LA DEMOCRACIA
1. CONCEPTO DE LA DEMOCRACIA – ORIGEN DEL VOCABLO
Etimológicamente, el término democracia proviene de las voces griegas “demos” (pueblo) y
“cracia” (gobierno) y significa gobierno del pueblo. Así fue definida por Pericles, en su oración
fúnebre de homenaje de los muertos en la campaña del Peloponeso (siglo V a.C.) y que
Tucídedes transcribe en su “Historia de las guerras del Peloponeso”.
Para Aristóteles, la democracia es el gobierno de la mayoría en interés del bien general. En la
democracia los ´pobres son soberanos en exclusión de los ricos, porque son los más y el
dictamen de la mayoría es la ley.
Durante la Edad Media, Santo Tomás se refiere a la democracia como el gobierno del pueblo,
en la que la masa de plebeyos, por el poder de la cantidad, oprime a los ricos.
En la Edad Moderna, John Locke considera que “cuando el mayor número tiene el poder
legislativo, ampliándolo para hacer de cuando en cuando leyes relativas a la comunidad y para
hacer ejecutar estas leyes por oficiales designados por la mayoría, entonces la forma de
Gobierno es bajo este aspecto una verdadera democracia”.
Montesquieu, a su turno, entiende que existe democracia cuando en la República, el poder
soberano reside en el pueblo por entero. La voluntad del pueblo es soberana cuando
establece el derecho al sufragio en esta forma de gobierno ya que es importante determinar
cómo, por quién y a quién se han de dar los votos, ya que el pueblo hace su función por
delegación a los ministros y magistrados.
Rousseau destina uno de los capítulos del Contrato Social a la división de los gobiernos,
considerando que recibe el nombre de democracia aquella forma de gobierno que confía el
gobierno a todo el pueblo o a su mayoría de forma tal que haya más ciudadanos magistrados
que simples particulares.
Lincoln en su recordado discurso de 1863 en homenaje a los que perdieron la vida por la
guerra civil norteamericana formula la clásica definición de democracia “como el gobierno del
pueblo, por el pueblo y para el pueblo”. El primero se refiere a su origen y justificación, el
segundo a la organización y el tercero a su finalidad.
En la actualidad, el criterio dominante configura a la democracia como una forma de vida en
la que el orden social es engendrado por el pueblo. La democracia significa identidad de
dirigentes y dirigidos. Los individuos se reúnen en organizaciones definidas por sus fines
políticos como los partidos políticos con lo cual la democracia de un Estado moderno deviene
en una democracia mediata o parlamentaria en la cual la voluntad que prevalece es la
determinada por la mayoría de los ciudadanos.
Clasificaciones de la Democracia
La doctrina tradicional ha indicado distintas clasificaciones de la democracia.
1) Desde el punto de vista histórico se distingue entre democracia antigua, moderna y actual.
2) Según el modo de participación del pueblo en el gobierno, puede hablarse de democracia
directa, indirecta o representativa y semidirecta. 3) Según el régimen político al que sirve
como técnica gubernamental, puede distinguirse entre democracia liberal y democracia
social. 4) Según se reconozca o no la existencia de los grupos intermedios, en democracia de
representación individual o democracia pluralista. 5) Según el acceso a la formación de la
decisión política, en democracia de poder abierto y democracia de poder cerrado.
Teniendo en cuenta la estructura social y económica del mundo antiguo y el régimen
esclavista imperante, la democracia antigua, ateniense o aristotélica, se refiere a la forma de
gobierno, es decir, a la organización del poder y se caracteriza por ser una democracia directa
y activa. Los ciudadanos se encuentran en situación de igualdad para el ejercicio de los
deberes cívicos y capacitados para el goce de la magistratura. No existe un régimen de
derechos ni de garantías. Las decisiones las adopta el pueblo reunidos en asamblea y esto
constituye una característica muy propia de la democracia antigua.
La democracia moderna se enlaza con el régimen liberal, predominando como técnica de
gobierno. Aparece como una conquista de la libertad y destinada a asegurar el goce de los
derechos naturales o individuales. Es típicamente na democracia política, basada en la
soberanía del pueblo y que es la fuente de todo poder político, cuya voluntad se expresa en la
ley, siendo ésta última obra de una decisión mayoritaria de los representantes del pueblo.
Originalmente no existía el sufragio universal y sin partidos políticos. Esta democracia
pretende salvaguardar al individuo de la intervención del gobierno para que pueda dedicarse
sin restricciones a las actividades económicas, por lo cual se deviene en una escasa
intervención gubernamental. Se caracteriza por ser una democracia indirecta o representativa
y democracia defensiva.
Para la estructura y el orden social establecidos por el liberalismo a través del gobierno
democrático, debían necesariamente entrar en contradicción. Con el logro del sufragio
universal, el dominio de la escena política por parte de los partidos políticos, el advenimiento
de los sindicatos y la fuerza obrera organizada, la democracia, gradualmente, fue sirviendo a
un orden social diferente.
Ese tránsito de la democracia política a su forma actual, es la etapa que marca la declinación
del liberalismo como ideología y la gravitación de lo social en la conformación de las funciones
del poder en el Estado.
De esta forma la igualdad política tiende a completarse con la igualdad social y económica, en
un vasto proceso en el que la democracia opera en el plano moral y material antes que en el
formal. Los derechos políticos se complementan con los derechos sociales y con la seguridad
social. La propiedad privada es objeto de limitaciones haciéndola compatible con el bienestar
común.
2. DESARROLLO DE LA DEMOCRACIA – DISTINTOS TIPOS
La democracia no es un concepto teórico ni una expresión emocional, que no debe estar
únicamente escrita en las constituciones o en las leyes. Sucede que hay Estados que tienen
constituciones teóricamente democráticas, pero los gobiernos son totalitarios en la realidad.
La democracia no sólo se refiere a un procedimiento a fin de adoptar decisiones y métodos
para crear el derecho, sino que también designa un estilo de vida, una forma de convivencia
que transforma la simple forma de gobierno en un sistema político integral.
Por eso, la democracia como estilo de vida supone una estructura social abierta al cambio, un
clima cultural específico y una personalidad especial por parte de sus protagonistas. Esa
apertura al cambio convierte a la democracia en un régimen vital en continuo movimiento
para adecuarse a las transformaciones sociales.
Debe advertirse que hay quienes piensan en la existencia de formas y organizaciones ideales
del Estado y del gobierno que resuelven todos los problemas sociales, políticos y económicos
que se puedan presentar. Esas formas ideales no han existido ni podrán existir nunca..
Es probable que si algunos pueblos hubiesen recurrido a ese falso concepto con menor
frecuencia, otra sería la dirección de la historia política de muchos Estados.
En el mundo contemporáneo existe una corri8ente universal de convencimiento de que el
gobierno del Estado, la elección de los gobernantes y el bienestar social debe estar en manos
del pueblo. Esa participación popular genera un problema de responsabilidad individual y
colectiva, relacionada con la educación. Para que la democracia se afirme y se promueva se
requiere un sistema de valores y creencias basadas en la ética, la libertad, la igualdad, la
justicia y en la conciencia de los derechos y los deberes. Se debe asegurar la discrepancia y la
diferencia pero para compartir las responsabilidades y no para provocar la discordia y la
disolución del Estado.
La eficaz defensa del régimen democrático no solo depende de la existencia de normas
destinadas a esa protección, sino muy especialmente de condiciones socio-económicas y
culturales que provoquen las responsabilidades individuales y colectivas de los gobernantes y
de los pueblos. Los fracasos resultan de la corrupción cívica y del apartamiento moral de la
sociedad.
En definitiva, la democracia requiere tres grandes condicionamientos: 1) el poder proviene del
pueblo, libremente manifestado, 2) la persona es reconocida en plenitud de sus derechos
fundamentales y que el orden jurídico los protege, 3) igualdad de posibilidades para alcanzar
los bienes de la sociedad, en relación al esfuerzo que cada uno hace para lograrlos.
Tradicionalmente, la democracia es considerada en dos formas: 1) directa o pura y 2)
indirectamente o representativa. Con posterioridad ha surgido la llamada forma semi-directa.
1) Democracia directa: se trata del gobierno directo del pueblo, es decir que éste, sin
mandatarios ni representantes y por si mismo, se da sus leyes fundamentales y ejerce, sin
intermediarios, las funciones del Estado.
Tuvo vigencia en pequeñas organizaciones políticas de la antigüedad, en el “ágora” ateniense
y en el “fórum” romano, en los cuales el pueblo intervenía directamente en las funciones
públicas (por ej. Votaba leyes, declaraba la guerra y la paz, designaba magistrados, etc.)
Actualmente esta forma de democracia sólo se conserva en las asambleas populares que se
reúnen periódicamente en algunas comarcas suizas. Es evidente que este tipo de democracia
requiere una población y un territorio reducidos, que permitan la consultaprevia y la decisión
común en cada asunto. Pero la extensión territorial, el crecimiento demográfico, la división
del trabajo y la complejidad de las tareas del Estado actual hacen imposible la práctica de esta
forma de democracia. Ha caído en desuso.
2) Democracia indirecta: ésta forma se hace necesaria por la existencia de las causales que
señalamos antes. Esta forma adquiere especial relevancia durante la Revolución Francesa,
establece la existencia de órganos representativos que asumen el poder por mandato popular
y que son responsables ante el pueblo del ejercicio de sus funciones. Es decir que, en esta
forma de democracia, el pueblo no delibera ni gobierna por sí mismo, sino que lo hace por
medio de representantes que elige y a quienes provee de poderes suficientes para gobernar.
Es por ello que en este tipo de democracia adquiere tanta importancia el sufragio, como
medio para elegir a los gobernantes y para decidir sobre los asuntos políticos.
3) Finalmente, durante el siglo XX es común distinguir una nueva forma de democracia. Se
trata de la llamada democracia semi-directa.
Muchas veces los órganos representativos no han constituido fiel expresión de la voluntad
popular y, entonces, se creyó conveniente remediar esa falencia con la ampliación de la
participación del pueblo mediante diversos procedimientos. Esto adquirió importancia en los
EEUU y en Europa después de la primera guerra mundial.
Así es que las formas semi-directas amplían considerablemente la participación del cuerpo
electoral en la vida política del Estado. Ese cuerpo no sólo interviene en la elección de
gobernantes, le permiten, además, ampliar su participación (mediante el sufragio) en la
consulta o en la decisión de asuntos públicos. Así es que el cuerpo electoral propone, opina,
acepta y rechaza normas, proyectos, decisiones políticas de los organismos del poder público
y llega hasta destituir a los representantes o funcionarios designados por elección popular
antes que cumplan el período por el que fueron elegidos.
3. LAS INSTITUCIONES POLITICAS NECESARIAS EN LA DEMOCRACIA
Para que un país esté gobernado democráticamente, se requiere la existencia de instituciones
que, según el autor Robert Dahl, son imprescindibles que existan.
Dichas instituciones son las siguientes: 1) Cargos públicos de tipo electivo, 2) que las
elecciones sean libres, imparciales y frecuentes, 3) que exista libertad de expresión, 4) que
haya acceso a diversas fuentes de información, 5) que los ciudadanos tengan posibilidad de
constituir organizaciones independientes para lo cual se requiere que las leyes reconozcan
derechos esenciales.
Estas instituciones no aparecen de golpe en un país. Son producto de un largo proceso. En
especial, la última, estadía. Podemos decir que recién se consolida en el siglo XX. Así, por
ejemplo, el sufragio universal es un rasgo que queda plenamente incorporado no hace mucho
y que significa distinguir definitivamente la Democracia representativa moderna de todas las
formas anteriores de Democracia.
Dahl concluye que para muchos es difícil comprender qué significa “la Democracia”. Es por
eso que la diferencia a lo largo de veinticinco siglos es que el derecho de participar
plenamente en la vida política se restringió a una minoría de adultos. Gobierno democrático
equivalía a un Gobierno ejercido por los hombres (y no por todos ellos). Recién en el siglo XX,
tanto en la teoría como en la práctica, la Democracia vino a exigir que el derecho a participar
plenamente en la vida política debería ser extendido a toda la población adulta que reside
permanentemente en un país.
Es por estas razones, que Dahl abona la teoría que la vigencia simultánea de todas las
instituciones indicadas, confluye en la formación de un nuevo tipo de sistema político, una
nueva forma de gobierno popular que nunca existió durante los veinticinco siglos desde la
aparición de la democracia ateniense y de la república romana. Dahl denomina a este
Gobierno en el cual rigen todas las instituciones necesarias, como “Democracia poliarcal”. Es
decir, Gobierno de los muchos.
La “Democracia poliárquica” es distinta de la Democracia representativa con sufragio
restringido, como la del siglo XIX. Es también diferente a las Democracias y Repúblicas más
antiguas, que no sólo tenían sufragio restringido, sino que carecían de muchas de las otras
características cruciales, tales como los partidos políticos o el derecho a formar
organizaciones políticas para influir u oponerse a los Gobiernos existentes o a formar grupos
de interés organizados. Es también distinta de las prácticas democráticas propias de unidades
tan pequeñas que permiten el establecimiento de una Asamblea directa de sus miembros
para sus decisiones políticas y sus leyes.
Cargos públicos de tipo electivo
El Gobierno democrático en los países suscita estas preguntas: Cómo pueden los ciudadanos
participar efectivamente si el número de ciudadanos llega a ser tan grande o dispersos en una
geografía extensa como para que puedan participar en forma conveniente y dictar leyes en
Asambleas que se reúnan en un mismo lugar?. Y cómo pueden asegurarse que los asuntos
que más les interesa son adecuadamente atendidos por los cargos públicos?. La primera
pregunta apunta a la participación de los ciudadanos y la segunda se refiere a lo que se llama
el control de la agenda de las decisiones.
Satisfacer estas preguntas en la extensión de un país es muy difícil. Claramente, los requisitos
no podrían ser satisfechos si los más altos cargos del Gobierno pudieran fijar la agenda y
adoptar políticas con independencia de los deseos de los ciudadanos. La única solución
(aunque imperfecta) es que los ciudadanos elijan a los cargos más importantes y los sometan
a una rendición de cuentas a través de las elecciones y despidiéndolos en diversas elecciones.
Hasta hace poco, la posibilidad de que los ciudadanos pudieran designar y rechazar a los
representantes a través de las elecciones, no era frecuente, tanto en la teoría como en la
práctica. La elección de los representantes se fue desarrollando en la Edad Media, cuando los
monarcas admitieron que para imponer tributos, sostener un ejército o hacer la leyes, debían
contar con el consentimiento de la Nobleza, el Clero y de algunos hombres comunes. Hasta el
siglo XVIII, la perspectiva común era que Gobierno Democrático equivalía al Gobierno del
pueblo que se reunía en algún lugar y votaban los decretos y las leyes. Se trataba de una
Demo0cracia de Asamblea de Ciudad, la democracia representativa era una contradicción en
sí misma. Solamente podía existir en una pequeña unidad como una ciudad o en un poblado.
Los escritores como Montesquieu o Rousseau eran corrientes de las desventajas de un
pequeño Estado, particularmente cuando debía enfrenarse a la superioridad militar de un
Estado mucho más amplio y eran, por lo tanto, pesimistas sobre las perspectivas del gobierno
democrático en el futuro.
Sin embargo, ante el evidente embate del Estado Nacional, se terminó de imponer la
Democracia Representativa y hasta el mismo Rousseau comprendió claramente la necesidad
de la representación hasta en países de no gran tamaño.
Elecciones libres, imparciales y frecuentes
Si aceptamos como una de las grandes conquistas en el desarrollo político del hombre a la
igualdad política, entonces todo ciudadano debe tener una oportunidad efectiva de votar y,
además, todos los votos deben contarse como iguales. La consecuencia de la igualdad del
voto es que las elecciones deben ser libres e imparciales. Pero tampoco basta con esta
característica. Si sostenemos que los ciudadanos deben controlar finalmente la agenda
política, se requerirá que las elecciones no se produzcan entre largos períodos. Dahl señala
sobre que pasaría si las elecciones ocurriesen cada veinte años.
También en este tema fue ardua la evolución. Recién a finales del siglo XIX la votación secreta
comenzó a reemplazar a la pública “a mano alzada”. En este aspecto, un país con votación
pública se lo enjuicia como carente de elecciones libres.
Otro debate es el sistema electoral. No hay una discusión pacífica sobre qué sistema es el más
imparcial. Se trata de una cuestión muy técnica.
También se discute sobre la frecuencia con que deben celebrarse las elecciones. La práctica
indica que realizar elecciones anuales para elegir a los legisladores sería demasiado frecuente
y es por eso que el promedio en los países democráticos orilla entre dos a cuatro años.
Libertad de Expresión
Esta libertad se requiere, en primer lugar, para que los ciudadanos puedan participar
efectivamente en la vida política. Esta libertad es imprescindible para que los ciudadanos den
a conocer sus opiniones y así los representantes puedan adoptar las decisiones que quieren
aquellos. La libertad de expresión no sólo significa que alguien tenga el derecho a ser oído.
Presupone también que alguien tiene el derecho a escuchar lo que otros tengan que decir.
Esta libertad es útil para adquirir una comprensión ilustrada de las acciones gubernamentales.
Para acceder a la competencia cívica, los ciudadanos precisan de oportunidades para expresar
sus propios puntos de vista, para entablar discusiones y deliberaciones, para escuchar y
requerir a los expertos y a los candidatos políticos determinadas medidas.
Sin la libertad de expresión, los ciudadanos se convertirían en súbditos perfectos de un
gobernante autoritario.
Acceso a las Fuentes de Información
También la disponibilidad de las fuentes de información permite que los ciudadanos
adquieran mayor comprensión sobre los asuntos políticos. No es posible que los ciudadanos
adquieran información sobre los asuntos de Gobierno si éste controla todas las fuentes o si un
grupo goza de un monopolio informativo. Los ciudadanos tienen que tener alternativas para
conseguir variada información y que le servirán para participar activamente en la vida política.
Organizaciones Independientes
Si las democracias exigen que haya representantes electos, se requiere que existan
organizaciones independientes del Poder político como los partidos políticos, los grupos de
interés y los grupos de presión. Los ciudadanos se organizan en asociaciones para obtene3r
una ventaja electoral y esto hace más competitiva la actividad política, ya que serán varios los
grupos dentro de la Sociedad que buscarán el Poder. Además, estas asociaciones son una
fuente de educación cívica, puesto que dotan a los ciudadanos de información y de
oportunidades para la discusión, la deliberación y la obtención de habilidades políticas.
4. CRISIS Y FUTURO DE LA DEMOCRACIA
La democracia siempre ha encontrado dos grupos de críticos: en primer lugar, los que la
consideran mejorable y entonces le hacen severas críticas pero con un objetivo constructivo y
en segundo lugar los que quieren deslegitimarla y destruirla para sustituirla con regímenes
sólo presumiblemente más democráticos o, a veces, más igualitarios.
Pero ocurre que las alternativas de la Democracia han caído en el descrédito. Así, los
regímenes comunistas se desplomaron. Los regímenes fascistas habían caído desde hacía
tiempo en el descrédito y, más en general, los regímenes autoritarios en sus diversas
versiones, como la de los gobiernos y de los regímenes militares, no demostraron saber durar
y llegar a constituir soluciones satisfactorias.
Al quedar en esencia como la única fórmula político-institucional practicable (salvo el
fundamentalísimo religioso, como el islámico) no por eso la Democracia ha dejado de recibir
críticas.
Las críticas a la Democracia conciernen por un lado a promesas no cumplidas y por otro a sus
posibilidades futuras.
Norberto Bobbio señala que la Democracia no ha cumplido sobre varios asuntos: 1) conseguir
una Sociedad de iguales, sin cuerpos intermedios, 2) eliminar los intereses sectoriales que
contrastan con la representación política en general, 3) poner fin a la vigencia de oligarquías,
4) no destruyó a los poderes invisibles, 5) elevar el nivel de educación política de los
ciudadanos.
Bobbio indica que probablemente la Democracia no podía cumplir con esas promesas ya que
el proyecto político democrático fue ideado para una Sociedad mucho menos compleja que la
de hoy. Pero cabe preguntarse si a la mayor complejidad de hoy no podrán servir de
contrapeso mayores recursos culturales, tecnológicos y políticos.
Partiendo de esta última consideración, Robert Dahl plantea tres posibles cambios para el
futuro de las Democracias.
En primer lugar, es necesario indicar que hay un mayor número de países democráticos, con
lo cual cabe pensar que no hay causas que impidan, aún, su mayor incremento en los
procesos de democratización.
En segundo lugar, se requiere una transformación profunda de los límites y de las
potencialidades democráticas. Así será necesario que se involucren los ciudadanos
aumentando su capacidad de controlar procesos trasnacionales y supranacionales. Para eso
es necesario que se incorporen más países a los procesos democráticos, de modo tal que sus
representantes gocen de un efectivo mandato democrático ante los organismos
supranacionales y transnacionales. Aquí se sitúa el problema de la globalización de las
finanzas y el comercio, de la tecnología y de la información.
El tercer cambio es más complejo de realizar. Así Dohl sostiene que en un país democrático
avanzado el orden económico será entendido no sólo como medio dirigido a la producción y
distribución de bienes, sino también a la promoción de una gama de valores democráticos.
En conclusión, los regímenes democráticos tienen la posibilidad tanto de expandirse como de
profundizarse. La teoría democrática se basa en el argumento imprescindible de que los
electores son racionales y que los gobernantes sean responsables. Precisamente las críticas
han apuntado a que los ciudadano9s tienen una información inadecuada o expectativas
exageradas y que los gobernantes en forma irresponsable han manipulado la información mal
formando la opinión de la población.
Gianfranco Pasquino dice, que a pesar de estas objeciones, cabe sintetizar que el pluralismo
político de las Democracias permite adquirir mayor información que cualquier otro régimen
acerca de lo que desean los diversos grupos sociales; la competencia para nada desinteresada
entre grupos permite someter periódicamente al electorado la elección entre varias opciones;
la expectativa de la alternancia en el Gobierno permite la circulación y renovación de
políticos y de ideas imponiendo al que gane la elección, ser responsable ante los electores so
pena de una futura derrota electoral y el regreso de la oposición.
A diferencia de los regímenes no democráticos, en los cuales todas estas características están
ausentes, la vitalidad de los regímenes democráticos reside en la constante capacidad de
aprendizaje y de cambio consecuente.
5. TIPOS DE REGIMENES POLITICOS DEMOCRATICOS
Loa regímenes democráticos exhiben notables diferencias estructurales en relación con sus
sistemas institucionales (presidencial, semipresencial, parlamentario, directorial) políticas,
que conciernen a sus sistemas de partidos (bipartidistas o multipartidistas) y funcionales, que
conciernen a su funcionamiento y rendimiento. Por lo expuesto son diversas las posibilidades
de establecer una clasificación de los regímenes democráticos.
Uno de los elementos institucionales más importantes en la distinción entre formas de
gobierno de tipo democrático es la manera en que se interrelacionan las dos instituciones que
intervienen en la toma de decisiones que son el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo. Esto
permite el desarrollo de tres tipos: parlamentario, presidencialismo y semi-presidencialismo.
Parlamentarísmo
El parlamentarismo es la forma de gobierno que más estrechamente ha estado asociada a la
Democracia. De hecho con la excepción de los Estados Unidos, todas las democracias con un
alto nivel de estabilidad política poseen este tipo de gobiernos. El origen se relaciona con las
sucesivas reformas políticas que transformaron a las monarquías absolutas de los siglos XVII y
XVIII en los modernos regímenes políticos democráticos.
El impulso inicial lo da el desarrollo inglés, que es cuna del parlamentarismo, y que consistió
en el pasaje desde la monarquía absoluta a la monarquía constitucional. La Revolución
Gloriosa de 1688, y recogido a nivel teórico por John Locke, estuvo centrada en el desarrollo
de las restricciones al poder del monarca, a través de la jerarquización del Parlamento como
órgano de legitimación del pueblo equiparándolo al Rey. Concretamente, el pasaje a la
monarquía constitucional significó sustituir un modelo político monista (con un solo foco de
poder: el Rey) a otro modelo de carácter dual (basado en una doble legitimidad).
Esa doble legitimidad era, por un lado, la tradicional, corporizada en el Rey, quién ejerce el
gobierno a través de un Primer Ministro y su Gabinete y que aún conserva la facultad de
disolver el Parlamento. Por otro lado, está la legitimidad popular, al principio limitada,
cristalizada en un Parlamento, encargado de legislar y sin cuyo voto ni las decisiones del Rey
entran en vigencia, ni el Primer Ministro, propuesto por el Rey, puede asumir sus funciones.
El pasaje de la monarquía constitucional a la monarquía parlamentaria tiene lugar en el siglo
XVIII con el advenimiento de la dinastía de los Hannover. El proceso se caracterizó por la
declamación del poder real y el paralelo fortalecimiento de la autoridad parlamentaria. En
este proceso, el Primer Ministro y su gabinete se independizan del Monarca, se apropian de
sus facultades gubernamentales y aumentan su dependencia del Parlamento, ya que son
miembros del mismo y son responsables ante ese organismo. El Primer Ministro se convierte
en el jefe de Gobierno, mientras el Rey ocupa una posición formal y simbólica como Jefe de
Estado, alguien que reúne pero gobierna.
Este desarrollo será adoptado por el resto de los países de Europa a medida que la
Democracia se propagaba.
Desde el punto de vista estructural, el parlamentarismo no tiene división de poderes sino
fusión y colaboración de poderes. La doctrina señala cuatro características de régimen que
pasamos a explicar.
1) Estructura dualista y colegiada del Poder Ejecutivo
La estructura dualista significa la distención de funciones entre el jefe de Gobierno, quien
tiene a su cargo la dirección política y administrativa (que recibe el nombre de Primer
Ministro) y el Jefe de Estado, cargo de característica simbólica y ceremonial que es
ocupado por el Rey en las monarquías o por un Presidente en las Repúblicas, pero por un
período fijo a diferencia del Rey que es vitalicio.
El dualismo del Ejecutivo parlamentario se combina con su carácter colegiado. El Ejecutivo
se constituye como un cuerpo colegiado (gabinete o consejo de Ministros) que está
integrado por el Primer Ministro (quien lo preside) y por el resto de los Ministros
encargados de administrar las diferentes áreas. Aunque originalmente el Jefe de Gobierno
es sólo el “primero entre pares”, en los hechos el grado de preeminencia que posee
sobre el resto de los miembros es variable. Últimamente hay una concentración del poder
en la figura del Primer Ministro pero sin perder el carácter colegiado en la medida que hay
responsabilidad colectiva.
2) Elección del Jefe de Gobierno
El Primer Ministro es elegido de manera indirecta por el Parlamento (que, a su vez, es
elegido por sufragio popular. Si bien es el Jefe de Estado quien propone su designación
(excepto en Japón y Suecia, donde la propuesta es hecha por el Parlamento) su poder es
formal ya que el Jefe de Gobierno no es investido a menos que cuente con el
consentimiento parlamentario. La designación del resto de los ministros tiene lugar,
generalmente, en un momento posterior y es a propuesta del Jefe de Gobierno.
El mecanismo de una investidura puede revestir dos modalidades. La primera es explícita
ya que el Parlamento vota y en la cual la mayoría apoya expresamente al candidato. En la
segunda modalidad, la forma es implícita, cuando el Parlamento acepta tácitamente al
candidato propuesto por el Jefe de Estado.
3) Duración del Jefe de Gobierno en su cargo
El mecanismo de responsabilidad parlamentaria implica que, de la misma manera que el
Parlamento tiene la facultad de investidura, también tiene la de destituir el Gobierno.
Esto ocurre de dos maneras: la primera es votando en contra de una “cuestión de
confianza” planteada por el Primer Ministro; la segunda por medio de la aprobación de un
“voto de censura” o “no confianza” (o sea, “desconfianza”) impulsado por los miembros
del Parlamento. Resulta pues lógico que la duración del mandato del Ejecutivo no esté
sujeto a plazo alguno. El mismo se mantiene mientras conserve el apoyo de los
parlamentarios pero, debido al principio de responsabilidad colectiva que existe en los
Gobiernos colegiados, la censura de cualquier Ministro suele implicar la caída de todo el
Gobierno.
4) Elección y duración del Poder Legislativo
El parlamentarismo tiene una sola constitución cuyos miembros son elegidos
directamente por el pueblo y éste es el Parlamento. Es la única institución con legitimidad
democrática directa. Sin embargo tiene como contrapartida que su período puede ser
acortado.
En efecto, el Primer Ministro tiene la facultad de devolver al Parlamento (técnicamente, lo
solicita al Jefe de Estado) convocando a elecciones inmediatamente para la constitución
de uno nuevo. Tal medio de acción sirve como una amenaza disuasoria ante la posibilidad
de que el Parlamento pretenda instrumentar un voto de censura o que algunos miembros
de la coalición de Gobierno pretendan escindirse y, en consecuencia, le hagan perder el
apoyo parlamentario. También sirve para superar situaciones de “empate” (muy
frecuente). Así, se devuelve al pueblo la posibilidad de definir la situación y resolver el
conflicto institucional.
Con estas cuatro características se comprueba que el concepto de separación de poderes
está lejano en los gobiernos parlamentarios. Por un lado, los miembros del Gabinete
suelen ser, al mismo tiempo, miembros del Parlamento, aunque en momentos de crisis es
usual la formación de “gobiernos técnicos” de origen extraparlamentario. Por el otro,
existen medios de intervención recíproca de un cuerpo sobre el otro: la investidura del
Gobierno y la posibilidad de destituirlo por medio de un voto de censura por parte del
Parlamento y la posibilidad de disolver el Parlamento por parte del Gobierno. Se concluye
así que en el Parlamentarismo hay fusión de poderes más que independencia de poderes.
Presidencialismo
La Constitución de los EEUU aprobada en 1787 es el modelo original del presidencialismo.
Este régimen ha sido seguido en América Latina. El presidencialismo está fuertemente
enraizado en las tradiciones, la historia y la cultura de los países latinoamericanos. Las
experiencias presidencialistas en el área datan del siglo XIX, poco después de la
independencia. Ninguna República Latinoamericana ha adoptado el parlamentarismo. Pero
hubo algunas aproximaciones. Por ejemplo, la llamada República Parlamentaria en chile
(1890- 1925) fue más bien un régimen presidencial en el que los ministros estaban sujetos a la
censura parlamentaria o la experiencia parlamentaria en Brasil (1961 – 1963) fue un breve
ensayo semi-presidencialista.
La base de este sistema es la división de poderes y se resume con las siguientes
características:
1) Estructura del Poder Ejecutivo
El Ejecutivo es unipersonal, es decir, está encabezado por un solo individuo que concentra
la totalidad de las funciones ejecutivas. Esto implica dos cosas: en primer lugar, el
Presidente es tanto Jefe de Estado como Jefe de Gobierno, esto es, desempeña funciones
simbólicas y ceremoniales junto con funciones ejecutivas de gobierno. En segundo lugar,
el Presidente tiene el control total sobre la designación y destitución de los ministros. El
Presidente posee una preeminencia absoluta sobre los otros miembros del gabinete. Ello
se debe al tipo de legitimidad que tiene. Lo recibe directamente del pueblo y los ministros
dependen de la figura presidencial por éste quien los elige.
2) Elección del Jefe de Gobierno
Es electo directamente por el pueblo. La legitimidad democrática directa que tiene es la
que carecen los Jefes de Gobierno de las democracias parlamentarias.
La elección popular directa constituye uno de los rasgos fundamentales de estos sistemas.
Sin embargo, en algunos casos la elección del Presidente no es totalmente directa. En
EEUU y en Argentina hasta 1994 la elección se realiza, formalmente, a través de Colegios
Electorales cuyos miembros son elegidos directamente por el pueblo. En otros casos, la
ausencia de una mayoría absoluta a nivel electoral, la decisión cae en el Congreso. En este
caso, el Congreso elige a quien haya recibido la mayoría simple pero no es obligatoria
dicha elección ya que, por ejemplo, en Bolivia se designó al candidato que obtuvo, en las
elecciones, el segundo y el tercer lugar. Así ocurrió en 1985 y 1989, respectivamente.
3) Duración del Presidente
Es electo por un período fijo. No puede ser removido por motivos políticos o pérdida de
confianza. Esto garantiza alta estabilidad. Además, el Congreso aumenta su
independencia respecto del Ejecutivo en loa medida que la estabilidad de éste último no
depende de la posesión que adopten los legisladores respecto de las propuestas iniciadas
por el Presidente.
La duración del Presidente solo se ve afectada por los mecanismos del Juicio Político, a
través de los cuales pueden ser destituidos. Pero esto es poco frecuente. A diferencia de
la censura parlamentaria, estos mecanismos son complejos y largos y solamente se activa
el fuero Político por la comisión de delitos o mal desempeño en las funciones y no por
cuestiones políticas.
4) Elección y duración del Poder Legislativo
Los miembros del Legislativo son elegidos directamente por el pueblo y que permanecen
por un período fijo no pudiendo ser removidos a no ser por resolución de sus pares.
El punto central es que el Presidente no puede amenazar legítimamente con la disolución
del Legislativo.
Estas características del presidencialismo transmiten de manera clara la idea de división
de los poderes que está en la base de este tipo de gobierno: el Ejecutivo y el Legislativo
son independientes, tanto en su origen como en su supervivencia. Esto se ve reforzado
por un dato adicional de los sistemas presidenciales: la división personal de poderes hace
que los miembros del Gobierno no pueden, al mismo tiempo, ocupar posición en el
Legislativo, algo muy normal en los sistemas parlamentarios.
Semi-presidencialismo
El semi-presidencialismo no puede ser considerado como una forma intermedia entre el
presidencialismo y el parlamentarismo. No existe un gran consenso teórico sobre su
consistencia. El primero en elaborar el concepto de semi-presidencialismo fue el francés
Maurice Duverger. Además no hay acuerdo sobre cómo denominar al régimen. Algunos lo
llaman semi-presidencial, otros semi-parlamentario y algunos hasta como “presidencialismo
su generis” o una forma de gobierno mixta.
Su característica principal es la de combinar la estructura parlamentarista con la elección
directa del Presidente. Al igual que en el parlamentarismo, existe la distención entre un
Presidente (Jefe de Estado) y un Primer Ministro (Jefe de Gobierno) que descansa sobre la
confianza del Parlamento y el Gobierno es ejercido por el Primer Ministro y el resto de los
miembros del Gabinete. El Parlamento, a su vez, es elegido directamente por el pueblo pero
puede ser disuelto anticipadamente. Hasta aquí, todo hace recordar al parlamentarismo.
Pero, al mismo tiempo, el Presidente es elegido por sufragio popular. Tiene legitimidad
democrática directa, con lo cual se acerca al régimen presidencialista. Además, si bien no
posee todo el poder similar al presidencialismo, tiene algunas funciones (más allá de lo
ceremonial y simbólico) que lo convierten en un poder regulador. Inclusive, el Jefe de
Gobierno debe contar con la confianza del Parlamento como con la del Presidente.
En cierta forma, el semi-presidencialismo se acerca al dualismo de la Monarquía
Constitucional en las que junto al dúo Rey – Parlamento coexiste un Gabinete que media
entre ellos y que depende del apoyo de ellos. La gran diferencia entre ambos se evidencia en
la legitimidad. Mientras el Rey su legitimidad deriva de la tradición, la del Presidente deriva
del pueblo.
Este sistema se balancea, en realidad, por el juego de poder de las fuerzas políticas junto con
las cualidades personales de los presidentes. En este Es por eso que, algunos autores como
Giovanni Sartori, asegura que el concepto de semi-presidencialismo implica ajustarse de una
manera estricta al formato constitucional, a que según cómo realmente funcionan las
instituciones, habría que reubicar a cada caso como parlamentario o presidencialista.
Para ubicar a los regímenes que comparten esta forma de gobierno, según la relocalización
que plantea Sartori debe seguirse el análisis de tres elementos y que son las prerrogativas
constitucionales, las facultades habilitadas por la Constitución y la coincidencia de la mayoría
presidencial con la parlamentaria.
Si analizamos el primer elemento, en este sentido, la variación va desde el caso de Irlanda,
donde las escasas prerrogativas del Presidente lo asemejan casi a un Jefe de Estado
parlamentario hasta casos como Islandia o Finlandia, donde el Presidente es un actor clave
del proceso político en esos países.
En cuanto al segundo elemento se relaciona con la capacidad política que tenga quien ocupa
la función presidencial y con las rutinas concretas que se cristalizan en el funcionamiento de
los sistemas políticos. Por ejemplo, si bien Francia es el país (además de Irlanda) que menos
prerrogativas le otorga al Presidente constituye, sin embargo, el caso que más se ha acercado
a la realidad del presidencialismo. De la misma manera, aunque el Presidente de Islandia
posee una gran cantidad de prerrogativas, la forma en que funciona el Gobierno, en la
realidad, lo asemeja a un régimen parlamentarista.
Finalmente, si tomamos el tercer elemento, nos podemos encontrar con tres interacciones
básicas. En la primera, el Presidente se encuentra en oposición con respecto a la mayoría
parlamentaria, en consecuencia aquél posee únicamente una función reguladora del
proceso. En este caso se dan fenómenos de “cohabitación” como ha ocurrido de forma
frecuente últimamente en Francia. En estos casos la función presidencial se asemeja a un Jefe
de Estado parlamentario. En la segunda interacción se da cuando la mayoría en el Parlamento
coincide con la presidencial, pero el presidente no es líder del partido mayoritario. En este
caso, el líder del partido mayoritario se convierte en Primer Ministro, haciendo efectivo el rol
de Jefe de Gobierno, mientras que el Jefe de Estado se convierte meramente en un símbolo,
encajando así casi perfectamente con el rol de su par parlamentario. Finalmente, en la
tercera interacción se da cuando el Presidente es el líder del partido mayoritario en el
Parlamento pasa a tener, de hecho, un poder similar a su par de cualquier país
presidencialista. En este caso el Gabinete (incluido el Primer Ministro) no pasa de ser un
apéndice del Jefe de Estado quien se convierte en el verdadero protagonista ejerciendo con
efectividad el Gobierno.
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