Marzo, 2015
REGISTRO DE CONTRATOS DE ADHESIÓN
(RECA)
OBLIGACIONES ANTE CONDUSEF
DEBEN REGISTRARSE EN:
Registro de Prestadores de Servicios Financieros (SIPRES)
Registro de Contratos de Adhesión (RECA).
Registro de Comisiones (RECO), únicamente para SOFOM, E.N.R.
Registro de Unidades Especializadas (REUNE).
Registro de Usuarios que no desean recibir información publicitaria (REUS).
REGISTRO DE CONTRATOS DE ADHESIÓN
(RECA)
¿QUÉ ES EL RECA?El RECA es una herramienta informática que permite a las Instituciones registrar sus contratos de adhesión a fin de ser consultados por el público en general.
¿QUÉ ES UN CONTRATO DE ADHESIÓN?Aquél elaborado unilateralmente por las instituciones financieras, para establecer en formatos uniformes los términos y condiciones aplicables a la celebración de las operaciones que lleven a cabo con sus clientes.
FUNDAMENTO LEGAL
Artículo 11. párrafo quinto de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros. Establece que las Entidades Financieras deberán remitir a la CONDUSEF, los modelos de contratos de adhesión, a efecto de integrar el Registro de Contratos para consulta del público en general.
Artículo 21. de la Disposición Única de la CONDUSEF, aplicable a las Entidades Financieras. Señala la inscripción de los contratos de adhesión en el RECA previo a su utilización.
REGISTRO DE CONTRATOS DE ADHESIÓN
(RECA)
Las instituciones financieras que deberán registrar contratos de adhesión de sus operaciones son:
Instituciones de crédito SOFOMES E.R. SOFOMES E.N.R. Sociedades Financieras Populares Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, y Entidades Financieras que actúen como fiduciarias
en fideicomisos que otorguen crédito al público. Uniones de Crédito
REGISTRO DE CONTRATOS DE ADHESIÓN
(RECA)
En el RECA se podrán encontrar contratos de adhesión de diferentes operaciones, tales como:
• Tarjeta de Crédito • Crédito Hipotecario • Crédito Automotriz • Crédito Personal• Crédito de Nómina• Factoraje Financiero• Arrendamiento Financiero• Crédito de Habilitación o Avío• Crédito Refaccionario
REGISTRO DE CONTRATOS DE ADHESIÓN
(RECA)
INSTITUCIÓN
Cumplir con la normatividad ante las autoridades. Dar a conocer sus productos financieros, al público en general.
Mejorar la calidad de sus productos.
Crear una relación estrecha con los clientes.
USUARIO
Tener elementos que le permitan conocer el clausulado del contrato a celebrar, así como consultarlo en caso de alguna duda o inconformidad.
En dos casos específicamente:
• Previo a la firma del mismo.
• En el caso de que ya se haya celebrado y no cuente con éste.
¿PARA QUÉ SIRVE?
REGISTRO DE CONTRATOS DE ADHESIÓN
PROCEDIMIENTO DE REGISTRO PARA CONTRATOS DE ADHESIÓN
(RECA)
1) CONDUSEF envía un oficio a las instituciones inscritas en el Registro de Prestadores de Servicios Financieros (SIPRES), con nombre de usuario, contraseña y la dirección electrónica http://e-portalif.condusef.gob.mx/reca/admin/login.php, a fin de que tengan acceso a la herramienta.
2) La institución procede al cambio de contraseñas y alta de usuarios.
Paso 1
Paso 2
Paso 3
Paso 4
Paso 5
Paso 6
Paso 7
Paso 8
CONFORMACIÓN DEL NÚMERO DE PRE-REGISTRO O REGISTRO
Número de entidad
Número de producto
Número específico de producto
Número de actualizaciones
Número consecutivo
Fecha de registro
Paso 9
Paso 10
Paso 11
Paso 12
Paso 13
Paso 14
Paso 15
Paso 16
Paso 17
Paso 18
Paso 19
VISUALIZACIÓN DEL RECA EN LA PÁGINA DE CONDUSEF
www.condusef.gob.mx
Existen 4 formas de consultar los contratos de adhesión
1. Por sector al que pertenece la entidad del contrato a buscar.
2. Por número de registro.
3. Por número de producto.
4. Por nombre del producto.
VISUALIZACIÓN DEL RECA EN LA PÁGINA DE CONDUSEF
(para los usuarios)
VISUALIZACIÓN DEL RECA EN LA PÁGINA DE CONDUSEF
VISUALIZACIÓN DEL RECA EN LA PÁGINA DE CONDUSEF
OBLIGACIONES Manual de operación del registro de contratos de adhesión
1. Responder en un máximo de 20 días hábiles el oficio de inscripción de sus contratos de adhesión en caso de estar en etapa pre-operativa o no utilizar contratos de adhesión. (Plazo que fue establecido por la propia Comisión, de acuerdo a lo establecido en el artículo 53 de la Ley para la Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros.)
2. En caso de registrar contratos de adhesión por primera vez, se deben cargar los documentos en un plazo máximo de 20 días hábiles.
3. Para los posteriores contratos, se tiene un plazo de hasta 90 días para cargar el documento una vez realizado el pre-registro.
OBLIGACIONES
4. Antes de empezar a utilizar un contrato, el mismo debe estar registrado y cargado en el RECA.
Fundamento legal: Artículo 11 párrafo quinto de la LTOSF y Art. 21 de la Disposición Única de la CONDUSEF
5. El número obtenido al iniciar el pre-registro o registro debe estar incluido en el contrato y anexos antes de cargar los documentos al sistema.
6. Imprimir los comprobantes de cada operación.
7. Cancelar los contratos cuando éstos ya no se ocupen.
DATOS DE CONTACTO RECA SOFOMES E.N.R. Y UNIONES DE CRÉDITO
Registro de Contratos de Adhesión (RECA)[email protected]
Lic. René Velázquez – Responsable Administrador [email protected]
Lic. Rosa Jazmín López – Soporte Herramienta [email protected]
Lic. Iván Rosas Spíndola – Soporte Herramienta [email protected]
Lic. José Luis Treviño Romero – Jefe de Depto. [email protected]
Lic. Irma Carranco Pulido – Directora de Vigilancia, Cumplimiento y Enlace con Autoridades
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