CARRERA DE DERECHO
OFICINA DESARROLLO PROFESIONAL Y PRÁCTICAS ESTUDIANTILES FACULTAD DE HUMANIDADES Y CIENCIAS SOCIALES
MANUAL Y REGLAMENTO DE PRÁCTICA ESTUDIANTIL PARA LA CARRERA DE DERECHO
Alba Liliana Jaramillo Gómez Coordinadora Oficina Desarrollo Profesional y Prácticas Estudiantiles
Santiago de Cali, septiembre 13 de 2013
AGRADECIMIENTOS:
Este Manual ha sido producto del apoyo de muchas personas, que han hecho aportes
significativos a cada uno de los procedimientos, para llevar a cabo con éxito las practicas
estudiantiles de la Carrera de Derecho.
Quiero agradecer muy especialmente al Director de la Carrera de Derecho, Doctor Luis
Miguel Montalvo P; a La Directora del Consultorio Jurídico, Dra. Juliana Rojas A y a la
Oficina Jurídica de la Universidad, porque sin ellos no hubiera sido posible recopilar toda
esta información para elaborar el presente Manual.
Mil gracias
Alba Liliana Jaramillo Gómez.
CONTENIDO
1. GENERALIDADES SOBRE LA PRÁCTICA ESTUDIANTIL
2. OBJETIVOS DE LA PRÁCTICA ESTUDIANTIL
3. COMPONENTES DE LA PRÁCTICA
4. PERFILES Y MODALIDADES DE PRÁCTICA
5. PROCEDIMIENTO DE LA PRÁCTICA ESTUDIANTIL
6. PROCESO DE SELECCIÓN DE ESTUDIANTES EN PRÁCTICA
7. TIPOS DE CONTRATO
8. ELABORACIÓN DEL PROYECTO DE PRÁCTICA
9. DESARROLLO DE LA PRÁCTICA
10. INSTANCIAS Y RESPONSABILIDADES
11. SOBRE PRÁCTICAS EN ZONAS DE RIESGO POR EL CONFLICTO ARMADO
12. REGLAMENTO
13. ANEXOS
1. GENERALIDADES SOBRE LA PRÁCTICA ESTUDIANTIL
1.1 Definición
La Práctica Estudiantil es una estrategia pedagógica que se inicia una vez que los
estudiantes de la Carrera de Derecho han cursado satisfactoriamente al menos 178 créditos
de su respectivo Plan de Estudio. Este requisito es válido para el plan que inició en 2008-1.
Su objetivo es consolidar y enriquecer las competencias de carácter profesional y
académico, que se consideran prioritarias para el ejercicio integral de la disciplina del
Derecho.
La Práctica Estudiantil es una asignatura que hace parte de la matrícula académica y que
equivale a 9 créditos del plan de estudios. Su carácter académico exige el seguimiento
permanente a los estudiantes, de forma tal que permita planear y realizar acciones claves de
mejoramiento en forma oportuna, y que en las fechas establecidas permita el reporte de
notas definitivas para el semestre
La Práctica Estudiantil consiste en la vinculación de un estudiante en una entidad
usualmente por 6 meses calendario, durante los cuales se formula y desarrolla un proyecto
de intervención con una dedicación de 25 horas semanales, y que debe cumplir con un total
final mínimo de 600 horas, bajo la orientación de Asesores, tanto de la Entidad como de la
Universidad.
Sin embargo, dadas las características de la práctica en el campo educativo, en donde en la
mayoría de las veces los últimos meses de práctica coinciden con las vacaciones de las
entidades educativas, éstos deben ser compensados con una práctica de 30 horas a la
semana.
La práctica estudiantil es un elemento de la estrategia pedagógica de la Pontificia
Universidad Javeriana en sus programas de pregrado, y por eso forma parte de todos sus
currículos y planes de estudio (artículo 57 del reglamento de estudiantes PUJ).
Dada la participación de personas cobijadas por diferentes reglamentos, se hace necesario
formular y divulgar criterios comunes que rijan para todos los involucrados, al menos en lo
concerniente a la dimensión académica de la práctica estudiantil, uno de los más
importantes es el proyecto de intervención.
Este Proyecto de los estudiantes en práctica, constituye una herramienta privilegiada para
materializar las intenciones de proyección comunitaria consagradas en la Misión de la
Universidad, y ello le confiere singular importancia a los criterios para la elección de sitios
de Práctica, en términos de la existencia de condiciones propicias para tal efecto.
2 OBJETIVOS DE LA PRÁCTICA ESTUDIANTIL
2.1 Objetivo General
Ofrecer un espacio de la Entidad al estudiante, donde se generen oportunidades para aplicar
los elementos metodológicos y conceptuales adquiridos durante la formación profesional en
Derecho.
2.2.2 Objetivos Específicos
Proporcionar a la Carrera y al proceso formativo, la retroalimentación necesaria,
obtenida del entorno y de las Entidades sobre: fortalezas y debilidades de los
estudiantes en práctica y áreas a reforzar en el currículo.
Familiarizar al estudiante con el contexto laboral y de las entidades, por medio de la
adaptación a normas y condiciones ocupacionales propiamente dichas.
Enfrentar al estudiante con las posibilidades y limitaciones que ofrece el entorno, para
desarrollar sus conocimientos profesionales acordes con la Misión de la Universidad.
Fortalecer en el estudiante las competencias para trabajar con profesionales de otras
disciplinas en pos de objetivos comunes.
Propiciar en el estudiante el desarrollo de una actitud investigativa frente a la realidad,
para contribuir al fortalecimiento de la disciplina como ciencia.
Promover en el estudiante un proceso de reflexión en torno a las dimensiones personal,
social y ética de su profesión, a partir de la confrontación con la realidad del trabajo del
abogado en las Entidades.
Promover en el estudiante la reflexión en torno a cómo los conceptos, metodologías y
conocimiento del Derecho pueden ser aplicados.
Sensibilizar al estudiante hacia las implicaciones económicas de cada acción
profesional y con ello, enfatizar en la necesidad de planearlas adecuadamente y
priorizarlas en el tiempo.
Establecer y consolidar relaciones de cooperación, compromiso e interdependencia con
las Entidades y la comunidad en general, a fin de contribuir al desarrollo socio jurídico
de la Región y el País.
3. COMPONENTES DE LA PRÁCTICA ESTUDIANTIL
Toda Práctica Estudiantil debe tener estos tres componentes:
Académico: Está dirigido al desarrollo de elementos teóricos y metodológicos propios
de las disciplinas que propicien la comprensión y conceptualización de los problemas
sociales. Busca fortalecer actitudes, habilidades y valores indispensables para la
actuación social.
Gestión: Implementación de metodologías de planeación y gestión de proyectos en
Derecho. Desarrolla en el estudiante la capacidad de monitorear y evaluar proyectos
organizados de información y actividades pertinentes para concebir un proyecto de
práctica, así como para ejecutarlo.
Actuación Social: Permite la inserción de los estudiantes en dinámicas sociales de
sectores de población con alta necesidad de servicio, con el fin de generar nuevas
alternativas de actuación, acordes con la naturaleza y características de los problemas y
la generación de procesos culturalmente contextualizados.”1
1 Sanin, Javier, SJ, La política Social, el reto del nuevo milenio. Revista Javeriana. Vol. 129 No. 136.
1997
4. PERFILES DE LA ENTIDAD RECEPTORA DE PRACTICANTES Y
MODALIDADES DE LA PRÁCTICA.
Entidades del sector público o del sector privado
Los estudiantes en práctica, podrán desempeñarse como asesores en las diferentes ramas
del Derecho (Comercial, Laboral, Civil, Administrativo, Familia, Penal, Constitucional) y
como funciones específicas podrán tener las siguientes:
Sector Público: (Rama ejecutiva, legislativa y judicial, entidades y órganos
administrativas)
Revisión de resoluciones, pliegos de licitaciones, procesos de contratación.
Revisión de calificación de propuestas en una licitación pública.
Emitir conceptos pedidos por dependencias de la misma entidad.
Revisar recursos de apelación que agotan vía gubernativa.
Seguimiento del cumplimiento de la normatividad nacional e internacional de los
derechos humanos.
Realizar liquidaciones de prestaciones sociales y demás derechos laborales.
Redacción de Demandas y Acciones Constitucionales y contestaciones de las
mismas.
Realizar conciliaciones en Derecho como miembros del Consultorio Jurídico de la
Universidad Javeriana, según lo prescrito por el art. 11 de la ley 640 de 2001 en
asuntos según la competencia señalada en el Decreto 196 de 1971 At. 30,
Modificado por el artículo 1 de la Ley 583 de 2000.
Formar parte de grupos de análisis criminológico.
De manera especial:
Rama Judicial:
Sustanciar providencias.
Realizar líneas jurisprudenciales.
Asistir en diligencias judiciales.
Sector Privado:
Redacción y revisión de contratos.
Realizar liquidaciones de prestaciones sociales y demás derechos laborales.
Capacitación a empresarios en temas de derecho comercial, laboral y tributario
Responder requerimientos de entidades estatales.
Redacción de Demandas y Acciones Constitucionales y contestaciones de las
mismas.
Revisión de procesos que se cursan ante la rama judicial y entidades
administrativas.
Brindar asesoría jurídica en las diferentes ramas de derecho.
Formar parte de grupos de investigación científica.
4.1 MODALIDADES DE PRÁCTICA ESTUDIANTIL
El semestre de Práctica Estudiantil puede realizarse en el país o en el exterior, por un
periodo mínimo de 6 meses calendario en el que laborará 25 horas a la semana, bajo alguna
de las siguientes modalidades.
Práctica en organizaciones: El estudiante puede vincularse a organizaciones de los sectores público, privado
o del tercer sector.
Práctica Investigativa: El estudiante se vincula a un proyecto de investigación de uno de los grupos de
investigación reconocidos por la Facultad y/o por grupos de otras universidades
con reconocido prestigio.
Proyectos de impacto social.
Se reconoce como práctica un proyecto que el estudiante formule con
indicadores de impacto y que cuente con el reconocimiento de una contraparte
que lo avale como de utilidad para una organización pública, privada o del tercer
sector.
Creación de empresa: El estudiante presenta un proyecto para crear su propia empresa en el ámbito del
Derecho. Este proyecto debe estar respaldado y avalado por la Carrera desde el
punto de vista disciplinar y por el programa de Emprendedores Javerianos,
desde la idea de negocio.
Práctica en el exterior: El estudiante a través de la Oficina de Desarrollo Profesional y Prácticas
Estudiantiles (DPPE), se vincula a una Institución u organización que acepte
todos los requisitos de la práctica. La práctica en el exterior se aprueba una vez
el estudiante demuestre que tiene al día toda la documentación legalmente que
lo habilita para realizar esta labor fuera del país y en los términos del presente
Manual.
- La Práctica Estudiantil se puede realizar en otro país, teniendo en cuenta las
siguientes consideraciones:
*Se debe contactar, en el otro país, una Institución u organización que cumpla
las condiciones y criterios estipulados en el Manual de Práctica Estudiantil.
* Se debe tener un Asesor Institucional en el sitio de prácticas que se haga
responsable del proyecto a realizar y las evaluaciones parciales y finales y de la
práctica estudiantil.
*La institución debe enviar, por escrito, la aceptación del estudiante como
practicante. La Oficina DPPE enviará una carta de aceptación del sitio.
*Se debe matricular financiera y académicamente la práctica.
*Se debe estar en contacto, vía internet, con un Asesor Académico, asignado por
la dirección de la carrera, quien acompañará al estudiante en su proceso de
práctica desde la Universidad, de manera virtual.
5. PROCEDIMIENTO DE PRÁCTICA ESTUDIANTIL
Estos procedimientos rigen para todas Las modalidades y los énfasis de práctica, aunque es
posible que en algunos casos haya procedimientos diferentes que deben explicitarse en su
momento.
La Práctica puede llevarse a cabo teniendo en cuenta las etapas que agrupan sus principales
actividades; en este sentido, la Práctica inicia con la solicitud de estudiantes por parte de
Entidades oferentes, continúa con el proceso de los estudiantes seleccionados y se
formaliza con la aprobación del Proyecto a realizar en la Entidad oferente, posteriormente
se desarrolla dicho Proyecto de Práctica para concluir con la entrega final y el posible
empalme con el estudiante siguiente.
5.1 Solicitud de estudiantes en práctica
El proceso de Práctica inicia con la solicitud de estudiantes por parte de las Entidades. Para
ello se deben diferenciar claramente tres momentos, a saber: la evaluación de las
condiciones ofrecidas por cada Entidad interesada en vincular estudiantes, el reporte de las
solicitudes concretas por parte de las Entidades aprobadas y la oferta de oportunidades de
Práctica a los estudiantes.
5.2. Evaluación de Entidades Oferentes.
El Director de la Carrera, los profesores, asesores académicos, directivos de la Universidad
y estudiantes pueden proponer Entidades para Práctica, asegurándose de establecer
compromisos con ellas, solamente después de que los responsables formales apliquen los
procedimientos establecidos para su aceptación como Sitio de Práctica Para ello deben
diligenciar la “Solicitud de practicantes” (ver anexos).
Para evaluar la adecuación de las Instituciones interesadas, la DPPE, debe coordinar la
realización de una revisión de las condiciones que ellas ofrecen, teniendo en cuenta los
siguientes criterios:
Pertinencia de la Entidad frente a los principios y lineamientos de la Universidad.
Existencia de un espacio institucional donde se requiera la capacidad de trabajo de un
estudiante en Práctica estudiantil y que en lo posible promueva el fortalecimiento de la
disciplina del Derecho.
Disposición de los medios formativos idóneos para crear oportunidades de aprendizaje,
de acuerdo con los objetivos curriculares de la Carrera.
Suficiencia de recursos físicos y materiales para la realización de la labor del estudiante
en Práctica.
Disposición de horarios y condiciones de las entidades, que permitan al estudiante en
Práctica cumplir con las demás responsabilidades académicas de último año.
Se sugiere realizar en lo posible, una visita formal a las instalaciones de la institución, con
el fin de constatar por medio de entrevistas; la idoneidad de las condiciones referidas.
Es importante anotar que una institución debe ser evaluada obligatoriamente, solo cuando
no ha tenido estudiantes vinculados en el pasado, en lo sucesivo, se realiza el seguimiento
natural, esporádico y aleatorio a los mismos aspectos mencionados, creándose la
posibilidad de suspender temporal o definitivamente las instituciones que dejen de ofrecer
la garantías mínimas que dieron lugar a su aceptación inicial.
Les corresponde a los estudiantes en práctica adquirir en la tienda Javeriana el presente
Manual para ser entregado a los asesores institucionales o jefes directos.
5.3. Reporte de Solicitudes
La solicitud de estudiantes debe formalizarse por medio del formato digital enviado por la
DPPE, donde se especifiquen las funciones del practicante, el perfil requerido, el asesor
institucional o jefe directo, las condiciones laborales de práctica. Esto es válido tanto para
las instituciones evaluadas por primera vez como para las que solicitan renovación de
estudiantes.
El canal idóneo para la recepción de estas cartas es la DPPE. Cualquier solicitud que
provenga de otra fuente deberá ser validada con la instancia pertinente.
5.4. Oferta a los Estudiantes
La DPPE debe informar a través de una reunión con los practicantes, las oportunidades de
práctica que correspondan a las entidades evaluadas por primera vez o que solicitan
renovación de estudiante y que han sido aceptadas para vincular estudiantes en práctica.
Esta publicación debe identificar las Entidades, precisando las características de la Entidad,
el perfil deseado en el estudiante, las exigencias especiales en programas o idiomas, las
funciones regulares básicas a desempeñar.
6. PROCESO DE SELECCIÓN DE ESTUDIANTES EN PRÁCTICA
6.1. Requisito
El único requisito que debe cumplir un estudiante para inscribirse en el proceso de Práctica
y matricularla formalmente, es haber aprobado todas las asignaturas del Plan de Estudios
vigente hasta noveno semestre (equivalente a 178 créditos) y haber cumplido con todas las
actividades programadas en el Seminario Taller de Equipamiento para el Trabajo.
6.2 Seminario Taller de Equipamiento para el Trabajo
La Universidad a través de las DPPE de todas las Facultades, realiza el Seminario Taller de
Equipamiento para el Trabajo dirigido a los estudiantes inscritos en el proceso de práctica.
Esta fase tiene como fin preparar al estudiante en términos procedimentales y actitudinales
y especialmente en lo relacionado con la adquisición y fortalecimiento de las competencias
requeridas para la vida laboral.
Para iniciar el proceso de práctica, los estudiantes deben asistir a todas las actividades del
Seminario Taller de Equipamiento para el Trabajo y obtener el correspondiente certificado.
6.3 Inscripción
Para inscribirse al proceso de Práctica los estudiantes deben asistir a las reuniones que se
realizan en el semestre previo a la práctica y cuando en estas se anuncie, realizar el
procedimiento en el sistema de prácticas. Adicionalmente, deben acreditar que conocen el
presente Manual y Reglamento firmando la carta de compromiso diseñada para tal fin. (Ver
anexos).
Evidentemente, esta inscripción tiene valor provisional hasta tanto se conozcan las notas
definitivas de las asignaturas que esté cursando en ese momento.
6.4 Selección
La selección de los estudiantes a realizar práctica, depende enteramente de las Entidades
oferentes; igualmente se respeta total autonomía institucional para la elección de las
modalidades de vinculación y/o remuneración para los estudiantes.
Los estudiantes que certifiquen su asistencia al Seminario Taller de Equipamiento para el
Trabajo y que deseen participar en la selección para acceder a alguna de las oportunidades
publicadas, deben entregar a la DPPE la carta de compromiso, subir al sistema de práctica
su hoja de vida y una fotografía como se indica en los anexos finales.
Una vez el estudiante suba la información al sistema de prácticas y lleven la carta de
compromiso, se procederá hacer el cruce de los perfiles de los estudiantes con las vacantes
requeridas por las empresas.
En estos procesos el estudiante debe participar siguiendo las normas éticas elementales,
cuidando la imagen que proyecta de sí mismo y de la Universidad; estableciendo con
seriedad y respeto los compromisos a que haya lugar.
6.5 Decisión y Formalización
Una vez la Entidad decida cuál estudiante encaja mejor en sus necesidades, (tiene ocho
días hábiles para hacer el proceso de selección), debe comunicarse con el estudiante para
comunicarle la decisión. Acto seguido la Entidad debe informar por escrito a la DPPE el
nombre del estudiante y código, el profesional designado como Asesor Institucional o jefe
directo, las principales funciones a realizar, y solicitar la designación del Asesor
Académico correspondiente.
La DPPE debe solicitar de inmediato al Director del Departamento de Ciencia Jurídica y
Política, la asignación formal del Asesor Académico. Para después de ello la DPPE proceda
a notificar al asesor académico, con copia al asesor institucional o jefe directo, Informando
la fecha de inicio y terminación de la práctica estudiantil. El estudiante deberá informarse
por intermedio del asesor institucional o jefe directo sobre el nombramiento del asesor
académico.
7. TIPOS DE CONTRATOS PARA REALIZAR LA PRÁCTICA
7.1 Por contrato laboral:
En este escenario, la vinculación se regula por la ley laboral vigente al momento de la
contratación y responderá a la clase de contrato de trabajo que se realice con el estudiante.
Es pertinente aclarar que la Universidad no es parte del contrato por la esencia del mismo.
En el momento de la vinculación del estudiante por esta modalidad, la oficina de Desarrollo
Profesional y Prácticas Estudiantiles, deberá tener en cuenta las siguientes exigencias:
1. Que el trabajo realizado por el estudiante esté directamente relacionado con sus estudios,
permitiéndole desarrollar habilidades y perfeccionar conocimientos relacionados con su
formación profesional.
2. Que el salario se encuentre dentro de los parámetros de Ley y que sea acordado entre la
Entidad receptora y el estudiante en práctica.
3. Que el contrato laboral contenga una cláusula donde se deje constancia expresa, de que
en materia académica y disciplinaria los estudiantes en práctica quedan sujetos a los
estatutos y reglamentos de la Pontificia Universidad Javeriana.
4. Que en el contrato se incluya las siguientes obligaciones de la Entidad:
a) Acordar con el estudiante los permisos especiales para cumplir con sus
responsabilidades académicas.
b) Informar y evaluar al estudiante dentro de los términos, exigencias y métodos
académicos que demande la Pontificia Universidad Javeriana.
c) Contar dentro de la Entidad receptora con un profesional de un área afín a la
Carrera del estudiante, para que sea reúna al menos, tres veces al semestre con el
(la) asesor (a) académico(a) de la Pontificia Universidad Javeriana.
d) Hacer conocer a los estudiantes, docentes y colaboradores de la Pontificia
Universidad Javeriana que participan en el desarrollo de la práctica estudiantil, la
filosofía, visión y misión de la Entidad, así como los reglamentos que deberán
cumplir con motivo de su permanencia en ella.
7.2. Por contrato de aprendizaje
El contrato de aprendizaje es una forma especial dentro del Derecho Laboral, mediante la
cual una persona natural que se encuentre estudiando en una Entidad autorizada, presta un
servicio a una Entidad receptora, encaminado a aplicar los fundamentos teóricos que haya
recibido en la Entidad autorizada, y complementarlos con las situaciones de aplicación
práctica que se presenten en la entidad receptora.
7.2.1. Apoyo del sostenimiento mensual
Es la contraprestación económica mensual, que recibe la persona vinculada por contrato de
aprendizaje, por el servicio prestado a la entidad y que, por mandato de la ley (Artículo 30
Ley 789/2002), no constituyen salario.
En caso que la Entidad decida vincular a estudiantes universitarios por medio del contrato
de aprendizaje, éste deberá cumplir con las siguientes exigencias:
1. Que las actividades desarrolladas no se encuentren dentro de las actividades pactadas a
través de convenios suscritos con la Universidad.
2. Que la práctica no sea asistencial o de servicio social obligatorio en las áreas de la salud
y aquellas otras que determine el Ministerio de la Protección Social.
3. Que la actividad desarrollada por el aprendiz estén directamente relacionadas con sus
estudios, permitiéndole así desarrollar habilidades y perfeccionar conocimientos
relacionados con su formación profesional.
4. Que la práctica cumpla con actividades de mínimo 25 horas semanales en la Entidad.
5. Que los estudiantes que se vinculen en esta modalidad no se encuentren contratados
laboralmente por la entidad.
6. Que el apoyo de sostenimiento mensual no sea inferior al equivalente de un salario
mínimo legal vigente.
7. Que el contrato contenga una cláusula donde se deje constancia expresa, de que en
materia académica y disciplinaria los practicantes quedan sujetos a los estatutos y
reglamentos de la Pontificia Universidad Javeriana.
8. Que incluya en las siguientes obligaciones de la Entidad:
a) Facilitar al docente de la Pontificia Universidad Javeriana que intervenga en el desarrollo
de las actividades del aprendiz, el acceso a los Programas.
b) Dar al aprendiz los recursos físicos necesarios para el adecuado cumplimiento de sus
labores, tales como: papelería, fotocopias, bibliografía y condiciones locativas adecuadas
para el logro de estos fines; (Esto depende de la labor a realizar)
c) Acordar con el aprendiz los permisos especiales para cumplir con sus responsabilidades
académicas.
d) Informar y evaluar al aprendiz dentro de los términos, exigencias y métodos académicos
que demande la Pontificia Universidad Javeriana.
e) Contar dentro de la Entidad con un profesional de área afín a la carrera del aprendiz, para
que se reúna, al menos, tres veces al semestre, con el (la) asesor (a) académico (a) de la
Pontificia Universidad Javeriana, para efectos de evaluación.
f) Hacer conocer al aprendiz, docentes y colaboradores de la Pontificia Universidad
Javeriana que participan en el desarrollo de la práctica estudiantil, la filosofía, visión y
misión de la Entidad, así como los reglamentos que deberán cumplir con motivo de su
permanencia en ella.
7.3. Por convenios Universidad-Entidad:
Es política de la Universidad tratar de regular los procesos de Práctica por medio de la
realización de convenios con Entidades, de tal forma que se estipulen con claridad los
acuerdos y compromisos concertados entre ambas partes para unificar criterios sobre los
cuales tomar decisiones.
Para llevar a cabo la firma de un convenio, se requiere una solicitud expresa de la Entidad
interesada dirigida a la Coordinación Desarrollo Profesional y Prácticas Estudiantiles, que
en adelante se denominará (DPPE), adjuntando copia del Certificado de Existencia y
Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio respectiva, con vigencia de un
mes y la fotocopia de la cedula del representante legal de la empresa.
Como respuesta al requerimiento inicial, la DPPE, solicita a la Oficina Jurídica de la
Universidad la elaboración de un borrador que debe ser sometido a revisión por parte de la
Entidad, y una vez se realicen y aprueben las modificaciones del caso, se procede a
formalizarlo con la firma de los representantes legales de ambas partes.
Dependiendo del término establecido para el convenio, las Entidades pueden renovarlo de
manera concertada durante el tiempo que estimen conveniente, y realizar cláusulas
adicionales cuando sea preciso.
Sin este convenio, la Entidad no podrá contar con un estudiante para realizar las prácticas.
Esto significa que las Entidades deben tener el convenio con la Universidad debidamente
firmado y actualizado.
Por lo tanto, la Entidad podrá vincular al estudiante en práctica, suscribiendo un convenio
con La Universidad, donde se deje constancia de que la relación entre ésta y el estudiante es
netamente académica pues busca responder a la exigencia realizada por la Universidad para
la obtención del título universitario. En este Convenio se podrá plantear un subsidio de
alimentos y/o transporte, que tendrá como fin, garantizar el proceso de práctica formativa
del estudiante.
7.3.1. Requisitos para convenios
7.3.1.1. Convenio Entidades Estatales:
Para realizar un convenio con una Entidad estatal, se requiere lo siguiente:
1. Certificación donde conste la norma de creación de la entidad y la norma que le
reconoce personería jurídica.
2. Resolución de nombramiento y acta de posesión (si la requiere) del director de
la Entidad.
3. Nombre, dirección, correo electrónico y teléfono de la persona con quien se
establecerá contacto para los fines de la práctica.
4. Los datos de la práctica del estudiante: nombre, cédula, código, fecha de inicio y
terminación y remuneración, si la hay.
Para Empresas:
1. Certificado de existencia y representación legal.
2. Nombre, dirección, correo electrónico y teléfono de la persona encargada.
3. Datos del practicante: nombre, cédula, código, fecha de inicio y terminación,
remuneración si la hay.
4. Fotocopia de la cedula del representante legal de la empresa.
8. ELABORACIÓN DEL PROYECTO DE PRÁCTICA
A partir de la fecha de la primera reunión entre los asesores académico e institucional o jefe
directo y el estudiante en el sitio de práctica; el practicante tiene seis semanas como
máximo para elaborar un Proyecto de Práctica, siguiendo los lineamientos de los asesores
institucional y académico. Vale señalar que cada estudiante debe presentar su propio
proyecto, aún cuando haya varios compañeros que inicien la Práctica simultáneamente en
una misma Entidad.
Este proyecto debe contener las siguientes unidades principales:
Contextualización: Breve descripción de la ubicación de la Entidad donde se
desarrollará la Práctica
Antecedentes: Presentación concisa de experiencias anteriores en la Entidad alrededor
de los temas elegidos para el presente proyecto.
Objetivos: Formulación de propósitos y resultados esperados en forma ordenada,
mediable y ajustada a las necesidades institucionales y académicas.
Fines: Establecimiento del aporte que el trabajo de práctica del estudiante hace a la
consecución de los objetivos de la Entidad. Si bien las metas de las entidades están más
allá del alcance del trabajo del estudiante, la práctica tiene un lugar en los mismos y
coadyuva a su logro.
Productos: El estudiante debe precisar los productos que, siendo el resultado de la
ejecución de su proyecto de práctica, le permiten alcanzar el propósito de la entidad
que definió previamente. Los productos son la “capacidad instalada” que el proyecto de
práctica le deja a la Entidad y generalmente se expresa en tópicos tales como el
fortalecimiento de la capacidad de la Entidad desarrollada, comunidad educada y/o
organizada, publicaciones, bases de datos, manuales, cursos, grupos de trabajo etc. Los
productos deben ser garantizados por el practicante a través de la concreción de
diversas actividades. Junto a los productos deben especificarse indicadores verificables
que permitan la evaluación objetiva de los mismos.
Actividades: Identificación de las actividades que se deben adelantar por parte del
practicante para lograr los productos que le permitirán cumplir con el propósito de su
práctica. Las actividades pueden ser entendidas como las acciones necesarias, para
transformar los recursos disponibles en productos durante los seis meses de la práctica.
Cronograma General: Establecimiento de la dedicación de tiempo a cada actividad,
teniendo en cuenta su secuencia y distribución racional.
Recursos: Definición de los equipos, materiales y demás recursos físicos y económicos
requeridos para el desarrollo exitoso del proyecto de práctica.
Conclusiones y Recomendaciones.
La evaluación del proyecto de Práctica debe estar avalada por el Asesor Académico e
Institucional o jefe directo. Se recomienda que cada instancia conserve copia del Proyecto
de Práctica para fines de seguimiento y evaluación permanentes. El Asesor Académico es
responsable de entregar este documento en una copia magnética a la DPPE. Hasta que este
requisito no se cumpla, no se registrará la nota de práctica.
8.1 Marco Lógico
¿Qué es el marco lógico?
El marco lógico, hace parte de una metodología de planeación y gestión que se expresa
fundamentalmente en una matriz de cuatro por cuatro. Esta matriz es una útil herramienta
para planear, monitorear y evaluar proyectos. Constituye también un sistema para organizar
la información y las actividades de un proyecto tanto en su concepción como en su
implementación. Diseña un método eficiente en la medida en que crea una jerarquía que
discrimina entre los medios necesarios para alcanzar fines superiores. Por ejemplo. Las
actividades conducen a un determinado producto, una serie de productos llevan a la
consecución del propósito, y varios propósitos llevan a la consecución de la finalidad. La
matriz se compone de un eje horizontal y vertical. En el eje vertical, llamado nivel de
objetivos, se traza el plan estratégico del proyecto; y en el horizontal, básicamente las
variables del proyecto.
MARCO LÓGICO MATRIZ 4 x 4
Nivel de
Objetivo
Indicador Medios de
Verificación
Supuestos
FIN
PROPÓSITO
PRODUCTOS
ACTIVIDADES
¿En qué consiste el primer eje vertical correspondiente al nivel de objetivos?
Este eje compone la base estratégica del proyecto de gestión (de su práctica, en este caso) y
articula los cuatro niveles que la componen tanto de arriba hacia abajo como de abajo hacia
arriba: finalidad, propósito, productos, actividades; y actividades, productos, propósito,
finalidad. Eso le da coherencia y eficiencia al proyecto.
Partes que componen el eje estratégico:
- FINES: Establecimiento del aporte que el trabajo de práctica del estudiante hace
a la consecución de los objetivos institucionales. Si bien las metas
institucionales están más allá del alcance del trabajo del estudiante, la práctica
tiene un lugar en los mismos y coadyuda a su logro. Por ejemplo: supongamos
que el estudiante hace su práctica en la delegación del Valle del Cauca de
Human Rights Watch en una labor de promoción y defensa de los Derechos
Humanos. Entonces la finalidad se plantearía en los siguientes términos: (El
trabajo de Práctica) Coadyuva a la protección y promoción de los Derechos
Humanos en Colombia.
- PROPÓSITO: Identificación del propósito que el estudiante en práctica debe
cumplir en la Entidad. Dentro de este espacio se define aquello que la institución
espera conseguir como efecto directo del trabajo del estudiante. El propósito es
el objetivo central del trabajo del proyecto de práctica del estudiante y por lo
mismo permite orientar, monitorear y evaluar los resultados de la misma. Por
ejemplo: documentar los casos de violaciones de Derechos Humanos en el Valle
del Cauca en el periodo 2007-2008.
- PRODUCTOS: El estudiante debe precisar los productos que, siendo el
resultado de la ejecución de su proyecto de práctica, le permiten alcanzar el
propósito institucional que definió previamente. Los productos son la
“capacidad instalada” que el proyecto de práctica le deja a la institución y
generalmente se expresa en tópicos tales como el fortalecimiento de la
capacidad institucional desarrollada, comunidad educada y/organizada,
publicaciones, bases de datos, manuales, cursos, grupos de trabajo, etc. Los
productos deben ser garantizados por el practicante a través de la concreción de
diversas actividades. Junto a los productos debe especificarse indicadores
verificables que permitan la evaluación objetiva de los mismos. Por ejemplo:
Uno, construir una base de datos con las noticias sobre violaciones a los
derechos humanos que se han registrado en el 2007- 2008. Dos, establecer una
tipología sobre las diferentes violaciones de derechos humanos, el lugar
geográfico donde suceden y los actores que las cometen. Tres, recoger
testimonios de casos para reconstruirlos.
- ACTIVIDADES: Identificación de las actividades que se deben adelantar por
parte del practicante para lograr los productos que le permitirán cumplir con el
propósito de su práctica. Las actividades pueden ser entendidas como las
acciones necesarias para transformar los recursos disponibles en productos
durante los seis meses de la práctica. Por ejemplo: para el producto uno, se hace
una revisión diaria de la prensa escrita; se sistematiza esa información y se
clasifica cronológicamente y por tipo de delito.
¿En qué consiste el segundo eje vertical correspondiente a los indicadores?
Este eje, señala metas claras y cuantificables en los cuatro niveles anteriores (fines,
propósito, productos y actividades) y por lo mismo constituye la base para el monitoreo y
evaluación del proyecto de práctica. En otras palabras, este espacio permite el análisis
evaluativo de avances y resultados del proyecto, a través del cumplimiento de actividades.
¿En qué consiste el tercer eje vertical correspondiente a los medios de verificación?
Es la fuente donde el indicador toma la información. Es el registro del proyecto.
Supuestos
Considera los factores externos ajenos al control del trabajo del practicante pero que
influyen y determinan su trabajo.
9. DESARROLLO DE LA PRÁCTICA
Después de la aprobación del Proyecto de Práctica, el estudiante procede a desarrollarlo por
el tiempo restante, contando para ello con asesorías académicas y sometiéndose a las
evaluaciones de seguimiento estipuladas por la Universidad.
9.1 Asesorías Académicas de Práctica
La Asesoría Académica debe desarrollarse alrededor del Proyecto de Práctica, prestando
especial atención a los obstáculos y dificultades que se presenten durante su ejecución; son
de especial interés los aspectos personales comprometidos en esta experiencia, pues
constituyen el principal objetivo formativo a este nivel, los cuales pueden derivarse de las
anotaciones del estudiante en Práctica.
Para ello la Universidad reconoce veinte horas (20) en total durante el semestre de Práctica,
en los sitios y horarios que convengan los Asesores Académicos y el estudiante. Tres veces
al semestre, una al iniciar la práctica, otra en la mitad y otra al concluirla, se debe realizar
una asesoría académica con la participación del Asesor institucional, previamente
acordadas y de acuerdo con las posibilidades de quienes intervienen en ellas, dos veces en
la Entidad y una en la Universidad. Cuando se trate de docentes de planta, las asesorías que
no sean en la Entidad deben realizarse en las instalaciones de la Universidad o en su defecto
por vía virtual, cuando el estudiante está haciendo su práctica fuera de Cali.
El asesor académico, el asesor institucional o jefe directo y el estudiante en práctica, deben
reunirse tres veces por semestre para discutir, monitorear, dirigir y evaluar el proceso de la
práctica y el trabajo del practicante.
El asesor académico debe reunirse con el estudiante en práctica 17 veces durante su
práctica, para monitorear y orientar el trabajo del practicante. Estas reuniones deben ser
preferiblemente en persona pero también pueden hacerse vía Internet.
La asistencia a las asesorías académicas programadas es de carácter obligatorio para el
estudiante, y por tanto cualquier irregularidad en este sentido acarreará las sanciones
disciplinarias y académicas contenidas en los diferentes reglamentos de la Universidad.
Un asesor académico no puede cumplir al mismo tiempo con la función de ser asesor
institucional.
9.2 Evaluaciones de Seguimiento
Con el fin de asegurar el logro de los objetivos formativos comprometidos en la Práctica, en
su calidad de estrategia pedagógica, la Carrera de Derecho exige que se realice de manera
obligatoria por lo menos dos evaluaciones formales durante la práctica, una a la mitad del
proceso y otra en el cierre.
Por la concepción de educación que se tiene al interior de la Carrera y del estudiante como
sujeto activo y transformador de su propia formación, se requiere un sistema de evaluación
que facilite más la reflexión que la crítica, que favorezca el desarrollo del individuo y no su
descalificación, que incluya logros y potencialidades más que fracasos y equivocaciones y
que permita establecer áreas funcionales, áreas por desarrollar y estrategias y compromisos
específicos de mejoramiento del estudiante.
Desde esta perspectiva, la evaluación o el análisis del desempeño del estudiante más que
ser una actividad puntual de diligenciar un instrumento, se convierte en un proceso
continuo de comunicación entre aquel y sus asesores y pierde el carácter de "calificación
cuantitativa", para abrir espacio a una retroalimentación descriptiva mucho más
personalizada y enriquecedora para todos.
Para este efecto, el asesor académico debe diligenciar los formatos de evaluación en el
sistema de prácticas y el promedio de la segunda y tercera evaluación de seguimiento es la
nota final correspondiente a práctica, reportado oficialmente por la DPPE a la Secretaría
Académica de la Facultad para efectos de registro de notas.
Logísticamente la evaluación admite cualquier modalidad de concertación entre los
asesores y el estudiante, privilegiando el consenso que puede obtenerse en una sesión donde
se reúnan física o virtualmente los tres. La nota es un acto en el cual deben participar los
tres actores de este proceso pedagógico (estudiante, asesor o asesora académica y el asesor
institucional o jefe directo pero quien finalmente debe emitir la nota es el asesor o asesora
académica.
Para la evaluación de la práctica los porcentajes están distribuidos así:
Nota Porcentaje
Proyecto de práctica 30%
Evaluación competencias, segunda visita 30%
Evaluación competencias, tercera visita 30%
Autoevaluación 10%
Proyecto de práctica 30%, en el que el estudiante presentará lo que se hará durante la
práctica. La presentación debe hacerse por medios de informes que pueden estar
distribuidos así:
a. Informe de objetivos y metas: 15%
b. Informe de avance: - (Es opcional)
c. Informe de gestión: 15%
9.3 FINALIZACIÓN DE LA PRÁCTICA
El proceso de finalización de la Práctica comienza al iniciar el sexto mes del desarrollo del
proyecto y abarca dos semanas en las cuales, el estudiante debe elaborar y presentar su
informe final de práctica, así como adelantar las gestiones necesarias para un adecuado
relevo y empalme con el estudiante que lo vaya a reemplazar, si es el caso y así cumplir con
los seis meses calendario.
9.3.1 Informe Final de Práctica
Para la elaboración del informe final de Práctica el estudiante debe tomar como base el
proyecto inicialmente formulado, las evaluaciones realizadas y las actividades
desarrolladas.
Debe presentarse el último día de Práctica debidamente avalado por los Asesores
Académico e Institucional o jefe directo y el estudiante. Se recomienda que todas las
instancias conserven copia de este documento para fines de orientación a futuros
estudiantes. El Asesor Académico es responsable de entregar este documento en copia
magnética a la DPPE, junto con la evaluación de práctica, la evaluación del asesor
académico e institucional o jefe directo, la evaluación del sitio de práctica y los respectivos
formatos de cada una de las asesorías realizadas. Hasta que este requisito no se cumpla no
se registrará la nota de décimo semestre.
9.3.2 Relevo y Empalme
Cuando un estudiante vaya a ser reemplazado por otro, su última responsabilidad es
procurarle al entrante la mejor y más rápida adaptación a la Entidad en todas sus
dimensiones.
Esta obligación debe cumplirse de manera ordenada, planificada y rigurosa, de tal forma
que el nuevo estudiante en Práctica pueda formular su proyecto atendiendo los avances del
anterior y sus posibles aspectos inconclusos. Vale la pena resaltar que el estudiante en
Práctica debe velar, porque la Entidad haga una oportuna selección de su sucesor, para que
esta fase final pueda ser desarrollada plenamente.
10. INSTANCIAS Y RESPONSABILIDADES
10.1 Oficina de Desarrollo Profesional Y Prácticas Estudiantiles
10.1.1 Misión
Convertirse en un canal de proyección frente a las relaciones de la Facultad en cuanto a
estudiantes en práctica, en cada una de sus carreras, con el entorno local, regional, nacional
e internacional.
10.1.2. Objetivo General
Coordinar y establecer redes entre la Facultad y las Entidades generadoras de vínculos que
fortalezcan la relación académica y laboral de estudiantes practicantes, egresados y
empresarios.
10.1.3 Perfil
El coordinador de la DPPE, debe reunir los mismos requisitos de perfil que se exigen a todo
profesor y además debe haber desempeñado el rol de asesor académico de práctica al
menos durante un año, demostrando pleno conocimiento de los lineamientos estipulados en
el presente manual.
10.1.4 Dedicación
La DPPE debe tener dedicación de tiempo completo a la Universidad.
10.1.5 Funciones
Promocionar y promover en el entorno institucional, local, regional, nacional e
internacional, los diferentes servicios ofrecidos por la Facultad, para estrechar los
vínculos en actividades de prácticas académicas universitarias y vínculos laborales
empresarios.
Reglamentar todos los procesos y actividades relacionadas con la Práctica
Académica Universitaria que requieren las Carreras, con las instituciones que lo
solicitan.
Programar actividades periódicas con el fin de facilitar la transición de nuestros
estudiantes a la vida laboral, e involucrar al sector institucional en la formación
profesional de los mismos.
Promover el uso del sistema de información sobre oportunidades de empleo a través
de la Pagina Web de la Universidad, por parte de la comunidad institucional y de la
comunidad educativa.
Consolidar y administrar la base de datos para garantizar un manejo eficiente de la
bolsa de empleos de practicantes.
Llevar un control estadístico sobre el comportamiento de la situación laboral de
nuestros practicantes, en cuanto a: áreas de mayor empleo, áreas de mayor
oportunidad, salarios, funciones, liderazgo de los perfiles, características del
empleador, entre otras.
Definir y actualizar los indicadores de gestión y operación de la DPPE.
Elaborar un informe de gestión semestral sobre el estado de la práctica universitaria
de los estudiantes de la Facultad, integrando los resultados de las evaluaciones y
sugerencias hechas por las Entidades y la valoración de los indicadores de gestión.
Prestar asistencia a la Dirección de los Departamentos y de las Carreras y a la
Decanatura de la Facultad en labores administrativas y docentes relacionadas con
las funciones propias del cargo.
Coordinar y colaborar en la organización de eventos, propios de sus funciones.
Mantener una comunicación constante con los responsables de unidades u oficinas
de la Universidad con funciones similares, como la oficina de Egresados y la oficina
de Comunicaciones, con el fin de intercambiar experiencias exitosas y concertar
posiciones institucionales.
Lograr establecer criterios comunes entre las Facultades, para facilitar entre los
empresarios y la Universidad la comunicación y la consecución de practicantes.
Realizar las demás funciones afines con su cargo que sean asignadas por su jefe
inmediato.
10.2 ASESORES ACADÉMICOS
10.2.1 Misión
Asesorar conceptual y metodológicamente al estudiante en la elaboración y desarrollo de su
Proyecto de Práctica por medio de la realización de reuniones periódicas y evaluaciones de
retroalimentación, con el fin de garantizar la consecución de los objetivos formativos
implicados en este proceso.
10.2.2 Perfil
Los Asesores académicos, como integrantes del cuerpo Docente de la Carrera de Derecho,
deben reunir los mismos requisitos de perfil que se exigen a todo profesor y además
acreditar experiencia relevante y suficiente en el campo en que desean hacer tutorías,
demostrando pleno conocimiento de los lineamientos estipulados en el presente manual.
10.2.3 Dedicación
Cada Asesor académico debe dedicar a sus funciones directamente relacionadas con la
Práctica 20 horas al semestre por estudiante asignado.
10.2.4 Funciones
Orientar y evaluar las actividades de diagnóstico y búsqueda de información pertinentes
para que el estudiante elabore su Proyecto de Práctica.
Ayudar al Estudiante en el período inicial de adaptación a la Entidad.
Acordar con el Asesor Institucional o jefe directo la orientación específica de las
funciones y las posibilidades de trabajo del estudiante en Práctica en la Entidad.
Llevar a cabo las Asesorías con el estudiante con la intensidad establecida.
Realizar las Asesorías en las Entidades dos veces al semestre, para evaluar
periódicamente el desarrollo de la Práctica, en concertación con el Asesor Institucional y
el estudiante, a fin de detectar e intervenir oportunamente sobre los alcances logrados y
las problemáticas personales y técnicas, presentados por el estudiante y una vez en la
Universidad.
Mantener permanente comunicación con la DPPE, para garantizar que se expliciten las
necesidades de las Entidades, los logros y las dificultades de los estudiantes durante la
Práctica, la idoneidad de los sitios y cualquier otra información que ambas partes
consideren pertinente.
Asistir a las reuniones y actividades especiales convocadas por la DPPE.
Informar a la DPPE las Entidades que ofrezcan espacios nuevos o de renovación para
vincular futuros estudiantes.
10.3 ASESORES INSTITUCIONALES O JEFES DIRECTOS
10.3.1 Misión
Asesorar al estudiante en la elaboración y desarrollo de su Proyecto de Práctica, por medio
de la construcción de una relación permanente de orientación y control, con el fin de
garantizar la consecución de los objetivos de las Entidades implicadas en este proceso.
10.3.2 Perfil
El Asesor institucional o jefe directo debe ser un profesional, abogado, que acredite amplia
experiencia en el campo de práctica que va a asesorar, con disponibilidad para acompañar
al estudiante en el desarrollo de sus actividades y con pleno conocimiento del presente
manual.
10.3.3 Funciones
Facilitar al estudiante las condiciones de las Entidades y de apoyo personal, de tal
manera que la adaptación a la Entidad se lleve a cabo de manera óptima.
Acordar con el Asesor Académico la orientación específica de las funciones y las
posibilidades de trabajo del estudiante en Práctica en la Entidad.
Participar en las visitas de seguimiento que el Asesor Académico realice a la Entidad,
proporcionando la información que contribuya a dimensionar el desempeño del
estudiante.
Realizar, conjuntamente con el Asesor Académico y el estudiante, las evaluaciones de
desempeño del estudiante en Práctica Estudiantil estipuladas por el Reglamento de
Práctica.
Asistir a las actividades y reuniones a que sea invitado por parte de la Carrera de
Derecho, con el fin de consolidar las relaciones Universidad - Entidad y compartir
información que permita optimizar el proceso.
10.4 COMITÉ DE PRÁCTICA ESTUDIANTIL
10.4.1 Misión
Definir y promover los lineamientos generales de la Práctica por medio del establecimiento
de pautas consensuales que permitan instaurar normas y velar por su cumplimiento
cotidiano.
10.4.2 Integrantes
Son integrantes habituales del Comité de Práctica, el Director de la Carrera, la
Coordinadora de Desarrollo Profesional y Prácticas Estudiantiles y los profesores
designados para tal fin. En casos especiales se podrá convocar un Comité ampliado con la
presencia de Asesores Académicos, Asesores Institucionales o jefes directos, o especialistas
decisivos para dirimir controversias con implicaciones particulares.
10.4.3 Periodicidad y Duración
Pueden convocarse reuniones extraordinarias cuando se presenten circunstancias
excepcionales que así lo exijan.
10.4.4 Funciones
La principal función del Comité de Práctica es dirimir las situaciones no contempladas
en el presente Manual, así como ajustar las normas y lineamientos que lo requieran para
su operación efectiva.
Decidir el cambio de Entidad y terminación anticipada de la Práctica. La DPPE analizará
la situación con los Asesores Académicos y Asesores Institucionales o jefe directo y el
estudiante correspondiente.
10.5 FUNCIONES DE OTRAS INSTANCIAS FRENTE A LA PRÁCTICA
10.5.1 Director (a) de Carrera
La Dirección de la Carrera decidirá sobre aquellas situaciones que exijan su intervención o
remitirá las que sean de competencia exclusiva de las instancias superiores de la
Universidad.
10.5.2 Instancias Superiores
Son instancias superiores la Decanatura de la Facultad de Humanidades y Ciencias
Sociales, el Consejo de la misma Facultad, la Decanatura del Medio Universitario, la
Dirección Académica General, el Consejo de Decanos y la Vicerrectoría de la Seccional.
Cualquier situación especial de carácter académico o disciplinario será remitida a estas
instancias cuando las circunstancias así lo exijan.
11. SOBRE PRÁCTICAS EN ZONAS DE RIESGO POR EL CONFLICTO
ARMADO
De acuerdo con las políticas de la Universidad, se presentan los criterios sobre prácticas en
zonas de riesgo por el conflicto armado.
Dada la creciente inseguridad vivida en distintas regiones de influencia de la Universidad y
considerando que no debemos renunciar a la responsabilidad que tenemos de ser lectores
críticos de estas realidades y que, como Universidad debemos encaminarnos hacia la
propuesta de alternativas de orden teórico y práctico con el fin de mejorar las condiciones
de vida y el desarrollo humano de las grandes mayorías, se elevó una consulta ante el
Comité de Decanos, presidido por el P. Joaquín Sánchez SJ. Rector de la Pontificia
Universidad Javeriana Bogotá, para unificar criterios en este sentido.
La Universidad reafirma y reconoce el servicio que presta al país y en especial a los más
necesitados, a través de las prácticas sociales de sus estudiantes. Es consciente también de
la responsabilidad que le asiste de velar por la seguridad de sus profesores y estudiantes. En
consecuencia, la autorización de prácticas estudiantiles en zonas de conflicto y alto riesgo,
deberá estudiarse y decidirse en cada caso, considerando necesariamente que la práctica se
desarrolle en el marco de un programa o un proyecto con el aval de una reconocida entidad
social. Igualmente, los estudiantes como sus acudientes deberán reconocer y aceptar para sí
y por escrito los riesgos implícitos en la realización de la práctica.
En dicha reunión se dieron los siguientes criterios:
La Universidad advierte la dificultad y le preocupa profundamente el desarrollo de
acciones académicas en zonas en las cuales la integridad física, la libertad y la vida
de los estudiantes y los profesores, se vean amenazadas.
En caso de que se considere importante la participación de estudiantes en práctica
en regiones en las que dicha amenaza, aunque presente, no sea inminente, se debe:
Cumplir con los procedimientos requeridos por las Carreras para elegir sitios de
práctica.
Advertir a los estudiantes y profesores sobre los riesgos que genera el
desplazamiento a dichos sitios.
Explicitar que la escogencia de los sitios de práctica, es una libre elección del
estudiante, supeditada a la aprobación de la institución, organización o empresa
oferente.
Privilegiar lugares en los cuales existen Proyectos de Instituciones u Organizaciones
reconocidas por su seriedad y cuyos objetivos sean coherentes con los de la
Universidad.
Recomendar a los estudiantes que den a sus padres la mayor información posible
acerca del sitio de práctica, sus posibilidades y limitaciones, de tal manera que
puedan contar con su consentimiento.
Tanto los estudiantes como sus acudientes deben reconocer y aceptar para sí y por
escrito los riesgos implícitos en la realización de está práctica.
Cumplidos estos requisitos se procede a la asignación de estudiantes al sitio de práctica y
de sus respectivos asesores.
12. REGLAMENTO PRÁCTICAS DE LA CARRERA DE DERECHO
El presente Reglamento está basado en El Reglamento de la Pontificia Universidad
Javeriana Cali, y en los derechos constitucionales de cada persona, de acuerdo a la
Constitución de 1991.
Capítulo I.
Artículo 1°. Definición de Práctica Estudiantil
La Práctica Estudiantil es una estrategia pedagógica que se inicia una vez que los
estudiantes de la Carrera de Derecho han cursado satisfactoriamente al menos 178 créditos
de su respectivo Plan de Estudio. Este requisito es válido para el plan que inició en 2008-1.
Su objetivo es consolidar y enriquecer las competencias de carácter profesional y
académico, que se consideran prioritarias para el ejercicio integral de la disciplina del
Derecho.
La Práctica Estudiantil es una asignatura que hace parte de la matrícula académica y que
equivale a 9 créditos del plan de estudios. Su carácter académico exige el seguimiento
permanente a los estudiantes, de forma tal que permita planear y realizar acciones claves de
mejoramiento en forma oportuna, y que en las fechas establecidas permita el reporte de
notas definitivas para el semestre
La Práctica Estudiantil consiste en la vinculación de un estudiante en una entidad
usualmente por 6 meses calendario, durante los cuales se formula y desarrolla un proyecto
de intervención con una dedicación de 25 horas semanales, y que debe cumplir con un total
final mínimo de 600 horas, bajo la orientación de Asesores, tanto de la Entidad como de la
Universidad.
Sin embargo, dadas las características de la práctica en el campo educativo, en donde en la
mayoría de las veces los últimos meses de práctica coinciden con las vacaciones de las
entidades educativas, éstos deben ser compensados con una práctica de 30 horas a la
semana.
Dada la participación de personas cobijadas por diferentes reglamentos, se hace necesario
formular y divulgar criterios comunes que rijan para todos los involucrados, al menos en lo
concerniente a la dimensión académica de la práctica estudiantil, uno de los más
importantes es el proyecto de intervención.
Este Proyecto de los estudiantes en práctica, constituye una herramienta privilegiada para
materializar las intenciones de proyección comunitaria consagradas en la Misión de la
Universidad, y ello le confiere singular importancia a los criterios para la elección de sitios
de Práctica, en términos de la existencia de condiciones propicias para tal efecto.
Artículo 2°. Duración de la Práctica:
Las prácticas estudiantiles en la Carrera de Derecho tienen una duración mínima de seis
meses (24 semanas aproximadamente) con dedicación de 25 horas semanales, y que debe
cumplir con un total final mínimo de 600 horas, bajo la orientación de Asesores, tanto de la
Entidad como de la Universidad.
Articulo 3º. - Modalidades de práctica Estudiantil
El semestre de Práctica Estudiantil puede realizarse en el país o en el exterior, bajo las
siguientes modalidades:
a) Práctica en Organizaciones: El estudiante puede vincularse a entidades de los sectores
público, privado o del tercer sector por un periodo mínimo de seis meses (24 semanas)
en el que laborará 25 horas semanales.
b) Práctica Investigativa: El estudiante se vincula a un proyecto de investigación de uno
de los grupos de investigación reconocidos por la Facultad y/o por grupos de otras
universidades con reconocido prestigio.
c) Proyectos Productivos y/o de Impacto Social. Se reconoce como práctica un proyecto
que el estudiante formule con indicadores de impacto y que cuente con el
reconocimiento de una contraparte que lo avale como de utilidad para una entidad
pública, privada o del tercer sector.
d) Práctica en el Exterior: El estudiante a través de la DPPE, se vincula a una Entidad que
acepte todos los requisitos de la práctica. La práctica en el exterior se aprueba una vez
el estudiante demuestre que tiene al día toda la documentación que legalmente lo
habilita para realizar esta labor fuera del país y en los términos del presente reglamento.
e) Creación de Empresa: El estudiante presenta un proyecto de crear su propia empresa.
Este proyecto debe estar respaldado y avalado por la Carrera desde el punto de vista
disciplinar y por el programa de Campus Nova, desde la idea de negocio.
Capítulo II. : REQUISITOS PARA REALIZAR EL SEMESTRE DE PRÁCTICA.
Artículo 4º.
Son requisitos para hacer el semestre de Práctica:
a. Haber cursado satisfactoriamente al menos 178 créditos de su respectivo Plan de Estudio.
Este requisito es válido para el plan que inició en 2008-1.
b. Haber cumplido y participado en todas y cada una de las actividades del Seminario
Taller de Equipamiento para el Trabajo, programadas por la (DPPE). Así mismo, correrá
con los costos de pólizas y otras garantías que se requieran para el desarrollo de la práctica
estudiantil.
c. Haber matriculado académica y financieramente la materia correspondiente a la Práctica.
d. Tener el proceso de inscripción a la práctica (al día). Diligenciado de acuerdo con las
normas internas de coordinación de prácticas estudiantiles de la Carrera de Derecho.
e. En caso de que el estudiante decida cancelar la materia, deberá obtener la autorización
del Coordinador (a) de prácticas estudiantiles y de la Dirección de Carrera, de conformidad
con lo establecido en los artículos 45, 46, 47 y 48, del Reglamento de estudiantes de
pregrado de la Pontificia Universidad Javeriana.
f. El estudiante no debe encontrarse sancionado disciplinariamente durante el semestre de
práctica.
Capítulo III: PROCESO DE PRESENTACIÓN DE HOJAS DE VIDA
Artículo 5°
Para inscribirse al proceso de Práctica Estudiantil el estudiante debe inscribirse durante las
reuniones de práctica.
Artículo 6º.
Adicionalmente, debe acreditar que conoce el Manual de Prácticas Estudiantiles, y el
presente Reglamento, firmando la carta de compromiso, en la que reconoce que cualquier
falta disciplinaria cometida en el sitio donde realiza el semestre de práctica será
considerada como una falta disciplinaria para la Universidad, y se procederá de acuerdo
con lo contemplado en el Reglamento del Estudiante Javeriano, capítulo VI, Faltas,
Sanciones y Procedimientos Disciplinarios.
Parágrafo Esta inscripción tiene valor provisional hasta tanto se conozcan las notas definitivas de las
asignaturas que esté cursando en ese momento.
Artículo 7º.
La DPPE enviará las hojas de vida de los estudiantes a las empresas que coincidan con el
perfil de cada practicante, teniendo en cuenta el estudiante que mientras no ha sido
seleccionado por ninguna empresa, debe continuar asistiendo a todas las entrevistas a las
cuales sea convocado.
Artículo 8º.
Si después de un máximo un mes el estudiante no ha sido seleccionado, la Oficina enviará
su hoja de vida a todas las instituciones que tiene en su base de datos, que tengan disponible
una vacante.
Capítulo IV: RÉGIMEN DISCIPLINARIO
Artículo 9°.
Las siguientes faltas acarrearán al estudiante algunas de las formas de amonestación o de
las sanciones disciplinarias establecidas en Faltas Sanciones y Procedimientos
Disciplinarios de los estudiantes de pregrado, del Reglamento de la Pontificia Universidad
Javeriana Cali:
1. Cuando la oficina DPPE recibe información que un/una estudiante no ha asistido a una
entrevista para la cual ha sido citado/a con anticipación, ésta se cuenta como entrevista
realizada y el estudiante recibirá de la DPPE una amonestación por escrito, con copia a
la Dirección de la Carrera y a la hoja de vida.
2. Cuando un/una estudiante decide no continuar un proceso de selección o no acepta el
sitio de práctica que ha escogido, inmediatamente debe comunicar por escrito a la
DPPE, las razones que justifican su decisión. En caso de no hacerlo, recibirá
amonestación por escrito de la DPPE, con copia a la Dirección de la Carrera y a la hoja
de vida y continuará los procesos de selección.
3. Si el/la estudiante acepta el sitio de práctica, no puede cambiarlo de manera unilateral,
pues recibirá amonestación por escrito de la DPPE, con copia a la Dirección de la
Carrera y a la hoja de vida.
Parágrafo:
El Comité de Prácticas Estudiantiles estudiará razones de fuerza mayor que el/la estudiante
argumente, para no aceptar un sitio de práctica una vez se haya completado el proceso de
selección.
4 Si un/una estudiante que ha aceptado la práctica ofrecida, renuncia sin la autorización
de la DPPE, se le cancelará el semestre de práctica. No se le cuenta el tiempo que lleve
como practicante y por lo tanto, debe reiniciar el proceso de selección matriculándose
académica y financieramente en el semestre siguiente.
5 Si el estudiante es autorizado para cambiar el sitio de práctica, por motivos de fuerza
mayor inmediatamente se le presenta otra opción de práctica y no se le cobrará
matrícula nuevamente.
6 Un estudiante ingresa a una entidad como practicante y durante su semestre de
práctica, no podrá ocupar cargos y funciones que no coincidan con su periodo
formativo o que superen su condición de practicante
Capítulo V: DURACIÓN Y CONTINUIDAD DE LA PRÁCTICA
Artículo 10°.
La práctica tiene una duración de 6 meses calendario y una intensidad horaria de 25 horas
semanales.
Capítulo VI: PERMISOS ESPECIALES
Artículo 11°
El Asesor Académico y el Asesor Institucional, acordarán la autorización de los permisos
especiales solicitados por el estudiante. Si es un permiso de un día sólo debe reportarlo a su
jefe inmediato y al asesor académico. Si es un permiso de dos días debe ser autorizado por
escrito por ambos asesores. A partir del tercer día debe enviar primero una carta a la DPPE
para su aprobación.
Artículo 12°
El Estudiante tendrá derecho a disfrutar los períodos de vacaciones sólo en los casos en que
la entidad tenga vacaciones colectivas, aunque estas vacaciones debe reponerlas trabajando
más de 25 horas a la semana. A sí mismo, se abstendrá de solicitar licencia para el período
ínter semestral académico.
Artículo 13°
Toda incapacidad mayor a 3 días durante el periodo de práctica, deberá el estudiante
reponer el tiempo de dicha incapacidad al final de práctica, debido a que este es un proceso
formativo y de aprendizaje que implica cumplir con un número de horas establecido, con
los objeticos establecidos y un proyecto de práctica.
Capítulo VII: CAMBIOS DE SITIO DE PRÁCTICA
Artículo 14°
El Estudiante cumplirá el tiempo reglamentado para su período de Práctica Estudiantil en
una sola Entidad.
Artículo 15°
Cuando el Estudiante deba cambiar de sitio de práctica por razones válidas, estudiadas en el
Comité de Práctica, tendrá derecho a que la DPPE le colabore en la búsqueda de un nuevo
sitio y a que se le tome en cuenta como tiempo de Práctica el que laboró en la primera
Entidad, que como mínimo deben ser tres (3) meses.
Artículo 16°
Los cambios de sitio de Práctica o la prolongación de la misma, deben ser autorizados por
el Comité de Práctica. El pago de los honorarios extras del asesor o asesora académica será
asumido por el propio estudiante. Cuando la práctica se prolonga, ésta debe seguir siendo
evaluada y luego las notas promediadas con el semestre anterior cursado.
Capítulo VIII: CAUSALES PARA UNA SUSPENSIÓN TEMPORAL
Artículo 17°
El incumplimiento sin causa justificada a una fecha de vinculación que el estudiante haya
concertado con una Entidad, no mayor de quince días calendario, será causal de una
suspensión por seis meses calendario de su práctica.
Artículo 18°
El rechazo comprobado a participar en un proceso de selección por criterios poco
profesionales, entre otros, la exigencia de remuneración por el desempeño de la Práctica
Formativa, será causal de una suspensión por seis meses calendario
Artículo 19°
La vinculación del Estudiante en una Entidad que no haya sido evaluada ni aceptada por la
Facultad, implica que éste debe comenzar de nuevo el proceso de selección, pues no se le
validará el proceso vivido en esa Entidad.
Artículo 20°
La pérdida de una asignatura en el semestre en curso, será causal de una extensión temporal
por seis meses calendario de su práctica.
Capítulo IX: CAUSALES DE PÉRDIDA ACADÉMICA DE UN SEMESTRE DE
PRÁCTICA
Artículo 21°
Si se da por terminada la práctica a causa de una falta disciplinaria, quedará sometido a lo
dispuesto en el Reglamento Estudiantil.
Artículo 22°
El estudiante debe asistir al menos al 80 % de las asesorías de práctica, de lo contrario
perderá la asignatura. Para el semestre de práctica estudiantil son 20 sesiones de asesoría en
total.
Artículo 23°
La inasistencia al sitio de práctica por tres días consecutivos, o cinco veces a lo largo del
semestre, sin causa justificada, avalada por el Comité de Prácticas; es perdida de la
asignatura.
Artículo 24°
El retiro de un estudiante de una Entidad sin consultar previamente a las instancias
pertinentes, en su orden: Asesor Institucional o jefe directo, Asesor Académico, DPPE,
Director (a) de la Carrera, es causal de pérdida da la práctica.
Artículo 25°
Las faltas a la ética profesional, debidamente comprobadas, se deben regir por el
Reglamento de Estudiantes de la Universidad.
Artículo 26°
Cuando se pierde la asignatura práctica estudiantil, el estudiante debe iniciar de nuevo todo
el proceso administrativo, financiero y académico. En lo que corresponde al proceso
financiero y académico, debe ajustarse a las políticas y fechas estipuladas por la
Universidad. Para el proceso administrativo, se debe presentar de nuevo al estudiante a la
Entidad interesada y seguir con el proceso que usualmente se realiza. El asesor o asesora
académica, no deberá seguir ejerciendo sus funciones, hasta tanto no se oficialice el
nombramiento, ratificando o asignando un nuevo asesor académico por parte de la DPPE.
Capítulo X: SITUACIONES DE LAS ENTIDADES
Artículo 27°
Si en una Entidad son incumplidos los acuerdos iniciales que dieron lugar a su aceptación
como sitio de práctica; es deber del Asesor académico informarlo oportunamente a la
Coordinación de la Oficina Desarrollo Profesional y Prácticas Estudiantiles. Ésta evaluará
la gravedad de la situación y dependiendo de ello, podrá recurrir al Comité de Práctica
Estudiantil para amonestar por escrito o suspender temporalmente los procesos en curso si
fuese necesario, hasta cuando se restablezcan objetivamente las condiciones mínimas
aceptables.
Artículo 28°
Cuando una Entidad incurra en faltas de singular gravedad, de acuerdo con los criterios del
Comité de Práctica y del Manual, el (la) Asesora académica (o) deberá informarlo a la
DPPE para que convoque una sesión extraordinaria del Comité de Práctica, con el fin de
decidir sobre la posible cancelación definitiva de la Entidad hacia el futuro como Sitio de
Práctica.
Capítulo XI: SITUACIONES DE LOS ASESORES
Artículo 29°
Cualquier incumplimiento a los compromisos establecidos en el Manual y Reglamento de
prácticas estudiantiles, y de acuerdo al Reglamento de la Seccional, por parte de un asesor
académico, debe ser notificado oportunamente por el estudiante afectado a la DPPE; éste
evaluará la gravedad de la situación y dependiendo de ello procederá de acuerdo con los
siguientes lineamientos:
Si la falta es leve, o cuando se comete por primera vez, se hará un llamado de atención
verbal al docente.
Si la falta es grave o es reincidencia de una falta leve, lo suspenderá de su función,
informando a la Dirección del Departamento y de la Carrera.
Capítulo XII: EVALUACIÓN DE LA PRÁCTICA
Artículo 30º.
La práctica hace parte del currículo y plan de estudio, constituye una asignatura con
contenidos específicos y diversos, así como con objetivos propios, por tanto, de acuerdo
con el Reglamento del Estudiante Javeriano en su capítulo IV, evaluaciones académicas,
numeral 62, el semestre de práctica estudiantil será evaluado mediante una calificación
numérica de 1 a 5.
Artículo 31°
La evaluación académica se hará tanto del desempeño dentro de la Práctica, como del
cumplimiento de todos los requisitos exigidos para llevar adelante este proceso. El asesor
académico, el asesor institucional o jefe directo y el estudiante, deben diligenciar todas las
evaluaciones, formatos contemplados en el Manual de Prácticas Estudiantiles, en las fechas
establecidas para ello, pues de lo contrario, no se pasará nota la Secretaría Académica hasta
tanto todo esté en orden.
El semestre de práctica no queda aprobado hasta tanto el estudiante no cumpla con:
a. Las evaluaciones debidamente ingresadas al sistema por el asesor académico, incluyendo
la evaluación que debe realizar el asesor institucional o jefe directo y el estudiante.
b. El formato de seguimiento de todas y cada una de las asesorías realizadas durante el
semestre por el asesor académico y el estudiante.
c.El proyecto final de práctica.
d.Copia del contrato, si está por contrato de trabajo o aprendiz
Artículo 32°
El asesor académico debe realizar visitas al sitio de práctica al inicio de la práctica (excepto
los que tienen práctica fuera del Valle del Cauca), con el fin de darse a conocer y acordar
los momentos de evaluación del estudiante una vez más en la Entidad y otra en la
Universidad.
Para la evaluación de la práctica los porcentajes están distribuidos así:
Nota Porcentaje
Proyecto de práctica 30%
Evaluación competencias, segunda visita 30%
Evaluación competencias, tercera visita 30%
Autoevaluación 10%
Artículo 33°
Proyecto de práctica 30%, en el que el estudiante presentará lo que se hará durante la
práctica. La presentación debe hacerse por medio de informes que pueden estar distribuidos
así:
d. Informe de objetivos y metas: 15%
e. Informe de avance: - (Es opcional)
f. Informe de gestión: 15%
Durante el semestre de Práctica, el estudiante recibirá 20 visitas por parte del asesor
académico, las cuales se deberán registrar en el sistema de prácticas. T res de estas
asesorías serán en conjunto con el estudiante, el asesor institucional o jefe directo y el
asesor académico, donde evaluarán cada uno de los diferentes aspectos allí planteados.
En la última evaluación el asesor institucional o jefe directo debe diligenciar la evaluación
sobre la Carrera a la que pertenece el practicante, la cual se encontrará disponible en el
sistema de prácticas, cuando se hayan completado las dos evaluaciones de competencias y
de proyecto.
Artículo 34°
Una vez el asesor académico y el asesor institucional o jefe directo diligencien todos los
formatos de evaluación que corresponden al proceso; el estudiante debe ingresar al sistema
de prácticas y diligenciar la autoevaluación y demás evaluaciones que se encuentran
habilitadas para finalizar su proceso de prácticas.
Artículo 35°
Mensualmente el estudiante debe reportar a la DPPE, la actualización del carné de la EPS a
la que está vinculado.
Artículo 35° Deberes
Son deberes de los estudiantes practicantes:
1. Cumplir responsablemente con los términos de la Práctica.
2. Participar activamente junto con la Oficina DPPE de la Facultad de Humanidades y
Ciencias Sociales en la consecución de organizaciones idóneas para el desarrollo de la
práctica estudiantil.
3. Cumplir responsable y eficientemente con el objeto de la actividad encomendada.
4. Respetar las políticas y normas internas de la Entidad donde realice su práctica.
5. Reportar por escrito a la Oficina DPPE cualquier cambio o novedad en su Práctica o
actividades.
6. Entregar los informes y demás documentos requeridos dentro de las fechas y plazos
establecidos por la Oficina DPPE.
Artículo 37. Derechos
Son derechos de los estudiantes practicantes:
7. Concertar la fecha de iniciación y la fecha de terminación de la práctica con la entidad,
siempre que se encuentre dentro del período académico programado para la práctica.
8. Conocer las responsabilidades y actividades que debe realizar en desarrollo de su
práctica
9. Recibir orientación, asesoría y seguimiento durante el período de prácticas.
10. Recibir el reconocimiento de los créditos académicos a que haya lugar por realizar la
práctica.
Artículo 38°
De acuerdo con los puntos 2 y 5 del Reglamento del Estudiante Javeriano, Capítulo I,
denominado Disposiciones Generales, el estudiante matriculado en la asignatura
correspondiente a la práctica y quien queda adscrito a la Facultad de Humanidades y
Ciencias Sociales debe cumplir y aceptar los Reglamentos y Estatutos de la Universidad en
todas sus partes.
ANEXOS Anexo. 1
SOLICITUD DE PRACTICANTES DE LA FACULTAD DE HUMANIDADES Y CIENCIAS SOCIALES- PONTIFICIA
UNIVERSIDAD JAVERIANA CALI.
DERECHO
La siguiente información es importante para hacer registro y seguimiento de la
práctica del estudiante. Marque con una X según el criterio correspondiente:
INFORMACIÓN DE LA EMPRESA:
Nombre Completo:
Ciudad- País:
Actividad:
Dirección:
Sector: Privado: Publico: Mixto: Tercer Sector:
CONTACTO DE GESTIÓN HUMANA:
Nombres y Apellidos: Correo Electrónico:
Teléfono y Celular:
DATOS DEL JEFE DIRECTO DEL ESTUDIANTE:
Nombre completo y Cargo: Correo Electrónico:
Teléfono y Celular
INFORMACIÓN DE LA OFERTA:
Existe departamento Jurídico u Otro abogado de planta en la Entidad? Si: No:
Carrera: DERECHO Modalidad: Empresarial: Social: Investigación: Emprendimiento:
PERFIL: FUNCIONES: CURSOS (Excel, Word):
Alguna inquietud sobre el diligenciamiento de la solicitud puede escribirnos o llamarnos al: [email protected] o al teléfono 3218741, con mucho gusto le estaremos brindando la información al respecto.
Anexo. 2 Santiago de Cali, 01 de octubre de 2013. Señores COMITÉ DE PRÁCTICA ESTUDIANTIL Carrera de DERECHO Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales La Universidad
Les informo mi interés de iniciar el próximo semestre académico, el proceso de Práctica Estudiantil. Por ello, confirmo que conozco y acepto mis obligaciones académicas y administrativas que debo cumplir durante el proceso de Práctica Estudiantil, de acuerdo con las normas establecidas en el Manual y el reglamento de prácticas y a la realización de la sistematización de la misma. Adicionalmente me estaré informando de las modificaciones que posteriormente se presenten.
Atentamente ____________________________ (firma) NOMBRE: CÓDIGO: CEDULA: Para uso de la ODPPE RECIBIDO: Fecha: Día _______ Mes ________ Año ________ Hora: AM PM
FFAACCUULLTTAADD DDEE HHUUMMAANNIIDDAADDEESS YY CCIIEENNCCIIAASS
SSOOCCIIAALLEESS
OOffiicciinnaa DDeessaarrrroolllloo PPrrooffeessiioonnaall yy PPrrááccttiiccaass EEssttuuddiiaannttiilleess
CCAARRTTAA DDEE CCOOMMPPRROOMMIISSOO
CCóóddiiggoo:: FO-PRD-06
FFeecchhaa ddee eemmiissiióónn:: 88 ddee AAbbrriill ddee 22000088..
VVeerrssiióónn:: 33..
PPáágg..:: 11..
FFAACCUULLTTAADD DDEE HHUUMMAANNIIDDAADDEESS YY CCIIEENNCCIIAASS SSOOCCIIAALLEESS OOffiicciinnaa DDeessaarrrroolllloo PPrrooffeessiioonnaall yy PPrrááccttiiccaass EEssttuuddiiaannttiilleess
CCAARRTTAA EEXXOONNEERRAACCIIÓÓNN
RREESSPPOONNSSAABBIILLIIDDAADD PPAARRAA
PPRRAACCTTIICCAANNTTEESS
CCóóddiiggoo:: FO-PD-16
FFeecchhaa ddee eemmiissiióónn:: 88 ddee AAbbrriill ddee
22000088..
VVeerrssiióónn:: 22
PPáágg..:: 11..
Anexo. 3
Santiago de Cali, 01 de octubre de 2013
Señores
PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA
Cali
Nombre Apellidos, mayor de edad, identificado con la cédula de
ciudadanía número NUMERO y el código estudiantil número NUMERO,
estudiante de la Carrera de Derecho en la Universidad, hábil para
contratar y obligarme, actuando en mi propio nombre y representación,
por medio de este escrito manifiesto que libremente he tomado la
decisión de desarrollar mi práctica estudiantil, correspondiente a la
materia Práctica Integral I, en SITIO, y por lo tanto, exonero a la
PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA de cualquier
responsabilidad por mi trabajo en el sitio mencionado y de cualquier
riesgo que esté relacionado con mi desempeño y mi desplazamiento.
Estoy desarrollando mi práctica formativa, en SITIO. La misma tiene
una duración desde el FECHA DE INICIO al FECHA DE
TERMINACION.
Para constancia de lo anterior, firmo este documento el día martes, 01
de octubre de 2013.
NOMBRE Y APELLIDOS ESTUDIANTE CC. NUMERO
LA HOJA DE VIDA
La elección del modelo de hoja de vida depende de cada persona. Sin embargo, es importante considerar que la hoja de vida debe reflejar el desarrollo profesional. Elaborar la hoja de vida requiere el conocimiento de sí mismo y la capacidad para precisar las acciones que desde su formación personal y profesional ha podido realizar.
La hoja de vida inicia con una carta de presentación, continua con la presentación de unos datos demográficos, un brevísimo perfil personal en función de lo laboral, incluye la formación académica, continua con la experiencia laboral describiendo aprendizajes y logros obtenidos en el desempeño de las funciones y finaliza con reconocimientos en este nivel. Debe ocupar máximo de DOS (2) páginas.
A continuación se dan unas indicaciones generales sobre cómo realizarla y se presenta el modelo de hoja de vida para la FHCS.
ESQUEMA DE HOJA DE VIDA
MODELO DE HOJA DE VIDA 1. Datos personales:
a. Nombre completo. b. Documento de identidad. c. Dirección de residencia. d. Ciudad – País. e. Teléfonos: residencia y celular. f. E-mail.
2. Perfil
a. Incluye carrera, campo de interés o énfasis, enfoque en el caso de la
Psicología, habilidades y dominio conceptual en áreas académicas y habilidades en general. Se puede incluir dominio de idiomas, sistemas, etc.
3. Estudios
a. Estudios formales realizados y certificados (posgrado, pregrado,
colegio, inglés, sistemas) con fechas de inicio y finalización. Se presentan del último hacia atrás. Se escribe así: Título de la Carrera. Institución educativa. Ciudad. Semestre. Fecha de inicio y finalización. Incluir otras carreras aunque no hayan sido finalizadas, último semestre cursado, fechas. Se escribe así: Nombre de la Carrera. Universidad. Fecha de inicio y de finalización.
4. Experiencia Académica
a. Proyectos relevantes o reconocidos, trabajos de grado:
Título, área temática, institución en la que se lleva a cabo la aplicación o implementación.
5. Actualización Profesional
a. Cursos, seminarios, congresos relacionados con la formación
profesional exclusivamente.
Se escribe así: Nombre del curso. Ciudad, fecha. 6. Grupos y Asociaciones (opcional)
a. Nombre del gremio al que pertenece, fecha de vinculación.
7. Experiencia Laboral (opcional)
a. Nombre de la organización o negocio propio, con fechas de
vinculación y retiro. b. Funciones y logros obtenidos en la organización.
8. Otras Actividades y Talentos (opcional)
a. Actividades b. Talentos (culturales, deportivos, manuales).
9. Firma, nombre completo y fecha. RECOMENDACIONES GENERALES SOBRE LA HOJA DE VIDA 1. La hoja de vida para la Práctica Estudiantil y para el Seminario Taller de
Equipamiento para el Trabajo no incluye el logo de la Universidad en la cabecera; si lo desea, puede imprimirlo como “marca de agua”.
2. La hoja de vida debe imprimirse en papel Kimberly. Para realizar el
entrenamiento en entrevista, debe colocarse en una carpeta (también en papel Kimberly) que combine con las hojas.
3. La hoja de vida que se empleará en la Práctica Estudiantil no lleva foto. 4. Se puede incluir “carta de presentación” en las hojas de vida que se emplearán
para el ejercicio profesional una vez se ha egresado de la Carrera. Hay que tener presente que si se incluye esta carta, la hoja de vida no lleva la firma.
CARTA DE PRESENTACIÓN Santiago de Cali, Abril 15 de 2008 Señora JULIANA PINZÓN Congreso de la República Ciudad Tengo el gusto de presentarle mi hoja de vida, para ser considerada dentro de su proceso de selección en el cargo de Abogado. Conozco los servicios que ofrece el Congreso de la República, por esta razón me siento motivada para mi ejercicio profesional en él. Estudiante de Decimo semestre de Derecho en la Pontificia Universidad Javeriana Cali, con Énfasis en derecho Privado, presentando especial conocimiento y particular interés en las áreas de Derecho Comercial y Empresarial. Persona proactiva, con capacidad y habilidad para desempeñarse en el ámbito empresarial e interpersonal y para el desarrollo de trabajo y proyectos de grupo. Excelentes cualidades personales; Honestidad, Liderazgo. Me gustaría tener una entrevista con usted para ampliar la información que contiene mi hoja de vida. Espero su llamada. Atentamente, MARÍA FERNANDA ESCOBAR C.C. # 1.107.048.300 de Cali
MARÍA FERNANDA ESCOBAR C.C. # 1.107.048.300 de Cali
Cll 58 A 1B-Bis 16 Cali-Colombia
4390868-315 4788014 [email protected]
Perfil Estudiante de Derecho Habilidades para el trabajo interdisciplinario y en equipo. Carácter propositivo y crítico, especial interés en la comunicación política, marketing y derechos humanos. Interesada en seguir proponiéndome y superando nuevas metas. Destrezas para trabajar y manejar situaciones bajo presión y en periodos cortos. Interés en la actualización profesional. Manejo de Programas de animación, diseño y páginas Web.
Estudios • Derecho, Pontificia Universidad Javeriana, Santiago de Cali, IX
semestre, 2005 a la fecha
• Bachillerato, Colegio San Luís Gonzaga, Cali 2003
Experiencia Académica
• Proyecto de grado: “Seguridad y Factibilidad jurídica de realizar transacciones mediante títulos valores representativos de mercaderías”.
Actualización Profesional
• Congreso Internacional “JUSTICIA Y DEMOCRACIA EN EL SIGLO XXI” Universidad Santiago de Cali.
• Seminario taller “ Sociedad por Acciones Simplificadas.
Experiencia Laboral
• Expo javeriana. Monitoria y promoción,2009 • Seaway Ltda. Marítimos Mayo- Agosto 2008 • Giraldo Neusa Y Asociados Asesores Jurídicos E INMOBILIARIOS.
Asesora de ventas de bienes inmuebles
Otras actividades y talentos
• Miembro de la liga de patinaje del valle del cauca Firma
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