1.Ley Nacional o Interna: es tal vez la ms importante, dentro
de ella se comprende a la Constitucin Poltica, las leyes en
general, y todo tipo de norma que tenga rango legal. 2.-
Jurisprudencia Interna o Nacional 3.- Doctrina Nacional 4.- Los
Tratados Internacionales 5.- Principios Generales del Derecho
Internacional 6.- La Costumbre Internacional 7.- La Doctrina
Internacional 8.- La Jurisprudencia Internacional 9.- Las
Convenciones entre Particulares
Diapositiva 3
1.- Ley Nacional o Normas Nacionales: son normas exiguas,
escasas, que se encuentran en general diseminadas en los mismos
cdigos (no se encuentran sistematizadas), lo que significa que estn
en la Constitucin, en los Cdigos, en Leyes Especiales, etc., es
importante conocer estas normas y adems dominarlas, forman parte
del derecho internacional privado interno, conocerlas es muy
importante para saber si prevalecen por sobre los tratados
internacionales.
Diapositiva 4
Constitucin Poltica del Per 1993 Art 1,2,3,52,53,55 a 57, 63,
71, 139. proveen valores constitucionales y criterios de
interpretacin aplicables a varios sectores del DIP. Principios de
legalidad, seguridad jurdica, derecho de acceso a la justicia
debido proceso, igualdad no discriminacin por la calidad de
extranjero.
Diapositiva 5
Codigo civil de 1984 El libro X del codigo se recoge normas
indirectas, (distributivas o conflictuales) y normas directas de
Derecho Internacional peruano
Diapositiva 6
Ley de nacionalidad.- Regula la condicin de nacionales por
nacimiento, por naturalizacin y por opcin, la perdida de la
nacionalidad, a recuperacin de la nacionalidad y la doble
nacionalidad
Diapositiva 7
Ley de Extranjera Se regulan calidades migratorias, condiciones
de ingreso, permanencia, visa, de salida de reingreso, los derechos
y obligaciones de los extranjeros en el territorio de la repblica
las sanciones aplicables as como los deberes y responsabilidades de
autoridades y funcionarios peruanos frente a extranjeros
Diapositiva 8
Ley de Contratacion de extranjeros Regula las relaciones
laborales de extranjeros las limitaciones y exoneraciones de
porcentajes limitativos de contratacion de extranjeros
Diapositiva 9
LOS TRATADOS.- FOROS DE CODIFICACIN INTERNACIONALES Las formas
de cooperacin en el plano internacional se manifiesta a traves de
los esfuerzos de codificar, sistematizar, armonizar las normas de
Derecho Internacional Privado.
Diapositiva 10
Organizaciones cuyas funciones son mucho ms amplias como la
Organizacin de Naciones Unidas y la Organizacin de Estados
Americanos poseen rganos dedicados a armonizar tales normas. As,
nos encontramos dentro de la rbita de la ONU con un rgano jurdico
central del sistema como es la Comisin de Naciones Unidas para el
Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI - UNCITRAL).
Diapositiva 11
Por su parte, dentro del marco de la OEA, el Comit Jurdico
Interamericano de Ro de Janeiro (CJI) realiza importantes tareas,
especialmente a travs de las Conferencias Especializadas
Interamericanas de Derecho Internacional Privado CIDIP.
Diapositiva 12
COMISIN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DERECHO MERCANTIL
INTERNACIONAL (CNUDMI) o UNCITRAL creada por la Asamblea de las
Naciones Unidas el 17 de diciembre de 1966 "para promover la
progresiva armonizacin y unificacin del derecho mercantil
internacional.
Diapositiva 13
Sus actividades son principalmente las siguientes: La
elaboracin de convenios, leyes modelo y normas aceptables a escala
mundial La preparacin de guas jurdicas y legislativas y la
formulacin de recomendaciones de gran valor prctico La presentacin
de informacin actualizada sobre jurisprudencia referente a los
instrumentos y normas de derecho mercantil uniforme y sobre su
incorporacin al derecho interno La prestacin de asistencia tcnica
en proyectos de reforma de la legislacin La organizacin de
seminarios regionales y nacionales sobre derecho mercantil
uniforme
Diapositiva 14
Dentro de la labor de la CNUDMI ha sido relevante la elaboracin
de textos que incluso han sido pilares en diversas esferas. Entre
los que se mencionan algunos a continuacin: 2008 - Convenio de las
Naciones Unidas sobre el Contrato de Transporte Internacional de
Mercancas Total o Parcialmente Martimo - Reglas de "Rotterdam" 2002
- Ley Modelo de la CNUDMI sobre Conciliacin Comercial Internacional
1992 - Gua Jurdica de la CNUDMI sobre Operaciones de Comercio
Compensatorio Internacional 1988 - Convencin de las Naciones Unidas
sobre Letras de Cambio Internacionales y Pagars
Internacionales
Diapositiva 15
1983 - Normas uniformes sobre clusulas contractuales por las
que se establece una suma convenida en razn de la falta de
cumplimiento 1985 - Ley Modelo de la CNUDMI sobre Arbitraje
Comercial Internacional (enmendada en 2006) Reglamento de arbitraje
de la CNUDMI (1976) 1980 - Convencin de las Naciones Unidas sobre
los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderas Reglamento
de Conciliacin de la CNUDMI (1980)
Diapositiva 16
Conferencias Especializadas Interamericanas de Derecho
Internacional Privado o CIDIP (OEA) son reuniones
intergubernamentales para tratar asuntos tcnicos especiales o para
desarrollar determinados aspectos de la cooperacin
interamericana
Diapositiva 17
Hasta la fecha se han suscrito 26 convenciones interamericanas,
todas ellas basadas en proyectos elaborados por el C.J.I.,
posteriormente discutidas y aprobadas en el seno de seis
conferencias especializadas: CIDIP-I (Panam, 1975): Adopt
Convenciones en la siguientes materias: Exhortos y Cartas
Rogatorias, Recepcin de pruebas en el extranjero, Rgimen legal de
poderes para ser utilizados en el extranjero, Letras de Cambio,
Pagars y Facturas, en materia de Cheques y Arbitraje comercial
internacional.
Diapositiva 18
CIDIP II (Montevideo, 1979): Adopt Convenciones sobre Normas
Generales de Derecho Internacional Privado, Domicilio de las
personas fsicas en el Derecho Internacional Privado, Protocolo
Adicional a la Convencin sobre exhortos y cartas rogatorias de
1975, Eficacia Extraterritorial de las sentencias y laudos
arbitrales extranjeros, Cumplimiento de medidas cautelares, Cheques
y sobre Sociedades Mercantiles. CIDIP III: (La Paz, 1984): Aprob
convenciones en materia de Adopcin de menores, Personalidad y
Capacidad de personas jurdicas en el Derecho Internacional Privado,
Competencia en la esfera internacional para la eficacia
extraterritorial de las sentencias extranjeras, y Protocolo
Adicional sobre recepcin de pruebas en el extranjero de 1975.
Diapositiva 19
CIDIP IV: (Montevideo, 1989): Adopt convenciones sobre
Obligaciones alimentarias, Restitucin internacional y, Transporte
Internacional de Mercaderas. CIDIP V: (Ciudad de Mxico, 1994):
Aprob la Convencin Interamericana sobre Derecho Aplicable a los
Contratos Internacionales y la Convencin sobre Trfico Internacional
de menores.
Diapositiva 20
CIDIP VI: (Washington, 2002): Adopt los siguientes instrumentos
internacionales: La Ley Modelo Interamericana sobre Garantas
Mobiliarias, la Carta de Porte Directa y Negociable para el
Transporte Internacional de Mercaderas por carretera y la Carta de
Porte Directa Uniforme- no negociable interamericana para el
Transporte Internacional de Mercaderas por carretera.
Diapositiva 21
PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO: 1.-
Principio de la Aplicacin de la ley extranjera en sustitucin de la
ley nacional: cuando en una relacin jurdica concurre un elemento
extranjero determinante ej. chileno que fallece su ltimo domicilio
en el extranjero 2.- El derecho nacional limita la aplicacin de la
ley extranjera: por razones de proteccin del orden pblico
interno.
Diapositiva 22
3.-- El derecho nacional reconoce los derechos adquiridos
legtimamente: se reconocen los derechos adquiridos conforme a la
ley extranjera, pero sus efectos deben adecuarse a la ley nacional.
4.La administracin de justicia debe ser igualitaria tanto para
nacionales como para extranjeros: as como sus fallos dictados en
conformidad a su legislacin, deben ser reconocidos y poder ser
cumplidos en los territorios de los dems Estados cuando fuere
necesario.
Diapositiva 23
LA COSTUMBRE INTERNACIONAL: se puede definir como la prctica
comn aceptada por los Estados como una regla de derecho, para ser
fuente debe ser uniforme, constante, de general aplicacin y
permanente en el tiempo, de ella han emanado importantes principios
del derecho internacional como solucin de conflictos de leyes,
algunos de estos principios son:
Diapositiva 24
Los bienes se rigen por la ley del lugar donde estn ubicados
(Lex Situs, ley de la situacin) Lex Locus regist actum, los actos
se rigen por la ley del lugar de donde han sido celebrados La ley
de la autonoma de la voluntad
Diapositiva 25
JURISPRUDENCIA: es importante porque contribuye al desarrollo
del derecho internacional privado, ya que a travs de la
jurisprudencia se unifica criterios, se aplican principios y porque
le da al derecho internacional privado una orientacin moderna,
acorde con la realidad mundial.
Diapositiva 26
CONVENCIN DE LAS PARTES: como fuente del derecho internacional
privado y en virtud del principio de la autonoma de la voluntad,
las partes localizan el contrato en lugar determinado para
someterlo a un derecho determinado, siempre que no sea contrario al
orden pblico, pero no estn obligados a hacerlo as y si no lo hacen
el juez debe aplicar su propio derecho interno.
Diapositiva 27
Se refiere al principio de la autonoma de la voluntad, o
Principio de la Libre Contratacin Internacional, en virtud de l,
las partes pueden acordar el contenido, las obligaciones y
derechos, los efectos del contrato. En el orden internacional
respecto de los aspectos de fondo o sustanciales, las partes pueden
elegir la legislacin aplicable y el juez que deba conocer de las
controversias que se susciten.