Miguel Ramírez Cornejo R .298.397-3
GotIl!no Regio Pan
COPIA FIEL G081 O DE C}IILE
GOBIERNO REGIONAL DE AMA Y PARINACOTA OROMA DE PARTES
GODIERNO REDMNAL DE ARDA Y PIERINEECDEA Wu AEJE.DIDADDID,CA
APRUEBA MODIFICACIÓN DE
CONVENIO QUE INDICA.
0 RESOLUCIÓN AFECTA N' 046 ARICA, 1.6 AG, 1018
VISTOS:
1. Convenio de electrificación Rural Extensión de Red de Servicios Publico
entre el Gobierno Regional e INELCO, respecto del proyecto denominado
"Construcción electrificación valle de Chaca, Comuna de Arica" Código BIP
30361323-0, que fue aprobada mediante Resolución Afecta N° 31 de fecha
24 de mayo de 2017, tomada razón con alcance mediante Oficio 2365 de
Contraloría Regional de Arica y Parinacota de fecha 15 de junio de 2017.
2. Acta de Entrega de Terreno Chaca de fecha 25 de septiembre de 2017.
3. Informe de Avance de Obra N° 14 de fecha 26 de julio de 2018.
4. Oficio 75 de fecha 13 de agosto de 2018, emitido por el representante legal
INELCO Limitada.
5. Modificación Convenio de Electrificación Rural Extensión de Red de Servicio
Público entre el Gobierno Regional de rica y Parinacota e Ingeniería
Electricidad y Construcción Limitada, de fecha 16 de agosto de 2018.
6. El Decreto con Fuerza de Ley N° 1 de 2000, de la Secretaría General de la
Presidencia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley
N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de Administración
del Estado; el Decreto con Fuerza de Ley N° 1 de 2005, que fijó el texto
refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la Ley N° 19.175,
Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; la Ley
N" 19.880,. que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que
rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; y, lo
dispuesto en la Resolución N° 1600, de 2008, que fija Normas sobre
Exención del Trámite de Toma de Razón; y las facultades que invisto como
Intendenta del Gobierno Regional de Mica y Parinacota.
Plksi na I dt 4
GOB4ERNO RW01411:4 APICA Y PARIKVICOTA AS ORZA IVIMOICA
CONSIDERANDO:
Que, la empresa INELCO solicita un aumento de plazo de 167 días, por
razones de fuerza mayor ya que se deben cumplir con todos los objetivos que
contempla la modificación del convenio.
RESOLUCIÓN:
1. APRUÉBESE la Modificación Convenio de Electrificación Rural Extensión de
Red de Servicio Público entre el Gobierno Regional de Arica y Parinacota e
Ingeniería Electricidad y Construcción Limitada, de fecha 16 de agosto de
2018, el que se llevará a efecto conforme lo dispuesto a la modificación de
convenio, el cual se entiende parte integrante de la presente resolución.
2. En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6, inciso segundo, de la
Resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la Republica, se
inserta la modificación de convenio aprobado, conforme al siguiente tenor:
"MODIFICACIÓN CONVENIO DE ELECTRIFICACION RURAL EXTENSION DE
RED DE SERVICIO PÚBLICO
ENTRE EL
GOBIERNO REGIONAL DE ARICA Y PARINACOTA
E
INGENIERÍA ELECTRICIDAD Y COINSTRUCCION LIMITADA
"CONSTRUCCIÓN ELECTRIFICACION VALLE DE CHACA, COMUNA DE
ARICA"
CODIGO BIP 30361323-0
En Arka, a 16 de agosto de 2018, comparece por una parte el Gobierno Regional
de Anca y Parinacota. r.u.t. N° 61.978.890-7, representado por su Intendente
MARIA LORETO LETELIER SALSILLI, en su calidad de órgano Ejecutivo, ambos
domiciliados en Avenida General Velásquez N° 1775, Paica, en adelante "el
Gobierno Regional", por una parte y por la otra parte, INGENIERÍA
ELECTRICIDAD Y CONSTRUCCION LIMITADA, en adelante e indistintamente
"INELCO", N' 76.356.808-3, representada legalmente por don EDGARDO
Posma 2 dc 4
Miguel
Rut: 6.2
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aNyy.-?cota COPIA FIEL § R !NAL GOBIERIO DE CHILE
GOBIERNO REGIONAL DE ARICA Y PARINACOTA ORINA DE PARTES
GOSIRNO REGIONAIOE 41111CA V PÁRINACQTA ASUMA ll1011D1CA
SEPÚLVEDA GALLARDO, ambos domiciliados para estos efectos en Iquique,
Avenida Cerró Dragón N° 3466, han convenido lo siguiente:
PRIMERO: ANTECEDENTES:
a. Las partes, con fecha 24 de julio de 2017, celebraron un Convenio de
Electrificación Rural Extensión de Red de Servicios Públicos entre el
Gobierno Regional e INELCO, respecto del proyecto «Construcción
electrificación valle de Chaca, Comuna de Arica" código BIP 30361323-0,
que fue aprobado mediante Resolución Afecta N° 31 de fecha 24 de mayo de
2017, tomada razón con alcance conforme mediante Oficio N° 2365 de
Contraloría Regional de Mica y Parinacota de fecha 15 de junio de 2017.
b. El plazo primitivo de este convenio es de 333 días corridos, contados desde
QUE SE reciba la solicitud de la admisibilidad de la concesión por parte del
Ministerio de Energía de los permisos de Extensión Provisoria por parte de
la Superintendencia de Electricidad y Combustible, según corresponda.
Pues bien, la entrega del terreno se verifico el día 25 de septiembre de 2017,
según acta de entrega.
c. Por otro lado, se recibió el oficio N° 75, de 2018, de parte de INELCO, en la
cual solícita una ampliación de plazo en 167 días, por razones de fuerza
mayor.
SEGUNDO: Atendido la solicitud de aumento de plazo de Ingeniería Electricidad y
Construcción Limitada (INELCO), de fecha 13 de agosto de 2018, en la cual expone
razones de fuerza mayor, las partes de común acuerdo vienen en modificar la
cláusula Undécimo (Plazo de Ejecución) del convenio en cuestión, ampliando el
plazo de la ejecución señalada en ella, conforme al siguiente tenor:
Donde dice: "333 días"
Debe decir: "500 días, con fecha final al 07 de febrero de 2019"
TERCERO: En lo no modificado, se mantiene vigente el resto del articulado de
Convenio señalado en el guarismo primero de la presente Modificación.
CUARTO: La personería de doña MARIA LORETO LETELIER SALSILLI, en su
calidad de Intendenta, emana del Decreto Supremo N' 414, del 11 de marzo de
2018, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
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Gob.no Igioriai
COPIA FIEL , arinacota
GOBIERko-DE CHILE , GOBIERNO REGIONAL DE ARICA Y PARINACOTA
OFICINA DE PARTES
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Miguel R "r Rut: 6.2
CdP: WIIV7) GOBP: ; cut
GOBIERNO REGIONAL DEARICA Y PARINACOTA OFICINA DE PARTES
601111ERSORE-410ftat DI MICA Y PagaMCOTA 451.501UA MOKA
La personería de don EDGARDO SEPULVEDA GALLARDO, consta en escritura
pública de fecha 4 de julio de 2014, Repertorio N"2.555.- ante el Notario Carlos
Vila Molina de lquique.
El presente convenio se redacta en tres ejemplares, quedando uno en poder del
ejecutor, y los restantes en el Gobierno Regional de Arica y Parinacota.
Firmado MARIA LORETO LETELIER SALSILLI, INTENDENTA GOBIERNO
REGIONAL DE ARICA Y PARINACOTA (Posee un timbre y una firma ilegible);
EDGARDO SEPULVEDA GALLARDO, REPRESENTANTE LEGAL EMPRESA ICO
LIMITADA (Posee una firma ilegible) APT/OSV/jmg".
ANÓTESE, TÓMESE RAZÓN Y ARCHIVESE
O LETELIER SALSILLI INTENDENTA
IONAL DE ARICA Y PARINACOTA
PT ....11811.0114:
Mina de patata
PIPIP4IY.9XPP 114411:11R911114, 1 Contralorta Regional de Atoar Parinooaa
Jele RLA N 1. Prolemonal Roberto Ahumada Vapuleen 4. La Indicada a Pavés de la profesional a cargo. 5. Asesor Jurídica Intendenta 6. Depto Jurídico
Pagul.2 4 de 4
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