GENERALIDADES SOBRE LA NMINASOBRE LA NMINA
Facilitadoras:Marycarmen ArellanoJaqueline Buitrago
BASAMENTO LEGAL
Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela (GacetaOficial de la Repblica Bolivariana de Venezuela N 5.908Extraordinario de fecha 19-02-2009)
Ley Orgnica del Trabajo, las Trabajadoras y los Trabajadores(Gaceta Oficial de la Repblica Bolivariana de Venezuela N 6.076Extraordinario de fecha 07-05-2012)
Ley del Estatuto de la Funcin Pblica (Gaceta Oficial de la Ley del Estatuto de la Funcin Pblica (Gaceta Oficial de laRepblica Bolivariana de Venezuela N 37.522 de fecha 06-09-2002)
Reglamento General de la Ley de Carrera Administrativa (GacetaOficial de la Repblica de Venezuela N36.630 de fecha 27-01-1999).
GENERALIDADES DE LA NMINA
BASAMENTO LEGAL
Ley del Seguro Social (Gaceta Oficial de la Repblica Bolivariana deVenezuela N 5.976 Extraordinario de fecha 24-05-2010)
Ley Orgnica del Sistema de Seguridad Social (Gaceta Oficial de laRepblica Bolivariana de Venezuela N 39.912 de fecha 30-04-2012)
Reglamento General de la Ley del Seguro Social (Gaceta Oficial de laRepblica Bolivariana de Venezuela N 39.912 de fecha 30-04-2012)
Ley del Rgimen Prestacional de Empleo (Gaceta Oficial de laRepblica Bolivariana de Venezuela N 38.281 de fecha 27-09-2005)
Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del RgimenPrestacional de Vivienda y Habitat (Gaceta Oficial de la RepblicaBolivariana de Venezuela N 5.889 Extraordinario de fecha 31-07-2008)
GENERALIDADES DE LA NMINA
BASAMENTO LEGAL
Ley del Estatuto sobre el Rgimen de Jubilaciones y Pensionesde los Funcionarios, Funcionarias, Empleados y Empleadas de laAdministracin Pblica Nacional, de los Estados y de losMunicipios (Gaceta Oficial de la Repblica Bolivariana de VenezuelaN 5.976 Extraordinario de fecha 24-05-2010)
Reglamento de la Ley del Estatuto sobre el Rgimen deJubilaciones y Pensiones de los Funcionarios, Funcionarias,Empleados y Empleadas de la Administracin Pblica Nacional,de los Estados y de los Municipios (Gaceta Oficial de la RepblicaBolivariana de Venezuela N 36.618 de fecha 24-05-2010)
GENERALIDADES DE LA NMINA
ADMINISTRACIN DE PERSONALANTECEDENTES
El trmino Administracin de Personal, forma partede la evolucin que ha confrontado la especialidaddel rea del Talento Humano, que surgi debido al
GENERALIDADES DE LA NMINA
del rea del Talento Humano, que surgi debido alcrecimiento y la complejidad de las tareasorganizacionales, es decir, de las relaciones entrequienes fungan como patronos y trabajadores.
ADMINISTRACIN DE PERSONALANTECEDENTES
La terminologa ha cambiado a travs de lasltimas dcadas respecto a su enfoque desde elpunto de vista de la participacin activa querecae sobre las personas, configurando sin duda
GENERALIDADES DE LA NMINA
recae sobre las personas, configurando sin dudauna progresividad, sin embargo, observamosque sigue siendo el resultado de la relacinexistente entre dos actores que los une unvnculo laboral, bien sea a nivel de la empresaprivada o al nivel de la Administracin Pblica.
ADMINISTRACIN DE PERSONALDEFINICIONES
Vctor M. Rodrguez: un conjunto de principios,procedimientos que procuran la mejor eleccin, educacin yorganizacin de los servidores de una organizacin, susatisfaccin en el trabajo y el mejor rendimiento en favor deunos y otros.
GENERALIDADES DE LA NMINA
unos y otros.
Fernando Arias Galicia: es el proceso administrativo aplicadoal acrecentamiento y conservacin del esfuerzo, lasexperiencias, la salud, los conocimientos, las habilidades, etc.,en beneficio del individuo, de la propia organizacin y del pasen general.
ADMINISTRACIN DE PERSONAL
DEFINICIONES
Joaqun Rodrguez Valencia: lo define como la planeacin,organizacin, direccin y control de los procesos de dotacin,remuneracin, capacitacin, evaluacin del desempeo,
GENERALIDADES DE LA NMINA
remuneracin, capacitacin, evaluacin del desempeo,negociacin del contrato colectivo y gua de los recursoshumanos idneos para cada departamento, a fin de satisfacer losintereses de quienes reciben el servicio y satisfacer tambin, lasnecesidades del personal.
ADMINISTRACIN DE PERSONALOBJETIVO GENERAL
OBJETIVOS ESPECFICOS
Es el mejoramiento del desempeo y de las aportaciones del personal a laorganizacin, en el marco de una actividad tica y socialmente responsable
GENERALIDADES DE LA NMINA
SOCIALES
CORPORATIVOS FUNCIONALES
PERSONALES
ADMINISTRACIN DE PERSONAL
IMPORTANCIA
La verdadera importancia del talento humano de toda laempresa se encuentra en su habilidad para responderfavorablemente y con voluntad a los objetivos del desempeo ylas oportunidades, y en estos esfuerzos obtener satisfaccin,
GENERALIDADES DE LA NMINA
las oportunidades, y en estos esfuerzos obtener satisfaccin,tanto por cumplir con el trabajo como por encontrarse en elambiente del mismo.
EN LA FUNCIN PBLICA
La Administracin Pblica, a travs de la Oficina Central de Personal(OCP), organismo que depende de la Presidencia de la Repblica, tiene lacompetencia de disear, elaborar, organizar y supervisar el desarrollo delSistema de Administracin de Personal
ADMINISTRACIN DE PERSONAL
Subsistemas que
Planificacin del talento humano Procesos de reclutamiento, seleccin,Subsistemas que
conforman el Sistema de
Administracin de Personal
Procesos de reclutamiento, seleccin,ingreso, induccin, capacitacin y desarrollo
Planificacin de las carreras Evaluacin de mritos, ascensos, traslados,
transferencia, valoracin y clasificacin decargos
Remuneracin, permisos y licencias Rgimen disciplinario y normas de retiro.
GENERALIDADES DE LA NMINA
ADMINISTRACIN DE PERSONAL REMUNERACIN
Es el proceso que incluye todas las formas de pagoo recompensas que se entregan a los trabajadores yque se derivan de su empleo.
Es el conjunto de recompensas cuantificables queun empleado recibe por su trabajo. Incluye tres
GENERALIDADES DE LA NMINA
un empleado recibe por su trabajo. Incluye trescomponentes: la remuneracin bsica, losincentivos salariales y la remuneracin indirecta(prestaciones).
ADMINISTRACIN DE PERSONAL
Extraeconmicas
(Capacitacin,
Econmica
(Salario, premios,
TIPOS DE REMUNERACIN
(Capacitacin, desarrollo,
ambiente laboral, promociones,
servicio de guardera,HCM y HC)
(Salario, premios, comisiones, bonos, bonificacin de fin
de ao, vacaciones, prestacin de antigedad),
aportes y retenciones de Ley.
GENERALIDADES DE LA NMINA
ADMINISTRACIN DE PERSONAL SISTEMA DE REMUNERACIN
Es un conjunto de polticas y procedimientos dirigidos a garantizar la justaretribucin o compensacin que se otorga al talento humano a cambio desus servicios
Conjunto
Atraer talentos al organismo y retenerlos Motivar y conseguir la participacin y el compromiso
personal
GENERALIDADES DE LA NMINA
Conjunto de Polticas
y Procedimientos
en un Plan de Sistema
de Remuneracin
personal Aumentar la productividad y la calidad del trabajo Controlar los costos laborales Brindar un trato justo y equitativo a las personas Cumplir con la legislacin laboral Ayudar a la consecucin de los objetivos
organizacionales Brindar un ambiente amigable que impulse el trabajo
ADMINISTRACIN DE PERSONAL SISTEMA DE REMUNERACIN (MARCO LEGAL)
La ley establecer el Estatuto de la funcin pblica mediantenormas sobre ingreso, ascenso, traslado, suspensin y retiro delos funcionarios o funcionarias de la Administracin Pblica, yproveer su incorporacin a la seguridad social. (Artculo 144 CRBV)
GENERALIDADES DE LA NMINA
Los funcionarios pblicos y funcionarias pblicas nacionales,estadales y municipales se regirn por las normas sobre lafuncin pblica en todo lo relativo a su ingreso, ascenso,traslado, suspensin, retiro, sistemas de remuneracin,estabilidad, jubilaciones, pensiones, rgimen jurisdiccional; y losbeneficios acordados por esta Ley en todo lo previsto en aquellosordenamientos. omissis (Artculo 6 LOTTT)
ADMINISTRACIN DE PERSONAL SISTEMA DE REMUNERACIN (MARCO LEGAL)
El sistema de administracin de personal, el cual incluye laplanificacin de recursos humanos, procesos de reclutamiento,seleccin, ingreso, induccin, capacitacin y desarrollo,planificacin de las carreras, evaluacin de mritos, ascensos,traslados, transferencia, valoracin y clasificacin de cargos,escalas de sueldos, permisos y licencias, rgimen disciplinario yescalas de sueldos, permisos y licencias, rgimen disciplinario ynormas para el retiro.
GENERALIDADES DE LA NMINA
(Artculo 1, Numeral 2 LEFP)
ADMINISTRACIN DE PERSONAL SISTEMA DE REMUNERACIN
El Sistema de Remuneraciones comprende los sueldos,compensaciones, viticos, asignaciones y cualesquiera otrasprestaciones pecuniarias o de otra ndole que reciban los funcionarios yfuncionarias pblicos por sus servicios. En dicho sistema seestablecer la escala general de sueldos, divididos en grados, conmontos mnimos, intermedios y mximos. Cada cargo deber serasignado al grado correspondiente, segn el sistema de clasificacin, y
Las escalas de sueldos de los funcionarios o funcionarias pblicos dealto nivel, sern aprobadas en la misma oportunidad en que reapruebenlas escalas generales, tomando en consideracin el nivel jerrquico delos mismos (Artculo 56 LEFF)
GENERALIDADES DE LA NMINA
asignado al grado correspondiente, segn el sistema de clasificacin, yremunerado con una de las tarifas previstas en la escala.
(Artculo 54 LEFF)
NMINA Las nminas de pagorepresentan la cantidadentera pagada a losempleados al perodode contabilizacin dado.
Es una lista conformada porel conjunto de trabajadoresa los cuales se les va aremunerar por los serviciosque stos le prestan alempleador.
Es el instrumento que permiteEn virtud que los empleados
NMIN
GENERALIDADES DE LA NMINA
de una manera ordenada,realizar el pago de sueldos osalarios a los trabajadores, ascomo proporcionarinformacin contable yestadstica tanto para elorganismo como para el enteencargado de regular lasrelaciones laborales.
En virtud que los empleadosson muy sensibles a loserrores en sus pagos o acualquier irregularidad odebilidad, los sistemas de lanmina deben asegurarpagos exactos y oportunos.
NA
NMINA
De acuerdo a la magnitud del organismo, se debe disear el modelo de lanmina apropiada, sujeta a las variaciones de asignaciones, deducciones,acumulativos, determinados por la necesidad de la empresa, se puederealizar de forma manual o computarizada.El proceso de elaboracin de la nmina comienza cada vez que se inicia unperodo de pago.
CMO ELABORAR UNA NMINA?
perodo de pago.
"El trabajador o la trabajadora y el patrono o la patrona, acordarn el lapsofijado para el pago del salario, que no podr ser, mayor de una quincena,pero podr ser hasta de un mes cuando el trabajador reciba del patrono o lapatrona alimentacin y vivienda.
GENERALIDADES DE LA NMINA
(Artculo 126 LOTTT)
NMINA
SEGN SU PRESENTACIN
Nmina Manual Nmina Computarizada
Se elabora a travs de Se elabora por clculos enteramente manuales,
usadas en organismos con poco personal o
de mediana capacidad.
Se elabora a travs de un computador, el cual permite
calcular automticamente, tanto los aportes como
los descuentos efectuados en el perodo a pagar.
GENERALIDADES DE LA NMINA
NMINA
SEGN SU FORMA DE PAGO
Semanal
Para obreros o personal Quincenal
Para empleadosPara obreros o personal de nmina diaria, cuyo lapso de pago
est establecido en ese tiempo.
Para empleadoscuyo lapso
de pago est establecido en ese tiempo.
GENERALIDADES DE LA NMINA
NMINA
SEGN EL TIPO
DE
Nmina Ejecutiva o MayorPara directivos y alta gerencia
Nmina de ObrerosPara personal operativo; a su vez puede ser dividida en personal de produccin y de mantenimiento
Nmina de EmpleadosPara el resto del personal empleado
DE PERSONAL Nmina de Comisin de Servicios
Para personal que estn prestando funciones en Comisin de Servicios.
Nmina de JubiladosPara personal jubilado del organismo
Nmina de PensionadosPara personal pensionado del organismo
GENERALIDADES DE LA NMINA
NMINA NORMAS DE CONTROL INTERNO
Las normas de control interno representan garanta para el organismo,que los recursos monetarios destinados a la administracin de personal,estn siendo adecuadamente distribuidos.
1. Deben ser aprobadas por personas autorizadas:La contratacin de personal.El salario a pagar.Las deducciones que se realizarn en nmina.Horas extraordinarias y otros pagos especiales.
2. El expediente de cada trabajador debe permanecer inaccesiblepara las personas que:Preparen la nmina.Aprueban nmina.Pagan la nmina.
GENERALIDADES DE LA NMINA
NMINA NORMAS DE CONTROL INTERNO
3. Deben ser utilizados relojes marcadores u otros medios que permitancontrolar el tiempo de trabajo.
4. En caso de trabajo a destajo, deben ser establecidos controles, de formaque la produccin del trabajador pueda ser determinada.
5. Debe existir separacin de funciones, entre el personal que controla eltiempo trabajado, elabora la nmina y paga la nmina. Entre el personalque contrata o despide y el que elabora la nmina.que contrata o despide y el que elabora la nmina.
6. Las contrataciones o despidos deben ser inmediatamente notificados ala Direccin, Departamento u Oficina de Recursos Humanos.
7. El tiempo a pagar a cada trabajador debe ser aprobado por el jefe deldepartamento respectivo.
8. Los clculos hechos en la nmina deben ser revisados antes de pagar alos trabajadores.
GENERALIDADES DE LA NMINA
NMINA NORMAS DE CONTROL INTERNO
9. El pago de la nmina debe ser aprobado por un funcionarioresponsable.
10. Cuando la nmina sea pagada con cheque:Debe existir una cuenta bancaria que se utilice slo con ese objetivo. Lacuenta bancaria de nmina debe ser conciliada mensualmente por unapersona diferente de la que prepara la nmina y de la que paga. Lapersona que realiza la conciliacin, debe recibir directamente el estadopersona que realiza la conciliacin, debe recibir directamente el estadode cuenta bancario.
11. Cuando la nmina se paga en efectivo:Debe hacerse un retiro del banco exactamente por el neto a pagar.Deben ser tomadas las medidas necesarias para evitar la sustraccin dedinero por parte de empleados o extraos.
12. Cada trabajador, al recibir su remuneracin debe firmar un recibo en elque aparezcan detallados los diferentes conceptos que han intervenidoen el clculo.
GENERALIDADES DE LA NMINA
NMINA NORMAS DE CONTROL INTERNO
13. El pago de la nmina debe ser peridicamente supervisado por unfuncionario independiente del departamento de nmina.
14. Los sueldos no reclamados, deben ser custodiados por una personadiferente a la que elabora la nmina o hecho los pagos, y debe enviar unarelacin de los mismos al departamento de contabilidad.
15. Los sueldos no reclamados, deben ser depositados en el banco despusde un tiempo prudencial, registrado el correspondiente pasivo por esede un tiempo prudencial, registrado el correspondiente pasivo por eseconcepto
16. El pago posterior de sueldos no reclamados, debe ser aprobado por unfuncionario diferente al que prepara la nmina.
17. Los funcionarios que pagan la nmina deben ser rotados peridicamente.18. La distribucin contable de la nmina debe ser revisada por una persona
que no pertenezca al departamento de nmina.
GENERALIDADES DE LA NMINA
NMINA PARTES DE LA NMINA
1. Identificacin del organismo.2. Perodo que se cancela.3. Descripcin del personal de acuerdo a los cargos (Directivo,
GENERALIDADES DE LA NMINA
3. Descripcin del personal de acuerdo a los cargos (Directivo, fijos, obreros o contratados).
4. Conceptos (Asignaciones y deducciones).5. Aportes de Ley.
NMINA CONCEPTOS (ASIGNACIONES Y DEDUCCIONES)
Asignaciones Deducciones de Ley - Otros
Sueldos o salarios Art. 91 de la (CRBV). Art .23 de la (LEFP)Art. 96 al 130 (LOTTT)
Seguro Social Obligatorio (IVSS)
Vacaciones Art. 90 primer aparte (CRBV)Art. 24 de la (LEFP)
Rgimen Prestacional de Empleo o Paro Forzoso
Bonificacin de fin de ao Art. 25 de la (LEFP) Fondo de Ahorro Obligatorio de Vivienda (FAOV)
Comisiones Fondo de Jubilaciones y PensionesRetroactivos Caja de AhorrosRetroactivos Caja de AhorrosBono Nocturno Impuesto sobre la Renta (ISLR)Prima por Hogar Convenios de crdito comercial (*)Prima por HijosPrima por ProfesinPrima de TransportePrima de ResponsabilidadCompensacionesOtras Primas
GENERALIDADES DE LA NMINA * Debidamente aprobados por la mxima autoridad y el trabajador
NMINA
APORTES PATRONALES
Aportes de Ley
Seguro Social Obligatorio (IVSS)
Rgimen Prestacional de Empleo o Paro ForzosoRgimen Prestacional de Empleo o Paro Forzoso
Fondo de Ahorro Obligatorio de Vivienda (FAOV)
Fondo de Jubilaciones y Pensiones
Caja de Ahorros
GENERALIDADES DE LA NMINA
CLASIFICACION DE RETENCIONES
SEGURO SOCIALEs la proteccin dela Seguridad Social
Maternidad Accidente de trabajo Enfermedad Incapacidad Desempleo Invalidez
NMINA
a sus beneficiariosen las contingenciasde:
Invalidez Retiro Nupcias Cesanta o prdida de empleo Vejez Sobrevivencia Muerte y Tambin la proteccin en forma de
asistencia mdica.
GENERALIDADES DE LA NMINA
.SEGURO SOCIAL: CLASES DE RIESGOS
Riesgo Mnimo
Seguro
a. Las empresas que no utilizan fuerza motriz, nivapor, ni motores de combustin interna, exceptopequeos aparatos;
b. Las instituciones docentes;
NMINA
Seguro Social
b. Las instituciones docentes;
c. Las fbricas de helados, de medias, de ropa hecha,de sobres, de velas y las sastreras;
d. Las empresas de beneficio de caf y cacao y las demolienda de caf
(Artculo 192 Reglamento General de la Ley del Seguro Social)
GENERALIDADES DE LA NMINA
Riesgo Medio
Seguro Todas las empresas que no estn expresamente
SEGURO SOCIAL: CLASES DE RIESGOS
NMINA
Seguro Social
Todas las empresas que no estn expresamenteincluidas en otra clase.
(Artculo 192 Reglamento General de la Ley del Seguro Social)
GENERALIDADES DE LA NMINA
Riesgo Mximo
Seguro
a. Altos hornos; b. Aserraderos; c. Asfalto, pavimentacin y trabajos en vas urbanas; d. Astilleros; e. Caleta y estiba;
SEGURO SOCIAL: CLASES DE RIESGOS
NMINA
Seguro Social
e. Caleta y estiba; f. Canteras, trituracin de piedra y saque de tierra; g. Construccin y conservacin de carreteras y
urbanizaciones; h. Demoliciones; i. Empresas de construccin j. Empresas petroleras;
(Artculo 192 Reglamento General de la Ley del Seguro Social)
GENERALIDADES DE LA NMINA
Riesgo Mximok. Empresas de autobuses, camiones y de transporte
areo, martimo, fluvial;l. Fbrica de explosivos y sustancias inflamables;m. Fundiciones, laminados de metales y herreras en
general;
SEGURO SOCIAL: CLASES DE RIESGOS
NMINA
Seguro Social
general; n. Mataderos e industrializacin de los productos de
la carne; o. Minas; p. Montaje y desmontaje de armaduras, torres y
tanques metlicos, as como de maquinaria pesada;
(Artculo 192 Reglamento General de la Ley del Seguro Social)
GENERALIDADES DE LA NMINA
Riesgo Mximo
q. Movimiento de tierra con mquinas, construccin de vasfrreas, puentes, represas, canales, puertos, aeropuertos uotras obras similares;
r. Perforacin de pozos;
SEGURO SOCIAL: CLASES DE RIESGOS
NMINA
Seguro Social
r. Perforacin de pozos; s. Rayos X, Radio Istopos y en general, material radiactivo; t. Material bacteriolgico y nocivos o peligrosos para quienes
lo manipulan;u. Empresas que utilizaren fuerza motriz, vapor, motores de
combustin interna.
(Artculo 192 Reglamento General de la Ley del Seguro Social)
GENERALIDADES DE LA NMINA
PORCENTAJE DE RETENCIN Y APORTE PATRONAL
SEGURO SOCIAL Y PRDIDA INVOLUNTARIA DE EMPLEO
RIESGOTRABAJADOR EMPLEADOR
TOTAL
SSO PIE SSO PIE
NMINA
SSO PIE SSO PIE
Mnimo 4% 0,50% 9% 2,00% 15,50%
Medio 4% 0,50% 10% 2,00% 16,50%
Mximo 4% 0,50% 11% 2,00% 17,50%
(Artculo 109 Reglamento General de la Ley del Seguro Social)
GENERALIDADES DE LA NMINA
CLASIFICACION DE RETENCIONES
Tiene como objetivo asegurarle al trabajador y a la trabajadora
RGIMEN PRESTACIONAL DE EMPLEO O PARO FORZOSO
NMINA
trabajador y a la trabajadora una prestacin dineraria, en caso de prdida
involuntaria del empleo o de finalizacin del contrato de trabajo por tiempo u obra determinada.
(Artculo 1, literal 2 LRPE) GENERALIDADES DE LA NMINA
CLCULO: SEGURO SOCIAL
RETENCIRETENCIRETENCIRETENCIN N N N APORTEAPORTEAPORTEAPORTE
NMINA
Salario mensual + (primas, compensacin, complemento por comisin) * 12 meses / 52 semanas * 4% de retencin *
nmero de lunes de cada quincena
Salario mensual + (primas, compensacin, complemento por comisin) **** 12 meses / 52
semanas * 9% de aporte * nmero de lunes de cada
quincena
(Artculo 99 - 100 Reglamento General de la Ley del Seguro Social, Artculo 104 Ley Orgnica del Trabajo, las Trabajadoras y los Trabajadores)
GENERALIDADES DE LA NMINA
NMINA
CLCULO: SEGURO SOCIAL
Cuando el salario del trabajador o funcionario sea mayor a cinco (5) veces al salario mnimo urbano vigente, el clculo de las cotizaciones se har sobre la base de las cotizaciones se har sobre la base
de dicho lmite
Ejm. 2.457,02*5 = 12.285,10 Bs.12.285,10*12/52*4% * N lunes quincena
GENERALIDADES DE LA NMINA (Artculo 98 Reglamento General de la Ley del Seguro Social)
PRDIDA INVOLUNTARIA DE EMPLEO
RETENCIRETENCIRETENCIRETENCINNNN APORTEAPORTEAPORTEAPORTE
NMINA
Salario mensual + (primas, compensacin, complemento
por comisin) * 12 meses / 52 semanas * 0,5% de
retencin * nmero de lunes de cada quincena
Salario mensual + (primas, compensacin,
complemento por comisin) * 12 meses / 52 semanas * 2% de aporte * nmero de
lunes de cada quincena
GENERALIDADES DE LA NMINA
CLASIFICACION DE RETENCIONES
FONDO DE AHORRO OBLIGATORIO DE VIVIENDA (FAOV)
Es un fondo que est constituido por el
NMINA
Es un fondo que est constituido por el ahorro individual y patronal,
el cual tiene por objeto permitir a todo trabajador el acceso a crditos para la compra
de vivienda principal.
GENERALIDADES DE LA NMINA
TRABAJADOR EMPLEADOR TOTAL
FONDO DE AHORRO OBLIGATORIO DE 1% 2% 3%
PORCENTAJE DE RETENCIN Y APORTE PATRONAL
NMINA
OBLIGATORIO DE VIVIENDA (FAOV)
1% 2% 3%
GENERALIDADES DE LA NMINA
FONDO DE AHORRO OBLIGATORIO DE VIVIENDA
Salario mensual integral (salario + primas,
RETENCIRETENCIRETENCIRETENCINNNNSalario mensual
integral (salario + primas,
APORTEAPORTEAPORTEAPORTE
NMINA
integral (salario + primas, compensacin,
complemento, alcuota bono vacacional, alcuota de
aguinaldos) *1%
integral (salario + primas, compensacin,
complemento, alcuota bono vacacional, alcuota de
aguinaldos) *2%
(Captulo III, Ttulo III del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley delRgimen Prestacional de Vivienda y Habitat)
GENERALIDADES DE LA NMINA
SALARIO INTEGRAL PARA FONDO DE AHORRO OBLIGARIO DE VIVIENDA (FAOV)
Es la suma del salario normal y las alcuotas correspondientes del bono vacacional
NMINA
las alcuotas correspondientes del bono vacacional y de aguinaldos.
(Artculo 122 LOTTT)
GENERALIDADES DE LA NMINA
Salario normal mensual = 3.000,00Salario diario normal: 3.000,00 / 30 das = 100,00Alcuota del bono vacacional: salario diario * Ndas de bono / 360Alcuota de aguinaldos: salario diario * Ndas de aguinaldos / 360SALARIO DIARIO NORMAL + ALCUOTA BONO VACACIONAL+ ALCUOTA DE AGUINALDOS
SALARIO INTEGRAL PARA FONDO DE AHORRO OBLIGARIO DE VIVIENDA
NMINA
+ ALCUOTA DE AGUINALDOS
Alcuota del Bono Vacacional: 100,00 * 40 / 360 = 11,11Alcuota de Aguinaldos: 100,00 * 90 / 360 = 25,00Salario integral diario: 100,00 + 11,11 + 25,00 = 136,11
GENERALIDADES DE LA NMINA
CLASIFICACION DE RETENCIONES
FONDO DE JUBILACIONES Y PENSIONES
Es un rgano del Sistema de Seguridad Social encargado de las Jubilaciones y Pensiones
NMINA
encargado de las Jubilaciones y Pensiones de los empleados pblicos venezolanos,
as como de la administracin de los aportes y cotizaciones, segn lo establecido en la Ley de Jubilaciones y Pensiones
de los Funcionarios o Empleados de la Administracin Pblica Nacional, de los Estados
y de los Municipios.
GENERALIDADES DE LA NMINA
JUBILACIONES Y PENSIONES
Salario + compensacin +
RETENCIRETENCIRETENCIRETENCIN N N N APORTEAPORTEAPORTEAPORTESalario + compensacin +
NMINA
Salario + compensacin + prima de antigedad + servicio eficiente * 3%
(Artculo 7 de la Ley del Estatuto sobre el Rgimen de Jubilaciones y Pensiones delos Funcionarios, Funcionarias, Empleados y Empleadas de la AdministracinPblica Nacional, de los Estados y de los Municipios)
Salario + compensacin + prima de antigedad + servicio eficiente * 3%
GENERALIDADES DE LA NMINA
Gracias por su Gracias por su Gracias por su Gracias por su atencinatencinatencinatencinatencinatencinatencinatencin