1DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
DIARIO OFI CIAL
S U M A R I O
1REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL
TOMO Nº 402 SAN SALVADOR, MIERCOLES 19 DE MARZO DE 2014 NUMERO 53
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Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2527-7800 • Página Web: www.imprentanacional.gob.sv • Correo: diarioofi [email protected]
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ORGANO EJECUTIVO
MINISTERIO DE HACIENDA
Decreto No. 30.- Presupuesto Especial Anual de
Funcionamiento e Inversión y el Régimen de Salarios del Fondo
Salvadoreño para Estudios de Preinversión, para el ejercicio fi scal
2014............................................................................................
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
RAMO DE EDUCACIÓN
Acuerdos Nos. 15-2113 y 15-0354.- Reconocimiento de
estudios académicos. ..................................................................
Acuerdo No. 15-2147.- Se reconoce al Profesor Otto
Rigoberto Córdova, como Director del Instituto Migueleño de
Comercio. ...................................................................................
MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL
RAMO DE LA DEFENSA NACIONAL
Acuerdo No. 34.- Se otorga Condecoración militar al
señor General de Aviación Ko Wen-An, J-II del EMCFA de la
República de China – Taiwán. ..................................................
Acuerdo No. 36.- Se asigna montepío militar a favor de la
señora Petrona Calderón de Martínez. .......................................
Acuerdo No. 37.- Se designa al personal que integrará el
Comité de Seguridad y Salud Ocupacional del Ministerio de la
Defensa Nacional. ......................................................................
ORGANO JUDICIAL
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Acuerdos Nos. 1498-D, 9-D, 15-D, 23-D, 30-D, 34-D,
65-D, 83-D, 102-D, 112-D, 113-D y 127-D.- Autorizaciones
para ejercer la profesión de abogado en todas sus ramas. ..........
INSTITUCIONES AUTÓNOMAS
ALCALDÍAS MUNICIPALES
Decreto No. 2.- Reformas a la Ordenanza Reguladora de
Tasas por Servicios Municipales de El Paraíso, departamento de
Chalatenango. .............................................................................
Decreto No. 3.- Ordenanza Transitoria de Exención de
Intereses y Multa Provenientes de Deudas por Tasas e Impuestos
Municipales, a favor del municipio de Santa María, departamento
de Usulután. ...............................................................................
DIRECTOR: Edgard Antonio Mendoza Castro
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Acuerdo No. 3.- Se corrige el Acuerdo No. 8, de fecha 7 de
noviembre de 2013, emitido por la Alcaldía Municipal de Ciudad
Barrios. .......................................................................................
Estatutos de las Asociaciones de Desarrollo Comunal
“Caserío El Salamar, Cantón Nuevo Edén”, “Cantón San Francisco
Amatepes” y “Caserío El Guanacaste, Barrio San Juan” y Acuerdos
Nos. 8 y 11(2), emitidos por las Alcaldías Municipales de San
Luis Talpa y San Rafael de Oriente, aprobándolos y confi riéndoles
el carácter de persona jurídica. ...................................................
SECCION CARTELES OFICIALES
DE PRIMERA PUBLICACION
Declaratoria de Herencia ................................................
Aceptación de Herencia ..................................................
Aviso de Inscripción ........................................................
Muerte Presunta ..............................................................
DE SEGUNDA PUBLICACION
Aceptación de Herencia ..................................................
Título Supletorio .............................................................
SECCION CARTELES PAGADOS
DE PRIMERA PUBLICACION
Declaratoria de Herencia ................................................
Aceptación de Herencia ..................................................
Título de Propiedad ........................................................
Título Supletorio .............................................................
Título de Dominio............................................................
Juicio de Ausencia ...........................................................
Convocatorias ..................................................................
Subasta Pública ...............................................................
Reposición de Certifi cados .............................................
Título Municipal ..............................................................
Edicto de Emplazamiento ...............................................
Marca de Servicios ..........................................................
Marca de Producto ..........................................................
DE SEGUNDA PUBLICACION
Aceptación de Herencia ..................................................
Herencia Yacente ............................................................
Título de Propiedad ........................................................
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Título Supletorio .............................................................
Título de Dominio............................................................
Renovación de Marcas ....................................................
Nombre Comercial ..........................................................
Convocatorias ..................................................................
Disminución de Capital ..................................................
Marca de Servicios ..........................................................
Reposición de Póliza de Seguro ......................................
Marca de Producto ..........................................................
DE TERCERA PUBLICACION
Aceptación de Herencia ..................................................
Título de Propiedad ........................................................
Título Supletorio .............................................................
Título de Dominio............................................................
Renovación de Marcas ....................................................
Nombre Comercial ..........................................................
Convocatorias ..................................................................
Subasta Pública ...............................................................
Reposición de Certifi cados .............................................
Título de Predio Urbano .................................................
Marca de Servicios ..........................................................
Marca de Producto ..........................................................
SECCION DOCUMENTOS OFICIALES
SECRETARÍA DE CULTURA DE LA
PRESIDENCIA
Resolución Interna RD 003/2013.- Se reconoce y declara
como “Patrimonio Cultural”, la Colección Nacional de Artes
Visuales. .....................................................................................
Resolución Interna RD-004/2013.- Se reconoce y declara
como “Bien Cultural” y aplicar medidas de protección al inmueble
con Valor Cultural, conocido como “Casa del Ex Presidente Pedro
José Escalón”, ubicado en el Centro Histórico de Santa Ana. ...
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resoluciones Nos. 2032, 2109, 2602, 2603, 2604, 2605,
2606, 2609, 2610, 2611, 2612, 2613, 2615, 2617, 2620, 2621,
2622, 2624, 2625, 2631, 2632, 2634, 2635 y 2637.- Reposiciones
de títulos. ....................................................................................
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ORGANO EJECUTIVOMINISTERIO DE HACIENDA
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6 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
7DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
8 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
9DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
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11DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
MINISTERIO DE EDUCACIÓNRAMO DE EDUCACION
ACUERDO No. 15-2113.
San Salvador, 4 de noviembre de 2013.
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM: En uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Eje-cutivo, CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación, se presentó CHRISTOPHER PACAS RAMÍREZ C/P CHRISTOPHER PACAS Y CHRISTOPHER RAMÍREZ PACAS, de nacionalidad salvadoreña, solicitando INCORPORACIÓN de su Diploma de High School, obtenido en International Studies Academy, San Francisco, California, Estados Unidos de América en el año 2009: II) Que según Resolución de fecha 1 de noviembre de 2013 emitida por el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, después de comprobarse la legalidad de la documentación presentada y el cumplimiento de los requisitos legales exigidos, con base al Artículo 60 de la Ley General de Educación y demás disposiciones legales vigentes, resolvió autorizar la Incorporación del Diploma de High School obtenido por CHRISTOPHER PACAS RAMÍREZ C/P CHRISTOPHER PACAS Y CHRISTOPHER RAMÍREZ PACAS, en International Studies Academy, San Francisco, California, Estados Unidos de América. POR TANTO: de conformidad a lo establecido en el Artículo 60 de la Ley General de Educación y Artículo 7 del Reglamento para Equivalencias y Pruebas de Sufi ciencia de Educación Básica y Media e Incorporación de Títulos de Educación Media y demás disposiciones legales vigentes. ACUERDA: 1) Confi rmar el reconocimiento e Incorporación del Diploma de High School obtenido por CHRISTOPHER PACAS RAMÍREZ C/P CHRISTOPHER PACAS Y CHRISTOPHER RAMÍREZ PACAS, en International Studies Academy, San Francisco, California, Estados Unidos de América, reconociéndole su validez académica dentro de nuestro sistema educativo como Bachiller General. 2) Publíquese en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.
FRANZI HASBÚN BARAKE,
MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM.
(Registro No. F027846)
ACUERDO No. 15-0354.
San Salvador, 19 de febrero de 2014.
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Eje-cutivo, en su Art. 38 numerales 1, 6 y 8; CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación Superior, se ha presentado ROSA YEMIL ERNESTINA ZAMORA PEÑATE, solicitando que se le reconozca el grado académico de ESPECIALISTA EN MEDICINA (Gastroenterología y Nutrición Pediátrica), obtenido en la UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO, en los ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, el día 20 de octubre de 2011; lo anterior de conformidad a lo dispuesto en el Art. 20 de la Ley de Educación Superior, el Reglamento Especial de Incor-poraciones y a las facultades concedidas en los mismos a este Ministerio; II) Que de conformidad a los Arts. 2, numeral 5, Arts. 4 y 5 del Convenio Regional de Convalidación de Estudios, Títulos y Diplomas de Educación Superior en América Latina y el Caribe, suscrito por nuestro país el día veintisiete de septiembre de mil novecientos setenta y seis, ratifi cado por la Asamblea Legislativa a los dieciocho días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y seis, publicado en el Diario Ofi cial No. 235, Tomo No. 253 de fecha 21 de diciembre de 1976 y vigente a la fecha, procede dicho reconocimiento académico; III) Que habiéndose examinado la documentación presentada en la Gerencia de Registro, Incorporaciones y Asistencia Legal, la Dirección Nacional de Educación Superior, con fecha 11 de febrero de 2014, ha emitido el dictamen favorable para la incorporación por reconocimiento del Título Académico mencionado en el romano uno; POR TANTO: Este Ministerio con base a las razones expuestas, y satisfechos, los requisitos legales establecidos en la Ley de Educación Superior y demás instrumentos legales. ACUERDA: 1°) Reconocer la validez académica de los estudios de ESPECIALISTA EN MEDICINA (Gastroenterología y Nutrición Pediátrica), realizados por ROSA YEMIL ERNESTINA ZAMORA PEÑATE, en los Estados Unidos Mexicanos; 2°) Tener por incorporada a ROSA YEMIL ERNESTINA ZAMORA PEÑATE, como ESPECIALISTA EN MEDICINA (Gastroenterología y Nutrición Pediátrica), en nuestro país; 3°) El Presente Acuerdo Ejecutivo, no constituye autorización alguna para el ejercicio profesional, la cual deberá ser tramitada ante la instancia correspondiente; 4°) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.- COMUNÍQUESE.
FRANZI HASBÚN BARAKE,
MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM.
(Registro No. F027874)
12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
ACUERDO No. 15-2147.
San Salvador, 12 de noviembre de 2013.
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, CONSIDERANDO: I) Que de conformidad a los Artículos 53, 54 y 57 de la Constitución
de la República de El Salvador, se establece que es obligación y fi nalidad primordial del Estado conservar, fomentar y difundir la educación y la cultura
a la persona humana; así mismo se establece su responsabilidad de reglamentar, organizar e inspeccionar el sistema educativo, en los centros educa-
tivos ofi ciales y privados. En relación a lo anterior, compete al Ministerio de Educación, con base al Artículo 38 numerales 5, 8 y 27 del Reglamento
Interno del Órgano Ejecutivo, autorizar las instituciones y servicios educativos que fueren necesarios, controlar y supervisar los centros ofi ciales y
privados de Educación, así como regular la creación, funcionamiento y nominación de los mismos; II) Que de conformidad a los Artículos 1, 12 y
80 de la Ley General de Educación, el Ministerio de Educación regula la prestación del servicio educativo de las instituciones ofi ciales y privadas;
para lo cual establece normas y mecanismos necesarios, que garanticen la calidad, efi ciencia y cobertura de la educación. En tal sentido la creación y
funcionamiento de los centros educativos privados se autorizan por Acuerdo Ejecutivo en el Ramo de Educación, el cual deberá sustentarse en com-
probaciones que garanticen la organización académica y administrativa adecuada, los recursos físicos y fi nancieros necesarios y el personal docente
califi cado de conformidad a los servicios que ofrezcan; III) Que el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación
de este Ministerio conoció sobre la solicitud de RECONOCIMIENTO DE DIRECTOR, dicha solicitud la presentó la señora Leticia Elizabeth Merino
de Berríos, quien se identifi ca con Documento Único de Identidad No. 00764320-7, actuando en su calidad de propietaria del centro educativo privado
denominado INSTITUTO MIGUELEÑO DE COMERCIO, propiedad que comprueba con Declaración Jurada, celebrada el día 18 de octubre de 2013,
ante los ofi cios notariales del Licenciado Jeovanny Alexander Perla Álvarez; el centro educativo antes mencionado se identifi ca con el código No.
20969, con domicilio autorizado en 4a. Avenida Norte y 6a. Calle Oriente No. 301, Municipio de San Miguel, Departamento de San Miguel, propo-
niendo para el cargo de Director de dicha institución al profesor OTTO RIGOBERTO CÓRDOVA, quien se identifi ca con su Documento Único de
Identidad No. 00034223-2, inscrito en el Registro de Escalafón Magisterial con Número de Identidad Profesional 0301931, como Profesor Docente
Nivel dos guión cuarenta y uno, en sustitución del profesor Francisco Merino, reconocido mediante Acuerdo No. 377 de fecha 16 de febrero de 1950;
IV) Que después de comprobar la legalidad de la documentación presentada y el cumplimiento de los requisitos legales exigidos, el Departamento de
Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, mediante Resolución de fecha 5 de noviembre de 2013, resolvió
RECONOCER COMO DIRECTOR, de dicho centro educativo, al profesor OTTO RIGOBERTO CÓRDOVA, quien se identifi ca con su Documento
Único de Identidad No. 00034223-2, inscrito en el Registro de Escalafón Magisterial con Número de Identidad Profesional 0301931, como Profesor
Docente Nivel dos guión cuarenta y uno, en sustitución del profesor Francisco Merino, reconocido mediante Acuerdo No. 377 de fecha 16 de febrero
de 1950. POR TANTO, de conformidad a los Artículos 53, 54 y 57 de la Constitución de la República de El Salvador, Artículo 38 numerales 5, 8 y
27 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, Artículos 1, 12 y 80 de la Ley General de Educación, Artículo 44 de la Ley de la Carrera Docente,
Artículo 36 del Reglamento de la Ley de la Carrera Docente y en uso de las facultades legales antes citadas. ACUERDA: 1) Confi rmar en todas
sus partes la Resolución de fecha 5 de noviembre de 2013, emitida por el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de
Educación de este Ministerio, por medio de la cual se RECONOCE COMO DIRECTOR, del Centro Educativo Privado denominado INSTITUTO
MIGUELEÑO DE COMERCIO, con código de infraestructura No. 20969, con domicilio autorizado en 4a. Avenida Norte y 6a. Calle Oriente No. 301,
Municipio de San Miguel, Departamento de San Miguel, al profesor OTTO RIGOBERTO CÓRDOVA, quien se identifi ca con su Documento Único
de Identidad No. 00034223-2, inscrito en el Registro de Escalafón Magisterial con Número de Identidad Profesional 0301931, como Profesor Docente
Nivel dos guión cuarenta y uno, a partir del 5 de noviembre de 2013, en sustitución del profesor Francisco Merino, según solicitud presentada por la
señora Leticia Elizabeth Merino de Berríos, actuando en su calidad de propietaria del centro educativo en mención; 2) El presente Acuerdo entrará en
vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.- PUBLÍQUESE.
FRANZI HASBÚN BARAKE,
MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM.
(Registro No. F027907)
13DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONALRAMO DE LA DEFENSA NACIONAL
ACUERDO No. 034.- SAN SALVADOR, 10 de marzo de 2014.- El Órgano Ejecutivo en el Ramo de la Defensa Nacional, de conformidad a las
disposiciones especiales 1a.- a), 2a.-, 3a.- 4a.- a), 5a.- a), 5a.- y 10a.-, del Acuerdo Ministerial No. 0116 de fecha doce de septiembre de dos mil once,
ACUERDA: OTORGAR la condecoración Estrella "Por Servicios Distinguidos", al señor GENERAL DE AVIACIÓN KO WEN-AN, J-II del EMCFA
de la República de China - Taiwán, por contribuir a fortalecer de forma recíproca los lazos de amistad y solidaridad entre las Fuerzas Armadas de la
República de China - Taiwán y la Fuerza Armada de El Salvador. COMUNÍQUESE.
DAVID MUNGUÍA PAYÉS,
GENERAL DE DIVISIÓN
MINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL.
ACUERDO No. 036.
San Salvador, diez de marzo del año dos mil catorce.
EL ÓRGANO EJECUTIVO, de conformidad con la resolución emitida por el Ministerio de la Defensa Nacional, contenida a folio diecinueve de
las diligencias promovidas por la señora PETRONA CALDERÓN DE MARTÍNEZ, conocida por PETRONA CALDERÓN, con Documento Único
de Identidad Número cero cero cuatro nueve ocho siete nueve dos guión nueve, esposa del extinto miembro de Escoltas Militares de Barrios, Colonias
y Cantones, señor RICARDO ANTONIO MARTÍNEZ MENJÍVAR, con Documento Único de Identidad Número cero cero siete uno cuatro dos tres
seis guión seis.
CONSIDERANDO:
1. Que el expresado causante se encontraba pensionado por el Estado en este Ramo, según Acuerdo Ejecutivo No. 138, de fecha 24 de marzo
de 1977; Que éste falleció a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del día 28 de enero del año 2014, a consecuencia de Cáncer de
Próstata, con Asistencia Médica, lo que se comprueba mediante certifi cación de Partida de Defunción contenida a folio dos, extendida en
la Alcaldía Municipal de Chalatenango, Departamento de Chalatenango, el tres de febrero del dos mil catorce, que la señora PETRONA
CALDERÓN DE MARTÍNEZ, conocida por PETRONA CALDERÓN, fue esposa del fallecido pensionado RICARDO ANTONIO MAR-
TÍNEZ MENJIVAR, vínculo que comprueba por medio de la Certifi cación de Partida de Matrimonio, contenida a folio cinco extendida en
la Alcaldía Municipal de Chalatenango, Departamento de Chalatenango, el tres de febrero del año dos mil catorce.
2.- Que de conformidad a lo establecido en el Decreto No. 550 de la Junta Revolucionaria de Gobierno de fecha 22 de diciembre de 1980,
publicado en el Diario Ofi cial No. 241, Tomo 269, de la misma fecha; Artículo 1 del Decreto Legislativo No. 200 de fecha 16 de marzo
de 1989; Instructivo No. 5.061 para la asignación de Pensiones y Montepíos de los Ex Miembros de las Escoltas Militares, de fecha 20
de noviembre de 1996 y al dictamen favorable del Ministerio de Hacienda, emitido en ofi cio No. 0295, de fecha 05 de marzo de 2014, en
que se considera procedente conceder a la señora PETRONA CALDERÓN DE MARTÍNEZ, conocida por PETRONA CALDERÓN el
montepío militar que solicita.
POR TANTO:
En atención a las razones expuestas y a las disposiciones legales citadas; este Ministerio.
14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
ACUERDA:
Asignar a partir del día 28 de enero de 2014, a favor de la señora PETRONA CALDERÓN DE MARTÍNEZ, el MONTEPÍO MILITAR mensual
de TREINTA Y CUATRO DÓLARES CON VEINTINUEVE CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($34.29),
que se pagará por medio de la Pagaduría Auxiliar de Clases Pasivas del Ministerio de Hacienda. COMUNÍQUESE.
JAIME LEONARDO PARADA GONZÁLEZ,
GENERAL DE AVIACIÓN
VICEMINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL.
ACUERDO No. 037.
SAN SALVADOR, 12 de marzo de 2014
.
EL ÓRGANO EJECUTIVO en el Ramo de la Defensa Nacional, de conformidad a lo establecido en los Arts. 13.- de la Ley General de Pre-
vención de Riesgos en los Lugares de Trabajo, y 2.- del Reglamento de Gestión de la Prevención de Riesgos en los Lugares de Trabajo, ACUERDA:
DESIGNAR a partir de la fecha al personal que integrará el Comité de Seguridad y Salud Ocupacional del Ministerio de la Defensa Nacional, según
detalle siguiente:
No. Grado y Nombre
1.- Tcnel. Inf. DEM José Orlando García Mena
2.- Myr. EA DEM Franklin Aristóteles Rodas Gutiérrez
3.- Sgto. Myr. de Bgda. Héctor Humprey Bonilla Quintanilla
4.- Sgto. 1° TA César Emilio Vásquez Benítez
5.- Lic. Freddy Omar Calderón Funes
6.- Arq. Luisa Liliana Roque de Marín
7.- Ing. Herbert Antonio Peñate Molina
8.- Licda. Shirley Teresa Acuña Álvarez
9.- Sr. Edwin Arnoldo Martínez Osorio
COMUNÍQUESE.
DAVID MUNGUÍA PAYÉS,
GENERAL DE DIVISIÓN
MINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL.
15DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUS TI CIA
ACUERDO No. 1498-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintinueve de noviembre de dos mil trece.- El Tribunal con fecha
trece de noviembre de dos mil trece, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada MARÍA RENEE REBOLLO MELARA, para que ejerza la profesión de
ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.-
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- R. M. FORTÍN H.- M. TREJO.-
DUEÑAS.- J. R. ARGUETA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F027777)
ACUERDO No. 9-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, siete de febrero de dos mil catorce.- El Tribunal con fecha diecinueve
de diciembre de dos mil trece, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada MORENA LISSETTE AGUIRRE QUEZADA, para que ejerza la profesión de
ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.-
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- C. S. AVILÉS.- C. ESCOLÁN.- RICARDO A. ZAMORA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. C.
DE AYALA G.- DUEÑAS.- J. R. ARGUETA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F027747)
ACUERDO No. 15-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, siete de febrero de dos mil catorce.- El Tribunal con fecha dieci-
siete de septiembre de dos mil trece, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado JOSÉ GILBERTO ANAYA CONTRERAS, para que ejerza la profesión
de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respecti-
vo.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- J. B. JAIME.- O. BON. F.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTÍN
H.- DUEÑAS.- J. R. ARGUETA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F027820)
ACUERDO No. 23-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, siete de febrero de dos mil catorce.- El Tribunal con fecha siete
de enero de dos mil catorce, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado RICARDO ENRIQUE AYALA HERNÁNDEZ, para que ejerza la profesión de
ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.-
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZÁLEZ.- M. F. VALDIV.- M. REGALADO.- O.
BON. F.- JUAN M. BOLAÑOS S.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F027886)
16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
ACUERDO No. 30-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, siete de febrero de dos mil catorce.- El Tribunal con fecha diecinueve
de diciembre de dos mil trece, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado HEBERT DANILO BRENES RODRÍGUEZ, para que ejerza la profesión de
ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.-
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- C. S. AVILÉS.- C. ESCOLÁN.- RICARDO A. ZAMORA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. C.
DE AYALA G.- DUEÑAS.- J. R. ARGUETA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F027762)
ACUERDO No. 34-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, siete de febrero de dos mil catorce.- El Tribunal con fecha dieciocho
de diciembre de dos mil trece, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado ISRAEL CARBAJAL VÁSQUEZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en
todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNÍQUESE
Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- S. L. RIV. MÁRQUEZ.- R. MENA G.- RICARDO IGLESIAS.- R. M. FORTÍN H.- RICARDO A. ZAMORA.-
JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F027719)
ACUERDO No. 65-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, siete de febrero de dos mil catorce.- El Tribunal con fecha dieciocho
de diciembre de dos mil trece, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado HÉCTOR JOSÉ FLORES, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas
sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNÍQUESE
Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- C. ESCOLÁN.- R. MENA G.- RICARDO IGLESIAS.- R. M. FORTÍN H.- RICARDO A. ZAMORA.- JUAN
M. BOLAÑOS S.- DUEÑAS.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F027837)
ACUERDO No. 83-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, siete de febrero de dos mil catorce.- El Tribunal con fecha veinticinco
de noviembre de dos mil trece, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado MIGUEL ERNESTO HERNÁNDEZ MORALES, para que ejerza la profesión
de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente res-
pectivo.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. F. VALDIV.- M. REGALADO.- D. L. R.
GALINDO.- R. M. FORTÍN H.- J. R. ARGUETA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F027813)
17DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
ACUERDO No. 102-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, siete de febrero de dos mil catorce.- El Tribunal con fecha dieciocho
de diciembre de dos mil trece, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado JOSÉ MANUEL MARTÍNEZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas
sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNÍQUESE Y
PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- C. ESCOLAN.- S. L. RIV. MÁRQUEZ.- R. MENA G.- RICARDO IGLESIAS.- R. M. FORTÍN H.- RICARDO
A. ZAMORA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.-
(Registro No. F027779)
ACUERDO No. 112-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, siete de febrero de dos mil catorce.- El Tribunal con fecha die-
ciocho de diciembre de dos mil trece, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada RUTH NOEMY MOJICA CALDERÓN, para que ejerza la profesión de
ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.-
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- C. ESCOLÁN.- S. L. RIV. MÁRQUEZ.- R. MENA G.- RICARDO IGLESIAS.- JUAN M.
BOLAÑOS S.- DUEÑAS.- J. R. ARGUETA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F027894)
ACUERDO No. 113-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, siete de febrero de dos mil catorce.- El Tribunal con fecha diecisiete
de octubre de dos mil trece, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada ENNY GUADALUPE YANETH MOLINA FLORES, para que ejerza la profesión
de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respec-
tivo.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- O. BON. F.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTÍN
H.- DUEÑAS.- J. R. ARGUETA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F027891)
ACUERDO No. 127-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, siete de febrero de dos mil catorce.- El Tribunal con fecha dieciocho
de diciembre de dos mil trece, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado JAIME FRANCISCO PERAZA GOYENAGA, para que ejerza la profesión de
ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respec-
tivo.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- C. ESCOLÁN.- S. L. RIV. MÁRQUEZ.- R. MENA G.- RICARDO IGLESIAS.- R.
M. FORTÍN H.- RICARDO A. ZAMORA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS
AVENDAÑO.
(Registro No. F027810)
18 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
INSTITUCIONES AUTONOMASALCALDÍAS MUNICIPALES
DECRETO NÚMERO DOS/2014
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE EL PARAÍSO, DEPARTAMENTO DE CHALATENANGO,
CONSIDERANDO
I. Que de acuerdo al artículo 204, numerales 1 y 5 de la Constitución de la República, compete a los municipios; crear, modifi car y suprimir
Tasas y contribuciones públicas por la prestación de los servicios públicos municipales.
II. Que conforme al artículo 30, numeral 21 del Código Municipal, es facultad del Concejo Municipal, emitir los acuerdos de creación,
modifi cación y supresión de Tasas por los servicios que brinda la Municipalidad.
POR TANTO:
Este Concejo en uso de las facultades que señala el Artículo 204, ordinales 1° y 5° de la Constitución de la República, el Artículo 30 numeral 21
del Código Municipal y Artículo 77 de la Ley General Tributaria Municipal.
DECRETA:
Refórmese a la Ordenanza Reguladora de tasas por servicios municipales del municipio de El Paraíso, departamento de Chalatenango, publicada
en el Diario Ofi cial número 213 Tomo 401, de fecha 14 de noviembre del año 2013, en el literal.
No 5. Licencias.
Suprímase
n) Por vender cerveza cada año. …………………………….. $ 100.00
Dado en el salón de sesiones de la Alcaldía Municipal de El Paraíso, a los veintiocho días del mes de enero del año 2014.-
JOSÉ ALBERTO LEÓN GALDÁMEZ, TONY MANZUR CASTILLO CORTEZ,
ALCALDE MUNICIPAL. SÍNDICO MUNICIPAL.
JOSÉ PEDRO ALBERTO LARA, MANUEL ANTONIO AGUILAR,
PRIMER REGIDOR PROPIETARIO. SEGUNDO REGIDOR PROPIETARIO.
JULIO ALBERTO ZAMORA ARTEAGA, MORENA HÉRCULES LÓPEZ,
TERCER REGIDOR PROPIETARIO. CUARTO REGIDOR PROPIETARIO.
JESÚS ELÍAS SIBRIÁN ORTIZ, JOSÉ ERNESTO ROMERO,
QUINTO REGIDOR PROPIETARIO. SEXTO REGIDOR PROPIETARIO.
Ante mí.
Lic. FRANCISCO EDMUNDO HUEZO VALLE,
SECRETARIO MUNICIPAL.
(Registro No. F027919)
19DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014. DECRETO No. 03
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SANTA MARÍA, DEPARTAMENTO DE USULUTÁN.
CONSIDERANDO
I. Que los acontecimientos naturales acaecidos en el territorio de la República y los de Naturaleza económica a nivel Internacional en los
últimos años, han debilitado la Capacidad de pago de la mayoría de los habitantes y particularmente la de aquellos que Tienen obligaciones
Tributarias a favor del Municipio de Santa María Departamento de Usulután situación que los ha convertido en sujetos morosos de los
Tributos Municipales
II. Que es urgente que el Gobierno Municipal de la Ciudad de Santa María, incremente Sus Ingresos, mediante el cobro de las tasas e impuestos
Municipales, con el fi n de Mantener la Prestación de los servicios, el bienestar Social y la seguridad económica de sus habitantes.
III. Que es necesario que el Gobierno Municipal promueva en los contribuyentes Una cultura de Pago de los Tributos para disminuir el índice
de morosidad Existente.
IV. Que con el propósito de facilitar el pago de la mora Tributaria a favor del Municipio de Santa María, es conveniente otorgar incentivos
Tributarios con Carácter transitorio que Estimulen a los Contribuyentes. Al Pago de sus deudas Tributarias Municipales.
V. Que de conformidad a los Artículos 203 y 204 Ordinal 5° de la Constitución de la República Artículos 3, 13, 30 y 32 del Código Municipal.
Los Municipios son autónomos En lo económico, en lo técnico y en lo Administrativo y regularán las materias de su competencia por Medio
de Ordenanzas Municipales.
POR TANTO:
En uso de sus facultades legales este Concejo Municipal
DECRETA la siguiente:
ORDENANZA TRANSITORIA DE EXENCIÓN DE INTERÉS Y MULTA PROVENIENTES DE DEUDAS POR TASAS
A FAVOR DEL MUNICIPIO DE SANTA MARÍA, DEPARTAMENTO DE USULUTÁN
Art. 1.- Se concede un plazo de cuatro meses contados a partir de la vigencia de la presente ordenanza, para que los sujetos, pasivos de la obli-
gación Tributaria Municipal, que adeuden tasa a favor del Municipio de Santa María, puedan efectuar el pago de las mismas, gozando de benefi cio
del pago de intereses y multa que se hayan generado y cargado en la misma cuenta.
Art. 2.- Podrán acogerse a los benefi cios establecidos en el Artículo anterior de la presente ordenanza, las personas naturales o jurídicas que se
encuentren en cualquiera de las siguientes situaciones:
a) Aquellos que estando califi cados en el Registro de Contribuyentes del Municipio de Santa María, se encuentren en situación de mora de
las tasas Municipales;
b) Las personas naturales o Jurídicas que no se hayan inscrito oportunamente En el Registro de Contribuyentes y que lo hagan dentro del
periodo de la Vigencia de la presente ordenanza;
c) Los contribuyentes por tasas que se encuentren en proceso de cobro Extrajudicial Iniciando antes de la vigencia de esta ordenanza se
someterán a la forma de pago establecida en el Artículo I;
d) Los que habiendo tenido resolución favorable para pagar la deuda Tributaria por tasas, hayan suscrito el correspondiente compromiso
de pago en cuyo caso solamente gozarán de los benefi cios establecidos en el Art. I, las cuotas pendientes de pago a la fecha de entrar en
vigencia la presente ordenanza;
e) Aquellos que hayan incumplido el convenio de pago suscrito y no se les haya iniciado el proceso ejecutivo de cobro por parte de la
Municipalidad, se sometan a la forma de pago establecida en el Artículo 1 de esta ordenanza;
f) Los sujetos pasivos de la obligación Tributaria Municipal que poseen Bienes Inmuebles dentro del Municipio de Santa María, que tengan
uno o más Servicios Municipales y que por cualquier motivo no los hayan inscrito oportunamente en el Registro de Contribuyentes.
20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
La Presente ordenanza entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial,
Dado en la sala de sesiones de la Alcaldía Municipal de la ciudad de Santa María, a los seis días del mes de marzo del año dos mil catorce.-
NICOLÁS ANDRÉS CASTELLÓN GARCÍA,
Alcalde Municipal.
JOSÉ JAIRO CARDONA PONCE, DANIEL DE JESÚS MELGAR,
Primer Regidor. Síndico Municipal.
JOSÉ HUMBERTO CASTILLO, JOSÉ DIMAS BERMÚDEZ,
Segundo Regidor. Tercer Regidor.
JUAN PABLO NAVARRETE, ANA EMELINA LÓPEZ DE ARÉVALO,
Cuarto Regidor. Quinto Regidor.
OSCAR ANTONIO MARAVILLA, LIDIA BERTA GIRÓN,
Sexto Regidor. Secretaria Municipal.
(Registro No. F027852)
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL
CERTIFICA: Que en el Libro de Actas y Acuerdos Municipales que esta Alcaldía lleva durante el presente año, se encuentra en Acta que
literalmente dice ACTA NUMERO NUEVE: Sesión Ordinaria celebrada por la Municipalidad de Ciudad Barrios, departamento de San Miguel, a
las diez horas con treinta y cinco minutos del día seis de marzo de dos mil catorce.- Convocada y presidida por el señor Alcalde Municipal don Rene
Wilfredo Gómez Escobar, con la asistencia del Síndico Municipal Sr. Miguel Alonso García Medina, y miembros del Concejo Municipal propietarios
y suplentes en su orden: Sr. Nelson Constantino Márquez Ayala primer regidor propietario, Sra. Sandra Magdalena Cortez Montoya segunda regidor
propietaria; Sra. Ana Cecilia Alvarado Iglesias, tercera Regidora propietaria, Sra. Ana Francisca Hernández Vda. De Coca, cuarta regidora propietaria
con funciones de Jefe de la UACI, Sr. David Antonio Soriano Amaya quinto regidor propietario, Sr. Ricardo Enrique Hernández Rivera sexto regidor
propietario, Sr. Felipe de Jesús Carranza Aguilar séptimo regidor propietario, Sr. Arturo Lemus octavo regidor propietario, Sr. José Atilio Salgado
primer regidor suplente, Sr. José Nelson Guevara Orellana segundo regidor suplente, Sr. Fermín Salgado Bonilla tercer regidor suplente, Sr. José María
Romero Solís cuarto regidor suplente, y la presencia de la Secretaria de actuaciones Sra. Flor Estela Rivas de Quintanilla. Abierta la Sesión se dio
inicio con la lectura del acta anterior, la cual después de discutida fue ratifi cada y aprobada en todas sus partes.- Seguidamente el Concejo Municipal
pasó a aprobar los Acuerdos siguientes:
ACUERDO NÚMERO (3), El Concejo Municipal Considerando que:
I.- Que en el acuerdo número OCHO del acta número CUARENTA Y SEIS, celebrada en sesión extraordinaria celebrada a las ocho horas
con treinta minutos del día siete de noviembre de dos mil trece, mediante el cual se acuerda declarar lesivo y violatorio del orden jurídico
el Acuerdo Municipal número CINCO, acta número QUINCE, de Sesión Ordinaria celebrada a las once horas del día VEINTE DE ABRIL
DE DOS MIL DOCE, mediante el cual el Concejo Municipal acordó ADJUDICAR el proyecto “Adoquinado Completo de Calle Alfonso
Álvarez, del Municipio de Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel”, a la empresa Obras y Edifi caciones Civiles, S. A de C. V., por
un monto de CINCUENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS SETENTA 47/100 dólares, y todo lo que fuere su consecuencia; se consignó
21DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
de forma involuntaria y errónea el nombre del proyecto como “Adoquinado Completo de Calle Alfonso Álvarez, del Municipio de Ciudad
Barrios, Departamento de San Miguel” siendo lo correcto “Adoquinado Completo de Calle Alonso Álvarez, del Municipio de Ciudad Barrios,
Departamento de San Miguel”, por lo que con el fi n de subsanar el error material antes señalado el cual no afecta en nada lo sustancial del
acto administrativo que ocasiona la lesividad, por lo que este Concejo Municipal en uso de las facultades legales que le confi ere el Código
Municipal, por unanimidad ACUERDA: a) corregir el Acuerdo Municipal número OCHO, del acta número CUARENTA Y SEIS, celebrada
en sesión extraordinaria celebrada a las ocho horas y treinta minutos del día siete de noviembre de dos mil trece y que, publicado en el
Diario Ofi cial número DOSCIENTOS DIEZ, Tomo número CUATROCIENTOS UNO, de fecha ONCE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL
TRECE, en el sentido que el nombre correcto del proyecto es “Adoquinado Completo de Calle Alonso Álvarez, del Municipio de Ciudad
Barrios, Departamento de San Miguel” y no como erróneamente se consignó en el acuerdo descrito anteriormente, “Adoquinado Completo
de Calle Alfonso Álvarez, del Municipio de Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel”, en consecuencia, el texto del referido acuerdo
queda redactado así y deberá entenderse, de la siguiente manera:
ACUERDO NÚMERO (8): EL INFRASCRITO ALCALDE Y EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA ALCALDÍA DE CIUDAD BARRIOS,
CONSIDERANDO:
• Que mediante acuerdo municipal número CINCO, acta número QUINCE, en Sesión Ordinaria celebrada a las once horas del día VEINTE
DE ABRIL DE DOS MIL DOCE, el Concejo Municipal acordó ADJUDICAR el proyecto “Adoquinado Completo de Calle Alonso Álvarez,
del Municipio de Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel”, a la empresa Obras y Edifi caciones Civiles, S. A de C. V.;
• Que el día VEINTIDÓS DE ABRIL DE DOS MIL DOCE, en la Prensa Gráfi ca, salió publicado el AVISO DE ADJUDICACIÓN del
referido proyecto;
• Que la NOTIFICACIÓN DE RESULTADOS a la empresa ganadora se verifi có el día VEINTITRÉS DE ABRIL DE DOS MIL DOCE,
a las quince horas y cincuenta y un minutos;
• Que el proceso de adjudicación culminó con la SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO DE EJECUCIÓN DE OBRA, el cual fue suscrito el
TREINTA DE ABRIL DE DOS MIL DOCE;
• Que las elecciones para alcaldes y diputados se celebró el día 11 de marzo de dos mil doce por lo tanto, el proceso de licitación del proyecto
“Adoquinado Completo de Calle Alonso Álvarez, del Municipio de Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel” se verifi có dentro de
los ciento ochenta días anteriores a la celebración de elecciones.
• Que el procedimiento de licitación tiene un carácter público y constituye una expresión no sólo de la legalidad de la voluntad administrativa
formada en el mismo, sino de garantía de los particulares y éste debe realizarse con estricto apego a la normativa aplicable [Líneas y
Criterios Jurisprudenciales de Sala de lo Contencioso Administrativo 2011, pág. 110].
• Que el artículo 101 de la LACAP establece que “Los contratos regulados en la presente Ley serán nulos cuando lo sea alguno de sus actos
preparatorios”; en ese orden de ideas, el artículo 81 en relación con el artículo 77 ambos de la LACAP, establecen que la formalización u
otorgamiento del contrato, debe efectuarse una vez que el acto o resolución deviene fi rme; tal fi rmeza se adquiere transcurridos cinco días
hábiles contados a partir del día siguiente al de la notifi cación respectiva, sin que medie recurso alguno; en el presente caso, el contrato fue
fi rmado en el último día señalado por la ley para que la adjudicación adquiriera fi rmeza, por lo que dicho acto preparatorio es nulo.
• Que el artículo 231 del Código Electoral establece una prohibición para los Concejos Municipales en el sentido que éstos están inhibidos
de publicar, durante los treinta días anteriores a la fecha señalada para las elecciones, las contrataciones, inauguraciones de obras de
infraestructura nacional o de cualquier otra naturaleza que hayan realizado, que realicen o que proyecten realizar.
• Que según lo dispuesto en los artículos 30 numeral 18 y 31 numeral 12 del Código Municipal, la facultad del Concejo de acordar cualquier
tipo de contrato o de utilizar fondos públicos municipales que perjudiquen los bienes e ingresos del municipio, se restringe durante los
ciento ochenta días anteriores a la toma de posesión de las autoridades municipales.
• Según la Sala de lo Contencioso Administrativo: “La declaratoria de lesividad deberá estar fundada esencialmente en el quebrantamiento
del Derecho”. Es decir, en el proceso de lesividad salvadoreño, el fundamento de la declaratoria de lesividad del acto será precisamente la
infracción al ordenamiento jurídico en que la Administración pública considera haber incurrido. [Sentencia Defi nitiva emitida por la Sala
de lo Contencioso Administrativo, 292-M-2003, de fecha treinta de junio de dos mil seis].
22 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
• De lo anterior se colige que el proceso de licitación No 02/2012/AMCB del “Adoquinado Completo de Calle Alonso Álvarez, del Municipio
de Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel”, es violatorio del orden jurídico, y por ende lesivo al interés público pues se ha irrespetado
lo dispuesto en los artículos 30 numeral 18 y 31 numeral 12 del Código Municipal que prohíben la contratación y la utilización de los fondos
públicos municipales que perjudiquen los bienes e ingresos del municipio, durante los ciento ochenta días anteriores a la fi nalización del
período para el cual fueron electos los Concejos Municipales, pues la adjudicación del referido proyecto y el contrato de realización de
obra, se verifi có en el lapso del veinte al treinta de abril de dos mil doce habiéndose celebrado elecciones populares el día once de marzo
de dos mil doce; de igual forma el acto de la adjudicación no devino fi rme, pues se han irrespetado los términos que señalan los artículos
77, 78 y 81 de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública, marco regulatorio mediante el cual una Institución
Pública, debe regirse al momento de llevar a cabo una Licitación Pública.
Las anteriores violaciones al ordenamiento jurídico [Código Municipal, Código Electoral y a la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la
Administración Pública] y por ende lesividad al interés público, implican una transgresión a la legalidad y seguridad jurídica, ya que se están infringiendo
las "formalidades" del acto administrativo, que regulan los requisitos que deben cumplirse en el proceso de "expresión" o exteriorización de la
voluntad administrativa y en el proceso de "formación" de la misma; y es que las formalidades en derecho administrativo signifi can una "garantía"
para el administrado, ya que sujetan la actuación de la Administración Pública al principio de legalidad.
• Que el principio de legalidad y la seguridad jurídica guardan una estrecha relación, puesto que el primero es un principio fundamental del
Derecho Público conforme al cual todo ejercicio del poder público debería estar sometido a la voluntad de la ley; por su parte, la seguridad
jurídica constituye un derecho fundamental, el cual puede ser traducido en el cumplimiento de ciertos requisitos, condiciones, elementos
o circunstancias exigidas por el propio ordenamiento jurídico, a fi n de que la afectación de la esfera jurídica del gobernado sea válida.
• Que el artículo 8 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativo habilita a la Administración Pública para demandar la ilegalidad
del acto administrativo dictado por ella misma, generador de algún derecho, debiendo, como requisito de procesabilidad, declarar mediante
acuerdo que es lesivo al interés público.
Por lo que con fundamento en las disposiciones legales citadas y considerandos anteriores, y en uso de las facultades concedidas en el artículo
8 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativo, el Concejo Municipal de Ciudad Barrios, ACUERDA:
DECLARAR lesivo al interés público y violatorio del orden jurídico el Acuerdo Municipal número CINCO, acta número QUINCE, de Sesión
Ordinaria celebrada a las once horas del día VEINTE DE ABRIL DE DOS MIL DOCE, mediante el cual el Concejo Municipal acordó ADJUDICAR
el proyecto “Adoquinado Completo de Calle Alonso Álvarez, del Municipio de Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel”, a la empresa Obras y
Edifi caciones Civiles, S. A de C. V., por un monto de CINCUENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS SETENTA 47/100 dólares, y todo lo que fuere
su consecuencia, ya que el mismo fue dictado contraviniendo lo establecido en los Artículos 30 numeral 18 y 31 numeral 12 del Código Municipal, que
prohíben la contratación dentro de los ciento ochenta días anteriores a la toma de posesión de las autoridades municipales; así como lo dispuesto en los
artículos 77, 78 y 81 de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública, marco regulatorio mediante el cual una Institución
Pública, debe regirse al momento de llevar a cabo una Licitación Pública, violentando así los principios constitucionales de legalidad y seguridad
jurídica, tal como se demuestra con los hechos narrados en los considerandos anteriores, especialmente con la suscripción del contrato de realización
de obra, el cual fue formalizado en franco irrespeto a lo establecido en el Artículo 81 de la LACAP, que exige que el contrato sea formalizado dentro
de los cinco días después de la adjudicación.- COMUNÍQUESE. - R. W. Gómez. Alcalde.- M. A. G. M.- Nelson C. M. Ayala.- Sandra M. C. M.- Ana
Cecilia A. I.- A. F. Hernández.- D. A. Soriano.- R. E. H. Rivera.- Felipe de Jesús C. A.- Arturo Lemus.- J. A. S.- J. N. G. Orellana.- J. F. S.- J. M.
Romero. // RUBRICADAS. //.- Es conforme con su original con el cual se confronto debidamente, y para efectos de Ley le expide la presente, en la
Secretaria Municipal: Alcaldía Municipal de Ciudad Barrios, a los siete días del mes de marzo de dos mil catorce.-
RENÉ WILFREDO GÓMEZ ESCOBAR, FLOR ESTELA RIVAS DE QUINTANILLA,
Alcalde Municipal. Secretaria Municipal.
(Registro No. F027694)
23DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014. ESTATUTOS DE LA ASOCIACION COMUNAL
CASERIO EL SALAMAR, JURISDICCION DE
SAN LUIS TALPA, DEPARTAMENTO DE LA PAZ.
CAPITULO I
DE LA DENOMINACION, DOMICILIO, DURACION Y
FINES.
DE LA DENOMINACION
ART. 1.- La Asociación que se constituye la cual en el curso de estos
Estatutos será llamada "La Asociación", estará regulada por el Código
Municipal, la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales, si
la hay en el Municipio de San Luis Talpa, por estos Estatutos y demás
disposiciones aplicables a las Leyes de la República de El Salvador, en
lo referente a las Asociaciones Comunales.
La Asociación se denominará "ASOCIACION COMUNAL
CASERIO EL SALAMAR, DE LA CIUDAD DE SAN LUIS TALPA,
DEPARTAMENTO DE LA PAZ, y podrá ABREVIARSE con las
siguientes siglas: "ACO-SALAMAR".
ART. 2.- Esta Asociación es de naturaleza apolítica, no lucrativa,
de carácter democrático y no religiosa.
DOMICILIO
ART. 3.- Su domicilio será la Ciudad de San Luis Talpa, y su
dirección Calle El Coco, Caserío El Salamar, Jurisdicción de San Luis
Talpa, Departamento de La Paz. Pudiéndose reubicar cuando la necesidad
lo amerite y lo avale la Asamblea General por medio de un acuerdo, con
al menos tres cuartas partes de los socios participantes y trasladando la
información por escrito al Concejo Municipal de San Luis Talpa.
DURACION
ART. 4.- La ASOCIACIÓN funcionará por tiempo indefi nido,
sin embargo podrá disolverse y liquidarse por disposición de Ley, de
acuerdo a lo establecido en los presentes Estatutos.
CAPITULO II
FINES
ART. 5.- Esta Asociación tendrá como fi nalidad:
a) Promover el progreso de Caserío El Salamar, conjuntamente
con los organismos públicos y privados, nacionales e inter-
nacionales que participen en los correspondientes programas
de desarrollo comunal.
b) Fomentar el espíritu de comunidad, solidaridad y cooperación
mutua entre los vecinos, sus grupos familiares y entidades
respectivas.
c) Coordinar y cooperar con otros grupos comunitarios organi-
zados en la misma Jurisdicción en la mayor integración de
sus miembros y la mejor organización de sus actividades.
d) Impulsar y participar en programas de capacitación
promocional de los dirigentes y de los grupos comunales,
con el fi n de contribuir al mejoramiento de la organización
de la Comunidad, la Administración de proyectos sociales y
económicos; y la elevación de los niveles educativos de cada
uno de sus miembros.
e) Promover las Organizaciones Juveniles y de mejoras para
hacerlos partícipes de la responsabilidad de los programas
de desarrollo local, así como procurar la formación integral
por medio de la educación, la cultura, la salud y el deporte.
f) Proporcionar el progreso y Desarrollo de Caserío El Salamar,
Jurisdicción de San Luis Talpa, coordinando y concertando
con otros actores con principios afi nes.
g) Promover el desarrollo a corto, mediano y largo plazo, las
siguientes obras:
1) Mejoramiento del camino vecinal.
2) Gestionar la limpieza de Caserío El Salamar,
3) Gestionar la construcción de letrinas aboneras.
4) Y otras que surjan con posterioridad.
CAPITULO III
DE LA ORGANIZACION INTERNA DE LA ASOCIACION
ART. 6.-La Asociación está constituida en su interior por tres
niveles orgánicos que tendrán sus funciones específi cas, descritas más
adelante en los presentes estatutos:
PRIMER NIVEL.- La asamblea Comunal, constituida por todos los
socios inscritos y activos.
SEGUNDO NIVEL.- La Junta Directiva.
TERCER NIVIEL.- Los Comités de Apoyo.
DE LOS SOCIOS
Podrán ser socios todas las personas mayores de dieciocho años,
sin distinción de raza, credo, religión e ideología política, que lo soliciten
por escrito a la Junta Directiva. Habrá tres tipos de socios y su calidad
es la siguiente:
1) Socios fundadores y participativos.
2) Socios Activos.
3) Socios Honorarios.
24 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
SOCIOS FUNDADORES Y PARTICIPATIVOS: Serán todas las
personas que se encuentren presentes el día de la celebración de la sesión
Extraordinaria de Constitución y de aprobación de estos Estatutos, y con
las fi rmas o huellas dactilares y su respectivo número de Documento
Único de Identidad y se registren en el libro de asociados y libros de
actas.
SOCIOS ACTIVOS: Son todos los miembros de la comunidad
que están inscritos como socios en el libro de registros que lleva la Aso-
ciación, que participan en las actividades realizadas por la asociación de
acuerdo a los presentes Estatutos.
SOCIOS HONORARIOS: Serán aquellas personas, que por su
conducta ejemplar, por sus propios méritos, sus relevantes servicios
y aportes brindados a la comunidad, la Asamblea General le otorgue
privilegios y derechos pertinentes.
DERECHOS Y DEBERES DE LOS SOCIOS
ART. 7.- DERECHOS DE LOS SOCIOS:
a) Participar con voz y voto en las Asambleas Generales.
b) Elegir y ser electo para cargos y funciones delegadas.
c) Presentar mociones y sugerencia a la Asamblea General.
d) Decidir su retiro voluntario de la Asociación.
e) Gozar de los servicios y privilegios que realice u otorgue la
Asociación.
ART. 8.- DE LOS DEBERES DE LOS SOCIOS:
a) Cooperar con todos los medios promocionales posibles al
incremento del número de miembros de la Asociación.
b) Asistir con puntualidad a las reuniones y actividades de la
Asamblea General promovidas por la Asociación.
c) Asumir y cumplir con responsabilidad las tareas o delegaciones
encomendadas por la Asamblea General y Junta Directiva.
d) Promover las Actividades de la Asociación de la Comunidad e
Instancias que trabajen por el Desarrollo Local y Regional.
e) No realizar hechos o incurrir en actos que afecten o puedan
afectar la estabilidad o prestigio de la Asociación y sus
miembros.
f) Cumplir y hacer cumplir estos Estatutos, disposiciones o
acuerdos de Asamblea General, y Junta Directiva, siempre
que estén relacionados con los fi nes de la Asociación.
CAPITULO IV
DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION
ART. 9.- El gobierno de la Asociación será ejercido por una
Asamblea General y una Junta Directiva.
CAPITULO V
DE LA ASAMBLEA GENERAL
ART. 10.- La Asamblea General será la máxima autoridad de la
Asociación y estará integrada por la totalidad de los Asociados.
ART. 11.- La Asamblea General se reunirá Ordinariamente una vez
al año, en el mes de junio y Extraordinariamente cuando se considere
necesario. Será convocada por la Junta Directiva. La Convocatoria podrá
ser verbal o escrita, o por medios públicos o colectivos.
ART. 12.- La convocatoria a Asamblea General Ordinaria se hará
con ocho días de anticipación a la fecha de su realización.
ART. 13.- La convocatoria a Asamblea General Extraordinaria
se hará por lo menos con cinco días de anticipación a la fecha de su
realización.
ART. 14.- Habrá quórum con la asistencia de la mitad más uno de
los miembros de la Asociación y las decisiones se tomarán por el voto de
la mayoría de asistentes. Sino hubiere quórum se hará una nueva convo-
catoria y la instalará la Asamblea General con el número de asistentes,
siempre que no sea inferior al tercio de los integrantes de la misma.
ART. 15.- Son atribuciones de la Asamblea General:
a) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y Reglamentos de
la Asociación
b) Elegir a los miembros de la Junta Directiva y destituirlos por
causas justifi cadas.
c) Aprobar el Presupuesto Anual de la Asociación.
d) Aprobar la Memoria Anual de Labores de la Asociación, los
informes del Tesorero y los demás que le presente la Junta
Directiva.
e) Acordar la disolución de la Asociación.
f) Resolver todo lo no previsto en los presentes Estatutos, Re-
glamentos y otras disposiciones que emita la Asociación.
g) Aprobar a los socios honorarios y sus distinciones.
h) Aprobar modifi caciones a estos Estatutos.
CAPITULO VI
DE LA JUNTA DIRECTIVA
ART. 16.- La Junta Directiva estará formada por:
1.- Un Presidente.
2.- Un Vice- Presidente.
25DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
3.- Un Secretario.
4.- Un Prosecretario.
5.- Un Tesorero.
6.- Un Protesorero.
7.- Un Síndico.
8.- Cuatro Vocales.
ART. 17.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos en la
sesión Ordinaria de Asamblea General del mes de junio del año corres-
pondiente, para un período de dos años, contados a partir de la fecha de
su nombramiento, pudiendo ser reelectos en sus cargos.
ART. 18.- La Junta Directiva sesionará Ordinariamente una vez
cada quince días, y Extraordinariamente cuando se considere conveniente,
la convocatoria a las sesiones Ordinarias de la Junta Directiva se hará
con cinco días de anticipación y para las sesiones Extraordinarias con
tres días por lo menos.
ART. 19.- El quórum para celebrar sesión de Junta Directiva será
la asistencia de por lo menos el cincuenta por ciento de sus miembros, y
para tomar resoluciones el voto favorable de la mayoría de los miembros
presentes. En caso de empate el Presidente tendrá doble voto.
ART. 20.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:
a) Administrar el Patrimonio de la Asociación.
b) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, resoluciones de
la Asamblea General y los Reglamentos de la Asociación.
c) Elaborar la Memoria Anual de Labores de la Asociación y
someterlo a consideración de la Asamblea General.
d) Elaborar el Presupuesto Anual de la Asociación y someterlo
a consideración de la Asamblea General.
e) Velar porque todos los socios cumplan con sus obligaciones
para con la Asociación.
f) Señalar las fechas de celebración de las sesiones Ordinarias
y Extraordinarias de la Asamblea General, convocar a los
socios y elaborar la agenda de las mismas.
g) Conocer las solicitudes de ingreso de los asociados y presen-
tarla a consideración de la Asamblea General.
h) Conocer de las solicitudes y reclamos de los asociados de
acuerdo a las disposiciones de los estatutos y Reglamento de
la Asociación.
i) Autorizar al presidente para que realice toda clase de contratos
y proyectos de la Asociación, especialmente los aprobados
por Asamblea General.
j) Elaborar proyectos de Reglamentos de la Asociación, así como
proyectos de reformas a los Estatutos y Reglamentos.
k) Aprobar los programas de trabajo a desarrollar por la Aso-
ciación.
l) Organizar seminarios, cursillos otros eventos relacionados
con los fi nes de la Asociación.
m) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la
Asamblea General.
ART. 21.- Para ser miembro de la Junta Directiva de la Asociación
se requiere:
a) Ser mayor de dieciocho años de edad.
b) Competencia notoria para el desempeño del cargo.
c) Observar buena conducta.
d) Estar solvente con la Asociación.
ART. 22.- Los miembros de la Junta Directiva podrán ser destituidos
de sus cargos por las causas siguientes:
a) Inmoralidad comprobada.
b) Incumplimiento de los Estatutos, Reglamentos y otras dis-
posiciones importantes de la Asociación.
c) Por apartarse de los fi nes de la Asociación.
d) Cuando a Juicio de la Asamblea General sea necesario.
ART. 23.- Cualquier miembro de la Junta Directiva podrá reelegirse
por un período más.
CAPITULO VII
DE LAS ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS
DE LA JUNTA DIRECTIVA
ART. 24.- Son atribuciones del Presidente:
a) Ejercer la dirección de la Junta Directiva en todos sus asuntos y
representarla judicial y extrajudicialmente junto al Síndico.
b) Presidir las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la Junta
Directiva y de la Asamblea General.
c) Autorizar las erogaciones que haga la Junta Directiva a través
de la tesorería.
d) Firmar junto con el Tesorero y otro miembro designado por
la Asamblea General la apertura de cuentas bancarias para
el depósito de dinero de la Asociación.
e) El Presidente y el Síndico responderán ante cualquier alteración
en los documentos administrativos.
f) Convocar a las sesiones de la junta y asamblea general por
medio del secretario.
26 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
g) Cuando se tome acuerdo para cualquier actividad y exista un
empate será el presidente que tenga el voto califi cado.
h) Elaborar y someter a discusión la agenda para reuniones de
la Junta Directiva y la Asamblea General.
i) Velar para que se mantenga el orden, la disciplina, y la parti-
cipación responsable de todos los asociados en las asambleas
generales, reuniones de Junta Directiva y demás actividades
promovidas por la Asociación.
j) Velar para que se cumplan todos los acuerdos tomados en
Asamblea General y en Junta Directiva.
k) Las demás atribuciones que le sean asignadas por la Asamblea
general y la junta directiva.
ART. 25.- Son Atribuciones del Vice- Presidente:
a) Colaborar con el Presidente en el desempeño de sus funcio-
nes.
b) Sustituir al Presidente en caso de ausencia o impedimento
de éste.
c) Debe desempeñar las funciones que el Presidente le asigne.
d) Las demás que le asignen estos Estatutos y otras disposiciones
que le indique la Asociación.
ART. 26.- Son atribuciones del Secretario:
a) Llevar el libro de actas de las sesiones de la Junta Directiva
y Asamblea General.
b) Extender las Credenciales y Certifi caciones de la Asociación
que sean necesarias.
c) Llevar el archivo de la Asociación.
d) Enviar a los Asociados las convocatorias a sesiones de
Asamblea General y Junta Directiva.
e) Llevar los registros de los asociados.
f) Recibir y despachar la correspondencia de la Asociación.
g) Las demás que por razones de su cargo le competen.
ART. 27.- Son atribuciones del Prosecretario:
Sustituir al Secretario en los casos de ausencia o enfermedad en
todas las atribuciones que a éste le corresponde.
ART. 28.- Son atribuciones del Tesorero:
a) Recibir y guardar los fondos de la Asociación en la Institución
Bancaria que la Junta Directiva señale.
b) Firmar con el presidente los cheques y documentos de gastos
de la Asociación.
c) Elaborar el anteproyecto de Presupuesto Anual de la Aso-
ciación y presentarlo a la Junta Directiva.
d) Llevar los libros de contabilidad que fueren necesarios.
e) Presentar mensualmente a la Junta Directiva un informe de
los ingresos y egresos de la Asociación.
f) Presentar balance de la Asociación a la Asamblea General.
g) Recopilar los comprobantes de los gastos efectuados por la
Asociación y presentarlos a la Junta Directiva las veces que
ésta lo requiera.
h) Las demás que por razones de su cargo le correspondan.
ART. 29.- Sustituir al Tesorero en los casos de ausencia o enfer-
medad en todas las atribuciones que a éste le corresponde.
ART. 30.- Son atribuciones del Síndico:
a) Representarla Judicial y Extrajudicialmente a esta Asocia-
ción.
b) Apoyar al Presidente en la representación legal.
c) Velar especialmente por el cumplimiento de las resolucio-
nes de la Junta Directiva; de la Asamblea General; y de los
Estatutos y Reglamentos de la Asociación.
d) Colaborar en la elección de reformas a los Estatutos y Re-
glamentos de la Asociación.
e) Cumplirá y velará por el estricto cumplimiento de estos es-
tatutos, acuerdos y demás leyes que norman el libre ejercicio
de las Asociaciones comunales.
f) Asegurar el carácter legal de todo acto de contrato, compra
y venta que la Asociación realice, a fi n de evitar el riesgo de
penalizaciones.
g) Las demás atribuciones que le sean asignadas por la Asamblea
General y Junta Directiva.
ART. 31.- Son atribuciones de los Vocales:
a) Asistir a las sesiones Ordinarias y Extraordinaria a las que
fueren convocados.
b) Sustituir y colaborar con los demás miembros de la Junta
Directiva.
c) Desempeñar las comisiones que les asignen la Asamblea
General y la Junta Directiva.
d) Las demás atribuciones que les señale la Asamblea General
y la Junta Directiva.
ART. 32.- La Junta Directiva iniciará sus funciones sociales el
día de su constitución o juramentación por la delegación del gobierno
municipal correspondiente y su período de servicio será de dos años.
ART. 33.- Los miembros de la Junta Directiva podrán ser reelectos
para un período más en forma consecutiva seis de sus miembros, se
convocarán los más dinámicos y comprobando el espíritu de servicio,
lo anterior será válido si la Asamblea General lo aprueba.
27DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
CAPITULO VIII
PATRIMONIO DE LA ASOCIACION
ART. 34.- El patrimonio de la Asociación estará constituido por:
a) Los ingresos provenientes de cualquier actividad que se realice con la fi nalidad de incrementar el fondo común.
b) Sus bienes muebles o inmuebles adquiridos a cualquier título o las rentas, que se obtengan por la administración de los mismos.
c) Donaciones o fi nanciamientos que se obtengan.
d) Cualquier otros ingresos que perciba la Asociación de las actividades que realice.
COMITES DE APOYO
ART. 35.- La Asociación podrá formar Comités de Apoyo, o en caso que ya existan deberá coordinarse con éstos, que serán responsables de operativizar las acciones por áreas de trabajo que se identifi quen e implementen como parte de la atención a necesidades prioritarias.
CAPITULO IX
DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA ASOCIACION
ART. 36.- La Asociación se disolverá por disposiciones de la Ley, cuando los socios no lleguen por lo menos a veinticinco y por no poder cumplir con los objetivos para que haya sido creada y fi nalmente cuando así lo acuerde en sesión Extraordinaria. La Asamblea General convocada al efecto por lo menos con el voto favorable de las tres cuartas partes de los Asociados.
ART. 37.- Acordada la disolución de la Asociación y verifi cada la liquidación por la Junta Directiva el remanente de los bienes si lo hubiere se donarán a una entidad legalmente constituida en el país, que tenga fi nes similares y que deberá designarse por la Asamblea General que acordare la disolución.
CAPITULO X
DISPOSICIONES GENERALES
ART. 38.- La Asociación llevará sus libros de registro de afi liados, de actas, fi nancieros, todos foliados y sellados con una razón de apertura que contenga el objeto del libro, y al terminar la razón de cierre la cual deberá estar fi rmada y sellada por el Presidente y Secretario.
ART. 39.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Con-cejo Municipal en los primeros quince días posteriores a la elección de Junta Directiva, la nómina de quienes la integran, también informarán en la forma expresada anteriormente de las situaciones de miembros de Junta Directiva y de nuevos miembros de la Asociación.
ART. 40.- Un Reglamento Interno determinará la forma de dar
cumplimiento a las disposiciones de los presentes Estatutos, el cual
será presentado por la Junta Directiva en la Asamblea General para su
aprobación.
ART. 41.- Los casos que no estén contemplados en estos Estatutos
serán resueltos en Asamblea General y Junta Directiva en su caso.
ART. 42.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el
día de su publicación en el Diario Ofi cial de El Salvador.
LA INFRASCRITA SECRETARIA MUNICIPAL DE ESTA CIU-
DAD:
CERTIFICA: Que en el ACTA NUMERO NUEVE.- Sesión ordi-
naria celebrada por Concejo Municipal de San Luis Talpa, Departamento
de La Paz, a las diecisiete horas del día lunes tres de marzo del año dos
mil catorce. Se encuentra el acuerdo que literalmente dice: ACUERDO
NÚMERO OCHO.- En consideración a la solicitud presentada por los
señores Modesto Alejandro Cañas y Carmen Elena Bonilla de Robles, en
su calidad de Presidente y Secretario, respectivamente de la Asociación
Comunal de Caserío El Salamar, Cantón Nuevo Edén, para que se les
otorgue la Personería Jurídica, y en vista que se ha revisado los Estatutos
de dicha Asociación y no contradicen la Ley. Este Concejo Municipal,
en uso de las facultades legales que le confi ere el Artículo 30, numeral
23 del Código Municipal, por unanimidad, ACUERDA: I) Conceder la
Personería Jurídica a la Asociación Comunal Caserío El Salamar, Cantón
Nuevo Edén, del Municipio de San Luis Talpa. Departamento de La
Paz. II) Autorizar la publicación de sus Estatutos en el Diario Ofi cial.
COMUNIQUESE.
ES CONFORME CON SU ORIGINAL CON EL CUAL SE
CONFRONTO,
Alcaldía Municipal de la ciudad de San Luis Talpa, a los diez días
del mes de marzo de dos mil catorce.
ANA LISSETTE ESTRADA ORELLANA,
SECRETARIA MUNICIPAL.
SALVADOR ALEJANDRO MENÉNDEZ GARCÍA,
ALCALDE MUNICIPAL.
(Registro No. F027767)
28 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
ESTATUTOS DE LA ASOCIACION COMUNAL
CANTON SAN FRANCISCO AMATEPES,
JURISDICCIÓN DE SAN LUIS TALPA,
DEPARTAMENTO DE LA PAZ.
CAPITULO I
DE LA DENOMINACIÓN, DOMICILIO, DURACION Y FINES.
DE LA DENOMINACION.
ART. 1.- La Asociación que se constituye la cual en el curso de estos
Estatutos será llamada "La Asociación", estará regulada por el Código
Municipal, la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales, si
la hay en el Municipio de San Luis Talpa, por estos Estatutos y demás
disposiciones aplicables a las Leyes de la República de El Salvador, en
lo referente a las Asociaciones Comunales.
La Asociación se denominará: "ASOCIACION COMUNAL CAN-
TON SAN FRANCISCO AMATEPES, DE LA CIUDAD DE SAN LUIS
TALPA, DEPARTAMENTO DE LA PAZ, y podrá ABREVIARSE con
las siguientes siglas "ACO-F.AMATEPES".
ART. 2.- Esta Asociación es de naturaleza apolítica, no lucrativa,
de carácter democrático y no religiosa.
DOMICILIO.
ART. 3.- Su domicilio será la Ciudad de San Luis Talpa, y su
dirección Calle Principal, Cantón San Francisco Amatepes, Jurisdicción
de San Luis Talpa, Departamento de La Paz.
Pudiéndose reubicar cuando la necesidad lo amerite y lo avale la
Asamblea General por medio de un acuerdo, con al menos tres cuartas
partes de los socios participantes y trasladando la información por escrito
al Concejo Municipal de San Luis Talpa.
DURACIÓN.
ART. 4.- La ASOCIACION funcionará por tiempo indefi nido, sin
embargo podrá disolverse y liquidarse por disposición de Ley, de acuerdo
a lo establecido en los presentes Estatutos.
CAPITULO II
FINES.
ART. 5.- Esta Asociación tendrá como fi nalidad:
a) Promover el progreso del Cantón San Francisco Amatepes,
conjuntamente con los organismos públicos y privados, nacio-
nales e internacionales que participen en los correspondientes
programas de desarrollo comunal.
b) Fomentar el espíritu de comunidad, solidaridad y cooperación
mutua entre los vecinos, sus grupos familiares y entidades
respectivas.
c) Coordinar y cooperar con otros grupos comunitarios organi-
zados en la misma Jurisdicción en la mayor integración de
sus miembros, y la mejor organización de sus actividades.
d) Impulsar y participar en programas de capacitación
promocional de los dirigentes y de los grupos comunales,
con el fi n de contribuir al mejoramiento de la organización
de la comunidad, la administración de proyectos sociales y
económicos; y la elevación de los niveles educativos de cada
uno de sus miembros.
e) Promover las Organizaciones Juveniles y de mejoras para
hacerlos partícipes de la responsabilidad de los programas
de desarrollo local, así como procurar la formación integral
por medio de la educación, la cultura, la salud y el deporte.
f) Proporcionar el progreso y desarrollo del Cantón San Francisco
Amatepes, Jurisdicción de San Luis Talpa, coordinando y
concertando con otros actores con principios afi nes.
g) Promover el desarrollo a corto, mediano y largo plazo, las
siguientes obras:
1) Mejoramiento del camino vecinal.
2) Gestionar la limpieza del Cantón San Francisco Ama-
tepes,
3) Gestionar la construcción de letrinas aboneras.
4) Y otras que surjan con posterioridad.
CAPITULO III
DE LA ORGANIZACION INTERNA DE LA ASOCIACIÓN.
ART. 6.- La Asociación está constituida en su interior por tres
niveles orgánicos que tendrán sus funciones específi cas, descritas más
adelante en los presentes Estatutos:
PRIMER NIVEL.- La asamblea Comunal, constituida por todos
los socios inscritos y activos.
SEGUNDO NIVEL.- La Junta Directiva.
TERCER NIVEL.- Los Comités de Apoyo.
DE LOS SOCIOS.
Podrán ser socios todas las personas mayores de dieciocho años,
sin distinción de raza, credo, religión e ideología política, que lo soliciten
por escrito a la Junta Directiva. Habrá tres tipos de socios y su calidad
es la siguiente:
1) Socios fundadores y participativos.
2) Socios Activos.
3) Socios Honorarios.
29DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
SOCIOS FUNDADORES Y PARTICIPATIVOS: Serán todas las
personas que se encuentren presentes el día de la celebración de la sesión
Extraordinaria de Constitución y de aprobación de estos Estatutos, y con
las fi rmas o huellas dactilares y su respectivo número de Documento
Único de Identidad y se registren en el libro de Asociados y libros de
actas.
SOCIOS ACTIVOS: Son todos los miembros de la comunidad
que están inscritos como socios en el libro de registros que lleva la Aso-
ciación, que participan en las actividades realizadas por la Asociación
de acuerdo a los presentes Estatutos.
SOCIOS HONORARIOS: Serán aquellas personas, que por su
conducta ejemplar por sus propios méritos, sus relevantes servicios
y aportes brindados a la comunidad, la Asamblea General le otorgue
privilegios y derechos pertinentes.
DERECHOS Y DEBERES DE LOS SOCIOS
ART. 7.- DERECHOS DE LOS SOCIOS:
a) Participar con voz y voto en las Asambleas Generales.
b) Elegir y ser electo para cargos y funciones delegadas.
c) Presentar mociones y sugerencia a la Asamblea General.
d) Decidir su retiro voluntario de la Asociación.
e) Gozar de los servicios y privilegios que realice u otorgue la
Asociación.
ART. 8.- DE LOS DEBERES DE LOS SOCIOS:
a) Cooperar con todos los medios promocionales posibles al
incremento del número de miembros de la Asociación.
b) Asistir con puntualidad a las reuniones y actividades de la
Asamblea General promovidas por la Asociación.
c) Asumir y cumplir con responsabilidad las tareas o delegaciones
encomendadas por la Asamblea General y Junta Directiva.
d) Promover las Actividades de la Asociación de la comunidad e
instancias que trabajen por el Desarrollo Local y Regional.
e) No realizar hechos o incurrir en actos que afecten o puedan
afectar la estabilidad o prestigio de la Asociación y sus
miembros.
f) Cumplir y hacer cumplir estos Estatutos, disposiciones o
acuerdos de Asamblea General y Junta Directiva, siempre
que estén relacionados con los fi nes de la Asociación.
CAPITULO IV
DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION
ART. 9.- El gobierno de la Asociación será ejercido por una
Asamblea General y una Junta Directiva.
CAPITULO V
DE LA ASAMBLEA GENERAL
ART. 10.- La Asamblea General será la máxima autoridad de la
Asociación y estará integrada por la totalidad de los Asociados.
ART. 11.- La Asamblea General se reunirá Ordinariamente una vez
al año en el mes de junio, y Extraordinariamente cuando se considere
necesario. Será convocada por la Junta Directiva. La Convocatoria podrá
ser verbal o escrita, o por medios públicos o colectivos.
ART. 12.- La convocatoria a Asamblea General Ordinaria se hará
con ocho días de anticipación a la fecha de su realización.
ART. 13.- La convocatoria a Asamblea General Extraordinaria
se hará por lo menos con cinco días de anticipación a la fecha de su
realización.
ART. 14.- Habrá quórum con la asistencia de la mitad más uno de
los miembros de la Asociación y las decisiones se tomarán por el voto de
la mayoría de asistentes. Sino hubiere quórum se hará una nueva convo-
catoria y la instalará la Asamblea General con el número de asistentes,
siempre que no sea inferior al tercio de los integrantes de la misma.
ART. 15.- Son atribuciones de la Asamblea General:
a) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y Reglamentos de
la Asociación.
b) Elegir a los miembros de la Junta Directiva y destituirlos por
causas justifi cadas.
c) Aprobar el Presupuesto Anual de la Asociación.
d) Aprobar la Memoria Anual de Labores de la Asociación, los
informes del Tesorero y los demás que le presente la Junta
Directiva.
e) Acordar la disolución de la Asociación.
f) Resolver todo lo no previsto en los presentes Estatutos, Re-
glamentos y otras disposiciones que emita la Asociación.
g) Aprobar a los socios honorarios y sus distinciones.
h) Aprobar modifi caciones a estos Estatutos.
CAPITULO VI
DE LA JUNTA DIRECTIVA
ART. 16.- La Junta Directiva estará formada por:
1.- Un Presidente.
2.- Un Vice- Presidente.
3.- Un Secretario.
30 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
4.- Un Prosecretario.
5.- Un Tesorero.
6.- Un Protesorero.
7.- Un Síndico.
8.- Cinco vocales.
ART. 17.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos en la
sesión Ordinaria de Asamblea General del mes de junio del año corres-
pondiente, para un período de dos años, contados a partir de la fecha de
su nombramiento, pudiendo ser reelectos en sus cargos.
ART. 18.- La Junta Directiva sesionará Ordinariamente una vez
cada quince días, y Extraordinariamente cuando se considere conveniente,
la convocatoria a las sesiones Ordinarias de la Junta Directiva se hará
con cinco días de anticipación y para las sesiones Extraordinarias con
tres días por lo menos.
ART. 19.- El quórum para celebrar sesión de Junta Directiva será
la asistencia de por lo menos el cincuenta por ciento de sus miembros y
para tomar resoluciones el voto favorable de la mayoría de los miembros
presentes. En caso de empate el Presidente tendrá doble voto.
ART. 20.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:
a) Administrar el patrimonio de la Asociación.
b) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, resoluciones de
la Asamblea General y los Reglamentos de la Asociación.
c) Elaborar la Memoria Anual de Labores de la Asociación y
someterlo a consideración de la Asamblea General.
d) Elaborar el Presupuesto Anual de la Asociación y someterlo
a consideración de la Asamblea General.
e) Velar porque todos los socios cumplan con sus obligaciones
para con la Asociación.
f) Señalar las fechas de celebración de las sesiones Ordinarias
y Extraordinarias de la Asamblea General, convocar a los
socios y elaborar la agenda de las mismas.
g) Conocer las solicitudes de ingreso de los Asociados y pre-
sentarla a consideración de la Asamblea General.
h) Conocer de las solicitudes y reclamos de los Asociados de
acuerdo a las disposiciones de los Estatutos y Reglamento
de la Asociación.
i) Autorizar al Presidente para que realice toda clase de contratos
y proyectos de la Asociación, especialmente los aprobados
por Asamblea General.
j) Elaborar proyectos de Reglamentos de la Asociación, así como
proyectos de reformas a los Estatutos y Reglamentos.
k) Aprobar los programas de trabajo a desarrollar por la Aso-
ciación.
l) Organizar seminarios, cursillos otros eventos relacionados
con los fi nes de la Asociación.
m) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la
Asamblea General.
ART. 21.- Para ser miembro de la Junta Directiva de la Asociación
se requiere:
a) Ser mayor de dieciocho años de edad.
b) Competencia notoria para el desempeño del cargo.
c) Observar buena conducta.
d) Estar solvente con la Asociación.
ART. 22.- Los miembros de la Junta Directiva podrán ser destituidos
de sus cargos por las causas siguientes:
a) Inmoralidad comprobada.
b) Incumplimiento de los Estatutos, reglamentos y otras dispo-
siciones importantes de la Asociación.
c) Por apartarse de los fi nes de la Asociación.
d) Cuando a juicio de la Asamblea General sea necesario.
ART. 23.- Cualquier miembro de la Junta Directiva podrá reelegirse
por un período más.
CAPITULO VII
DE LAS ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS
DE LA JUNTA DIRECTIVA
ART. 24.- Son atribuciones del Presidente:
a) Ejercer la dirección de la Junta Directiva en todos sus asuntos
y representarla Judicial y extrajudicialmente junto al Síndi-
co.
b) Presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Junta
Directiva y de la Asamblea General.
c) Autorizar las erogaciones que haga la Junta Directiva a través
de la tesorería.
d) Firmar junto con el Tesorero y otro miembro designado por
la Asamblea General la apertura de cuentas bancarias para
el depósito de dinero de la Asociación.
e) El Presidente y el Síndico responderán ante cualquier alteración
en los documentos administrativos.
f) Convocar a las sesiones de la Junta y Asamblea General por
medio del Secretario.
g) Cuando se tome acuerdo para cualquier actividad y exista un
empate será el Presidente que tenga el voto califi cado.
h) Elaborar y someter a discusión la agenda para reuniones de
la Junta Directiva y la Asamblea General.
31DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
i) Velar para que se mantenga el orden, la disciplina y la partici-
pación responsable de todos los Asociados en las Asambleas
Generales, reuniones de Junta Directiva y demás actividades
promovidas por la Asociación.
j) Velar para que se cumplan todos los acuerdos tomados en
Asamblea General y en Junta Directiva.
k) Las demás atribuciones que le sean asignadas por la Asamblea
General y la Junta Directiva.
ART. 25.- Son Atribuciones del Vice- Presidente:
a) Colaborar con el Presidente en el desempeño de sus funcio-
nes.
b) Sustituir al Presidente en caso de ausencia o impedimento
de éste.
c) Debe desempeñar las funciones que el Presidente le asigne.
d) Las demás que le asignen estos Estatutos y otras disposiciones
que le indique la Asociación.
ART. 26.- Son atribuciones del Secretario:
a) Llevar el libro de actas de las sesiones de la Junta Directiva
y Asamblea General.
b) Extender las Credenciales y Certifi caciones de la Asociación
que sean necesarias
c) Llevar el archivo de la Asociación.
d) Enviar a los Asociados las convocatorias a sesiones de
Asamblea General y Junta Directiva.
e) Llevar los registros de los Asociados.
f) Recibir y despachar la correspondencia de la Asociación.
g) Las demás que por razones de su cargo le competen.
ART. 27.- Son atribuciones del Prosecretario:
Sustituir al Secretario en los casos de ausencia o enfermedad en
todas las atribuciones que a éste le corresponde.
ART. 28.- Son atribuciones del Tesorero:
a) Recibir y guardar los fondos de la Asociación en la Institución
Bancaria que la Junta Directiva señale.
b) Firmar con el Presidente los cheques y documentos de gastos
de la Asociación.
c) Elaborar el anteproyecto de Presupuesto Anual de la Asocia-
ción y presentarlo a la Junta Directiva.
d) Llevar los libros de contabilidad que fueren necesarios.
e) Presentar mensualmente a la Junta Directiva un informe de
los ingresos y egresos de la Asociación.
f) Presentar balance de la Asociación a la Asamblea General.
g) Recopilar los comprobantes de los gastos efectuados por la
Asociación y presentarlos a la Junta Directiva las veces que
ésta lo requiera.
h) Las demás que por razones de su cargo le correspondan.
ART. 29.- Sustituir al Tesorero en los casos de ausencia o enfer-
medad en todas las atribuciones que a éste le corresponde.
ART. 30.- Son atribuciones del Síndico:
a) Representarla Judicial y Extrajudicialmente a esta Asocia-
ción.
b) Apoyar al Presidente en la representación legal.
c) Velar especialmente por el cumplimiento de las resolucio-
nes de la Junta Directiva; de la Asamblea General; y de los
Estatutos y Reglamentos de la Asociación.
d) Colaborar en la elección de reformas a los Estatutos y Re-
glamentos de la Asociación.
e) Cumplirá y velará por el estricto cumplimiento de estos
Estatutos, acuerdos y demás leyes que norman el libre ejercicio
de las Asociaciones comunales.
f) Asegurar el carácter legal de todo acto de contrato, compra
y venta que la Asociación realice, a fi n de evitar el riesgo de
penalizaciones.
g) Las demás atribuciones que le sean asignadas por la Asamblea
General y Junta Directiva.
ART. 31.- Son atribuciones de los Vocales:
a) Asistir a las sesiones ordinarias y extraordinaria a las que
fueren convocados.
b) Sustituir y colaborar con los demás miembros de la Junta
Directiva
c) Desempeñar las comisiones que les asignen la Asamblea
General y la Junta Directiva.
d) Las demás atribuciones que les señale la Asamblea General
y la Junta Directiva.
ART. 32.- La Junta Directiva iniciará sus funciones sociales el
día de su constitución o juramentación por la delegación del gobierno
municipal correspondiente y su período de servicio será de dos años.
ART. 33.- Los miembros de la Junta Directiva podrán ser reelectos
para un período más en forma consecutiva seis de sus miembros, se
convocarán los más dinámicos y comprobando el espíritu de servicio,
lo anterior será válido si la Asamblea General lo aprueba.
32 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
CAPITULO VIII
PATRIMONIO DE LA ASOCIACION
ART. 34.- El patrimonio de la Asociación estará constituido por:
a) Los ingresos provenientes de cualquier actividad que se
realice con la fi nalidad de incrementar el fondo común.
b) Sus bienes muebles o inmuebles adquiridos a cualquier título
o las rentas, que se obtengan por la administración de los
mismos.
c) Donaciones o fi nanciamientos que se obtengan.
d) Cualquier otros ingresos que perciba la Asociación de las
actividades que realice.
COMITES DE APOYO
ART. 35.- La Asociación podrá formar Comités de Apoyo o en
caso que ya existan deberá coordinarse con éstos, que serán responsables
de operativizar las acciones por áreas de trabajo que se identifi quen e
implementen como parte de la atención a necesidades prioritarias.
CAPITULO IX
DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA ASOCIACION
ART. 36.- La Asociación se disolverá por disposiciones de la Ley,
cuando los socios no lleguen por lo menos a veinticinco y por no poder
cumplir con los objetivos para que haya sido creada y fi nalmente cuando
así lo acuerde en sesión extraordinaria. La Asamblea General convocada
al efecto por lo menos con el voto favorable de las tres cuartas partes de
los Asociados.
ART. 37.- Acordada la disolución de la Asociación y verifi cada
la liquidación por la Junta Directiva el remanente de los bienes si lo
hubiere se donarán a una entidad legalmente constituida en el país, que
tenga fi nes similares y que deberá designarse por la Asamblea General
que acordare la disolución.
CAPITULO X
DISPOSICIONES GENERALES
ART. 38.- La Asociación llevará sus libros de registro de afi liados,
de actas, fi nancieros, todos foliados y sellados con una razón de apertura
que contenga el objeto del libro, y al terminar la razón de cierre la cual
deberá estar fi rmada y sellada por el Presidente y Secretario.
ART. 39.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Con-
cejo Municipal, en los primeros quince días posteriores a la elección de
Junta Directiva, la nómina de quienes la integran, también informarán
en la forma expresada anteriormente de las situaciones de miembros de
Junta Directiva y de nuevos miembros de la Asociación.
ART. 40.- Un Reglamento Interno determinará la forma de dar
cumplimiento a las disposiciones de los presentes Estatutos, el cual
será presentado por la Junta Directiva en la Asamblea General para su
aprobación.
ART. 41.- Los casos que no estén contemplados en estos Estatutos
serán resueltos en Asamblea General y Junta Directiva en su caso.
ART. 42.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el
día de su publicación en el Diario Ofi cial de El Salvador.
LA INFRASCRITA SECRETARIA MUNICIPAL DE ESTA CIU-
DAD.
CERTIFICA: Que en el ACTA NUMERO NUEVE.- Sesión Ordinaria
celebrada por el Concejo Municipal de San Luis Talpa, Departamento
de La Paz, a las diecisiete horas del día lunes tres de marzo del año dos
mil catorce. Se encuentra el acuerdo que literalmente dice:
ACUERDO NUMERO ONCE.- En consideración a la solicitud
presentada por los señores Juan Antonio Tobar Peraza y Lorenzo García
Acevedo, en su calidad de Presidente y Secretario, respectivamente de
la Asociación Comunal de Cantón San Francisco Amatepes, para que
se les otorgue la Personería Jurídica, y en vista que se han revisado los
Estatutos de dicha Asociación y no contradicen la Ley. Este Concejo
Municipal, en uso de las facultades legales que le confi ere el Artículo
30, numeral 23 del Código Municipal, por unanimidad, ACUERDA: I)
Conceder la Personería Jurídica a la Asociación Comunal Cantón San
Francisco Amatepes, del Municipio de San Luis Talpa, Departamento
de La Paz. II) Autorizar la publicación de sus Estatutos en el Diario
Ofi cial. COMUNIQUESE.
ES CONFORME CON SU ORIGINAL CON EL CUAL SE
CONFRONTO.
Alcaldía Municipal de la ciudad de San Luis Talpa, a los once días
del mes de marzo de dos mil catorce.
ANA LISSETTE ESTRADA ORELLANA,
SECRETARIA MUNICIPAL.
SALVADOR ALEJANDRO MENENDEZ GARCIA,
ALCALDE MUNICIPAL.
(Registro No. F027769)
33DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014. ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE DESARROLLO
COMUNAL, CASERIO GUANACASTE,
DE LA CIUDAD DE SAN RAFAEL ORIENTE,
DEL DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL.
DE LA NATURALEZA, DENOMINACIÓN, DOMICILIO Y DURACIÓN.
NATURALEZA.
Art. 1.- La Asociación que se constituye estará regulada por el Código Municipal y la Ordenanza Reguladora de Asociaciones Comunales y los Estatutos, será una entidad apolítica, no lucrativa y no religiosa.
DENOMINACION.
Art. 2.- Se denominará Asociación de Desarrollo Comunal Caserío Guanacaste, de la Ciudad de San Rafael Oriente, del Departamento de San Miguel, y podrá abreviarse "ADESCOGUAN".
DOMICILIO.
Art. 3.- El Domicilio será casa de Héctor Arquímedes Panameño Díaz, ubicada a 400 mts., al sur de la caseta de los buses, o cualquier otro del Caserío y de la Jurisdicción de San Rafael Oriente, que sea elegido por la Asamblea General de ADESCOGUAN.
DURACION.
Art. 4.- La duración de la Asociación es por tiempo indefi nido; sin embargo podrá disolverse por los motivos siguientes:
1° Disminución de Socios.
2° No realizar los fi nes para los cuales fue creada.
3° Por realizar actos ilegales.
4° Por acuerdos de la Asamblea General, o por motivos que de conforme a la ley acuerde el Concejo Municipal.
DE LOS FINES.
Art. 5.- Los fi nes de Asociación serán: El Desarrollo Humano y Desarrollo Comunal que proyecte la Asociación y para ello deberá:
a) Promover el proceso de la respectiva localidad conjuntamente con organismos públicos y privados que participen en los correspondientes programas y proyectos.
b) Fomentar el espíritu de comunidad, solidaridad y cooperación mutua entre los vecinos, sus grupos y entidades respecti-
vas.
c) Coordinar y cooperar con otros grupos comunitarios afi nes
organizados en la localidad.
d) Impulsar y participar en los programas de capacitación
promocional, con el fi n de contribuir al mejoramiento
organizacional de la comunidad, la administración de proyec-
tos sociales y económicos para el desarrollo comunitario.
e) Promover las Organizaciones Juveniles, haciéndolas partícipes
de la responsabilidad del desarrollo local.
f) Incrementar las actividades comunitarias, a fi n de obtener
recursos propios que sirvan para impulsar el mejoramiento
de la comunidad.
g) Participar en los planes del desarrollo comunitario y local.
DE LOS AFILIADOS, CALIDAD, DERECHOS Y DEBERES.
CALIDAD.
Art. 6.- Los afi liados de la Asociación deberán ser habitantes
de los cantones y caseríos que pertenecen al municipio de San Rafael
Oriente.
Art. 7.- Los afi liados podrán ser:
Activos.
Honorarios.
Deben de ser personas, mayores de dieciocho años; pero cuando
provengan de asociaciones juveniles de la comunidad, el requisito será
mayores de quince años.
SOCIOS ACTIVOS.
Art. 8.- Son socios Activos, todas las personas que reúnen los
requisitos que señalan los Artículos 6 y 7 de los presentes estatutos.
SOCIOS HONORARIOS.
Art. 9.- Son Socios Honorarios, todas aquellas personas a quienes
la Asamblea General por su iniciativa o propuesta de la Junta Directiva,
le concede tal calidad por su mérito personal y relevantes servicios
prestados a la Asociación.
DEBERES Y DERECHOS.
Art. 10.- Son derechos y deberes de los socios.
a) Participar con voz y voto en las Asambleas Generales.
b) Presentar mociones y sugerencias en las Asambleas Genera-
les.
34 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
c) Retirarse voluntariamente de la Asociación cuando así lo
solicite.
d) Elegir y ser electos para cargos de la Junta Directiva.
e) Cooperar con todos los medios promocionales posibles al
incremento del número de miembros de la Asociación.
f) Asistir con puntualidad a las sesiones de Asamblea General
previa convocatoria escrita.
g) Cumplir con estos Estatutos y obtener los acuerdos y disposi-
ciones de la Asamblea General y Junta Directiva, siempre que
estén apegados con los fi nes que persigue la Asociación.
Art. 11.- El Gobierno de la Asociación será ejercido por la Asamblea
General y la Junta Directiva.
ASAMBLEA GENERAL.
Art. 12.- La Asamblea General la constituyen todos los asociados
y las resoluciones se acordarán con el voto de la mitad más uno de los
presentes.
Art. 13.- En las sesiones de la Asamblea General, cada asociado
no podrá representar a más de una persona.
Art. 14.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente una
vez cada año; también podrá reunirse extraordinariamente cuando sea
convocada por la Junta Directiva o a solicitud de diez o más miembros
de la Asociación.
Art. 15.- En la Asamblea General se tratarán los asuntos com-
prendidos en la agenda respectiva; y en la extraordinaria los asuntos
comprendidos en la convocatoria.
Art. 16.- La convocatoria para Asamblea General ordinaria o ex-
traordinaria, será mediante aviso escrito, con ocho días de anticipación
la primera, y con cuarenta y ocho horas la segunda, indicándose en ella
la hora, día y lugar en que se han de celebrar.
Art. 17.- Si a la hora señalada, no pudiera celebrarse la sesión por
falta de quórum, ésta se llevará a cabo el mismo día, una hora después
de la señalada con los asociados que concurran, en este último caso las
decisiones que se tomen serán obligatorias aun para aquellos que no
asistieron.
Art. 18.- Son atribuciones de la Asamblea:
a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directi-
va.
b) Recibir los informes de trabajo y aprobar el estado fi nanciero
de la Asociación.
c) Destituir total o parcialmente por causas justifi cadas a los
miembros de la Junta Directiva y elegir los sustitutos.
d) Retirar la calidad de miembro de la Asociación, a los que
hubieren renunciado, fallecido o perdido la calidad como
asociados.
e) Solicitar a la Junta Directiva los informes que crea conve-
niente.
f) Aprobar el reglamento interno de la Asociación y los que
sean necesarios.
g) Cumplir y hacer cumplir estos Estatutos y Reglamentos que
se dicten.
h) Aprobar el Plan Anual de Trabajo y sus respectivos Presu-
puestos.
i) Otorgar la calidad de Socios Honorarios.
j) Otorgar la aportación mensual que les corresponde según lo
estipulen los estatutos.
Art. 19.- La Junta Directiva estará integrada por doce miembros
propietarios electos en Asamblea General.
La nominación de los cargos serán los siguientes:
• Presidente/a
• Vice-presidente/a
• Secretario/a
• Prosecretario/a
• Tesorero/a
• Pro-tesorero/a
• Síndico/a
• 4 Vocales.
Los cargos en la Junta Directiva serán Ad-honórem; sin embargo
cuando el asociado trabaje en actividades particulares y eventuales para
la Asociación, podrá ayudársele con una retribución convencional cuan-
do por el volumen del trabajo y las circunstancias lo ameriten, previo
acuerdos de la Asamblea General.
Art. 20.- La Junta Directiva se reunirá ordinariamente por lo menos
una vez al mes y extraordinariamente las veces que sea necesario, previa
convocatoria que haga el Presidente o siete de sus miembros.
Para que la sesión sea válida deberán concurrir por lo menos la mitad
más uno de sus miembros y las resoluciones se tomarán por mayoría de
votos o por consenso. En caso de empate el Presidente o quien haga sus
veces tendrá doble voto.
Art. 21.- Son atribuciones de la Junta Directiva:
1. Elaborar los proyectos de Estatutos de la Asociación y pro-
ponerlos ante la Asamblea.
35DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
2. Determinar juntamente con las Instituciones que colaboran
con el Desarrollo Comunal, el Plan Anual de Trabajo, y el
Presupuesto correspondiente.
3. Organizar las comisiones de trabajo orientando sus acciones
para su mejor desenvolvimiento y funcionamiento.
4. Convocar a la Asamblea General a reuniones ordinarias y
extraordinarias.
5. Coordinar con organismos del Estado, Municipalidad y en-
tidades privadas, a la realización de proyectos de desarrollo
de la comunidad.
6. Participar en la investigación, planifi cación, ejecución y
evaluación de programas y proyectos de mejoramiento
comunal.
7. Informar periódicamente a la Asamblea General y a los orga-
nismos que cooperan en el desarrollo local, de las actividades
que se desarrollan en la comunidad.
8. Tomar todas las medidas a fi n de cumplir y aplicar las deci-
siones emanadas de la Asamblea General.
9. Autorizar y controlar los gastos que efectúe la Asociación.
10. Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los
miembros de la Asociación.
11. Resolver a su prudente arbitrio aquellas situaciones no pre-
vistas en estos estatutos, y que demanden inmediatamente
solución, sin violar los principios de la Asociación.
12. Presentar ante la Asamblea General la Memoria Anual de
Actividades.
13. Fomentar el espíritu de servicio, solidaridad y cooperación
mutua entre los vecinos, grupos y entidades representativas
de la comunidad.
14. Nombrar a los suplentes cuando el titular de la directiva esté
ausente o no asista a dos sesiones consecutivas sin causa
justifi cada.
15. Presentar ante la Asamblea General con cinco días de an-
ticipación de cada período administrativo el Plan Anual de
Trabajo y el Presupuesto de Gasto de la Asociación.
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA.
Art. 22.- El Presidente presidirá las sesiones de Asamblea General
y Junta Directiva; y autorizará la correspondencia que se despache.
Art. 23.- El Vice-presidente colaborará con el Presidente y lo
sustituirá en los casos de ausencia o impedimentos de éste.
Art. 24.- El Secretario de Actas será el órgano de comunicación de
la Asociación; será el encargado de llevar el inventario de los bienes de la
misma; además tendrá a su cargo la elaboración de las actas y resguardo
de los libros de actas de la Asociación; será el encargado de extender
las certifi caciones que le soliciten de la Asociación; y desempeñará las
demás labores que le encomiende la Junta Directiva.
Art. 25.- El Tesorero será el encargado de administrar los fondos y
demás bienes de la Asociación; llevará las cuentas de la misma, para lo
cual llevará los libros de contabilidad necesarios. Se encargará además
de que se hagan efectivos los créditos a favor de la Asociación, y rendirá
cuenta del estado económico a la Junta Directiva en cada sesión.
Efectuará los pagos de las obligaciones de la Asociación. Los
documentos de egreso serán autorizados por el Secretario y con el visto
bueno del Síndico.
Los fondos de la Asociación serán depositados en una Institución
Bancaria, para lo cual se abrirá una cuenta a nombre de la Asociación,
y para el retiro de fondos se requerirá las fi rmas del Tesorero, Síndico
y Presidente, previo acuerdo de la Junta Directiva.
Art. 26.- El Pro-tesorero colaborará con el Tesorero y lo sustituirá
en los casos de ausencia o impedimento de éste.
Art. 27.- El Síndico tendrá la representación judicial y extrajudicial
de la Asociación, otorgará y revocará poderes judiciales y administrativos.
En todo caso necesitará la previa autorización de la Junta Directiva.
El Síndico será el encargado de velar por el estricto cumplimiento
de estos estatutos y demás acuerdos emitidos por la Asamblea General
o la Junta Directiva.
Art. 28.- Los vocales colaborarán con la Junta Directiva, en las
emisiones que según lo necesiten y en los casos que consideren necesa-
rios, además podrán sustituir a cualquier miembro de la Junta Directiva
que faltare.
De entre los Vocales se formará un comité de vigilancia integrado
por tres miembros, que tendrán acceso a todas las gestiones, trabajos, libros
y demás documentos con el objeto de velar por la buena administración
del patrimonio de la misma, aplicado en la consecución de sus fi nes.
Art. 29.- Cada comisión según sea su responsabilidad temática,
elaborará sus planes de trabajo anuales y responderá en la ejecución de
éstos.
Art. 30.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos por
un período de tres años, pudiendo ser reelectos para otro período si la
Asamblea General así lo acordare.
DEL PATRIMONIO.
Art. 31.- El Patrimonio de la Institución estará constituido por:
a) Las contribuciones que aporten cada uno de los asociados,
que será un dólar cada mes.
b) Las subvenciones y aportes extraordinarios que provengan
de diferentes fuentes.
c) Los ingresos que se obtengan de cualquier actividad que se
realice para hacer llegar fondos a la Asociación.
36 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
d) Los bienes muebles e inmuebles que se adquieran a cualquier título y las rentas que se obtengan de la administración de los mismos. Los bienes inmuebles que forman el patrimonio de la Asociación, no podrán ser enajenados o dados en garantía sin la autorización previa de la Asamblea General.
DE LA DISOLUCION.
DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA ASOCIACION.
Art. 32.- Esta Asociación de Desarrollo Comunal podrá disolverse mediante acuerdos tomados en Asamblea General Extraordinaria, a dicha sesión deberán asistir por lo menos las dos terceras partes de los afi liados.
Art. 33.- Serán causales para disolver esta Asociación, las siguien-tes:
a) Por la disminución de números de sus afi liados en un cin-cuenta por ciento del mínimo establecido por la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones de Desarrollo Comunal de la Ciudad de San Rafael Oriente y del Código Municipal para su constitución.
b) Por la imposibilidad de realizar los fi nes para los cuales fue constituida.
c) Cuando su funcionamiento no se ajuste a los preceptos lega-les.
d) Cuando desarrolle actividades anárquicas o contrarias a la democracia, orden público, a la moral o a las buenas costum-bres.
Art. 34.- El Acuerdo de Disolución debe tomarse por mayoría absoluta de los afi liados asistentes a la Asamblea, el cual deberá ser comunicado al Registro de las Asociaciones Comunales de la Municipa-lidad, por la Junta Directiva dentro de los diez días siguientes a la fecha en que fue tomado dicho acuerdo, remitiendo además, una certifi cación del acta respectiva.
Art. 35.- Al disolverse la Asociación, deberá integrarse una comi-sión liquidadora que estará integrada por dos delegados municipales y por dos representantes de la Asociación, quienes quedarán electos en la Asamblea General Extraordinaria convocada a efecto de disolución; si no fueran electos se procederá a la liquidación con los dos Delegados Municipales; disponiendo dicha comisión de noventa días para hacer la liquidación.
Art. 36.- La Junta Directiva de la Asociación en proceso de liqui-dación, está obligada a poner a disposición de la comisión liquidadora todos los libros y documentos, y rendir los informes y explicaciones que le solicitan.
Art. 37.- La Comisión Liquidadora, una vez concluido su traba-
jo, remitirá al Concejo Municipal para su aprobación los documentos
pertinentes y un informe detallado de su gestión.
DISPOSICIONES GENERALES.
PROCEDIMIENTOS PARA REMOVER DIRECTIVOS
Y SOCIOS.
Art. 38 .- Los miembros de la Asociación podrán ser retirados por Acuerdos de la Asamblea General, previa audiencia del interesado, por infracciones a la Ordenanza y estos estatutos.
Además se consideran causales de retiro o expulsión las siguien-tes:
a) Mala conducta del asociado.
b) Promover actividades ajenas a las de la Asociación.
c) Benefi ciarse por medios fraudulentos para sí o para terce-ros.
d) Cometer algún delito o falta grave contra la Asociación.
Art. 39.- Todos o parte de los miembros de la Junta Directiva, en Asamblea General, podrán ser suspendidos temporalmente o destituidos si el caso lo amerita.
Art. 40.- Para proceder a la suspensión temporal, la Junta nombrará una comisión de dos o más de sus miembros para que investiguen los hechos y oyendo el informe de la comisión y las razones que exponga en su defensa el supuesto infractor, se resolverá lo conveniente. En el caso del literal c) del Art. 9, será la Asamblea quien acordará lo conve-niente.
Si la Junta Directiva no procede dentro de los diez días de conocida la infracción, conforme ordena el inciso anterior, un número de cinco miembros podrá convocar a Asamblea General, para que ésta nombre la comisión investigadora y resuelva lo procedente.
El mismo procedimiento se seguirá cuando de acuerdo a las in-fracciones debe de conocerse sobre la suspensión temporal o destitución de toda la Junta Directiva o cuando por tratarse de la mayoría de los miembros, los restantes no inicien el procedimiento dentro del plazo señalado en el inciso anterior. En todos los casos, será la Asamblea General la que resolverá, y en la misma sesión elegirán y darán posesión a los sustitutos.
Art. 41.- De la resolución de la Junta Directiva podrá interponerse el recurso de revisión ante la misma, dentro del tercer día de la notifi ca-ción. De las resoluciones de Asamblea General no se admitirá ningún recurso.
Art. 42.- De las utilidades netas obtenidas por la Asociación se aportará el 5% como fondo de reserva para incrementar el capital ban-cario a nombre de la misma, para lo cual se llevará un libro especial que registrará el aumento o disminución del mismo.
Art. 43.- Las ganancias que se obtuvieron al fi nal de cada ejerci-cio administrativo, podrán ser invertidas en proyectos que apruebe la Asamblea General a propuesta de la Junta Directiva.
37DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
DEL CONTROL Y FISCALIZACIÓN INTERNA Y EXTERNA.
Art. 44.- La Junta Directiva tendrá la obligación de rendir informes
de sus actuaciones cada año a la Asamblea General.
Art. 45.- La Alcaldía Municipal de San Rafael Oriente, podrá
realizar arqueos, a solicitud de por lo menos la tercera parte de los
afi liados, del promotor social o de ofi cio.
Art. 46.- La Alcaldía Municipal podrá auditar las operaciones de
esta Asociación cada año, para llevar control del uso de cualquiera de
los privilegios y excepciones de que goce la Asociación, haciendo las
recomendaciones correctivas que sean necesarias que se orienten en
línea de fortalecer la organización comunitaria.
Art. 47.- En caso de disolución y pagadas que fueren todas las
obligaciones y hubiere un remanente, éste lo pasará a la Junta Directiva
a disposición del Concejo Municipal respectivo, para obras de desarrollo
en la propia comunidad.
Art. 48.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Concejo
Municipal en los primeros quince días posteriores a la elección, la nómina
de la nueva Junta Directiva. Así mismo informará cuando ocurrieren
sustituciones; o cualquier otra información que la municipalidad le
solicitare.
Dentro de los sesenta días posteriores de la elección, la Junta Di-
rectiva deberá presentar al Concejo Municipal su respectivo Plan Anual
de Trabajo.
Art. 49.- Los presentes estatutos entrarán en vigencia desde el día
de su publicación en el Diario Ofi cial.
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE
SAN RAFAEL ORIENTE, CERTIFICA: Que en el Libro de Actas y
Acuerdos Municipales, que esta ofi cina lleva durante el corriente año, se
encuentra la que literalmente dice: ACTA NÚMERO DIECIOCHO: En
Sesión Ordinaria celebrada por la Municipalidad de San Rafael Oriente,
Departamento de San Miguel, a las catorce horas del día tres del mes de
septiembre de dos mil nueve; sesión convocada y presidida por el señor
Alcalde Municipal Ing. Ever Asmel González Garciaguirre, con la asisten-
cia del Síndico Municipal Licenciado Manuel Ascención González Marín,
y de los Regidores Propietarios en su orden del primero al Sexto: señor
José Reynaldo Villegas Iglecias, Licenciada Marleni Elizabeth Portillo
Menjívar, señor José Heriberto Aparicio, señor Gilberto Campos Cañas,
señor José Vidal Saravia y señorita Roxana Carolina Campos González.
Así mismo fueron convocados los Regidores Suplentes en su orden
respectivo Profesora Milagro del Rosario Gómez Gómez de Aparicio,
Bachiller Roberto Carlos Gaitán González, señor José Agapito Medrano
Castro y señorita Wendy Carolina Quintanilla Quintanilla; Secretaria de
actuaciones Licenciada Beris Yasmina Interiano Quintanilla. Abierta la
sesión por el señor Alcalde Municipal inició con la comprobación del
QUÓRUM formal establecido por Ley, posteriormente se dio lectura
al acta anterior, después de haber sido discutida, fue aprobada y en uso
de las facultades legales que confi ere la Constitución de la República
y el Código Municipal, se emiten los siguientes acuerdos municipales.
ACUERDO NÚMERO ONCE (11) Este Concejo de conformidad con
el artículo treinta numeral trece del Código Municipal vigente, vistos
los estatutos de constitución de la Asociación de Desarrollo Comunal,
Caserío El Guanacaste, Barrio San Juan, jurisdicción de San Rafael
Oriente, Departamento de San Miguel, los cuales constan de cuarenta
y nueve artículos y no encontrándose en ellos ninguna disposición
contraria a las leyes de la República, al orden público y las buenas cos-
tumbres, de conformidad con los artículos treinta, numeral veintitrés,
ciento diecinueve y ciento veintiuno del Código Municipal vigente,
acuerda: 1) Otorgar la Personería Jurídica solicitada por la Asociación
de Desarrollo Comunal, Caserío El Guanacaste (ADESCOGUAN) de
esta jurisdicción de San Rafael Oriente, Departamento de San Miguel, 2)
Aprueba estatutos presentados por la Asociación que consta de cuarenta
y nueve artículos; y 3) Publíquese en el Diario Ofi cial, Certifíquese y
Notifíquese "No habiendo más que hacer constar se termina la presente
que fi rmamos.- E. A. González.- M. A. González.- R V I.- M. Portillo.- J.
H. A. Flores.- G. C. Cañas.- José Vidal Saravia.- R. C. C. G.- Milagro
del Rosario Gómez Gómez.- R C Gaitán.- J. A. M.- W. Quintanilla.- B.
I., Sria. "RUBRICADOS".
Es conforme con su original con el cual se confrontó y para efectos
legales se expide la presente, en la Alcaldía Municipal de la Ciudad de
San Rafael Oriente, a los siete días de septiembre de dos mil nueve.
ING. EVER ASMEL GONZALEZ GARCIAGUIRRE,
ALCALDE MUNICIPAL.
BERIS YASMINA INTERIANO QUINTANILLA,
SECRETARIA MUNICIPAL.
(Registro No. F027746)
38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACIÓN
DECLARATORIA DE HERENCIA
DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INS-TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
AVISA: Que por resolución de este Juzgado, de las diez horas treinta minutos de este día, se ha declarado Heredera Defi nitiva y con Benefi cio de Inventario a la señora, ANTONIA DE JESUS SANCHEZ o ANTONIA DE JESUS SANCHEZ LINARES, en calidad de madre del causante señor, SERGIO JAVIER MENJIVAR SANCHEZ, de la herencia intestada dejada a su defunción por dicho causante, quien falleció a las diez horas veinticinco minutos del día veinticinco de septiembre del año dos mil once, en Morgue de Hospital Nacional Zacamil, San Salvador, a consecuencia de destrucción cerebral, debido a trauma Craneoencefálico severo por proyectil disparado por arma de fuego, sin asistencia Médica, hijo de la señora, ANTONIA DE JESUS SANCHEZ o ANTONIA DE JESUS SANCHEZ LINARES, en la calidad al inicio relacionada, siendo San Juan Opico su último domicilio. Confi érase a la declarada heredera en el concepto indicado la administración y representación defi nitivas de la indicada sucesión.
Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la Ciudad de San Juan Opico del Departamento de La Libertad, a las diez horas treinta y cinco minutos del día veintiocho de febrero del año dos mil catorce.- LICDO. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIME-RA INSTANCIA.- LICDO. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRETARIO.
Of. 1 v. No. 307
ACEPTACION DE HERENCIA
LICENCIADA DANI BERI CALDERON DE RAMIREZ, JUEZA DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas diecisiete minutos del día dieciséis de diciembre de dos mil trece, se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida a las once horas y treinta minutos del día quince de abril de dos mil trece, en Cantón Las Chinamas, Colonia Santa Clara, Ahuachapán, Ahuachapán, su ultimo domicilio, dejó el señor ALBERTO ALONSO ESCALANTE, de parte de la señora CLAUDIA LIZETH HERRERA GARCIA, en calidad de cónyuge sobrevivien-te del causante, de la menor VALERIA ERLINDA ESCALANTE HERRERA, Representada Legalmente por su madre Claudia Lizeth Herrera García, en calidad de hija del causante, y de los menores YURY LISSETTE, RUDY ADALBERTO y KAREN VANNESSA, todos de
apellido ESCALANTE SOTO, Representados Legalmente por su madre
señora Daisy Amanda Soto Santacruz, también en calidad de hijos del
causante; a quienes se ha nombrado interinamente representantes y
administradores de la sucesión con las facultades y restricciones de los
curadores de la herencia yacente, la que ejercerá la menor VALERIA
ERLINDA ESCALANTE HERRERA, por medio de su Representante
Legal señora Claudia Lizeth Herrera García, y los menores YURY
LISSETTE, RUDY ADALBERTO y KAREN VANNESSA, todos de
apellido ESCALANTE SOTO, también por medio de su representante
legal señora Daisy Amanda Soto Santacruz.
Lo que se pone en conocimiento del público, para que los que
se crean con derecho se presenten a deducirlo en el término de quince
días contados desde el siguiente de la tercera publicación del presente
edicto.
JUZGADO DE LO CIVIL: Ahuachapán, a las ocho horas veinte
minutos del día dieciséis de diciembre de dos mil trece.- LICDA. DANI
BERI CALDERON DE RAMIREZ, JUEZA DE LO CIVIL.- LICDA.
CLAUDIA LELIN GUEVARA DE PEÑATE, SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 308-1
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-
TRITO JUDICIAL DE METAPAN.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a
las doce horas con veinte minutos del día diecisiete de febrero de dos mil
catorce, se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario
la herencia intestada dejada por el causante LAZARO MEJIA UMAÑA,
quien fue de sesenta y cinco años de edad, agricultor, fallecido el día
seis de marzo de dos mil diez, siendo esta ciudad su último domicilio;
de parte de los señores DOROTEA HERNANDEZ DE MEJIA, BLAN-
CA EMMA MEJIA HERNANDEZ, LAZARO ORLANDO MEJIA
HERNANDEZ y MAURICIO ENRIQUE MEJIA HERNANDEZ. Los
expresados aceptantes lo hacen en calidad de CONYUGE SOBREVI-
VIENTE la primera y como HIJOS los demás del mencionado causante;
y se les confi rió a éstos la administración y representación INTERINA
de la sucesión con las facultades y restricciones de los Curadores de la
herencia yacente.
Se cita a las personas que tengan derecho a la herencia a presentarse
a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados desde
el siguiente a la tercera publicación de este edicto.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las quince horas con
quince minutos del día veintiséis de febrero de dos mil catorce.- LIC.
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA.
MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 309-1
39DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA
TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado,
a las catorce horas con treinta minutos del día dieciocho de octubre del
presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio
de inventario, la herencia intestada dejada a su defunción por la cau-
sante señora ELISA MARIA MARROQUIN GONZALEZ, ocurrida el
día doce de abril del presente año, en la ciudad de Antiguo Cuscatlán,
lugar de su último domicilio, de parte del señor CARLOS HUMBERTO
SOLORZANO MARROQUIN, en calidad de hijo de la causante; y se
ha conferido al aceptante, la administración y la representación interinas
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las doce ho-
ras y treinta minutos del día treinta de octubre de dos mil trece.- LIC.
YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. KARINA
VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 310-1
LICENCIADO RODRIGO ERNESTO BUSTAMANTE AMAYA,
JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL DISTRITO
JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS
DE LEY.
HACE SABER: Que en las Diligencias de Aceptación de Herencia
Intestada con Benefi cio de Inventario, iniciadas por la Licenciada LUZ
ELENA COTO DE MARTINEZ, de generales conocidas en las presentes
diligencias, en su calidad de Defensora Pública de los Derechos Reales
y Personales de la Procuraduría General de la República, Representan-
do Judicialmente a la señora MAGDALENA MARTINEZ viuda DE
DURAN, mayor de edad, ama de casa, viuda, del domicilio de esta
ciudad, con Tarjeta de Identifi cación Tributaria número: cero doscientos
diez – cero veintiún mil ochenta – ciento siete – cinco, en calidad de
cónyuge; a la niña JENNIFFER STEPHANNIE DURAN MARTINEZ,
de doce años de edad, con Tarjeta de Identifi cación Tributaria número:
cero doscientos diez – doscientos treinta mil setecientos uno – ciento
uno - dos, y al niño CHRISTIAN VLADIMIR DURAN MARTINEZ,
de siete años de edad, con Tarjeta de Identifi cación Tributaria número:
cero doscientos diez – cero veinte mil ochocientos seis – ciento dos - uno,
Representados Legalmente por su madre, señora Magdalena Martínez
viuda de Durán, en calidad de hijos sobrevivientes del causante; en la
sucesión del de cujus, señor CHRISTIAN VLADIMIR DURAN, del
expediente clasifi cado bajo el número de referencia: 01759-13-DV-
2CM1, se ha proveído resolución por este Tribunal, a las quince horas
trece minutos del día veintisiete de febrero de dos mil catorce, mediante
la cual se ha tenido por aceptada interinamente y con Benefi cio de In-
ventario, de parte de la señora MAGDALENA MARTINEZ viuda DE
DURAN, en calidad de cónyuge, la niña JENNIFFER STEPHANNIE
DURAN MARTINEZ y el niño CHRISTIAN VLADIMIR DURAN
MARTINEZ, Representados Legalmente por su madre, señora Mag-
dalena Martínez viuda de Durán, en calidad de hijos sobrevivientes del
causante, respecto de la Herencia Intestada que a su defunción dejara
el causante, señor CHRISTIAN VLADIMIR DURAN, quien fuera de veintinueve años de edad al momento de su deceso, Empleado, Casado, Originario de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, de Nacionalidad Salvadoreña, habiendo fallecido el día veintinueve de marzo de dos mil nueve, hijo de Gloria Elizabeth Durán y de padre desconocido, siendo su último domicilio Santa Ana, Departamento de Santa Ana.
A los aceptantes, señora MAGDALENA MARTINEZ viuda DE DURAN, niña JENNIFFER STEPHANNIE DURAN MARTINEZ y niño CHRISTIAN VLADIMIR DURAN MARTINEZ, Representados Legalmente por su madre, señora Magdalena Martínez viuda de Durán, se les confi ere INTERINAMENTE la Administración y Representación de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
Lo que se hace del conocimiento del público, para que todo aquel que se crea con derecho a la sucesión, se presente a este Juzgado a deducirlo dentro de los quince días hábiles siguientes a la tercera publicación de este edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, Santa Ana, a las quince horas cincuenta minutos del día veintisiete de febrero de dos mil catorce.- LIC. RODRIGO ERNESTO BUSTAMANTE AMAYA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MER-CANTIL, SANTA ANA.- LIC. JAIME MANUEL BENITEZ BAÑOS, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 311-1
AVISO DE INSCRIPCION
EL INFRASCRITO JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ASOCIACIO-NES AGROPECUARIAS DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA.
CERTIFICA: Que habiendo cumplido con el procedimiento establecido en el Decreto Legislativo Número TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE, publicado en el Diario Ofi cial número ochenta y seis, Tomo número Doscientos Noventa y Uno, del catorce de mayo de mil novecientos ochenta y seis, donde se emite la Ley General de Asociaciones Cooperativas, LA ASOCIACION COOPERATIVA DE PRODUCCION AGROPECUARIA Y SERVICIOS MULTIPLES "MUJERES EMPRENDEDORAS DE OZATLAN" DE RESPONSA-BILIDAD LIMITADA. QUE SE ABREVIA "ACOPASMOZ" DE R.L., con domicilio en el municipio de Ozatlán, departamento de Usulután, obtuvo su personalidad jurídica el día tres de febrero de dos mil catorce, y fue inscrita en el libro ciento diecisiete del Registro que esta Ofi cina lleva bajo la siguiente codifi cación: Dos mil ciento trece del Sector No Reformado. Por lo que CONSIDERA: Publicar en el Diario Ofi cial por una sola vez el asiento de inscripción correspondiente.
Santa Tecla, a los seis días del mes de marzo de dos mil catorce.
LIC. FERNANDO MIGUEL FARRAR,
JEFE DEL DEPARTAMENTO.
Of. 1 v. No. 312
40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
EL INFRASCRITO JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ASOCIACIO-
NES AGROPECUARIAS DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA
Y GANADERIA.
CERTIFICA: Que habiendo cumplido con el procedimiento esta-
blecido en el Decreto Legislativo Número TRESCIENTOS TREINTA
Y NUEVE, publicado en el Diario Ofi cial número ochenta y seis, Tomo
número Doscientos Noventa y Uno, del catorce de mayo de mil nove-
cientos ochenta y seis, donde se emite la Ley General de Asociaciones
Cooperativas, LA ASOCIACION COOPERATIVA DE PRODUCCION
AGROPECUARIA Y SERVICIOS MULTIPLES "NUEVO TEPETI-
TAN" DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, QUE SE ABREVIA
"ACOPASMUNTE" DE R.L., con domicilio en el municipio de Tepetitán,
departamento de San Vicente, obtuvo su personalidad jurídica el día
diecinueve de febrero de dos mil catorce, y fue inscrita en el libro ciento
dieciocho del Registro que esta Ofi cina lleva bajo la siguiente codifi ca-
ción: Dos mil novecientos veinte del Sector No Reformado. Por lo que
CONSIDERA: Publicar en el Diario Ofi cial por una sola vez el asiento
de inscripción correspondiente.
Santa Tecla, a los trece días del mes de marzo de dos mil cator-
ce.
NOTIFIQUESE.
LIC. FERNANDO MIGUEL FARRAR,
JEFE DEL DEPARTAMENTO.
Of. 1 v. No. 313
MUERTE PRESUNTA
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-
TRITO JUDICIAL DE METAPAN.
HACE SABER: Que a este Juzgado se presentó la señora NI-
COLASA POLANCO DE RIVERA de cuarenta y tres años de edad,
de Ofi cios Domésticos, de este domicilio a iniciar DILIGENCIAS
DE MUERTE PRESUNTA por DESAPARECIMIENTO del señor
SANTIAGO POLANCO, quien era de dieciséis años de edad, tuvo su
último domicilio en Cantón San Antonio La Junta, Caserío La Bolsa de
esta comprensión territorial, sin saber su paradero desde el año de mil
novecientos ochenta y uno.- Y habiéndose llenado los requisitos legales
en las presentes diligencias, por resolución de Fs.16 de las quince horas
con cinco minutos del día seis de febrero del corriente año se ordenó
citar por tercera vez al referido señor; esto para que acuda de ser posible,
a manifestarse respecto de las diligencias que están siendo promovidas,
conforme a lo regulado en el Art. 80 numeral 2° C.C..-
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las once horas cinco
minutos del día veintiséis de febrero de dos mil catorce.- LIC. JOSE
HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARIA
LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.
Of. 1 v. No. 314
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-
TRITO JUDICIAL DE METAPAN.
HACE SABER: Que a este Juzgado se presentó la señora NICO-
LASA POLANCO DE RIVERA, de cuarenta y tres años de edad, ofi cios
domésticos y de este domicilio; a iniciar Diligencias de Muerte Presunta
por desaparecimiento del señor ANDRES ABELINO POLANCO, quien
era de cincuenta y nueve años de edad, casado, agricultor pequeño, tuvo
su último domicilio en esta ciudad, sin saber su paradero desde el año
de mil novecientos ochenta y uno.- Y habiéndose llenado los requisitos
legales en las presentes diligencias, por resolución de Fs. 20 de las doce
horas con treinta minutos del día veintiocho de enero del dos mil catorce,
se ordenó citar por tercera vez al referido señor; esto para que acuda de
ser posible, a manifestarse respecto de las diligencias que están siendo
promovidas, conforme a lo regulado en el Art. 80 No. 2°. C. C.
Lo que se hace del conocimiento para los efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las doce horas con
cuarenta minutos del día diez de febrero del dos mil catorce.- LIC. JOSE
HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARIA
LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIA.
Of. 1 v. No. 315
ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,
al público para los efectos de ley.
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas del día
seis de Diciembre del año dos mil trece, se ha ordenado CITAR POR
TRES VECES en el Diario Ofi cial, con intervalo de cuatro meses en
cada dos publicaciones, al señor JOSE ROGELIO LEMUS, mayor de
edad, jornalero, del domicilio del Cantón Dos Quebradas, jurisdicción de
San Vicente, departamento de San Vicente, quien nació en el municipio
de San Gerardo, departamento de San Miguel, el día cinco de octubre
de mil novecientos cincuenta y tres, siendo hijo de Antonia Lemus y de
José Rogelio Orellana. Art. 80 Ordinal 2° C. C.
Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los seis días del mes de di-
ciembre del año dos mil trece.- DRA. ANA FELICITA ESTRADA,
JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS,
SECRETARIO.
Of. 1 v. No. 316
41DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
ACEPTACIÓN DE HERENCIA
LICENCIADO RODRIGO ERNESTO BUSTAMANTE AMAYA,
JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL DISTRITO
JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO, PARA LOS EFECTOS
DE LEY,
HACE SABER: Que en las Diligencias de Aceptación de Herencia
Intestada con Benefi cio de Inventario, iniciadas por la Licenciada LUZ
ELENA COTO DE MARTÍNEZ, de generales conocidas en las presentes
diligencias, en su calidad de Defensora Pública de los Derechos Reales
y Personales de la Procuraduría General de la República, Representando
Judicialmente a la señora MARGARITA MARTÍNEZ PÉREZ, mayor de
edad, doméstica, del domicilio de Juayúa, Departamento de Sonsonate,
con Documento Único de Identidad número: cero cero setecientos cinco
mil trece - siete, y con Tarjeta de Identifi cación Tributaria número: cero
doscientos diez - ciento diez mil cuatrocientos cincuenta y nueve - ciento
seis - ocho, en calidad de madre sobreviviente; a la niña MARGARITA
GUADALUPE CRUZ PORTILLO, de cinco años de edad, con Tarjeta de
Identifi cación Tributaria número: cero doscientos diez -ciento cincuenta
mil novecientos ocho - ciento uno - seis, Representada Legalmente por
su madre, señora MARÍA MERCEDES PORTILLO, mayor de edad,
empleada, de este domicilio, con Tarjeta de Identifi cación Tributaria
número: cero doscientos dieciséis – doscientos cuarenta mil novecientos
sesenta y seis – ciento uno - dos; y al niño LUIS FERNANDO CRUZ
GARCÍA, de ochos años de edad, con Tarjeta de Identifi cación Tributaria
número: cero doscientos diez – cien mil setecientos cinco –ciento
dos – cuatro, Representado Legalmente por su madre, señora Yolanda
García Lue, mayor de edad, doméstica, de este domicilio, con Tarjeta
de Identifi cación Tributaria número: cero trescientos ocho – trescientos
mil ochocientos ochenta y tres – ciento ocho – ocho, en calidad de hijos
sobrevivientes del causante; en la sucesión del de cujus, señor CAR-
LOS RAFAEL CRUZ MARTÍNEZ, del expediente clasifi cado bajo el
número de referencia: 01784-13-DV-2CM1, se ha proveído resolución
por este tribunal, a las diez horas trece minutos del día veintisiete de
febrero de dos mil catorce, mediante la cual se ha tenido por aceptada
interinamente y con Benefi cio de Inventario, de parte de la señora MAR-
GARITA MARTÍNEZ PÉREZ, en calidad de madre sobreviviente; la
niña MARGARITA GUADALUPE CRUZ PORTILLO, Representada
Legalmente por su madre, señora María Mercedes Portillo; y el niño
LUIS FERNANDO CRUZ GARCÍA, Representado Legalmente por su
madre, señora Yolanda García Lue, en calidad de hijos sobrevivientes
del causante, respecto de la Herencia Intestada que a su defunción dejara
el causante, señor CARLOS RAFAEL CRUZ MARTÍNEZ, quien fuera
de veintiocho años de edad al momento de su deceso, empleado, soltero,
originario de Juayúa, Departamento de Sonsonate, de Nacionalidad
Salvadoreña, habiendo fallecido el día veintisiete de junio de dos mil
once, hijo de Rafael Cruz López y Margarita Martínez Pérez, siendo su
último domicilio Santa Ana, Departamento de Santa Ana.
A los aceptantes, señora MARGARITA MARTÍNEZ PÉREZ;
niña MARGARITA GUADALUPE CRUZ PORTILLO, Representada
Legalmente por su madre, señora María Mercedes Portillo; y niño
LUIS FERNANDO CRUZ GARCÍA, Representado Legalmente por su
madre, señora Yolanda García Lue, se les confi ere INTERINAMENTE
la Administración y Representación de la sucesión con las facultades y
restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
Lo que se hace del conocimiento del público, para que todo aquel que
se crea con derecho a la sucesión, se presente a este Juzgado a deducirlo
dentro de los quince días hábiles siguientes a la tercera publicación de
este edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y MER-
CANTIL, Santa Ana, a las doce horas tres minutos del día veintisiete de
febrero de dos mil catorce. LIC. RODRIGO ERNESTO BUSTAMANTE
AMAYA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL SANTA
ANA. LIC. JAIME MANUEL BENÍTEZ BAÑOS, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 296-2
DE SEGUNDA PUBLICACIÓN
42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,
al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas treinta mi-
nutos del día dieciocho de Diciembre del corriente año, se ha tenido por
aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de la menor
NAYELI SHELLDY JIMÉNEZ AYALA, menor de edad, del domicilio
de esta ciudad, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor
JOSÉ ÁNGEL QUINTANILLA PINEDA conocido por SALVADOR
AMÍLCAR JIMÉNEZ JIMÉNEZ, quien fue de veintiún años de edad,
soltero, estudiante, salvadoreño, con Documento único de Identidad
número cero cuatro millones cuatrocientos veintiocho mil setecientos
setenta-nueve y Tarjeta de Identifi cación Tributaria número un mil diez-
doscientos treinta mil trescientos noventa y uno-ciento uno-cero, fallecido
el día uno de marzo del año dos mil trece, en el Hospital General del
Seguro Social, de la ciudad de San Salvador, siendo el lugar de su último
domicilio la ciudad de San Vicente, de este departamento, en concepto
de hija del causante y se ha nombrado a la aceptante administradora y
representante interina de la sucesión con las facultades y restricciones de
los curadores de la herencia yacente, debiendo ejercerlas por medio de
su representante legal señora MILAGRO DE LOS ÁNGELES AYALA
VENTURA, hasta cumplir la mayoría de edad.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los dieciocho
días del mes de diciembre del año dos mil trece. DRA. ANA FELICITA
ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. LILIAN MABEL RUIZ DE
SALINAS, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 297-2
TÍTULO SUPLETORIO
LA LICENCIADA ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS,
JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE
CIUDAD BARRIOS,
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licda.
ANA ROXANA CAMPOS DE PONCE, mayor de edad, Abogada,
del domicilio de San Salvador, Departamento del mismo nombre, en el
carácter de Agente Auxiliar del señor Fiscal General de la República;
solicitando Diligencias de TITULO SUPLETORIO, a favor del Estado de
El Salvador, en el ramo de Educación; sobre un inmueble de naturaleza
rústica, donde funciona el Centro Escolar "Caserío La Zuncuya, Cantón
Cucuruchos," ubicado en el Llano de la Zuncuya del Cantón Cucuruchos,
jurisdicción de Nuevo Edén de San Juan, Departamento de San Miguel;
de la capacidad superfi cial de CUATROCIENTOS CUARENTA Y
UNO PUNTO CERO NUEVE METROS CUADRADOS, equivalen-
tes a SEISCIENTOS TREINTA PUNTO SETENTA Y SEIS VARAS
CUADRADAS, de las medidas y linderos siguiente: LADO NORTE:
Compuesto por un tramo así: Mojón uno al mojón dos con una distancia
de veinte punto cincuenta y cinco metros y rumbo Sur Ochenta y seis
grados once minutos diecisiete segundos Este, colindando el tramo con
Porfi rio Díaz Vásquez y Leonor Ordóñez.- LADO ORIENTE: compuesto
por un tramo así: Mojón dos al mojón tres con una distancia de veintiuno
punto diez metros y rumbo Sur trece grados diez minutos veintidós se-
gundos Oeste, colindando el tramo con Porfi rio Díaz Vásquez.- LADO
SUR: Compuesto por un tramo así: Mojón tres al mojón cuatro, con una
distancia de veintiuno punto ochenta y un metros y rumbo Norte ochenta
y seis grados quince minutos cuarenta y un segundos Oeste, colindando
por este tramo con Cristian Díaz.- LADO PONIENTE: Compuesto por
un tramo así: Mojón cuatro al mojón cinco, con un distancia de veintiuno
punto treinta y siete metros y rumbo Norte dieciséis grados veintinueve
minutos cuarenta y seis segundos Este, colindando el tramo con Rubén
Vigil.- Dicho inmueble fue adquirido por el Estado y Gobierno de El
Salvador en el Ramo de Educación, mediante DONACIÓN Irrevocable
de la Posesión que hiciera el señor PORFIRIO DIAZ VASQUEZ, según
Testimonio de Escritura Matriz otorgada ante los ofi cios de la Notario
ANA CECILIA MAYORGA MIRANDA, el día treinta de septiembre del
año dos mil trece; y lo valúa en la cantidad de CINCO MIL DOLARES
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Librado en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE CIU-
DAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL, a las catorce
horas y veintidós minutos del día veinte de febrero del año dos mil
catorce. LICDA. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA
DE PRIMERA INSTANCIA. LIC. EDWIN BLADIMIR PORTILLO
ZULETA, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 298-2
43DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
SECCION CARTELES PAGADOSDE PRIMERA PUBLICACIÓN
DECLARATORIA DE HERENCIA
LICENCIADA MAURA YANETT MORÁN CASTANEDA, JUEZA
DE LO CIVIL SUPLENTE, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas cincuenta
minutos del día cuatro de marzo de dos mil catorce, se ha declarado
HEREDEROS DEFINITIVOS ab-intestato con benefi cio de inventario
a los señores VERÓNICA ESTELA RENDÓN AGUILAR y JOSÉ
LEONARDO RENDÓN AGUILAR, en su calidad de hijos de la cau-
sante y como cesionarios del derecho que en la Sucesión le corresponde
a la señora IRMA AGUILAR DE CAMPOS, en calidad de madre de
la causante señora VILMA ESTELA AGUILAR, fallecida a las veinte
horas del día trece de marzo de dos mil trece, en Cantón Llano del Es-
pino, Colonia Un Rancho y Un Lucero, de esta ciudad y departamento,
siendo su último domicilio el de esta ciudad.
Y se ha conferido defi nitivamente a los herederos declarados la
administración y representación de la Sucesión.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
Ley.
JUZGADO DE LO CIVIL: Ahuachapán, a las ocho horas cincuenta
y dos minutos del día cuatro de marzo del dos mil catorce.- LICDA.
MAURA YANETT MORÁN CASTANEDA, JUEZA DE LO CIVIL
SUPLENTE.- LICDA. CLAUDIA LELIN GUEVARA DE PEÑATE,
SECRETARIA.
1 v. No. C000063
LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-
TRITO JUDICIAL DE SANTA ROSA DE LIMA, DEPARTAMENTO
DE LA UNION, al público para los efectos de Ley.
AVISA: Que por resolución de este Juzgado, de las quince horas y
quince minutos del día cinco de febrero del corriente año, se le declaró
heredera expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia
intestada que al fallecer a las cuatro horas y quince minutos del día
veinticuatro de mayo del año dos mil trece, en el Barrio Las Flores de
la ciudad de Anamorós, de este Distrito, Departamento de La Unión,
su último domicilio dejó el causante Luis Fredis Ventura o Luis Fredy
Ventura, de parte de la señora Irma Marisela Flores de Ventura o Irma
Marisela Flores o Irma Flores o Irma Maricela Flores, en concepto de
cónyuge sobreviviente del referido causante, de conformidad con el
artículo 988 numeral 1° C.C. y en concepto de cesionaria de los derechos
hereditarios que en la referida Sucesión les correspondían a los señores
Luis Fredis Ventura Flores, Rosenda Merary Ventura Flores, Victoria
Mericela Ventura Flores, Yesica Yasmín Ventura Flores, y Josué Esaú
Ventura Flores, en calidad de hijos sobrevivientes del causante antes
mencionado, de conformidad con el Artículo 1699 C.C.
Se le confi ere a la heredera declarada en el carácter dicho la admi-
nistración y representación DEFINITIVA de los bienes de la indicada
Sucesión.
Dése el aviso de Ley y Oportunamente extiéndase la Certifi cación
correspondiente.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, Departamento
de La Unión, a los diez días del mes febrero de dos mil catorce.- LIC.
ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA.
MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA.
1 v. No. C000070
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
AVIS A: Que por resolución proveída a las nueve horas y diez mi-
nutos de este día las señoras MARIA CRISTINA MEJIA DE VENTURA
y REINA ISABEL MEJIA CANALES, han sido declaradas herederas
defi nitivas con benefi cio de inventario en la herencia intestada que dejó
el señor José Dimas Canales Ventura o José Dimas Ventura Canales,
quien falleció el día ocho de julio del dos mil doce, en el Cantón El
Ciprés, Colonia Buena Vista, Jurisdicción de Conchagua, Distrito y
Departamento de La Unión, siendo ese lugar, su último domicilio, la
primera en calidad de cónyuge, y la segunda como hija del causante.
Y se les ha conferido a las herederas mencionadas en la calidad
dicha la administración y representación defi nitiva de la Sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los seis días del mes
de enero de dos mil catorce.- LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES
BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO PEREZ,
SECRETARIO.
1 v. No. C000071
44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
LICDA. ALICIA JEANNETTE ALVARENGA HERNANDEZ, JUEZA
PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE, DE SAN FRAN-
CISCO GOTERA, DEPARTAMENTO DE MORAZAN.
AVISA: Que por resolución pronunciada en este Juzgado, a las
catorce horas de este día, se ha DECLARADO HEREDERO DEFI-
NITIVO Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO, al señor FREDY
ANTONIO FERRUFINO SALAMANCA, de cuarenta y tres años de
edad, Empleado, del domicilio de Freeport, Condado de Nassau, Estado
de Nueva York, de los Estados Unidos de América, con Documento
Único de Identidad número 04199259-1; y Tarjeta de Identifi cación
Tributariamente Número 1304-060270-102-4; de la herencia que en
forma intestada dejó el causante FREDY ARTURO FERRUFINO FLO-
RES, quien fue de cincuenta y siete años de edad, casado, Comerciante
en Pequeño, originario y del domicilio de Chilanga, Departamento de
Morazán, hijo de Eduardo Ferrufi no y Carmela Flores; quien falleció a
las nueve horas del día veintiocho de diciembre del año dos mil siete, a
consecuencia de un Infarto Agudo de Miocardio sin asistencia médica;
en el Barrio El Calvario de la ciudad de Chilanga, departamento de
Morazán; siendo ese lugar su último domicilio; en concepto de hijo del
referido causante.
Se ha conferido al referido aceptante en la calidad expresada, la
administración y representación DEFINITIVA de dicha Sucesión, con
las facultades y restricciones de Ley.
Juzgado Primero de Primera Instancia, San Francisco Gotera,
departamento de Morazán, a las catorce horas y cinco minutos del día
doce de marzo de dos mil catorce.- LICDA. ALICIA JEANNETTE
ALVARENGA HERNANDEZ, JUEZA PRIMERO DE PRIMERA
INSTANCIA SUPLENTE.- LICDA. YESENIA ROSIBEL VILLATORO
DE ZUNIGA, SECRETARIA.
1 v. No. C000076
RAUL EDUARDO BENITEZ DENIS, Notario, de este domicilio, con
Ofi cina establecida en Avenida San Lorenzo, Número ciento trece, local
cuatro, Segunda Planta, Colonia El Refugio, San Salvador.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
en esta ciudad, a las once horas de este mismo día; ha sido declarado
heredero defi nitivo con benefi cio de inventario, de los bienes que a su
defunción dejó la señora MARIA ALICE DENYS GOMEZ, conocida por
MARIA ALICIA DENYS, MARIA ALICE GOMEZ, MARIA ALICIA
DENYS DE MUNGUIA, MARIA ALICIA DENYS, MARINA ELA
DENYS, MARIA ALICIA MUNGUIA, ALICIA DENYS DE MUN-
GUIA y por MARIA ALICE DENYS DE MUNGUIA, quien falleció en
la ciudad de Portland, Estado de Oregon, Estados Unidos de América,
lugar de su último domicilio, el día veintiséis de abril del año en curso,
a la edad de setenta y siete años, quien fuera ama de casa, Divorciada,
originaria de la ciudad y Departamento de Usulután, de nacionalidad
Salvadoreña, con Documento Único de Identidad Número cero dos siete
ocho cinco cero dos dos-dos, y Número de Identifi cación Tributaria un
mil ciento veintitrés-dos dos cero siete tres cinco-cero cero uno-siete;
hija de los señores Raúl Eugenio Denys, conocido por Eugenio Denys
y por Raúl Eugenio Joya y Concepción Gómez, ambos ya fallecidos;
al señor ALBERTO ENRIQUE MUNGUIA o ALBERTO ENRIQUE
MUNGUIA DENYS, quien es de cincuenta y un años de edad, Empleado,
originario de los Estados Unidos de Norte América, del domicilio de
la ciudad de Portland, Estado de Oregon, Estados Unidos de América,
con Pasaporte de los Estados Unidos de América, número DOS UNO
DOS UNO NUEVE SEIS SIETE OCHO UNO, extendido por el Centro
Nacional de Pasaportes en dicho país, el día uno de diciembre del dos
mil cuatro, con fecha de vencimiento el día treinta de noviembre del
dos mil catorce; con Número de Identifi cación Tributaria nueve mil
cuatrocientos cincuenta-uno cinco cero seis seis dos-ciento uno-nueve;
en su calidad de hijo de la referida causante.
Habiéndosele conferido en tal carácter, la administración y repre-
sentación defi nitiva de la Sucesión.
Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en las Ofi cinas del Notario Raúl Eduardo Benítez Denis,
San Salvador, a los veinte días del mes de diciembre del dos mil trece.
RAUL EDUARDO BENITEZ DENIS,
NOTARIO.
1 v. No. C000081
MARIA DEL CARMEN ELIAS CAMPOS, Notaria, de esta domicilio,
con Ofi cina ubicada en Condominios Tequendama, Edifi cio Diez, Local
Tres, sobre Veintiuna Avenida Norte, Colonia Layco, de esta Ciudad.
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notaria, proveída
a las dieciséis horas del día doce de marzo del dos mil catorce, se ha
declarado al señor GUILLERMO ERNESTO INTERIANO RAMIREZ,
Heredero Defi nitivo y con benefi cio de inventario en su carácter de HIJO
DEL CAUSANTE y cesionario del derecho que le correspondía a la
señora ROSA GUILLERMINA RAMIREZ DE INTERIANO, en su
calidad de esposa, da la Sucesión intestada que a su defunción dejara el
señor NEMESIO ERNESTO INTERIANO QUINTANILLA, también
conocido por NEMECIO ERNESTO INTERIANO QUINTANILLA,
ocurrida a las trece horas con diez minutos del día dos de diciembre de
dos mil cinco, en la ciudad de Victorville, Condado de San Bernardino,
Estado de California, Estados Unidos de América, siendo su último
domicilio la Ciudad de Santa Tecla, departamento de La Libertad.
45DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
En consecuencia confi érase el heredero declarado, la ADMINIS-
TRACION Y REPRESENTACION DEFINITIVA de la Sucesión.
Protocolícese la resolución correspondiente.
Librado en la Ofi cina de la Notaria MARIA DEL CARMEN ELIAS
CAMPOS, en la ciudad de San Salvador, a los trece días del mes de
marzo de dos mil catorce.
MARIA DEL CARMEN ELIAS CAMPOS,
NOTARIO.
1 v. No. C000083
LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez
Segundo de Primera Instancia, de este Distrito Judicial, al público para
efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal, de las
diez horas y veintitrés minutos del día catorce de febrero del corriente año,
se ha declarado heredera en forma defi nitiva con benefi cio de inventario,
de la herencia intestada que a su defunción dejó el causante EUSEBIO
DIAZ CHEVES, al señor RIGOBERTO EUSEBIO PORTILLO, de
cincuenta y cuatro años de edad, Ganadero, del domicilio de Osicala,
Departamento de Morazán, con Documento Único de Identidad Número
cero un millón cuarenta y cuatro mil ciento cincuenta y ocho guión tres,
y Número de Identifi cación Tributaria Un mil doscientos quince guión
doscientos mil quinientos cincuenta y nueve guión cero cero uno guión
ocho; como Cesionario del derecho que le correspondía a la señora
LUCIA DIAZ CHEVEZ, ésta en calidad de hermana del mencionado
causante; quien a la fecha de su fallecimiento fue de noventa años de
edad, Comerciante, originario de Osicala, Departamento de Morazán;
hijo de los señores Marcelino Díaz y Gregoria Chéves; falleció a las
dieciocho horas del día veintidós de diciembre de dos mil doce, en el
Barrio El Centro de la ciudad de Osicala; siendo esta misma ciudad de
Osicala, lugar de su último domicilio.
Se le confi rió al heredero declarado antes mencionado y en la
forma establecida, la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION
DEFINITIVA de la Sucesión.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco
Gotera, Morazán; a las nueve horas y cincuenta y cuatro minutos del
día dieciocho de febrero de dos mil catorce.- LIC. JORGE ALBERTO
GUZMAN URQUILLA, JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTAN-
CIA.- LICDA. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO,
SECRETARIA.
1 v. No. F027667
DINA LUZ FIGUEROA ARTEAGA, Notario, de este domicilio, con
Ofi cina en Primera Calle Poniente y Trece Avenida Norte, ciento cuarenta
y tres, segunda planta, local cuatro, San Salvador, teléfono 2221-3159
y 2221-0959.
AVISA: Que por resolución proveída por la suscrita Notario, en
esta ciudad, el día veintiséis de febrero del dos mil catorce, se ha tenido
por aceptada expresamente con benefi cio de inventario la herencia testa-
mentaria que a su defunción ocurrida en la ciudad de San Miguel, el día
veinticuatro de diciembre del dos mil once, dejó el señor WENCESLAO
BENAVIDES, quien al momento de su fallecimiento era de ochenta y
dos años de edad, pensionado, del domicilio de San Miguel, su último
domicilio, a la señora Jilma Dinora Benavides Majano, conocida por
Gilma Benavides Majano y Gilma Majano Benavides, en el concepto
de HEREDERA TESTAMENTARIA.
Y se le ha conferido a la aceptante, la administración y represen-
tación defi nitiva de la sucesión.
San Salvador, once de marzo del dos mil catorce.
LICDA. DINA LUZ FIGUEROA ARTEAGA,
NOTARIO.
1 v. No. F027691
TANIA MARGARITA VARGAS LEONOR, Notario, de este domicilio,
con Ofi cina situada en Quince Calle Poniente, Edifi cio Santa Fe, Local
Veintidós, Segundo Nivel, Centro de Gobierno, San Salvador.
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída
a las quince horas del día tres de marzo de dos mil catorce, se ha tenido
por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia
testada que a su defunción dejara el señor JOSÉ ABRAHAM SACA
RAFIDI, conocido también como JOSÉ ABRAHAM SACA, quien fue
de ochenta y ocho años de edad, Comerciante, de este domicilio, con
Cédula de Identidad Personal uno-uno-cero setenta y dos mil cuatrocientos
cuarenta y uno, y con Número de Identifi cación Tributaria nueve cinco
dos ocho-dos tres cero uno cero seis-cero cero uno-cuatro; ocurrida a las
seis horas del día dieciséis de junio de mil novecientos noventa y cuatro,
en Paseo General Escalón, Setenta y Nueve Avenida Sur, número cuatro
mil ciento cinco, de esta Ciudad, siendo éste su último domicilio; de
parte del señor OSCAR HERIBERTO SACA SACA, de ochenta años
de edad, Comerciante, de este domicilio, con Documento Único de
Identidad número cero cero siete nueve cinco siete uno ocho-cinco; y con
Número de Identifi cación Tributaria cero cuatrocientos siete-doscientos
cincuenta mil quinientos treinta y tres-cero cero uno-cero, en concepto
heredero testamentario del causante y en consecuencia.
46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
Confi érasele al aceptante la administración y representación defi -
nitiva de la referida Sucesión.
Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en San Salvador, el día seis de marzo de dos mil cator-
ce.
TANIA MARGARITA VARGAS LEONOR,
NOTARIO.
1 v. No. F027698
JOSÉ HUGO ESCALANTE NÚÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PÚBLICO PARA LOS
EFECTOS DE LEY.
AVISA: Que por resolución de las once horas y cincuenta minutos
del día diecinueve de septiembre del presente año, se ha declarado HE-
REDERA DEFINITIVA y con benefi cio de inventario en la HERENCIA
INTESTADA de los bienes que a su defunción dejó la causante SANTOS
MARGARITA MEJÍA DE TABLAS o SANTOS MARGARITA MEJÍA
PEÑA, quien falleció a las diecinueve horas y cuarenta minutos del día
diecinueve de diciembre de dos mil diez, en Hospital Médico Quirúrgico
del Seguro Social, siendo Mejicanos su último domicilio, a las señoras
EMILIA MARÍA GALLEGOS MEJÍA, SARA MARÍA TABLAS
MEJÍA y de la niña LAURA MARÍA TABLAS MEJIA, representada
legalmente por su padre Jorge Armando Tablas Figueroa; las últimas
dos como hijas y la primera en calidad de Cesionaria de los Derechos
Hereditarios que como cónyuge sobreviviente e hija de la causante les
correspondían por su orden a Jessica Margarita Abigail Tablas Mejía,
hoy de Guifarro y Jorge Armando Tablas Figueroa.
Confi riéndose a las herederas declaradas en el carácter antes indicado
la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION DEFINITIVA de la
Sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las once horas
cincuenta y cinco minutos del día diecinueve de septiembre de dos mil
trece.- LIC. JOSE HUGO ESCALANTE NÚÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.-
LICDA. LILIAN ESTELA AGUIRRE HERNÁNDEZ, SECRETARIA
JUDICIAL.
1 v. No. F027700
CARLOS JOSÉ MÉNDEZ FIGUEROA, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA.
AVISA: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las quince
horas veinticinco minutos del día tres de marzo de dos mil catorce, se
han DECLARADO HEREDEROS DEFINITIVOS ABINTESTATO,
con benefi cio de inventario a los señores ROSA ARACELY SÁNCHEZ
TORRES y FREDY ALFONSO FLORES, ambos en su concepto de
padres del causante señor MARLON OLIVER FLORES SÁNCHEZ,
quien fue de treinta y cuatro años de edad, Abogado, soltero, fallecido a
las catorce horas treinta minutos del día veintiuno de agosto de dos mil
trece, en el Hospital Regional del Instituto Salvadoreño del Seguro Social
de Santa Ana, siendo su último domicilio la ciudad de Chalchuapa.
A quienes se les ha conferido la administración y representación
DEFINITIVA de la Sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las quince horas
doce minutos del día cinco de marzo de dos mil catorce.- LIC. CARLOS
JOSÉ MÉNDEZ FIGUEROA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. HENRY
OVIDIO GARCÍA RODRÍGUEZ, SECRETARIO.
1 v. No. F027715
ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GALVEZ, Juez
de lo Civil Interino de este Distrito Judicial.
AVISA: Que este día ha declarado a MARIA CELIA RIVAS
GAMEZ, con DUI 02723498-9, NIT 0819-200555-101-9, y MARIA
ELIDA RIVAS DE ECHEGOYEN o MARIA ELIDA RIVAS GAMEZ,
con DUI 00380106-5, y NIT 0819-060250-101-1, herederas intestadas
con benefi cio de inventario de los bienes dejados por el señor EFRAIN
RIVAS FLORES, que falleció el día veinte de mayo de dos mil seis, en
el Cantón Amulunco, Jurisdicción de Santiago Nonualco, Departamento
de La Paz, su último domicilio, en concepto de hijas del causante.
Y se ha conferido a las herederas que se declaran la administración
y representación defi nitivas de la Sucesión, juntamente con el heredero
ya declarado señor JOSE VITELIO RIVAS GAMEZ o JOSE VITELIO
RIVAS, hijo también del fi nado.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, veinte de febrero de dos
mil catorce.- LIC. ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA
GALVEZ, JUEZ DE LO CIVIL INTO.- JORGE ALBERTO
RODRIGUEZ, SECRETARIO.
1 v. No. F027763
47DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
LUIS ANTONIO BENÍTEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL
SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
AVISA: Que por resolución de las diez horas del día treinta y uno
de enero del corriente año, han sido declarados herederos abintestatos
con benefi cio de inventario de la herencia dejada por el señor JOSÉ
NELSON CHINQUE HERNÁNDEZ, fallecido el día ocho de junio del
dos mil once, en esta ciudad, siendo éste el lugar de su último domici-
lio, a los señores ELBA LUZ COLOCHO DE CHINQUE, NELSON
ALEXANDER CHINQUE COLOCHO y MARÍA DEL CARMEN
HERNÁNDEZ VIUDA DE CHINQUE, la primera en concepto de
cónyuge sobreviviente, el segundo como hijo y la tercera como madre
del mencionado causante.
Y se ha conferido a los herederos declarados la administración y
representación defi nitiva de la sucesión.
JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las diez horas cuarenta
minutos del día treinta y uno de enero del dos mil catorce. LIC. LUIS
ANTONIO BENÍTEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL, SUPLENTE.
LICDA. CECILIA DEL CARMEN CERÉN DE ESCOBAR, SECRE-
TARIA.
1 v. No. F027770
LA INFRASCRITA JUEZ TRES SUPLENTE DEL JUZGADO
PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR, al
público para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada, a las nueve
horas y quince minutos del día veinticuatro de febrero del año dos mil
catorce; se ha declarado la Administración y Representación defi nitiva
de la sucesión de la causante señora ROSA HASBÚN DE AHUAT o
ROSA HASBÚN, quien al momento de fallecer era de setenta y siete
años de edad, casada, originaria de Ahuachapán, siendo su último domi-
cilio Barrio Santa Lucía, Avenida Las Flores, Número Ciento Treinta y
Seis-B, de la Ciudad y Departamento de San Salvador, de nacionalidad
Salvadoreña, hija de Cristina Och y de Julio Aguat, falleció el día cinco
de octubre del año dos mil diez, en Lotifi cación San Pedro, Polígono
B, Lote Catorce y Quince, Santa Rosa, Departamento de La Libertad, a
consecuencia de Neumonía; de parte de las señoras ROSA DEL CARMEN
AHUATH HASBUM conocida por ROSA DEL CARMEN HASBUM
HASBUM; aproximadamente de cincuenta años de edad, ama de casa,
de domicilio y Departamento de San Salvador, con Documento Único
de Identidad número cero dos nueve cinco tres nueve dos nueve-seis;
y Número de Identifi cación Tributaria cero seis cero dos-uno siete uno
dos seis uno-uno cero uno-tres; y EMILIA DE LA PAZ AHUATH DE
ALFARO; aproximadamente de cincuenta y cuatro años de edad, de
domicilio y Departamento de San Salvador, con Documento Único de
Identidad número cero cero nueve tres cero ocho cuatro nueve-siete,
con Número de Identifi cación Tributaria cero dos uno cero-dos siete
cero cinco cinco siete-uno cero uno-cero; en su calidad de hijas de
la causante y con benefi cio de inventario en la sucesión de su madre
ROSA HASBÚN DE AHUAT o ROSA HASBÚN, confi riéndosele a
las aceptantes la administración y representación DEFINITIVA de la
sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia
Intestada. Representadas las aceptantes en esta Diligencia por la Licen-
ciada DORA ALICIA SERVANDO DE GUARDADO con Número de
Identifi cación Tributaria cero trescientos quince-doscientos cincuenta
mil ciento sesenta-ciento uno-ocho; en su calidad de Apoderada de las
señoras ROSA DEL CARMEN AHUATH HASBUM conocida por
ROSA DEL CARMEN HASBUM HASBUM, EMILIA DE LA PAZ
AHUATH DE ALFARO. Publíquese el edicto de Ley.
Lo que hace saber al público en general.
JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, San
Salvador, a las diez horas del día veinticuatro de febrero del año dos
mil catorce. LICDA. AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES,
JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL SUPLENTE(J3).
LICDA. TERESA DE JESÚS VÁSQUEZ VÁSQUEZ, SECRETA-
RIA.
1 v. No. F027774
LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA; Juez de lo Civil, del Distrito
Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público
para los efectos de Ley.
AVISA: Que por resolución de este Juzgado, de las catorce horas
del día doce de febrero del corriente año. Se le declaro heredero expre-
samente y con benefi cio de inventario de la herencia intestada que al
fallecer a las cinco horas del día diecinueve de septiembre del año de
mil novecientos cincuenta y cuatro, en el Cantón Pasaquinita, de esta
jurisdicción y distrito, Departamento de La Unión, su último domicilio,
dejó el causante Gregorio Sorto, de parte del señor Antonio Virgilio Sorto,
por derecho de transmisión que en la referida sucesión le correspondían a
la difunta madre señora Aleja Sorto, quien a su vez era hija del causante
antes mencionado, de conformidad con el artículo 963 C.c.
Se le confi ere al heredero declarado en el carácter dicho la admi-
nistración y representación DEFINITIVA de los bienes de la indicada
sucesión. Dése el aviso de Ley y Oportunamente extiéndase la Certifi -
cación correspondiente.
Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, Depar-
tamento de La Unión, a los catorce días del mes de febrero de dos mil
catorce. LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.
LICDA. MARINA CONCEPCIÓN MARTÍNEZ, SECRETARIA.
1 v. No. F027803
48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
AVISA: Que por resolución de las diez horas y cincuenta y cinco
minutos de este día, se ha declarado herederos defi nitivos con benefi -
cio de inventario, la herencia intestada que dejó el señor AGUSTÍN
ALVARENGA o AGUSTÍN ALVARENGA LÓPEZ, quien falleció
el día once de febrero de mil novecientos noventa y siete; en el Cantón
Barahona, Jurisdicción de San Alejo, Departamento de La Unión, sien-
do ese lugar su último domicilio; a los señores JOSÉ DARÍO LÓPEZ
ALVARENGA, FAUSTINO LÓPEZ ALVARENGA, y JUAN AGUS-
TÍN ALVARENGA LÓPEZ, en calidad de hijos del causante.
Y se les ha conferido a los herederos declarados, en la calidad antes
dicha, la administración y representación defi nitiva de la sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los catorce días
del mes de enero del dos mil catorce. LIC. ROGELIO HUMBERTO
ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. BR. JORGE ALBERTO
PÉREZ, SECRETARIO.
1 v. No. F027804
LICENCIADA DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA
TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL.
AVISA: Que por resolución de las catorce horas del día siete de
marzo de dos mil catorce, se ha declarado HEREDEROS DEFINITIVOS
con benefi cio de inventario de la herencia intestada que a su defunción
dejó el causante señor OSCAR MAJANO GONZÁLEZ, conocido por
JOSÉ OSCAR MAJANO y por OSCAR MAJANO; quien fue de cua-
renta y cinco años de edad, agricultor en pequeño, siendo esta ciudad
el lugar de su último domicilio, fallecido el día diecisiete de febrero
de mil novecientos ochenta y uno; a los señores ELISEO MAJANO
RODRÍGUEZ; RENÉ MAJANO ÁLVAREZ; ARISTIDES ANTONIO
MAJANO ÁLVAREZ; y MARÍA DE LOS ÁNGELES MAJANO DE
ÁLVAREZ; como hijos sobrevivientes del causante. Confi riéndose a
los aceptantes la administración y representación DEFINITIVA de la
sucesión.
Lo que hago del conocimiento del público para los efectos legales
consiguientes.
Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil, a las catorce horas cinco
minutos del día siete de marzo de dos mil catorce. LICDA. DIANA
LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL
Y MERCANTIL. LICDA. IVONNE JULISSA ZELAYA AYALA,
SECRETARIA.
1 v. No. F027807
LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMÁN URQUILLA, Juez
Segundo de Primera Instancia, de este Distrito Judicial, al público para
efectos de ley.
HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal de
las catorce horas del día siete de marzo del corriente año, se han de-
clarado herederos en forma defi nitiva con benefi cio de inventario de la
herencia testamentaria que a su defunción dejó el causante Juan de los
Ángeles Claros, conocido por Juan Ángel Claros, a los señores Susana
Estela Claros Pérez, de cuarenta y siete años de edad, Ama de Casa,
del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, con
Documento Único de Identidad Número cero uno seis cero tres tres tres
seis guión dos; con Número de Identifi cación Tributaria uno tres cero
cinco guión cero dos cero nueve seis cinco guión cero cero uno guión
cero; Nelson Maximino Claros Pérez, de cincuenta y seis años de edad,
Agricultor, del domicilio de San Luis Talpa, Departamento de La Paz,
portador de su Documento Único de Identidad Número cero uno seis
dos ocho ocho cuatro nueve guión seis, con Número de Identifi cación
Tributaria uno tres cero cinco guión dos ocho cero cinco cinco siete
guión cero cero uno guión cinco; Misael Claros Pérez, conocido por
Misael Claros, de cuarenta y tres años de edad, Empleado, del domicilio
de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, con Documento
Único de Identidad Número cero tres cuatro dos seis siete siete siete
guión tres, con Número de Identifi cación Tributaria mil trescientos cinco
guión ciento sesenta y un mil doscientos sesenta y nueve guión ciento
uno guión tres; Felipe Alberto Claros Pérez, de cincuenta y dos años
de edad, Pintor, del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de
La Libertad, portador de su Documento Único de Identidad Número
cero tres cuatro dos seis cuatro cuatro tres guión dos, con Número de
Identifi cación Tributaria uno tres cero cinco guión uno seis cero cuatro
seis uno guión cero uno guión nueve; Norma Lilian Claros Pérez, de
cuarenta y cuatro años de edad, Licenciada en Educación Parvularia,
del domicilio de Delicias de Concepción, Departamento de Morazán,
portadora de su Documento Único Número cero cero cero tres cero uno
nueve seis guión nueve, con Número de Identifi cación Tributaria uno
tres cero cinco guión dos cuatro uno dos seis ocho guión uno cero uno
guión cero; y Ángela Lisdamary Claros Argueta, de dieciocho años de
edad, de Ofi cios Domésticos, del domicilio de Delicias de Concepción,
Departamento de Morazán, portadora de su Documento Único Número
cero cinco uno cinco seis tres dos guión ocho, con Número de Iden-
tifi cación Tributaria uno tres cero cinco guión dos cinco cero cuatro
nueve cinco guión uno cero uno guión tres; en calidad de Asignatarios
Testamentarios de los bienes del mencionado causante, quien a la fecha
de su fallecimiento fue de setenta y nueve años de edad, Agricultor,
originario y del domicilio de Delicias de Concepción, Departamento
de Morazán; hijo de la señora Susana Claros; falleció a las veintitrés
horas y treinta minutos del día treinta de septiembre dedos mil trece, en
el Pasaje Atonal Polígono P- cinco Número cuatro Antiguo Cuscatlán,
Cumbres de Cuscatlán La Libertad; siendo la población de Delicias de
Concepción, lugar de su último domicilio.
Se les ha conferido a los herederos declarados antes mencionados
y en la forma establecida, la Administración y Representación Defi nitiva
de la Sucesión.
49DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Fran-
cisco Gotera, Morazán, a las diez horas del día once de marzo de dos
mil catorce. LIC. JORGE ALBERTO GUZMÁN URQUILLA, JUEZ
2o. DE 1a. INSTANCIA. LICDA. KARINA ELIZABETH IGLESIAS
DE NAVARRO, SECRETARIA.
1 v. No. F027809
MARÍA ÁNGELA MONTES DE RAMÍREZ, Notaria, de este domicilio,
con Despacho Jurídico, ubicado en veinticinco Calle Poniente, número
mil trescientos treinta y dos, Colonia Layco, San Salvador (FESPAD),
con Teléfono 2236-1888.
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notaria, proveída
a las nueve horas del día trece de marzo del corriente año, se ha tenido
por Aceptada expresamente y con Benefi cio de Inventario la Herencia
Intestada que a su defunción dejara el señor JOSÉ ANTONIO MORALES
conocido por ANTONIO MORALES HERNÁNDEZ y por ANTONIO
MORALES, quien falleció a las veinte horas del día dieciséis de abril
del año dos mil doce, en el Hospital Amatepec, del Seguro Social, a
consecuencia de Choque Séptico, Abdomen Agudo y Gastroenteritis,
hijo de Rosaura Morales, a la señora CELIA MARGARITA MORALES
VIUDA DE CARRILLO, en su calidad de hija y cesionaria del derecho
que les correspondía a los señores MARÍA DELIA VENTURA DE
MORALES, LUIS ENRIQUE MORALES VENTURA y CLARA
OLIMPIA MORALES VENTURA DE MELÉNDEZ, como esposa e
hijos respectivamente del causante, quien es la heredera Intestada del
causante, confi riéndosele a la aceptante la referida Administración y
Representación Defi nitiva de la sucesión intestada, con las facultades y
restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
Librado en la ofi cina de la Notaria MARÍA ÁNGELA MONTES
DE RAMÍREZ. En la ciudad de San Salvador, a las nueve horas del día
catorce de marzo del año dos mil catorce.
LICDA. MARÍA ÁNGELA MONTES DE RAMÍREZ,
NOTARIA.
1 v. No. F027816
EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-
PARTAMENTO DE MORAZÁN, al público para efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución dictada por este Juzgado, a
las diez horas y cinco minutos del día veinte de noviembre del dos mil
trece, SE HA DECLARADO HEREDERA DEFINITIVA CON BENE-
FICIO DE INVENTARIO, DE LA HERENCIA INTESTADA que a su
defunción dejó la causante señora PAULA ARGUETA HERNÁNDEZ,
conocida por MARÍA PAULA ARGUETA y por PAULA ARGUETA, a
la señora MARÍA ERMELINDA ARGUETA DE GARCÍA, de cincuenta
y ocho años de edad, de ofi cios domésticos, del domicilio de Torola,
Departamento de Morazán; con Documento Único de Identidad Número
cero dos dos cero nueve dos dos ocho-cinco; y Número de Identifi cación
Tributaria un mil trescientos veinticuatro-doscientos ochenta y un mil
cincuenta y cuatro-ciento uno-nueve; por derecho propio y como ce-
sionario de los derechos hereditarios que le correspondían a los señores
JUAN ANTONIO ARGUETA SÁNCHEZ, y CRESENCIO ARGUETA
SÁNCHEZ, en calidad de hijos de la causante; quien a la fecha de su
fallecimiento era de sesenta y nueve años de edad, soltera, de ofi cios
domésticos, originaria de Torola, hija de HIPOLITO ARGUETA y
TEODORA HERNÁNDEZ; falleció el día treinta y uno de agosto de
mil novecientos noventa y seis, en esta ciudad de San Francisco Gotera,
Departamento de Morazán; siendo este lugar el de su último domicilio.
Se le confi rió a la heredera declarada antes mencionada y en la
forma establecida, la administración y representación defi nitiva de la
sucesión.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco
Gotera, Departamento de Morazán, a los veinte días del mes de Noviembre
del Dos Mil Trece. LIC. JORGE ALBERTO GUZMÁN URQUILLA,
JUEZ 2o. DE 1a. INSTANCIA. LICDA. KARINA ELIZABETH
IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA.
1 v. No. F027822
LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMÁN URQUILLA, Juez
Segundo de Primera Instancia, de este Distrito Judicial, al público para
efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal de las
doce horas y dieciséis minutos del día veinticuatro de febrero del corriente
año, se han declarado herederos en forma defi nitiva con benefi cio de
inventario, de la herencia intestada que a su defunción dejó la causante
María Josefa Blanco Viuda de Hernández, conocida por María Josefa
Blanco y por María Blanco, a los señores Atilio Hernández Blanco,
de cincuenta y cuatro años de edad, Comerciante, del domicilio de
Yoloaiquín, con Documento Único de Identidad Número cero cero siete
seis cuatro uno cinco nueve guión ocho, y con Número de Identifi cación
Tributaria mil trescientos veintiséis guión ciento cuarenta mil ciento
cincuenta y nueve guión cero cero uno guión nueve; y Blanca Haydee
50 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
Hernández de Torres, de cuarenta y siete años de edad, Licenciada en
Enfermería, del domicilio de Yoloaiquín, quien se identifi ca por medio
de su Documento Único de Identidad Número cero dos cuatro cuatro tres
tres siete siete guión cero, y Número de Identifi cación Tributaria Número
mil trescientos veintiséis guión ciento veintiséis mil sesenta y seis guión
ciento uno guión dos; por derecho propio en calidad de hijos y como
Cesionarios de los derechos que les correspondían a los señores Angélica
Hermelinda Blanco; Reyna Eridia Blanco; José Fermín Hernández Blanco;
Irma Gladis Hernández Viuda de Rivera; Emma Hernández de Pérez; y
Berta Blanco de Fuentes, éstos también por derecho propio en calidad
de hijos de la mencionada causante; quien a la fecha de su fallecimiento
fue de ochenta y cinco años de edad, de Ofi cios Domésticos, originaria
y del domicilio de Yoloaiquín, Departamento de Morazán; hija de Isidro
Blanco y Paula Sorto; falleció a las doce horas y treinta minutos del día
seis de octubre de dos mil trece, en el Cantón Aceituno, Caserío Las
Cruces de la jurisdicción de Yoloaiquín; siendo esta misma población,
lugar de su último domicilio.
Se les ha conferido a los herederos declarados antes mencionados
y en la forma establecida, la Administración y Representación de la
Sucesión.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco
Gotera, Morazán; a las nueve horas del día veintiséis de febrero de dos
mil catorce. LIC. JORGE ALBERTO GUZMÁN URQUILLA, JUEZ
2o. DE 1a. INSTANCIA. LICDA. KARINA ELIZABETH IGLESIAS
DE NAVARRO, SECRETARIA.
1 v. No. F027825
MARLON ALBERTO BENÍTEZ LOZANO, Notario, de este domicilio,
con ofi cina ubicada en Colonia Centro Americana, Calle 1 y Avenida
A, No. 115-A, San Salvador, al público.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las trece horas del día trece de marzo dos mil catorce, se ha declarado
heredera defi nitiva con benefi cio de inventario, a la señora GLORIA
ESPERANZA ÁVILA DE BENÍTEZ o GLORIA ESPERANZA
ÁVILA ORTEZ, en la Herencia Intestada que a su defunción dejó la
señora GLORIA ORTEZ DE ÁVILA o GLORIA ORTEZ, quien falleció
en San Salvador, el día veintitrés de noviembre de mil novecientos noventa
y nueve, casada, siendo su último domicilio la ciudad de Soyapango;
habiéndosele conferido a la Heredera Declarada la administración y
representación defi nitiva de la sucesión, en su calidad de Hija de la
causante, y además como cesionaria de los derechos hereditarios del
señor José Adán Ávila, en su calidad de esposo de la causante.
Por lo que avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en la ciudad de San Salvador, a las ocho horas del día
catorce de marzo de dos mil catorce.
LIC. MARLON ALBERTO BENÍTEZ LOZANO,
NOTARIO.
1 v. No. F027828
OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA
DE ESTE DISTRITO DE JUCUAPA.
HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado a
las doce horas y cuarenta minutos de este día, se ha tenido por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia Intestada que
a su defunción dejó la señora JOSEFINA RODRÍGUEZ, quien fue de
ochenta y cinco años de edad, casada, de ofi cios domésticos, originaria
de Nueva Granada, Jucuapa, Departamento de Usulután, y del domicilio
de Nueva Granada, Jucuapa, Departamento de Usulután, de nacionali-
dad salvadoreña, hija de BARTOLOME RODRÍGUEZ, y de COSME
VILLALTA, ya fallecidos; quien falleció el día veintitrés de octubre del
año dos mil dos, en Barrio San Antonio de Nueva Granada, del Depar-
tamento de Usulután, siendo su último domicilio, de parte de la señora
MARÍA JULIA CORTEZ, de sesenta y dos años de edad, de ofi cios
domésticos, del domicilio de Nueva Granada, Departamento de Usulután,
con Documento Único de Identidad número: cero cero cuatrocientos
doce mil quinientos sesenta y tres guión dos; y Número de Identifi cación
Tributaria número: un mil ciento doce- doscientos mil doscientos ciento
cincuenta y uno- ciento uno- siete, en concepto de CESIONARIA de
los derechos hereditarios en abstracto que le correspondían a OLGA
ESTELA SANTOS DE HERRERA, como hija de la causante. Art. 988
Inc. 1°., del Código Civil.- Confi érasele a la aceptante declarada en el
carácter aludido, la Administración y Representación Defi nitiva de la
Sucesión.- Publíquese el aviso de Ley y oportunamente extiéndase la
Certifi cación solicitada.
Lo que se avisa al publico para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Jucuapa, a las doce
horas y cincuenta mimos del día tres de marzo de dos mil catorce. LIC.
OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.
LIC. RODOLFO ANTONIO CASTRO, SECRETARIO.
1 v. No. F027844
51DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SU-
PLENTE DE ESTE DISTRITO.
AVISA: Que por resolución de las nueve horas diez minutos del
día diecisiete del corriente mes y año, han sido declaradas herederas
abintestato con benefi cio de inventario de la herencia dejada por el señor
ROGELIO MORALES ZACAPA, quien fue conocido por ROGELIO
MORALES, fallecido el día quince de mayo del dos mil diez, en el
Cantón El Carrizal, Jurisdicción de Nahuizalco, siendo dicho Cantón
su último domicilio, a las señoras PIEDAD MORALES DE MONTO-
YA, MARIA JULIA MORALES viuda DE SANCHEZ y FELICITAS
MORALES MAYE, en concepto de hijas y como cesionarias de los
Derechos Hereditarios que le correspondían a Margarita Morales de
Rafael, como hija del Causante.
Se ha conferido a las herederas declaradas la administración y
representación defi nitivas de la Sucesión.
Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las diez horas treinta minutos del
día veintisiete de febrero del dos mil catorce.- LIC. LUIS ANTONIO
BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE.- LICDA.
CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.
1 v. No. F027849
LICDA. ANA ELSY MENDOZA AMAYA, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE ILOBASCO, DEPARTA-
MENTO DE CABAÑAS, AL PUBLICO PARA EFECTOS DE LEY.
AVISA: Que por resolución de las quince horas del día diecinueve
de febrero de dos mil catorce, se ha declarado heredero defi nitivo con
benefi cio de inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó
el señor BENANCIO ARIAS PEÑA, conocido por VENANCIO ARIAS
NENANCIO ARIAS y por VENANCIO ARIAS, quien falleció el día
veinticuatro de septiembre de mil novecientos ochenta, siendo Jutiapa,
departamento de Cabañas, lugar de su último domicilio, de parte de
NICOLASA CARMELA ARIAS LARA, conocida por NICOLASA
CARMELA ARIAS, NICOLASA CARMELA ARIAS DE ARIAS
y CARMEN ARIAS LARA, en calidad de hija del causante y como
Cesionaria del Derecho Hereditario que le corresponde a cada uno de
los señores CRISTOBAL ANTONIO ARIAS LARA; EULALIA ILDA
ARIAS viuda DE ROQUE, JULIA ARIAS DE ESCOBAR; CRUZ ROSA
ARIAS DE RODRIGUEZ, TERESA ALICIA ARIAS DE FLORES,
OSCAR MANUEL ARIAS LARA y JOSE OSMIN ARIAS ALAS, en
calidad de hijos del causante, BENANCIO ARIAS PEÑA, conocido por
VENANCIO ARIAS NENANCIO ARIAS y por VENANCIO ARIAS,
quien falleció el día veinticuatro de septiembre de mil novecientos
ochenta, siendo Tejutepeque, departamento de Cabañas, lugar de su
último domicilio, de parte de NICOLASA CARMELA ARIAS LARA,
conocida por NICOLASA CARMELA ARIAS, NICOLASA CARMELA
ARIAS DE ARIAS y CARMEN ARIAS LARA , en calidad de hija del
causante.
Y se le ha conferido a la heredera la administración y representación
defi nitiva de la Sucesión.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de
Ilobasco, departamento de Cabañas, a las quince horas treinta minutos
del día diecinueve de febrero de dos mil catorce.- LICDA. ANA ELSY
MENDOZA AMAYA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC.
OSCAR ARMANDO LOPEZ SANCHEZ, SECRETARIO INTERI-
NO.
1 v. No. F027855
MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
AVISA: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las diez
horas del día dieciocho de febrero del corriente año, se han declarado
herederos defi nitivos Ab-Intestato con benefi cio de inventario de la
herencia intestada que a su defunción dejó el señor MELVIN RAFAEL
ALVARADO VIDES, quien falleció a las dos horas cuarenta y cinco
minutos del día dos de julio del año dos mil ocho, en el Kilómetro setenta
y uno y medio, Carretera que de Acajutla conduce a Sonsonate, siendo
la ciudad de Acajutla su último domicilio, a la señora GRISELDA
DEL CARMEN HERNANDEZ BAÑOS y a los menores DANIEL
EDUARDO ALVARADO HERNANDEZ y MELVIN CHRISTOPHER
ALVARADO HERNANDEZ, la primera en su calidad de conviviente
declarada y los menores en su concepto de hijos del causante Melvin
Rafael Alvarado Vides; y además todos como cesionarios del derecho
hereditario que le correspondía a la señora ARELI SONIA VIDES, en
su calidad de madre del expresado causante.
Por lo que se les ha conferido a dichos aceptantes la administración
y representación defi nitiva de la Sucesión.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Acajutla, a las diez
horas cincuenta minutos del día dieciocho de febrero del dos mil catorce.-
LICDA. MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. ELSA CORALIA RAMIREZ
LEIVA, SECRETARIO.
1 v. No. F027863
52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
NELSON ANTONIO GONZÁLEZ MORALES, Notario, del domicilio
de Mejicanos, Departamento de San Salvador, con Despacho Notarial
ubicado en Centro Comercial El Amate, local 1-7, Avenida Masferrer
Norte, San Salvador.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las quince horas del doce de marzo de dos mil catorce, se ha declarado
al señor JOSÉ ROBERTO DÍAZ ALARCÓN, heredero defi nitivo con
benefi cio de inventario de los bienes que a su defunción ocurrida en Re-
parto Miralvalle, Colonia Miralvalle, Avenida Rotterman, número ciento
diecisiete, San Salvador, Departamento de San Salvador, el día ocho de
marzo de dos mil trece, dejó la señora YOLANDA ARELY ALARCÓN
DE DÍAZ, conocida también por YOLANDA ALARCÓN DE DÍAZ,
YOLANDA ARELY ALARCON LEMUS y por YOLANDA ARELY
ALARCON, de parte del señor JOSÉ ROBERTO DÍAZ ALARCÓN,
en su concepto de heredero defi nitivo de la causante.
Habiéndoseles concedido la representación y administración
defi nitiva de la referida Sucesión.
Por lo que se le avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en San Salvador, el día catorce de marzo de dos mil ca-
torce.
NELSON ANTONIO GONZÁLEZ MORALES,
NOTARIO.
1 v. No. F027877
OSCAR ARMANDO MIRANDA HENRIQUEZ, Notario, del domicilio
de San Salvador, Departamento de San Salvador, con Despacho Notarial
ubicado en Primera Calle Poniente número tres mil setecientos ochenta
y seis, Colonia Escalón, San Salvador.
HACE SABER: Que por providencia dictada a las nueve horas
del día siete de marzo de dos mil catorce, se ha declarado a la señora
ESTER CAROLINA CRISTALES DUARTE ahora DE VILLACORTA,
de cincuenta y un años de edad, Licenciada en Ciencias de la Educa-
ción, del domicilio de Mejicanos, Departamento de San Salvador, con
Documento Único de Identidad número cero cero trescientos cincuenta
y siete mil cuatrocientos siete-cuatro, con Número de Identifi cación
Tributaria cero seiscientos catorce- ciento veinte mil doscientos sesenta
y dos-cero veinte-ocho, HEREDERA INTESTADA DEFINITIVA
CON BENEFICIO DE INVENTARIO de los bienes que a su defunción
dejara la señora ALMA ARACELY DUARTE, conocida por ARACELI
DUARTE, ARACELI DUARTE ARANA, ARACELY DUARTE DE
LONEY y ARACELY LONEY, quien falleció en Novato, Condado de
Marín, Estado de California, Estados Unidos de América, el día veintiuno
de junio de dos mil trece, siendo su último domicilio la ciudad de San
Salvador, Departamento de San Salvador; en su calidad de heredera
intestada.
Habiéndosele conferido la administración y representación defi -
nitivas de la Sucesión.
Lo que se avisa al público para efectos de Ley.
Librado en San Salvador, el día ocho de marzo de dos mil cator-
ce.
OSCAR ARMANDO MIRANDA HENRIQUEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F027901
LICENCIADA DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA
TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL.
AVISA: Que por resolución de las catorce horas diez minutos del
día siete de marzo de dos mil catorce, se ha declarado HEREDERA
DEFINITIVA con benefi cio de inventario de la herencia intestada que
a su defunción dejó el causante señor TOMAS PALACIOS, quien fue
de ochenta y nueve años de edad, jornalero, siendo esta ciudad el lugar
de su último domicilio, fallecido el día cinco de julio de dos mil once;
a la señora ELIZABETH RAMIREZ, como cesionaria de los derechos
que le correspondían a la señora ROSA PALACIOS VASQUEZ, en
calidad de hermana del causante.
Confi riéndose a la aceptante la administración y representación
DEFINITIVA de la Sucesión.
Lo que hago del conocimiento del público para los efectos legales
consiguientes.
Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil: a las catorce horas quince
minutos del día siete de marzo de dos mil catorce.- LICDA. DIANA
LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL
Y MERCANTIL.- LICDA. IVONNE JULISSA ZELAYA AYALA,
SECRETARIA.
1 v. No. F027910
53DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
LUIS GERARDO GONZALEZ CAÑADAS, Notario, de este domicilio,
con Ofi cina ubicada en 4ta. Calle Pte., entre 23 y 25 Av. Sur, Condo-
minio Cuscatlán, Nivel 2, Local 226, San Salvador, al público para los
efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario proveída
en esta ciudad, a las once horas del día nueve de marzo de dos mil ca-
torce, se ha declarado HEREDERA DEFINITIVA AB-INTESTATO,
con benefi cio de inventario a la señora TERESA DE JESUS MUNDO
viuda DE LOPEZ, en concepto de esposa del causante señor GABRIEL
LOPEZ LOPEZ.
Y se le confi rió a la heredera declarándole, la ADMINISTRACION
Y REPRESENTACION DEFINITIVA DE LA SUCESION.
Librado en la Ofi cina del suscrito Notario, en la Ciudad de San
Salvador, a los catorce días del mes de marzo de dos mil catorce.
LIC. LUIS GERARDO GONZALEZ CAÑADAS,
NOTARIO.
1 v. No. F027915
CARLOS JOSÉ MÉNDEZ FIGUEROA, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA.
AVISA: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las diez
horas cinco minutos del día veintiséis de febrero de dos mil catorce, se
ha DECLARADO HEREDERO DEFINITIVO ABINTESTATO, con
benefi cio de inventario al señor TORIBIO ELISANDRO ORELLANA
MENDOZA, en su concepto de cesionario de los derechos hereditarios
que les correspondían a las señoras MARÍA SUSANA MENDOZA
RODRÍGUEZ y JOSEFINA MENDOZA RODRÍGUEZ, en su calidad
de hijas de la causante ADELA RODRÍGUEZ viuda DE MENDOZA o
ADELA RODRÍGUEZ, quien fue de ochenta y un años de edad, viuda,
de ofi cios domésticos, fallecida a las diez horas trece minutos del día
nueve de septiembre de dos mil once, en el Hospital Nacional de esta
ciudad, siendo su último domicilio la ciudad de Chalchuapa.
A quien se le ha conferido la administración y representación
DEFINITIVA de la Sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las doce horas
treinta y cinco minutos del día once de marzo de dos mil catorce.- LIC.
CARLOS JOSÉ MÉNDEZ FIGUEROA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC.
HENRY OVIDIO GARCÍA RODRÍGUEZ, SECRETARIO.
1 v. No. F027916
ESMERALDA DEL CARMEN GUEVARA DE HERNANDEZ, No-
tario, del domicilio de San Salvador, con Ofi cina Jurídica situada sobre
Setenta y Cinco Avenida Norte, Centro Comercial Escalón I, Local Seis,
Segunda Planta, San Salvador.
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída
a las nueve horas treinta minutos del día tres de marzo del presente
año, se ha declarado a MARIA SUCY ISABEL CORCIOS ARIAS,
Heredera Defi nitiva con benefi cio de inventario de los bienes que en
la herencia intestada dejó el señor ISABEL ARIAS, en su calidad de
hija y cesionaria de los derechos hereditarios que les correspondía a los
señores EVA DE JESUS CORCIO DE LARA, EDUARDO ROMEO
CORCIO ARIAS y JOSE ALFREDO CORCIOS ARIAS, como hijos
sobrevivientes del causante, quien falleció el día tres de agosto de dos
mil diez, en el Cantón Las Flores, Hacienda Astoria, Colonia Nueva,
Jurisdicción de San Pedro Masahuat, Departamento de La Paz, siendo
esa ciudad su último domicilio, quien a su muerte era de setenta y nueve
años de edad, Comerciante, de nacionalidad Salvadoreña, originario de
Santiago Nonualco, Departamento de La Paz.
Habiéndole conferido la representación y administración defi nitiva
de la sucesión.
Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en San Salvador, a las trece horas del día trece de marzo
de dos mil catorce.
ESMERALDA DEL CARMEN GUEVARA DE HERNANDEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F027917
ACEPTACIÓN DE HERENCIA
JOSE OLIVERIO HENRIQUEZ VELASQUEZ, Notario, del domicilio
de la ciudad de San Miguel, con Ofi cina Profesional ubicada en la Colonia
Ciudad Real, Polígono C-uno, Número veintidós, Calle Elizabeth de la
Ciudad de San Miguel.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las ocho horas del día diez de marzo del dos mil catorce, se ha tenido
por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la Herencia
Testamentaria en los bienes que ha su defunción dejó el señor SANTOS
ALVARENGA ARGUETA, conocido por SANTOS ALVARENGA,
habiendo fallecido en el Cantón Cerro Bonito, de esta Jurisdicción, Distrito
54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
y Departamento de San Miguel, a las trece horas del día quince de julio
de dos mil trece, a consecuencia de Insufi ciencia Renal, sin asistencia
médica, de parte de la señora Ana Rogelia Ventura de Alvarenga, en su
calidad de heredera testamentaria, en su carácter de cónyuge sobreviviente
del causante.
Habiéndose conferido la administración y representación de la Su-
cesión Testamentaria, con las facultades y restricciones de los curadores
de la Herencia Yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean
con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la mencionada
Ofi cina en el término de quince días, contando desde el siguiente a la
última publicación publicación del presente edito.
Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en la Ofi cina del Notario Licenciado José Oliverio Henríquez
Velásquez, en la ciudad de San Miguel, a las once horas del día once de
marzo del dos mil catorce.
LIC. JOSE OLIVERIO HENRIQUEZ VELASQUEZ,
ABOGADO Y NOTARIO.
1 v. No. C000066
EVELYN MERCEDES GAVARRETE MOLINA, Notario, del domi-
cilio de esta ciudad y de San Vicente, con Ofi cina ubicada en Calle José
Francisco López número tres, de la ciudad de Cojutepeque, Departamento
de Cuscatlán.
HACE SABER: Que por resolución de la suscrito Notario, proveída
a las siete horas del día trece de marzo de dos mil catorce, se ha tenido
por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia
intestada que al fallecer el día cuatro de noviembre de dos mil trece,
en Colonia Martínez, Calle La Ronda, número dos, de esta ciudad de
Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán, dejó el señor JOSE LUIS
FLORES FLORES, conocido por JOSE LUIS FLORES, teniendo como su
último domicilio el mismo lugar de su fallecimiento, al señor ESTEBAN
JOSE CARLOS ESCOBAR, conocido por ESTEBAN JOSE CARLOS
ESCOBAR FLORES, en su concepto de hijo del referido causante.
Habiéndosele conferido la administración y representación interina
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
Lo que hace del conocimiento público para los efectos de Ley.
Librado en la Ofi cina Notarial de la Licenciada EVELYN MER-
CEDES GAVARRETE MOLINA. En la ciudad de Cojutepeque, a los
catorce días del mes de marzo de dos mil catorce.
LICDA. EVELYN MERCEDES GAVARRETE MOLINA,
ABOGADO Y NOTARIO.
1 v. No. C000072
MARIO EDGARDO RODRIGUEZ PANIAGUA, Notario, del domici-
lio de San Miguel, con Ofi cina ubicada Segunda Avenida Sur Número
setecientos tres-C, Barrio Concepción, San Miguel.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las nueve horas del día cuatro de marzo del año dos mil catorce, se
ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la
herencia intestada que a su defunción dejó la señora ORIETTA AMIN-
DA BAIRES MONCADA, quien falleció a las cuatro horas y treinta
minutos del día siete de junio del año dos mil trece, a consecuencia de
Síndrome de Morfan, con asistencia médica de la Doctora María del T.
Garay de Garay, en el Barrio El Calvario de esta ciudad, siendo éste su
último domicilio, a la edad de cincuenta y tres años de edad, Comer-
ciante, soltera, originaria de San Jorge, departamento de San Miguel,
del domicilio de esta ciudad, de parte de la señora FLAVIA AMINDA
TURCIOS MONCADA, conocida por FLAVIA AMINDA MONCADA
DE BAIRES, en su calidad de madre de la causante y como Heredera
Intestada con benefi cio de inventario.
Habiéndosele conferido la administración y representación interina
de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean
con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la referida
Ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la
última publicación del presente edicto.
Librado en la Oficina del Notario MARIO EDGARDO
RODRIGUEZ PANIAGUA, en la ciudad de San Miguel, a los cuatro
días del mes de marzo del año dos mil catorce.
MARIO EDGARDO RODRIGUEZ PANIAGUA,
NOTARIO.
1 v. No. C000077
55DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
OLIVERIO LEMUS MORALES, Notario, de este domicilio, con des-
pacho notarial ubicado en Condominio Centenario, Local Veintiuno
Norte, Quinta Calle Oriente, de esta Ciudad,
HACE SABER: Que por Resolución del suscrito Notario, proveída
a las diez horas del día veintinueve de enero del dos mil catorce, se ha
tenido por aceptada expresamente la herencia testada que a su defunción
dejó el señor RAFAEL ANTONIO LEMUS, quien al momento de fa-
llecer era de cincuenta y cinco años de edad, Empleado, del domicilio
de Pocaima, Los Ángeles, California, Estados Unidos de América,
originario de San Pedro Perulapán, Departamento de Cuscatlán, de
Nacionalidad Salvadoreña, siendo hijo de la señora MARÍA LUCÍA
LEMUS LEMUS, conocida por ALICIA LEMUS, siendo su último
domicilio el de Pocaima, Los Ángeles, California, Estados Unidos de
América, habiendo fallecido el día diecisiete de febrero del dos mil trece,
sin haber formalizado Testamento alguno, aceptando Herencia como
HEREDERO EL SEÑOR HELDEN ELIAS ALFARO LEMUS, en su
concepto de cesionario de los derechos que le correspondía a la señora
MARÍA LUCÍA LEMUS LEMUS, conocida por ALICIA LEMUS, en
su calidad de madre sobreviviente del causante, habiéndosele conferido la
administración y representación interina de la sucesión con las facultades
y con las restricciones de los curadores de la herencia yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean
con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la referida
ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la
última publicación del presente edicto.
Librado en la ofi cina del Notario OLIVERIO LEMUS MORA-
LES. San Salvador, a los veintinueve días del mes de enero del dos mil
catorce.
LIC. OLIVERIO LEMUS MORALES,
NOTARIO.
1 v. No. C000079
CARLOS ANTONIO CASTILLO SÁNCHEZ, Notario, de este domi-
cilio, con ofi cina situada en el Pasaje San Ernesto y Calle Guadalupe,
Condominio Lucila, local dos, Colonia Médica, San Salvador.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada por el suscrito
Notario, a las once horas del día veintiséis de febrero del presente año,
se tuvo por aceptada con benefi cio de inventario la herencia intestada
que a su defunción ocurrida el día dieciocho de febrero de dos mil trece,
en Barrio El Guayabal, jurisdicción de Quezaltepeque, Departamento
de La Libertad, habiendo sido ese su último domicilio, dejó la señora
MARIBEL SORIANO DE RAMÍREZ, conocida por MARIBEL
SORIANO y por MARIBEL SORIANO TORRES, de parte del señor
MARVIN MARIÑO RAMÍREZ SORIANO, en su concepto de hijo de
la causante, a quien se le ha conferido la administración y representación
interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de ley.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean
con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la mencionada
ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la
última publicación del presente edicto.
Librado en la ciudad de San Salvador, a los veintisiete días del
mes de febrero de dos mil catorce.
LIC. CARLOS ANTONIO CASTILLO SÁNCHEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F027736
CLAUDIA CAROLINA LÓPEZ MOREIRA, Notario, con ofi cina
situada en Setenta y Nueve Avenida Norte y Tercera Calle Poniente,
Condominio Torremolinos, Apartamento Número Diez, Colonia Escalón,
San Salvador, al público para los efectos de ley
HACE SABER: Que el día cuatro de marzo del corriente año se
ha tenido por aceptada, con benefi cio de inventario, de parte del Señor
ROBERTO RIVERA, conocido por ROBERTO RODRIGUEZ RIVERA,
en calidad de Cesionario de los derechos hereditarios que le correspondía
a la Señora Luisa del Milagro Rodríguez Lazo, conocida por Luisa del
Milagro Lazo Magaña, Luisa Rodríguez, Luisa del Milagro Rodríguez,
Luisa del Milagro Flesher y Luisa Alexandria Flesher, en su calidad de
hija legítima en la Herencia intestada que a su defunción dejó la Señora
María del Carmen Magaña, conocida por María del Carmen Lazo de
Rodríguez, María del Carmen Lazo Magaña de Rodríguez, María del
Carmen Magaña Lazo de Rodríguez y Carmen Lazo Magaña de Rodríguez,
Carmen Lazo de Rodríguez, Carmen Lazo Magaña, María del Carmen
Lazo Magaña, María del Carmen Lazo y Mercedes del Carmen Lazo,
quien falleció en Mesa Maricopa, Estado de Arizona, Estados Unidos
de América, su último domicilio, el día diecisiete de enero de dos mil
trece; se ha conferido al aceptante la administración y representación
interina de la sucesión.
Se cita a las personas que se crean con derecho en la herencia, para
que se presenten a deducirlo en el plazo de quince días después de la
tercera publicación de este aviso.
San Salvador, cinco de marzo de dos mil catorce.
LICDA. CLAUDIA CAROLINA LÓPEZ MOREIRA,
NOTARIO.
1 v. No. F027755
56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
CLAUDIA CAROLINA LÓPEZ MOREIRA, Notario, con ofi cina si-
tuada en Condominio Torremolinos, apartamento Número Diez, Colonia
Escalón, San Salvador, AL PÚBLICO para los efectos de ley
HACE SABER: Que el día dieciocho de octubre del corriente año
se ha tenido por aceptada, con benefi cio de inventario, de parte de la
señora LUZ DE MARÍA CAMPOS DE ESTRADA, en su calidad de
hija legítima del causante y cesionaria de los derechos hereditarios de
la señora Marta Menjívar Gálvez Viuda de Campos, en su calidad de
cónyuge sobreviviente del causante, los derechos correspondientes a la
herencia intestada que a su defunción dejó el señor MARIO ARTURO
CAMPOS c/p MARIO ARTURO CAMPOS CARIAS, quien falleció
en la ciudad de Las Vegas, Estados Unidos de América, el día seis de
junio de mil novecientos noventa y ocho; se ha conferido a la aceptante
la administración y representación interina de la sucesión.
Se cita a las personas que se crean con derecho en la herencia, para
que se presenten a deducirlo en el plazo de quince días después de la
tercera publicación de este aviso.
San Salvador, diecinueve de octubre de dos mil trece.
LICDA. CLAUDIA CAROLINA LÓPEZ MOREIRA,
NOTARIO.
1 v. No. F027756
MARCELA JEANNETTE ORTIZ SALMERON, Notaria, con ofi cina
jurídica ubicada en Centro Profesional Roosevelt, Cuarenta y Cinco
Avenida Norte y Prolongación Calle Arce, local número veinticuatro,
segundo nivel, San Salvador;
HACE SABER: Que por resolución proveída por la Suscrita
Notaria, a las trece horas con quince minutos del día once de marzo de
dos mil catorce, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio
de inventario de parte de la señora JACQUELINE PATRICIA CAL-
DERON ARAGON, la Herencia intestada que a su defunción ocurrida
a las tres horas con treinta y cinco minutos del día ocho de enero de
dos mil cuatro, en el Cantón San Isidro, de la Jurisdicción de San Pablo
Tacachico, Departamento de La Libertad, a consecuencia de ANEMIA
PROFUNDA, sin asistencia médica, dejara la señora SUSANA ARAGON
CARTAGENA, en su concepto de hija sobreviviente de la causante,
habiéndole conferido la administración y representación interina de la
sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia
yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean
con derecho a la referida herencia para que se presenten a la ofi cina en
comento en el término de quince días contados desde el día siguiente a
la última publicación del presente edicto.
Librado en San Salvador, a los catorce días del mes de marzo de
dos mil catorce.
LICDA. MARCELA JEANNETTE ORTIZ SALMERON,
NOTARIO.
1 v. No. F027764
FACUNDO DE JESUS RUIZ RODAS, Notario, de los domicilios
de las ciudades de San Salvador y Sonsonate, con ofi cina situada en
Calle Circunvalación, Residencial Bosques de San Francisco, número
veintiuno, Lomas de San Francisco, Antiguo Cuscatlán, departamento
de La Libertad, al público para los efectos de Ley,
HACE SABER: Que en las diligencias promovidas en sus ofi cios
notariales, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de
inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JOSE
OSWALDO MEZA MORALES, conocido por JOSE OSWALDO
MEZA, JOSE OSVALDO MEZA MORALES y JOSE OSVALDO
MEZA, quien falleció el día doce de diciembre del año dos mil trece,
en la ciudad de Santa Tecla, su último domicilio; falleció a la edad de
setenta y siete años, fue agricultor, de nacionalidad guatemalteca y no
formalizó testamento, de parte de la señora CARMELINA AURELIA
MEZA DE CATIVO, de cuarenta y nueve años de edad, profesora, del
domicilio de Santa Tecla, en concepto de hija del causante; se le ha
conferido la administración y la representación interinas de la sucesión,
con las facultades y restricciones de Ley.
Librado en la ciudad de Antiguo Cuscatlán, a los doce días del mes
de marzo del año dos mil catorce.
DR. FACUNDO DE JESÚS RUIZ RODAS,
NOTARIO.
1 v. No. F027765
RAFAEL DAVID CASTRO GONZALEZ, Notario, del domicilio de
Ahuachapán, y del de San Salvador, con ofi cina ubicada en Primera
Calle Poniente número uno-siete Segunda Planta de la ciudad de
Ahuachapán,
HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario proveída
en la ciudad de Ahuachapán, a las once horas del día trece de marzo
del año dos mil catorce, se ha tenido por aceptada expresamente y con
benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó la
causante señora ROSA MARÍA VALLECIOS DE PEREZ, conocida
por ROSA MARÍA VALLECIOS HERRERA y por ROSA MARÍA
57DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
VALLECIOS, a las trece horas del día veintinueve de mayo, del año dos
mil diez, en el Hospital Zacamil, de la ciudad de Mejicanos, Departamento
de San Salvador, siendo su último domicilio la ciudad de Concepción
de Ataco, Departamento de Ahuachapán, su último domicilio, de parte
de la señora RUTH MARLENE PEREZ VALLECILLOS, conocida
por RUTH MARLENE PEREZ VALLECIOS, en su concepto de hija
sobreviviente de la causante, habiéndose conferido la Administración y
Representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la Herencia Yacente.
Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en la ciudad de Ahuachapán, el día trece de marzo, del
año dos mil catorce.
RAFAEL DAVID CASTRO GONZALEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F027773
WILFREDO RIVAS, Notario, de este domicilio, con ofi cina ubicada en
Diecinueve Calle Poniente, número Trescientos Quince, Edifi cio MM,
Local UNO, de esta ciudad,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a
las doce horas del día treinta de agosto del año dos mil trece, se ha tenido
por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia
intestada que a su defunción dejara el señor SERGIO HERNANDEZ,
ocurrida el día veinticuatro de junio de dos mil diez, en el Cantón
Tecualuya, jurisdicción de San Luis Talpa, departamento de La Paz, a
consecuencia de Derrame Cerebral, quien falleció sin haber formalizado
testamento, siendo su último domicilio San Luis Talpa, Departamento de
La Paz, de parte del señor JORGE ALBERTO HERNÁNDEZ ORTIZ, en
su calidad de Hijo Sobreviviente y por los derechos que le corresponden
a la esposa de nombre CARMEN ORTIZ VIUDA DE HERNANDEZ,
CARMEN ORTIZ DE HERNÁNDEZ, CARMEN ORTIZ QUINTEROS
o CARMEN ORTIZ y sus hijos, MANUEL HERNANDEZ ORTIZ,
ROSA HERNANDEZ ORTIZ hoy ROSA HERNANDEZ ORTIZ DE
PEREZ, ADELA HERNÁNDEZ ORTIZ hoy ADELA HERNANDEZ
DE VILLALTA, y SERGIO HERNANDEZ ORTIZ, quienes han repu-
diado la parte que les corresponden a favor del solicitante. Habiéndosele
conferido la administración y representación de la sucesión en forma
INTERINA, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean
con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida
ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la
última publicación del presente edicto.
Librado en la ofi cina del Notario WILFREDO RIVAS. En la ciudad
de San Salvador, a las trece horas quince minutos del día once de marzo
del año dos mil catorce.
LIC. WILFREDO RIVAS,
ABOGADO Y NOTARIO.
1 v. No. F027797
JOSE LUIS FLORES SANTAMARÍA, Notario, de este domicilio, con
Ofi cina Profesional, situada en la Quinta Calle Oriente número quinientos
dos-A, de esta ciudad,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a
las nueve horas del día diez de Marzo de dos mil catorce, se ha tenido por
aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la Herencia Intestada,
que a su defunción dejó el señor HERMIS LEONEL VILLEGAS LO-
BOS, fallecido a las siete horas y diecisiete minutos del día veinte de
octubre de dos mil tres, en el Hospital Nacional Rosales, de la ciudad de
San Salvador, siendo su último domicilio la Colonia Luz, Veinticuatro
Calle Poniente, Pasaje San Luis, Casa ciento veintiocho A, de la ciudad
y departamento de San Salvador, de parte de la señora HEIDI MARILU
VASQUEZ FRANCO, en concepto de Cesionaria de los derechos
hereditarios que le correspondían a la señora LUCÍA ESMERALDA
VILLEGAS GAITAN, en su calidad de hija del mencionado causante.
Confi érase a la aceptante en el carácter indicado la Administración y
Representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
San Miguel, trece de marzo de dos mil catorce.
JOSE LUIS FLORES SANTAMARIA,
NOTARIO.
1 v. No. F027799
EDWIN PERLA PRUDENCIO, Notario, del domicilio de San Miguel,
con Ofi cina Profesional ubicada en Colonia Santa Gertrudis, Pasaje Juan
José Cañas, Polígono "C", Casa número cuatro, Ciudad de San Miguel,
departamento de San Miguel.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las catorce horas del día trece del año en curso, se ha tenido por
aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, a favor del señor
JOSE ALFREDO ARIAS ARGUETA, la herencia intestada que a su
defunción dejó la señora ADELINA ARIAS ARGUETA, quien fue de
58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
treinta años de edad, originaria de San Miguel, del departamento de San
Miguel, y del domicilio de Colonia Veintidós de Abril, Pasaje Tecan,
número Siete D, El Milagro Sur, Soyapango, Departamento de San
Salvador, de nacionalidad salvadoreña; habiendo fallecido en el Hospital
de Especialidades del Seguro Social, de la ciudad de San Salvador, a las
once horas cuarenta y cinco minutos del día VEINTISIETE DE MARZO
DEL AÑO DOS MIL UNO; a consecuencia de Falla Multiorgánica,
Shock Séptico, con asistencia médica; sin haber formalizado testamento
alguno y que en tales circunstancias de conformidad a lo dispuesto en
los artículos novecientos ochenta y ocho, numeral primero y novecien-
tos noventa ambos del Código Civil, y artículos dieciocho, diecinueve,
veinte y veintiuno de la Ley del Ejercicio Notarial de la jurisdicción
Voluntaria y de Otras Diligencias, en su calidad de cesionario de los
derechos que le corresponden al padre de la causante de nombre JOSE
LEONCIO ARIAS VARELA, y a sus hermanas, de nombre MARÍA
ANTONIA ARIAS ARGUETA, y CAMEN ARIAS ARGUETA, en
su concepto de cesionario del padre y de las hermanas de la misma ya
mencionados, habiéndose conferido la administración y representación
interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con
derechos a la referida herencia, para que se presenten a la mencionada
ofi cina en el término de quince días, contados desde el día siguiente a
la última publicación del presente edicto.
Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en la ofi cina del Notario EDWIN PERLA PRUDENCIO.
En la ciudad de San Miguel, Departamento de San Miguel, a las catorce
horas del día trece de marzo del año dos mil catorce.
LIC. EDWIN PERLA PRUDENCIO,
ABOGADO Y NOTARIO.
1 v. No. F027801
GUSTAVO ADOLFO LÓPEZ RODRÍGUEZ, Notario, de este domicilio,
con Ofi cina de Notariado situada en la Segunda Avenida Sur, tres- siete,
en esta ciudad, al público, para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución proveída por el Suscrito No-
tario, a las diecisiete horas de este mismo día, se ha tenido por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario la Herencia intestada que
a su defunción ocurrida el día diecisiete de enero de dos mil trece, en
la Colonia Escalón, de la ciudad de San Salvador, dejó el señor JOSE
RICARDO RUGAMA conocido por JOSE RICARDO RUGAMA
LOVATO, JOSE RICARDO RUGAMAS LOVATO, JOSE RICARDO
RUGAMAS LOBATO, y por JOSE RICARDO RUGAMA LOBATO,
de parte de los señores JOSE RICARDO RUGAMA ALVAREZ, NORA
ARGENTINA RUGAMA ALVAREZ, y ANA CECILIA RUGAMA
ALVAREZ, en su calidad de hijos del causante; habiéndoseles nom-
brado administradores y representantes interinos de la sucesión, con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en la Ofi cina de Notariado del Licenciado Gustavo Adolfo
López Rodríguez: Ahuachapán, a los diecinueve días del mes de febrero
de dos mil catorce.
GUSTAVO ADOLFO LÓPEZ RODRÍGUEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F027836
ALEJANDRO ANTONIO LÓPEZ FUENTES, Notario, de este domi-
cilio, con ofi cina ubicada en Colonia Médica, Avenida Doctor Emilio
Álvarez, número trescientos uno, local siete, jurisdicción de San Salvador,
Departamento de San Salvador.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las nueve horas del día catorce de marzo del año dos mil catorce, se
ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, por
medio de su apoderado señor PEDRO RAMÍREZ MELÉNDEZ, de parte
de la señora MARÍA ANA EDIS RAMÍREZ DE RAMÍREZ de treinta y
siete años de edad, Empleada, del domicilio de Plainfi eld, Nueva Jersey,
de los Estados Unidos de América, con Pasaporte Salvadoreño número
A siete cero uno cinco uno cero dos cero, expedido por el Consulado de
El Salvador, en la ciudad de Elizabeth, Condado de Unión y Estado de
Nueva Jersey, de los Estados Unidos de América, el día siete de enero
del año dos mil trece, en su calidad de hija de la causante de la herencia
intestada que a su defunción dejó la señora MARÍA IRENE RAMÍREZ,
conocida por MARTA IRENE MARTÍNEZ, en el Hospital Nacional
de San Rafael de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, siendo su
último domicilio la ciudad de Apopa, Departamento de San Salvador,
a las veintiuna horas y cuarenta y siete minutos, del día veintiocho de
mayo del año dos mil diez, habiéndosele conferido la administración y
representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean
con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la referida
ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la
última publicación del presente edicto.
Librado en la ofi cina del Notario, ALEJANDRO ANTONIO LÓPEZ
FUENTES, en la ciudad de San Salvador, a los catorce días del mes de
marzo del año dos mil catorce.
ALEJANDRO ANTONIO LÓPEZ FUENTES,
NOTARIO.
1 v. No. F027847
59DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
DINORA BERNARDA GONZALEZ DE CONTRERAS, Notaria, del
domicilio de esta ciudad, con Despacho Jurídico ubicado en Avenida
Doctor Emilio Álvarez, Edifi cio López Bertrand número 213, Tercer
Nivel Local 33, Colonia Médica de esta ciudad; al público para los
efectos de Ley
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita, proveída a las
dieciséis horas con treinta minutos del día doce de marzo de dos mil
catorce, se ha tenido por ACEPTADA CON BENEFICIO DE INVEN-
TARIO, la Herencia Intestada que a su defunción, ocurrida en la ciudad
de San Salvador, el día once de julio de dos mil once, dejara la señora
CLARIBEL CARRANZA DE GUERRA, conocida por CLARIBEL
CARRANZA BARRERA y por CLARIBEL CARRANZA, quien fue
de cuarenta y nueve años de edad, Profesora, quien se identifi caba con su
Documento Único de Identidad número cero dos millones ciento cuatro
mil ochocientos veintiséis – siete, y Número de Identifi cación Tributaria
un mil nueve–ciento veinte mil doscientos sesenta y dos– ciento dos– siete;
siendo su último domicilio la ciudad de San Sebastián, departamento de
San Vicente; de parte de las señoras HISELLA CLARIBEL GUERRA
CARRANZA, de treinta años de edad, Empleada, con Pasaporte Salvador
número A setenta millones cero cuarenta mil doscientos treinta y cuatro,
con Número de Identifi cación Tributaria un mil nueve – ciento ochenta y
un mil ciento ochenta y tres–ciento uno – uno; NATHALY GUADALUPE
GUERRA CARRANZA, de veintisiete años de edad, Empleada, con Pa-
saporte Salvadoreño número cero cero tres millones setecientos diecisiete
mil novecientos diecisiete, con Número de Identifi cación Tributaria un
mil nueve– ciento cincuenta y un mil doscientos ochenta y seis–ciento
dos–ocho; KARLA DANIELA GUERRA CARRANZA, de veinticinco
años de edad, Empleada, con Pasaporte Salvadoreño número A setenta
millones ciento cuarenta y cuatro mil ciento noventa y seis, con Número
de Identifi cación Tributaria un mil nueve–cero setenta mil ciento ochenta
y nueve–ciento uno–dos; y LILIANA LISBETH GUERRA CARRANZA,
de veintiún años de edad, Empleada, con Pasaporte Salvadoreño número
R E cero ochocientos veintinueve mil quinientos once, con Número de
Identifi cación Tributaria un mil nueve–cero once mil cero noventa y
dos–ciento tres - seis, todas del domicilio de la ciudad de New Bedford,
Estado de Massachusetts, Estados Unidos de América; en calidad de
hijas de la de cujus y como Cesionarias del Derecho Hereditario que
en la sucesión de la causante mencionada, les correspondía a la señora
MARIA MERCEDES BARRERA DE CARRANZA, de setenta y nueve
años de edad, de las atenciones de hogar, del domicilio de San Sebastián,
departamento de San Vicente, con Documento Único de Identidad nú-
mero cero un millón setecientos veinte mil setecientos veintitrés - uno,
y Número de Identifi cación Tributaria un mil nueve–cero treinta mil
ochocientos treinta y cuatro–ciento uno - nueve; y al señor DANIEL
CARRANZA ROSA, de ochenta y un años de edad, Sastre, del domicilio
de San Sebastián, departamento de San Vicente, con Documento Único
de Identidad número cero cero novecientos veinte mil setecientos setenta
y cuatro - ocho, con Número de Identifi cación Tributaria un mil nueve–
cero treinta mil ciento treinta y tres – cero cero uno - seis, en calidad
de padres sobrevivientes de la causante; confi riendo a las aceptantes la
Administración y Representación Interina de la Herencia Intestada, con
las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean
con derecho a la referida herencia para que se presenten a la mencionada
ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la
última publicación del presente Edicto.
Librado en la ofi cina de la Notaria DINORA BERNARDA GON-
ZÁLEZ DE CONTRERAS, en la ciudad de San Salvador, a los trece
días del mes de marzo de dos mil catorce.
DINORA BERNARDA GONZÁLEZ DE CONTRERAS,
NOTARIO.
1 v. No. F027865
OSCAR ARMANDO ZALDAÑA PADILLA, Notario, de este domicilio,
con ofi cina en Segunda Calle Poniente y Octava Avenida Sur, cinco-
uno, de esta ciudad,
HACE SABER: Que por resolución proveída a las catorce horas
veinte minutos de esta fecha, se ha tenido por aceptada expresamente y
con benefi cio de inventario la herencia intestada de MARIA BERNARDA
CRESPIN DE MALDONADO, quien falleció el treinta y uno de julio
de mil novecientos ochenta y nueve, en el Cantón El Progreso, Santa
Tecla, lugar de su último domicilio, de parte de MIGUEL ANGEL
MALDONADO CRESPIN, hijo de la causante citada, aceptante a
quien se le ha conferido la administración y representación interinas
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
Herencia Yacente. SE CITA a todos los que se crean con derecho a tal
herencia, para que dentro de los quince días subsiguientes a la última
publicación de este aviso, se presenten a este Despacho y justifi quen tal
circunstancia.
Librado en Santa Tecla, a tres de febrero del año dos mil cator-
ce.
OSCAR ARMANDO ZALDAÑA PADILLA,
NOTARIO.
1 v. No. F027880
JOSE SALVADOR JIMENEZ HERNANDEZ, Notario, de este domi-
cilio, con Ofi cina en 2a. C. Ote. Bo. El Centro, Chalatenango,
HACE SABER: Que por resolución pronunciada en esta ofi cina
a las diez horas del día once de marzo del corriente año, se ha tenido
por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, de parte de la
señora ZOILA ELIZABETH TEJADA DE ORELLANA, en su calidad
60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
de Heredera Abintestato con benefi cio de inventario dejada por el señor
EDGAR RAFAEL ORELLANA SALVADOR, fallecido el día vein-
tiocho de septiembre del año dos mil once, en el Hospital de La Nueva
Concepción, departamento de Chalatenango, siendo su último domicilio
El Paraíso, departamento de Chalatenango, habiéndosele conferido la
administración y representación interina de los bienes del causante, con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Cítese a toda persona que se crea con derecho a la referida herencia
para que dentro del término legal comparezca ante el suscrito Notario
a manifestar si aceptan o repudian la herencia dejada por el referido
causante, a alegar igual o mejor derecho.
Librado en Chalatenango, a los once días del mes de marzo del
año dos mil catorce.
JOSÉ SALVADOR JIMÉNEZ HERNÁNDEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F027881
JOSÉ OBDULIO DINARTE HERNÁNDEZ, Notario, de los domici-
lios de Mejicanos y San Sebastián, con ofi cina situada en la Calle Tres
de Mayo, número diecisiete, Barrio San Antonio de la ciudad de San
Sebastián, departamento de San Vicente,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
en esta ciudad, a las dieciséis horas del día trece de marzo de mil catorce,
se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario,
la herencia intestada que a su defunción, ocurrida en el Cantón Santa
Teresa, jurisdicción de la ciudad de San Sebastián, departamento de San
Vicente, su último domicilio, a las veintitrés horas del día dieciocho de
junio de mil novecientos noventa y nueve, dejara la causante señora BER-
NARDINA ALVARADO, conocida por BERNALDINA ALVARADO
DE DURAN y MARIA BERNARDINA ALVARADO, de parte de la
señora FATIMA DEL ROSARIO DURAN ALVARADO, en su calidad
de hija sobreviviente y como cesionaria de los derechos hereditarios en
abstracto que en dicha sucesión correspondían originalmente al señor
JOSE ALEJANDRO DURAN ZEPEDA, como heredero presunto de
la referida causante, en su calidad de cónyuge de la misma; habiéndose
conferido la administración y representación interina de la sucesión, con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean
con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la mencionada
ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la
última publicación del presente edicto.
Librado en la ofi cina del Notario JOSE OBDULIO DINARTE
HERNÁNDEZ, en la ciudad de San Sebastián, departamento de San
Vicente, el día trece de marzo de dos mil catorce, para ser publicado
por una vez en el DIARIO OFICIAL.
DR. JOSÉ OBDULIO DINARTE HERNÁNDEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F027900
RENE RIGOBERTO RIVERA HERNANDEZ, Notario, de este domi-
cilio, con Ofi cina Jurídica en Trece Calle Poniente, Condominio Centro
de Gobierno, Local Trece, en esta ciudad,
HACE SABER: Que por resolución de las doce horas de este día, se
ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la he-
rencia INTESTADA dejada por MARIA CONCEPCION ALVARADO,
conocida por CONCEPCION ALVARADO, fallecida el día veintitrés de
mayo de mil novecientos noventa y seis, en la ciudad de Millbrae, Estado
de California, Estados Unidos de América, siendo su último domicilio
la ciudad de Mercedes Umaña, Departamento de Usulután, de parte de
JOSE MAURICIO CRUZ, en concepto de cesionario de los derechos
hereditarios que en abstracto le correspondían a NELSON REYNERI
PLEITEZ ALVARADO, conocido por NELSON ALVARADO y por
NELSON REYNERI ALVARADO, representado en las Diligencias
por el Licenciado JOSE VENTURA MEJIA HERNANDEZ; y se le ha
conferido al aceptante la administración y representación interina de la
Herencia Yacente; y cita a los que se crean con derecho a la herencia
referida, para que se presenten a deducirlo dentro de los quince días
contados desde el siguiente al de la última publicación del presente
edicto.
San Salvador, catorce de marzo del año dos mil catorce.
LIC. RENÉ RIGOBERTO RIVERA HERNÁNDEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F027902
MAURA CECILIA GOMEZ ESCALANTE, Notario, de este domicilio,
con ofi cina situada en Final Séptima Avenida Norte, Urbanización Santa
Adela, Edifi cio San José, 2a. Planta, Local 202, Centro de Gobierno,
San Salvador,
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída
a las diez horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con
benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción, dejó el
61DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
señor TONY FRANCISCO BARRERA, quien falleció en el Hospital
Regional del Instituto Salvadoreño del Seguro Social, del departamento
de Sonsonate, a las veintitrés horas del día diecinueve de enero de dos mil
trece, siendo su último domicilio Acajutla, departamento de Sonsonate;
de parte del señor ANTHONY FRANCISCO BARRERA CRUZ, quien
actúa en calidad de hijo y Cesionario, en el derecho que le correspondía
a los señores MARIA ARGENTINA CRUZ DE BARRERA, en calidad
de cónyuge del causante, JESSICA YHOSHABETH BARRERA CRUZ,
y JULIA MONICA BARRERA DE MAYEN, en calidad de hijas del
causante, se ha conferido al aceptante en el carácter antes mencionado
la Administración y Representación Interina de la sucesión, con las
facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
Lo que se hace del conocimiento del público en general, para los
efectos de Ley.
San Salvador, catorce de marzo de dos mil catorce.
LICDA. MAURA CECILIA GÓMEZ ESCALANTE,
NOTARIO.
1 v. No. F027909
LICDA. ALICIA JEANNETTE ALVARENGA HERNANDEZ, JUEZA
SUPLENTE PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRAN-
CISCO GOTERA, DEPARTAMENTO DE MORAZAN. Al público
HACE SABER: Que por resolución dictada a las quince horas y
quince minutos de este día; se ha tenido por aceptada expresamente y
con benefi cio de inventario de parte de la señora EUFEMIA REYES
MEDRANO de cuarenta y cinco años de edad, empleada, del domicilio
de Linden, Estado de Nueva Jersey, Estados Unidos de América, que
se identifi ca a través de su pasaporte número A cero tres tres siete cinco
ocho siete; de la herencia que en forma intestada dejó el señor RUBEN
ANTONIO REYES MEDRANO, quien fue de cuarenta y nueve años de
edad, originario y del domicilio de Yamabal, Departamento de Morazán;
salvadoreño; quien falleció en Cantón San Francisquito, Municipio de
Yamabal, departamento de Morazán, a las nueve horas del día diecisiete
de noviembre de dos mil trece a consecuencia de Desequilibrio Hidro
Electrolítico; en concepto de hermana del referido causante, y como
cesionaria de los derechos que le correspondían a CARLOS DARIO
MEDRANO FLORES, EVANGELINA REYES MEDRANO conocida
por EVANGELINA REYES y BLANCA NARCISA HERNANDEZ
GARCIA se le ha conferido en la calidad expresada, la administración
y representación INTERINA de dicha sucesión, con las facultades y
restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Y cita a las personas que se crean con derecho a la herencia,
para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de
quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este
edicto.
Juzgado Primero de Primera Instancia, San Francisco Gotera, depar-
tamento de Morazán; a la quince horas y treinta minutos del día diez de
marzo de dos mil doce. LICDA. ALICIA JEANNETTE ALVARENGA
HERNÁNDEZ, JUEZA 1o. DE 1a. INSTANCIA SUPLENTE. LICDA.
YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZÚNIGA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C000082-1
LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez
Segundo de Primera Instancia, de este Distrito Judicial, al público para
efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal de
las once horas y catorce minutos del día seis de marzo del corriente año,
se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario, la
herencia intestada que a su defunción dejó el causante Esteban Ortiz
Pérez, de parte de los señores Santos Rufi no Ortiz Gómez, de treinta y
cinco años de edad, Motorista, originario de Cacaopera, Departamento
de Morazán, y del domicilio de la ciudad de Acworth, Estado de Georgia,
de los Estados Unidos de América, con Pasaporte Salvadoreño número
A nueve cero seis cero cinco nueve; Santos Paulina Ortiz de Villalta,
de treinta y tres años de edad, de ofi cios domésticos, del domicilio de
Cacaopera, actualmente del domicilio de la ciudad de Elizabeth del
Condado de Nueva Jersey, Estados Unidos de América con Documento
Único de Identidad número cero un millón doscientos siete mil doscientos
ocho guión nueve; y, Santos Maribel Ortiz Gómez, de veintisiete años
de edad, de ofi cios domésticos, originaria y del domicilio de Cacaopera,
Departamento de Morazán, con Documento Único de Identidad número
cero tres millones quinientos dos mil trescientos ocho guión tres; por
derecho propio en calidad de hijos del mencionado causante, quien a la
fecha de su fallecimiento fue de cuarenta y cinco años de edad, Empleado,
originario de y del domicilio de Cacaopera, Departamento de Morazán,
hija de los señores Anacleto Ortiz y María Ángela Pérez; falleció a las
veinticuatro horas y cuarenta y siete minutos del día seis de abril de mil
novecientos noventa y siete, en la ciudad de Brooklyn, Estado de Nueva
York, Estados Unidos de América, siendo la ciudad de Cacaopera, lugar
de su último domicilio. Se le confi rió a los aceptantes antes mencionados
y en la forma establecida, la Administración y Representación Interina
de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la
Herencia Yacente.
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia, para que se
presenten a deducirlo en el término de quince días contados desde el
siguiente a la tercera publicación de este edicto en el expresado perió-
dico.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Fran-
cisco Gotera, Morazán; a las once horas del día siete de marzo de dos
mil catorce. LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ
2o. DE 1a. INSTANCIA. LICDA. KARINA ELIZABETH IGLESIAS
DE NAVARRO, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F027670-1
62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-
PARTAMENTO DE MORAZAN, al público para efectos de ley
HACE SABER: Que por resolución dictada por este Juzgado, a las
catorce horas y cuarenta minutos del día veinte de febrero del dos mil
catorce, SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE CON
BENEFICIO DE INVENTARIO, LA HERENCIA INTESTADA que a
su defunción dejó la causante VITALINA PORTILLO DIAZ, conocida
por VITALINA DIAZ, de parte del señor WIL ALEXANDER DIAZ, de
treinta y seis años de edad, jornalero, del domicilio de Osicala, Depar-
tamento de Morazán, con Documento Único de Identidad número cero
cero setecientos cincuenta y siete mil novecientos trece - uno, y Tarjeta
de Identifi cación Tributaria número un mil trescientos quince - doscientos
noventa mil cuatrocientos setenta y seis - ciento uno - tres; por derecho
propio que le corresponde en calidad de hijo de la causante; quien a la
fecha de su fallecimiento era de cincuenta y seis años de edad, de ofi cios
domésticos, soltera, originaria y del domicilio de Osicala, Morazán, hija de
JUSTINIANO PORTILLO, y VIRGINIA DIAZ; falleció el día dieciséis
de mayo de mil novecientos noventa y ocho, en Osicala, Departamento
de Morazán, siendo en este lugar su último domicilio. Se le confi rió al
aceptante antes mencionado y en la forma establecida, la administración
y representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se
presenten a deducido en el término de quince días, contados desde el
siguiente a la tercera publicación del presente edicto.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco
Gotera, Departamento de Morazán, a los veinte días del mes de febrero
del dos mil catorce. LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA,
JUEZ 2o. DE 1a. INSTANCIA. LICDA. KARINA ELIZABETH
IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F027672-1
LIC. JORGE ANTONIO GONZÁLEZ MERINO, JUEZ PRIMERO DE
PRIMERA INSTANCIA, DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPAR-
TAMENTO DE MORAZÁN.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juzgado
a las catorce horas y cuarenta minutos de este día; se ha tenido por
aceptada EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO
de parte del señor: JUAN ANTONIO GONZALEZ ORTEZ, de 38
años de edad, Empleado, del domicilio de Cacaopera, Departamento de
Morazán; con Documento Único de Identidad número 041572361-9 y
Tarjeta de Identifi cación Tributariamente número 1302-130675-105-7;
de la herencia que en forma Intestada dejó el causante JOSE ANTONIO
ARRIAZA, quien fue de 34 años de edad, jornalero, casado, originario
y de último domicilio de Lolotiquillo, Departamento de Morazán, hijo
de Juana Arriaza; quien falleció el día 24 de abril de 1996, en el Cantón
Manzanilla de la jurisdicción de Lolotiquillo, Departamento de Morazán,
a consecuencia de Intoxicación sin Asistencia Médica; siendo ese lugar
su último domicilio; en concepto de CESIONARIO del derecho heredi-
tario que le correspondía a la señora MARIA AMALIA HERNANDEZ
VIUDA DE ARRIAZA, cónyuge sobreviviente del referido causante.
Confi érasele al referido aceptante en la calidad expresada, la administra-
ción y representación INTERINA de dicha sucesión, con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia Intestada.
Y cita a las personas que se crean con derecho a la herencia,
para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de
quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de éste
edicto.
Juzgado Primero de Primera Instancia, San Francisco Gotera,
departamento de Morazán, a las quince horas del día cinco de marzo de
dos mil catorce. LIC. JORGE ANTONIO GONZÁLEZ MERINO, JUEZ
1o. DE 1a. INSTANCIA SUPLENTE. LICDA. YESENIA ROSIBEL
VILLATORO DE ZÚNIGA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F027673-1
IVETTE CAROLINA MACHADO CANJURA, Notario, de este domi-
cilio, con despacho notarial ubicado en Colonia Metrópolis Norte, Senda
Tres Poniente, número veinticinco, de la jurisdicción de Mejicanos,
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída
a las nueve horas del día siete de marzo del dos mil catorce, se ha tenido
por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia
intestada que a su defunción, ocurrida en el Hospital Médico Quirúrgico
del Seguro Social, de esta ciudad, el día quince de octubre de dos mil
ocho, dejó el señor CARLOS ERNESTO ESTRADA, conocido por
JUAN CARLOS ESTRADA, CARLOS ERNESTO ESTRADA LOPEZ
y por ERNESTO ESTRADA, de parte del señor ROGER VENTURA
ESTRADA ACEVEDO, en su concepto de hijo sobreviviente del causan-
te; habiéndosele conferido la Administración y Representación interina
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
Herencia Yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean
con derechos a la referida Herencia, para que se presenten a la referida
Ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la
última publicación del presente edicto.
Librado en la Ofi cina de la Notario IVETTE CAROLINA MA-
CHADO CANJURA, en la ciudad de San Salvador, a las nueve horas
del día trece de marzo del dos mil catorce.
IVETTE CAROLINA MACHADO CANJURA,
NOTARIO.
3 v. alt. No. F027780-1
63DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA; Juez de lo Civil, del Distrito Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público para los efectos de Ley,
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las doce horas y quince minutos del día diez de febrero del corriente año. Se de-claró heredero expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia intestada que al fallecer a las veintidós horas con treinta minutos del día cuatro de septiembre del año dos mil diez, en el Cantón Guayabo, de la jurisdicción de Concepción de Oriente, de este distrito, Departamento de La Unión, su último domicilio dejó el causante Apolonio Cruz García, de parte de la señora Juana Bautista Vanegas Viuda de Cruz, en concepto de cónyuge sobreviviente del referido causante, de conformidad con el Artículo 988 numeral 1° del Código Civil; y en concepto de cesionaria del derecho hereditario que en la referida sucesión le correspondía al señor José Antonio Cruz Vanegas, en concepto de hijo sobreviviente del referido causante, de conformidad con el Artículo 1699 C.c. Se le confi ere a la heredera declarada en el carácter dicho la administración y representación INTERINA de los bienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Extiéndase para las publicaciones los edictos correspondientes.
Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, a los doce días del mes de febrero de dos mil catorce.- LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F027806-1
LICENCIADO RODRIGO ERNESTO BUSTAMANTE AMAYA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO, PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: En las diligencias de aceptación de herencia intestada iniciada por el Licenciado OMAR ALEXANDER MARRO-QUÍN PEÑA, en su calidad de Apoderado General Judicial de los señores DANILO NORBERTO DUARTE SANDOVAL, ÁNGEL VLADIMIR DUARTE SANDOVAL, MARITZA CAROLINA DUAR-TE SANDOVAL y NUBIA ARACELY DUARTE ÁLVAREZ, en el proceso clasifi cado bajo el número de referencia 1798-13-DV-2CM1, se ha proveído resolución por este tribunal a las catorce horas quince minutos del día cinco de marzo de dos mil catorce, mediante la cual se ha tenido por aceptada interinamente, y con Benefi cio de Inventario, de parte de los señores supra indicados en la herencia intestada que a su defunción dejara la causante DAMIANA DEL ROSARIO SANDOVAL MARTÍNEZ, quien fuera de sesenta y seis años de edad, divorciada, originaria de Texistepeque, habiendo fallecido el día treinta de octubre de dos mil trece, habiendo sido su último domicilio el Municipio de Texistepeque. A los aceptantes antes citados, se les confi ere Interinamente la Administración y Representación de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
Lo que se hace del conocimiento del público, para que todo aquel que se crea con derecho a la sucesión, se presente a este juzgado a deducirlo dentro de los quince días hábiles siguientes a la tercera publicación de este edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y MER-CANTIL; Santa Ana, a las catorce horas quince minutos del día cinco de marzo de dos mil catorce. LIC. RODRIGO ERNESTO BUSTAMANTE AMAYA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL SANTA ANA.- LIC. JAIME MANUEL BENITEZ BAÑOS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F027811-1
EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-PARTAMENTO DE MORAZAN, AL PÚBLICO PARA EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución dictada por este Juzgado, a las once horas y quince minutos del día Siete de Febrero del Dos Mil Catorce, SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE CON BENEFICIO DE INVENTARIO, LA HERENCIA TESTAMENTARIA que a su defunción dejó el causante JOSE HECTOR COREA ROMERO, conocido por JOSE HECTOR COREA, de parte del señor NORBERTO MUNGUIA, de sesenta y tres años de edad, agricultor en pequeño, del domicilio de Yoloaiquín, con Documento de Identidad Número cero tres siete ocho cuatro tres nueve nueve - dos, y número de Identifi ca-ción Tributaria Un mil trescientos veintiséis- trescientos mil trescientos cincuenta - cero cero uno - seis; por derecho propio que les corresponde en calidad de hijo del causante; quien a la fecha de su fallecimiento era de ochenta y cinco años de edad, casado, Agricultor, originario de Yoloaiquín, Morazán, hijo de ONOFRE COREA y PAULINA ROMERO; falleció el día trece de julio del dos mil trece, en Yoloaiquín, siendo en la ciudad de Yoloaiquín, Departamento de Morazán, lugar de su último Domicilio.- Se le confi rió al aceptante antes mencionado y en la forma establecida, la administración y representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
Publíquense en el Diario Ofi cial los edictos de Ley de conformidad al Art. 1,163 C., con citación a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a deducirlo en el término de quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación del presente edicto.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco Gotera, Departamento de Morazán, a los siete días del mes de febrero del dos mil catorce. LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2°. DE 1ª. INSTANCIA.- LIC. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F027821-1
LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Suplente del Segundo de Primera Instancia, de este Distrito Judicial, al Público para efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal de las once horas y treinta minutos del día nueve de enero del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el causante JUAN HERIBERTO SANCHEZ HERNANDEZ, de parte de la señora CRUZ ROMERO DE VIGIL, de cuarenta y un años de edad, de Ofi cios Domésticos, del
64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
domicilio de esta ciudad de San Francisco Gotera, con Documento Único de Identidad Número cero uno uno dos uno uno ocho nueve guión dos, y con Número de Identifi cación Tributaria mil trescientos once guión cero treinta mil quinientos setenta y dos guión ciento dos guión cinco; como Cesionaria de los derechos que le correspondía a la señora DIGNA EMERITA SANCHEZ VIGIL, ésta por derecho propio en calidad de hija del mencionado causante; quien a la fecha de su fallecimiento fue de sesenta y nueve años de edad, Jornalero, originario de Torola y del domicilio de esta ciudad de San Francisco Gotera, Departamento de Morazán; hijo de los señores Isidro Sánchez y Urbana Hernández; falleció a las diecinueve horas y treinta minutos del día veintiséis de Noviembre de dos mil diez, en el Hospital Nacional de esta ciudad de Francisco Gotera; siendo esta misma ciudad, lugar de su último domicilio.-
Se le confi rió a la aceptante antes mencionada y en la forma esta-blecida, la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION de la Suce-sión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto en el expresado perió-dico.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Fran-cisco Gotera, Morazán; a las nueve horas y cincuenta y tres minutos del día catorce de enero de dos mil catorce. LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2º DE 1ª. INSTANCIA LICDA. KA-RINA ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F027824-1
MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-TRITO.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada de las nueve horas diez minutos del día diecinueve de diciembre del año recién pasado por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada dejada por el señor; LAZARO FLORES HERNANDEZ, fa-llecido el día dieciséis de abril de dos mil tres, en el Cantón San Ramón Jurisdicción de San Antonio del Monte, siendo la Población de San Antonio del Monte su último domicilio, de parte del señor ADILTON LEONEL FLORES CRUZ, en concepto de hijo y además como cesionario de los Derechos Hereditarios que en la referida herencia le correspondían a las señoras Ana Lilian Cruz de Flores y Evelin Araceli Flores Cruz, como cónyuge e hija respectivamente del Causante.
Se ha conferido al aceptante la administración y representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de Ley.
Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las ocho horas cincuenta minu-tos del día ocho de Enero del dos mil catorce.- DR. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F027848-1
ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GALVEZ, Juez de lo Civil Interino de este distrito judicial,
AVISA: Que este día ha tenido por aceptada expresamente, con benefi cio de inventario, la herencia, intestada que dejó JOSE VENICIO PALACIOS o JOSE VINICIO PALACIOS, que falleció el día tres de marzo de dos mil once, en el cantón Tierra Blanca de esta jurisdicción, Departamento de La Paz, su último domicilio, por parte de JOSE VI-NICIO PALACIOS RAMIREZ, en concepto de hijo del causante; y se ha nombrado al aceptante, interinamente, administrador y representante de la sucesión.
Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para que dentro de los quince días siguientes a la tercera publicación de este aviso, se presenten a deducirlo.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a los seis días del mes de marzo de dos mil catorce.- LIC. ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GALVEZ, JUEZ DE LO CIVIL INTO.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO
3 v. alt. No. F027857-1
LICENCIADO DANIEL ORTIZ MARTINEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución emitida por este Tribunal, a las diez horas y treinta minutos del día trece de marzo del corriente año; se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la he-rencia intestada dejada a su defunción por MARIA REYES GONZALEZ viuda de CORPEÑO conocida por MARIA REYES GONZALEZ DE CORPEÑO y por MARIA REYES GONZALEZ y REYES GONZALEZ, quien falleció el día diecinueve de octubre del año dos mil trece, en su casa de habitación situada en Colonia Palestina del cantón El Achiotal, de esta jurisdicción, siendo de este domicilio, a consecuencia de PARO CARDIACO RESPIRATORIO, CON ASISTENCIA MEDICA; de parte del señor LUIS ALFREDO GONZALEZ, en el concepto de hijo de la causante.
Confi riéndose al aceptante, la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se hace saber al público, para los efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de San Pedro Masahuat, a las diez horas y cincuenta minutos del día trece de marzo de dos mil catorce. LIC. DANIEL ORTIZ MARTINEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. MARIA ELENA ARIAS LOPEZ, SECRETA-RIO.
3 v. alt. No. F027864-1
MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE BERLIN, DEPARTAMENTO DE USULUTÁN, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas con cinco minutos del día veintiocho de febrero del año dos mil catorce, se ha tenido por aceptada expresamente la Herencia Intestada de los bienes que a su
65DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
defunción dejó el Causante JOSE OSCAR CORDOVA, fallecido el día veintiséis de abril del año dos mil siete, en el Hospital Nacional de Santiago de María, departamento de Usulután, a consecuencia de Insufi ciencia Cardiaca, Clase Tencional, con asistencia médica, siendo su último do-micilio el Cantón San Lorenzo, del municipio de Berlín, departamento de Usulután; de parte de la señora MARIA PETRONILA PINEDA VIUDA DE CORDOVA, conocida por MARIA PETRONILA PINEDA DE CORDOVA, MARIA PETRONILA PINEDA, PETRONILA PINEDA VELASQUEZ y PETRONILA PINEDA, con Documento Único de Identidad número 02363813-1 y Tarjeta de Identifi cación Tributaria número 1102-271052-101-3; en su calidad de Cónyuge Sobreviviente del Causante antes relacionado y como Cesionaria de los Derechos Hereditarios que en abstracto le correspondían a los señores VILMA CAROLINA CORDOVA PINEDA, DAYSI ARACELY CORDOVA DE CAÑENGUEZ, PATRICIA DEL CARMEN CORDOVA PINEDA, ERICK JOEL CORDOVA PINEDA, MIGUEL ANTONIO CORDOVA PINEDA y EVELIN MARILU CORDOVA PINEDA, estos últimos en su calidad de hijos del referido de cujus, de los bienes que a su defunción dejó el mismo; confi riéndole a la aceptante la Administración y Repre-sentación Interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, de conformidad a lo establecido en el Artículo 1163 del Código Civil.
Cítese a los que se crean con derecho a la herencia, para que den-tro del término de Ley, se presenten a este Juzgado a hacer uso de sus derechos, lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos legales consiguientes.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Ber-lín, a los veintiocho días de febrero del año dos mil catorce.LICDA. MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. ANA MARGARITA BERMUDEZ DE HENRIQUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F027868-1
DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas veinte minutos del día nueve de febrero de dos mil doce, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de la se-ñora SANTOS DEL ROSARIO ZELAYA DE MORALES, la herencia intestada que a su defunción dejó la causante señora PETRONILA DE LOS ANGELES VELA o PETRONILA VELA, quien fue de sesenta y dos años de edad, de ofi cios domésticos, soltera, fallecida a las seis horas del día dieciocho de diciembre de mil novecientos ochenta y dos, en el Barrio Concepción de esta ciudad, lugar de su último domicilio, en concepto de nieta de la causante. Y se ha nombrado a la aceptante administradora y representante interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las doce horas cincuenta minutos del día veintisiete de noviembre de dos mil trece.DRA. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F027871-1
LIC. ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GÁLVEZ, Juez de lo Civil Interino, de este distrito judicial, al público para los efectos de ley;
HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el causante LUCIO RAMOS o LU-CIO RAMOS MIRANDA, quien falleció el día treinta de mayo de dos mil diez, en el Hospital Santa Teresa de esta ciudad, siendo San Rafael Obrajuelo, su último domicilio, por parte de MIGUEL ANGEL RAMOS HERNANDEZ, en concepto de hijo del referido causante. Nómbrase al aceptante, interinamente, administrador y representante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley, comparezcan a este Juzgado a justifi car dicha circunstancia.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a las catorce horas y diez minutos del día tres de febrero de dos mil catorce. LIC. ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GÁLVEZ, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETA-RIO.
3 v. alt. No. F027896-1
LICENCIADO EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado de las catorce horas y seis minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada dejada a su defunción ocurrida el día nueve de febrero de dos mil doce, en la ciudad de Soyapango, dejó el causante señor MANUEL ANTONIO ESCOBAR GOMEZ; quien fue de cuarenta y cuatro años de edad, salvadoreño, soltero, del domicilio de Soyapango, departamento de San Salvador, originario de Ilobasco, departamento de Cabañas, hijo de Zoila Gómez (fallecida), y Manuel de Jesús Escobar (fallecido), siendo su último domicilio la ciudad de Soyapango, de parte de la señora MARÍA ELBA ESCOBAR GÓMEZ, con NIT:0903-090957-102-1, TERESA DE JESÚS ESCOBAR DE RIVAS, NIT: 0903-241051-101-2, MARÍA BENICIA ESCOBAR DE SERRANO, NIT: 0903-250861-101-5, JOSÉ ATILIO ESCOBAR GÓMEZ, NIT: 0903-250546-001-9 y JOSÉ OSCAR ESCOBAR GOMEZ, NIT: 0903-130169-101-2, quienes actúan en su calidad de hermanos del causante señor MANUEL ANTONIO ESCOBAR GÓMEZ, con NIT: 0903-130667-102-8, representados judicialmente por la Licenciada CLAUDIA LISSETTE SAGET FLORES, quien actúa en su calidad de Apoderado General Judicial.
Y se les ha Conferido a los aceptantes la administración y re-presentación interina de los bienes de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Y CITA: a los que se crean con derecho a la herencia referida para que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos en la sucesión.
Librado en el Juzgado de Civil de Soyapango, a las catorce horas veinte minutos del día veinticinco de febrero de dos mil catorce. LIC. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. MARIA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F027913-1
66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
TITULO DE PROPIEDAD
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado el Licenciado OMAR ALBERTO ROMERO FUENTES, actuando en su concepto de apoderado del señor ALFREDO YOXABETH SALMERON RAMOS, mayor de edad, Empleado, del domicilio de Osicala, departamento de Morazán, solicitando TITULO DE PROPIEDAD, sobre una porción de terreno de naturaleza urbana, situada en el Barrio El Calvario, jurisdic-ción de Osicala, departamento Morazán, de la capacidad superfi cial de CIENTO CUARENTA Y UNO PUNTO TREINTA Y TRES METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE, mide siete metros cincuenta y cinco centímetros, linda con terreno de la señora María Dolores Delgado, divididos por cerco de malla ciclón de por medio; antes hoy de muro de ladrillo; AL NORTE, mide veintiún metros, linda con terreno de la señora María Dolores Delgado, divididos por cerco de malla ciclón de por medio; antes hoy muro de ladrillo; AL PONIENTE, mide seis metros veinte centímetros, linda con Francisca Hernández, calle pública de por medio; y AL SUR: mide veintiún metros, linda con Mercedes Vásquez (hombre), divididos por muro de ladrillo propio de por medio. El inmueble anteriormente descrito, lo adquirió su representado por compraventa de posesión material que le hiciera el señor CALIXTO DELGADO PINEDA; valuando dicho inmueble en la cantidad de OCHO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, no es predio sirviente ni dominante, no tiene carga ni derechos reales constituidos en él, no está en proindivisión con nadie.
Osicala, departamento de Morazán, a los diez días del mes de marzo del dos mil catorce. MARVIN ELIU REYES, ALCALDE MU-NICIPAL.- RIGOBERTO HERNANDEZ RAMIREZ, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. C000075-1
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL
HACE SABER: Que a esta ofi cina se presentó el Licenciado RAYMUNDO ADOLFO GUERRA CASTRO, de treinta y ocho años de edad, Abogado, del domicilio de Comalapa, Departamento de Chalatenango, con Documento Único de Identidad Número cero cero cero sesenta y nueve mil quinientos noventa – dos, y con Número de Identifi cación Tributaria cero cuatrocientos cinco – doscientos setenta y un mil doscientos setenta y cinco – ciento uno – cinco; actuando en nombre y representación del señor OSCAR LEÓN URBINA, quien es de cincuenta y cuatro años de edad, Agricultor en Pequeño, del domicilio de Comalapa, Departamento de Chalatenango, residiendo actualmente en los Estados Unidos de América, portador de su Documento Único de Identidad Número cero dos millones quinientos noventa y dos mil tres-cientos sesenta y siete – uno, y con Número de Identifi cación Tributaria cero cuatrocientos seis – ciento veinte mil quinientos cincuenta y nueve – cero cero uno – cinco, a solicitar TITULO DE PROPIEDAD, de un inmueble de naturaleza URBANA, a propiedad de su representado, ubicado en el Barrio Las Delicias, calle principal que conduce a La Laguna, de esta jurisdicción, del cual su mandante es dueño y actual poseedor en forma quieta, exclusiva, pública, pacífi ca, de buena fe, sin interrupción de ninguna persona o autoridad de la República, y que su posesión unida a la de su antecesora suma más de diez años consecu-tivos, el inmueble tiene una extensión superfi cial de TRESCIENTOS
NOVENTA Y UNO PUNTO DIECISÉIS METROS CUADRADOS, que tiene las medidas y linderos siguientes: AL NORTE, comenzando desde un punto que forma esquina mide veintiún metros con treinta y cinco centímetros, hasta llegar a otro punto que forma esquina, colinda con propiedad de José Antonio León pared de ladrillo de block de por medio propia del inmueble que se describe; AL ORIENTE, del punto anterior se miden quince metros con setenta centímetros, hasta llegar a otro punto que forma esquina, colinda con propiedad de Adán León, pared de ladrillo de block de por medio propia del inmueble que se describe; AL SUR, del punto anterior se miden veintidós metros con sesenta y cinco centímetros, hasta llegar a otro punto que forma esquina, colinda con propiedad de Miguel Ángel Guerra León, pared de ladrillo de block de por medio propia del inmueble que se describe; y AL PO-NIENTE, del punto anterior se miden diecinueve metros con ochenta y seis centímetros, hasta llegar al punto donde se comenzó la presente demarcación, colinda con propiedad de María del Carmen Pereira y José Luis León Urbina, calle pública de por medio que conduce al Municipio de La Laguna. En este terreno descrito existe construida una vivienda de sistema mixto. El referido inmueble lo adquirió por compra que le hizo de forma verbal a la anterior poseedora señora Juana León, quien reside en los Estados Unidos de América, por lo que presenta Escritura Pública de Declaración Jurada de Posesión Material de Inmueble, otor-gada en la Ciudad y Departamento de San Salvador, a las ocho horas del día once de enero del año dos mil catorce, ante los ofi cios notariales de WILSON FRANCISCO FLORES ZELADA. Dicho inmueble lo valúa en la suma de CINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; y careciendo de antecedente inscrito en el correspondiente Registro de Propiedad Raíz e Hipotecas.-
Lo que se hace saber al público para los efectos de ley consiguien-tes.
ALCALDÍA MUNICIPAL DE COMALAPA, DEPARTAMENTO DE CHALATENANGO, doce de marzo de dos mil catorce. MOISES ANTONIO MARIN SANTAMARIA, ALCALDE MUNICIPAL.- LIC. BLANCA REINA ARDON DE AYALA, SECRETARIA MUNICI-PAL.
3 v. alt. No. F027692-1
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL
HACE SABER: Que a esta ofi cina se presentó el señor LUCIO ANTONIO GALDAMEZ FUENTES, de cincuenta y seis años de edad, Ingeniero Agrónomo, del domicilio de Comalapa, Departamento de Chalatenango, portador de mi Documento Único de Identidad número cero cero cero treinta y tres mil seiscientos ochenta y nueve – uno, a solicitar TITULO DE PROPIEDAD, de Un inmueble de naturaleza URBANA, ubicado en el Barrio Las Flores, Avenida Delgado, de esta jurisdicción, del cual es dueño y actual poseedor en forma quieta, exclusiva, pública, pacífi ca, de buena fe, sin interrupción de ninguna persona o autoridad de la República, y que su posesión unida a la de su antecesora suma más de diez años consecutivos, el inmueble tiene una extensión superfi cial de DOSCIENTOS SETENTA Y TRES PUNTO CINCUENTA Y OCHO METROS CUADRADOS de las medidas, linderos y colindancias siguientes: LINDERO ORIENTE, partiendo del vértice nor-oriente está formado por dos tramos rectos con los siguientes rumbos y distancias: tramo uno, sur cuarenta y dos grados veintitrés minutos cuarenta y dos segundos oeste con una distancia de cinco punto veinticinco metros; tramo dos, sur cincuenta y ocho grados
67DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
veinticinco minutos cincuenta y tres segundos oeste con una distancia de doce punto quince metros, colindando con propiedad de los señores Félix Adán Ardón y José Arnoldo León Villalobos, pared de adobe y calle pública de por medio. LINDERO SUR, partiendo del vértice sur-oriente está formado por un tramo recto con el siguiente rumbo y distancia: tramo uno, norte cuarenta y tres grados treinta y dos minutos cuarenta y siete segundos oeste con una distancia de dieciséis punto cincuenta y ocho metros; colindando con propiedad del señor Víctor Ángel Galdámez, pared de adobe de por medio propia del terreno que se describe. LINDERO PONIENTE, partiendo del vértice sur-poniente está formado por un tramo recto con el siguiente rumbo y distancia: tramo uno, norte cincuenta grados cuarenta y un minutos doce segundos Este con una distancia de catorce punto cero nueve metros; colindando con propiedad del señor Omar Antonio León Orellana, pared de adobe propia del colindante de por medio. LINDERO NORTE, partiendo del vértice Nor-poniente está formado por un tramo con el siguiente rumbo y distancia: tramo uno, sur cincuenta y tres grados veintiséis minutos cero nueve segundos Este con una distancia de diecisiete punto noventa y seis metros; colindando con propiedad del señor Omar Antonio León Orellana, pared de adobe propia del inmueble que se describe. Así se llega al vértice Nor-oriente, que es donde se inició la descripción. En este inmueble existe construida una casa techo de tejas sobre paredes de adobe. El referido inmueble lo adquirió por compra que le hizo a la anterior poseedora señora María Adela Fuentes Viuda de Galdámez, quien ya falleció, según Escritura de Compraventa de Inmueble, otorgada en la Ciudad y Departamento de Chalatenango, a las quince horas del día treinta y uno de agosto del año dos mil diez, ante los ofi cios notariales de JOSÉ SALVADOR JIMENEZ HERNANDEZ. Dicho inmueble lo valúa en la suma de QUINCE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; y careciendo de antecedente inscrito en el correspondiente Registro de Propiedad Raíz e Hipotecas.-
Lo que se hace saber al público para los efectos de ley consiguien-tes.
ALCALDÍA MUNICIPAL DE COMALAPA, DEPARTAMENTO DE CHALATENANGO, doce de marzo de dos mil catorce. MOISES ANTONIO MARIN SANTAMARIA, ALCALDE MUNICIPAL.- LIC. BLANCA REINA ARDON DE AYALA, SECRETARIA MUNICI-PAL.
3 v. alt. No. F027693-1
DR. JOSE RIGOBERTO MEJIA MENJIVAR Alcalde Municipal del Municipio y Departamento de Chalatenango.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se han presentado ANA ISA-BEL ORTEGA DE VANEGAS, de cuarenta y siete años de edad, Ama de Casa, del domicilio de la ciudad y Departamento de Chalatenango. con Documento Único de Identidad cero uno tres cero ocho seis dos tres-cinco, y con número de Identifi cación Tributaria cero cuatro cero siete- tres uno cero tres seis seis - uno cero uno- cinco, y ERICKA ARLENE ORTEGA, de veintisiete años de edad, Estudiante, del do-micilio de la ciudad y Departamento de Chalatenango, con Documento Único da Identidad cero tres cinco cinco seis siete cinco cinco- ocho, y con número de Identifi cación Tributaria cero cuatro cero siete- uno tres cero seis ocho seis- uno cero uno- siete; quienes solicitan Título de Propiedad y Dominio de un inmueble de naturaleza URBANA, Ubicado en Barrio El Calvario, calle que conduce a Las Vueltas y Final Calle Morazán, Municipio de Chalatenango, Departamento de Chalatenango, de la capacidad superfi cial de CIENTO OCHENTA Y OCHO PUNTO SESENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS, Partiendo del vértice
Sureste del inmueble se describen los siguientes rumbos y distancias. LINDERO ORIENTE: Está formado por un tramo: Tramo uno, Sur siete grados veintiocho minutos cinco segundos Oeste con una distancia de dieciocho punto diecisiete metros: Colindando con terrenos de Adolfo Díaz, antes hoy con el señor Benedicto Delgado Zamora, Tapial propio del inmueble que se describe; LINDERO SUR: Está formado por un tramo; Tramo uno, Norte ochenta y cinco grados treinta y tres minutos cincuenta segundos Oeste con una distancia de diez punto veinte metros; Colindando con terrenos de Adolfo Díaz, antes hoy con el señor Gabriel Adán Delgado Guardado, Tapial propio del inmueble que se describe; LINDERO PONIENTE: Está formado por un tramo; Tramo uno, Norte siete grados cuarenta y nueve minutos dieciséis segundos Este con una distancia de diecinueve punto cero nueve metros: Colindando con te-rrenos de Adolfo Díaz, antes hoy con el señor Osmín Osvaldo Ventura, Tapial propio del inmueble que se describe; y LINDERO NORTE: Está formado por un tramo; Tramo uno. Sur ochenta grados veintidós minutos diez segundos Este con una distancia de diez punto cero ocho metros; Colindando con terrenos de Joaquín Peraza Beltrán: con calle de por medio, que conduce de Chalatenango, a Las Vueltas. Así se llega al vértice Sureste, que es donde se inició la presente descripción. Se aclara que dicho inmueble no es dominante ni sirviente, y goza de los servicios básicos de agua potable y energía eléctrica. Lo valoran en el precio de MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Dicho inmueble lo adquirieron por medio de escritura Pública de compraventa que se le hizo al señor EFRANINO ALFARO ORELLANA.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.
Alcaldía Municipal de Chalatenango, a los diez días del mes de marzo del año dos mil catorce.- DR. JOSE RIGOBERTO MEJIA MENJIVAR, ALCALDE MUNICIPAL.- JOSE ENRIQUE RAMIREZ, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F027800-1
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
HACE SABER : Que a esta Ofi cina se ha presentado RAQUEL RIVERA, mayor de edad, de este origen y domicilio de Nacionalidad Salvadoreña, solicitando se le extienda Título de Propiedad de Un In-mueble Urbano Situado en el Barrio El Calvario de esta Ciudad, cuyas medidas y colindantes son: NORTE: linda con Ministerio de Educación, Calle pública de por medio, mide seis metros, ORIENTE: linda con María Lidia Martínez Cubías, Blanca Luz Martínez Cubías, mide nueve metros, SUR: linda con Zulma Concepción Bonilla de Flores, mide seis metros diez centímetros, PONIENTE: linda con Juan Francisco Portillo Flores, mide nueve metros, el Inmueble no es sirviente ni dominante, no tiene cargas o derechos reales de ajena pertenencia, ni está en proindivisión con nadie, lo hubo por compra que hizo a Ignacio Rivera, lo estima en DOS MIL DOLARES EXACTOS.
Lo que se hace saber al público para los efectos legales consiguien-tes
Alcaldía Municipal de San Lorenzo, departamento de San Vicen-te, a cinco de febrero del año dos mil catorce.- FIDENCIO ADILIO GUZMAN ACEVEDO, ALCALDE MUNICIPAL.- SERGIO DANILO CUBIAS PINO, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F027853-1
68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
HACE SABER : Que a esta Ofi cina se ha presentado Blanca Irene Martínez Cubías, mayor de edad, de este origen y domicilio, de Nacio-nalidad Salvadoreña, solicitando se le extienda Título de Propiedad de Un Inmueble Urbano Situado en el Barrio El Carmen de esta Ciudad, cuyas medidas y colindantes son: NORTE: linda con Blanca Irene Martínez, Domingo Ponce Durán, mide siete metros, ORIENTE: linda con Domingo Ponce Durán, mide ocho punto ochenta y ocho metros, SUR: linda con Santos Rivera Moreno, Sergio Antonio Aguirre Rivas, mide seis punto noventa y un metros, PONIENTE: linda con Blanca Irene Martínez, mide ocho punto setenta metros, el Inmueble no es sirviente ni dominante, no tiene cargas o derechos reales de ajena pertenencia, ni está en proindivisión con nadie, lo hubo por compra que hizo a María Celia Cubías, lo estima en DOS MIL DOLARES EXACTOS.
Lo que se hace saber al público para los efectos legales consiguien-tes.
Alcaldía Municipal de San Lorenzo, departamento de San Vicente, a cinco días del mes de febrero del año dos mil catorce.- FIDENCIO ADILIO GUZMAN ACEVEDO, ALCALDE MUNICIPAL.- SERGIO DANILO CUBIAS PINO, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F027854-1
TITULO SUPLETORIO
EVELYN MERCEDES GAVARRETE MOLINA, Notario, del domicilio de Cojutepeque y de San Vicente, con ofi cina jurídica situada en calle José Francisco López Número tres, de esta ciudad, al público
HACE SABER: Que a su ofi cina jurídica se ha presentado el señor ENCARNACION REYES, de cincuenta y nueve años de edad, Jornalero, del domicilio de San Cristóbal, Departamento de Cuscatlán, SOLICITANDO TITULO SUPLETORIO de un inmueble Rústico de su propiedad, situado en el Cantón Santa Anita, sin número, jurisdicción de San Cristóbal, Departamento de Cuscatlán, de la extensión superfi cial de SIETE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y TRES PUNTO SESEN-TA Y OCHO METROS CUADRADOS, que linda: AL NORTE, con terreno de Heriberto Hernández, Bernarda Beltrán y María Santos Peña de Gómez; AL ORIENTE, con terreno de Juan Reyes; AL SUR, con terreno de Anastacio Hernández, calle de por medio; Y AL PONIENTE, con terrenos de Estanislao Gómez, Manuel de Jesús Hernández Beltrán y Paula Reyes Hernández. Todos los colindantes son del domicilio de Cantón Santa Anita, jurisdicción de San Cristóbal, Departamento de Cuscatlán. No es sirviente, ni dominante, no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia, lo adquirió por compra a don Juan Reyes, el día diecisiete de junio de dos mil trece; y desde que lo adquirió lo ha poseído de forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida y lo valúa en la suma de CINCO MIL DÓLARES AMERICANOS.
Cojutepeque, catorce de marzo de dos mil catorce.
LIC. EVELYN MERCEDES GAVARRETE MOLINA,
NOTARIO.
1 v. No. C000074
JOSE FRANCISCO ESCOBAR ROSA, mayor de edad, Notario, del domicilio de esta Ciudad y de El Divisadero, Departamento de Morazán, con Documento Único de Identidad Número: cero dos tres cuatro uno uno siete siete-cinco, al público para efectos de Ley,
HACE SABER: Que a mi ofi cina Jurídica situada en Segunda Calle número dieciocho, Barrio La Cruz, de esta ciudad, se han presentado los señores: JESUS DEL CARMEN PINEDA DE PEREIRA y ALEXI ADALY PEREIRA , la primera de cuarenta y tres años de edad, Ama de casa, del domicilio de San Francisco Gotera, Departamento de Morazán, portadora de su Documento Único de Identidad Número: cero cuatro nueve nueve seis seis uno cero-cuatro, con Número de Identifi cación Tributaria: uno tres cero cuatro-cero tres cero dos siete uno-uno cero uno-dos, y el segundo de cuarenta y ocho años de edad, Empleado, del domicilio de San Francisco Gotera, Departamento de Morazán , portador de su Pasaporte Americano número tres uno cero cinco cuatro nueve cero cero nueve, con número de Identifi cación Tributaria uno tres cero siete –tres uno cero siete seis cinco-uno cero uno- nueve pidiendo se les extienda TITULO SUPLETORIO, de un terreno de naturaleza rústica situado en el Caserío La Puerta, Cantón La Laguna Jurisdicción de Villa del Rosario, distrito de Jocoatique, Departamento de Morazán, de la ca-pacidad superfi cial de UN MIL CIENTO SESENTA Y OCHO PUNTO SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: cuarenta y nueve metros, con terreno de Doris Esperanza Pereira, cerco de alambre propio de por medio; AL NORTE: cuarenta y dos metros, con terrenos de la señora Laura Pereira calle de por medio; AL PONIENTE: seis metros con terreno de Celso Díaz, calle de por medio; y AL SUR: cuarenta y tres metros con terrenos de la señora Laura Pereira, cerco de alambre propio de por medio.-Inmueble que estiman en la cantidad de MIL DOSCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, y la posesión de la peticionaria data desde hace más de doce años hasta hoy, ha sido y es quieta, pacífi ca e ininterrumpida, no habiendo sido impedida ni perturbada por nadie.
Para los efectos legales, se extiende la presente en la Ciudad de San Francisco Gotera, Departamento de Morazán a los trece días del mes de febrero de dos mil catorce.-
JOSE FRANCISCO ESCOBAR ROSA,
ABOGADO Y NOTARIO.
1 v. No. C000080
VICTOR MANUEL MARTINEZ SALINAS, Notario, del domicilio de Chalatenango,
HACE SABER: Que a mi Ofi cina Profesional, ubicada entre Cuarta Calle Oriente y Cuarta Avenida Sur, Barrio San Antonio, Ciudad y Departamento de Chalatenango; se ha presentado YENNY PATRICIA RAMIREZ MENJIVAR solicitando TITULO SUPLETORIO, sobre un inmueble de naturaleza rústica, ubicado en Cantón Los Menjívar, jurisdicción de San Francisco Lempa, Departamento de Chalatenango, de una Extensión Superfi cial de CIENTO TREINTA METROS CUA-DRADOS, que se describe así: AL NORTE, mide diez metros, colinda con Eulalio Ramírez Figueroa y María Romana Menjívar de Ramírez; AL ORIENTE, mide trece metros, colinda con Eulalio Ramírez Figueroa y María Romana Menjívar de Ramírez; AL SUR, mide diez metros, colinda con Rosalina Ramírez de Hernández; y AL PONIENTE, mide trece metros, colinda con Yolanda del Carmen Peña.
69DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
Se previene a las personas que desean presentar oposición a las pretensiones de la peticionante, lo hagan dentro del término Legal y en la dirección arriba citada.
Librado en la Ofi cina del suscrito Notario. Chalatenango, catorce de marzo del año dos mil catorce.
VICTOR MANUEL MARTINEZ SALINAS,
NOTARIO.
1 v. No. F027695/F029431
MIGUEL ÁNGEL CHICAS, Notario, del domicilio de San Salvador, con ofi cina en Urbanización La Cima I, Calle Cinco, Polígono "G", casa número siete, en la ciudad de San Salvador,
HACE SABER: Que ante mis ofi cios de Notario se han iniciado, por parte de la señora ANASTACIA PÉREZ VIUDA DE MELARA, DILIGENCIAS DE TITULO SUPLETORIO, manifestando que es dueña y actual poseedora de un terreno, de naturaleza rústica, situado en Cantón Las Casitas, jurisdicción de Santo Tomás, Departamento de San Salvador, de la extensión superfi cial de UN MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS PUNTO CERO TRES METROS CUADRADOS, que linda: AL NORTE, con Miguel Alberto Flores Ramos; AL ORIENTE, con José Venancio Benítez; AL SUR, con Miguel Ángel Sánchez Mejía, Miguel Alberto Flores Ramos, Celso Vásquez Guzmán y Mauricio Salguero; y AL PONIENTE, con Miguel Alberto Flores Ramos, calle pública de por medio que de Santo Tomás conduce a Cantón Joyas de Girón. Lo obtuvo por compra que le hizo al señor Narciso Gutiérrez, en documento privado, el día veinticuatro de febrero de mil novecientos setenta y ocho; no es dominante, ni sirviente, ni se encuentra en proindivisión, ni pesan sobre él cargas ni derechos reales que deban respetarse y que pertenezcan a terceras personas.
Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes. San Salvador, diez de septiembre de dos mil trece.
LIC. MIGUEL ANGEL CHICAS,
NOTARIO.
1 v. No. F027783
LICENCIADO GUSTAVO ADOLFO LOPEZ RODRÍGUEZ, NO-TARIO, DEL DOMICILIO DE AHUACHAPAN, CON OFICINA JURÍDICA SITUADA EN LA SEGUNDA AVENIDA SUR NÚMERO TRES-SIETE, DE LA CIUDAD DE AHUACHAPÁN,
HACE SABER: Que en esta Notaría Pública, se ha presentado la señora MARTA VILMA ESCALANTE MARTINEZ, solicitando obtener Título Supletorio de dos predios rústicos, incultos, situados en el lugar llamado "Lomas de San Juan" hoy Cantón "San Juan", de la jurisdicción de Tacuba, departamento de Ahuachapán.- EL PRIMERO: compuesto de una extensión superfi cial de CUATRO MIL CUATRO-CIENTOS SETENTA Y CINCO PUNTO OCHENTA Y UN METROS CUADRADOS, de los linderos especiales siguientes: AL NORTE, con el predio que se describirá como el segundo, y que es propiedad de la misma
señora Marta Vilma Escalante Martínez; AL ORIENTE, con propiedad
hoy en día de los señores Teodoro García Santos y Carlos Humberto
López, con ambos calle de por medio; AL SUR, con propiedad hoy en
día del señor José Alfredo Escalante González; y AL PONIENTE, con
propiedad hoy en día del señor Nelson Rosembert Morales Orantes.- EL
SEGUNDO: compuesto de una extensión superfi cial de CUATRO MIL
SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE PUNTO OCHENTA Y SEIS
METROS CUADRADOS; de los linderos especiales siguientes: AL
NORTE, con propiedad hoy en día de la Alcaldía Municipal de Tacuba; AL
ORIENTE, con propiedad hoy en día del señor Carlos Humberto López,
calle de por medio; AL SUR, con predio descrito como primero, y que
es propiedad de la misma señora Marta Vilma Escalante Martínez y AL
PONIENTE, con propiedad del señor Rigoberto Escalante González.-
Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.-
Librado en la Ofi cina de Notariado del Licenciado Gustavo Adolfo
López Rodríguez, Ahuachapán, a los diecinueve días del mes de febrero
de dos mil catorce.-
LIC. GUSTAVO ADOLFO LOPEZ RODRIGUEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F027833
SOFIA LISSETH NAVARRO RIVAS, Notario, con ofi cina jurídica en
Veinticinco Avenida Sur y Cuarta Calle Poniente, Condominio Cuscatlán,
local trescientos ocho, San Salvador, AL PUBLICO,
HACE SABER: Que el señor JOSE ADELMO RAMOS RIVERA,
de 43 años de edad, Jornalero, del domicilio de La Palma, Chalatenango,
con DUI # 01227528-9, y con NIT 0412-210171-101-6; se ha presentado
a mi ofi cina, solicitando Título Supletorio de un inmueble rústico, de su
propiedad, situado en el lugar conocido como La Cuchilla del Cantón
Los Planes, jurisdicción de La Palma, de extensión superfi cial de 5932.50
Metros Cuadrados, de la descripción siguiente: al NORTE: 116 metros,
colinda con Francisco Cartagena González, zanjo de por medio; al
ORIENTE: 70 metros, colinda con Domingo Rivera, calle de por medio;
al SUR: 110 metros, colinda con Francisco Cartagena González; y al
PONIENTE: 35 metros, colinda con Francisco Cartagena González.
Este terreno no es sirviente ni dominante, ni está en proindivisión con
ninguna persona y no tiene cargas o derechos reales que pertenezcan a
terceras personas; lo adquirió el 14 de julio de 2010 por compra hecha a
Pedro Ramos Rodríguez, quien a su vez lo adquirió del señor Herminio
Villeda, en septiembre de 1988; y lo valora en Mil Dólares de los Estados
Unidos de América.
Librado en San Salvador, a los diez días del mes de marzo de dos
mil catorce.-
SOFIA LISSETH NAVARRO RIVAS,
NOTARIO,
1 v. No. F027842
70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
SOFÍA LISSETH NAVARRO RIVAS, Notario, con ofi cina Jurídica en
Veinticinco Avenida Sur y Cuarta Calle Poniente, Condominio Cuscatlán,
Local Trescientos Ocho, San Salvador, al público.
HACE SABER: Que el señor Gabriel Ángel Espinoza Rodríguez,
de 72 años de edad, Agricultor, del domicilio de Aguilares, con DUI No.
00682550-5, y NIT 0413-230341-001-9; se ha presentado a mi ofi cina,
solicitando Título Supletorio de un inmueble rústico, de su propiedad,
situado en Cantón Las Delicias, jurisdicción de Suchitoto, de extensión
superfi cial de 39824.84 Metros Cuadrados, de la descripción siguiente:
NORTE: 325.20 metros, colinda con María del Carmen Erazo de Fabián,
y con Gabriel Ángel Espinoza Rodríguez; PONIENTE: 99.50 metros,
colinda con Gabriel Ángel Espinoza Rodríguez; SUR: 253.38 metros,
colinda con José Heriberto Valle Lemus; y ORIENTE: 211.60 metros,
colinda con José Heriberto Valle Lemus. Este terreno no es sirviente
ni dominante, ni está en proindivisión con ninguna persona y no tiene
cargas o derechos reales que pertenezcan a terceras personas; lo valora
en Dos mil Dólares de los Estados Unidos de América; y lo adquirió por
compra hecha a Carlos Agustín Santana Calderón, el 21 de septiembre
de 1992.
Librado en San Salvador, a los diez días del mes de marzo de dos
mil catorce.
SOFÍA LISSETH NAVARRO RIVAS,
NOTARIA.
1 v. No. F027843
LA SUSCRITA NOTARIA, LICENCIADA MARTA MARÍA PALMA CAMPOS.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado en su carácter
personal el señor JOSÉ LEONARDO MORALES ARÉVALO, de
ochenta años de edad, Jornalero, del domicilio de Santa Cruz Analquito,
departamento de Cuscatlán, portador del Documento Único de Identi-
dad Número cero uno tres ocho seis cero siete seis-cero, con Número
de Identifi cación Tributaria cero novecientos seis-doscientos treinta y
un mil ciento treinta y tres-cero cero uno-cinco, MANIFESTANDO:
Que de conformidad con el Artículo dieciséis de la Ley del Ejercicio
Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, desea
iniciar DILIGENCIAS DE TÍTULO SUPLETORIO, de un terreno de
su propiedad, por compra que le hiciera al señor RAÚL ÁNGEL HUR-
TADO conocido por RAÚL ÁNGEL, el cual es de naturaleza rústica,
sin número, situado en el lugar denominado "Lomas de los Naranjos",
hoy Cantón Barrio Abajo, de esta jurisdicción y departamento, el cual
posee la descripción técnica siguiente: Inmueble ubicado en Carretera
Panorámica, Cantón Barrio Abajo, Municipio de Santa Cruz Analquito,
departamento de Cuscatlán, con una extensión superfi cial de UN MIL
CIENTO VEINTISIETE PUNTO SETENTA Y TRES METROS CUA-
DRADOS, equivalentes a UN MIL SEISCIENTOS TRECE PUNTO
CINCUENTA Y SEIS VARAS CUADRADAS. LINDERO NORTE:
partiendo del vértice Nor-Poniente está formado por tres tramos con los
siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Norte cincuenta y un grados
cero siete minutos cero tres segundos Este con una distancia de veinte
punto sesenta y dos metros; Tramo dos, Norte cincuenta y cuatro grados
veinticuatro minutos catorce segundos Este con una distancia de veinte
punto cero ocho metros; Tramo tres, Norte cincuenta y cuatro grados
cuarenta y siete minutos cero tres segundos Este con una distancia de
ocho punto once metros; colindando con LEONIDAS ORELLANA
MEJÍA. LINDERO ORIENTE: partiendo del vértice Nor-Oriente está
formado por tres tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo
uno, Sur cincuenta y tres grados cero cinco minutos cero seis segundos
Este con una distancia de nueve punto noventa y tres metros; Tramo
dos, Sur cincuenta y cuatro grados veintiún minutos cero seis segundos
Este con una distancia de diez punto cincuenta y ocho metros; Tramo
tres, Sur cincuenta y tres grados cuarenta y tres minutos treinta y cinco
segundos Este con una distancia de tres punto veintiún metros; colindan-
do con LEONIDAS ORELLANA MEJÍA. LINDERO SUR: partiendo
del vértice Sur Oriente está formado por tres tramos con los siguientes
rumbos y distancias: Tramo uno, Sur cincuenta y un grados veintisiete
minutos treinta y tres segundos Oeste con una distancia de catorce
punto cincuenta y tres metros, Tramo dos, Sur cincuenta y tres grados
cuarenta y seis minutos treinta y tres segundos Oeste con una distancia
de diecisiete punto cincuenta y ocho metros; Tramo tres, Sur cincuenta
grados dieciséis minutos cero dos segundos Oeste con una distancia de
quince punto quince metros; colindando con ROSA LILIAN MEJÍA DE
AYALA. LINDERO PONIENTE: partiendo del vértice Sur Poniente
está formado por un tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo
uno, Norte cincuenta y seis grados treinta y un minutos cuarenta y nueve
segundos Oeste con una distancia de veinticinco punto diez metros,
colindando con RAFAEL ANTONIO SERVELLON ALVARADO,
con calle de por medio. Así se llega al vértice Nor-Poniente, que es el
punto donde se inició esta descripción. Los colindantes son del domici-
lio de Santa Cruz Analquito, departamento de Cuscatlán. El inmueble
descrito no es dominante, ni sirviente, no tiene cargas, ni derechos reales
de ajena pertenencia, ni está en proindivisión con nadie; que desde su
adquisición en el año de mil novecientos ochenta y ocho, ha poseído
el referido inmueble en forma quieta, pacífi ca y no interrumpida, pero
carece de título de dominio inscrito, por no estar su antecedente inscrito.
El inmueble y construcciones que contiene, lo valúa en la suma de DIEZ
MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.
Lo que se avisa al público para los fi nes de Ley. Se previene a las
personas que deseen presentar oposición a las pretensiones del solicitante,
lo hagan dentro del término legal en mi despacho notarial situado en
Novena Avenida Sur, número seis-cero, Colonia Útila, Santa Tecla.
Librado en la ciudad de Santa Tecla, a los catorce días del mes de
febrero de dos mil catorce.
LICDA. MARTA MARÍA PALMA CAMPOS,
NOTARIA.
1 v. No. F027890
71DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA,
DEPARTAMENTO DE MORAZÁN, al público para efectos de Ley.
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado
José Wilfredo García Guevara, como Apoderado General Judicial de la
señora Elba Lubina Vigil Ramos, a solicitar a favor de ésta TÍTULO
SUPLETORIO, sobre dos inmuebles de naturaleza rústica, situado en
el Caserío El Gramal, Cantón San Lucas, Jurisdicción de Gualococti,
Departamento de Morazán, EL PRIMERO de la capacidad Superfi cial de
MIL SEISCIENTOS DIECISIETE PUNTO CINCUENTA Y NUEVE
METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes:
AL NORTE, cuarenta y cuatro metros, linda con Jacinta Claros, cerco
de alambre propio de por medio; AL SUR, treinta y siete punto ochenta
metros, linda con Renán Arnoldo Reyes, cerco de alambre propio de por
medio; AL ORIENTE, cincuenta y dos punto veinte metros, linda con
Apolonio Cruz y Balmore Martínez, cerco de alambre en parte y muro
de piedra en el resto propio, de por medio; y AL PONIENTE, veintiséis
punto noventa metros, linda con Pedro Antonio Reyes y Calixto Sorto,
cerco de alambre del colindante de por medio; por este rumbo existe un
callejón de salida hacia la calle que conduce a Cantón Peña Blanca; y
EL SEGUNDO de la capacidad superfi cial de DOS MIL SETECIEN-
TOS CINCUENTA Y UNO PUNTO OCHENTA Y SIETE METROS
CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE,
cuarenta y dos punto cincuenta metros, linda con terreno de Apolonio
Cruz y Calixto Sorto, cerco de alambre de los colindantes de por medio;
AL PONIENTE, cuarenta y dos punto cincuenta metros, con terreno de
Gonzálo Solís, divide cerco de alambre y piña propio y calle que conduce
al Río Torola de por medio; y AL SUR, cincuenta y ocho punto sesenta
metros, con terreno de Doré Armando Gómez, cerco de alambre propio
de por medio. Dicho inmueble lo adquirió por compraventa de posesión
material que le hizo el primero al señor Pedro Antonio Guevara Amaya, y
el segundo al señor Renán Arnoldo Reyes Guevara; se estima el primero
en el precio de CUATRO MIL DÓLARES y el segundo en el precio de
CINCO MIL QUINIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMÉRICA.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco
Gotera, a los siete días del mes de enero del dos mil catorce. LIC. JORGE
ALBERTO GUZMÁN URQUILLA, JUEZ 2o. DE 1a. INSTANCIA.
LICDA. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRE-
TARIA.
3 v. alt. No. F027668-1
EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA,
DEPARTAMENTO DE MORAZÁN, al público para efectos de Ley.
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado
FAUSTO NOEL PONCE AMAYA, como Apoderado General Judicial
del señor JOSÉ MATILDE HERNÁNDEZ, a solicitar a favor de éste
TÍTULO SUPLETORIO, sobre un terreno de naturaleza rústica, situado
en el Cantón Cerro El Coyol, Jurisdicción de Osicala, Departamento
de Morazán; de la capacidad superficial de QUINCE MIL CIENTO
TREINTA METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias
siguientes: AL ORIENTE, ciento noventa y dos metros colinda con terreno
propiedad de los señores LUCAS SÁNCHEZ y ROBERTO ARGUETA,
cerco de alambre de por medio; AL SUR, mide noventa y cinco metros,
colinda con terreno propiedad del señor LUCAS SÁNCHEZ, cerco de
piedra y de alambre de por medio; AL NORTE, mide setenta y cinco
metros, colinda con terreno propiedad del señor VICENTE CHICAS,
cerco de alambre de por medio; y AL PONIENTE, ciento sesenta y
cuatro metros, colinda con terreno propiedad de la señora FILOMENA
HERNÁNDEZ y señor LUCAS SÁNCHEZ, cerco de piedra y alambre
de por medio. Dicho terreno lo adquirió el titulante por compraventa
de Posesión Material que le hizo la señora MARÍA AGUSTINA HER-
NÁNDEZ SÁNCHEZ; se estima en el precio de DOS MIL DÓLARES
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco
Gotera, Morazán, a los diecinueve días del mes de febrero del dos mil
catorce. LIC. JORGE ALBERTO GUZMÁN URQUILLA, JUEZ 2o.
DE 1a. INSTANCIA. LICDA. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE
NAVARRO, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F027671-1
LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil, del Distrito
Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público
para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la señora
MIRIAM DEL CARMEN ESCOBAR ESCOBAR, de cuarenta y un
años de edad, empleada, del domicilio de Polorós, con Documento Único
de Identidad personal número cero cuatro millones ciento cincuenta y
siete mil ciento once-siete, Departamento de La Unión, Representada
por sus Apoderados Generales Judiciales Licenciados Selwin Marwin
Lazo Reyes, y Ana Mirian Reyes de Lazo, solicitando Título Supletorio
de un terreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón Boquín, de la
jurisdicción de Polorós, distrito de Santa Rosa de Lima, Departamento de
La Unión, de la capacidad superfi cial de TRESCIENTOS CUARENTA
METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL
NORTE, veinte metros colindando con resto del terreno propiedad del
vendedor José Santos Escobar Cruz, con mojones sin materializar de
por medio; AL ORIENTE, dieciséis metros, colinda con terreno del
señor Zoilo Antonio Escobar, con calle de por medio que da acceso
al terreno que se describe y demás inmuebles; AL SUR, veinte metros
colindando con resto del terreno del vendedor señor José Santos Escobar
Cruz, lindero sin materializar de por medio; y AL PONIENTE, dieciséis
metros, colindando con el resto de terreno del vendedor José Santos Es-
cobar Cruz, lindero sin materializar de por medio. Inmueble que carece
de cultivos permanentes, y contiene construida una casa de habitación.
Valúa el referido inmueble en la cantidad de DOS MIL DÓLARES DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, y lo adquirieron por compra
venta de posesión material hecha al señor José Santos Escobar Cruz, el
día veintitrés de enero del año dos mil trece, ante los Ofi cios Notariales
del Licenciado Selwin Marwin Lazo Reyes.
72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, Departa-
mento de La Unión, a los veintiún días del mes de febrero de dos mil
catorce. LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.
LICDA. MARINA CONCEPCIÓN MARTÍNEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F027805-1
TÍTULO DE DOMINIO
JOSÉ CARLOS ALBERTO SALGUERO, Alcalde Municipal del Muni-
cipio de Dulce Nombre de María, Departamento de Chalatenango.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el señor LUIS
GALILEO JIRÓN JIRÓN, de setenta y tres años de edad, Agricultor
en Pequeño, del domicilio de Dulce Nombre de María, Departamento
de Chalatenango, con Documento Único de Identidad cero uno tres dos
nueve siete cinco uno-nueve, y con número de Identifi cación Tributaria
cero cuatro cero ocho-dos uno cero seis cuatro cero- uno cero uno- tres; en
su concepto SOLICITA Título de Dominio de un inmueble de naturaleza
URBANA, Ubicado en Barrio El Carmen, Calle Colón, s/n, Municipio de
Dulce Nombre de María, Departamento de Chalatenango, de la capacidad
superfi cial de CUATROCIENTOS TRECE PUNTO SETENTA Y SIETE
METROS CUADRADOS CUARENTA Y NUEVE DECÍMETROS
CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE,
mide once punto cuarenta y dos metros, colinda con Fátima Dolores
Hernández Girón; AL ORIENTE, mide treinta y seis punto treinta y
cinco metros, colinda con Flor de María Guardado Fuentes; AL SUR,
mide catorce punto treinta metros, colinda con Rogelio Navas y Aydee
Clavel de Quijada, en ambos calle pública de por medio; y AL PONIENTE,
mide veintiocho metros, colinda con María Blanca Abrego Jirón y
José Humberto Abrego. En el inmueble antes descrito hay construida
una casa de trece metros treinta y siete centímetros de largo por cuatro
metros dieciocho centímetros de ancho, con un corredor al rumbo sur
del mismo largo de la casa por dos metros cincuenta y un centímetros de
ancho, siendo la casa techo de teja, paredes de adobe, piso de cerámica.
Se aclara que dicho inmueble no es dominante ni sirviente, y goza de
los servicios básicos de agua potable y energía eléctrica. Lo valora en
el precio de CINCO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMÉRICA. Dicho inmueble lo adquirió por escritura Pública de
compra- venta que le se hizo a la señora Tomasa de Jesús Girón viuda
de Abrego.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
Alcaldía Municipal de Dulce Nombre de María, Departamento de
Chalatenango, a los once días del mes de marzo del año dos mil catorce.
JOSÉ CARLOS ALBERTO SALGUERO, ALCALDE MUNICIPAL.
LIC. ROBERTO CARLOS GARCÍA GIRÓN, SECRETARIO MUNI-
CIPAL.
3 v. alt. No. F027798-1
JUICIO DE AUSENCIA
MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE
SAN SALVADOR, al público en general para los efectos de Ley.
AVISA: Que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promovido
inicialmente en el Juzgado Segundo de lo Civil, por la Abogada ANA
JASMINA LÓPEZ DE FLORES, y continuado por el Abogado RA-
MÓN JOSÉ ANDRÉS MÉNDEZ QUINTEROS, como Apoderado del
FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra el señor ENRIQUE
MARTÍN SANTOS GIRÓN, en el trámite de dicho Juicio el referido
Profesional en su solicitud de fecha diecisiete de abril del presente año,
MANIFIESTA: Que al demandado señor ENRIQUE MARTÍN SAN-
TOS GIRÓN, se le ignora su paradero, ignorando también si han dejado
Procurador o Representante Legal para que lo represente en el Juicio ya
iniciado en su contra; por lo que viene a promover las correspondientes
Diligencias de Ausencia en base al Art. 141 Pr.C., a efecto de que se
le nombre un Curador Especial para que lo represente en el presente
juicio.
En consecuencia se previene que si el ausente aún no declarado
señor ENRIQUE MARTÍN SANTOS GIRÓN, tuviere Procurador o
Representante Legal se presente a este Tribunal a comprobar dicha
circunstancia dentro de los quince días subsiguientes a la tercera publi-
cación de este Aviso.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil, San Salvador, a las
diez horas con treinta y cinco minutos del día ocho de noviembre del
año dos mil trece. MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO
DE LO CIVIL. LICDA. IVONNE LIZZETTE FLORES GONZÁLEZ,
SECRETARIA.
1 v. No. F027707
73DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
LICENCIADO EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO
CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado
SAMUEL LANDAVERDE HERNÁNDEZ, en carácter de Apoderado
General Judicial con Cláusula Especial del FONDO SOCIAL PARA LA
VIVIENDA, manifestando que viene a promover Diligencias de Ausencia,
como Incidente en el Juicio Ejecutivo Mercantil, que promueve contra
la señora ANA DELMY RUANO PARADA, en ese entonces de treinta
y seis años de edad, de ofi cios domésticos, del domicilio de Ilopango,
Departamento de San Salvador, y saber si han dejado procurador o
representante legal en el país, pide se le nombre un Curador Especial
para que la represente en el Juicio aludido.
PREVIÉNESE como acto previo y de conformidad al Art. 141 del
Código de Procedimientos Civiles, que si la mencionada señora tiene
procurador o representante legal, comparezca a este Tribunal dentro
de los quince días subsiguientes a la última publicación de este aviso
probando tal circunstancia.
Librado en el Juzgado de lo Civil-A de Soyapango, a las diez horas
con diez minutos del día catorce de noviembre de dos mil trece. LIC.
EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA.
MARÍA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.
1 v. No. F027711
ROSA MARÍA RUIZ MEDRANO, Notario, del domicilio de Soyapango,
con ofi cina Profesional en COLONIA CAMPESTRE AVENIDA JUAN
RAMÓN MOLINA NÚMERO 19-B SAN SALVADOR, DEPARTA-
MENTO DE SAN SALVADOR, al público.
HACE SABER: Que a mi ofi cina Notarial se ha presentado el
Licenciado RAMÓN JOSÉ ANDRÉS MÉNDEZ QUINTEROS, en su
calidad de Apoderado General Judicial del FONDO SOCIAL PARA
LA VIVIENDA, Institución de Crédito Autónoma de este domicilio,
manifestando que en la calidad que comparece en el Juzgado de lo Civil
de Apopa, está promoviendo Juicio Civil Ejecutivo, Referencia 76-
EJC-09-1, contra el señor ALEXIS GIOVANNI ZAVALA MONGE,
en aquel tiempo de treinta años de edad, Empleado, del Domicilio de
Mejicanos, de este Departamento, Reclamándole el pago de Intereses y
accesorios de Ley; siendo que actualmente se ignora el paradero del señor
ALEXIS GIOVANNI ZAVALA MONGE y asimismo se desconoce si
ha dejado procurador o Representante Legal, razón por la cual no ha sido
posible emplazarlo en el referido juicio; Por lo que de conformidad con
el Art. 25 de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria
y de Otras Diligencias, en relación con el Art. 141 Pr. C., ha Iniciado
ante mis ofi cios de Notaria, Diligencias de Nombramiento de Curador
Ad- Lítem a un Ausente no Declarado, a fi n de que, una vez cumplido
los requisitos de Ley, se remitan las diligencias al señor Juez de lo Civil
de Apopa, para que nombre un Curador Ad- Lítem al señor ALEXIS
GIOVANNI ZAVALA MONGE, para que lo represente en el Juicio
antes dicho, y le discierna el cargo.
En consecuencia, se previene que si el señor ALEXIS GIOVANNI
ZAVALA MONGE, tuviere Procurador o Representante Legal en el país,
se presente a mi ofi cina Notarial a probar dicha circunstancia dentro del
término de quince días siguientes a la publicación de este aviso.
Librado en la ciudad de San Salvador, a las nueve horas del día
cuatro de febrero de dos mil catorce.
ROSA MARÍA RUÍZ MEDRANO,
NOTARIA.
1 v. No. F027743
CONVOCATORIAS
CONVOCATORIA
La Junta Directiva de la Sociedad ALDUVI, S.A. de C.V., convoca a sus
accionistas a JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS, la
cual se celebrará en primera convocatoria a las diez horas del día dieciséis
de abril de dos mil catorce, en la Treinta y Nueve Avenida Sur, número
Quinientos Cincuenta, Colonia Flor Blanca, de esta ciudad.
AGENDA
1- Verifi cación del Quórum y fi rma del acta de asistencia.
2- Lectura y aprobación del Acta anterior.
3- Lectura de la memoria de labores de la Junta Directiva, año
2013.
4- Presentación de los Estados Financieros, año 2013.
5- Informe del Auditor Externo.
6- Aprobar o improbar la Memoria de Labores, Balance General,
Estado de Resultados y el Estado de Cambios del Patrimonio.
7- Nombramiento del Auditor Externo y fi jación de sus hono-
rarios para el año 2014.
8- Cualquier otro asunto que propongan los accionistas y que
sea de competencia de esta Junta, conforme a la Ley o al
Pacto Social.
El quórum para celebrar esta Junta, en primera convocatoria, es
la mitad más una de las acciones con derecho a voto y las resoluciones
se tomarán por mayoría de los votos presentes. En caso de no haber
quórum a la hora y fecha de la Convocatoria, se convoca a los accionistas
74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
a celebrar en segunda fecha de Convocatoria la referida Junta General
Ordinaria en el mismo lugar, a las once horas del día dieciséis de abril
de dos mil catorce, y la Junta se celebrará con las acciones con derecho
a voto presentes y las resoluciones se tomarán por mayoría de los votos
presentes.
San Salvador, catorce de marzo de dos mil catorce.
LIC. CARLOS MAURICIO DURÁN MORALES,
DIRECTOR PRESIDENTE.
ALDUVI, S.A. DE C.V.
3 v. alt. No. C000067-1
CONVOCATORIA
El Consejo de Administración de la Sociedad "AYUDA Y RESERVA
COLECTIVA PARA AEROTÉCNICOS DEL ALA MAC, SOCIEDAD
COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL
VARIABLE", CONVOCA a sus Asociados, a la ASAMBLEA GENE-
RAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS, a celebrarse en sus ofi cinas,
situadas en el kilómetro nueve del Boulevard del Ejército Nacional,
a las ocho horas del día viernes veinticinco de abril del año dos mil
catorce. El Quórum para celebrar la sesión será de la mitad más uno de
los accionistas y las resoluciones serán válidas con la mayoría de los
votos de los accionistas presentes.
La agenda a desarrollarse es la siguiente:
I) Memoria de Labores del Consejo de Administración del año
2013.
II) Informe de la Junta de Vigilancia durante el año 2013.
III) Presentación de los Estados Financieros del ejercicio del año
2013.
IV) Informe del Auditor Externo.
V) Aplicación de Resultados.
VI) Elección del Auditor Externo para el año 2014 y aprobación
de sus honorarios.
VII) Elección de los miembros del Consejo de Administración,
Junta de Vigilancia y sus respectivos suplentes.
VIII) Tratamiento de Socios Inactivos.
De no haber Quórum para la primera convocatoria, la Asamblea General Ordinaria se celebrará en segunda convocatoria, a las nueve horas del día veintiséis del mismo mes y año, en la misma dirección y conforme a la agenda ya indicada, con los accionistas presentes y se tomarán las resoluciones por mayoría de los votos presentes.
Ilopango, a los doce días del mes de marzo del año dos mil catorce.
LIC. MIGUEL ÁNGEL BELTRÁN MIGUEL c/p
MIGUEL ÁNGEL BELTRÁN PALACIOS,
PRESIDENTE DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN.
3 v. alt. No. C000078-1
CONVOCATORIA
La Junta Directiva de COSMÉTICOS Y MODAS, S.A. DE C.V., con domicilio en San Salvador, convoca a los accionistas a Junta General Ordinaria, misma que se realizará a la diez horas del día viernes 25 de abril de dos mil catorce en la Sala de reuniones ubicada en la ofi cina Central, la cual se encuentra en la Alameda Dr. Manuel Enrique Araujo No. 3528, Colonia San Benito, San Salvador.
Los temas a tratar serán los siguientes:
I. Establecimiento de Quórum.
II. Lectura del Acta de la sesión de Junta General Anterior.
III. Memoria de Labores de la Junta Directiva correspondiente al año 2013.
IV. Balance General al 31 de diciembre de 2013, Estados de Re-sultados del 1 de enero al 31 de diciembre de 2013 y Estado de Cambios en el Patrimonio al 31 de diciembre de 2013.
V. Informe del Auditor Externo.
VI. Nombramiento del Auditor Externo y Fiscal y fi jación de honorarios.
VII. Aplicación de Utilidades y Distribución de Dividendos.
VIII. Varios.
Para contar con el quórum legal, deberán estar presentes o repre-sentados accionistas que tengan doscientos cincuenta mil una acciones y las resoluciones serán válidas si se toman por la mayoría de los votos presentes o representados.
De no haber quórum en la fecha y hora anteriormente indicada, por este medio se convoca para celebrar dicha junta, con la misma Agenda, en el lugar señalado, el día Lunes veintiocho de abril del año dos mil catorce, a las once horas, con el número de acciones que estén presen-tes o representadas y las resoluciones en esta segunda convocatoria se tomarán por la mayoría de votos presentes.
San Salvador, catorce de marzo de dos mil catorce.
LIC. ROBERTO ALESSANDRO MOLINA BARRIOS,
DIRECTOR SECRETARIO.
3 v. alt. No. F027724-1
75DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014. SUBASTA PUBLICA
DELMY RUTH ORTIZ SANCHEZ, JUEZA SUPLENTE DEL JUZ-
GADO DE LO CIVIL DE SANTA TECLA, AL PÚBLICO PARA LOS
EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este juzgado,
a las nueve horas con veinte minutos del día ocho de enero del presente
año, en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por el Licenciado
Jorge Adalberto Salazar Grande, en calidad de apoderado del FONDO
SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra el señor JESUS ANTONIO
FLORES PEÑA, SE VENDERA EN PUBLICA SUBASTA EN ESTE
JUZGADO, Y EN FECHA QUE OPORTUNAMENTE SE SEÑALARA,
EL SIGUIENTE INMUEBLE:"""""""""" Un lote de terreno urbano y
construcciones que contiene, marcado en el plano respectivo, con el
número VEINTICINCO, POLIGONO V, PASAJE TRES, VILLA
LOURDES, COLON, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, de una
extensión superfi cial de SESENTA METROS CUADRADOS, el cual se
encuentra inscrito a la matrícula número 30128901-00000 del Registro
de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Cuarta Sección del Centro, depar-
tamento de La Libertad, a favor del señor JESUS ANTONIO FLORES
PEÑA."'"
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las doce ho-
ras y treinta minutos del día veintinueve de enero de dos mil catorce.
DRA. DELMY RUTH ORTIZ SANCHEZ, JUEZA DE LO CIVIL
SUPLENTE.- BR. KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, SE-
CRETARIA.
3 v. alt. No. F027704-1
JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PUBLICO PARA LOS
EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que en virtud de la ejecución promovida en este
tribunal por la Licenciada ISABEL DE GUADALUPE URRUTIA
ALMENDARES, en su carácter de Apoderada General Judicial de LA
CAJA DE CREDITO DE SANTIAGO NONUALCO, SOCIEDAD
COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, contra el
señor ELMER WILFREDO GIL ALVARADO, reclamándoles cantidad
de dinero y costas procesales, se ha ordenado la venta en pública subasta
en este tribunal de inmueble inscrito a favor del deudor señor ELMER
WILFREDO GIL ALVARADO, a la Matrícula número -CINCO CINCO
CERO CINCO OCHO UNO OCHO-CERO CERO CERO CERO, y
cuya descripción técnica es la siguiente: Lotifi cación LA FLORESTA,
Terreno rústico ubicado en Cantón Penitente, jurisdicción de Zacatecoluca,
Departamento de La Paz, Lote número uno, Polígono "A'', de una ex-
tensión superfi cial de DOSCIENTOS SESENTA PUNTO NOVENTA
Y TRES METROS CUADRADOS, cuyas medidas y linderos son los
siguientes AL NORTE; veintidós punto noventa y seis metros; AL ESTE;
se miden dos tramos rectos, el primero de ocho punto sesenta metros y
el segundo tres punto noventa metros; AL SUR: se miden dos tramos
rectos el primero de tres punto setenta y cinco metros y el segundo die-
ciocho punto veintitrés metros y AL OESTE once punto treinta y cuatro
metros.- Inscrito a favor del hipotecante señor ELMER WILFREDO
GIL ALVARADO.- Dicho inmueble se encuentra hipotecado a favor de
LA CAJA DE CREDITO DE SANTIAGO NONUALCO, SOCIEDAD
COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, a la Matrícula,
número -CINCO CINCO CERO CINCO OCHO UNO OCHO - CERO
CERO CERO CERO CERO-Asiento Cinco.
Se admitirán posturas siendo legales.
Lo que se hace saber al público para su conocimiento y demás
efectos legales.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Mejicanos, a las nueve horas
cincuenta minutos del día quince de febrero de dos mil trece. LIC. JOSE
HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN
ESTELA AGUIRRE HERNANDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F027721-1
LA INFRASCRITA JUEZ (1) SUPLENTE, DEL JUZGADO PLURI-
PERSONAL DE LO CIVIL DE CIUDAD DELGADO, LICENCIADA
ANA MERCEDES RODAS ARAUZ, al público en general,
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Civil Referencia 116-EC-
09-3 promovido en este Tribunal por la Licenciada NORA ELIZABETH
HERRERA CARPIO quien actúa en su carácter de Apoderada General
Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, en contra de la
demandada Señora ROCIO EMELY MENA VELASCO, por medio de
su Curador Ad Lítem Licenciada SONIA EVELYN MURILLO AU-
DON, se venderá en pública subasta en este Tribunal, con fecha que más
adelante se señalará, el inmueble que a continuación se describe:""""
un apartamento de naturaleza urbana, que se identifi ca como APARTA-
MENTO NUMERO QUINCE DEL EDIFICIO F PRIMERA PLANTA,
del CONDOMINIO RESIDENCIAL DEL NORTE, situado según
antecedente en el resto de la Quinta La Piedad, del que se urbanizó una
parte denominado Piedad, antes Pericopoles, jurisdicción de Acahualca,
hoy Delgado, departamento de San Salvador, a la altura del kilómetro
tres, mas ochocientos siete metros cincuenta centímetros de la Carretera
Troncal del Norte, con una extensión superfi cial de TREINTA Y CINCO
PUNTO TREINTA Y OCHO METROS CUADRADOS, con un área
de VEINTISEIS PUNTO CATORCE METROS CUADRADOS. Dicho
76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
apartamento se describe así: APARTAMENTO F QUINCE; Primera
Planta- Área construida de VEINTISEIS PUNTO CATORCE METROS
CUADRADOS; área de patio NUEVE PUNTO VEINTICUATRO
METROS CUADRADOS; área total TREINTA Y CINCO PUNTO
TREINTA Y OCHO METROS CUADRADOS; volumen de SESEN-
TA Y CINCO PUNTO OCHENTA Y SIETE METROS CUBICOS; la
construcción mide: AL NORTE: SEIS PUNTO QUINCE METROS;
AL ORIENTE: CUATRO PUNTO VEINTICINCO METROS; AL
SUR: SEIS PUNTO QUINCE METROS; y AL PONIENTE: CUATRO
PUNTO VEINTICINCO METROS, el patio mide AL NOTE: TRES
PUNTO CERO OCHO METROS, al ORIENTE: TRES PUNTO CERO
CERO METROS, AL SUR: TRES PUNTO CERO OCHO METROS y
al PONIENTE : TRES PUNTO CERO CERO METROS. El inmueble
relacionado se encuentra inscrito a favor de la demandada en el Sistema
de Folio Real con matrícula número 60024514-A0057 del Registro de
la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro"'. Se
admitirán posturas legales.
LIBRADO EN EL JUZGADO PLURIPERSONAL DE LO CIVIL
DE CIUDAD DELGADO, JUEZ (1), a las nueve horas y diez minutos
del día quince de octubre del año dos mil trece. LICDA. ANA MER-
CEDES RODAS ARAUZ, JUEZ (1) SUPLENTE, DEL JUZGADO
PLURIPERSONAL DE LO CIVIL DE CIUDAD DELGADO.- LIC.
JORGE ROBERTO BURGOS GONZALEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F027738-1
LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES,
JUZGADO PLURIPERSONAL DE LO CIVIL DE CIUDAD DEL-
GADO, JUEZ (1).
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Civil promovido por la
Licenciada SILVIA EMILIA GONZALEZ ESCAMILLA, con número de
identifi cación tributaria 0614-180646-004-1, en su calidad de Apoderada
General Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, con nú-
mero de identifi cación tributaria 0614-070575-002-6, en contra del señor
ALFREDO GUZMAN ORTIZ, con número de identifi cación tributaria
0511-010273-104-0, quien está siendo representado por la Licenciada
ALICIA ISABEL RIVERA CAMPOS, se venderá en Pública Subasta en
este Tribunal el inmueble embargado al demandado, consistente en: un
lote de naturaleza urbana, y construcciones que contiene, marcado con
el número CINCUENTA Y CUATRO, polígono "A", pasaje NUEVE
SUR, RESIDENCIAL ALTAVISTA, situado en el lugar llamado las
Pavas, Cantón San Bartolo, jurisdicción de Ilopango de este departamento,
de un extensión superfi cial de CINCUENTA PUNTO CERO CERO
metros cuadrados, y un área construida de VEINTISIETE PUNTO
CERO CERO METROS CUADRADOS. Con un valor de TREINTA
Y SEIS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO COLONES CON
VEINTISIETE CENTAVOS, siendo sus medidas perimetrales: AL
NORTE, diez metros; AL ORIENTE, cinco cero metros; AL SUR, diez
metros; AL PONIENTE, cinco metros. Inscrito en su totalidad a favor
del deudor ALFREDO GUZMAN ORTIZ, bajo el número de matrícula
60430178-00000, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la
Primera Sección del Centro, Departamento de San Salvador.
Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes.
JUZGADO PLURIPERSONAL DE LO CIVIL DE CIUDAD
DELGADO, JUEZ (1):, a las ocho horas con cincuenta y tres mi-
nutos del día once de septiembre del año dos mil trece.- LICDA.
MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUZGADO
PLURIPERSONAL DE LO CIVIL DE CIUDAD DELGADO, JUEZ
(1).- LIC. JORGE ROBERTO BURGOS GONZALEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F027739-1
LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES,
JUEZ PLURIPERSONAL DE LO CIVIL DE CIUDAD DELGADO,
JUEZ UNO.
AVISA: Que en el Juicio Ejecutivo Civil, promovido por la Li-
cenciada SILVIA EMILIA GONZÁLEZ ESCAMILLA, con número de
identifi cación Tributaria cero seiscientos catorce- ciento ochenta mil seis-
cientos cuarenta y seis - cero cero cuatro -uno, como Apoderada General
Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, con número de
identifi cación Tributaria cero seiscientos catorce- cero setenta mil quinien-
tos setenta y cinco- cero cero dos-seis, en contra de la Señora AMINTA
IVETTE CASTRO ANGULO, con número de identifi cación tributaria
un mil doscientos siete- ciento sesenta y un mil doscientos setenta y uno-
ciento uno- uno, representada en este Juicio por su Curadora nombrada
ALICIA ISABEL RIVERA CAMPOS, con número de identifi cación
tributaria cero seiscientos catorce- cero ochenta mil seiscientos setenta
y dos- ciento veintitrés- siete; en razón de haberse declarado ausente
la demandada en su oportunidad; se venderá en pública subasta en este
Tribunal el bien Inmueble embargado al demandado, consistente en un
terreno urbano y construcciones que contiene, marcado con el número
DIECISIETE, BLOCK "H", PASAJE OCHO, POLÍGONO NUEVE, DE
LA RESIDENCIAL SANTÍSIMA TRINIDAD I ETAPA, situado en la
jurisdicción de Ayutuxtepeque de este departamento, de una extensión
superfi cial de CINCUENTA METROS CUADRADOS, cuyas medidas
y linderos son: AL NORTE, y AL SUR, cinco metros, AL ORIENTE
y AL PONIENTE, diez metros. El inmueble anteriormente descrito es
de propiedad de la Señora AMINTA IVETTE CASTRO ANGULO,
según matrícula SEIS CERO DOS CUATRO NUEVE TRES TRES
77DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
NUEVE- CERO CERO CERO CERO CERO, (60249339- 00000) del
Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del
Centro, Departamento de San Salvador, e hipotecado a favor del Fondo
Social para la Vivienda. Se admitirán posturas siendo legales.
Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes.
JUZGADO PLURIPERSONAL DE LO CIVIL DE CIUDAD
DELGADO, JUEZ UNO, a las ocho y quince minutos del día veintiuno
de Enero del dos mil catorce. LICDA. MARIBEL DEL ROSARIO
MORALES FLORES, JUEZ PLURIPERSONAL DE LO CIVIL DE
CIUDAD DELGADO, JUEZ UNO.- LIC. JORGE ROBERTO BURGOS
GONZALEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F027741-1
DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR
HACE SABER, Que por resolución pronunciada en el Juicio Ci-
vil Ejecutivo promovido por el Licenciado RAMON JOSE ANDRÉS
MENDEZ QUINTEROS como Apoderado del FONDO SOCIAL PARA
LA VIVIENDA contra el demandado señor LUIS ROBERTO ESPINAL
conocido por LUIS ROBERTO VARGAS ESPINAL, se venderá en
pública subasta, el inmueble siguiente,""""""lote de terreno urbano y
construcciones que contiene, marcado con el número siete, del edifi cio
A, planta baja del Condominio Francisco Menéndez, situado en juris-
dicción de la ciudad y departamento de San Salvador, que se describe
así, partiendo de la intersección de los ejes de la Avenida Veintinueve
de agosto y calle Francisco Menéndez, se mide sobre esta última con
rumbo norte ochenta y tres grados veintidós minutos oeste, cincuenta
y seis metros, luego con defl exión derecha de noventa y cuatro grados
cuarenta minutos, se miden sesenta y dos punto setenta metros, de este
punto se miden diez metros con rumbo norte setenta y ocho grados
cuarenta y dos minutos oeste, localizándose ahí el esquinero sur- este
del apartamento número tres, cuya elevación sobre el nivel del mar es
de seiscientos cuarenta y cuatro punto novecientos sesenta y ocho me-
tros, de este punto se mide una distancia de quince metros con rumbo
sur setenta y ocho grados cuarenta y dos minutos este, localizándose
el esquinero sur- este del apartamento número siete con elevación de
seiscientos cuarenta y cuatro punto novecientos sesenta y ocho metros
sobre el nivel del mar. Este apartamento mide y linda: AL SUR, tres
tiros rectos, el primero de cinco metros con rumbo norte setenta y ocho
grados cuarenta y dos minutos oeste, el segundo de cinco metros con
rumbo norte once grados dieciocho minutos este y el tercero de dos punto
cincuenta metros con rumbo norte setenta y ocho grados cuarenta y dos
minutos oeste, lindando el primer tiro con zona verde propiedad común
del condominio y los tiros segundo y tercero con el patio del apartamento
número ocho de la parte alta, pared común propiedad del condominio
de por medio. AL PONIENTE. Línea recta de cinco metros con rumbo
norte once grados dieciocho minutos este, linda con apartamento número
cinco, pared común propiedad del condominio de por medio. AL NORTE,
línea recta de siete punto cincuenta metros, con rumbo sur setenta y ocho
grados cuarenta y dos minutos este, linda con predio que es o ha sido
propiedad de don Antonio Méndez. AL ORIENTE línea recta de diez
metros con rumbo sur once grados dieciocho minutos oeste, linda con
apartamento número nueve pared común propiedad del condominio de
por medio. Por la parte baja o piso linda con terreno del condominio y
por la parte alta con apartamento número ocho, obra gruesa o loza de por
medio. Tiene una altura de dos punto cuarenta metros. El área construida
y la extensión superfi cial del inmueble son de CINCUENTA Y UNO
PUNTO CERO TRES METROS CUADRADOS con una capacidad
de CIENTO VEINTIDOS PUNTO CUATROCIENTOS SETENTA
Y DOS METROS CUBICOS."
Inscrito a favor del demandado señor LUIS ROBERTO ESPINAL
conocido por LUIS ROBERTO VARGAS ESPINAL bajo la Matrícula
número SEIS CERO CERO CUATRO CINCO SEIS CUATRO UNO
— A CERO CERO CERO CUATRO del Registro de la Propiedad Raíz
e Hipotecas de la Primera Sección del Centro.
Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil, San Salvador, a las
doce horas del día veintisiete de mayo de dos mil trece. DR. DARIO
VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.- LIC.
VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F027742-1
REPOSICION DE CERTIFICADOS
EL BANCO AGRICOLA, S. A.
AVISA: Que en su Agencia Zacatecoluca, de la ciudad de
Zacatecoluca, se ha presentado parte interesada manifestando que ha
extraviado el Certifi cado No. 0793-002391-5, amparado con el registro
No.0467032 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 15-07-1999 a 360
días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de
reposición del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos Nos.
486 y 932 del Código de Comercio Vigente.
78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.
San Salvador, 13 de marzo de 2014.
BANCO AGRICOLA, S. A.
CARMEN FERNANDEZ,
GERENTE DEPTO, DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F027675-1
EL BANCO AGRICOLA, S. A.
AVISA: Que en su Agencia Chalatenango, de la ciudad de
Chalatenango, se ha presentado parte interesada manifestando que ha
extraviado el Certifi cado No.0700-101165-5, amparado con el registro
No.1155071 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 14-05-2012 a 180
días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de
reposición del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos Nos.
486 y 932 del Código de Comercio Vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.
San Salvador, 13 de marzo de 2014.
BANCO AGRICOLA, S. A.
CARMEN FERNANDEZ,
GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F027676-1
EL BANCO AGRICOLA, S. A.
AVISA: Que en su Agencia Chalatenango, de la ciudad de
Chalatenango, se ha presentado parte interesada manifestando que ha
extraviado el Certifi cado No.0700-104281-9, amparado con el registro
No.1173651 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 11-03-2013 a 360
días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de
reposición del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos Nos.
486 y 932 del Código de Comercio Vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.
San Salvador, 13 de marzo de 2013.
BANCO AGRICOLA, S. A.
CARMEN FERNANDEZ,
GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F027677-1
EL BANCO AGRICOLA, S. A.
AVISA: Que en su Agencia Soyapango, de la ciudad de Soyapango,
se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el
Certifi cado No.708-103997-2, amparado con el registro No.69925 del
Depósito a Plazo Fijo, constituido el 05-04-1991 a 180 días prorrogables,
lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del
Certifi cado relacionado conforme a los Artículos Nos. 486 y 932 del
Código de Comercio Vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.
San Salvador, 13 de marzo de 2014.
BANCO AGRICOLA, S. A.
CARMEN FERNANDEZ,
GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F027678-1
79DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
EL BANCO AGRICOLA, S. A.
AVISA: Que en su Agencia Delgado, de Ciudad Delgado, Depar-
tamento de San Salvador se ha presentado parte interesada manifestando
que ha extraviado el Certifi cado No. 0747-037736-0, amparado con el
registro No.1040714 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 29-12-2008
a 720 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos
de reposición del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No.
486 y 932 del Código de Comercio Vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.
San Salvador, 11 de marzo de 2014.
BANCO AGRICOLA, S. A.
CARMEN FERNANDEZ,
GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F027679-1
EL BANCO AGRICOLA, S. A.
AVISA: Que en su Agencia San Miguel, de la ciudad de San Mi-
guel, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el
Certifi cado No. 00780-053758-5, amparado con el registro No. 1176177
del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 31-05-2013 a 90 días prorroga-
bles, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición
del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del
Código de Comercio Vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.
San Salvador, 11 de marzo de 2014.
BANCO AGRICOLA, S. A.
CARMEN FERNANDEZ,
GERENTE DEPARTAMENTO DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F027680-1
EL BANCO AGRICOLA, S. A.
AVISA: Que en su Agencia Ciudad Arce, de Ciudad Arce, Depar-
tamento de La Libertad se ha presentado parte interesada manifestando
que ha extraviado el Certifi cado No. 00765-008744-2, amparado con
el registro No.1139014 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 11-09-
2012 a 180 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público
para efectos de reposición del Certifi cado relacionado conforme a los
Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.
San Salvador, 11 de marzo de 2014.
|BANCO AGRICOLA, S. A.
CARMEN FERNANDEZ,
GERENCIA DEPTO. DEPOSITOS.
3 v. alt. No.F027681-1
EL BANCO AGRICOLA, S. A.
AVISA: Que en su Agencia San Miguel, de la ciudad de San Mi-
guel, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el
Certifi cado No. 00780-053495-1, amparado con el registro No.1171577
del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 22-02-2013 a 360 días prorro-
gables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición
del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del
Código de Comercio Vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.
San Salvador, 11 de marzo de 2014.
BANCO AGRICOLA, S .A.
CARMEN FERNANDEZ,
GERENTE DEPARTAMENTO DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F027682-1
80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
EL BANCO AGRICOLA, S. A.
AVISA: Que en su Agencia San Francisco Gotera, de la ciudad
de San Francisco Gotera, Departamento de Morazán se ha presentado
parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifi cado No.0758-
008736-4, amparado con el registro No.1161201 del Depósito a Plazo
Fijo, constituido el 14-08-2012 a 270 días prorrogables, lo que hace del
conocimiento público para efectos de reposición del Certifi cado relacio-
nado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio
Vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.
San Salvador, 13 de marzo de 2014.
BANCO AGRICOLA, S.A.
CARMEN FERNANDEZ,
GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F027683-1
EL BANCO AGRICOLA, S. A.
AVISA: Que en su Agencia Galerías, de la ciudad de San Salvador,
se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el
Certifi cado No.00766-004801-7 amparado con el registro No.1164676
del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 14-11-2012 a 60 días prorro-
gables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición
del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del
Código de Comercio Vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.
San Salvador, 13 de marzo de 2014.
BANCO AGRICOLA, S. A.
CARMEN FERNANDEZ,
GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F027686-1
EL BANCO AGRICOLA, S. A.
AVISA: Que en su Agencia San Miguel, de la ciudad de San Mi-
guel, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado
el Certifi cado No.0780-053335-8, amparado con el registro No.1166227
del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 26-12-2012 a 120 días prorro-
gables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición
del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del
Código de Comercio Vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.
San Salvador, 13 de marzo de 2014.
BANCO AGRICOLA, S. A.
CARMEN FERNANDEZ,
GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F027687-1
EL BANCO AGRICOLA, S. A.
AVISA: Que en su Agencia Soyapango, de la ciudad de Soyapango,
se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el
Certifi cado No.15040015091, amparado con el registro No.48744 del
Depósito a Plazo Fijo, constituido el 03-02-2011 a 21 días prorrogables,
lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del
Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del
Código de Comercio Vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.
San Salvador, 13 de marzo de 2014.
BANCO AGRICOLA, S. A.
CARMEN FERNANDEZ,
GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F027688-1
81DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
LA CAJA DE CREDITO DE USULUTAN, SOCIEDAD COOPE-
RATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL
VARIABLE.
AVISA: Al público que: la Sra. MARÍA VILMA DEL CARMEN
RIVERA DE RODRIGUEZ, es socia activa y se ha presentado a las
ofi cinas de LA CAJA DE CREDITO DE USULUTAN, SOCIEDAD
COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL
VARIABLE, ubicadas en Segunda Calle Oriente y Cuarta Avenida Nor-
te, número nueve, Usulután, manifestando que extravió su Certifi cado
de acciones, serie "A", No. 8198, que ampara CUATROCIENTAS
SETENTA Y UN ACCIONES, por lo que solicita su Reposición.
Si transcurrido 30 días, después de la última publicación, no se
recibe ninguna oposición a este respecto, LA CAJA DE CREDITO DE
USULUTAN, SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, procederá a reponer dichos
certifi cados.
Usulután, 13 de febrero de 2014.
LUIS ALONSO ARCE,
DIRECTOR PRESIDENTE.
3 v. alt. No. F027749-1
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
AVISA: Que en su agencia METROCENTRO se ha presentado
el propietario del certifi cado No. 1909474279 del Depósito a Plazo Fijo
emitido el 31 de octubre de 2007, a 360 días prorrogables, solicitando la
reposición de dicho certifi cado lo que se hace del conocimiento público
para efectos de reposición del certifi cado relacionado conforme a los
artículos 486 y 932 del Código de Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,
se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.
San Salvador, 13 de marzo de 2014.
LICDA. NORA BEATRIZ ÁVILA,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
3 v. alt. No. F027784-1
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
AVISA: Que en su agencia PLAZA MUNDO se ha presentado el
propietario del certifi cado No. 479937 del Depósito a Plazo Fijo emitido
el 19 de Julio de 2007, a 360 días prorrogables, solicitando la reposición
de dicho certifi cado lo que se hace del conocimiento público para efectos
de reposición del certifi cado relacionado conforme a los artículos 486 y
932 del Código de Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,
se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.
San Salvador, 13 de marzo de 2014.
LICDA. NORA BEATRIZ ÁVILA,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
3 v. alt. No. F027786-1
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
AVISA: Que en su agencia SAN FRANCISCO GOTERA se ha
presentado el propietario del certifi cado No. 38232 del Depósito a Plazo
Fijo emitido el 03 de Septiembre de 2013, a 180 días prorrogables, solici-
tando la reposición de dicho certifi cado lo que se hace del conocimiento
público para efectos de reposición del certifi cado relacionado conforme
a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,
se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.
San Salvador, 13 de marzo de 2014.
LICDA. NORA BEATRIZ ÁVILA,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
3 v. alt. No. F027787-1
82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
AVISO
SCOTIABANK EL SALVADOR, S A.
AVISA: Que en su agencia 25 Av. Sur, se ha presentado el propietario del Certifi cado No. 538313 del Depósito a Plazo Fijo emitido el 09 de diciembre de 2009, a 180 días prorrogables, solicitando la reposición de dicho Certifi cado, lo que se hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certifi cado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto, se procederá a la reposición del Certifi cado antes mencionado.
San Salvador, 13 de marzo de 2014.
LICDA. NORA BEATRIZ AVILA,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
3 v. alt. No. F027788-1
AVISO
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
AVISA: Que en su agencia MINI AGENCIA CEFI se ha presen-tado el propietario del Certifi cado No. 448691 del Depósito a Plazo Fijo emitido el 12 de mayo de 2006, a 360 días prorrogables, solicitando la reposición de dicho Certifi cado, lo que se hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certifi cado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto, se procederá a la reposición del Certifi cado antes mencionado.
San Salvador, 13 de marzo de 2014.
LICDA. NORA BEATRIZ AVILA,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
3 v. alt. No. F027790-1
AVISO
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
AVISA: Que en su agencia MINI AGENCIA CEFI se ha presentado el propietario del Certifi cado No. 1402473610 del Depósito a Plazo Fijo aperturado el 26 de diciembre de 2013 a 180 días prorrogables, solicitan-
do la reposición de dicho Certifi cado, lo que se hace del conocimiento público para efectos de reposición del certifi cado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto, se procederá a la reposición del Certifi cado antes mencionado.
San Salvador, 13 de marzo de 2014.
LICDA. NORA BEATRIZ AVILA,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
3 v. alt. No. F027791-1
AVISO
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
AVISA: Que en su agencia BERLIN se ha presentado el propietario del Certifi cado No. 571787 del Depósito a Plazo Fijo aperturado el 10 de septiembre de 2012, a 360 días prorrogables, solicitando la reposición de dicho Certifi cado, lo que se hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certifi cado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto, se procederá a la reposición del Certifi cado antes mencionado.
San Salvador, 13 de marzo de 2014.
LICDA. NORA BEATRIZ AVILA,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
3 v. alt. No. F027792-1
AVISO
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
AVISA: Que en su agencia SONSONATE se ha presentado el propietario del Certifi cado No. 0713491829 del Depósito a Plazo Fijo aperturado el 24 de octubre de 2005, a 180 días prorrogables, solicitan-do la reposición de dicho Certifi cado, lo que se hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certifi cado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio.
83DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,
se procederá a la reposición del Certifi cado antes mencionado.
San Salvador, 13 de marzo de 2014.
LICDA. NORA BEATRIZ AVILA,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
3 v. alt. No. F027793-1
AVISO
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
AVISA: Que en su agencia ZACATECOLUCA se ha presentado
el propietario del Certifi cado No. 0507483399 del Depósito a Plazo Fijo
aperturado el 26 de junio de 2009, a 360 días prorrogables, solicitando la
reposición de dicho Certifi cado, lo que se hace del conocimiento público
para efectos de reposición del Certifi cado relacionado conforme a los
artículos 486 y 932 del Código de Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,
se procederá a la reposición del Certifi cado antes mencionado.
San Salvador, 13 de marzo de 2014.
LICDA. NORA BEATRIZ AVILA,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
3 v. alt. No. F027794-1
AVISO
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
AVISA: Que en su agencia SAN MIGUEL se ha presentado el pro-
pietario del Certifi cado No. 37709 del Depósito a Plazo Fijo aperturado
el 10 de mayo de 2013, a 180 días prorrogables, solicitando la reposición
de dicho Certifi cado, lo que se hace del conocimiento público para efectos
de reposición del Certifi cado relacionado conforme a los artículos 486
y 932 del Código de Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto, se procederá a la reposición del Certifi cado antes mencionado.
San Salvador, 13 de marzo de 2014.
LICDA. NORA BEATRIZ AVILA,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
3 v. alt. No. F027796-1
AVISO
Banco Davivienda Salvadoreño, S.A., al público.
HACE SABER: Que se ha presentado parte interesada a notifi car a estas ofi cinas ubicadas en Avenida Olímpica # 3550, San Salvador, el extravío de un Certifi cado de Acciones a nombre de Andrés Franco Bejar, Certifi cado No. 13004 por 206 acciones numeradas 5,727,668 a la 5,727,873, inscritas en el Libro de Accionistas que lleva la Sociedad, por lo cual solicita su reposición.
San Salvador, a los trece días del mes de marzo del 2014.
ING. GERARDO JOSE SIMAN SIRI,
PRESIDENTE EJECUTIVO Y REPRESENTANTE LEGAL.
3 v. alt. No. F027898-1
TÍTULO MUNICIPAL
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado el Licenciado, EDWIN PERLA PRUDENCIO, mayor de edad, Abogado, del domicilio de San Miguel, Departamento de San Miguel, portador de su Tarjeta de Abogado número Seis Quinientos Cuarenta y Dos; en su calidad de Apode-rado General Judicial con Cláusula Especial de la señora CANDIDA DEL CARMEN SOSA, conocida como CANDIDA DEL CARMEN SOSA BENITEZ, solicitando se le extienda TITULO MUNICIPAL a favor de su representada; sobre un terreno de naturaleza urbana, situado en Barrio Concepción, en el lugar conocido como Las Quebradas de esta Ciudad, de Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel, con una Capacidad Superfi cial de CIENTO SESENTA Y OCHO METROS CUADRADOS; de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE: mide diecisiete metros, colinda antes con el señor Inocencio Marcelino Argueta, hoy con el señor José Membreño, Río de por medio; AL NORTE: mide
84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
trece metros, colinda antes con el señor Inocencio Marcelino Argueta, hoy con el señor Agustín Amaya, midiendo actualmente seis metros cincuenta centímetros de la calle de por medio; AL PONIENTE: mide diecisiete metros, colinda con el señor Anastasio Orellana, brotones de izote de por medio; AL SUR: trece metros, colinda antes con el señor Rafael Membreño, hoy solamente siete metros cincuenta centímetros, colinda con la señora Aída Abigaíl Cordero Álvarez, Río de por medio. Actualmente en el inmueble descrito se encuentra una casa de sistema mixto, y la titulante lo adquirió por Compraventa de Posesión Material que le hizo al señor JOSE TEOFILO BENITEZ SORTO; el referido inmueble no es dominante ni sirviente, no está en proindivisión con nadie o de ajena pertenencia y lo valora en la suma de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Lo que hago del conocimiento público para efectos de Ley.
Alcaldía Municipal de Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel, a los doce días del mes de febrero de dos mil catorce.- RENE WILFREDO GOMEZ ESCOBAR, ALCALDE MUNICIPAL.- ROXANA LISBETH MARQUEZ PORTILLO, SECRETARIA MUNICIPAL INTA.
3 v. alt. No. F027802-1
EDICTO DE EMPLAZAMIENTO
ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de San Vicente, de con-formidad al Art. 186 del Código Procesal Civil y Mercantil.
HACE SABER: Que en este Juzgado se ventila el EJECUTIVO MERCANTIL promovido por el Licenciado EDGARD ENRIQUE RAMIREZ SANCHEZ, en su calidad de Apoderada General Judicial de SCOTIABANK EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, INS-TITUCION BANCARIA, DE NACIONALIDAD SALVADOREÑA DEL DOMICILIO DE SAN SALVADOR; y Número de Identifi cación Tributaria: cero seis uno cuatro-dos cinco uno uno siete dos-cero cero uno-cuatro, quien ha señalado como lugar para recibir notifi caciones el Telefax 2330-2324, contra la señora JUNA MIRNA RIVAS, mayor de edad, Profesora, del domicilio de San Vicente, y actualmente de domi-cilio ignorado, actualmente es de paradero desconocido bajo el número de expediente E-26-4-2012; y por medio de este edicto se EMPLAZA a la señora JUANA MIRNA RIVAS, mayor de edad, Profesora, y del domicilio de San Vicente, y con Documento Único de Identidad número: cero uno siete cero cuatro cinco seis nueve-siete; y Número de Identifi cación Tributaria: uno cero cero uno-dos nueve cero ocho seis seis-uno cero dos-cuatro, para que dentro del término de DIEZ DIAS HABILES, contados a partir de la última publicación de este edicto, se presente a este Juzgado ha estar conforme a derecho y de no comparecer se le nombrará un Curador Ad-Lítem para que represente a dicha señora en el presente Juicio.
Con la demanda el Licenciado EDGARD ENRIQUE RAMIREZ SANCHEZ, presentó los siguientes documentos: Testimonio de Escritura Matriz de Poder General Judicial con Cláusula Especial, testimonio de mutuo otorgado por la demandada a favor de su poderdante.
Lo que se hace del conocimiento público para los efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los doce días del mes de marzo del dos mil catorce.- DRA. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.
1 v. No. C000073
LICDA. DANI BERI CALDERÓN DE RAMÍREZ, JUEZA DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
Por medio del presente edicto EMPLAZA: al señor JOSÉ ROBERTO MORÁN, quien es mayor de edad, casado, empleado, señalado como del domicilio de la ciudad y departamento de Ahuachapán, portador de su Documento Único de Identidad número: CERO CERO CUATRO-CIENTOS SETENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO-NUEVE; y con Número de Identifi cación Tributaria: CERO CIENTO UNO-CERO CINCUENTA Y UN MIL DOSCIENTOS SE-SENTA Y OCHO-CIENTO TRES-TRES y se le hace de su conocimiento que en este Juzgado se ha entablado demanda ejecutiva en su contra, en el Proceso Ejecutivo Civil, clasifi cado según referencia 116-3-12-3, promovido por el Licenciado JOSÉ MARIO DENIS MOLINA, en su calidad de Apoderada General Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Institución de Crédito, Autónoma, de Derecho Público, del domicilio de la ciudad de San Salvador, representada legalmente por el señor FRANCISCO ANTONIO GUEVARA, reclamándole la cantidad de SEIS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO DÓLA-RES CON SETENTA Y DOS CENTAVOS DE DÓLAR MONEDA DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMÉRICA ($ 6,548.72) más los intereses convencionales del NUEVE POR CIENTO ANUAL contabilizado a partir del día UNO DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL SEIS, y costas procesales, respecto al documento presentado como base de pretensión de ejecución, consistente en: Testimonio de Escritura Matriz de Mutuo con Garantía Hipotecaria. Habiéndose decretado embargo en bienes de su propiedad y trabado embargo en el bien inmueble hipotecado, el cual aparece descrito como: Bien raíz de naturaleza urbana, marcado con el número siete del block nueve, de la Comunidad Los Santos Número Uno, Jurisdicción del Municipio de Soyapango, departamento de San Salvador, inscrito a su favor en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, bajo la Matrícula SEIS CERO DOS NUEVE UNO CINCO OCHO TRES - CERO CERO CERO CERO CERO, del Sistema de Folio Real Computarizado. Documentación adjunta a la demanda: Testimonio de Escritura Matriz de Mutuo con Garantía Hipotecaria y su debida razón y constancia de inscripción registral: Constancia emitidas por el Gerente General del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Copia Fotostática Certifi cada por Notario de Testimonio de Escritura Matriz de Poder General Judicial con Cláusulas Especiales, otorgado a favor del Abogado postulante o Procurador Licenciado JOSÉ MARIO DENIS MOLINA. Haciéndosele de su conocimiento que dispone de DIEZ DÍAS HÁBILES Y PERENTORIOS, para apersonarse al proceso y ejercitar su derecho constitucional de audiencia, defensa y contradicción, y ante su incomparecencia pasado el plazo descrito se procederá a nombrarle un Curador Ad- Lítem, que lo represente en el proceso.
JUZGADO DE LO CIVIL: AHUACHAPÁN, a las ocho horas con once minutos del día catorce de noviembre del año dos mil tre-ce.- LICDA. DANI BERI CALDERÓN DE RAMÍREZ, JUEZA DE LO CIVIL.- LICDA. CLAUDIA LELIN GUEVARA DE PEÑATE, SECRETARIA DE ACTUACIONES.
1 v. No. F027703/F027702
85DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
LICENCIADA MARÍA ELENA CONDE GARCÍA, JUEZ SEGUNDO
DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR,
HACE SABER: Al demandado CARLOS GUILLERMO MÉNDEZ
ORDÓÑEZ, mayor de edad, agricultor en pequeño, del domicilio de
Ciudad Arce, La Libertad, con Número de Identifi cación Tributaria cero
quinientos dos-ciento cincuenta mil cuatrocientos cincuenta y tres-ciento
uno-cero, que en esta sede judicial el Licenciado GILBERTO ENRIQUE
ALAS MENÉNDEZ, quien puede ser localizado en Apartamento treinta
y tres del Condominio Centro de Gobierno, situado en Séptima Avenida
Norte y Trece Calle Poniente, en la ciudad de San Salvador y con número
de fax veintidós veintiuno treinta y seis noventa y siete (2221-3697), en
calidad de apoderado general y especial judicial del FONDO SOCIAL
PARA LA VIVIENDA, con ofi cinas centrales en Calle Rubén Darío,
número novecientos uno, entre Quince y Diecisiete Avenida Sur, de esta
ciudad, ha promovido demanda en su contra en el Proceso Ejecutivo
marcado bajo la referencia PE-375-12, por lo cual deberá comparecer
a más tardar en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día
siguiente a la última de las publicaciones a que hace referencia el Art.
186 Inc. 3° CPCM., a contestar la demanda promovida en su contra, so
pena de nombrarle un curador Ad Lítem para que lo represente en dicho
proceso.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de San
Salvador, a los veintinueve días del mes enero del año dos mil catorce.
LICDA. MARÍA ELENA CONDE GARCÍA, JUEZ SEGUNDO DE
LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR. LICDA. MÓNICA
ALEJANDRA RIVAS ARGUETA, SECRETARIA.
1 v. No. F027705
LA LICENCIADA GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO
INFRASCRITA JUEZA DE LO CIVIL DE LA CIUDAD DE SOYA-
PANGO,
HACE SABER: A la demandada SONIA MARIBEL SERRANO
DE PAZ conocida por SONIA MARIBEL DE PAZ SERRANO, mayor
de edad, del domicilio de Apopa, con NIT: 1115 - 200874 - 101- 4; que ha
sido demandada en Proceso Especial Ejecutivo clasifi cado bajo el NUE:
00563-12-SOY-CVPE-OCV2, promovido por la Licenciada SILVIA
RAQUEL CHAVARRIA SANTOS, actuando como Apoderada del
FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, demanda que ha sido admitida
en este tribunal y se ha decretado el respectivo mandamiento de embargo
solicitado. Se le advierte a la demandada SONIA MARIBEL SERRANO
DE PAZ conocida por SONIA MARIBEL DE PAZ SERRANO, que tiene
el plazo de diez días para presentarse a ejercer su derecho de defensa
y contestar la demanda incoada en su contra, so pena de continuar el
proceso sin su presencia y en consecuencia se nombrará un curador ad
lítem para que la represente en el proceso, de conformidad a los Arts.
181, 182, 186 y 462 del Código Procesal Civil y Mercantil.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las doce horas
del día seis de enero del año dos mil catorce. LICDA. GENNY SHILA
RAMÍREZ DE ARÉVALO, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. EDME
GUADALUPE CUBÍAS GONZÁLEZ, SECRETARIA.
1 v. No. F027706
LICENCIADO ÁNGEL ANTONIO CORNEJO CAÑÉNGUEZ, JUEZ
SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL INTERINO DE SAN
SALVADOR,
HACE SABER: A la demandada ANA ISABEL MORALES DE
JUÁREZ, mayor de edad, doméstica, del domicilio de Soyapango, con
Documento Único de Identidad número cero tres millones doscientos
setenta mil ciento sesenta y dos- cuatro y con Número de Identifi cación
Tributaria cero seiscientos catorce- cero setenta y un mil doscientos
cincuenta y nueve- ciento cinco- cuatro; que en esta sede judicial la
Licenciada PATRICIA ELENA SÁNCHEZ DE MORÁN, quien puede
ser localizada en Quince Calle Poniente, Edifi cio Centro de Gobierno,
número treinta y cuatro, de esta ciudad, en su calidad de apoderada ge-
neral y especial judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA,
que se abrevia, "EL FONDO", con ofi cinas centrales en Calle Rubén
Darío, número novecientos uno y Cuarta Calle Poniente, entre Quince
y Diecisiete Avenida Sur, de esta ciudad; ha promovido demanda en su
contra en el Proceso Ejecutivo marcado bajo la referencia PE-183-13,
por lo cual dicha demandada deberá comparecer a más tardar en el
plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la última
de las publicaciones a que hace referencia el Art. 186 Inc. 3° CPCM, a
contestar la demanda promovida en su contra, so pena de nombrarle un
Curador Ad Lítem para que la represente en dicho proceso.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de San
Salvador, a las diez horas con veinte minutos del día seis de diciembre del
año dos mil trece. LIC. ÁNGEL ANTONIO CORNEJO CAÑÉNGUEZ,
JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL INTERINO DE SAN
SALVADOR. LICDA. MÓNICA ALEJANDRA RIVAS ARGUETA,
SECRETARIA.
1 v. No. F027708
LIC. NELSON PALACIOS HERNÁNDEZ, JUEZ CUARTO DE LO
CIVIL Y MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Al señor WILLIAM ERICK ALBERTO MELARA,
mayor de edad, Estudiante, del domicilio de San Salvador, con Número
de Identifi cación Tributaria cero seiscientos catorce – doscientos veinte
mil ciento setenta y cuatro – ciento treinta y tres - seis; que ha sido
demandado en Proceso Ejecutivo Mercantil, registrado bajo el número
de referencia 13-PE-153-4CM2 (3), promovido en esta sede judicial el
FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, con Número de Identifi cación
Tributaria cero seiscientos catorce – cero setenta mil quinientos setenta
y cinco – cero cero dos - seis, por medio de su Apoderada SILVIA
RAQUEL CHAVARRÍA SANTOS, quien puede ser localizada en:
COLONIA CENTROAMÉRICA, CALLE SAN SALVADOR, CASA
NÚMERO CUATROCIENTOS VEINTICINCO, SAN SALVADOR, o
en el telefax 2274-7068, reclamándole en calidad de deudor, la cantidad
de SIETE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE DÓLARES CON
CUATRO CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA, en concepto de capital adeudado, más los intereses conven-
cionales del ONCE POR CIENTO ANUAL, los cuales se reclaman a
partir del veintisiete de febrero de dos mil siete, en adelante, hasta su
completa cancelación total de la deuda, más la cantidad de DOSCIENTOS
NOVENTA Y SIETE DÓLARES CON SESENTA CENTAVOS DE
DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA en concepto de
primas de seguros de vida colectivo decreciente y de daños, comprendidos
86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
desde el uno de marzo de dos mil siete hasta el día treinta de abril de dos
mil trece, más las costas procesales que genere la presente instancia; con
fundamento en un Testimonio de Mutuo con garantía hipotecaria, suscrito
el día diecinueve de febrero de mil novecientos noventa y ocho; y por no
haber sido posible determinar el paradero del señor WILLIAM ERICK
ALBERTO MELARA, se le emplaza por este medio, previniéndosele
al mismo para que dentro del plazo de DIEZ DÍAS contados a partir
del día siguiente de la última publicación de este edicto en un periódico
de circulación diaria y nacional, o la del Diario Ofi cial en su caso, se
presente a este Tribunal ubicado en: 79 Av. Sur, Final Av. Cuscatlán,
Block "K", Etapa III, Colonia Escalón, San Salvador, a contestar la
demanda y a ejercer sus derechos. Si no lo hiciere el proceso continuará
sin su presencia y se procederá a nombrarle un curador ad lítem, para
que la represente en el mismo, de conformidad al Art. 186 CPCM. Se
advierte a la demandada que de conformidad al Art. 67 CPCM, todas
las actuaciones deberán realizarse por medio de Procurador y en caso de
carecer de recursos económicos sufi cientes podrá solicitar la asistencia
de la Procuraduría General de la República, tal como lo estipula el Art.
75 del mismo cuerpo legal.
Librado en el JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL Y MERCAN-
TIL: San Salvador, a las doce horas y veinticinco minutos del día veintidós
de enero de dos mil catorce. LIC. NELSON PALACIOS HERNÁNDEZ,
JUEZ CUARTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL. LICDA. MÓNICA
SILVIA PARADA DE CENTENO, SECRETARIA.
1 v. No. F027709
EDICTO DE EMPLAZAMIENTO
JUAN BAUDILIO TORRES SOLANO, JUEZ QUINTO DE LO CIVIL
Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR, AL SEÑOR TOMÁS ALAS
CASTILLO,
HACE SABER: Que en este Juzgado se ha iniciado Proceso Ejecuti-
vo Mercantil, marcado con el número de referencia 00950-12-PE-5CM2/
PE74-12-5CM2-4, promovido actualmente por el Licenciado SAMUEL
LANDAVERDE HERNÁNDEZ, quien actúa en su carácter de Apode-
rado General Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA,
Institución de crédito, de este domicilio, con dirección en Calle Rubén
Darío, entre Quince y Diecisiete Avenida Sur, número novecientos uno,
San Salvador, y con Número de Identifi cación Tributaria cero seiscientos
catorce – cero setenta mil quinientos setenta y cinco – cero cero dos -
seis; en contra de TOMÁS ALAS CASTILLO, en calidad de deudor,
quien es de cincuenta dos años de edad, empleado, del domicilio de La
Libertad, con Número de Identifi cación Tributaria cero cinco cero cua-
tro – uno cero uno uno seis uno – cero cero uno - uno, y actualmente de
domicilio y residencia desconocida en el país, ignorándose su paradero,
razón por la cual, de conformidad a los arts. 181 inc. 2° y 186 del Código
Procesal Civil y Mercantil, por medio del presente edicto se le notifi ca el
decreto de embargo y la demanda que lo motiva, por lo que se previene
al demandado que se presente a este Juzgado a contestar la demanda
incoada en su contra dentro de los diez días hábiles, contados a partir
del día siguiente a la fecha de la tercera publicación en un periódico de
circulación nacional de este edicto, advirtiéndole a dicho señor que si
tiene interés de intervenir o avocarse al presente proceso, conforme a los
arts. 67, 68, 69, 181, 186 y 462 del Código Procesal Civil y Mercantil,
deberá comparecer por medio de abogado, quien para tal efecto deberá
proporcionar la dirección de su representado y la suya dentro de la
circunscripción territorial de este Juzgado para recibir notifi caciones,
pudiendo además proporcionar un número de fax a donde puedan ser
enviadas las comunicaciones procesales, todo de conformidad con el
artículo 170 del Código Procesal Civil y Mercantil. Caso contrario,
se aplicará oportunamente lo establecido en el artículo 171 del mismo
código. Previniéndole que en caso de no comparecer a este juzgado en
el plazo antes indicado, se procederá a nombrarle un curador Ad Lítem
para que lo represente en el proceso. La demanda se acompaña de una
escritura pública mutuo con garantía hipotecaria, juntamente con certi-
fi cación de Control individual del Registro de préstamos, expedida por
el Gerente General de la entidad demandante.
El Licenciado LANDAVERDE HERNÁNDEZ, tiene como di-
rección: Calle Los Sisimiles, Pasaje Los Cedros, número 108, Colonia
Miramonte, San Salvador.
Y para que lo proveído por este Juzgado tenga su legal cumpli-
miento, se libra el presente Edicto, en el Juzgado Quinto de lo Civil
y Mercantil de San Salvador, a los seis días del mes de enero del año
dos mil catorce. LIC. JUAN BAUDILIO TORRES SOLANO, JUEZ
QUINTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL. LICDA. CARMEN ELENA
ARÉVALO GÁMEZ, SECRETARIA.
1 v. No. F027712
KARLA MARÍA REGINA MURCIA CARRILLO, JUEZA INTERINA
(1) PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, DE ESTE DISTRITO
JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a
las ocho horas y ocho minutos del día diecisiete de diciembre del año
dos mil trece, NOTIFICA EL DECRETO DE EMBARGO para que le
sirva de legal emplazamiento al demando señor OSCAR LEONEL DÍAZ,
mayor de edad, Empleado, del domicilio de Soyapango, con Número
de Identifi cación Tributaria cero seis uno nueve — uno uno cero uno
siete uno - uno cero dos - tres; de la demanda incoada en su contra por
el FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Institución de Crédito,
Autónoma de Derecho Público, con Número de Identifi cación Tributaria
cero seiscientos catorce — cero siete cero cinco siete cinco — cero cero
dos - seis, por medio de su Apoderado General Judicial con Cláusulas
Especiales Licenciado SAMUEL LANDAVERDE HERNÁNDEZ,
con Tarjeta de Abogado número cinco mil seiscientos setenta y con
Tarjeta de Identifi cación Tributaria número cero cuatro uno dos — dos
tres cero cuatro seis ocho — cero cero uno - ocho; el cual presentó los
siguientes documentos: Original: a) Testimonio de Escritura Pública de
Compraventa, Mutuo y Apertura de Crédito con Garantía Hipotecaria,
otorgado ante los ofi cios notariales del Licenciado LÁZARO TADEO
BERNAL LIZAMA, el día veintitrés de febrero del año dos mil, por el
señor ÓSCAR LEONEL DÍAZ a favor del FONDO SOCIAL PARA LA
VIVIENDA Institución de Crédito, Autónoma de Derecho Público, por
la cantidad de OCHENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y
CUATRO COLONES TREINTA Y SIETE CENTAVOS (¢89,274.37)
equivalentes a DIEZ MIL DOSCIENTOS DOS DÓLARES CON SE-
TENTA Y NUEVE CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMÉRICA ($10,202.79); debidamente inscrito en el Centro
Nacional de Registros, el día primero de abril del año dos mil cuatro,
87DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
bajo matrícula 60092333 - 00000 asiento número 3. b) Certifi cación de
Control Individual de Registro de Préstamo número 98-12417-2 por un
monto total de ONCE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO
DÓLARES CON SETENTA Y OCHO CENTAVOS DE DÓLAR DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA DÓLARES ($11,544.78),
que comprende capital, intereses y primas de seguros de vida colectivo
y de daños, emitido por el Gerente General del FONDO SOCIAL PARA
LA VIVIENDA, Licenciado MARIANO ARISTIDES BONILLA
BONILLA, a los treinta y un días del mes de enero del presente año.
Fotocopias certifi cadas: Testimonio de Escritura Matriz de Poder General
Judicial con Cláusulas Especiales, otorgado ante los ofi cios notariales
del Licenciado GREGORIO RENÉ TORRES GONZÁLEZ, a favor del
Licenciado SAMUEL LANDAVERDE HERNÁNDEZ y otros. Fotoco-
pias simples: Documento Único de Identidad, Tarjeta de Identifi cación
Tributaria y Tarjeta de Abogado del Licenciado LANDAVERDE HER-
NÁNDEZ. Para que en el plazo de DIEZ DÍAS hábiles, contados a partir
del día siguiente de efectuadas las publicaciones conteste la demanda
incoada en su contra y pueda preparar la defensa de sus derechos o in-
tereses legítimos, caso contrario el proceso continuará sin su presencia,
conforme lo señalan los Arts. 181 y 182 numeral 4° ambos del CPCM.
Haciéndole a su vez la advertencia sobre la procuración obligatoria
conforme lo establecen los Arts. 67, 68, 69 y 75 todos del CPCM. Lo
anterior ha sido ordenado en el Proceso Ejecutivo Civil, clasifi cado bajo
el NUE. 00730-13-CVPE-1CM1 y Ref. 32-EC-02-13.
LIBRADO en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San
Salvador, ocho horas y veinte minutos del día diecisiete de diciembre
de dos mil trece. LICDA. KARLA MARÍA REGINA MURCIA CA-
RRILLO, JUEZA INT. (1) PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.
LICDA. FLORINDA GARCÍA RIVERA, SECRETARIA DE ACTUA-
CIONES.
1 v. No. F027713
LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ
UNO DEL JUZGADO PLURIPERSONAL DE LO CIVIL DE CIUDAD
DELGADO, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR,
HACE SABER: Que en el Proceso Ejecutivo Mercantil número 11-
PEC-13-7 promovido por el FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA,
a través de su mandataria Licenciada SILVIA EMILIA GONZÁLEZ
ESCAMILLA, en contra de la demandada señora MARIA ANA VALLE
conocida por MARIA ANA OCHOA VALLE, cuyo título ejecutivo es
un mutuo hipotecario, del cual se tiene conocimiento judicial en este
Tribunal, se hace saber: Que en virtud de que en el referido proceso no
se ha llevado a cabo el emplazamiento en forma personal a la demandada
señora MARIA ANA VALLE conocida por MARIA ANA OCHOA
VALLE por no residir en el lugar proporcionado para tal efecto por
la parte demandante, y además se desconoce otro lugar donde poder
emplazar a dicha señora, por tanto, de conformidad a lo que dispone el
art. 181 CPCM., se procedió oportunamente a hacer las averiguaciones
correspondientes respecto del domicilio de la demandada, sin que
tales diligencias hayan arrojado un resultado positivo. Que en razón
de lo expuesto y por ignorarse el domicilio de la señora MARIA ANA
VALLE conocida por MARIA ANA OCHOA VALLE se procede a su
emplazamiento al juicio de mérito por edictos de conformidad a lo que
dispone el art. 186 CPCM., los que se publicarán por tres veces en un
periódico impreso de circulación Diaria y Nacional, por una sola vez en el
Diario Ofi cial y en el Tablero Público de esta sede Judicial, art. 186 Inc.
3 CPCM. Se hace del conocimiento a la señora MARIA ANA VALLE
conocida por MARIA ANA OCHOA VALLE que deberá comparecer
a esta sede judicial a hacer uso de su derecho en el término de ley, de lo
contrario se les nombrará un Curador Ad-Lítem que la represente en el
respectivo proceso art. 186 Inc. 4 CPCM.
Librado en el Juzgado Pluripersonal de lo Civil de Ciudad Delgado,
Juez Uno: catorce horas con cuarenta y siete minutos del día seis de
febrero del año dos mil catorce. LICDA. MARIBEL DEL ROSARIO
MORALES FLORES, JUEZ UNO DEL JUZGADO PLURIPERSONAL
DE LO CIVIL DE CIUDAD DELGADO. LIC. JORGE ROBERTO
BURGOS GONZÁLEZ, SECRETARIO.
1 v. No. F027714
KARLA MARIA REGINA MURCIA CARRILLO, JUEZA INTERINA
(1) PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, DE ESTE DISTRITO
JUDICIAL, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado,
a las once horas y trece minutos del día dieciséis de enero de dos mil
catorce, NOTIFICA EL DECRETO DE EMBARGO y demanda que lo
motivó, para que le sirva de legal emplazamiento a la demandada señora
ROSARIO DE LOS ÁNGELES FUENTES DE RIVAS conocida por
ROSARIO DE LOS ÁNGELES FUENTES QUINTANILLA, mayor de
edad, obrera, con Documento Único de Identidad número cero dos tres
dos tres tres cinco cuatro – uno y Tarjeta de Identifi cación Tributaria
número cero seiscientos catorce – cero setenta y un mil sesenta y
cuatro – ciento siete - cero; de la demanda incoada en su contra por
la sociedad FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Institución de
crédito, Autónoma de Derecho Público; con Número de Identifi cación
Tributaria cero seiscientos catorce – cero setenta mil quinientos setenta
y cinco – cero cero dos - seis, por medio de su Apoderado General
Judicial con Cláusula Especial, el Licenciado CARLOS FABREGAT
TORRENTS, con Tarjeta de Identifi cación Tributaria número nueve mil
cuatrocientos cuarenta y siete – doscientos setenta mil ciento setenta y
uno - ciento uno – cuatro; el cual presentó los siguientes documentos;
Original: Testimonio de Escritura Matriz de Contrato de Compraventa
y Mutuo con Garantía Hipotecaria, otorgada antes los ofi cios notariales
de la Licenciada NELLY ELIZABETH MARTÍNEZ DE GUARDADO,
el día seis de febrero de mil novecientos noventa y seis, por la señora
ROSARIO DE LOS ÁNGELES FUENTES DE RIVAS, conocida por
ROSARIO DE LOS ÁNGELES FUENTES QUINTANILLA, a favor
del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA; Mutuo por la cantidad
de SETENTA MIL DOSCIENTOS COLONES (¢70,200.00) equiva-
lentes a OCHO MIL VEINTIDÓS DÓLARES CON OCHENTA Y
SEIS CENTAVOS DÓLAR ($8,022.86); debidamente inscrito en el
registro social de inmuebles, bajo el número de matrícula M01063606
en el asiento número 005 y de la Certifi cación de saldo del Préstamo
Hipotecario número 96-00448-5, por un monto total de CATORCE MIL
DOSCIENTOS SETENTA Y TRES DÓLARES CON OCHENTA Y
NUEVE CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA ($14,273.89) que comprende capital, intereses y Primas
de Seguros de Vida Colectiva Decreciente y Daños, extendida por el
Gerente del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Licenciado
Francisco Antonio Guevara, el día treinta de junio de dos mil once.
Fotocopia certifi cada: Testimonio de Escritura Matriz de Poder General
88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
Judicial con Cláusula Especial, otorgada ante los ofi cios notariales del
Licenciado GREGORIO RENÉ TORRES GONZÁLEZ a favor del
Licenciado CARLOS FABREGAT TORRENTS y otros. Fotocopia Sim-
ple: Credencial de ejecutor de embargos Licenciado JOSE MAURICIO
DUEÑAS CABALLERO. Para que en el plazo de DIEZ DÍAS hábiles,
contados a partir del día siguiente de efectuadas las publicaciones con-
testen la demanda incoada en su contra y puedan preparar la defensa de
sus derechos o intereses legítimos, caso contrario el proceso continuará
sin su presencia, conforme lo señalan los Arts. 181 y 182 numeral 4°
ambos del CPCM. Haciéndole a su vez la advertencia sobre la procura-
ción obligatoria conforme lo establecen los Arts. 67, 68, 69 y 75 todos
del CPCM. Lo anterior ha sido ordenado en el Proceso Ejecutivo Civil,
clasifi cado bajo el NUE. 05014-11-PE-1CM1 y Ref. 388-EC-10-11.
LIBRADO en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San
Salvador, once horas y trece minutos del día dieciséis de enero de dos
mil catorce. LICDA. KARLA MARÍA REGINA MURCIA CARRILLO,
JUEZA INT. (1) PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL. LICDA.
FLORINDA GARCÍA RIVERA, SECRETARIA DE ACTUACIO-
NES.
1 v. No. F027716
LA INFRASCRITA JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCAN-
TIL SAN SALVADOR, LICENCIADA KARINA JEANNETTE
MARTINEZ GUEVARA, A LOS DEMANDADOS NORA MERCE-
DES GUEVARA DE GUZMAN conocida por NORA MERCEDES
SANCHEZ GUEVARA, y ARMANDO GUZMAN MENDOZA,
HACE SABER: Que en el juicio ejecutivo mercantil promovi-
do en esta sede judicial, por el Licenciado CARLOS FABREGAT
TORRENTS, en calidad de Apoderado General Judicial del FONDO
SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra los demandados NORA MER-
CEDES GUEVARA DE GUZMAN conocida por NORA MERCEDES
SANCHEZ GUEVARA, y ARMANDO GUZMAN MENDOZA, se ha
presentado el Licenciado FABREGAT TORRENTS, en el carácter antes
expresado, manifestando que se ignora el paradero de los demandados,
así como se ignora si tienen apoderado, curador o representante legal,
para que los represente en el proceso, y habiéndose realizado todas las
averiguaciones pertinentes, de conformidad al artículo 186 del Código
Procesal Civil y Mercantil, pide sean emplazados por medio de edictos,
a fi n de que ejerzan su derecho de defensa en el referido proceso.
En consecuencia, emplácese a los demandados señores NORA
MERCEDES GUEVARA DE GUZMAN conocida por NORA MERCE-
DES SANCHEZ GUEVARA, y ARMANDO GUZMAN MENDOZA,
a fi n de que comparezca a este Tribunal, en el plazo de diez días hábiles
siguientes a la tercera publicación de este edicto, a contestar la demanda,
haciéndose saber que de no presentarse, se le nombrará un curador ad-
lítem y se continuará el proceso.
Adviértase a los demandados que al contestar la demanda deberán
darle cumplimiento a lo regulado el Art. 67 del CPCM, es decir, deberán
hacerlo a través de procurador cuyo nombramiento recaiga en abogado de
la República, mandato que contendrá las facultades reguladas en el Art.
69 Inc. 1° CPCM; y de no contar con recursos económicos sufi cientes
recurra a la Procuraduría General de la República, para asistencia legal,
de conformidad al Art. 75 CPCM.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil, a las once horas del día siete de enero de dos mil catorce. LICDA. KARINA JEANNETTE MARTÍNEZ GUEVARA, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL SAN SALVADOR. LICDA. LICINIA NUBE SILIEZER DE ROMERO, SECRETARIA.
1 v. No. F027717
NELSON PALACIOS HERNÁNDEZ, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Al señor GUILLERMO ERNESTO LARIN MEJIA, de treinta y cinco años de edad, Estudiante, del domicilio de San Salvador, Departamento de San Salvador, con Documento Único de Identidad número cero uno uno cinco nueve cuatro ocho dos – seis y Número de Identifi cación Tributaria cero seis uno cuatro –tres cero cero seis siete ocho – uno uno uno – siete; que ha sido demandado en Proceso Ejecutivo Mercantil, registrado bajo el número 04339-11-PE-4CM2 (321/1), en esta sede judicial por el FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, con Número de Identifi cación Tributaria cero seis uno cuatro – cero siete cero cinco siete cinco – cero cero dos – seis, por medio de su Apoderado General Judicial con Cláusula Especial, Licenciado CARLOS FABREGAT TORRENTS, quien puede ser localizado en: Doce Calle Poniente, número Dos Mil Quinientos Diecisiete, Colonia Flor Blanca, San Salvador; reclamándole la cantidad de SEIS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y UN DÓLARES CON SESENTA Y CUATRO CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, en concepto de capital adeudado, más los intereses del TRECE POR CIENTO ANUAL, calculados a partir del día uno de enero de dos mil siete, intereses que seguirán devengándose hasta su completo pago, trance, adjudicación o remate; y las Primas de Seguro, por la cantidad de DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE DÓLARES CON VEINTICINCO CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, calculadas desde el día uno de febrero de dos mil siete hasta el día treinta de julio de dos mil once; y las costas procesales que genere la presente instancia, con fundamento en una Escritura Pública de Mutuo Hipotecario; y por no haber sido posible determinar el paradero del señor GUILLERMO ERNESTO LARIN MEJIA, se le emplaza por este medio; previniéndosele al mismo para que dentro del plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES contados a partir del día siguiente de la última publicación de este edicto en un periódico de circulación diaria y nacional, o la del Diario Ofi cial en su caso, se presente a este Tribunal ubicado en: 79 Av. Sur, Final Av. Cuscatlán, Block "K", Etapa III, Tercer Nivel, Colonia Escalón, San Salvador, a contestar la demanda y a ejercer sus derechos. Si no lo hiciere el proceso continuará sin su presencia y se procederá a nombrarle un Curador Ad Lítem, para que lo represente en el mismo, de conformidad al Art. 186 CPCM. Se advierte al demandado que de conformidad al Art. 67 CPCM, todas las actuaciones deberán realizarse por medio de Procurador y en caso de carecer de recursos económicos sufi cientes podrá solicitar la asistencia de la Procuraduría General de la República, tal como lo estipula el Art. 75 del mismo cuerpo legal.
Librado en el JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL Y MERCAN-TIL: San Salvador, a nueve horas y quince minutos del día veintiuno de enero de dos mil catorce. LIC. NELSON PALACIOS HERNÁNDEZ, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL. LICDA. MÓNICA SILVIA PARADA DE CENTENO, SECRETARIA.
1 v. No. F027718
89DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE
LO CIVIL DE APOPA.-
HACE SABER: A la señora MARÍA CONSUELO GÓMEZ DE
VÁSQUEZ, con Documento Único de Identidad número cero un millón
ciento ochenta y nueve mil setecientos dieciocho- cinco; y Número de
Identifi cación Tributaria cero seiscientos catorce- cero cincuenta mil
seiscientos setenta y dos- ciento veintisiete- ocho, de treinta y dos años
de edad en el año dos mil cuatro, ama de casa, del domicilio de Apopa;
que ha sido demandada en el Proceso Ejecutivo, registrado con referencia:
202-PE-12/5, en esta sede judicial, por el FONDO SOCIAL PARA LA
VIVIENDA, Institución de Crédito, Autónoma, de Derecho Público,
con Número de Identifi cación Tributaria cero seiscientos catorce- cero
setenta mil quinientos setenta y cinco- cero cero dos- seis, cuyas ofi cinas
principales están ubicadas en Calle Rubén Darío, número 901, entre 15
y 17 Avenida Sur, de la ciudad de San Salvador; representado procesal-
mente por medio del Licenciado NATIVIDAD DE LEÓN BENÍTEZ, de
mayor de edad, Abogado, del domicilio de San Salvador, con Número
de Identifi cación Tributaria cero seiscientos quince- ciento sesenta mil
quinientos cuarenta y tres- cero cero uno- cero, quien puede ser localizado
mediante el telefax veintidós cuarenta y dos veinticinco treinta y uno;
reclamándole la suma de SIETE MIL CUATROCIENTOS VEINTITRÉS
DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON CUA-
RENTA Y SEIS CENTAVOS DE DÓLAR, en concepto de capital como
deuda principal; más la tasa de interés pactada y modifi cada del siete
punto noventa y siete por ciento anual sobre saldos, comprendida desde
el día treinta de marzo de dos mil once, en adelante; Primas de Seguro
de Vida y de Daños, por la cantidad de TRESCIENTOS CINCUENTA
Y CUATRO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
CON VEINTIDÓS CENTAVOS DE DÓLAR, comprendidas en el
período del día uno de abril de dos mil once, al treinta y uno de agosto
de dos mil doce; todo hasta su completo pago, transacción o remate y
costas procesales; con fundamento en una Escritura Pública de Mutuo
Hipotecario; y por no haber sido posible determinar el paradero de la
señora MARÍA CONSUELO GÓMEZ DE VÁSQUEZ, SE EMPLAZA
POR ESTE MEDIO, PREVINIÉNDOSELE a la misma para que, dentro
del plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES contados a partir del siguiente de la
última publicación de este edicto en un periódico de circulación diaria
y nacional o la del Diario Ofi cial en su caso; se presente a este Tribunal
ubicado en: Colonia Guadalupe, Avenida Olimpia, Número Nueve, de
la ciudad de Apopa; a contestar la demanda y a ejercer sus derechos,
si no lo hiciere el Proceso continuará sin su presencia y se procederá a
nombrarle un Curador Ad-Lítem, para que la represente, de conformi-
dad al Artículo 186 del C.P.C.M.- Se advierte a la demandada que de
conformidad al Artículo 67 del C.P.C.M, todas las actuaciones deberán
realizarse por medio de Procurador y en caso de carecer de recursos
económicos sufi cientes podrá solicitar la asistencia de la Procuraduría
General de la República, tal como lo estipula el Artículo 75 del mismo
Cuerpo Legal.-
Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las doce horas cuarenta
y cinco minutos del día veintiocho de noviembre de dos mil trece.- Dra.
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE
LO CIVIL DE APOPA. Lic. JOSÉ DULEY CERNA FERNÁNDEZ,
SECRETARIO.
1 v. No. F027720
LA INFRASCRITA JUEZA SUPLENTE DEL JUZGADO PRIMERO
DE LO CIVIL Y MERCANTIL JUEZ TRES, DEL CENTRO
JUDICIAL INTEGRADO DE DERECHO PRIVADO Y SOCIAL,
SAN SALVADOR.
HACE SABER: Que en este Juzgado de conformidad a los Artícu-
los 186 y 462 C.P.C.M., se tramita Juicio Ejecutivo Civil; clasifi cado
bajo la referencia 3579-13-CVPE-1CM3 (E-7-13-7) promovido por la
Licenciada PATRICIA ELENA SÁNCHEZ DE MORÁN, con Número
de Identifi cación Tributaria cero seiscientos catorce- doscientos cuarenta
mil ochocientos setenta y ocho- ciento veintitrés- cero; actuando como
Apoderada General Judicial con Cláusula Especial del FONDO SOCIAL
PARA LA VIVIENDA con Número de Identifi cación Tributaria cero
seiscientos catorce- cero setenta mil quinientos setenta y cinco- cero cero
dos- seis; contra la demandada señora CLAUDIA YANETH LÓPEZ
DE ORELLANA; mayor de edad, de ofi cios domésticos, de domicilio
especial de San Salvador, ahora ignorado, con Documento Único de
Identidad número cero tres millones quinientos cincuenta y tres mil
doscientos ochenta- cuatro, y Número de Identifi cación Tributaria cero
quinientos once- cero cuarenta mil seiscientos ochenta y seis- ciento
dos- uno; fundamentando su pretensión en; prueba testimonial, prueba
documental, declaración de la parte contraria para ambas pretensiones,
y prueba de documentos judiciales.
Lo que se hace saber a la demandada señora CLAUDIA YANETH
LÓPEZ DE ORELLANA, que tiene un plazo de diez días hábiles contados
a partir de la presente publicación para contestar la demanda incoada en
su contra, de conformidad a los Artículos 169 y 462 C.P.C.M., debiendo
comparecer al proceso mediante abogado, a quien deberá otorgar poder
en legal forma, Artículo 66 y 67 Código Procesal Civil y Mercantil;
asimismo se le hace saber a la demandada antes mencionada; que de no
hacerlo el proceso continuará sin su presencia, nombrando un Curador
para que los represente.
LIBRADO EN EL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL Y
MERCANTIL: San Salvador, a las quince horas cincuenta y cinco
minutos del día cinco de diciembre del año dos mil trece.- Licda. AMADA
LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA PRIMERO DE LO
CIVIL Y MERCANTIL, JUEZ TRES SUPLENTE. Licda. AMINDA
MERCEDES CRUZ DE RIVAS, SECRETARIA INTERINA.
1 v. No. F027722
KARLA MARÍA REGINA MURCIA CARRILLO, JUEZA INTERINA
(1) PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, DE ESTE DISTRITO
JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado,
a las nueve horas y dos minutos del día siete de diciembre de dos mil
trece, EMPLAZA en legal forma a la señora ESMERALDA JUDITH
ALAS ALAS, mayor de edad, estudiante, con Número de Identifi ca-
ción Tributaria cero setecientos quince- cero sesenta mil setecientos
setenta y dos- ciento uno- cuatro, de la demanda incoada en su contra
90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
por la Institución de Crédito, Autónoma, de Derecho Público, FONDO
SOCIAL PARA LA VIVIENDA, del domicilio de San Salvador, con
Número de Identifi cación Tributaria cero seiscientos catorce- cero
setenta mil quinientos setenta y cinco- cero cero dos- seis, por medio
de su Apoderada General Judicial con Cláusulas Especiales, Licenciada
PATRICIA ELENA SÁNCHEZ DE MORAN, con Tarjeta de Abogado
número once mil cuatrocientos noventa, con telefax número veintidós
setenta y uno diecisiete cero cuatro, quien presentó el siguiente docu-
mento en original: Testimonio de Escritura Pública de Compraventa
y Mutuo con Garantía Hipotecaria, por la cantidad de CINCUENTA
MIL SEISCIENTOS TREINTA Y DOS COLONES CON SETENTA
Y CUATRO CENTAVOS (¢50,632.74) equivalentes a CINCO MIL
SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS DÓLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMÉRICA CON SESENTA CENTAVOS DE DÓLAR
($5,786.60). Para que en el plazo de DIEZ DÍAS hábiles contados a partir
del día siguiente de efectuadas las publicaciones conteste la demanda
incoada en su contra y pueda preparar la defensa de sus derechos o in-
tereses legítimos, caso contrario el proceso continuará sin su presencia,
conforme lo señalan los Arts. 181 y 182, ambos del CPCM. Haciéndole
a su vez la advertencia sobre la procuración obligatoria conforme lo
establecen los Arts. 67, 68, 69 y 75 todos del CPCM. Lo anterior ha
sido ordenado en el Proceso Ejecutivo Civil, clasifi cado bajo el NUE:
00791-10-PE-1CM1 y Ref. 58-EC-10-10.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San
Salvador, a las nueve horas y cuarenta y cuatro minutos del día dieciséis
de diciembre de dos mil trece.- Licda. KARLA MARÍA REGINA MUR-
CIA CARRILLO, JUEZA INTERINA(1) PRIMERO DE LO CIVIL Y
MERCANTIL. Licda. FLORINDA GARCÍA RIVERA, SECRETARIA
DE ACTUACIONES.
1 v. No. F027723
LICENCIADO HENRY ARTURO PERLA AGUIRRE, JUEZ DE LO
CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA TECLA,
HACE SABER: Que en el proceso Ejecutivo con referencia
612-E-2012-4, el Licenciado OVIDIO CLAROS AMAYA, en calidad
de Apoderado General Judicial con Cláusulas Especiales del FONDO
SOCIAL PARA LA VIVIENDA, que se puede abreviar "EL FONDO",
del domicilio de San Salvador, ubicado en Calle Rubén Darío, número
novecientos uno, entre quince y diecisiete Avenida Sur, San Salvador,
departamento de San Salvador, ha comparecido demandando a la señora
ROSA MORENA TOBIAS DE CONTRERAS, conocida por ROSA
MORENA SOTO TOBIAS, mayor de edad, Ejecutiva de Ventas, del
domicilio de Colón, departamento de La Libertad, con Documento Único
de Identidad número cero dos millones trescientos cuarenta y siete mil
sesenta- seis y Número de Identifi cación Tributaria cero quinientos doce-
ciento veintiún mil cincuenta y seis- cero cero uno- cero; y habiéndose
realizado las diligencias pertinentes para notifi carle a dicha señora la
demanda en su contra, sin obtener un resultado positivo, ya que no se
ha podido encontrar su ubicación; por resolución de las quince horas
con cinco minutos del día quince de noviembre del año dos mil trece,
se ordenó emplazar a la referida demandada por medio de edictos, de
conformidad al Art. 186 del CPCM., por lo que se le notifi ca a la señora
ROSA MORENA TOBIAS DE CONTRERAS, conocida por ROSA
MORENA SOTO TOBIAS, que deberá presentarse a este Juzgado,
a ejercer su derecho constitucional de defensa y contestar la demanda
incoada en su contra a través de Abogado que la represente, a menos
que posea capacidad de postulación, y en caso de carecer de recursos
económicos sufi cientes puede solicitar ser representada gratuitamente
por la Procuraduría General de la República, de conformidad a los Arts.
67 y 75 CPCM, dentro del término de DIEZ DÍAS HÁBILES, contados
desde el día siguiente al de la última publicación de este edicto, el cual
se publicará una sola vez en el Tablero Judicial de este Tribunal, una vez
en el Diario Ofi cial y tres veces en un periódico impreso de circulación
diaria y nacional. Se previene a la demandada que en el mismo plazo
deberá de señalar dirección dentro de la circunscripción territorial de este
Tribunal, o medio técnico para recibir notifi caciones, de conformidad
al Art. 170 CPCM.; de igual forma se advierte que una vez hechas las
publicaciones, si la señora ROSA MORENA TOBIAS DE CONTRERAS,
conocida por ROSA MORENA SOTO TOBIAS, no comparece en el
término concedido, se le nombrará un curador Ad-Lítem, para que la
represente en el proceso, de conformidad al Art. 186 Inc. 4° CPCM.
Lo que se hace del conocimiento del público para efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las quince
horas con siete minutos del día dieciocho de noviembre del año dos mil
trece. Lic. HENRY ARTURO PERLA AGUIRRE, JUEZ DE LO CIVIL
DE SANTA TECLA. Licda. VERÓNICA TATIANA MARTÍNEZ
ESPINAL, SECRETARIA INTERINA.
1 v. No. F027725
LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES,
JUEZA DEL JUZGADO DE LO CIVIL DE DELGADO, DEPARTA-
MENTO DE SAN SALVADOR,
HACE SABER: Que en el Proceso Ejecutivo Civil número 135-
PEC-11-8, promovido por el FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA,
a través de su mandatario(a) Licenciado OVIDIO CLAROS AMAYA,
cuyo título ejecutivo es un(a) Mutuo Hipotecario, del cual se tiene
conocimiento judicial en este Juzgado, se hace saber: Que en virtud de
que en el referido Proceso no se ha llevado a cabo el emplazamiento
en forma personal al demandado señor RENE ANTONIO PADILLA
SALVADOR, por no residir en el lugar proporcionado para tal efecto
por la parte demandante y además se desconoce otro lugar donde poder
emplazar al reseñado señor; de conformidad a lo que dispone el Art. 186
CPCM., se procedió oportunamente a hacer las averiguaciones corres-
pondientes respeto del domicilio del demandado, sin que tales diligencias
hayan arrojado un resultado positivo. Que en razón de lo expuesto por
ignorarse el domicilio del señor RENE ANTONIO PADILLA SALVA-
DOR, se procede a su emplazamiento al juicio de mérito por edictos de
conformidad a lo que dispone el Art. 186 CPCM., los que se publicarán
por tres veces en un periódico impreso de circulación Diaria y Nacional,
por una sola vez en el Diario Ofi cial y en el Tablero Público de esa sede
91DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
Judicial Art. 186 Inc. 3 CPCM. Se hace del conocimiento del señor RENE ANTONIO PADILLA SALVADOR, que deberá comparecer a esta sede judicial a hacer uso de su derecho en el término de ley de lo contrario se le nombrará un Curador Ad-Lítem que lo represente en el respectivo proceso Art. 186 Inc.4 CPCM.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Delgado, a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del día veintidós de abril del año dos mil trece.- Licda. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZA DE LO CIVIL DE DELGADO. Lic. JORGE ROBERTO BURGOS GONZÁLEZ, SECRETARIO.
1 v. No. F027727
JOSÉ DANILO ESCOBAR MIRANDA, JUEZ SUPLENTE QUINTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR, por este medio,
NOTIFICA del decreto de embargo, el cual implica el EMPLA-ZAMIENTO del demandado señor JUAN ALEXANDER GÓMEZ PINEDA, mayor de edad, motorista, del domicilio de Soyapango, de este Departamento, con NIT: 1217-050771-105-5; para que en el plazo máximo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente de la última publicación de este edicto, comparezca a contestar la demanda interpuesta en su contra en el proceso ejecutivo con REF. 04449-11-PE-5CM1 y REF. INTERNA 342-PE-11-3, promovido ante este juzgado por el FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, a través de su Apoderada Judicial Licenciada ANA SILVIA MENJÍVAR MARTÍNEZ, previ-niéndole que al momento de hacerlo manifi este si formulará oposición que considere oportuna de conformidad al Art. 464 CPCM, presentando las documentaciones y justifi caciones que se tuvieran, para realizar el trámite correspondiente de conformidad al Art. 466 y siguientes CPCM, caso contrario se procederá conforme al Art. 465 parte fi nal CPCM; se dictará sentencia sin más trámite, aplicando lo pertinente según el Art. 468 CPCM. De no comparecer el demandado en el plazo establecido, este juzgado procederá a nombrarle un curador Ad Lítem para que lo represente en este proceso ejecutivo, de conformidad al Art. 186 CPCM.
Y para que lo proveído por este Juzgado tenga su legal cumpli-miento, se libra el presente Edicto, en el Juzgado Quinto de lo Civil y Mercantil de San Salvador, a las catorce horas con treinta minutos del día catorce de febrero de dos mil catorce.- Lic. JOSÉ DANILO ES-COBAR MIRANDA, JUEZ SUPLENTE QUINTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN SALVADOR. Lic. DAVID ORLANDO TOBAR MOLINA, SECRETARIO INTERINO.
1 v. No. F027728
LA INFRASCRITA JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL
DE SAN SALVADOR, LICENCIADA PATRICIA IVONNE INGLÉS
AQUINO, AL PÚBLICO EN GENERAL,
HACE SABER: Que el señor HENRY TED CHAVARRÍA
MENJÍVAR, ha sido demandado en proceso ejecutivo civil referencia
número 20-EC-13-3CM1, promovido en su contra por parte del FONDO
SOCIAL PARA LA VIVIENDA, ubicado en Calle Sisimiles, Pasaje
Los Cedros, número ciento ocho, Colonia Miramonte, San Salvador, a
través de su apoderado general judicial con cláusula especial Licenciado
SAMUEL LANDAVERDE HERNÁNDEZ, quien puede ser ubicado en
la misma dirección que su mandante y en el telefax veintidós sesenta-
setenta cuarenta y dos, quien reclama a favor de su poderdante en virtud
del título ejecutivo que corre agregado al presente proceso consistente
en un testimonio de escritura matriz de MUTUO HIPOTECARIO, la
cantidad de CUATRO MIL CUATROCIENTOS TREINTA DÓLARES
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON SESENTA Y OCHO
CENTAVOS DE DÓLAR, con sus respectivos intereses.
Posteriormente a la fecha en que se inició el referido juicio se
presentó el Licenciado SAMUEL LANDAVERDE HERNÁNDEZ, en
el carácter antes expresado manifestando que se ignora el paradero del
demandado HENRY TED CHAVARRÍA MENJÍVAR, por lo que solicitó
que se emplazara al mismo para que compareciera a estar a derecho, de
conformidad al Artículo 186 del Código Procesal Civil y Mercantil.
En consecuencia, se previene al demandado señor HENRY TED
CHAVARRÍA MENJÍVAR, que si tuviere apoderado, procurador u
otro representante legal o curador en el país, se presente a este tribunal
a comprobar dicha circunstancia dentro de los diez días siguientes a la
tercera publicación de este aviso.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil, San Salvador,
a las catorce horas con veinticinco minutos del día diez de diciembre de
dos mil trece.- Licda. PATRICIA IVONNE INGLÉS AQUINO, JUEZA
TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL SAN SALVADOR. Lic.
OSCAR ANTONIO DIAZ, SECRETARIO.
1 v. No. F027729
LICENCIADO HENRY ARTURO PERLA AGUIRRE, JUEZ DE LO
CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA TECLA,
HACE SABER: Que en el proceso con Referencia No. 798-E-
2012-2, ha comparecido la Licenciada DEBORAH JEANNET CHÁVEZ
CRESPÍN, en su calidad de Apoderada General Judicial del FONDO
SOCIAL PARA LA VIVIENDA, y la cual comparece con el objeto de
demandar a los señores MIGUEL ÁNGEL GARCÍA, mayor de edad,
estudiante, del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La
Libertad, con Número de Identifi cación Tributaria un mil doscientos
veinte- cero sesenta mil ciento sesenta y seis- ciento uno- siete;
y MARÍA GLADIS HERNÁNDEZ PALACIOS, mayor de edad,
estudiante, del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La
Libertad, con Número de Identifi cación Tributaria cero quinientos
uno- ciento noventa mil doscientos sesenta y ocho- ciento uno- nueve,
correspondientemente en virtud de la obligación contraída por dichos
demandados en un Testimonio de Escritura Pública de Mutuo otorgado
por los demandados a favor del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA,
que corre agregado al respectivo Juicio, pero habiéndose realizado las
diligencias pertinentes para notifi carle el decreto de embargo al señor
MIGUEL ÁNGEL GARCÍA, sin obtener un resultado positivo ya que
92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
no se ha podido encontrar su ubicación, es por lo anterior que por auto
de las catorce horas con treinta minutos del día veinte de noviembre
del año dos mil trece, se ordenó notifi car el decreto de embargo a dicho
demandado por medio de edictos, de conformidad al Art. 186 del CPCM,
por lo que se le previene al señor MIGUEL ÁNGEL GARCÍA, que
deberá presentarse a este Juzgado a ejercer su derecho constitucional de
defensa y contestar la demanda incoada en su contra, deberá comparecer
por medio de abogado, a menos que posea capacidad de postulación, y
en caso de carecer de los recursos económicos sufi cientes puede acudir
a la Procuraduría General de la República, para que sea representado
gratuitamente de conformidad a lo establecido en los Artículos 67 y
75 CPCM, o en caso que tuviere procurador o representante legal se
presente, dentro del término de diez días hábiles contados desde el día
siguiente al de la última publicación en los medios antes relacionados.
Se advierte que una vez hechas las publicaciones, si dicho demandado
no comparece en el término concedido, se le nombrará un curador Ad-
Lítem para que los represente en el presente proceso de conformidad al
inciso 4° del 186 del CPCM.
Lo que se hace del conocimiento del público para efectos de ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las once horas
con veinticinco minutos del día cinco de febrero del año dos mil catorce.-
Lic. HENRY ARTURO PERLA AGUIRRE, JUEZ DE LO CIVIL DE
SANTA TECLA. Licda. ROSA ANGÉLICA HERNÁNDEZ EUCEDA,
SECRETARIA.
1 v. No. F027731
JOSÉ MANUEL MOLINA LÓPEZ, JUEZ DOS DE LO CIVIL DE
DELGADO.
HACE SABER: Al público para efectos de ley, que a este Juzgado se
ha presentado la Licenciada NORA ELIZABETH HERRERA CARPIO,
como Apoderada del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, que se
abrevia "EL FONDO", promoviendo Proceso Especial Ejecutivo Civil
contra la señora MARLENE DINORA GONZÁLEZ, mayor de edad,
con Número de Identifi cación Tributaria mil ciento veintitrés- ciento
cincuenta y un mil doscientos setenta y dos- ciento uno- tres, hoy de
domicilio ignorado, reclamándole a favor de su Apoderada la cantidad
de MIL DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS DÓLARES CON NOVEN-
TA Y DOS CENTAVOS DE DÓLAR, DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMÉRICA, y las respectivas primas de seguro de vida colectivo,
decreciente y de daños, costas procesales e intereses.
Que habiéndose realizado sin éxito las diligencias pertinentes para
localizar a la demandada señora MARLENE DINORA GONZÁLEZ,
e ignorándose su paradero actual, se solicitó por la Licenciada NORA
ELIZABETH HERRERA CARPIO, que a fi n de notifi car el decreto de
embargo y la demanda que lo motiva a la demandada señora MARLENE
DINORA GONZÁLEZ, para que le sirva de legal emplazamiento, de
conformidad a lo establecido en el Art. 186 CPCM, se practicará el
emplazamiento respectivo por medio de edicto.
En consecuencia, se previene a la demandada señora MARLENE
DINORA GONZALEZ, que si tuviere Apoderado, Procurador, Re-
presentante Legal o Curador en el país, se presenten a este Tribunal a
comprobar dicha circunstancia dentro de los diez días siguientes a la
tercera publicación de este aviso.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Delgado/ Juez Dos; a las
doce horas con veinticinco minutos del día tres de febrero de dos mil
catorce.- Dr. JOSÉ MANUEL MOLINA LÓPEZ, JUEZ DOS DE LO
CIVIL DE DELGADO. Br. ALEX ALBERTO SORTO MELARA,
SECRETARIO.
1 v. No. F027732
LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ
(1) DEL JUZGADO PLURIPERSONAL DE LO CIVIL DE CIUDAD
DELGADO, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR.
HACE SABER: Que en el Proceso Ejecutivo Civil número 9-PEC-
12-6 promovido por el FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA a través
de su mandatario (a) Licenciado GILBERTO ARÉVALO ARÉVALO y
continuado por el Licenciado OVIDIO CLAROS AMAYA, cuyo título
ejecutivo es un (a) Mutuo Hipotecario, del cual se tiene conocimiento
judicial en este Tribunal, se hace saber: Que en virtud de que en el
referido Proceso no se ha llevado a cabo el emplazamiento en forma
personal al señor DOUGLAS GEOVANNI SORIANO IRAHETA, de
treinta y tres años de edad, motorista, con número de Identifi cación
Tributaria 0614-100378-116-4; por no residir en el lugar proporcionado
para tal efecto por la parte demandante y además se desconoce otro
lugar donde poder emplazar al reseñado señor; de conformidad a lo
que dispone el Art. 181 CPCM., se procedió oportunamente a hacer las
averiguaciones correspondientes respecto del domicilio del demandado,
sin que tales diligencias hayan arrojado un resultado positivo. Que en
razón de lo expuesto y por ignorarse el domicilio del señor DOUGLAS
GEOVANNI SORIANO IRAHETA, se procede a su emplazamiento al
juicio de mérito por edictos de conformidad a lo que dispone el Art. 186
CPCM., los que se publicarán por tres veces en un periódico impreso
de circulación Diaria y Nacional, por una sola vez en el Diario ofi cial
y en el Tablero Público de esta sede Judicial Art. 186 Inc. 3 CPCM. Se
hace del conocimiento del señor DOUGLAS GEOVANNI SORIANO
IRAHETA, que deberá comparecer a esta sede judicial a hacer uso de su
derecho en el término de ley de lo contrario se le nombrará un Curador
Ad-Lítem que lo represente en el respectivo proceso Art. 186 Inc. 4
CPCM.
Librado en el Juzgado Pluripersonal de lo civil de Ciudad Delgado,
Juez (1) a las diez horas y quince minutos del día veinte de septiembre
del año dos mil trece.- Licda. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES
FLORES, JUEZA (1) DEL JUZGADO PLURIPERSONAL DE LO
CIVIL DE CIUDAD DELGADO. Lic. JORGE ROBERTO BURGOS
GONZÁLEZ, SECRETARIO.
1 v. No. F027733
93DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
LICENCIADA MARGARITA DE LOS ÁNGELES FUENTES DE
SANABRIA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE TONACATE-
PEQUE, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que en el proceso ejecutivo, promovido por la
Licenciada Silvia Emilia González Escamilla, en calidad de mandataria
del Fondo Social para la Vivienda, se ha ordenado notifi car el decreto de
embargo a la señora Paz del Rosario Panameño de Rivera conocida por
Paz del Rosario Miranda Panameño de Rivera, a fi n de ser emplazada
de la demanda, y habiendo sido buscada según escrito presentado por
la solicitante, ignorándose su actual domicilio y si ha dejado procurador
u otro representante legal acreditado en el país, por lo que solicitó se le
notifi que el decreto de embargo mediante edicto de conformidad Art.186
CPCM., a la referida demandada, quien es mayor de edad, estudiante y
del domicilio de Tonacatepeque, con número de identifi cación tributaria
cero quinientos once-doscientos cuarenta mil ciento setenta y uno-ciento
tres-dos . Razón por la cual el Juzgado ha admitido la solicitud respectiva,
ordenando la publicación del edicto en la forma señalada en el artículo
arriba indicado. Se le previene a la demandada si tuviere procurador o
representante legal se presente este a este Tribunal, dentro de los diez
días después de la última publicación y compruebe dicha circunstancia,
advirtiendo que de no presentarse dentro del plazo antes señalado, el
presente proceso continuará sin su presencia.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tonacatepeque,
a los veinte días del mes de febrero de dos mil catorce.- LIC. MAR-
GARITA DE LOS ÁNGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZA
DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. ANA LETICIA ARIAS ZETINO,
SECRETARIO.-
1 v. No. F027734
JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL, al señor JAIME MAURICIO ACEVEDO
FLORES, de treinta y nueve años de edad, Estudiante, del domicilio de
Mejicanos, en aquel momento con Cédula de Identidad Personal número
cero uno- cero tres- cero nueve ocho cero dos cero; y con Número de
Identifi cación Tributaria cero seiscientos catorce-uno siete cero tres siete
cuatro-ciento tres- uno.;
HACE SABER: Que ha sido demandado en el Proceso Ejecutivo
Mercantil bajo la REF: 128-PEM-2011. (8), por el Licenciado GILBERTO
ENRIQUE ALAS MENENDEZ, con dirección en Condominio Centro
de Gobierno, Apartamento treinta y tres, Séptima Avenida Norte y Trece
Calle Poniente, Centro de Gobierno, San Salvador, en su calidad de Apo-
derada del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, INSTITUCION
AUTONOMA DE DERECHO PUBLICO; y en vista de no ser posible
su localización y desconocer su paradero, la Apoderada de la parte actora
ha solicitado que se le emplace por medio de edicto, de conformidad
al artículo 186 CPCM; y habiéndose ordenado su emplazamiento de la
demanda incoada en su contra por medio de edicto, para que la conteste
dentro de los DIEZ DIAS siguientes a su verifi cación, de conformidad
con el Art. 462CPCM.- Adviértase al demandado, que al contestar la
demanda debe darle cumplimiento a lo que señala el Art. 67 de CPCM.;
es decir, que deberá hacerlo a través de procurador cuyo nombramiento
debe recaer en un Abogado de la República, mandato que debe contener
las facultades contenidas en el Art. 69 Inc.1 CPCM.; y que de no tener
recursos económicos sufi cientes, recurra a la Procuraduría General de
la República, para asistencia legal de conformidad al Art. 75 del Código
Procesal Civil y Mercantil.
Se le previene al demandado, que de no contestar la demanda, el
proceso continuará sin su presencia.
Y para los efectos legales correspondientes se extiende el presente
edicto de emplazamiento, en el Juzgado Civil de Mejicanos, a los die-
ciséis días del mes de diciembre de dos mil trece. LIC. JOSE HUGO
ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL, LICDA. LILIAN ESTELA
AGUIRRE HERNANDEZ, SECRETARIA.-
1 v. No. F027735
LA INFRASCRITA JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCAN-
TIL DE SAN SALVADOR, LICENCIADA KARINA JEANNETTE
MARTINEZ GUEVARA, AL DEMANDADO JUAN CARLOS
HENRIQUEZ PALMA.
HACE SABER: Que en el juicio ejecutivo mercantil, promovido
en esta sede judicial, por el Licenciado GILBERTO ENRIQUE ALAS
MENENDEZ, mayor de edad, abogado, del domicilio de Nuevo Cuscatlán,
actuando en calidad de Apoderado General judicial del FONDO SOCIAL
PARA LA VIVIENDA, contra el demandado señor JUAN CARLOS
HENRIQUEZ PALMA, quien es de paradero desconocido.
Que se ha presentado el Licenciado ALAS MENENDEZ, en el
carácter antes expresado, manifestando que se ignora el paradero del
demandado JUAN CARLOS HENRIQUEZ PALMA, así como se ignora
si tiene apoderado, curador o representante legal, para que lo represente
en el proceso, y habiéndose realizado todas las averiguaciones pertinentes,
de conformidad al artículo 186 del Código Procesal Civil y Mercantil,
pide sea emplazado por medio de edictos, a fi n de que ejerza su derecho
de defensa en el referido proceso.
En consecuencia, emplácese al señor JUAN CARLOS HENRIQUEZ
PALMA, a fi n de que comparezca a este Tribunal, en el plazo de diez
días hábiles, siguientes a la tercera publicación de este edicto, a contestar
la demanda, haciéndose saber que de no presentarse, se le nombrará un
curador ad-lítem y se continuará el proceso.
Adviértase al demandado que al contestar la demanda deberá darle
cumplimiento a lo regulado el Art. 67 del CPCM, es decir, deberá hacerlo
a través de procurador cuyo nombramiento recaiga en abogado de la
República, mandato que contendrá las facultades reguladas en el Art.
69 Inc. 1° CPCM; y de no contar con recursos económicos sufi cientes
recurra a la Procuraduría General de la República, para asistencia legal,
de conformidad al Art. 75 CPCM.
94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil, a las diez
horas del día cinco de diciembre de dos mil trece.- LICDA. KARINA
JEANNETTE MARTINEZ GUEVARA, JUEZA TERCERO DE LO
CIVIL Y MERCANTIL, SAN SALVADOR.- LICDA. LICINIA NUBE
SILIEZER DE ROMERO, SECRETARIA.-
1 v. No. F027737
LA COMISION DEL SERVICIO CIVIL, HOSPITAL ESPECIALI-
ZADO DE MATERNIDAD "DR. RAÚL ARGÜELLO ESCOLAN",
ubicada en Final Calle Arce y 25 Ave. Norte, San Salvador.
AVISA: Que a las quince horas con diez minutos del día cinco
de noviembre del mil trece, referencia 4-CSC-HNM-2013, se admitió
solicitud de DILIGENCIAS DE AUTORIZACION DE DESTITUCION
por la causal " g" del artículo 54 de la Ley del Servicio Civil, en contra
del empleado ; JOSE WILBER ARAGON MENDOZA, de treinta y
tres años de edad, Técnico en enfermería, con último domicilio en San
Rafael Cedros, departamento de Cuscatlán, Documento Único de Iden-
tidad número cero uno ocho uno ocho cero uno siete -tres, número de
Identifi cación tributaria cero siete cero dos- uno cinco cero nueve ocho
cero-uno cero uno - tres, interpuesta por el HOSPITAL ESPECIALI-
ZADO DE MATERNIDAD "DR. RAÚL ARGÜELLO ESCOLAN",
representado por el Licenciado Jorge Alberto Morán Funes, en los
conceptos en ella expuestos y por cumplir los requisitos de ley; por lo
que se EMPLAZA al demandado para que en un plazo de diez días de
efectuada la publicación del presente, ejerza su derecho de defensa de
conformidad al artículo 186 Código Procesal Civil y Mercantil, 55 letra
"b" La ley del Servicio Civil.
San Salvador diecinueve de diciembre de dos mil trece.
LIC. JENNY E. MONTESINOS ALVARADO,
MIEMBRO COMISION,
DIRECCION.
VICTOR MANUEL LOPEZ MENDEZ,
MIEMBRO COMISION,
EMPLEADOS.
REINA ISABEL NOVALES GARCIA DE RUIZ,
MIEMBRO COMISION,
TRIBUNAL.
1 v. No. F027819
MARCA DE SERVICIOS.
No. de Expediente: 2014132701
No. de Presentación: 20140195179
CLASE: 43.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ADELIO
QUINTEROS MELARA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su
calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE
SERVICIOS,
Consistente en: las palabras SUSHI KING y diseño, que se traducen
al castellano como Sushi Rey, que servirá para: AMPARAR: SERVICIO
DE RESTAURANTE. Clase: 43.
La solicitud fue presentada el día diez de enero del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintiocho de enero del año dos mil catorce.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C000069-1
No. de Expediente: 2014133726
No. de Presentación: 20140197211
CLASE: 43.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CATHERINE
ELIZABETH MONDEL REYES, de nacionalidad SALVADOREÑA,
95DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA
DE SERVICIOS,
Consistente en: la frase Casa Hostal El Petate y diseño, que servirá
para: AMPARAR: SERVICIOS DE HOSPEDAJE TEMPORAL. Clase:
43.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de febrero del año
dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinticuatro de febrero del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F027775-1
No. de Expediente: 2013131867
No. de Presentación: 20130193178
CLASE: 42.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado HERNAN
EDGARDO OSORIO BARAHONA, de nacionalidad SALVADO-
REÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la
MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: la expresión E PUNTOS y diseño, que servirá
para: AMPARAR: DISEÑO Y DESARROLLO DE ORDENADORES
Y SOFTWARE. Clase: 42.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de noviembre del año
dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
cinco de diciembre del año dos mil trece.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADORA,
RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F027878-1
No. de Expediente: 2014133139
No. de Presentación: 20140196044
CLASE: 39.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JULIO
CESAR VARGAS SOLANO, en su calidad de APODERADO de
SAN DIEGO, S.A., de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando
el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: las palabras San Diego y diseño, que servirá para:
AMPARAR: DISTRIBUCION Y COMERCIALIZACION DE ENER-
GIA. Clase: 39.
La solicitud fue presentada el día veintinueve de enero del año dos
mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinticuatro de febrero del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F027899-1
96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
MARCA DE PRODUCTO
No. de Expediente: 2014132884
No. de Presentación: 20140195547
CLASE: 25.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ALCIDES
REYES BONILLA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad
de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUC-
TO,
Consistente en: la frase Imperion T-SHIRT S, que se traduce al
castellano como Camiseta imperion, que servirá para: AMPARAR:
CAMISETAS, BLUSAS. Clase: 25.
La solicitud fue presentada el día veinte de enero del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diez de marzo del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C000065-1
No. de Expediente: 2013131648
No. de Presentación: 20130192753
CLASE: 07, 12.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MARTA
ALICIA AGUIRRE DE PEREZ, en su calidad de APODERADO de
GRUPO POWER METAL, S.A., de nacionalidad PANAMEÑA, soli-
citando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
WHX
Consistente en: la expresión WHX, que servirá para: AMPARAR:
MAQUINAS Y HERRAMIENTAS ANILLOS ESFERICOS PARA SO-
PORTES, BANDAS ADHESIVAS PARA POLEAS, CORREAS PARA
TRANSPORTADORES, CORREAS PARA MAQUINAS, CADENAS
DE TRANSMISIÓN QUE NO SEAN PARA VEHICULOS TERRES-
TRES, CIGÜEÑAL, COMPONENTES HIDRAULICOS, JUNTA
UNIVERSAL (CARDAN), JUNTAS MECANICAS, ENGRANAJE
QUE NO SEAN PARA VEHICULOS TERRESTRES, MECANIS-
MOS DE CONTROL PARA MAQUINAS, MOTORES, MOTORES
ELÉCTRICOS QUE NO SEAN PARA VEHICULOS TERRESTRES,
RODAMIENTOS (PARTES DE LA MAQUINA), RODAMIENTOS
DE BOLAS DE ANILLOS, RODAMIENTO DE ANTIFRICCIÓN
PARA MAQUINAS, POLEAS, SOPORTE DE COJINETES PARA
MAQUINAS, SOPORTES PARA MAQUINAS ANTIFRICCIÓN.
Clase: 07. Para: AMPARAR: VEHICULOS; BOMBAS DE AIRE (AC-
CESORIOS DE VEHICULOS); RESORTES AMORTIGUADORES
PARA VEHICULOS; RUEDAS DE VEHICULOS; CADENAS DE AU-
TOMÓVILES; CUBOS DE RUEDAS DE VEHICULOS; MOTORES
ELÉCTRICOS PARA VEHICULOS TERRESTRES; PARACHOQUES
DE VEHICULOS; EJES PARA VEHICULOS; EMBRAGUES PARA
VEHICULOS TERRESTRES; TRANSMISIÓN PARA VEHICULOS
TODO TERRENO; SEGMENTOS DE FRENOS PARA VEHICULOS
ACOPLAMIENTOS Y ELEMENTOS DE TRANSMISIÓN PARA
VEHICULOS TERRESTRES. Clase: 12.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de noviembre del año
dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
siete de marzo del año dos mil catorce.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C000068-1
97DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
ACEPTACION DE HERENCIA
CRISTIAN ALEXANDER GUTIERREZ, Juez Segundo de lo Civil y
Mercantil de la Ciudad de San Miguel.
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas con treinta
y dos minutos del día tres de marzo de dos mil catorce, se ha tenido por
aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte del señor
HERNAN ALFREDO MARTINEZ, mayor de edad, comerciante, de
este domicilio, en calidad de heredero testamentario de la causante; la
herencia testamentaria que dejó al fallecer la señora MARIA ELSA
COLATO DE MARTINEZ, quien fue de sesenta y tres años de edad,
casada, comerciante, originaria de Guatajiagua, departamento de Morazán,
hija de BLANCA ELVIRA COLATO; fallecida a las cuatro horas con
treinta y seis minutos del día uno de enero de dos mil catorce, en hospital
San Francisco, siendo su último domicilio la ciudad de San Miguel.-
Confiérasele al heredero declarado, HERNAN ALFREDO
MARTINEZ, la administración y representación interina de la sucesión
testamentaria, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente; y se cita a los que se crean con derecho a la referida
herencia, para que se presenten a deducirlo dentro de los quince días
posteriores a la tercera publicación de este edicto.
Lo que se pone de conocimiento del público para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil, de la Ciudad
de San Miguel, a los tres días del mes de marzo de dos mil catorce.-LIC.
CRISTIAN ALEXANDER GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO
CIVIL Y MERCANTIL.- LIC. JUAN CARLOS HERNANDEZ PEREZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C000010-2
LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA; Juez de lo Civil, del Distrito
Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público
para los efectos de Ley,
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las nueve
horas y quince minutos del día veintiuno de febrero del corriente año.
Se declaró herederas expresamente y con benefi cio de inventario de la
herencia intestada que al fallecer a las veintidós horas del día veintitrés
de septiembre del año dos mil once, en el Caserío La Escuela, del
Cantón Ocote, de la jurisdicción de Polorós, distrito y Departamento
de La Unión, su último domicilio, dejó la causante Gabina Bonilla de
Yanes, conocida por Gabina Bonilla, de parte de las señoras María
Perfecta Yanes Viuda de Romero, conocida por María Perfecta Yanes
Bonilla; Albertina Yanes Bonilla; Leticia Yanes Bonilla; Juliana Yanes
de Castillo, conocida por Juliana Yanes; y Florencia Yanes Bonilla, en
concepto de hijas sobrevivientes de la causante antes mencionada, de
conformidad con el artículo 988 numeral 1º C.c., y a la señora Anastacia
Yanes Bonilla, en concepto de hija sobreviviente de la causante antes
expresada Representada ésta por su Curador Especial Licenciado Simeón
Humberto Velásquez Reyes, quien la acepta la herencia en su nombre
y representación, de conformidad con los Artículos 988 numeral 1°, y
1167 ambos del Código Civil. Se les confi ere a las herederas declaradas
en el carácter dicho la administración y representación INTERINA de
los bienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de
los curadores de la herencia yacente. Extiéndase para sus publicaciones
los edictos correspondientes.
Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, Departa-
mento de La Unión, a los veinticinco días del mes de febrero de dos mil
catorce.-LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.-
LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C000016-2
CARLOS ARMAS REYES, Notario, con Ofi cina Jurídica, situada en
Avenida Tres de Abril número Veinte de esta Ciudad.
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas del día once
de diciembre del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente
y con benefi cio de inventario de parte del señor ALEX WALTER
ALDANA PEÑA, la herencia testamentaria que a su defunción dejó
la señora CONCEPCION ALDANA DIAZ, quien falleció a las siete
horas y veinte minutos del día dieciséis de octubre del dos mil trece,
en el Cantón Lourdes, Ciudad Colón, Departamento de La Libertad,
habiéndosele conferido al aceptante indicado, la Administración y
Representación interinas de la sucesión con las facultades de ley, en
concepto de heredero testamentario de la referida causante.-
Lo que se avisa al público para los efectos de ley.
Librado en la ciudad de Armenia, a los doce días del mes de
diciembre del año dos mil trece.-
CARLOS ARMAS REYES,
NOTARIO.
3 v. alt. No. F027375-2
DE SEGUNDA PUBLICACIÓN
98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
LICDA. JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERON, Jueza de lo
Civil de este Municipio Judicial.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a
las nueve horas con veinticinco minutos del día doce de febrero del dos
mil catorce, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de
inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida en el Cantón
San José Ahuacatitán, Jurisdicción de San Marcos, siendo también su
último domicilio, el día diez de mayo de mil novecientos noventa y
nueve, dejó el causante MANUEL AQUINO, conocido por MANUEL
AQUINO ORELLANA, de parte del señor VICTOR MANUEL AQUINO
ARRIOLA, en su calidad de hijo y como cesionario de los derechos
hereditarios que en abstracto en la presente sucesión le correspondía a
las señoras NOEMY AQUINO ARRIOLA y ANA GLORIA AQUINO
DE MARTINEZ, en su calidad de hijas del referido causante.
Se ha conferido al aceptante la administración y representación
interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
Cítense a los que se crean con derecho a la herencia en mención,
para que transcurridos el término de quince días, después de la tercera
publicación de este edicto, concurran a este Tribunal a hacer uso de sus
derechos.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos,
Departamento de San Salvador, a las diez horas y cuarenta minutos
del día diecinueve de febrero de dos mil catorce.- LICDA. JUDITH
GUADALUPE MAZA CALDERON, JUEZA DE LO CIVIL.- LIC.
ANTONIO CORTEZ GOMEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F027423-2
LICDA. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DE
PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD
BARRIOS,
HACE SABER: Que por resolución de las quince horas y treinta y
cinco minutos del día dieciocho de diciembre del año dos mil trece, se
ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de
la herencia intestada que a su defunción dejó la señora MARIA CAN-
DELARIA HERNANDEZ DE CASTILLO o MARIA CANDELARIA
HERNANDEZ MACHADO DE CASTILLO o MARIA CANDELARIA
HERNANDEZ MACHADO o MARIA CANDELARIA HERNANDEZ,
conocida registralmente como MARIA CANDELARIA HERNANDEZ
DE CASTILLO o MARIA CANDELARIA HERNANDEZ MACHADO
DE CASTILLO; quien falleció el día tres de octubre del año dos mil once,
en el Cantón Ostucal, Caserío El Tamarindo, Jurisdicción de San Luis de
la Reina, Departamento de San Miguel; siendo éste su último domicilio;
de parte de los señores ERNESTO CASTILLO REYES, NOLVIA AVI-
GAIL CASTILLO HERNANDEZ o NOLVIA AVIGAIL CASTILLO
DE ARGUETA y ERIKA YESENIA CASTILLO HERNANDEZ; el
primero en calidad de esposo y la segunda y tercera en calidad de hijas
de la causante, y también como cesionarios de los derechos hereditarios
que le correspondían a la señora MARIA SARA MACHADO viuda DE
HERNANDEZ, en su calidad de madre de la referida causante.
Habiéndoles conferido a los aceptantes declarados en el carácter
indicado, la Administración y Representación INTERINA de la Suce-
sión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia
Yacente.
Y CITA: a los que se crean con Derecho a la Herencia referida
para que se presenten a deducirlo dentro del término de QUINCE DIAS,
contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ciudad Barrios,
Departamento de San Miguel, a las quince horas y cinco minutos del
día veinte de diciembre del año dos mil trece.- LICDA. ANA LETICIA
ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC.
EDWIN BLADIMIR PORTILLO ZULETA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F027460-2
LICDA. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DE
PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD
BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL.
HACE SABER: Que por resolución de las quince horas y diez
minutos del día veinticinco de octubre del año dos mil trece, se ha tenido
por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia
intestada que a su defunción dejó la señora SONIA DEL CARMEN
FRANCO INTERIANO o SONIA DEL CARMEN FRANCO, conocida
registralmente como SONIA DEL CARMEN INTERIANO FRANCO o
SONIA DEL CARMEN FRANCO; quien falleció el día catorce de enero
de la año dos mil doce, en Colonia Boillat, Ciudad Barrios, Departamento
de San Miguel; siendo éste su último domicilio; de parte de la señora
NORMA VERONICA FRANCO MACHADO, en calidad de hija de la
causante, todo de conformidad al Art. 1163 del Código Civil.
Habiéndole conferido a la aceptante declarada en el carácter indicado,
la Administración y Representación INTERINA de la Sucesión, con las
facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
99DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
Y CITA: a los que se crean con derecho a la herencia referida para
que se presenten a deducirlo dentro del término de QUINCE DIAS,
contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ciudad Barrios,
Departamento de San Miguel, a las quince horas y cinco minutos del día
treinta y uno de octubre del año dos mil trece.- LICDA. ANA LETICIA
ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC.
EDWIN BLADIMIR PORTILLO ZULETA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F027500-2
DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito
Judicial, al público para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas del día
diez de marzo del año dos mil catorce, se ha tenido por aceptada expre-
samente y con benefi cio de inventario de parte de los señores MARIA
LEONOR GONZALEZ DE IRAHETA, ahora viuda DE IRAHETA,
ANACLETA DE LOS ANGELES, ENCARNACION ARACELY,
MARIA ELSA, JESUS HUMBERTO, WILBER ANTONIO, Y MIRNA
ELIZABETH, todos de apellidos IRAHETA GONZALEZ, la herencia
intestada que a su defunción dejó el causante señor SECUNDINO AL-
BERTO ROMERO, conocido por SECUNDINO ALBERTO IRAHETA,
SECUNDINO ALBERTO ROMERO IRAHETA y por SECUNDINO
ALBERTO IRAHETA ROMERO, quien fue de setenta y seis años de
edad, Agricultor en Pequeño, fallecido a las veinte horas veinte minutos
del día veintisiete de enero de dos mil catorce, en el Hospital Nacional
Santa Gertrudis, de la ciudad de San Vicente, departamento de San Vi-
cente, lugar de su último domicilio, la primera en concepto de cónyuge
sobreviviente de la causante, y los seis restantes en concepto de hijos
del referido causante.
Y se ha nombrado a los aceptantes en las calidades antes mencio-
nadas, administradores y representantes interinos de la Sucesión, con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las catorce horas
diez minutos del día diez de marzo de dos mil catorce.- DRA. ANA FE-
LICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. LILIAN MABEL
RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F027502-2
HERENCIA YACENTE
MARIA ELENA PEREZ ANAYA, JUEZA DE LO CIVIL INTERINA,
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución dictada en este Tribunal, a
las diez horas veinte minutos del día dieciocho de octubre de dos mil
trece, se ha tenido declarado yacente la herencia intestada dejada a su
defunción por el señor ERASMO JACO REYES, quien fue de ochenta
y dos años de edad, empleado, soltero, originario de Santa Ana, y del
domicilio de Quezaltepeque, siendo esta ciudad su último domicilio,
fallecido el día veinticinco de marzo de dos mil cuatro, en el Hospital
Nacional Rosales, de San Salvador, y nómbrase Curador a la Licenciada
IRMA ELENA FLORES RODRIGUEZ, para que lo represente.
A quien se le hace saber este nombramiento para su aceptación,
juramento y demás efectos de Ley.
Lo que se hace saber al público en general para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las once
horas y seis minutos del día tres de febrero de dos mil catorce.- LICDA.
MARIA ELENA PEREZ ANAYA, JUEZA DE LO CIVIL, INTA.- LIC.
JOSE ELEAZAR CARDONA GUEVARA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F027391-2
TÍTULO DE PROPIEDAD
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL, AL PÚBLICO.
HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado el Licenciado
CARLOS ALFREDO PORTILLO CRUZ, quien actúa en nombre y
representación del señor SANTOS NAPOLEÓN AMAYA GUEVARA,
de veintinueve años de edad, Motorista, de este origen y domicilio, con
Documento Único de Identidad número: cero cinco millones treinta y
dos mil setecientos veintitrés-dos; y Tarjeta de Identifi cación Tributaria
número: un mil doscientos dieciséis-cero ochenta y un mil ochenta y dos-
ciento dos-cero; solicitando TÍTULO DE PROPIEDAD de dos inmuebles
de naturaleza urbana, situados en el Barrio San Antonio, de esta Villa;
el PRIMERO de la capacidad superfi cial de UN MIL TRESCIENTOS
SETENTA Y NUEVE PUNTO NOVENTA Y OCHO METROS CUA-
DRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: mide
veintinueve punto treinta metros, linda con propiedad del señor Aquileo
Guevara, muro de piedras, concreto, bloques, y cerco de tela metálica
propio de por medio; AL NORTE: mide cincuenta y uno punto sesenta
100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
metros, linda con propiedad de los señores José Apolonio Del Cid Pineda,
y Emilio Téllez, con el primero cerco de alambre propio de por medio
y con el segundo muro de piedra y concreto propio de por medio; AL
PONIENTE: mide veintinueve punto ochenta metros, linda con terreno
de María de Jesús Portillo de Pineda y Guadalupe Amaya Portillo, calle
de por medio; AL SUR: mide cuarenta y uno punto ochenta metros, linda
con propiedad de la señora Paula Rivera, cerco de alambre propio. En el
inmueble antes descrito existe una casa de construcción mixta, techo de
tejas paredes de ladrillo de ciento ochenta y dos metros cuadrados de cons-
trucción. EL SEGUNDO: de la capacidad superfi cial de SEISCIENTOS
SETENTA PUNTO TREINTA Y SIETE METROS CUADRADOS, de
las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: consta de dos tramos:
el primero mide dos punto treinta metros, el segundo mide diecisiete
punto setenta metros, linda en el primer tramo con propiedad del señor
Ricardo Amaya Guevara, cerco de alambre del colindante de por medio,
y en el segundo tramo con Luis Alcides Pineda, cerco de alambre y
piedra propio de por medio; AL NORTE: mide cuarenta metros, linda
con propiedad de la señora María Gregoria Pineda, cerco de alambre de
la colindante de por medio; AL PONIENTE: mide catorce punto sesenta
metros, linda con propiedad del señor Ricardo Amaya Guevara, calle de
por medio; AL SUR: mide treinta y siete punto cincuenta metros, linda
con propiedad del señor Ricardo Amaya Guevara, cerco de alambre del
colindante de por medio. Que los inmuebles descritos no son dominantes,
ni sirviente, no tienen ninguna carga, ni derecho real que pertenezca a
otra persona, ni se encuentra en proindivisión con nadie y su representado
valúa el primero en la cantidad de QUINCE MIL DÓLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA; y el segundo en la cantidad de
CINCO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE
AMÉRICA. Que los inmuebles los adquirió su representado mediante
contrato de donación de Posesión Material, que a su favor hicieron el
señor y la señora Bernabé Donato Amaya y la señora María Jesús Gue-
vara de Amaya, el día tres de septiembre del año dos mil doce, quienes
tenían más de diez años de poseerlos, por tanto le asiste el derecho de
posesión que los anteriores dueños ejercieron en forma quieta, pacífi ca
e ininterrumpida. Que durante el tiempo de poseer los inmuebles, han
ejercido sobre él actos de verdadero dueño, tales como cuidarlo, hacer
construcciones, modifi caciones, sin que persona alguna desde aquella
fecha hasta hoy le haya disputado la posesión, reconociéndole tal con-
cepto todos sus deudos, amigos y vecinos en general. Que el inmueble
antes descrito carece de documento inscrito o que se pueda inscribir.
Lo que se hace del conocimiento al público, para los efectos de
Ley consiguientes.
Alcaldía Municipal de San Luis de la Reina, departamento de San
Miguel, a los veintiocho días del mes de enero del año dos mil catorce.-
JOSE FERMÍN SORTO REQUENO, ALCALDE MUNICIPAL.- LIC.
JOSÉ ANTONIO MÁRQUEZ GUZMÁN, SECRETARIO MUNICI-
PAL.
3 v. alt. No. F027462-2
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL, AL PÚBLICO.
HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado el Licenciado
CARLOS ALFREDO PORTILLO CRUZ, quien actúa en nombre y
representación de la señora SARA NOHEMÍ DEL CID DE AMAYA,
de treinta y un años de edad, de ofi cios domésticos, de este origen y
domicilio, con Documento Único de Identidad número: cero un millón
novecientos cuarenta y nueve mil quinientos cuarenta y cinco-ocho; y
Tarjeta de Identifi cación Tributaria número: un mil doscientos cator-
ce- doscientos veinte mil doscientos ochenta y dos-ciento uno-nueve;
solicitando TÍTULO DE PROPIEDAD de un inmueble del cual su
representado es dueño y actual poseedor, que se describe así: Un terreno
de naturaleza urbana, situado en el Barrio San Antonio, de esta Villa,
de la capacidad superfi cial de CIENTO SETENTA Y OCHO PUNTO
VEINTICINCO METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos
siguientes: AL ORIENTE: mide once metros, linda con propiedad del
señor José Segundo Portillo Cruz, calle de por medio; AL NORTE: mide
catorce metros, linda con propiedad del señor José Lino Medrano, pared
de bloque de la casa del colindante, en una parte y en otra parte tapial de
bloques propio de por medio; AL PONIENTE: mide doce metros, linda
con propiedades de los señores Juan Portillo Barrera y José Federico
Amaya Portillo, tapial de bloques propio de por medio; AL SUR: mide
diecisiete metros, linda con propiedad del señor José Federico Amaya,
Portillo, en una parte pared de la casa del colindante de por medio y en
otra parte muro de bloques propio de por medio. Que el inmueble descrito
no es dominante, ni sirviente, no tiene ninguna carga, ni derecho real que
pertenezca a otra persona, ni se encuentra en proindivisión con nadie y
su representada lo valúa en la suma de DIEZ MIL DÓLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Que el inmueble lo adquirió su
representada mediante contrato de Compraventa de Posesión Material,
que a su favor hizo el señor JOSÉ RICARDO AMAYA PORTILLO,
el día uno de junio del año dos mil trece, quien tenía más de siete años
de poseerlo, por tanto le asiste el derecho de posesión que la anterior
dueña ejerció en forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida. Que durante el
tiempo de poseer el inmueble, han ejercido sobre él actos de verdadero
dueño, tales como cuidarlo, hacer construcciones, modifi caciones, sin
que persona alguna desde aquella fecha hasta hoy le haya disputado la
posesión, reconociéndole tal concepto todos sus deudos, amigos y vecinos
en general. Que el inmueble antes descrito carece de documento inscrito
o que se pueda inscribir.
Lo que se hace del conocimiento al público, para los efectos de
Ley consiguientes.
Alcaldía Municipal de San Luis de la Reina, departamento de San
Miguel, a los veintiocho días del mes de enero del año dos mil catorce.-
JOSÉ FERMÍN SORTO REQUENO, ALCALDE MUNICIPAL.- LIC.
JOSÉ ANTONIO MÁRQUEZ GUZMÁN, SECRETARIO MUNICI-
PAL.
3 v. alt. No. F027463-2
101DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL, AL PÚBLICO.
HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado el Licenciado
CARLOS ALFREDO PORTILLO CRUZ, quien actúa en nombre y
representación del señor JOSÉ ELÍAS PORTILLO AGUIRRE, de cin-
cuenta y un años de edad, Comerciante, de este origen y domicilio, con
Documento Único de Identidad número: cero un millón ciento treinta y
ocho mil novecientos dieciséis - seis; y Tarjeta de Identifi cación Tributaria
número: un mil doscientos dieciséis-doscientos diez mil doscientos se-
senta y dos-ciento uno-tres; solicitando TÍTULO DE PROPIEDAD de
un inmueble del cual su representado es dueño y actual poseedor, que
se describe así: Un terreno de naturaleza urbana, situado en el Barrio El
Centro, de esta Villa, de la capacidad superfi cial de CIENTO OCHENTA
Y OCHO PUNTO CINCUENTA Y SEIS METROS CUADRADOS,
de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: mide once metros,
con treinta centímetros linda con propiedad de la señora Rosa Isabel
Carballo de Portillo, calle de por medio; AL NORTE: mide diecinueve
metros con ochenta y cinco centímetros, linda con propiedad del señor
Douglas Bladimir Ramos, paredes propias de las casas de ambos colin-
dantes de por medio; AL PONIENTE: mide siete metros con sesenta y
cinco centímetros, linda con propiedad que pertenece a la sucesión del
señor Santiago Ramos, muro de bloques propio de por medio; AL SUR:
consta de tres tramos, el primero mide siete metros, el segundo mide tres
metros con sesenta y cinco centímetros, y el tercero mide doce metros
con ochenta centímetros, en los primeros dos tramos linda con resto del
terreno que le queda a la vendedora Juliana Portillo, muro de bloques
del comprador de por medio, y el tercer tramo linda con propiedad del
señor Federico Portillo Aguirre, en una parte pared de ladrillo medianera
de por medio y en otra parte pared de las casas de ambos colindantes de
por medio. Que el inmueble descrito no es dominante, ni sirviente, no
tiene ninguna carga, ni derecho real que pertenezca a otra persona, ni
se encuentra en proindivisión con nadie y su representado lo valúa en
la suma de VEINTE MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMÉRICA. Que el inmueble lo adquirió su representado mediante
contrato de Compraventa de Posesión Material, que a su favor hizo la
señora Juliana Portillo, el día treinta y uno de julio del año dos mil trece,
quien tenía más de veinte años de poseerlo, por tanto le asiste el dere-
cho de posesión que la anterior dueña ejerció en forma quieta, pacífi ca
e ininterrumpida. Que durante el tiempo de poseer el inmueble, han
ejercido sobre él actos de verdadero dueño, tales como cuidarlo, hacer
construcciones, modifi caciones, sin que persona alguna desde aquella
fecha hasta hoy le haya disputado la posesión, reconociéndole tal con-
cepto todos sus deudos, amigos y vecinos en general. Que el inmueble
antes descrito carece de documento inscrito o que se pueda inscribir.
Lo que se hace del conocimiento al público, para los efectos de
Ley consiguientes.
Alcaldía Municipal de San Luis de la Reina, departamento de San
Miguel, a los veintiocho días del mes de enero del año dos mil catorce.-
JOSE FERMÍN SORTO REQUENO, ALCALDE MUNICIPAL.- LIC.
JOSÉ ANTONIO MÁRQUEZ GUZMÁN, SECRETARIO MUNICI-
PAL.
3 v. alt. No. F027464-2
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL, AL PÚBLICO.
HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado el Licenciado
CARLOS ALFREDO PORTILLO CRUZ, quien actúa en nombre y
representación del Señor JOSÉ FEDERICO PORTILLO AGUIRRE, de
cuarenta y nueve años de edad, comerciante, de este origen y domicilio,
con Documento Único de Identidad número: cero un millón doscientos
veinte mil veintiséis-ocho; y Tarjeta de Identifi cación Tributaria número:
un mil doscientos dieciséis-doscientos mil ciento sesenta y cuatro-ciento
tres-cero; solicitando TÍTULO DE PROPIEDAD de un inmueble del cual
su representado es dueño y actual poseedor, que se describe así: Un terreno
de naturaleza urbana, situado en el Barrio El Centro, de esta Villa, de la
capacidad superfi cial de CIENTO CUATRO METROS CUADRADOS,
de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: mide doce metros,
linda con propiedad de la señora Rosa Isabel Carballo de Portillo, calle
de por medio; AL NORTE: mide doce metros con ochenta centímetros,
linda con propiedad del señor José Elías Portillo Aguirres, en una parte
pared de ladrillo medianero de por medio, y en otra parte pared de las
casas de ambos colindantes de por medio; AL PONIENTE: mide tres
metros con setenta centímetros, pared del inmueble que se titula, linda
con resto de terreno que quedó a la vendedora Juliana Portillo; AL SUR:
consta de cinco tramos, el primero mide cuatro metros con sesenta y
cinco centímetros, el segundo mide tres metros con veinte centímetros,
102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
el tercero mide dos metros con treinta centímetros, el cuarto mide cuatro
metros con ochenta y cinco centímetros, y el quinto mide seis metros
con diez centímetros, en el primero, segundo y cuarto tramo, pared de
la casa del titulante de por medio, en el cuarto tramo, pared de la casa
de la que fue vendedora Juliana Portillo, y en el quinto tramo, calle
pública de por medio, linda con inmueble de la Iglesia de Dios. Que
el inmueble descrito no es dominante, ni sirviente, no tiene ninguna
carga, ni derecho real que pertenezca a otra persona, ni se encuentra en
proindivisión con nadie y su representado lo valúa en la suma de DIEZ
MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Que el
inmueble lo adquirió su representado mediante contrato de Compraventa
de Posesión Material, que a su favor hizo la señora Juliana Portillo, el
día treinta y uno de julio del año dos mil trece, quien tenía más de veinte
años de poseerlo, por tanto le asiste el derecho de posesión que la anterior
dueña ejerció en forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida. Que durante el
tiempo de poseer el inmueble, han ejercido sobre él actos de verdadero
dueño, tales como cuidarlo, hacer construcciones, modifi caciones, sin
que persona alguna desde aquella fecha hasta hoy le haya disputado la
posesión, reconociéndole tal concepto todos sus deudos, amigos y vecinos
en general. Que el inmueble antes descrito carece de documento inscrito
o que se pueda inscribir.
Lo que se hace del conocimiento al público, para los efectos de
Ley consiguientes.
Alcaldía Municipal de San Luis de la Reina, departamento de San
Miguel, a los veintiocho días del mes de enero del año dos mil catorce.-
JOSÉ FERMÍN SORTO REQUENO, ALCALDE MUNICIPAL.- LIC.
JOSÉ ANTONIO MÁRQUEZ GUZMÁN, SECRETARIO MUNICI-
PAL.
3 v. alt. No. F027465-2
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL, AL PÚBLICO.
HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado el Licenciado
CARLOS ALFREDO PORTILLO CRUZ, quien actúa en nombre y
representación del señor LORENZO ARGUETA ARGUETA, de sesenta
y ocho años de edad, empleado, y la señora BRAULIA MARTÍNEZ
MÁRQUEZ, de cincuenta y ocho años de edad, ama de casa, ambos
de este domicilio, portadores de sus Documentos Únicos de Identi-
dad números en su orden: cero cinco millones ciento treinta y un mil
ochocientos veintiocho-seis, cero cinco millones ciento treinta y cuatro
mil veintitrés-tres; y Tarjetas de Identifi cación Tributarias números en
su orden: un mil doscientos dieciséis-cien mil ochocientos cuarenta y
cuatro-ciento uno-tres, y un mil doscientos catorce-doscientos sesenta
mil trescientos cincuenta y cuatro-ciento dos-siete; solicitando TÍTULO
DE PROPIEDAD de un inmueble de naturaleza urbana, situado en el
Barrio Los Henríquez de esta Villa, de la capacidad superfi cial de SETE-
CIENTOS DOCE METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos
siguientes: AL ORIENTE: mide diecisiete metros, linda con propiedad del
Ministerio de Educación, calle de por medio; AL NORTE: mide treinta
y un metros, linda con propiedad del señor Cayetano Medina, calle de
por medio; AL PONIENTE: mide veintitrés metros, linda con propiedad
de la señora Odilia Navarrete viuda de Vásquez, cerco de malla ciclón
de la colindante de por medio; AL SUR: mide treinta y nueve metros,
linda actualmente con propiedad del titulante Lorenzo Argueta Argueta.
Que el inmueble descrito no es dominante, ni sirviente, no tiene ninguna
carga, ni derecho real que pertenezca a otra persona, ni se encuentra en
proindivisión con nadie y sus representados lo valúan en la cantidad de
DIEZ MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.
Que el inmueble lo adquirieron sus representados mediante contrato de
compraventa de posesión material, que a su favor hizo la señora Irma
Romero Cedillos, el día doce de diciembre del año dos mil, quien tenía
más de diez años de poseerlos, por tanto les asiste el derecho de posesión
que la anterior dueña ejerció en forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida.
Que durante el tiempo de poseer los inmueble, han ejercido sobre él
actos de verdaderos dueños, tales como cuidarlos, hacer construcciones,
modifi caciones, sin que persona alguna desde aquella fecha hasta hoy
les haya disputado la posesión, reconociéndole tal concepto todos sus
deudos, amigos y vecinos en general. Que el inmueble antes descrito
carece de documento inscrito o que se pueda inscribir.
Lo que se hace del conocimiento al público, para los efectos de
Ley consiguientes.
Alcaldía Municipal de San Luis de la Reina, departamento de San
Miguel, a los veintiocho días del mes de enero del año dos mil catorce.-
JOSÉ FERMÍN SORTO REQUENO, ALCALDE MUNICIPAL.- LIC.
JOSÉ ANTONIO MÁRQUEZ GUZMÁN, SECRETARIO MUNICI-
PAL.
3 v. alt. No. F027466-2
103DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
TITULO SUPLETORIO
EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA,
DEPARTAMENTO DE MORAZAN, AL PUBLICO PARA EFECTOS
DE LEY,
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado
OMAR ALBERTO ROMERO FUENTES, como Apoderado General
Judicial del señor OVIDIO DE JESUS ORTEZ, a solicitar a favor de
éste TITULO SUPLETORIO, sobre un Inmueble de naturaleza rústica,
situado en el Cantón Estancia, Jurisdicción de Cacaopera, Morazán; de
la capacidad Superfi cial de MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y
SEIS METROS PUNTO VEINTICINCO DECIMETROS CUADRA-
DOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE, mide
treinta y tres metros, con resto del terreno del compareciente que lo fue
el señor MENELIO SAENZ ROMERO; cerco de alambre de por medio;
AL NORTE, mide cuarenta y seis metros con resto del terreno del com-
pareciente, que lo fue MENELIO SAENZ ROMERO; AL PONIENTE,
treinta y dos metros con terreno de CARLOS SALMERON, calle de
por medio; y AL SUR, mide cuarenta y tres metros con resto del terreno
del compareciente que lo fue el señor MENELIO SAENZ ROMERO.
Dicho inmueble lo adquirió por Compra de Posesión Material que le
hizo al señor MENELIO SANEZ ROMERO; se estima en el precio de
MIL CIENTO CUARENTA Y DOS DOLARES CON OCHENTA Y
SEIS CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Fran-
cisco Gotera, Morazán, a los cuatro días del mes de marzo del dos mil
catorce. LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2°.
DE 1a. INSTANCIA. LIC. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE
NAVARRO, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C000017-2
Licenciado JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo
de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para efectos
de Ley,
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado
OMAR ALBERTO ROMERO FUENTES, como Apoderado General
Judicial del señor LIDIA FUENTES GONZALEZ, a solicitar a favor de
éste TITULO SUPLETORIO, sobre: Un inmueble de naturaleza rústica
situado en el Cantón Sunsulaca, jurisdicción de Cacaopera, Departa-
mento de Morazán, con una extensión superfi cial original de SIETE
MIL METROS CUADRADOS, actualmente reducido a TRES MIL
TREINTA Y NUEVE PUNTO CUARENTA METROS CUADRADOS,
por haberse hecho anteriormente dos desmembraciones; que mide y linda
al ORIENTE, mide setenta y nueve metros con cero nueve centímetros,
con terreno de Lino Fuentes, antes hoy de Evangelina Hernández y
Agustín González, cerco de alambre de por medio; al NORTE, mide
ciento veintidós metros con noventa y tres centímetros, con terreno de
Perseveranda Chicas, antes hoy José Adeloy González Fuentes, con cerco
de alambre de por medio; al PONIENTE, mide ciento cuatro metros
con cero cuatro centímetros con terreno de Santos Salmerón, Misión
Bautista El Salvador y Cándido Argueta Pérez, calle que de Chilanga
conduce a Cacaopera de por medio; y al SUR, mide sesenta y cuatro
metros con noventa centímetros, con terreno de Máximo Molina, antes
hoy Santos Fuentes Molina, cerco de alambre de por medio. Lo valora
en la cantidad de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA; y lo adquirió por compraventa de la posesión material
por Escritura Pública que le efectuó el señor VICTORIANO FUENTES
GONZALEZ.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco
Gotera, a las diez horas y quince minutos del día veinticinco de febrero
de dos mil catorce. LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA,
JUEZ 2°. DE 1a. INSTANCIA. LIC. KARINA ELIZABETH IGLESIAS
DE NAVARRO, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C000018-2
Licenciado JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo
de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para efectos
de Ley,
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado la Licenciada
CLAUDIA LIZZETTE BONILLA GAMEZ, como Apoderada General
Judicial del señor JOSE ORLANDO MARQUEZ GARCIA, a solicitar
a favor de éste TITULO SUPLETORIO, sobre: Un terreno de natura-
leza rústica, situado en el caserío El Mozote, cantón La Guacamaya,
jurisdicción de Meanguera, Departamento de Morazán, de la capacidad
superfi cial de SESENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS SESENTA
METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: al
PONIENTE, consta de ocho tramos rectos: Tramo Uno, rumbo Norte,
treinta y nueve grados trece minutos catorce segundos Oeste, con una
distancia de ciento setenta y seis metros sesenta y nueve centímetros;
Tramo Dos, rumbo Norte, treinta y nueve grados trece minutos catorce
segundos Oeste, con una distancia de treinta y tres metros; Tramo Tres,
rumbo Norte cuarenta y siete grados treinta y cuatro minutos cuarenta
y nueve segundos Oeste, con una distancia de ciento sesenta y cuatro
metros treinta y tres centímetros; Tramo Cuatro, rumbo Norte setenta
y tres grados treinta y seis minutos treinta y ocho segundos Oeste, con
una distancia de treinta y cinco metros cuarenta y cuatro centímetros;
Tramo Cinco, rumbo Norte ochenta y tres grados treinta y un minutos un
segundo Este, con una distancia de cuarenta y cuatro metros veintiocho
centímetros; tramo seis, rumbo Norte treinta y cuatro grados veintidós
minutos cuarenta y nueve segundos Oeste, con una distancia de ciento
quince metros once centímetros; tramo siete, rumbo Norte, treinta y nueve
grados, ocho minutos treinta y ocho segundos Oeste, con una distancia
de cincuenta y cinco metros cuarenta y cuatro centímetros; Tramo Ocho:
rumbo norte diez grados cincuenta y tres minutos ocho segundos Oeste,
con una distancia de veintiséis metros cuarenta y ocho centímetros, linda
con terreno del señor José Humberto Pereira Márquez; al NORTE, consta
de tres tramos rectos; Tramo Nueve, rumbo Norte cincuenta y cinco
grados veinticuatro minutos veintiocho segundos Este, con una distancia
de treinta y cinco metros veintitrés centímetros; Tramo Diez, rumbo
Norte ochenta y tres grados cuarenta y tres minutos cuarenta y cuatro
segundos Este, con una distancia de noventa y un metros cincuenta y
cinco centímetros; Tramo Once, rumbo Sur setenta y tres grados cincuenta
y tres minutos doce segundos Este, con una distancia de noventa y tres
104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
metros sesenta y ocho centímetros, linda con la señora María Martina
Claros; al ORIENTE, consta de siete tramos rectos; Tramo Doce, rumbo
Sur veintinueve grados once minutos cincuenta y un segundos Este, con
una distancia de treinta y ocho metros noventa y cinco centímetros;
Tramo Trece, rumbo Sur veintiún grados cero minutos cuarenta y tres
segundos Este, con una distancia de doscientos diez metros cincuenta y
cinco centímetros; Tramo Catorce, rumbo Sur veintiún grados cuarenta
y nueve minutos veintisiete segundos Este, con una distancia de ochenta
y un metros sesenta centímetros; Tramo Quince, rumbo Sur treinta y
siete grados dieciocho minutos catorce segundos Este, con una distancia
de veintiséis metros cuarenta centímetros; Tramo dieciséis, rumbo Sur
diecisiete grados veinticinco minutos cinco segundos Este, con una
distancia de cincuenta y tres metros cuarenta y tres centímetros; Tramo
diecisiete, rumbo Sur cinco Grados dieciocho minutos cincuenta y dos
segundos Este, con una distancia de cuarenta y tres metros diecinueve
centímetros; y, Tramo Dieciocho rumbo Sur treinta y dos grados nueve
minutos ocho segundos Oeste, con una distancia de cuarenta y un metros
treinta y cuatro centímetros, linda con el señor José Ernesto Márquez
Márquez, calle que conduce al Caserío El Mozote de por medio; el
rumbo Sur termina en vértice, linda con terreno de José Antonio Chica
Argueta, calle que conduce a El Jícaro de por medio. Los valora en la
cantidad de DIEZ MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA; y, los adquirió por compraventa de la posesión material por
Escritura Pública que le efectuó Santos Socorro Márquez.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco
Gotera, a las catorce horas del día catorce de enero de dos mil catorce.
LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2°. DE 1a.
INSTANCIA. LIC. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011995-2
EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-
PARTAMENTO DE MORAZAN, AL PUBLICO PARA EFECTOS
DE LEY,
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado
OSCAR ARNOLDO CANIZALEZ GARCIA, como Apoderado General
Judicial del señor FRANCISCO PERAZA PORTILLO MARTINEZ,
a solicitar a favor de éste TITULO SUPLETORIO, sobre un inmueble
de naturaleza rústica, situado en el Cantón La Montaña, caserío Hoja de
Sal, Jurisdicción de Osicala, Departamento de Morazán; de la capacidad
Superfi cial de DOS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y TRES METROS
CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE,
sesenta y un metros, colinda con terreno de Roberto Membreño, cerco
de piña del colindante de por medio; AL NORTE, cuarenta y un metros
colinda con terreno del señor Doroteo Villalta, quebrada de por medio;
AL PONIENTE, sesenta y dos metros, colinda con terreno de la señora
Felipa de Jesús Peraza, cerco de alambre del colindante de por medio;
y AL SUR, cuarenta y tres metros, colinda con terreno de Silverio
Chicas, camino vecinal de por medio.- Dicho inmueble lo adquirió por
compraventa de Posesión que le hizo al señor José Hudil Gómez Majano;
se estima en el precio de UN MIL QUINIENTOS DOLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco
Gotera, a los veintidós días del mes de enero del dos mil catorce. LIC.
JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2°. DE 1a. INS-
TANCIA. LIC. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F027421-2
TITULO DE DOMINIO
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ALEGRÍA, DEPAR-
TAMENTO DE USULUTÁN,
AVISA AL PÚBLICO: Que a esta Municipalidad se ha presentado la
Licenciada ANGELA ELENA BENAVIDES GUEVARA, en su carácter
de Apoderada General Judicial de la señora ERNESTINA ELIZABETH
BELTRAN DE PLEITEZ, solicitando TITULO DE DOMINIO a favor
de su apoderada, de un inmueble de naturaleza urbana situado en Barrio
El Calvario, calle al Cementerio, de la ciudad de Alegría, departamento
de Usulután, de la Capacidad Superfi cial de CUARENTA PUNTO SE-
TENTA Y SIETE METROS CUADRADOS, y según solicitud tiene las
medidas y colindancias siguientes AL NORTE: mide ocho metros, antes
según datos de Catastro no se encuentra registrado ningún propietario,
sólo en mención calle de por medio, ahora colinda con JOSE FIDEL
SALGADO, AL ORIENTE: mide nueve metros con treinta centímetros
colinda antes con MARIA CLAUDIA EUSEBIA HERNANDEZ y
FIDELINA POLIO DE HERNANDEZ, ahora con ALBERTO RIVAS,
AL SUR: mide siete metros con sesenta centímetros antes según datos
de catastro no se encuentra registrado ningún propietario ahora con
DOLORES PORTILLO; AL PONIENTE: mide nueve metros con
cincuenta centímetros, antes con MARIA DEL CARMEN CORTEZ
DE PORTILLO, ahora con DOLORES PORTILLO.
Los colindantes son todos de la jurisdicción de Alegría; el inmueble
se encuentra acotado por cercas que lo circundan, no es dominante, ni
sirviente, no tiene cargas ni derechos reales que pertenezcan a tercera
persona, no se encuentra en proindivisión con nadie; y la solicitante es-
tima el inmueble en la cantidad de MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE NORTEAMÉRICA, y lo obtuvo por medio de compraventa
que la realizó a MARIA OLIMPIA BELTRÁN, quien ya falleció, y lo
ha poseído de buena fe de manera quieta, pacífi ca e ininterrumpida por
más de doce años consecutivos.
Lo que se avisa al público para efectos legales.
Dado en la Alcaldía Municipal de Alegría, a las ocho horas con
cincuenta minutos del veintinueve de enero de dos mil catorce. RENE
SAUL SANCHEZ FUNES, ALCALDE MUNICIPAL, ALEGRIA,
USULUTAN. RICARDO ANTONIO TURCIOS BATRES, SECRE-
TARIO MUNICIPAL, ALEGRIA, USULUTAN.
3 v. alt. No. F027339-2
105DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
RENOVACION DE MARCAS
No. de Expediente: 2000004554
No. de Presentación: 20130193106
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MILAGRO ELIZABETH MORALES CASTRO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de PRODUCTOS ALIMENTICIOS DIANA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: PRODUCTOS ALIMENTICIOS DIANA, S.A. DE C.V. o DIANA, S.A. DE C.V., del domicilio de SOYAPANGO, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00219 del Libro 00185 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las palabras SORBETE DIANA, escrita en letras de molde mayúsculas de color negro. Sobre la palabra SORBETE no se le concede exclusividad; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintisiete días del mes de enero del año dos mil catorce.
PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C000019-2
No. de Expediente: 2001020840
No. de Presentación: 20130193112
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MILAGRO ELIZABETH MORALES CASTRO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de PRODUCTOS ALIMENTICIOS DIANA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: PRODUCTOS ALIMENTICIOS DIANA, S.A. DE C.V. o DIANA, S.A. DE C.V., del domicilio de Soyapango, Departamento de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00177 del Libro 00187 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión POP-QUESITO, escrita en letras de molde mayúsculas, de color negro; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintisiete días del mes de enero del año dos mil catorce.
PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C000020-2
NOMBRE COMERCIAL
No. de Expediente: 2013131453
No. de Presentación: 20130192368
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ROMMEL GILBERTO VILLACORTA AREVALO, en su calidad de REPRE-SENTANTE LEGAL de UNIDAD DE RADIOLOGIA Y ULTRA-SONOGRAFIA SAN FRANCISCO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: UNIRAD, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: la palabra UNIRAD y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A LA PRESTACION DE SERVICIOS MEDICOS QUIRURGICOS, PROPORCIONANDO LOS SERVICIOS ESPECIALIZADOS EN EL AREA DE RADIOLOGIA.
La solicitud fue presentada el día once de noviembre del año dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dos de diciembre del año dos mil trece.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C000001-2
106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
No. de Expediente: 2013131447
No. de Presentación: 20130192357
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ROMMEL GILBERTO VILLACORTA AREVALO, en su calidad de REPRESEN-TANTE LEGAL de INVERSIONES MEDICAS SAN FRANCISCO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: INVERSIONES MEDICAS SAN FRANCISCO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: la frase HOSPITAL SAN FRANCISCO y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A LA PRESTACION DE SERVICIOS MEDICOS QUIRURGICOS, PRO-PORCIONANDO ADEMAS LOS SERVICIOS ESPECIALIZADOS DE HOSPITALIZACION PARA LA CURACION DE ENFERME-DADES DE TODO TIPO, EL ALQUILER DE HABITACIONES O CUARTOS PARA LOS ENFERMOS Y LA PRESTACION DE TODA CLASE DE SERVICIOS Y MATERIALES NECESARIOS O COM-PLEMENTARIOS PARA LA RECUPERACION DE LA SALUD.
La solicitud fue presentada el día once de noviembre del año dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dos de diciembre del año dos mil trece.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C000002-2
No. de Expediente: 2013131450
No. de Presentación: 20130192364
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ROMMEL GILBERTO VILLACORTA AREVALO, en su calidad de REPRESEN-TANTE LEGAL de INVERSIONES MEDICAS SAN FRANCISCO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: INVERSIONES MEDICAS SAN FRANCISCO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: la frase LABORATORIO CLINICO SAN FRAN-CISCO y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A LA PRESTACION DE SERVICIOS MEDICOS QUI-RURGICOS, LA PRESTACION DE TODA CLASE DE SERVICIOS Y MATERIALES NECESARIOS O COMPLEMENTARIOS PARA LA
RECUPERACION DE LA SALUD, ADEMAS LA REALIZACION Y PRESTACION A SUS PACIENTES DE EXAMENES MEDICOS Y SERVICIOS DE LABORATORIO CLINICO, MEDIANTE EL ANA-LISIS DE CUALQUIER TIPO DE PRUEBAS Y PRODUCTOS.
La solicitud fue presentada el día once de noviembre del año dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, tres de diciembre del año dos mil trece.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C000003-2
No. de Expediente: 2013131449
No. de Presentación: 20130192362
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ROMMEL GILBERTO VILLACORTA AREVALO, en su calidad de REPRESEN-TANTE LEGAL de INVERSIONES MEDICAS SAN FRANCISCO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: INVERSIONES MEDICAS SAN FRANCJSCO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: la frase UNIDAD DE NEUROLOGIA Y NEURO-CIRUGIA SAN FRANCISCO y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A LA PRESTACION DE SERVICIOS MEDICOS QUIRURGICOS, PROPORCIONANDO ADEMAS LOS SERVICIOS ESPECIALIZADOS DE HOSPITALIZACION PARA LA CURACION DE ENFERMEDADES DE TODO TIPO, EL ALQUILER DE HABITACIONES O CUARTOS PARA LOS ENFERMOS Y LA PRESTACION DE TODA CLASE DE SERVICIOS Y MATERIALES NECESARIOS O COMPLEMENTARIOS PARA LA RECUPERA-CION DE LA SALUD.
La solicitud fue presentada el día once de noviembre del año dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, tres de diciembre del año dos mil trece.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C000004-2
107DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
No. de Expediente: 2013131452
No. de Presentación: 20130192367
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ROMMEL GILBERTO VILLACORTA AREVALO, en su calidad de REPRESEN-TANTE LEGAL de INVERSIONES MEDICAS SAN FRANCISCO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INVERSIONES MEDICAS SAN FRANCISCO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: la frase UNIDAD DE PEDIATRIA SAN FRAN-CISCO y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A LA PRESTACION DE SERVICIOS MEDICOS QUIRURGICOS, PROPORCIONANDO ADEMAS LOS SERVICIOS ESPECIALIZADOS DE HOSPITALIZACION PARA LA CURACION DE ENFERMEDADES DE TODO TIPO, EL ALQUILER DE HABITA-CIONES O CUARTOS PARA LOS ENFERMOS Y LA PRESTACION DE TODA CLASE DE SERVICIOS Y MATERIALES NECESARIOS O COMPLEMENTARIOS PARA LA RECUPERACION DE LA SA-LUD.
La solicitud fue presentada el día once de noviembre del año dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, tres de diciembre del año dos mil trece.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C000005-2
No. de Expediente: 2013131451
No. de Presentación: 20130192366
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ROMMEL GILBERTO VILLACORTA AREVALO, en su calidad de REPRESEN-TANTE LEGAL de INVERSIONES MEDICAS SAN FRANCISCO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia:
INVERSIONES MEDICAS SAN FRANCISCO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: la frase UNIDAD DE HEMODIALISIS SAN FRANCISCO y DISEÑO, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A LA PRESTACION DE SERVICIOS MEDICOS QUIRURGICOS, PROPORCIONANDO ADEMAS LOS SERVICIOS ESPECIALIZADOS DE HOSPITALIZACION PARA LA CURACION DE ENFERMEDADES DE TODO TIPO, EL ALQUILER DE HABITACIONES O CUARTOS PARA LOS ENFERMOS Y LA PRESTACION DE TODA CLASE DE SERVICIOS Y MATERIALES NECESARIOS O COMPLEMENTARIOS PARA LA RECUPERA-CION DE LA SALUD.
La solicitud fue presentada el día once de noviembre del año dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, tres de diciembre del año dos mil trece.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C000006-2
No. de Expediente: 2014133936
No. de Presentación: 20140197611
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIA LUCRECIA MARTINEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE CO-MERCIAL,
Consistente en: las palabras IMPORTACIONES MARTINEZ y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A: IMPORTACION DE VEHICULOS, VENTA DE VEHICULOS, MOTOCICLETAS, REPUESTOS.
108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
La solicitud fue presentada el día veintisiete de febrero del año dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, siete de marzo del año dos mil catorce.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C000012-2
No. de Expediente: 2013132309
No. de Presentación: 20130194541
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ANA VICKY MORALES ALFONSO, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de SISTEMA PREMOLDEADO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: PREMOLDEADO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: la palabra NuPi y diseño, que servirá para: IDEN-TIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICADO A LOS SERVICIOS DE PUBLICIDAD Y MERCADEO.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de diciembre del año dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de enero del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C000023-2
CONVOCATORIAS
CONVOCATORIA
El Administrador Único de COMPAÑIA HOTELERA SALVADO-
REÑA, S.A.
CONVOCA: A sus accionistas para celebrar Junta General Ordinaria
a las ocho horas con treinta minutos del día 8 de abril del año dos
mil catorce, en el Salón Mesoamérica de Hotel Crowne Plaza, situado
en Colonia Escalón en esta ciudad, conforme la siguiente agenda:
1. Establecimiento del Quórum.
2. Lectura y aprobación del acta anterior.
3. Memoria de Labores del Administrador Único, ejercicio
2013.
4. Lectura y aprobación del Balance General, el Estado de
Resultados y Estado de Cambios en el Patrimonio al 31 de
diciembre de 2013 e informe del Auditor Externo.
5. Aplicación y Distribución de Utilidades.
6. Nombramiento del Auditor Externo y Fiscal y fi jación de sus
honorarios.
El quórum legal para celebrar sesión en primera convocatoria de
Junta General Ordinaria, será de la mitad más una de las acciones que
tengan derecho de voto; y para resolver será necesario el voto de la
mitad más una de las acciones que estén presentes o representadas en
la sesión.
De no haber quórum en la fecha señalada se convoca para el
miércoles nueve de abril del año dos mil catorce a la misma hora y en
el mismo local, en cuyo caso, el quórum se integrará con el número de
acciones presentes o representadas que concurran y para tomar resolución
favorable deberá obtenerse el voto de la mitad más una de las acciones
presentes o representadas.
Aclaramos a Usted(es) que de conformidad con el Artículo 131
del Código de Comercio, no podrán ser representantes de acciones
los Administradores, ni el Auditor; tampoco podrá una sola persona
representar más de la cuarta parte del capital social, salvo sus propias
acciones o de las que sea representante legal.
San Salvador, a los once días del mes de marzo del año dos mil
catorce.
ROBERTO F. SIMAN,
ADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIO.
COMPAÑIA HOTELERA SALVADOREÑA, S.A.
3 v. alt. No. C000008-2
109DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
CONVOCATORIA
El Administrador Único Propietario de La Sociedad, TV Producciones
S.A. de C.V. Por este medio convoca a sus accionistas a celebrar: JUNTA
GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS.
PRIMERA CONVOCATORIA
DIA: 24 DE ABRIL DE 2014
HORA: 3:00 PM
LUGAR: Instalaciones de la Sociedad, Avenida Las Palmas No. 135,
Colonia San Benito, San Salvador. PARA TRATAR LA SIGUIENTE
AGENDA:
1. Verifi cación de quórum conforme a la ley.
2. Apertura de la Junta General de Accionistas.
3. Lectura y Ratifi cación de Acta anterior.
4. Memoria de Labores e informe de actividades del año 2013,
y someterla a aprobación.
5. Presentación de los estados fi nancieros del ejercicio 2013, y
someterlos a aprobación.
6. Informe del auditor externo.
7. Nombramiento del auditor externo para el ejercicio 2014, y
fi jarle sus emolumentos.
8. Nombramiento del auditor Fiscal para el ejercicio 2014, y
fi jarle sus emolumentos.
9. Aplicación de resultados.
10. Nombramiento del Administrador Único Propietario y Ad-
ministrador Único Suplente de la Sociedad.
DE NO PODER INICIARSE POR FALTA DE QUORUM A LA
HORA SEÑALADA, LA SEGUNDA CONVOCATORIA SE PRO-
GRAMA PARA EL MISMO LUGAR Y HORA DEL 25 DE ABRIL
DE 2014.
Para celebrar Junta en primera convocatoria deberá estar presente
la mitad más uno de las acciones y las resoluciones se tomarán por
la mayoría de votos presentes. En segunda convocatoria la Junta se
celebrará cualquiera que sea el número de acciones representadas y sus
resoluciones se tomarán por mayoría de los votos presentes.
San Salvador, 12 de marzo de 2014.
JOSE ISIDRO RAMIREZ,
ADMINISTRADOR UNICO.
T.V. PRODUCCIONES S.A. DE C.V.
3 v. alt. No. C000014-2
CONVOCATORIA
La Junta Directiva del CENTRO RADIOLOGICO MAXILOFACIAL,
S.A. DE C.V.
CONVOCA: A los señores accionistas a Junta General Ordinaria
a celebrarse en el Centro Comercial Villas Españolas, Paseo General
Escalón, local C-12, entrada por la puerta del sol de esta ciudad, de las
dieciocho horas en adelante del día 07 de abril de 2014.
LA AGENDA A TRATAR ES LA SIGUIENTE:
1) Establecimiento del Quórum.
2) Lectura y aprobación del acta anterior.
3) Memoria de Labores de la Junta Directiva del ejercicio
2013.
4) Aprobación del balance general al 31 de diciembre de
2013.
5) Tratamiento de las utilidades.
6) Nombramiento y fi jación de honorarios del auditor.
7) Cualquier otro punto que la Asamblea General decida tratar
y que pueda conocerse.
Para celebrarse esta Junta General Ordinaria, deben estar presente
o representados cuando menos la mitad más una acción que conforma
el capital social.
En caso de no haber quórum en la hora y fecha señalada anteriormente
por este medio se convoca a Junta General Ordinaria para celebrarse
en segunda convocatoria a las dieciocho horas del día 08 de abril del
presente año, en el mismo lugar con cualquiera que sea el número de
acciones presentes o representadas, y las resoluciones se tomarán por
la mayoría de los votos presentes.
S.S. 12 de marzo de 2014.
DR. JAIME ALBERTO GUTIERREZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F027577-2
CONVOCATORIA
El Administrador Único de VALORES SALVADOREÑOS, S.A.
CONVOCA: A sus accionistas para celebrar Junta General Ordi-
naria y Extraordinaria de Accionistas, a las nueve horas del día viernes
once de abril del año dos mil catorce, en las Ofi cinas situadas en 87
110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
Avenida Norte y Calle El Mirador, Edifi cio Torre Futura, Nivel 20, en
la Colonia Escalón de esta ciudad, conforme a la siguiente agenda:
PUNTOS ORDINARIOS:
1. Aprobación de la agenda.
2. Lectura del acta anterior.
3. Lectura de la Memoria Anual de Labores del Administrador
Único del Ejercicio 2013.
4. Estado de Resultados y Estado de Cambios en el Patrimonio
por el período comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre
de 2013 y Balance General al 31 de diciembre de 2013.
5. Lectura del Informe del Auditor del Ejercicio 2013.
6. Aplicación de Resultados.
7. Nombramiento del Auditor Externo y fi jación de sus hono-
rarios.
PUNTOS EXTRAORDINARIOS:
1. Acuerdo de disolución y liquidación de la sociedad.
2. Nombramiento de liquidadores y ejecutores especiales del
proceso de disolución y liquidación.
3. Nombramiento de Auditor Fiscal para el proceso de disolución
y liquidación, y fi jación de sus honorarios.
El quórum legal para celebrar sesión de Junta General Ordinaria
en primera convocatoria será con la asistencia y participación de la mi-
tad más una de las acciones que forman el capital social, o sea tres mil
seiscientas una acciones, y las resoluciones serán tomadas por la mitad
más una de las acciones presentes o representadas en dicha sesión.
En caso de no reunirse quórum necesario en la primera convoca-
toria, por este medio se convoca a los accionistas por segunda vez, para
celebrar Junta General Ordinaria y Extraordinaria en el lugar señalado, a
las nueve horas del día lunes catorce de abril del año dos mil catorce,
para tratar la misma agenda.
En segunda convocatoria la Junta General Ordinaria podrá instalarse
con cualquiera que sea el número de acciones presentes o representadas
y para resolver será necesario el voto de la mitad más una de las acciones
que estén presentes o representadas en la sesión.
Para conocer sobre los asuntos de carácter extraordinario en pri-
mera convocatoria, de conformidad al pacto social será necesario que se
encuentren presentes o representadas por lo menos las tres cuartas partes
de las acciones que forman el capital social y para resolver será necesario
el voto del setenta y cinco por ciento de las acciones que componen el
capital social.
Para conocer sobre los asuntos de carácter extraordinario en se-gunda convocatoria, de conformidad al pacto social será necesario que se encuentren presentes o representadas por lo menos la mitad más una de las acciones que representan el capital social, es decir tres mil tres-cientas sesenta y una acciones, y para tomar resolución favorable deberá obtenerse el voto de las tres cuartas partes de las acciones presentes y representadas.
San Salvador, catorce de marzo de dos mil catorce.
HERBERT M. BLANDON,
ADMINISTRADOR UNICO.
VALORES SALVADOREÑOS, S.A.
3 v. alt. No. F027740-2
CONVOCATORIA
LA JUNTA DIRECTIVA DE LA ASOCIACION SALVADOREÑA DE INDUSTRIALES (ASI). De conformidad a lo establecido en los Artículos 18, 21, 22 y 23 de sus Estatutos.
CONVOCA: a sus Asociados a la SEPTUAGESIMA TERCERA JUNTA GENERAL ORDINARIA, que se verifi cará a las diecisiete horas del día Martes ocho de Abril del año dos mil catorce, en el Hotel Sheraton Presidente, Colonia San Benito, de esta Ciudad, para conocer y resolver la siguiente AGENDA:
1. Establecimiento de quórum y apertura de la Sesión.
2. Lectura y aprobación del Acta de la Septuagésima Segunda Junta General Ordinaria de Asociados celebrada el 17 de abril del año 2013.
3. Informe del Presidente y Memoria de Labores, correspondiente al año 2013-2014.
4. Informe del Tesorero sobre el estado económico de la Aso-ciación.
5. Estados Financieros de la Asociación, correspondientes al año 2013 e informe del Auditor.
6. Elección de Auditores Externo y Fiscal. Fijación de sus honorarios.
7. Juramentación de Nuevos Socios.
8. Elección y Juramentación de Junta Directiva Período 2014-2016.
9. Puntos Varios.
En caso de no haber quórum a la hora señalada, dicha Junta General Ordinaria se efectuará en el mismo lugar, a las dieciocho horas de ese mismo día, con el número de Asociados que concurran.
San Salvador, doce de marzo del año dos mil catorce.
JAVIER ERNESTO SIMAN DADA,
PRESIDENTE.
3 v. alt. No. F028288-2
111DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014. DISMINUCION DE CAPITAL
El infrascrito Secretario de la Junta General de Accionistas de la Sociedad "INVERSIONES MEDICAS SAN FRANCISCO, SOCIEDAD ANO-NIMA DE CAPITAL VARIABLE", que se abrevia "INVERSIONES MEDICAS SAN FRANCISCO, S. A. DE C. V." inscrita en el Registro de Comercio al número DIEZ del Libro UN MIL SETECIENTOS OCHENTA Y OCHO del Registro de Sociedades, el día trece de marzo del año dos mil tres CERTIFICA: Que acta número veinticuatro de sesión ordinaria de General de Accionistas celebrada el día treinta y uno de mayo de 2013, se trató acordar el siguiente punto: PUNTO SIETE: Se acuerda por unanimidad realizar disminución de capital social variable por la suma de $500,000.00 a través de canje de acciones por equipo hospitalario y no hospitalario entregado a cada uno de los accionistas el cual será hasta por un monto de $353,800.00 para el año 2013 y los restantes $146,200.00 para el año 2014.
Y para los usos que sean necesarios se extiende la presente certi-fi cación del punto de acta, en la Ciudad de San Miguel, a los diez días, del mes de marzo de dos mil catorce.-
DR. ROMAN ALFARO GUTIERREZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C000206/C012000-2
La Infrascrita Secretaria de la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad OFICINAS PRODUCTIVAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse OFICINAS PRO-DUCTIVAS, S. A. DE C. V. CERTIFICA:
Que en el Libro de Actas de Junta General de Accionistas debida-mente legalizado que lleva esta Sociedad, aparece asentados el PUNTO NÚMERO TRES del Acta de Sesión de Junta General Extraordinaria de Accionistas número DIECISÉIS celebrada a las quince horas del día dieciocho de diciembre de dos mil trece, en la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, se ACORDÓ:
3) DISMINUCION DE CAPITAL.
El Presidente de la Junta sometió a consideración de los accionistas la necesidad de disminuir el capital social mínimo de la sociedad para amortización de deudas. La estructura actual del capital de la sociedad es la siguiente:
CAPITAL SOCIAL Y MÍNIMO: UN MILLON SETECIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS COLONES equivalentes a DOSCIENTOS TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON CATORCE CENTAVOS DE DÓLAR, divididos en OCHO MIL OCHOCIENTAS NOVENTA Y SEIS ACCIONES comunes y nomi-nativas de DOSCIENTOS COLONES exactos cada una equivalentes a VEINTIDOS DÓLARES CON OCHENTA Y SEIS CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA cada una. Se propone la disminución de capital social de la sociedad mediante la amortización de OCHO MIL OCHOCIENTAS SIETE acciones, la cual será realizada proporcionalmente a cada uno de los accionistas, conforme a su participación en el capital de la sociedad, en la parte variable en la cantidad de UN MILLON SETECIENTOS SESENTA Y UN MIL SETECIENTOS COLONES equivalentes a DOSCIENTOS UN MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON CATORCE CENTAVOS DE DÓLAR, lo cual es aprobado por unanimidad por todos los accionistas presentes o representados. Como consecuencia de todo lo anterior, la sociedad girará con un capital social totalmente suscrito y pagado de DIECISIETE MIL QUINIENTOS COLONES equivalentes a DOS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, divididos en DOS MIL
ACCIONES comunes y nominativas de OCHO COLONES SETENTA Y CINCO CENTAVOS DE COLON cada una equivalentes a UN DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; siendo el capital social mínimo de DIECISIETE MIL QUINIENTOS COLONES equivalentes a DOS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA y el capital variable de OCHENTA Y DOS MIL QUINIENTOS COLO-NES equivalentes a NUEVE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON CIN-CUENTA Y SIETE CENTAVOS DE DÓLAR.
La Junta General Extraordinaria de Accionistas aprueba por una-nimidad el punto en mención.
Y para los fi nes que estime convenientes extiendo la presente en la ciudad de San Salvador, a los dieciocho días del mes de diciembre de dos mil trece.-
CARLA ANGELICA CORDOVA DE RIVAS.
Secretario de Junta General Extraordinaria de Accionistas
OFICINAS PRODUCTIVAS, S. A. DE C. V.
3 v. alt. No. F027492-2
MARCA DE SERVICIOS
No. de Expediente: 2013129081
No. de Presentación: 20130188189
CLASE: 41.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha (n) presentado LEONOR GUADALUPE ALVARENGA DE CASTELLANOS, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de MARISCAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia MARISCAL S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: la palabra ECOMAYAN y diseño, que servirá para: AMPARAR EDUCACION, FORMACION, ESPARCIMIENTO, ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES. Clase: 41.
La solicitud fue presentada el día treinta y uno de julio del año dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de octubre del año dos mil trece.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C000021-2
112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
REPOSICIÓN DE PÓLIZA DE SEGURO
AVISO
ASEGURADORA POPULAR, S. A.,
Hace del conocimiento al público en general que a nuestras ofi ci-
nas se ha presentado el señor MARTÍN GRANADOS SÁNCHEZ, del
domicilio de San Salvador, solicitando reposición de la póliza de seguro
de vida individual No. VO-05.294, emitida por esta compañía a su favor
con fecha 06 de octubre de 1986. Si dentro de 30 días contados a partir de
la fecha de este aviso, no se presentare oposición, la compañía procederá
a reponer la mencionada póliza.
San Salvador, 07 de marzo de 2014.
JACQUELINE LIZETH HERNÁNDEZ,
SEGURO DE PERSONAS,
ASEGURADORA POPULAR, S.A.
3 v. alt. No. F027387-2
AVISO
ASEGURADORA POPULAR, S.A.,
Hace del conocimiento al público en general que a nuestras ofi cinas
se ha presentado el señor CARLOS ALBERTO ROMERO del domicilio
de San Salvador, solicitando reposición de la póliza de seguro de vida
individual No. VO-08.943, emitida por esta compañía a su favor con
fecha 27 de diciembre de 1993. Si dentro de 30 días contados a partir de
la fecha de este aviso, no se presentare oposición, la compañía procederá
a reponer la mencionada póliza.
San Salvador, 07 de marzo de 2014.
JACQUELINE LIZETH HERNÁNDEZ,
SEGURO DE PERSONAS,
ASEGURADORA POPULAR, S.A.
3 v. alt. No. F027388-2
MARCA DE PRODUCTO
No. de Expediente: 2014133624
No. de Presentación: 20140197069
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado HERMINIA
JOSEFA LOPEZ DE JUAREZ, en su calidad de REPRESENTANTE
LEGAL Y ADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIO de ALMAPA,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia:
ALMAPA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando
el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: la expresión: $1$2$3 DOLLAR STORES y di-
seño, se traduce al castellano las palabras dollar stores como: Tiendas
de Dólar, que servirá para: AMPARAR: VENTAS AL POR MENOR,
VENTAS PARA TERCEROS; PRESENTACIÓN DE PRODUCTOS
EN CUALQUIER MEDIO DE COMUNICACION PARA SU VENTA
AL POR MENOR. Clase: 35.
La solicitud fue presentada el día diecisiete de febrero del año dos
mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
cuatro de marzo del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNÁNDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C000007-2
113DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
No. de Expediente: 2013127629
No. de Presentación: 20130185618
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado
GUILLERMO GUILLEN PORRAS, en su calidad de APODERADO
de CENTRAL DULCERA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE que se abrevia: CENDUL, S.A. DE C.V., de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUC-
TO,
Consistente en: la frase YO SOLO QUIERO CARAMELO
BLANDO PARA NIÑOS SABOR PERA y diseño, que servirá para:
AMPARAR: CARAMELO BLANDO CON SABOR A PERA. Clase:
30.
La solicitud fue presentada el día siete de junio del año dos mil
trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
cuatro de marzo del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011998-2
No. de Expediente: 2013127632
No. de Presentación: 20130185621
CLASE: 30.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado
GUILLERMO GUILLEN PORRAS, en su calidad de APODERADO
de CENTRAL DULCERA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro
de la MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: la frase YO SOLO QUIERO CARAMELO
BLANDO PARA NIÑOS SABOR FRESA y diseño, que servirá para:
AMPARAR: CARAMELO BLANDO SABOR A FRESA. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día siete de junio del año dos mil
trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintiocho de febrero del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011999-2
No. de Expediente: 2013131855
No. de Presentación: 20130193137
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LUIS
GUILLERMO RODRIGUEZ MARROQUIN, en su calidad de REPRE-
SENTANTE LEGAL de GRUPO VELRO, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: GRUPO VELRO, S.A. DE
C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la
MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: las palabras THE WALL y diseño, que se traduce al
castellano como La Pared, que servirá para: AMPARAR: POSTERS; LI-
114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
TOGRAFÍAS; CROMOLITOGRAFÍAS; CALCOMANÍAS; OBJETOS
DE ARTE GRABADOS; OBJETOS DE ARTE LITOGRAFIADOS;
CUADROS DE PINTURA ENMARCADOS O NO; LETREROS DE
PAPEL O CARTÓN; LIENZOS PARA PINTAR; RETRATOS. Clase:
16.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de noviembre del año
dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
cuatro de diciembre del año dos mil trece.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F027412-2
No. de Expediente: 2013129953
No. de Presentación: 20130189489
CLASE: 41.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MARCO
JAVIER CALVO CAMINOS, en su calidad de APODERADO de
EDUARDO ANTONIO KRIETE AVILA, de nacionalidad SALVA-
DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: la frase TABOO ROCK SIVAR y diseño, la palabra
Taboo se traduce al castellano como tabú, que servirá para: AMPARAR:
EDUCACION; FORMACION; SERVICIOS DE ENTRETENIMIEN-
TO; ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES. Clase: 41.
La solicitud fue presentada el día nueve de septiembre del año dos
mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinticuatro de febrero del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F027458-2
No. de Expediente: 2014133737
No. de Presentación: 20140197235
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LUZ DE
MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO
de INDUSTRIAS CARICIA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE que se abrevia: INDUSTRIAS CARICIA, S.A. DE C.V.,
de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE PRODUCTO,
JAGUAR
Consistente en: la palabra JAGUAR, que servirá para: AMPARAR:
VESTUARIO, CALZADO Y SOMBRERERIA. Clase: 25.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de febrero del año
dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintisiete de febrero del año dos mil catorce.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F027476-2
115DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
ACEPTACION DE HERENCIA
DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO
CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL. Al público para efectos
de Ley,
HACE SABER: Que por resolución de las once horas quince minu-
tos del día cinco de marzo de dos mil catorce, se ha tenido por aceptada
expresamente con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su
defunción dejó la causante señora ANGELICA MELARA APARICIO
DE ESCOBAR; quien fue de sesenta y uno años de edad, fallecida el
diecinueve de noviembre de dos mil trece, siendo San Miguel, el lugar
de su último domicilio, de parte del señor CARLOS ANTONIO ESCO-
BAR, como cónyuge de la causante y como cesonario de los derechos
que le correspondían a la señora NORMA DE LA PAZ ESCOBAR DE
PORTILLO, hija sobreviviente de la causante.
Confi riéndose al aceptante en el carácter indicado la administra-
ción y representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y
restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos legales
consiguientes.
Librado en el JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y MER-
CANTIL, SAN MIGUEL, a las once horas dieciocho minutos del día
cinco de marzo de dos mil catorce. LIC. DIANA LEONOR ROMERO
DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN
MIGUEL.- LIC. IVONNE JULISSA ZELAYA AYALA, SECRETA-
RIO.
3 v. alt. No. C011966-3
LIC. ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GÁLVEZ,
Juez de lo Civil Interino, de este distrito judicial, al público para los
efectos de ley;
HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha tenido por
aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada
que a su defunción dejó la causante MARTINA VALENCIA o MARIA
MARTINA VALENCIA o por MARIA MARTINA VALENCIA VIU-
DA DE GUADRON, quien falleció el día veintiuno de septiembre de
dos mil seis, en el Barrio San Agustín de Santiago Nonualco, su último
domicilio , por parte de REINA ESPERANZA GUADRON VALENCIA
y RIGOBERTO ANTONIO GUADRON VALENCIA, en concepto de
hijos de la referida causante. Nómbrase a los aceptantes, interinamente,
administradores y representantes de la sucesión, con las facultades y
restricciones de los curadores de la herencia yacente;
En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con
derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley,
comparezcan a este Juzgado a justifi car dicha circunstancia.-
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a las quince horas y
cuarenta minutos del día veinticuatro de octubre de dos mil trece. LIC.
ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GALVEZ,
JUEZ DE LO CIVIL INTERINO.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F027041-3
DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO
CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL. Al público para efectos
de Ley,
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas cuarenta
y ocho minutos del día veintiocho de febrero de dos mil catorce, se
ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario la
herencia intestada que a su defunción dejó la causante señora SOFIA
LARIN VIUDA DE ESCALANTE, conocida por SOFIA LARIN, y por
SOFIA LARIN DE ESCALANTE; quien fue de ochenta y seis años de
edad, ofi cios domésticos, siendo esta ciudad el lugar de su último domi-
cilio, de parte de las señoras SOFIA ESCALANTE LARIN y MARIA
MERCEDES ESCALANTE LARIN; quienes comparecen como hijas
de la causante y cesionaria de los derechos que le correspondían al señor
IBAN JOB ESCALANTE LARI, como hijo sobreviviente de la causante,
confi riéndose en el carácter indicado la administración y representación
INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los
curadores de la herencia yacente.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y MERCAN-
TIL; San Miguel, a las ocho horas cincuenta minutos del día veintiocho
de febrero de dos mil catorce. LIC. DIANA LEONOR ROMERO DE
REYES, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LIC.
IVONNE JULISSA ZELAYA AYALA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F027117-3
DE TERCERA PUBLICACIÓN
116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
TÍTULO DE PROPIEDAD
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL, DE LA CIUDAD DE
SANTIAGO TEXACUANGOS, DEPARTAMENTO DE SAN SAL-
VADOR, al público en general para los efectos de Ley, por medio del
presente EDICTO MUNICIPAL.
HACE SABER: Que a esta Ofi cina Municipal se ha presentado
el señor JOSÉ ARNULFO SÁNCHEZ, de ochenta y tres años de edad,
Motorista, con residencia en Santiago Texacuangos, con Documento
Único de Identidad número: CERO UNO CUATRO CINCO CINCO
CINCO CERO UNO GUIÓN SIETE, y con Número de Identifi cación
Tributaria: CERO SEIS UNO CINCO GUIÓN CERO TRES CERO
NUEVE TRES CERO GUIÓN CERO CERO UNO GUIÓN DOS. El
cual ha solicitado con base en el Código Civil y en la Ley sobre Títulos
de Predios Urbanos que se le extienda Título de Propiedad, sobre el
inmueble de naturaleza urbana, que carece de antecedentes registrales
inscritos, situado en Barrio El Carmen, sin número y de la Jurisdicción
de Santiago Texacuangos, Departamento de San Salvador, en el que ha
estado en posesión del señor José Arnulfo Sánchez, y cuyo número de
PARCELA es el SEISCIENTOS TREINTA Y CINCO, correspondiente al
MAPA CERO SEIS UNO CINCO U CERO CINCO, y posee un ÁREA
SUPERFICIAL de TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO PUNTO
DIECINUEVE METROS CUADRADOS, el cual es de los LINDEROS
Y COLINDANTES siguientes: AL NORTE: linda con los señores José
Luis Pérez y Teresa Isabel Gómez de Pérez, AL ORIENTE: con la señora
María Edith Vásquez Sánchez, AL SUR: con los señores José Eliseo
Ramírez Sánchez y Rosa Lidia Cruz Ramírez y existe camino vecinal
de por medio; y AL PONIENTE: con los señores Marcos Antonio Cruz
López, Nohemi Aracely Sánchez de Rivera y María Josefi na de Jesús
de Sánchez. El inmueble en cuestión, el señor lo adquirió por compra-
venta del señor Vitelio Sánchez Pérez, y lo ha poseído materialmente
por más de cincuenta años de forma quieta, pacífi ca, estable, notoria e
ininterrumpida. El referido predio no es dominante, ni sirviente, ni está
en proindivisión con otra persona y se valúa en Cinco Mil Dólares de
los Estados Unidos de Norte América.
Santiago Texacuangos, a los veintiséis de febrero del dos mil
catorce.- Mtro. ALBERTO ESTUPINIÁN RAMÍREZ, ALCALDE
MUNICIPAL.- BR. EMERSON ESAÚ CRUZ, SECRETARIO MU-
NICIPAL.
3 v. alt. No. F027099-3
DR. JOSÉ RIGOBERTO MEJÍA MENJIVAR, Alcalde Municipal del
Municipio y Departamento de Chalatenango.
HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado la señora LIDIA
MENJIVAR DE VIDES, de setenta y tres años de edad, ama de casa,
casada, del domicilio de la ciudad y Departamento de Chalatenango, con
Documento Único de Identidad número cero dos millones ciento siete mil
seiscientos ochenta-cuatro; y Número de Identifi cación Tributaria cero
cuatrocientos veintisiete-ciento veintiún mil cuarenta-cero cero uno-seis,
quien SOLICITA Título de Propiedad y Dominio de un inmueble, situado
en el Barrio El Calvario, de la Ciudad y Departamento de Chalatenango,
de la capacidad superfi cial de CIENTO TREINTA Y TRES METROS
CUADRADOS NOVENTA Y NUEVE DECIMETROS CUADRADOS
TREINTA Y SIETE CENTIMETROS CUADRADOS CINCUENTA
MILIMETROS CUADRADOS, cuyas medidas y linderos son las
siguientes: AL ORIENTE, mide dieciocho metros sesenta centímetros,
colinda con propiedad del señor JUAN FRANCISCO MENA, comen-
zando de una base de cemento sigue en línea recta mirando al Norte a
salir a la Calle Morazán, donde hace esquina en la otra base de cemento,
pared de ladrillo de por medio propio del colindante; AL NORTE, mide
ocho metros cincuenta centímetros, colinda con la Sucesión de JUAN
VILLAHERRERA y propiedad de ORLANDO RIVAS ORTEGA, de
la base de cemento dicho, sigue en línea recta por la orilla de la calle a
la esquina murito, Calle Morazán de por medio; AL PONIENTE, mide
veinte metros treinta y ocho centímetros y colinda con MARÍA ISABEL
CARTAGENA, del murito dicho sigue buscando al Sur a llegar a una
esquina de la pared de ladrillo, muro de cemento y piedra de la colindante
de por medio, de la esquina antes dicha sigue por el cerco de alambre de
la misma colindante hasta llegar a otra esquina; y AL SUR, mide cinco
metros veinticinco centímetros, colinda con propiedad de la señora ANA
MILAGRO TOBIAS CARTAGENA, divididos por mojones hasta llegar
a la base de cemento donde comenzó. En este inmueble se encuentra
construida una casa techo de tejas paredes de ladrillo y cemento con
su correspondiente corredor más una cocina y goza de los servicios
básicos de agua potable y energía eléctrica, lo valora en el precio de
SEIS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
El mencionado inmueble no es sirviente, ni dominante, no tiene cargas,
ni derechos reales de ajena pertenencia, ni está en proindivisión con
nadie. Dicho inmueble lo adquirió por compra que le hiciera al señor
Belarmino Cartagena Ortega, según consta en escritura de compraventa,
otorgada en la ciudad de Chalatenango, a las once horas del día quince
de junio del año dos mil tres, ante los Ofi cios Notariales del Licenciado
Carlos Araujo Alemán.
Lo que se hace del conocimiento público para los efectos de
Ley.
Alcaldía Municipal: Chalatenango, a los tres días del mes de marzo
de dos mil catorce.- DR. JOSE RIGOBERTO MEJIA MENJIVAR, AL-
CALDE MUNICIPAL.- JOSE ENRIQUE RAMIREZ, SECRETARIO
MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F027172-3
TITULO SUPLETORIO
MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO
JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado la Licenciada
ANA CAROLINA OSORIO CORDOVA o ANA CAROLINA OSORIO
DE AVILES, mayor de edad, Abogada, del domicilio de Soyapango, y
departamento de San Salvador, con Tarjeta de Abogada número: die-
117DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
ciséis mil novecientos cuarenta y dos, y con Número de Identifi cación
Tributaria: cero seiscientos catorce - ciento diez mil doscientos ochenta
y uno - ciento diecisiete - dos; en su carácter de Apoderada General
Judicial y Especial de los señores JOSE GUILLERMO FUENTES, y de
MARIA PAULA DE LA CRUZ DE FUENTES, conocida por MARIA
PAULA DE LA CRUZ, solicitando se le extienda Título Supletorio de un
inmueble de Naturaleza Rústica, situado en: Cantón Cujuapa, Municipio
de Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán, de la extensión superfi cial
según Certifi cación de la Denominación Catastral de TRESCIENTOS
TREINTA Y TRES PUNTO SESENTA Y CINCO METROS CUADRA-
DOS (333.65), pero según escritura es de 333.00 metros cuadrados, cuya
descripción técnica es la siguiente: LINDERO PONIENTE, partiendo
del vértice Sur Poniente está formado por dos tramos con los siguientes
rumbos y distancias: Tramo uno, Norte veintisiete grados cincuenta
minutos cuarenta segundos Este con una distancia de dos punto ochenta
y ocho metros; colindando con NORMA GARCIA con servidumbre de
tránsito de tres metros diez centímetros de ancho por cinco metros con
cincuenta centímetros, que permite la salida a la calle vecinal; y calle
vecinal de por medio; Tramo dos, Norte treinta grados cuarenta y ocho
minutos treinta y ocho segundos Este con una distancia de diez punto
dieciséis metros; colindando con MARTA ALICIA FUENTES con
cerco de alambre de por medio, y según fi cha colinda con propiedad de
EMILIO GARCIA FUENTES. LINDERO NORTE, partiendo del vértice
Nor Poniente está formado por dos tramos con los siguientes rumbos y
distancias: Tramo uno, Sur cincuenta y ocho grados veintitrés minutos
treinta y tres segundos Este con una distancia de diecisiete punto treinta
y cuatro metros; Tramo dos, Sur cincuenta y tres grados treinta y dos
minutos cero cuatro segundos Este con una distancia de diez punto cuarenta
y un metros; colindando con JOSE ANTONIO FUENTES y CARMEN
FUENTES con camino vecinal de por medio; según fi cha catastral colinda
con MATIAS MUÑOZ FUENTES. LINDERO ORIENTE, partiendo del
vértice Nor Oriente está formado por un tramo con el siguiente rumbo
y distancia: Tramo uno, Sur doce grados veintisiete minutos veinticin-
co segundos Oeste con una distancia de seis punto noventa y cuatro
metros; colindando con PREDIO MUNICIPAL con cerco de alambre
de por medio; según escritura Predio Baldío y camino hacia el Río El
Amate de por medio; y según fi cha colinda con propiedad de MARTA
MAGDALENA LOPEZ FUENTES. LINDERO SUR, partiendo del
vértice Sur Oriente está formado por tres tramos con los siguientes
rumbos y distancias: Tramo uno, Sur ochenta y cuatro grados cuarenta
y dos minutos cincuenta y nueve segundos Oeste con una distancia de
trece punto cero cinco metros; Tramo dos, Norte diecisiete grados doce
minutos cuarenta y cinco segundos Este con una distancia de cinco punto
cero cinco metros; Tramo tres, Norte sesenta y seis grados cuarenta y
nueve minutos veintidós segundos Oeste con una distancia de dieciocho
punto dieciséis metros; colindando con JESUS AGUILAR con cerco de
alambre de por medio; según fi cha colinda con propiedad de la señora
MARTA MAGDALENA LOPEZ FUENTES. Así se llega al vértice
Sur Poniente, que es el punto donde se inició esta descripción.- Dicho
inmueble los interesados lo adquirieron el primero por Compra que le
hizo a la señora Marta Magdalena López Fuentes, el día veinticinco de
junio del año dos mil trece, y la segunda por compra que le hizo del
cincuenta por ciento del inmueble al primero de los interesados, por lo
que unida su posesión a la de la tradente antes mencionada, datan más de
diez años de poseerlo en forma quieta, pacífi ca e interrumpida, no está
en proindivisión, no es dominante, ni sirviente y lo valúa por la cantidad
de DOCE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE
AMERICA.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las once horas
del día seis de marzo del año dos mil catorce.- LIC. MANUEL PAZ
CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. JOSE ORLANDO BELTRAN
MEJIA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C011951-3
ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GALVEZ, Juez
de lo Civil Interino de este Distrito Judicial.
AVISA: Que a este Juzgado se ha presentado el Lic. EDWIN DA-
NIEL MEJIA GIL, como Apoderado del señor MAGDIEL GUEVARA,
conocido por MAGDIEL ORELLANA GUEVARA, mayor de edad,
empleado, del domicilio de Santiago Nonualco, solicitando Título
Supletorio de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Cantón
Amulunco, jurisdicción de Santiago Nonualco, Departamento de La Paz,
de la capacidad superfi cial de SIETE MIL METROS CUADRADOS,
que mide y linda: AL NORTE, cincuenta y seis metros doce milímetros,
con terreno de Efraín Rivas Flores; AL ORIENTE, ciento sesenta y siete
metros doscientos milímetros, con terreno de José Echegoyén; AL SUR,
veinticinco metros ochenta milímetros, calle quebrada en parte de por
medio, terreno de Víctor Rivas, hoy de la sucesión de Natividad Portillo;
y AL PONIENTE, quebrada de por medio, mide ciento sesenta y siete
metros doscientos milímetros, terreno de Daniel Echegoyén, hoy de
Josefi na Beltrán. Está gravado con una servidumbre de agua en una pila
que existe en el terreno, a favor de todos los lotes que se desmembraron
del terreno general. No tiene nombre especial ni está en proindivisión
con nadie, y lo estima en CUATRO MIL DOLARES.
Lo que se hace saber al público, para los efectos de ley.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, doce de febrero de dos
mil catorce.- LIC. ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA
GALVEZ, JUEZ DE LO CIVIL INTO.- JORGE ALBERTO
RODRIGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F027070-3
TITULO DE DOMINIO
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se presentó el Licenciado
JOSE ALEJANDRO LOPEZ YANES, en su calidad de Apoderado de
la señora MARIA CATALINA SANCHEZ DE JUAREZ, de cincuenta
y seis años de edad, comerciante en pequeño, de este domicilio, con
Documento Único de Identidad número: Cero dos millones doscientos
dos mil novecientos cuarenta y tres guión seis, solicitando a favor de su
representada Título de Dominio de un inmueble de naturaleza urbana
situado en la Colonia Milagro de la Paz, Calle El Progreso, Pasaje El
Paraíso, jurisdicción, Distrito y Departamento de San Miguel, de la ex-
tensión superfi cial de: TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE METROS
118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
CUADRADOS VEINTISIETE DECIMETROS CUADRADOS, de las
medidas y linderos siguientes: AL NORTE: quince metros, Calle de por
medio, colinda con inmueble propiedad de la señora María Gertrudis
Cruz; AL ORIENTE: diecisiete metros ochenta centímetros, Pasaje El
Paraíso de por medio, colinda con inmueble propiedad del señor Ricardo
Sánchez; AL SUR: veinte metros sesenta y nueve centímetros, colinda
con inmueble propiedad de la señora Gloria Isabel González; y AL
PONIENTE: veinte metros, colinda con inmueble propiedad del señor
Gonzalo Campos.- Dicho inmueble no es ejidal, baldío, comunal, no es
dominante, ni sirviente, no tiene carga o derecho real que pertenezca a
persona distinta a la poseedora ni está en proindivisión con nadie, y lo
valúa en la cantidad de NUEVE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA.- Y lo adquirió mediante Documento Privado
de Compra Venta de Posesión Material, que le otorgó a su favor el señor
Ricardo Sánchez, conocido por Ricardo Sánchez Lemus, mayor de edad,
obrero, de este domicilio, instrumento otorgado en esta ciudad, a las nueve
horas y veinte minutos del día veintiocho de septiembre del año dos mil
trece, ante los ofi cios del notario José Alejandro López Yanes.- Que la
posesión material que ha ejercido y ejerce actualmente la poseedora
sumada a la de su antecesor data más de veinte años y sigue siendo en
forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida y sin clandestinidad alguna. Los
colindantes son de este domicilio.
Lo que se avisa al público, para los efectos de ley.
ALCALDIA MUNICIPAL: San Miguel, diecisiete de febrero del
año dos mil catorce.- LIC. JOSE WILFREDO SALGADO GARCIA,
ALCALDE MUNICIPAL.- LIC. JOSE ANGEL FERMAN ZETINO,
SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. C011965-3
RENOVACION DE MARCAS
No. de Expediente: 2001015607
No. de Presentación: 20140196416
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado VICTOR
MANUEL IRAHETA ALVAREZ, mayor de edad, ABOGADO Y NO-
TARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE
SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de ALTIAN PHARMA, SOCIEDAD ANONIMA, del
domicilio de 18 Calle 15-38, Zona 7 de Mixco, Colonia San Ignacio, Gua-
temala, República de Guatemala, de nacionalidad GUATEMALTECA,
solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00021 del Libro
00186 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión
"FINAMIGROL", la cual se encuentra escrita en letras mayúsculas
unidas, todas de la misma dimensión; que ampara productos/servicios
comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de
Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintisiete días del mes de febrero del año dos mil catorce.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADORA.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C011969-3
NOMBRE COMERCIAL
No. de Expediente: 2012122927
No. de Presentación: 20120176705
LA INFRASCRITA REGISTRADORA.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ADRIAN RODRIGUEZ DURAN, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE CO-MERCIAL.
DECOR MY EVENTS
Consistente en: la frase DECOR MY EVENTS, que se traduce al castellano como decora mis eventos, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICADO AL ALQUILER DE ARTICULOS PARA FIESTAS Y EVENTOS, TALES COMO, CEN-TROS DE MESA, ADORNOS, LUCES DECORATIVAS, CANOPY O TOLDOS, SILLAS, MESAS Y SERVICIOS DE DECORACIÓN PARA FIESTAS Y EVENTOS.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de noviembre del año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de octubre del año dos mil trece.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADORA.
VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F027168-3
119DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
CONVOCATORIAS
CONVOCATORIA
El presidente de la Junta Directiva de la sociedad "KWS S.A. DE C.V.",
por este medio convoca a los accionistas de esta sociedad, a celebrar
Junta General de Accionistas, que conocerá de asuntos ordinarios y
extraordinarios, a celebrarse a las diez horas del día cuatro de abril del
año dos mil catorce, en las ofi cinas situadas en Ochenta y Nueve Avenida
Norte, número 570, Colonia Escalón, San Salvador, Departamento de
San Salvador, para conocer de la siguiente Agenda:
ASUNTOS DE CARÁCTER ORDINARIO
I- Comprobación de quórum y fi rma del acta respectiva;
II- Conocer la Memoria de Labores de la Administración del
ejercicio 2013, a fi n de aprobarla o improbarla;
III- Presentación del Balance General, Estado de Resultados,
Estado de cambios en el patrimonio correspondientes al
ejercicio 2013, a fi n de aprobarlos o improbarlos;
IV- Informe de Auditoría Externa a fi n de tomar las medidas que
se juzguen oportunas;
V- Aplicación de Resultados del ejercicio 2013;
VI- Nombramiento del Auditor Externo;
VII- Nombramiento del Auditor Fiscal;
VIII- Fijación de emolumentos de la administración, Auditor
Externo y Auditor Fiscal;
IX- Nombramiento de Administradores.
ASUNTOS DE CARÁCTER EXTRAORDINARIO
I- Verifi cación del quórum.
II- Inversiones de KWS en otras sociedades.
III- Nombramiento de Representantes de KWS, para asistir a
Juntas Generales Ordinarias o Extraordinarias de sociedades
donde tenga participación accionaria.
Si no hubiere quórum en la fecha de la primera convocatoria, se
convoca por segunda vez a Junta General para celebrarse a las once
horas del día cinco de abril del año en curso, en el mismo lugar y con
la misma Agenda.
En los asuntos ordinarios: En la primera fecha, el quórum se
formará con la mitad más una de las acciones de la Sociedad y para
formar resolución se necesitara el voto de la mayoría de las presentes o
representadas. El quórum necesario para tratar dichos puntos ordinarios,
en la segunda fecha de convocatoria, será cualquiera que sea el número
de acciones que asistan y las resoluciones se tomarán por mayoría de
los votos presentes o representados.
En los asuntos extraordinarios: En la primera fecha de la convo-
catoria, el quórum necesario para celebrar la sesión sobre los puntos
extraordinarios será de las tres cuartas partes de todas las acciones de la
sociedad. Para celebrar sesión en la segunda fecha de la convocatoria,
será de la mitad más una de las acciones que componen el capital social.
El número de votos necesario para formar resolución en ambos casos,
serán las tres cuartas partes de las acciones presentes o representadas.
San Salvador, a los veintitrés días del mes de enero del año dos
mil catorce.
JORGE WALTER DARDANO SCHIMMEL,
PRESIDENTE.
3 v. alt. No. F027050-3
CONVOCATORIA
LA JUNTA DIRECTIVA DE LA SOCIEDAD TRANSPORTES CO-
LECTIVO SONSONATECOS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL
VARIABLE, que se abrevia SOTRANSCO, S. A. DE C. V., por este
medio CONVOCA a SESIÓN DE JUNTA GENERAL ORDINARIA
DE ACCIONISTAS. La sesión se llevará a cabo en PRIMERA CON-
VOCATORIA el día 24 de abril de 2014, de las 14 horas con treinta
minutos en adelante, en las instalaciones de la sociedad, ubicadas en fi nal
Quinta Avenida Sur y Cuarta Calle Poniente de la ciudad de Sonsonate.
De no reunirse en esa fecha y hora antes señaladas por falta de quórum,
la Sesión de Junta General Ordinaria de Accionistas, se llevará a cabo
en SEGUNDA CONVOCATORIA el día 25 de abril de 2014, de las 14
horas con treinta minutos en adelante, en las instalaciones de la Sociedad,
ubicadas en fi nal de la Quinta Avenida Sur y Cuarta Calle Poniente de
la ciudad de Sonsonate.
EN ESTA JUNTA SE CONOCERÁN ASUNTOS DE CARÁCTER
ORDINARIO, SEGÚN LA SIGUIENTE AGENDA:
I. Comprobación del quórum.
II. Lectura y aprobación de la Agenda.
120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
III. Lectura y aprobación del acta anterior.
IV. Memoria de Labores del año 2013.
V. Balance General.
VI. Estado de Pérdidas y Ganancias.
VII. Informe del auditor.
VIII. Nombramiento del auditor.
IX. Emolumentos del auditor.
Para que la Junta Ordinaria se considere legalmente reunida en
la primera fecha de la convocatoria, deberá estar representada, por lo
menos, la mitad más una de las acciones que tengan derecho a votar, y
las resoluciones solo serán válidas cuando se tomen por la mayoría de
los votos presentes (Art. # 240 del C de C.)
Si la Junta General Ordinaria se reuniere en la segunda fecha de la
convocatoria, por falta de quórum necesario para hacerlo en la primera,
se considerará válidamente constituida, cualquiera sea el número de
acciones representadas, y sus resoluciones se tomarán por mayoría de
los votos presentes. (Art. # 241 del C de C.)
Sonsonate, 6 de marzo de 2014.
MIGUEL ANGEL AGUILAR DE LEON,
PRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA.
3 v. alt. No. F027081-3
SUBASTA PUBLICA
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE
LO CIVIL DE APOPA.
HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el Juicio
Ejecutivo Mercantil, promovido por el Licenciado RUBEN CARRANZA
RUBIO, con Tarjeta de Identifi cación Tributaria número cero seis uno
cuatro-uno tres cero siete siete siete-uno cero dos-cinco, como Apoderado
General Judicial del BANCO PROCREDIT, SOCIEDAD ANONIMA,
que puede abreviarse BANCO PROCREDIT, S.A., con Tarjeta de Iden-
tifi cación Tributaria número cero seiscientos catorce-ciento setenta mil
trescientos noventa y cinco-ciento siete-nueve, Institución Bancaria, del
domicilio de San Salvador; contra los señores ALEXANDER NOVOA
QUINTANILLA, con Tarjeta de Identifi cación Tributaria número: cero
ocho dos uno-cero nueve cero seis siete seis-uno cero tres-siete, de
veintiocho años de edad a la fecha del contrato, Estudiante; y MARIA
DEL ROSARIO MARTINEZ CALLES, con Tarjeta de Identifi cación
Tributaria número cero cuatro cero siete-cero uno uno cero siete nueve-uno
cero cuatro-nueve, de veinticinco años de edad a la fecha del contrato,
Estudiante; ambos de paradero ignorado, siendo su último domicilio
conocido la Ciudad de Apopa; representados por medio de su Curadora
Ad-Lítem nombrada, Licenciada LUVY LESLYE RIVAS DE CRIO-
LLO, de treinta años de edad, Abogada, del domicilio de Santa Tecla;
reclamándoles la cantidad de TRECE MIL NOVECIENTOS SESENTA
Y TRES DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA,
CON NOVENTA Y OCHO CENTAVOS DE DOLAR, en concepto de
capital, más el interés pactado del dieciséis punto cincuenta por ciento
anual sobre saldos; más el interés de recargo por mora del treinta por
ciento anual, ambos, contados desde el día veintidós de mayo de dos
mil siete, más seguro de deuda y de daños hasta su completo pago,
transacción o remate y Costas Procesales reclamadas; se ha ordenado
VENDER EN PUBLICA SUBASTA, en este mismo Juzgado, en fecha
y por el precio que oportunamente se indicará, el inmueble de naturaleza
urbana y construcciones que contiene marcado en el plano de lotifi cación
respectivo con el número TREINTA Y DOS AVENIDA MASATE-
PEQUE SECTOR TRES DE LA URBANIZACION POPOTLAN II,
ubicada al Nor-Este de la Ciudad de Apopa, del Departamento de San
Salvador, en el Cantón San Nicolás, y a lo largo del costado Oriente de
la Calle Antigua a Tonacatepeque, lote que se localiza partiendo de la
intersección de los ejes del Pasaje Dos- I y de la Avenida Masatepeque,
se mide sobre el eje de esta última una distancia de siete punto cincuenta
metros y rumbo Norte cero cero grados cero uno punto cinco minutos
Este, llegando a un punto donde se hace una defl exión negativa de noventa
grados cero cero punto cero minutos, con una distancia de nueve metros
y rumbo Norte ochenta y nueve grados cincuenta y ocho punto cinco
minutos Oeste, se llega al esquinero Nor-Este del lote que mide y linda
de la siguiente manera: AL ESTE, línea recta de cinco metros y rumbo
Sur cero cero grados cero uno punto cinco minutos Oeste, la cual linda
con el lote uno del Pasaje Dos-I, Avenida Masatepeque de dieciocho
metros de derecho de vía de por medio, de la misma Urbanización; AL
SUR, línea recta de dieciocho metros y rumbo Norte ochenta y nueve
grados cincuenta y ocho punto cinco minutos Oeste, la cual linda con
el lote treinta y cuatro de la Avenida Masatepeque de la misma Urba-
nización; AL OESTE, línea recta de cinco metros y rumbo Norte cero
cero grados cero uno punto cinco minutos Este, la cual linda con el lote
trece del Pasaje Uno-H Bis, de la misma Urbanización; y AL NORTE,
línea recta de dieciocho metros y rumbo Sur ochenta y nueve grados
cincuenta y ocho punto cinco minutos Este, la cual linda con el lote treinta
de la Avenida Masatepeque de la misma Urbanización; llegando así al
121DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
esquinero Nor-Este de donde se inició la presente descripción. El Lote
antes descrito tiene un área de NOVENTA METROS CUADRADOS
equivalentes a Ciento Veintiocho punto Setenta y Siete Varas cuadradas.-
Inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera
Sección del Centro, en el Sistema de Información Registro y Catastro,
Matrícula número SESENTA MILLONES OCHENTA Y NUEVE MIL
OCHOCIENTOS OCHO -CERO CERO CERO CERO CERO.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las ocho horas
cincuenta y siete minutos del día trece de diciembre de dos mil trece.-
DRA. VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS,
JUEZ DE LO CIVIL.- LICDO. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ,
SECRETARIO.-
3 v. alt. No. C011957-3
REPOSICION DE CERTIFICADOS
AVISO DE REPOSICION DE CERTIFICADOS DE ACCION DE LA
SOCIEDAD INDUSTRIAS METALICAS FERNANDO E IMPOR-
TACIONES CENTROAMERICANAS, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE, que se abrevia IMFICA S.A. DE C.V.
El infrascrito Secretario de la Junta General Extraordinaria de Accionistas
de la sociedad INDUSTRIAS METALICAS FERNANDO E IMPOR-
TACIONES CENTROAMERICANAS, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE, que se abrevia IMFICA S.A. DE C.V., en
cumplimiento a lo establecido en los Arts. 932 y 486 del Código de
Comercio, al público en general.
HACE SABER: Que ha sido notifi cado por los accionistas de la
Sociedad, el extravío de los certifi cados de acción que se relacionan a
continuación: Certifi cado número: 002, que ampara 50 acciones comu-
nes, nominativas, con un valor nominal cada una de c 100 colones o su
equivalente en dólares de $11.43.
Certifi cado número: 006 que ampara 410 acciones comunes, nominati-
vas, con un valor nominal cada una de c 100 colones o su equivalente
en dólares de $11.43.
Certifi cado número: 010 que ampara 775 acciones comunes, nominati-
vas, con un valor nominal cada una de c 100 colones o su equivalente
en dólares de $ 11.43.
Certifi cado número: 014 que ampara 515 acciones comunes, nominati-
vas, con un valor nominal cada una de c 100 colones o su equivalente
en dólares de $11.43.
Certifi cado número: 018 que ampara 1250 acciones comunes, nomina-
tivas, con un valor nominal cada una de c 100 colones o su equivalente
en dólares de $11.43.
Certifi cado número: 004 que ampara 50 acciones comunes, nominativas,
con un valor nominal cada una de c 100 colones o su equivalente en
dólares de $11.43.
Certifi cado número: 008 que ampara 430 acciones comunes, nominati-
vas, con un valor nominal cada una de c 100 colones o su equivalente
en dólares de $ 11.43.
Certifi cado número: 012 que ampara 775 acciones comunes, nominati-
vas, con un valor nominal cada una de c 100 colones o su equivalente
en dólares de $11.43.
Certifi cado número: 016 que ampara 495 acciones comunes, nominati-
vas, con un valor nominal cada una de c 100 colones o su equivalente
en dólares de $11.43.
Certifi cado número: 020 que ampara 1250 acciones comunes, nomina-
tivas, con un valor nominal cada una de c 100 colones o su equivalente
en dólares de $11.43.
Con el fi n de proceder a efectuar REPOSICIÓN DE LOS CERTIFICA-
DOS DE ACCIÓN antes relacionados; por lo que en cumplimiento a las
disposiciones legales citadas, se publica el presente aviso, a fi n de que
cualquier persona que se sienta con derecho a oponerse a la reposición
de los mismos, lo haga dentro de los treinta días posteriores a su última
publicación.
Y para los efectos legales consiguientes, se extiende el presente
aviso.
San Salvador, a los siete días del mes de marzo de dos mil cator-
ce.
MIGUEL ALBERTO RODAS ESPINOZA,
SECRETARIO DE JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS
DE LA SOCIEDAD IMFICA S.A. DE C.V.
3 v. alt. No. C011970-3
122 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
AVISO
COMEDICA DE R.L.
COMUNICA: Que se ha presentado el propietario del Certifi cado
de Depósito a Plazo Fijo No. 101193. Por la cantidad de US$ 1,000.00,
a un plazo de 180 días, en Agencia Centro Financiero, ubicada en Inter-
sección Alameda Juan Pablo II y Boulevard Constitución, San Salvador,
solicitando reposición de dicho certifi cado.
Por lo tanto se hace del conocimiento al público en general, para los
efectos legales correspondientes, que transcurridos treinta días después
de la tercera publicación de este aviso y no existiendo oposición alguna,
se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.
San Salvador, 10 de marzo 2014.
COMEDICA DE R.L.
AGENCIA: Centro Financiero.
JEFE DE AGENCIA: Verónica Cerna.
3 v. alt. No. F027057-3
AVISO
COMEDICA DE R.L.
COMUNICA: Que se ha presentado el propietario del Certifi cado
de Depósito a Plazo Fijo No. 101192. Por la cantidad de US$ 1,000.00,
a un plazo de 180 días, en Agencia Centro Financiero, ubicada en Inter-
sección Alameda Juan Pablo II y Boulevard Constitución, San Salvador,
solicitando reposición de dicho certifi cado.
Por lo tanto se hace del conocimiento al público en general, para los
efectos legales correspondientes, que transcurridos treinta días después
de la tercera publicación de este aviso y no existiendo oposición alguna,
se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.
San Salvador,10 de marzo 2014
COMEDICA DE R.L.
AGENCIA: Centro Financiero.
JEFE DE AGENCIA: Verónica Cerna.
3 v. alt. No. F027058-3
AVISO
COMEDICA DE R.L.
COMUNICA: Que se ha presentado el propietario del Certifi cado
de Depósito a Plazo Fijo No. 101194. Por la cantidad de US$ 1,000.00,
a un plazo de 180 días, en Agencia Centro Financiero, ubicada en Inter-
sección Alameda Juan Pablo II y Boulevard Constitución, San Salvador,
solicitando reposición de dicho certifi cado.
Por lo tanto se hace del conocimiento al público en general, para los
efectos legales correspondientes, que transcurridos treinta días después
de la tercera publicación de este aviso y no existiendo oposición alguna,
se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.
San Salvador, 10 de marzo 2014
COMEDICA DE R.L.
AGENCIA: Centro Financiero.
JEFE DE AGENCIA: Verónica Cerna.
3 v. alt. No. F027059-3
INGENIO LA MAGDALENA, S.A. DE C.V.
COMUNICA: Que a sus ofi cinas ubicadas en Calle Comasagua y
Avenida Teotepeque, número 10 Polígono M, Urbanización Jardines de
La Libertad, Ciudad Merliot, Santa Tecla, se ha presentado el propietario
del CERTIFICADO DE ACCIONES NOMINATIVAS, que representan
parte del capital social de INGENIO LA MAGDALENA, S.A. DE C.V.,
siguiente: Certifi cado número 766-A, emitido el día 29/04/2005, que am-
para 36 acciones, cada una por un valor de CIEN COLONES (¢100.00),
equivalentes a ONCE 42/100 DOLARES, que suman la cantidad total
de TRES MIL SEISCIENTOS COLONES (¢3,600.00) equivalentes a
CUATROCIENTOS ONCE 42/100 DOLARES (US$411.42).
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público
en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días
después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna
oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.
Santa Tecla, a seis de marzo de dos mil catorce.
NESTOR ULICES PALMA DELGADO,
PRESIDENTE JUNTA DIRECTIVA
INGENIO LA MAGDALENA, S.A. DE C.V.
3 v. alt. No. F027092-3
123DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
TITULO DE PREDIO URBANO
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE
SANTA ANA, AL PÚBLICO, PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que a esta Municipalidad se ha presentado la
Licenciada AMÉRICA BEATRIZ GARCÍA DE SANDOVAL, conocida
profesionalmente por AMÉRICA BEATRIZ GARCÍA HERRERA, ma-
yor de edad, Abogada, de este domicilio, con Tarjeta de Abogado número
doce mil seiscientos setenta y ocho, actuando como Apoderada General
Judicial y Administrativa, de la señora SANTOS BERFALIA CHICAS
GUEVARA, tal como lo comprueba con Acta Notarial, elaborada ante
los ofi cios Notariales de la Licenciada Claudia Verena Vega De León, en
la que se establece que la señora Sonia Adela del Cid Chicas, sustituyó
en todas sus partes el poder que la señora Chicas Guevara le otorgó, el
tres de Noviembre del año dos mil doce; con el objeto de promover las
diligencias de Título de Predio Urbano a favor de la señora SANTOS
BERFALIA CHICAS GUEVARA, quien es de cincuenta años de edad,
de ofi cios domésticos, de este domicilio, con Documento Único de
Identidad número cero cinco cero seis cinco tres nueve tres - cuatro y
Número de Identifi cación Tributaria uno tres cero dos - cero uno cero
cinco seis tres - uno cero uno - cuatro, por ser poseedora de buena fe
en forma quieta, pacífi ca y sin interrupción de un terreno de naturaleza
urbano, situado en Avenida Décima Norte entre Cuarta y Sexta Calle
Poniente, sin número, de una extensión superfi cial de CIENTO SE-
SENTA Y SIETE PUNTO DOS MIL SESENTA Y CINCO METROS
CUADRADOS, cuyas colindancias son las siguientes: AL NORTE: Con
Esperanza Mendoza de Alegría y Rosa Esperanza Mendoza de Alegría;
AL ORIENTE: Con la Sociedad Cafetales La Joya, S.A. de C. V.,
Santos Berfalia Chicas Guevara, Berta Alicia Alfaro de Collazo, y con
propiedad sin dato registral; AL SUR: Con Eva Eugenia Bustamante de
Gómez; y AL PONIENTE: Con Esperanza Mendoza de Alegría y Rosa
Esperanza Mendoza de Alegría. Que el inmueble antes relacionado no
tiene cargas ni derechos reales que puedan respetarse ni se encuentra en
proindiviso con nadie, que no está afectado por servidumbre sirviente,
pero si posee una servidumbre de tránsito dominante sobre el inmueble
que se encuentra al rumbo Oriente, a favor de la misma solicitante e
inscrito a su favor bajo el número de matrícula DOS CERO CERO
OCHO CERO CERO OCHO CINCO en el Registro de la Propiedad Raíz
e Hipotecas de este Departamento, que dicho inmueble está identifi cado
Catastralmente en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la
Primera Sección de Occidente como Parcela Número novecientos setenta
y dos, Mapa cero doscientos diez U veinte, que asimismo, el referido
inmueble fue adquirido por la señora SANTOS BERFALIA CHICAS
GUEVARA, por compra realizada a la señora ANA DELIA ALFARO
DE MENDOZA, quien es sobreviviente y de este domicilio, tal como
consta en copia certifi cada de la escritura pública número cuarenta y
uno, libro ocho, otorgada en la ciudad de Santa Ana, a las diez horas
con treinta minutos del día tres de noviembre del año dos mil doce, ante
los ofi cios notariales de René Alexander Contreras Peña, notario de este
domicilio, en la que hace constar que el inmueble es identifi cado como
segunda porción y que no se encontraba inscrito a favor de la vendedora
por tratarse de un resto de porción, aclara además que el inmueble de la
señora Ana Delia Alfaro de Mendoza, lo obtuvo por donación revocable
de su fallecido esposo José Mario Mendoza Hurtado, tal como consta
en copia certifi cada por notario de la Escritura de Donación Revocable,
número cincuenta y siete, libro once, celebrada en la ciudad de Santa
Ana, a las nueve horas del día veinte de enero del año dos mil dos, ante
los ofi cios notariales de José Luis Francis Sánchez, en la que se específi ca
que es una segunda porción, y que por segregación realizada a favor de
Esperanza Mendoza de Alegría, agotó su cabida registral, razón por la
que carece de antecedente inscrito, que asimismo, el señor José Mario
Mendoza Hurtado, lo obtuvo por compra de la nuda propiedad a la señora
Domitila García Hurtado, conocida por Domitila Hurtado, ya fallecida,
por lo que se consolidó el dominio de propiedad, tal y como consta
en la certifi cación literal de la Escritura número diecisiete, libro doce,
celebrada en la ciudad de Santa Ana, a las nueve horas del veintidós de
octubre de mil novecientos sesenta y siete, ante los ofi cios notariales
del Licenciado Ricardo Mejía Villalta, en la que consta la compra del
inmueble identifi cado como segunda porción. Que unida la posesión de
la señora Santos Berfalia Chicas Guevara, a la de sus anteriores dueños
ha durado por espacio de más de treinta años consecutivos, de quieta,
pacífi ca y sin interrupción, y lo estima en un valor de VEINTICINCO
MIL DÓLARES de los Estados Unidos de América.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
Alcaldía Municipal de Santa Ana, a los veintiséis días del mes
de febrero del año dos mil catorce.- JOAQUIN ALFREDO PEÑATE
ARDON, ALCALDE MUNICIPAL. LICDO. JOSE MARIA MARIN
HERNANDEZ, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. C011955-3
124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
MARCA DE SERVICIOS
No. de Expediente: 2013132395
No. de Presentación: 20130194667
CLASE: 35.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE
SALVADOR MOLINA ORELLANA, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de LABORATORIO DE PRODUCTOS ETICOS C.E.I.S.A.,
de nacionalidad PARAGUAYA, solicitando el registro de la MARCA
DE SERVICIOS,
Consistente en: la palabra OFTALMICA y diseño, que servirá
para: AMPARAR: PUBLICIDAD; GESTION DE NEGOCIOS CO-
MERCIALES; ADMINISTRACION COMERCIAL; TRABAJOS DE
OFICINA. Clase: 35.
La solicitud fue presentada el día veinte de diciembre del año dos
mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diecinueve de febrero del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011962-3
No. de Expediente: 2012117336
No. de Presentación: 20120166567
CLASE: 35.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado FRANCISCO
JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO de SONY
CORPORATION, de nacionalidad JAPONESA, solicitando el registro
de la MARCA DE SERVICIOS,
SONY
Consistente en: la palabra SONY, que servirá para: AMPARAR:
PUBLICIDAD; GESTIÓN EMPRESARIAL; ADMINISTRACIÓN DE
EMPRESAS; TRABAJOS DE OFICINA; SERVICIOS DE TIENDAS
MINORISTAS; SERVICIOS DE TIENDAS MINORISTAS EN EL
CAMPO DE LOS APARATOS ELECTRÓNICOS, PROGRAMAS
INFORMÁTICOS Y MÁQUINAS Y APARATOS DE JUEGO;
SERVICIOS DE VENTA MINORISTA O MAYORISTA DE INS-
TRUMENTOS MUSICALES Y DISCOS; SERVICIOS DE TIEN-
DAS MINORISTAS EN EL CAMPO DEL ENTRETENIMIENTO,
ESPECÍFICAMENTE OBRAS MUSICALES Y AUDIOVISUALES
Y PRODUCTOS AFINES EN EL CAMPO DE EQUIPOS ELECTRÓ-
NICOS DE CONSUMO Y ENTRETENIMIENTO, PROVISTOS A
TRAVÉS DE INTERNET Y OTRAS COMPUTADORAS Y REDES
ELECTRÓNICAS DE COMUNICACIÓN; ADMINISTRACIÓN DE
LOS NEGOCIOS DE TIENDAS AL POR MENOR; SERVICIOS DE
RECOLECCIÓN DE DATOS PARA LOS MINORISTAS BASADOS
EN PUNTOS DE VENTA COMPUTARIZADOS; MANEJO DE UNA
EMPRESA AL POR MENOR PARA OTROS; REAGRUPAMIENTO
DE PRODUCTOS ELÉCTRICOS, EN BENEFICIO DE TERCEROS,
LO QUE PERMITE A LOS CLIENTES VER Y COMPRAR CON
COMODIDAD PRODUCTOS EN UNA TIENDA AL POR MENOR;
SERVICIOS ELECTRÓNICOS DE COMPRAS AL POR MENOR
RELACIONADOS CON EQUIPOS INFORMÁTICOS; SERVICIO
DE COMERCIO MINORISTA RELACIONADOS CON LA VENTA
DE MÁQUINAS DE VIDEOJUEGOS DOMÉSTICOS; PROCESA-
MIENTO DE DATOS AUTOMATIZADOS; SERVICIOS DE PRO-
CESAMIENTO DE INFORMACIÓN COMPUTARIZADA PARA
EMPRESAS; PROCESAMIENTO DE DATOS COMPUTARIZADOS;
PROCESAMIENTO DE DATOS; PROCESAMIENTO DE DATOS
PARA LAS EMPRESAS; PROCESAMIENTO DE DATOS PARA LA
RECOPILACIÓN DE DATOS PARA FINES COMERCIALES; LA
VERIFICACIÓN DE PROCESAMIENTO DE DATOS; PROCESA-
MIENTO ELECTRÓNICO DE DATOS; SERVICIOS DE INFORMA-
CIÓN RELACIONADOS CON EL PROCESAMIENTO DE DATOS;
SERVICIOS DE PROCESAMIENTO DE DATOS EN LÍNEA; ASESO-
125DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
RÍA, CONSULTORÍA Y SERVICIOS DE INFORMACIÓN EN ESTA
CLASE PARA TODOS LOS SERVICIOS ANTES MENCIONADOS;
CONTABILIDAD; AGENCIAS DE PUBLICIDAD; PUBLICIDAD
POR CORRESPONDENCIA; VENTAS POR MEDIO DE SUBAS-
TAS; AUDITORÍA; COLOCACIÓN DE ANUNCIO; TENEDURÍA
DE LIBROS; EVALUACIONES COMERCIALES; INFORMACIÓN
COMERCIAL; CONSULTAS COMERCIALES; INVESTIGACIONES
COMERCIALES; CONSULTORÍA EN GESTIÓN EMPRESARIAL
Y ORGANIZACIÓN; ASISTENCIA EN GESTIÓN EMPRESARIAL;
GESTIÓN EMPRESARIAL EN HOTELES; GESTIÓN EMPRE-
SARIAL PARA ESPECTÁCULOS; INVESTIGACIONES PARA
NEGOCIOS; AGENCIAS DE INFORMACIÓN COMERCIAL; ASIS-
TENCIA PARA LA GESTIÓN DE EMPRESAS INDUSTRIALES O
COMERCIALES; RECOPILACIÓN DE DATOS EN ORDENADOR;
ANÁLISIS DE COSTOS Y PRECIOS; DEMOSTRACIÓN DE PRO-
DUCTOS; PUBLICIDAD DIRECTA POR CORREO; DIFUSIÓN DE
MATERIAL PUBLICITARIO; DISTRIBUCIÓN DE MUESTRAS;
REPRODUCCIÓN DE DOCUMENTOS; PREVISIONES ECONÓ-
MICAS; EXPERTOS EN EFICIENCIA; AGENCIAS DE EMPLEO;
AGENCIAS DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN; INVESTIGA-
CIÓN DE MERCADO; ESTUDIOS DE MERCADO; MODELOS
DE PUBLICIDAD O PROMOCIÓN DE VENTAS; ALQUILER
DE MÁQUINAS DE OFICINA Y DE EQUIPOS; ENCUESTAS DE
OPINIÓN; ORGANIZACIÓN DE EXPOSICIONES CON FINES CO-
MERCIALES O PUBLICITARIOS; ORGANIZACIÓN DE FERIAS
CON FINES COMERCIALES O PUBLICITARIOS; PUBLICIDAD
AL AIRE LIBRE; NOMINA DE PREPARACIÓN; PERSONAL DE
CONSULTORÍA DE GESTIÓN; CONTRATACIÓN DE PERSONAL;
FOTOCOPIAS; SUMINISTRO DE INFORMACIÓN ESTADÍSTICA
DE EMPRESA EN NUEVOS ARTÍCULOS ESPECIALMENTE, RE-
VISTAS, VIDEO JUEGOS Y VIDEOS; RELACIONES PÚBLICAS;
PUBLICACIÓN DE TEXTOS PUBLICITARIOS; PREPARACIÓN
DE COLUMNAS DE PUBLICIDAD; ALQUILER DE MATERIAL
PUBLICITARIO; PUBLICIDAD EN RADIO; COMERCIALES EN
RADIO; SERVICIOS DE REUBICACIÓN PARA EMPRESAS;
ALQUILER DE ESPACIOS PUBLICITARIOS; ALQUILER DE
MÁQUINAS FOTOCOPIADORAS; VENTA AL POR MENOR DE
MÁQUINAS DE VIDEOJUEGOS Y SU SOFTWARE, INCLUYEN-
DO A TRAVÉS DE INTERNET; SERVICIOS DE SECRETARIA;
SERVICIOS DE DECORACIÓN DE VITRINAS; INFORMACIÓN
COMERCIAL ESTADÍSTICA SOBRE LAS VENTAS DE NUEVOS
PRODUCTOS; SISTEMATIZACIÓN DE DATOS EN ORDENADOR;
PREPARACIÓN DE IMPUESTOS; PUBLICIDAD TELEVISIVA; CO-
MERCIALES DE TELEVISIÓN; TRANSCRIPCIÓN; DIGITACIÓN;
ACTUALIZACIÓN DE MATERIAL PUBLICITARIO; PROCESA-
MIENTO DE TEXTOS; BÚSQUEDA DE INFORMACIÓN EN AR-
CHIVOS INFORMÁTICOS PARA TERCEROS, EN PARTICULAR,
ARTÍCULOS DE NOTICIAS; TRAMITACIÓN ADMINISTRATIVA
DE LAS ÓRDENES DE COMPRA; SERVICIO DE PUBLICIDAD Y
DE NEGOCIOS, ESPECIALMENTE LA PREPARACIÓN Y DISTRI-
BUCIÓN DE COMUNICACIONES IMPRESAS DE PUBLICIDAD
PARA Y/O POR INSTRUCCIONES DE LOS DEMÁS; PUBLICIDAD
A TRAVÉS DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN; SERVICIOS
DE SUSCRIPCIÓN A PERIÓDICOS; SERVICIOS DE SUSCRIP-
CIÓN A TELECOMUNICACIONES; GESTIÓN EMPRESARIAL
Y ASISTENCIA; CONSULTORÍA EN GESTIÓN EMPRESARIAL;
CONSULTORÍA EN GESTIÓN EMPRESARIAL ESPECIALMENTE
PROPORCIONAR ESTRATEGIAS PRÁCTICAS PARA LA MISMA;
SERVICIOS DE GESTIÓN EMPRESARIAL PARA DEPORTISTAS;
GESTIÓN EMPRESARIAL DE CONSULTORÍA DE ORGANIZA-
CIÓN; SERVICIOS DE GESTIÓN EMPRESARIAL Y SERVICIOS
DE ADMINISTRACIÓN FOMENTANDO LA UTILIZACIÓN DE
UNA RED INFORMÁTICA GLOBAL; CONSULTORÍA EN ORGA-
NIZACIÓN EMPRESARIAL; ADMINISTRACIÓN COMERCIAL
DE LICENCIAS DE PRODUCTOS Y SERVICIOS DE TERCEROS;
INFORMACIÓN Y ASESORAMIENTO COMERCIAL A LOS
CONSUMIDORES [TIENDA DE ASESORÍA AL CONSUMIDOR];
COMPILACIÓN DE ESTADÍSTICAS; BÚSQUEDA DE DATOS EN
ARCHIVOS INFORMÁTICOS PARA TERCEROS; FACTURACIÓN;
COMPOSICIÓN DE PÁGINAS CON FINES PUBLICITARIOS;
MARKETING; SERVICIOS DE NOTICIAS DE PRENSA; PUBLI-
CIDAD EN LÍNEA EN UNA RED INFORMÁTICA; SERVICIOS
DE OUTSOURCING [LA ASISTENCIA COMERCIAL]; SERVICIO
DE FOTOCOPIAS; PRESENTACIÓN DE PRODUCTOS EN ME-
DIOS DE COMUNICACIÓN PARA SU VENTA AL POR MENOR;
SERVICIOS DE COMPARACIÓN DE PRECIOS; SERVICIOS DE
APROVISIONAMIENTO PARA TERCEROS [COMPRA DE BIE-
NES Y SERVICIOS PARA OTRAS EMPRESAS]; PRODUCCIÓN
DE PELÍCULAS PUBLICITARIAS; PRUEBAS PSICOLÓGICAS
PARA LA SELECCIÓN DE PERSONAL; ALQUILER DE ESPACIOS
PUBLICITARIOS EN MEDIOS DE COMUNICACIÓN; ALQUILER
DE MÁQUINAS EXPENDEDORAS; PROMOCIÓN DE VENTAS
PARA OTROS; BÚSQUEDA DE PATROCINADORES; SERVICIOS
DE TELEMARKETING; CONTESTADOR AUTOMÁTICO PARA
SUSCRIPTORES AUSENTES Y REDACCIÓN DE TEXTOS PUBLI-
CITARIOS. Clase: 35.
La solicitud fue presentada el día veintinueve de marzo del año
dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
tres de diciembre del año dos mil trece.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F027082-3
126 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
No. de Expediente: 2012117332
No. de Presentación: 20120166563
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado FRANCISCO
JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO de SONY
CORPORATION, de nacionalidad JAPONESA, solicitando el registro
de la MARCA DE SERVICIOS,
SONY
Consistente en: la palabra SONY, que servirá para: AMPARAR:
SEGUROS; ASUNTOS FINANCIEROS; ASUNTOS MONETARIOS;
NEGOCIOS INMOBILIARIOS; SUSCRIPCIÓN DE SEGUROS DE
ACCIDENTES; AGENCIAS DE ALOJAMIENTO (APARTAMEN-
TOS); SERVICIOS DE DETERMINACIÓN Y ASESORAMIENTO DE
RIESGO FINANCIERO; ANÁLISIS FINANCIERO; VALORACIÓN
ANTIGUA; ADMINISTRACIÓN DE INMUEBLES; VALORACIÓN
DE ARTE; SERVICIOS DE FIANZAS; SERVICIOS BANCARIOS;
INVERSIÓN DE CAPITAL; FONDOS DE BENEFICENCIA; VERIFI-
CACIÓN DE CHEQUES; SERVICIOS DE AGENCIAS EN MATERIA
DE INTERCAMBIO DE DINERO, CUENTAS DE AHORRO Y EL
DEPÓSITO DE DINERO A TRAVÉS DE REDES ELECTRÓNICAS;
LIMPIEZA DE DINERO; AGENCIAS DE CRÉDITO; SERVICIOS
DE TARJETAS DE CRÉDITO; CORRETAJE DE ADUANAS; SER-
VICIOS DE TARJETAS DE DEBITO; AGENCIAS DE COBROS DE
DEUDAS; DEPOSITO DE VALORES; TRANSFERENCIA ELEC-
TRÓNICA DE FONDOS; SERVICIOS DE PAGO ELECTRÓNICO
DE PEAJES; COMERCIO ELECTRÓNICO DE SERVICIOS DE
PAGO, ESPECIALMENTE, EL ESTABLECIMIENTO DE CUENTAS
UTILIZADAS PARA ADQUIRIR BIENES Y SERVICIOS EN INTER-
NET; INTERCAMBIO DE DINERO; FACTORAJE; FIDUCIARIOS;
CONSULTORÍA FINANCIERA; EVALUACIÓN FINANCIERA
DE LOS SEGUROS DE LA BANCA Y BIENES RAÍCES; INFOR-
MACIÓN FINANCIERA; MANEJO FINANCIERO; PATROCINIO
FINANCIERO; SERVICIOS FINANCIEROS; SUSCRIPCIÓN DE
SEGUROS CONTRA INCENDIOS; EVALUACIONES FISCALES;
INVERSIONES DE FONDOS; GARANTÍAS; SEGUROS DE SA-
LUD; SERVICIOS DE ALQUILER CON OPCIÓN DE COMPRA
FINANCIERA; SERVICIOS PARA REALIZAR TRANSACCIONES
BANCARIAS DESDE EL HOGAR; AGENTES INMOBILIARIOS;
SEGUROS DE CARGA DE BIENES Y SERVICIOS A TRAVÉS DE
INTERNET; PRÉSTAMOS A PLAZOS; CORRETAJE DE SEGUROS;
SEGUROS DE CONSULTORÍA; SEGUROS DE INFORMACIÓN;
SUSCRIPCIÓN DE SEGUROS; EMISIÓN DE TARJETAS DE CRÉDI-
TO; EMISIÓN DE BONOS DE VALOR; EMISIÓN DE CHEQUES DE
VIAJE; FINANCIAMIENTO DE ARRENDAMIENTO CON OPCIÓN
DE COMPRA; ARRENDAMIENTO CON OPCIÓN DE COMPRA DE
INMUEBLES AGRÍCOLAS; ARRENDAMIENTO CON OPCIÓN
DE COMPRA DE BIENES INMUEBLES; PRÉSTAMO SOBRE
PRENDA; SUSCRIPCIÓN DE SEGUROS DE VIDA; SERVICIOS DE
FINANCIAMIENTO DE CRÉDITOS; SUSCRIPCIÓN DE SEGUROS
MARÍTIMOS; BANCA HIPOTECARIA; SERVICIOS DE FONDOS
DE INVERSIÓN; SERVICIOS DE EVALUACIÓN DE LA MONE-
DA; TASACIÓN DE BIENES RAÍCES; CORREDORES DE BIENES
RAÍCES; ADMINISTRACIÓN DE BIENES RAÍCES; COBRO DE
ALQUILERES; ALQUILER DE OFICINAS; ALQUILER DE APAR-
TAMENTOS; ALQUILER DE EDIFICIOS DE APARTAMENTOS;
LOS SERVICIOS DE PAGO DE JUBILACIONES; SERVICIOS DE
SEGUROS DE DEPÓSITO; SERVICIOS DE CAJAS DE AHORRO;
SERVICIOS DE CORRETAJE DE VALORES; SERVICIOS DE
COTIZACIONES EN BOLSA; SERVICIOS DE CORRETAJE DE
ACCIONES Y BONOS; SERVICIOS DE GARANTÍA; SERVICIOS
DE ADMINISTRACIÓN FIDUCIARIA; SERVICIOS DE CORRETA-
JE; SERVICIOS DE CORRETAJE DE CRÉDITOS; SERVICIOS DE
LIQUIDACIÓN DE EMPRESAS; SERVICIOS DE INTERCAMBIO
DE INFORMACIÓN FINANCIERA; SERVICIOS DE CENTROS DE
INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN FINANCIERA; SERVICIOS DE
EVALUACIÓN DE JOYAS; SERVICIOS DE PRÉSTAMOS PARA
EMPRESAS; PRÉSTAMOS [DE FINANCIAMIENTO]; SERVICIOS
DE FONDOS DE PREVISIÓN; SERVICIOS DE EVALUACIÓN
FINANCIERA. Clase: 36.
La solicitud fue presentada el día veintinueve de marzo del año
dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
siete de noviembre del año dos mil trece.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADORA.
ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F027083-3
127DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
No. de Expediente: 2013130345
No. de Presentación: 20130190074
CLASE: 37, 39, 41, 43.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado BILLY ALEXIS ESCOBAR SÁNCHEZ, en su calidad de APODERADO de INVERSIONES EL NACASCOLO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS.
Consistente en: las palabras PUERTO BARILLAS y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE REPARACIÓN DE NAVES ACUÁTICAS. Clase: 37. Para: AMPARAR: PRESTACIÓN DE SER-VICIOS RELACIONADOS A LA NAVEGACIÓN MARÍTIMA, MA-RINERÍA, PUERTO, MUELLE, PISTA DE ATERRIZAJE, PARQUEO DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES, HANGARES TECHADOS Y CERRADOS PARA EMBARCACIONES DE DIFERENTES EN-VERGADURAS, RAMPAS DE EMBARQUE Y DESEMBARQUE, BOTADERO DE EMBARCACIONES MARÍTIMAS, MUELLEE Y BOYAS. Clase: 39. Para: AMPARAR: CASA CLUB. Clase: 41. Para: AMPARAR: SERVICIO DE ALOJAMIENTO, BAR Y RESTAURAN-TE. Clase: 43.
La solicitud fue presentada el día veinticuatro de septiembre del año dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, once de febrero del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F027157-3
MARCA DE PRODUCTO
No. de Expediente: 2013129378
No. de Presentación: 20130188643
CLASE: 09, 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado OSCAR RODRÍGUEZ CHÁVEZ, en su calidad de REPRESENTANTE LE-GAL de AUTO MOTO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL
VARIABLE que se abrevia: AUTO MOTO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO Y SERVICIO.
SUPER ROAD
Consistente en: las palabras SUPER ROAD, traducida al castella-no como: super carretera, que servirá para: AMPARAR: CASCO DE PROTECCIÓN. Clase: 09. Para: AMPARAR: VENTA Y COMERCIA-LIZACIÓN DE MOTOCICLETAS, TRICIMOTOS, CUADRIMOTOS Y AUTOMÓVILES EN GENERAL, REPUESTOS, ACCESORIOS Y HERRAMIENTAS. Clase: 35.
La solicitud fue presentada el día dieciséis de agosto del año dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiocho de febrero del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011949-3
No. de Expediente: 2013129475
No. de Presentación: 20130188778
CLASE: 09, 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado OSCAR RODRÍGUEZ CHÁVEZ, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de AUTO MOTO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: AUTO MOTO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SAL-VADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO Y SERVICIO.
Consistente en: la palabra SONIC, traducida al castellano como: sonico, que servirá para: AMPARAR: CASCOS DE PROTECCIÓN. Clase: 09: AMPARAR: VENTA Y COMERCIALIZACIÓN DE MO-TOCICLETAS, TRICIMOTOS, CUADRIMOTOS Y AUTOMÓVILES EN GENERAL, REPUESTOS, ACCESORIOS Y HERRAMIENTAS. Clase: 35.
128 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
La solicitud fue presentada el día veinte de agosto del año dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiocho de febrero del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011950-3
No. de Expediente: 2014132644
No. de Presentación: 20140195059
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSÉ SALVADOR MOLINA ORELLANA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de 4E DE MÉXICO S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXI-CANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
Consistente en: las palabras SOLEI BY KLAR & DANVER y diseño, se traduce al castellano by como: por, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS SUSTANCIAS PARA LAVAR LA ROPA; PREPARACIONES PARA LIMPIAR, PULIR, DESENGRASAR Y RASPAR; JABONES; PRODUCTOS DE PERFUMERÍA, ACEITES ESENCIALES, COS-MÉTICOS, LOCIONES CAPILARES; DENTÍFRICOS. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día nueve de enero del año dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, siete de febrero del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011960-3
No. de Expediente: 2013132402
No. de Presentación: 20130194676
CLASE: 05.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSÉ SALVADOR MOLINA ORELLANA, en su calidad de APODERA-DO de LABORATORIO DE PRODUCTOS ÉTICOS C.E.I.S.A., de nacionalidad PARAGUAYA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
GASTRICET
Consistente en: la palabra GASTRICET, que servirá para: AMPA-RAR: PREPARACIONES FARMACÉUTICAS Y VETERINARIAS; PREPARACIONES HIGIÉNICAS Y SANITARIAS PARA USO MÉDICO; ALIMENTOS Y SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO O VETERINARIO; ALIMENTOS PARA BEBÉS; COM-PLEMENTOS ALIMENTICIOS PARA PERSONAS Y ANIMALES; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA EMPASTES E IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PREPARACIONES PARA ELIMINAR ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veinte de diciembre del año dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, seis de febrero del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011961-3
No. de Expediente: 2014133716
No. de Presentación: 20140197195
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado VÍCTOR MANUEL IRAHETA ALVAREZ, en su calidad de APODERADO de LABORATORIOS MEDIKEM, SOCIEDAD ANÓNIMA DE
129DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
CAPITAL VARIABLE que se abrevia: MEDIKEM, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
ADALAFENO
Consistente en: la palabra ADALAFENO, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS PARA CONSUMO HUMANO. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de febrero del año dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiocho de febrero del año dos mil catorce.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C011964-3
No. de Expediente: 2013131941
No. de Presentación: 20130193769
CLASE: 25, 35.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAUL AN-TONIO AYALA CHACÓN, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO Y SERVICIO.
Consistente en: la frase CUATROCUATRODOS y diseño, que servirá para: AMPARAR: CAMISETAS, CAMISAS, PANTALONES CORTOS, PANTS, CHUMPAS, SUÉTERES, ZAPATOS, LICRAS, CALCETINES, GORRAS, SOMBREROS, VINCHAS. Clase: 25. Para: AMPARAR: COMERCIALIZACIÓN DE CAMISETAS, CAMISAS, PANTALONES CORTOS, PANTS, CHUMPAS, SUÉTERES, ZAPA-TOS, LICRAS, CALCETINES, GORRAS, SOMBREROS, VINCHAS. Clase: 35.
La solicitud fue presentada el día veintinueve de noviembre del año dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de febrero del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F027075-3
No. de Expediente: 2014132968
No. de Presentación: 20140195763
CLASE: 21.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado FRAN-CISCO JAVIER MEJÍA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO de ABSORMEX CMPC TISSUE, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
Consistente en: la palabra Melpaper y diseño, que servirá para: AMPARAR: DISPOSITIVOS PARA LA HIGIENE BUCAL, SERVI-LLETEROS, PAPELERAS, CESTOS DE PAPEL, DISTRIBUIDORES DE JABÓN, TRAPEADORES, DESECHOS DE ALGODÓN PARA LIMPIAR, TRAPOS DE LIMPIEZA, FILTROS PARA USO DOMÉS-TICO, BASUREROS, TRAPOS PARA EL PISO, TRAPOS PARA QUITAR EL POLVO, PORTARROLLOS DE PAPEL HIGIÉNICO, PORTAJABONES, PORTATOALLAS PARA MESA, PLATOS DE PAPEL, UTENSILIOS COSMÉTICOS, SALVAMANTELES, PAÑO DE GOMA PARA LIMPIAR, DESPACHADORES DE TOALLAS DE PAPEL. Clase: 21.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de enero del año dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cinco de febrero del año dos mil catorce.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F027084-3
130 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
No. de Expediente: 2013130497
No. de Presentación: 20130190315
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado FRANCISCO JAVIER MEJÍA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO de HADA, S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
DANS
Consistente en: la palabra DANS, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS SUSTANCIAS PARA LAVAR LA ROPA; PREPARACIONES PARA LIMPIAR, PULIR, DESENGRASAR, Y RASPAR; JABONES; PRODUCTOS DE PERFUMERÍA, ACEITES ESENCIALES, COSMÉTICOS, LO-CIONES CAPILARES; DENTÍFRICOS. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día primero de octubre del año dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de noviembre del año dos mil trece.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F027086-3
No. de Expediente: 2013130904
No. de Presentación: 20130191017
CLASE: 30.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MARISA-BELLA NOVOA HENRÍQUEZ, en su calidad de APODERADO de OLEOPRODUCTOS DE HONDURAS, S.A. DE C.V. (OLEPSA), de nacionalidad HONDUREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
Consistente en: la frase JapiJapi, que servirá para: AMPARAR: CAFÉ, TE, CACAO Y SUCEDÁNEOS DEL CAFÉ, ARROZ, TAPIOCA Y SAGU, HARINAS Y PREPARACIONES A BASE DE CEREALES; PAN, PRODUCTOS DE PASTELERÍA Y CONFITERÍA, HELADOS,
AZÚCAR, MIEL, JARABE DE MELAZA, LEVADURA, POLVOS DE HORNEAR, SAL, MOSTAZA, VINAGRE, SALSAS (CONDI-MENTOS), ESPECIAS, HIELO. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de octubre del año dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, once de noviembre del año dos mil trece.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F027105-3
No. de Expediente: 2013130905
No. de Presentación: 20130191018
CLASE: 29.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MARISA-BELLA NOVOA HENRÍQUEZ, en su calidad de APODERADO de OLEOPRODUCTOS DE HONDURAS, S.A. DE C.V. (OLEPSA), de nacionalidad HONDUREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
Consistente en: la frase JapiJapi, que servirá para: AMPARAR: CARNE, PESCADO, CARNE DE AVE Y CARNE DE CAZA, EX-TRACTOS DE CARNE, FRUTAS Y VERDURAS, HORTALIZAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA, CONGELADAS, SECAS Y COCI-DAS; JALEAS, CONFITURAS, COMPOTAS, HUEVOS, LECHE Y PRODUCTOS LÁCTEOS; ACEITES Y GRASAS COMESTIBLES. Clase: 29.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de octubre del año dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, once de noviembre del año dos mil trece.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F027106-3
131DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
SECCION DO CU MEN TOS OFICIALESSECRETARÍA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA
132 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
133DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
134 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
135DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
136 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
137DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
138 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
139DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
140 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
141DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
142 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
143DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
144 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
145DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
146 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
147DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
148 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
149DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
150 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
151DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
152 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
153DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
154 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
155DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
156 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
157DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
RESOLUCION No. 2032/2013
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintinueve días del mes de octubre de dos mil trece.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, obtenido en el QUEENS' SCHOOL OF BUSINESS, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 20 de diciembre de 2010 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la lega-lidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, opción Contaduría, obtenido en el QUEENS' SCHOOL OF BUSINESS, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a ANA GABRIELA RODRÍGUEZ PEREIRA. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F011940)
RESOLUCION No. 2109/2013
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintinueve días del mes de octubre de dos mil trece.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General, obtenido en el COLEGIO INMACULADA CONCEPCIÓN, Municipio de Nueva San Salvador, Departamento de La Libertad, extendido con fecha 30 de noviembre de 2001 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departa-mento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el COLEGIO INMACULADA CONCEPCIÓN, Municipio de Nueva San Salvador, Departamento de La Libertad, a EDUARDO ISMAEL ASCENCIO HERNÁNDEZ. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F010342)
RESOLUCION No. 2602/2013
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los nueve días del mes de diciembre de dos mil trece.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General, obtenido en el COLEGIO SANTA CRUZ, Municipio de Apopa, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 11 de mayo de 2009 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el COLEGIO SANTA CRUZ, Municipio de Apopa, Departamento de San Salvador, a CECILIA CAROLINA DUBÓN HERNÁNDEZ. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F016694)
158 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
RESOLUCION No. 2603/2013
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los dos días del mes de diciembre de dos mil trece.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller en Comercio y Administración, obtenido en el INSTITUTO NACIONAL ISIDRO MENÉNDEZ, Municipio de San Miguel, Departamento de San Miguel, extendido con fecha 30 de noviembre de 1983 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración, opción Contaduría, obtenido en el INSTITUTO NACIONAL ISIDRO MENÉNDEZ, Municipio de San Miguel, Departamento de San Miguel, a JORGE ALBERTO PAZ HERNÁNDEZ. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F016402)
RESOLUCION No. 2604/2013
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los seis días del mes de diciembre de dos mil trece.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General, obtenido en el INSTITUTO NACIONAL DE SAN JUAN OPICO, Municipio de San Juan Opico, Departamento de La Libertad, extendido con fecha 20 de diciembre de 2011 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el INSTITUTO NACIONAL DE SAN JUAN OPICO, Municipio de San Juan Opico, Departamento de La Libertad, a KATHERINE ABIGAIL ANAYA LÚE. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F017167)
RESOLUCION No. 2605/2013
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los seis días del mes de diciembre de dos mil trece.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General, obtenido en el COMPLEJO EDUCATIVO DE NUEVO EDÉN DE SAN JUAN, Municipio de San Miguel, Departamento de San Miguel, extendido con fecha 20 de diciembre de 2012 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la lega-lidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el COMPLEJO EDUCATIVO DE NUEVO EDÉN DE SAN JUAN, Municipio de San Miguel, Departamento de San Miguel, a MIGUEL ÁNGEL HERNÁNDEZ CEDILLO. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F016440)
159DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
RESOLUCION No. 2606/2013
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los dos días del mes de diciembre de dos mil trece.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General, obtenido en el INSTITUTO NACIONAL JOAQUÍN ERNESTO CÁRDENAS, Municipio de San Miguel, Departamento de San Miguel, extendido con fecha 26 de noviembre de 2007 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la lega-lidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el INSTITUTO NACIONAL JOAQUÍN ERNESTO CÁRDENAS, Municipio de San Miguel, Departamento de San Miguel, a FARES AMINADAB CISNEROS RODRÍGUEZ. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F016445)
RESOLUCION No. 2609/2013
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los dos días del mes de diciembre de dos mil trece.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller en Comercio y Administración, obtenido en el INSTITUTO NACIONAL ISIDRO MENÉNDEZ, Municipio de San Miguel, Departamento de San Miguel, extendido con fecha 30 de noviembre de 1981 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración, opción Contaduría, obtenido en el INSTITUTO NACIONAL ISIDRO MENÉNDEZ, Municipio de San Miguel, Departamento de San Miguel, a JULIO NAPOLEÓN MONTIEL CABALLERO. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F016495)
RESOLUCION No. 2610/2013
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veinte días del mes de diciembre de dos mil trece.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional Industrial, obtenido en el INSTITUTO NACIONAL MAESTRO ALBERTO MASFERRER, Municipio de Mejicanos, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 20 de diciembre de 2011 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Industrial, opción Mecánica Automotriz, obtenido en el INSTITUTO NACIONAL MAESTRO ALBERTO MASFERRER, Municipio de Mejicanos, Departamento de San Salvador, a MARVIN ISRAEL HERNÁNDEZ ALVAREZ. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F018702)
160 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
RESOLUCION No. 2611/2013
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los doce días del mes de diciembre de dos mil trece.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General, obtenido en el CENTRO ESCOLAR GENERAL FRANCISCO MORAZÁN, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 22 de diciembre de 2005 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la lega-lidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el CENTRO ESCOLAR GENERAL FRANCISCO MORAZÁN, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a IRIS AMÉRICA TADEO MORALES. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F017467)
RESOLUCION No. 2612/2013
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los tres días del mes de diciembre de dos mil trece.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller en Comercio y Administración, obtenido en el LICEO AMERICANO, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 08 de marzo de 1979 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUEL-VE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración, opción Contaduría, obtenido en el LICEO AMERICANO, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a MARTA ALICIA LÓPEZ RIVERA. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F016583)
RESOLUCION No. 2613/2013
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los tres días del mes de diciembre de dos mil trece.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller en Comercio y Administración, obtenido en el INSTITUTO NACIONAL DR. FRANCISCO MARTÍNEZ SUÁREZ, Municipio de Chalatenango, Departamento de Chalatenango, extendido con fecha 15 de diciembre de 1992 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración, obtenido en el INSTI-TUTO NACIONAL DR. FRANCISCO MARTÍNEZ SUÁREZ, Municipio de Chalatenango, Departamento de Chalatenango, a MARÍA MILAGRO GUARDADO SALINAS. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F016592)
161DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
RESOLUCION No. 2615/2013
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los seis días del mes de diciembre de dos mil trece.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional en Salud Obtenido en el INSTITUTO EL SALVADOR, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 20 de enero de 2011 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional en Salud, obtenido en el INSTITUTO EL SALVADOR, Municipio de San Sal-vador, Departamento de San Salvador, a JOSÉ ANTONIO MEJÍA BOLAÑOS. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL
(Registro No. F016655)
RESOLUCION No. 2617/2013
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los seis días del mes de diciembre de dos mil trece.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller en Comercio y Administración Obtenido en el NUEVO LICEO PANAMERICANO, Municipio de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, extendido con fecha 30 de noviembre de 1994 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración, Opción Secretariado obtenido en el NUEVO LICEO PANAMERI-CANO, Municipio de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, a ELSA CECILIA MIRANDA VELÁSQUEZ. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL
(Registro No. F016676)
RESOLUCION No. 2620/2013
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los seis días del mes de diciembre de dos mil trece.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Comercial Obtenido en el INSTITUTO NACIONAL DE SENSUNTEPEQUE, Municipio de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, extendido con fecha 20 de diciembre de 2011 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la lega-lidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Comercial, Opción Asistencia Contable obtenido en el INSTITUTO NACIONAL DE SENSUNTEPEQUE, Municipio de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, a CARLOS ANTONIO CANTARERO VILLANUEVA. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL
(Registro No. F016777)
162 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
RESOLUCION No. 2621/2013
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los seis días del mes de diciembre de dos mil trece.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General Obtenido en el CENTRO ESCOLAR CANTÓN SANTA MARTA Municipio de Victoria, Departamento de Cabañas, extendido con fecha 30 de noviembre de 2006 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el CENTRO ESCOLAR CANTÓN SANTA MARTA Municipio de Victoria, Departamento de Cabañas, a CARMEN YAMILETH JOVEL JOVEL Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL
(Registro No. F016798)
RESOLUCION No. 2622/2013
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los seis días del mes de diciembre de dos mil trece.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General Obtenido en el CENTRO ESCOLAR 10 DE OCTUBRE Municipio de Victoria, Departamento de Cabañas, extendido con fecha 16 de enero de 2004 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el CENTRO ESCOLAR 10 DE OCTUBRE Municipio de Victoria, Departamento de Cabañas, a MARÍA EVILA REYES LAÍNEZ Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL
(Registro No. F016797)
RESOLUCION No. 2624/2013
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los seis días del mes de diciembre de dos mil trece.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General Obtenido en el INSTITUTO CULTURAL OXFORD, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 20 de noviembre de 1998 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el INSTITUTO CULTURAL OXFORD, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a ELSY NOHEMI ABARCA DURÁN. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL
(Registro No. F016812)
163DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.
RESOLUCION No. 2625/2013
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los seis días del mes de diciembre de dos mil trece.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General Obtenido en el COLEGIO LA SAGRADA FAMILIA, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 19 de enero de 1998 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el COLEGIO LA SAGRADA FAMILIA, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a ROSA MARÍA CONTRERAS CASTILLO. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL
(Registro No. F016824)
RESOLUCION No. 2631/2013
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los seis días del mes de diciembre de dos mil trece.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller en Comercio y Administración Obtenido en el EXTERNADO JOHN F. KENNEDY, Municipio de Zacatecoluca, Departamento de La Paz, extendido con fecha 12 de diciembre de 1991 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUEL-VE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración, Opción Secretariado obtenido en el EXTERNADO JOHN F. KENNEDY, Municipio de Zacatecoluca, Departamento de La Paz, a MARVIN XIOMARA ESTUPINIAN GAVIDIA. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL
(Registro No. F017102)
RESOLUCION No. 2632/2013
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los seis días del mes de diciembre de dos mil trece.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional Industrial Obtenido en el LICEO PROFESOR LADISLAO LEIVA, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 20 de diciembre de 2010 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Industrial, Opción Mecánica Automotriz obtenido en el LICEO PROFESOR LADISLAO LEIVA, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a ISAAC ANTONIO UMAÑA UMAÑA HOY ISAAC ANTONIO UMAÑA CHÁVEZ. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL
(Registro No. F017122)
164 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402
RESOLUCION No. 2634/2013
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los seis días del mes de diciembre de dos mil trece.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General Obtenido en el CENTRO DE ESTUDIOS LA SALLE, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 07 de enero de 2009 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el CENTRO DE ESTUDIOS LA SALLE, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a ANA SOFÍA OCHOA REBOLLO. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL
(Registro No. F017173)
RESOLUCION No. 2635/2013
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los seis días del mes de diciembre de dos mil trece.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Académico Obtenido en el INSTITUTO NACIONAL DE SANTA ANA, Municipio de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, extendido con fecha 15 de noviembre de 1991 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Académico, Opción Humanidades obtenido en el INSTITUTO NACIONAL DE SANTA ANA, Municipio de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, a MARCO ANTONIO ALVARADO CASTILLO. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL
(Registro No. F017221)
RESOLUCION No. 2637/2013
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los doce días del mes de diciembre de dos mil trece.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General Obtenido en el COLEGIO SAN FRANCISCO, Municipio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, extendido con fecha 22 de diciembre de 2004 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el COLEGIO SAN FRANCISCO, Municipio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, a JENNIFER ANDREA ZAMORA ALFARO. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL
(Registro No. F017726)
Imprenta Nacional - Tiraje 400 Ejemplares.
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