DERECHO VIGENTE,
POSITIVO Y NATURAL
Ana Sofía Narro Vallejo
DERECHO OBJETIVO Y SUBJETIVO
EL Derecho, en su sentido objetivo, es un conjunto de normas.
La autorización concedida al pretensor por el precepto es el derecho en sentido subjetivo.
DERECHO VIGENTE Y POSITIVO
Orden jurídico vigente es el conjunto de normas imperativo-atributivas que en una cierta época y un país determinado la autoridad política declara obligatorias.
Al orden vigente le pertenecen los preceptos de caracter generico que integran la jurisprudencia obligatoria y las normas individualizadas.
Derecho vigente y positivo suelen ser empleados como sinonimos.
La vigencia es atributo puramente formal, el sello que el Estado imprime a las reglas jurídicas.
La costumbre no aceptada por la autoridad política es derecho positivo, pero carece de validez formal.
Para que una ley pierda su vigencia (total o parcialmente) es indispensable que otra ulterior la abrogue o debrogue.
EL derecho natural se le da un orden intrínsecamente justo, que existe al lado o por encima del positivo.
El natural vale por si mismo, en cuanto intrínsecamente justo; el positivo es caracterizado atendiendo a su valor formal, sin tomar en consideración la justicia o injusticia de su contenido.
DERECHO POSITIVO Y DERECHO NATURAL
Sócrates refiere las exigencias del derecho natural a la voluntad divina, y distingue las
leyes escritas, o derecho humano, de las no escritas e inmutables, establecidas por la
divinidad.
SIETE POSIBILIDADES DE LAS AREAS COMBINADAS
• 1. Derecho formalmente válido, sin positividad ni valor intrínseco.
• 2. Derecho intrínsecamente valioso, dotado ademas de vigencia o validez formal, pero carente de positividad.
• 3. Derecho intrínsecamente válido, no reconocido por la autoridad política y desprovisto de eficacia.
Derecho Formalmente 2Válido 1
3 Derecho Intrínsecamente
Válido
4 5 6
7Derecho Positivo
• 4. Derecho formalmente válido, sin valor intrínseco, pero provisto de facticidad.
• 5. Derecho positivo, formal e intrínsecamente válido.
• 6. Derecho intrínsecamente válido, positivo, pero sin validez formal.
• 7. Derecho positivo (consuetudinario), sin vigencia formal ni validez intrínseca.
Derecho Formalmente 2Válido 1
3 Derecho Intrínsecamente
Válido
4 5 6
7Derecho Positivo
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