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MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA A NIVEL DE ASFALTADO DEL TRAMO ACOBAMBA PALCAMAYO
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1ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL
CONTENIDORESUMEN EJECUTIVO 4-6
CAPTULO I: INTRODUCCIN 7-13
1.1. GENERALIDADES 8-9
1.2. OBJETIVOS 9-11
1.3. METODOLOGIA 11-13
CAPTULO II: MARCO LEGAL 14-39
2.1. GENERALIDADES 15
2.2. MARCO LEGAL 15-28
2.3. NORMAS LEGALES ESPECFICAS 28-31
2.4. MARCO INSTITUCIONAL 32-38
2.5. CONSIDERACIONES FINALES 39
CAPTULO III: DESCRIPCIN DEL PROYECTO 40-47
3.1. UBICACIN 41
3.2. TRABAJOS A REALIZAR 42-46
3.3. ESTUDIO DE AREAS 46-47
CAPTULO IV: AREA DE INFLUENCIA 48-51
4.1. GENERALIDADES 49
4.2. REA DE INFLUENCIA AMBIENTAL DIRECTA 49-50
4.3. REA DE INFLUENCIA AMBIENTAL INDIRECTA 50-51
CAPTULO V: LINEA DE BASE 52-93
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2ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL
5.1. GENERALIDADES 53
5.2. MEDIO FSICO 53-61
5.3. MEDIO BIOLGICO 61-78
5.4. MEDIO SOCIO ECONOMICO Y CULTURAL 78-93
CAPTULO VI: IDENTIFICACIN Y EVALUACIN DE 94-132
IMPACTOS AMBIENTALES
6.1. GENERALIDADES 95
6.2. METODOLOGA PARA LA EVALUACIN DE IMPACTOS 96-113
6.3. IDENTIFICACIN Y DESCRIPCIN DE LOS IMPACTOS 114-132
AMBIENTALES
CAPTULO VII: PLAN DE MANEJO AMBIENTAL 133-166
7.1. GENERALIDADES 134-135
7.2. PROGRAMA DE MITIGACION 135-148
7.3. PROGRAMA DE PREVENCION Y CONTROL DE RIESGOS 149-153
7.4. ESPECIFICACIONES TCNICAS AMBIENTALES 153-166
CAPTULO VIII: PLAN DE SEGUIMIENTO Y MONITOREO 167-175
AMBIENTAL
8.1. GENERALIDADES 168-169
8.2. OBJETIVOS 169-170
8.3. OPERACIONES DE SEGUIMIENTO Y/O VIGILANCIA 170-175
CAPTULO IX: PLAN DE CONTINGENCIA 176-190
9.1 GENERALIDADES 177-178
9.2. OBJETIVOS 178
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9.3. AMBITO DEL PLAN 178-183
9.4. PLAN DE ACCIN 183-190
CAPTULO X: PLAN DE ABANDONO 191-196
10.1. GENERALIDADES 192
10.2. SUB PROGRAMA DE ABANDONO DE OBRA 193
10.3 PROCEDIMIENTO GENERAL PARA EL ABANDONO DE 194-196
OBRA
CAPTULO XI: PLAN DE PARTICIPACIN CIUDADANA 197-204
11.1. GENERALIDADES 198-199
11.2. OBJETIVOS 199
11.3. MECANISMOS DE PARTICIPACIN CONVOCATORIAS 199-202
11.4. PROGRAMA DE SENSIBILIZACION 202-204
CAPITULO XII: PRESUPUESTO 205-211
12.1. GENERALIDADES 206
12.2. DEFINICION DE COSTOS ASOCIADOS 206-211
CAPTULO XIII: CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES 212-216
13.1. CONCLUSIONES 213-215
13.2. RECOMEDACIONES 215-216
PANEL FOTOGRAFICO 217-234
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RESUMEN EJECUTIVO
El presente Estudio de Impacto Ambiental del proyecto MEJORAMIENTO DE LA
CARRETERA A NIVEL DE ASFALTADO DEL TRAMO ACOBAMBA
PALCAMAYO SAN PEDRO DE CAJAS CONDORIN, PROVINCIA DE
TARMA - DEPARTAMENTO DE JUNIN, comprende el estudio de las
condiciones ambientales del medio fsico, bitico, socioeconmico y cultural y las
actividades del proyecto en las etapas de construccin, operacin y abandono,
como resultado de dicha interaccin pueden generarse impactos positivos o
negativos en el rea de influencia directa e indirecta; el objetivo es identificar,
definir y evaluar los impactos ambientales que se produzcan sobre los recursos
naturales y el medio ambiente (fsico, bitico y social) por el desarrollo del
proyecto, estableciendo luego todas las medidas de manejo ambiental necesarias
para la prevencin, mitigacin, control, correccin o compensacin y su forma de
ejecucin expresado en un Plan de Manejo Ambiental, el cual contendr los
planes especficos para prevenir, mitigar, corregir o compensar los efectos e
impactos negativos en los componentes fsico, bitico y social y adicionalmente
planes que establezcan los mecanismos de seguimiento y monitoreo de las
medidas ambientales adoptadas, incluidas las contingencias que puedan surgir en
el desarrollo del proyecto, dentro del marco establecido en la estrategia.
El proyecto vial se encuentra ubicado en la provincia de Tarma, dentro de los
distritos de Acobamba, Palcamayo y San Pedro de Cajas, consiste en el
mejoramiento asfaltico de la carretera afirmada existente de 40+873 Km, adems
se realizarn obras de arte (cunetas, alcantarillas, badenes) y sealizacin, este
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es un proyecto de gran inters social y econmico para la poblacin ya que les
permitir el desarrollo econmico a nivel local, regional y nacional.
Para la elaboracin del estudio de impacto ambiental se realiz una etapa
preliminar para recopilar informacin, se hizo la etapa de campo donde obtuvo
informacin en el lugar que permiti la mejor identificacin y delimitacin de los
recursos fsicos, biticos, y una etapa de gabinete para el procesamiento de
datos, se reviso el marco legal aplicables al proyecto vial y conservacin del
ambiente.
En cuanto a las caractersticas de la zona: presenta un clima templado en las
partes bajas, y frgido en las partes altas que oscilan entre 6C y 12C y durante la
noche de 5C bajo cero-6, se encuentra en la Cuenca del Rio Perenne, sub
cuenca del Rio Palcamayo, se halla en un valle longitudinal cuyo relieve es
variable y abrupto, con depresiones interandinas, pendientes pronunciadas cuyas
caractersticas son tpicas de la sierra alto andina y mesoandina, cuya fisiografa
se modifica progresivamente o se interrumpen bruscamente para dar paso a
ascensiones escarpadas, va de una planicie ondulada a disectada, se manifiestan
las siguientes formas fisiogrfica, presenta tierras aptas para cultivo en limpio, con
una calidad agrologica media limitada por clima, erosin y factores antrpicos,
Presenta tierras aptas pastoreo y proteccin, la zona presenta cinco zonas de vida
por lo que presenta gran diversidad de paisajes, flora y fauna; atractivos tursticos
y restos arqueolgicos. Las principales actividades econmicas son la agricultura
(hortalizas, hierbas medicinales, plantas aromticas y otros cultivos), floricultura,
ganadera y artesana, por lo que la carretera les facilita el comercio de sus
productos; esta lnea base nos permiti determinar, describir y evaluar los posibles
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impactos que se generen y se analizo a travs de una matriz causa efecto y
una matriz de identificacin.
Se identificaron que las actividades del proyecto vial, producirn una serie de
impactos positivos que en contraparte con los impactos negativos que puedan
resultar son relevantes y de alta importancia para el desarrollo de la economa
local, regional y nacional impulsando las actividades agrcolas, pecuarias, y
comerciales principalmente dinamizando su economa por efecto de mayor y
mejor transitabilidad. No se han identificado procesos de destruccin o
desaparicin de restos arqueolgicos, histricos y/o culturales sitios tursticos de
la zona, los impactos negativos identificados tienen efectos sobre la calidad del
agua, suelo y aire son de magnitud moderada; causados principalmente por la
movilizacin y operacin de la maquinaria, extraccin de canteras y la eliminacin
de material excedente en escombreras, mientras que a la cobertura vegetal, fauna
y paisaje es de magnitud leve, son de carcter temporal y altamente mitigables o
minimizados
Se recomienda cumplir con la implementacin de las medidas ambientales
contempladas en los Programas que se detallan en el Plan de Manejo Ambiental,
propuestos con el objeto de cuidar que estas actividades no afecten el medio
ambiente, asimismo se recomienda y en tanto sea posible se desarrollen
actividades de participacin ciudadana a fin de complementar las acciones
ambientales que forman parte del proyecto vial
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CAPTULO IINTRODUCCIN
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1.1. GENERALIDADES
El proyecto Mejoramiento De La Carretera A Nivel De Asfaltado Del Tramo
Acobamba Palcamayo San Pedro De Cajas Condorin, Provincia DeTarma Departamento De Junn, cuya finalidad es la de mejorar las
condiciones de accesibilidad y transitabilidad de las vas rurales vecinales,
contribuyendo a mejorar la economa local, regional y nacional.
El proyecto est enfocado en al mejoramiento de la carretera afirmada extiende a
lo largo de 40+873 Km aproximadamente; el proyecto vial se encuentra ubicado
en la Provincia de Tarma, tiene su inicio en el poblado de Acobamba y finaliza en
Condorin (cruce con la carretera Oroya - Cerro de Pasco).
El Estudio de Impacto Ambiental (EIA) comprende el anlisis de la situacin actual
de las caractersticas del medio ambiente y del proyecto vial para predecir e
identificar los posibles impactos ambientales positivos y negativos que pudieran
suscitarse, en las diferentes etapas construccin, abandono y operacin del tramo
vial; para los impactos negativos se plantea la manera de mitigarlos, aminorarlos,
corregirlos o eliminarlos, y tratar de incrementar los efectos que los impactos
ambientales positivos puedan presentarse. Asimismo, la realizacin del presente
estudio, contiene una serie de ventajas que pueden concretarse en ahorros, en las
inversiones y costos del proyecto, as como obtener diseos perfeccionados e
integrados con el entorno.
El Estudio de Impacto Ambiental ha considerado caractersticas ambientales,
sociales, econmicas y culturales del rea de estudio que involucra la continua
bsqueda del equilibrio entre las alteraciones ambientales y el desarrollo de las
actividades, exigiendo una permanente coordinacin, ordenamiento y tica,
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respecto a los principios de conservacin, respeto a la vida y a la salud, y a los
procesos naturales. Se incluye en el estudio la descripcin de las actividades del
proyecto que influencian en el desarrollo del ecosistema y produciendo un mayor
beneficio para las generaciones actuales, pero manteniendo la potencialidad para
satisfacer las necesidades de las futuras generaciones; enmarcados en el
concepto de la sostenibilidad.
Para finalizar el Estudio de Impacto Ambiental se basa en determinar los
impactos ambientales potenciales que podran generarse por las acciones del
proyecto vial, referentes a las actividades de construccin, abandono y operacin
del proyecto vial en estudio, por lo que en el Estudio de Impacto ambiental se
define de manera clara la lnea de base ambiental, identificando y evaluando los
posibles impactos ambientales y estableciendo el respectivo plan de manejo
ambiental con medidas de mitigacin, prevencin, control; reforzndolo con un
plan de participacin ciudadana orientado al bienestar de la poblacin para hacer
la convivencia de la operacin armoniosa con los pobladores y locales y
cumpliendo con todas las normas ambientales.
1.2. OBJETIVOS
1.2.1. OBJETIVO GENERAL
El objetivo del Estudio de Impacto Ambiental del proyecto Mejoramiento
de la Carretera a Nivel de Asfaltado del Tramo Acobamba Palcamayo
San Pedro De Cajas Condorin, Provincia de Tarma Departamento
De Junn es identificar, definir y evaluar los impactos ambientales que se
produzcan sobre los recursos naturales y el medio ambiente (fsico, bitico y
social) por el desarrollo del proyecto, estableciendo luego todas las medidas
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de manejo ambiental necesarias para la prevencin, mitigacin, control,
correccin o compensacin y su forma de ejecucin expresado en un Plan
de Manejo Ambiental, el cual contendr los planes especficos para prevenir,
mitigar, corregir o compensar los efectos e impactos negativos en los
componentes fsico, bitico y social y adicionalmente planes que
establezcan los mecanismos de seguimiento y monitoreo de las medidas
ambientales adoptadas, incluidas las contingencias que puedan surgir en el
desarrollo del proyecto, dentro del marco establecido en la estrategia.
1.2.2. OBJETIVOS ESPECIFICOS
Analizar el marco legal ambiental aplicable, de acuerdo a las
caractersticas ambientales y los componentes del Proyecto
Describir, caracterizar y analizar el medio ambiente (abitico, bitico y
socioeconmico cultural) a intervenirse con las actividades y obras del
proyecto.
Evaluar las condiciones ecolgicas y vulnerabilidad de los sistemas
naturales y sociales dentro de la zona de estudio en el que se
desarrollar el proyecto.
Identificar, describir y evaluar de los impactos positivos y negativos
potenciales originados en las actividades de construccin, operacin y
cierre del proyecto
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11ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL
Establecer un plan de manejo ambiental que implique la ejecucin de
acciones de prevencin y/o control ambiental, como son las medidas de
mitigacin ambiental.
Disear un Programa de Seguimiento y monitoreo ambiental que
permita evaluar la eficacia de las medidas diseadas en el Plan de
Manejo Ambiental.
Elaborar el Plan de Contingencia, con base en la identificacin y
evaluacin de los posibles accidentes o riesgos no previstos o ajenos al
desarrollo y operacin del proyecto vial.
1.3. METODOLOGIA
Para ejecutar el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) se planific la interaccin del
Proyecto con el entorno ambiental, siendo fundamental el conocimiento de las
actividades necesarias para su realizacin, as como el conocimiento de los
componentes ambientales, representados por los aspectos abiticos, biticos y
socioeconmicos del rea de influencia del proyecto.
El EIA tuvo la siguiente secuencia:
1.3.1. ETAPA PRELIMINAR DE GABINETE
Comprende la recopilacin, clasificacin y anlisis sistemtico de toda la
informacin existente, textual y cartogrfica sobre la zona a estudiar. En
esta forma, se recogi y orden la documentacin de estudios y trabajos
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12ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL
anteriores acerca de los diversos aspectos que comprende el presente
estudio, destacando la informacin ecolgica, hidrolgica, geolgica,
edafolgica, fauna y flora silvestre; as como la socio-econmica,
poblacional, cultural y arqueolgica. . Con dicha informacin se prepar el
material necesario para emprender el trabajo de campo y se eligieron las
metodologas de evaluacin de impactos ambientales, para que el equipo
de trabajo pueda definir en el campo, los probables impactos ambientales
que podran presentarse en las etapas de planificacin, construccin y
operacin del proyecto en estudio.
La informacin cartogrfica y temtica recopilada, ha sido principalmente
las Cartas Nacionales del Instituto Geogrfico Nacional (IGN) a escala
1/100,000, Mapa Geolgico a escala 1/100,000 (INGEMMET), Mapa
Ecolgico del INRENA (1994), imgenes de satlite, y la informacin de los
propios consultores.
1.3.2. ETAPA DE CAMPO
Denominada de reconocimiento de campo, constituy el estudio en la zona
desde el punto de vista de cada disciplina y tuvo por finalidad complementar
la informacin vertida en la cartografa bsica. Se obtuvo informacin en el
lugar que permiti la mejor identificacin y delimitacin de los recursos
fsicos, la ubicacin y cubicacin de los lugares ms convenientes, que
servirn de depsitos de los materiales de deshechos (escombreras),
principalmente, se obtuvo un conocimiento claro de las caractersticas de los
lugares donde se desarrollarn las obras e identificar los sitios en donde se
producirn los impactos ambientales, tanto positivos como negativos,
durante las etapas de construccin del proyecto vial
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13ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL
Esta etapa se realizo teniendo en cuenta el desarrollo de las siguientes
actividades:
Reconocimiento de campo de toda el rea de influencia del proyecto,para la evaluacin multidisciplinaria de las unidades ambientales.
Observaciones especficas en el rea de ubicacin de las obras, a fin de
coordinar y discutir la solucin de problemas ambientales que podran
presentarse en la ejecucin y operacin del proyecto propuesto.
Identificacin de especies de flora, fauna y los ecosistemas vulnerables.
Ubicar las canteras y los sitios que servirn de escombreras.
Recopilacin de informacin complementaria sobre agricultura,
industria, comercio, educacin, salud, y otras actividades econmicas
en diversas instituciones pblicas de la zona.
1.3.3. ETAPA FINAL DE GABINETE
En esta se especifico el rea de influencia en la que se realizar la
evaluacin ambiental, procediendo a la elaboracin de la lnea base del
estudio, con la informacin recopilada, analizada, organizada e
interpretada, se procedi a identificar y evaluar los Impactos Ambientales
significativos, positivos y negativos del proyecto con la aplicacin de
matrices. Posteriormente, en base al conocimiento del proyecto y a la
aplicacin de las correspondientes metodologas de evaluacin de impactos
ambientales, se procedi a la preparacin del informe en concordancia a las
exigencias planteadas por los trminos de referencia del Estudio de
Impacto Ambiental, as como a lo contemplado por la normativa legal
existente en el Per, respecto al contenido de los Estudios de Impacto
Ambiental.
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CAPTULO IIMARCO LEGAL
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2.1. GENERALIDADES
En el presente captulo, se hace un breve anlisis de las normas generales que
tienen como objetivo principal ordenar las actividades econmicas dentro del
marco de la conservacin ambiental, as como promover y regular el
aprovechamiento sostenible de los recursos naturales renovables y no renovables
existentes en el mbito de influencia del proyecto. Adems se hace referencia a
las normas legales especficas referidas a las actividades del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones, vinculadas con la temtica ambiental.
2.2. MARCO LEGAL
El marco legal aplicable al Proyecto est conformado por un compendio de
normas legales que regulan los asuntos ambientales en el Per. Estas normas
incluyen regulaciones nacionales y sectoriales para la proteccin y conservacinde los recursos naturales, los estndares de calidad ambiental para aire, agua,
entre otros. Dentro del marco legal, se encuentran todas aquellas normas que
son de carcter general y las especficas dirigidas a las actividades referidas al
sector de transportes, stas se describen a continuacin:
2.2.1. CONSTITUCIN POLTICA DEL PER
La Constitucin Poltica del Per constituye, dentro del ordenamiento
jurdico, la norma legal de mayor jerarqua e importancia en el Estado
Peruano. En ella se resaltan los derechos fundamentales de la persona
humana, como son el derecho de gozar de un ambiente equilibrado y
adecuado al desarrollo de la vida.
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16ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL
As en el artculo 21, de dicho texto legal, se establece que los yacimientos,
restos arqueolgicos, construcciones, monumentos y lugares expresamente
declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como
tales, son patrimonio cultural de la Nacin, independientemente de su
condicin de propiedad privada o pblica, y estn protegidos por el Estado.
Por otro lado en el Ttulo III, Captulo II del Ambiente y Los Recursos
Naturales en los artculos 66, 67 y 68 se seala que los recursos
naturales renovables y no renovables son patrimonio de la Nacin, por lo
que el Estado est obligado a promover la conservacin de la diversidad
biolgica.
2.2.2. CDIGO PENAL, LEY QUE MODIFICA DIVERSOS ARTCULOS DEL
CDIGO PENAL LEY N 29263
El nuevo cdigo penal establecido, considera al medio ambiente como un
bien jurdico de carcter socioeconmico, en el sentido de que abarca todas
las condiciones necesarias para el desarrollo de la persona en sus aspectos
biolgicos, psquicos, sociales y econmicos.
En el Ttulo XIII Delitos Contra el Ambiente: en su captulo I Delitos de
contaminacin, y el captulo II Delitos contra los recursos naturales, se
establece lo siguiente: Artculo 304, se refiere a la proteccin del medio
ambiente, estableciendo quien contamina vertiendo residuos slidos,
lquidos, gaseosos o de cualquier otra naturaleza por encima de los lmites
establecidos, y que causen o puedan causar perjuicio o alteraciones en la
flora, fauna y recursos hidrobiolgicos, ser reprimido con pena privativa de
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libertad no menor de uno, ni mayor de tres aos o con ciento ochenta a
trescientos sesenta y cinco das multa.
De acuerdo al Artculo 307, el que deposita, comercializa o vierte desechos
industriales o domsticos en lugares no autorizados o sin cumplir con las
normas sanitarias y de proteccin del medio ambiente, ser reprimido con
pena privativa de libertad no mayor de dos aos.
Es tambin importante tener en cuenta el Artculo 313, donde se estipula
que el que, contraviniendo las disposiciones de la autoridad competente,altera el ambiente natural o el paisaje urbano o rural, o modifica la flora o
fauna, mediante la construccin de obras o tala de rboles que daan la
armona de sus elementos, ser reprimido con pena privativa de libertad no
mayor de dos aos y con sesenta a noventa das-multa.
2.2.3. LA LEY GENERAL DEL AMBIENTE LEY N 28611
Establece, el derecho y deber fundamental (TITULO PRELIMINAR Art. I)
Toda persona tiene el derecho irrenunciable a vivir en un ambiente
saludable equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida y el
deber de contribuir a una efectiva gestin ambiental y de proteger al
ambiente, as como sus componentes, asegurando particularmente la salud
de las personas en forma individual y colectiva, la conservacin de la
diversidad biolgica, el aprovechamiento sostenible de los recursos
naturales y el desarrollo sostenible del pas. Por otro lado en el Capitulo 3
Art. 25, 26 y 27 la ley estable los alcances de los Estudios de Impacto
Ambiental, de los Programas de Adecuacin y Manejo Ambiental y de los
Planes de Cierre de Actividades. En el Titulo III Integracin De La
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Legislacin Ambiental, en el captulo 3 en el artculo 13 establece lo
siguiente: toda persona natural o jurdica, pblica o privada, tiene el deber
de contribuir a prevenir, controlar y recuperar la calidad del ambiente y de
sus componentes.
2.2.4. LEY MARCO PARA EL CRECIMIENTO DE LA INVERSIN PRIVADA
(Decreto legislativo. N 757- 08/11/1991)
Esta ley fue promulgada mediante Decreto Legislativo N 757 del 08-11-91,
posterior al Cdigo del Medio Ambiente, modifica sustancialmente varios
artculos de ste, con la finalidad de armonizar las inversiones privadas, el
desarrollo socio econmico, la conservacin del medio ambiente y el uso
sostenible de los recursos naturales.
En el Ttulo VI: De la Seguridad Jurdica en la Conservacin del Medio
Ambiente, dice:
Artculo 49. El Estado estimula el equilibrio racional entre el desarrollo
socioeconmico, la conservacin del ambiente y el uso sostenido de los
recursos naturales, garantizando la debida seguridad jurdica a los
inversionistas mediante el establecimiento de normas claras de proteccin
del medio ambiente.
Artculo 50. Las autoridades sectoriales competentes para conocer sobre
los asuntos relacionados con la aplicacin de las disposiciones del Cdigo
del Medio Ambiente y los Recursos Naturales son los Ministerios de los
sectores correspondientes a las actividades que desarrollan las empresas,
sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a los Gobiernos
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Regionales y Locales, conforme a lo dispuesto en la Constitucin Poltica.
Artculo 51. La autoridad sectorial competente, determinar las actividades
que por su riesgo ambiental pudieran exceder de los niveles o estndares
tolerables de contaminacin o deterioro del medio ambiente, de tal modo
que requerirn necesariamente la elaboracin de Estudios de Impacto
Ambiental, previo al desarrollo de dichas actividades.
Estableciendo que los Estudios de Impacto Ambiental sern realizados por
empresas o instituciones pblicas o privadas, que se encuentren
debidamente calificadas e inscritas en el Registro que, para tal efecto, abrir
la autoridad sectorial competente, la que establecer los requisitos que
debern cumplirse para tal efecto.
2.2.5. LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACIN DEL IMPACTO
AMBIENTAL (Ley N27446)
La promulgacin de esta ley tiene por finalidad, la creacin del Sistema
Nacional de Evaluacin del Impacto Ambiental (SEIA), como un sistema
nico y coordinado de identificacin, prevencin, supervisin, control y
correccin anticipada de los impactos ambientales negativos derivados de
las acciones humanas expresadas por medio del proyecto de inversin.
El Artculo 5. Criterios de proteccin ambiental Establece que para los
efectos de la clasificacin de los proyectos de inversin que queden
comprendidos dentro del SEIA, la autoridad competente deber ceirse a los
siguientes criterios:
a. La proteccin de la salud de las personas;
b. La proteccin de la calidad ambiental, tanto del aire, del agua, del suelo,
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como la incidencia que puedan producir el ruido y los residuos slidos,
lquidos y emisiones gaseosas y radiactivas;
c. La proteccin de los recursos naturales, especialmente las aguas, el
suelo, la flora y la fauna;
d. La proteccin de las reas naturales protegidas;
e. La proteccin de los ecosistemas y las bellezas escnicas, por su
importancia para la vida natural;
f. La proteccin de los sistemas y estilos de vida de las comunidades;
g. La proteccin de los espacios urbanos;
h. La proteccin del patrimonio arqueolgico, histrico, arquitectnicos y
monumentos nacionales;
i. Los dems que surjan de la poltica nacional ambiental.
Los Artculos 16, 17 y 18 establecen que el organismo coordinador del
SEIA ser el Ministerio del Ambiente (MINAM), mientras que la autoridad
competente es el Ministerio del Sector correspondiente a la actividad que
desarrolla la empresa proponente para el proyecto el Ministerio De
Transporte, Y Comunicaciones.
El Reglamento De La Ley Del Sistema Nacional De Evaluacin De Impacto
Ambiental ya fue aprobado DS. N 019- 2009- MINAM
2.2.6. LEY FORESTAL Y DE FAUNA SILVESTRE (Ley N27308)
Amparada en el Decreto Ley N21147 del 13 de Mayo de 1975, establece
Ley Forestal y de Fauna Silvestre Ley N27308.
La presente Ley, promulgada el 16 de Julio del 2000, indica que el Estado
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promueve el manejo de los recursos forestales y de fauna silvestre en el
territorio nacional, determinando su rgimen de uso racional mediante la
transformacin y comercializacin de los recursos que se deriven de ellos;
norma la conservacin de los recursos forestales y de la fauna silvestre, y
establece el rgimen de uso, transformacin y comercializacin de los
productos que se deriven de ellos.
Le corresponde al Ministerio de Agricultura normar, promover el uso
sostenible y conservacin de los recursos forestales y de la fauna silvestre.
El Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA) es el encargado de la
gestin y administracin de los recursos forestales y de fauna silvestre a
nivel nacional.
2.2.7. LEGISLACIN SOBRE EL RGIMEN AGRARIO
Decreto Supremo N 055-92-AG, que aprueba el Reglamento de
Organizacin y Funciones del Instituto Nacional de Recursos Naturales
(INRENA), promulgado el 22 de Diciembre de 1992.
Artculo 4.- El INRENA tiene como objetivo el manejo y aprovechamiento
racional e integral de los Recursos Naturales renovables y su entorno
ecolgico para lograr el desarrollo sostenible.
Artculo 15.- La Direccin General de Aguas y Suelos, es el rgano
encargado de proponer polticas, planes y normas sobre el uso sostenible de
los recursos agua de riego y suelo; as mismo supervisar y controlar la
ejecucin de los mismos. A su vez es el encargado de controlar y promover
su uso racional, conservacin y preservacin.
Artculo 16.- La Direccin General de Forestal es el rgano encargado de
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proponer polticas, planes y normas sobre el uso sostenible de los recursos
forestales y de supervisar y controlar el cumplimiento de los mismos.
Controlar y promover el uso racional, la conservacin y preservacin de los
recursos forestales. De igual manera, concertar, supervisar y promover el
Plan Nacional de Accin Forestal.
Artculo 17.- La Direccin General de reas Naturales Protegidas y Fauna
Silvestre es el rgano encargado de proponer las polticas, planes y normas
para la adecuada gestin y manejo de las unidades que componen el
Sistema Nacional de reas Naturales Protegidas. De igual manera,
controlar y promover el uso racional, conservacin y preservacin de la
fauna silvestre.
Artculo 19.- La Direccin General de Medio Ambiente Rural, es el rgano
encargado de la evaluacin de impacto ambiental de los programas y
proyectos del Sector Agrario; de ser el caso, proponer las medidas para su
prevencin y correccin, as como efectuar la vigilancia de dichas medidas.
De igual manera, realizar acciones de coordinacin con los dems sectores
sobre aspectos medio ambientales.
2.2.8. LEY ORGNICA DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA. DECRETO (Ley
N 25902)
Esta ley fue promulgada el 29 de Noviembre de 1992, mediante el Decreto
Ley N 25902, el cual en su Artculo 2 seala que el Ministerio de
Agricultura tiene por finalidad promover el desarrollo sostenible del sector
agrario, y establece que el mbito de su sector comprende la conservacin y
manejo de los recursos forestales, la flora y la fauna. Por otra parte el
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Artculo 3 y 5 refieren que es el encargado de proponer la poltica referida
a la conservacin, manejo y control de los recursos naturales.
En el Artculo 19 de los Organismos Pblicos Descentralizados establece
que el Instituto Nacional de Recursos Naturales es el ente fiscalizador
encargado de velar por la calidad del medio ambiente y promover el uso
racional y la conservacin de los recursos naturales con la activa
participacin del Sector Privado, al cual tendr que supervisar controlar y
evaluar para emitir la normatividad sectorial correspondiente
Un cuanto a lo relacionado al medio ambiente, el sector Agricultura debe
proteger, conservar y mejorar la calidad ambiental, velando por la segundad
nacional y el desarrollo integral de la persona humana para asegurarle una
adecuada calidad de vida.
2.2.9. LEY GENERAL DEL SISTEMA DE RECURSOS HDRICOS (Ley N 29338)
Esta Ley establece que las aguas, sin excepcin alguna, son de propiedad
del Estado, y su dominio es inalienable e imprescriptible. No hay propiedad
privada de las aguas ni derechos adquiridos sobre ellas. El uso justificado y
racional del agua, slo puede ser otorgado en armona con el inters social y
el desarrollo del pas. En la Ley General del Sistema de Recursos Hdricos
en el Captulo II de la preservacin indica la prohibicin de verter o emitir
cualquier residuo slido, lquido o gaseoso que pueda contaminar las aguas,
causando daos o poniendo en peligro la salud humana o el normal
desarrollo de la fauna o flora. Asimismo refiere que los efluentes deben ser
adecuadamente tratados hasta alcanzar los lmites permisibles.
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En el artculo 53 se establecen las funciones en materia ambiental y de
ordenamiento territorial, como son formular, aprobar, ejecutar, evaluar,
dirigir, controlar y administrar los planes y polticas en materia ambiental y
de ordenamiento territorial; implementar el sistema regional de gestin
ambiental; controlar y supervisar el cumplimiento de las normas, contratos,
proyectos y estudios en materia ambiental y sobre uso racional de los
recursos naturales, etc.
2.2.13. LEY ORGNICA DE MUNICIPALIDADES (Ley N23853)
Esta ley rige la organizacin, autonoma, competencia, funciones y recursos
de las Municipalidades. Respecto a las funciones generales y especficas en
materia de recursos naturales y medio ambiente, la Ley Orgnica seala en
los Artculos 62, 65, 66, 67 y 68, cada una de las acciones que las
Municipalidades deben asumir.
El Artculo 62 faculta a las Municipalidades, segn sea el caso a, planificar,
ejecutar e impulsar a travs de los organismos competentes, el conjunto de
acciones destinadas a proporcionar al ciudadano, el ambiente adecuado
para la satisfaccin de sus necesidades vitales de vivienda, salubridad,
abastecimiento, educacin, recreacin, transportes y comunicaciones.
El Artculo 65 se refiere a las funciones especficas que compete a las
Municipalidades en materia de acondicionamiento territorial, vivienda y
seguridad colectiva; as, en el numeral 3) seala, que deber velar por la
conservacin de la flora y fauna locales; adems de promover ante las
entidades respectivas, las acciones necesarias para el desarrollo,
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aprovechamiento racional y recuperacin de los recursos naturales ubicados
en el territorio de su jurisdiccin.
El artculo 66 establece todas las acciones pertinentes que las
Municipalidades deben seguir, en los aspectos relacionados a la poblacin,
salud y saneamiento ambiental, de su jurisdiccin. Asimismo, se le faculta a
los gobiernos locales a tomar las acciones necesarias a efectos de poder
llevarse un correcto saneamiento legal dentro su jurisdiccin dando una
serie de acciones que debe de realizar a fin de obtener tal fin y poder
obtener resultados favorables.
Artculo 67.- Son funciones de la Municipalidades en materia de educacin,
cultura, conservacin de monumentos, turismo, recreacin y deportes.
1. Promover y asegurar la conservacin y custodia del patrimonio cultural
local y la defensa y conservacin de los monumentos arqueolgicos,
histricos y artsticos, colaborando con los organismos regionales y
nacionales correspondientes en su restauracin y conservacin.
2. Fomentar el turismo, restaurar el patrimonio histrico local y cuidar de
su conservacin, regular las instalaciones y servicios destinados al
turismo y organizar, en cooperacin con las entidades competentes,
programas tursticos de inters local.
Artculo 69.- Son funciones de la Municipalidades en materia de transporte
colectivo, circulacin y trnsito.
1. Regular el transporte urbano y rural, otorgar las licencias o concesiones
correspondientes de conformidad con los Reglamentos de la materia.
2. Regular el transporte colectivo y controlar el cumplimiento de las
normas y requisitos que correspondan conforme a Ley
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3. Otorgar permisos para el uso de vehculos menores, tales como
carretillas, bicicletas, triciclos y anlogos.
4. Organizar y mantener los sistemas de seales y semforos y regular el
trnsito urbano de peatones y vehculos.
2.3. NORMAS ESPECIFICAS
2.3.1. REGLAMENTO DE ORGANIZACIN Y FUNCIONES DELMINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES (D.S. N
041-2002 MTC)
Con Fecha 24 de Agosto del 2002, se aprob el Reglamento de
Organizacin y Funciones del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, en el que se modifica algunos artculos, siendo los
ms relevantes para la especialidad los siguientes:
Articulo 73.- Direccin General de Asuntos Ambientales: La Direccin
General de Asuntos Ambientales se encargara de velar por el
cumplimiento de las normas de conservacin del medio ambiente del
Sub sector, con el fin de garantizar el adecuado manejo de los
recursos naturales durante el desarrollo de las obras de
infraestructura de transporte; as como de conducir los procesos
de expropiacin y reubicacin que las mismas requieran.
Articulo 75.- La Direccin de Evaluacin Socio Ambiental se
encarga de velar porque los estudio de Impacto Socia Ambiental del
Sub-sector Transportes sean los que se requieren para garantizar el
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adecuado manejo de los recursos naturales y mnimo impacto social
durante el desarrollo de las obras de infraestructura de transporte.
Articulo 76.- La Direccin de Expropiaciones y Reasentamientos
es responsable de conducir los procesos de expropiacin de predios y
reasentamientos que sean necesarios para el desarrollo de las obras del
sub-sector.
2.3.2. REGLAMENTO DE CONSULTA Y PARTICIPACIN CIUDADANA
EN EL PROCESO DE EVALUACIN AMBIENTAL Y SOCIAL EN EL
SUB SECTOR TRANSPORTE MTC
El Reglamento aprobado por la Resolucin N 006-2004-MTC/16
elaborado por la Direccin de Evaluacin Socio Ambiental del MTC
norma la participacin de las personas naturales, organizaciones
sociales y titulares de proyectos de infraestructura de transporte
y autoridades en el procedimiento del desarrollo de las
actividades de informacin y dialogo con la poblacin involucrada en
proyectos de construccin, mantenimiento y rehabilitacin, as como
en el procedimiento de Estudio de Impacto Ambiental con la
finalidad de mejorar el proceso de toma de decisiones en relacin a
proyectos.
2.3.3. LEY ORGNICA DEL SECTOR TRANSPORTE Y COMUNICACIONES
(Decreto Ley N25862)
El Decreto Ley establece en su Artculo 4, que la entidad central en el
sector es el Ministerio de Transportes y comunicaciones; asimismo, que
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entre sus diferentes rganos de Lnea, est la Direccin General de Medio
Ambiente, la encargada de proponer la poltica referida al mejoramiento y
control de calidad del medio ambiente; adems, emite la normatividad
sectorial correspondiente (Artculo 23).
Adems es importante indicar que segn Resolucin Ministerial N 258-98
MTC/15.01, se crea la Unidad Especializada de Estudios de Impacto
Ambiental, dependiente de la Direccin General de Caminos y le encarga
los aspectos concernientes a los Estudios de Impacto Ambiental de los
proyectos de obra o actividades de infraestructura vial de transporte que
realice el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
2.3.4. TRMINOS DE REFERENCIA PARA ELABORAR ESTUDIOS DE
IMPACTO AMBIENTAL EN LA CONSTRUCCIN VIAL ( Resolucin
Ministerial N171-94-TCC/15.03)
En la presente Resolucin, se aprobaron los trminos de referencia para
elaborar Estudios de Impacto Ambiental en proyectos viales, los mismos
que sustentan el contenido del presente estudio. Proporciona al usuario los
lineamientos aceptables en el desarrollo de Estudios de Impacto Ambiental
en el Sector de transportes. Este documento no tiene carcter mandatario,
sino orientador a fin de aquellas que estn planeando nuevos proyectos de
transporte que incluyan las inversiones y acciones necesarias para
prevenir, controlar y mitigar los impactos ambientales.
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2.3.5. NORMAS PARA EL APROVECHAMIENTO DE CANTERAS (Decreto
Supremo N37-96-EM)
El Artculo primero de este Decreto, establece que las canteras de
materiales utilizadas exclusivamente para la construccin, rehabilitacin o
mantenimiento de obras de la infraestructura que desarrollan las entidades
del Estado directamente o por contrata, ubicadas dentro de un radio de 20
kilmetros de la obra, o dentro de una distancia de hasta 6 kilmetros
medidos a cada lado del eje longitudinal de las obras, se afectarn a stas
durante su ejecucin y formarn parte integrante de dicha infraestructura.
Asimismo, en el Artculo 2 se establece que, previa calificacin de la obra
por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, informarn al Registro
Pblico de Minera el inicio de la ejecucin de las obras y la ubicacin de
stas.
2.3.6. LAS CANTERAS DE MATERIALES DE CONSTRUCCIN UBICADAS
AL LADO DE LAS CARRETERAS EN MANTENIMIENTO SE
ENCUENTRAN AFECTAS A STA (Decreto Supremo N011-93-TCC)
Este Decreto, establece que las canteras de minerales no metlicos de
materiales de construccin utilizadas exclusivamente para la construccin,
rehabilitacin o mantenimiento de las carreteras que conforman la Red Vial
Nacional, que se encuentren ubicadas dentro de una distancia de hasta 3
Km, medidos a cada lado del eje de la carretera, se encuentran
permanentemente afectadas a stas y forman parte de dicha
infraestructura vial.
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2.4. MARCO INSTITUCIONAL
El marco institucional en el que se desenvuelve el proyecto vial, est conformado
por el conjunto de instituciones de carcter pblico y privado, donde el gobierno
central, gobiernos locales, organismos no gubernamentales, agrupaciones
vecinales, unidades productivas agrcolas e industriales y otras del sector privado,
participan de una u otra manera en las decisiones de conservacin del medio
ambiente con relacin al mejoramiento y operacin del camino rural. Las
entidades de mayor importancia son:
2.2.1. INSTITUCIONES GUBERNAMENTALES
MINISTERIO DEL AMBIENTE
El Ministerio del Ambiente recientemente creado, es la respuesta del
Estado a la necesidad de consolidar una poltica ambiental y organizar un
sistema de gestin eficaz para enfrentar los problemas ambientales en el
pas. Su Directorio est integrado por siete representantes: tres del
sector pblico, dos del sector empresarial, uno de los Gobiernos
Regionales y otro de los Gobiernos Locales. Es por tanto, una
representacin de la Nacin, al que se le ha encargado cautelar los
intereses ambientales del pas. En Consejo cuenta adems de una
Secretara Ejecutiva de reducida dimensin, pero organizada con criterios
de gestin modernos y eficaces.
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
El MTC tiene como normativa institucional bsica, a la Ley Orgnica del
MTC y su Reglamento, el Decreto Ley N25862. Entre sus funciones,
estn las de formular, evaluar, supervisar y en su caso ejecutar las
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polticas y normas de su competencia, en las reas urbana y rural,
comprendiendo el desarrollo urbano, la proteccin del medio ambiente,
vivienda y edificaciones. Entre sus rganos de lnea estn:
o Direccin General de Medio Ambiente:Es la encargada de la
poltica referida al mejoramiento y control de la calidad del medio
ambiente. Propone y en su caso emite la normatividad subsectorial
correspondiente. Asimismo, est encargada de la formulacin de
normas tcnicas y supervisin de procesos relacionados con el medio
ambiente en temas como: normas para supervisin ambiental de
carreteras, asentamientos humanos, construccin vial, infraestructura
de transporte, manejo y uso de vas de comunicacin y construccin
en general.
La Direccin tambin est encargada de la conduccin del Registro de
Empresas e Instituciones Pblicas o Privadas autorizadas para
elaborar Estudios de Impacto Ambiental, as como de aprobarlos
(Resolucin Ministerial N171-94-TCC/15.03).
o Direccin General de Asuntos Socio-Ambientales: La Direccin
General de Medio Ambiente, segn la nueva Ley del Ministerio de
Transportes y comunicaciones N 27791, se ha modificado por la
Direccin General de Asuntos Socio-Ambientales, que est
conformado por la Direccin de Evaluacin socio-ambiental y la
Direccin de Expropiaciones y Reasentamientos, que descienden del
Viceministerio de Transportes.
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34ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL
La Direccin General de Asuntos Socio-Ambientales se encarga de
velar por el cumplimiento de las normas de conservacin del medio
ambiente del subsector, con el fin de garantizar el adecuado manejo
de los recursos naturales durante el desarrollo de las obras de
infraestructura de transporte; as como de conducir los procesos de
expropiacin y reubicacin que las mismas requieran. Est a cargo de
un Director General, quien depende del Viceministro de Transportes.
Tiene las funciones siguientes:
a. Formular y proponer polticas, estrategias y proyectos de normas
socio ambiental para el subsector.
b. Proponer programas y planes de manejo socio-ambiental para el
subsector
c. Evaluar, aprobar y supervisar socio-ambientalmente los proyectos
de infraestructura de transporte en todas sus etapas.
d. Emitir opinin tcnica especializada sobre asuntos socio-
ambientales en el Subsector Transportes.
e. Promover el mantenimiento de una base de datos de asuntos socio-
ambientales.
f. Coordinar con los rganos pertenecientes al subsector transportes,
as como con otras entidades del estado, asuntos relacionados con
la gestin socio-ambiental del subsector.
g. Expedir Resoluciones Directorales que por atribucin y
responsabilidad correspondan a la Direccin General.
h. Formular y proponer convenios y acuerdos nacionales e
internacionales, dentro del mbito de su competencia.
i. Las dems funciones que le asigne el Viceministro de Transportes,
en el mbito de su competencia.
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o Direccin de Expropiaciones y Reasentamientos: Es responsable
de conducir los procesos de expropiacin de predios y
reasentamientos que sean necesarios para el desarrollo de las obras
del subsector. Est a cargo de un Director. Tiene las funciones
siguientes:
a. Coordinar con las dependencias e instituciones correspondientes,
las acciones conducentes a la ejecucin de las expropiaciones y
reasentamientos.
b. Formular los trminos de referencia para la ejecucin de los
procesos de expropiacin y reasentamientos.
c. Programar las expropiaciones y reasentamientos de acuerdo con
los compromisos adquiridos con las unidades ejecutoras, as como
los establecidos en los estudios socio-ambientales.
d. Supervisar en todas sus etapas, los procesos de expropiacin y de
reasentamientos realizados para el subsector.
e. Atender, orientar y dar respuesta a las consultas y/o reclamos de
los afectados en los procesos de expropiacin y reasentamientos
de los proyectos del subsector.
f. Las dems funciones que le asigne la Direccin General de
acuerdo al mbito de su competencia.
o Direccin General de Caminos:Propone la poltica relativa a la
infraestructura del Transporte Terrestre, adems de supervisar y
evaluar su ejecucin, es responsable de la construccin,
mejoramiento, rehabilitacin y conservacin de la Red Vial Nacional,as como de la autorizacin y supervisin del Sistema de Peajes.
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36ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL
Segn Resolucin Ministerial N258-98 MTC/15.01 se crea la Unidad
Especializada de Estudios de Impacto Ambiental, dependiente de la
Direccin General de Caminos y le encarga los aspectos
concernientes a los Estudios de Impacto Ambiental de los proyectos
de obra o actividades de infraestructura vial de transporte que realice
el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
o Direccin General de Circulacin Terrestre :Es la encargada de
proponer la poltica relativa a la prestacin de los servicios de
transporte terrestre, as como el empleo de las vas, medios e
instalaciones conexas; supervisa, controla y evala su ejecucin,
adems de proponer la normatividad subsectorial correspondiente.
Ministerio de AgriculturaMediante Decreto Ley N25902 de fecha 27 de Noviembre de 1992 se
promulga la Ley Orgnica del Ministerio de Agricultura. Posteriormente se
expide el Reglamento de Organizacin y Funciones del Ministerio de
Agricultura y de sus Organismos Pblicos Descentralizados, Decreto
Supremo N053-92-AG.
o Inst i tuto Nacional de Recurso s Naturales (INRENA): Es un
organismo pblico descentralizado del Ministerio de Agricultura y tiene
como objetivo el manejo, promocin y aprovechamiento racional e
integral de los recursos naturales renovables y su entorno ecolgico,
para lograr el desarrollo sostenible.
Entre sus funciones, indicadas en su Reglamento de Organizacin y
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Funciones (D.S. N055-92-AG), estn el proponer, coordinar, conducir
y concertar polticas de uso racional y conservacin de los recursos
naturales renovables; el coordinar con los sectores pblicos y
privados, lo concerniente al uso y conservacin de los recursos
naturales renovables; entre otras.
Gobierno Regional
Los Gobiernos regionales son personas jurdicas de derecho pblico, con
autonoma poltica, econmica y administrativa en asuntos de su
competencia. Tienen jurisdiccin en el mbito de sus respectivas
circunscripciones territoriales.
Los gobiernos regionales ejercen las competencias exclusivas y
compartidas que les asigna la Constitucin, la Ley de Bases de la
Descentralizacin y la Ley Orgnica de Gobiernos Regionales, as como
las competencias delegadas que acuerden entre ambos niveles de
gobierno. Entre sus competencias se encuentran la gestin sostenible de
los recursos naturales y mejoramiento de la calidad ambiental;
preservacin y administracin de las reservas y reas naturales
protegidas regionales, etc.
Gobiernos Locales
El accionar de los gobiernos locales est regido por la Ley N 23853, Ley
Orgnica de Municipalidades, publicada el 9 de Junio de 1984
(modificada posteriormente por la Ley N26317).
Dentro del mbito de sus respectivas jurisdicciones tienen funciones
normativas propias, en las cuales se han dictado diversas disposiciones
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de carcter ambiental. As, respecto a la poblacin, salud y saneamiento
ambiental (Artculo 66), las Municipalidades debern efectuar las
siguientes acciones:
o Normar y controlar las actividades relacionadas con el saneamiento
ambiental.
o Difundir programas de educacin ambiental.
o Normar y controlar el aseo, higiene y salubridad en establecimientos
comerciales, industriales, y otros.
o Propiciar campaas de forestacin y reforestacin.
o Realizar programas de prevencin y educacin sanitaria, y profilaxia
local.
o Establecer medidas de control de ruido, del trnsito y de los
transportes colectivos.
o Ejecutar el servicio de limpieza pblica, ubicar las reas para la
acumulacin de basura y/o el aprovechamiento industrial de
desperdicios.
2.2.2. INSTITUCIONES NO GUBERNAMENTALES
La evaluacin y solucin a la problemtica ambiental ha dejado de ser
exclusividad de los organismos gubernamentales, habindose creado
organismos, instituciones privadas para la defensa, conservacin,
preservacin e investigacin de los recursos naturales y del medio ambiente,
orientadas a mejorar la produccin y la productividad de las empresas,
mejorar la calidad del medio ambiente, planificar el uso racional de los
recursos naturales y propiciar un constante mejoramiento de la calidad de
vida de la poblacin
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2.5. CONSIDERACIONES FINALES
Como consecuencia de los dispositivos legales dados en diferentes pocas y la
preocupacin general de lograr un mejor ordenamiento y tratamiento del Medio
Ambiente y los Recursos Naturales, en la actualidad se han plasmado normas
precisas, sobre responsabilidades institucionales, a efecto de lograr una mejor
preservacin y conservacin del Medio Ambiente.
En este sentido, se han expedido nuevos dispositivos legales, con la finalidad de
normar el uso de los recursos naturales, con el propsito de lograr el desarrollo
sostenido del pas, en razn de que todo proyecto de obra o actividad de carcter
pblico o privado, que pueda provocar daos no tolerables al ambiente, requiere
de un Estudio de Impacto Ambiental sujetos a la aprobacin de las autoridades
competentes.
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CAPTULO IIIDESCRIPCIN DEL PROYECTO
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3.1. UBICACIN
El proyecto se halla en el Departamento de Junn, Provincia de Tarma,
enmarcado en los distritos de Tarma, Acobamba, Palcamayo y San Pedro de
Cajas, comprende la carretera afirmada que las une.
Ubicacin del proyecto
3.2. TRABAJOS A REALIZAR
3.2.1. ETAPA DE CONSTRUCCIN
A. Instalaciones de Campamentos y Patio de Mquinas
Los campamentos sern emplazado en zonas limpias de franjas
marginales a las obras en un rea de 0.25 has, tomando en
consideracin la direccin del viento, de tal forma que permita evitarque el personal absorba la mayor cantidad de polvo.
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El campamento contara con reas de oficinas, almacenes comedores,
cocina y estarn provistos de instalaciones elctricas sanitarias y
mobiliario. Los servicios higinicos a utilizar sern pozas spticos odirectamente a los desages de aguas servidas si lo hubiera.
La conservacin del medio ambiente en su estado original, deber ser
considerada en forma muy especial, al procederse a la seleccin de
los lugares para el emplazamiento de edificios y depsitos. Se aplicar
lo indicado en el estudio de impacto ambiental. Cuando la obra se
haya terminado, todos los campamentos, depsitos y edificios
construidos debern ser removidos y todos los lugares de
emplazamiento sern restaurados a su condicin original y adquirir un
aspecto limpio y presentable, concordante con el paisaje circundante
B. Canteras
Se ha realizado investigaciones in situ, en el rea localizada a fin de
determinar volmenes alcanzables y explotables de materiales
adecuados, que puedan satisfacer los requerimientos del proyecto vial,
sean han identificado la explotacin de tres canteras ubicadas en la
zona de influencia del proyecto de las que se obtiene el material para
la base de grava, ser retirada por tamizado.
C. Movimiento de tierras
Consiste en las actividades de corte, relleno, perfilado y compactado.
D. Pavimento
El pavimento de la carretera, est conformado por una subrasante, subbase y base. El material para la base y la sub base, estar constituido
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por partculas duras y durables o fragmentos de piedra o grava y
partculas finas (cohesivo) de arena, arcilla u otro material partido en
partculas finas. La porcin del material retenido en el tamiz N 04,
ser llamada agregado grueso y aquella porcin que pase por el tamiz
N 4 ser llamado fina. El material de tamao excesivo que sea
encontrado en las canteras ser retirado por zarandeo o
manualmente, hasta obtener el tamao requerido segn elija el
residente de obra. El material utilizado en esta capa deber estar libre
de residuos vegetales y terrenos o botas de tierra.
E. Movilizacin y Desmovilizacin de Equipos y Maquinarias
Se refiere al traslado del equipo mecnico hacia la obra para ser
utilizado en los trabajos de mejoramiento y construccin de la
carretera y su retorno una vez terminado el trabajo.
El equipo pesado (tractor, moto niveladora, etc.) se trasladar utilizando
camiones triler. El equipo liviano (volquete, cisternas, etc.) lo harn
por sus propios medios. En equipo liviano sern transportado las
herramientas y todo el resto del equipo (martillo y vibradores, etc.) que
no sea movilizado.
EQUIPO MINIMO A UTILIZARo Maquina de soldar
o Compresora Neumtica 87 hp, 250-330 pcm
o Mezcladora de concreto 11 p3, 18 HP
o Motobomba 10HO, 4
o Compactador vibratorio tipo plancha 4HP
o Rodillo tndem esttico autopropulsado 58 70 Tn
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o Rodillo neumtico 81 100 Hp, 5.5 - 20
o Tractor sobre orugas 140 160 HP
o Tractor sobre orugas 190 -240 HP
o Camin volquete 4x2 140-210HP 6m3
o Cargador sobre llantas 100-115HP 2-2.25yd3
o Retroexcavador sobre oruga 165 HP 0.5-1.3yd3
o Mezcladora de concreto tambor 18HP 11p3
o Compactador vibratorio tipo plancha 5.8HP
o
Motoniveladora DE 125 HP
o Pavimentador sobre orugas 69 HP
o Planta de asfalto en caliente 60 115 TN/H
o Secador de ridos ME 50
o Chancadora Primaria/ Sec 75 HP, 46/70 TN/H
o Demarcador de pavimento
o Barredora mecnica 10 20HP
o Rodillo liso vibr autop 70 100 Hp
o Cargador s/llantas 125 155 HP
o Zaranda metlica
o Martillo neumtico 28 Kg
o Vibrador de concreto 4HP
F. Obras de Drenaje
Excavaciones para estructuras, comprende todas las excavaciones
necesarias para la cimentacin de estructuras de alcantarillas CC y
los C A, badn, muros de contencin, etc. Las zanjas y las dems
estructuras o sub bases sern excavadas de acuerdo a los indicadores
de diseo. El material excavado que sea adecuado ser empleado
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como relleno para la formacin de un terrapln, el excedente tendr
que ser retirado en su totalidad para que no obstruya la corriente de
agua o ponga en peligro las estructuras durante el proceso de
construccin.
Relleno compacto para estructuras, se coloca el relleno de tierra en los
espacios escavados no ocupados por las estructuras. Este material
debe ser escogido previamente de excavaciones y prestamos y no
contener la materia orgnica ni elementos inestables o de fcil
alteracin. El equipo de compactacin a utilizar puede ser manual
para las zonas de difcil acceso o compactadores vibratorios,
apisonadores mecnicos o rodillo apisonadores para la zona de fcil
acceso.
G. Eliminacin del material de desecho
Para la eliminacin del material de desecho y sobrantes usados en la
obra de asfaltado, se ha considerado disponerlas en reas conocidas
como escombreras.
H. Sealizacin Vial
Se utiliza dos tipo de seales, una preventiva y otra informativa estas
sealizaciones, indicaran con anticipacin la aproximacin de ciertas
condiciones del camino, que indicaran un peligro real o potencial a ser
evitados ya sea disminuyendo la velocidad del vehculo o tomando las
precauciones y prohibiciones de que regulan el uso de la va.
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3.2.2. ETAPA DE ABANDONO
Abandono del rea ocupada por campamento y patio de maquinas
Abandono de canteras Abandono de escombreras
3.2.3. ETAPA DE FUNCIONAMIENTO
Funcionamiento del tramo vial rehabilitado
3.3. ESTUDIO DE AREAS
3.3.1. AREAS CRITICAS
Se han identificado los lugares crticos donde existen posibilidades de
deslizamientos o derrumbes de material inestables de los taludes de corte,
lo cual puede ocasionar interrupciones e incluso el colapso de la carretera.
3.3.2. DRENAJE
El estudio de Drenaje tiene como objetivo plantear soluciones a los
problemas de drenaje existentes y los que se prevn como consecuencia del
trazo efectuado. De esta manera, se controlarn los daos que pudieran
presentarse en los puntos de encuentro del flujo de las aguas con la
carretera, los cuales siempre son causa frecuente de las fallas de la
estructura de la plataforma.
El sistema de drenaje es el aspecto ms importante en el diseo, por la
finalidad que cumple para la preservacin de la vida til del proyecto vial y
del medio ambiente, as como, por la fuerte incidencia en los costos de
mantenimiento. Los sistemas de drenaje del proyecto estn conformados
por alcantarillas, badenes y cunetas
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CAPTULO IVAREA DE INFLUENCIA
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4.1. GENERALIDADES
Los impactos ambientales incluyen los efectos directos que ocurren en el mismo
sitio de la obra de Mejoramiento De La Carretera A Nivel De Asfaltado DelTramo Acobamba Palcamayo San Pedro De Cajas Condorin los
alrededores de la va y, los indirectos en las zonas colindantes. El rea de
influencia de la carretera est ntimamente relacionada, adems de los aspectos
ambientales, con los econmicos, sociales y culturales.
El rea de influencia del proyecto est conformada por dos reas bien definidas: el
rea directa e indirecta, se ha definido en base a una pre-identificacin de los
probables impactos socio-ambientales que se generarn y distribuirn
especficamente de diferente forma, segn las caractersticas del entorno que se
trate y cada uno de los componentes ambientales que caracterizan el territorio,
como son: el concepto de accesibilidad, cuencas hidrogrficas, afectacin de
recursos naturales, consideraciones de participacin socio-econmicas y
demarcacin poltica.
4.2. REA DE INFLUENCIA AMBIENTAL DIRECTA
El rea de influencia se define como aquellas areas sujetas a impactos directos
durante las etapas de construccin, abandono y operacin del proyecto vial, que
se extiende a lo largo de 40+873 km (40873 m2), establece considerando una
lnea imaginaria alrededor de los bordes del rea a utilizar para las diferentes
actividades, hasta una distancia relativa de 200 metros y se extiende hacia las
reas que sern utilizadas para las actividades de extraccin de materiales, as
como las escombreras, campamentos u otra rea que se utiliza para las
actividades propias del proyecto vial. El rea de influencia directa tambin integra
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a los asentamientos de la poblacin adyacente a este, as como asentamientos o
comunidades de Tarma, Acobamba, Palcamayo y San Pedro de Cajas
adyacentes a la carretera.
El rea de influencia directa del proyecto donde los efectos del proyecto sobre el
entorno como son, los ros, a donde van a llegar los residuos slidos y
desperdicios dejados en el lugar a travs de las lluvias, suelos de las chacras de
los alrededores que se vern afectados como consecuencia del polvo de cemento
y restos de brea. Los impactos indirectos son; la erosin de suelos, deslizamientosy derrumbes, perdida de nutrientes, compactacin y prdida de materia orgnica.
Tambin es menester mencionar que una vez concluida la obra, van a circular
mayor cantidad de vehculos, por tanto se incrementar la emisin de los gases
CO2, esto conllevar a los problemas ambientales que produce el calentamiento
global. Entre los impactos secundarios se encuentran la aceleracin del desarrollo
del rea donde se desarrollar la obra en cuestin, cambio en los patrones
sociales y actividades econmicas. Otros impactos se encuentran asociados a
acciones secundarias tales como la creacin de nuevos bienes y servicios como
consecuencia del incremento de la poblacin en el rea circundante al rea del
proyecto.
4.3. REA DE INFLUENCIA AMBIENTAL INDIRECTA
El mbito de influencia indirecta, es naturalmente mucho ms amplio se define
como rea sujeta a los impactos indirectos del proyecto y abarca una regin
geogrfica ms extensa que vara entre los 3 a 5 Km. A cada lado de la
carretera, u cuyas poblaciones y actividades, servicios sociales y de
infraestructuras sern impactadas por el proyecto. Dentro del rea influencia
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indirecta podrn considerarse todos aquellos asentamientos que sern generados
y/o receptores de trfico a travs de la carretera, es importante resaltar que la
carretera es de suma importancia para el desarrollo comercial de las localidades
que se encuentran aledaas a la carretera que se traducen fundamentalmente en
los aspectos socioeconmicos.
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CAPTULO VLINEA DE BASE
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5.1. GENERALIDADES
El estudio de lnea de base es un diagnostico de la situacin ambiental del rea de
influencia del proyecto, proporciona un panorama de estad de los recursos
fsicos biticos y socioeconmicos del contexto antes del Proyecto.
En este captulo es importante aprovechar toda la informacin existente sean
provenientes de los actores locales como de los documentos que describen el
rea en las diversas escalas temporales y espaciales. Para la caracterizacin
ambiental del rea de influencia en el que se ejecutara en el Mejoramiento De
La Carretera A Nivel De Asfaltado Del Tramo Acobamba Palcamayo San
Pedro De Cajas Condorin. Nos proporcionara un estado actual de los
aspectos fsicos, biolgicos y socioeconmico cultural, y permitir predecir y
estimar las alteraciones importantes que se pueden generar en las actividades
del proyecto en sus etapas de construccin, operacin y abandono y las reas
ms vulnerables a las actividades de la obra para plantear un plan de prevencin.
5.2. MEDIO FSICO
5.2.1. CLIMA
Podemos distinguir el clima del rea de influencia directa; posee un clima
templado en las partes bajas, y frgido en las partes altas que oscilan entre
6C y 12C y durante la noche de 5C bajo cero-6 ofrecindonos unas
ligeras variaciones en las diferentes estaciones del ao; sin embargo, es
posible considerar la existencia de dos estaciones bien marcadas: El
Invierno: Se caracteriza por presencia de lluvias se inicia en el mes de
Diciembre y se acentan en los meses de Febrero y Marzo. En cambio, El
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Verano: Tiene un clima templado, se inicia en el mes de abril hasta
Diciembre, constituye la temporada seca donde predominan las sequas, la
temperatura disminuye durante los meses de Junio, Julio y Agosto, en que
se presenta las denominadas Heladas bajando la temperatura hasta 7C
influyendo en los sembros, llegando incluso a producir deterioro integral de
los cultivos.
Las lluvias favorecen en gran parte a los sembros en pocas secas se
cuenta con sistemas de regados. Adems cabe mencionar que la salud
poblacional se ve afectada en los meses de Junio, Julio y Agosto donde se
puede percibir un clima variado con cambios bruscos de temperatura
producindose vientos helados por las tardes con un clima asoleado al
medio da.
CONDICIONES CLIMATOLGICAS
Periodos Meses Precipitacin y Humedad
Relativa
Temperatura
Seco Mayo, Junio,
Julio y
Agosto
Las lluvias son muy escasas
(8.5% de la precipitaciones total
anual)
La humedad relativa promedio
es de 68.3%.
La temperatura ms baja
0.5 C, la mxima es 20.7
C y el promedio de las
medias es de 10.6 C.,
ausencia de nubes
Intermedio Setiembre,
Octubre,
Noviembre YAbril
Las lluvias son muy escasas y
de corta duracin (30.2% de la
precipitaciones total anual)La humedad ambiental
promedio es de 68.9%.
La temperatura ms baja
es 0.2 C, la mxima es
22. 0 C y el promedio delas medias es de 12.2 C.
Lluvioso Diciembre,
Enero,
Febrero,
Marzo
Mayor frecuencia de lluvias
(61.3% de la precipitaciones
total anual)
La humedad relativa es de
77.7%.
La temperatura ms baja
3.2 C, la mxima es 21.1
C y el promedio de las
medias es de 13.0 C, la
nubosidad es abundante,
con das soleados
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5.2.2. HIDROLOGA
Hidrogrficamente segn el Mapa de Cuencas Hidrogrficas del Per de la
Direccin General de Asuntos Ambientales del Ministerio de Energa yMinas, los sitios arqueolgicos estudiados, se hallan dentro de la Vertiente
del Atlntico, especficamente a la Cuenca del Ro Perenne (PV 2405), para
mayor detalle obsrvese en el cuadro.
HIDROGRAFA
VERTIENTE CUENCA SUB CUENCA
Atlntico Ro Perenne Rio Acobamba
Ro Palcamayo
A. ACOBAMBA
El distrito de Acobamba cuenta con fuentes hdricas, se extiende a lo
largo y ancho de los ros: Palcamayo y Tarma, colectan los cursos de
agua de todas las quebradas y riachuelos que se originan dentro de los
limites de las sub cuencas de Acobamba y Palcamayo; las quebradas de
estos ros forman campias frtiles donde abundan los pastos y cultivos
de hortalizas y flores.
B. PALCAMAYO
b.1. Causes:
Ro Shaca, se forma de la unin del ro San Pedro de Cajas y el
manantial de Huagapo
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Ro Marcarac, nace de los afluentes de Yanamachay y
Pomabamba.
Ro Palcamayo, se forma de la unin de los ros Shaca y Marcarac.
b.2. Lagunas
Laguna de Cauquiran y Antacocha.
b.3. Manantiales
Manantial de Esquicha, Huacayn, Nahuincocha, Ochongacocha,Palcatuna, Cochapata Palcunan, Chupicocha Palcunan,
Maacocha Palcunan, Lichachu, Yanapuquio Cocn,
Huamania, Pishjapuquio, y el manantial de Huagapo, considerado
patrimonio turstico del Distrito de Palcamayo.
C. SAN PEDRO DE CAJAS
El Distrito de San Pedro de Cajas, cuenta con un origen hdrico que
nace en la laguna de Parpacocha, y que en su trayecto se juntan
otros manantiales como el de Ucucancha, Yanayacu, Chacabamba,
Collpa y as van formando el ri San Pedro, que al unirse forman el
ri Palcamayo que confluyen en el ro Perene.
5.2.3. FISIOGRAFIA
El territorio explorado morfolgicamente se halla en un valle longitudinal
cuyo relieve es variable y abrupto, con depresiones interandinas,
pendientes pronunciadas cuyas caractersticas son tpicas de la sierra alto
andina y mesoandina, cuya fisiografa se modifica progresivamente o se
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5.2.4. SUELOS Y CAPACIDAD DE USO MAYOR
A. TIPOLOGA DE SUELOS
Por su conformacin geomorfolgica, los suelos del rea de influencia,
segn el Mapa de Suelos del Per del Instituto Nacional de Geografa,
son:
Kastanazems clcicos Cambisoles utricos y clcicos KB
Presenta horizontes de naturaleza 58cuma58.
Cambisoles hmicos andosoles hmicos litosoles. Bh
Suelos superficiales cuya profundidad est limitada por masas o
estratos de roca dura, de textura media a fina y temperaturas medias
anuales menores a 8 C