MINISTERIO DE EDUCACIÓNUGEL Nº 05-SAN JUAN DE LURIGANCHO
REGLAMENTO INTERNO DEL CEBA
Nº 122 “ANDRÉS AVELINO CÁCERES”
MANGOMARCA
2014
PRESENTACION
El presente Reglamento Interno constituye un instrumento
básico de ayuda para el Director, Personal docente, administrativo de
servicio y educandos (participantes) para que puedan cumplir sus
funciones a cabalidad. Ha sido elaborado por la Comisión de Docentes
y área administrativa, teniendo en cuenta todas y cada una de las
funciones establecidas para cada uno de los miembros de la
comunidad educativa del CEBA Nº 122 “ANDRÉS AVELINO CÁCERES”
– Turno Noche.
En este Reglamento Interno se ha puesto énfasis en los
aspectos de gestión administrativa con un lenguaje sencillo y directo.
Cuenta con 04 Capítulos y 60 artículos que permitirán la mejor
comprensión de los temas expuestos. Cada capítulo contiene
elementos para la reflexión y el trabajo concreto según la naturaleza
del trabajador y del educando.
Estamos seguros que todos los actores de la educación que hoy
se inicia, recibirán y asumirán con entusiasmo esta tarea ya que de
una u otra manera estamos participando en la formación y educación
de los jóvenes y adultos.
La Dirección del CEBA en cumplimiento a sus funciones, hará
cumplir el presente Reglamento Interno con los Trabajadores de la
modalidad, con el propósito de contribuir en el logro de los fines y
objetivos, metas previstas por el Ministerio de Educación, DINEBA y
UGEL 05 e Institución Educativa para el presente año lectivo en
concordancia con el Plan anual de trabajo de la Institución Educativa.
Sin embargo, todo lo establecido en el presente reglamento
será inútil si es que cada uno de los trabajadores de la modalidad no
asumen responsablemente sus funciones.
Mangomarca, Diciembre del 2013
LA COMISIÓN
REGLAMENTO INTERNO
CAPITULO I : DISPOSICIONES GENERALES
CONCEPTO:
Es un documento de gestión y control que establece y norma a la
organización y funcionamiento de la Institución Educativa CEBA Nº
122 “ANDRÉS AVELINO CÁCERES”.
FINALIDAD:
Los fines del Reglamento Interno son:
a) Establecer la organización funcional de la Institución Educativa
determinando las funciones de cada uno de sus miembros.
b) Racionalizar los recursos humanos y materiales para el logro
de los objetivos y obtener mejoras en la calidad de servicio.
c) Garantizar las buenas relaciones humanas de la comunidad
educativa.
d) Señalar las líneas de autoridad, responsabilidad y coordinación
del personal directivo, docente, administrativo y personal de
servicio y estudiantes.
OBJETIVOS:
Son objetivos de la Institución Educativa:
a) Atender la demanda educativa de los adolescentes, jóvenes y
adultos de la Jurisdicción.
b) Formar integralmente al estudiante, capacitándolo para el
trabajo y el bienestar personal.
c) Complementar el desarrollo de la personalidad a través de la
educación en valores, y de este modo, contribuir a la práctica
de las buenas relaciones humanas.
d) Coordinar y solicitar la participación de la institución
representativa de la comunidad (Iglesia, Municipio, Centro de
Salud y la Policía Municipal, comisaria y asociación de
propietarios).
BASES LEGALES:
- La Constitución Política del Perú.
- Ley General de Educación 23384.
- Reglamento de Educación Primaria D.S. 03-83-E.D.
- Reglamento de Educación Secundaria D.S. 04-84-E.D.
- Decreto Supremo Nº 50-82-E.D. Reglamento de Sistema de
Supervisión.
- Ley del Profesorado Nº 24029-25212.
- Reglamento de la Ley del Profesorado D.S. 019-90 E.D.
- Ley de Bases de Carrera Administrativa 276 y su Reglamento
05-90-PCM.
- Código del Niño y del Adolescente.
- Decreto Supremo 07-2001-E.D.
- Normas básicas para la organización y participación de los
educandos de las Instituciones Educativas y Programas de
Primaria y Secundaria de Adultos según RD 1711-87-E.D.
- R.M. Nº 144-2001-E.D. Reglamento sobre la administración de
los ingresos captados por los Centros y Programas Educativos
Públicos.
- R.M. Nº 168-2002 E.D. Norma para el desarrollo de Actividades
en el Centro Educativo.
- R.M. Nº 574-94-E.D. Control de asistencia personal.
- Ley Nº 26549 y D.S. Nº 001-96-E.D.
- D.S. 05-84-E.D. Reglamento de Centros Educativos Privados.
- D.S. Nº 50-82-E.D. Reglamento de Supervisión Educativa.
- R.M. 007-2001-E.D. Normas para la Gestión y Desarrollo de
Actividades en las Instituciones Educativas.
- R.M. Nº 0719-2005-E.D.
- R.M. Nº 494-2007-E.D.
- R.M. Nº 0341-2009-E.D.-Directiva para el Desarrollo del año
escolar 2010.
- R.J. Nº 0077-2010-E.D.
- Directiva Nº 184-2011-DIR-AGI-EP-UGEL Nº05/SJL-EA
- Resolución Ministerial Nº 0622-2011-ED de fecha 19-12-2011
que aprueba la directiva para el desarrollo del año escolar 2012
ALCANCE:
El presente Reglamento tiene el siguiente alcance:
a) Director del CEBA Nº 122 “Andrés Avelino Cáceres”.
b) Personal Docente de los ciclos Inicial –Intermedio y avanzado.
c) Personal Administrativo.
d) Personal de Servicio.
e) Estudiantes de la modalidad.
CAPÍTULO II: DE LA INSTITUCION EDUCATIVA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
CREACIÓN:
Art. 01.- La Institución Educativa CEBA Nº 122 “ANDRÉS AVELINO
CÁCERES”, fue creada mediante RDZ Nº 5333 del 30 de Diciembre
de 1986, para atender los niveles de primaria y secundaria de la
modalidad de jóvenes y Adultos, que en la fecha se han
convertido en ciclo Inicial, Intermedio y Avanzado de EBA, en
merito a la Resolución de conversión Nº00874-DRELM.
UBICACIÓN GEOGRÁFICA:
Art. 02.- La Institución Educativa CEBA Nº 122-“ANDRÉS AVELINO
CÁCERES” se encuentra ubicada en la Calle Las Pallkas s/n, altura
del Parque Principal de Mangomarca, Distrito de San Juan de
Lurigancho.
OBJETIVOS INSTITUCIONALES:
Art. 03.- Son objetivos de la Institución Educativa:
a) Mejorar la calidad educativa propiciando en el estudiante
aprendizajes significativos.
b) Optimizar la práctica de valores fundamentales como:
puntualidad, disciplina, honestidad, veracidad, solidaridad,
amor, responsabilidad, respeto, felicidad, tolerancia, paz,
justicia, honradez, etc.
c) Estimular en el participante el desarrollo de sus capacidades
para comprender, analizar y explicar situaciones de su vida
real, así como de su entorno social.
d) Reconocer y revalorar la identidad cultural.
e) Ofrecer a los participantes, las opciones laborales que les
permita incorporarse a la vida productiva del país.
f) Valorar y respetar nuestros símbolos patrios.
g) Incentivar la identidad nacional.
h) Desarrollar el espíritu crítico y democrático del estudiante.
AMBITO GEOGRADFICO:
El CEBA Nº 122 ¨ANDRES AVELINO CACERES ¨ Esta dentro
de la Jurisdicción Educativa de Lima Metropolitana UGEL Nº 05 DE
S.J.L
CAPITULO III: DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA
Art. 04.- La estructura de la Institución Educativa CEBA Nº 122
“ANDRÉS AVELINO CÁCERES” en modalidad de Educación Básica
Alternativa(EBA) está constituida por los siguientes niveles y
modalidades.
NIVELES MODALIDADES
Educación Primaria
EBA: InicialIntermedio
Educación Secundaria EBA: Avanzado
Art. 05.- La estructura Orgánica de la Institución Educativa CEBA Nº
122 “ANDRÉS AVELINO CÁCERES”, es como sigue:
a) Órgano de Dirección:
- Dirección del CEBA
b) Órgano Consultivo:
- Consejo Educativo Institucional (CONEI)
c) Órgano de Ejecución:
- Personal Docente
d) Órgano de Apoyo:
- Personal Administrativo : Secretaría
- Personal de Servicio.
e) Órgano de Apoyo Técnico:
- Comité de Disciplina
- Comité de Seguridad y Defensa Civil
- Comité de Defensa del Adolescente
- Comité de O.B.E.
- Comité de Participación Estudiantil a través de su Junta
Directiva.
ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE LA INSTITUCION EDUCATIVA
CEBA Nº 122
ANDRES AVELINO CACERES-MANGOMARCA
MODALIDAD DE EDUCACION BASICA ALTERNATIVA( EBA)
EL CONSEJO EDUCATIVO INSTITUCIONAL (CONEI):
DIRECCIÓN DEL CEBA Nº 122DIRECCIÓN DEL
CEBA Nº 122
DOCENTES DE PRIMARIA
DOCENTES DE SECUNDARIA
COMITÉ DE TUTORIAS
ALUMNOS DEL NIVEL SECUNDARIO CICLO AVANZADO
CONSEJO EDUCATIVO
INSTITUCIONAL
COMITÉ DE PARTICIPACION ESTUDIANTIL
SECRETARIA
COMITÉ DE SEGURIDAD Y DEFENSA CIVIL
ALUMNOS DEL NIVEL PRIMARIO CICLOS:INICIAL -INTERMEDIO
COMITÉ DE DISCIPLINA
COMITÉ DE DEFENSA DE NIÑOS Y ADOLECENTES
Art. 06- Es un órgano consultivo de la Institución Educativa, está
integrado por el Director, un profesor del turno noche, un
representante de trabajadores administrativos, un representante de
estudiantes del turno noche. Es presidido por el Director y por lo tanto
es el que convoca a reuniones. Se reúnen cada vez que sea necesario
para dilucidar la buena marcha de la Institución.
Art. 07- Funciones del Consejo Escolar:
a) Participar en la marcha de la Institución Educativa emitiendo
opinión sobre todos los asuntos que le sean consultados.
b) Contribuir a la democratización de la gestión educativa entre
todos los actores de la Institución Educativa.
c) Participar en el proceso de planificación, organización,
ejecución y evaluación del proyecto educativo del centro.
d) Vigilar por la equidad en el trato de los participantes.
e) Promover la pertenencia de los procesos pedagógicos con
relación a la realidad educativa.
f) Impulsar la apertura de la Institución Educativa estableciendo
vínculos con las instituciones de la localidad.
g) Fomentar la articulación del trabajo educativo con las
necesidades de la comunidad que pertenecen a la Institución
Educativa.
h) Contribuir al buen clima institucional, participando en la
elaboración de las normas de convivencia (reglamento interno)
y velando por su cumplimiento.
i) Prestar apoyo a la Dirección de la Institución Educativa en la
resolución de conflictos que se suscitan en el interior de la
Institución Educativa.
j) Coordinar con la comisión especial de evaluación de personal
docente y administrativo y opinar sobre la gestión del Director
de la Institución Educativa.
CAPÍTULO V : DE LA ATENCION EDUCATIVA
GESTIÓN PEDAGÓGICA
DEL TRABAJO EDUCATIVO Y FUNCIONAMIENTO
Art. 08.- La Institución Educativa CEBA “ANDRÉS AVELINO
CÁCERES” Nº 122 brinda los servicios educativos en el período
lectivo del 01 de Marzo al mes de Diciembre del 2011,
determinándose la clausura en concordancia al Plan Anual de Trabajo
y Calendarización del año escolar, cumpliendo las 950 horas
distribuidas en trimestres y con vacaciones de una semana en mes de
Junio y otra semana en mes de Septiembre para los estudiantes.
La atención educativa estará distribuida en bimestres y /o trimestres
según aprobación del Director con los docentes
Art. 09.- La Institución Educativa CEBA Nº 122 “ANDRÉS AVELINO
CÁCERES”, funcionará el 6:15 a 10:15 Hrs. diarias.
MATRÍCULA, EVALUACIÓN Y CERTIFICACIÓN:
Art. 10.- La matrícula se realizará a partir del mes de Enero,
culminándose el 30 de Junio, siendo la responsabilidad exclusiva del
personal Directivo y Administrativo.
El llenado de ficha única de matrícula, las nóminas y la
organización de los ficheros de cada grado es responsabilidad de
cada profesor tutor en ciclo Avanzado y de las profesoras de aula en
ciclo Inicial e Intermedio.
Art. 11.- La matrícula de los estudiantes nuevos requiere la
presentación de los siguientes documentos:
a) Partida de nacimiento (fotocopia) y/o copia del DNI
b) Certificado de estudio del año anterior o prueba de ubicación en
ciclo Inicial e Intermedio.
c) Para los estudiantes del 4to grado ciclo avanzado, es exigible
la presentación de los certificados del 1ro al 3ro grado de
estudios.
d) Certificado de buena conducta.
e) 2 fotografías tamaño carnet.
f) Ficha única de matrícula.
Art. 12.- La ratificación de la matrícula de los alumnos antiguos se
efectuará de manera personal en caso de que los estudiantes sean
mayores de edad. Si son de menores de edad la ratificación de
matrícula, será a través de sus apoderados, previa presentación de
sus libretas de notas en ambos casos.
Los estudiantes con problemas de conducta estarán sujetos a la
existencia de cupo hasta el último día de la matrícula. En caso de
que sea posible, firmarán un documento de compromiso de buen
comportamiento y siguiendo lo establecido en el Plan de
Convivencia del CEBA.
Art. 13.- En el proceso de matricula a estudiantes nuevos que
procedan de la modalidad de educación Básica Regular (turno
día) ,bajarán un grado de conformidad con la R.V.M Nº 0018-2007-
ED que establece la equivalencias de grados.
Art. 14.- La ratificación de la matrícula extemporánea por razones
justificadas será autorizado por la Dirección del CEBA.
Art. 15.- En el proceso de matrícula se tendrán en cuenta la RM
Nº 102-83-ED sobre equivalencias; y los últimos dispositivos
vigentes.
Art. 16.- Acceden a la Educación Básica Alternativa EBA las
personas que tengan de 9 años a más.
CERTIFICADOS:
Art. 17.- Los certificados de estudio y de conducta se expedirán a
solicitud del interesado, previo pago de derechos establecidos. Su
trámite durará máximo 5 días hábiles (Oficio múltiple Nº 47-2010).
Art. 18.- Los estudiantes procedentes de otras Instituciones
Educativas deberán entregar sus certificados de Estudios a la
Secretaría del CEBA.
Art. 19.- Los documentos de traslado de los estudiantes a otras
Instituciones Educativas se expedirán a su solicitud hasta fines del
mes de Septiembre.
EVALUACION:
Art. 20.- La evaluación de los estudiantes será permanente e
integral, teniendo en cuenta los objetivos previstos y actividades
programadas teniendo en cuenta las características de las áreas,
condiciones de aprendizaje que asegure los objetivos a lograr.
Art. 21.- Cada docente selecciona y aplica los instrumentos, las
técnicas y procedimientos de evaluación, teniendo en cuenta las
orientaciones y sugerencias de la Dirección, órgano intermedio y/o
DINEBA.
Art. 22.- Los profesores deben utilizar registros auxiliares,
debiendo el oficial ser llenado con las nóminas oficiales, que
oportunamente deberán ser entregadas a la Dirección por cada
docente. Los registros oficiales deberán ser guardados en la
Dirección del plantel.
Art. 23.- Las evaluaciones de aprendizaje serán informadas a los
estudiantes al finalizar cada bimestre/o trimestralmente
establecidos en la Calendarización del año escolar y Plan anual del
Trabajo entregándoles sus libretas de nota a los estudiantes
(R.D Nº0173-2008-ED. de fecha 10-07-08.)
Art. 24.- El proceso de evaluación de aprendizaje se hará de
acuerdo a las normas de evaluación existentes, en el nivel
primario R.V.M. Nº 003-2000 E.D. y para el nivel de secundaria
Directiva Nº 34-VME-DINALEA-83, R.M. Nº 168-2002-E.D., R.M. Nº
0310-2003-E.D., R.M. Nº 030-2004-E.D., R.M. Nº 0048-2005-E.D.,
R.M. Nº 0719-2005-E.D., R.M Nº 0710-2005-E.D., R.M. Nº 712-
2006-E.D., y R.D. Nº 0173-2008-E.D. de fecha 10-07-08.
Art. 25.- La evaluación de comportamiento de los estudiantes
será evaluado por cada docente tutor en el Ciclo Avanzado y por
las profesoras de aula en los Ciclos Inicial e Intermedio.
Para la evaluación de conducta en el ciclo Avanzado, el
profesor tutor tendrá en cuenta los informes de los demás
docentes y brigadieres de aulas, y a su vez, tomará los siguientes
criterios:
a) Responsabilidad
b) Honradez
c) Veracidad, respeto, ayuda mutua a sus compañeros de estudio.
d) Deseo de superación
e) Civismo
f) Asistencia a sus clases.
g) Buen comportamiento.
Art. 26.- La nota de comportamiento, se obtendrá promediando
los resultados de las evaluaciones efectuadas por los profesores
del área y servirá para brindar la orientación necesaria de los
estudiantes. En el caso del los Ciclos Inicial e Intermedio, la
evaluación del comportamiento lo hará las profesoras de aula.
Art. 27.- El Director de la modalidad es la única persona
autorizada para expedir certificados de estudios a los estudiantes
que hayan concluido satisfactoriamente sus estudios de los ciclos
Inicial, Intermedio y Avanzado.
Art. 28.- En los Ciclos Inicial e Intermedio la evaluación es con el
sistema literal y en el Ciclo Avanzado la evaluación es con el
sistema numérico vigesimal.
CAPITULO V I : DEL REGISTRO ESCALAFONARIO
Art 29.- Todos los trabajadores Docentes y Administrativos
tendrán carpeta escalafonaria en forma obligatoria , las mismas
que deberán ser actualizadas periódicamente con los documentos
de estudios , cambio de nivel e ingreso a la Carrera Pública
Magisterial de los trabajadores docentes ,quienes están obligados
a presentar al CEBA los documentos que acreditan dichos cambios
en su vida profesional .
CAPITULO VII: DE LOS DERECHOS, DEBERES, FALTAS ESTIMULOS,
SANCIONES DEL PERSONAL DOCENTE Y ADMINISTRATIVO:
GESTIÓN ADMINISTRATIVA
Art. 30.- Deberes y derechos del personal Docente y
Administrativo.
DEBERES:
a) Asistir puntualmente a la Institución Educativa con una
adecuada indumentaria.
b) Cumplir sus funciones en el turno noche; dentro del horarios
establecidos, con eficiencia, puntualidad y espíritu de
colaboración.
c) Cumplir su labor, fomentando el espíritu patriótico y práctica
permanente de hábitos de buenos modales y valores.
d) Contar con su carpeta pedagógica permanentemente y
actualizada y tener fichas de matrícula al día.
e) Contribuir al orden y a la buena marcha de la modalidad.
f) Cumplir y hacer cumplir el presente reglamento.
g) Indicar su hora de ingreso y salida en la tarjeta de control y
cuaderno de asistencia con veracidad y honestidad.
h) No perder tiempo en horas de clase, permaneciendo fuera del
salón, dejando en abandono a los alumnos.
i) No utilizar a los alumnos de su tutoría en contra de los demás
profesores.
j) Preparar sus clases con responsabilidad profesional y tener su
unidad de aprendizaje de las áreas de su competencia de
acuerdo al horario de clases
k) Cumplir el turno con responsabilidad.
l) Participar activamente en las formaciones de los días lunes y
celebraciones de fechas cívicas.
ll) No hacer abandono de su salón de clase.
m) No hacer abandono de trabajo una vez registrada su asistencia
en el cuaderno y tarjeta de control, caso contrario se
considerara como abandono de trabajo.
n) Asumir la encarga tura de la dirección con responsabilidad
dentro de su turno.
ñ) No parcializarse con los estudiarse en el trato personal y
evaluaciones.
o) Ser solicito y atento con los estudiantes que necesitan su
consejo y orientación.
p) No maltratar moralmente ni físicamente a los estudiantes.
q) No incumplir o desempeñar mal con el turno que le
corresponde.
r) Contribuir en el mantenimiento del clima institucional favorable,
evitando chismes y comentarios negativos en contra de los
compañeros de trabajo.
Art. 31.- DERECHOS:
a) A la estabilidad laboral en la plaza, nivel, cargo, turno de
trabajo, salvo lo dispuesto en los Arts. 119 y 233 del Decreto
Supremo 19-90 E.D.
b) Derechos a participar en la formulación, organización, ejecución
y evaluación del Plan Anual de Trabajo, Reglamento Interno y
otras comisiones.
c) Derechos a las licencias y permisos con sujeción a las normas
establecidas.
d) Autonomía y libertad en el desempeño de sus funciones en el
aula de clase.
e) Derecho a las vacaciones de conformidad con las normas y
según cronograma en el caso del personal administrativo y
servicio.
f) Derecho a merecer respeto y consideración en virtud a su
abnegada labor.
g) Recibir estímulos y reconocimientos a su cumplimiento,
esfuerzo y dedicación al trabajo.
h) Gozar de Otros derechos contemplados en el Reglamento de la
Ley del Profesorado-D.S. 19-90-E.D.
Art. 32.- Prohibiciones del personal docente:
a) Faltar al trabajo en forma injustificada y reiterada.
b) Ser reincidente en llegar tarde al trabajo y/o horas de clase.
c) Incumplir sus funciones y obligaciones.
d) Hacer caso omiso a las órdenes del superior inmediato y/o
Director de la Institución Educativa.
e) Abandonar a los alumnos en horas de clase y/o actividades
extracurriculares.
f) Hacer abandono de su centro de trabajo, luego de haber
registrado su asistencia.
g) Salir fuera del colegio sin autorización del Director.
h) Marcar la tarjeta de control de asistencia de otro profesor.
i) Consignar la hora de ingreso y salida en la tarjeta de control y
cuaderno de asistencia de manera incongruente.
j) Permanecer indiferente en el salón u otro lugar durante las
formaciones y celebración de las fechas cívicas.
k) No cumplir con las comisiones de trabajo que se le encomienda.
l) Otros puntos concurrentes a la prohibición que ya están
indicadas en los deberes de los docentes.
ll) Utilizar o disponer los bienes del colegio en beneficio propio o
de terceros.
m)Recibir prebendas o sobornos por parte de los estudiantes.
n) Organizar actividades (rifa, bingo y otros) sin autorización del
Director.
ñ) Propiciar discusiones con alumnos y colegas.
o) Ingresar al colegio en estado de embriaguez o bajo influencia
de sustancias estupefacientes (droga).
p) Difamar y calumniar al personal en general.
q) Actuar en contra de la moral y buenas costumbres.
r) Vender libros de autores o editoriales, vender separatas sin
autorización de la Dirección.
DE LA JORNADA LABORAL Y HORARIO DE TRABAJO DEL
PERSONAL DIRECTIVO, DOCENTE Y ADMINISTRATIVO:
Art. 33.- El CEBA Nº 122 “ANDRÉS AVELINO CÁCERES” funcionará de
16:15 pm a 22:15 p.m. horas, con las flexibilidades de los turnos
correspondientes.
Art. 34.- El personal directivo, docente y administrativo y de servicio
de la modalidad de Educación Básica Alternativa cumple la siguiente
jornada de trabajo.
a) Personal Directivo cumple 40 hrs. pedagógicas a la semana.
b) El personal docente de primaria 30 hrs. pedagógicas a la
semana.
c) El personal docente de secundaria 24 hrs. pedagógicas a la
semana.
d) El personal administrativo (secretaria) 40 hrs. a la semana.
e) El personal de servicio de 40 hrs. a la semana.
Art. 35.- El personal directivo, docente, administrativo y de servicio,
cumplen el siguiente horario:
a) El Director de las 16:00 hrs. a 22:30 hrs.
b) Docente del nivel Primaria de EBA de 5:50 pm. a 10:30 pm. con
jornada laboral de 30 hrs.
c) Docente del nivel secundaria de EBA de 6:35 pm. a 10:30 pm.
con jornada laboral de 24 horas.
d) Personal administrativo de 2:30 pm. a 10:30 pm.
e) Personal de servicio de 2:30 pm. a 10:30 pm.
REGISTRO Y CONTROL DE ASISTENCIA DEL PERSONAL
DOCENTE Y ADMINISTRATIVO:
Art. 36.- Todo trabajador de la modalidad deberá registrar su
asistencia en el cuaderno de control de personal que se encuentra en
la Dirección, así como también marcar su respectiva tarjeta al
momento de su ingreso y salida, con veracidad y honestidad,
cuidando que los dos medios de control guarden coherencia en
cuanto a las horas de ingreso y salida.
De registrar su asistencia en el cuaderno de control y que no
guarda relación con la hora de su registro de asistencia en su tarjeta
de control , se considerara como falta grave que dará lugar a una
llamada de atención verbal, de continuar será pasible de una llamada
de atención escrita a través de un memorándum y de reincidir en la
misma falta dará lugar para informar a la UGEL 05 a efectos de que
se anote como demerito en su ficha escalafonaria .
DE LAS LICENCIAS Y PERMISOS DEL PERSONAL DOCENTE Y
ADMINISTRATIVO:
Art. 37.- Tienen derecho a licencia el personal nombrado y
contratado.
Art.38.- La licencia se formaliza mediante Resolución Directoral de la
Institución Educativa teniendo en cuenta los requisitos exigidos por
las normas para cada tipo de licencias.
Art. 39.- Las licencias se clasifican de la siguiente manera:
Licencia con goce de remuneraciones:
a) Por enfermedad o incapacidad temporal para el trabajo.
b) Por siniestro.
c) Por fallecimiento.
d) Por estudios.
e) Por el proceso de sustentación de tesis y examen de grado.
f) Por maternidad.
g) Por desempeño de funciones públicas.
Licencia sin goce de remuneraciones.
a) Por motivos particulares.
b) Por estudios de profesionalización.
c) Por capacitación no oficializada.
d) Por enfermedad grave del cónyuge, padre e hijos.
Licencias a cuenta del período vacacional:
a) Por matrimonio.
b) Por enfermedad grave del cónyuge, padre e hijo.
Art. 40.- Las Resoluciones directorales de licencia que expiden los
Directores de las Instituciones Educativas serán transcritas para
archivo de la Institución Educativa (1 ejemplar); para el órgano
intermedio (3 ejemplares) y un ejemplar para el interesado.
Permisos:
Art 41.-El permiso es la autorización que el Director concede al
trabajador docente, administrativo y de servicio, para ausentarse por
horas de la Institución Educativa durante la jornada laboral del
trabajo, previa justificación y sustentación documentada del caso.
Art. 42.- Los permisos se conceden por las siguientes causas:
- Por ejercer la docencia universitaria.
- Por estudios universitarios.
- Por capacitación oficializada.
- Por citación expresa por autoridad judicial, ministerio público,
militar y policial.
- Por función edil.
- Por citación de cualquier autoridad pública.
- Por cita médica para atención en ESSALUD y/o Hospital del
Centro de salud
- Por el día del maestro.
- Por onomástico.
- Por motivos personales: 3 permisos durante el año escolar.
- Por motivo de trámite matrimonial.
- Por enfermedad grave del cónyuge, padre o hijo.
DE LAS FALTAS Y SANCIONES DEL PERSONAL DOCENTE Y
ADMINISTRATIVO:
Art. 43.- Faltas:
a) Faltar al trabajo en forma injustificada y reiterada.
b) llegar tarde al trabajo y/o horas de clase en forma reiterada.
c) Incumplir las funciones y obligaciones que le compete como
trabajador docente y administrativo.
d) Hacer caso omiso a las órdenes del superior inmediato y/o
Director de la Institución Educativa.
e) Abandonar a los alumnos en horas de clase para dedicarse a
actividades extracurriculares.
f) Utilizar y disponer los bienes del I.E en beneficio propio o de
terceros.
g) Recibir prebendas y sobornos por parte de los estudiantes.
h) Organizar actividades (paseos, rifas, bingos y otros) sin
autorización del Director.
i) Indisponer a los colegas con los estudiantes.
j) Ingresar al colegio en estado de embriaguez o bajo influencia
de sustancias estupefacientes.
k) Difamar y calumniar al personal de la Institución Educativa.
l) Realizar actos que vayan en contra la moral y buenas
costumbres.
m) Incurrir en las prohibiciones establecidas por el presente
Reglamento.
n) Propiciar la ruptura de relaciones humanas entre colegas y
estudiantes.
SANCIONES:
Art. 44.- El personal que incumple sus funciones se hace acreedor a
las siguientes sanciones:
a) Amonestación verbal.
b) Amonestación escrita bajo memorándum.
c) Suspensión de trabajo sin goce de haberes.
d) Informe a la superioridad.
DE LOS ESTÍMULOS DEL PERSONAL DOCENTE Y
ADMINISTRATIVO:
Art. 45.- El personal que cumple eficazmente y realiza acciones
excepcionales en bien del Institución Educativa se hará acreedor de
los siguientes estímulos:
a) Reconocimiento verbal público.
b) Oficio de agradecimiento y felicitación por oficio.
c) Resolución directoral de de felicitación y agradecimiento.
SERVICIO DE BIENESTAR SOCIAL:
Art. 46.- En la Institución Educativa CEBA Nº 122 “Andrés Avelino
Cáceres” turno - noche, se practicará buenas relaciones humanas,
que propicien comprensión y respeto entre todos los miembros de la
comunidad educativa que labora en el plantel, haciendo que el clima
institucional sea positivo, dentro de un marco de paz, armonía y
convivencia social que favorezcan la adecuada formación de los
estudiantes.
Art. 47.- Se propiciara reuniones de carácter social entre el personal
docente administrativo, directivo y de servicio para estrechar lazos de
confraternidad y camarería, festejando los onomásticos, programando
preferentemente para los últimos días de cada mes.
Art. 48.- Se organizará paseos excursiones con o sin estudiantes con
fines de esparcimiento y estudio.
Art. 49.- Se propiciara la realización de festivales deportivos,
concursos folklóricos y de conocimiento, gimkanas, platos típicos, etc.
con la participación de todos los trabajadores de la modalidad.
Asimismo, se promoverá bailes juveniles de interrelación humana
para propiciar la integración de los estudiantes, bajo el cuidado y
estricto control por parte de los docentes.
Art. 50.- Las fiestas de promoción se realizarán previo conocimiento
y autorización de la Dirección. Las actividades en beneficio de la
Institución serán aprobadas en la Asamblea General de la
Comunidad Educativa de la Modalidad; así como las actividades en
beneficio de docentes (pro-navidad), que será una actividad por
semestre.
Art. 51.- Los aspectos no contemplados en el presente Reglamento
Interno serán aprobados por el CONEI de la modalidad.
Art 52.-En la celebración de la Institución educativa , se realizara el reinado
primaveral de estudiantes de la modalidad, cuya recaudación se destinara en
la implementación de las necesidades de la Institución Educativa, previa
deducción de la tercera parte del monto recaudado que servirá para la compra
y alquiler de vestido de la reina y sus damas de compañía
CAPITULO VIII:
DERECHOS, DEBERES, FALTAS, ESTIMULOS Y SANCIONES
DE LOS ESTUDIANTES
DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES
DERECHOS:
Art. 53.- Son derechos de los estudiantes:
a) Recibir la formación integral dentro de un ambiente que le
brinde seguridad moral y física, así como los servicios de
orientación y bienestar.
b) Ser tratado con respeto y dignidad, sin distinción alguna.
c) Recibir enseñanza gratuita de parte de los profesores.
d) Recibir estímulos en mérito a su aprovechamiento y buena
conducta, así como también en su participación en eventos
culturales, deportivos y artísticos.
e) Ser evaluado con imparcialidad.
f) Efectuar reclamos respetuosamente ante autoridades docentes
y Directivos y otros cuando sus derechos son afectados.
g) Integrar el comité de participación estudiantil (COPAE).
h) Integrar el consejo educativo institucional (CONEI).
i) Participar en la Comisión de la Defensoría del Niño y
Adolescente.
j) Integrar el Comité de Disciplina.
k) Elegir y ser elegidos.
DEBERES:
Art. 54.- Son deberes y obligaciones del estudiante:
a) Respetar al personal directivo, docente, administrativo y
personal de servicio, dentro y fuera del plantel.
b) Respetar a sus condiscípulos.
c) Ser honrado consigo mismo y con los demás.
d) Defender y velar por el prestigio de la Institución Educativa, de
sus autoridades, profesores y personal administrativo.
e) Saludar cortésmente a la autoridad de la Institución Educativa,
profesores y personal administrativo.
f) Demostrar hábitos de higiene, orden y disciplina.
g) No ingresar al colegio en estado de ebriedad o bajo la influencia
de drogas.
h) Acudir a la Institución Educativa con uniforme del turno noche
y/o en forma presentable. El uniforme es: pantalón azul marino
y camisa blanca para varones y falda azul marino y blusa
blanca para mujeres.
i) No propiciar discusiones con alumnos, colegas, ni faltar de
palabra a las autoridades y profesores.
j) No difamar, ni calumniar al personal directivo, docente,
administrativo y estudiantes en general.
k) Preservar los mobiliarios, equipos y demás enseres de la
Institución Educativa.
l) Participar activamente en las actividades de la Institución
Educativa.
m)Asistir puntualmente a sus clases en el horario establecido.
n) Al momento de ingresar a la Institución Educativa deberá
identificarse con su respectivo carné, en caso contrario no
ingresará.
ñ) No consumir alcohol, cigarro y drogas; ni traficar con ellos
propiciando su consumo en el colegio y fuera de él.
o) No llevar al Institución Educativa celulares u otros objetos de
valor .
p) No estar fuera del salón en horas de clase.
q) No subir al 2º piso de los pabellones que no usa el turno noche,
ni estar escondidos en partes oscuras de la Institución
Educativa.
r) Participar en las formaciones de los días lunes y en otras
actividades cívicas del plantel, lo cual será tomado en cuenta
por el tutor para las evaluaciones del caso.
s) Los estudiantes que no ingresen a la 1ra hora de la formación,
de todas maneras se le hará formar para que cumplan con el
acto cívico de entonar el Himno Nacional.
t) El horario de ingreso de los participantes es de 6:15 pm y la
salida es a las 10:15 pm.
u) Durante su permanencia en la Institución Educativa los
estudiantes en todo momento usarán un lenguaje cortés,
alturado y respetuoso.
v) Aceptar con hidalguía y alto espíritu de moralidad y gratitud, los
consejos, reprensiones y medidas disciplinarias que el Director,
docentes, comité de estudiantes y de disciplina les aplique.
PROHIBICIONES:
Art. 55.- Prohibiciones de los estudiantes es como sigue:.
a) Llegar tarde o faltar a la Institución Educativa.
b) Retirarse del aula y/o del plantel sin la debida autorización del
Director.
c) Apropiarse de útiles escolares o prendas de sus compañeros.
d) Usar incorrectamente el material educativo.
e) Faltar a la verdad (falsificación, adulteración, acusación).
f) Promover colectas, rifas y/o venta de productos sin la
autorización de la Dirección.
g) Portar armas e instrumentos punzo-cortantes.
h) Apropiarse de los bienes de la Institución Educativa.
i) Adulterar notas o falsificar firmas.
j) Emplear vocabularios inadecuados y groseros.
k) Concurrir al colegio en estado de ebriedad o con efectos de
sustancias tóxicas.
l) Deambular y hacer bulla por los patios o áreas internas en
horas de clase.
m)Practicar eventos reñidos con la moral y las buenas costumbres.
n) Portar revistas pornográficas.
o) Practicar riñas y violencias dentro y fuera del colegio.
p) Integrar pandillas dentro y/o fuera del colegio.
q) Jugar fútbol y vóley en el primer patio.
ESTIMULOS:
Art. 56.- Son estímulos para los estudiantes:
Los estudiantes que realicen acciones extraordinarias dentro de la
Institución Educativa, tanto en el aspecto académico como en su
comportamiento, haciéndose acreedores de los siguientes estímulos:
a) Felicitación de su profesor o tutor en el aula.
b) Felicitación publica frente al estudiantado.
c) Felicitación escrita de la Institución Educativa.
d) Otorgamiento de Diploma de mérito.
DEL COMITÉ DE DISCIPLINA:
Art. 57.- El comité de disciplina estará constituido por los siguientes
integrantes: Director de la modalidad, un representante del personal
docente; y un representante de los estudiantes.
Art. 58.- El comité de disciplina tiene como función fundamental
evaluar la falta cometida por los estudiantes así como determinar las
acciones correctivas que cada caso amerita, procurando que sus
decisiones no tengan carácter sancionador sino más bien orientador;
salvo que sean casos reincidentes.
SANCIONES DE LOS ESTUDIANTES:
Art. 59.- Las sanciones que se aplican a los estudiantes son:
a) Amonestación verbal en privado por parte del profesor o tutor.
b) Amonestación pública por parte del director en hora de
formación escrita por parte del Director de la Institución
Educativa según la reincidencia o gravedad de la falta.
c) Amonestación escrita por parte del director por cometer falta
grave y en forma reiterativa.
d) Suspensión de asistencia a la Institución educativa de 2 a 5
días de acuerdo a la gravedad de la falta.
e) Condicionamiento de la matricula para el siguiente periodo
lectivo. Según la gravedad de la falta se citará al padre o
apoderado y se escuchará al participante.
Para la aplicación de las antes indicadas, con excepción del
comité de disciplina tendrá derecho a ser escuchado
f) según la gravedad de la falta se citara al padre u apoderado y
se escuchara al estudiante.
g) expulsión en caso de falta grave que afecta a la institución
educativa en dezmero de la adecuada formación de los
estudiantes. Así mismo en caso de reincidencia continuada del
mal comportamiento del estudiante que pone en peligro la buena
formación de los estudiantes.
h) Hacer caso omiso a las órdenes del superior inmediato y/o
Director de la Institución Educativa.
i) Abandonar a los alumnos en horas de clase y/o actividades
extracurriculares.
j) Utilizar y disponer los bienes del colegio en beneficio propio o de
terceros.
k) Recibir prebendas y sobornos por parte de los participantes.
l) Organizar actividades (rifa, bingo y otros) sin autorización del
Director.
m) Propiciar discusiones con alumnos y colegas.
n) Ingresar al colegio en estado de embriaguez o bajo influencia de
sustancias estupefacientes (droga).
o) Difamar y calumniar al personal de la Institución Educativa.
p) Y otros que linde con la moral y buenas costumbres.
q) Incurrir en las prohibiciones establecidas por el presente
Reglamento.
CAPÍTULO IX
RELACIONES Y COORDINACIÓN CON LAS INSTITUCIONES DE LA
LOCALIDAD
Art. 60.- Debe mantenerse una estrecha relación con las principales
instituciones de la localidad, llámese Municipio, Iglesia, Comisaría,
Club de Leones, Instituciones Educativas, también con la Empresas
Privadas, con la finalidad que contribuyan a la mejora educativa.
Así mismo para dar seguridad a los estudiantes a efectos de que no
sean víctimas de las pandillas, drogadictos y delincuentes
DISPOSICIONES FINALES:
Art. 61.- El presente Reglamento Interno entrará en vigencia a partir
de su aprobación en reunión conjunta del personal docente y su
posterior ratificación por la Dirección mediante Resolución Directoral.
Art. 62.- Se publica una síntesis de las funciones del docente y de los
estudiantes para su conocimiento.
Art 63.- La modalidad de Educación Básica Alternativa realizará en el
año 2014 las actividades programadas en su Plan Anual de Trabajo.
Mangomarca, Diciembre del 2014
Comisión responsable de la elaboración del presente Reglamento
Interno.
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Lic. Sara H. Herrera Montero Prof. Sara H. Dávila
Domínguez
Sub Directora (e) T.N. Integrante de la
Comisión