Diferencias entre el derecho ingls y norteamericano de contratos www.traduccionjuridica.es
Ruth Gmez y Fernando Cuado. Publicado en Lawyer Press en abril de 2014.
Diferencias entre el derecho ingls y norteamericano de contratos
Por Ruth Gmez y Fernando Cuado
Los abogados espaoles que trabajan habitualmente con contratos internacionales
estn expuestos a recibir diferentes tipos de documentos redactados en ingls. Algunos
proceden del Reino Unido, otros de los Estados Unidos y otros, incluso, han sido
redactados en diferentes pases de habla no inglesa. Lo ms habitual es que los contratos
internacionales sean redactados por bufetes ingleses o norteamericanos, y este origen
hace que presenten diferencias lingsticas y conceptuales que pueden ser relevantes a la
hora de interpretarlos.
Las principales diferencias entre el ingls jurdico de los Estados Unidos y el de
Inglaterra son de tipo lingstico, pero tambin existen importantes diferencias en los
conceptos jurdicos empleados. Comenzando por las primeras hay que decir que existen
algunas palabras que significan lo mismo pero se escriben de forma distintita en ambos
pases (USA: labor / UK: labour) (USA: offense / UK: offence) (USA: defense / UK:
defence). Existen tambin expresiones jurdicas propias de los contratos que varan de
un pas a otro como, por ejemplo, la expresin best endeavours de uso generalizado
en el Reino Unido para indicar que las partes harn todo lo que est en su mano para
obtener un determinado resultado que, sin embargo, en los Estados Unidos se
sustituye por la expresin best efforts. Ambas se emplean con el mismo sentido. El
mismo caso lo encontramos en la expresin norteamericana merchantable quality que se
emplea en los contratos de compraventa de mercancas para garantizar (o no) calidad
del producto, y que en el Reino Unido equivale a la expresin satisfactory quality. En
este caso, la diferencia terminolgica es algo mayor y puede dar lugar a que se
interpreten de forma distinta ambas expresiones cuando, en realidad, son equivalentes.
No obstante estas diferencias lingsticas, las principales divergencias entre el
lenguaje jurdico de ambos pases se deben a su Derecho, pues entre el Derecho ingls y
el norteamericano existen importantes diferencias, especialmente en materia de
contratos. A pesar de que ambos pases comparten la raz comn del Common Law, su
evolucin ha sido diferente y los desarrollos legales y jurisprudenciales de los Estados
Unidos han hecho que surjan en dicho pas conceptos e instituciones jurdicas propias.
Tal vez, la diferencia ms importante y con mayores consecuencias prcticas sea la
inexistencia, en el Derecho ingls, de un deber implcito de buena fe (implied duty of
good faith) a la hora de negociar un contrato. Este deber, por el contrario, s existe en el
Derecho norteamericano, el cual se alinea, en este sentido como muy bien explica
Nicholas Tall en un interesante artculo publicado hace algunos aos en Lexology,
con la mayora de los sistemas jurdicos continentales como el espaol o el francs,
incluso con otros sistemas del Common Law como el australiano, que s exigen la buena
fe negocial de las partes y que trae, como consecuencia, la obligacin de
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Ruth Gmez y Fernando Cuado. Publicado en Lawyer Press en abril de 2014.
confidencialidad, o el uso transparente de la informacin y la responsabilidad por una
ruptura abrupta de las negociaciones1. En el Derecho ingls no existe tal deber general,
salvo de forma muy limitada en campos como la legislacin laboral o la regulacin del
contrato de seguro. La consecuencia prctica radica en que, en el caso de que los
tribunales ingleses tengan que interpretar clusulas ambiguas de un contrato, stos se
deben atener a lo que dicha clusula podra significar para una persona que conociera
(como las partes) todos los hechos y antecedentes del contrato en cuestin en la fecha en
la que se celebr, sin tener en cuenta la buena fe, la intencin de las partes o los usos y
prcticas comerciales habituales.
Otro ejemplo significativo, citado por Tall, de cmo las mismas palabras pueden
tener efectos o consecuencias distintas en contratos norteamericanos o ingleses es el de
las clusulas de limitacin de responsabilidad (Limitation Clauses). Por ejemplo,
cuando en un contrato redactado en los Estados Unidos encontramos la expresin
indirect and consequential losses en alusin a que una de las partes no se hace
responsable de dichas prdidas o daos y perjuicios indirectos o consecuenciales, se est
diciendo que dicha parte no asume ninguna responsabilidad por el lucro cesante (loss of
profit) causado a la otra parte por el incumplimiento contractual (breach of contract).
Por el contrario, el Derecho ingls no suele considerar el lucro cesante como un
perjuicio indirecto, sino directo, de forma que dicha expresin en un contrato ingls no
excluira la responsabilidad por lucro cesante.
Ruth Gmez y Fernando Cuado son licenciados en Derecho y traductores
profesionales especializados en traduccin jurdica de ingls. Tambin son profesores
de traduccin jurdica en la Universidad Pontificia de Comillas y coautores del blog El
jurista-lingista (http://traduccionjuridica.es/blog).
1 Vase, en este sentido, el interesante libro de Sixto A. Snchez Lorenzo El Derecho ingls de los
contratos internacionales (2013). Tirant lo Blanch.