Cajamarca, 26 de junio 2014
MONITOREO CIUDAD CAJAMARCA
EPS Sedacaj S.A.
Exposición: Gerencia General
Laboratorio Control de Calidad
EPS SEDACAJ S.A.
Antecedentes: SEDACAJ, en la ciudad de Cajamarca, cuenta con dos PTAP. Santa Apolonia y El Milagro. Plantas de Tratamiento convencionales con caudales de 85 y 215 Lts/seg, respectivamente. Las fuentes superficiales de agua que abastecen a las PTAP, son los Ríos: Ronquillo a PTAP Santa Apolonia; Porcón y Grande a PTAP El Milagro
Aspectos Generales
EPS SEDACAJ S.A.
BASE LEGAL:
DS. Nº 031-2010-SA – Reglamento de la Calidad del Agua para Consumo Humano.
Reglamento de la Calidad de Prestación de servicios de Saneamiento – Resolución de Consejo Directivo Nº 011-2007-SUNASS-CD.
EPS SEDACAJ S.A.
ESQUEMA DE LOS COMPONETES DEL
SISTEMA DE AGUA POTABLE EPS SEDACAJ S.A.
Art. 24. Análisis de peligros y de
puntos críticos de control EPS SEDACAJ S.A.
1.El proveedor prepara el plan de control de calidad (PCC) del agua
sustentado en el análisis de peligros y de puntos críticos de control que
incluye la fuente, la captación, producción, sistema de tratamiento y
sistema de distribución, ciñéndose al presente Reglamento y la norma
que emita la Autoridad de Salud de nivel nacional.
2.El PCC es aprobado en la DISA o DIRESA.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS
Cuarta.- Función Supervisora de la SUNASS
En tanto los proveedores pertenecientes al ámbito de competencia de la
SUNASS no cuentan con el PCC del agua, debidamente aprobado, la
función supervisora se ejerce de acuerdo a lo establecido en el Reglamento
de la Calidad de Prestación de Servicios de saneamiento aprobado
mediante RCD Nº 011-2007-SUNASS-CD.
Art. 24. Análisis de peligros y de
puntos críticos de control EPS SEDACAJ S.A.
Hasta la fecha el Ministerio de Salud (DIGESA), no ha elaborado
guías, protocolos para el monitoreo y análisis de parámetros físicos,
químicos, microbiológicos del agua para consumo humano;
SEDACAJ, ha elaborado su PCC, de acuerdo a lo dispuesto por
SUNASS.
PLAN DE CONTROL DE CALIDAD EPS SEDACAJ S.A.
El PCC, incluye como puntos de monitoreo, el ingreso y salida de
PTAP( Santa Apolonia y El Milagro), salidas de Reservorios (R-2,
R-3, R-4) y en cuatro puntos de la red de distribución, de la ciudad
de Cajamarca.
Los resultados de las muestras de agua al ingreso de las PTAP, se
comparan con los Estándares de Calidad Ambiental (ECA) para
Agua, Cat. 1 – Sub Cat. A2; de acuerdo:
D.S. 002-2008-MINAM - Aprueban los ECA para Agua
(31/07/2008),
D.S. 023-2009-MINAM - Aprueba las disposiciones para la
implementación de los ECA para Agua (19/12/ 2009); y
Resolución Jefatural Nº 202-2010-ANA - Aprueban clasificación
de cuerpos de agua superficiales y marino – costeros (24/03/2010).
PLAN DE CONTROL DE CALIDAD EPS SEDACAJ S.A.
Los resultados de las muestras de agua de consumo humano (salidas
de PTAP y reservorios; y red de distribución) se comparan con los
LMP, dados en el REGLAMENTO DE LA CALIDAD DEL AGUA
PARA CONSUMO HUMANO - D.S. 031-2010-SA., publicado el 25
setiembre 2010.
Art. 24. Análisis de peligros y de
puntos críticos de control EPS SEDACAJ S.A.
Artículo 64°.- Parámetros adicionales de control obligatorio (PACO)
Artículo 65º.- Parámetros inorgánicos y orgánicos adicionales de control
DEFINICIONES EPS SEDACAJ S.A.
REGLAMENTO DE LA CALIDAD DE AGUA PARA
CONSUMO HUMANO. (D.S. Nº 031-2010-SA).
AGUA CRUDA.- Agua es estado natural, captada para
abastecimiento que no ha sido sometido a procesos de tratamiento.
AGUA DE CONSUMO HUMANO.- Agua apta para consumo
humano y para todo uso domestico habitual, incluida la higiene
personal.
LIMITE MAXIMO PERMISIBLE (LMP).- Son los valores
máximos admisibles de los parámetros representativos de la
calidad del agua.
PROVEEDOR DEL SERVICIO DE AGUA PARA EL
CONSUMO HUMANO.- Toda persona natural o jurídica bajo
cualquier modalidad empresarial, junta administradora,
organización vecinal, comunal u otra organización que provea
agua de consumo humano
LMP AGUA PARA CONSUMO HUMANO EPS SEDACAJ S.A.
ANEXO I LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES DE PARÁMETROS
MICROBIOLÓGICOS Y PARASITOLÓGICOS
Parámetros
Unidad de medida
Límite máximo
permisible
1. Bacterias Coliformes Totales. 2. E. Coli 3. Bacterias Coliformes Termotolerantes o
Fecales. 4. Bacterias Heterotróficas 5. Huevos y larvas de Helmintos, quistes y ooquistes de protozoarios patógenos. 6. Vírus 7. Organismos de vida libre, como algas,
protozoarios, copépodos, rotíferos, nemátodos en todos sus estadios evolutivos
UFC/100 mL a 35ºC UFC/100 mL a 44,5ºC UFC/100 mL a 44,5ºC UFC/mL a 35ºC Nº org/L UFC / mL Nº org/L
0 (*)
0 (*)
0 (*)
500
0
0
0
UFC = Unidad formadora de colonias (*) En caso de analizar por la técnica del NMP por tubos múltiples = < 1,8 /100 ml
LMP AGUA PARA CONSUMO HUMANO EPS SEDACAJ S.A.
ANEXO II
LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES DE PARÁMETROS DE CALIDAD ORGANOLÉPTICA
Parámetros Unidad de medida Límite máximo permisible
1. Olor 2. Sabor 3. Color 4. Turbiedad 5. pH 6. Conductividad (25°C) 7. Sólidos totales disueltos 8. Cloruros 9. Sulfatos 10. Dureza total 11. Amoniaco 12. Hierro 13. Manganeso 14. Aluminio 15. Cobre 16. Zinc 17. Sodio
--- --- UCV escala Pt/Co UNT Valor de pH
mho/cm
mgL-1
mg Cl
- L
-1
mg SO4 =
L-1
mg CaCO3 L
-1
mg N L-1
mg Fe L-1
mg Mn L
-1
mg Al L-1 mg Cu L
-1
mg Zn L-1
mg Na L-1
Aceptable Aceptable
15 5
6,5 a 8,5 1 500 1 000 250 250 500 1,5 0,3 0,4 0,2 2,0 3,0 200
UCV = Unidad de color verdadero UNT = Unidad nefelométrica de turbiedad
LMP AGUA PARA CONSUMO HUMANO EPS SEDACAJ S.A.
ANEXO III
LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES DE PARÁMETROS QUÍMICOS INORGÁNICOS Y ORGÁNICOS
Parámetros Inorgánicos Unidad de medida Límite máximo permisible
1. Antimonio 2. Arsénico (nota 1) 3. Bario 4. Boro 5. Cadmio 6. Cianuro 7. Cloro (nota 2)
8. Clorito 9. Clorato 10. Cromo total 11. Flúor 12. Mercurio 13. Niquel 14. Nitratos 15. Nitritos 16. Plomo 17. Selenio 18. Molibdeno 19. Uranio
mg Sb L-1
mg As L-1
mg Ba L
-1
mg B L-1
mg Cd L
-1
mg CN-
L-1
mg
L
-1
mg L
-1
mg L
-1
mg Cr L-1
mg F
- L
-1
mg Hg L-1
mg Ni L
-1
mg NO3 L-1
mg NO2 L
-1
mg Pb L
-1
mg Se L-1
mg Mo L-1
mg U L-1
0,020 0,010 0,700 1,500 0,003 0,070
5 0,7 0,7
0,050 1,000 0,001 0,020 50,00
3,00 Exposición corta 0,20 Exposición larga
0,010 0,010 0,07
0,015
Nota 1: En caso de los sistemas existentes se establecerá en los Planes de Adecuación Sanitaria el
plazo para lograr el límite máximo permisible para el arsénico de 0,010 mgL-1
. Nota 2: Para una desinfección eficaz en las redes de distribución la concentración residual libre de
cloro no debe ser menor de 0,5 mgL-1.
DEFINICIONES ECA EPS SEDACAJ S.A.
ESTANDAR DE CALIDAD AMBIENTAL PARA AGUA
(ECA).- Nivel de concentración o el grado de elementos,
sustancias o parámetros físicos, químicos y biológicos, presentes
en el agua, en su condición de cuerpo receptor y componente
básico de los ecosistemas acuáticos, que no representa riesgo
significativo para la salud de las personas ni para el ambiente.
CATEGORIAS – ECAs AGUA EPS SEDACAJ S.A.
CATEGORIAS ECAs AGUA EPS SEDACAJ S.A.
ECAs AGUA EPS SEDACAJ S.A.
EPS SEDACAJ S.A.
EPS SEDACAJ S.A.
EPS SEDACAJ S.A.
EPS SEDACAJ S.A. AGUAS RESIDUALES
DEFINICIONES LMP EFLUENTES PTAR EPS SEDACAJ S.A.
El 17 de marzo del 2010, se publica en el Peruano, D.S. Nº 003-
2010-MINAM. APRUEBAN LIMITES MAXIMOS
PERMISIBLES PARA LOS EFLUENTES DE PLANTAS DE
TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES DOMESTICAS O
MUNICIPALES.
LMP.- Es la medida de la concentración o del grado de elementos,
sustancias o parámetros físicos, químicos y biológicos, que
caracterizan a una emisión, que al ser excedida causa o puede
causar daños a la salud, al bienestar humano y al ambiente
LMP EFLUENTES PTAR EPS SEDACAJ S.A.
EPS SEDACAJ S.A. ECAs - LMP
LMPs
ECAs
ANTECEDENTES PTAR EPS SEDACAJ S.A.
En Cajamarca, las Lagunas de estabilización funcionaron desde el
año 1982 hasta el 29-10-2004, fecha en que se entrega el terreno a
C&R WEP, para trabajos de ampliación y mejoramiento de la
PTAR. Q prom = 90 -100 Lts/seg.
Posteriormente desde Dic. 2005, se trabajó con las tres lagunas
secundarias, con caudales de 50 – 60 Lts/seg, hasta el 22-03-2007,
que por acuerdo de concejo, se declara en emergencia el
tratamiento de las aguas servidas en Cajamarca.
ANTECEDENTES PTAR EPS SEDACAJ S.A.
LAGUNAS DE ESTABILIZACIÓN EMISOR 20”
Que viene de la
ciudad de
Cajamarca. PARSHALL
Mide el volumen de agua
por unidad de tiempo.
CÁMARA DE
REJAS
Sirve para retener los
sólidos gruesos no
biodegradables.
DESENGRASADOR
Canal que tiene un vertedero
rectangular que sirve para
disolver la materia fecal debido
al resalto hidráulico.
DESARENADOR
REPARTIDOR DE
CAUDALES
Controla el ingreso del flujo de
acuerdo a cualquier cambio que se
produce en las lagunas.
Retiene los Sólidos
como la arena, etc.
Retiene los Hidrocarburos y
Aceite quemado arrojado por
los servicentros.
Riego a las Haciendas cercanas.
Riego a las Haciendas cercanas.
EMISOR 16” que desemboca en
el Río Maschón.
LAGUNA
PRIMARIA
LAGUNA
SECUNDARIA
Permite remover una alta
remoción de sólidos suspendidos
y patógenos.
Canales de Ingreso que
evitan los corto circuitos y
zonas muertas.
LABORATORIO
Sirve para remover la materia en
suspensión, sin incluir la materia en
estado coloidal.
CONCLUSIONES EPS SEDACAJ S.A.
En Cajamarca, SEDACAJ, cuenta con dos PTAP convencionales,
que son muy antiguas, Santa Apolonia 1940 y El Milagro 1980.
Sus caudales de diseño fueron de 60 y 120 Lts/seg,
respectivamente.
Con trabajos de Mejoramiento, se han ampliado los caudales de
tratamiento en Santa Apolonia hasta 85 Lts/Seg y El Milagro hasta
215 Lts/Seg.
En el ámbito de la EPS (Cajamarca, San Miguel y Contumazá) NO
se cuenta con PTAR. Las aguas residuales van directamente al
Rio.
Resolución Jefatural N° 274 - 2010 - ANA - PAVER del 30.04.10 Concordante con la cuarta disposición complementaria y transitoria del Reglamento de la LRH
Adecuación de los vertimientos y reusos a la LRH
Concluye con el otorgamiento de la autorización de vertimiento de aguas residuales
tratadas que cumplan con los requisitos de la LRH
Se efectua ante la ALA - Declaración Jurada . Copia de DNI y facultades de
representación del administrado
ALA verifica lo presentado y emite constancia de inscripción en el PAVER
La inscripción en el PAVER obliga a ejecutar los compromisos asumidos en la
Declaración Jurada
Faculta provisionalmente a continuar con el vertimiento de agua residual en curso
hasta la presentación del PAMA o instrumento de gestión ambiental que determine
el Sector correspondiente - Plazo 4 años para el Sector Saneamiento
Debe contener los plazos de remediación, mitigación y control ambiental, así como
la implementación de sistemas de tratamiento para el cumplimiento de los ECAs y
LMPs
Verificado el cumplimiento de lo anterior se otorga autorización de vertimiento
provisional por plazo de 2 años renovables y sujeto a cumplimiento de obligaciones
del PAMA u otro IGA
Artículo 4 - Cumplimiento del instrumento ambiental aprobadoCumplidas las obligaciones del PAMA u otro IGA, a solicitud de parte, se otorga la
autorización definitiva
Artículo 1: Finalidad del PAVER
Artículo 2: Inscripción en el PAVER
Artículo 3 - Presentación del instrumento ambiental aprobado
DS N° 007 - 2010 - AG (del 16.07.10) Declaran de Interés Nacional la protección de la calidad del agua de las fuentes naturales de agua y sus bienes asociados
Artículo 1 - ObjetoPrevenir el peligro de daño grave o irreversible, promover y controlar el
aprovechamiento y uso sostenible del recurso hídrico
Obligatoriedad de la aplicación multisectorial del PAVER
Constituye responsabilidad de personas naturales y jurídicas inscribirse en el
PAVER
Artículo 3 - Vigilancia y monitoreo de los ríosLa ANA debe establecer en forma prioritaria un Programa de Vigilancia y
Monitoreo en los ríos con graves problemas de contaminación
Artículo 4 - Proyectos de Plantas de Tratamiento de Aguas
Residuales
Los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y las EPS deberán priorizar la
formulación y ejecución de proyectos de Plantas de Tratamiento de Aguas
Residuales Poblacionales en sus respectivas jurisdicciones
Artículo 2 - Alcance Multisectorial
MUCHAS GRACIAS
EPS SEDACAJ S.A.
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