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Ciudad de Mxico,Febrero 2016.- La presente obra se res-
palda en una licencia de Creative Commons Atribucin-Licenciamiento Recproco 2.5 Mxico. La reproduccin deeste material est permitida a travs de cualquier medio yalentada siempre que se respete el crdito de los autoresy la organizacin.
ARTICLE 19promueve el uso de un lenguaje no discri-minatorio y/o sexista. La violencia contra las y los perio-distas en Mxico, posee particularidades insoslayables deacuerdo a la identidad de gnero de las vctimas. Ofrece-mos una disculpa a las personas y lectores si en el pre-sente texto empleamos genricos para referirnos a cadapersona.
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La desaparicin ydesaparicin forzada de
quienes ejercen la libertad deexpresin en Mxico
Nosotros solamente queremos darle descanso alcuerpo de mi padre..., repetan constantemente los
familiares del periodista Moiss Snchez, ante losminutos, las horas y los das de incertidumbre enque las autoridades se negaban a perfeccionar la
identificacin del cuerpo del periodista.
Yo estoy muy orgullosa de Moiss, l era muy valientepor lo que haca...le cost la vida, sostiene la esposa
de Moiss Snchez a un ao de su inicial desaparicinforzada y posterior asesinato.
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INTRODUCCIN
Con este informe, ARTICLE19 quiere evidenciar la manera en que el contexto genera-lizado de desapariciones en Mxico1impacta significativa y negativamente en el ejercicio delderecho a la libertad de expresin. Si bien el homicidio de quienes buscan, reciben y difundeninformacin representa la agresin ms grave e irreparable para las vctimas, la desaparicin deperiodistas, y todas aquellas personas que ejercen la libertad de expresin, se presenta comoun fenmeno alarmante e igualmente grave en la medida en que las particularidades de loscasos, en su mayora, permitiran calificarlas como desapariciones forzadas.
Este informe es relevante no solamente por la cantidad y las caractersticas de los casos decomunicadores y comunicadoras desaparecidas en Mxico en los ltimos doce aos, sino que
resalta la coyuntura legislativa en la que el presidente Enrique Pea Nieto presenta una ini-ciativa de Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Desaparicin dePersonas2, producto del fuerte pronunciamiento que hiciera el Comit contra la DesaparicinForzada e Involuntaria (CDFI) de la Organizacin de las Naciones Unidas (ONU) y la ComisinInteramericana de Derechos Humanos (CIDH), respecto al nivel crtico de desapariciones3 y lanecesidad de que las autoridades mexicanas atiendan de manera urgente, diligente y oportu-na ambos fenmenos: la desaparicin y la desaparicin forzada de personas.
1CDFI, Observaciones finales del Comit de Desapariciones Forzadas al informe presentado por Mxico en virtud del artculo
29, prrafo 1, de la Convencin, Comit contra la Desaparicin Forzada de la Organizacin de las Naciones Unidad, febrero
de 2015, prrafo 10.2Producto de la documentacin, acompaamiento, representacin y seguimiento de las organizaciones de la sociedad civil
en Mxico que trabajan con las vctimas de desaparicin y desaparicin forzada, en febrero de 2015, el CDFI inst al Estado
mexicano a adoptar una Ley General sobre desaparicin forzada conforme a sus obligaciones internacionales establecidos en
la Convencin Internacional para la Proteccin de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas. Asimismo, en oc-
tubre de 2015, la CIDH recomend al estado mexicano adoptar una Ley Nacional sobre Desaparicin y Desaparicin Forzada.
La iniciativa se present el 1 de diciembre de 2015 por el presidente Enrique Pea Nieto. Sin embargo, no contiene todos los
aspectos planteados como necesarios y urgentes por las vctimas, familiares y organizaciones civiles que participaron en los
procesos de consulta.
3CIDH, Observaciones Preliminares de la Visita in Locode la CIDH a Mxico, Anexo al comunicado de prensa No. 112/15
CIDH culmina visita in loco a Mxico, Comisin Interamericana de Derechos Humanos, 2 de octubre de 2015.
1.
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Ambos organismos internacionales se pronunciaron respecto a la deficiencia y los obstculospara acceder a la justicia, especficamente durante las investigaciones, los servicios forenses ode identificacin de personas, la proteccin de las vctimas y los altos niveles de impunidad enque permanecen miles de casos de violaciones graves a los derechos humanos, tales como ladesaparicin y desaparicin forzada de personas.4
Por lo anterior, este informe retoma la experiencia del periodista veracruzano Jos MoissSnchez Cerezo, inicialmente vctima de desaparicin forzada y posteriormente asesinado,un caso paradigmtico que visibiliza los patrones de impunidad y permite pronunciarnos res-pecto a la urgente necesidad de atender el fenmeno de desapariciones forzadas en Mxico,particularmente de aquellas cuyo motivo sea la actividad periodstica5 de las personas.
As, ARTICLE19 se suma al llamado que cientos de organizaciones de la sociedad civil han he-cho para que la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Desaparicinde Personas responda a la necesidad de abordar la problemtica de la desaparicin de maneraintegral, entendida como el enfoque jurdico, forense y psicosocial, y concentre la actuacin delas autoridades en la bsqueda con vida de las personas desaparecidas y la atencin integrala sus familiares,6 entre ellas, las personas que han sido vctimas en razn del ejercicio del de-recho a la libertad de expresin.
4dem.; Op. Cit. CDFI, prrafos 27, 30 y 40.
5 Se entiende la actividad periodstica desde la perspectiva funcional del periodista, cuya definicin adoptada por los es-
tndares internacionales desarrollados por el Relator especial sobre la promocin y proteccin del derecho a la libertad de
opinin y expresin de la ONU (2012), es aquella persona que observa, describe, documenta y analiza los acontecimientos
y documenta y analiza declaraciones, polticas y cualquier propuesta que pueda afectar a la sociedad, con el propsito de
sistematizar esa informacin y reunir hechos y anlisis para informar a los sectores de la sociedad o a esta en su conjunto. Una
definicin de esta ndole de los periodistas incluye a quienes trabajan en medios de informacin y al personal de apoyo, as
como a quienes trabajan en medios de comunicacin de la comunidad y a los periodistas ciudadanos cuando desempean
por un tiempo esa funcin.
6Movimiento por Nuestros Desaparecidos, Documento tcnico Elementos esenciales para la elaboracin de una ley general
sobre Desaparicin de personas. Propuesta elaborada por familiares de personas desaparecidas, organizaciones de la socie-
dad civil y por acadmicas y acadmicos especialistas en derechos humanos, noviembre de 2015, pgina 6.
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7PERIODISTAS DESAPARECIDOS
Y DESAPARECIDAS EN MXICO
ARTICLE19 Oficina para Mxico y Centroamrica tiene co-nocimiento de 23 periodistas desaparecidos y desaparecidas enlos ltimos doce aos. De 2003 a 2015, en promedio han desapa-recido dos periodistas por ao. Los estados de Veracruz, Tamauli-
pas y Michoacn concentran 15 de las 23 desapariciones, es decir,cerca de 65 % de los casos, mientras que Guerrero, Nuevo Len,Coahuila, San Luis Potos, Chihuahua, Sinaloa y Tabasco tienenentre uno y dos casos por estado.
11.
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Particularidades de los casos: periodistas
desaparecidos y desaparecidas en Mxicode 2003 a 2015
A.
Nombre/fecha de desaparicin
Jess Meja Lechuga,
10 de julio de 2003
Leodegario Aguilera Lucas,
22 de mayo de 2004
1
2
Medio/Lugar
Radio MS-Noticias/ Veracruz
Director de la revista mensual
Mundo Poltico/ Guerrero
Cobertura
Corrupcin
Vnculos entre autoridades
con la delincuencia organizada.
Violencia
Impunidad
Corrupcin
Particularidades7
12 aos desaparecido.
Mencion a personajes pblicos
vinculados con el paso comercial y
de trfico en que se estaba convir-
tiendo Martnez de la Torre, Veracruz.
Habl de nexos entre polticos y
narcotraficantes, de bandas organi-
zadas de robo de automviles.*
11 aos desaparecido.
Pocos das antes de que cuatro
hombres se lo llevaran, trabajaba
en un reportaje sobre el enrique-
cimiento del ex gobernador deGuerrero, el priista Ren Jurez Cis-
neros; haba viajado a Cuernavaca
recabando datos y haba tomado fo-
tografas del hotel El Madrigal, cuya
propiedad se atribua al gobernador
Jurez Cisneros. El reportaje nunca
se public.
La Procuradura General de Justi-
cia de Guerrero aleg haber identi-
ficado los restos calcinados del pe-
riodista, la Procuradura General dela Repblica neg la identificacin,
los restos eran de un animal.*
7Descripcin de los hechos y particularidades tomadas de Nuestra aparente rendicin (NAR), ARTICLE 19 Oficina para M-
xico y Centroamrica, Reporteros Sin Fronteras (RSF) y notas periodsticas que dieron cobertura a la desaparicin de las y los
periodistas.
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Jos Alfredo Jimnez Mota,
2 de abril de 2005
Rafael Ortiz Martnez,
8 de julio de 2006
Jos Antonio Garca Apac
20 de noviembre de 2006
Rodolfo Rincn Taracena,21 de enero de 2007
El Imparcial/ Sonora
El Zcalo/ Coahuila
Director del semanario Ecos de
la Cuenca de Tepaltepec/
Michoacn
Tabasco Hoy/Tabasco
Corrupcin
Delincuencia organizada
Vnculos entre funcionarios
federales, estatales y munici-
pales con el narcotrfico.
Nota roja
Corrupcin
Delincuencia organizada
Vnculos entre autoridades
con el narcotrfico.
Delincuencia organizada
Violencia
Narcomenudeo Robos
10 aos desaparecido.
Antes de su desaparicin, se reu-
ni y habl con dos de sus fuentes,
quienes eran servidores pblicos fe-
derales y estatales (un subdirector
penitenciario y un subdelegado de
la PGR). Investigaba sobre un caso
de liberacin de un narcotrafican-
te, del cual ya haba comenzado a
publicar antes de su desaparicin.8
9 aos desaparecido.
Sufri amenazas unos meses
antes por personal militar, autorida-
des municipales y la delincuencia
organizada.*
9 aos desaparecido.
Recibi amenazas de los grupos
de delincuencia organizada y de
autoridades municipales. Denunci
el acoso del que era objeto en el
semanario.*
9 aos desaparecido. Haba publicado un reportaje en
el que trazaba un mapa de Villaher-
mosa y sealaba la ubicacin exac-
ta de cientos de casas y tiendas en
las que se vendan drogas duras.
La Procuradura General de Justi-
cia de Tabasco cierra caso en 2009,
realiza exmenes de ADN a restos
de cinco cuerpos sin poder determi-
nar su identificacin. *
3
4
5
6
8SIP, Alfredo Jimnez Mota, un caso que cimbr al periodismo mexicano y que comenz el cambio, Sociedad Interame-
ricana de Periodismo, consultada el 4 de enero de 2016, disponible en:http://www1.sipiapa.org/casosimpunidad/alfredo-
jimenez-mota-un-caso-que-cimbro-al-periodismo-mexicano-y-que-comenzo-el-cambio-2/
http://www1.sipiapa.org/casosimpunidad/alfredo-jimenez-mota-un-caso-que-cimbro-al-periodismo-mexicano-y-que-comenzo-el-cambio-2/http://www1.sipiapa.org/casosimpunidad/alfredo-jimenez-mota-un-caso-que-cimbro-al-periodismo-mexicano-y-que-comenzo-el-cambio-2/http://www1.sipiapa.org/casosimpunidad/alfredo-jimenez-mota-un-caso-que-cimbro-al-periodismo-mexicano-y-que-comenzo-el-cambio-2/http://www1.sipiapa.org/casosimpunidad/alfredo-jimenez-mota-un-caso-que-cimbro-al-periodismo-mexicano-y-que-comenzo-el-cambio-2/http://www1.sipiapa.org/casosimpunidad/alfredo-jimenez-mota-un-caso-que-cimbro-al-periodismo-mexicano-y-que-comenzo-el-cambio-2/7/25/2019 Informe Especial sobres Periodistas Desaparecidos.
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Gamaliel Lpez Candanosa,
10 de mayo de 2007
Gerardo Paredes Prez
10 de mayo de 2007
Mauricio Estrada Zamora,12 de febrero de 2008
Reportero TV Azteca/
Nuevo Len
Camargrafo TV Azteca/
Nuevo Len
La Opinin de Apatzingn/Michoacn
Delincuencia organizada
Corrupcin
Delincuencia organizada
Corrupcin Delincuencia organizada 11
Policiaca*
7
8
9
8 aos desaparecido.
Intent contactar a otras periodis-
tas para proporcionar informacin
que presuntamente incriminaba
a policas y a familiares de un ex
gobernador de Nuevo Len en trata
de mujeres.*
Llevaba seis meses cubriendo las
disputas entre crteles en Nuevo
Len. 9
Investigacin contina abierta.
8 aos desaparecido.
Desapareci junto con Gamaliel
Lpez mientras cubran una nota
cotidiana. Las autoridades estatales
afirman que recibi amenazas tele-
fnicas. 10
Sus familiares no han podido
ver el expediente ni se les informa
sobre posibles avances en la inves-
tigacin en curso en la Procuradura
General de Justicia de Nuevo Len.*
8 aos desaparecido. Dos das despus de su desapari-
cin, la direccin de La Opinin de
Apatzingn acus a un agente de
la Agencia Federal de Investigacin
de tener relacin con la delincuen-
cia en contra del periodista. Sea-
l que tres semanas antes de su
desaparicin, el periodista public
informacin crtica sobre ese polica
conocido como El Diablo. La re-
daccin solicit la intervencin delProcurador General de la Repblica.
La PGR atrajo la investigacin en
2011. * Se desconocen los resultados.
9 Gamaliel Lpez Candanosa, ficha extrada del proyecto Los queremos vivos, publicada el 23 de julio de 2012, consultada el 8 de
enero de 2016, disponible en: https://losqueremosvivoss.wordpress.com/2012/07/23/gamaliel-lopez-candanosa/
10Gerardo Paredes Prez, ficha extrada del proyecto Los queremos vivos, publicada el 23 de julio de 2012, consultada el 8
de enero de 2016, disponible en: https://losqueremosvivoss.wordpress.com/2012/07/23/gerardo-paredes-perez/
11 CPJ, Los Desaparecidos, Informes Mxico 2008-2009, consultado el 4 de enero de 2016, disponible en: https://cpj.org/
es/2008/09/los-desaparecidos.php
https://losqueremosvivoss.wordpress.com/2012/07/23/gamaliel-lopez-candanosa/https://losqueremosvivoss.wordpress.com/2012/07/23/gerardo-paredes-perez/https://cpj.org/es/2008/09/los-desaparecidos.phphttps://cpj.org/es/2008/09/los-desaparecidos.phphttps://cpj.org/es/2008/09/los-desaparecidos.phphttps://cpj.org/es/2008/09/los-desaparecidos.phphttps://losqueremosvivoss.wordpress.com/2012/07/23/gerardo-paredes-perez/https://losqueremosvivoss.wordpress.com/2012/07/23/gamaliel-lopez-candanosa/7/25/2019 Informe Especial sobres Periodistas Desaparecidos.
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Mara Esther Aguilar
Cansimbe,
11 de noviembre de 2009
Pedro Argello Reyna,
1 de marzo de 2010
Miguel ngel Domnguez
Zamora,
1 de marzo de 2010
Corresponsal de Cambio
de Michoacn
Fotgrafo en El Maana /
Tamaulipas
Reportero en El Maana/
Tamaulipas
Policiaca
Corrupcin
Cateos militares
Vnculos entre la delincuen-
cia organizada y familiares de
autoridades municipales.*
Policiaca
Delincuencia organizada*
Nota roja
Delincuencia organizada*
6 aos desaparecida.
Primera mujer periodista regis-
trada como desaparecida. Se le
prohibi a sus compaeros publicar
la desaparicin. De acuerdo con
Marcela Turati (2012), sus colegas
afirman que tena planes de ter-
minar de investigar las violaciones
a derechos humanos de policas
federales y soldados, escrutar la
capacidad de la corrupta polica
local o pedir rendicin de cuentas
al alcalde de Ecuandureo.*
5 aos desaparecido.
Tambin trabaja en el Departa-
mento de Comunicacin de la Po-
lica de Reynosa. Desaparece junto
con Miguel ngel Domnguez y otro
periodista, quien regresa con vida.
Se desconoce el paradero de los
otros dos y los familiares se niegan
a hablar de lo sucedido. *
Se desconoce si existe investiga-
cin de los hechos.
5 aos desaparecido.
El Maana anunci que no publi-
cara ms informacin sobre el nar-
cotrfico en Tamaulipas dos meses
despus de la desaparicin de ocho
periodistas.
Investigacin iniciada sin resulta-
dos conocidos.* Desaparece junto
con otras siete personas, todas
ellas periodistas y fotgrafos dediferentes medios en Tamaulipas.
Son llevados por grupos criminales
a cubrir eventos, uno fallece, otro re-
gresa con vida y cinco permanecen
desaparecidos. 12
12 Documentacin propia de ARTICLE19 Oficina para Mxico y Centroamrica, actualizada al 10 de enero de 2016.
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5 aos desaparecido.
Desaparece junto con otras siete
personas, todas ellas periodistas y
fotgrafos de diferentes medios en
Tamaulipas. Son llevados por gru-
pos criminales a cubrir eventos, uno
fallece, otro regresa con vida y cinco
permanecen desaparecidos. 13
5 aos desaparecido.
Desaparece junto con otras siete
personas, todas ellas periodistas y
fotgrafos de diferentes medios en
Tamaulipas. Son llevados por gru-
pos criminales a cubrir eventos, uno
fallece, otro regresa con vida y cinco
permanecen desaparecidos.14
5 aos desaparecido.
Desaparece junto con otras siete
personas, todas ellas periodistas y
fotgrafos de diferentes medios en
Tamaulipas. Son llevados por gru-
pos criminales a cubrir eventos, uno
fallece, otro regresa con vida y cincopermanecen desaparecidos. 15
5 aos desaparecido.
Antes de su desaparicin, habra
escrito sobre un ataque armado su-
frido por una familia indgena cerca
de las municipalidades de San Juan
Nuevo y Angahuan, presuntamente
a manos de una banda criminal.
Habra recibido llamadas extraasa su domicilio,16 y meses antes de
su desaparicin solicit que no se
firmara una de sus notas por pro-
blemas en la comunidad.
13
14
15
16
Nota roja
Delincuencia organizada
Nota roja
Delincuencia organizada
Nota roja
Delincuencia organizada
Delincuencia organizada
Problemas comunitarios
desatendidos o de inters
social.
Metronoticias / Tamaulipas
La Prensa / Tamaulipas
La Prensa/ Tamaulipas
Cambio de Michoacn/
Michoacn
Guillermo Martnez Alvarado,
1 de marzo de 2010
Amancio Cant,
1 de marzo de 2010
Guadalupe Cant,
1 de marzo de 2010
Ramn ngeles Zalpa,
6 de abril de 2010
13 dem.
14dem.
15 dem.
16 CIDH, Informe Especial sobre la Libertad de Expresin en Mxico 2010, Relatora Especial para la Libertad de Expresin de
la Comisin Interamericana de Derechos Humanos, prrafo 39.
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Existen dos investigaciones, una
ante la Procuradura General de
Justicia de Michoacn y otra ante la
Fiscala Especial de Atencin de De-
litos Cometidos contra la Libertad
de Expresin de la Procuradura
General de la Repblica. No se
les informa a los familiares de los
avances.*
4 aos desaparecido.
Tena a su cargo ocho reporteros
que cubran todo tipo de hechos
noticiosos. Se desconoce si existie-
ron amenazas previas o si realizaba
alguna investigacin delicada o
incmoda. *
4 aos desaparecido.
Tena 19 aos cuando desapareci.
El Maanero tiene como poltica no
publicar notas que pongan en ries-
go a sus reporteros. Se desconocen
historias publicadas que hayan sido
motivo para su desaparicin.* Investigacin ante la Fiscala
General de Veracruz, en 2015 pe-
riodistas y familiares exigieron a las
autoridades realizarn pruebas de
ADN a los cuerpos hallados en fosas
clandestinas en el Estado. 17
3 aos desaparecido.
La entonces Procuradura General
de Justicia del Estado de Veracruz(PGJ) anunci al da siguiente el
inicio de una investigacin policial.19
Se desconocen los resultados.
17
18
19
Marco Antonio Lpez Ortiz,
7 de junio de 2011
Manuel Gabriel Fonseca
Hernndez,
19 de septiembre de 2011
Miguel Morales Estrada,
24 de julio de 2012
Jefe de informacin enNoveda-
des de Acapulco / Guerrero
Fotgrafo y reportero en
El Maanero / Veracruz
Fotgrafo y reportero en El Diario
de Poza Rica/ Veracruz
Todo tipo de informacin
Nota roja
Policiaca
Policiaca
Corrupcin policial Vialidad
Nota roja18
17 Exigen resultados en el caso de la desaparicin de Gabriel Fonseca, peridico digital e-veracruz, nota del 25 de septiembre
de 2015, consultada el 20 de diciembre de 2015. Disponible en: http://e-veracruz.mx/nota/2015-09-25/periodismo/exigen-
resultados-en-el-caso-de-la-desaparicion-de-gabriel-fonseca#sthash.4LtXVKKI.dpuf
18 Miguel Morales era fotorreportero y est desaparecido; Veracruz es el cementerio de la libertad de expresin, AGN Veracruz,
nota del 17 de agosto de 2015, consultada el 27 de diciembre de 2015, disponible en: http://www.agnveracruz.com.mx/index.
php/menu-rss/item/22339-miguel-morales-era-fotorreportero-y-est%C3%A1-desaparecido-veracruz-es-%E2%80%9Cel-
cementerio-de-la-libertad-de-expresi%C3%B3n%E2%80%9D
http://www.agnveracruz.com.mx/index.php/menu-rss/item/22339-miguel-morales-era-fotorreportero-y-est%C3%A1-desaparecido-veracruz-es-%E2%80%9Cel-cementerio-de-la-libertad-de-expresi%C3%B3n%E2%80%9Dhttp://www.agnveracruz.com.mx/index.php/menu-rss/item/22339-miguel-morales-era-fotorreportero-y-est%C3%A1-desaparecido-veracruz-es-%E2%80%9Cel-cementerio-de-la-libertad-de-expresi%C3%B3n%E2%80%9Dhttp://www.agnveracruz.com.mx/index.php/menu-rss/item/22339-miguel-morales-era-fotorreportero-y-est%C3%A1-desaparecido-veracruz-es-%E2%80%9Cel-cementerio-de-la-libertad-de-expresi%C3%B3n%E2%80%9Dhttp://www.agnveracruz.com.mx/index.php/menu-rss/item/22339-miguel-morales-era-fotorreportero-y-est%C3%A1-desaparecido-veracruz-es-%E2%80%9Cel-cementerio-de-la-libertad-de-expresi%C3%B3n%E2%80%9Dhttp://www.agnveracruz.com.mx/index.php/menu-rss/item/22339-miguel-morales-era-fotorreportero-y-est%C3%A1-desaparecido-veracruz-es-%E2%80%9Cel-cementerio-de-la-libertad-de-expresi%C3%B3n%E2%80%9Dhttp://www.agnveracruz.com.mx/index.php/menu-rss/item/22339-miguel-morales-era-fotorreportero-y-est%C3%A1-desaparecido-veracruz-es-%E2%80%9Cel-cementerio-de-la-libertad-de-expresi%C3%B3n%E2%80%9D7/25/2019 Informe Especial sobres Periodistas Desaparecidos.
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3 aos desaparecida.
Existen dos versiones de los he-
chos, uno se vincula a su trabajo
por vincular poltica con la delin-
cuencia organizada; la segunda,
refiere a la detencin por personal
militar en razn de investigaciones
de la delincuencia organizada. Nin-
guna se ha aclarado.
Existen dos investigaciones, una
ante la Procuradura General de
Justicia de San Luis Potos y otra
ante la PGR.* No existe informacin
de su paradero.
3 aos desaparecido.
Anterior a su desaparicin fue
raptado tras publicar sobre un taxis-
ta secuestrado y hallado asesinado.
Comenz a utilizar sus cuentas
en redes sociales para difundir
fotografas de sucesos policiacos
controvertidos.
La familia y sus compaeros pe-
riodistas no tuvieron acceso ni in-
formacin de la investigacin antela entonces Procuradura General
de Justicia de Veracruz, la cual se
neg a proporcionarles informa-
cin.* Se desconocen los avances.
1 ao desaparecida.
Tuitera que denunciaba annima-
mente la situacin de violencia y
narcotrfico en Reynosa, as como
su colusin con el gobierno. Fueamenazada de muerte antes de su
desaparicin en la cuenta @Miut3
por la cuenta @garzalaura142. Des-
pus de su secuestro, aparecieron
20
21
22
Delincuencia organizada
Policiaca
Violencia
Denuncia pblica sobre vio-
lencia, personajes implicados
en actos criminales.
Promova la denuncia a mili-
tares, narcotrfico y gobiernolocal.
Vnculos entre los militares,
el gobierno con la delincuen-
cia organizada.
Canal 12 de Ro Verde/ San Luis
Potos
Diario Cardel / Veracruz
Valor XTamaulipas /
Tamaulipas
Adela Jazmn Alcaraz Lpez,
26 de octubre de 2012
Sergio Landa Rosado,
22 de enero de 2013
Mara del Rosario Fuentes,
15 de octubre de 2014
19 RSF, MXICO, Miguel Morales Estrada, tercer periodista desaparecido en 2012, Reporteros Sin Fronteras, publicado el
27 de julio de 2012, consultado el 20 de diciembre de 2015, disponible en: http://www.rsf-es.org/news/mexico-miguel-
morales-estrada-tercer-periodista-desaparecido-en-2012/
http://www.rsf-es.org/news/mexico-miguel-morales-estrada-tercer-periodista-desaparecido-en-2012/?utm_source=copy&utm_medium=paste&utm_campaign=copypaste&utm_content=http%3A%2F%2Fwww.rsf-es.org%2Fnews%2Fmexico-miguel-morales-estrada-tercer-periodista-desaparecido-en-2012%2Fhttp://www.rsf-es.org/news/mexico-miguel-morales-estrada-tercer-periodista-desaparecido-en-2012/?utm_source=copy&utm_medium=paste&utm_campaign=copypaste&utm_content=http%3A%2F%2Fwww.rsf-es.org%2Fnews%2Fmexico-miguel-morales-estrada-tercer-periodista-desaparecido-en-2012%2Fhttp://www.rsf-es.org/news/mexico-miguel-morales-estrada-tercer-periodista-desaparecido-en-2012/?utm_source=copy&utm_medium=paste&utm_campaign=copypaste&utm_content=http%3A%2F%2Fwww.rsf-es.org%2Fnews%2Fmexico-miguel-morales-estrada-tercer-periodista-desaparecido-en-2012%2Fhttp://www.rsf-es.org/news/mexico-miguel-morales-estrada-tercer-periodista-desaparecido-en-2012/?utm_source=copy&utm_medium=paste&utm_campaign=copypaste&utm_content=http%3A%2F%2Fwww.rsf-es.org%2Fnews%2Fmexico-miguel-morales-estrada-tercer-periodista-desaparecido-en-2012%2F7/25/2019 Informe Especial sobres Periodistas Desaparecidos.
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fotografas de ella en su cuenta con el
mensaje: #REYNOSAFOLLOW CIERREN
SUS CUENTA NO ARRIESGUEN A SUS
FAMILIAS, COMO LO HICE YO, LES PIDO
PERDON.Su cuerpo fue visto por ltima
vez en Twitter. *
Se desconoce si existe investi-
gacin o avances al respecto para
localizarla.
1 ao desaparecido.
Antes de trabajar para UNO TV,
daba cobertura a hechos relaciona-
dos con seguridad pblica. No haca
periodismo de investigacin y no
publicaba informacin que consi-
derara sensible.20
FEADLE tiene conocimiento de los
hechos, tambin la Procuradura Ge-
neral de Justicia del Estado de Sina-
loa*, se desconoce si existen inves-
tigaciones o continan las labores
de bsquedas para localizarlo.
23 Mario Alberto Crespo Ayn,
3 de diciembre de 2014
Uno TV/ Sinaloa Policiaca*
* Descripcin y detalles tomados del proyecto T y yo coincidimos en la noche terrible de Nuestra Aparente Rendicin
(NAR), disponibles por caso en: http://www.nuestraaparenterendicion.com/tuyyocoincidimosenlanocheterrible/
20ARTICLE19, Oficina para Mxico y Centroamrica, Reportan a periodista desaparecido en Sinaloa, alerta publicada el 8 de
diciembre de 2014, disponible en: http://articulo19.org/reportan-a-periodista-desaparecido-en-sinaloa/#sthash.xeZapeQd.
dpuf
Una lectura aislada de las descripciones anteriores entiende las desapariciones de periodistasde forma atomizada, en la que cada uno de los 23 casos est determinado por elementospeculiares o nicos. Sin embargo, cuando se analizan, comparan y contrastan en conjunto las
aparentes particularidades de cada uno de los casos, se pueden identificar ciertos patronesy elementos de gravedad que permiten resaltar algunos hallazgos respecto al fenmeno dedesapariciones de periodistas en Mxico, entre los que destacan:
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En 7 de 23 casos las y los comunicadores cubran temas de corrupcin (32%).
7
01
TEMAS DECORRUPCIN
10 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28
Por tipo de cobertura1. En 7 de 23 casos las y los comunicadores cubran temas de corrupcin (32%).2. En 5 de 23 casos cubran e investigaban vnculos entre autoridades militares, fede-rales y estatales con el crimen organizado (23%).3. En 15 de 23 casos cubran hechos relacionados con el crimen organizado/narcotrfico (69%).4. En 6 de 23 casos cubran nota roja (27%) y en 3 de 23 casos cubran fuentepoliciaca (14%), de manera general.
Por autoridades involucradas o implicadas en la informacin buscada y/odifundida.
5. En 4 de 23 casos se encontraban involucradas autoridades militares en la infor-macin buscada y/o publicada por las vctimas (18%).6. En 5 de 23 casos se encontraban involucradas autoridades federales en la in-formacin buscada y/o publicada por las vctimas (23%).7. En 4 de 23 casos se encontraban involucradas autoridades estatales en la infor-macin buscada y/o publicada por las vctimas (18%).8. En 3 de 23 casos se encontraban involucradas autoridades municipales en lainformacin buscada y/o publicada por las vctimas (14%).9. En 2 de 23 casos existieron amenazas directas por parte de autoridades mili-tares y municipales en relacin con su bsqueda y difusin de informacin (9%).10. En 5 de 23 casos hubo amenazas por sujetos no identificados, previo a sudesaparicin (23%).
Periodistas de sexo femenino desaparecidas
11. En 3 de 23 casos son mujeres que involucran denuncias pblicas de corrupciny vnculos de autoridades con el crimen organizado (14%).721
21Los porcentajes se obtienen del clculo de 22 casos por no contar con informacin disponible de un caso que aporte indi-
cios sobre el nexo causal entre su actividad periodstica, ejercicio del derecho a la libertad de expresin o particulares afectados
por la informacin buscada/publicada, con la desaparicin. Un caso puede implicar hasta dos o tres hallazgos enumerados,
es decir, en un caso puede haber habido amenazas de autoridades, vnculos entre crimen organizado y corrupcin, pero son
contabilizados por separado para visibilizar el conjunto de elementos de gravedad encontrados.
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Los hallazgos anteriores, en su conjunto, sirven para afirmar que existe un patrn donde en 96% de los casos de desaparicin de periodistas se identifican como antecedentes la coberturaperiodstica relacionada con temas de corrupcin y problemas de seguridad pblica donde es-taban involucradas autoridades y delincuencia organizada. Por lo tanto, innegablemente existeun nexo causal con el tipo de cobertura, el contenido de las publicaciones y la bsqueda deinformacin que realizaba la o el periodista, as como con los actores que pudieron ver afecta-dos sus intereses por la bsqueda, recepcin y difusin de la informacin.
A mayor precisin, en la mayora de los casos, las descripciones de los hechos involu-cran de diversa manera a autoridades de federales, estatales y municipales, as comoa grupos de la delincuencia organizada que se ven potencialmente afectados porla bsqueda y difusin de informacin de las y loscomunicadores desaparecidos.En consecuencia, este elemento debe ser determinante para el tratamiento de lasacciones de bsqueda y localizacin inmediata, las investigaciones y la reparacinpara las vctimas.
Sin importar el orden de gobierno, la participacin y/o tolerancia de agentes estatalesen torno a la desaparicin de periodistas en Mxico, es indicio suficiente para exigirque una de las principales lneas de investigacin sea la conexidad entre la desapa-ricin, el tipo de cobertura y los sujetos afectados por la bsqueda y difusin de lainformacin. Por lo tanto, el tratamiento especial bajo los estndares internacionalesatribuidos a la desaparicin forzada y a los delitos cometidos contra la libertad deexpresin, es obligatoria.
De lo contrario, los deberes de prevencin y proteccin de las autoridades mexicanas se en-cuentran comprometidos, ya que en virtud de sus compromisos internacionales el perma-
nente desconocimiento del paradero de la vctima de desaparicin forzada, producto de laprivacin de la libertad por agentes estatales o particulares que acten con aquiescencia otolerancia de los primeros, violenta de manera grave los derechos a la integridad y a la vida entanto los hechos permanezcan impunes. 22 8
Por lo anterior, es particularmente grave que el efecto inmediato de una desaparicin poten-cialmente forzada no sea una investigacin criminal efectiva y diligente, como en la prcticasucede en Mxico. En los casos de periodistas desaparecidos que se refieren en el presenteinforme, un comn denominador adicional es la carencia de investigaciones, y la impunidadde los delitos es constante: tanto en los primeros casos de periodistas desaparecidos como enel ms reciente, a pesar de que los ministerios pblicos tienen conocimiento de los hechos, se
desconoce el estado, avance y/o resultados de las investigaciones -en caso de que existan- ,as como las acciones para dar con el paradero de las vctimas
22Corte IDH, Caso Gomes Lund y otros (Guerrilha do Araguaia) vs. Brasil. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparacin y
Costas. Sentencia de 24 de noviembre de 2010, prrafo 122.
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En 5 de 23 casos cubran e investigaban vnculos entre autoridades militares,federales y estatales con el crimen organizado (23%).02
VNCULOS ENTRE AUTORIDADES YEL CRIMEN ORGANIZADO5
Este escenario se agrava an ms, pues abrir formalmente una averiguacin no asegura en ab-soluto investigaciones efectivas desplegadas para ubicar a las personas desaparecidas ni paraexplicar detalladamente los hechos acontecidos y responsabilizar a las personas culpables.Son investigaciones emprendidas como una simple formalidad condenada de antemano aser infructuosa. (Citar Radilla Pacheco vs Mxico, CoIDH, Sentencia, prr. 192).
Al respecto, es indignante e igualmente ilegal que en dos de los 23 casos de periodistas des-aparecidos sealados en este informe, las autoridades estatales han cerrado las investigacio-nes bajo justificaciones basadas en la identificacin errnea de restos supuestamente perte-necientes a los periodistas. En el primero, la Procuradura General de la Repblica constatmediante pruebas periciales de ADN, que los restos identificados pertenecan a algn animaly no al periodista. En el segundo, no existe evidencia cientfica de su identificacin, pues sondeclaraciones de los presuntos responsables las que determinaron la identificacin del periodista.
En virtud de lo anterior, el nivel de gravedad de las desapariciones de pe-
riodistas en Mxico deriva en tres aspectos muy alarmantes y relacionadosentre s: 1) la impunidad en la totalidad de los casos, 2) el pleno desconoci-miento de su paradero por deficientes procesos de bsqueda, localizaciny/o identificacin, y 3) los elementos que motivan la desaparicin de cadauno y una de los periodistas desaparecidos, mismos que no son agotadoscomo lneas de investigacin y potencialmente aportaran indicios paraconsiderarla desaparicin forzada.
Dicho de otra manera, tanto las autoridades estatales como federales, enmateria de procuracin y administracin de justicia, desestiman sin justi-ficacin suficiente y razonable los nexos causales relacionados con la ac-
tividad periodstica de las vctimas, lo cual abre una brecha de relevantesindicios que se ignoran, e incluso ocultan, sistemticamente.
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DERECHO A LA VERDADAcciones como las descritas nulifican irreparablemente el derecho a la verdad en su doble di-mensin. Por una parte, el irrestricto derecho que tienen las familias de cada persona desapa-recida de conocer la ubicacin de sus seres queridos, o el paradero final de sus restos mortales;as como el conjunto de circunstancias, hechos y actores que envuelven la desaparicin. Porotra, el derecho que tiene la sociedad mexicana de saber sobre el contexto de las desaparicio-nes y sus efectos, ms an porque la desaparicin de un periodista necesariamente mina elderecho a la informacin de cada persona en la sociedad.
En efecto, diversa jurisprudencia internacional ha reconocido constantemente el derecho a laverdad de las vctimas y de la sociedad, incluso sugiriendo paulatinamente que es autnomorespecto a los derechos de acceso a la justicia y acceso a la informacin. En especfico, la Cortedesde su primera sentencia reconoci expresamente la existencia del derecho de los fami-liares de la vctima de conocer cul fue el destino de esta y, en su caso, dnde se encuentransus restos. 23 9Desde entonces, con ms de 42 casos contenciosos relativos a desaparicionesforzadas, 24 10la Corte ha desarrollado el contenido y doble dimensin de este derecho. Tanto laCorte como la Comisin han afirmado que el derecho a la verdad no solo deriva del derechoa obtener de los rganos estatales correspondientes el esclarecimiento de los hechos que ro-dean las graves violaciones a derechos humanos, a travs de la debida investigacin y sancinde estos (lo que compone esencialmente la dimensin para las vctimas y familiares), sino del
derecho que tiene una persona de acceder, buscar y recibir informacin pblica respecto a loshechos de graves violaciones a derechos humanos, y consecuentemente al proceso de inves-tigacin y sancin de los mismos. 25 11
En esta ltima lnea (la dimensin social), el derecho a la verdad tiene como efecto necesarioque en una sociedad democrtica se conozca la verdad sobre los hechos de graves violacionesa los derechos humanos mediante la obligacin de investigar estas violaciones, pero ademsla divulgacin pblica de los resultados de los procesos penales e investigativos, comple-mentada por la instauracin de procesos extrajudiciales que permitan conocer los hechos y loscontextos sociales, polticos que permitieron dichas violaciones. 26 12
23Corte IDH, Caso Velsquez Rodrguez vs Honduras. Fondo.Sentencia de 29 de julio de 1988. Serie C No. 4, prr. 181
24Corte IDH, Caso Rodrguez Vera y Otros (Desaparecidos del Palacio de Justicia) vs Colombia. Sentencia de 14 de noviem-
bre de 2014. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Voto Concurrente del juez Eduardo Ferrer Mac-Gregor
Poisot, prr. 1.
25 Respecto a la Corte, nos referimos al Caso Gomes Lund y otros (Guerilla de Araguaia) vs Brasil.La Comisin ha mantenido
una postura ms progresista al respecto, sealando constantemente que el derecho a la verdad no slo se vincula con los
artculos 8 y 25 de la Convencin (garantas judiciales) sino con el artculo 13, relativo al derecho a la informacin.
26Corte IDH, Caso Anzualdo Castro vs Per,citado por Ferrer Mac-Gregor Poisot, Ibd., prr. 13.
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En 15 de 23 casos cubran hechos relacionados con el crimen organizado / narcotrfico (69%).03
0
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15CRIMEN ORGANIZADONARCOTRFICO
El marco que establece el Sistema Interamericano, sin embargo, no es absoluto respecto ala autonoma de este derecho. De hecho, el mismo marco reconoce que es perfectible porotros instrumentos jurdicos internacionales e internos. Por ejemplo, en el marco de NacionesUnidas, se reconocer el derecho inalienable a conocer la verdad tanto para las vctimas y susfamiliares como la sociedad. 27 13
Ahora bien, en el caso de Mxico el parmetro ha evolucionado notoriamente hacia la pro-teccin del derecho autnomo a la verdad de la sociedad, a travs del acceso de persona a lainformacin pblica de casos de graves violaciones a derechos humanos. Al respecto, es pro-bable que la cerrazn de las autoridades respecto a informar oportuna y verazmente sobre elcontexto de violencia y de graves violaciones, aunado al proceso penal inquisitivo y la extremaopacidad del ministerio pblico en ste (como bien prueban los casos de periodistas desapa-recidos, a cuyas investigaciones ni los y las familiares logran acceder), haya hecho que el marcolegal reconozca en la transparencia y el acceso a la informacin una herramienta til para quela sociedad ejerza su derecho a conocer la verdad. 28 14
El derecho a la verdad, entonces, en los casos de periodistas desapareci-dos y desaparecidas, obliga a las autoridades a la investigacin y sancinefectivas de lo sucedido a las vctimas, a la identificacin rigurosa y deter-minacin precisa de sus restos mortales, si es el caso; pero tambin a ladivulgacin amplia de toda la informacin relacionada con los hechos, in-cluyendo los responsables, las circunstancias del contexto general, las po-lticas y deficiencias institucionales y las decisiones que hicieron posibleslas violaciones, pues son justas expectativas que las vctimas y la sociedadmexicana tienen al respecto.
27El marco que establece el Sistema Interamericano, sin embargo, no es absoluto respecto a la autonoma de este derecho.
De hecho, el mismo marco reconoce que es perfectible por otros instrumentos jurdicos internacionales e internos. Por ejem-
plo, en el marco de Naciones Unidas, se reconocer el derecho inalienable a conocer la verdad tanto para las vctimas y sus
familiares como la sociedad. Conjunto de principios actualizado para la proteccin y la promocin de los derechos humanos
mediante la lucha contra la impunidad, UN Doc E/CN.4/2005/102/Add.1, de 8 de febrero de 2005.
28El parmetro ms garantista se encuentra en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Informacin Pblica, que en su
artculo 5 seala que ninguna informacin relacionada con violaciones graves de derechos humanos o delitos de lesa huma-
nidad podr clasificarse como reservada.
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B.IMPACTO A VCTIMAS INDIRECTAS
El paradero de la persona, o en su caso la ubicacin de sus restos mortales, es un elemen-to determinante en la desaparicin forzada. La incertidumbre sobre su situacin o su futuroinmediato genera altos niveles de angustia tanto para la vctima como para su familia, por lotanto, la desaparicin forzada es una forma de tortura, trato cruel, inhumano y degradante. 29 15
En la mayora de los casos, la angustia de familiares y colegas de trabajo se ve agravada por eltemor o el miedo permanente de convertirse en la siguiente vctima, pues en muchos de loscasos, la intimidacin y las amenazas estn ntimamente ligadas al silencio de los familiares delas y los periodistas para hablar del caso. Esto no nicamente les priva del acceso a la justicia,la verdad y la reparacin, sino que les mantiene en un estado emocional y psicosocial insoste-nible, debido a la indeterminacin en el paradero de la o el periodista.
Es constante que a los familiares se les niegue el acceso a la investigacin o al conocimientosobre los avances de la misma, siempre bajo argumentos formalistas que no contemplan elmayor beneficio para las vctimas y sus derechos a conocer detalladamente el curso y los re-sultados de las investigaciones.
Las desapariciones tienen una afectacin diferenciada hacia las mujeres, principalmente en elmbito familiar, econmico y emocional. Por un lado, las privaciones econmicas forzan a lasmujeres a buscar trabajo para cubrir gastos que el periodista cubra para el sustento del hogar.La ausencia de convivencia diaria y de impacto sentimental por la pareja desaparecida, produ-
ce cuadros severos de inseguridad objetiva y subjetiva para las mujeres. Cuando las mujeresson las vctimas de desapariciones, se hacen particularmente vulnerables a la violencia sexualy de otro tipo.Por otra parte, privar a un nio o una nia de uno de sus padres, a causa de una desaparicin,es tambin violar gravemente sus derechos y afecta directamente el desarrollo de su perso-nalidad. 30 16
Por lo tanto, la familia, las mujeres y los menores de edad son vctimas igualmente de unadesaparicin forzada. Como se seal anteriormente, la incertidumbre y el desconocimientodel paradero de algn familiar vctima de desaparicin, es una forma de trato cruel, inhumanoy degradante.
29 Comisin de la Verdad y Reconciliacin, Informe Final, Tomo VI, Captulo 1, seccin 1.2 La desaparicin forzada, Per,
2003, pgina 59. Someter una persona a desaparicin forzada es una forma de tortura o mal trato prohibida, seguramente
por lo que concierne a los familiares de la persona desaparecida y muy probablemente por lo que concierne a la persona
desaparecida misma, del Relator especial contra tortura, Informe interino para 2001, A/56/156, 3 de julio de 2001, prr. 14.
30 ONU, Da Internacional de la Vctimas de Desaparicin Forzada, 30 de agosto, Desaparicin Forzada, disponible en:
http://www.un.org/es/events/disappearancesday/background.shtml
http://www.un.org/es/events/disappearancesday/background.shtmlhttp://www.un.org/es/events/disappearancesday/background.shtml7/25/2019 Informe Especial sobres Periodistas Desaparecidos.
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En 6 de 23 casos cubran nota roja (27%) yen 3 de 23 casos cubran fuente policiaca (14%), de manera general.04
6 NOTAROJA
3 FUENTEPOLICIACA
Ahora bien, la sociedad, los medios de comunicacin y el panorama de la libertad de expre-sin tambin se afectan con impactos significativos por la desaparicin de periodistas. Estosimpactos se configuran desde lo local e inmediato hasta lo nacional y sistemtico. 3117As, lasociedad se ve seriamente perjudicada por lo menos en dos aspectos diferentes:
El miedo y la autocensura. La desaparicin de periodistas como represalia o efecto de su labor(tipo de cobertura) manda un mensaje de violencia a las personas comunicadoras locales yproduce la anulacin de coberturas especficas sobre temas de inters pblico, como el narco-trfico o la corrupcin, en el entorno comunicativo local. Por temor a represalias o ser vctimade los mismos hechos, las y los periodistas y los medios de comunicacin en la regin inme-diata (municipio, estado o zona geogrfica) pueden cancelar la cobertura de estos temas. Deesta manera, un amplio contenido de sucesos relevantes deja de ser cubierto por la prensa enun contexto generalizado de violencia, impunidad, corrupcin y vnculos entre la delincuenciaorganizada y las autoridades.
Se alienta la corrupcin y se debilita la democracia.El periodismo de denuncia es un factorfundamental para el combate a la corrupcin y la violencia. En este sentido, uno de los mayo-res obstculos que encuentran los corruptos es precisamente la investigacin y la informacinoportuna sobre sus acciones delincuenciales.3218Cuando las voces de denuncia se acallan, sefacilita la impunidad y se abre brecha para los actos de corrupcin. Por otra parte, el silencioque produce la desaparicin de periodistas impacta estructuralmente a la democracia, puesse aminora el pluralismo (las personas desaparecidas en muchas ocasiones son las nicas quellevan una agenda en lo local dedicada a los temas de inters pblico) y tambin se sofoca larendicin de cuentas a travs del ejercicio periodstico.
En conclusin, la desaparicin de una o un periodista termina por negar a la sociedad y a quie-nes consuman la informacin de esta persona el vital derecho al acceso a la informacin de
claro inters pblico y la libre circulacin de ideas necesarias para la democracia.
31En el informe del Centro Nacional de Memoria Histrica de Colombia sobre periodistas vctimas de homicidio en ms de 30
aos del conflicto colombiano, titulado La palabra y el silencio, se identifican por lo menos siete expresiones del dao colectivo
por la violencia mortal contra periodistas. Vase CNMH, LA PALABRA Y EL SILENCIO. La violencia contra los periodistas en
Colombia (1977-2014), captulo 7, en particular pgs. 269-273. A partir de esta propuesta, para efectos del presente informe, se
reconstruyen dos espacios del dao colectivo por la desaparicin de periodistas.
32Ibd., p. 272.
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LA INVESTIGACIN, BSQUEDA Y
LOCALIZACIN DE PERIODISTAS
DESAPARECIDOS Y DESAPARECIDAS
DE MANERA FORZADA
Las y los periodistas en Mxico son un grupo en situacin de particular vulnerabilidad en rela-cin con el fenmeno de desaparicin forzada. As lo reconoci el CDFI en 2011 en virtud delclima de impunidad que impera en los casos especficos. 3319Por lo tanto, las desapariciones deaquellas personas que ejercen la libertad de expresin obligan a las autoridades a descartar apriori que se trate de una vctima de desaparicin forzada.
Para ello, tendra que llevar a cabo una investigacin independiente e imparcial, que agote estay todas las lneas de investigacin cuando exista el mnimo indicio de la participacin o invo-lucramiento, directo e indirecto, de los agentes estatales, sin importar el rango, las funcioneso el poder pblico que ostenten. La inmunidad constitucional que acompaa ciertos cargospblicos no representa una excluyente para investigar la responsabilidad por estos actos. Por elcontrario, requieren de una mayor exhaustividad en la investigacin de los hechos.
Tanto el Comit contra la Desaparicin Forzada e Involuntaria (CDFI) de la Organizacin de las
Naciones Unidas (ONU) como la Comisin Interamericana de Derechos Humanos, se pronun-ciaron respecto a la dilacin y deficiencias en materia de investigaciones de personas vctimasde desaparicin forzada y la bsqueda de personas desaparecidas en Mxico. En especfico,enfatizaron en la impunidad respecto a los numerosos casos de desaparicin forzada, y en losobstculos para que las investigaciones se realicen de manera eficaz, tales como: no iniciar lasinvestigaciones con la debida celeridad e inmediatamente despus de tener conocimiento so-bre una posible desaparicin forzada; as como la calificacin de los hechos con base en otrosdelitos pese a contar con indicios para suponer que se trataba de una desaparicin forzada.3420
Ambos obstculos, retomados por el CDPI, se han visto reflejados en las investigaciones deperiodistas desaparecidos y desaparecidas. El patrn es repetitivo en la medida en que ningn
caso ha contado con reaccin inmediata para la bsqueda y localizacin con vida de la per-sona, tampoco ha sido investigado por el delito de desaparicin forzada, cuanto menos se hagarantizado el derecho a la verdad y reparacin integral de las vctimas.
33CFDI , Informe del Grupo de Trabajo sobre desapariciones forzadas e involuntarias Misin a Mxico, Organizacin de las
Naciones Unidas, diciembre de 2011, prrafo 66.
34Op, cit. CDFI (2015), prrafo 27. CIDH (2015), Informe preliminar de la Visita in loco de la CIDH a Mxico, disponible en:
http://www.oas.org/es/cidh/prensa/comunicados/2015/112A.asp
111.
http://www.oas.org/es/cidh/prensa/comunicados/2015/112A.asphttp://www.oas.org/es/cidh/prensa/comunicados/2015/112A.asp7/25/2019 Informe Especial sobres Periodistas Desaparecidos.
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En 4 de 23 casos se encontraban involucradas autoridades militares en la informacin buscaday/o publicada por las vctimas (18%).
4
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INVOLUCRADASAUTORIDADES MILITARES
10 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28
Al respecto, vale la pena resaltar el papel que ha jugado la Fiscala Especial para la Atencinde Delitos cometidos contra la Libertad de Expresin (FEADLE), la cual, pese a contar con fa-cultades constitucionales y legales especiales para conocer de delitos cometidos en razn delejercicio del derecho a la libertad de expresin,3521su actuacin nicamente ha fomentado laimpunidad y la revictimizacin de las vctimas.
La FEADLE nicamente cuenta con 13 indagatorias o averiguaciones previas por la desapari-cin de periodistas de 2010 a 2015. Una en 2010, dos en 2011, seis en 2012, tres en 2013 y unaen 2015.3622La existencia de este nmero de indagatorias no significa que estn conociendo demanera exclusiva la investigacin ni que sea calificado bajo el delito de desaparicin forzada,puesto que en la mayora de los casos tambin existe una indagatoria en las procuradurasestatales.
La existencia de dos indagatorias, en el fuero comn y federal, constituye una duplicidad deactuaciones que implica la revictimizacin permanente para las vctimas indirectas los fami-liares de las vctimas, obstaculiza la eficiencia en las investigaciones y compromete su inde-pendencia, imparcialidad y objetividad. El papel de la FEADLE se limita a la colaboracin conlas autoridades estatales, contrario a su facultad constitucional y legal para atraer y conocer delcaso e investigar la posible configuracin de delitos como la desaparicin forzada.
En suma, no existe una sola investigacin por desaparicin forzada de quienes no han sidolocalizados ni localizadas por ejercer su derecho a la libertad de expresin, sin embargo, y res-pondiendo a las observaciones de los organismos internacionales respecto a la clasificacin dedesapariciones forzadas bajo otros delitos, es necesario que las cinco indagatorias que tieneregistradas FEADLE por el delito de secuestro y las 50 averiguaciones por privacin ilegal de lalibertad (2010-2015), 3723 as como los 23 casos enunciado en este informe, sean analizadasbajo parmetros que agoten de manera exhaustiva y diligente la conexidad entre el tipo de
cobertura del periodista, las autoridades involucradas y/o afectadas por la bsqueda, recep-cin y difusin de la informacin, y cualquier otro indicio que pudiera configurar la desaparicinforzada de la o el periodista.
35 Artculo 10 del Cdigo Federal de Procedimientos Penales y artculo 73 fraccin XXI de la Constitucin Poltica de los Es-
tados Unidos Mexicanos.
36FEADLE, Informe Estadstico de la Fiscala Especial para la Atencin de Delitos Cometidos contra la Libertad de Expre-
sin, Procuradura General de la Repblica, junio de 2015, pgina 7.
37Ibd., pg. 12.
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En 5 de 23 casos se encontraban involucradas autoridades federales en la informacin buscaday/o publicada por las vctimas (23%).06
INVOLUCRADASAUTORIDADES FEDERALES5
Ms an, debe tomarse en consideracin la coincidencia de patrones que existen al compararlas particularidades de las 17 averiguaciones previas (AP) que existen por desaparicin forzadaen Mxico ninguna donde la vctima sea periodista registradas ante la Fiscala Especializa-da de Bsqueda de Personas Desaparecidas (FEBPD), 38 24en las cuales, 76 % de estas le sonatribuidas a las autoridades federales, en especfico la Polica Federal y el Ejrcito Mexicano,con un total de siete y seis denuncias respectivamente; 39 25las cuatro restantes involucran a au-toridades municipales y estatales; en 14 de las 17 desapariciones forzadas sucedieron durante2011 y 2014. Cabe destacar que ninguna de estas indagatorias se integra en lo que respecta alos 23 periodistas desaparecidos.
La informacin de la entonces Unidad Especializada de Bsqueda de Personas Desapareci-das, arroja informacin sustantiva para encuadrar el potencial involucramiento de autoridadesde los tres niveles de gobierno en la desaparicin de periodistas, ya que coinciden en el tipode autoridades involucradas en los hechos, la cobertura, la bsqueda y la difusin de informa-cin, incluso en las amenazas directas de los casos de periodistas desaparecidos en Mxico.Tambin coincide en algunas zonas geogrficas como Coahuila, Michoacn, Guerrero, NuevoLen y Tamaulipas.
En virtud de todo lo anterior y por considerar que la memoria y el caso del periodista MoissSnchez Cerezo representa en toda magnitud los patrones de impunidad generalizada, au-sencia de reaccin inmediata para la bsqueda y localizacin de las personas desaparecidas,as como la deficiencia y obstaculizacin en la identificacin del cuerpo y las investigaciones, acontinuacin exponemos a detalle su caso, a un ao de los hechos, con la intencin de evitarsu repeticin y exigir una actuacin diligente en cada uno de los casos, aquellos que permane-cen en impunidad y aquellos que pudieran presentarse.
38 Anteriormente denominada Unidad Especializada de Bsqueda de Personas Desaparecidas, modificada mediante el
ACUERDO A/094/15 por el que se crea la Fiscala Especializada de Bsqueda de Personas Desaparecidas, y se establecen
sus facultades y organizacin, publicado el 9 de octubre de 2015 en el Diario Oficial de la Federacin, disponible en: http://
www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5411119&fecha=09/10/2015
39 PGR, Tercer Informe de Labores 2014-2015, Procuradura General de la Repblica, pgina 114. Disponible en: http://www.
pgr.gob.mx/informesinstitucionales/Documents/INFORME%20DE%20LABORES/2015.pdf
http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5411119&fecha=09/10/2015http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5411119&fecha=09/10/2015http://www.pgr.gob.mx/informesinstitucionales/Documents/INFORME%20DE%20LABORES/2015.pdfhttp://www.pgr.gob.mx/informesinstitucionales/Documents/INFORME%20DE%20LABORES/2015.pdfhttp://www.pgr.gob.mx/informesinstitucionales/Documents/INFORME%20DE%20LABORES/2015.pdfhttp://www.pgr.gob.mx/informesinstitucionales/Documents/INFORME%20DE%20LABORES/2015.pdfhttp://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5411119&fecha=09/10/2015http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5411119&fecha=09/10/20157/25/2019 Informe Especial sobres Periodistas Desaparecidos.
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MOISS SNCHEZ CEREZO,Medelln de Bravo, Veracruz, 2 de enero de 2015
Me ha afectado mucho, da a da....siempre estbamos juntos, en lo econmico,ahora tengo que salir a trabajar, me ayudaba con los nios, ramos dos... en el
amor, la convivencia, en todo, en s en todo, nos ha afectado mucho.Mary Ordez, esposa de Moiss Snchez, a un ao de los hechos.
La desaparicin forzada y posterior asesinato del periodista veracruzano, Moiss Snchez Ce-rezo, es uno de los casos donde la violacin al derecho de libertad de expresin encuentra sumanifestacin ms grave. La prdida de la vida y la supresin del mbito colectivo de dichoderecho, son circunstancias de gravedad que desencadenaron mltiples afectaciones a losderechos humanos del periodista, de su familia y de la sociedad en su conjunto.
La manera en que sucedieron los hechos, la respuesta de las autoridades tanto locales comofederales y las condiciones de riesgo en que se encuentra la familia del periodista, nos permi-ten afirmar que existe un incumplimiento generalizado de las obligaciones del estado mexi-cano para brindar proteccin especial a los periodistas en un contexto de violencia y riesgo.
Ms an, por tratarse de un caso donde los indicios de probable participacin de autoridadesfueron inmediatos, as como por suceder en el estado ms peligroso para ejercer la libertad deexpresin en Mxico y donde las desapariciones, las amenazas, los asesinatos y los ataquescontra quienes ejercen este derecho, son la regla: Veracruz.
El objetivo principal de este apartado es visibilizar las necesidades de proteccin, atencin,investigacin y reparacin en casos de violaciones graves a derechos humanos de los(as) pe-riodistas. Adems, busca proporcionar elementos para evitar que este tipo de situaciones serepitan, en virtud de que la impunidad y la carencia de investigaciones adecuadas propician la repe-ticin de los asesinatos4026y las desapariciones de las y los periodistas.
Por lo tanto, abordaremos especficamente las deficiencias en la reaccin inmediata de lasautoridades locales y federales relacionadas con la bsqueda y localizacin de Moiss Snchezdespus de que fue sustrado de su domicilio; las omisiones graves en las investigacionesintegradas por parte de la entonces Procuradura General de Justicia del estado de Veracruz yla FEADLE; los mecanismos y metodologas periciales de identificacin del cuerpo; la protec-cin de la familia por parte de los mecanismos especializados en la materia y, finalmente, lasimplicaciones relativas a la negacin de atraer el caso por parte de la FEADLE.
40Estudio especial sobre Asesinato de Periodistas, Relatora Especial para la Libertad de Expresin, Comisin Interamericana
de Derechos Humanos, 2008, pgina 15.
1V.
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En 4 de 23 casos se encontraban involucradas autoridades estatales en la informacin buscaday/o publicada por las vctimas (18%).07
4INVOLUCRADASAUTORIDADES ESTATALES
REACCIN INMEDIATA Y ESQUEMAS
DE BSQUEDAOmisiones en la bsqueda y localizacin de Moiss SnchezPara evitar el asesinato de personas desaparecidas de manera forzada, las primeras horas ylos primeros das son fundamentales. Es durante este periodo inicial que se puede obtenerinformacin sobre el paradero de la persona afectada.41 27Por lo tanto, las primeras etapas de lainvestigacin en el caso de Moiss Snchez eran cruciales para evitar daos irreversibles a suintegridad y su vida.
La actuacin pronta e inmediata de las autoridades ministeriales y judiciales, ordenandomedidas oportunas y necesarias dirigidas a la determinacin del paradero de la vctima, esimprescindible.4228Sin embargo, las acciones de bsqueda del periodista por parte de la Fis-cala General del Estado (FGE) entonces Procuradura y la PGR no fueron inmediatas niexhaustivas, por el contrario, las respuestas de las autoridades fueron omisas y tardas a pesarde que existan indicios razonables para suponer que se trataba de una desaparicin forzadabasada en mviles atribuidos a su labor periodstica.
Las autoridades debieron emplear todos los recursos y las capacidades materiales, tcnicas,operativas y humanas disponibles para dar con el paradero de Moiss Snchez Cerezo parasalvaguardar su vida. Por el contrario, podemos afirmar que la Fiscala estatal de Veracruz,la FEADLE y la entonces Unidad Especializada de Bsqueda de Personas Desaparecidas
(UEBD), las dos ltimas adscritas a PGR, incurrieron en omisiones graves al no reaccionar demanera inmediata.
41http://www.ohchr.org/SP/NewsEvents/Pages/DisplayNews.aspx?NewsID=10907&LangID=S#sthash.wQLpwG9m.dpuf
42Corte IDH. Caso Anzualdo Castro Vs. Per. Excepcin Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 22 de sep-
tiembre de 2009. Serie C No. 202, Prrafo 134
A.
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Fiscala General de Justicia de VeracruzA pesar de que la Fiscala estatal, entonces Procuradura General de Justicia de Veracruz, cuen-ta con lineamientos especficos en materia de reaccin inmediata de personas desaparecidas,en el caso concreto hubo un evidente incumplimiento a los mismos al no haber encauzadodiligentemente la bsqueda del periodista. De la misma manera, la integracin de la averigua-cin previa se caracteriz por ignorar los indicios sobre el probable involucramiento de funcio-narios de distintos niveles.
Las omisiones anteriores implican sanciones penales y administrativas, segn sea el caso, con-forme a sus propios lineamientos y protocolos de actuacin en situaciones como la ocurrida a Moi-ss Snchez Cerezo. As lo establece el artculo 8 del Acuerdo 25/2011 y, de manera reiterativa, seseala en el artculo 2 de la circular 01/2011. Es decir, no es discrecional ni opcional practicar demanera inmediata las diligencias para dar con su paradero de manera exhaustiva, seria e imparcial; laproactividad debe conducir sus diligencias sin limitarse a aquellas de carcter rutinario y formal y sin quedependan de lo arrojado por los denunciantes y familiares.4329En pocas palabras, de acuerdo a losinstrumentos normativos mencionados, son verdaderas obligaciones de la autoridad ministe-rial en Veracruz actuar con diligencia y prontitud en casos de desapariciones.
A pesar de que lo anterior es obligatorio para la Fiscala estatal, contando con una ampliafacultad para la inmediatez en la bsqueda, las investigaciones y las labores en la materia selimitaron a obtener informacin rutinaria para poder esquematizar la ruta de escape. Once dasdespus de lo sucedido, no contaban con la misma, tampoco haban solicitado los videos delas cmaras C4 que su hijo Jorge Snchez Ordoez seal como fundamentales durante losprimeros das de iniciadas las investigaciones. Hasta la fecha de presentacin del informe, nose cuenta con dichos videos ni se conoce la ruta que siguieron los tres autos en los que viajabaMoiss Snchez Cerezo el 2 de enero de 2015.
Adems, la Fiscala tard cerca de doce dasen girar los oficios de manera adecuada parasolicitar informacin, as como operativos de bsqueda a otras instancias que pudieran arrojarelementos oportunos sobre el paradero del periodista.4430Las instancias y autoridades des-tinatarias de los oficios deban responder mediante informe escrito dentro de un plazo de24 horas. No obstante, al 15 de enero de 2015, trece das despus de lo sucedido, no habanrespondido.
Aunado a la gravedad de lo anterior, hubo descalificaciones pblicas por parte del gobernadordel estado, Javier Duarte de Ochoa sobre la labor periodstica de Moiss Snchez Cerezo.4531
43Acuerdo 25/2011 en el que se establecen lineamientos para la atencin inmediata de personas desaparecidas, artculo 3
fraccin IV y IX. Disponible en: http://setecc.egobierno.gob.mx/files/2013/02/ACUERDO-25-DEL-2011-PERSONAS-DES.
pdf[consultado el 17 de marzo de 2015]
44ARTICLE 19, en compaa de Jorge Snchez Ordez, accedieron al expediente 01E/2015 de la Fiscala General de Justicia
del Estado de Veracruz. La integracin inicial del expediente careca de sellos y otras formalidades que corroboraran que los
oficios con fecha del 3 de enero fueron enviados y recibidos.
45 Accdase al audio en la siguiente liga: https://www.mixcloud.com/cuacopollo/javier-duarte-habla-sobre-la-
desaparici%C3%B3n-del-periodista-mois%C3%A9s-s%C3%A1nchez/ [consultado el 17 de marzo de 2015]
http://setecc.egobierno.gob.mx/files/2013/02/ACUERDO-25-DEL-2011-PERSONAS-DES.pdfhttp://setecc.egobierno.gob.mx/files/2013/02/ACUERDO-25-DEL-2011-PERSONAS-DES.pdfhttps://www.mixcloud.com/cuacopollo/javier-duarte-habla-sobre-la-desaparici%C3%B3n-del-periodista-mois%C3%A9s-s%C3%A1nchez/https://www.mixcloud.com/cuacopollo/javier-duarte-habla-sobre-la-desaparici%C3%B3n-del-periodista-mois%C3%A9s-s%C3%A1nchez/https://www.mixcloud.com/cuacopollo/javier-duarte-habla-sobre-la-desaparici%C3%B3n-del-periodista-mois%C3%A9s-s%C3%A1nchez/https://www.mixcloud.com/cuacopollo/javier-duarte-habla-sobre-la-desaparici%C3%B3n-del-periodista-mois%C3%A9s-s%C3%A1nchez/http://setecc.egobierno.gob.mx/files/2013/02/ACUERDO-25-DEL-2011-PERSONAS-DES.pdfhttp://setecc.egobierno.gob.mx/files/2013/02/ACUERDO-25-DEL-2011-PERSONAS-DES.pdf7/25/2019 Informe Especial sobres Periodistas Desaparecidos.
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b) Procuradura General de la Repblica
FEADLEEl 2 de enero la FEADLE inici un acta circunstanciada por los hechos pero formalmente iniciosu averiguacin previa el 7 del mismo mes. Lo que se desprende de las primeras actuacioneses que gran parte de las diligencias iniciales se centraron en comprobar que Moiss Snchezera periodista. En efecto, invirtieron recursos materiales y humanos en enviar oficios a distintosmedios de comunicacin de Veracruz para preguntar si contaban con registros sobre la parti-cipacin periodstica-laboral de Moiss en sus empresas.
Si bien la FEADLE gir oficios entre el 3 y 5 de enero a la Secretara de Marina (SEMAR), Secre-tara de Defensa Nacional (SEDENA), Polica Federal (PF) y otras dependencias para la ejecu-cin de acciones de localizacin y bsqueda, no existieron respuestas de las autoridades y elfuncionamiento de tales esquemas de bsqueda no responden a las necesidades de dar conel paradero de una vctima de desaparicin forzada.
Apenas el 12 de enero la FEADLE solicit informacin sobre los operativos y la vigilancia reali-zados el 2 de enero de 2015 en relacin con la desaparicin de Moiss Snchez Cerezo. Tantola SEDENA como la Polica Federal negaron haber efectuado vigilancia u operativos de bs-queda y localizacin el 2 de enero de 2015. Tambin niegan haber colaborado con algunaautoridad en dichas acciones.
El nico informe detallado que existe sobre operativos de bsqueda nos remite a la informa-cin proporcionada a la FEADLE, 14 das despus de los hechos, por Polica IntermunicipalBoca del Ro-Veracruz, actualmente bajo la conduccin y operacin de la Polica Naval. Dichoinforme niega la colaboracin con alguna autoridad en las labores de bsqueda y localizacin,
pero afirma haber recibido notificacin sobre la privacin de la libertad a las 21.00 horas, rea-lizando un operativo que segn la bitcora, fue de las 21.30 horas del 2 de enero y a las 1.00horas del 3 de enero.4632No obstante, las acciones lejos estn de ser suficientes y exhaustivasen trminos de duracin y seguimiento, empleo de recursos tcnicos y operativos, as comoreas geogrficas recorridas.
Asimismo, la informacin contenida en los expedientes de ambas fiscalas contradicen las de-claraciones del Fiscal estatal Luis ngel Bravo, y el entonces presidente municipal de Medellnde Bravo, Omar Cruz Reyes, quienes aseguraron pblicamente que desde del 2 de enero quesucedieron los hechos, no haban cesado de buscar al periodista. Tambin afirmaron que labsqueda la estaban realizando en colaboracin con las autoridades que en sus oficios nega-
ron haber realizado o colaborado en operativos de bsqueda conjuntos.
46Oficio 141/15 con fecha del 16 de enero de 2015, Informe Polica Intermunicipal de la Coordinacin General de Relevo,
firmado por el Capitn de Navo IM DEM, Antonio Morales Hernndez, Coordinador General Relevo Polica Intermunicipal.
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Unidad Especializada de Bsqueda de Personas Desaparecidas (UEBP)4733
Aunado a las evidentes omisiones y tardas acciones de la FEADLE en materia de bsqueda ylocalizacin del periodista Moiss Snchez Cerezo, la UEBP inicio sus labores de investigacinmediante averiguacin previa hasta el 11 de enero de 2015, nueve das despus de lo sucedido.Lo anterior resulta alarmante no solamente por la dilacin en sus actuaciones sino por tratarsede un rgano especializado para salvaguardar daos irreversibles al derecho a la vida e inte-gridad de las personas desaparecidas, con facultades especficas para reaccionar de maneraurgente en la bsqueda y localizacin de personas en las condiciones en que se encontrabaMoiss Snchez Cerezo.4834
Sin embargo, apenas el 12 de enero de 2015 que la unidad de referencia le gir oficio a la Fis-cala General de Veracruz para que informaran si haba un acta circunstanciada o averiguacinprevia relacionada con la desaparicin de Jos Moiss Snchez Cerezo. Fecha en que ya seencontraban arraigados policas municipales de Medelln de Bravo, cuyo conocimiento de loshechos era pblico y le obligaba a actuar conforme a los indicios del carcter forzado de ladesaparicin del periodista.
Una vez destacadas las deficiencias y omisiones de las autoridades, tanto locales como fe-derales, para dar con el paradero de Moiss Snchez Cerezo de manera oportuna y efectivacon el fin de prevenir las graves violaciones a sus derechos humanos, es preciso sealar quela ausencia de protocolos especficos para la bsqueda y localizacin de personas vctimas dedesaparicin forzada no exime a las autoridades mexicanas de sus obligaciones internacio-nales en materia de reaccin inmediata y bsqueda exhaustiva. Es decir, no se puede alegarpblicamente ni ante las vctimas que ante la inexistencia de protocolos es justificable la faltade bsqueda inmediata de personas desaparecidas.
Sobre este punto, el Comit de Desapariciones Forzadas de la ONU manifest su particularpreocupacin sobre la ausencia de bsquedas inmediatas de las personas desaparecidas49, 35cuyaactivacin debe hacerse ante el mnimo indicio que permitan suponer que se trata de unadesaparicin de carcter forzado.
En ese sentido, vale la pena resaltar el contexto en que se insertan las presenten omisiones yafirmar que el caso del periodista Moiss Snchez Cerezo, primero desaparecido, y despusasesinado, responde a las necesidades urgentes de atencin del fenmeno de desaparicionesen Mxico.
El Comit de Desaparicin Forzada de la Organizacin de Naciones Unidas enfatiz al estado
mexicano la recurrente prctica de desaparicin forzada en territorio mexicano. Incluso, lasrecomendaciones especficas hechas a Mxico se caracterizan mediante las omisiones y dila-ciones atribuidas a las autoridades en el presente caso, como:
47Fiscala Especializa de Bsqueda de Personas Desaparecidas desde octubre de 2015.
48Unidad adscrita a la Procuradura General de la Repblica, creada mediante Acuerdo A/066/13 publicado el9 de enero de
2013 en el Diario Oficial de la Federacin.
49Comit contra la Desaparicin Forzada, Op cit. prrafo 40.
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a) Garantizar que, cuando haya indicios para suponer que se pudiera ha-ber cometido una desaparicin forzada, se proceda, sin dilacin, a in-vestigar de manera efectiva a todos los agentes u rganos estatalesque pudieran haber estado involucrados, as como a agotar todas laslneas de investigacin;
b) El Comit recomienda que el Estado parte adopte las medidas legis-lativas necesarias con miras a que, tanto en la legislacin federal comoen la estatal, se prevea especficamente la responsabilidad penal de lossuperiores jerrquicos en los trminos establecidos en el artculo 6, p-rrafo 1(b), de la Convencin.
La dilacin y falta de exhaustividad en la bsqueda del periodista Moiss Snchez Cerezo im-pact de manera irreversible en el proyecto de vida tanto del periodista como de su familia. Porlo tanto, los impactos provocados por las omisiones referidas son objeto de responsabilidadpara quienes tienen la obligacin de cumplir y garantizar que tales daos no ocurran.
PERFIL DE LAS INVESTIGACIONES
La existencia de dos investigaciones paralelas, fiscala estatal y FEADLE, sin la formal atraccin
del caso por parte de la ltima, ha generado la duplicacin y ociosidad en las diligencias; con-flictos de competencia para perseguir la multiplicidad de delitos y cumplir con la reparacinde la pluralidad de daos; deficiencia en el agotamiento de las lneas de investigacin; incerti-dumbre en las vctimas; as como desproteccin para la familia del periodista.
Desde el inicio de las investigaciones, los sealamientos dirigidos a la probable participacinde funcionarios de distintos niveles fueron claros, tanto los indicios como la denuncia de losfamiliares lo precisan. El riesgo de sufrir daos irreversibles a la vida e integridad de MoissSnchez era inminente. Las circunstancias de riesgo y violencia para el ejercicio de la libertadde expresin en el estado de Veracruz son objetivas, generalizadas y ampliamente documen-tadas. La desaparicin y privacin de la libertad, tipificada como secuestro por la Fiscala del
estado, son delitos graves as establecidos por la ley.
Todo lo anterior caracteriza seis de las nueve circunstancias bajo las cuales la FEADLE debaatraer el caso para su investigacin y persecucin conforme al artculo 10 del Cdigo Federalde Procedimientos Penales. Aunque es suficiente que se presente una de ellas, la FEADLEargument su rechazo en el impedimento que le impone el hecho de que las autoridades ju-diciales del estado de Veracruz ya fijaron competencia para conocer y enjuiciar a los probablesresponsables del asesinato del periodista.
B.
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a) Fiscala General de Justicia de Veracruz, investigacin 01E/2015
Tanto del Artculo 21 de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos como delacuerdo 25/2011 de la Fiscala General del Estado de Veracruz, es posible inferir que, para quetoda investigacin pueda ser efectiva, es menester que exista un plan de investigacin disea-do conforme a la gravedad del caso y el riesgo a la integridad y la vida de las vctimas.Sin una metodologa previamente delineada en donde se establezcan las diligencias a rea-lizar as como las realizadas, cualquier investigacin de la magnitud como la que se analizaest destinada al fracaso. Desde el inicio de la investigacin ministerial 01E/2015 se pudieronadvertir claramente dos hiptesis del mvil de la desaparicin y asesinato de Jos MoissSnchez Cerezo.
Por un lado, estaba el trabajo critico que como periodista haca respecto a la administracinmunicipal del seor Omar Cruz Reyes y su relacin con altos funcionarios estatales, y por elotro, las tareas de defensa de la comunidad ante los altos ndices de criminalidad.Sin embargo, no existieron lneas de investigacin amplias mediante las cules pudieran ago-tarse las posibilidades de dar oportunamente con los responsables (materiales e intelectuales)y con el paradero del periodista con vida. Fue hasta el 24 de enero de 2015, fue que se supoque estaba privado de su vida, ello como producto de un conjunto de extraas confesionesrealizadas entre el 20 y 24 de enero.
El giro dado a la investigacin fue repentino y coincidi cronolgicamente despus de la visibi-lidad pblica del caso y de las reuniones que sostuvo el hijo de Moiss Snchez con la Oficinadel Alto Comisionado de Derechos Humanos en Mxico (OACNUDH), el entonces ProcuradorGeneral de la Repblica, Jess Murillo Karam, entre otras. En ese contexto la OACNUDH sepronunci y Jorge Snchez particip en medios de comunicacin con difusin nacional sea-
lando los nulos avances de la investigacin hasta esos momentos.
Es decir, menos de diez das despus de haber tenido conocimiento de la participacin de or-ganizaciones civiles y de derechos humanos, la Procuradura (i) identific a uno de los autoresmateriales, (ii) lo localiz, (iii) encontr a Jos Moiss Snchez Cerezo y (iv) encontr evidenciaque inculpara al presidente municipal de Medelln de Bravo. Eso no se haba hecho durante losprimeros 18 das de indagatoria.
En 3 de 23 casos se encontraban involucradas autoridades municipales en la informacin buscaday/o publicada por las vctimas (14%).08
INVOLUCRADASAUTORIDADES MUNICIPALES
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Otras de las acciones de la Fiscala estatal mediante las cuales existe un grave incumplimientode sus obligaciones en materia de desapariciones forzadas y proteccin a periodistas son lassiguientes:
1. La investigacin ha sido de carcter parcial puesto que existen indicios y seala-mientos claros e ignorados para desarrollar la teora del caso. Todos ellos configu-ran de manera tcita las circunstancias bajo las cuales la FEADLE estaba obligadaa conocer del caso.5036
2. La fiscala estatal estaba obligada a solicitar a la FEADLE ejerciera su facultad deatraccin para conocer del caso y omiti hacerlo.
3. Las omisiones pueden calificarse como graves al existir elementos fcticos y cien-tficos que orillaban a activar los mecanismos de proteccin especializada porparte de sus garantes: la atraccin de FEADLE y la incompetencia de la fiscalaestatal.
4. La lentitud de la investigacin abarc desde el descuido en la preservacin dellugar de los hechos (alteraciones debido a la falta de medidas dictadas para pre-servarlo) y la elaboracin de los retratos hablados de los responsables (iniciadosen marzo), hasta el envo de oficios a todas las procuraduras del pas para solicitarla colaboracin para la localizacin de Moiss Snchez Cerezo (17 das despus delos sucedido).
5. El recorrido que realizaron las personas que privaron de la libertad a Moiss, fuetrazado 18 das despus de haber iniciado la investigacin y siete das antes deque se consignara la misma. Adems, la ruta fue elaborada sin los videos C4 quela familia seal desde el principio.
6. La confesin aislada de Clemente No Rodrguez el 24 de enero de 2015, ha de-terminado todo el curso de la investigacin mientras que an quedan pendientes
responsables por perseguir y sancionar conforme a los estndares ms altos en lamateria, as como otros testimonios que discrepan en nmero de autores mate-riales respecto a la mencionada confesin.
Todo lo anterior no ha respondido a la obligacin de investigar estas violaciones, [] el deberde adelantar, de oficio, una investigacin imparcial, pronta, completa, diligente y efectiva, quetienda con seriedad al pleno esclarecimiento de los hechos, a la identificacin, captura, enjui-ciamiento, y, de ser procedente, a la sancin de todos los autores y responsables del hecho,incluidos tanto los autores materiales como los intelectuales y los eventualesencubridores.5137
50En virtud de las implicaciones para la seguridad de la familia de Moiss Snchez Cerezo, derivadas del proceso en curso
del juicio de declaracin de procedencia del alcalde de Medelln de Bravo, Veracruz, se ha omitido la descripcin especfica de
dichas circunstancias.
51Relatora Especial para la Libertad de Expresin, Op. Cit. Pgina 50.
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En 2 de 23 casos existieron amenazas directas por parte de autoridades militares y municipalesen relacin con su bsqueda y difusin de informacin (9%).09
2AMENAZAS DIRECTAS DE AUTORIDADESMILITARES Y MUNICIPALES
b) FEADLE, averiguacin previa 001/FEADLE/2015
El principio de actuacin citado anteriormente vincula directamente a la FEADLE, cuya inves-tigacin tampoco se ha caracterizado por ser diligente e imparcial. Principalmente debido a sunegativa de atraer el caso y garantizar un grado mnimo de imparcialidad, as como la exhaus-tividad e independencia en las investigaciones.
Contrariamente, han alegado que el negar el ejercicio de la facultad de atraccin no necesa-riamente configura una trasgresin a ese derecho fundamental de libertad de expresin, porcuanto que el acto que en concreto se cuestiona es estrictamente un acto de naturaleza jur-dica por el que se atendi una peticin relativa al proceso penal.
Sin embargo, omiten valorar la relevancia dada a dicho derecho mediante la reforma constitu-cional del artculo 73 fraccin XXI, cuyos componentes jurdicos trascienden en el ejercicio dela facultad de atraccin justificada por los razonamientos y argumentos que dieron origen adicha reforma.
Es decir, el proceso legislativo que gener la reforma constitucional dot de reconocimiento lanecesidad de garantizar y proteger a toda persona que efecte alguna actividad periodstica,partiendo del contexto adverso en el que se ubican, conformado por agresiones, amenazas,hostigamientos, homicidios, entre otros.
Dicho de otra manera, es un reconocimiento expreso a la necesidad de brindar proteccin es-pecial al ejercicio del derecho de las personas a buscar, recopilar, recibir y difundir informacin.La tutela particular deriva de las circunstancias en que se violenta este derecho humano, lo cualmenoscaba tanto a la dimensin individual como social del derecho a la libertad de expresin.
En ese sentido, los efectos de dicha proteccin especial deben salvaguardar de manera ampliaambos componentes, tanto el objeto como el sujeto vinculado al ejercicio de dicho derecho.
7/25/2019 Informe Especial sobres Periodistas Desaparecidos.
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PERIODISTASDESAPARECIDOS
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