OBLIGACIONES DE LOS
COMERCIANTESPERSONAS FISICAS Y MORALES
Obligaciones de los comerciantes
Son sujetos del derecho mercantil los comerciantes
En el articulo 75, fracción XXI del código de comercio, señala las
obligaciones entre el comerciante y los banqueros si no son de naturaleza
esencialmente civil.
Dentro de las obligaciones de los comerciantes se encuentra la de
notificar la apertura de establecimientos en las plazas donde tengan
domicilio, sucursales, relaciones la citada información es la que se dará el
nombre del establecimiento o despacho, ubicación u objeto, el
encargado de la administración
DOMICILIO
SUCURSALES
DESPACHO (GIRO COMERCIAL)
OBJETO
ENCARGADO DE LA ADMINISTRACIÒN
RAZÒN SOCIAL
REGISTRO PÙBLICO
LIBRO DE LOS COMERCIANTES
LIBRO MAYOR Art. 38º 46 CÒDIGO DE COMERCIO
LA EMPRESA Y SUS ELEMENTOS:
LA HACIENDA
EL TRABAJO
Persona fisca
Todo ser humano(conformado por una persona).
Las personas físicas para su inscripción en el registro necesitan:
1.-los poderes generales, los nombramientos.
2.-las capitulaciones matrimoniales.
3.-patrimonio que tenga el hijo o el pupilo que este debajo de la patria
protestad
4.-los títulos de la propiedad industrial
5.-la finanza de los corredores
Persona moral
Es una organización de personas que se unen para conseguir un fin lícito
conocido como objeto social. Puede contraer obligaciones, gozar de
derechos y estar formada por personas físicas u otras personas morales. Las
personas morales pueden ser Públicas, Privadas o Sociales; dependiendo
de la rama del Derecho a la que pertenezcan.
Las personas morales para su inscripción en el registro necesitan:
1.-las escrituras de constitución de las sociedades mercantiles, objeto o
denominación o disolución.
2.-el denominado o disminución de capital
3.-las emisiones de las acciones.
La contabilidad mercantil
AUXILIARES DEL COMERCIO
Independientes
Los auxiliares del comercio consideran su actividad independiente, puesto que prestan sus
servicios al comercio en general, sin depender directamente de algún comerciante, se
clasifican fundamentalmente en:
Comisionista: el comerciante que por lo regular es el comodante confiere comisión mercantil
al comisionista, quien desempeña la realización de actos concretos de comercio, mediante
la instrucción que aquél le da por escrito.
Agentes de Comercio: Son quienes auxilian al comercio y que de manera autónoma se
encarga de fomentar los negocios de los comerciantes.
Corredores: Son personas ante las que se proponen, ajustan y otorgan los contratos
mercantiles.
Agentes aduanales: Son quienes intervienen en el trámite de la importación y exportación de
mercancías y tienen la autorización de la patente respectiva.
Contadores Públicos: Profesionales que auxilian a los comerciantes en el examen de la
situación de sus empresas y llevan el sistema de contabilidad correspondiente.
Dependientes
Se consideran auxiliares dependientes del comerciante porque prestan sus servicios, dependen
económicamente y están bajo la dirección del comerciante.
Factores: Son quienes tienen la dirección de alguna empresa o establecimiento fabril, comercial o
están autorizados para contratar respecto a todos los negocios concernientes a dichos
establecimientos o empresas por cuenta y en nombre de los propietarios del mismo (art. 309 del
Código de Comercio).
Dependientes: Aquellos que desempeñan alguna o algunas gestiones propias del tráfico comercial
en nombre y cuenta del propietario de éste.
Contadores Privados: Son los auxiliares encargados de llevar la contabilidad del comerciante del
cual dependen.
Agentes de ventas: Son los que gestionan la venta y pedidos de mercadería del comerciante
en determinada plaza.
Viajantes de ventas: Son vendedores foráneos que recorren la República levantando pedidos
sobre muestras de mercaderías del comerciante.
Empleados: Son quienes colaboran directamente con el comerciante y están sujetos a un
horario dentro del cual prestan sus servicios.
TODOS LOS COMERCIANTES, SOLO POR EL
HECHO DE SERLO ESTAN OBLIGADOS A:
1.- A la publicación
Por medio de la prensa, de su calidad
mercantil; con sus circunstancias esenciales, y
en su oportunidad, de las modificaciones que
se adopten
2.- A la inscripción en el
registro público de comercio,
De los documentos cuya autenticidad deben
hacerse notorios
4.- A la conservación de la
correspondencia que tenga
relación con el giro del
comerciante; el art. 5 del Código
de Comercio dispone:
“Todos los que se dedican al comercio, una vez
que tengan la calidad de comerciantes, según
la ley están sujetos a la jurisdicción, reglamentos
y legislación comercial”
“La ley reputa comerciante a todos los
individuos que, teniendo capacidad legal
para contratar, se han inscripto en la
matrícula de comerciantes y ejercen de
cuenta propia actos de comercio,
haciendo de ello su profesión habitual”
La ley se refiere a “individuos” y por tales debe
considerarse tanto al comerciante individual
como a la sociedad comercial. En el primer
caso, el comerciante será una persona física,
en el segundo el comerciante será una persona
jurídica. Tanto sea una persona física o jurídica,
el comerciante tendrá un nombre, un domicilio
y una nacionalidad. En cuanto al nombre, el
Comerciante, persona física generalmente
utiliza en su vida comercial el mismo nombre
que utiliza en su vida civil.
En nuestro Derecho existen dos clases de
individuos con capacidad para contratar: las
personas físicas mayores de 18 años y las
personas jurídicas.
Sin embargo, no todos los mayores de 18 años
ni todas las personas jurídicas son comerciantes.
El capítulo II del primer título del Código de
Comercio está dedicado al tema de la
capacidad legal para ejercer el comercio.
Registro Mercantil
El Registro Mercantil Central es una institución oficial de
publicidad que permite el acceso a la información
mercantil suministrada por los Registros Mercantiles
Provinciales desde el 1 de Enero de 1990, una vez que
los datos son ordenados y tratados de acuerdo con el
art. 379 del vigente Reglamento del Registro Mercantil…
TRES DEBERES QUE DEBE CUMPLIR TODO COMERCIANTE:
1. Matricularse en el registro mercantil;
2. Inscribir en el registro mercantil todos los
actos, libros y documentos respecto de los
cuales la ley exija esa formalidad;
3. Llevar contabilidad regular de sus negocios
conforme a las prescripciones legales;
LA EMPRESA Y SUS ELEMENTOS:
LA HACIENDA
EL TRABAJO
LA LEY FEDERAL DE TRABAJO
PROPIEDAD COMERCIAL O DERECHOS DE ARRENDAMIENTO
ARRENDAMIENTO
NOMBRE COMERCIAL
LOS AVISOS COMERCIALES
AVISO LAS MARCAS
LAS PATENTES
DISEÑOS INDUSTRIALES
LOS DERECHOS DE AUTOR
EL AVIAMIENTO, AVÌO
LA CLIENTELA
LOS BIENES MERCANTILES
LA MONEDA
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