7/27/2019 Olga Snchez Cordero - Introduccin al Juicio de Revisin Constitucional
1/28
PARTICIPACIN DE LA SEORA MINISTRA OLGA SNCHEZCORDERO DE GARCA VILLEGAS, COMO MODERADORA ENLA PRESENTACIN DEL LIBRO INTRODUCCIN AL JUICIODE REVISIN CONSTITUCIONAL ELECTORAL: UNA
DIDCTICA PARA PRINCIPIANTES, DE LA AUTORA DESANTIAGO NIETO CASTILLO Y CARLOS DE LOS COBOSSEPLVEDA; EN EL REA DE MURALES EL DA NUEVE DENOVIEMBRE DE DOS MIL ONCE.
Siempre es grato presentar una
nueva produccin literaria, con la que se
enriquece la comunidad jurdica, pero
ms an, cuando sta es del cuo de
mis queridos amigos y colegas, Santiago
Nieto Castillo y Carlos de los Cobos
Seplveda, a quienes tengo el gusto de
conocer desde hace varios aos y
compartir la vocacin, tanto por la
academia, como por la imparticin de
7/27/2019 Olga Snchez Cordero - Introduccin al Juicio de Revisin Constitucional
2/28
justicia; y ahora, adems, el honor de
presentar la obra que con tanta
dedicacin y cuidado nos otorgan a la
comunidad jurdica: INTRODUCCIN
AL JUICIO DE REVISIN
CONSTITUCIONAL ELECTORAL: UNA
DIDCTICA PARA PRINCIPIANTES, en
el que nos muestran, con todo el bagaje
jurdico y cultural que a lo largo del
tiempo han cultivado y los respalda, y a
la vez de una manera fresca y didctica,
uno de los juicios constitucionales, de
mayor relevancia y vanguardia en el
sistema jurdico mexicano.
7/27/2019 Olga Snchez Cordero - Introduccin al Juicio de Revisin Constitucional
3/28
Los mecanismos de control de la
Constitucin, aunque son funcionales;
como toda obra humana, es inacabada,
susceptible de perfeccionamiento, sujeta
a definiciones, determinaciones e
interpretaciones, tanto por los cauces
institucionales a travs de la labor
cotidiana de los rganos encargados de
la regularidad de la Norma
Fundamental, como por las valiosas
aportaciones que en el terreno de la
doctrina se desarrollan.
Precisamente, Santiago Nieto Castilloy Carlos A. De los Cobos Seplveda,
renen esa doble calidad a la que me he
7/27/2019 Olga Snchez Cordero - Introduccin al Juicio de Revisin Constitucional
4/28
referido, por un lado son distinguidos
acadmicos, catedrticos de diversos
institutos y universidades; y por otro
lado, destacados funcionarios del Poder
Judicial de la Federacin, con una firme
y reconocida trayectoria en la
imparticin de justicia.
Esta experiencia dual, la comparten
los autores en el libro que ahorapresentan al foro jurdico, pues de
manera magistral exponen un panorama
terico-prctico de uno de los
mecanismos de control de laconstitucionalidad especfico de la
materia electoral, el Juicio de Revisin
7/27/2019 Olga Snchez Cordero - Introduccin al Juicio de Revisin Constitucional
5/28
Constitucional Electoral, previsto en el
artculo 99, fraccin II, de la
Constitucin Poltica de los Estados
Unidos Mexicanos.
La combinacin de experiencia yprctica en la funcin jurisdiccional, y
conocimiento cientfico en el derecho, se
encuentra plasmado en cada hoja de
este extraordinario libro, queseguramente, ser un referente obligado,
no slo para jvenes estudiantes de la
carrera de derecho o para el novel
abogado que se integra a las filas de lacarrera judicial, sino para todos los que
nos interesamos en los mecanismos de
7/27/2019 Olga Snchez Cordero - Introduccin al Juicio de Revisin Constitucional
6/28
control constitucional, el derecho
electoral y en general el mbito jurdico.
Para el estudiante de la carrera en
derecho, ser bibliografa de suma
utilidad, a travs de la cual tendr unprimer acercamiento a la va del juicio
de revisin constitucional, competencia
del Tribunal Electoral del Poder Judicial
de la Federacin, conociendo losantecedentes histricos que le dieron
origen, su naturaleza, objeto, finalidad;
teniendo siempre el referente de casos
concretos y reales, lo que produce unaprendizaje sistemtico y de mayor
7/27/2019 Olga Snchez Cordero - Introduccin al Juicio de Revisin Constitucional
7/28
solidez, al permitir constatar la teora y
su aplicacin.
Asimismo, para el Secretario de
rgano jurisdiccional o Instructor, ser
una herramienta bsica, al exponerse enel desarrollo de los temas, los
fundamentos, tesis jurisprudenciales,
modelos de acuerdos y resoluciones que
pronuncian los tribunales electorales enlos asuntos de su competencia.
Ser una obra indispensable para
todos los que, de manera general, nos
interesamos en la vida jurdica, poltica
y social de Mxico, en virtud de lo
7/27/2019 Olga Snchez Cordero - Introduccin al Juicio de Revisin Constitucional
8/28
relativamente novedoso del mecanismo
de control constitucional que aqu se
expone; pues sin temor a equivocarme,
el estudioso que se adentre al viaje a
travs del juicio de revisin
constitucional electoral, al que nos
invitan los autores, podr valorar la
utilidad de la obra, ya que en
generaciones anteriores no se
contemplaba la materia de Derecho
Electoral en los planes de estudio de las
escuelas y facultades de derecho. Contar
con un texto como ste, es sumamente
provechoso, especialmente por la
claridad y didctica con que se
desarrollan los temas, lo cual como
7/27/2019 Olga Snchez Cordero - Introduccin al Juicio de Revisin Constitucional
9/28
lector y estudioso, se agradece
ampliamente.
Los autores, inician este agradable
recorrido, distinguiendo las
competencias en materia electoral,sealando con toda precisin las
facultades que a la Suprema Corte de
Justicia de la Nacin, corresponden a
travs de las acciones deinconstitucionalidad en materia
electoral, de la que conoce en abstracto;
y de las que son materia del Tribunal
Electoral del Poder Judicial de laFederacin, por la Sala Superior o las
Salas Regionales, tratndose de otros
7/27/2019 Olga Snchez Cordero - Introduccin al Juicio de Revisin Constitucional
10/28
tipos de control constitucional de
carcter concreto.
Por otro lado, tambin nos relatan de
forma clara y precisa, los antecedentes
del juicio de revisin constitucionalelectoral, a partir de la reforma de mil
novecientos noventa y seis, cuyos
propsitos esenciales fueron el
establecimiento de las acciones deinconstitucionalidad en materia
electoral, el juicio de proteccin de los
derechos poltico electorales del
ciudadano y la revisin constitucionalelectoral, precisando la evolucin de esta
institucin hasta la reforma de dos mil
7/27/2019 Olga Snchez Cordero - Introduccin al Juicio de Revisin Constitucional
11/28
siete, que definieron su carcter como
medio de control de la
constitucionalidad y legalidad de actos o
resoluciones definitivos y firmes de las
autoridades competentes de las
entidades federativas para organizar y
calificar los comicios o resolver las
controversias que surjan durante los
mismos, que puedan resultar
determinantes para el desarrollo del
proceso respectivo o el resultado final de
las elecciones.
De forma clara, se explican lasmodificaciones que sufri la Ley General
del Sistema de Medios de Impugnacin
7/27/2019 Olga Snchez Cordero - Introduccin al Juicio de Revisin Constitucional
12/28
en Materia Electoral, especialmente en
cuanto a definir la competencia para
resolver el juicio de revisin
constitucional electoral.
En ese sentido, de conformidad conel artculo 87, de la Ley General del
Sistema de Medios de Impugnacin en
Materia Electoral, la Sala Superior del
Tribunal Electoral, conoce en nicainstancia, tratndose de actos o
resoluciones relativos a las elecciones de
Gobernador y de Jefe de Gobierno del
Distrito Federal; y por su parte, lasSalas Regionales, que ejerzan
jurisdiccin en el mbito territorial en
7/27/2019 Olga Snchez Cordero - Introduccin al Juicio de Revisin Constitucional
13/28
que se haya cometido la violacin
reclamada, sern competentes en nica
instancia, cuando se trate de actos o
resoluciones relativos a las elecciones de
autoridades municipales, diputados
locales, as como a la Asamblea
Legislativa y titulares de los rganos
poltico-administrativos en las
demarcaciones del Distrito Federal.
Respecto de la facultad para
pronunciarse sobre la
inconstitucionalidad de leyes, es notable
la exposicin de los autores en relacin ala tesis P./J. 23/2002, del Pleno de la
Suprema Corte de Justicia de la Nacin,
7/27/2019 Olga Snchez Cordero - Introduccin al Juicio de Revisin Constitucional
14/28
originada con motivo de la contradiccin
de tesis 2/2000-PL, en la que se
determin por mayora de nueve votos
de los Seores Ministros, que de acuerdo
con el texto del artculo 99, vigente en
aquella poca, y del 105, fraccin II,
ambos de la Constitucin General de la
Repblica, la facultad para resolver
sobre la contradiccin de normas
electorales y la Carta Magna est
claramente limitada por mandato
constitucional al Pleno de la Suprema
Corte de Justicia de la Nacin, por lo
que el Tribunal Electoral slo puede
manifestarse respecto de algn acto o
resolucin o sobre la interpretacin de
un precepto constitucional, siempre que
7/27/2019 Olga Snchez Cordero - Introduccin al Juicio de Revisin Constitucional
15/28
sta no sea para verificar la conformidad
de una ley electoral con el propio
Ordenamiento Supremo, ya que de lo
contrario, estara ejerciendo una
facultad que constitucionalmente no le
corresponde.
No obstante, como bien lo sealan
los autores, dicha tesis de
jurisprudencia, ha quedado sin efectopor virtud de la reforma constitucional
al artculo 99 del texto supremo,
publicada en el Diario Oficial de la
Federacin, el trece de noviembre de dosmil siete.
7/27/2019 Olga Snchez Cordero - Introduccin al Juicio de Revisin Constitucional
16/28
Con lo que, se configur el sistema
de control constitucional en materia
electoral, como dual.
Por una parte, la Suprema Corte de
Justicia de la Nacin, cuenta confacultades para declarar la invalidez de
normas de esta naturaleza, a travs de
la accin de inconstitucionalidad, que es
de carcter abstracto, lo que implica queno existe un agravio especfico, un acto
a partir del cual se reclama la
inconstitucionalidad de la norma, sino
que el anlisis de su confrontacin conla constitucin parte de un estudio de
tipo ideal.
7/27/2019 Olga Snchez Cordero - Introduccin al Juicio de Revisin Constitucional
17/28
Por otro lado, el Tribunal Electoral
del Poder Judicial de la Federacin, por
su Sala Superior o Salas Regionales, a
travs de diversos medios de control,
como lo es el juicio de revisin
constitucional electoral, en el cual, el
rgano especializado en materia electoral
analiza dicha contravencin a partir de
un caso concreto en el que se aplic la
ley que se tilda de inconstitucional.
Bajo esa metodologa, se muestra al
lector el desarrollo del proceso en el
medio de control constitucional
electoral, desde la interposicin de la
7/27/2019 Olga Snchez Cordero - Introduccin al Juicio de Revisin Constitucional
18/28
demanda, sus requisitos, el plazo y
trmite para su substanciacin,
competencia, causas de improcedencia y
sobreseimiento, con lo que el estudioso
fcilmente podr advertir los pazos que
se siguen en el desarrollo de una
impugnacin como lo es la revisin
constitucional electoral, desde su inicio
con la presentacin del escrito de
demanda, hasta que los autos se ponen
en estado de resolucin, y las
posibilidades que pueden ocurrir
durante el transcurso de ste, y
especialmente lo relativo a la sentencia,
sus tipos y elementos que debe
contener, acompaando la explicacin
de modelos de autos y resoluciones que
7/27/2019 Olga Snchez Cordero - Introduccin al Juicio de Revisin Constitucional
19/28
pueden recaer al mecanismo de
regularidad de la constitucin.
En este medio de control de la
constitucin en materia electoral, es de
especial atencin, el tema a lalegitimacin activa, para acudir ante el
Tribunal Electora a promover el juicio.
As, a partir del texto del artculo 88,
de la Ley General del Sistema de Medios
de Impugnacin en Materia Electoral, los
autores concluyen puntualmente, que la
titularidad de la accin para promover el
juicio de revisin constitucional
electoral, recae en los partidos polticos,
7/27/2019 Olga Snchez Cordero - Introduccin al Juicio de Revisin Constitucional
20/28
en virtud de que son ellos los que se
encuentran facultados para postular
candidatos, situacin que tambin se
extiende al caso de las coaliciones y los
candidatos a cargos de eleccin popular
que las legislaciones locales les confieren
tal atribucin.
De la misma forma, en la obra se
hace especial referencia, al intersjurdico del promovente en el juicio de
revisin constitucional electoral, y la
importancia de individualizar el acto o
resolucin impugnada, para efecto deque el rgano jurisdiccional determine si
es posible la reparacin que se pretende,
7/27/2019 Olga Snchez Cordero - Introduccin al Juicio de Revisin Constitucional
21/28
o en su caso, la reconduccin al medio
de impugnacin adecuado, esto ltimo,
ante la pluralidad de procedimientos.
Adems de que dicho acto o resolucin,
sea definitivo y contrario a la
Constitucin.
En esta va de control constitucional
especializado en la materia electoral,
destaca el hecho de que no opera lasuplencia de la queja; es decir, es de
estricto derecho; lo que de modo alguno,
impide al juzgador, advertir y apreciar
un agravio en cualquier apartado delescrito de demanda, lo cual se
7/27/2019 Olga Snchez Cordero - Introduccin al Juicio de Revisin Constitucional
22/28
desprende del artculo 23, apartado 1,
de la Ley de la Materia.
Adems de las cualidades a que me
he referido, el libro de Santiago y Carlos
tiene la virtud de tratar en sus captuloscuarto y quinto, dos temas de los que la
bibliografa especializada en el tema no
se ha ocupado, stos son la
Jurisprudencia Electoral y laInformacin Jurisdiccional para
Secretarios.
De tal modo, los autores exponen
claramente la jurisprudencia en materia
electoral, sus requisitos, contenido,
7/27/2019 Olga Snchez Cordero - Introduccin al Juicio de Revisin Constitucional
23/28
supuestos de obligatoriedad e
interrupcin de sta, as como las
diversas pocas en que se ha
desarrollado por el Tribunal Electoral del
Poder Judicial de la Federacin.
La jurisprudencia que emite el
Tribunal Electoral, regulada en el
artculo 232, de la Ley Orgnica del
Poder Judicial de la Federacin, distintoa lo que ocurre en otras materias y a lo
que prev la Ley de Amparo, tratndose
de la jurisprudencia que establece la
Suprema Corte de Justicia de la Naciny los Tribunales Colegiados de Circuito,
se forma, tratndose de la Sala Superior,
7/27/2019 Olga Snchez Cordero - Introduccin al Juicio de Revisin Constitucional
24/28
con tres sentencias no interrumpidas
por otra en contrario, en las que se
sostenga el mismo criterio de aplicacin,
interpretacin o integracin de una
norma; y por las Salas Regionales, con
cinco sentencias no interrumpidas por
otra en contrario, que sostengan el
mismo criterio de aplicacin,
interpretacin o integracin de una
norma y la Sala Superior lo ratifique.
Asimismo, tambin en este tipo de
jurisprudencia pueden surgir
contradicciones entre los criteriossustentados por las Salas Regionales y
la Sala Superior; en tal caso, sta ltima
7/27/2019 Olga Snchez Cordero - Introduccin al Juicio de Revisin Constitucional
25/28
determinar el que debe prevalecer con
carcter de jurisprudencia.
En la ltima parte de la obra, se
proporciona informacin bsica, sobre
algunos temas de carcter jurisdiccionalpara Secretarios de Estudio y Cuenta e
Instructores de rganos jurisdiccionales,
la cual es de gran utilidad para entender
las funciones que desarrollan y losrequisitos que deben cubrir estos
funcionarios judiciales, as como las
diversas tareas que ocupan al rgano
jurisdiccional en relacin a lasresoluciones de los juicios sometidos a
su potestad, como lo son la finalidad y
7/27/2019 Olga Snchez Cordero - Introduccin al Juicio de Revisin Constitucional
26/28
forma en la elaboracin de los
dictmenes, integracin, qurum y
desarrollo de las sesiones en los
tribunales electorales.
Como podr apreciar el lector, eltexto que ahora presentan al foro
jurdico Santiago Nieto Castillo y Carlos
de los Cobos, es una obra de vanguardia
que responde al desarrollo y regulacinactual del Juicio de Revisin
Constitucional Electoral, una de las
piezas fundamentales del derecho
procesal constitucional en Mxico, y conel cual, ms especficamente, se
7/27/2019 Olga Snchez Cordero - Introduccin al Juicio de Revisin Constitucional
27/28
fortalece el Estado Democrtico de
Derecho.
Citando al filsofo y matemtico
francs, Ren Descartes: Leer un libro
ensea ms que hablar con su autor,porque el autor, en el libro, slo ha
puesto sus mejores pensamientos.,
precisamente, en ste magnfico trabajo,
los autores nos comparten lo mejor deellos, su pensamiento, motivo de aos de
estudio, dedicacin y experiencia en el
derecho.
Finalmente, no me queda ms que
felicitar a mis queridos amigos, Santiago
7/27/2019 Olga Snchez Cordero - Introduccin al Juicio de Revisin Constitucional
28/28
Nieto Castillo y Carlos A. de los Cobos
Seplveda, por esta esplendida
aportacin a la comunidad jurdica, con
la que se nutre la bibliografa en temas
de derecho procesal constitucional, y
agradecerles el hacerme partcipe de este
xito, del que seguramente, continuarn
otros ms.
Gracias.
Top Related