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Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo
Empresa Peruana de Recaudación S.A.C. | Edificio San Demetrio, Jr. Ocoña Nº 160 – Piso 4, Centro de Lima
REGLAMENTO INTERNO DE
SEGURIDAD Y SALUD EN EL
TRABAJO DE EMPRESA
PERUANA DE RECAUDACIÓN
S.A.C. - RECSA PERÚ
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Contenido
CAPÍTULO I - RESUMEN EJECUTIVO .............................................................................................. 4
CAPÍTULO II - OBJETIVOS Y ALCANCE ........................................................................................... 4
OBJETIVOS ................................................................................................................................ 4
ALCANCE .................................................................................................................................. 4
CAPÍTULO III - LIDERAZGO, COMPROMISO Y POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 4
LIDERAZGO ............................................................................................................................... 4
COMPROMISO .......................................................................................................................... 5
POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO DE EMPRESA PERUANA DE RECAUDACIÓN
S.A.C. ........................................................................................................................................ 5
CAPÍTULO IV - ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES ...................................................................... 6
FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES ......................................................................................... 6
RESPONSABILIDADES DE LOS TRABAJADORES ......................................................................... 7
ORGANIZACIÓN INTERNA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO ........................................ 8
FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO .... 8
ORGANIZACIÓN DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO ................................. 10
PROGRAMA ANUAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO ............................................... 11
MAPA DE RIESGOS ................................................................................................................. 11
IMPLEMENTACIÓN DE REGISTROS Y DOCUMENTACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO ..................................................................................... 12
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS SUBCONTRATISTAS Y PROVEEDORES ........................... 12
MOTIVACIONES Y SANCIONES ................................................................................................ 13
CAPÍTULO V. ESTÁNDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LOS LUGARES DE TRABAJO ................. 15
ESTÁNDARES DE SEGURIDAD ................................................................................................. 15
PREVENCIÓN DE RIESGOS ERGONÓMICOS ............................................................................ 15
PREVENCIÓN DE RIESGOS EN INSTALACIONES ....................................................................... 17
MUJERES GESTANTES O EN PERÍODO DE LACTANCIA ............................................................ 18
INSTALACIONES CIVILES ......................................................................................................... 18
PELIGROS DEL USO DE LA CORRIENTE ELÉCTRICA .................................................................. 20
REALIZACIÓN DE TRABAJOS DE RIESGO ................................................................................. 21
EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL .................................................................................... 21
INVESTIGACIÓN DE INCIDENTES Y ACCIDENTES DE TRABAJO ................................................ 23
FACTORES TÉCNICOS (FT), FACTORES HUMANOS (FH) FACTORES ORGANIZACIONALES (FO)
EN LAS CAUSAS DE LOS ACCIDENTES ..................................................................................... 23
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INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES ............................................................................................ 24
NOTIFICACIÓN DE LOS ACCIDENTES ....................................................................................... 25
REGISTRO DE ACCIDENTES DE TRABAJO................................................................................. 26
SALUD OCUPACIONAL ............................................................................................................ 27
ENFERMEDADES OCUPACIONALES......................................................................................... 29
DAÑOS PROFESIONALES ......................................................................................................... 30
SERVICIOS DE BIENESTAR Y OTROS ........................................................................................ 30
CAPÍTULO VI - PREPARACIÓN Y RESPUESTA PARA CASOS DE EMERGENCIA .............................. 31
ORGANIZACIÓN ...................................................................................................................... 31
BRIGADAS DE EMERGENCIA ................................................................................................... 31
PREVENCIÓN DE INCENDIOS .................................................................................................. 33
SIMULACROS .......................................................................................................................... 33
INSTRUCCIONES EN EMERGENCIAS ........................................................................................ 34
PRIMEROS AUXILIOS............................................................................................................... 35
REFERENCIAS PARA CASOS DE EMERGENCIA ......................................................................... 36
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CAPÍTULO I - RESUMEN EJECUTIVO
Empresa Peruana de Recaudación S.A.C., es una empresa constituida con fecha
21.10.2013 y se encuentra focalizada en la recuperación de activos, administración de
carteras y servicios de apoyo a la gestión financiera de sus clientes.
La empresa, desarrolla sus operaciones en su sede principal ubicada en el Jr. Ocoña
Nº 160, Centro de Lima, ocupando cuatro pisos y abarcando un área construida de
1767.37 m2.
CAPÍTULO II - OBJETIVOS Y ALCANCE
OBJETIVOS
Artículo 1º .- El presente reglamento tiene como objetivos:
a. Garantizar las condiciones de seguridad y salvaguardar la vida, integridad física y el
bienestar de los trabajadores, mediante la prevención de los accidentes de trabajo y
las enfermedades profesionales.
b. Promover una cultura de prevención de riesgos laborales en los trabajadores,
contratistas, proveedores y todos aquellos que presten servicios a la empresa, con
el fin de garantizar las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.
c. Propiciar el mejoramiento continuo de las condiciones de seguridad, salud y medio
ambiente de trabajo, a fin de evitar y prevenir daños a la salud, a las instalaciones o
a los procesos, en las diferentes actividades ejecutadas, facilitando la identificación
de los riesgos existentes, su evaluación, control y corrección.
d. Proteger las instalaciones y propiedad de la empresa, con el objetivo de garantizar la
fuente de trabajo y mejorar la productividad.
e. Fomentar la conciencia de prevención entre los trabajadores, proveedores y
contratistas con el Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo.
ALCANCE
Artículo 2º .- El alcance de este reglamento se aplica a todas las actividades,
servicios y procesos que desarrolla Empresa Peruana de Recaudación S.A.C., en
todas sus instalaciones y en todas las actividades de sus trabajadores. El presente
reglamento establece las funciones y responsabilidades que, en relación con la
seguridad y salud en el trabajo, deben cumplir obligatoriamente todos los trabajadores,
contratistas, proveedores, usuarios, visitantes y otros, mientras se encuentren en sus
instalaciones.
CAPÍTULO III - LIDERAZGO, COMPROMISO Y POLÍTICA DE SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO
LIDERAZGO
Artículo 3º .- Empresa Peruana de Recaudación S.A.C., considera que el éxito de
la Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo se basa en el liderazgo y el compromiso
decidido con la prevención de los riesgos laborales. Asimismo, considera fundamental
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para el cumplimiento de los objetivos trazados, el ejercicio participativo de todos los
integrantes de la organización a través de las principales áreas que la conforman:
- La Gerencia General
- La Gerencia Comercial
- La Gerencia de Operaciones
- La Sub Gerencia de Operaciones – Carteras Propias
- La Jefatura de Recursos Humanos.
- La Jefatura Administración y Finanzas
- El Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo
COMPROMISO
Artículo 4º .- Empresa Peruana de Recaudación S.A.C., promoverá y liderará la
Política de Seguridad y Salud, para tal efecto se compromete a lo siguiente:
a. A liderar y brindar los recursos para el desarrollo de todas las actividades en la
organización y para la implementación del sistema de gestión de seguridad y salud
en el trabajo, a fin de lograr su éxito en la prevención de accidentes y enfermedades
ocupacionales.
b. Asumir la responsabilidad de la prevención de accidentes de trabajo y las
enfermedades profesionales, fomentando el compromiso de cada trabajador
mediante el estricto cumplimiento de las disposiciones que contiene el presente
reglamento.
c. Proveer los recursos necesarios para mantener un ambiente de trabajo seguro y
saludable.
d. Establecer programas de seguridad y salud en el trabajo y medir su desempeño,
llevando a cabo las mejoras que se justifiquen.
e. Operar en concordancia con las prácticas aceptables en los servicios y con pleno
cumplimiento de las leyes y el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo.
f. Investigar las causas de accidentes de trabajo, enfermedades profesionales e
incidentes peligrosos, para el desarrollo de acciones preventivas en forma efectiva.
g. Fomentar una cultura de prevención de los riesgos laborales para los cuales se
inducirá, entrenará, capacitará y formará a los trabajadores en el desempeño
seguro y productivo de sus trabajos.
h. Mantener un alto nivel de alistamiento para actuar en casos de emergencia,
promoviendo su integración con el Sistema Nacional de Defensa Civil.
i. Exigir que los proveedores y contratistas cumplan con todas las normas aplicables
de seguridad y salud en el trabajo, a través del área de Administración y Finanzas
de Empresa Peruana de Recaudación S.A.C.
j. Mantener vigente el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo.
POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO DE EMPRESA
PERUANA DE RECAUDACIÓN S.A.C.
Artículo 5º .- Empresa Peruana de Recaudación S.A.C., tiene la misión de ser líder
en el mercado de servicios financieros en los ámbitos de riesgo e inteligencia de
negocios.
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Para Empresa Peruana de Recaudación S.A.C., el personal que labora en la empresa
constituye el valor más relevante de la organización, por lo que considera esencial el
garantizar condiciones seguras y saludables en todas y cada una de las actividades que
realiza, fomentando el desarrollo integral de sus trabajadores.
En este contexto, son principios de Empresa Peruana de Recaudación S.A.C. para el
logro de su Política de Seguridad y Salud en el Trabajo, los siguientes:
1. PROMOCIÓN de la Seguridad y Salud en el Trabajo. - Mediante la construcción de
una cultura preventiva sustentada en la comunicación y cooperación de todos los
niveles de la organización, los colaboradores y sus representantes, logrando una
participación activa en todos los elementos del Sistema de Gestión de la Seguridad
y Salud en el Trabajo.
2. PREVENCIÓN de Riesgos Laborales. - Mediante la identificación, evaluación y
control de los riesgos en su fuente de origen y aplicando sistemas de control de
manera jerarquizada, empezando por la eliminación, sustitución, controles de
Ingeniería, controles administrativos y como complemento, sobre el trabajador, a fin
de evitar incidentes peligrosos, accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales.
3. PROTECCIÓN de la seguridad y la salud de todos los miembros de la organización.
- Mediante la constante verificación de la eficiencia de los controles aplicados sobre
los riesgos ocupacionales, garantizando la prevención de lesiones, dolencias,
enfermedades e incidentes relacionados con el trabajo, brindándoles un ambiente de
trabajo seguro y saludable.
4. LEGALIDAD en el cumplimiento de los requisitos legales pertinentes de los
programas voluntarios, y acuerdos laborales en materia de seguridad y salud en el
trabajo y de otras prescripciones que suscriba la organización en favor de la salud de
los trabajadores.
5. MEJORA CONTINUA del desempeño del Sistema de Gestión de la Seguridad y
Salud en el Trabajo, manteniendo una constante verificación, actualización y mejora
de cada uno de los elementos que integran dicho sistema.
CAPÍTULO IV - ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES
FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES
Artículo 6º .- Son responsabilidades de Empresa Peruana de Recaudación S.A.C.:
a. Proteger la seguridad y salud en el trabajo, mediante la prevención de las lesiones,
dolencias, enfermedades e incidentes relacionados con el trabajo.
b. Cumplir con lo dispuesto en la legislación, las negociaciones colectivas y programas
voluntarios, en materia de seguridad y salud en el trabajo.
c. Garantizar la participación de los trabajadores en todas las etapas de desarrollo de
la implementación, aplicación y mejora continua del Sistema de Seguridad y Salud
en el Trabajo.
d. Contratar a una institución de salud para el desarrollo de los exámenes médicos
durante la relación laboral de sus trabajadores, acorde con los riesgos a los que
están expuestos en sus labores.
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Artículo 7º .- Empresa Peruana de Recaudación S.A.C. aplicará las siguientes
medidas de protección:
a. Diseñar adecuados ambientes de trabajo, seleccionar equipos y métodos de trabajo
que no afecten la salud del trabajador; así como establecer controles que atenúen
el trabajo monótono y repetitivo.
b. Adecuar los ambientes y equipos de trabajo en pro de garantizar la salud y
seguridad de los trabajadores.
c. Fundamentar los planes y programas de prevención de riesgos laborales en
criterios científicos, técnicos, legales y buenas prácticas para el desempeño
eficiente de las condiciones laborales.
d. Proteger a las trabajadoras gestantes de cualquier condición que ponga en riesgo
su estado natural, sin menoscabo de sus derechos remunerativos y de categoría.
e. Cualquier otra medida que pueda ser formulada por el Comité de Seguridad y Salud
en el trabajo, con posterioridad a la respectiva evaluación sobre su implementación.
Artículo 8º .- Empresa Peruana de Recaudación S.A.C. establecerá las
instrucciones que sean necesarias para que en caso de un peligro inminente que
constituya un riesgo importante o intolerable para la seguridad y salud, del personal
puedan interrumpir sus labores, e incluso si fuera necesario, abandonar de inmediato
las instalaciones donde desarrollan sus actividades, no pudiendo reanudar las labores
mientras el riesgo no se haya reducido o controlado.
RESPONSABILIDADES DE LOS TRABAJADORES
Artículo 9º .- En aplicación del principio de prevención, los trabajadores de Empresa
Peruana de Recaudación S.A.C. están obligados a cumplir las normas contenidas en
este reglamento y otras disposiciones complementarias. En ese sentido, deben:
a. Cumplir con las normas, reglamentos e instrucciones del Sistema de Gestión de
Seguridad y Salud en el trabajo de Empresa Peruana de Recaudación S.A.C.
b. Conservar los equipos e implementos de seguridad y protección, de acuerdo al tipo
de trabajo que realicen.
c. No distraer la atención de otro trabajador de forma tal que lo exponga a un
accidente.
d. Conservar el lugar donde trabaja, ordenado y limpio en todo momento, cubriendo
las máquinas y demás implementos de trabajo, a fin de protegerlos del polvo y otros
elementos que puedan dañarlos.
e. No dejar desperdicios, no sólo por razones de higiene, sino para evitar eventuales
accidentes.
f. Está totalmente prohibido fumar en las instalaciones de la empresa (Ley Nº 28705,
modificada por la Ley Nº 29517 y sus normas complementarias). Cualquier
trabajador podrá denunciar la violación de esta prohibición expresa ante el Jefe de
Recursos Humanos, o similar. Las denuncias que se presenten, su investigación y
procedimiento tendrán carácter confidencial y reservado. La empresa colocará en
sus oficinas anuncios, con o sin imágenes, que contengan la siguiente leyenda
“ESTA PROHIBIDO FUMAR EN LUGARES PÚBLICOS POR SER DAÑINOS PARA
LA SALUD”; “AMBIENTE 100% LIBRE DE HUMO DE TABACO”.
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g. No introducir modificaciones en las máquinas y equipos o agregar elementos de
cualquier índole en ellos. Los trabajos de esta naturaleza que fueren necesarios
sólo serán efectuados por personal especializado y autorizado.
h. Presentarse aseado al centro de trabajo.
i. Velar por el mantenimiento del aseo de los servicios higiénicos del centro de trabajo,
en resguardo de la salud del personal y la higiene en general.
j. No tomar refrigerios, almorzar o llevar alimentos dentro de las oficinas o áreas de
trabajo.
k. No hacer inscripciones, manchar, pintar o pegar volantes en las paredes, techos,
puertas o instalaciones del centro de trabajo.
l. Informar al supervisor/jefe inmediato o al Comité de Seguridad y Salud en el trabajo,
sobre cualquier circunstancia o incidente en el trabajo que pudiera resultar inseguro,
peligroso o que pudiera afectar negativamente a él o a sus compañeros, en lo que
respecta a su salud, estado físico, mental o social.
m. Someterse a exámenes médicos a que estén obligados por norma expresa, siempre
y cuando se garantice la confidencialidad del acto médico y sus resultados.
n. Participar de los programas de capacitación y entrenamiento, y formular las
recomendaciones al empleador con el fin de mejorar la efectividad de los mismos.
o. Participar en la identificación de los peligros y evaluación de los riesgos en el
trabajo.
p. Cooperar y participar en el proceso de investigación de accidentes y enfermedades
profesionales cuando la entidad así lo requiera.
q. Usar adecuadamente los instrumentos y materiales de trabajo, así como los equipos
de protección personal y colectiva, siempre y cuando hayan sido previamente
informados y capacitados para su uso.
r. No operar o manipular equipos, maquinarias, herramientas u otros elementos para
los cuales no hayan sido autorizados, ni capacitados.
s. Responder e informar con veracidad sobre algún riesgo que pueda ocasionar daño
a su salud.
ORGANIZACIÓN INTERNA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Artículo 10º .- Empresa Peruana de Recaudación S.A.C., cuenta con un Comité de
Seguridad y Salud en el Trabajo, de acuerdo a la normativa vigente, debiendo sentar en
un libro de actas todos los acuerdos adoptados en cada sesión y el cumplimiento de los
mismos en el plazo previsto, canalizándolos ante los responsables de la organización.
FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO
a. Conocer los documentos e informes relativos a las condiciones de trabajo que sean
necesarios para el cumplimiento de sus funciones, así como los procedentes de la
actividad desarrollada por profesionales o entes que presten servicio de seguridad
y salud en el trabajo a la organización.
b. Aprobar el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo.
c. Aprobar el Programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo.
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d. Participar en la elaboración, aprobación, puesta en práctica y evaluación de las
políticas, planes y programas de promoción de la seguridad y salud en el trabajo,
de la prevención de accidentes y enfermedades ocupacionales.
e. Aprobar el Plan Anual de Capacitación de los trabajadores sobre seguridad y salud
en el trabajo.
f. Promover que todos los nuevos trabajadores reciban una adecuada formación,
instrucción y orientación sobre prevención de riesgos.
g. Vigilar el cumplimiento de la legislación, las normas internas y las especificaciones
técnicas del trabajo relacionadas con la seguridad y salud en el lugar de trabajo; así
como, el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo.
h. Asegurar que los trabajadores conozcan los reglamentos, instrucciones,
especificaciones técnicas de trabajo, avisos y demás materiales escritos o gráficos
relativos a la prevención de los riesgos en el lugar de trabajo.
i. Promover el compromiso, la colaboración y la participación activa de todos los
trabajadores en la prevención de los riesgos del trabajo, mediante la comunicación
eficaz, la participación de los trabajadores en la solución de los problemas de
seguridad, la inducción, la capacitación, el entrenamiento, concursos, simulacros,
entre otros.
j. Realizar inspecciones periódicas en las áreas administrativas, áreas operativas,
instalaciones, maquinaria y equipos, a fin de reforzar la gestión preventiva.
k. Considerar las circunstancias e investigar las causas de todos los incidentes,
accidentes y de las enfermedades ocupacionales que ocurran en el lugar de trabajo,
emitiendo las recomendaciones respectivas para evitar su repetición.
l. Verificar el cumplimiento y eficacia de sus recomendaciones para evitar la repetición
de los accidentes y la ocurrencia de enfermedades profesionales.
m. Hacer recomendaciones apropiadas para el mejoramiento de las condiciones y el
medio ambiente de trabajo, velar porque se lleven a cabo las medidas adoptadas y
examinar su eficiencia.
n. Analizar y emitir informes de las estadísticas de los incidentes, accidentes y
enfermedades ocupacionales ocurridas en el lugar de trabajo, cuyo registro y
evaluación deben ser constantemente actualizados por la unidad orgánica de
seguridad y salud en el trabajo de la organización.
o. Colaborar con los servicios médicos y de primeros auxilios.
p. Supervisar los servicios de seguridad y salud en el trabajo y la asistencia y
asesoramiento al empleador y al trabajador.
q. Reportar a la máxima autoridad de Empresa Peruana de Recaudación S.A.C., la
siguiente información:
q.1. El accidente mortal o el incidente peligroso, de manera inmediata.
q.2. La investigación de cada accidente mortal y medidas correctivas adoptadas dentro de los diez (10) días de ocurrido.
q.3.Las estadísticas trimestrales de accidentes, incidentes y enfermedades
ocupacionales.
q.4. Las actividades trimestrales del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo.
p. Llevar en el Libro de Actas el control del cumplimiento de los acuerdos.
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q. Reunirse mensualmente en forma ordinaria para analizar y evaluar el avance de los
objetivos establecidos en el Programa Anual, y en forma extraordinaria para analizar
accidentes que revistan gravedad o cuando las circunstancias lo exijan.
r. Colaborar con los Inspectores de Trabajo de la autoridad competente o
fiscalizadores autorizados cuando efectúen inspecciones a las instalaciones de la
empresa.
s. El Comité tiene carácter promotor, consultivo y de control en las actividades
orientadas a la prevención de riesgos y protección de la salud de los trabajadores.
t. Propiciar la participación activa de los trabajadores y la formación de estos, con
miras a lograr una cultura preventiva de seguridad y salud en el trabajo, y promover
la resolución de los problemas en dicha materia.
u. Solicitar asesoría de la autoridad competente en seguridad y salud en el trabajo
para afrontar problemas relacionados con la prevención de riesgos en el trabajo, de
acuerdo a las disposiciones legales vigentes.
v. Garantizar que todos los nuevos trabajadores reciban una formación, instrucción y
orientación adecuada en materia de seguridad y salud en el trabajo.
ORGANIZACIÓN DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Artículo 11º .- Para el cumplimiento de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, el
Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo de Empresa Peruana de Recaudación
S.A.C. estará organizado de la siguiente manera:
a. Conformado paritariamente por OCHO (08) trabajadores de Empresa Peruana de
Recaudación S.A.C. a tiempo completo; de la siguiente forma:
❖ Cuatro (04) Representantes titulares y cuatro (04) representantes suplentes,
designados por el Representante Legal de la empresa.
❖ Cuatro (04) Representantes titulares y cuatro (04) representantes suplentes
elegidos por los trabajadores.
Organigrama del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo:
Empresa Peruana de Recaudación S.A.C. tiene el siguiente organigrama funcional del
Comité:
PRESIDENTE
SECRETARIO
MIEMBROS REPRESENTANTES
DEL EMPLEADOR
MIEMBROS REPRESENTANTES
DE LOS TRABAJADORES
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PROGRAMA ANUAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Artículo 12º .- El Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo aprobará el Programa
Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo de Empresa Peruana de Recaudación
S.A.C. Este programa será elaborado por un profesional en seguridad y salud en el
trabajo; deberá estar en relación a los objetivos contenidos en el presente reglamento y
a los otros elementos que garanticen un trabajo en forma preventiva y sistemática contra
los riesgos existentes en el centro de trabajo.
Luego de haber analizado y seleccionado los objetivos, acciones, recursos y otros
elementos, el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo aprobará el cronograma del
mismo, estableciendo los mecanismos de seguimiento para el cumplimiento del
mencionado programa. Empresa Peruana de Recaudación S.A.C. prestará el apoyo
para la ejecución del programa anual de seguridad y salud en el trabajo.
La gestión y establecimiento del Programa anual de Seguridad y Salud en el Trabajo
comprenderá a toda la organización, los trabajos contratados y subcontratados. Es parte
del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo de Empresa Peruana de
Recaudación S.A.C.
El Programa Anual de Seguridad y Salud contendrá, entre otros aspectos, lo siguiente:
a. Metas cuantificables cuyos resultados permitirán apreciar su progreso o deterioro.
Una de dichas metas será la de reducir permanentemente los índices de frecuencia,
severidad de los accidentes, así como la incidencia de enfermedades
ocupacionales, las cuales deberán ser presentadas con el mayor detalle posible. El
programa será evaluado permanentemente y los resultados serán registrados y
estarán a disposición de las partes interesadas.
b. El planeamiento, organización, dirección, ejecución y control de las actividades
encaminadas a identificar, evaluar, reconocer, especificar lineamientos y registrar
todas aquellas acciones, omisiones y condiciones de trabajo que pudieran afectar
la salud o la integridad física de los trabajadores, daños a la propiedad, o
degradación del ambiente de trabajo.
c. El número de monitoreos ocupacionales, los cuales se realizarán según el análisis
de riesgo en el ambiente de trabajo de cada labor y a nivel de grupos de exposición
similar (trabajadores), considerando los agentes físicos, químicos, biológicos,
ergonómicos y otros factores a los que estén expuestos.
d. Cronograma de ejecución y presupuesto aprobado y financiado por Empresa
Peruana de Recaudación S.A.C. que comprenderá a todos los trabajadores.
MAPA DE RIESGOS
Artículo 13º .- El Mapa de Riesgos consiste en una representación gráfica a través de
símbolos de uso general o específicos, que indican la exposición a los diferentes
factores de riesgo, de acuerdo a la información recopilada en análisis, evaluaciones y
mediciones de riegos presentes, con el cual se facilitará el control y seguimiento de los
mismos, mediante la implantación de programas de prevención.
La periodicidad de la formulación del Mapa de Riesgos estará en función de los
siguientes factores: tiempo estimado para el cumplimiento de las propuestas de mejoras,
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situaciones críticas, disponibilidad documentaria, modificaciones en los procesos,
nuevas tecnologías, entre otros.
Con el asesoramiento de un especialista de seguridad y salud en el trabajo, el Mapa de
Riesgos es una herramienta participativa y necesaria para llevar a cabo las actividades
de localizar, controlar, dar seguimiento y representar en forma gráfica, los agentes
generadores de riesgos que ocasionan accidentes, incidentes peligrosos, otros
incidentes y enfermedades ocupacionales en el trabajo.
IMPLEMENTACIÓN DE REGISTROS Y DOCUMENTACIÓN DEL SISTEMA DE
GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Artículo 14º .- Para la evaluación permanente del Sistema de Gestión de Seguridad y
Salud en el Trabajo, Empresa Peruana de Recaudación S.A.C. contará con los
siguientes registros y procedimientos:
a. El registro de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales, incidentes
peligrosos y otros incidentes, en el que deben constar la investigación y las medidas
correctivas adoptadas (a cargo del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo).
b. El registro de exámenes médicos ocupacionales (a cargo del Servicio Médico).
c. El registro del monitoreo de agentes físicos, químicos, biológicos, psicosociales y
factores de riesgo Disergonómicos (a cargo del Comité de Seguridad y Salud en el
Trabajo).
d. El registro de inspecciones internas de seguridad y salud en el trabajo (a cargo del
Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo)
e. Registro de estadísticas de seguridad y salud (a cargo del Comité de Seguridad y
Salud en el Trabajo).
f. El registro de inspección de equipos de seguridad o emergencia (a cargo del Comité
de Seguridad y Salud en el Trabajo).
g. Registro de inducción, capacitación, entrenamiento y simulacros de emergencia (a
cargo del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo y la Jefatura de Recursos
Humanos).
h. Registro de Auditorias.
i. Fichas de salud aplicadas a todos los trabajadores de la empresa para registro del
área de Recursos Humanos.
Los registros mencionados deberán estar codificados para su control y ubicación
inmediata.
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS SUBCONTRATISTAS Y
PROVEEDORES
Artículo 15º .- Los contratistas, subcontratistas y proveedores de Empresa Peruana
de Recaudación S.A.C., son responsables de la salud y seguridad de sus trabajadores,
y están obligados a dar cumplimiento a lo establecido en el presente reglamento, siendo
responsables de:
a. Cumplir con los dispositivos legales vigentes, así como con el presente Reglamento
de Seguridad y Salud en el Trabajo.
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b. Proporcionar capacitación y equipo de protección personal en la cantidad y calidad
requeridas por la actividad que sus trabajadores desarrollan.
c. Suministrar a sus trabajadores el Seguro Complementario de Trabajo de Alto
Riesgo (SCTR), cuando la actividad y función del trabajador sea clasificada como
una actividad de alto riesgo; para la cobertura de accidentes de trabajo y
enfermedades ocupacionales.
d. Contar con un responsable de Seguridad y Salud en el Trabajo, que deberá
acreditar conocimientos y experiencia en la materia, quien coordinará con el Comité
de Seguridad y Salud en el Trabajo de Empresa Peruana de Recaudación S.A.C.
e. Informar inmediatamente al Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo de Empresa
Peruana de Recaudación S.A.C. cuando ocurra un accidente de trabajo del
personal a su cargo.
f. Ejecutan los servicios solicitados deberán ejecutarse en horarios previamente
coordinados y que no incomoda o perjudique a los trabajadores.
Artículo 16º .- El área de Administración y Finanzas deberá verificar que los
contratistas que vayan a ejecutar obras en las instalaciones de la empresa acrediten la
contratación de una póliza de seguros contra accidentes para sus trabajadores.
MOTIVACIONES Y SANCIONES
Artículo 17º .- De las Motivaciones
Los trabajadores de Empresa Peruana de Recaudación S.A.C. que contribuyan con
la mejora de la gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo recibirán reconocimientos,
considerando los siguientes factores:
a. Cumplimiento de los estándares de Seguridad y Salud en el Trabajo.
b. Número de condiciones de riesgo e incidentes identificados y comunicados.
c. Identificación de las causas que originaron los incidentes.
d. Número de alternativas de solución presentadas. Para ello se establecerán los
lineamientos respectivos.
Artículo 18º .- De las Infracciones
a. Son infracciones al Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo los
incumplimientos de las normas, dispositivos o estándares definidos en el presente
reglamento.
b. Todas las infracciones son objeto de sanción, previo procedimiento disciplinario, y
se clasifican de acuerdo con el tipo de incumplimiento y cantidad de trabajadores
afectados en: leves, graves y muy graves.
c. Se considera como Infracción Leve lo siguiente:
1. La falta de orden y limpieza del ambiente de trabajo, que no implique riesgo
para la integridad física o salud de los trabajadores.
2. No reportar oportunamente los incidentes.
3. No asistir a las capacitaciones programadas en materia de seguridad y salud
en el trabajo.
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d. Se considera como Infracciones Graves las siguientes:
1. Obstaculizar o impedir el desarrollo y aplicación del programa de Seguridad y
Salud en el Trabajo.
2. No informar a los trabajadores de los riesgos a que están expuestos durante la
ejecución de su labor.
3. No asistir a los exámenes médicos programados de carácter obligatorio.
4. No adoptar las disposiciones, recomendaciones y medidas correctivas en
Seguridad y Salud en el Trabajo.
5. No entregar a los trabajadores los equipos de protección personal (EPP).
6. Asignar trabajos a personal que no posea la calificación adecuada.
7. No supervisar o no disponer la supervisión de los trabajos de riesgos
significativos.
8. No utilizar los equipos de protección personal (EPP), o hacerlo de forma
inadecuada.
9. Obstaculizar las funciones del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo.
e. Se considera como Infracción Muy Grave lo siguiente:
1. Cualquier acto de imprudencia o negligencia que cause la muerte o lesión de
un trabajador.
2. Proporcionar información inexacta de forma deliberada durante el proceso de
análisis e investigación de un accidente o incidente peligroso.
3. No paralizar ni suspender de forma inmediata los trabajos con riesgo inminente
o reanudarlos sin haber subsanado previamente las causas que motivaron
dicha paralización.
4. Malograr, alterar o perjudicar, ya sea por negligencia u omisión, cualquier
sistema, equipo o implemento de trabajo y/o deteriorar la edificación o
infraestructura.
Artículo 19º .- De las sanciones
Los infractores del presente reglamento podrán ser sancionados por la organización de
acuerdo a la infracción incurrida, previo acuerdo logrado en el seno del Comité de
Seguridad y Salud en el Trabajo.
a. Las sanciones al personal de la organización serán las siguientes:
a.1 Amonestación verbal para infracciones leves.
a.2 Amonestación escrita por reincidencia de una infracción leve o la incurrencia en una infracción grave.
a.3 Suspensión y/o despido en atención a las disposiciones legales vigentes, en caso de reincidencia de una infracción grave o la ocurrencia de una infracción muy grave.
b. Las sanciones al personal de empresas contratistas, serán impuestas por su
empresa, previa recomendación del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo de
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c. A los proveedores y visitantes que infrinjan el presente reglamento se les deberá
hacer un llamado de atención verbal y en caso de reincidencia se prohibirá su
ingreso a las instalaciones de la organización.
Artículo 20º .- Las sanciones a la que se refiere el artículo anterior son sin perjuicio de
la responsabilidad civil o penal que originen los actos sancionados. Responsabilidades
que se establecerán y penalizarán conforme a las leyes respectivas.
CAPÍTULO V. ESTÁNDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LOS LUGARES
DE TRABAJO
ESTÁNDARES DE SEGURIDAD
Artículo 21º .- Disposiciones Generales de Seguridad y Salud en el Trabajo
a. Mantener el orden y limpieza de su lugar de trabajo.
b. Mantener los pasadizos libres de obstáculos para el libre tránsito de las personas.
c. No fumar en los lugares prohibidos.
d. Almacenar los materiales de limpieza en lugares establecidos y señalados.
e. Mantener libre de obstáculos el acceso a los equipos de emergencia, tales como,
extintores, estaciones manuales contra incendios, camillas, etc.
f. Cumplir y respetar lo indicado en las señales de seguridad.
PREVENCIÓN DE RIESGOS ERGONÓMICOS
Artículo 22º .- Manipulación manual de cargas
a. No permitir el transporte de carga manual, para un trabajador cuyo peso es
susceptible de comprometer su salud o su seguridad.
b. Cuando las cargas sean mayores de 25 Kg. para los varones y 15 Kg. para las
mujeres, Empresa Peruana de Recaudación S.A.C. favorecerá la manipulación
de cargas utilizando ayudas mecánicas apropiadas.
c. Se deberá reducir las distancias de transporte de carga, tanto como sea posible.
d. Se deberá evitar manejar cargas subiendo escaleras.
e. No se permitirá la manipulación de cargas a mujeres embarazadas.
f. Todo trabajador al que le sea asignado realizar transporte manual de cargas,
recibirá formación adecuada o instrucciones precisas en cuanto a las técnicas de
manipulación que deben utilizarse, con el fin de salvaguardar la salud y la
prevención de accidentes.
Artículo 23º .- Postura corporal en los puestos de trabajo
Los trabajos que se realizan en posición sentada deben de cumplir los siguientes
requisitos mínimos:
a. El mobiliario estará diseñado para ser adaptado y permitir la utilización por la
mayoría de los usuarios.
b. Se deben evitar las restricciones de espacio o la colocación de objetos que impidan
el libre movimiento de los miembros inferiores.
c. Se incentivarán los ejercicios de estiramiento en el ambiente laboral.
d. Las sillas deben cumplir con los requisitos mínimos de confort ergonómico.
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e. Se realizarán revisiones periódicas y mantenimiento a las sillas con la finalidad de
que cumplan con las condiciones necesarias.
Artículo 24º .- Equipos y herramientas en los trabajos de mantenimiento
Todos los equipos y herramientas que se utilizan en los trabajos de mantenimiento
deben de estar adaptados a las características físicas y mentales de los trabajadores, y
a la naturaleza del trabajo que se está realizando.
Las herramientas se seleccionarán de acuerdo a los siguientes criterios:
a. Son adecuadas para las tareas que se están realizando.
b. Se ajustan al espacio disponible en el trabajo.
c. Reducen la fuerza muscular que se tiene que aplicar.
d. Se ajustan a la mano y todos los dedos circundan el mango.
e. Pueden ser utilizadas en una postura cómoda de trabajo.
f. No causan presión de contacto dañino ni tensión muscular.
g. No causan riesgos de seguridad y salud.
Todos los trabajadores asignados a utilizar las herramientas de trabajo recibirán
formación adecuada e instrucciones precisas en cuanto a las técnicas de utilización que
deben realizarse, con el fin de salvaguardar la salud y la prevención de accidentes
Artículo 25º .- Equipos informáticos en los puestos de trabajo.
Los equipos informáticos utilizados en el trabajo deberán observar las siguientes
características:
a. Los equipos deben de tener condiciones de movilidad suficientes para permitir el
ajuste hacia el trabajador.
b. Las pantallas deben de tener protección contra reflejos, parpadeos y
deslumbramientos. Deberán tener regulación en altura y ángulos de giro.
c. Las pantallas deben ser ubicadas de tal forma que la parte superior se encuentre
ubicada a la misma altura que los ojos, dado que lo óptimo es mirar hacia abajo
en vez que hacia arriba.
d. Las pantallas se colocarán a una distancia no superior del alcance de los brazos,
antebrazos y manos extendidas, tomada cuando la espalda está apoyada en el
respaldar de la silla. De esta manera se evita la flexo extensión del tronco.
e. El teclado debe ser independiente y tener la movilidad que permita al trabajador
adaptarse a las tareas a realizar, debe estar en el mismo plano que el ratón para
evitar la flexo extensión del codo.
f. Proporcionar un apoyo adecuado para los documentos (atril), que podrá ajustarse
y proporcionar una buena postura, evitando el frecuente movimiento del cuello y
la fatiga visual.
Artículo 26º .- Condiciones ambientales de trabajo
a. Las condiciones ambientales de trabajo deben ajustarse a las características
físicas y mentales de los trabajadores, y a la naturaleza del trabajo que se está
realizando.
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b. Se tomará en cuenta el tiempo de exposición al ruido, según corresponda y señale
la RM Nº 375-2008-TR.
c. En todos los lugares de trabajo habrá una iluminación homogénea y bien
distribuida, sea del tipo natural o artificial, de acuerdo con la naturaleza de la
actividad, de tal forma que no sea un factor de riesgo para la salud de los
trabajadores al realizar sus actividades.
Artículo 27º .- Organización del Trabajo
La organización del trabajo será adecuada a las características físicas y mentales de los
trabajadores y la naturaleza del trabajo que se esté realizando.
La organización del trabajo o tareas cumplirán los siguientes requisitos mínimos:
a. Impulsar un clima de trabajo adecuado, definiendo claramente el rol que le
corresponde y las responsabilidades que deberá cumplir cada uno de los
trabajadores.
b. Establecer un ritmo de trabajo adecuado que no comprometa la salud y seguridad
del trabajador.
c. Proporcionar capacitación y entrenamiento para el desarrollo profesional.
d. Incluir las pausas para el descanso
e. Los lugares de trabajo contarán con sanitarios separados para hombres y mujeres,
los cuales, en todo momento, estarán limpios e higiénicos.
PREVENCIÓN DE RIESGOS EN INSTALACIONES
Artículo 28º .- Estándares de seguridad en las oficinas:
a. Usar ropa de trabajo adecuada, acorde con la naturaleza del trabajo.
b. No colocar cerca de los bordes de escritorios o mesas artefactos como: teléfonos,
máquinas y/o equipos de oficina.
c. Desconectar los equipos eléctricos antes de limpiarlos.
d. No limpiar las máquinas con líquidos inflamables.
e. Si alguna máquina o equipo eléctrico produce chispas, humo o choque eléctrico,
desconectar e informar rápidamente.
f. No dejar las gavetas de los escritorios abiertas, se deberán cerrar inmediatamente
después de haberlas usado.
g. Evitar inclinarse hacia atrás en las sillas.
h. Solicitar ayuda en caso de mover equipos o muebles pesados.
i. No manipular con las manos húmedas los artefactos eléctricos.
j. Evitar colocar en el piso los cables eléctricos o de teléfono sin protección.
k. Guardar en gavetas los lápices afilados, cortapapeles, tijeras, alfileres y otros
objetos punzantes.
l. Desconectar los equipos de ventilación, calefactores, hervidores, máquinas de
preparar café entre otros, al finalizar la jornada de trabajo.
m. El trabajador es responsable del cuidado de los bienes y recursos que la
organización le entregue.
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Artículo 29º .- Limpieza de los puestos de trabajo:
a. Los trabajadores antes de finalizar la jornada de trabajo deberán dejar limpios y
ordenados sus puestos de trabajo.
b. Al término de la jornada diaria, toda documentación deberá ser guardada por el
usuario. La parte superior de los escritorios y muebles de los trabajadores deberán
quedar ordenados.
c. La limpieza y mantenimiento de equipos, paredes, techos, lunas de ventanas, etc.,
se efectuará periódicamente.
d. La organización brindará a los trabajadores un ambiente propicio para desarrollar
sus labores habituales, dotando el lugar de las medidas de higiene y orden, con la
finalidad de que no afecte la salud y la integridad física de sus trabajadores
Artículo 30º .- Estándares de seguridad en archivos:
a. Utilizar obligatoriamente equipos de protección personal según la actividad a
realizar.
b. No obstruir vías de evacuación.
c. Delimitar y señalizar las zonas de trabajo.
d. No fumar.
e. Lavarse las manos antes y después de cada tarea.
f. No colocar documentos sobre el techo de la estantería.
g. Apagar los equipos eléctricos luego de culminar la jornada laboral.
MUJERES GESTANTES O EN PERÍODO DE LACTANCIA
Artículo 31º .- Labores de mujeres gestantes o en período de lactancia
a. Las mujeres trabajadoras en período de gestación o lactancia no deberán
exponerse a riesgos que afecten su salud o que puedan afectar el desarrollo
normal del feto o del recién nacido, derivado de exposiciones a agentes físicos,
químicos, biológicos y/o ergonómicos.
b. Las trabajadoras deberán comunicar inmediatamente a la jefatura de Recursos
Humanos sobre su estado de gestación, para que puedan tomar las medidas
preventivas necesarias en cada uno de los casos.
c. Las mujeres gestantes están prohibidas de cargar pesos.
d. Las mujeres gestantes o en período de lactancia no deberán exponerse a cambios
bruscos de temperatura.
INSTALACIONES CIVILES
Artículo 32º .- Condiciones de Seguridad en las instalaciones de la Empresa
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a. Se verificará que todas las oficinas estén dentro de una construcción segura y firme
para evitar el riesgo de desplome y que reunirán cuando menos, las exigencias
mínimas que determinen los reglamentos de construcción y las normas técnicas
respectivas.
b. Los techos deberán tener suficiente resistencia para soportar la suspensión de
carga.
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c. Los cimientos y pisos deberán tener suficiente resistencia para sostener con
seguridad las cargas para las cuales han sido calculadas, y no serán
sobrecargados.
Artículo 33º .- Requisitos de espacio
Las oficinas de trabajo de Empresa Peruana de Recaudación S.A.C. cumplirán con lo
establecido en el Reglamento Nacional de Edificaciones.
Artículo 34º .- Ocupación del piso y lugares de tránsito
a. En ningún local de trabajo se acumulará maquinaria y/o materiales en los pisos, de
tal modo que resulte peligroso para los trabajadores.
b. Los lugares de tránsito estarán libres de todo tipo de obstáculos, tales como
materiales, insumos, entre otros, con lo que los trabajadores puedan tropezar o
dificultar su desplazamiento.
c. En condiciones normales, los pisos, los escalones y descansos no serán
resbaladizos ni construidos con materiales que, debido al uso, lleguen a serlo.
d. En las escaleras, rampas, plataformas de ascensores y lugares semejantes, donde
los resbalones pueden ser especialmente peligrosos, se colocarán superficies
antirresbaladizas.
e. Los lugares de tránsito estarán libres de desperfectos, protuberancias u
obstrucciones con los que pueda correrse el riesgo de tropezar.
Artículo 35º .- Aberturas en pisos y paredes
a. Las aberturas en los pisos, por donde una persona pueda transitar accidentalmente,
estarán resguardadas y señalizadas con barandas permanentes en todos los lados
expuestos, o por cubiertas metálicas o de concreto de resistencia adecuada.
b. Las barandas estarán instaladas de forma permanente y sólida y serán de madera
u otros materiales con suficiente resistencia. Asimismo, tendrán por lo menos 0.90
metros desde la parte superior al nivel del piso.
Artículo 36º .- Escaleras
a. Las escaleras cumplirán con lo establecido en el Reglamento Nacional de
Edificaciones.
b. Todas las escaleras que tengan más de tres peldaños se protegerán con barandas
en todo lado abierto; y las que fueran encerradas, llevaran por lo menos un
pasamano al lado derecho descendiendo.
Artículo 37º .- Ascensores
a. Empresa Peruana de Recaudación S.A.C. será responsable de gestionar el
debido mantenimiento y conservación de los ascensores, así como de las
inspecciones periódicas a que deben estar sujetos, por personal competente a fin
de mantenerlos en condiciones seguras de trabajo.
b. Los ascensores, deberán ser suficientemente resistentes y seguros y llevarán en
forma notoriamente visible una indicación de la carga máxima que pueden soportar.
Las puertas de acceso en los diferentes pisos de los ascensores deberán ser
adecuadamente protegidas y dispondrán de dispositivos que aseguren la
imposibilidad de su apertura, mientras la cabina no se halle a nivel del piso
correspondiente a la respectiva puerta de acceso.
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Artículo 38º .- Áreas comunes
a. Los pasadizos estarán nivelados, para facilitar la seguridad del tránsito de personas,
materiales, equipos, entre otros.
b. Las canaletas, pozos y otras aberturas peligrosas, estarán cubiertas y estarán
aisladas.
c. La puerta de ingreso y salida de trabajadores y público en general solo debe usarse
para el tránsito de estos.
d. El acceso al estacionamiento será utilizado exclusivamente para el ingreso y salida
de vehículos.
Artículo 39º .- Iluminación y colores
a. Empresa Peruana de Recaudación S.A.C. dotará de una iluminación natural o
artificial adecuada a todas sus instalaciones. Según sea el caso, mantendrá limpio
los vidrios de las ventanas para procurar siempre una adecuada iluminación.
b. Todos los lugares, y en general los espacios interiores de la organización, estarán
provistos de iluminación artificial cuando la natural sea insuficiente.
c. Las paredes serán de colores claros que reflejen cuando menos el 50% de la luz
incidente, evitándose aquellos colores que por claridad pueden dar efectos de
deslumbramiento.
d. La iluminación artificial tendrá una intensidad uniforme y adecuada, y se distribuirá
de tal manera que en cada lugar donde se efectué una labor no se proyecten
sombras o posibilidad de lesión a la vista de los trabajadores.
Artículo 40º .-Temperatura, suministro de aire, evacuación/eliminación de
gases.
a. En los locales cerrados, se mantendrá una temperatura adecuada al tipo de trabajo
que se ejecute.
b. Todas las emanaciones de gases o polvo, producidas o desprendidas serán
extraídos en lo posible de su lugar de origen y no se permitirá que se dispersen en
el ambiente de trabajo.
c. En el local de trabajo se mantendrá por medio natural y/o artificial, condiciones
ambientales adecuadas para evitar el insuficiente suministro de aire; aire detenido
o viciado y corrientes de aire dañinas.
d. En los lugares de trabajo, en que por la naturaleza de la actividad que se realiza,
sea necesario mantener las ventanas o puertas cerradas durante el trabajo, se
preverá de un sistema mecánico de ventilación que asegure la evacuación del aire
viciado y la introducción del aire fresco.
Artículo 41º .- Agua y desagüe, tanques y cisternas
a. Empresa Peruana de Recaudación S.A.C. garantizará el suministro de agua para
ser utilizado en los servicios higiénicos y para el consumo humano.
PELIGROS DEL USO DE LA CORRIENTE ELÉCTRICA
Artículo 42º .- Conductores eléctricos
Los cables eléctricos deberán:
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a. Estar protegidos con una cubierta de caucho duro u otro material equivalente.
b. Conservarse en buenas condiciones, especialmente en lo que concierne a
aislamiento, enchufes y demás conexiones que incluya puntos de tierra.
c. Tener el aislamiento y/o revestimiento aislante que cumpla con lo establecido en las
normas vigentes.
d. Encontrarse adecuadamente ordenados. Aquellos conductores que signifiquen
peligro (corto circuito o riesgo de choque eléctrico) por su deterioro, deben ser
inmediatamente reemplazados o reparados.
REALIZACIÓN DE TRABAJOS DE RIESGO
Artículo 43º .- Trabajos realizados en altura.
Al realizar trabajos en una altura mayor de 1.80 m., se usará un sistema de prevención
y protección para evitar las caídas siendo este un anclaje, una cuerda de seguridad y
un arnés y/u otros implementos de seguridad.
Artículo 44º .- Trabajos en caliente.
a. Solo efectuarán trabajos en caliente el personal competente y calificado.
b. El área donde se efectúe el trabajo en caliente y el adyacente, estarán libres de
cualquier material inflamable.
c. Antes de realizar cualquier trabajo en caliente se contará con un extintor a la mano
para cualquier riesgo y el personal deberá estar atento a su utilización.
d. Se deberá aislar el material próximo a la zona de trabajo.
Artículo 45º .- Escaleras de mano
a. Las escaleras se mantendrán siempre en buenas condiciones y serán
inspeccionadas regularmente por personas competentes.
b. No se deberán emplear las escaleras de pasos que tengan más de 6 m. de altura.
c. No se utilizarán escaleras de mano que tengan rajaduras o que les falten peldaños.
d. No situar la escalera detrás de una puerta que previamente no se ha cerrado.
e. Se recomienda emplear escaleras para alcanzar los niveles de los anaqueles que
tengan más de 1,80 m de altura.
f. Los peldaños deben tener superficie antideslizante y deben estar limpias.
EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL
(Este capítulo solo es aplicable al personal bajo cualquier modalidad de
contratación que deben usar equipos de protección personal).
Artículo 46º .- Ropa de trabajo y otros
a. Para seleccionar la ropa de trabajo se tomará en consideración los riesgos a los
cuales el trabajador está expuesto.
b. No se usarán prendas de vestir sueltas, desgarradas o rotas, ni corbatas, ni
cadenas de llaveros cerca de maquinarias y/o equipos en movimiento.
c. Es obligación del personal contratista el uso de la ropa de trabajo y/o uniforme, que
proporciona la empresa contratista, mientras dure la jornada de trabajo.
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Artículo 47º .- Otras protecciones específicas
a. Protección de la vista
a1. Todos los trabajadores que ejecuten cualquier operación/manipulación que
pueda poner en peligro sus ojos (ejemplo: proyección de partículas o
salpicaduras), dispondrán de protección apropiada.
a2. Los anteojos o gafas protectoras serán de armadura o montura de material
metálico o plástico; los lentes transparentes serán de cristal o plástico neutros,
libre de burbujas, ondulaciones u otros defectos.
a3. Las pantallas o viseras estarán libres de rayas, estrías, ondulaciones y serán
de tamaño adecuado para proteger al trabajador.
a4. En los trabajos de soldadura se usarán las máscaras o pantallas de soldar, con
lunas de cristal oscuro, que protejan de los rayos infrarrojos y ultravioletas,
protegidos por otro cristal transparente.
b. Protección de los oídos
b1. En cuanto a los trabajos o a las tareas, debe tomarse en cuenta el tiempo de
exposición al ruido, según los niveles de exposición permitidos. onde el nivel
de ruido sobrepase el límite de exposición permisible, será obligatorio el uso de
protectores auditivos.
b2. Cuando los protectores auditivos no sean utilizados por el trabajador, estos
deberán conservarse en lugares cerrados, protegiéndolos contra daños
mecánicos y contaminación.
c. Protección de las vías respiratorias
Los equipos protectores del aparato respiratorio reunirán los siguientes requisitos
y condiciones:
c1. Serán apropiados al tipo de riesgo.
c2. Serán ajustados al entorno facial.
c3. Se mantendrá especial cuidado en su conservación.
d. Protección de las extremidades superiores
d1. Los guantes de cuero para trabajadores que manipulen objetos con bordes
agudos o abrasivos deberán estar confeccionados de cuero o lona, u otro
material adecuado.
d2. Los guantes de las personas encargadas de trabajos eléctricos serán de la
protección apropiada al riesgo eléctrico.
d3. En las labores de soldadura se emplearán guantes, mangas protectoras de
amianto u otro material apropiado resistente al calor.
e. Protección de las extremidades inferiores
e1. En las labores en donde exista riesgo de caída de objetos contundentes (piezas
metálicas, moldes, objetos de altura) se dotará a los trabajadores expuestos de
calzado de seguridad con puntera de metal. Otro tipo de calzado será
entregado de acuerdo con la necesidad de protección del trabajador.
e2. El calzado asignado a los trabajadores a cargo de trabajos eléctricos será de
suela aislante y no contendrá elemento metálico alguno.
Todos los elementos de protección mencionados anteriormente deberán contar con una
revisión constante por parte de la(s) área(s) responsable(s).
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INVESTIGACIÓN DE INCIDENTES Y ACCIDENTES DE TRABAJO
ACCIDENTES DE TRABAJO
Artículo 48º .- Se considera accidente de trabajo a toda lesión orgánica o funcional
que en forma violenta o repentina sufran los trabajadores, debido a causas externas a
la víctima, al esfuerzo realizado por ésta y que origine una reducción temporal o
permanente en su capacidad de trabajo o produzca su fallecimiento.
Asimismo, se considera accidente de trabajo:
a) El que sobrevenga al trabajador en la ejecución de órdenes del empleador, aún fuera
del lugar y las horas de trabajo.
b) El que sobrevenga antes, durante y en las interrupciones del trabajo, si el trabajador
se hallase por razón de sus obligaciones laborales, en el lugar de trabajo en los
locales de Empresa Peruana de Recaudación S.A.C.
c) El que sobrevenga por acción de tercera persona o por acción del empleador o de
otro trabajador durante la ejecución del trabajo.
Artículo 49º .- Los accidentes de trabajo serán catalogados como:
a. Accidentes leves.
b. Accidentes incapacitantes, que se tipificarán en:
b1. Total temporal, cuando la lesión genera en el accidentado imposibilidad total
de utilizar su organismo. Se otorgará tratamiento médico hasta su plena
recuperación.
b2. Parcial temporal, cuando la lesión genera en el accidentado la imposibilidad
parcial de utilizar su organismo. Se otorgará tratamiento médico hasta su
plena recuperación.
b3. Parcial permanente, Cuando la lesión genera la pérdida parcial de un
miembro u órgano o de las funciones del mismo.
b4. Total permanente, Cuando la lesión genera la pérdida anatómica o funcional
total de un miembro u órgano; o de las funciones de este. Se considerará a
partir de la pérdida del dedo meñique.
c. Accidentes fatales.
FACTORES TÉCNICOS (FT), FACTORES HUMANOS (FH) FACTORES
ORGANIZACIONALES (FO) EN LAS CAUSAS DE LOS ACCIDENTES
Artículo 50º .- Dentro de los factores técnicos se tomarán en cuenta:
a. El agente u objeto defectuoso relacionado con el accidente.
b. La parte del agente que produce el accidente; y
c. Las condiciones físicas y mecánicas que contribuyeron a que ocurriera el accidente.
d. Protecciones y resguardos inadecuados.
e. Equipo de protección inadecuada.
f. Herramientas, equipos o material defectuoso.
g. Peligro de explosión o incendio.
h. Exposiciones a ruidos.
i. Iluminación excesiva o deficiente.
j. Ventilación insuficiente.
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Artículo 51º .- Los factores humanos son las omisiones o faltas a un método de trabajo
establecido, por parte del trabajador ya sea por negligencia o por una característica
mental o física del individuo, dentro de estos casos se tomarán en cuenta:
a. Trabajar en maquina a velocidades inseguras.
b. Usar equipo inseguro, usar las manos en lugar del equipo o herramienta.
c. Realizar labores de mantenimiento con equipos defectuosos.
d. Operar equipos sin autorización.
e. No señalar o advertir.
f. Fallar en asegurar adecuadamente.
g. Operar a velocidad inadecuada.
h. Poner fuera de servicio los dispositivos de seguridad.
i. Usar equipos defectuosos, inseguros, usar las manos en lugar del equipo o
herramienta.
j. Hacer bromas pesadas. Distraer a un compañero de trabajo.
k. Almacenar de manera incorrecta.
l. No utilizar los implementos de seguridad asignados para el trabajo.
m. Realizar labores de mantenimiento con el equipo funcionando.
Artículo 52º .- Los factores organizacionales están en relación con la forma como se
organiza el trabajo y la Gestión de Seguridad y Salud en la empresa, donde se
considerará lo siguiente:
a. Capacitación deficiente.
b. Fallas en la comunicación.
c. Objetivos incompatibles.
d. Ausencia o deficiencia de los procedimientos de trabajo.
e. Fallas en el mantenimiento de equipos y herramientas.
f. Fallas en la identificación de peligros y valoración del riesgo.
g. Deficiencia en los controles establecidos.
h. Deficiencia en el diseño de sistemas y equipos.
i. Ausencia o deficiencia en la Gestión del cambio.
j. Fallas en la Gestión de contratistas.
k. Cultura Organizacional.
INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES
Artículo 53º .- Fundamentos
La investigación de un accidente o de alguna ocurrencia, tendrá como fin descubrir las
causas básicas que generan los accidentes, a fin de evitar otros accidentes que puedan
llegar a pasar por causas similares.
La investigación de todos los accidentes e incidentes contribuye a la identificación de
las causas básicas, acciones correctivas y controles preventivos.
Artículo 54º .- Investigación de accidentes
El Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo de Empresa Peruana de Recaudación
S.A.C., considerará las circunstancias e investigará las causas de todos los incidentes,
accidentes y de las enfermedades ocupacionales que ocurran en el lugar de trabajo,
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emitiendo las recomendaciones respectivas para evitar la repetición de estos; y
verificará el cumplimiento y eficacia de sus recomendaciones para evitar la repetición
de los accidentes y la ocurrencia de enfermedades profesionales.
Artículo 55º .- La recolección de datos de la investigación será mediante el siguiente
procedimiento:
a. Entrevista a testigos y referenciales.
b. Verificación de registros del personal (historial laboral, capacitaciones,
antecedentes médicos, otros)
c. Verificación de condiciones ambientales al momento del incidente (iluminación,
polvo, temperatura, otros)
d. Posición de los equipos y del personal.
e. Gestión Interna (Housekeeping) en el lugar del incidente.
f. Revisión física y testeo de los equipos.
g. Revisión de registros de equipos.
h. Revisión de Manuales.
i. Comparación otros equipos nuevos o similares.
j. Revisión de procedimientos aplicables: IPERC, PETS, ATS, otros.
k. Verificar la actualidad y aplicación de los procedimientos.
l. Disponibilidad de herramientas y equipos de seguridad establecidas.
m. Revisar Roles y Responsabilidades.
n. Supervisión y niveles de dotación.
o. Metas de Producción y seguridad.
p. Auditorias, inspecciones, reportes y registros de incidentes.
Artículo 56º .- Análisis de los datos obtenidos
Una vez obtenidos los datos de las investigaciones de accidentes e incidentes se
realizará el análisis causal del accidente o incidente, mediante la aplicación de una
metodología de investigación que sea acordada por el comité de Seguridad y Salud en
el Trabajo según la complejidad del mismo.
Artículo 57º .- Aprovechamiento de la información
Determinadas las causas y consecuencias se elaborarán los planes de acción para
levantar las acciones correctivas del accidente o incidente, lo cual evitará que este
vuelva a ocurrir.
NOTIFICACIÓN DE LOS ACCIDENTES
Artículo 58º .- Fundamentos
La clave en este proceso es la eliminación de la cultura de asignación de la culpa. La
comunicación a los empleados y gerentes deberá ser abierta y honesta cuando se trate
de informar lo sucedido.
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Artículo 59º .- Procedimiento de notificación
Al colaborador que sufrió el presunto accidente de trabajo se le debe brindar la atención
médica correspondiente, canalizada por parte de Empresa Peruana de Recaudación
S.A.C.
Se notificará a la Jefatura de Recursos Humanos, el presunto accidente de trabajo
y se brindará la atención o direccionamiento médico del accidentado.
El trabajador que sufrió el presunto accidente de trabajo deberá ser atendido en el
centro de salud más cercano.
El lugar donde ocurrió el accidente mortal deberá aislarse hasta que el fiscalizador
de la autoridad competente lo determine.
De ser un accidente incapacitante o mortal se deberá realizar un informe en un
plazo no mayor a diez (10) días, detallando las medidas de acción implementadas.
Las enfermedades ocupacionales serán comunicadas dentro del plazo de cinco
días hábiles de conocido el diagnóstico del profesional médico ocupacional de la
organización.
Artículo 60º .- Los accidentes de trabajo, incidentes peligrosos y enfermedades
ocupacionales se notificarán mediante el empleo del Sistema Informático del Ministerio
de Trabajo y Promoción del Empleo; en el aplicativo electrónico puesto a disposición de
los usuarios en el portal de dicha organización.
REGISTRO DE ACCIDENTES DE TRABAJO
Artículo 61º .- Fundamentos
Los registros de los accidentes de trabajo que ocurran en Empresa Peruana de
Recaudación S.A.C. servirán para evaluar la efectividad de los programas de seguridad
trazados, así como para planificar las futuras actividades.
El Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo contará con los siguientes registros:
a. Accidentes de trabajo.
b. Enfermedades profesionales.
c. Incidentes peligrosos.
Los cuáles serán exhibidos en el procedimiento de inspección laboral y serán archivados
por espacio de diez (10) años posteriores al suceso y cuando un mismo suceso cause
lesiones a más de un trabajador deberá consignarse un registro de accidente de trabajo
por trabajador.
Artículo 62º .- Análisis estadístico de accidentes
El Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo de Empresa Peruana de Recaudación
S.A.C., analizará y emitirá informes de las estadísticas de los incidentes, accidentes y
enfermedades ocupacionales ocurridos en el lugar de trabajo, cuyo registro y evaluación
deberán ser constantemente actualizados.
El análisis tiene por objeto identificar las tendencias repetitivas de las exposiciones a los
riesgos.
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Los datos obtenidos servirán como retroalimentación para efectuar ajustes al Sistema
de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Artículo 63º .- Índice de Frecuencia
Se definirá como Índice de Frecuencia al número de accidentes fatales e incapacitantes
ocurridos en el trabajo por un millón, entre el número de horas hombres trabajados.
Artículo 64º .- Índice de Severidad
Se definirá como Índice de Severidad al total de tiempo perdido por un millón, entre el
número de horas hombres trabajados.
SALUD OCUPACIONAL
Artículo 65º .- La gestión de la salud, deberá incluir:
a. El reconocimiento y evaluación de la salud de los trabajadores con relación a su
exposición a factores de riesgo de origen ocupacional, incluyendo el conocimiento
de los niveles de exposición y emisión de las fuentes de riesgo.
b. El registro de enfermedades ocurridas por exposición ocupacional, descansos
médicos, ausentismo por enfermedades, planes de acción y evaluación estadística
de los resultados.
c. El asesoramiento técnico y participación en materia de control de salud del
trabajador, enfermedad ocupacional, primeros auxilios, atención de urgencias y
emergencias médicas por accidentes de trabajo y enfermedad ocupacional y
Equipos de Protección Personal (EPP).
d. La participación en los Comités de Seguridad y Salud Ocupacional respecto a los
aspectos de salud ocupacional.
e. La promoción de la participación de los trabajadores en el desarrollo e
implementación de actividades de salud ocupacional.
f. El control de riesgos respecto a los agentes físicos, químicos, ergonómicos y
biológicos cuando se supere los límites permisibles.
El Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Empresa Peruana de Recaudación
S.A.C. realizará la identificación de peligros, evaluación y control de riesgos que afecte
la seguridad y salud ocupacional de los trabajadores en sus puestos de trabajo.
IF= Número de accidentes x 1’000,000
Horas hombres trabajadas
IS= Número de días perdidos x 1’000,000
Horas hombres trabajadas
N° de accidentes = Incapacitantes + Fatales
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Artículo 66º .- El Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Empresa Peruana
de Recaudación S.A.C. monitoreará los agentes físicos, químicos, biológicos y
ergonómicos presentes en la operación según la siguiente tabla y tomará las acciones
necesarias a fin de proporcionar la protección adecuada a sus trabajadores, de acuerdo
a los manuales de estándares de seguridad y salud.
Tipos de Agentes Agentes controlados
Físicos Ruido, iluminación y radiaciones
Químicos Polvos, vapores, humos
Biológicos Mohos, bacterias y otros agentes que puedan presentarse en las
labores e instalaciones.
Ergonómicos Diseño del lugar de trabajo, posturas, manipulación manual de
cargas, movimientos repetitivos,
Psicosociales Clima laboral, acoso laboral u hostigamiento en el trabajo
sobrecarga perceptual y mental.
Artículo 67º .- Empresa Peruana de Recaudación S.A.C. realizará exámenes
ocupacionales a sus trabajadores acorde con los riesgos a los que están expuestos en
sus labores.
Artículo 68º .- Los trabajadores se someterán, por cuenta de Empresa Peruana de
Recaudación S.A.C., a los exámenes médicos ocupacionales. Asimismo, la empresa
fijará las fechas de los exámenes médicos anuales y considerará la realización de
aquellos exámenes que el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo recomienden en
base a su identificación de peligros y a la evaluación y control de riesgos.
Artículo 69º .- En la administración de los exámenes médicos ocupacionales se
cumplirá con lo siguiente:
Los trabajadores que requieran un cambio de puesto o retorno al trabajo luego de
un descanso prolongado deberán ser evaluados.
Los resultados de los exámenes médicos ocupacionales deben respetar la
confidencialidad del trabajador, usándose la terminología referida a aptitud, salvo
que lo autorice el trabajador o la autoridad competente.
La historia médica ocupacional de cada trabajador deberá ser registrada y
archivada por Empresa Peruana de Recaudación S.A.C. y estará disponible a las
partes interesadas competentes.
Los exámenes médicos ocupacionales deben ser archivados por la Jefatura de
Recursos Humanos de la Empresa Peruana de Recaudación S.A.C. hasta cinco
(05) años después de finalizar el vínculo laboral con el trabajador. Luego, los
exámenes médicos mencionados serán guardados en un archivo pasivo hasta
cuarenta (40) años en concordancia con la Norma Técnica de Salud para la Gestión
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de la Historia Clínica, de conformidad con la Resolución Ministerial N° 597–2006–
MINSA sus reglamentos y demás modificatorias vigentes aplicables.
ENFERMEDADES OCUPACIONALES
ENFERMEDADES CAUSADAS POR EL AMBIENTE FÍSICO
Artículo 70º .- Ruidos y vibraciones
Ningún personal estará expuesto a más de 85 decibeles. En caso ocurriese lo contrario
se le proveerá el equipo de protección adecuado.
Empresa Peruana de Recaudación S.A.C. realizará la medición de los ruidos en las
áreas donde esté laborando el personal, a través de la evaluación de Higiene Industrial
Anual.
Artículo 71º .- Colores e iluminación
La iluminación en las áreas de trabajo serán las adecuadas a la tarea a realizar.
En el caso de que no hubiera corriente eléctrica, se encontrarán instalados los servicios
de luces de emergencia, el cual se pondrá en servicio en el momento del corte de la
energía eléctrica.
Se utilizarán colores de seguridad para identificar personas, lugares y objetos, a los
efectos de prevenir accidentes.
Las señalizaciones y avisos se colocarán en zonas donde prevengan riesgos. Asimismo,
deberán de conservarse en buenas condiciones de visibilidad, limpiándolas o
repintándolas periódicamente.
Artículo 72º .- Temperaturas y humedad relativa
La exposición del trabajador a situaciones termo ambientales extremas ocasiona
deshidratación, neumonía, agotamiento, insolación, etc.
La temperatura efectiva óptima varía con la estación y es más baja en invierno que en
verano. La zona de comodidad en verano está entre 19° y 24°C. La zona de comodidad
del invierno queda entre 17 y 22°C.
Las zonas de comodidad se encuentran entre 30 y 70% de humedad relativa.
ENFERMEDADES CAUSADAS POR EL AMBIENTE QUÍMICO
Artículo 73º .- Intoxicaciones profesionales
Empresa Peruana de Recaudación S.A.C. asegurará el manejo adecuado de las
sustancias peligrosas desde el momento de la recepción, su uso rutinario dentro de las
actividades y desecho final para salvaguardar la salud ocupacional del trabajador, la
seguridad de las instalaciones y el medio ambiente.
Implementará como requisito obligatorio la presentación de la hoja de seguridad por
parte del proveedor de todo insumo.
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Artículo 74º .- Alergias profesionales
Empresa Peruana de Recaudación S.A.C. instruirá al personal involucrado en el
manejo de las sustancias que puedan provocar alergia mediante charlas y la entrega de
los equipos de protección adecuados.
ENFERMEDADES CAUSADAS POR EL AMBIENTE BIOLÓGICO
Artículo 75º .- Los agentes biológicos causan afecciones a la salud como
enfermedades, infecciones, alergias, dermatitis, etc. y son ocasionadas por hongos,
bacterias, parásitos, etc.
DAÑOS PROFESIONALES
Artículo 76º .- Fatiga
Empresa Peruana de Recaudación S.A.C. para prevenir la presencia de este peligro
elaborará la programación anual de vacaciones de los trabajadores. Por otra parte, se
dará al personal 60 minutos de refrigerio.
SERVICIOS DE BIENESTAR Y OTROS
Artículo 77º .- Servicios de salud preventiva en el trabajo
a. Empresa Peruana de Recaudación S.A.C. realizará todos los esfuerzos necesarios
a fin de llevar a cabo servicios de salud preventiva que sean eficientes y ayuden a la
preservación de la salud y el bienestar de los trabajadores.
b. El servicio médico y los tópicos tendrán los equipos para brindar los primeros auxilios
básicos, en caso de accidentes de trabajo.
c. Se contará con profesional médico ocupacional que permita gestionar la salud
ocupacional en la empresa.
Artículo 78º .- La jefatura de Recursos Humanos se encargará de brindar el apoyo
necesario a los trabajadores para la resolución de sus problemas o la disminución del
impacto sobre su bienestar y llevará a cabo actividades destinadas a motivarlos y a
generar identificación con la empresa.
Artículo 79º .- Servicios Higiénicos
La Empresa Peruana de Recaudación S.A.C. dotará de servicios higiénicos
adecuados y separados para cada sexo. Los servicios higiénicos se mantendrán
permanentemente limpios y desinfectados.
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CAPÍTULO VI - PREPARACIÓN Y RESPUESTA PARA CASOS DE
EMERGENCIA
ORGANIZACIÓN
Artículo 80º .- Organización ante una emergencia
El personal de Empresa Peruana de Recaudación S.A.C., al presentarse una
emergencia, deberá estar preparado para movilizar todos los recursos necesarios en el
tiempo oportuno, con el fin de reducir al mínimo el impacto causado por la emergencia.
La atención de una emergencia, para casos de desastres naturales, inducida o
tecnológica será de acuerdo a los planes emitidos.
1. Apoyos internos: En coordinación con el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo
de Empresa Peruana de Recaudación S.A.C.
a. Brigada de primeros auxilios.
b. Brigada de evacuación.
c. Brigada contra incendios.
2. Apoyos externos: Los principales son:
a. Bomberos de la zona.
b. Defensa civil
c. Policía Nacional
d. Serenazgo de la zona.
e. Centros asistenciales.
f. Medios de comunicación.
BRIGADAS DE EMERGENCIA
Artículo 81º .- Brigada de Primeros Auxilios. En caso de emergencia realizará lo
siguiente:
1. Recibe información de donde ocurrió el accidente.
2. El brigadista dispondrá la vigilancia y el cuidado del trabajador accidentado.
3. Realizará la prestación de primeros auxilios de acuerdo a lo establecido:
a. No mover violentamente al accidentado.
b. Verificar el estado de conciencia del accidentado (habla, ve, se mueve).
c. Comprobar los signos vitales (respiración, pulso, latidos cardiacos).
d. Brindar reanimación cardiopulmonar de ser el caso en forma manual, o a través
de un desfibrilador externo automático que la organización debe disponer en
cada edificio.
e. Disponer el traslado del trabajador accidentado al Tópico de Primeros Auxilios
y/o solicitar el traslado a un centro asistencial.
Artículo 82º .- Brigada de Evacuación. Realiza lo siguiente:
a. Recibe información de donde se inició el siniestro.
b. El brigadista de evacuación dispondrá la vigilancia de donde se produjo el
siniestro.
c. Realizará la evacuación de acuerdo con lo establecido:
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c1. Ordena la evacuación parcial o total del área siniestrada.
c2. Realiza las acciones de evacuación de las personas.
c3. Mantiene libre de obstáculos los pasadizos hacia las salidas.
c4. Mantiene la calma y hace evacuar el local en fila por la salida más cercana
y hacia su zona de seguridad, utilizando las escaleras disponibles.
c5. Los brigadistas reportan al Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo y al
Jefe de Recursos Humanos de Empresa Peruana de Recaudación S.A.C.
la presencia o falta de personas en las zonas de seguridad previamente
establecidas.
Artículo 83º .- Reporte de una emergencia.
a. Los reportes, luego de una emergencia, deberán realizarse en el menor tiempo
posible.
b. Recomendaciones para el reporte:
b1. Ser breve y objetivo.
b2. Procurar el apoyo de otras personas.
Artículo 84º .- Acciones para casos de emergencia
Las acciones para casos de emergencia son las siguientes:
Antes:
a. Identifique a los miembros de las brigadas de Primeros Auxilios, Contra Incendio
y Evacuación.
b. Conozca las zonas de seguridad más próximas a su puesto de trabajo.
c. Mantenga libre de obstáculos los pasadizos hacia las salidas y puertas de
emergencias.
d. Mantenga todas las puertas operativas y libres de obstáculos.
Durante:
a. Acate las disposiciones del brigadista.
b. Mantenga la calma, camine rápido pero no corra.
c. Evacue el edificio en forma ordenada, para la salida más cercana a su puesto de
trabajo.
d. Diríjase a su área de seguridad.
e. Ubíquese alrededor del círculo de su zona de seguridad.
f. Informe al Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo si falta alguna persona en
su zona de seguridad.
g. Informe al Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo la ubicación de personas
atrapadas o heridas.
h. Espere el comunicado del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo para
retornar a su puesto de trabajo.
Después:
a. Retorne a su puesto de trabajo.
b. Informe al Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo si se tienen daños en su
puesto de trabajo.
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PREVENCIÓN DE INCENDIOS
CONDICIONES GENERALES
Artículo 85º .- Condiciones del edificio
Las instalaciones de la entidad que se reconstruyan o remodelen, se deben ceñir a lo
especificado por el reglamento de seguridad para construcciones civiles, debiendo ser
de material resistente, combustión lenta y riesgo moderado de incendio.
PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS
Artículo 86º .- Condiciones Generales
a. Empresa Peruana de Recaudación S.A.C. tendrá los equipos necesarios para
la extinción de incendios, además entrenará a sus trabajadores en el uso
correcto de estos equipos.
b. Los equipos y las instalaciones que presenten riesgo de incendio se instalarán y
mantendrán de tal manera que sea fácil su aislamiento en caso de incendio.
Artículo 87º .- Extintores portátiles, se tendrán ubicados extintores de tipo A, B y C
en todos los ambientes donde los trabajadores laboran para la extinción del fuego.
Artículo 88º .- Clasificación del fuego
a. Tipo A: Son fuegos en materiales combustibles comunes sólidos tales como
maderas, telas, papeles, cauchos y plásticos.
b. Tipo B: Son fuegos en líquidos inflamables, combustibles líquidos, grasa de
petróleo, breas, aceites, pinturas a base de aceites, solventes, alcoholes, lacas,
y gases inflamables
c. Tipo C: Son fuegos que involucran equipos eléctricos energizados.
Todos los extintores se colocarán en lugares visibles y de fácil acceso, colgados o a
nivel del suelo sobre bases y estarán señalizados. La inspección deberá ser mensual.
Los extintores serán recargados de acuerdo con las especificaciones técnicas (NTP
350.043) y normas legales o tan pronto hayan sido utilizados.
Disposición de residuos inflamables
Artículo 89º .- Acumulación de residuos inflamables
a. No se permitirá que se acumulen en el piso desperdicios de material inflamable,
material de embalaje, envases, entre otros. Estos desperdicios serán eliminados
por lo menos una vez al día.
b. En los puestos de trabajo donde se tenga materiales sujetos a combustión
espontánea, se dotará de recipientes para acumularlos y posteriormente
retirarlos de las instalaciones de Empresa Peruana de Recaudación S.A.C.
SIMULACROS
Artículo 90º .- Programación de simulacros de lucha contra incendios
El Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo en coordinación con la Jefatura de
Recursos Humanos de Empresa Peruana de Recaudación S.A.C. elaborará un
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programa de simulacros de lucha contra incendios, los que deben efectuarse, por lo
menos, una vez al año con la participación de todo el personal, debiéndose coordinarse,
si fuera necesario, con autoridades locales como el Cuerpo General de Bomberos del
Perú, entre otros. Antes de la ejecución de este programa, se deberá verificar la
operatividad de los extintores.
INSTRUCCIONES EN EMERGENCIAS
Artículo 91º .- Instrucciones generales en caso de movimientos sísmicos
a. Mantener la calma y controlar el pánico.
b. Durante el movimiento en las oficinas, protegerse junto a una columna.
c. Alejarse de las ventanas y puertas de vidrio. Mantenerse listos para evacuar el
edificio.
d. Tener calma y orientar al personal visitante que está atendiendo para que se
dirijan a los puntos de reunión.
e. Pasado el sismo, la evacuación es automática; hacerlo de acuerdo a las
instrucciones de los responsables de la evacuación, dirigiéndose al punto de
reunión.
f. Si se percató de alguna persona herida debe informar inmediatamente a la
brigada del piso.
Artículo 92º .- Instrucciones generales para la evacuación
a. Dada la orden de evacuación, la movilización hacia el punto de reunión asignado
comenzará en orden, sin correr, sin gritar.
b. Deberá mantener la calma y obedecer las instrucciones de los responsables de
la evacuación.
c. Obedecer la voz de mando de quien conduzca la evacuación. No empujarse ni
dar indicaciones o realizar comentarios, que puedan ocasionar incertidumbre,
confusión y temor al resto.
d. Deberá evitarse el pánico en todo momento.
e. Al evacuar deberá tener cuidado de objetos que puedan caer o encontrarse en
la ruta.
f. El personal femenino que usa zapatos de taco alto debe tener especial cuidado
al caminar; en lo posible tener consigo zapatos chatos.
g. Si un compañero cae, deberá tratar de levantarse inmediatamente para no
provocar más caídas y amontonamientos. Quienes se hallen cerca, deberán
ayudarlo a levantarse rápidamente.
h. Al llegar al punto de reunión, cada oficina o área se constituirá en orden para
verificar si todos los empleados se encuentran presentes.
i. Si en los momentos de la evacuación, se encuentra a visitantes, indicarles la ruta
y acciones a seguir para su rápida evacuación, al punto de reunión
Artículo 93º .- Apoyos internos – funciones y responsabilidades
El personal de apoyo interno deberá:
a. Desarrollar funciones del tipo preventivo y respuesta a emergencias.
b. Disponer la evacuación total o parcial de los trabajadores de las instalaciones.
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PRIMEROS AUXILIOS
Artículo 94º .- El objeto principal de los Primeros Auxilios es el de evitar, por todos los
medios posibles, la muerte o invalidez de la persona accidentada.
Artículo 95º .- Reglas generales
Si el trabajador no es de la Brigada de Primeros Auxilios y detecta una persona que
requiere atención, deberá seguir el siguiente procedimiento:
a. Evitar el nerviosismo o el pánico.
b. Solicitar ayuda a viva voz.
c. Ubicar a su jefe o a un miembro de la Brigada de Primeros Auxilios.
d. No abandonar, ni tratar de movilizar a la víctima.
Artículo 96º .- En cada área los brigadistas de Primeros Auxilios estarán identificados
de manera que todos los trabajadores conozcan a quien acudir.
Artículo 97º .- Heridas con hemorragia
Siga las siguientes indicaciones:
a. Se puede parar o retardar la hemorragia, colocando una venda o pañuelo limpio
sobre la herida y presionarlo moderadamente.
b. Si la hemorragia persiste se puede aplicar un torniquete (cinturón, pañuelo, etc.)
entre la herida y el corazón, en la zona inmediatamente superior a la herida. Solo
si está técnicamente preparado.
c. Derive al herido al centro de salud más cercano.
Artículo 98º .- Quemaduras
En caso de quemaduras actúe de la siguiente manera:
a. Si es de poca extensión, aplique abundante agua fría sobre la zona de la
quemadura durante 15 minutos aproximadamente luego cubra la zona lesionada
con una gasa estéril, acuda al servicio médico para la atención respectiva.
b. Si es de gran extensión, hay que evitar el uso de ungüentos, los cuales pueden
oponerse al tratamiento médico; envuelva al paciente con una tela o sábana
limpia, échelo en una camilla y transpórtelo al médico.
c. Para quemaduras químicas, lave la lesión con agua corriente para retirar
completamente el químico, después coloque un vendaje y lleve al accidentado
al médico.
d. Cuando una sustancia química haya caído a los ojos, lávelos completamente con
agua abundante, cubra los ojos con una venda que inmovilice los parpados y
obtenga atención médica inmediatamente.
Artículo 99º .- Precauciones especiales para la atención y evacuación de
víctimas
a. Evite el nerviosismo y el pánico.
b. De la alerta a viva voz.
c. Comunique al jefe del área el tipo de emergencia: accidente de trabajo, incendio,
entre otros eventos indeseados.
d. Nunca abandone a la víctima.
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e. Haga un examen minucioso de la víctima, de ser el caso controle las
hemorragias; controle los signos vitales pulso y respiración.
f. Retire a las personas curiosas.
g. Nunca mueva a la persona lesionada al menos que sea absolutamente necesario
alejarla del peligro.
h. Con lesiones conocidas como leves, se les puede ayudar a movilizarse
colocando un brazo alrededor de la cintura de la víctima y poniendo el brazo de
ella alrededor del cuello del auxiliador.
i. Con lesiones graves es indispensable el transporte en camilla.
Artículo 100º .- Material de primeros auxilios y otros
Empresa Peruana de Recaudación S.A.C. abastecerá los botiquines de manera que
siempre haya stock permanente de los siguientes materiales:
a. Instrumentos: Tijeras, termómetro bucal, tira elástica para torniquetes, medidor
de presión sanguínea, etc.
b. Vendajes: Gasa esterilizada, esparadrapo, curitas, algodón absorbente, tablillas
de tamaños variados para fracturas.
c. Collarín cervical, guantes quirúrgicos, etc.
d. Agua oxigenada, alcohol, alcohol yodado, aseptil rojo, colirio, jabón
desinfectante, suero fisiológico, pomada para quemaduras, calmante del dolor
(estómago, cabeza, muelas), antihistamínicos.
e. La entrega de las medicinas y materiales del botiquín será registrada en forma
individual por cada trabajador que lo necesite.
Un botiquín de primeros auxilios y una camilla se ubicarán en cada uno de los pisos del
edificio ocupado por Empresa Peruana de Recaudación S.A.C.
REFERENCIAS PARA CASOS DE EMERGENCIA
Artículo 101º .- En el caso de emergencia llamar a los siguientes números telefónicos
de acuerdo a la ocurrencia:
AMBULANCIAS
SAMU- Sistema de Atención Móvil de Urgencia 106
CRUZ ROJA 268-8109
BOMBEROS 116
ASISTENCIAS PÚBLICAS
CENTRO ANTIRRABICO 337-0383
EMERGENCIAS POLICIALES
SERVICIO DE EMERGENCIA-PNP 105
ROBO DE VEHICULOS – DIROVE 328-0207
UDEX – DESACTIVACION DE EXPLOSIVOS 433-3333
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Versión: 01
Página:
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Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo
Empresa Peruana de Recaudación S.A.C. | Edificio San Demetrio, Jr. Ocoña Nº 160 – Piso 4, Centro de Lima
EMERGENCIA DE SERVICIO PÚBLICO
MORGUE CENTRAL DE LIMA 328-8204
DEFENSA CIVIL DE LIMA 115
URGENCIA MÉDICA
CLINICA RICARDO PALMA 224-2224
CLINICA JAVIER PRADO 211-4141
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Versión: 01
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Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo
Empresa Peruana de Recaudación S.A.C. | Edificio San Demetrio, Jr. Ocoña Nº 160 – Piso 4, Centro de Lima
CARGO DE RECEPCIÓN DEL REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO
Conste por el presente documento que he recibido de parte de Empresa Peruana de
Recaudación S.A.C., el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo -
RISST-; y me comprometo a cumplir con las disposiciones especificadas en dicho
Reglamento y me someto a las acciones correctivas que sean necesarias en caso de
incumplimiento.
APELLIDOS Y NOMBRES:
D.N.I.:
CARGO:
FECHA DE RECEPCIÓN:
FIRMA DEL TRABAJADOR: