5/26/2018 Doctrina Casacion 01004-2010-00429 Fondo 441 Numeral 2
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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, CMARA PENAL
RECURSO DE CASACIN 01004-2010-00429
DOCTRINA
La diferencia sustancial entre los delitos de apropiacin y retencin indebidas y
estafa, radica en el elemento interno que caracteriza a ste ltimo, consistente en
que mediante ardid o engao, se induce a una persona en error, que le lleva a
disponer en perjuicio de su patrimonio; mientras que en el primero de los delitos
mencionados, el sujeto activo, en perjuicio de otro, se apropia o distrae dinero,
efectos o cualquier otro bien mueble que ubiera recibido en depsito, comisin o
administracin, que ten!a la obligacin de entregar o devolver" #n el presente
caso se produce la estafa propia en forma continuada, por la accin realizada por
la persona que, induciendo a error, defraud en su patrimonio a los compradores
de lotes, toda vez que recibi de stos abonos en efectivo y depsitos a cuenta de
engances, acindoles creer que los montos se abonaban efectivamente, pero
en realidad se apropi ileg!timamente de ese dinero para beneficio personal, en
detrimento del patrimonio de los agraviados" $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $
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