MANUAL DE CONVIVENCIA INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA ESMERALDA
Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien.
Aprobada por las Resoluciones Departamentales:
No.19136 del 20 de diciembre de 2002
No.0509 del 20 de enero de 2003
No. 3603 del 26 de mayo de 2004
DANE No. 10525000932
NIT. 811024278-6
DIRECCION: Barrio La Esmeralda – Cra. 38 Nº69B-75
MUNICIPIO: El Bagre – Antioquia
TELEFONO: 837-05-16
CORREO: [email protected]
NUCLEO DE DESARROLLO EDUCATIVO: 106
NATURALEZA DEL PLANTEL: Oficial
CARÁCTER DE LA INSTITUCION: Mixto
NIVELES EDUCATIVOS EXISTENTES: Preescolar, Básica y Media Académica
TIPO DE BACHIERATO: Académico
JORNADA ESCOLAR: Mañana – Tarde
NOMBRE DEL RECTOR: Moisés José Navarro Lance
CEDULA Nº 78.109.261 de Ayapel Córdoba
TITULO: Especialista en PRYCREA
EXPERIENCIA DOCENTES: 14 años
GRADO EN EL ESCALAFON: 13
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EL BAGRE, ANTIOQUIA
TABLA DE CONTENIDO
Pág.
1. PRESENTACION…….......................................................................................7
2. ACUERDO…………...…………………………………………………………………………….…….8
3. INTRODUCCION……………………………………………………………………….….….…… 11
4. AGRADECIMIENTOS…………………………………………………………………….…………12
5. JUSTIFICACIÓN............................................................................................13
6. IDEARIO ETICO………………………………………………………………………………..…….14
7. SIMBOLOS……………………………………………………………………………………………..15
8. VISIÓN........................................................................................................16
9. MISIÓN.......................................................................................................16
10. FILOSOFÍA...................................................................................................16
11. LEMA..........................................................................................................16
12. OBJETIVOS.................................................................................................17
13. MARCO LEGAL……………………………………………………………………………………..18
14. PRINCIPIOS Y FUNDAMENTOS QUE ORIENTAN LA ACCION DE LA COMUNIDAD…
…………………………………………………………………….19
15. ¿QUÉ ES LA COMUNIDAD EDUCATIVA?......................................................19
16. ROLES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA……………………………………...20
17. Quiénes conforman la comunidad educativa………………………………….. 21
18. MANUAL DE CONVIVENCIA……………………………………………………..22
19. Objetivos específicos del Manual de Convivencia……………………………..23
20. ¿Para qué sirve el Manual de Convivencia?....................................................24
21. ACCIONES CONTEMPLADAS EN EL MANUAL DE CONVIVENCIA………..25
22. Perfil de los miembros de la comunidad educativa..……………………………28
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23. Perfil del Rector……………….…………………………………………………….28
24. Deberes del rector…………….……………………………………………………29
25. Derechos del rector…………..……………………………………………………..30
26. Funciones del rector………..……………………………………………………….30
27. Procedimientos del rector………………………………………………………….33
28. Perfil del Coordinador………………………………………………………………34
29. Deberes de los Coordinadores……………………………………………………36
30. Derechos de los coordinadores……………………………………………………37
31. Funciones de los coordinadores…………………………………………………..38
32. Procedimientos de los coordinadores…………………………………………….40
33. Perfil de los Docentes………………………………………………………...……41
34. DEBERES DE LOS EDUCADORES……………………………………………..42
35. DERECHOS DE LOS EDUCADORES…………………………………………...45
36. Funciones de los docentes…………………………………………………………46
37. Funciones de los docentes de disciplina semanal………………………………49
38. El director de grupo………………………...……………………………………….49
39. Funciones del director de grupo………………………………………………… 49
40. Procedimientos de los directores de grupo………………………………………51
41. Perfil del Personero estudiantil y Contralor……………………………………. 52
42. Funciones del personero………………………………………………………… 52
43. Procedimiento del personero………………………………………………………53
44. Funciones del contralor…………………………………………………………….53
45. Función legal…………………………….…………………………………………..54
46. Naturaleza del Consejo de estudiantes y del Personero estudiantil…………55
47. Procedimientos para elegir el consejo estudiantil, el personero………………55
48. Plan operativo……………………………………………………………………… 56
49. Comité electoral……………………………………………………………………. 56
50. Inscripción de candidatos………………………………………………………… 57
51. Elecciones………………………………………………………………………….. 57
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52. Tiempo…………………………………………………..……………………………58
53. Perfil del representante de grupo…………………………………………………58
54. Funciones del Representante de Curso…………………………………………59
55. Inhabilidades del Consejo estudiantil, Personero y Contralor……………….. 59
56. Destitución………………………………………………………………………….. 59
57. Sustitución……………………………………………………………………………60
58. Reuniones…………………………………………………………………………. 60
59. Egresados…………………………………………………………………………. 61
60. Perfil de los Alumnos ………………………………………………………………61
61. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES……………………………………………. 63
62. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES…………………………………………..66
63. Faltas leves………………………………………………………………………….67
64. Faltas graves………………………………………………………………………..70
65. Faltas gravísimas…………………………….……………………………………..73
66. Causales para la cancelación de la matrícula…………………………………..75 67. Causales para la pérdida de cupo…………….………………………………….75
68. Perfil de los Padres de familia o acudientes……………………………………..75
69. Deberes de los padres de familia……………………………………………….76
70. Derechos de los padres de familia o acudientes……………………………..78
71. ¿Qué es el gobierno escolar?..........................................................................79
72. Composición del gobierno escolar ……………………………………………….80
73. El Rector………………………………………………………………………….. .80
74. El Consejo Directivo……………………………………………………………. …80
75. Funciones del consejo directivo………………………………………………….81
76. Procedimientos del consejo directivo…………………………………………..82
77. El consejo académico……………………………………………………………..82
78. Funciones del consejo académico………………………………………………83
79. Procedimientos del consejo académico………………………………………..83
80. Consejo Estudiantil………………………………………………………………….84
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81. Asociación de padres de familia…………………………………………………..84
82. Consejo de padres de familia……………………………………………………...84
83. Egresados de la Institución Educativa La Esmeralda………………………….84
84. Procedimientos generales………………………………………………………….87
85. Procedimientos para algunas situaciones especiales…………………………..90
86. Conductos regulares para ejercer el derecho a la defensa……………………91
87. Procedimientos para resolver situaciones conflictivas…………………..…….91
88. Debido proceso para los aspectos de evaluación, promoción y reprobación de los
estudiantes………………………………………………………………….93
89. Bases para el proceso de promoción……..……………………………………..93
90. Bases para la reprobación de un grado…………………………………………95
91. Orientaciones y correctivos pedagógicos………………………………………96
92. Periodo de compromiso……………………………………………………………97
93. Actitudes que merecen reconocimiento…………………………………………98
94. Premios …………………………………………………………………………. 99
95. CRITERIOS DE ADMISIÓN………………………………………………………100
96. UNIFORME DE LA INSTITUCIÓN………………………………………………101
97. La Secretaria(o)……………………………………………………………………102
98. Funciones de la secretaria general de la institución…………………………103
99. Procedimientos de la secretaria general……………………………………….104
100. Funciones de la auxiliar de oficina……………………………………….105
101. Bibliotecario (a)…………………………………………………………….105
102. Deberes del bibliotecario (a)…………………………………………….105
103. Derechos del bibliotecario………………………………………………...106
104. Funciones del bibliotecario (a)……………………………………………106
105. De la aseadora……………………………………………………………..107
106. Funciones de la aseadora………………………………………………...107
107. Procedimientos de la aseadora…………………………………………..107
108. Del celador………………………………………………………………….108
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109. Funciones del celador………………………………………………… …108
110. Procedimiento del celador………………………………………………...108
111. Deberes de las manipuladoras de alimento…………………………….109
112. Derechos de la manipuladora de alimentos…………………………….109
113. Deberes del administrador del restaurante……………………………..110
114. Derechos de la administradora del restaurante………………………110
115. Del uso de los servicios especiales ofrecido por la institución………110
116. Reglamento para el uso de la biblioteca………………………………...111
117. Comité de convivencia……………………………………………………112
118. Objetivos del Equipo de Convivencia Escolar……………………….112
119. Conformación del Equipo de Convivencia Escolar…………………..113
120. Vigencia……………………………………………………………………..114
121. Reglamentación……………………………………………………………114
122. Funciones del Equipo de Convivencia Escolar…………………………115
123. BIBLIOGRAFÍA…………………………………………………………….116
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PRESENTACIÓN
Comunidad Educativa de la Institución La Esmeralda en su Acuerdo de convivencia, busca la
armonía y la humanización la cual se constituye en la base fundamental para que exista la
convivencia entre los seres humanos. Por eso presentamos el acuerdo de convivencia
donde están contemplados todos los principios, deberes, derechos y procedimientos para
alumnos, docentes, directivos docentes, personal administrativo y padres de familia que
regulan y garantizan la práctica de una educación integral y axiológica para que exista un
ambiente de armonía, justicia social, orden y democracia en la comunidad educativa.
Al leer este Acuerdo de convivencia encontrarás que ha sido elaborado teniendo en cuenta la
Constitución Nacional, Código de la infancia y la adolescencia (Ley 1098 de 2006), Ley
General de Educación y su decreto reglamentario 1860 de 1994, Ley 715 de 2001 y sus
decretos reglamentarios 1850 de 2002 y 1290 de 2009; además contienen criterios claros de
la comunidad educativa en general.
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ACUERDO Nro. 01
(09 de abril de 2012)
Por la cual se adopta El Manual de Convivencia Social de la Institución La Esmeralda El Rector
y Consejo Directivo la Institución Educativa La Esmeralda, en uso de sus facultades legales y
en especial las que le otorgan la Constitución Nacional de 1991, la Ley General de Educación
y sus Decretos reglamentarios, la Ley 715 de 2001 y la Ley 1098 de 2006 y sus decretos
reglamentarios, y
CONSIDERANDO:
Que es indispensable enunciar normas básicas y claras de convivencia social, a la luz de la
Constitución Nacional, de la Ley General de educación y sus normas reglamentarias, con la
participación y aprobación de los diferentes estamentos que conforman la Comunidad
Educativa.
Que se debe reconocer los deberes, derechos, funciones y normas reglamentarias que
corresponden al proceso interno y a la autonomía escolar que nos brinda la ley 115 de 1994,
el decreto 1860 de 1994, el decreto 1290 de 2009 y el Decreto 1850 de 2002.
Que representantes de padres de familia, estudiantes, docentes, directivos, personal
administrativo y de servicios han participado en el proceso de la elaboración del Manual de
Convivencia y es exigencia su conocimiento previo a la matrícula para saber qué se firma en
ella y en la obligación de cumplir el Manual de Convivencia por el solo hecho de firmarla.
Que se debe estimular a quienes vivan la Filosofía de nuestra Institución y la practiquen en
sus actuaciones cotidianas en la sociedad y a su vez sustenten con su vivencia el proyecto
educativo institucional de la institución.
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Que es fundamental para una sana convivencia establecer canales de comunicación y
procedimientos que garanticen el actuar armónico en el desarrollo integral de todos y cada
uno de los participantes de la comunidad educativa.
Que la institución y el hogar son los mejores espacios para la construcción de una sociedad
más humana, justa y equilibrada.
Que el presente Manual de Convivencia es un complemento del Ideario de nuestra
institución, y busca la vivencia de la ideología de nuestra comunidad en todos los aspectos
de la vida cotidiana.
Que el Manual de Convivencia se revisó, actualizó y fue aprobado por toda la Comunidad
educativa,
RESUELVE:
Artículo 1. Establecer el presente Manual de Convivencia Social, como medio que nos
permite convivir en armonía dentro de una sana, justa y enriquecedora vida social y
formativa.
Artículo 2. Garantizar el cumplimiento del presente Manual de Convivencia, por medio de la
firma de la matrícula, respetando así la autonomía de la institución y el libre procedimiento y
decisiones de la Comunidad Educativa (en sus directivas) en establecer los derechos,
deberes, funciones y normas que rigen la Institución Educativa La Esmeralda.
Artículo 3. Evaluar el presente manual para el año 2012 por las comisiones que se formen
dentro de la comunidad educativa y si se cree pertinente y necesario hacer la revisión y
evaluación antes del período fijado.
Artículo 4. Afirmar que el presente Manual de Convivencia, en ninguno de sus artículos
atenta contra el libre desarrollo de la personalidad, pues ha sido una decisión, libre,
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voluntaria, concertada, valorada y aceptada por la comunidad educativa en bien de los
estudiantes, docentes, personal administrativo y directivo de la institución.
Artículo 5. Las instancias directivas de la institución pueden expedir nuevas normas durante
el proceso educativo y hacerlas conocer por medio de resoluciones, circulares, memorandos
u otro medio y tendrán la misma validez del Manual de Convivencia.
Estas normas exigen aprobación del Consejo Directivo, con el visto bueno de la Asociación
de Padres de Familia o el Consejo de Padres.
Artículo 6.Comuníquese a la comunidad educativa y cúmplase.
Dado en el municipio de El Bagre a los 9 días del mes de abril del año 2012.
MOISES NAVARRO LANCE JOSE ANGEL SANCHEZ
Rector Rapte. Docentes
YERIS PINILLOS YOVANNY SAMPAYO
Rapte. Docente Rapte. Padre de Familia
ABRAHAM HERRERA PAULA HERNANDEZ
Rapte. Estudiantes Rapte. Padre de Familia
IVAN GIRALDO
Rapte. Sector Productivo
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INTRODUCCIÓN
El Proyecto Educativo Institucional “PEI” y el Manual de Convivencia de la Institución
Educativa La Esmeralda, nos invita a precisar el sentido de la educación, a practicar los
valores corporativos de la institución como organización y a garantizar los procesos que
fortalecen los proyectos de vida de todos los miembros de nuestra comunidad educativa.
Cada miembro de la comunidad educativa y más aún, los de la institución, debemos
comprender y comprometernos en apropiarnos y así contribuir en eldesarrollo y
transformación de la cultura educativa plasmada en el P. E. I. y en el Manual de Convivencia.
La construcción cualificada del Manual de Convivencia de la Institución Educativa La
Esmeralda, corresponde de modo significativo concebir concertadamente los acuerdos con la
participación de la comunidad educativa, para hacer realidad nuestros ideales educativos.
El P. E. I. y el Manual de Convivencia, ejes de nuestra institución, se enmarcan en el proyecto
de mejoramiento de la calidad de la educación y la prestación del servicio educativo.
Esperamos que con estos propósitos plasmados en el Manual de Convivencia como son los
deberes y derechos consagrados en la Constitución Nacional de 1991. La Ley 1098. Además,
del manual de funciones y procedimiento, sean practicados en la institución y fuera de ella,
para que crezcamos integral y armoniosamente.
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AGRADECIMIENTOS
Se han conformando mesas institucionales en reunión de padres de familia, como
mecanismo de participación el Gobierno Escolar, a invitando a la Asociación de Padres de
Familia, al Personero Estudiantil, al Consejo de Padres y al Consejo de Estudiantes para las
deliberaciones y la toma de decisiones en los ajustes al Proyecto Educativo Institucional y
Manual de Convivencia de la Institución Educativa La Esmeralda.
En la construcción y ajustes del P. E. I. y el Manual de Convivencia de la Institución Educativa
La Esmeralda, damos unos sinceros agradecimientos al Consejo Directivo y al Consejo
Académico como Gobierno Escolar y demás invitados por su participación activa y
democrática ya que de esta forma progresamos y nos desarrollamos como comunidad.
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RESEÑA HISTÓRICA DE LA INSTITUCIÓN EDUCATVA LA ESMERALDA
(ANTES COLEGIO LA ESMERALDA)
La Institución Educativa La Esmeralda comprende el sector periférico de la cabecera
municipal formado por los barrios Nueva Granada, San José, Las Delicias, La Esmeralda y la
Vereda El Real. La institución posee una extensión de 4.219 metros cuadrados
aproximadamente. En su mayoría los habitantes son oriundos de las sabanas y las costas, el
80% de los niños y niñas de la institución son nacidos en El Bagre y el resto de donde
proceden sus padres.
Las familias de estos barrios devengan su sustento básicamente de la minería artesanal, la
agricultura, la pesca, ventas callejeras, y algunas madres cabeza de hogar trabajan en casas
de familia.
La Escuela Urbana La Esmeralda, inicia sus labores académicas en casas de familias del barrio
La Esmeralda y luego con la participación decidida de la Acción Comunal La Esmeralda bajo la
presidencia de Doña Editrudis Mejía y su equipo de trabajo, se logra que la Empresa Mineros
de Antioquia S.A. donara un terreno en el que se construyo un salón comunal, en el cual más
tarde se utiliza como aula escolar y es así como funciona un grupo de preescolar y un grupo
primero, iniciando su vida institucional el 2 de febrero de 1987 bajo la administración del
alcalde Luis Manuel Galván Herazo (Alcalde nombrado por la Gobernación de Antioquia).
Al aumentar la población escolar se logro con el esfuerzo de la comunidad y Bienestar
familiar la realización del aula múltiple, donde se hacía cadena desde el río hasta la escuela;
así se cargaba la arena y piedras para esta edificación. También se realizaban actividades
para fondos como: bingos, rifas, reinados, calles con barreras, insignias, entre otras. Todo el
dinero recogido era invertido en materiales para la construcción.
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La primera junta de padres de familia la conformaron las siguientes personas: Gertrudis
como presidenta, Mirta Barrios, Melida, y el señor Segundo.
El primer Director de la Escuela Urbana La Esmeralda fue Pedro Rezza y tres maestros:
Amparo Rivas, Eustaquia Romero y Rafael Hernández Martínez, atendiendo una población de
163 estudiantes. Luego otros directores que en su orden, son: Arciano Mena, Amparo Rivas
y Matilde Martínez con una planta de 4 docentes. Después, con León Ángel se incremento
la planta de docentes entre ellos; Osly Benítez, Libia Yaneth Ricardo, Nury Urrutia Calderin,
Ursula Barragán, Fabio Gil, Iván Correa, Patricia Luna Cogollo, Aracelia Castro Beltrán y Carlos
Sinisterra. Posteriormente, nombran a Libia Yaneth Ricardo como Directora de la escuela y
con ella docentes de tiempo completo entre ellos: Edwar Agamez, José Sánchez, Yudis Pinillo,
Omaira Duque, Jehan Karol Córdoba. Bajo esta administración escolar y siendo Alcalde
Popular Dr. Fabián Palacios y Secretaria Educación Municipal Beatriz Vallejo se le dio el
carácter de Concentración Educativa La Esmeralda.
En los años de 1997 a mediados del 1999, paso de Concentración Educativa La Esmeralda a
ser Satélite del Liceo El Bagre siendo Rectora Clara Eugenia Moore Acosta.
Después, fue nombrado Juan José Van De Venter, en su administración se arreglo la planta
física, se cambio la batería sanitaria, tienda escolar, sección administrativa de educación
física. Por este tiempo llegan otros docentes como: Milciades José Medina Medina, Alan
Oviedo Espejo, Ricardo Sinisterra y Manuel Nazareno Moreno.
También pertenecieron a la escuela los maestros: Conrado Collantin, Edwin Córdoba, Alfonso
Montaño, Yaneth Valle.
Ahora, en el año 1999 llega trasladado Edilberto de Jesús Atencia Acosta como docente con
el Decreto Municipal. No. 10 Bis del 7 de enero de 2000 siendo Secretario de Educación
Municipal el docente José Antonio Cerpa Quiroz y como rector encargado del Colegio La
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Esmeralda se formaliza con el Decreto Municipal. No. 15 del 11 de enero de 2000. Con el
Decreto Departamental No. 1217 del 26 de agosto de 2003 queda como Rector encargado
de la Institución Educativa La Esmeralda.
La Escuela Urbana La Esmeralda es reconocida como establecimiento educativo oficial
mediante el Acuerdo Municipal No. 012 del 6 de marzo de 1994 “…se reconocen
oficialmente los establecimientos rurales y urbanos existentes y los que se crean
posteriormente”.
En el proceso de racionalización en sector educativo se convierte la Escuela Urbana La
Esmeralda en Colegio La Esmeralda, mediante el Acuerdo Municipal No. 009 del 2 de
junio de 1999, donde en su Artículo 1 “Avala los nombres asignados a las conversiones de
los siguientes establecimientos educativos…Escuela Urbana La Esmeralda convertida en
Colegio La Esmeralda, ofreciendo los Niveles de Preescolar (Grado Transición), Básica
Completa (Del Grado 6º hasta el Grado 9º) y la Resolución Municipal No. 2875 del 18 de
julio de 2000, en Artículo 1 Declara que el Colegio La Esmeralda pertenece al Núcleo
Educativo 106 y en su Artículo 2 Ordena registrarlo en Secretaria Departamental de
Antioquia .
Siendo Colegio La Esmeralda se inicia el proceso de ajuste al Proyecto Educativo
Institucional “P.E.I.”, y se legalizan todos los estudios del año 1985 hasta el año 2000 con
la supervisión de SEDUCA (Entre ellos, el profesional Universitario Pedro Armenio Reza
Granda y Estefanía Balanta, Directora de Núcleo de Zaragoza, Ant.) prestando el servicio
educativo a los niveles de preescolar, básica completa y media incompleta y con una
población escolar de 930 estudiantes.
En el año 2001 se convierte de Colegio La Esmeralda a Institución Educativa La
Esmeralda con la Ley 715 del 21 de diciembre de 2001 y mediante la Resolución
Departamental No. 0509 del 23 de enero de 2003 fusiona la Institución Educativa La
Esmeralda (Antes Colegio La Esmeralda) y la Escuela Urbana Nueva Granada, concede
reconocimiento oficial a partir del 2003, autoriza para que imparta educación formal en
los niveles de preescolar, educación básica completa, clausura al Colegio La Esmeralda y
la Escuela Urbana Nueva Granada y concede poder para expedir certificados, otorgar
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títulos de Bachiller Académico y expedir diploma de correspondiente. En este proceso
nuevamente se ajusta el P.E.I. a las exigencias de las normas y de las necesidades del
establecimiento educativo, como lo es la legalización de los estudios de los grados 10º y
11º.
La Resolución Departamental No. 3603, autoriza a la Institución Educativa La Esmeralda
para ofrecer educación formal en el Nivel Media Completa y se legalizan los estudios de
los grados 10º y 11º de los años anteriores a la resolución en mención.
Además, la Secretaria de Educación para la Cultura, distribuyó la planta de cargo de
personal docente y directivo docente para la prestación del servicio educativo con 33
plazas docentes PTC. y la Comisión Evaluadora de que se desplazo a la I. E. La Esmeralda
en compañía de la Secretaria de Educación Municipal, emitió concepto favorable para la
ampliación de servicios educativos al Nivel Media Académica, grados 10º y 11º. Algunos
logro de su labor como directivo docente fueron:
Legalización del Colegio La Esmeralda desde el año 1985 hasta la presente.
DANE No.10525000932 y RUT-NIT # 811024278-6. y Escritura Pública No. 133 del 9 de
junio de 2003 de la Institución Educativa La Esmeralda Sede Principal y la de Sede
Escuela Urbana Nueva Granada
Cada año lectivo los estudiantes eligieron a un alumno(a) del último grado que
ofrezca la institución, para que actué como personero(a) de los estudiantes y
promotor de los derechos y deberes (Articulo No.37 de la Ley 115 de 1994).
Construcción del Manual de Convivencia del Colegio La Esmeralda.
Se constituyo el gobierno escolar como lo pide la Ley General de Educación.
Se gestiono el nombramiento de personal administrativo y de servicios entre otros:
Una Secretaria Administrativa la Señora Katia Inés Barrios Atencia, Dos
Coordinadores Pablo Emilio Machado y Carlos Enrique Guerra, algunos docentes
como: Madeleine Villa, Elena Rodríguez, Florentino Madera, Antonio Cerpa y
celadores y aseadoras para ambas sedes.
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Se gestiona la incorporación de la Institución Educativa La Esmeralda en el programa
Computadores para Educar.
En año 2002 se gestiona la participación de la institución en los proyectos de Ley 21.
Se logra ampliar los cupos para el restaurante escolar en ambas sedes y se construye
el restaurante escolar en la Sede Escuela Urbana Nueva Granada mejorando el
servicio.
Realización de la fiesta a los niños y niñas, a los jóvenes, a los educadores, a las madres y a
la familia.
Creación de la biblioteca escolar.
Ejecución del proyecto, zona franca de paz y convivencia.
Ejecución del proyecto Ecología Colegial.
Participación de todas las iglesias existentes en el sector en promulgar la palabra de Dios
sin ningún reparo o discriminación.
En el año 2007 es nombrado como rector por méritos MOISE JOSE NAVARRO LANCE,
también son vinculado por esos tiempos Mary Luz Restrepo y Daniel Restrepo.
Actualmente la institución cuenta con 1100 estudiantes en dos sedes y dos jornadas, 3
directivos docentes, dos secretarias y una bibliotecaria.
En estos últimos años la parte directiva de la institución no ha ahorrado esfuerzos en la parte
académico pedagógica y cursos de emprendimiento en la comunidad educativa con las
siguientes acciones: curso de guitarra, informática, belleza. Entre otras acciones.
También somos pioneros en revista gimnastica, campeones en mini voleibol femenino a nivel
municipal, nueva sala de informática con tablero digital. Estamos en espera de una nueva
construcción que mejorará los ambientes escolares y los resultados académicos de nuestros
estudiantes.
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JUSTIFICACIÓN
El Proyecto Educativo Institucional y el Manual de Convivencia de la Institución Educativa La
Esmeralda son herramientas normativas basadas en la Constitución Nacional y las leyes que
regulan la educación colombiana.
El P. E. I. y Manual de Convivencia permiten cumplir con los programas y políticas trazadas
por el Ministerio de Educación Nacional, la Secretaria de Educación Departamental de
Antioquia a través de la Secretaria de Educación Municipal y la institución; para poder
ejecutarlas y desarrollarlas se le harán seguimientos, control a las propuestas y proyectos allí
consagrados y así cada año ajustarlo según las necesidades de nuestro medio, como
mecanismo de evaluación y de continuo movimiento en los procesos educativos para
formación integralmente a los educandos y propender por una mejorar calidad de la
educación, del servicio y de vida en nuestra comunidad bagreña y Bajo Cauca Antioqueño.
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IDEARIO ETICO
TOLERANCIA: Es aceptar que somos diferentes, reconocernos en la diferencia, la
diversidad y la pluralidad.
JUSTICIA: Es dar a cada uno lo que le corresponde. Ser recto en el actuar, coherente
en el pensar, sensible con el otro e imparcial en el juicio frente al otro.
PARTICIPACION: Es el compromiso que tenemos como integrantes de la comunidad.
LEALTAD: Es sinceridad y fidelidad.
SENSIBILIDAD: Es percibir los valores y carencia de los demás.
TRANSPARENCIA: Es honestidad, coherencia en mi accionar, veracidad, lealtad y
sinceridad.
ETICA CIVILISTA: Tener sentido patriótico, valores cívicos.
HONRADEZ: Es el camino hacia la rectitud.
INTEGRIDAD: Es la suma de todos los valores.
SENTIDO DE PERTENENCIA: Es sentir la alegría de lo pequeño y de lo grande que se
gesta en nuestra institución.
Los valores anteriores serán fortalecidos por medio de las siguientes acciones:
Trabajar un valor semanal
Realizando formación general y esta desarrollar una pequeña temática sobre el valor
para la semana.
Realización de carteleras
Los viernes evaluar la disciplina y las actividades del valor trabajado.
Mejorar el trato verbal.
Mejorar el trato físico.
Realización de actos cívicos resaltando los valores.
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SIMBOLOS INSTITUCIONALES
Crear o componer o componer el himno (mediante concurso) de la institución e in fundir el respeto por los símbolos.
La bandera debe llevar un símbolo que identifique la institución. Ejemplo una antorcha, una ramita de olivo.
Modificar la bandera con la siguiente franja:
LA BANDERA
VERDE
AMARILLO
BLANCO
- EL VERDE: Significa el nombre social de nuestra institución. - EL AMARILLO: Significa la riqueza del saber por medio de la educación. - EL BLANCO: Significa la paz y armonía, seguridad y sana convivencia que brinda
nuestra institución.
ESCUDO
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CAPITULO I
HORIZONTE INSTITUCIONAL
Artículo 1. VISIÓN
“Consolidarse institucionalmente y proyectarse como polo de desarrollo educativo en el año
2020, ofreciendo una educación integral, dinámica y armónica, que genere cambios
sustanciales en el futuro del desarrollo de El Bagre y la Subregión del Bajo Cauca.”
Artículo 2. MISIÓN
“Ofrecer el servicio educativo teniendo presente la formación de ciudadanos íntegros y de
bien, basados en una educación renovadora que propicia la creatividad, el respeto por la
diferencia, la investigación, el análisis, el sentido de pertenencia, pertinencia y en el
reconocimiento del pluralismo como forma de vida.”
Artículo 2. FILOSOFÍA
“Educar en la formación de los principios, éticos, morales, religiosos, culturales,
ambientales,científicos y académicos, que conlleven al educando hacia un desarrollo integral
para hacer hombres y mujeres de bien, cultos, pluralistas, críticos, flexibles, sensibles,
humanistas, dinámicos, investigadores y práctico en nuestra sociedad contemporánea, a
través de la educación por competenciascomo instrumento indispensable para que la
humanidad pueda progresar hacia los ideales de paz, la productividad, libertad y justicia
social.”
Artículo 3. LEMA
“Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien.”
CAPITULO II
MANUAL DE CONVIVENCIA INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA ESMERALDA
Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 22
OBJETIVOS INSTITUCIONALES
Hacer de la educación un proceso dinámico en la institución como trabajo y propósito
de todos.
Establecer las normas de la institución para así orientar el quehacer pedagógico y
cotidiano de la comunidad educativa.
Mejorar la calidad de la educación en la institución en pos de una mejor calidad de
vida.
Ofrecer una educación integral, eficiente, armónica y dinámica para la vida
productivade los educandos.
Dinamizar el ejercicio de los derechos, deberes, funciones y procedimiento en la
comunidad educativa.
Desarrollar en el educando hábitos de trabajo, estudio, investigación,
responsabilidad, honradez, pulcritud y puntualidad, al igual que las habilidades y
destrezas.
Velar porque el currículo atienda las exigencias de pertinencia social, cultural y
académica.
Promover y fortalecer la formación ciudadana.
Formar en los derechos humanos, sexuales y reproductivos en todos los niveles que
ofrece la institución educativa.
Minimizar el alto índice de embarazo a temprana edad y enfermedades de
transmisión sexual.
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Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 23
CAPITULO III
MARCO LEGAL
La Constitución Política y la Ley 1098 de 2006 de nuestro país establecen unos nuevos
principios sobre la base del respeto a los derechos humanos, la tolerancia, la convivencia y la
participación como fuentes de la democracia y de la paz (constitución política de 1991, art.
18, 19, 27, 67 y 68)
La ley 115 de 1994, dando respuesta a la Carta Magna que guía los destinos de nuestra
nación, propende y hace una propuesta educativa que parte de la autonomía y participación
de todos los que conforman y hacen parte de los procesos educativos en una institución (ley
115, artículos 73 y 87)
De acuerdo con esta propuesta, el decreto 1860 del 3 de agosto de 1994 reglamenta en el
artículo 17 todo lo concerniente a la construcción de los Manuales de Convivencia para los
centros e instituciones educativas, a los que considera como parte integrante del Proyecto
Educativo Institucional.
La Ley 12 de 1991 establece que el estado se asegurará de que las instituciones, servicios y
establecimientos encargados del cuidado o la protección de los niños cumplan las normas
establecidas por las autoridades competentes, especialmente en materia de seguridad,
sanidad, número y competencia de su personal, así como en relación con la existencia de una
supervisión adecuada.
Y la Ley 1098 de 2006 que determina que las disposiciones vigentes, serán reconocidos a
todos los menores, sin discriminación alguna por razones de raza, color, sexo, idioma,
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Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 24
religión, opinión política o cualquier otra condición suya, de sus padres o de sus
representantes legales. Además expresa que todo menor tiene derecho a expresar su opinión
libremente y a conocer sus derechos. En consecuencia, en todo proceso judicial o
administrativo que pueda afectarlo, deberá ser oído directamente o por medio de un
representante, de conformidad con las normas vigentes.
MARCO CONCEPTUAL
ACOSO ESCOLAR O BULLYNG: Conducta negativa, intelectual, metódica y sistemática
de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, cohesión,
aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de
maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos, contra un niño, niña o
adolescente, por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantienen
una relación de poder asimétrico, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de
un tiempo determinado.
También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de
estudiantes contra docentes, ante la indiferencia o complicidad de su entorno. El
acoso escolar tiene consecuencias contra la salud, el bienestar emocional y el
rendimiento escolar de los estudiantes; sobre el ambientes de aprendizaje, el clima
escolar del establecimiento educativo.
CIBERBULLYNG O CIBER ACOSO ESCOLAR: Forma de intimidación con uso deliberado
de tecnologías de información (internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y
videojuegos online), para ejercer maltrato psicológico y continuado.
CAPITULO IV
PRINCIPIOS Y FUNDAMENTOS QUE ORIENTAN LA ACCION DE LA COMUNIDAD
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Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 25
Los conceptos que forman una norma, tienen que ser objetivos, por que describen o
son productos de la realidad, la experiencia, de la intervención responsable de los
diferentes estamentos que constituyen la institución educativa La Esmeralda.
Las normas serán equilibradas, justas y productivas; propiciarán la autoestima y el
respeto por los derechos de los demás. Este mecanismo evitará que se conviertan en
escudo para proteger a unos y armas para humillar a otros.
Las normas deben ser flexibles, adaptables a diferentes circunstancias y situaciones.
Deben revisarse periódicamente para que no queden desconectadas de la realidad y
la actualidad social que regulan. Deben atender las necesidades consensuales del
grupo social, considerando las diferentes dimensiones del ser humanoy estar
fundamentadas en valores.
CAPITULO V
LA COMUNIDAD EDUCATIVA
Artículo 1. ¿Qué es la comunidad educativa?
La comunidad educativa está conformada por todas las personas que de una u otra manera
participan en el proceso educativo, construyendo un proyecto común que tiene como
fundamento la identidad de la comunidad
Una comunidad educativa se caracteriza por:
1. Una vivencia clara de los principios y valores cotidianos.
2. Un compromiso constante por el mejoramiento.
3. Una participación activa y efectiva en los procesos pedagógicos.
4. Una actitud positiva y emprendedora frente a la institución educativa.
MANUAL DE CONVIVENCIA INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA ESMERALDA
Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 26
Artículo 2. ROLES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
La directiva de la Institución Educativa La Esmeralda asume el reto de consolidarse
como institución y proyectarse en El Bagre y Bajo Cauca Antioqueño, ofreciendo una
educación de calidad y excelente servicio hacia los alumnos, egresados y comunidad
en general, con la participación de todos los actores que intervenimos en el proceso
educativo.
El papel del docente en la Institución Educativa La Esmeralda es ser orientador y
facilitador en el proceso de enseñanza y aprendizaje que a través de la instrucción y la
formación integral, propicie aprendizajes significativos para la vida del educando.
Además, el docente es un fomentador en la adquisición de los valores éticos, morales
y académicos para la convivencia social a través del respeto por sí mismo y por los
demás; la solidaridad; el espíritu cívico: amor por los símbolos patrios y por la patria;
la participación comunitaria; la protección del medio ambiente y de los recursos
naturales; la cultura propia; la tolerancia; la responsabilidad; el compañerismo; la
presentación personal y el respeto por los derechos humanos y así crear un clima
favorable para el desarrollo auto sostenible de la comunidad.
El papel del educando en la institución, es ser centro del proceso de enseñanza
aprendizaje como coinvestigador y sujeto activo del quehacer pedagógico,
desempeñando una función insustituible, que hace más interdependiente y decisiva a
medida que asciende en los diversos niveles y grados de complejidad del sistema
educativo para formarse integralmente y obtener una persona útil a la sociedad.
El papel de los padres de familiaestá ligado al deber responsable de instruir y formar
al niño desde el hogar que es su primera escuela y radio de acción en la vida social.
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Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 27
Los padres de familia deben vincularse directamente en la vida de la institución,
participando activa y decididamente en las actividades que se programen en la
institución para lograr un desarrollo educativo integral en sus hijos, ya que es deber
según la Constitución Política de Colombia.
Artículo 3. Quiénes conforman la comunidad educativa
La comunidad educativa tiene como eje central al estudiante, quien participa en ella activa y
comprometidamente; en su beneficio se conectan los esfuerzos de los diferentes
estamentos:
1. La localidad del Barrio La Esmeralda como medio interactivo entre la institución y su
entorno.
2. Sector productivo: desde el ámbito económico, son gestores y promotores que
afectan e inciden en el desarrollo integral y la vida del estudiante.
3. Las familias: gestores y constructores de la formación de sus hijos.
4. Los docentes: acompañantes y orientadores de los procesos de crecimiento de cada
uno de los estudiantes.
5. Los estudiantes que son el centro del proceso educativo y la razón de ser de nuestra
institución educativa.
6. Los directivos docentes: encargados de dinamizar los procesos y motivar la acción
educativa.
7. El personal administrativo: que con su trabajo da testimonio de responsabilidad, buen
trato y sentido de pertenencia por la institución.
8. El psico-orientador: desde el ámbito profesional apoya el mejoramiento continuo de
la calidad educativa.
9. El personal de servicios generales: formadores de la comunidad desde sus labores
indispensables e imprescindibles para la institución.
10. Los egresados: canalizadores de las acciones educativas y gestores de los nuevos
procesos en la realidad nacional.
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Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 28
CAPITULO VI
MANUAL DE CONVIVENCIA
El Manual de Convivencia de la Institución Educativa La Esmeralda tiene su piso jurídico en la
Constitución Política de Colombia del 1991, en los Artículos N°. 73 y 87 de la Ley General de
Educación, los Decretos 1860 de 1994, el 1850 de 2002 y el 1290 de 2009, la Ley 715 de 2001,
el código de la infancia y la adolescencia (Ley 1098 de 2006) y demás normas reglamentarias
para este fin.
La Institución Educativa La Esmeralda favorece la construcción y los ajustes al manual de
convivencia de manera concertada, con la participación democrática del gobierno escolar y la
comunidad educativa para dinamizar la convivencia pacifica a través de los deberes,
derechos, funciones y procedimientos de todos los actores en términos de reciprocidad y de
equidad, sin perder de vista los objetivos, ni las metas como propósitos del proyecto
educativo institucional.
Además, este acuerdo tendrá presente otras normas vigentes como el Decreto
Departamental No.1423 del 6 de mayo de 1993, las Circulares No.19 del 14 de marzo de 1994
y la No.42.de 1984 en la parte conceptual más no su procedimiento y las necesidades de los
educandos y comunidad. Y el fallo de la Corte Constitucional donde insta a detallar las
normas que orientan y regulan el ejercicio de libertades, derechos y responsabilidades en el
establecimiento.
Para nuestra institución, el Manual de Convivencia Social representa un ideario para la vida
de todos los miembros de la comunidad, pues, aunque hable de procedimientos, funciones y
sanciones, su objetivo fundamental consiste en el reconocer y plasmar de una identidad y un
proyecto de vida.
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Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 29
El Manual nos proporciona unos principios generales de los que se derivan lógicamente las
normas y los procedimientos a seguir en los diferentes casos que puedan presentarse,
permitiéndonos una mejor integración y una mayor eficiencia en el quehacer educativo.
El Manual, por último, contiene el compromiso claro de todos los miembros de la comunidad
educativa (estudiantes, educadores, padres de familia, o acudientes de los estudiantes,
egresados, directivos docentes y personal administrativo) fundamentado en el derecho a la
educación como un derecho-deber, con la identidad y Filosofía promulgada, asumida y vivida
por la institución en todas sus actividades.
Artículo 7. Objetivos específicos del Manual de Convivencia
1. Construir una familia conformada por la comunidad educativa cuyo principio de
vida se fundamente en una educación axiológica que personalice, humanice y
socialice.
2. Presentar una cosmovisión integral del hombre, de la vida, de su historia, del saber
y del mundo globalizado.
3. Considerar al estudiante como razón de ser de la institución educativa y como
centro de su acción educativa.
4. Orientar la formación de la familia educativa de tal forma que se tome conciencia
del valor de la persona, como sujeto de su propio desarrollo, como ser social,
activo, singular, autónomo y trascendente, capaz de dar respuestas acertadas a
situaciones imprevisibles en un mundo en constante cambio.
5. Valorar los recursos naturales dentro de una cultura ecológica, garantizando su
conservación, protección y utilización de una manera racional para el mejoramiento
de la calidad de vida. Para este propósito se desarrollará y se ejecutará el proyecto
de educación ambiental.
MANUAL DE CONVIVENCIA INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA ESMERALDA
Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 30
6. Desarrollar la creatividad e imaginación a través de expresiones lúdicas, artísticas,
deportivas, favoreciendo el uso adecuado del tiempo y asumiendo actitudes que
favorezcan al desarrollo físico y mental del individuo.
7. Inducir a la comunidad educativa a conocer el desarrollo histórico del hombre y su
devenir social, en lo científico, tecnológico, político, artístico, social, humanístico,
mediante procesos curriculares y extracurriculares.
8. Crear estrategias que posibiliten la apropiación de: el Manual de Convivencia y de
funciones, los programas curriculares y extracurriculares, los horarios y demás
elementos que proporcione la comunidad educativa, para el crecimiento personal y
la convivencia fraterna.
9. Favorecer el desarrollo de programas de proyección comunitaria que permitan el
bienestar y mejoramiento de la calidad de vida de las personas que habitan en
nuestro entorno.
10. Propiciar la formación de una cultura democrática a través de acciones y procesos
que lleven a la práctica de una ética ciudadana.
Artículo 1. ¿Para qué sirve el Manual de Convivencia?
Toda institución debe poseer unas normas claras que permitan su funcionamiento y que
faciliten las acciones que emprenda para la consecución de los logros propuestos. Por ello, es
indispensable que la comunidad se ponga de acuerdo en las normas, los canales y los
procedimientos que se han de utilizar para el manejo de las diversas situaciones, facilitando
la realización de las diversas actividades y la vida misma de la institución en un ambiente de
convivencia y entendimiento mutuos.
Las normas, los procedimientos y el cumplimiento de los deberes son las bases que nos
permitirán la consecución de las metas y los ideales que nos hemos fijado y, por
consiguiente, del crecimiento y maduración humana de los valores a que aspiramos todos los
MANUAL DE CONVIVENCIA INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA ESMERALDA
Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 31
miembros de ésta comunidad educativa, ya que son pilares fundamentales de nuestro
horizonte institucional
Artículo 2. ACCIONES CONTEMPLADAS EN EL MANUAL DE CONVIVENCIA
Manual de Convivencia instrumento legal, donde se plasmaron los acuerdos que se
convirtieron en leyes, que regulan el diario vivir de la Comunidad Educativa, dentro
de nuestra democracia participativa por parte del Gobierno Escolar de la Institución
Educativa La Esmeralda.
Acuerdo estrategia de participación democrática para llegar a entendimientos y
podernos comprender cada día, dentro los términos de reciprocidad, equidad y
justicia social.
Disciplina entendida como una práctica social que se da, no solo como regla
impuesta desde afuera, sino como una expresión de libre voluntad, sentida como
algo agradable y que debe guiar los buenos hábitos, costumbres y la autonomía.
Voluntad es un aspecto de control vigilante, que ejerce la conciencia y ayuda a que
seamos un caso de tendencias yuxtapuestas en nuestra vida escolar y familiar.
Hábito es la materialización de un comportamiento mediante el ejercicio
permanente del mismo, es decir, una disposición estable y adquirida.
Conducta es la actitud ó disposición de ánimo manifestada por el alumno, en
cualquier circunstancia.
Derecho es la facultad de hacer o exigir todo lo que la ley, la autoridad y la
comunidad establece a nuestro favor sin el detrimento de lo que la Constitución
Política de Colombia y el Derecho Internacional Humanitario establecen.
Deber es la facultad a que está obligado el hombre a cumplir por las normas
convenidas o por las leyes.
Correctivo pedagógico es la acción aplicada al alumno y/o padre de familia, a la luz
de la pedagogía para estimular el cambio de comportamiento.
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Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 32
Estimulo es el reconocimiento a las diferencias individuales y capacidades del
alumno, para superarse y auto-determinarse.
Responsabilidad es la obligación a responder por nuestras acciones de acuerdo a lo
establecido en este Manual de Convivencia de la Institución Educativa La Esmeralda y
leyes colombianas.
Valor es el conjunto de cualidades que forman la personalidad y permiten la
convivencia pacifica en la tolerancia y el respeto mutuo.
Criterios son los elementos de juicio que permiten el interactuar en el Colegio y en
cualquier parte de la vida.
Evaluación, esta ya no se concibe solamente con la mirada de los cuantitativo sino
desde lo cualitativo que requiere necesariamente de un proceso de preparación,
formación y cualificación de los maestros en esa materia.
La evaluación en la INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA ESMERALDA se hará con referentes
cualitativos, donde predominen las descripciones, las observaciones de los
educandos, no solamente en el aspecto cognoscitivo, sino de todo su proceso de
formación integral.
Procesos, se entiende por una sucesión de etapas concatenadas que se dan en el
mismo tiempo y conducen a resultados progresivos, susceptibles de constituirse en
puntos de partida de otros procesos.
Resultados, son las consecuencias o productos de los procesos que persigue la
comunidad educativa, que a su vez, pueden ser objetos, estados o relaciones. A nivel
educativo, son los conocimientos, habilidades, aptitudes, valores, entre otros; todo lo
cual puede darse en relación con cualquiera de las manifestaciones de la cultura en
los estudiantes o en la saciedad que anhelamos.
Jornada laboral es el tiempo que deben cumplir los docentes directivos y docentes de
los establecimientos oficiales de Educación Pre-escolar, Básica y Media Vocacional y
dedicarlo a las labores especificadas de administración; al cumplimiento del
calendario académico y al desarrollo del currículo escolar; a la atención y preparación
de su asignación académica; a la investigación de asuntos pedagógicos; a las labores
MANUAL DE CONVIVENCIA INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA ESMERALDA
Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 33
de orientación, disciplina y formación de los alumnos, todo de acuerdo con los
reglamentos y ordenes de las autoridades educativas competentes.
Asignación académica es el tiempo que dedica el docente para el desarrollo de las
áreas o asignaturas que le fueron encomendadas por el rector en el año escolar. El
cumplimiento de la asignación académica, no exime al docente de cumplir con la
jornada laboral ni la institucional.
Jornada institucional la establece el Consejo Directivo, para alcanzar los logros, metas
y fines fijados por la institución en sus propósitos de servicios con calidad, eficiencia y
contextualización. Todos los docentes están comprometidos con el cumplimiento de
la jornada institucional, con las responsabilidades asignadas en el Plan de Estudios,
en el Manual de Convivencia y en el P. E. I.
Promoción simple es cuando el estudiante a cumplido con todos los logros esperados
y propuestos en los planes de estudio de todas las áreas y acordados en el P. E. I.,
pero los que finalizan 9° y 11° deben estar a paz y salvo con los grados anteriores en
lo referente a los indicadores de desempeño esperados para obtener la certificación
y grado de bachilleres básicos y académicos.
Promoción controlada es la promoción de aquellos estudiantes que al finalizar un
grado pasan al siguiente faltándole logros o áreas por cumplir, y entran a un proceso
de nivelación y recuperación en el grado en el que fue promovido. Se exceptúan a
los estudiantes que terminan el grado 9° y 11° los cuales no se podrán graduar por
falta de documentación o quedar pendiente en el cumplimiento con los planes de
estudios y en especial en la obtención de indicadores de desempeño esperado
esperados.
Artículo 3. Perfil de los miembros de la comunidad educativa
Los perfiles de la comunidad educativa de la Institución Educativa La Esmeralda se
estructuran y diseñan en las notas más sobresalientes de la antropología bagreña. Propenden
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Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 34
por el mejoramiento continuo de los procesos educativos y formativos de los estudiantes y
comunidad en general.
Artículo 4. Perfil del Rector
El rector es la cabeza visible de la Institución Educativa y debe tener las siguientes
cualidades.
1. Debe ser una persona idónea para ejercer la función.
2. Que tenga capacidad de gestión.
3. Persona responsable.
4. Manejar con altura las relaciones interpersonales, con gran
Calidad humana.
5. Que sea una persona innovadora, dispuesta al cambio y que contribuya al
mejoramiento de la Institución.
6. Poseer capacidad para dirigir la preparación del proyecto educativo Institucional con
la participación de los distintos actores de la comunidad educativa.
7. Valorar e incentivar la labor de los educadores, coordinadores y los demás actores de
la comunidad educativa.
8. Apropiarse y tomar decisiones oportunas ante los problemas o conflictos
interpersonales, entre miembros de la comunidad educativa y llevar el debido
proceso.
9. Buscar estrategias que permitan la integración permanente que conlleva a mejorar las
relaciones interpersonales de docentes, alumnos y padres de familia de la Institución.
10. Gestionar capacitaciones para educandos, docentes, directivos docentes y personal
administrativo.
11. Ser una persona autónoma capaz de tomar sus propias dediciones ante las
circunstancias laborales.
12. Ser una persona democrática, equitativa y flexible.
MANUAL DE CONVIVENCIA INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA ESMERALDA
Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 35
13. Ser una persona humilde al dirigirse a los miembros de la comunidad educativa
14. Promotor del crecimiento de cada uno de los miembros de la comunidad educativa,
en pro de un mejor nivel de vida.
15. Líder en el proceso de la comunidad educativa.
16. Creador de lazos de comunicación entre los diferentes estamentos de la comunidad
educativa
17. Creativo, innovador, organizador, abierto al diálogo y al cambio.
18. Justo, reflexivo, sereno y ecuánime. Generoso y con visión futurista.
19. Receptivo de los aportes que surjan de la comunidad educativa.
20. Actualizado frente a los procesos educativos, políticos, sociales, culturales y
pedagógicos.
Artículo 5. Deberes del rector
1. Promover la vivencia axiológica dentro de la comunidad educativa.
2. Dinamizar el Proyecto Educativo Institucional.
3. Preocuparse porque que la programación institucional sea integral y facilite la
realización de la filosofía y objetivos de la Institución.
4. Participar en las reformas educativas y canalizar postulados, objetivos y políticas que
generen una orientación integral.
5. Promover todos los procesos de la comunidad educativa.
6. Mantener una actitud de escucha frente a las necesidades de la comunidad educativa.
7. Velar por el bienestar de los estamentos que conforman la comunidad educativa.
8. Velar porque los miembros de la comunidad sean coherentes en su actitud y
formación.
9. Propiciar el diálogo y ser conciliador entre los miembros de la comunidad educativa.
10. Gestionar oportunamente los elementos que requiere la institución para su buen
funcionamiento.
MANUAL DE CONVIVENCIA INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA ESMERALDA
Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 36
11. Crear el espacio para la comunicación directa con los estudiantes y los docentes de la
institución educativa.
12. Propiciar la integración con otras instituciones educativas oficiales y privadas.
13. Apoyar las actividades que se programan desde los diferentes departamentos.
Artículo 6. Derechos del rector
1. Recibir trato respetuoso por parte de todos los miembros de la comunidad.
2. Derecho al libre ejercicio de la profesión de acuerdo a lo consagrado en el artículo 25
de la constitución política de Colombia y la ley general de educación y sus decretos
reglamentarios.
3. Recibir capacitación oportuna y adecuada que redunde en el crecimiento de la
institución.
4. Dirigir la organización del P.E.I, con la participación de los distintos actores de la
comunidad educativa.
5. Recibir su salario oportuno de acuerdo a la ley.
6. Derecho a solicitar permisos con excusas justificadas,
7. Expresar inquietudes que mejoren el clima de unidad, fraternidad y convivencia en
forma, oportuna y justa.
8. En situaciones problemas se le debe tener en cuenta el debido proceso.
Artículo 7. Funciones del rector
Según el contenido de la Ley 715 de 2001 en su Artículo 10 las funciones del rector son:
1. Planear y preparar las reuniones de Docentes, Padres de Familia, Alumnos para
elección de los representantes al consejo Académico, Consejo Directivo de la
Institución.
2. Coordinar las reuniones del Consejo Académico, Consejo Directivo y demás órganos
del Gobierno Escolar.
MANUAL DE CONVIVENCIA INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA ESMERALDA
Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 37
3. Representar legalmente a la Institución Educativa LA ESMERALDA ante las
autoridades Educativas, Administración Departamental, Municipal y la Comunidad
Educativa.
4. Elaborar los planes Anuales de las actividades a realizar durante el año encaminado a
mejorar el servicio Educativo y dirigir la ejecución de los mismos.
5. Planear y dirigir el trabajo Pedagógico en reuniones de Docentes con el objetivo de
mejorar el servicio Educativo de toda la Institución.
6. Ejercer el control sobre el cumplimiento de las funciones de Docentes, Administrativo
y reportar las novedades que se presentan ante la Secretaria de Educación
Departamental o Municipal según el caso.
7. Conceder permiso por escrito hasta por tres días al personal Docente, Administrativo
y servicio asignado a la Institución Educativa.
8. Participar en la definición de perfiles para la Elección y Nombramiento de Personal
Docente y Administrativo de la Institución.
9. Ubicar a los Docentes según su especialización y necesidad del servicio de acuerdo a
las normas establecidas.
10. Realizar la Evaluación Anual de Desempeño a los Docentes, Directivos y personal
Administrativo de la Institución.
11. Realizar la distribución y asignación de la carga Académica, Horario de Clases y demás
Actividades Curriculares
12. Designar a los Docentes para recibir capacitación que les realicen a nivel Municipal y
regional de común acuerdo con los coordinadores.
13. Aplicar sanciones disciplinarias a los Docentes, Administrativos y Personal de Servicio
de acuerdo al control interno y las normas vigentes.
14. Administrar fondos de servicios Educativos y los recursos que por incentivos se le
asignen a la Institución Educativa.
15. Rendir un informe cada seis meses al Consejo Directivo sobre las gestiones realizadas
en toda la Institución Educativa.
MANUAL DE CONVIVENCIA INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA ESMERALDA
Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 38
16. Suministrar toda la información solicitada a nivel Municipal y Departamental en
forma oportuna y veraz.
17. Publicar cada seis meses en lugar público a los Docentes en cada área, so Horario de
clases y su carga Académica.
18. Elaborar un formato para el cumplimiento de la Jornada Laboral de los Docentes
dentro o fuera de la Institución.
19. Establecer criterios para dirigir la institución de acuerdo con las normas vigentes.
20. Elaborar el presupuesto general de la institución y someterlo a consideración del
Consejo Directivo de la Institución.
21. Elaborar los proyectos de adición presupuestal debidamente justificado y
presentarlos para aprobar frente al consejo directivo, así como también los proyectos
relacionados con los traslado presupuestales.
22. Presentar un informe de ejecución presupuestal al final de cada vigencia fiscal a las
autoridades educativas de la entidad territorial del establecimiento educativo que
tiene a su cargo, incluyendo el excedente de recursos no comprometido si los
hubiere.
23. Elaborar el flujo de caja estimado mes a mes, hacerle los ajustes correspondientes y
presentar los informes de ejecución por lo menos cada tres meses al consejo
directivo.
24. Orientar la ejecución del Proyecto Educativo Institucional y aplicar las decisiones del
gobierno escolar.
25. Administrar los bienes de la institución educativa en coordinación con la comunidad
educativa.
26. Orientar el proceso educativo con el consejo académico.
27. Supervisar las funciones de todos los miembros de la comunidad educativa.
28. Delegar sus funciones cuando esté ausente.
Artículo 8. Procedimientos del rector
MANUAL DE CONVIVENCIA INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA ESMERALDA
Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 39
1. El Rector convocará a los distintos actores de la Comunidad en los tiempos
establecidos por el calendario escolar emanado por la Secretaria de Educación para la
Cultura de Antioquia, el cual se destinará para realizar jornadas pedagógicas y realizar
los ajustes, cambios y mejoramiento al P.E.I en forma participativa y democrática.
2. Conformar el consejo Directivo dentro de los sesenta días calendario de iniciar el año
escolar.
3. Elegir el Consejo Académico en la primera reunión de docente.
4. Convocar al Consejo Académico, al Consejo Directivo y a la Comisión de Evaluación y
Promoción según lo programado en el Cronograma de Actividades
5. Al Rector le corresponde representar a la Institución en las reuniones de gobierno
Escolar, actos protocolarios, Eventos culturales y deportivos, ante las autoridades
educativas, y publica que lo requieran.
6. El Rector presentará cada año al Consejo Directivo los planes, programas y proyectos
que busquen el mejoramiento de calidad de educación y desarrollo Institucional para
su aprobación e inclusión en el plan operativo Anual (P.O.A)
7. El Rector realizará el control, y evaluación al manual de funciones de los Docentes,
Administrativos y personal de Servicio.
8. El Rector en coordinación con el Consejo Académico realizará periódicamente
revisión y evaluación a los planes, proyectos de área, jornada laboral, jornada escolar
y el cumplimiento eficiente de sus funciones.
9. Los permisos se darán por solicitud del docente cuando medie causa justa, con el
visto bueno del rector, el cual no podrá conceder permiso remunerado a docentes y
administrativos por más de tres días hábiles al mes.
10. En el mes de Octubre el Rector solicitará a la autoridad competente los docentes que
necesita indicando su perfil.
11. En el mes de Noviembre el Rector distribuirá y asignará la carga académica y la
jornada laboral de cada docente a su cargo, teniendo en cuenta su perfil académico
12. El Rector suministrará información precisa y oportuna cuando le sea solicitada por la
autoridad competente.
MANUAL DE CONVIVENCIA INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA ESMERALDA
Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 40
13. El Rector realizará un seguimiento a cada docente sobre su desempeño laboral y
pedagógico que servirá para la evaluación de desempeño anual.
14. Aplicar el debido proceso en las acciones sancionatorias a los docentes,
administrativos y educandos consagrados en el Manual de Convivencia, el P.E.I y las
normas vigentes.
15. El Rector comunicará a los padres de familia en Asamblea general y fijará en lugar
público en los primeros días del año escolar, la asignación académica, el nombre del
educador de cada área con su respectivo horario y jornada laboral.
Artículo 9. Perfil del Coordinador
Es el canal comunicativo entre el rector y demás miembros de la comunidad
educativa, además debe orientar y dirigir las diferentes actividades dentro de la
institución educativa.
Para ejercer con eficacia sus funciones deben tener las siguientes cualidades:
1. Debe ser una persona responsable.
2. Tener sentido de pertenecía.
3. Persona muy activa.
4. Que maneje buena relación con los miembros de la comunidad educativa.
5. Debe ser ejemplo de alumnos, educadores, padres de familia.
6. Debe ser una persona con liderazgo.
7. Debe ser una persona capaz de proponer alternativas de solución ante las
dificultades disciplinarías y académicas, sin salirse del conducto regular.
8. Aceptar sugerencias y valorarlas.
9. Ser una persona íntegra, trasparente y con ética profesional para manejar la
situación.
10. Ser una persona idónea.
11. Ser una persona democrática, equitativa y flexible
12. Manejar con altura y madurez las diferentes dificultades que se presenten
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Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 41
13. Ser una persona humilde al dirigirse a los miembros de la comunidad educativa.
14. Ser más prudente en el manejo de conflictos internos o personales
15. Conocer y manejar las normas vigentes
16. Protagonista de paz.
17. Dinamizador de la comunidad educativa.
18. Generador de diálogo.
19. Servidor de la comunidad.
20. Constante en la búsqueda de innovaciones científicas y pedagógicas.
21. Promotor de capacitación según los intereses de la comunidad.
22. Líder para la comunidad educativa.
23. Abierto al cambio.
24. Testimonio de relaciones humanas.
25. Equilibrado y sereno
26. Humilde y receptivo.
27. Hábil en la toma de decisiones.
28. Promotor de integración entre los miembros de la comunidad.
29. Creativo, innovador y dinamizador de los procesos pedagógicos.
30. Idóneo e inquieto por la actualización permanente en torno a todos los temas de
carácter pedagógico.
31. Entusiasta por su trabajo, aprecia y valora las opiniones de los demás.
32. Conciliador y orientador.
33. Ecuánime y justo.
34. Promotor de relaciones humanas.
35. Receptor de las necesidades de la comunidad educativa.
36. Orientador de las tendencias pedagógicas y del diseño curricular de la institución.
37. Practicar y promover las buenas relaciones humanas.
38. Orientador del Proyecto Educativo Institucional.
39. Ser más prudente en el manejo de conflictos internos o personales
40. Conocer y manejar las normas vigentes
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Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 42
Artículo 10. Deberes de los Coordinadores
1. Colaborar al rector en la organización, programación y ejecución de todas las actividades
que se realizan en la institución.
2. Colaborar al rector en la organización del gobierno escolar.
3. Velar por el cumplimiento de las funciones de cada uno de los estamentos de la
comunidad educativa.
4. Informar a la comunidad educativa en general las decisiones tomadas por los órganos del
gobierno escolar.
5. Liderar la orientación pedagógica y disciplinaria conjuntamente con el rector.
6. Reemplazar al rector en las secciones del consejo académico y directivo en su ausencia.
7. Coordinar la realización de las actividades recreativas y culturales que se desarrollen en el
plantel educativo y las diferentes sedes.
8. Definir y proponer estrategias para el buen funcionamiento de la Institución.
9. Participar en las comisiones que designe el rector.
10. Tener sentido de responsabilidad para responder con las exigencias Institucionales
11. Llevar la vocería de la comunidad educativa ante el rector.
12. Velar por la armonía, comunicación eficiente y buena marcha de la diferente sede que
conforma la institución.
13. Diseñar y poner en marcha proyectos pedagógicos de bienestar y funcionamiento de la
institución.
14. Asistir puntualmente a todos los actos programados en la institución y en cada sede.
15. Velar por la interiorización del manual de convivencia.
16. Fomentar las buenas relaciones entre todos los integrantes de la comunidad educativa.
17. Participar en el consejo académico.
18. Conocer y acompañar al estudiante en su proceso de formación.
19. Colaborar en la elaboración y ejecución del proyecto educativo institucional
20. Promover actitudes de fraternidad.
Artículo 11. Derechos de los coordinadores
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Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 43
1. Tener ayuda de la institución en la financiación de proyectos y/o programas para el
beneficio para la misma.
2. Derecho a recibir papelería en forma oportuna
3. A ser tratado con igualdad y equidad en todas las eventualidades institucionales.
4. A ser escuchado en descargo ante una presunta violación de obligaciones en
cumplimiento de su deber.
5. A representar a la institución educativa en los diferentes eventos que se programa en
el orden pedagógico, científico, cultural y deportivo.
6. A ser evaluado cualitativamente por el rector en su desempeño profesional en forma
justa y equitativa buscando ante todo el mejoramiento personal y profesional.
7. Derecho a ser tratado con respeto y dignidad.
8. A recibir el pago oportuno de su salario y sus prestaciones sociales, a las cuales tiene
derecho según la ley
9. Derecho que se le suministre los implementos necesarios para desempeñar como
directivo docente y utilizar bienes y enseres de la institución con fines pedagógicos.
10. Derecho a ser informado por parte del rector de actividades y decisiones
administrativas oportunamente.
11. Conocer las normas administrativas y académicas que rigen en la institución.
12. Respeto por sus derechos humanos, consagrados en la constitución y las leyes.
13. Ser estimulado y felicitado por sus logros obtenidos en el desempeño de sus
funciones.
14. Recibir un trato apropiado de sus superiores jerárquicos.
15. Respeto a su vida privada.
16. Ser miembro del consejo académico.
17. Recibir capacitación y actualización permanente que ayuden a mejorar su desempeño
directivo.
18. Derecho a disfrutar de permisos remunerados.
19. Recibir capacitación permanente.
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Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 44
20. Ser escuchado oportunamente por el rector de la institución, para exponer sus ideas e
inquietudes.
21. Ser informado oportunamente, sobre las modificaciones que surjan en las políticas
administrativas de la institución.
Artículo 12. Funciones de los coordinadores
Los coordinadores de la Institución Educativa La Esmeralda tendrán las siguientes funciones:
1. Representar al Rector en los eventos Sociales, Culturales, Educativos y Deportivos en
los establecimientos donde cumpla sus funciones.
2. Velar por el cumplimiento de la jornada Académica por parte de los Docentes en cada
una de las sedes.
3. Revisar cada mes, o cuando sea necesario, los libros reglamentarios de cada Docente.
4. Elaborar y Distribuir la asignación de los Actos Cívicos, Actos Culturales y Jornadas
Deportivas en cada Establecimiento Educativo y presentarlo al Rector para su
aprobación.
5. Suministrar en forma oportuna y veraz la información solicitada por el Rector.
6. Informar oportunamente al Rector sobre las anomalías presentadas con el personal
Docente, administrativos y de servicios generales de su respectiva sede.
7. Postular los Docentes para recibir capacitación o participación en talleres a nivel
Municipal y Regional teniendo en cuenta el área de especialización.
8. Participar con el rector en las diferentes evaluaciones de los docentes pertenecientes
a su establecimiento educativo.
9. Propiciar un ambiente de sana convivencia basado en el respeto, la colaboración y la
responsabilidad en el cumplimiento de los Deberes y Derechos de los Docentes,
Alumnos y padres de familia.
10. Realizar actividades Culturales, deportivas y sociales con los docentes y Alumnos de
cada sede e informar al Rector
11. Organizar conformar los diferentes comités en cada sede con su respectivo
cronograma
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Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 45
12. Planear y realizar reuniones por sede y jornada con los docentes para tratar asuntos
inherentes a la tarea educativa.
13. Suministrar al rector las evidencias para efectuar una evaluación justa y objetiva a los
miembros de la comunidad educativa.
14. Planear y organizar por sede, reuniones de padres de familia según lo amerite la
necesidad.
15. Presidir las reuniones del comité de evaluación y promoción de la institución.
16. Participar activamente en el direccionamiento estratégico de la institución.
17. Auxiliar y colaborar con el rector en las funciones propias de su cargo. Controlar La
asistencia, llegada y salida de estudiantes. Recibir las excusas presentadas por los
docentes y estudiantes para darles el trámite respectivo. Crear, de acuerdo con el
rector, los mecanismos necesarios para el control de la disciplina. Velar por el aseo de
salones, patios y servicios sanitarios.
18. Atender a padres de familia y estudiantes y ayudarles a resolver sus inquietudes
antes de que éstos se dirijan al rector.
19. Velar por el cuidado de pupitres, planta física, mobiliario en general y demás bienes
del colegio.
20. Asistir a los actos cívicos y comunitarios.
21. Velar por que la convivencia social favorezca el desarrollo integral de los estudiantes.
22. Determinar las direcciones de grupo para cada docente.
23. Estar en permanente comunicación con los docentes para analizar y dar solución a las
dificultades.
24. Revisar el manejo y uso adecuado del proceso educativo.
25. Mantener continua colaboración y comunicación con el rector.
26. Elaborar los horarios de los docentes, de los estudiantes y el horario de atención a
padres de familia.
27. Hacer parte del consejo académico, comité de calidad y comisión de evaluación y
promoción.
28. Las demás que le asigne el rector.
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Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 46
29. Delegar funciones en los docentes cuando esté ausente.
30. Autorizar por escrito a aquellas personas que no son padres de un estudiante y que
deben actuar como acudientes.
31. Ejecutar las decisiones tomadas por el Consejo Directivo sobre procesos
comportamentales de los estudiantes.
32. Administrar los toques de timbre para los cambios de clase.
33. Acompañar la realización de actividades o talleres para realizar con los estudiantes
cuando no se cuente con la presencia de los Docentes.
34. Llegar al establecimiento 15 minutos antes de iniciada la jornada escolar para
controlar el ingreso de los estudiantes a la institución.
35. Estar pendiente del aseo de los salones al finalizar la jornada escolar.
36. Ha3er el seguimiento académico y disciplinario de los estudiantes.
37. Autorizar las salidas de los estudiantes que pertenecen a nuestra institución educativa
cuando fuere necesario.
Artículo 12. Procedimientos de los coordinadores
1. Revisará y velará el cumplimiento del Cronograma anual de actividades y comunicará
permanentemente los ajustes que se hagan al mismo.
2. El Coordinador convocará a reunión extraordinaria al Consejo Académico a solicitud del
rector para analizar situaciones Académicas urgentes.
3. Coordinará con el rector y el Consejo Académico las reuniones programadas en el
Cronograma anual de actividades, para trabajar en jornadas pedagógicas y realizar los
cambios, ajustes de mejoramiento al proyecto Educativo Institucional en forma
concertada.
4. A solicitud del Rector, le corresponde al Coordinador asistirlo y/o representarlo en las
reuniones del gobierno escolar, actos protocolarios, eventos culturales y deportivos,
antes las autoridades educativas, jurídicas y públicas que lo requieran.
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Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 47
5. Apoyar al Rector en la presentación al Consejo Directivo cada año, los planes, programas
y proyectos que contribuyan al mejoramiento de la calidad de la educación y desarrollo
Institucional para su aprobación e inclusión en el plan operativo anual (POA).
6. Revisar periódicamente según lo establecido o cuando se considere pertinente el diario
de campo o control de clases dictadas por los docentes.
7. Reunirse periódicamente con el rector para evaluar los avances y dificultades que se
presenten en la institución.
8. Realizar un seguimiento académico y disciplinario de los estudiantes.
9. Dar visto bueno a los permisos por escrito a solicitud de los docentes y administrativos
por tiempo menor de un día.
10. En Coordinación con el Rector presentar por escrito ante quien corresponda las
necesidades de la sede o Institución.
11. Informar permanentemente las necesidades e irregularidades del personal administrativo
y docente al Rector.
12. En el mes de Enero de cada año en el trabajo de desarrollo Institucional, trazar y
establecer metas de calidad para el mejoramiento continuo de los procesos Educativos.
Artículo 13. Perfil de los Docentes
1. Conocer la filosofía de la institución y comprometerse con ella.
2. Tener un alto sentido de pertenencia hacia la institución.
3. Tener un gran sentido de respeto por los demás, especialmente por los estudiantes.
4. Gran capacidad de diálogo y comunicación.
5. Ser imparcial en la toma de decisiones.
6. Tener espíritu de superación constante, especialmente en lo relacionado con su saber
específico y las habilidades pedagógicas para transmitirlo a sus estudiantes.
7. Destacarse en valores tales como: compromiso, espíritu de servicio a la comunidad,
responsabilidad, comprensión, respeto, tolerancia y sensibilidad ante el valor de la
vida de los demás.
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Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 48
8. Poseer un proyecto de vida claramente definido, en el que su profesión sea el eje
central.
9. Promotor de las relaciones participativas, democráticas de igualdad y dialogo.
10. Ser prudente en el manejo de las relaciones afectivas entre compañero y estudiantes.
11. Tener una adecuada y excelente presentación personal de acuerdo a su labor.
12. Ejemplo de vida, y comprometido con su quehacer educativo.
13. Consciente de su vocación humana en su misión de educador.
14. Creativo y dispuesto al cambio.
15. Humilde y tolerante.
16. Afectuoso y sensible.
17. Crítico e investigador.
18. Dinámico y entusiasta.
19. Ejemplo de amor y servicio.
20. Interprete de la realidad social.
21. Comprometido con el proyecto educativo institucional.
22. Dinamizador de procesos.
23. Justo, equilibrado, conciliador y solidario.
24. Con capacidad de entrega y generosidad en su labor educativa.
25. Que conozca y vivencie el horizonte institucional.
Artículo 14. DEBERES DE LOS EDUCADORES Son deberes de los Docentes los establecidos en la Constitución Nacional, en el Artículo 44 del Decreto No. 2277 de 14 de septiembre de 1979 “Estatuto Docente”, en el Artículo 41 del Decreto No. 1278 de junio 19 de 2002, y el Código Único para los servidores públicos y son:
1. Cumplir la Constitución Política y las leyes colombianas.
2. Cumplir e inculcar en los educandos el deseo de cumplir las leyes, el amor a los
valores históricos y culturales de nuestra nación así como el respeto a los símbolos
patrios.
3. Dar un trato cortés, tolerante y respetuoso a todos los miembros de la comunidad
educativa.
4. No poner apodos o sobrenombres a ningún miembro de la comunidad educativa.
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Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 49
5. Cumplir sus tareas con espíritu de solidaridad y unidad de propósitos.
6. Velar por el mejoramiento continuo de la calidad educativa, exponiendo sus ideas y
opiniones de manera amable y respetuosa en los espacios destinados para tal fin.
7. Ejecutar todas aquellas órdenes dadas por los directivos docentes que sean
inherentes a su cargo.
8. Aplicar el Manual de Convivencia y el debido proceso para solucionar situaciones
problemáticas en los aspectos académicos y de comportamiento con los educandos y
los demás miembros de la comunidad educativa.
9. Cumplir con la jornada laboral y dedicar la totalidad del tiempo reglamentario a las
funciones propias de su cargo.
10. Entregar en caso de ausencia- la excusa justificada por escrito y sus respectivos
soportes.
11. Presentarse puntualmente al aula de clase y a las demás actividades que sean
programadas por la institución.
12. Velar por la conservación de documentos, útiles, equipos, muebles y bienes que le
sean confiados.
13. Solicitar permiso por escrito para ausentarse de la institución educativa al
coordinador de la jornada, si la ausencia es inferior a una jornada de trabajo.
14. Solicitar permiso escrito para ausentarse de la institución educativa al rector de la
institución, si la ausencia es igual o superior a una jornada de trabajo.
15. Ejecutar las clases conforme a los planes de estudio estipulados en el Proyecto
Educativo Institucional.
16. En la jornada laboral debe atender las actividades escolares, a saber: preparar y dictar
las clases, corregir pruebas de conocimientos de los educandos, organizar actos
culturales, cooperar en la supervisión de la disciplina de los alumnos y atender
individualmente a los estudiantes en sus consultas académicas.
17. Ayudar a administrar el establecimiento, colaborar y acompañar las actividades
deportivas, culturales, ecológicas y de psicorientación.
18. Evaluar a los educandos de acuerdo a lo establecido en el Decreto 1290 de 2009.
19. Manejar éticamente las notas y las decisiones tomadas a nivel académico y
comportamental.
20. Llevar los libros reglamentarios (control de asistencia, planeación, plan de aula, ficha
de observador del alumno, auxiliar de calificaciones, etc.) diligenciarlos de manera
impecable y entregarlos oportunamente cuando les sean solicitados por la institución.
21. Presentar puntual y responsablemente los informes requeridos por la institución:
notas, actas, diario de campo y planillas, entre otros, en el tiempo que indique el
cronograma anual de actividades.
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Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 50
22. Mantener una adecuada higiene y presentación personal.
23. Seguir el conducto regular para solucionar problemas y aclarar cualquier tipo de
información.
24. Ejecutar y desarrollar las acciones de orientación grupal y de carácter formativo,
propuestas por la rectoría y la coordinación de la jornada.
25. Coordinar el orden, aseo y convivencia en el aula de clase e informar oportunamente
sobre las irregularidades que se presenten.
26. Ser respetuoso y prudente en las relaciones con los educandos.
27. Atender a los educandos en sus reclamos y tener en cuenta sus ideas e inquietudes.
28. Aclarar todas aquellas dudas de carácter académico que persisten en los estudiantes
de manera amplia y suficiente.
29. No intimidar ni chantajear a los estudiantes por su rendimiento académico o
comportamental.
30. Tener una disposición permanente para asignar y recibir las actividades de
recuperación.
31. Ser respetuoso y discreto cuando existan relaciones románticas o afectivas entre
docentes y/o directivos docentes al interior de la institución.
32. Poner el teléfono celular en modo de vibración y hacer o recibir llamadas solo en
casos de real urgencia y sin exceder un tiempo prudencial.
33. No ingerir bebidas ni alimentos al interior de la clase, excepto agua.
34. No utilizar los servicios de los estudiantes para llenar documentos que solo le
competen a él.
35. Los demás que para el personal docente determinen las leyes y los reglamentos
ejecutivos.
Artículo 15. DERECHOS DE LOS EDUCADORES
Son derechos de los Docentes los establecidos en la Constitución Nacional, en el Artículo
36 del Decreto No. 2277 de 14 de septiembre de 1979 “Estatuto Docente”, en el Artículo
37 del Decreto No. 1278 de junio 19 de 2002, y el Código Único para los servidores
públicos y son:
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1. Participar en los programas de capacitación, bienestar social y gozar de los estímulos de
carácter profesional y económico.
2. A la información clara y oportuna a cerca de la programación, eventualidades y
disposiciones a seguir en el proceso educativo.
3. Disfrutar de vacaciones remuneradas.
4. A un debido proceso en caso de dificultades o hechos que contraríen la ley.
5. Solicitar y obtener permisos, licencias y comisiones, de acuerdo con las disposiciones
legales pertinentes.
6. Ser respetado en su integridad física, su moral y su vida privada.
7. Formar asociaciones sindicales con capacidad legal para presentar a sus afiliados en la
formulación de reclamos y solicitudes ante la autoridades del orden nacional y
seccional.
8. Participar activamente en la elaboración de programaciones y planeación de
actividades de la institución y del grupo a su cargo.
9. A estar vinculado a un régimen de seguridad social y a disfrutar de un ambiente
agradable.
10. Recibir los implementos necesarios para desempeñar su labor eficiente y eficazmente.
11. Utilizar materiales y los espacios adecuados, para el buen desempeño de su labor
pedagógico.
12. A la autonomía dentro del área siempre, cuando esté dentro del plan de estudio y la
ley.
13. Ser atendido y escuchado para justificar la ausencia en su jornada de trabajo.
14. A tener seguridad dentro de la institución.
15. Percibir oportunamente la remuneración asignada para el respectivo cargo y
grado del escalafón.
16. Obtener el reconocimiento y pago de las prestaciones sociales de ley.
17. Ascender dentro de la carrera docente.
18. De equivocarse y rectificar, sin ser censurado por los involucrados.
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Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 52
19. Permanecer en el servicio y no ser desvinculado o sancionado sino de acuerdo con
las normas y procedimientos que se establecen en el presente decreto.
20. Derecho a la libertad de expresión, libertad de culto o de creencia según el Articulo
18,19 de la Constitución Política de Colombiana.
21. Los demás establecidos o que se establezcan en el futuro.
Artículo 16. Funciones de los docentes
Los docentes de la Institución Educativa La Esmeralda, dependen directamente del
Coordinador y por relación de autoridad funcional del Rector de la Institución.
Sus funciones son:
1. Elaborar las mallas curriculares que contengan: área, eje generador, pregunta
problematizadora, ámbito conceptual, unidad, competencias, estrategias de enseñanzas,
estrategias evaluativas en cada área del plan de estudios según su especialidad o grupo
asignado.
2. Planear, dirigir, y orientar las actividades en el proceso de enseñanza para el desarrollo
formativo integral de los alumnos.
3. Planear, dirigir y controlar el proceso de evaluación de acuerdo a lo dispuestos en el
Decreto 1290 sobre el tema.
4. Planear, dirigir y desarrollar las actividades de recuperación de los alumnos en sus
respectivas áreas y en el tiempo estipulado.
5. Presentar oportunamente y bien diligenciada las planillas e informe académicos de los
alumnos en su área.
6. Conformar y participar activamente en los comités que se organicen en el
establecimiento o institución.
7. Conformar el Consejo Directivo o el Consejo Académico cuando sea elegido para ello.
8. Participar y asistir en los actos de comunidad que se programen en la Institución
9. Asistir, y participar en las reuniones de docentes que se realicen.
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10. Atender en forma cortes a los padres de familia cuando necesiten alguna información.
11. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales
confiados a su manejo.
12. Cumplir con la jornada laboral y la asignación académica de acuerdo a lo establecido en el
Decreto 1850.
13. Ejercer la dirección de grupos cuando le sea asignado.
14. Presentar informes al Consejo Académico sobre el rendimiento académico en su
respectiva área.
15. Informar al respectivo director de grupo los casos especiales de comportamiento que se
presenten con los alumnos.
16. Procurar mantener dentro y fuera del aula un buen ambiente de armonía, respeto que
con lleven a una sana convivencia y solidaridad.
17. Servir como apoyo en momentos de ausencia del director de grupo para llevar a cabo los
procesos académicos y disciplinarios.
18. Colaborar activamente en todas las actividades programadas por la institución todos los
educadores para alcanzar resultados positivos.
19. Mantener una adecuada dinámica en el proceso académico y formativo de los
estudiantes.
20. Llevar un seguimiento ordenado de la programación de área según las orientaciones del
plan de estudios de la institución.
21. Controlar la asistencia de los estudiantes y presentar el informe cada mes o cuando sea
solicitado, a la coordinación de la institución.
22. Tener el registro claro y concreto de los estudiantes que llegan tarde o faltan a clase. Esta
información debe ser avisada al director de grupo quien iniciará con el estudiante el
proceso de seguimiento, en común acuerdo con el coordinador. Todo debe ser anotado
en el anecdotario del estudiante.
23. Realizar una evaluación permanente, cualitativa e integral.
24. Mantener un diálogo permanente con los estudiantes sobre la evolución de su proceso
formativo.
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25. Responder por la seguridad y el uso adecuado de los equipos y materiales confiados a su
manejo.
26. Orientar el comportamiento de los estudiantes en filas, actos cívicos, salones, descansos
y en todas las actividades programadas.
27. Velar por el buen uso de la planta física y mobiliario de la institución.
28. Apoyar y orientar la realización de proyectos de investigación propuestos por los
estudiantes.
29. Involucrar al padre de familia en el proceso formativo del estudiante.
30. Salir de último a las horas de descanso y cuando termine la ultima hora de clase.
31. Cuando termine su hora de actividades pedagógicas dejar limpio el salón para la
siguiente.
32. Asistir a todas las actividades programadas por la institución y estar al frente de los
estudiantes junto con los directores de grupo.
33. Acompañar los descansos de los estudiantes según lo acordado con la coordinación.
34. En las celebraciones Eucarísticas el docente, a quien corresponda estar en clase debe
asistir acompañando al curso (Esto no es obligación solo del titular o docente de religión)
35. Hacer las anotaciones en el libro de eventos significativos e informar al titular y a quien
corresponda de las anomalías que observe en los estudiantes, así como de los aspectos
positivos y logros que estos están consiguiendo durante su proceso de formación.
36. Velar por el cumplimiento del Manual de Convivencia.
37. Respetar la idiosincrasia de cada uno de los miembros de la comunidad educativa, de
acuerdo a los parámetros constitucionales y legales.
Y las demás funciones que el Rector y/o Coordinador crean convenientes para la mejor
marcha de la institución.
Artículo 17. Funciones de los docentes de disciplina semanal.
1. Llegar al establecimiento 15 minutos antes de iniciar la jornada escolar para controlar
el ingreso, los uniformes y comportamiento de los estudiantes.
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2. Controlar la llegada, y la salida de los estudiantes durante la jornada de estudio.
3. Realizar reunión general de alumnos, para dar información o para hacer
observaciones a todo el personal, cuando las circunstancias lo ameriten. Esta
actividad se hará el primer día hábil de la semana.
4. Solicitar al coordinador la autorización para enviar grupos para la casa cuando se
adelanten clases o cuando las circunstancias así lo ameriten.
5. Realizar con sus estudiantes, el aseo general de la Institución y controlar el aseo de
los salones y el cuidado de los enseres y elementos de aseo. Esta actividad se hará en
un tiempo de cinco (5) minutos después de cada descanso.
6. Resolver los casos de indisciplina que se presenten en las respectivas jornadas en
coordinación con el director de grupo respectivo.
7. Tocar el timbre para la entrada y salida de la jornada escolar y para el cambio de cada
una de las clases.
8. Informar al coordinador las irregularidades que observe en los descansos con relación
a la vigilancia de los espacios pedagógicos por parte de los docentes.
Artículo 18. El director de grupo
Es la persona nombrada por la dirección administrativa de la institución, para dirigir el
proceso y toda la dinámica de un grupo. Debe poseer todas las características que forman el
perfil del docente de nuestra institución, con todos sus deberes y derechos.
Artículo 19. Funciones del director de grupo
Los docentes de la Institución Educativa La Esmeralda que sean asignados como Directores
de Grupo tendrán las siguientes funciones:
1. Planear, dirigir y orientar planes de formación personal que busquen como objetivo
primordial el desarrollo personal de su grupo para formar ante todo hombres y mujeres
de bien.
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2. Orientar a los alumnos en la toma de decisiones y el conducto regular que deben seguir
para solucionar sus problemas o resolver las inquietudes que se le presenten.
3. Establecer comunicación permanente con los docentes y padres de familia o acudiente
para conocer todo lo referente al comportamiento y formación de los alumnos de su
grupo.
4. Promover el análisis de las situaciones conflictivas que se presentan con los alumnos de
su grupo a través del -dialogo, la concertación y los acuerdos.
5. Diligenciar las fichas de control y seguimiento que se lleven en la institución.
6. Presentar información oportuna sobre su grupo cuando sea requerida por el Coordinador
o Rector.
7. Ser el animador, orientador y coordinador de las actividades a realizar con los
estudiantes.
8. Estructurar con sus estudiantes el proyecto de aula.
9. Delegar en los estudiantes funciones pertinentes a la dinámica del curso.
10. Promover una actitud de cuidado, limpieza y respeto por el aula de clase.
11. Organizar y acompañar a sus estudiantes en actividades académicas, cívicas, culturales y
deportivas.
12. Planear anticipadamente las reuniones de padres de familia de acuerdo con las pautas
dadas por la rectoría y/o coordinación.
13. Presentar los informes académicos y formativos de los estudiantes a los padres de
familia.
14. Mantener una actitud entusiasta frente al desarrollo del proyecto educativo institucional.
15. Ser mediador en las situaciones especiales que se presenten en el proceso formativo de
los estudiantes.
16. Controlar la asistencia de los padres de familia o acudientes a reuniones, informar de los
problemas suscitados o sugerencias para la buena marcha general del curso.
17. Presentar un informe periódico sobre la marcha del curso.
18. Estar pendiente de las ausencias y llegadas tarde de los estudiantes de su curso, anotar
en el libro de convivencia y si es el caso iniciar con el coordinador el proceso disciplinario.
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Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 57
19. Enfocar las direcciones de grupo hacia la formación en valores, el crecimiento personal y
la solución de conflictos.
20. Controlar que los estudiantes de su grupo estén a paz y salvo con la institución antes de
hacer entrega de documentos.
21. Velar, diariamente, por el buen estado del mobiliario de su grupo y por el aseo del salón.
Responder por lo que se le entrega al principio de año.
22. Informar con anticipación a la coordinación sobre el rendimiento académico grupal e
individual de los estudiantes del grupo al cual dirige.
23. Motivar y estimular el crecimiento académico y personal de los estudiantes.
24. Conocer la situación personal y familiar de los estudiantes.
25. Sugerir a los Coordinadores la remisión de estudiantes al psico-orientador.
26. Revisar todos los días el salón de sus estudiantes y velar por el buen estado de los
salones.
27. Cumplir y hacer cumplir el Manual de Convivencia de la institución.
Artículo 20. Procedimientos de los directores de grupo
1. Realizar orientaciones a su grupo, un día a la semana
2. Realizar reuniones extraordinarias de padres de familia de su grupo, cuanto las
circunstancias así lo ameriten.
3. Informar al Coordinador o Rector de los alumnos que se retiran o de los que presentan
una inasistencia muy grande.
4. Ser miembro de la Comisión de Evaluación y Promoción de su grupo correspondiente.
5. Informar permanentemente al Rector o Coordinador de las novedades o irregularidades
del grupo asignado.
6. Reunirse con los demás docentes para resolver o analizar situaciones académicas o de
comportamiento con los alumnos de su grupo.
7. Presentar mensualmente a coordinación el informe de Ausentismo de los estudiantes de
su grupo.
DOCENTE ORIENTADOR
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COMPETENCIAS FUNCIONALES AREA DE GESTIÓN COMPETENCIA DESEMPEÑOS DIRECTIVA 1. Planeación y organización a) Participa en la formulación, revisión y actualización del Proyecto Educativo Institucional, del Plan Operativo Anual y del Programa que promueve ambientes escolares adecuados para el desarrollo humano de los estudiantes y su integración con los demás estamentos y grupos. b) Contribuye en el proceso de evaluación de los resultados de la gestión y definición de los planes de mejoramiento institucional continuo. c) Colabora en la definición de formas y canales de participación de la comunidad educativa para el cumplimiento de los objetivos institucionales. 2. Construcción del clima escolar a) Colabora con la dirección de la institución para crear un adecuado clima organizacional favorable para los procesos académicos y administrativos. b) Desarrolla estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia institucional. Orientaciones y Protocolo para la evaluación del periodo de prueba del Docente Orientador ACADEMICA 3.Diagnóstico y orientación del ajuste psicológico, social y académico de los estudiantes. a) Atiende la consulta personal sobre aspectos psicológicos y sociales demandados por estudiantes y padres de familia. b) Evalúa y monitorea psicopedagógicamente a los estudiantes remitidos por los docentes y determina el curso de acción. c) Asesora el diseño de estrategias e instrumentos de evaluación acordes con las características de los estudiantes. d) Identifica factores de riesgo psicosocial que afectan la vida escolar de los estudiantes y propone estrategias de intervención. e) Diseña e implementa estrategias de orientación vocacional y desarrollo de carrera. f) Presenta informes para las instancias colegiadas en las que se definen políticas académicas.
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COMUNITARIA 4.Convivenciainstitucional a) Diseña y pone en marcha la escuela de padres para apoyar a las familias en la orientación psicológica, social y académica de los estudiantes. b) Promueve la convivencia y la resolución pacífica de los conflictos suscitados en la vida escolar de los estudiantes. c) Promueve el buen trato y las relaciones armónicas entre los miembros de la comunidad Educativa. d) Establece relaciones con distintas instituciones para intercambiar experiencias y recibir apoyo en el campo de la orientación escolar. DOCENTE ORIENTADOR COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES COMPETENCIA DEFINICIÓN 1. LIDERAZGO Orienta a los diferentes estamentos de la institución educativa en la comprensión, intervención y seguimiento oportuno de las manifestaciones psicosociales individuales o grupales de los miembros de la comunidad educativa. c) Participa en la definición de programas orientados al desarrollo de la cultura organizacional de la institución educativa. Orientaciones y Protocolo para la evaluación del periodo de prueba del Docente Orientador 2. SENSIBILIDAD INTERPERSONAL Percibe y se motiva ante las necesidades de las personas con quienes interactúa y procede acorde con dichas necesidades. 3. COMUNICACIÓN ASERTIVA Escucha a los demás y expresa las ideas y opiniones de forma clara, usa el lenguaje escrito y/o hablado de forma asertiva y logra respuestas oportunas y efectivas de sus interlocutores para alcanzar los objetivos que beneficien a la comunidad educativa en todas sus formas de composición y organización. 4. TRABAJO EN EQUIPO
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Participa en actividades de equipo y promueve acciones e iniciativas que estimulen la cooperación efectiva, la participación productiva entre los integrantes de la comunidad educativa. 5. NEGOCIACIÓN Y MEDIACIÓN Identifica los conflictos y promueve la resolución pacífica de éstos, con el fin de propiciar un clima de entendimiento y reconocimiento de las diferencias.
Artículo 21. Perfil del Personero estudiantil y Contralor
1. Ser prudente con las relaciones afectivas fuera y dentro de la institución
2. Tener un alto sentido de pertenencia hacia la institución
3. Liderazgo positivo en la búsqueda de mejorar la convivencia en el plantel
4. Tener excelente comunicación, manifiesta en buenos modales y respeto a los
miembros de la comunidad educativa
5. Tener espíritu cívico
6. Ser modelo de tolerancia, respeto, responsabilidad y cumplimiento del deber
7. Promover el cumplimiento de los deberes y derechos de los estudiantes.
Artículo 22. Funciones del personero
El personero de los estudiantes de la Institución Educativa, es elegido por votación popular
en las dos sedes con sus tres jornadas y tendrá las siguientes funciones:
1. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes para lo cual
podrá utilizar los medios de comunicación interna de la Institución.
2. De común acuerdo con los coordinadores y docentes realizar actividades recreativas,
deportivas y culturales que busquen la integración Institucional e interinstitucional.
3. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre las lesiones a
sus derechos.
4. Presentar al Rector o Coordinador según sus competencias, las solicitudes o peticiones
que considere necesario para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el
cumplimiento de sus deberes.
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Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 61
5. Apelar al Consejo Directivo cuando sea necesario, las decisiones del Rector o Coordinador
respeto a las peticiones solicitadas por su intermedio.
6. Liderar programas de protección de los bienes y enseres de la institución.
7. Velar para que los estudiantes cumplan con sus deberes.
8. Proyectarse de manera permanente en todas las sedes con su grupo de apoyo.
9. Desarrollar estrategias de convivencia democrática y la resolución pacífica de los
conflictos en la institución.
10. Interactuar con otros personeros y actores locales (funcionarios de la administración
municipal).
11. Formular proyectos y gestionarlos para el mejoramiento de la convivencia institucional.
12. Participar en las redes municipales, subregionales y departamentales de personeros
estudiantiles.
Artículo 23. Procedimiento del personero
1. Presentar solicitudes de oficio o petición respetuosa, de parte de quien considere
necesaria para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus
deberes.
2. A través de talleres, carteleras, conversatorios, radio, televisión, entre otros medios,
promulgar el Manual de Convivencia, los derechos y deberes de los estudiantes para que
los conozcan y se apropie de ellos.
3. Ser miembro activo de la red de personería del municipio.
4. Buscar un espacio físico en concertación con el Rector para recibir y evaluar las quejas y
reclamos que presenten los alumnos sobre lesiones a sus derechos y los que formule
cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de
alumnos y jóvenes.
Artículo 24. Funciones del contralor
El Contralor de los estudiantes de la Institución Educativa La Esmeralda, es elegido por
votación popular en las dos sedes con sus tres jornadas y tendrá las siguientes funciones:
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1. Propiciar acciones concretas y permanentes de control social a la gestión de la
institución educativa.
2. Promover la rendición de cuenta en la institución educativa.
3. Velar por el correcto funcionamiento de las inversiones que se realicen mediante los
fondos de servicio educativo.
4. Ejercer el control social a los procesos de contratación que realice la institución.
5. Canalizar las inquietudes que tenga la comunidad educativa sobre deficiencia o
irregularidades en la ejecución del presupuesto o el manejo de los bienes de la
institución.
6. Formular y recomendar acciones de mejoramiento al rector y al Consejo Directivo
sobre el manejo del presupuesto y la utilización de los bienes.
7. Poner en conocimiento del organismo de control competente las denuncias que
tengan merito, con el fin de que se apliquen los procedimientos de investigación y
sanción que resulten procedentes.
8. Comunicar a la comunidad educativa los resultados de la gestión realizada durante el
periodo.
9. Conocer el Proyecto Educativo Institucional (PEI), el presupuesto y el plan de compra
de la institución educativa.
10. Velar por el cuidado de los enseres de la institución.
11. Velar por el cuidado del medio ambiente.
Artículo 25. Fundamento legal
La constitución Política Nacional La educación formará al colombiano en el respeto a los
derechos humanos, a la paz, a la democracia... (Artículo 68 incisos 2 y 3 del artículo 142: de la
Ley 115 de 1994.
Según la propuesta educativa que plantean la ley 115 y el decreto 1860, todas las
instituciones deberán organizar un gobierno para la participación democrática de todos los
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miembros de la comunidad educativa. Si pretendemos construir unos procesos para la
autonomía y la convivencia es indispensable propiciar unos espacios para la participación,
que nos permitan un crecimiento colectivo en la verdadera democracia.
De igual forma se tiene en cuenta la Ley 1098 de 2006 ó Código de infancia, la niñez y la
adolescencia y el Manual de Convivencia de la Institución.
Ley 375 del 1997: Por la cual se crea la Ley de la juventud.
Ley 715 del 2001: Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de recursos y
competencias de conformidad con los art. 151, 288, 356 y 357 (Acto legislativo 01 de 2001)
de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones para organizar la prestación de los
servicio de educación y salud, entre otros.
Ley 1566 del 2012: Por la cual se garantizan normas para garantizar la atención integral a
personas que consumen sustancias psicoactivas y se crea el premio nacional entidad
comprometida con la prevención del consumo, abuso y adición a sustancia psicoactivas.
Ley 1620 de 2013: por la cual se crea el sistema de convivencia escolar y formación para el
ejercicio de los derechos humanos.
Resolución 4210 del 1996: Por la cual se establece reglas generales para la organización y
funcionamiento del servicio social estudiantil obligatorio.
Decreto 2247 del 1997: Por el cual se establecen normas relativas a la prestación del servicio
educativo del nivel preescolar y se dictan otras disposiciones.
Decreto 1286 de 2005: Por el cual se establecen normas sobre la participación de los padres
de familia en el mejoramiento de los proceso educativos de los establecimientos oficiales y
privados y se adoptan otras disposiciones.
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Decreto 1290 de 2009: Por el cual se reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción
de los estudiantes de los niveles de educación básica y media.
Ordenanza N°38 del 2001: Crea e institucionaliza el programa de formación permanente de
convivencia, paz y no violencia.
Ordenanza N° 26 de 2009: Por medio de la cual se crea la figura del contralor estudiantil.
Artículo 26. Naturaleza del Consejo de estudiantes y del Personero estudiantil
El Consejo de Estudiantes,el Personero y el contralor, se instituyen para la regulación y toma
de decisiones que coadyuven a un mejoramiento continuo del proceso educativo y de
formación de valores dentro de un marco legal, democrático, participativo y pluralista en la
filosofía instituida por la institución educativa.
Una de las tareas primordiales de estos componentes del gobierno escolar es la de servir de
mediador entre los estamentos que conforman la comunidad educativa, en la búsqueda
constante de la conciliación, el diálogo y la comprensión, enmarcadas por el respeto, la
solidaridad.
Artículo 27. Procedimientos para elegir el consejo estudiantil, el personero y contralor de los
estudiantes
Los establecimientos educativos como pilares en la formación integral de sus estudiantes que
les permita favorecer el pleno desarrollo de su personalidad, a través de la formación en
valores, el ejercicio adecuado de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes, deben
celebrar dentro de los 30 días calendario siguientes a la iniciación del periodo lectivo anual, la
elección del Consejo Estudiantil, Personero y del Contralor Estudiantil.
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Para el efecto, el Decreto Nacional 1860 de 1994, reglamentario de la Ley 115 de 1994 y la
Ordenanza 26 del 30 de diciembre de 2009, determinan respectivamente, las calidades de
quienes aspiran a ser electos como Personeros y Contralores Escolares, así como sus
funciones.
Se elegirá mediante voto secreto, un alumno que curse el último grado ofrecido por la
institución para que sea personero estudiantil; y para el consejo estudiantil, un vocero de
cada grupo desde el grado 4º hasta 11º, para el año lectivo escolar. Los estudiantes "del
nivel preescolar y de los tres primeros grados del ciclo de primaria, serán convocados a una
asamblea conjunta para elegir un vocero entre los estudiantes que cursan el tercer grado"
(Decreto 1860, artículo 29).
Artículo 28. Plan operativo
1. El representante de grupo recibe peticiones, reclamos o ideas para ser presentadas
en el consejo estudiantil.
2. El consejo estudiantil recibe las propuestas, las estudia y se las presenta al Rector o
coordinador, quienes son las personas encargadas de tomar la decisión más acertada.
3. Socialización de las determinaciones dadas (conjuntamente con el Rector y
coordinador) y respuesta a las inquietudes en el consejo de estudiantes, para ser
transmitidas por los representantes de grupo.
4. El personero, aunque no participa de manera directa en ninguno de los componentes
que forman el consejo directivo, tiene en nuestra Institución una importante función:
es el encargado de promover la identidad, compromiso y participación de todos en el
proceso educativo y las funciones que le asigna el decreto 1860, a través de
diferentes campañas y proyectos comunitarios, dichos proyectos los comunica
directamente a rectoría o coordinación para ser evaluados.
Artículo 29. Comité electoral:
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Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 66
El consejo electoral estará presidido por el rector, un coordinador y el departamento de
sociales con el concurso de algunos docentes del área de matemáticas; y tendrá las
siguientes funciones:
1. Organizar elecciones de representantes por grado, del consejo de estudiantes y del
personero.
2. Diseñar formularios de inscripciones de los candidatos y los tarjetones.
3. Recibir las inscripciones de los candidatos.
4. Delegar funciones al nivel general, y decidir quiénes serán los delegados y jurados
electorales.
5. Inscripciones de candidatos
a. El representante del grupo se elegirá directamente bajo la orientación del docente
director de grupo respectivo.
b. Los representantes en el consejo de estudiantes y el personero deberán presentar
un formulario de inscripción ante el comité electoral, cumpliendo con los requisitos
exigidos para cada cargo.
Artículo 30. Inscripción de candidatos para consejo estudiantil y personero de los
estudiantes.
1. Estar matriculado en la Institución Educativa La Esmeralda.
2. Presentar, con quince días de antelación al desarrollo de las elecciones, el formulario
de inscripción debidamente diligenciado, anexando su programa o proyecto como
representante del grado o personero.
3. Presentar por escrito y promover públicamente sus proyectos de trabajo (proyectos
de convivencia social).
4. Los requisitos serán evaluados por el comité electoral y por el Rector, Coordinadores,
quienes darán el visto bueno para que el estudiante se lance como candidato.
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Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 67
Artículo 31. Elecciones:
Después de cumplido el plazo de las campañas electorales, se realizará el primer escrutinio,
en el que se elegirá el consejo de estudiantes. Ese día se preparará un lugar específico en la
institución, en el que se organizarán los delegados y jurados para recibir los votos. Habrá
varias mesas de votación con dos (2) delegados y tres (3) jurados (un (1) estudiante, un (1)
padre de familia y un (1) docente) a quienes corresponderá controlar una urna sellada y el
listado de estudiantes para llevar un control adecuado de los votantes. Al presentarse a votar
cada uno debe mostrar su carné estudiantil, igualmente se dispondrá de un cubículo para
marcar los tarjetones.
En cada mesa se levantará un acta que registre el horario de votación, el número total de
votantes y los votos que recibió cada candidato. Concluido el proceso electoral, se
proclamarán los candidatos elegidos en una izada de bandera presidida por el Rector.
Para la elección del personero deben salir cuatro candidatos por cada grupo del grado once
(11º) que haya en la institución y se seguirá el mismo mecanismo de votación en la fecha
indicada para esta elección.
Artículo 40. Tiempo
El gobierno escolar deberá estar formado dentro de los primeros treinta días calendario,
siguientes a la iniciación de clases de cada período lectivo. Los docentes del área de ciencias
sociales serán los encargados de organizar, programar, ejecutar y evaluar dicho proceso.
VOTO EN BLANCO
ELECCIONES PARA PERSONERO Y CONTRALOR
Se promueve el voto en blanco cuando los candidatos: Personero y Contralor no cumplen las
expectativa de los sufragantes.
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Se aplica disposiciones constitucionales y legales en caso que este ganara. Se realiza nueva
convocatoria con nuevos postulados.
Artículo 32. Perfil del representante de grupo
El representante de grupo es el vocero del salón el cual fue elegido por sus compañeros a
través del voto secreto y debe tener las siguientes cualidades:
1. Capacidad de liderar.
2. Ser una persona autónoma.
3. De buen comportamiento y rendimiento académico
4. Con poder de convicción, pero con razón.
5. Con sentido de pertenencia por la institución.
6. De buena formación en valores.
Artículo 33. Funciones del Representante de Curso
1. Ser parte del consejo estudiantil.
2. Mediar ante el conflicto.
3. Servir de apoyo a los docentes y al personero.
4. Velar que los derechos de sus compañeros no sean vulnerados.
5. Colaborar con sus compañeros a superar las dificultades académicas.
6. Transmitir las informaciones a tiempo y con claridad.
7. Informar al Director de Grupo de anomalías en el grupo.
8. Representar al grupo en todos los eventos que se requieran.
9. Asistir a las reuniones del Consejo Estudiantil convocadas por el personero y
autorizadas por el Rector.
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Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 69
Artículo 34. Inhabilidades del Consejo estudiantil, Personero y Contralor
1. El incumplimiento en tres ocasiones de un representante a las reuniones implicará
que el grupo en mención, quede sin voz, ni voto hasta que se nombre otro delegado.
La justificación de las ausencias debe ser por escrito y el control de este aspecto, se le
confiere a los vocales del consejo.
2. Cualquier incumplimiento en las funciones y el no cumplir los requisitos que se exigen
en el perfil del candidato, según lo estipulado en el Manual de Convivencia
Institucional.
Artículo 35. Destitución
Este proceso lo lidera el Consejo estudiantil y el Rector con su equipo de trabajo:
coordinadores, orientación y el director del curso a quien pertenece el candidato destituido.
1. No llenar los requisitos que se exige en el perfil del candidato (por el no cumplimiento
de ésta exigencia durante el año, puede ser destituido y reemplazado, en cualquier
momento).
2. Por mal rendimiento académico en cualquier período del año o durante el proceso
educativo.
3. No llevar con altura y dignidad el lema de la institución.
4. No dar buen ejemplo de vida a sus compañeros, dentro y fuera de la institución.
5. Por la no participación de las actividades que la institución realiza.
Artículo 36. Sustitución
En caso de ausencia total y permanente del personero estudiantil o alguno de los miembros
del Consejo estudiantil o representante de grupo en cualquier período del año lectivo, será
sustituido por el siguiente estudiante en Votación. Este acto debe hacerse públicamente
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dando las razones del caso a los estudiantes por el consejo estudiantil y por el Rector de la
institución.
Artículo 37. Reuniones
1. El consejo estudiantil elegirá en la primera reunión una junta directiva que tendrá los
siguientes cargos: presidente, vicepresidente, secretario, tesorero, fiscal y tres (3)
vocales.
2. El consejo estudiantil se reunirá mínimo dos veces al mes, para evaluar el
funcionamiento general de los organismos de la institución, las actividades y
competencias de la institución, así como para debatir los proyectos, inconformidades
e ideas presentadas por los estudiantes mediante los representantes de grado.
3. La convocatoria a las reuniones la debe realizar el presidente del consejo estudiantil,
avisando un día antes, también la podrá realizar el fiscal con la firma de la mayoría de
sus miembros.
4. Toda reunión, actividad del consejo estudiantil debe quedar consignada por escrito en
el libro de actas del Consejo estudiantil que reposará en la secretaría de la institución.
5. El personero puede convocar a reunión al consejo estudiantil, con previa autorización
del Rector o coordinador.
Artículo 38. Egresados
La institución educativa reconoce la importancia de la participación de aquellos que
terminaron todo el proceso educativo y recibieron su grado como bachilleres académicos;
por ello, proporcionará los espacios para el encuentro de las distintas promociones,
buscando crear una estructura organizativa dentro de la cual se vinculen todos aquellos
egresados interesados.
Los egresados son figuras valiosas dentro de la comunidad educativa, pues su experiencia
puede contribuir a generar una propuesta más acorde con las realidades culturales,
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profesionales y tecnológicas contemporáneas, haciendo que la propuesta y el proyecto
educativo institucional sean más válidos y eficaces.
Artículo 39. Perfil de los Alumnos
El educando de la Institución Educativa La Esmeralda, debe ser una persona:
1. Con alta valoración de sí mismo y de los demás, reconociendo sus potencialidades,
sentimientos y limitaciones.
2. Que valore y reconozca la existencia de Dios como ser supremo y creador de la vida.
3. Que tenga sentido de pertenencia, vivencie su identidad, respeto, responsabilidad,
tolerancia y solidaridad; que lo lleve a cumplir sus deberes y reclamar sus derechos en
el campo donde se desempeñe.
4. Que sea activo, creativo, investigativo, autónomo, auténtico, capaz de tomar sus
propias decisiones y desenvolverse con liderazgo y que sea competente para
vincularse al campo
5. Que sea competente para ingresar a recibir una educación Superior
6. Acogedor y amigable con todos los miembros de la comunidad
7. Educativa y comunidad en general.
8. Que los egresados y educandos resalten los valores y la formación integral que se
imparte en nuestra institución.
9. Que represente con decoro la institución en los aspectos académicos, deportivos,
culturales, sociales y religiosos.
10. Su comportamiento y presentación personal dentro y fuera de la institución sea
ejemplar ante la comunidad educativa.
11. Utilizar un trato cortes y respetuoso en sus interrelaciones
12. Practicar el valor de la tolerancia en las diferentes acciones de la vida.
13. Manejar un vocabulario adecuado dentro y fuera de la institución.
14. Comprometido con la Filosofía de la institución.
15. Capaz de interiorizar.
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Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 72
16. Reflexivo y crítico.
17. Consciente de la realidad.
18. Partícipe en su formación integral.
19. Libre y responsable en su actuar.
20. Tolerante y respetuoso.
21. Consciente del valor de la amistad y la solidaridad.
22. Autónomo y creativo.
23. Capaz de luchar por sus ideales.
24. Responsable con sus deberes.
25. En éste perfil del estudiante destacamos que sea:
26. Un ser con identidad fundamentada en principios académicos y formativos de la
institución; en la INTELIGENCIA como campo de la construcción y socialización del
conocimiento a través de estructuras lógicas, y en armonía con la naturaleza, como
elemento de su desarrollo personal, social, axiológico e intelectual.
27. LÍDER: dinamizador de la comunidad y comprometido con su grupo social, buscando la
cooperación, la concertación y el desarrollo de iniciativas.
28. AUTÓNOMO Y LIBRE: en el sentido intelectual y moral, capaz de auto educarse; de
administrar su aprendizaje mediante el ejercicio responsable de la libertad que lo lleva
a un autogobierno, auto sostenimiento, solvencia intelectual, afectiva y volitiva.
29. INTERIORIZADO: Propenso a la introspección, a dirigir la mirada a su interior con
lealtad y sinceridad para luego emplear ese autoconocimiento en la transformación de
su entorno social.
30. COMUNITARIO: capaz de amar, compartir y aceptar a los demás construyendo una
comunidad más amable mediante el ejercicio de la ciudadanía y la democracia.
31. TRASCENDENTE: buscador permanente de la verdad tanto científica como ontológica,
axiológica y religiosa que lo lleva a un crecimiento integral, a una superación constante
de sí mismo y a una relación con la naturaleza mediante la integración ciencia -
tecnología.
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Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 73
32. CREATIVO: Es la capacidad de ser innovador, investigativo y transformador de su
entorno.
Artículo 40.DEBERES DE LOS ESTUDIANTES
Para garantizar la buena marcha de la institución y mantener la convivencia pacífica
armónica, es indispensable que los educandos cumplan los siguientes deberes:
1. Conocer y llevar a la práctica el Manual de Convivencia o Reglamento de la Institución
Educativa La Esmeralda.
2. Practicar las virtudes sociales, la solidaridad humana, el altruismo, la honradez, la
justicia, la sinceridad, la tolerancia, el respeto, y la responsabilidad como base de la
convivencia pacífica y armónica.
3. Respetar a cada una de las personas que hacen parte de la comunidad educativa
dentro o fuera del plantel.
4. Abstenerse de utilizar el nombre de la institución en cualquier actividad o acto público
sin la autorización del rector o sus delegados.
5. Conocer y respetar el cumplimiento del debido proceso para resolver problemáticas
académicas y comportamentales.
6. Mantener una excelente higiene y presentación personal.
7. No ingresar ni consumir alimentos ni bebidas a las aulas de clase, excepto agua.
8. Evitar participar en actos que atenten contra el bienestar y la seguridad de la
comunidad educativa.
9. Entrar y salir de la institución por las puertas adecuadas para tal fin.
10. Portar los uniformes de acuerdo al horario y a las normas establecidas por la
institución. El uniforme de diario siempre deberá ir encajado mientras que el de
educación física tendrá la opción de ser portado encajado o desencajado. Deben ser
utilizados únicamente para asistir a la institución y a los actos públicos que convoque
la Institución Educativa La Esmeralda.
11. Responder por todos los daños que ocasione en los enseres del establecimiento.
12. Mantener una excelente compostura en todos los eventos y sitios de la institución.
13. Respetar, valorar, preservar y aceptar los símbolos patrios, los recursos naturales, las
costumbres, las tradiciones culturales y la multietnicidad de la Institución Educativa La
Esmeralda y del país.
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Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 74
14. Representar digna y responsablemente a la institución en las participaciones
religiosas, cívicas, culturales, deportivas, tanto en las aulas de clases como en
actividades comunitarias.
15. Solidarizarse con los problemas de las familias, de la comunidad educativa y del país,
así como en la búsqueda y en la participación de soluciones de los mismos.
16. Proveerse oportunamente de los implementos necesarios para las actividades
académicas programadas en la institución y hacer un buen uso de ellos.
17. Ser puntual a la jornada escolar, a las horas de clases y a los actos públicos o de
comunidad citados por la Institución Educativa La Esmeralda.
18. Cumplir oportunamente con las tareas, talleres, evaluaciones y demás actividades
programadas por los docentes de la Institución Educativa.
19. Acatar y no interrumpir los horarios de clases salvo por la autorización del rector o
coordinador.
20. No abandonar el aula de clase ni las instalaciones de la institución durante la jornada
académica sin previa autorización del coordinador.
21. Evitar el uso de grabadoras, radios, celulares y otros elementos similares en la
Institución Educativa La Esmeralda que perturben el trabajo académico y armónico de
la institución.
22. Participar activamente en el mantenimiento del aseo institucional.
23. Elegir democráticamente para el cargo de personeros, contralor, miembro del Consejo
de Estudiantes y Representante de Grupo.
24. Respetar los objetos ajenos y entregar los encontrados en la rectoría, coordinación o
directamente a su dueño.
25. Practicar los buenos modales y evitar el vocabulario soez, los chismes, bromas de mal
gusto, los ruidos y gestos ofensivos.
26. Evitar los juegos de azar en el establecimiento.
27. No consumir, traficar ni portar sustancias psicoactivas o licores.
28. No portar armas de fuego, objetos corto punzantes ni pólvora dentro de la institución
educativa.
29. No traer ni portar en la institución educativa objetos de alto valor económico (joyas,
celulares, portátiles etc.). En caso de pérdida la institución no se hace responsable.
30. No quebrar envases o recipientes de vidrio ni lanzar objetos que puedan atentar
contra la integridad de las personas.
31. No arrojar basuras al suelo y depositarla en los lugares asignados para ello.
32. Hacer un uso adecuado y respetuoso de los baños.
33. No hacer fraude en evaluaciones, calificaciones y documentación personal y/o de la
institución.
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Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 75
34. Informar a los padres de familia y/o acudientes oportunamente de los días y las horas
de las reuniones programadas así como cuando sean requeridos en la institución.
35. Ser sincero reconociendo los aciertos y fallas en el comportamiento personal y en el
rendimiento académico.
36. Solicitar oportuna y respetuosamente los permisos para ausentarse de la institución
responsabilizándose de las actividades que se desarrollen en su ausencia.
37. En caso de inasistencia presentar la excusa respectiva firmada por el padre de familia
o acudiente al coordinador y a los distintos profesores.
38. Solicitar permiso al coordinador(a) para ausentarse de la institución y en ausencia de
éstos a quienes queden encargados(as).
39. Obedecer los toques reglamentarios de timbres o en su defecto de la campana.
40. Permanecer durante los descansos en los lugares designados para tal fin y no en los
salones, salvo previa autorización.
41. Devolver los materiales como libros, útiles y demás enseres que se le presten en las
mismas condiciones que le fueron prestados.
42. Denunciar a cualquier compañero(a) que ingrese a la institución educativa armas o
sustancias que atenten contra la salud o la vida.
43. Asistir a su respectiva jornada de clase después de que escampe la lluvia o el
aguacero.
44. Asumir la sanción como una estrategia pedagógica que permita mejorar su
comportamiento en la Institución.
45. Cumplir con la asignación del servicio social (jardinera, limpieza, decoración,
recuperación de pupitres, orientación a equipos deportivos etc.) en la Institución, la
cual debe ser desarrollada, los días sábados, domingos, festivos o en la jornada
contraria de tal manera que no afecte su jornada escolar.
La responsabilidad de la institución es: Dar a conocer la importancia del servicio, velar
por el cumplimiento de las horas establecidas por la ley, hacer seguimiento a los
proyectos.
Obligación de los estudiantes: Elaborar proyectos encaminados a la proyección
comunitaria, preferiblemente en su comunidad; es un requisito obligatorio para optar
por el título de bachiller pedagógico.
Artículo 41.DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES
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Atendiendo las disposiciones consagradas en la Constitución Política de Colombia, en el
Código del Menor y en las demás disposiciones legales sobre libertades y derechos; la
institución educativa garantizará a sus alumnos, los siguientes derechos:
1. A recibir una educación integral que permita el desarrollo de su personalidad.
2. A conocer sus derechos y deberes como estudiante de la Institución Educativa La
Esmeralda.
3. A que se le respete el debido proceso para resolver conflictos académicos y/o de
convivencia.
4. A recibir un trato digno y respetuoso de cada uno de los miembros de la comunidad
educativa sin ningún tipo de discriminación.
5. A tener descansos pedagógicos de acuerdo con la jornada escolar y al horario
establecido en la Institución Educativa.
6. A ser escuchado por los miembros de la comunidad educativa ante sus inquietudes y
sugerencias.
7. A recibir información amplia, clara y oportuna sobre las actividades académicas y
todas las demás de carácter institucional.
8. A que se cumpla con puntualidad la jornada académica.
9. A que se le respeten sus pertenencias.
10. A recibir el carné estudiantil desde el inicio del año escolar.
11. A elegir y ser elegido democráticamente para el cargo de Representante de Grupo,
Personero, Contralor, miembro del Consejo Directivo y/o Consejo de Estudiantes.
12. A expresar libre y respetuosamente sus manifestaciones culturales, religiosas,
deportivas, artísticas, científicas y tecnológicas, entre otras.
13. A estar y sentirse seguro de manera integral dentro de la institución educativa.
14. A recibir una educación pertinente, clara y oportuna en temas de sexualidad y
construcción de ciudadanía.
15. A tener un pupitre en buen estado así como un salón aseado y adecuado que le
facilite su rendimiento escolar.
16. Ser estimulado y beneficiado por la institución frente a los logros académicos,
deportivos, culturales y cívicos obtenidos.
17. A recibir una formación religiosa, ética y moral adecuada bajo el principio del respeto
a la diversidad.
18. A asistir a clase después de escampar la lluvia (aguacero).
19. Si es del caso, a recibir los alimentos del restaurante escolar de una forma adecuada y
bajo los parámetros del buen trato.
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20. A disfrutar de las jornadas lúdicas, deportivas y culturales que programe la institución
educativa para el mejoramiento de la convivencia escolar.
21. Al respeto a la vida intima siempre que no afecte el normal desarrollo de la vida
institucional.
22. A ser informado con anticipación sobre las tareas académicas y las evaluaciones.
23. Todos los consagrados por la ley colombiana.
Artículo 42. Faltas leves. Se entiende por “faltas leves” todas aquellas actitudes y acciones que impiden el normal desarrollo de las actividades pedagógicas propuestas por la institución educativa. Se determinan así porque son prácticas que no contribuyen al mantenimiento del orden colectivo y afectan tanto el desarrollo del aprendizaje como el debido respeto que merece cada uno de los demás miembros de la comunidad educativa y de la comunidad en general. Además, se consideran “faltas leves” todas aquellas faltas que afectan la sana convivencia, la moral, los bienes materiales, personales o institucionales, la autoestima y los valores en general. Al cometerse una falta leve el docente genera estrategias para que el estudiante asuma un cambio de actitud; sin embargo, la reincidencia en estas faltas leves las convierte de inmediato en “faltas graves". En otras palabras, las “faltas leves” son todas aquellas faltas que simplemente importunan y obstaculizan los procesos pedagógicos sin causar daños serios y son cometidas por ligereza en el momento de actuar o por la misma naturaleza y estado de las personas. No denota hábitos o posturas definitivas. No son repetitivas. Son faltas leves:
1. Llega tarde a la jornada escolar.
2. Se sale de clase sin permiso del docente o de la persona a cargo.
3. Se ausenta del establecimiento educativo sin el permiso expreso de los docentes y
directivos.
4. Presenta poca disposición para aprender en clase.
5. Porta en forma inadecuada los uniformes.
6. Se descuida con la presentación personal.
7. Descuida los útiles escolares.
8. Toma sin permiso los útiles o cualquier otra pertenencia de un compañero.
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9. Incumple con la realización del aseo en clase.
10. Se involucra en juegos bruscos.
11. Coloca apodos o sobrenombres a los compañeros
12. Coloca apodos o sobrenombres a docentes y/o directivos.
13. Trata con expresiones de mal gusto o de provocación a un compañero.
14. Trata con expresiones de mal gusto o de provocación a un docente o directivo docente.
15. Trata con expresiones de mal gusto o de provocación a un miembro de la comunidad.
16. Arroja basuras al piso y en lugares no destinados para tal fin.
17. Raya, dibuja o escribe mensajes en los pupitres, paredes, baños o cualquier otro lugar que
no se ha dispuesto para ello.
18. Da uso inadecuado a los servicios destinados para el bienestar de la comunidad educativa,
tales como: el restaurante escolar, las salas de computación, el tablero digital, la
biblioteca, las aulas de clases, los laboratorios, los pasillos, baños, la placa polideportiva
y los demás predios de la institución así como de los implementos deportivos, las sillas,
las mesas, los pupitres y los tableros.
19. Se involucra en comportamientos escandalosos y/o vulgares, dentro o fuera de la
institución portando el uniforme.
20. Porta el uniforme de la institución educativa en establecimientos públicos como
discotecas, bares, billares y otros sitios similares.
21. Se sube o se sienta en las mesas, árboles, muros, techos y puertas.
22. Se sale o ingresa por lugares distintos a los establecidos por la institución educativa.
23. Alienta, oculta o ser cómplice en una falta disciplinaria.
24. Alienta peleas entre compañeros.
25. Lleva gorras, aretes, piercings y maquillaje exagerado ya sea al interior de la institución o
en otros escenarios donde la represente.
26. Emplea vocabulario soez u obsceno dentro o fuera de la institución.
27. Perturba el normal desarrollo de las clases o de cualquier otra actividad ya sea académica-
cívica con sonidos inoportunos.
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Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 79
28. Permanece en las aulas de clases durante los descansos sin el acompañamiento de un
docente.
29. Celebra cualquier evento arrojando objetos tales como: huevos, maicena, agua, harina o
con objetos contundentes que atenten contra la integridad física de los educandos o de
los docentes.
30. Hace uso inadecuado de la tarima de la sede principal poniendo en riesgo su integridad
física o de otra persona.
31. Realiza bostezos y eructos exagerados.
32. Realiza actos inadecuados como sentarse mal, dormirse en clase, sonarse ruidosamente la
nariz.
33. Consume alimentos dentro del aula de clase.
34. Asume actitudes, gestos y comportamientos afectivos o eróticos inadecuados de manera
abierta e irrespetuosa.
35. Interrumpe con gritos y ruidos exagerados el normal desarrollo de las actividades
programadas en aulas de clases, salas de cómputo y biblioteca.
36. No trae a clase los útiles y elementos necesarios.
37. Falta sin causa justificada a las actividades programadas curricularmente por la institución.
38. Incumple las citaciones que hacen los docentes y los directivos docentes dentro de los
diferentes procesos de formación.
39. Oculta o no entrega al padre de familia o al acudiente las citaciones realizadas por la
institución.
40. Trae a la institución educativa dispositivos electrónicos y digitales que no hacen parte de
las actividades escolares, a demás hace uso inadecuado de estos.
41. Realiza negocios con trabajos y deberes académicos en cualquier asignatura.
Artículo 43. Competencia.
1. El docente o directivo docente que se encuentre en el momento en que se comete la
falta.
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Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 80
2. El docente o directivo docente que reciba la denuncia de cualquier miembro de la
comunidad educativa o de los testigos de la falta.
Artículo 44. Sanciones aplicables.
1. Amonestación oral.
2. Amonestación escrita en el Cuaderno de Convivencia y en la ficha de seguimiento.
3. Rebaja de la nota de disciplina.
a. Una falta leve disminuye 0.5 puntos en la nota de disciplina del periodo.
b. Tres faltas leves reiteradas se convierten en una falta grave (2.5 puntos).
4. Reparación integral de los daños.
5. Informar al padre de familia o al acudiente del estudiante cuando se comete o se
reincide en una falta leve.
6. Remisión al comité de orientación pedagógica (coordinador de la jornada, un docente
de la jornada, docente orientador y el personero de los estudiantes).
Artículo 45. Faltas graves. Se consideran “faltas graves” todas aquellas faltas que afectan de manera clara e intencional la seguridad, la sana convivencia, la moral, los bienes materiales, personales o institucionales, la autoestima y los valores en general, lo que puede llevar a la cancelación inmediata de la matricula. También se entiende por “falta grave” todo tipo de comportamiento que atenta contra los principios institucionales, perturbando el normal desarrollo de las actividades y afectando gravemente las normas disciplinarias de carácter general y particular de la institución. Ante la reincidencia de un estudiante en una o varias faltas graves y luego de realizarse el debido proceso que garantice la protección de los derechos del mismo, la institución se reserva el derecho de admisión para el siguiente año lectivo. Son faltas graves: 1. Asiste a la institución educativa en estado de embriaguez o bajo los efectos de las
drogas.
2. Porta o consume licor, cigarrillos o drogas dentro de la institución.
3. Porta el uniforme fuera de la institución educativa mientras fuma, en estado de
embriaguez o bajo los efectos de las drogas.
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4. Hace broma de mal gusto afectando y poniendo en riesgo la integridad física,
emocional y/o espiritual.
5. Agrede verbal o físicamente a un miembro de la comunidad o visitante.
6. Agrede verbal o físicamente a un compañero.
7. Agrede verbal o físicamente a un docente, directivo o funcionario de la institución.
8. Adopta actitudes dominantes en el aula de clase o en cualquier otro escenario del
establecimiento abusando de los compañeros más débiles o pacíficos.
9. Causa daños intencionados a la infraestructura física de la institución o su dotación.
10. Provoca molestias o causa daño a los transeúntes de la calle o a los vecinos de la
institución educativa.
11. Alienta o participa en sabotaje que interrumpe o acabe una actividad académica.
12. Tiene relaciones sexuales dentro de la institución.
13. Da información falsa a los padres de familia, docentes y directivos docentes de la
institución.
14. Induce, manipula u obliga a otras personas a realizar actos indebidos e inmorales de
cualquier tipo.
15. Altera libros de disciplina, fichas de seguimiento, libretas de calificaciones o cualquier
otro documento de la institución.
16. Miente y elabora chismes contra sus compañeros.
17. Elabora chisme contra padres de familia o funcionarios de la institución.
18. Encierra a un compañero en el aula de clase, en la sala de cómputo, en los baños o en
cualquier otro espacio de la institución
19. Encierra a un docente o a cualquier otro miembro de la comunidad educativa en el
aula de clase, en la sala de cómputo, en los baños o en cualquier otro espacio de la
institución.
20. Porta o distribuye material pornográfico, ya sea en medios físicos o digitales, dentro de
la institución.
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21. Realiza daños contra la propiedad ajena (pública o privada) hurtar elementos de la
institución.
22. Hurta propiedades de los compañeros.
23. Promueve o participa en actos de desorden que entorpezcan las actividades educativas curriculares y extracurriculares.
24. Da falsas alarmas que puedan producir pánico colectivo o que generen graves
consecuencias para otros.
25. Se burla de los compañeros.
26. Se burla de un docente, de un directivo docente o de cualquier otro funcionario de la
institución ya sea imitándolo, utilizando gestos, lanzándoles papeles, ridiculizándolos o
a través de cualquier otro medio.
27. Realiza fraude en los exámenes, trabajos, talleres y en cualquier otra actividad
académica asignada por los docentes.
28. Desconfigura, altera y/o modifica el software y hardware de los computadores de las salas de informática, en la red de internet o en el tablero digital.
29. Utiliza sustancias que producen malos olores para interrumpir las clases. 30. Asume una actitud de irresponsabilidad de no asistir a clase por influencia en los
demás.
Parágrafos:
1. La institución educativa no responderá por ningún objeto que el estudiante traiga y
no haga parte de los útiles escolares, ni por objetos dejados dentro del aula de clase o
las salas de computo después de terminada la jornada escolar.
2. El estudiante se hará responsable del cuidado de sus útiles y la institución no asume
la pérdida de los mismos.
3. Las faltas contempladas en este artículo se tienen en cuenta para la pérdida de
estímulos.
Artículo 46. Competencias. El docente que se encuentre en el momento en que se comete la falta debe remitir el caso directamente al coordinador de la jornada. El docente debe consignar en el observador del estudiante la falta cometida teniendo en cuenta: la fecha, la descripción amplia y clara de la falta de, la norma infringida (artículo y numeral del manual de convivencia), correctivos, descargos, y firmas: estudiantes, padres de familias o acudientes, docente y coordinador de la jornada.
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Artículo 47. Sanciones aplicables
1. Amonestación escrita en el Cuaderno de Convivencia y en la ficha de seguimiento.
2. Rebaja de la nota de disciplina (Una falta grave disminuye 2.5 puntos en la nota de
disciplina del periodo).
3. Reparación integral de los daños.
4. Informar al padre de familia o al acudiente del estudiante cuando se comete o se
reincide en una falta grave.
5. Remisión al comité de orientación pedagógica (coordinador de la jornada, un docente
de la jornada, docente orientador y el personero de los estudiantes).
Artículo 48. Faltas gravísimas. Se consideran “faltas gravísimas” todas aquellas faltas que afectan clara, intencional y contundentemente la seguridad, el bienestar integral, la sana convivencia, la moral, los bienes materiales, personales o institucionales, la autoestima y los valores en general. Son asimismo faltas gravísimas todas aquellas conductas que son consideradas como delitos en la legislación penal colombiana. Frente a una falta gravísima el concejo directivo en representación de la institución educativa puede determinar cancelar la matricula al estudiante comprometido. Son faltas gravísimas 1. Amenaza, intimida o chantajea a un compañero,
2. Amenaza, intimida o chantajea a un docente, o un directivo docente o a cualquier otro
miembro de la comunidad educativa.
3. Porta, exhibe o guarda armas de fuego, armas corto punzantes, explosivos o cualquier
otro objeto contundente con el que se pueda atentar contra la integridad física de
cualquier miembro de la comunidad educativa.
4. Hiere a un compañero o a cualquier otro miembro de la comunidad educativa
utilizando un arma de fuego, corto punzante o contundente.
5. Distribuye sustancia psicoactiva que causen adicción o embriaguez (decreto 1108 de
1994) código nacional y del departamento de policía.
6. Sustrae, daña o destruye cualquier tipo de documento de carácter institucional.
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7. Planea, lidera, estimula, apoya o participa en actos de vandalismo u otro tipo de
conducta violenta dentro o fuera de la institución.
8. Conforma pandillas que lesionen el ambiente escolar y pongan en riesgo la integridad
física de los miembros de la comunidad educativa.
9. Retiene, secuestra o extorsiona algún miembro de la comunidad educativa.
10. Incumple un contrato pedagógico o disciplinario previamente firmado por el
estudiante, el acudiente o las directivas de la institución.
11. Cualquier conducta que ha sido tipificada como delito en el código penal colombiano.
12. Hace mal uso de las redes sociales que afectan la imagen de la institución.
Artículo 49. Competencias. El docente que se encuentre en el momento en que se comete la falta debe remitir el caso directamente al coordinador de la jornada y al rector.
El docente debe consignar en el observador del estudiante la falta cometida teniendo en cuenta: la fecha, la descripción amplia y clara de la falta, la norma infringida (artículo y numeral del manual de convivencia), correctivos, descargos, y firmas: estudiantes, padres de familias o acudientes, docente y coordinador de la jornada. El coordinador de la jornada y el rector de la institución deberán realizar la denuncia ante las autoridades competentes. Artículo 50. Sanciones aplicables
1. Amonestación escrita en el cuaderno de disciplina y en la ficha de seguimiento.
2. Rebaja de la nota de disciplina. Una falta gravísima disminuye 5.0 puntos en la nota
de disciplina del periodo.
3. Denuncia ante las autoridades competentes.
4. Informar al padre de familia o al acudiente del estudiante cuando se comete una falta
gravísima.
5. El caso debe ser informado al Concejo Directivo.
6. Si es del caso, remisión al Comité de Orientación Pedagógica.
7. La institución educativa puede cancelar la matricula del estudiante o reservarse el
derecho de admisión para el siguiente año lectivo.
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Artículo 51. Causales para la cancelación de la matrícula. Una vez agotados los recursos y realizado el debido proceso que garantice a los estudiantes la protección de sus derechos, la directiva de la institución educativa puede cancelar la matrícula a los estudiantes (en cualquier período del año escolar) que por algún motivo no demostraron una actitud de cambio para cumplir con los compromisos contraídos el día de la matrícula, con las normas del presente Manual de Convivencia o con el Contrato Disciplinario o Pedagógico. Parágrafo:Todo el proceso debe quedar consignado en el libro de disciplina y en la ficha de seguimiento del estudiante.
Artículo 52. Causales para la pérdida de cupo.
1. Por la reincidencia en las faltas disciplinarias graves y gravísimas.
2. Cuando los estudiantes y los padres de familia no cumplen con los deberes que
establece este Manual de Convivencia.
3. Por no cumplir con las exigencias propias de la matrícula (por el sólo hecho de firmar
la hoja de matrícula, el padre de familia y el estudiante se comprometen a cumplir
con todas las exigencias del presente Manual de Convivencia y del P.E.I.).
4. Cuando los estudiantes, padres de familia o sus acudientes no se encuentren a paz y
salvo al final del año por concepto de daños a la infraestructura o a su dotación.
Artículo 53. Perfil de los Padres de familia o acudientes
1. Tener compromiso y sentido de pertenencia por la institución
2. Responsabilizarse por la educación de los hijos como primeros educadores
3. Estar atento a las sugerencias presentada por los directivos y educadores
4. Estar comprometidos con los planes y programas que desarrolle la institución
5. Participar en las actividades que se programen, tales como la escuela de padres,
conferencias, talleres, seminarios y otros para su crecimiento personal y el de sus
hijos
6. Estar atento a las llamadas que haga la institución y más cuando se trata de dar
asesoría al estudiante cuando presente alguna irregularidad
7. Vivenciar valores como el amor, respeto, honestidad y responsabilidad en la
formación de sus hijos (as).
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8. Ser amable y respetuoso ante los docentes, administrativos y comunidad educativa
en general.
9. Testimonio de la filosofía institucional.
10. Ser crítico, participativo, conciliador y solidario.
11. Ejemplo de amor y fe.
12. Receptivo ante los cambios educativos.
13. Comprometido y responsable.
14. Ser tolerante y comprensivo en el proceso de desarrollo formativo de sus hijos (as).
Artículo 54. Deberes de los padres de familia
La familia es la célula principal de la sociedad, está tiene la responsabilidad de infundir la práctica de los valores y cumplimiento con los deberes en el establecimiento educativo como los siguientes:
1. Los padres de familia tienen la obligación de instruir y apoyar la educación en la
escuela por mandato Constitucional y Articulo No.7 Ley 115 de 1994 (Ley General de
Educación).
2. Exigir y velar porque sus hijos e hijas cumplan el Manual de Convivencia de la
Institución Educativa La Esmeralda.
3. Integrar al proceso educativo sus hijos e hijas en la escuela o institución formalizando
y renovando anualmente la matricula.
4. Acompañar a la Institución Educativa La Esmeralda en el proceso educativo de sus
hijos e hijas.
5. Suministrar a sus hijos e hijas todas las experiencias y medios que garanticen su
educación.
6. Proporcionar a sus hijos e hijas los útiles, uniformes y demás enseres indispensables
para el trabajo escolar.
7. Evitar que sus hijos e hijas porten y vengan a la institución a recibir clases con alhajas
u objetos de alto valor económico.
8. Participar activamente en las tareas y eventos que programe la institución.
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9. Informar oportunamente al rector sobre las causas del retiro de sus hijos e hijas de la
institución y proceder a cancelar la respectiva matricula.
10. Contribuir al crecimiento personal de sus hijos e hijas, fomentando el diálogo, la
comprensión y el amor hacia ellos.
11. Asistir a todas las reuniones y eventos a los que sean citados o solicitados.
12. Responder por las daños causados por su hijo en la institución o fuera de ella.
13. Colaborar con la asistencia puntual de sus hijos a las clases y actos de comunidad.
14. Presentarse a diligenciar el proceso de matricula en las fechas estipuladas por la
institución.
15. Enviar a sus hijos e hijas organizados y limpios a la institución.
16. Inculcar a hijos e hijas el respeto por la institución y comunidad educativa.
17. Dar permiso por escrito en la cual este acepte el desplazamiento de su hijo a tal
actividad y actué bajo su responsabilidad, esto para los eventos de actividad
pedagógica como ir a paseos fuera de la cabecera municipal, ir a piscina y otras que
impliquen alto riesgo.
18. Informar oportunamente las causas de inasistencia de sus hijos e hijas a clases.
19. No mandar a la institución en estado de embriaguez a sus hijos e hijas.
20. No presentarse en estado de embriaguez a la Institución Educativa La Esmeralda a
reclamar o a informarse a cerca de sus hijos e hijas.
21. Dirigirse respetuosamente a las autoridades educativas de la institución.
22. Verificar que todos los útiles y objetos que porten sus hijos e hijas sean de su
pertenencia de lo contrario informar a la institución.
23. Estar a paz y salvo con la Institución Educativa La Esmeralda.
24. Otras que por ley, les sean asignadas.
25. Registrar al niño desde el momento del nacimiento
26. Incluir a los niños en el sistemas de salud y de seguridad social y llevarlo en forma
oportuna a los controles de vacunación y demás servicios médicos
27. Promover en los niños el ejerció responsable de los derechos sexuales y reproductivos
y colaborar con la Institución sobre este tema.
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28. Abstenerse de realizar todo acto y conducta que implique maltrato físico, sexual o
psicológico y asistir a los centros de orientación y tratamiento cuando sea requerida.
29. Abstenerse de exponer a los niños, niñas y adolecentes a situaciones de explotación
económica.
30. Prevenir y mantener informado sobre los efectos nocivos del uso y consumo de
sustancias psicoactivas legales e ilegales
31. Dar un trato digno e igualatorio a los niños con discapacidad y generar condiciones de
de equidadde oportunidades y autonomía para que puedan ejercer sus derechos.
32. A aportar alternativas de solución a los problemas y necesidades del establecimiento
y de los hijos.
33. Hacer buen uso de los auxilios que da el establecimiento para beneficio de ellos.
Artículo 55. Derechos de los padres de familia o acudientes
Los padres de familia gozarán de los siguientes derechos:
1. Los consagrados en la Constitución, la Ley 115 de 1994 y decretos reglamentarios y el
Proyecto Educativo Institucional.
2. Ser atendido con cortesía por los integrantes de los diferentes estamentos de la
Institución Educativa La Esmeralda en un dialogo abierto que favorezca la orientación
de su hijo.
3. Ser informado y comunicado sobre los procesos académicos y comportamentales de
sus hijos e hijas.
4. Solicitar por parte de la institución informes, certificados y constancias de estudios de
sus hijos e hijas.
5. Participar en las diferentes actividades organizadas por la institución o padres de
familia.
6. Presentar reclamos justos y respetuosos dentro del tiempo fijado por las normas
establecidas.
7. Exigir el cumplimiento del debido proceso hacia sus hijos e hijas expreso en el PEI y
Manual de Convivencia de la institución.
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Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 89
8. Elegir y ser elegido en los diferentes órganos del gobierno escolar a que tiene derecho
(Asociación de Padres de Familia, Consejo de Padres y Consejo Directivo).
9. Exigir una educación de calidad, integral armónica y humanista de acuerdo a los
avances que ofrece el siglo actual.
10. Obtener información y conocimientos oportunos sobre el P. E. I.
11. Participar en la construcción del Proyecto Educativo Institucional Institución Educativa
La Esmeralda.
12. Recibir formación y orientación familiar (escuela de padres, Psicorientación)
Artículo 56. ¿Qué es el gobierno escolar?
Según la propuesta educativa que plantean la ley 115 y el decreto 1860, todas las
instituciones educativas deberán organizar un gobierno escolar para la participación
democrática de todos los miembros de la comunidad educativa. Si pretendemos construir
unos procesos para la autonomía y la convivencia es indispensable propiciar unos espacios
para la participación, que nos permitan un crecimiento colectivo en la verdadera democracia.
Para la comunidad educativa, el crecimiento y madurez humana sólo son posibles a través
del desarrollo interior que se hace manifiesto en las actitudes y comportamientos de quienes
conforman la comunidad educativa. Por ello, quienes desempeñan cualquier cargo dentro
del gobierno escolar deberán tener una profunda identidad con nuestra filosofía, misión y
visión manifestada en su compromiso en la familia, en la institución, en la sociedad y frente a
sus responsabilidades.
El gobierno escolar es un instrumento para la participación, para el compromiso con la
comunidad, para la construcción y un aporte al crecimiento de la institución.
Artículo 57. Composición del gobierno escolar
El gobierno escolar está formado por los siguientes órganos (como lo determina el decreto
1860 en sus artículos 20, 21, 24, 29, 30, 31)
MANUAL DE CONVIVENCIA INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA ESMERALDA
Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 90
Artículo 58. Órganos de participación directa:
1. El Rector
2. El Consejo Directivo
3. El Consejo Académico
Artículo 59. El Rector
Es el representante legal de la institución ante las autoridades educativas y el ejecutor de las
decisiones del gobierno escolar.
Artículo 60. El Consejo Directivo
El Artículo 21 del Decreto 1860 de 1994 establece la conformación del Consejo Directivo,
según lo anterior y para dar una mayor participación y ser más pluralista, el Consejo
Directivo de la Institución Educativa La Esmeralda está conformado por:
El Rector quien lo preside.
Dos representantes de los docentes.
Dos representantes de los padres de familia, uno proveniente de la junta directiva del
Consejo de padres y el otro elegido en la Asamblea general de padres de familia.
Un representante de los estudiantes que curse el último grado que ofrezca la
institución.
Un representante de los exalumnos nombrado por la asociación de egresados
Un representante del sector productivo: El cuál debe ser seleccionado por las
asociaciones productores campesinos, mineros o comerciantes del municipio. De cada
gremio se presenta un candidato y la institución escoge de acuerdo a su autonomía, escoge a
la persona idónea.
Artículo 61. Funciones del consejo directivo
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1. Tomar las decisiones que afecten el Funcionamiento de la Institución
2. Servir de Instancia para resolver los conflictos que se presenten entre Docentes y
Administrativos, con los Alumnos de la Institución después de haber agotado los
procedimientos previstos en el Manual de Convivencia
3. Adoptar el Manual de Convivencia
4. Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de Nuevos
Alumnos
5. Asumir la Defensa y Garantía de los Derechos de toda la Comunidad Educativa,
cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado.
6. Adoptar el Plan de Estudios e Intensidad Horaria aprobado por el Consejo Académico
7. Participar en la Planeación, Reorganización, Ajustes y Evaluación del Proyecto
Educativo Institucional
8. Adoptar el Proyecto Educativo Institucional y su inscripción en la Secretaria de
Educación
9. Estimular, Controlar y Evaluar periódicamente el buen funcionamiento de la
Institución Educativa
10. Establecer Estímulos y Sanciones para el buen Desempeño Académico y Social del
alumnado, incorporándose al Manual de Convivencia
11. Adoptar el valor de los Derechos Complementarios de los Alumnos de la Institución,
teniendo en cuenta: Nivel Escolar, Nivel Socioeconómico y Situaciones Especiales
Familiares
12. Recomendar Criterios de Participación de la Institución en Actividades Comunitarias,
Culturales, Deportivas y Recreativas.
13. Establecer el Procedimiento para permitir el uso de las instalaciones y bienes de la
Institución en la realización de Actividades Educativas, Culturales, Recreativas,
Deportivas y Sociales de la Comunidad Educativa
14. Aprobar el presupuesto de Ingreso y Gastos de los recursos propios y de los
provenientes de auxilios o donaciones hechas a la Institución.
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Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 92
15. Promover las Relaciones de tipo Académico, Deportivo y Cultural con otras
Instituciones Educativas y la Conformación de Organizaciones Juveniles.
16. Darse su propio reglamento.
Artículo 62. Procedimientos del consejo directivo
1. Asistir a las Reuniones Ordinarias y extraordinarias convocadas por el Rector
2. Acompañar al Rector cuando sea necesario en las gestiones que se hagan ante las
Autoridades Educativas o la Administración Municipal
3. Al comenzar el año Escolar aprobar el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la
Institución
4. Cumplir con el Cronograma de actividades que se realiza anualmente
5. Adoptar cada año el Plan de Estudios y los ajustes que se hagan al P E I y Manual de
Convivencia
6. Antes de finalizar el año fijar el valor a cobrar para el próximo año, por concepto de
los Servicios Complementarios y los Estímulos y Becas a los alumnos Excelentes en su
Rendimiento Académico y las demás excepciones
7. Fijar los criterios para la asignación de nuevos cupos para el próximo año, lo cual
debe hacerse, antes de finalizar el año escolar.
MECANISMO DE POSTULACION, ELECCION Y PERIODOS DE REPRESENTANTES EN EL CONSEJO
DIRECTIVO, CONSEJO ACADEMICO Y COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR:
Criterios que se tienen en cuenta para la asignación de los cargos son los siguientes:
1. Se convoca a una asamblea general de padres de familia.
2. Se realizan postulaciones de cada sector.
3. Se realiza la elección mediante elección por mayoría.
PERIODO DEL CARGO: Un año a partir del momento que se elige.
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Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 93
REVOCATORIA DEL CARGO: Es revocado cuando el funcionario no cumple con las funciones
del cargo, para ello se convoca a una nueva asamblea y se realiza la sustitución.
CONSEJO ACADEMICO: En una reunión de docentes se escogen los jefes de cada área,
teniendo encuenta el perfil del docente en su área de formación. En los grados de primero a
tercero se selecciona uno de cada grado.
PERSONERO Y CONTRALOR ESTUDIANTIL:
El proceso de elecciones de personero y contralor, se realiza de la siguiente manera: - Se
realizan postulaciones, se realiza un proceso de campaña, luego se realiza la elección de
acuerdo a las normas legales vigentes.
Artículo 63. El consejo académico: como máxima instancia pedagógica estará compuesto
por:
a. El Rector quien lo preside
b. Los Coordinadores de cada una de las sedes.
c. Un docente de cada grado y/o uno de cada una de las áreas obligatorias y
fundamentales.
Artículo 64. Funciones del consejo académico
El Consejo Académico de la Institución Educativa La Esmeralda está conformada por: El
Rector, un docente por cada grado de la Básica Primaria, un docente por cada área del Plan
de Estudio de la Básica Secundaria y Media.
1. Servir de órgano consultor al Consejo Directivo en la reunión de la propuesta del
Proyecto Educativo Institucional.
2. Estudiar e introducir las modificaciones necesarias al Currículos de acuerdo a las
necesidades y orientaciones dadas en el Proyecto Educativo Institucional
3. Organizar y aprobar el Plan de Estudios introduciéndoles los nuevos requerimientos
pedagógicos como los Estándares, Competencias y Metas de calidad
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Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 94
4. Participar en la Evaluación Institucional Anual
5. Nombrar, organizar e integrar las comisiones de Evaluación y Promoción quienes
decidirán la promoción académica de los estudiantes.
6. Recibir y decidir los reclamos de los alumnos sobre la evaluación académica que realizan
los docentes de cada área.
Artículo 65. Procedimientos del consejo académico
1. En la primera reunión ordinaria debe elegir el Secretario General, y las Comisiones de
Evaluación y Promoción de cada grado
2. Organizar el Plan de Estudios, Intensidad Horaria y Criterios de Evaluación Académica
según lo establecido en el Decreto 0230 de 2002
3. Asesorar al Consejo Directivo en la reorganización del Proyecto Educativo
Institucional
4. Al finalizar el año escolar asesorar a las comisiones de Evaluación y Promoción sobre
las Promociones y las actividades de recuperación que deben realizar los alumnos que
en cada área estén con los logros pendientes
5. Al finalizar cada periodo académico realizar una reunión con los docentes con el
propósito de analizar y fijar criterios según el número de alumnos que presenten
dificultades de aprendizaje
Artículo 66. Otros Órganos que posibilitan la participación:
1. Consejo Estudiantil: compuesto por un vocero de cada uno de los grados, un
representante elegido entre los estudiantes del nivel preescolar y los tres primeros grados
del ciclo de primaria.
2. Asociación de padres de familia: formada por los padres de familia de la institución,
quienes eligen un representante por grado para participar en la asamblea de padres, que
elige a su vez a la junta directiva.
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Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 95
3. Consejo de padres de familia: está formado por los representantes de los grados que han
deseado participar en el proceso de formación pedagógica y de acompañamiento a la
institución a este nivel
4. Egresados de la Institución Educativa La Esmeralda: formada por todos los alumnos que
han sido proclamados como bachilleres de nuestra institución educativa. Su participación es
valiosa en el proceso de formación y de construcción en la formación integral que lleva la
institución.
Artículo 67. Consejo de estudiantes.
En la Institución Educativa La Esmeralda habrá un consejo de estudiantes quien es el máximo
órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación por parte
de los educandos. Estará integrado por un (1) vocero de cada uno de los grados
4º,5º,6º,7º,8º,9º,10º, y 11º ofrecidos por la institución y un (1) representante de los cuatro
primeros grados (0º,1º,2º y 3º) ofrecidos por la institución.
El Consejo Directivo deberá convocar en una fecha dentro de las ocho primeras semanas del
calendario académico, sendas asambleas integradas por los alumnos que cursen cada grado,
con el fin de que elijan de su seno mediante votación secreta, un vocero estudiantil para el
año lectivo en curso.
Los alumnos del nivel preescolar y de los tres primeros grados del ciclo de primaria, serán
convocados a una asamblea conjunta para elegir un vocero único entre los estudiantes que
cursan el tercer grado.
Artículo 68. Conformación del consejo estudiantil:
1. Un estudiante de grado tercero (Representa a los estudiantes de Preescolar, primero
(1º), segundo (2º) y tercero (3º) )
2. Un representante de cada grado (4º a 11º)
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Artículo 69. Perfil de los miembros del consejo estudiantil
Perfil del candidato (para personero y representante de grupo para el consejo estudiantil):
1. Ejemplo de vida, poseer valores y tener compromiso con la institución educativa.
2. Conocer y vivir la filosofía de la institución.
3. Responsabilidad en todas las actividades en que participa.
4. Dinamismo y alegría en la consecución de las metas propuestas.
5. Actitud positiva frente a las actividades académicas.
6. Buen rendimiento académico, buena disciplina, excelente puntualidad y pulcritud en sus
actos y en el vestir, cumplidor y dinamizador del Manual de Convivencia.
7. Capacidad de liderazgo.
8. Excelentes relaciones humanas.
9. Una actitud positiva y comprometida frente a la institución.
10. No poseer tatuajes, piercing, cabello largo en el caso de los hombres, ni llevar elementos
extravagantes en sus manos, cuello y cabello.
Artículo 70. Órganos que posibilitan la participación:
1. Consejo Estudiantil: compuesto por un vocero de cada uno de los grados, un
representante elegido entre los estudiantes del nivel preescolar y los tres primeros grados
del ciclo de primaria.
2. Personero: Es un estudiante del último grado (undécimo) ofrecido por la institución que
ha presentado a sus compañeros un proyecto coherente y consecuente en pro del avance de
los procesos de participación y convivencia institucional. Es elegido por la mayoría de los
estudiantes, previa presentación de su proyecto a través de los diferentes medios de
comunicación interna.
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Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 97
Parágrafo: Si los estudiantes del grado undécimo no participan en un 1% del total de la
población estudiantil de la institución, se tendrá en cuenta la participación para personero a
los estudiantes de los grados noveno y décimo.
Artículo 71. Funciones del consejo estudiantil
El Consejo de estudiantes de la institución está integrado por un estudiante desde los grados
cuartos de primaria hasta el grado once y sus funciones son:
1. Promover el cumplimiento de los derechos de los alumnos por parte de la
administración institucional y docentes de la institución.
2. Invitar a los alumnos a que presenten iniciativas que vayan en pro del mejoramiento
académico de la Institución
3. Promover la divulgación y conocimiento del Manual de Convivencia en toda la
institución.
4. Es deber de todos y cada uno de los miembros del consejo estudiantil como
representantes de los diferentes grados y parte fundamental del gobierno escolar,
llevar consigo el espíritu de trabajo y compromiso para con la institución.
5. Velar conjuntamente por el cumplimiento de los deberes, derechos y
responsabilidades de los diferentes organismos de la institución, estipulados en el
Manual de Convivencia.
6. Dar su propia organización interna.
7. Elegir representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo de la institución y
asesorarlo en el cumplimiento de su representación.
8. Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre el
desarrollo de la vida estudiantil, y
9. Las demás actividades afines complementarias con las anteriores que le atribuya el
Manual de Convivencia.
10. Promover la cultura, hacerse presente en la organización y realización de actos y
proyectos culturales, así como difundir el respeto, colaboración y participación activa
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Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 98
de todos los estudiantes, teniendo así una óptima representación de la comunidad
estudiantil.
11. Es deber del consejo estudiantil adelantar campañas de aseo, respeto, convivencia
social, apoyo al Manual de Convivencia, y al P.E.I., mediante metodologías apropiadas
y siguiendo las orientaciones de los directivo de la institución, educadores, el P.E.I. y
el Manual de Convivencia.
12. El consejo deberá proporcionar un informe mensual a Rectoría, y coordinadores
detallando las actividades, resoluciones que se desarrollaron durante ese tiempo.
Este informe es de carácter obligatorio y se denominará evaluación periódica.
13. El consejo estudiantil debe estar al tanto de la actuación de las selecciones de
deportes y demás representantes de la institución dentro y fuera del plantel, para
informar a los estudiantes y reconocer su destacada actuación ante la comunidad,
utilizando medios, tales como el periódico, altavoz de la institución y las carteleras de
las sedes.
Artículo 72. Procedimientos generales
Para el estudio de situaciones disciplinarias o académicas es necesario seguir unos conductos
y unos procedimientos con el fin de generar estrategias y llegar a la toma de decisiones.
a. Conducto regular:
1. El docente y el estudiante
2. El docente y el Director de grupo
3. El docente, el Director de Grupo y el estudiante
4. El Director de Grupo y/o docente con el Padre de familia y estudiante
5. El Director de Grupo con el Coordinador y estudiante.
6. El coordinador con el padre de familia y estudiante.
7. Rector con coordinador, el Padre de Familia y estudiante.
8. Consejo Directivo para tomar la decisión final.
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En este conducto regular debe haber diálogo, concertación y compromiso. Todo debe quedar
consignado por escrito y firmado por el estudiante y el docente, si es el caso, por el padre de
familia. En caso de que alguno se niegue a firmar y hacer compromisos debe hacerlo otra
persona como testigo. Además, deben quedar por escrito en el observador la falta cometida
y las estrategias orientadas para la mejor formación del educando.
Todo proceso disciplinario debe adelantarse teniendo en cuenta el respeto al debido proceso
del estudiante.
b. Instancias:
Las faltas leves deben resolverse a través del diálogo y el compromiso entre el docente y/o
Director de grupo y el estudiante o estudiantes implicados en la falta.
En caso de que el estudiante cometa faltas graves o gravísimas quien se entere de ellas, debe
llevarlas ante el coordinador donde se le abrirá el proceso disciplinario correspondiente. En
todo caso el Coordinador recibirá la información de los hechos e informará al rector. El
debido proceso que se adelantará será en el siguiente orden:
Anotación del hecho u omisión,
Notificación del pliego de cargos (personal o por edicto),
Notificación al personero estudiantil y al padre de familia,
Derecho a la defensa,
Medios de prueba,
Alegatos,
Decisión que deberá tomarla el coordinador,
Recursos ordinarios (apelación o reposición) que deberá interponerse ante el rector o
su delegado,
Decisión final donde se niega o se ratifica la decisión inicial,
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Absolución o aplicación de la sanción.
Cuando la falta requiere de la cancelación de la matrícula, el coordinador someterá el caso a
las instancias correspondientes (rector, consejo directivo). El departamento de
Psicorientación debe tener un informe de los estudiantes remitidos y de las ayudas y
correctivos aplicados y sugeridos por el mismo. Todo debe quedar consignado por escrito.
El Rector o el Coordinador pueden intervenir en cualquier momento, si el caso lo requiere,
haciendo caso omiso del conducto regular.
c. Medios:
Cuando se solicite el estudio de una sanción por alguna instancia, los padres de familia
deberán hacerlo por escrito, estableciendo el motivo, las razones y la justificación de su
solicitud. Ésta debe ser entregada en la Rectoría o, en su defecto, en la coordinación de la
institución.
Las amonestaciones y la toma de decisiones deben ir acompañadas de un informe escrito
que debe constar en un acta; con la firma de los participantes en el estudio del caso.
Las citaciones a los padres de familia deberán ser escritas, autorizadas por la coordinación y
entregadas al estudiante para que éste las haga llegar a los padres, quienes firmarán y
devolverán el desprendible de la citación o la copia de la misma, como constancia de haberla
recibido.
Todos los estudiantes tienen el derecho de defensa, al igual que los padres, debiéndolo hacer
por el canal y la instancia que corresponda.
Artículo 73. Procedimientos para algunas situaciones especiales
a. Ausencias:
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Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 101
Cuando el estudiante falte a la institución, el padre de familia o acudiente u otra persona
autorizada por el padre de familia debe acercarse al director de grupo o al coordinador para
justificar la ausencia del estudiante. Y en caso de incapacidad anexar la respectiva excusa
médica. Cuando el caso es fortuito a su regreso deberá presentar la excusa.
Para que un estudiante pueda ausentarse de la institución en horas de clase los padres deben
informar por escrito a través del diario de campo, por lo menos un día antes.
Si un estudiante debe ausentarse por cualquier motivo de la institución: enfermedad, trámite
de documentos de identidad, brigadas, etc., éste debe informar al coordinador quien se
comunicará con el padre de familia o acudiente para recibir su autorización.
Si no se informa con anterioridad, deberán quedarse dentro de la institución.
Las ausencias injustificadas serán sancionadas y se seguirá el proceso formativo –disciplinario
correspondiente.
La institución dará cumplimiento estricto al decreto 0230 de 2002, en cuanto a las ausencias
injustificadas.
Artículo 74. Estímulos
1. El cumplimiento eficiente y responsable de los compromisos adquiridos por los
estudiantes merece los siguientes estímulos:
2. Felicitación verbal y/ o escrita en la ficha de seguimiento por parte de los docentes y
compañeros con firma del padre de familia.
3. Estrategias de felicitación generadas por cada docente.
4. Hacer parte de los monitores en el salón de clase.
5. Hacerse acreedor a izar el pabellón nacional.
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6. Los estudiantes que alcanzaron un buen nivel en las competencias cognitivas y
afectivas, recibirán una mención en la clausura del año escolar (dos por grupo).
7. Reconocimiento por su labor deportiva, artística, científica o tecnológica.
8. Reconocimiento en la ceremonia de grado por el manejo adecuado de las
competencias, ser el mejor bachiller y ser el mejor en las pruebas del ICFES.
9. Exoneración de Matrícula, para estudiantes del nocturno.
10. Obsequio de uniforme.
11. Para los estudiantes del grado 11° por subir el nivel en las pruebas saber se concederá
un viaje.
12. El estudiante que obtenga el mejor promedio de las pruebas saber recibirá un
computador.
CONDICIONES PARA ACCEDER A LOS ESTIMULOS:
Rendimiento académico.
Comportamiento disciplinario.
Espíritu de colaboración de las actividades.
Sentido de pertenencia por la institución.
Por representar la institución en eventos públicos.
Por los resultados en las pruebas saber: Quinto, noveno y once.
Por ser el mejor bachiller.
PERIODICIDAD: Los incentivos se entregarán finalizando el año escolar.
AUTORIDAD COMPETENTE: El Consejo Directivo en sus funciones legales, docentes y
Comisión de Evaluación y Promoción.
MEDIOS DE DIVULGACION DE LA INFORMACION:
Tablero informativo
Web: www.ielaesmeralda.edu.co
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Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 103
Emisora escolar: esmeralda stereo 93.9
Reuniones generales.
Periódico Virtual
Bloger: http://tecnologiainfoiee.blogspot.com/
ACCESO Y REGULACION DE LOS ESTUDIANTES A LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN:
El encargado de la página web, revisará el contenido de la información antes de su divulgación.
Artículo 75. Conductos regulares para ejercer el derecho a la defensa
Atendiendo a la constitución Política de Colombia de 1991 artículo 29, el código del menor,
decreto 2737/1989 y la Ley General de Educación 115 de1994.
Toda persona tiene derecho al debido proceso y a la defensa y se presume inocente hasta no
se demuestre lo contrario.
El debido proceso en la Institución Educativa La Esmeralda está sustentado en él dialogo
permanente por parte de las directivas, docentes y alumnos, donde lo más importante es la
persona, buscando ante todo la conciliación y acuerdos entre las partes mediante
compromisos responsables, que busquen la sana convivencia.
Artículo 76. Procedimientos para resolver situaciones conflictivas
Para cualquier dificultad que se le presente a los alumnos(as) para resolver situaciones
conflictivas hay que tener en cuenta las siguientes orientaciones y correctivos:
1. Dialogo entre el educador(a) y el alumno(as) con quien se presentó la dificultad como
estrategia para reflexionar sobre la situación presentada y llegar a compromisos y/o
acuerdos de cada una de las partes.
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Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 104
2. Dialogo con el director de grupo respectivo cuando no se ha llegado a ningún acuerdo
entre las partes, o cuando la actitud del alumno ha sido reiterada en la falta no
cumpliendo los acuerdos o compromisos fijados.
3. Amonestación, por escrito, con el debido registró en el libro de control de disciplina
donde se consigne el compromiso o acuerdo a que se ha llegado sea disciplinario y/o
académico.
4. Notificación presentación y dialogo con el padre de familia ò acudiente por parte de
los docentes involucrados, director de grupo, Coordinador ò Rector donde se
buscarán las soluciones de común acuerdo, el cual quedará registrado y firmado por
los presentes en el observador o ficha del alumno. Está será motivo de calificación en
el comportamiento.
5. Si después de haberse agotado los pasos anteriores si persiste en la falta por parte
del alumno se considera como comportamiento dañino y se buscarán los correctivos
de acuerdo con el Decreto 1423 de 1993 en el artículo 7.
En reunión con el Consejo Directivo, el Personero de los estudiantes, el padre de familia o
acudiente y el alumno implicado, el cual será escuchado en su descargo, de ésta se levantará
un acta con copia a dirección de Núcleo o secretaria de Educación Municipal Y se asignara la
sanción acorde a la gravedad de la falta, de la siguiente manera:
a. Suspensión temporal del establecimiento por uno, dos o tres días según el caso.
b. Matricula condicional por un año lectivo o resto del año en
Según la gravedad de la falta el caso es remitido al coordinador (a) por parte del
acompañante del grupo.
c. Suspensión definitiva del plantel y negación del cupo hasta por tres años lectivos
previo visto bueno de la falta del Núcleo o Secretaria de Educación Municipal
Artículo 77. Debido proceso para los aspectos de evaluación, promoción y reprobación
de los estudiantes.
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Son aquellas reglas de juego acordadas con la comunidad educativa “Gobierno
Escolar” para realizar el proceso de evaluación y promoción de los estudiantes en la
Institución Educativa La Esmeralda.
Artículo 78. Bases para el proceso de evaluación
Dentro del P. E. I. integrar la planeación y la acción evaluativa con respecto a los fines
y objetivos previstos en la Ley 115/94, la filosofía de la institución, el plan de estudios,
los logros esperados, indicadores de desempeño y criterios para la evaluación y
promoción.
Definición del plan de estudios que incluya entre otros: Logros, indicadores y criterios
de evaluación y de promoción como producto de acuerdo con la comunidad
educativa.
Constitución y funcionamiento legal de las Comisiones de Evaluación y Promoción por
grado en la Institución Educativa La Esmeralda, lo cual se registrará en un libro de
actas los acuerdos, estipulando, relación de los estudiantes promovidos, quienes
quedan pendientes, los reprobados, las promociones anticipadas y las firmas de los
dos profesores del grado respectivo, un padre de familia que hace parte de dichas
comisión y la firma del rector o su delegado.
Análisis de resultados evaluación institucional, características y necesidades de los
educandos, avances actuales y dificultades; recursos disponibles para programar
actividades.
Reglas de juego conocidas: Difusión de los criterios de evaluación y promoción a toda
la comunidad educativa. Sensibilización para afianzar aceptación y confianza.
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Artículo 79. Bases para la promoción simple y controlada (nivelación
y recuperación)
Las Comisiones de Evaluación y Promoción se regirán por el Decreto 1290.
Las evaluaciones serán un proceso continuo, (progresos y dificultades permanentes),
integral (todos los aspectos), cualitativa (flexible, participativa, formativa, sistemática,
interpretativa, planificada), flexible (en cuanto a ritmos en el aprendizaje) y
participativa (auto evaluación, coevaluación).
Se expresará la evaluación cualitativa por medio de informes descriptivos-explicativos
de fácil entendimiento y comprensión para padres y estudiantes.
Determinar la evaluación, fundamentalmente por comparación del estado de
desarrollo formativo y cognoscitivo de un estudiante con relación a los indicadores de
desempeño propuestos en el currículo.
Programar después de la evaluación de cada semestre, las actividades grupales o
individuales requeridas para superar las fallas o limitaciones en la consecución de
logros, simultáneamente, las de profundización investigación y práctica.
Analizar en cada Comisión de Evaluación y Promoción, los casos persistentes de
superación o insuficiencia en la obtención de logros y prescribir para los últimos, las
actividades pedagógicas complementarias y necesarias para superar esas dificultades.
Además, cada Comisión de Evaluación y Promoción, debe tener presente el análisis de
aquellos educandos con valoraciones Insuficientes o deficientes en matemáticas y
lenguaje durante dos o más grados consecutivos y así poder emitir concepto de
reprobación de dicho año.
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Emitir concepto evaluativo integral de carácter formativo, acumulativo al terminar el
último periodo de evaluación del respectivo grado, previo análisis de los informes
periódicos. Tener registro escolar actualizado con datos académicos, de identificación
y concepto evaluativo integral, emitido al final de cada grado.
Tener en cuenta que la promoción de la educación básica, se fundamenta en el
reconocimiento de la existencia de diferencias en el sistema de aprendizaje de los
alumnos. Por eso los educandos deben tener oportunidad de avanzar según sus
capacidades y aptitudes personales.
Artículo 80. Bases para la reprobación de un grado
Las Comisiones de Evaluación y Promoción se regirá especialmente por los Decretos
No. 0230 de 2002 y el No. 3055 de 2002 que modifica el Articulo 9 del Decreto No.
0230 para su funcionamiento.1290
Esta comisión, será la encargada de determinar cuales estudiantes deberán repetir un
grado determinado, así:
1. Educandos con valoración final de (1) en tres o más áreas.
2. Educandos con valoraciones final de (1) en matemática o lenguaje durante dos
o mas grados consecutivos de la educación básica.
3. Que el estudiante hayan dejado de asistir injustificadamente a más del 25% de
las actividades académicas durante el año escolar.
4. Cuando después de cumplidas las actividades complementarias especiales
señaladas según lo dispuesto en el Articulo No. 52 del Decreto No.1860,
persiste la valoración de (1) en la satisfacción de los logros.
MANUAL DE CONVIVENCIA INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA ESMERALDA
Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 108
“Para continuar sus estudios en el grado siguiente, los estudiantes reprobados
por hallarse en una de estas circunstancias, deberán dedicar un año lectivo a
fortalecer los aspectos señalados como insatisfactorios en la evaluación. Para
lo cual seguirán un programa de actividades académicas orientadas a superar
las deficiencias que podrán incluir actividades previstas en el plan de estudios
general para diferentes grados, estudios independientes, investigaciones
orientadas u otras similares. Este programa será acordado con los respectivos
padres de familia y si es del caso, con la participación de los alumnos”.
Artículo 81. Orientaciones y correctivos pedagógicos (Circular No.
42 de 1984)
Los estudiantes de la Institución Educativa La Esmeralda, no están exentos de
cometer actos que afecten la disciplina y la conducta en su condición de seres
humanos por eso la institución, los educadores, el gobierno escolar y los padres de
familias, están en la obligación de orientar a los educandos sobre el manual de
convivencia o reglamento que los rige.
Los criterios pedagógicos que seguirán el docente y la institución para corregir los
comportamientos inadecuados de los estudiantes son:
Dialogo permanente con los estudiantes.
Orientación oportuna a los educandos acerca del comportamiento humano.
Control, seguimiento y evaluación permanente de los casos detectados de mal
comportamiento.
Asignación de responsabilidades a los estudiantes.
Auto evaluación a los educandos.
La coevaluación hecha por monitores y/o alumnos sobresalientes.
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Brindarle a los estudiantes talleres, convivencias, festivales recreativos,
carruseles y caminatas ecológicas, como estrategia de participación e
integración para que conlleven a una vida armoniosa y feliz dentro y fuera de
la institución.
Otras alternativas o estrategias para la solución de problemas de indisciplina y lograr
correcciones en los educandos:
Privación de actividades extraescolares.
No representar a la institución en eventos deportivos, culturales y recreativos.
El buen ejemplo de los padres y profesores.
Divulgación, análisis y explicación del manual de convivencia o reglamento.
Artículo 82. Periodo de compromiso
Cuando a juicio del Consejo de Profesores o Consejo Directivo, algún alumno por su
bajo rendimiento o por su comportamiento no cumple a satisfacción con los
requerimientos de la Institución Educativa La Esmeralda se puede iniciar un proceso
de acompañamiento, de la siguiente manera:
1. Reconocimiento y su compromiso de cambio por escrito de parte del estudiante.
2. Compromiso y acompañamiento periódico por parte de la familia.
3. Acompañamiento y seguimiento evaluativo de parte de la institución, por un
tiempo determinado y hasta que persista la dificultad.
Artículo 83. Actitudes que merecen reconocimiento
La comunidad educativa de Institución Educativa La Esmeralda para exaltar la
excelente labor de sus integrantes, tendrá presente las siguientes acciones:
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Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 110
*Excelente comportamiento * Rendimiento escolar
*Puntualidad *Sentido de pertenencia y mística
*Cumplimiento de horarios *Participación activa en la institución
*Espíritu de colaboración *Espíritu deportivo y cívico
Artículo 84. Estímulos
A. Con el fin resaltar el desarrollo armónico de los valores, las actitudes, las
habilidades y destrezas que benefician la convivencia pacifica y la buena
marcha de la institución, se tendrá en cuenta los siguientes aspectos para
estimular a los integrantes de la Comunidad Educativa de la Institución
Educativa La Esmeralda:
El rendimiento académico
El trabajo dedicado
El espíritu de colaboración, solidaridad y compañerismo
El espíritu cívico
Las practicas de las normas de urbanidad.
Las habilidades artísticas: cantos , poesías, pinturas, dibujos, cerámicas y
danzas
La capacidad de liderazgo
La buena voluntad y dinamismo para participar en las actividades de la
institución
La generosidad y ayuda a los más desprotegidos
La proyección comunitaria
El espíritu deportivo
La protección del medio ambiente y de los recursos naturales
La responsabilidad
El sentido de pertenencia
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El cuidado de su Colegio y la preocupación por buscar su mejoramiento y
embellecimiento
B - Para reconocer los méritos a los alumnos que se destaquen en estos aspectos y
formar la práctica de estas conductas deseadas, la institución concederá los estímulos
según cada caso especifico.
Izada del Pabellón Nacional
Representación del plantel en eventos cívico-culturales y deportivos
Mención de honor, diploma medallas
Premios.
Asignación de ciertas responsabilidades
Felicitación en público
Trofeos
Artículo 85.Premios
Los estudiantes de la Institución Educativa La Esmeralda que cumplan con los ideales
del estudiante que se forma se hace acreedor a premios como:
*Becas *Paseos.
*Medallas *Mención de honor
*Convivencia *Eximir de exámenes finales
*Izar las banderas de Colombia, de Antioquia, de El Bagre y de la institución
Artículo 86. CRITERIOS DE ADMISIÓN
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La calidad de estudiante de la Institución Educativa La Esmeralda deberá ser
entendido como atributo digno de merito lo cual se desprenden obligaciones,
derechos y la conciencia de estar siempre dispuesto a defender, conservar y proteger
esta institución, mediante la asunción de conductas que armonicen con los preceptos
de la institución y la ley.
Ser aceptado un estudiante en la Institución Educativa La Esmeralda, es el
reconocimiento del derecho a la educación y poder brindarle al él la posibilidad de ser
beneficiado para formarse integralmente, mediante una educación impartida por la
Institución Educativa La Esmeralda y por tanto, cuando el estudiante, por razones
plenamente probadas, sea declarado como no digno de pertenecer a la institución, el
Consejo Directivo lo declara mediante acuerdo y el rector ordenará el retiro del
estudiante de la institución mediante resolución motivada y se le notificará a los
padres del educando y/o su representante y publicará.
La institución se reserva el derecho de admitir o no al estudiante que sin causa justa
repruebe un grado o aparezca en su hoja de vida con anotaciones de indisciplina que
puedan redundar en perjuicio de la buena marcha de la Institución Educativa La
Esmeralda o afecten la convivencia de la comunidad educativa.
Artículo 87. EL UNIFORME DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA ESMERALDA
La Institución Educativa La Esmeralda adopta dos uniformes con el fin de disminuir
costos a los padres de familia.
1.1. Uniforme diario para hombres: es el vestuario común a todos los alumnos
hombres, con las siguientes especificaciones:
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Camiseta blanca de manga corta, con cuello y botones. Tiene todos los
distintivos que identifican la institución.
Jean azul oscuro, sin adornos.
Correa negra, sin adornos.
Medias blancas, no tobilleras.
Zapatos negros de cuero, con cordones negros.
En caso de usar camiseta interior deberá ser blanca.
Este uniforme debe ir encajado mientras el estudiante se encuentre dentro de la
institución.
1.2. Uniforme diario para mujeres: es el vestuario común a todas las estudiantes
mujeres, con las siguientes especificaciones:
Jumper de cuadros verdes y grises con un diseño especifico.
Camisa blanca de botones, con cuello redondo y manga corta. Al final de la
manga lleva una cinta de la misma tela del jumper.
Corbatín de la misma tela del jumper.
Medias blancas, no tobilleras.
Zapatos negros de cuero, con cordones negros.
En caso de usar blusas interiores deberán ser blancas.
En caso de usar moños, balacas u otros accesorios deberán ser del mismo
material del jumper.
1.3. Uniforme de educación física. Es el vestuario que usarán tanto los hombres como las
mujeres que estudian en nuestra institución exclusivamente para la clase de
educación física o para actos especiales en comunidad. Sus especificaciones son:
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Camiseta blanca, manga corta, cuello en “V” y todos los distintivos que
identifican la institución.
Sudadera de color verde con todos los distintivos que identifican la institución.
Medias blancas, no tobilleras.
Tenis de color blanco, sin líneas de otros colores.
Este uniforme tiene la posibilidad de ir o no encajado mientras el estudiante se
encuentre dentro de la institución.
PERSONAL DE SERVICIO
VIGILANCIA: Algunos son contratados por el municipio y otros por el Pascual Bravo.
SECRETARIA, BIBLIOTECARIA, ASEADORAS: son contratadas por el Pascual Bravo
(Medellín). Ley 80 del 1993, Ley 1150 del 2007.
Artículo 88. Perfil del personal administrativo y de servicios generales
(Secretarios, aseadoras, celadores, bibliotecarios y manipuladoras de alimentos).
Articulo 89. La Secretaria(o)
Poseer excelentes relaciones humanas que faciliten el servicio de la comunidad educativa
1. Tener capacidad de organización, orden y pulcritud en su lugar de trabajo
2. Ser puntuales, responsables y comprometido con sus funciones
3. Buena presentación personal acorde con su cargo
4. Alto nivel de eficiencia y optimizar la utilización de los recursos
5. Poseer descripción y prudencia en el manejo de la información
6. Ser oportuno en la atención al publico
7. Tener sentido de responsabilidad siendo honrado y cuidando los enseres de la
institución
8. Guardar distancia en el trato personal con los estudiantes.
9. Amable, cordial y humilde.
10. Comprometido con la formación de los estudiantes.
MANUAL DE CONVIVENCIA INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA ESMERALDA
Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 115
11. Comprometido con la filosofía e identidad de la institución
12. Humano y con capacidad de servicio.
13. Eficiente en su desempeño laboral.
14. Abierto al diálogo.
15. Consciente de su labor formativa.
Respetuoso y tolerante. Comité Escolar de Convivencia Por su parte, en cada institución educativa se conformará un comité escolar de convivencia que será conformado por el rector del establecimiento, el personero estudiantil, el docente con función de orientador, el coordinador académico, el presidente del consejo de padres de familia, el presidente del consejo de estudiantes y un docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar. Sus funciones son: 1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes. 2. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa. 3. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa. 4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo. 5. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 29 de la Ley, frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y
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reproductivos que no pueden ser resueltos por este comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y de la Ruta. 6. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos. 7. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el manual de convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura del Sistema Nacional De Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el comité.
1. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización
del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que sean del
contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores
maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía.
2. Comprometido con la Filosofía institucional.
Artículo 90. Del personal administrativo y de servicio generales
El personal administrativo y de servicios de la Institución Educativa La Esmeralda, lo
conforman las secretarias (os), la secretaria auxiliar, las aseadoras, las manipuladoras de
alimentos, el docente orientador, las bibliotecarias y los celadores.
Artículo 91. De la secretaria general
Hace parte del personal Administrativo de la Institución. Administrativamente el jefe
inmediato es el Rector. El patrón será la entidad que lo contrate.
La secretaria cumplirá con el manual de funciones y procedimientos asignados por normas
vigentes para tal fin y otras que le asignen el Rector o Coordinador.
Artículo 92. Funciones de la secretaria general de la institución
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1. Programar y organizar las actividades propias de su cargo.
2. Responsabilizarse del diligenciamiento de los libros de matrícula, calificaciones,
recuperaciones, asistencia, actas de reuniones, programaciones, etc.
3. Colaborar en la organización y ejecución del proceso de matrícula.
4. Mantener ordenada y actualizada la documentación de los alumnos, personal docente,
directivo docente, administrativo y de servicios generales.
5. Colaborar con el Rector y la Coordinación en la elaboración de los informes estadísticos.
6. Colaborar, con la rectoría en el estudio, análisis y cumplimiento de los requisitos legales
exigidos para optar el título de bachiller básico, académico o técnico
7. Organizar funcionalmente el archivo y elaborar guías que faciliten el manejo.
8. Supervisar las planillas de calificaciones e interesarse por su pronto diligenciamiento.
9. Elaborar las constancias y certificados que sean solicitados y refrendados con su firma.
10. Cumplir la jornada laboral legalmente establecida.
11. Atender al público en el horario establecido y dentro de los parámetros de las buenas
relaciones.
12. Responder por el uso adecuado, seguridad y mantenimiento de los muebles, asignados.
13. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas, de acuerdo con la naturaleza del
cargo.
14. Refrendar con su firma los documentos expedidos por el rector de la institución.
Artículo 93. Procedimientos de la secretaria general
1. Cumplir el horario de la jornada laboral de 8 horas diarias de lunes a viernes de 7:00 a.m.
a 12:00 y de 2:00 p.m. a 5:00 p.m. estar presta cuando el rector o coordinador se los
solicite.
2. Atender al público en forma amable durante su jornada laboral.
3. Atender la organización y ordenamiento de los archivos y libros reglamentarios, además,
de expedir los requerimientos de las autoridades competentes.
4. No se atenderá al público cuando las circunstancias urgentes lo ameriten.
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5. Colaborar en la organización y ejecución del proceso de matrículas ordinariamente y
extraordinariamente cuando sea necesario, y en la elaboración de los informes
estadísticos.
6. Revisar cuidadosamente y exigir el cumplimiento de los requisitos legales para optar el
título de bachiller básico, académico o técnico.
7. Responder por el uso adecuado, seguridad y mantenimiento de los muebles, equipos y
materiales confiados a su cargo.
8. Disponer de tiempo extra cuando por necesidades del servicio le sea solicitado por el
rector o coordinador de la institución.
Artículo 94. Funciones de la auxiliar de oficina
Depende del Rector y sus funciones son:
1. Atender al público en lo referente a la Institución
2. Organizar y archivar la correspondencia recibida y enviada.
3. Responder por el uso adecuado, seguridad y mantenimiento de los equipos y materiales
confiados a su manejo.
4. Elaborar las actas de: Reuniones de Docentes, Consejo Directivo y Consejo Académico.
5. Colaborar con las actividades de la secretaria.
6. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas por el rector o coordinador de
acuerdo a la naturaleza de su cargo.
7. Cumplir la jornada laboral asignada.
8. Organizar el archivo de la institución.
Artículo 95. Bibliotecario (a)
Las personas a cargo de esta dependencia de la institución deben identificarse con los
principios y la Filosofía de nuestra institución educativa, tanto en su quehacer específico
como en sus relaciones con los demás miembros de la comunidad educativa.
Artículo 96. Deberes del bibliotecario (a)
MANUAL DE CONVIVENCIA INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA ESMERALDA
Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 119
1. Conocer y asumir plenamente la Filosofía de la institución
2. Acompañar al estudiante en su proceso de formación lectora e investigativa.
3. Promover actitudes de fraternidad y solidaridad entre los miembros de la comunidad
educativa.
4. Velar por la interiorización del Manual de Convivencia.
5. Atender las inquietudes de los padres de familia, de los estudiantes y profesores para
buscar la solución.
6. Fomentar las buenas relaciones entre todos los integrantes de la comunidad
educativa.
7. Capacitarse y actualizarse continuamente.
8. Ser amable en la prestación del servicio.
9. Conocer el proceso formativo de la institución.
10. Velar por el orden y la disciplina en dichas dependencias.
11. Prestar atención, dar asesoría profesional y elaborar informes periódicos de la marcha
de la biblioteca a la Rectoría y coordinación.
Artículo 97. Derechos del bibliotecario
1. Ser respetado y recibir buen trato.
2. Recibir el respaldo y el apoyo de los compañeros.
3. Capacitarse.
4. Ser atendido en sus iniciativas.
5. Ser escuchado oportunamente por las directivas del colegio.
6. Ser informado oportunamente sobre las modificaciones que surjan en las políticas
administrativas de la institución
Artículo 98. Funciones del bibliotecario (a)
1. Brindar atención cordial y eficiente a todos los miembros de la comunidad educativa.
2. Mantener actualizado el inventario de libros y el material de consulta de las salas.
MANUAL DE CONVIVENCIA INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA ESMERALDA
Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 120
3. Crear un ambiente cultural adecuado en el interior de las dependencias.
4. Orientar la consulta e investigación.
5. Dar pautas de comportamiento y de formación a los estudiantes.
6. Ofrecer información sobre eventos culturales.
7. Decorar la biblioteca con elementos alusivos al buen uso de los libros y de promoción
a la lectura y la escritura.
8. Informar de las necesidades especiales, científicas y culturales, relacionadas con estas
dependencias.
9. Velar por el cuidado y mantenimiento de los materiales a su cargo, llevar el control
por escrito del movimiento del material asignado a estas dependencias.
10. Y demás funciones que el Rector o Coordinador deleguen de acuerdo al proceso de la
institución
11. Propender por el orden dentro de la biblioteca.
Articulo… REGLAMENTACION DE MATERIALES DE LA BIBLIOTECA
CONTROL EN EL PRESTAMO DE MATERIALES ASIGNADOS A LA BIBLIOTECA: La bibliotecaria
llevará registrado en un cuaderno los prestamos sean de: libros, revistas, computadores,
portátiles, tabletas, videobeam, grabadoras, parlantes.
Los estudiantes y comunidad en general podrán acceder a los libro en un periodo máximo de
ocho días.
Los docentes podrán disponer de los recursos tecnológicos para el desarrollo de las
actividades académicas sin sacarlos de la institución. Estos materiales solo podrán ser
solicitados y entregados por el docente.
Artículo 99. De la aseadora
Es una empleada de servicios generales de la institución educativa y cumplirá con el manual
de funciones y procedimiento asignados por el contratante, el rector o coordinador.
MANUAL DE CONVIVENCIA INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA ESMERALDA
Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 121
Artículo 100. Funciones de la aseadora.
1. Mantener ordenada y organizada la dotación de aseo de la institución.
2. Colaborar con el rector y la coordinación en buena presentación de la institución.
3. Organizar funcionalmente los implementos y materiales de aseo.
4. Cumplir la jornada laboral legalmente establecida.
5. Responder por las llaves, equipos, herramientas o bienes de la institución que le sean
asignados en función del cargo que desempeñan.
Artículo 101. Procedimientos de la aseadora
1. Cumplir el horario de la jornada laboral de 8 horas diarias con los siguientes horarios,
sede principal y de más sedes así: lunes a viernes de 6:00 a.m. a 9:00 a.m., de 11:00 p.m.
a 2:00 p.m.; de 5:00 p.m. a 7:00 pm. estar presta cuando el rector o su delegado se lo
solicite.
2. Atender amablemente a la comunidad educativa en especial a los estudiantes y público
en general dentro de las buenas costumbres.
3. Responder por el uso adecuado, seguridad y mantenimiento de los muebles, equipos y
materiales confiados a su cargo.
4. Responder por los implementos utilizados para la ejecución de sus labores.
Artículo 102. Del celador
Es trabajador un empleado de servicios generales de la institución educativa y cumplirá con
el manual de funciones y procedimientos asignados por el municipio y otras que le asigne el
Rector o coordinador.
Artículo 103. Funciones del celador
1. Ejercer vigilancia y control de zonas que se les han asignado.
2. Controlar la entrada y salida de personas, vehículos y enseres del plantel.
3. Velar por el buen estado y conservación de los implementos de seguridad e informar
oportunamente las anomalías detectadas.
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Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 122
4. Colaborar en la prevención y control de situaciones de emergencias.
5. Informar oportunamente sobre la novedad ocurrida en su respectivo turno.
6. Cumplir la jornada laboral legalmente establecida. cuando se haga necesario un cambio
de turno, contar con el visto bueno de la rector
7. Atender las sugerencias, instrucciones e indicaciones relacionadas a su cargo, hechas por
el rector o quien este delegue para tal fin.
8. Colaborar con el mantenimiento físico de las instalaciones de la institución Educativa.
9. Responder por las llaves, equipos, herramientas o bienes de la institución que le sean
asignados en función del cargo que desempeñan.
Artículo 104. Procedimiento del celador.
1. Ejercer vigilancia y control de las zonas que se les han asignado.
2. Controlar la entrada y salida de personas, vehículos y enseres del plantel.
3. Velar por el buen estado y conservación de los implementos de seguridad e informar
oportunamente las anomalías detectadas.
4. Colaborar en la prevención y control de situaciones de emergencias.
5. Informar sobre la novedad ocurrida en su respectivo turno.
6. Cumplir la jornada laboral legalmente establecida, cuando se haga necesario un cambio
de turno, contar con el visto bueno de la rectoría.
7. No salir de la institución a realizar diligencias de ninguna clase, o efectuar labores algunas
por fuera de la misma en su horario de trabajo, debe cumplir las ocho horas dentro de la
institución educativa, para evitar accidentes o incidentes lo que ocurra la institución
sufraga los gastos.
Artículo 105. Deberes de las manipuladoras de alimento
1. Utilizar adecuadamente la dotación respectiva como el gorro, el delantal, guantes y
el tapaboca, cuando se esté en el restaurante.
2. Garantizar una buena y excelente preparación de los alimentos.
3. Ser puntual al preparar los alimentos.
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4. Distribuir adecuadamente la merca de manera que no se desperdicie los alimentos.
5. Servir los alimentos completos utilizando los respectivos utensilios.
6. Conservar los alimentos en buen estado.
7. Mantener los implementos de cocina en buen estado y aseados.
8. Mantener la cocina y el restaurante en buenas condiciones de orden, aseo e higiene.
9. Tratar con respeto y cortesía a los beneficiarios del restaurante.
10. No se debe utilizar accesorios como anillos, pulseras, reloj y otros.
11. Se debe ajustar al uso del menú estipulado por el I. C. B. F.
12. Presentar certificado médico.
Artículo 106. Derechos de la manipuladora de alimentos
1. A recibir un trato cortes por parte de la comunidad educativa.
2. A recibir una bonificación puntual por el servicio prestado.
3. A recibir una dotación completa y en buen estado.
4. A tener en la cocina los alimentos respectivos.
5. A permisos remunerados
6. A no ser discriminado por razón de sus creencias religiosas o políticas, raza, sexo o
condición social.
Artículo 107. Deberes del administrador del restaurante
1. Entregar oportunamente los alimentos a las manipuladora los alimentos.
2. Organizar el menú estipulado por el I. B. F. C. para toda la semana.
3. Tener en cuenta el uso racional de los recursos.
4. Dar a la comunidad un trato adecuado.
5. Verificar la prestación del servicio a los alumnos que realmente lo necesiten.
6. Utilizar adecuadamente los recursos económicos en beneficio del restaurante.
7. Decir las observaciones con respeto.
8. Llevar una contabilidad sencilla de los ingresos y egresos del restaurante con sus
respectivas facturas.
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9. Dar informe financiero cuando se solicite.
Artículo 108. Derechos de la administradora del restaurante
1. A ser tratada con respeto por parte de la comunidad educativa.
2. A recibir del municipio los alimentos en buen estado.
3. A tener los libros que se utilizan para llevar las cuentas.
4. A ser relevada del cargo cuando se considere necesario.
5. A que se le colabore llevando los alumnos al restaurante con su respectivo director de
grupo.
Artículo 109. Del uso de los servicios especiales ofrecido por la institución.
Reglamento de las salas de computación
1. En las salas de cómputos está rotundamente prohibido promover actos de
indisciplina. No está permitido jugar al interior de la sala.
2. Tampoco se debe ni se puede correr dentro de las salas
3. No se puede ingresar a las salas ni menos comer ningún tipo de alimento. Ni tomar
bebida alguna.
4. Los alumnos deben ingresar sin bolsos, tulas o maletines.
5. Los alumnos deben ingresar con las manos limpias.
6. Para efectos de tomar notas es permitido el uso de un cuaderno y un lápiz.
7. Ante una eventual falla del sistema no está permitido bajo ninguna circunstancia,
manipular o tratar de arreglar los equipos (dar aviso inmediato al profesor de
cualquier irregularidad que se observe.)
8. No conecté o desconecte los equipos, puede ocasionar daños a los mismos, puede
ocurrir un corto circuito que afectaría su integridad física.
9. Está prohibido introducir elementos extraños (Lápices, Clips, ganchos, etc.) en
cualquier parte del computador.
10. No es posible operar el equipo en condiciones y programas distintos a lo dispuesto
por el educador.
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Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 125
11. La limpieza de los equipos se debe hacer de acuerdo a lo estipulado y para ello se
debe usar los elementos adecuados.
12. Se debe mantener la sala de computación en buenas condiciones de higiene y aseo.
13. No manejar los equipos sin autorización del coordinador de la institución o del
coordinador de la sala.
INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA ESMERALDA
RECTORIA
Resolución No. 003
(DÍA 16 de MES enero de 2013)
"Por la cual se establece el Reglamento de Usuarios de las Aulas de Informática de la Institución Educativa"
El rector de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA ESMERALDA, en uso de sus atribuciones estatutarias,
RESUELVE
ARTICULO UNICO. - Establecer el Reglamento de Usuarios de las Aulas de Informática de la Institución Educativa así:
Capítulo I. Usuarios y servicios de las Aulas de Informática
Artículo 1. Se consideran Aulas de Informática todos los espacios físicos y recursos de hardware, software y conectividad que la Institución Educativa ofrece como apoyo a las actividades de enseñanza/aprendizaje.
Artículo 2. Se consideran cuatro tipos de posibles usuarios de las Aulas de Informática a) estudiantes que se encuentren debidamente matriculados; b) profesores, coordinadores y directivos; c) empleados de la institución cuya vinculación con la IE se encuentre vigente; d) padres de familia y vecinos de la Institución Educativa; y e) usuarios del aula diferentes a los anteriores (capacitaciones específicas, cursos de educación continuada, usuarios individuales, etc). Los usuarios tipo c deben contar con autorización de la rectoría para hacer uso de las Aulas de Informática. Los usuarios tipo d y e solo podrán hacer uso de las Aulas de Informática en los horarios establecidos por la Institución Educativa.
Artículo 3. La institución ofrecerá a los usuarios de las Aulas de Informática los recursos de hardware, software y conectividad disponibles, para que sirvan como apoyo en sus actividades académicas. El uso académico prima sobre cualquier otra utilización.
Artículo 4. La administración de los recursos de las Aulas de Informática es responsabilidad del Departamento de Informática de la Institución Educativa. Las Aulas de Informática deben estar en todo momento bajo la responsabilidad del Coordinador Informático, o de un docente de informática, o de un docente de área o del monitor del Aula.
Artículo 5. La utilización por parte de los usuarios de las Aulas de Informática se hará de acuerdo con las condiciones establecidas en el presente reglamento.
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Capítulo II. Normas básicas para la utilización de las Aulas de Informática
Artículo 6. Los usuarios únicamente pueden utilizar los servicios para los cuales están autorizados. Sin la debida autorización, no se permite tener acceso directo a los servidores de las salas, copiar software o modificar los archivos que se encuentren allí. Para el uso de servicios especiales como sacar impresiones, grabar un CD/DVD o utilizar el escáner, se debe solicitar permiso al monitor o al docente responsable de la sala.
Artículo 7. Bajo ninguna circunstancia se podrá utilizar el nombre (login), código o clave de acceso (password) de otro usuario. Cada usuario debe permitir su plena identificación en la Red de la Institución.
Artículo 8. Los usuarios de los recursos de las Aulas de Informática, deben tener presente que sus acciones pueden afectar a la institución y a otros usuarios. Un usuario no podrá interferir en los procesos computacionales de la Institución con acciones deliberadas que puedan afectar el desempeño y seguridad de los recursos informáticos o de la información.
Artículo 9. Las clases que requieran el uso permanente de un Aula de Informática durante todo el año lectivo, serán solicitadas directamente por el jefe de departamento o por el coordinador académico y se asignarán en el orden riguroso a la recepción de dicha solicitud, dando prelación a las asignaturas en las que se trabaja con integración de las TIC.
Artículo 10. El uso de las Aulas de Informática y de los servicios de Red serán para fines exclusivamente académicos. Está prohibido usar los equipos de las Aulas y los servicios de Red para jugar, enviar o recibir información pornográfica o de propósito netamente comercial. Por comodidad de los usuarios, sólo se permite el uso simultáneo de un computador a un máximo de dos (2) personas.
Artículo 11. El horario de servicio será establecido y dado a conocer a todos los usuarios por el Departamento de Informática. La utilización de los recursos de las Aulas de Informática en horario diferente al escolar debe estar debidamente autorizadas por el personal administrativo de la Institución Educativa.
Artículo 12. En caso de pérdida, daño o deterioro de los equipos usados, el usuario debe reportar inmediatamente esta situación al monitor de la Sala para proceder a su reparación. Si se determina que el daño fue causado por mal manejo o maltrato del equipo, el usuario responsable debe encargarse de la reparación del mismo.
Capítulo III. De los deberes y derechos de los usuarios
Artículo 13. Son deberes de los usuarios:
1. Hacer reserva de los equipos o de las salas con la debida anticipación, de conformidad con las políticas establecidas por la Institución. La asignación de equipos se ajustará a la disponibilidad de equipos y a la atención de los usos prioritarios de las Aulas.
2. Reservar equipos de las Aulas de Informática para trabajo individual. Un usuario podrá reservar un máximo de 2 horas a la semana para trabajo individual. Este tipo de reserva solo podrá hacerse para realizar trabajos académicos o relacionados con la Institución Educativa.
3. El docente o responsable de una clase no debe abandonar en ningún momento el Aula de Informática sin dar aviso previo al encargado o monitor de la misma. Si el profesor no va a estar
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presente durante la clase en el Aula debe especificarlo en el momento de reservarla.
4. En caso de requerir algún software especial, el profesor debe solicitar su instalación con la debida anticipación indicando en cuántos y en cuáles equipos del Aula de Informática se requiere.
5. Cumplir puntualmente con los horarios de servicio establecidos para trabajar en las Aulas de Informática.
6. Cuidar los recursos de hardware y software así como los muebles y demás materiales que se encuentran disponibles para su uso en las Aulas de Informática.
7. Informar inmediatamente al encargado de la sala sobre cualquier irregularidad en el funcionamiento del equipo asignado (hardware, software o conectividad).
8. Acatar las instrucciones y procedimientos especiales establecidos por la Institución para hacer uso de los recursos de las Aulas de Informática.
9. Abstenerse de fumar y consumir alimentos y/o bebidas al interior de las Aulas de Informática.
10. Mantener la disciplina y no interferir con el trabajo de los demás usuarios de las Aulas de Informática.
11. Los usuarios tipo a (estudiantes) que requieran salir del Aula durante la clase, deberán solicitar autorización al profesor que esté a cargo en ese momento.
12. Procurar el debido orden, limpieza y cuidado de los equipos al terminar el uso, esto incluye apagar los equipos adecuadamente y dejar el puesto de trabajo limpio y ordenado.
13. En caso de práctica de grupo, el profesor debe responder por el cuidado general y el buen manejo de la sala y sus equipos durante la clase.
14. Almacenar correctamente su información y hacerlo únicamente en las carpetas destinadas para ese fin.
15. Cuidar sus objetos personales, ya que los encargados de las Aulas de informática no se responsabilizan por la pérdida de los mismos.
Artículo 14. Son derechos de los usuarios:
1. Recibir tratamiento respetuoso por parte del personal a cargo del Aula de Informática.
2. Recibir asistencia técnica en cuanto a hardware, software y conectividad se refiera, de acuerdo con las disposiciones definidas por la Institución.
3. Disponer de equipos en pleno funcionamiento en las Aulas de Informática.
4. Hacer uso del hardware, software y conectividad que se le haya asignado durante la totalidad del tiempo que se le haya acordado.
Capítulo IV. Préstamo de Equipos
Artículo 15. Los equipos de Informática (computadores, proyectores de video, cámaras fotográficas y de video, etc) sólo se prestan para usarse dentro de las instalaciones de la Institución Educativa, cualquier excepción debe autorizarla directamente las directivas. El préstamo a estudiantes, de cualquier equipo, deberá autorizarse por parte de un docente que asumirá responsabilidad solidaria.
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Artículo 16. El préstamo de equipos para realizar exposiciones dentro de las instalaciones de Institución, se regirá por los procedimientos establecidos por la Institución para tal fin.
Artículo 17. El préstamo de equipos es personal e intransferible y quien lo realiza se hace responsable de ellos hasta el momento de devolverlos.
Capítulo V. Causales de Sanción
Artículo 18. Son causa de sanción las siguientes acciones:
1. Utilizar los recursos de las Aulas de Informática para fines no académicos. Por ejemplo, navegar en páginas no autorizadas, reenviar cadenas de correo electrónico, reproducir videos o música cuando estos no hacen parte de una clase, etc.
2. No denunciar a otros usuarios que estén utilizando los recursos de las Aulas de Informática para fines no académicos.
3. Utilizar el código de acceso de otro(s) usuario(s) sin la debida autorización.
4. Violar o intentar violar los sistemas de seguridad de máquinas locales o remotas sin la debida autorización.
5. Perturbar el trabajo de otros usuarios con comportamientos interferentes.
6. No respetar los horarios de servicio establecidos por la Institución.
7. Desacatar alguna de las normas básicas para la utilización de las Aulas de Informática descritas en el Capítulo II del presente reglamento.
8. Incumplir alguno de los deberes enumerados en el Artículo 13 del presente reglamento.
9. Desacatar los procedimientos establecidos por la Institución para el uso de las Aulas de Informática.
10. Robar o cambiar equipos, partes o componentes de la dotación de hardware, software y conectividad de las Aulas de Informática.
11. Utilizar Chats, IRC y programas de comunicación en tiempo real, sin la debida autorización y sin la presencia de un profesor.
12. Ejecutar juegos de computador de cualquier tipo, sin la debida autorización y sin la presencia de un profesor. Esto aplica también para juegos en línea o en Red.
13. Descargar o reproducir archivos de video o de audio, sin la debida autorización y sin la presencia de un profesor.
14. Descargar cualquier software de Internet, sin la debida autorización y sin la presencia de un profesor.
15. Instalar o desinstalar software en equipos y servidores de la Institución, sin la debida autorización y sin la presencia de un profesor.
16. En calidad de profesor, desatender el Aula de Informática después de haber autorizado a algún usuario para realizar las acciones contempladas en los puntos 11 al 15 del presente Artículo.
17. Maltrato deliberado a los recursos de las Aulas de Informática.
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18. Modificar la configuración de los computadores.
19. Borrar archivos de otros usuarios.
20. Infectar, de manera intencional, los computadores con Virus, Spyware o Malware.
Capítulo VI. Sanciones
Artículo 19. La Institución Educativa la Esmeralda podrá imponer a los usuarios que incurran en algunas de las acciones enumeradas en el Artículo 18 del presente reglamento, las siguientes sanciones:
1. Amonestación verbal. Será impuesta por el encargado de la Sala de Informática, dependiendo de la gravedad de la falta.
2. Amonestación escrita. La harán los Coordinadores Académicos o de Disciplina mediante comunicación escrita, de la cual quedará copia en la hoja de vida del usuario.
3. Suspensión de clases por uno o más días a usuarios en calidad de estudiantes. La impondrá el Rector a solicitud del Coordinador Académico o de Disciplina.
4. Matricula condicional a usuarios en calidad de estudiantes. La impondrá el Rector, dependiendo de la gravedad de la falta.
5. Cancelación temporal. Será impuesta a los usuarios tipo d y e (Artículo 2) por el encargado de las Aulas de Informática, dependiendo de la gravedad de la falta.
Artículo 20. El procedimiento para la aplicación de las sanciones mencionadas a los estudiantes, se regirá por el Manual de Convivencia de la Institución.
Artículo 21. Cualquier situación no prevista en el presente reglamento, la resolverá el Rector de acuerdo con el Manual de Convivencia de la Institución.
POBLACION BENEFICIARIA: Son todos los estudiantes. (Focalizados en el Simat).
Artículo 110. Reglamento para el uso de la biblioteca
1. Al ingresar a la biblioteca no debe hacerlo con bolsos, paquetes, ni objetos
personales.
2. Solicitar los libros o los materiales a la persona encarga de la biblioteca.
3. Solo se permite ingresar un cuaderno y/o un lápiz.
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Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 130
4. Los usuarios no podrán tomar prestado las pertenencias de uso exclusivo de la
biblioteca.
5. No se permite el ingreso a la biblioteca implementos y distractores que perturben el
silencio.
Artículo 111. Comité de convivencia
Crear los equipos de Convivencia Escolar como estrategia pedagógica para la prevención de
la violencia escolar y la promoción de la convivencia en la institución,
Parágrafo 1: Se conciben los equipos de convivencia escolar como estrategia pedagógica, en
tanto movilizan técnicas individuales de auto aprendizaje, auto responsabilidad y
autorrealización en los estudiantes, así como de técnicas grupales que propician la
interrelación entre los docentes y los estudiantes, de los estudiantes entre sí y de los
docentes, estudiantes y demás actores entre sí, en atención al logro de competencias,
obtención de información, construcción de conocimientos, cambios de actitudes,
reconocimiento de la experiencia previa, la atención a necesidades del colectivo y el
aprovechamiento de oportunidades para apoyar y orientar las acciones referidas a la gestión,
la normativa, la resolución pacífica y dialogada de los conflictos y la participación
comprometida para la promoción de la convivencia, la democracia y los derechos humanos
en la institución.
Parágrafo 2: La implementación de los Equipos de Convivencia Escolar, implican su
conformación, compromiso con su funcionamiento, articulación de acciones al Proyecto
Educativo Institucional y el tejido de una red escolar democrática a partir de la promoción de
la convivencia.
ARTÍCULO 112. Objetivos del Equipo de Convivencia Escolar:
Objetivo General:
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Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 131
Apoyar y orientar a la institución educativa en la construcción, ejecución, seguimiento y
evaluación de planes, programas, proyectos y demás acciones encaminadas a la prevención
de la violencia escolar y la promoción de la convivencia.
Objetivos Específicos:
1. Ofrecer a la institución educativa posibilidades y alternativas pedagógicas para el
tratamiento y solución acertada del conflicto y para la promoción de la Convivencia
Escolar.
2. Promover y desarrollar en todos los integrantes de la comunidad educativa una
formación que favorezca la prevención de toda clase de violencia o agresión a partir de la
práctica de principios y valores encaminados a lograr la sana convivencia.
3. Promover la revisión y reelaboración participativa del manual de convivencia escolar para
su re contextualización y pertinencia de acuerdo a los cambios del contexto social y
escolar.
4. Elaborar reflexividad y conocimiento permanente sobre la situación de la convivencia
escolar que contribuya a la generación de mejores políticas y estrategias en el
tratamiento de conflictos.
ARTICULO 113. Conformación del Equipo de Convivencia Escolar
En la institución educativa se debe conformar el equipo de convivencia escolar a partir de un
ejercicio democrático y participativo teniendo en cuenta a directivos, docentes, estudiantes
y padres de familia. Su conformación debe ser de la siguiente manera:
- Docente Coordinador de Convivencia o de disciplina
- Personero escolar
- Dos representantes de estudiantes de básica primaria: uno de 4 grado y otro de 5
grado.
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- Un representante de estudiantes por cada grado de básica secundaria
- Un representante de estudiantes por cada grado de la media.
- Tres docentes: uno de básica primaria, uno de básica secundaria y uno de la media.
- Tres padres de familia de los diferentes niveles que ofrece la Institución Educativa.
ARTÍCULO 114. Vigencia:
El equipo de Convivencia Escolar, tendrá una vigencia de dos años, durante los cuales
deberán reemplazar los representantes de los estudiantes que se promocionan del grado
once o los miembros que por decisión propia o del equipo, se retiren; con el propósito de
continuar con el mismo número de integrantes con el cual fue creado el respectivo Equipo de
Convivencia Escolar.
Una vez cumplidos los dos años de funcionamiento del Equipo de Convivencia Escolar, se
procederá a nombrar los integrantes del nuevo Equipo.
ARTICULO 115. Reglamentación:
El Equipo de Convivencia Escolar, se regirá por el siguiente reglamento:
1. Una vez conformado el Equipo de Convivencia Escolar, se procede a nombrar un líder,
quien será el responsable de liderar todas las acciones en torno a la convivencia con
el apoyo de los demás integrantes y reportar a la Secretaría de Educación para la
Cultura los avances y logros referidos a los procesos de convivencia escolar.
2. La participación de los integrantes del equipo es indelegable, salvo casos de fuerza
mayor debidamente justificada ante el líder.
3. El Equipo de Convivencia, se reunirá cada mes y de manera extraordinaria cuando así
lo solicite el líder o por solicitud sustentada de los demás integrantes.
4. La inasistencia sin causa justificada a dos reuniones, dará lugar a nombrar el
reemplazo de este integrante.
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5. De cada reunión, se levantará un acta que permitirá registrar el proceso vivido, así
como las propuestas, sugerencias, recomendaciones y avance de cada una de las
actividades realizadas.
6. El Equipo de Convivencia Escolar debe elegir un(a) secretario(a) y tendrá las siguientes
responsabilidades:
- Elaborar el acta de las reuniones y archivarla una vez sea aprobada y firmada por
quienes intervinieron.
- Convocar a las reuniones que se programen, indicando fecha, hora, lugar y la
respectiva agenda.
- Las demás responsabilidades que le asigne el líder del equipo de Convivencia
Escolar.
ARTICULO 116. Funciones del Equipo de Convivencia Escolar:
El Equipo de Convivencia Escolar, orientará sus actuaciones dirigidas a la promoción de la
convivencia escolar, sus funciones son:
1. Realizar una oportuna valoración y análisis de los ambientes escolares para orientar el
plan de trabajo del Equipo de Convivencia en el tratamiento de las situaciones que
puedan generar conflicto y realizar seguimiento a su evolución.
2. Diseñar, planear, vigilar y evaluar las políticas y actividades de prevención de la
violencia escolar y promoción de la convivencia estableciendo metas y objetivos en el
plan de trabajo.
3. Liderar la elaboración de una visión compartida y un plan de trabajo que reciba el
apoyo de las Directivas del Establecimiento Educativo.
4. Identificar necesidades, solicitar ideas, estimular la participación de todos miembros
de la comunidad en la generación de prácticas y propuestas de convivencia escolar,
así como vincular las actividades escolares con otras actividades de la comunidad con
el fin de fortalecer y extender su impacto.
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Por una educación formadora de hombres y mujeres de bien. 134
5. Liderar la construcción, ajuste y socialización del Manual de Convivencia con los
diferentes actores educativos.
6. Proponer estrategias, mecanismos y procedimientos para el tratamiento de los
conflictos y promoción de la convivencia en la institución educativa.
7. Mantener informada a la comunidad educativa, de las propuestas implementadas en
pro del mejoramiento de la convivencia y llevar actas, registros y descripciones
adecuadas de las intervenciones realizadas.
8. Planear estrategias de formación y actualización en temas relacionados con la
convivencia escolar que desarrolle competencias y habilidades en los integrantes del
Equipo de Convivencia, para apoyar y participar en el desarrollo de actividades
encaminadas a la promoción de la convivencia y el tratamiento y manejo de los
conflictos.
9. Diseñar y participar en procesos de movilización que incluyan elementos de
comunicación donde participen padres de familia, estudiantes, autoridades locales y
comunidad en general para construir cultura ciudadana en torno a una convivencia
sana y democrática en el aula, el establecimiento educativo y la comunidad.
COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR
Está conformado por las siguientes personas:
1. El rector.
2. Personero Estudiantil.
3. Docente Orientador:
4. Coordinador.
5. Presidente del Consejo de Padres de familia.
6. Presidente de consejo de estudiantes
7. Docentes que lideren proceso de convivencia escolar.
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Comité Escolar de Convivencia Por su parte, en cada institución educativa se integrará un comité escolar de convivencia que será conformado por el rector del establecimiento, el personero estudiantil, el docente con función de orientador, el coordinador académico, el presidente del consejo de padres de familia, el presidente del consejo de estudiantes y un docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar. Sus funciones son:
1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes. 2. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa. 3. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa. 4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo. 5. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 29 de la Ley, frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y de la Ruta. 6. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos. 7. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el manual de convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura del Sistema Nacional De Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el comité.
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8. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del
modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto
educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de
relacionarse en la construcción de la ciudadanía.
REGLAMENTO DE LA EMISORA
Solo entra el personal autorizado o quien haya pedido permiso.
No consumir bebidas ni alimentos dentro de la emisora.
No se prestan los implementos técnicos sin autorización del rector.
Hacer buen uso de los equipos.
Mantener el lugar en buen estado.
No hacer interrupciones cuando se esté grabando.
No tocar los equipos (solo el personal autorizado).
BIBLIOGRAFÍA
Constitución Política de Colombia de 1.991 La Ley General de Educación “Ley No.115 de 8 de febrero de 1.994 y la Ley 715 de 2001. Los Decretos reglamentarios números 1860 y 1857 de 1.994, 0230 de 2002, 3055 que modifica el Artículo 9º del Decreto 0230 de 2002 y el 1850 de 2002. Decreto 1290 de abril del 2009 El Decreto Departamental No.1423 del 6 de mayo de 1993 El Decreto No. 2737 de 1989 o Código del Menor Ley 1098 del 8 de noviembre 2006
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La Resolución Número 2343 del 5 junio de 1.996 La Resolución Nacional Número 13342 de 1.982 Las Circulares Números 42 de 1984 y la 19 del 14 de marzo de 1994 El primer Proyecto Educativo Institucional de la Institución año 1995 La sentencia Nº de 10 de junio de 1.998 de La Corte Constitucional.
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