con el Derecho Internacional
Privado, con un ordenamiento jurídico determinado.
El objetivo final es decir vincular una persona, cosa,
situación, relación jurídica, entre otro con el
ordenamiento jurídico nacional específicos que las
regule.
Una de las mas importantes modificaciones de
la Ley de Derecho Internacional Privado, es la
sustitución del principio de la nacionalidad por el
principio del domicilio.
• Estado• Cap
acidad
• Relaciones Familiares y Sucesoras
Mediante esta se establece
el factor de conexión decisivo
en materia de:
Dicha modificación se ajusta a las realidades
demográficas, económicas, y Sociales de
Venezuela.
Vincula a la persona y un lugar determinado
que no supone necesariamente un asiento
temporal fijo o permanente.
Vincula un hecho físico de connotación
temporal, como la residencia habitual o la
residencia principal.
No hay presencia de elemento extranjero.
Hay presencia de elemento extranjero.
Termina la Esclavitud y la Capacidad total de Derecho del Escenario Jurídico
Declaración de los Derechos Humanos
Seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derecho
Pacto de San José Costa Rica y Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos.
Ser humano (Persona)
El Ser humano Tiene derecho al reconocimiento de su personalidad Jurídica.
Persona Física en el Derecho Internacional Privado
Comienza legalmente la existencia de las Personas
Surgen los derechos que pueden obtener el concebido no nacido y el fallecido recién
nacido.
Inicio de la personalidad del Ser Humano
El Derecho Venezolano, acoge en principio la teoría de la
vitalidad
«Narciturus» (El que habrá
de nacer)
«Conceptus» (Cuando esta aun por concebir)
«Concepturus» (El que habrá de ser concebido)
Extinción de la Personalidad del Ser Humano
•La personalidad del ser humano, se extiende o dura hasta el
momento de su Muerte, por cuanto luego de ésta desde el punto
de vista jurídico lo que se obtiene es un cadáver.
•Existen normas legales relacionadas a la inhumación y
funerales, con lo que se obtiene la certeza de la muerte y los
medios para hacer respetar el cuerpo del fallecido.
•La extinción de la personalidad no impiden que se realicen
ciertos actos a favor de los descendientes de otros parientes o
de terceros en general.
Bonnecase (S/F) considera que la
personalidad física puede o no coincidir
con la vida humana, ya que en ciertos
casos la personalidad física tiene más
duración que la vida humana.
Al igual que el inicio de la personalidad,
en el Derecho Internacional Privado, su
extinción se determina conforme a la Ley
personal del domicilio al tiempo de la
muerte.
Muerte Propiamente
Dicha
Sistema de Premoriencia
El orden de las muertes se determina mediante la presunción de que sobrevive el más fuerte.
Sistema de Conmoriencia
La falta de pruebas se considera que todas las personas murieron al mismo tiempo.
Muerte Declarada
Ausencia PresuntaPersona desaparecida de su último
domicilio, y/o que no se tenga noticias de la persona.
Ausencia Declarada Persona ausente presuntamente durante dos años.
Muerte PresuntaPersona ausente por un espacio de
diez años desde que fue declarada, o si han transcurrido cien años desde su nacimiento.