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REGLAMENTO DE OPERACIÓN PARA LA PRODUCCIÓN DE LAS ÓPERAS PRIMAS CINEMATOGRÁFICAS
QUE SE REALIZAN EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE ÓPERAS PRIMAS UNAM-‐FOPROCINE
ÍNDICE
1. Presentación 2. Programa de Óperas primas cinematográficas UNAM-‐FOPROCINE 3. Objetivos 4. Fines específicos y visión 5. Estructura operativa 6. Beneficiarios 7. Apoyos económicos y operaciones 8. Requisitos 9. Criterios de selección 10. Recursos Financieros 11. Otorgamiento de apoyos económicos 12. Recuperación, temporalidad y derechos 13. Mecánica de operación 14. Compromisos de los sujetos de apoyo 15. Seguimiento 16. Organismos de vigilancia y control 17. Glosario
1. Presentación
El Programa de Óperas Primas UNAM-‐FOPROCINE está encaminado a la inserción de egresados de la Escuela Nacional de Artes Cinematográficas (ENAC), antes Centro Universitario de Estudios Cinematográficos (CUEC), de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), a la producción y a la industria cinematográfica profesional en México.
Uno de los objetivos principales del Programa de Óperas Primas UNAM-‐FOPROCINE, es fortalecer la proyección de la cinematografía mexicana de calidad cultural en foros y festivales nacionales e internacionales. Por medio de la coproducción y difusión de las óperas primas cinematográficas mexicanas de calidad, la UNAM contribuye a la proyección de la diversidad cultural y a la creación de las diversas identidades nacionales. Se considera importante propiciar el surgimiento de expresiones cinematográficas, en un marco democrático y plural de libertad y respeto.
2. Programa de Óperas Primas Cinematográficas UNAM-‐FOPROCINE Éste Programa está a cargo de la ENAC-‐UNAM y del Fondo para la Producción Cinematográfica de Calidad (FOPROCINE), a través del Instituto Mexicano de Cinematografía (IMCINE).
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3. Objetivos El Programa de Óperas Primas UNAM-‐FOPROCINE es una experiencia académica que permite a los egresados y a sus alumnos, participar en una práctica profesional de producción cinematográfica de largometraje de ficción y documental respectivamente. Pretende reflejar la pluralidad de ideas y la libertad de pensamiento de los universitarios, tanto en la forma como en el contenido, y procura conjuntar tanto la expresión artística del autor, como el impacto e interés en la sociedad. Los alumnos que vivan esta experiencia desarrollarán conocimientos sobre las diferentes etapas que comprende el proceso de la producción cinematográfica, y apreciarán las diversas formas de la interacción humana y profesional que ésta implica. El Programa de Óperas Primas UNAM-‐FOPROCINE busca fomentar la inclusión de los egresados de la ENAC a la actividad cinematográfica de calidad cultural, mediante la operación del otorgamiento de apoyos económicos para la producción cinematográfica a directores de largometrajes de ficción o documental, quienes deberán ser personas físicas, egresados de la ENAC. Para la ENAC-‐UNAM es relevante, a través de este Programa, la comprobación de los conocimientos adquiridos por los egresados en la carrera, como parte de su desarrollo académico. El Programa busca generar sistemas de producción cinematográfica más congruentes con la realidad del país y del cine mundial contemporáneo, y quiere acercar a la Escuela, a sus egresados y alumnos a las nuevas herramientas tecnológicas para la expresión cinematográfica.
4. Fines específicos y visión En su operación, el Programa de Óperas Primas UNAM-‐FOPROCINE deberá promover la consecución de los siguientes fines específicos:
4.1 Impulsar y apoyar la producción cinematográfica de óperas primas de ficción y documental, dirigidas por egresados de la ENAC.
4.2 Promover la difusión de largometrajes de calidad producidos por la UNAM-‐
FOPROCINE, con el apoyo de IMCINE, que combinen niveles satisfactorios de calidad temática y técnica.
El Programa de Óperas Primas UNAM-‐FOPROCINE tiene la visión de ser un impulsor de la producción cinematográfica profesional, induciendo la participación de egresados y alumnos de la ENAC en la realización de largometrajes en la UNAM que, por sus niveles de calidad temática, técnica y cultural, eleven la promoción y difusión del cine nacional.
5. Estructura operativa La producción de las películas estará a cargo del Director(a) de la ENAC-‐UNAM en funciones, quien emitirá la convocatoria del Concurso de Óperas Primas correspondiente aprobada por el H. Consejo Asesor o Consejo Técnico de la ENAC. El crédito en pantalla del Director(a) de la ENAC-‐UNAM aparecerá como Productor(a) General del Proyecto Óperas Primas ENAC-‐UNAM.
6. Beneficiarios Son los sujetos de apoyo: personas físicas, cuyo interés sea dirigir y producir largometrajes cinematográficos de calidad ya sea de ficción o documental, que sean egresados de la ENAC-‐UNAM, y que presenten un proyecto susceptible de apoyo por el Programa de Óperas Primas UNAM-‐FOPROCINE.
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7. Apoyos económicos y operaciones El apoyo que el Programa de Óperas Primas UNAM-‐FOPROCINE otorgue y autorice se dará bajo la figura de apoyo económico vía capital de riesgo con supervisión de producción.
7.1 Los apoyos que el Programa de Óperas Primas UNAM-‐FOPROCINE otorgue con base en los presentes lineamientos, estarán sujetos a la disponibilidad de recursos de la UNAM y del FOPROCINE, y se formalizarán mediante la suscripción del instrumento jurídico procedente entre la UNAM y el Fondo, en el cual se preverá todo lo relativo a los términos, obligaciones y condiciones de la conclusión del proyecto cinematográfico, así como la entrega de materiales correspondientes.
7.2 Con el objeto de fortalecer y consolidar la infraestructura de servicios cinematográficos establecida en la ENAC-‐UNAM, el 80% de los recursos económicos aprobados deberán ejercerse en pagos por adquisiciones directas, servicios o procesos a personas físicas o morales establecidas en territorio nacional, así como todos los servicios y procesos de producción y postproducción que puedan realizarse en la ENAC, estableciendo costos de recuperación a favor de la UNAM. 7.3 Se podrán realizar contrataciones de servicios fuera de las instalaciones de la ENAC cuando se trate de procesos técnicos o tecnológicos que no se realicen en la ENAC, ni en territorio nacional, canalizando la tramitación correspondiente a la estructura administrativa de la UNAM.
7.4 Se podrán establecer convenios de colaboración nacionales o internacionales con otras instituciones, organizaciones, entidades, fundaciones, asociaciones, entre otras, siempre que esa colaboración no implique derechos patrimoniales sobre la obra, y sea a través de instrumentos legales que especifiquen con claridad la participación de la misma. 7.5 En los créditos finales deberá aparecer en número romano el número de Ópera Prima de la que se trata, de la Escuela Nacional de Artes Cinematográficas (ENAC) de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).
8. Requisitos
8.A Requisitos Ópera Prima Ficción
8.A.1 El director, productor y director de fotografía deberán ser egresados de la ENAC. 8.A.2 El director, productor y director de fotografía deberán tener título, diploma o constancia de estudios expedida por el CUEC o la ENAC en que se demuestre que cursaron y egresaron de manera regular la Carrera de Cinematografía en la ENAC. 8.A.3 Todos los egresados participantes deberán tener título, diploma o constancia de estudios expedida por el CUEC o la ENAC en que se demuestre que cursaron y egresaron de manera regular la Carrera de Cinematografía en la ENAC. 8.A.4 No serán aprobados proyectos cinematográficos en los que el director y el productor sean la misma persona. 8.A.5 No podrán participar en esta convocatoria proyectos o directores que ya hayan sido postulados dos o más veces en la Convocatoria de Óperas Primas. 8.A.6 No podrán someterse proyectos que hayan sido aprobados para realizarse en convocatorias anteriores, y que hayan sido cancelados.
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8.A.7 El guion podrá ser de la autoría del director, de otro guionista, adaptación de una obra literaria o de cualquier otro medio. El guionista (o uno de ellos, en el caso de coautoría) deberá ser egresado o alumno de la ENAC. Cuando se trate de coautoría, el coautor debe ceder los derechos para la realización de la película al egresado responsable del proyecto y deberá entregarse copia de este documento a la ENAC.
8.A.8 El guion deberá estar registrado ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor. En su defecto, podrá entregarse copia del documento que indica que el registro se encuentra en trámite.
8.A.9 En el caso de que el guion esté basado o sea una adaptación de la obra literaria de cualquier género, el interesado deberá presentar, además del registro mencionado en el punto anterior, el contrato de cesión de todos los derechos para la adaptación cinematográfica de la misma, o en su caso, comprobante de que la obra original pertenece al régimen de dominio público.
8.A.10 Los alumnos de la ENAC podrán participar en la producción de la Ópera Prima siempre y cuando cumplan con sus obligaciones académicas. Su participación deberá someterse a la aprobación de la Dirección de la ENAC y de la Secretaría General. Se dará prioridad a aquellos alumnos o egresados recientes con buena trayectoria académica comprobada. 8.A.11 El sonidista, postproductor, editor, diseñador sonoro, continuista, 1er asistente de dirección y 1er asistente de fotografía deberán ser egresados, o en su caso, alumnos de la ENAC.
8.A.12 El productor deberá tener experiencia en el ramo y ser avalado por el H. Consejo Asesor o Consejo Técnico de la ENAC. 8.A.13 Los titulares de los siguientes puestos no deberán haberse desempeñado como tales en más de 2 largometrajes: productor, sonidista, postproductor, editor, diseñador sonoro, continuista, 1er asistente de dirección y 1er asistente de fotografía.
8.A.14 Además del director, por lo menos 3 titulares de cabezas de área deberán ser debutantes en la misma: el productor, director de fotografía, sonidista, director de arte, continuista, postproductor, editor, diseñador sonoro. 8.A.15 Los puestos de director de arte y realizador de making of deberán ser ocupados preferentemente por egresados o alumnos de la ENAC. 8.A.16 Los Colegios Académicos de la ENAC podrán sugerir posibles participantes a la producción.
8.A.17 En el caso de que por razones creativas o de producción se considere necesario que alguna cabeza de área se desempeñe a cargo de otra cabeza de área, la producción deberá someter la propuesta a la aprobación del H. Consejo Asesor o Consejo Técnico. 8.A.18 Los participantes de la ENAC deberán presentar Constancia Actualizada de No Adeudo (lo cual implica no tener ningún adeudo académico, de equipo, material, pago de servicios con la Escuela o entrega de máster pendiente de algún ejercicio, y no tener adeudos en la Biblioteca). 8.A.19 La participación de los puestos obligatorios deberá ser autorizada por el H. Consejo Asesor o Consejo Técnico.
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8.A.20 Todos los participantes del proyecto ganador están obligados a firmar los contratos y la documentación que la Coordinación de Producción Fílmica Escolar (CPFE) y/o la Dirección de la ENAC les solicite antes de la preproducción de dicho proyecto. 8.A.21 El productor, gerente de producción y coordinador de producción del proyecto ganador, deberán aplicar de forma obligatoria lo dispuesto en la Convocatoria correspondiente, en el Reglamento de Operación para la Producción de las Óperas Primas Cinematográficas que se realizan en el marco del Programa de Óperas Primas UNAM-‐FOPROCINE, los Lineamientos de Operación Administrativa Aplicables para Óperas Primas y Convenios Institucionales, así como el Tabulador de Ópera Prima de Ficción de la ENAC. De la misma manera, deberán cumplir con los términos y condiciones establecidos en las Reglas de Operación e Indicadores de Gestión y Evaluación del FOPROCINE, lo cual abarca los tiempos, formatos y entrega de materiales. 8.A.22 Asimismo, con el objetivo de que el Programa de Óperas Primas de la ENAC beneficie no sólo a sus participantes, el director, productor, director de fotografía, sonidista, director de arte, editor, 1er. asistente de dirección y 1er. asistente de fotografía del proyecto ganador, deberán realizar encuentros con los alumnos y profesores de la ENAC para transmitir su experiencia.
8.A.23 Toda situación extraordinaria no prevista, será resuelta por la CPFE y la Dirección de la ENAC, en caso de no resolverse, el H. Consejo Asesor o Consejo Técnico de la ENAC intervendrá hasta su resolución.
8.B Documentación para Ópera Prima Ficción
8.B.1 Documentación impresa en un folder 1. Inscripción. Solicitud de inscripción del proyecto (proporcionada por la CPFE de
la ENAC). 2. Datos generales: Hoja con el título del guion, nombre completo del director,
guionista y productor. Datos del director y productor: fecha de nacimiento, dirección electrónica, teléfono fijo, teléfono celular (con clave Lada, en caso de ser de otra entidad que no sea la Ciudad de México).
3. Registro guion Copia del Certificado de registro ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor del guion, o en su defecto copia del documento que indica que el registro se encuentra en trámite.
4. Constancia Estudios Copia de título, diploma o Constancia de Estudios expedida por el CUEC o la ENAC del director, productor, director de fotografía y del resto de los egresados y participantes de la ENAC que se desempeñarán en los puestos obligatorios.
5. No adeudo Copia de la Constancia Actualizada de No Adeudo del director, productor, director de fotografía, del resto de los egresados y participantes de la ENAC que se desempeñarán en los puestos obligatorios.
8.B.2 Guion impreso ficción • Cuatro (4) copias engargoladas del guion en español especificando autores del
argumento, y en caso de adaptación, el nombre del autor original. • En la primer hoja del mismo debe aparecer título del guion, nombre del
guionista(s), en caso de adaptación el nombre del autor original. Datos generales del director: nombre completo, fecha de nacimiento, dirección electrónica, teléfono fijo, teléfono celular (con clave Lada, en caso de ser de otra entidad que no sea la Ciudad de México).
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• En caso de que el guion haya participado en el Taller de Guion y Desarrollo de Proyectos de Ópera Prima, enunciarlo en la primera hoja, así como el año en que tuvo lugar la participación y el nombre del asesor.
8.B.3 DVD con carpeta de producción, identificado así:
Con el fin de identificar los documentos electrónicos incluidos, éstos deberán llevar: numeración consecutiva, siguiendo el orden de la lista, nombre del Proyecto (siglas del título, abreviatura del título o primeras letras del título) y nombre del documento, sin acentos, eñes, guiones medios o diagonales. Por ejemplo: 1_ZAP_Datos.pdf Solo hay posibilidad de cargar un archivo en .pdf por cada punto que conforma la carpeta del proyecto. Los archivos deberán tener un peso máximo de 25MB cada uno.
1. Datos Hoja con el título del guion, nombre del guionista(s), en caso de
adaptación el nombre del autor original; datos generales del director y productor: nombre completo, fecha de nacimiento, dirección electrónica, teléfono fijo, teléfono celular (con clave Lada, en caso de ser de otra entidad que no sea la Ciudad de México).
2. Registro Copia del Certificado de registro del guion ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor del guion, o en su defecto copia del documento que indica que el registro se encuentra en trámite.
3. Adaptación En el caso de que el guion esté basado o sea una adaptación de la obra literaria de cualquier género, de otro autor, el director deberá presentar, además del registro mencionado en el punto anterior, el contrato de cesión de todos los derechos para la adaptación cinematográfica de la misma, o en su caso, comprobante de que la obra original pertenece al régimen de dominio público.
4. Sinopsis Una sinopsis corta en un máximo de cinco renglones y una sinopsis larga en un máximo de tres cuartillas.
5. Guion En español, especificando autores del argumento, y en caso de adaptación el nombre del autor original. En la primer hoja del mismo, debe aparecer título del guion, nombre del guionista(s), en caso de adaptación el nombre del autor original. Datos generales del director: nombre completo, fecha de nacimiento, dirección electrónica, teléfono fijo, teléfono celular (con clave Lada, en caso de ser de otra entidad que no sea la Ciudad de México). En caso de que el guion haya participado en el Taller de Guion y Desarrollo de Proyectos de Ópera Prima, enunciarlo en la primera hoja, así como el año en que tuvo lugar la participación y el nombre del asesor de guion.
6. Texto del director Análisis del proyecto por parte del director en el que expone el planteamiento general y la idea creativa (de una a tres cuartillas máximo).
7. Fotografía Propuesta de fotografía. 8. Sonido Propuesta de tratamiento sonoro. 9. Arte Propuesta de dirección de arte o diseño de producción. 10. Locaciones Propuesta de las principales locaciones. En caso de locaciones
estratégicas para la realización de la película, presentar documentos que den cuenta de la viabilidad de uso de esa locación, como carta compromiso o de intención de la autoridad competente, en que se compromete a facilitar la locación en caso de que el proyecto se vea beneficiado.
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11. Reparto Propuesta de reparto de los personajes principales, presentando preferentemente cartas de intención para participar en la película en el caso de que el proyecto resulte beneficiado.
12. Ruta crítica Especificando semanas y sin fechas, de preparación, producción y postproducción, considerando un plazo máximo de 18 meses contados a partir del inicio del rodaje. Entregar en excel y en pdf.
13. Plan de rodaje, especificando conteo de días y semanas, secuencias a filmar por día.
14. Ruta tecnológica. 15. Resumen presupuestal Considerar $10’000,000.00 (diez millones de pesos
00/100 M.N.) incluyendo impuestos de ley, como tope máximo para la producción del proyecto. Presentar en el presupuesto una columna para expresar los gastos que absorberá el FOPROCINE y otra columna para expresar los gastos que absorberá la UNAM, considerando que el FOPROCINE no puede ejercer compras de equipo. Presentar en moneda nacional.
16. Presupuesto general elaborado en Excel, presentado en moneda nacional, con impuestos incluidos, detallado por cuenta y subcuenta. Presentar en el presupuesto una columna para expresar los gastos que se cubrirán con el recurso de FOPROCINE, y otra columna para expresar los gastos que absorberá la UNAM, considerando que los recursos del FOPROCINE no pueden ejercerse para compras de equipo. Presentar flujo de efectivo. Deberá quedar fuera de este presupuesto lo que corresponde a distribución del proyecto. Presentar en moneda nacional. Incluir: a. Equipo de trabajo (honorarios de los participantes según tabulador
otorgado por la CPFE de los puestos ahí considerados). b. Honorarios de asesor de realización, guion, producción y edición, cuya
participación será considerada en su momento. c. Honorarios de supervisor de producción y coordinador de postproducción,
cuya participación será considerada en su momento. d. Equipo técnico (cámara, iluminación, tramoya, equipo especial, etc.). e. Materiales (tarjetas de captura, expendables, etc.). f. Producción (traslados, hospedajes, alimentos, etc. incluyendo la
preproducción). g. Postproducción (procesos y servicios). h. Materiales entregables. i. Seguro de cobertura de producción por el tiempo que abarca la
preproducción, producción, postproducción, hasta la entrega de deliveries. El seguro debe contemplar hacer frente a responsabilidades por daños a terceros.
j. Revisión externa contable financiera. k. Desglose de costos por concepto de contratos y licencias de derechos de
autor, de uso exclusivo o no exclusivo, de imagen, audio y demás que el proyecto requiera.
17. Esquema financiero Presentarlo en gráfica circular al 50% la UNAM y al 50% el FOPROCINE para representar los porcentajes de participación, firmado por quien elabora el esquema.
18. Música, material de archivo y literario En el caso de que se considere música específica para el proyecto, material de archivo o literario para la obra cinematográfica, deberá demostrar que se cuenta con los derechos de autor correspondientes y/o en su defecto, carta en que el autor y/o quien detente los derechos patrimoniales, manifieste su intención de expedir las cesiones y/o licencias correspondientes a favor de la UNAM, en el caso de que el proyecto resulte ganador.
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De la misma manera, presentar las cotizaciones expedidas por quienes detenten los derechos patrimoniales, que den cuenta del costo de las licencias y/o cesiones requeridas.
19. Viabilidad Análisis de la viabilidad de producción (de una a tres cuartillas máximo).
20. Ficha técnica Género, país, idioma, duración, aspect ratio, nombre del director, guionista, productor, director de fotografía, sonidista, director de arte, editor, diseñador sonoro, postproductor y datos de contacto de la producción.
21. Equipo de Trabajo a. Presentar crew list. b. Presentar lo siguiente del Director, guionista, productor, director de
fotografía, sonidista, director de arte, editor, diseñador sonoro, postproductor:
i. CV. ii. Constancia de Estudios. Copia de título, diploma o Constancia
de Estudios expedida por el CUEC o la ENAC. iii. Constancia de No adeudo actualizada. iv. Carta de intención de participación en el proyecto.
c. Del resto de los egresados y alumnos participantes de la ENAC con que se cuente al momento de someter el proyecto, presentar CV, Constancia de estudios, de No adeudo y carta de intención.
d. En el caso de que algún participante sea de nacionalidad extranjera, presentar forma migratoria vigente.
22. Reporte de conclusión del Taller de Guion y Desarrollo de Proyectos de Ópera Prima (si es el caso).
23. Enlace en línea con acceso disponible para visionar o descargar trabajos previos del director y director de fotografía.
24. Anexos Lo que el responsable del proyecto considere pertinente, además de la información solicitada.
8.C Requisitos Ópera Prima Documental
8.C.1 El director, productor y director de fotografía deberán ser egresados de la ENAC. 8.C.2 El director, productor y director de fotografía deberán tener título, diploma o constancia de estudios expedida por el CUEC o la ENAC en que se demuestre que cursaron y egresaron de manera regular la Carrera de Cinematografía en la ENAC. 8.C.3 Todos los egresados participantes deberán tener título, diploma o constancia de estudios expedida por el CUEC o la ENAC en que se demuestre que cursaron y egresaron de manera regular la Carrera de Cinematografía en la ENAC. 8.C.4 No serán aprobados proyectos cinematográficos en los que el director y el productor sean la misma persona. 8.C.5 No podrán participar en esta convocatoria proyectos o directores que ya hayan sido postulados dos o más veces en la Convocatoria de Óperas Primas. 8.C.6 No podrán someterse proyectos que hayan sido aprobados para realizarse en convocatorias anteriores, y que hayan sido cancelados.
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8.C.7 El guion podrá ser de la autoría del director, de otro guionista, adaptación de una obra literaria o de cualquier otro medio. El guionista (o uno de ellos, en el caso de coautoría) deberá ser egresado o alumno de la ENAC. Cuando se trate de coautoría, el coautor debe ceder los derechos para la realización de la película al egresado responsable del proyecto y deberá entregarse copia de este documento a la ENAC.
8.C.8 El guion deberá estar registrado ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor. En su defecto, podrá entregarse copia del documento que indica que el registro se encuentra en trámite.
8.C.9 En el caso de que el guion esté basado o sea una adaptación de la obra literaria de cualquier género, el interesado deberá presentar, además del registro mencionado en el punto anterior, el contrato de cesión de todos los derechos para la adaptación cinematográfica de la misma, o en su caso, comprobante de que la obra original pertenece al régimen de dominio público.
8.C.10 Los alumnos de la ENAC podrán participar en la producción de la Ópera Prima siempre y cuando cumplan con sus obligaciones académicas. Su participación deberá someterse a la aprobación de la Dirección de la ENAC y de la Secretaría General. Se dará prioridad a aquellos alumnos o egresados recientes con buena trayectoria académica comprobada. 8.C.11 El sonidista, postproductor, editor, diseñador sonoro, continuista, 1er asistente de dirección y 1er asistente de fotografía deberán ser egresados, o en su caso, alumnos de la ENAC.
8.C.12 El productor deberá tener experiencia en el ramo y ser avalado por el H. Consejo Asesor o Consejo Técnico de la ENAC. 8.C.13 Los titulares de los siguientes puestos no deberán haberse desempeñado como tales en más de 2 largometrajes: productor, sonidista, postproductor, editor, diseñador sonoro, continuista, 1er asistente de dirección y 1er asistente de fotografía.
8.C.14 Además del director, por lo menos 3 titulares de cabezas de área deberán ser debutantes en la misma: el productor, director de fotografía, sonidista, director de arte, continuista, postproductor, editor, diseñador sonoro. 8.C.15 Los puestos de director de arte y realizador de making of deberán ser ocupados preferentemente por egresados o alumnos de la ENAC. 8.C.16 Los Colegios Académicos de la ENAC podrán sugerir posibles participantes a la producción.
8.C.17 En el caso de que por razones creativas o de producción se considere necesario que alguna cabeza de área se desempeñe a cargo de otra cabeza de área, la producción deberá someter la propuesta a la aprobación del H. Consejo Asesor o Consejo Técnico. 8.C.18 Los participantes de la ENAC deberán presentar Constancia Actualizada de No Adeudo (lo cual implica no tener ningún adeudo académico, de equipo, material, pago de servicios con la Escuela o entrega de máster pendiente de algún ejercicio, y no tener adeudos en la Biblioteca). 8.C.19 La participación de los puestos obligatorios deberá ser autorizada por el H. Consejo Asesor o Consejo Técnico.
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8.C.20 Todos los participantes del proyecto ganador están obligados a firmar los contratos y la documentación que la Coordinación de Producción Fílmica Escolar (CPFE) y/o la Dirección de la ENAC les solicite antes de la preproducción de dicho proyecto. 8.C.21 El productor, gerente de producción y coordinador de producción del proyecto ganador, deberán aplicar de forma obligatoria lo dispuesto en la Convocatoria correspondiente, en el Reglamento de Operación para la Producción de las Óperas Primas Cinematográficas que se realizan en el marco del Programa de Óperas Primas UNAM-‐FOPROCINE, los Lineamientos de Operación Administrativa Aplicables para Óperas Primas y Convenios Institucionales, así como el Tabulador de Ópera Prima de Ficción de la ENAC. De la misma manera, deberán cumplir con los términos y condiciones establecidos en las Reglas de Operación e Indicadores de Gestión y Evaluación del FOPROCINE, lo cual abarca los tiempos, formatos y entrega de materiales. 8.C.22 Asimismo, con el objetivo de que el Programa de Óperas Primas de la ENAC beneficie no sólo a sus participantes, el director, productor, director de fotografía, sonidista, director de arte, editor, 1er. asistente de dirección y 1er. asistente de fotografía del proyecto ganador, deberán realizar encuentros con los alumnos y profesores de la ENAC para transmitir su experiencia.
8.C.23 Toda situación extraordinaria no prevista, será resuelta por la CPFE y la Dirección de la ENAC, en caso de no resolverse, el H. Consejo Asesor o Consejo Técnico de la ENAC intervendrá hasta su resolución.
8.D Documentación para Ópera Prima Documental 8.D.1 Documentación impresa en un folder 1. Inscripción. Solicitud de inscripción del proyecto (proporcionada por la CPFE de
la ENAC). 2. Datos generales Hoja con el título del guion, nombre completo del director,
guionista y productor. Datos del director y productor: fecha de nacimiento, dirección electrónica, teléfono fijo, teléfono celular (con clave Lada, en caso de ser de otra entidad que no sea la Ciudad de México).
3. Registro guion Copia del Certificado de registro ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor del guion, o en su defecto copia del documento que indica que el registro se encuentra en trámite.
4. Constancia Estudios Copia de título, diploma o Constancia de Estudios expedida por el CUEC o la ENAC del director, productor, director de fotografía y del resto de los egresados y participantes de la ENAC que se desempeñarán en los puestos obligatorios.
5. No adeudo Copia de la Constancia Actualizada de No Adeudo del director, productor, director de fotografía, del resto de los egresados y participantes de la ENAC que se desempeñarán en los puestos obligatorios.
8.D.2 Guion impreso documental • Guion literario, imaginario o descriptivo. • Entregar cuatro (4) copias engargoladas del guion impreso. • En la primer hoja del mismo, debe aparecer título del guion, nombre del
guionista(s), en caso de adaptación el nombre del autor original; datos generales del director: nombre completo, fecha de nacimiento, dirección electrónica, teléfono fijo, teléfono celular (con clave Lada, en caso de ser de otra entidad que
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no sea la Ciudad de México). 8.D.3 DVD con carpeta de producción, identificado así:
Con el fin de identificar los documentos electrónicos incluidos, éstos deberán llevar: numeración consecutiva, siguiendo el orden de la lista, nombre del Proyecto (siglas del título, abreviatura del título o primeras letras del título) y nombre del documento, sin acentos, eñes, guiones medios o diagonales. Por ejemplo: 1_ZAP_Datos.pdf Solo hay posibilidad de cargar un archivo en .pdf por cada punto que conforma la carpeta del proyecto. Los archivos deberán tener un peso máximo de 25MB cada uno.
1. Datos Hoja con el título del guion, nombre del guionista(s), en caso de
adaptación el nombre del autor original; datos generales del director y productor: nombre completo, fecha de nacimiento, dirección electrónica, teléfono fijo, teléfono celular (con clave Lada, en caso de ser de otra entidad que no sea la Ciudad de México).
2. Ficha técnica Género, país, idioma, duración, aspect ratio, nombre del director, guionista, productor, director de fotografía, sonidista, director de arte (en su caso), editor, diseñador sonoro, postproductor y datos de contacto de la producción.
3. Registro Copia del Certificado de registro del guion ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor del guion, o en su defecto copia del documento que indica que el registro se encuentra en trámite.
4. Adaptación En el caso de que el guion esté basado o sea una adaptación de la obra literaria de cualquier género, de otro autor, el director deberá presentar, además del registro mencionado en el punto anterior, el contrato de cesión de todos los derechos para la adaptación cinematográfica de la misma, o en su caso, comprobante de que la obra original pertenece al régimen de dominio público.
5. Sinopsis Una sinopsis corta en un máximo de cinco renglones y una sinopsis larga en un máximo de tres cuartillas.
6. Guion • Guion literario, imaginario o descriptivo. En español, especificando autores
del argumento, y en caso de adaptación el nombre del autor original. • En la primer hoja del mismo, debe aparecer título del guion, nombre del
guionista(s), en caso de adaptación el nombre del autor original. Datos generales del director: nombre completo, fecha de nacimiento, dirección electrónica, teléfono fijo, teléfono celular (con clave Lada, en caso de ser de otra entidad que no sea la Ciudad de México).
• En caso de que el guion haya participado en el Taller de Guion y Desarrollo de Proyectos de Ópera Prima, enunciarlo en la primera hoja, así como el año en que tuvo lugar la participación y el nombre del asesor de guion.
7. Escaleta Cómo mínimo, presentar una escaleta, es decir, una lista de las secuencias que integrarán el documental, en el orden que quedarían en el filme terminado (aunque se dará preferencia a proyectos con guiones desarrollados).
8. Hipótesis del proyecto 9. Investigación Reporte de la investigación realizada, citando fuentes y
referencias bibliográficas, hemerográficas, etc.; incluyendo la transcripción de las entrevistas realizadas en el marco de la indagación, así como las fotografías
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y otros elementos que el concursante considere pertinentes. 10. Realización Propuesta de realización, que incluya fundamentalmente el o los
métodos a seguir (exposición, observación, interacción, intervención, etc.), y las técnicas a utilizar en el rodaje (rodaje directo, entrevistas, reconstrucción, voz off, recreación, etc.) y la concepción general del montaje (lineal, cronológico, por bloques, etc.).
11. Breve exposición, descripción o narración del tema, de las situaciones y los eventos, de los protagonistas o los objetos que constituyen la materia esencial del documental.
12. Texto del Director Breve exposición de la visión del director acerca del tema, de las situaciones y los eventos, de los protagonistas o los objetos que constituyen la materia esencial del documental.
13. Fotografía Propuesta fotográfica. 14. Sonido Propuesta de tratamiento sonoro. 15. Arte Propuesta de dirección de arte o diseño de producción (en su caso). 16. Locaciones Propuesta de las principales locaciones. En caso de locaciones
estratégicas para la realización de la película, presentar documentos que den cuenta de la viabilidad de uso de esa locación, como podría ser carta compromiso o de intención de la autoridad competente, en que se compromete a facilitar la locación en caso de que el proyecto se vea beneficiado.
17. Cartas protagonistas Presentar cartas de intención de los protagonistas para participar en la película en el caso de que el proyecto sea beneficiado.
18. Equipo de Trabajo a. Presentar crew list. b. Presentar lo siguiente del Director, guionista, productor, director de
fotografía, sonidista, director de arte, editor, diseñador sonoro, postproductor:
i. CV. ii. Constancia de Estudios. Copia de título, diploma o Constancia
de Estudios expedida por el CUEC o la ENAC. iii. Constancia de No adeudo actualizada. iv. Carta de intención de participación en el proyecto.
c. Del resto de los egresados y alumnos participantes de la ENAC con que se cuente al momento de someter el proyecto, presentar CV, Constancia de estudios, de No adeudo y carta de intención.
d. En el caso de que algún participante sea de nacionalidad extranjera, presentar forma migratoria vigente.
19. Ruta crítica Especificando semanas y sin fechas, de preparación, producción y postproducción, considerando un plazo máximo de 18 meses contados a partir del inicio del rodaje. Entregar en excel y en pdf.
20. Plan de rodaje, especificando conteo de días y semanas, secuencias a filmar por día.
21. Resumen presupuestal Considerar $2’500,000.00 (dos millones quinientos mil pesos 00/100 M.N.) incluyendo impuestos de ley, como tope máximo para la producción del proyecto. Presentar en el presupuesto una columna para expresar los gastos que absorberá el FOPROCINE, y otra columna para expresar los gastos que absorberá la UNAM, considerando que el FOPROCINE no puede ejercer compras de equipo. Presentar en moneda nacional.
22. Presupuesto general elaborado en Excel, presentado en moneda nacional, con impuestos incluidos, detallado por cuenta y subcuenta. Presentar en el presupuesto una columna para expresar los gastos que se cubrirán con el recurso de FOPROCINE, y otra columna para expresar los gastos que absorberá la UNAM, considerando que los recursos del FOPROCINE no
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pueden ejercerse para compras de equipo. Presentar flujo de efectivo. Deberá quedar fuera de este presupuesto lo que corresponde a distribución del proyecto. Presentar en moneda nacional. Incluir: a. Equipo de trabajo (honorarios de los participantes según tabulador
otorgado por la CPFE de los puestos ahí considerados). b. Honorarios de asesor de realización, guion, producción y edición, cuya
participación será considerada en su momento. c. Honorarios de supervisor de producción y coordinador de postproducción,
cuya participación será considerada en su momento. d. Equipo técnico (cámara, iluminación, tramoya, etc.). e. Materiales (tarjetas de captura, expendables, etc.). f. Producción (traslados, hospedajes, alimentos, etc. incluyendo la
preproducción). g. Postproducción (procesos y servicios). h. Materiales entregables. i. Seguro de cobertura de producción por el tiempo que abarca la
preproducción, producción, postproducción, hasta la entrega de deliveries. El seguro debe contemplar hacer frente a responsabilidades por daños a terceros.
j. Revisión externa contable financiera. k. Desglose de costos por concepto de contratos y licencias de derechos de
autor, de uso exclusivo o no exclusivo, de imagen, audio y demás que el proyecto requiera.
23. Esquema financiero Presentarlo en gráfica circular al 50% la UNAM y al 50% el FOPROCINE para representar los porcentajes de participación, y firmado por quien elabora el esquema.
24. Ruta tecnológica 25. Música, material de archivo y literario En el caso de que se considere música
específica para el proyecto, material de archivo o literario para la obra cinematográfica, deberá demostrar que se cuenta con los derechos de autor correspondientes y/o en su defecto, carta en que el autor y/o quien detente los derechos patrimoniales, manifieste su intención de expedir las cesiones y/o licencias correspondientes a favor de la UNAM, en el caso de que el proyecto resulte ganador. De la misma manera, presentar las cotizaciones expedidas por quienes detenten los derechos patrimoniales, que den cuenta del costo de las licencias y/o cesiones requeridas.
26. Viabilidad Análisis de la viabilidad de producción en sus aspectos fundamentales y específicos (de una a tres cuartillas máximo).
27. Enlace en línea con acceso disponible para visionar o descargar trabajos previos del director y director de fotografía.
28. Reporte de conclusión del Taller de Guion y Desarrollo de Proyectos de Ópera Prima (si es el caso).
29. Anexos Lo que el responsable del proyecto considere pertinente, además de la información solicitada.
9. Criterios de selección
El Jurado calificador o Comisión de selección tomará en cuenta los requisitos y documentos presentados establecidos en el presente Reglamento para el otorgamiento de los apoyos económicos que apruebe, además de ello, habrá de considerar:
a) La calidad artística y cultural del proyecto cinematográfico; b) la evaluación del equipo creativo y técnico, el presupuesto, la obra audiovisual previa del
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director y director de fotografía, la ruta crítica y plan de trabajo; c) la viabilidad financiera y de producción.
10. Recursos Financieros
El recurso financiero de las Óperas Primas UNAM-‐FOPROCINE se integra con las aportaciones de la UNAM y del FOPROCINE. Los derechos patrimoniales de la obra quedarán establecidos por el porcentaje presupuestal que cada una de las instituciones aporte.
11. Otorgamiento de apoyos económicos 11.1 El otorgamiento de apoyos económicos para la producción de largometrajes de documental no podrá exceder la cantidad de $2,500,000.00 (dos millones quinientos mil pesos 00/100 M.N.) incluyendo impuestos de ley, y de $10,000,000.00 (diez millones de pesos 00/100 M.N., incluyendo impuestos de ley, para el presupuesto de largometrajes de ficción, estos montos serán aportados por partes iguales por la UNAM y el FOPROCINE.
En el caso de que se presentara la posibilidad de que la película contara con un apoyo externo a estas dos instancias, su participación y los términos de la misma tendrían que ser aprobados por el H. Consejo Asesor o Consejo Técnico de la ENAC y el Comité Técnico del FOPROCINE, contemplando también los tiempos que esta participación implicara.
11.2 Los sujetos de apoyo contarán con un plazo máximo de 18 meses para entregar la película terminada en el formato acordado, computados a partir de la fecha firmada de inicio del rodaje. Si por razones de índole técnica, narrativa o por causa de fuerza mayor los sujetos de apoyo advirtieran un retraso en esta entrega, deberán informar y justificar debidamente la situación a la Dirección de la ENAC y a la CPFE, en los términos y condiciones establecidas en su contrato de prestación de servicios, para que la ENAC realice los procedimientos necesarios ante el FOPROCINE.
12. Recuperación, temporalidad y derechos
12.1 La UNAM y el FOPROCINE tendrán la titularidad del porcentaje que les corresponda a su participación en la producción del proyecto, respecto de los derechos de propiedad sobre la película. Si existiera un tercer aportante, el acuerdo respecto a este punto tendría que ser aprobado por ambas instituciones. 12.2 La recuperación de los apoyos tendrá como fuente los ingresos que genere la explotación comercial del largometraje, de acuerdo a la proporción que corresponda a los aportantes por su porcentaje con respecto al total del presupuesto de producción. 12.3 La UNAM y el FOPROCINE se reservarán el derecho de otorgar de común acuerdo a un tercero, la exhibición, promoción y distribución de la película, formalizando este acuerdo mediante un contrato de distribución donde se establecen las condiciones y obligaciones operativas. 12.4 La UNAM y el FOPROCINE se reservarán el derecho de otorgar en todos los casos el derecho de divulgación y exhibición cultural en forma posterior a su estreno comercial en los circuitos que al efecto estén vigentes a nivel nacional e internacional. 12.5 Cuando la obra tuviera que asistir a festivales, de común acuerdo la UNAM y el FOPROCINE apoyados por el área de Divulgación de la ENAC-‐UNAM, y la o las Direcciones designadas por IMCINE, decidirán sobre la participación.
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13.Mecánica de operación 13.1 Los aplicantes podrán pedir en la CPFE de la ENAC la solicitud de inscripción que corresponda a la convocatoria abierta, para integrar el proyecto de producción cinematográfica. Deberán apegarse en todo momento al mecanismo de operación implementado para el registro de los proyectos. 13.2 El procedimiento se inicia en la CPFE de la ENAC con la entrega de la solicitud de inscripción en original firmado por el solicitante.
13.3 La CPFE de la ENAC recibirá para su revisión el contenido de la solicitud de inscripción y la documentación e información entregada como anexo, a fin de determinar que el proyecto solicitante cumpla con lo estipulado en el punto 8 de estas Reglas de Operación relativo a ambas Óperas.
13.4 El Jurado calificador o Comisión de selección estará encargado de analizar los proyectos de producción cinematográficos presentados, y los evaluará de acuerdo a sus méritos culturales y artísticos, considerando la vigencia de su temática, estilo, propuesta estética, capacidad para enriquecer a la cinematografía nacional y a los creadores artísticos y técnicos involucrados, además de su proyección presupuestal, viabilidad de producción y la rentabilidad cultural de los mismos. Una vez evaluados los proyectos, el jurado calificador formulará, en las actas correspondientes, las recomendaciones procedentes. El jurado emitirá un acta en que determine el proyecto ganador (pudiendo declarar desierto el premio), el resultado será publicado en los mismos medios de la convocatoria, y este resultado será inapelable.
La autorización final del apoyo a otorgarse por el FOPROCINE para la producción de la obra es facultad del Comité Técnico, máximo órgano de gestión del fideicomiso, el cual considerará la resolución de la Comisión de Selección y los criterios generales establecidos por las Reglas de Operación del Fondo, para emitir la aprobación final. 13.5 Se formalizará el contrato estableciendo objeto, vigencia, términos y condiciones de los apoyos económicos otorgados, así como las penas convencionales que de ser el caso resulten por incumplimiento de los sujetos de apoyo. 13.6 Al tiempo de la suscripción del contrato se requerirá a los sujetos de apoyo que manifiesten por escrito bajo protesta de decir verdad:
a) Que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales; y b) Que no cuentan con apoyo de la SECRETARÍA DE CULTURA para el mismo proyecto.
De contar con apoyo de la SECRETARÍA DE CULTURA y no declararlo, se harán acreedores a la suspensión definitiva de los apoyos económicos y tendrán que regresar la totalidad de los recursos recibidos, más los intereses establecidos en el contrato. 13.7 La Dirección de la ENAC, contando con el apoyo de la Dirección de Apoyo a la Producción Cinematográfica del IMCINE, definirá el mecanismo de seguimiento de los proyectos aprobados.
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13.8 Para la entrega de los recursos financieros al productor y dar inicio a la preproducción se aplicará de forma obligatoria lo establecido en el Reglamento de Operación para la Producción de las Óperas Primas Cinematográficas que se realizan en el marco del Programa de Óperas Primas UNAM-‐FOPROCINE, los Lineamientos de Operación Administrativa Aplicables para Óperas Primas y Convenios Institucionales, así como el Tabulador Ópera Prima de Ficción de la ENAC y el Tabulador Ópera Prima Documental de la ENAC. De la misma manera, se deberá cumplir con los términos y condiciones establecidas en las Reglas de Operación e Indicadores de Gestión y Evaluación del FOPROCINE, lo cual abarca los tiempos, formatos y entrega de materiales.
14.Compromisos de los sujetos de apoyo Dentro del contrato que cada sujeto de apoyo firma con la UNAM se establecerá: objeto, vigencia, términos, entrega de reportes e informes, condiciones y obligaciones de entrega para la producción de la película.
14.1 Apoyos económicos.
a) Los sujetos de apoyo deberán utilizar la cantidad entregada por la UNAM y el FOPROCINE
únicamente para la producción del largometraje en cualquiera de sus etapas (preproducción, producción y postproducción), comprometiéndose a no solicitar, bajo ninguna circunstancia, incrementos que excedan los topes establecidos en estas Reglas de Operación, por variaciones en el presupuesto.
b) Los sujetos de apoyo deberán realizar la producción del largometraje de acuerdo con las
condiciones aprobadas por el jurado calificador, entre otras: guion, propuesta autoral, equipo creativo y técnico, y presupuesto; la Dirección de la ENAC podrá autorizar cambios en el equipo creativo, ruta crítica, plan de trabajo, formato de producción, forma de ejercer el presupuesto, entre otros, en atención a la mejor consecución de la propuesta aprobada, siempre y cuando no se incremente el monto total de los apoyos económicos más allá de lo autorizado.
c) El productor, el supervisor de producción (en su caso) del Programa de Óperas Primas
UNAM-‐FOPROCINE, apoyados por el contador de producción de la película, deberán llevar control y registro de los ingresos y gastos derivados de la producción del largometraje y los pondrá a disposición de la Dirección de la ENAC, la Secretaría Administrativa y la CPFE, para su revisión.
d) Es obligatorio contratar con un seguro de cobertura suficiente para cubrir los riesgos
inherentes a la producción del largometraje, en cualquiera de sus etapas, así como hacer frente a responsabilidades por daños a terceros.
e) Todo el personal contratado para la realización del largometraje se obliga a:
e.1) Realizar las operaciones necesarias para llevar a cabo la producción del largometraje,
en cualquiera de sus etapas en el tiempo y dentro del presupuesto convenidos en el contrato originario;
e.2) asumir frente a terceros las responsabilidades que se deriven de la producción del
largometraje, en cualquiera de sus etapas;
e.3) liberar de cualquier obligación o carga fiscal los materiales cinematográficos del largometraje y los derechos derivados de ello que fueren gravados fiscalmente o por acciones de terceros, debiendo proporcionar a la ENAC los comprobantes originales,
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mediante los cuales acredite tales circunstancias;
e.4) proporcionar la información completa para que la Administración de la ENAC pueda llevar a cabo la contratación de las cabezas de departamento de la película, contemplando las cesiones de derechos inherentes al desempeño de su trabajo en la producción de la misma, y estableciendo los pagos contra entrega de trabajo devengado. En el caso de los sujetos de apoyo, el último pago se eroga contra la entrega de los materiales y documentos del mismo;
e.5) proporcionar la información necesaria para que las contraprestaciones del personal
técnico y actoral de la película puedan ser erogadas a través de un sindicato o asociación cinematográfica, cuando así se requiera, mismo que será contratado directamente por la ENAC;
e.6) los sujetos de apoyo deberán presentar a la Dirección de la ENAC, para su
aprobación, los créditos de todos los participantes en la película, incluyendo los créditos correspondientes a la producción UNAM-‐FOPROCINE, mismos que también deberá aprobar el IMCINE conforme a sus lineamientos. Una vez aprobada la lista de créditos no podrá ser modificada.
f) Los sujetos de apoyo entregarán a la CPFE y a la ENAC los materiales y documentos del largometraje de acuerdo al contrato de coproducción celebrado entre el FOPROCINE y la UNAM, así como al contrato de prestación de servicios suscrito por la UNAM y los sujetos de apoyo. g) Los sujetos de apoyo se sujetarán a los términos y condiciones de producción establecidos en el contrato de coproducción celebrado entre el FOPROCINE y la UNAM.
h) Para el otorgamiento o cesión de derechos de distribución y explotación comercial del largometraje a terceros, la Dirección de la ENAC es la única facultada para promover y gestionar el otorgamiento o cesión de derechos de la distribución comercial a terceros, siempre de común acuerdo con el IMCINE a través de la Dirección o Direcciones que para ello designen, respetando los porcentajes de producción correspondientes y generando los contratos de distribución respectivos.
i) Los sujetos de apoyo podrán solicitar a la UNAM a través de la ENAC, la presentación del largometraje en festivales, muestras, mercados y medios audiovisuales de México y del extranjero, sin embargo, es facultad de la ENAC de conformidad con el IMCINE, a través de la Dirección o Direcciones designadas para ello, decidir sobre esta participación, en el entendido de que la promoción cultural la conservarán el IMCINE y la UNAM, es decir, que estas instituciones podrán exhibir el largometraje apoyado, con fines eminentemente educativos y culturales, a través de los circuitos culturales que al efecto estén vigentes a nivel nacional e internacional, de ser el caso.
j) Los sujetos de apoyo podrán solicitar a la UNAM a través de la ENAC, se tome en consideración su opinión sobre las ofertas que se reciban para exhibir, distribuir y comercializar el largometraje, sin embargo, es facultad de la ENAC de conformidad con el IMCINE, a través de la Dirección o Direcciones designadas para ello, decidir sobre la oferta final, que será la que mayores beneficios aporte a la película.
k) Los sujetos de apoyo deberán informar a la UNAM a través de la ENAC, sobre las ofertas que reciban para exhibir, distribuir y comercializar el largometraje.
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l) Las Óperas Primas están sujetas a ser revisadas en el cumplimiento del gasto por los Órganos Internos Fiscalizadores de la UNAM y del IMCINE, éste último solicita que los auditores externos supervisen la correcta aplicación de los recursos financieros y en especie aportados para la realización de la obra cinematográfica, por lo que los sujetos de apoyo están obligados a proporcionar toda la información que se les requiera para la revisión de los gastos efectuados en la producción de la película.
La ENAC podrá designar a un supervisor de producción y a un coordinador de postproducción quienes funcionarán como enlace entre el equipo de producción y la ENAC. Los honorarios que se causen con motivo de la supervisión de producción y/o revisión de la aplicación de los recursos, así como los que cause el coordinador de postproducción serán con cargo al presupuesto otorgado para la producción ya sea por el Fideicomiso o por la UNAM. La ENAC se reserva el derecho de nombrar, en cualquiera de las diferentes áreas, uno o más tutores académicos durante el tiempo o etapas que considere pertinente, cuyos honorarios serán absorbidos por el presupuesto otorgado para la producción, ya sea por el FOPROCINE o por la UNAM.
m) Los sujetos de apoyo deberán concluir la postproducción del largometraje en el plazo establecido en el contrato respectivo o su documento modificatorio (adenda) correspondiente. De no hacerlo, contarán con un plazo de gracia de seis meses, el cual deberán solicitar a la Dirección de la ENAC y a la CPFE en los términos establecidos en sus contratos de prestación de servicios, detallando el estatus del proyecto a la fecha prevista para su término, y las causas debidamente justificadas que motivaron el retraso, para que la UNAM actúe en consecuencia ante el IMCINE. n) Habiéndose concluido la producción de la película, de existir retraso en la entrega de los materiales y documentos conforme a los tiempos y condiciones que se establezcan en el contrato de coproducción suscrito por el FOPROCINE y la UNAM, sus instrumentos modificatorios o adenda, y vencido el plazo de gracia, la ENAC aplicará una pena convencional a los sujetos de apoyo, consistente en retener el último pago de acuerdo a sus contratos de prestación de servicios.
o) Si transcurrido el plazo de gracia no se ha concluido la película, la ENAC de acuerdo con un análisis que al respecto realice y previa determinación de su H. Consejo Asesor o Consejo Técnico, podrá reemplazar a los sujetos de apoyo y tomará la decisión de concluir o no el proyecto cinematográfico. Bajo esta situación, los sujetos de apoyo no tendrán posibilidad de participar en las decisiones que se tomen sobre el proyecto, asimismo, se realizará la conciliación de los ingresos y gastos para la producción de la película y de ser el caso, los sujetos de apoyo deberán reintegrar a la ENAC las cantidades recibidas y no aplicadas a la producción de la película.
15. Seguimiento La Dirección de la ENAC con el apoyo de la CPFE, y mediante la posible designación de un supervisor de producción, será la responsable del seguimiento del proyecto para su realización en tiempo y forma, así como de revisar los entregables establecidos en el contrato de coproducción suscrito por el FOPROCINE y la UNAM, en los contratos de prestación de servicios de los sujetos de apoyo y en los materiales entregables que determine la UNAM a través de la ENAC, antes de otorgar el pago correspondiente a cada etapa. El control y seguimiento de la aplicación de los montos financieros aprobados por la UNAM para cada uno de los proyectos lo llevará el productor de la película con el apoyo del supervisor de producción designado (en su caso), y el contador de producción de la película, entregando a la
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CPFE informes de avances y reporte de gasto mensuales durante la postproducción, y semanales durante la preproducción y el rodaje. El cronograma de entrega de reportes quedará establecido en el contrato de prestación de servicios que los sujetos de apoyo suscriban con la UNAM, para el otorgamiento del apoyo. 16. Organismos de vigilancia y control El Director de la ENAC, con el apoyo de la CPFE, la Secretaría Administrativa de la ENAC, el contador de producción de la película y el Supervisor de producción (en su caso) vigilarán el uso, manejo y destino de los recursos que sean ministrados, conforme a los fines establecidos y conforme al presupuesto aprobado para la realización de la película. El H. Consejo Asesor o Consejo Técnico de la ENAC recibirá y atenderá de los sujetos de apoyo sugerencias, dudas, quejas o denuncias inherentes al desarrollo del Programa Ópera Prima. Estas comunicaciones deberán ser presentadas por escrito y entregadas a la Secretaría General, que es la oficina responsable para recibir todos los asuntos a tratar en el H. Consejo Asesor o Consejo Técnico de la ENAC. 17.Glosario Para efectos del Reglamento de Operación e Indicadores de Gestión y Evaluación del Programa de Óperas Primas Cinematográficas UNAM-‐FOPROCINE, se entiende por:
APOYO ECONÓMICO PARA ÓPERA PRIMA: Asignaciones que se otorgan para el desarrollo de las actividades cinematográficas de largometraje en la UNAM. CALIDAD: Conjunto de cualidades temáticas, técnicas y artísticas que debe reunir un proyecto cinematográfico, incluyendo el conjunto de valores culturales, narrativos y la riqueza histórica y social de la realidad nacional.
CALIDAD ARTÍSTICA: Obra cinematográfica que interpreta la realidad con originalidad, ya sea a través de la ficción o el documental, y que contiene una serie de técnicas de expresión artística trabajadas con habilidad. CALIDAD TÉCNICA: El proyecto cinematográfico debe contemplar la realización de la fotografía, incluyendo los trabajos de laboratorio o postproducción digital, de acuerdo con los estándares internacionales vigentes en la materia; y el sonido, conforme a los estándares vigentes, para una proyección perfecta, observando en todo momento las Normas Mínimas para la calidad y preservación Cinematográfica del IMCINE. CALIDAD TEMÁTICA: El tema o idea central del proyecto cinematográfico. Debe ser considerado de interés cultural, histórico y/o social relevante, y su tratamiento debe estar construido y desarrollado de acuerdo con los criterios profesionales con los que se elabora un guion cinematográfico. CINE DE CALIDAD: Las películas que centran su valor en la expresión artística y cultural a través de la ficción o el documental, con temática y narrativa arriesgadas e innovadoras, realizadas con una elevada manufactura técnica; por sus características (obra de autor y perfil experimental) enriquecen el patrimonio cultural del país. CONTRATO: Instrumento jurídico establecido entre la UNAM y el personal que se ocupará de la realización de la película en sus distintas etapas. CONTRATO DEL SUJETO DE APOYO: Instrumento jurídico que estipule las características del apoyo otorgado por la UNAM y el FOPROCINE, en el que se especifiquen los derechos y
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obligaciones de las Instituciones y del sujeto de apoyo, así como los términos y condiciones del mismo. CPFE: Coordinación de Producción Fílmica Escolar de la ENAC. CUEC: Centro Universitario de Estudios Cinematográficos.
DERECHOS CULTURALES: Los derechos culturales son derechos relacionados con el arte y la cultura, entendidos en una amplia dimensión. Son derechos promovidos para garantizar que las personas y las comunidades tengan acceso a la cultura y puedan participar en aquella que sea de su elección. Son fundamentalmente derechos humanos para asegurar el disfrute de la cultura y de sus componentes en condiciones de igualdad, dignidad humana y no discriminación. Son derechos relativos a cuestiones como la lengua; la producción cultural y artística; la participación en la cultura; el patrimonio cultural; los derechos de autor; las minorías y el acceso a la cultura, entre otros.
DIFUSIÓN: Es la actividad consistente en dar a conocer a nivel nacional e internacional la producción cinematográfica nacional. DOCUMENTAL: Obra que refleja situaciones y personajes reales desde la perspectiva del director, hechos y pasajes de la vida cotidiana de un lugar, de una persona o un grupo de personas, o sobre un tema determinado. ENAC: Escuela Nacional de Artes Cinematográficas. FICCIÓN: Producción de hechos imaginarios que pueden estar ligados o no a la realidad. Es una representación dramatizada de un argumento o guion cinematográfico. FOPROCINE: Fondo para la Producción Cinematográfica de Calidad. IMCINE: Instituto Mexicano de Cinematografía. PREPARACIÓN DE PROYECTO: También conocida como preproducción, incluye la logística previa al rodaje, designación, equipo de filmación, materiales, contratación de personal artístico y técnico, y celebración de convenios para uso de locaciones, y para la producción de la película en general. PRODUCCIÓN: Realización de un proyecto cinematográfico de principio a fin, que incluye las etapas de preproducción, rodaje y postproducción.
POSTPRODUCCIÓN: Etapa final de producción del largometraje que incluye la edición de imagen y sonido, composición y grabación de música, armado de pistas sonoras y regrabaciones, mezcla de todas las pistas y procesos digitales hasta la obtención de una online digital de la película o de un negativo compuesto. RODAJE: Etapa de registro o captura de la imagen del largometraje, generalmente diseñada por semanas de filmación en foros y/o locaciones. ÓPERA PRIMA: Primera obra de largometraje realizada por un Director Cinematográfico.
PRODUCCIÓN CINEMATOGRÁFICA NACIONAL: Las películas que hayan sido realizadas por personas físicas o morales mexicanas, o bien, en el marco de los acuerdos internacionales o de los convenios de coproducción suscritos por el gobierno mexicano con otros países u organismos
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internacionales. PRODUCTOR: Persona responsable de todos los aspectos financieros y administrativos de una producción cinematográfica, desde el nacimiento del proyecto y su planificación inicial hasta todos los estadios implicados en la realización de una película: preproducción, producción y postproducción. Resulta claro que el productor debe ser un individuo con conocimientos sobre todos los aspectos que intervienen en la realización de una película, tanto artísticos como técnicos y financieros. RENTABILIDAD CULTURAL: La promoción que pueda obtener el cine mexicano de calidad en los festivales, muestras, mercados y medios audiovisuales de México y del extranjero. SUJETOS DE APOYO: Personas físicas egresadas de la ENAC, cuyo interés incluya dirigir y producir largometrajes cinematográficos de calidad, que presenten un proyecto susceptible de apoyo por el Programa de Óperas Primas UNAM-‐FOPROCINE. UNAM: Universidad Nacional Autónoma de México.
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