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Derecho de losRecursos Hdricos en el Per 27 de junio, 2014
SeminarioRgimen Econmico del Agua
Abg . Yury Pinto Ortiz Secretario General
El Per es uno de los lderes del crecimiento econmico en la Regin.
Fuente: FMIPer: Pas con crecimiento sostenible2AosCrecimiento Econmico anual2013 - 20166 % *20126.3 %20116.92 %
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Agua, Tema MedularEntre los grandes temas del Per contemporneo, la relacin de nuestra sociedad con sus recursos naturales y en particular con el agua ocupa un lugar central. Los recursos hdricos puede ser aprovechados para generar beneficios sociales en mltiples campos para los pueblos del Per. 4Los recursos naturales son patrimonio de la Nacin. El Estado es soberano en su aprovechamiento. Por ley orgnica se fijan las condiciones de su utilizacin y de su otorgamiento a particularesArt. 66 Constitucin PolticaRegulacin constitucional de los recursos naturales
Recurso natural:
Todo componente de la naturaleza, susceptible debe ser aprovechado por el ser humano para la satisfaccin de sus necesidades y que tenga un valor actual o potencial en el mercadoArt. 3 Ley 26821 - LOASRN
La Ley Orgnica para los Recursos Naturales
Retribucin Econmica por uso de recursos naturales Retribucin EconmicaTodo aprovechamiento de recursos naturales por parte de particulares da lugar a una retribucin econmica que se determina por criterios econmicos, sociales y ambientales
El canon por explotacin de recursos naturales y los tributos se rigen por sus leyes especiales.6
Art. 20 Ley 26821 - LOASRN
Principio de Valoracin del Agua y Gestin Integrada del Agua en la Ley de Recursos Hdricos en la Ley 29338 Num. 1 Art. III Ttulo Preliminar de la Ley N 29338Valoracin del AguaValoresSocialEconmicoAmbientalAtributos CantidadCalidadoportunidad
El agua como recurso. Componente del ambiente, indispensable para la creacin y desarrollo de ecosistemas. Comprende las actividades necesarias para mantener la disponibilidad del agua en cantidad y calidad.Valor Econmico del AguaRetribucin Econmica
Metodologas de la ciencia de la Economa
El agua como servicio. Comprende las actividades necesarias para la prestacin de los servicios de suministro de agua. Proyectos Especiales de los Gobiernos RegionalesJuntas de UsuariosEntidades Prestadoras de ServiciosOperadores de Infraestructura HidrulicaExtraeTravasaAlmacenaTransportaTrataDistribuyeSuministraDevuelveFinancian sus actividades con Tarifas
Gestin de los Recursos HdricosProceso complejo que comprende a las actividades a desarrollar, destinadas a la satisfaccin de las necesidades de agua de las diferentes actividades humanas que demandan dicho recurso.
Proceso que promueve la gestin y desarrollo coordinado del agua, la tierra y los recursos relacionados, con el fin de maximizar el bienestar social y econmico resultante de manera equitativa, sin comprometer la sostenibilidad de los ecosistemas.Gestin Integrada de los Recursos Hdricos
Rgimen Econmicopor el uso del Agua
Ttulo VI de la Ley N 29338Retribucin EconmicaPor el uso de aguaPor vertimiento de agua residualTarifas
Utilizacin de Infraestructura Hidrulica MayorUtilizacin de Infraestructura Hidrulica MenorMonitoreo y gestin de aguas subterrneasServicio de distribucin del agua sectorialRgimen econmico del agua
LO QUE SE PAGA, CONCEPTOS Y CRITERIOS PARA SU ESTABLECIMIENTO Y DISTRIBUCIN:Ingresos / Obligacin de titulares:Retribuciones econmicas(LOASRN)por: aprovechamiento de aguas material de acarreo y vertimiento Tarifas: Grandes dudas por uso de infraestructura hidrulica pblica mayor sectoriales (servicios de abastecimiento de agua) Dudas
Cmo fijar retribucin econmica: (Novedad) metodologa tcnica segn factores fijados en la Ley
Cmo distribuir ingresos: (Novedad) entre todos los integrantes del SNGA, segn Plan Hidrolgico Nac. y criterios de la Ley
. RETRIBUCIONES ECONMICAS (RE)
La metodologa para determinar su valor lo establece la ANA Se aprueba por Decreto Supremo
RE por uso del agua
Su valor se determina por criterios sociales,
econmicos y ambientales.
RE Por vertimientos de aguas residuales tratadas
Su valor se determina en funcin a la calidad y
volumen del vertimiento.
Tarifa por Utilizacin de Infraestructura Hidrulica Mayor
Corresponde a Proyectos Especiales, (en algunos casos a Juntas de Usuarios).
El monto es determinado de acuerdo a la metodologa que aprueba la ANA.
Se aprueba por Resolucin Administrativa del ALA
Nota: Si la EPS u otra empresa utiliza IH Mayor debe pagar esta tarifa
Pago que hacen los usuarios a las Juntas de UsuariosEl monto es determinado de acuerdo a la metodologa que apruebe la ANA.
Se aprueba por Resolucin Administrativa del ALA
Se divide en componentes Comisin de Usuarios y Junta de Usuarios
Nota: Si la EPS u otra empresa utiliza IH Menor debe pagar esta tarifa
TARIFA POR UTILIZACIN DE INFRAESTRUCTURA HIDRULICA MENOR
TARIFA POR MONITOREO Y GESTIN DE AGUAS SUBTERRNEAS
Quienes explotan aguas subterrneas pueden asociarse para prestar servicios de :Lectura peridicas de niveles freticos .Operacin y mantenimiento de los sistemas de medicin.Otros relacionados con la gestin de las aguas subterrneas de un acufero en particular
TARIFA DE SERVICIO DE AGUA SECTORIALPago que efectan los beneficiarios de los servicios de distribucin de agua a los titulares de derechos de uso de agua sectoriales El servicio de distribucin y abastecimiento de agua con fines poblacionales se rige por la Ley de la materia La nica aplicable es la que se paga en el sector vivienda , regulada por SUNASS y cobrada por la (EPS , JASS organizacin comunal)
CUADRO COMPARATIVO DE PAGOS ECONOMICOS POR EL USO DEL AGUALEY GENERAL DE AGUASLEY DE RECURSOS HIDRICOSIngreso Junta de UsuariosTarifa por Servicios de Junta de Usuarios:
INFRAESTRUCTURA HIDRULICA MENOR Canon de Agua Autoridad Nacional del Agua :
RETRIBUCIN ECONMICAAmortizacin Tarifa por servicios de Proyecto Especial:
INFRAESTRUCTURA HIDRULICAMAYOR
Muchas gracias
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