MINISTERIO DE TRANSPORTE
DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES
Y CONTRATACIÓN DE SERVICIOS.
AÑO 2019
Nombre del organismo contratante DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD
UOC: 0046-21 PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Tipo: Licitación Privada Ejercicio: 2019
Clase: Etapa Única
Modalidad: Sin Modalidad
Tipicidad: ARTICULO 25 Inc. c) del DECRETO DELEGADO N° 1023/01, ARTICULO 12
del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado
por DECRETO N° 1030/16 y ARTICULO 5 del Manual de Procedimientos del Régimen de
Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por Disposición 62-E/16 de la
ONC.
Expediente N°: EX- 2019-65354821 -APN-DLP#DNV
Objeto de la Contratación: CONTRATACION SERVICIO DE LIMPIEZA PARA EL 21°
DISTRITO – LA PAMPA.
Costo del pliego: Sin Costo
Datos del organismo contratante donde serán válidas todas las comunicaciones: DOMICILIO
Juan. B. Justo Nº 315
Mail [email protected]
Teléfono 02954-417030/31 int. 8211108-8211109-8211110
PRESENTACION DE OFERTAS
Plazo y Horario: Hasta el horario de Apertura de Ofertas
ACTO DE APERTURA
LA APERTURA DE OFERTAS SE EFECTUARA POR ACTO PUBLICO EN EL DIA Y HORA
ESTABLECIDO EN EL SITIO COMPR.AR PARA ESTE PROCEDIMIENTO.
ESPECIFICACIONES TECNICAS LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO El servicio de Limpieza será prestado en el Edificio Sede de la Dirección Nacional de Vialidad, 21º Distrito –La Pampa- sito en Juan B. Justo Nº 315 de la ciudad de Santa Rosa, contemplando planta baja, pisos 1º, 2º, subsuelo, auditorio vivienda, tres departamentos y quincho, incluyendo vereda, acceso automotores, playa de estacionamiento interno, con una superficie cubierta y semi cubierta de 2.732,24 mts2. Asimismo, se prestará el servicio en las instalaciones dependientes del mismo organismo, ubicadas en Avenida PERÓN N° 1502 de la ciudad de Santa Rosa, considerando oficinas que poseen características similares a las de la Sede de Distrito, incluyendo dos viviendas, el laboratorio, taller mecánico y taller de señalamiento, estimando una superficie total de 700 m2. Encargado del personal: La empresa adjudicataria deberá contar con un encargado de servicio que hará de nexo referente entre el organismo y la misma, sobre necesidades eventuales que pudieran surgir. Se adjuntará a la oferta: *Un (1) listado de los productos a utilizar en el cumplimiento del servicio, deben ser de primera calidad, indicando en cada caso la marca, cantidad y presentación del envase, deberán ser biodegradables y no tóxicos, condición esencial para la evaluación de la oferta. Se prohíbe el uso de ácidos, principalmente el clorhídrico, también denominado muriático, para la limpieza de los artefactos sanitarios.
*Un (1) listado descriptivo de los equipos de limpieza, como así también de los implementos que se coloquen en los baños y cocina.
VISITA AL LUGAR DE EJECUCION DEL SERVICIO: Los oferentes podrán efectuar la visita al inmueble para el reconocimiento y observación del lugar con el objeto de obtener por sí mismos y bajo su responsabilidad y riesgo toda la información que pueda ser necesaria para preparar sus ofertas. El hecho de que los proponentes no se familiaricen debidamente con los detalles y condiciones bajo las cuales serán ejecutados los trabajos, no se considerará como argumento válido para posteriores reclamaciones. La adjudicataria no podrá alegar desconocimiento alguno del tipo de Servicio que debe prestar, como así también de las condiciones físicas o de otro tipo que impacten en el desarrollo de los trabajos. El costo de esta visita será de exclusiva cuenta de los Interesados. El Organismo Contratante suministrará, cuando sea necesario, los permisos pertinentes para efectuar las inspecciones correspondientes. A tal efecto, deberán dirigirse a la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD, en el domicilio Juan B. Justo Nº 315 – 1º Piso, en el horario de 09,00 a 14,00 horas o bien comunicarse a los teléfonos (02954) 417030 int. 8211113 (Contacto: Adrián VARGAS –Jefe de Sección SERVICIO DE APOYO) a fin de ser informados sobre el día y horario establecido en que todos los interesados podrán presentarse para realizar la visita. Efectuada la misma se le extenderá un “Certificado de Visita”, el cual se acompañará junto con la oferta, en caso de poseerlo. CONSIDERACIONES GENERALES: El servicio de limpieza en la Sede de Distrito deberá comenzar una vez finalizada la jornada laboral desde las 15:30 hs. hasta las 19,30 hs. con una dotación de cuatro (4) personas de lunes a jueves y cinco (5) personas los días viernes (como refuerzo para trabajos de frecuencia semanal); en el horario
de 7,00 a 11 hs. una (1) persona de lunes a viernes. El servicio en la Zona Centro de Conservación se prestará con una (1) persona de lunes a viernes de 7,00 a 11,00 hs. En el caso en que el servicio se deba efectuar en un lugar al que el personal de la adjudicataria no tuviera acceso, deberá comunicarse con la Sección SERVICIOS DE APOYO, quien autorizará el ingreso y solicitará, en caso de corresponder, al personal de la vigilancia de esta DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD, las llaves de dichas dependencias para permitir el acceso de la adjudicataria. La adjudicataria deberá contemplar trabajos en horarios especiales (feriados, fines de semana, nocturnos) a requerimiento del Organismo contratante y por razones operativas, sin reconocimiento de mayores costos. Se deberá tomar especial recaudo para que los insumos se encuentren a disposición de los agentes a lo largo de toda la jornada laboral. Corre por cuenta del adjudicatario los gastos de acarreo, descarga y estiba en el lugar indicado de los elementos necesarios para prestar el servicio. - DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS A PRESTAR: SEDE DE DISTRITO SERVICIO DE LIMPIEZA comprende:
OFICINAS Y DEPENDENCIAS DE PLANTA BAJA: • Limpieza y desinfección de pisos, empleando productos que eviten la volatilización del polvo,
sacando toda mancha existente.
• Limpieza y desinfección de la totalidad del mobiliario existente y útiles de trabajo respectivos, como ser: mesas, escritorios, sillas, sillones, utilizando elementos químicos adecuados para cada superficie.
• Limpieza y desinfección de los artefactos eléctricos, teléfonos, computadoras, impresoras, CPU, (pantallas y monitores) con productos no abrasivos a efectos de no dañarlos ni rayarlos.
• Limpieza y desinfección de vidrios y puertas de acceso.
• Limpieza y desinfección de todas las oficinas del edificio incluyendo Sala de Choferes, Guardia Interna y Externa; respecto de la oficina de Jefatura de Distrito se deberá aspirar la alfombra dejándola desinfectada y libre de suciedad y polvillo.
• Retiro de bolsas de los cestos de basura y reemplazo por bolsas nuevas que serán provistas por la firma adjudicataria.
Asimismo, toda otra tarea que necesariamente requiera limpieza diaria acorde con las mejores reglas del arte. BAÑOS: • Limpieza y desinfección de artefactos sanitarios (piletas, inodoros, mingitorios, etc.), rejillas de
desagüe con fluidos desinfectantes y pisos con eliminación de manchas o adherencias que se produzcan por el correr del agua u otros depósitos, evitándose principalmente los malos olores (uso de cloros especiales u otros productos que eliminen los mismos).
FRECUENCIA DEL SERVICIO: DIARIAMENTE EN SEDE DE DISTRITO
• Limpieza y desinfección de picaportes, azulejos, puertas, espejos, etc.
• Limpieza y desinfección de pisos con solución jabonosa.
• Desobstrucción de artefactos sanitarios: el destape de inodoros y piletas, serán por cuenta y cargo del adjudicatario, debiendo tomar las medidas que crea necesarias para evitar que se arrojen en los mismos, desperdicios que afecten su buen funcionamiento.
• Provisión de bolsas y cestos de residuos en cada habitáculo, a cargo de la adjudicataria, como así también de desodorantes en mingitorios e inodoros.
• Provisión en cada baño de un aromatizador de ambiente en aerosol. -
• Provisión de dispensers de jabón líquido a razón de uno (1) por cada baño.
• Provisión de papel higiénico con rollos comunes y toallas descartables suministradas con un dispenser con palanca.
COCINAS y BUFFET:
• Lavado y desinfección general de todos los artefactos como ser: anafe, microondas, heladeras, mesas, mesadas, muebles bajo y sobre mesada, termo tanque, pisos, etc.
• Recolección de residuos de los recipientes respectivos y lavado de los mismos.
• Provisión y colocación de las bolsas para residuos
• Provisión de papel de cocina con dispenser de toallas plegadas, rejillas y esponjas (con recambio ante evidente deterioro), detergentes y demás elementos de limpieza.
SUBSUELO, SUS DEPENDENCIAS Y COCHERAS:
• Limpieza de pisos dejándolos libres de manchas y adherencias.
ESCALERAS: • Limpieza y desinfección de barandas, escalones, zócalos y laterales con productos acordes a
la superficie.
TAREAS DE LIMPIEZA EXTERIORES
• Barrido y lavado de la vereda en todo lo ancho del edificio, hasta el cordón de la acera.
• Tareas de limpieza en acceso de vehículos y playa de estacionamiento con eliminación de restos de aceites u otros materiales.
• Desagües pluviales: la empresa tendrá a su cargo la limpieza y mantenimiento de los desagües pluviales para que permitan el libre escurrimiento de las aguas de lluvia.-.
RECOLECCIÓN DE PAPELES Y DEMÁS RESIDUOS: Finalizada la labor de limpieza, la totalidad de los residuos o papel de rezago, serán depositados en lugares fijados para tal fin por el personal de la Sección SERVICIOS DE APOYO. Diariamente se procederá al embolsado de basura y retiro del
edificio. Cuando se acumule material de rezago, la adjudicataria deberá proceder de acuerdo a lo que indique el personal de la Sección SERVICIOS DE APOYO. En los casos que fuera necesario su retiro, ya sea por contenedores o bien a través de camiones recolectores, los gastos correrán por cuenta de la empresa.
FRECUENCIA DEL SERVICIO: DIARIAMENTE ZONA CENTRO DE CONSERVACIÓN
BAÑOS Y OFICINAS: • El servicio de limpieza se llevará a cabo conforme a las reglas estipuladas para oficinas y
baños en Sede de Distrito.
FRECUENCIA DEL SERVICIO: DOS VECES POR SEMANA
CASA DE HUÉSPEDES, TRES (3) DEPARTAMENTOS y QUINCHO EN SEDE DE DISTRITO; CASAS, LABORATORIO Y DOS (2 VIVIENDAS EN ZONA CENTRO DE CONSERVACIÓN)
• El servicio se llevará a cabo conforme a las reglas estipuladas para la limpieza del edificio. - (Quedan incluidos pisos, paredes, escaleras y artefactos de los pasillos de tránsito). Puede requerirse una limpieza más frecuente según la demanda de hospedajes.
FRECUENCIA DEL SERVICIO: SEMANAL (SÓLO SEDE DE DISTRITO)
AUDITORIO: • Limpieza general del mismo, considerando la higiene y desinfección de los tapizados de las
sillas. Puede requerirse una limpieza más frecuente a criterio del organismo en caso de su utilización para eventos.
BAÑOS: • Limpieza y desinfección profunda de paredes, puertas y zócalos.
COCINAS Y BUFFET: • Limpieza y desinfección profunda de paredes, puertas y zócalos.
PUERTAS Y PAREDES INTERIORES • Limpieza de vidrios con productos especiales.
• Eliminación de polvo y telas de araña.
• Limpieza en general debiendo quitar manchas y cualquier otro tipo de adherencias, empleando productos químicos que no afecten la pintura.
VENTANAS Y CORTINAS (de todas las oficinas y dependencias) • Limpieza de ventanas, vidrios interiores y exteriores (no en altura), marcos y alfeizares.
• Eliminación de polvo de las distintas cortinas de bandas verticales, roller y plisadas de poliéster automáticas.
BALCONES: • Limpieza de ventanas y pisos.
MACETEROS, ESCUDOS Y ADORNOS • Deberán estar libres de polvo y telas de arañas.
LIMPIEZA DE ESTRUCTURA CENTRAL DEL EDIFICIO (patio interno) • Limpieza y mantenimiento del piso y vidrios de la parte baja.
NO SE REQUIERE EN LA PRESENTE LICITACIÓN LA LIMPIEZA DE VIDRIOS EN ALTURA. PROVISIÓN DE MANO DE OBRA, EQUIPOS Y MATERIALES El precio de la contratación incluirá la Mano de Obra, como así también la provisión de todos los elementos de limpieza, materiales, herramientas, implementos y maquinarias necesarias para poder realizar los trabajos en su totalidad, como ser los porta toallas descartables, los dispensers de jabón para los baños y las cocinas etc. Los materiales a utilizar serán de primera calidad y aptos para la función a que estén destinados para que bajo ningún concepto afecten la conservación del lugar, muebles, etc., debiendo resultar inofensivos para la salud de las personas y del Medio Ambiente. Los productos de limpieza deberán contar con la etiqueta correspondiente; no se aceptarán sustancias envasadas sin etiqueta provenientes de fraccionamiento de productos a granel. La adjudicataria, al iniciar los servicios deberá contar como mínimo con los siguientes artefactos: aspiradoras y lustradoras. Los equipos a utilizar en la prestación del servicio deberán quedar guardados en el organismo durante el plazo que dure el contrato suscripto. En caso de surgir algún inconveniente con la prestación del servicio, el organismo quedará facultado para hacer uso de las maquinarias y equipos de limpieza en virtud del art. 12 apartado e) del Decreto 1023/01. Obligaciones y responsabilidades del ADJUDICATARIO:
1) El adjudicatario deberá comunicar por escrito la nómina del personal que prestará el servicio,
con la mención del documento de identidad, el domicilio y el alta temprana.
2) Durante el curso de la ejecución del contrato, el adjudicatario deberá presentar mensualmente las constancias que demuestren el cumplimiento de las obligaciones salariales, laborales, previsionales y de la seguridad social para con sus dependientes, como asimismo la cobertura de eventuales infortunios, en orden de los supuestos contemplados en la ley pertinente y su reglamentación.
Los seguros del personal que destaque la empresa adjudicataria para la realización del servicio aludido, serán cubiertos por la misma, en todo de acuerdo a la Ley 24.557 (Riesgos de Trabajo) y se considerarán incluidos en el precio de la oferta. Para el caso del personal perteneciente a una cooperativa de Trabajo y que sea socio de la misma, deberá presentar su respectiva póliza de accidente personal.
El adjudicatario no podrá cambiar el personal presentado en la nómina, efectuando rotaciones que impidan el mantenimiento de una planta estable de al menos el 70 % del oportunamente presentado. La DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD se reserva el derecho de solicitar el reemplazo, cuando alguno de los empleados del adjudicatario no cumpla con los requisitos aludidos en el punto anterior. Los reemplazos de personal por esta causa no serán computados dentro del porcentaje al que se hace
referencia en el párrafo precedente. El adjudicatario deberá prestar servicios con personal mayor de 18 años, idóneo y experimentado cumplimentando lo establecido en la Ley de contrato de trabajo (L. 20.744 y complementarias). El caso de tratarse de cooperativas, deberán indicar si se trata de asociados o empleados de la cooperativa y ambos casos, su antigüedad en tal carácter. Si en la nómina se indicara la existencia de empleados, deberán presentar los libros de registro de personal, rubricados por el Ministerio de Trabajo de la Nación. Si en la nómina se indicara la existencia de asociados, deberán presentar una Declaración Jurada de cada uno manifestando que revisten en ese carácter dentro de la cooperativa, que conocen los estatutos y normas de la misma, que han recibido orientación y educación tal cual determina la Ley 20.337, y su situación particular frente al sistema fiscal y previsional en vigencia para los trabajadores autónomos con indicación del número de C.U.I.T.
3) El adjudicatario se hará responsable del desempeño de su personal, el que deberá observar las reglas de moralidad y cortesía que su desempeño obliga en el trato con los agentes de la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD.
4) El personal que realice las tareas no tendrá relación de dependencia con la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD.
Queda debidamente establecido que TODO EL PERSONAL QUE EMPLEE EL ADJUDICATARIO en este servicio, ESTARÁ A SU CARGO en cuanto a su sueldo, viáticos, seguros, vacaciones, accidentes, enfermedades, aportes jubilatorios, sindicales y demás leyes sociales, sin excepción, SIENDO RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIO CUALQUIER RECLAMO JUDICIAL O EXTRAJUDICIAL QUE EFECTÚE EL PERSONAL por esos conceptos y cualquier otro que no esté involucrado en este punto y se consideren incluidos en la oferta. El personal no tiene relación contractual con el organismo. Será de exclusiva responsabilidad del adjudicatario el pago del monto indemnizatorio legal por cualquiera de las personas a su cargo, ya sea que esta fuera despedida por el adjudicatario o que por indicación de la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD deba ser retirado del plantel que presta servicios en sede de Distrito. 5) El adjudicatario deberá contar con un SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL hacia terceros por cualquier accidente que pudiera ocasionarse. Cualquier consecuencia, ya fuere de carácter civil o penal que pudiera ocasionar la actuación de su personal con relación a terceros, incluyendo el personal de la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD o los bienes de ésta, será soportado exclusivamente por el adjudicatario, incluso las que derivan de la aplicación del Artículo 1.757 del Código Civil y Comercial de la Nación y se consideran incluidos en el precio de la oferta. 6) El adjudicatario deberá proveer a su personal de vestimenta para todas las tareas (mameluco, guardapolvo o camisa y pantalón) y calzado de seguridad debiendo demostrar aseo y pulcritud personal, siendo el adjudicatario responsable con respecto a que aquél se presente a las horas del servicio que correspondan con su vestimenta completa en perfectas condiciones de presentación e higiene. Además, el personal deberá estar identificado por parte del adjudicatario mediante carnet o leyenda bordada colocada en la solapa izquierda o bolsillo superior de la respectiva vestimenta.
7) El adjudicatario deberá presentar inicialmente en el Organismo el formulario “Constancia de Entrega de Ropa de Trabajo y Elementos de Protección Personal”, establecido por Resolución N° 299/2011 de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO, con la conformidad de todo el personal a su cargo. Asimismo, una vez cada tres meses, el adjudicatario deberá presentar el mencionado formulario en caso de que se hayan provisto nuevos elementos en ese período. 8) El adjudicatario deberá tomar las precauciones necesarias y cumplir las disposiciones vigentes para evitar que, ejecutando los trabajos encomendados, pueda dañar a personas (en la realización de
tareas que requieran mayor esfuerzo físico, el personal deberá ser masculino), propiedad, equipos y/o planteles propios de la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD o de terceros. El adjudicatario será responsable directo de los daños por hurto o robo por parte de su personal que pudieran ocurrir durante la prestación del servicio, debiendo proceder a su reposición, reparación o pago inmediato a satisfacción de la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD, sin perjuicio de las acciones judiciales que pudieran adoptarse en casos de esta naturaleza.
9) El personal será dirigido por el o los Encargados designados por el adjudicatario, los que además acatarán las indicaciones del personal de la Sección SERVICIOS DE APOYO.
10) No podrá conceptuarse como trabajo adicional todo aquel que, sin estar expresamente indicado en el presente pliego fuera indispensable realizar a criterio de la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD, en forma prolija, para la correcta prestación del servicio.
11) El adjudicatario deberá prestar un servicio de emergencia en cualquier día de la semana o en cualquier hora del día o de la noche cuando a criterio de la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD las circunstancias así lo exijan, dicho servicio deberá comenzar a ejecutarse antes de las CINCO (5) horas de efectuado el requerimiento. Para ello, el adjudicatario ofrecerá y dispondrá de números telefónicos para realizar los requerimientos.
14) El personal del adjudicatario deberá conservar y mantener el orden en que se encuentren documentos, papeles, planos, muebles y demás útiles y enseres, en las distintas oficinas y lugares del piso al realizar tareas encomendadas.
15) El adjudicatario no podrá transferir ni ceder parcial o totalmente el contrato respectivo sin la autorización por escrito y fundada de esta DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD.
16) ÚTILES Y MATERIALES: Estará a cargo de la empresa de limpieza el suministro a su personal de todos los útiles, implementos y materiales necesarios para el exacto cumplimiento de los trabajos mencionados precedentemente.
17) OBJETOS HALLADOS: Todos los objetos hallados por el personal de la empresa de limpieza en las dependencias del inmueble objeto de la presente contratación deberán ser entregados al Sección Servicios de Apoyo o en la guardia externa del organismo.
18) OTRAS ESPECIFICACIONES Y REQUISITOS: Se deja establecido que la firma adjudicataria se hará cargo del costo de las reparaciones y/o reposiciones de cualquiera de los bienes del Organismo o de terceros que circunstancialmente se encuentren bajo responsabilidad de la empresa adjudicataria, como consecuencia de roturas, daños, faltantes o sustracciones producidas por el personal a su cargo durante el cumplimiento de las tareas del servicio, reservándose el Organismo el derecho a designar a la firma que efectuara los trabajos de reparación o de reemplazo, y posteriormente descontar dicho monto de la facturación mensual.
Facultades de la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD
• La DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD se reserva el derecho de hacer uso de las medidas
internas que reglamentan la seguridad y custodia de los bienes que conforman su patrimonio, incluida la revisación personal de los empleados del adjudicatario.
• La DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD se reserva el derecho de rechazar los elementos que se utilicen para la tarea en cuestión, que a su criterio no resulten satisfactorios.
• En orden a lo establecido por el Artículo 12, inciso b) del Decreto Delegado Nº 1023/01, y Artículo 100 del Decreto 1030/16, inciso a), Apartado 1, la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD se reserva el derecho de aumentar hasta un 20% o disminuir hasta un 20% el
total o, con consentimiento del adjudicatario, hasta un 35%, en las condiciones y precios pactados y con adecuación a los plazos respectivos.
• La DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD podrá aplicar las multas por mora en el cumplimiento del contrato conforme el Art. 12 y Art. 29 del Decreto Delegado Nº 1023/01 y Art. 1102, Decreto 1030/16 Inc. c), Ap. 2.
• La DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD exigirá al adjudicatario al momento de la efectivización del contrato, la siguiente documentación: - La lista del personal que efectuara el servicio, en la que constara apellido y nombre,
domicilio, fotocopia del documento de identidad (1ra. y 2da. Hoja y domicilio), numero de C.U.I.L., inclusive de aquellos que puedan utilizarse eventualmente en reemplazo del personal ausente.
- Fotocopia de la Póliza de Seguro sobre accidentes de trabajo que cubra el riesgo de incapacidad temporaria o permanente para todos los empleados incluidos en la nómina.
• La DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD podrá rescindir el contrato por causas no imputables al proveedor con un pre-aviso de TREINTA (30) días corridos. En estos casos no se hará lugar a reclamación alguna por lucro cesante o por intereses de capitales requeridos para la financiación.
• RESCISIÓN POR CULPA DEL PROVEEDOR: Si el cocontratante desistiere en forma expresa del contrato antes del plazo fijado para su cumplimiento, o si vencido el plazo de cumplimiento original del contrato, de su extensión, o vencido el plazo de las intimaciones que hubiera realizado la Comisión de Recepción, en todos los casos, sin que los bienes hubiesen sido entregados o prestados los servicios de conformidad, la jurisdicción o entidad contratante deberá declarar rescindido el contrato sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial, salvo en aquellos casos en que optara por la aceptación de la prestación en forma extemporánea de acuerdo a lo previsto en el art. 93 del Decreto Reglamentario 1030/16 del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional.
PLAZO DEL SERVICIO. Se extenderá por el lapso de 12 (doce) meses. La entrega del servicio se realizará dentro de los 5 días corridos a partir de la recepción de la orden de compra, con opción a prórroga por un lapso igual o menor al de la contratación, según la normativa reglamentaria en vigencia.
POLÍTICA DE INTEGRIDAD.
1. Política de integridad. Principios y alcance.
1.1. Esta DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD (en adelante DNV) asume la responsabilidad de
mantener los más altos niveles de integridad, transparencia, competencia, concurrencia y trato
igualitario en los procedimientos de selección.
Por este motivo, se espera que los proveedores acompañen este compromiso desempeñándose en
todo momento con honestidad, equidad e integridad comercial, asegurando un cumplimiento pleno y
responsable de la presente política.
1.2. A los efectos de esta política son definidos como procedimientos de selección los trámites
destinados a elegir a un proveedor a fin de celebrar y ejecutar un contrato regulado por la N°
13.064 de obra pública, la ley N° 17.250 de concesiones públicas, el Régimen general de contrataciones aprobado por Decreto delegado N° 1023/01, el Decreto Nº 1030/2016 reglamentario del
régimen general de contrataciones.
1.3. A los efectos de esta política son definidos como proveedores todas las empresas, entidades, o
individuos oferentes por participar o participando en actividades de selección de contratistas - tales
como solicitantes, oferentes, proveedores de bienes, contratistas, subcontratistas, consultores,
subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios- encontrándose incluidos entre los
obligados los propietarios, representantes y empleados de dichas empresas o entidades. 2. Deberes de los proveedores y prácticas prohibidas.
2.1. Deberes.
Los proveedores deberán comportarse en todas las etapas de acuerdo a las siguientes exigencias:
a) Cumplir en todo momento con las reglas comerciales y éticas aplicables a sus interacciones con la DNV y sus integrantes, lo cual incluye el conocimiento, consideración y respeto por el
ordenamiento jurídico nacional y local aplicable a cada proceso del que participen.
b) Abstenerse de realizar directa o indirectamente cualquiera de los comportamientos definidos
como prácticas prohibidas, asegurando al respecto una supervisión interna adecuada y suficiente de
la conducta que lleven adelante sus empleados y representantes en las relaciones e intercambios
que entablen con integrantes de la DNV.
c) Informar las relaciones comerciales, financieras o de cualquier índole económica con integrantes de esta DNV o sociedades vinculadas a ellos que puedan determinar la existencia de alguna clase de
conflicto de interés, siquiera aparente.
d) Efectuar todas las consultas, observaciones solicitudes y propuestas de índole comercial o
económica, por escrito, dirigiéndose únicamente a la autoridad competente y a través de los canales
establecidos al efecto en cada caso.
e) Denunciar ante la UNIDAD DE ÉTICA Y TRANSPARENCIA de la OFICINA ANTICORRUPCIÓN con sede en esta DNV cualquier irregularidad, ilícito o circunstancia contraria la ética pública o la
transparencia institucional de la que tome conocimiento en el marco de su participación en los
procedimientos de selección de este Organismo, contactándose al teléfono +54 011 4343-8521,
internos 8005621/8005885/8005907, escribiendo a [email protected] o al
formulario web disponible en https://www.argentina.gob.ar/transporte/vialidad-nacional.
2.2. Prácticas prohibidas
A los fines del punto anterior, éstas comprenden actos de: (a) prácticas de corrupción; b) prácticas fraudulentas; (c) prácticas anticompetitivas o colusorias y (d) prácticas obstructivas, las cuales se
definen a continuación:
a) Prácticas de corrupción: ofrecer o dar por sí o a través de terceros cualquier ventaja, favor,
gratificación, o cualquier otro objeto o prestación de valor a integrantes de esta DNV o a sus
familiares directos con el fin de obtener un trato favorable o influir indebidamente en sus acciones.
b) Prácticas fraudulentas: falsear, tergiversar u ocultar hechos o circunstancias para engañar a la
DNV o sus integrantes con el propósito de obtener un beneficio o eludir el cumplimiento de una
obligación;
c) Prácticas anticompetitivas o colusorias: acuerdos entre proveedores realizado con la intención d e
alcanzar un propósito inapropiado contrario a los principios de concurrencia y competencia,
incluyendo prácticas tales como coordinación de posturas, acuerdos para la fijación de precios,
reparto de zonas o mercados o cualquier otra actividad similar de naturaleza contraria a lo previsto
en la Ley 27.442.
d) Prácticas obstructivas: destruir, falsificar, alterar u ocultar deliberadamente información o
elementos documentales significativa para los análisis, evaluaciones y, en sus casos, investigaciones
que deban ser llevados adelante en la DNV en relación al proceso de selección, o de cualquier otra
manera impedir o dificultar esa tarea, así como el ejercicio de inspección de esta DIRECCIÓN
NACIONAL DE VIALIDAD o la actividad de revisión por parte de cualquier Organismo de Control. 3. Conflictos de interés.
Son consideradas conflicto de interés las relaciones o vínculos que puedan interferir en la objetividad
e imparcialidad de las decisiones de un funcionario en relación a los procedimientos de selección.
Asimismo, y de forma particular, son considerados conflictos de interés las relaciones descriptas por
los artículos 1º y 2º del Decreto Nº 202 del 21 de marzo de 2017.
En tal sentido, el oferente deberá declarar si se encuentra o no alcanzado por alguno de los
supuestos de vinculación respecto de:
• El Presidente y Vicepresidente de la Nación, Jefe de Gabinete de Ministros y demás Ministros
y autoridades de igual rango en el Poder Ejecutivo Nacional, aunque estos no tuvieran
competencia para decidir sobre la contratación o acto de que se trata (artículo 1º del Decreto
Nº 202/2017)
• Funcionarios de rango inferior a ministro que tenga competencia o capacidad para decidir
sobre la contratación o acto que interese al declarante (artículo 2º del Decreto Nº 202/2017).
Dichas relaciones son:
a) Parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad
b) Sociedad o comunidad,
c) Pleito pendiente,
d) Ser deudor o acreedor,
e) Haber recibido beneficios de importancia,
f) Amistad pública que se manifieste por gran familiaridad y frecuencia en el trato.
En caso de que el declarante sea una persona jurídica, deberá consignarse cualquiera de los
vínculos anteriores, existentes en forma actual o dentro del último año calendario, entre los
funcionarios alcanzados y los representantes legales, sociedades controlantes o controladas o con
interés directo en los resultados económicos o financieros, director, socio o accionista que posea
participación, por cualquier título, idónea para formar la voluntad social o que ejerza una influencia
dominante como consecuencia de acciones, cuotas o partes de interés poseídas. Para el caso de sociedades sujetas al régimen de oferta pública conforme a la Ley N° 26.831 la
vinculación se entenderá referida a cualquier accionista o socio que posea más del CINCO POR
CIENTO (5%) del capital social.
3.2. Funcionarios con competencia inferior a Ministros con competencia para decidir sobre la
presente contratación
A los efectos del artículo 2º del Decreto Nº 202/2017, se informa que son considerados como
funcionarios con competencia inferior a ministro, con competencia para decir sobre la presente
contratación los siguientes:
1) Patricia Mabel GUTIERREZ (DNI N°:13.411.415)
2) Roger Emanuel Florencio BOTTO (DNI Nº: 23.805.871)
3) Víctor Francisco FARRE (DNI Nº 14.492.447).
3.3. Formularios
Las personas interesadas en presentarse como oferentes deberán presentar la declaración jurada obrante en el Anexo II, cuyo modelo reproduce el aprobado por la Resolución Nº 11 del 19 de mayo
de 2017 de la OFICINA ANTICORRUPCIÓN (RESOL-2017-11-APN-OA#MJ).
4. Programa de integridad
Junto con la oferta se realizará la acreditación del Programa de Integridad adecuado para la
prevención, detección y corrección de los riesgos previstos en la Ley Nº 27.401.
Dicho programa será obligatorio para licitaciones públicas y privadas superiores a 50.000 M y
contrataciones directas (compulsa abreviada o adjudicación simple) cuyo valor supere los 30.000 M,
en orden a lo previsto por el Decreto Nº 277/18 y el anexo al artículo 9º del Decreto 1030/2016. El
valor del módulo resulta del monto fijado por el artículo 28 del Decreto Nº 1030/2016 y sus
modificatorios.
A efecto de la acreditación del plan deberá presentarse la declaración jurada obrante en el Anexo III,
cuyo modelo reproduce el aprobado por el artículo 7º del Decreto Nº 1169 del 21 de diciembre de
2018. Adicionalmente, de manera facultativa, los oferentes podrán acompañar documentos, folletos
explicativos y/o referenciar el hipervínculo en el que se consigne su programa de integridad y
principales características. Las afirmaciones que se realicen en tales documentos tendrán carácter de declaración jurada
efectuada en los términos del artículo 109 del Decreto Nº 1759/72.
En lo que concierne al contenido del programa, cada compañía es libre de definirlo de conformidad
con lo establecido en la ley Nº 27.401. Esta DNV no efectuará en cada caso un análisis integral de su
idoneidad concreta como sistema interno de control y vigilancia, ni emitirá certificaciones ni requerirá
cambios. Cada compañía es libre de evaluar libremente sus riesgos y definir los componentes de su
programa. Esta DNV no emitirá juicios de valor sobre ellos y se limitará a constatar que se hubiese
declarado la existencia de los elementos mínimos exigibles.
En caso de requerirse apoyo técnico o consejo especializado podrá ser requerido el auxilio de la
UNIDAD DE ÉTICA Y TRANSPARENCIA, la cual podrá solicitar de manera directa información
adicional a la empresa antes de completar su intervención. Renglones: En caso que las contrataciones se realicen mediante renglones, sólo deberán acreditar
la existencia del Programa de Integridad aquéllas empresas que coticen por uno o más renglones,
cuya sumatoria supere el monto exigido para la presentación de un programa de integridad. En los
casos que no superen dicho monto, se exceptuará de presentar dicho programa a las empresas,
más allá que la contratación en su totalidad por los montos deba ser aprobada por Ministro.
Unión Transitoria de Empresas UT: Para el caso de uniones transitorias de empresas, resulta
exigible el plan de integridad para todas las firmas que la compongan cuando la contratación por su
valor así lo requiera.
5. Consecuencias.
Los proveedores, al descargar los Pliegos Licitatorios como al presentar ofertas declaran y
garantizan su conocimiento de la presente política y su conformidad con ella, y se obligan a respetar
y hacer respetar sus previsiones.
La violación de los deberes previstos en la presente política, la comisión de alguna de las prácticas
prohibidas o las declaraciones falsas podrán dar lugar a:
1. El rechazo de la oferta y pérdida de la garantía respectiva en cualquier estado de la licitación o la
rescisión del contrato con culpa del contratista.
2. La realización del correspondiente reporte al Organismo de control competente y, en su caso, la realización de la denuncia penal correspondiente.
3. La comunicación que corresponda al respectivo Colegio Profesional, Cámara o Asociación que
realice la actividad de superintendencia, supervisión, o similar, del correcto desempeño ético de sus
miembros.
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES
ARTÍCULO 1°. - OBTENCIÓN DE PLIEGO
El Pliego de Bases y Condiciones Particulares y toda la documentación relativa a este
procedimiento, podrán ser obtenidos con el fin de realizar consultas o presentarse a cotizar, en el
portal: https://comprar.gob.ar/ denominado COMPR.AR, por medio del cual funciona el Sistema
Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional, conforme la Disposición N° 65/16 de
la Oficina Nacional de Contrataciones. Asimismo, el presente Pliego tendrá difusión en la Página web de la Dirección Nacional de Vialidad.
https://www.argentina.gob.ar/transporte/vialidad-nacional.
ARTÍCULO 2°. - CÓMPUTO DE PLAZOS
Todos los plazos en el presente pliego se computarán en días hábiles administrativos, salvo que se disponga expresamente lo contrario.
El cómputo de los plazos se regirá por la fecha y hora oficial del sitio https://comprar.gob.ar. A los
efectos del cómputo de plazos fijados en días hábiles, la presentación en un día inhábil se entiende
realizada en la primera hora del día hábil siguiente.
ARTÍCULO 3°. - NOTIFICACIONES:
Todas las notificaciones entre la jurisdicción o entidad contratante y los interesados, oferentes,
adjudicatarios o cocontratantes, se realizarán válidamente a través de la difusión en el sitio de
internet de COMPR.AR, cuya dirección es https://comprar.gob.ar, y se entenderán realizadas el día
hábil siguiente al de su difusión.
El envío de mensajería mediante COMPR.AR en forma automática, sólo constituye un medio de
aviso.
Asimismo, las notificaciones entre la jurisdicción y los interesados, oferentes, adjudicatarios o
cocontratantes podrá efectuarse por correo electrónico, teniéndose por notificado el día en que fue
enviado, sirviendo de prueba suficiente la constancia que el correo electrónico genere para el
emisor, certificada por el titular de la Unidad Operativa de Contrataciones (artículo 7°, inciso f, del
Reglamento aprobado por Decreto N° 1030/2016; artículo 2°, inciso d, del Manual de
Procedimiento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por
Disposición ONC N° 62-E/2016; y artículo 6, inciso f, del Pliego Único de Bases y Condiciones
Generales aprobado por Disposición ONC N° 63-E/2016).
ARTÍCULO 4°. - CONSULTAS AL PLIEGO
4.1. Para efectuar consultas al pliego de bases y condiciones particulares, el proveedor deberá haber
cumplido con el procedimiento de registración y autenticación como usuario externo de COMPR.AR.
Las consultas deben efectuarse exclusivamente a través de COMPR.AR, de acuerdo a lo previsto en
el artículo 7° del Anexo I a la Disposición ONC N° 65/2016. 4.2. No se aceptarán consultas telefónicas ni por ningún medio que no sea el establecido en el
apartado previo.
4.3. Las consultas podrán efectuarse hasta el día y hora estipulados en el cronograma de fechas del
presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
ARTÍCULO 5°. - CIRCULARES ACLARATORIAS Y MODIFICATORIAS.
5.1. La jurisdicción o entidad contratante podrá elaborar circulares aclaratorias o modificatorias al pliego de bases y condiciones particulares, de oficio o como respuesta a consultas.
5.2. Las circulares aclaratorias podrán ser emitidas por el titular de la UOC y se comunicarán con
DOS (2) días como mínimo de anticipación a la fecha fijada para la presentación de ofertas, a todas
las personas que hubiesen retirado, comprado o descargado el pliego y al que hubiere efectuado la
consulta si la circular se emitiera como consecuencia de ello e incluirlas como parte integrante del
Pliego y difundirlas en el sitio de Internet del sistema electrónico de contrataciones.
5.3. Las circulares modificatorias deberán ser emitidas por la misma autoridad que hubiere
aprobado el pliego de bases y condiciones particulares o por aquél en quien se hubiese delegado
expresamente tal facultad, y serán difundidas, publicadas y comunicadas por UN (1) día en los
mismos medios en que hubiera sido difundido, publicado y comunicado el llamado original con UN
(1) día como mínimo de anticipación a la fecha originaria fijada para la presentación de las ofertas.
Asimismo, serán comunicadas a todas las personas que hubiesen comprado o descargado el pliego
y al que hubiere efectuado la consulta si la circular se emitiera como consecuencia de ello, con el
mismo plazo mínimo de antelación y se incluirán como parte integrante del Pliego y se difundirán en
el sitio de Internet del sistema electrónico de contrataciones. En las circulares modificatorias se indicará la nueva fecha para la presentación y apertura de las
ofertas.
5.4. Las circulares por la que únicamente se suspenda o se prorrogue la fecha de apertura o la de
presentación de las ofertas podrán ser emitidas por el titular de la UOC y deberán ser difundidas,
publicadas y comunicadas por UN (1) día por los mismos medios en que hubiera sido difundido,
publicado y comunicado el llamado original con UN (1) día como mínimo de anticipación a la fecha
originaria fijada para la presentación de las ofertas. Asimismo, serán comunicadas a todas las
personas que hubiesen descargado el pliego y al que hubiere efectuado la consulta si la circular se
emitiera como consecuencia de ello, con el mismo plazo mínimo de antelación y se incluirán como
parte integrante del Pliego y se difundirán en el sitio de Internet del sistema electrónico de
contrataciones.
Para el caso de Licitaciones y Concursos, ya sean Públicas o Privadas, se estará a lo establecido
en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. ARTÍCULO 6°. - PRESENTACIÓN DE OFERTAS
6.1. Las ofertas se deberán presentar hasta el día y hora determinados en el cronograma de fechas
del presente pliego, a través del COMPR.AR utilizando el formulario electrónico que suministre el
sistema, y cumpliendo todos los requerimientos del presente pliego, acompañando la documentación
que la integre en soporte electrónico.
Para el caso en que sólo sea posible efectuar la presentación en forma material, como la
presentación de documentos que por sus características deban ser presentados en soporte papel,
estos serán individualizados en la oferta electrónica y serán presentados ante la Sección Licitaciones
y Compras del 21° Distrito – La Pampa, hasta el día y hora determinado como fecha de presentación de ofertas, y dentro de las 24 hs posteriores a la apertura para la presentación de garantías.
6.2. A fin de garantizar su validez, la oferta electrónicamente cargada deberá ser confirmada por el
oferente, quien podrá realizarlo únicamente a través de un usuario habilitado para ello, conforme lo
normado con el procedimiento de registración y autenticación de los usuarios de los proveedores,
según Disposición ONC N° 65/2016. 6.3. La presentación de la oferta significará de parte del oferente el pleno conocimiento y
aceptación de las normas y cláusulas que rigen este procedimiento de selección. No será necesario
acompañar este pliego firmado junto con la oferta.
6.4. La posibilidad de modificar la oferta precluirá con el vencimiento del plazo para presentarla y/o
su confirmación en el sistema por parte del oferente, sin que sea admisible alteración alguna en la
esencia de las propuestas después de esa circunstancia.
6.5. Las ofertas que no sean ingresadas y confirmadas en el portal COMPR.AR y hasta el día y hora
consignados para ello, se tendrán como no válidas, sin excepción. ARTÍCULO 7°. - MONEDA DE COTIZACIÓN. La propuesta económica deberá ser formulada en PESOS y no podrá referirse, en ningún caso, a la
eventual fluctuación de su valor. Los precios cotizados (unitarios y totales) deberán incluir, indefectiblemente, el importe
correspondiente a la alícuota del IVA, (conforme La DNV reviste el carácter de consumidor final con
respecto al IVA.), así mismo serán considerados a todos los efectos FIJOS E INAMOVIBLES.
En consecuencia, se entenderá que se encuentran incluidas en el precio todas las prestaciones que,
de acuerdo a su juicio y experiencia, permitan realizar el fiel y estricto cumplimiento de sus
obligaciones, aunque las mismas no estén explicitadas en la oferta. ARTÍCULO 8°. - OFERTA ALTERNATIVA
8.1. Además de la oferta base, los oferentes podrán presentar una oferta alternativa.
8.2. Se entiende por oferta alternativa a aquella que cumpliendo en un todo las especificaciones
técnicas de la prestación previstas en el presente pliego, ofrece distintas soluciones técnicas que
hace que pueda haber distintos precios para el mismo producto o servicio.
8.3. El Ministerio podrá elegir cualquiera de las dos o más ofertas presentadas.
8.4. Queda a criterio de este ORGANISMO a través del área técnica competente, la estimación o
desestimación de esa propuesta alternativa de acuerdo a su conveniencia por calidad y precio.
ARTÍCULO 9°. - OFERTAS VARIANTES ATENCION: NO SE PODRAN PRESENTAR EN LA PRESENTE LICITACION
Se entiende por oferta variante aquella que, modificando las especificaciones técnicas de la prestación previstas en el pliego de bases y condiciones particulares, ofrece una solución con una
mejora que no sería posible en caso de cumplimiento estricto del mismo.
Se admitirán ofertas variantes y se podrá comparar la oferta base de los distintos proponentes y solo podrá considerar la oferta variante del oferente que tuviera la oferta base más conveniente.
ARTÍCULO 10°. - INSCRIPCIÓN EN EL SIPRO (Sistema de Información de Proveedores) a TRAVÉS DE SISTEMA COMPR.AR y ALTA EN EL PADRÓN ÚNICO DE ENTES
A los fines de la presentación de ofertas a través del Sistema Electrónico de Compra estipulado en
el COMPR.AR, los eferentes deberán realizar la pre inscripción al Sistema de Información de
Proveedores accediendo al sitio de internet de COMPR.AR (https://comprar.gob.ar), donde
completarán la información requerida en los formularios de pre inscripción, en un todo de acuerdo
con la Disposición N° 64/16 de la Oficina Nacional de Contrataciones (ingresar a
https://comprar.gob.ar).
Los oferentes y adjudicatarios extranjeros están exceptuados de la obligación de inscripción en el
SIPRO.
Asimismo, se requiere estar dado de alta en el Padrón Único de Entes del SISTEMA DE
INFORMACIÓN FINANCIERA que administra el MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
PUBLICAS, de conformidad con lo dispuesto por la Disposición Nº 40 de la CONTADURÍA
GENERAL DE LA NACIÓN y Nº 19 de la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN de fecha 8 de
julio de 2010, ambas de la citada cartera de Estado, o las que en el futuro las reemplacen. Se podrá tramitar su incorporación en la Sección CONTABLE del 21° Distrito, La Pampa de la DNV, sito en Juan B. Justo N° 315, en días hábiles administrativos de 07:30 a 15:00 hs. El beneficiario ya integrado al e-SIDIF deberá verificar la vigencia de los datos aportados, en lo relativo a cuentas bancarias.
ARTÍCULO 11°. - MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
Las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas que acrediten su condición de tal, podrán presentar ofertas por el 20% del total de cada renglón, como así también hacer valer cualquier derecho
adquirido por tal condición conforme la Ley 25.300
TENIENDO EN CUENTA LAS CARACTERISTICAS DEL SERVICIO A ADQUIRIR, SE PROCEDERÁ A LA ADJUDICACION GLOBAL DEL MISMO-
ARTÍCULO 12°. - CRITERIOS DE SUSTENTABILIDAD
Los criterios de sustentabilidad deberán garantizar el mejor impacto al ambiente, mejores
condiciones éticas y económicas, así como el cumplimiento de la legislación laboral vigente, en
especial lo que se relaciona con condiciones dignas y equitativas de trabajo y ausencia de trabajo
infantil.
ARTÍCULO 13°. – GARANTÍAS
En caso de NO configurarse alguna de las causales de excepcionalidad previstas en el ARTICULO N°
40 del Pliego de Bases y Condiciones Generales, aprobado por DISPOSICION 63 E/16 y sus
modificaciones, se DEBERAN constituir las siguientes garantías en la presente LICITACION:
GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA: Los oferentes deberán constituir una garantía
de mantenimiento de la oferta equivalente al CINCO POR CIENTO (5%) del valor total de su oferta.
En el caso de cotizar con descuentos, alternativas o variantes, la garantía se deberá calcular sobre
el mayor valor propuesto. Dicha garantía deberá constituirse en algunas de las formas previstas en el artículo 39 del Pliego
Único.
Para el caso de optar por integrar la garantía mediante póliza de caución, la misma deberá ser
extendida por compañías aseguradoras debidamente autorizadas por la Superintendencia de Seguros
de la Nación y deberá contener la respectiva legalización por escribano público.
La integración en Pagaré a la vista suscripto por quien tenga el uso de la firma social o actuare con
poderes suficientes, será válida solamente cuando el monto de la garantía no supere la suma de
DOSCIENTOS SESENTA MODULOS (260 M). Esta forma de garantía no es combinable con las
restantes enumeradas en el Art. 39 del Pliego Único.
Si el oferente, en la nota por la cual manifestara que no mantendrá su oferta, indicara expresamente desde qué fecha retira la oferta, la Administración la tendrá por retirada en la fecha por él expresada.
Si no indicara fecha, se considerará que retira la oferta a partir de la fecha de vencimiento del plazo
de mantenimiento de la oferta en curso.
El oferente que manifestara que no mantendrá su oferta quedará excluido del procedimiento de selección a partir de la fecha indicada en el párrafo anterior.
Si el oferente manifestara su negativa a prorrogar el mantenimiento de su oferta dentro del plazo
fijado a tal efecto, quedará excluido del procedimiento de selección, sin pérdida de la garantía de
mantenimiento de la oferta. Si, por el contrario, el oferente manifestara su voluntad de no mantener
su oferta fuera del plazo fijado para realizar tal manifestación o retirara su oferta sin cumplir con los
plazos de mantenimiento, corresponderá excluirlo del procedimiento y ejecutar la garantía de
mantenimiento de la oferta. GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO: DIEZ POR CIENTO (10%) del monto total del
contrato. GARANTÍA DE IMPUGNACIÓN ATENCION: SE DEBERA CONSTITUIR EN LA PRESENTE
LICITACION EN CASO DE IMPUGNAR EL DICTAMEN DE EVALUACION.
Los oferentes podrán impugnar el dictamen de evaluación dentro de los TRES (3) días de su
comunicación, previa integración de una garantía TRES POR CIENTO (3%) del monto de la oferta del
renglón o los renglones en cuyo favor se hubiere aconsejado adjudicar el contrato.
Para el caso de impugnación al dictamen de preselección, el monto será de PESOS CINCUENTA MIL
($50.000).
Las garantías de impugnación serán reintegradas dentro de los DIEZ (10) días de emitido el acto que
haga lugar a la impugnación (sólo en caso de que la impugnación sea resuelta favorablemente).
CONTRAGARANTÍA: Por el equivalente del monto que reciba el co-contratante como adelanto. (NO
SE DEBERA CONSTITUIR YA QUE NO SE PREVEE EL PAGO ANTICIPADO EN LA PRESENTE LICITACION).
ARTÍCULO 14°. - MANTENIMIENTO DE OFERTA
Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de SESENTA (60) días corridos contados a
partir de la fecha del acto de apertura. El plazo antes aludido se renovará en forma automática por un
lapso igual a la inicial o por el que se fije en el respectivo pliego particular, y así sucesivamente,
salvo que el oferente manifestara en forma expresa su voluntad de no renovar el plazo de
mantenimiento con una antelación mínima de DIEZ (10) días corridos al vencimiento de cada plazo.
ARTÍCULO 15°. - APERTURA DE LAS OFERTAS
15.1. La apertura de ofertas se efectuará por acto público a través de COMPR.AR en la hora y fecha establecida en el cronograma del presente pliego. En forma electrónica y automática se generará el
acta de apertura de ofertas correspondiente.
15.2. Si el día señalado para la apertura de las ofertas deviniera inhábil, el acto tendrá lugar el día hábil siguiente, a la misma hora.
ARTÍCULO 16°. - CRITERIO DE SELECCION DE OFERTAS
La adjudicación se realizará en favor de la oferta más conveniente, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones de la oferta.
Cuando se trate de la compra de un bien o de la contratación de un servicio estandarizado o de uso
común cuyas características técnicas puedan ser inequívocamente especificadas e identificadas, se
entenderá, en principio, como oferta más conveniente, la de menor precio.
ARTÍCULO 17°. - NOTIFICACIÓN DEL DICTAMEN DE EVALUACIÓN
En los procesos en que intervenga una Comisión Evaluadora, el dictamen se comunicará y se notificará a todos los oferentes mediante la difusión en el sitio https://comprar.gob.ar y se enviaran
avisos mediante mensajería del portal COMPR.AR, dentro de los DOS (2) días de emitido.
Las impugnaciones al Dictamen deberán presentarse dentro de los TRES (3) días de su
comunicación. Quienes no revistan el carácter de oferentes podrán impugnarlo dentro de los
TRES (3) días de su difusión en el sitio https://comprar.gob.ar, en ambos casos, previa integración
de la garantía de impugnación regulada en el artículo 78 del reglamento aprobado por el Decreto
N°1030/2016.
ARTÍCULO 18°. - CAUSALES DE INELEGIBILIDAD
Además de las enunciadas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, podrá considerarse causal de inelegibilidad el incumplimiento de los oferentes en contratos anteriores con la
Repartición, que deberá ser acreditado fehacientemente en el expediente.
ARTÍCULO 19°. - SUBSANACIÓN DE ERRORES U OMISIONES
Durante el procedimiento de selección la Repartición podrá solicitar la subsanación de deficiencias,
errores u omisiones en la oferta, intimando a tales efectos a él/los oferentes correspondientes.
ARTÍCULO 20°. - FORMA DE ADJUDICACIÓN
20.1. La adjudicación se realizará global, según el criterio de evaluación establecido, debiendo los
oferentes presentar la oferta sobre todos los renglones.
20.2. La adjudicación será notificada al adjudicatario o adjudicatarios y al resto de los oferentes,
dentro de los TRES (3) días de dictado el acto respectivo, mediante difusión en el sitio
https://comprar.gob.ar y se enviarán avisos mediante mensajería del COMPR.AR
20.3. El contrato quedará perfeccionado con la notificación al Adjudicatario de la correspondiente orden de compra mediante la difusión en el sitio https://comprar.gob.ar y se enviarán avisos
mediante mensajería del COMPR.AR, dentro de los DIEZ (10) días de la fecha de notificación del
acto administrativo de adjudicación.
ARTÍCULO 21°. - LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS FACTURAS
Las facturas electrónicas deberán remitirse a la oficina de la Sección Contable, vía e-mail a [email protected] lo que dará comienzo al plazo fijado para el pago. Las oficinas
encargadas de liquidar y pagar las facturas actuarán sobre la base de la documentación que se
tramite internamente y los certificados expedidos con motivo de la conformidad de la recepción.
En la factura se deberá indicar indefectiblemente el N° de Expediente, N° de Orden de Compra y el
objeto de la contratación/adquisición. Al mail deberá adjuntarse en archivo pdf
• Orden de Compra o Solicitud de provisión
• Acta de Recepción o Certificación de servicio
• Constancia de AFIP
Con motivo de efectuar el alta en el registro de beneficiarios será requerido por única con la
presentación de la primera factura: DATOS DE LA EMPRESA
Razón Social o Denominación:
CUIT:
Domicilio Legal:
Localidad: Provincia:
Código Postal: Teléfono:/ Fax:
*Las facturas deben presentarse de acuerdo con las disposiciones de la Resolución General
N° 1415/2003 de la AFIP.
*Las facturas deberán ser confeccionadas en tipo “B” o “C” a nombre de la Dirección Nacional
de Vialidad (CUIT: 30-54667567-6) respetando los requisitos de facturación establecidos por
AFIP y los importes que figuren en la Orden de Compra.
* Vialidad Nacional se encuentra incorporada al régimen de retención del IVA, Impuestos a las
Ganancias y SUSS. En caso de corresponder, el adjudicatario que se encuentre eximido del
pago de alguno de los tributos, deberá presentar copia de la documentación emitida por la
AFIP que respalde la exención.
Para cualquier consulta de seguimiento de pagos, reclamos de los mismos, etc. deberá comunicarse con la SECCIÓN DEPOSITO – TE 02954-15809062 / SECCIÓN CONTABLE – TE 02954-15590589. ARTÍCULO 22°. - MONEDA DE PAGO
Los pagos se efectuarán en PESOS, independientemente de la moneda de cotización.
En aquellos casos en que la cotización se hiciere en moneda extranjera y el pago en moneda nacional, deberá calcularse el monto del desembolso tomando en cuenta el tipo de cambio vendedor
del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA vigente al momento del día anterior al pago.
Los pagos se efectuarán por transferencia a través de la Cuenta Única del Tesoro a la cuenta bancaria del beneficiario denunciada en el Padrón Único de Entes, se realizarán en la moneda de
curso legal en la República Argentina (Pesos) dentro de los TREINTA (30) días hábiles contados a partir
del día siguiente al de la presentación de las facturas en las condiciones precedentemente definidas. Sin
perjuicio de ello, los pagos se atenderán, considerando el programa mensual de caja y las prioridades de
gastos contenidas en la normativa vigente.
Cuando en las facturas se incluyan plazos diferentes, no se considerarán como válidos, rigiendo el principio general.
Si se hiciere alguna observación a la documentación presentada, el trámite de pago se interrumpirá hasta la subsanación del vicio
ARTÍCULO 23°. - CERTIFICADO DEL REGISTRO PUBLICO DE EMPLEADORES CON SANCIONES LABORALES (REPSAL)
Conforme a lo establecido en la Ley N° 26.940 (BO. 2/06/2014). http://repsal.trabajo.gob.ar/Empleador/
ARTÍCULO 24°. - LIBRE DEUDA FISCAL (R.G. AFIP N° 4164/17) El proveedor no podrá poseer deuda liquida y exigible o previsional ante la AFIP.
ARTÍCULO 25°. - EL ESTATUTO SOCIETARIO ACTUALIZADO Y EL PODER DEL FIRMANTE.
Cuando el oferente sea una persona Jurídica, deberá indefectiblemente adjuntar en su oferta el Estatuto Societario Actualizado y el Poder del Firmante.
ARTÍCULO 26°. - CONFLICTO DE INTERESES
Según lo establecido en el Decreto 202/2017 y en la Comunicación General Nº 76, el oferente deberá
tener actualizado el formulario de Declaración Jurada de Intereses, siendo causal de desestimación
dicha omisión.
Es obligación del proveedor verificar en la presente contratación y conforme surge del cuadro de
funcionarios de la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD intervinientes que se plasma
seguidamente, si se encuentra alcanzado por los supuestos de vinculación que se establecen en
el ARTICULO 1° y 2° del Decreto 202/17. En caso afirmativo deberá ingresar al portal TAD,
seleccionar el trámite correspondiente a la actualización y consignar en el formulario los datos que
correspondan y presentarlo como ANEXO A SU OFERTA ELECTRONICA. Caso contrario y en
relación a la obligación de manifestar si la declaración jurada presentada en SIPRO se encuentra
actualizada, se tendrá por cumplida con la sola presentación de la oferta, todo ello conforme lo
establece la COMUNICACIÓN GENERAL N° 76/17 del 19 de junio de 2017 emitida por la ONC.
Procedimiento de Selección Autoridad competente
Licitaciones Públicas Licitaciones Privadas Contrataciones Directas
1. Autorizar el l lamado y elegir el procedimiento de selección. 2. Aprobación de Pliegos. 3. Dejar sin efecto. 4. Declarar desierto.
1. Aprobar procedimiento y adjudicar. 2. Declarar fracasado.
Hasta el importe: $ 5.000.000
Carlos Alfredo BAEZ Jefe de 21º Distrito
Carlos Alfredo BAEZ Jefe de 21º Distrito
Desde el importe: $ 5.000.001 hasta $ 10.000.000
Jorge E. FOLLARI Gerente Regional Cuyo
Jorge E. FOLLARI Gerente Regional Cuyo
Desde el importe: $ 10.000.001 hasta $ 15.000.000
Jorge E. FOLLARI Gerente Regional Cuyo
----------------------------------------- Roger BOTTO
Director de Licitaciones y Compras
Jorge E. FOLLARI Gerente Regional Cuyo
----------------------------------------- Roger BOTTO
Director de Licitaciones y Compras
Más de $ 15.000.000 Patricia GUTIERREZ
Administradora Vialidad Nacional Patricia GUTIERREZ
Administradora Vialidad Nacional
ARTÍCULO 27°. - CERTIFICADO DE VISITA: (OPCION QUE SE DEBERÁ CONTEMPLAR EN LA PRESENTE LICITACION).
Para el caso que el objeto de la contratación requiera realizar una visita de obra, ésta deberá
solicitarse a la Sección SERVICIOS DE APOYO por correo electrónico dirigido a
ARTICULO 28°- PRORROGA: (OPCION QUE SE CONTEMPLA EN LA PRESENTE
LICITACION). Será cuando se trate de contratos de suministros de cumplimiento sucesivo o de
prestación de servicios. Los contratos de bienes en los que el cumplimiento de la prestación se
agotara en una única entrega, no podrán prorrogarse. El contrato se podrá prorrogar por única vez
y por un plazo igual o menor al del contrato inicial. Cuando el contrato original fuere plurianual,
podrá prorrogarse como máximo hasta un (1) año adicional. La prórroga deberá realizarse en las
condiciones pactadas originariamente. Si los precios de mercado hubieren variado, la jurisdicción
o entidad contratante realizará una propuesta al proveedor a los fines de adecuar los precios
estipulados en el contrato original. En caso de no llegar a un acuerdo, no podrá hacer uso de la
opción de prórroga y no corresponderá la aplicación de penalidades. A los efectos del ejercicio de
la facultad de prorrogar el contrato, la jurisdicción o entidad contratante deberá emitir la orden de
compra antes del vencimiento de la vigencia del contrato.
ARTICULO 29° FUEROS
Queda expresamente estipulado que todas las cuestiones que pudieren suscitarse concernientes
a la interpretación, aplicación o ejecución del contrato que se suscriba en virtud de la presente
contratación serán obligatoria y exclusivamente sometidas a la jurisdicción del Juzgado Federal de
la ciudad de Santa Rosa, Provincia de La Pampa, renunciando expresamente quien resulte
adjudicatario a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder.
CONSIDERACIONES FINALES Forman parte del presente pliego:
Decreto Nacional N° 1224/89 que reglamenta la Ley sobre Emergencia Económica – Bs. de Fabricación Nacional
Decreto Nacional N° 2284/91 de desregulación Económica
Decreto Nacional N° 909/00 de Compre Nacional
Resolución N° 61/01 de Compre Nacional
Disposición Nª 62/2016 Manual de Procedimiento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional.
Disposición ONC N° 64/16 Manual de Procedimientos para incorporación y actualización de datos en SIPRO
Disposición Nº 65/2016 Manual de Procedimiento del COMPR.AR.
Disposición Nª 47/2017. Sustitución artículos 127 y 128 del Manual de Procedimiento del Régimen de Contrataciones de
la Administración Nacional
Disposición Nª 6/2018. Normativa sobre el régimen de contrataciones de la Administración Nacional.
Disposición Nª 35/2018. Normativa sobre el régimen de contrataciones de la Administración Nacional.
Disposición Nª 49/2018. Normativa sobre el régimen de contrataciones de la Administración Nacional.
Disposición Nª 58/2018. Normativa sobre el régimen de contrataciones de la Administración Nacional.
Decreto N° 641/2018. Modificatorio del Decreto1030/2016.
Decreto Reglamentario N° 963/2018. Régimen de contrataciones de la administración Nacional.
Completar solo cuando se trate de oferta nacional
ANEXO II: DECLARACIONES JURADAS
DECLARACIÓN JURADA DE OFERTA NACIONAL
CUIT:
Razón social o Nombre Completo:
El que suscribe con poder suficiente para este acto, DECLARA BAJO JURAMENTO que los Bienes ofertados cumplen con los requisitos exigidos para ser considerados como OFERTA NACIONAL, en los términos considerados virtud de lo estipulado en EL Artículo 13° apartado H inciso 3 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por Disposición ONC N° 63/16.
Lugar y Fecha:
Completar solo en contrataciones de tercerización de servicios
DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DEL REGIMEN DISCAPACITADOS
DE INTEGRACIÓN DE
CUIT:
Razón social o Nombre Completo:
El que suscribe con poder suficiente para este acto, DECLARA BAJO JURAMENTO que se obliga a ocupar a personas con discapacidad, en una proporción no inferior al CUATRO POR CIENTO (4%) de la totalidad del personal afectado a la prestación del servicio, en los procedimientos de selección que tengan por objeto la tercerización de servicios, a los fines de cumplir con la obligación establecida en el artículo 7° del Decreto N° 312 de fecha 2 de marzo de 2010.
Lugar y Fecha:
INFORME DE BALANZA COMERCIAL
CUIT:
Razón social o Nombre Completo:
Informe sobre la provisión y/o uso de bienes y/o materiales importados, así como el resultado de la balanza comercial en el último ejercicio y la proyectada para el ejercicio corriente.
DESCRIPCIÓN DEL BIEN Y/O MATERIAL IMPORTADO: _ ORIGEN: _ RESULTADO DE LA BALANZA COMERCIAL EN EL ÚLTIMO EJERCICIO: _ ($ _) (DIFERENCIA ENTRE LAS IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES REALIZADAS EN EL ÚLTIMO EJERCICIO EXPRESADA EN PESOS) PROYECCIÓN PARA EL EJERCICIO CORRIENTE: _
_($_ _)
Lugar y Fecha:
Firma y aclaración
Cargo
De no registrar el oferente operaciones que declarar, cruzar los campos y firmar.
DECLARACIÓN JURADA DE INTERESES - DECRETO 202/2017 PERSONA HUMANA
Nombres
Apellidos
CUIT
Vínculos a declarar ¿La persona física declarante tiene vinculación con los funcionarios enunciados en los Artículos 1 y 2 del Decreto n° 202/17? (Marque con una X donde corresponda)
SI NO
En caso de existir vinculaciones con más de un funcionario se deberá repetir la información que a continuación se solicita por cada una de las vinculaciones a declarar.
La opción elegida en cuanto a la no declaración de vinculaciones implica la declaración expresa de la inexistencia de los mismos, en los términos del Decreto N° 202/17.
Vínculo ¿Con cuál de los siguientes funcionarios? (Marque con una X donde corresponda)
Presidente
Vicepresidente
Jefe de Gabinete de Ministros
Ministro
Autoridad con rango de ministro en el Poder Ejecutivo Nacional
Autoridad con rango inferior a Ministro con capacidad para decidir
(En caso de haber marcado Ministro, Autoridad con rango de ministro en el Poder Ejecutivo Nacional o Autoridad con rango inferior a Ministro con capacidad para decidir complete los siguientes campos)
Nombres
Apellidos
CUIT
Cargo
Jurisdicción
Tipo de vínculo (Marque con una X donde corresponda y brinde la información adicional requerida para el tipo de vínculo elegido)
Sociedad o comunidad Detalle Razón Social y CUIT Parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad
Detalle qué parentesco existe concretamente.
Pleito pendiente Proporcione carátula, nº de expediente, fuero, jurisdicción, juzgado y secretaría intervinientes.
Ser deudor Indicar motivo de deuda y monto Ser acreedor Indicar motivo de acreencia y monto Haber recibido beneficios de importancia de parte del funcionario
Indicar tipo de beneficio y monto estimado.
Amistad pública que se manifieste por gran familiaridad y frecuencia en el trato
No se exige información adicional
Información adicional
La no declaración de vinculaciones implica la declaración expresa de la inexistencia de los mismos, en los términos del Decreto n° 202/17.
Firma Aclaración Fecha y lugar
DECLARACIÓN JURADA DE INTERESES - DECRETO 202/2017 PERSONA JURÍDICA
Razón Social CUIT
Vínculos a declarar ¿Existen vinculaciones con los funcionarios enunciados en los Artículos 1 y 2 del Decreto n° 202/17? (Marque con una X donde corresponda)
SI NO
En caso de existir vinculaciones con más de un funcionario, o por más de un socio o accionista, se deberá repetir la información que a continuación se solicita por cada una de las vinculaciones a declarar.
La opción elegida en cuanto a la no declaración de vinculaciones implica la declaración expresa de la inexistencia de los mismos, en los términos del Decreto N° 202/17.
Vínculo
Persona con el vínculo (Marque con una X donde corresponda)
Persona jurídica (si el vínculo a declarar es directo de la persona jurídica declarante)
No se exige información adicional
Representante legal Detalle nombres apellidos y CUIT Sociedad controlante Detalle Razón Social y CUIT Sociedades controladas Detalle Razón Social y CUIT Sociedades con interés directo en los resultados económicos o financieros de la declarante
Detalle Razón Social y CUIT
Director Detalle nombres apellidos y CUIT Socio o accionista con participación en la formación de la voluntad social
Detalle nombres apellidos y CUIT
Accionista o socio con más del 5% del capital social de las sociedades sujetas a oferta pública
Detalle nombres apellidos y CUIT
Información adicional
¿Con cuál de los siguientes funcionarios? (Marque con una X donde corresponda)
Presidente
Vicepresidente
Jefe de Gabinete de Ministros
Ministro Autoridad con rango de ministro en el Poder Ejecutivo Nacional
Autoridad con rango inferior a Ministro con capacidad para decidir
(En caso de haber marcado Ministro, Autoridad con rango de ministro en el Poder Ejecutivo Nacional o Autoridad con rango inferior a Ministro con capacidad para decidir complete los siguientes campos)
Nombres
Apellidos CUIT
Cargo
Jurisdicción
Tipo de vínculo (Marque con una X donde corresponda y brinde la información adicional requerida para el tipo de vínculo elegido)
Sociedad o comunidad Detalle Razón Social y CUIT Parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad
Detalle qué parentesco existe concretamente.
Pleito pendiente Proporcione carátula, nº de expediente, fuero, jurisdicción, juzgado y secretaría intervinientes.
Ser deudor Indicar motivo de deuda y monto Ser acreedor Indicar motivo de acreencia y monto Haber recibido beneficios de importancia de parte del funcionario
Indicar tipo de beneficio y monto estimado.
Información adicional
La no declaración de vinculaciones implica la declaración expresa de la inexistencia de las mismas, en los términos del Decreto N° 202/17.
Firma y aclaración de l declarante Carácter en el que firma Fecha
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