REPUBLICA Dm NICARAGUA
LAGACET DIARIO OFICIAL
Director: PROFESOR EMILIO NARVAEZ GARCIA
Administrador: CLIFFORD C. HOOKER y REYES Teléfono 3771
AÑO LXVIII Managua D. N., Sábado 8 de Agosto de 1964 No. 180
SUMARIO
PODER EJECUTIVO
• 00Bl!RNACION Y ANEXOS
1!1crltura de Con1tltucl6n y E1tatuto1 de la •Cooperatln de Algodonero• de Manigua•.-(2•. Parte).- Concluye • Pág. 2409
HACl~DA Y CRl!DITO PUBLICO
Se Otorgan franquicias a Planta Indus-trial farmacéutica • • • • • . • • • - 2412
Declár11e que el fl1cal E1pedflco de Ha· clenda Tiene funciones Permanentea para Repreaentar al fl1co • , • • • e 2414
EDUCACION PUBLICA
Don fausto Zelaya Centeno ae ha Titula-do •Contador Público• , • • • • . e · 2414
MINISTl!RIO DI! SALUBRIDAD PUBLICA
Plan de Arb1lrlo1 de la junta Local de A1l1tencla Soclll de jlnotega.-(Con-tlnúa) , • , , , , , , , , , • e 2414
INSTITUTO DI!: fOMl!NTO NACIONAL
E1tado de Pérdidas y Oan1ncl11por el 2•. Seme1tre del Allo 1963 • • • • e 2416
RADIODIPUSION
Licencia • • • • • • • • • •
MINISTl!RIO DI!: ECONOMIA
Sección de Patentea de Nicaragua Ventu de Patentea • , . • • • , Marc11 de fábrica , , , , • , •
Sl!CCION JUDICIAL Remate• • • • • . , • Trtulo1 Supletorio• • • • • Terreno• Munlclpalea , ,
... Sentenclu de Divorcio • • • • • • Cltaclonea de Proce11do1 • , Declaratorlu de Herederu
PODER EJECUTIVO
-Gob1rn1ol6n y An1xo1
e 2417
e 2417 e 2417
e 2418 e 2420 e 2422 e 2422 e 2423 e 2424
Escritura de Constituci6n y Estatutos de la "Cooperativa de Algodoneros
de Managua"
2a. PARTE (Concluye)
18),-Fljar la caución de buen desempefto de su puesto de aquellos empleedos que deban manejar fondos o desempe· nar trabajos de oficina;
10.-Seftalar el porcentaje que debe dedu· cirse del valor de las ventas y compras efectuadas por los cooperados;
20).-Conceder anticipo a los cooperados, con cargo a sus operaciones con la coo· peratlva en las épocas y condiciones que estime conveniente; y
21).-Atender en cualquier momento toda consulta de los cooperados sobre Ja
• marcha de la Cooperativa.
De las Atribuciones de los Miembros de la junta Directiva: ~
Arto.24.-Son atribuciones del Presidente: a).-Ejerc:er la representación de la Coope·
rallva: b).-Otorgar poderes especiales, previo a·
cuerdo de la junta Directiva a favor de socios o terceros para que representen a la Cooperativa en determinados casos;
c).-Ser el jefe Administrativo de la Coope· rativa;
d).-Cumplir y velar por el cumplimiento de las Leyes; reglamentos y disposiciones que rijan los actos sociales;
e).-Convocar a sesiones extraordinarias a la junta Directiva cuando lo crea nece· sarlo o cuando lo soliciten tres de los miembros del mismo Consrjo;
f ).-Presidir las sesiones del Consejo y de Asamblea Oeneral;
g).-Firmar los cheques con el Tesorero; h).-Autorlzar el pago de los gastos presu·
puesta dos; i).--Flrmar conjuntamente con el Tesorero
las acciones y bonos de la Cooperativa; j ).-Cuidar de que se hagan con toda exactl·
tud los cobros y pagos de Ja Cooperativa; k).-Estudlar periódicamente las finanzas de
la Cooperativa con base en los cuadros de contabilidad y demás estados necesarios.
Arto. 25.-Son atribuciones del Tesorero: 1).-Aslstir a todas las sesiones ordinarias y
extraordinarias de la junta Directiva y la Asamblea Oeneral;
b).-Llevar un registro de los socios y de los
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2410 LA GACETA-DIARIO OFIClAL
certificados de las participaciones en la Cooperativa;
c).-firmar en unión del Presidente los che· ques de la Cooperativa;
d).-firmar con el Presidente los bonos y acciones de la Cooperativa;
e).-Presentar con regularidad a la junta DI· rectiva los informes financieros de la entidad¡
f ).-Llevar personalmente o delegar, bajo su responsabilidad, la contabilidad de la sociedad;
g).-Presentar cada mes a la junta Directiva, estados de contabilidad y financieros de la Cooperativa;
h).-Presentar cada me$ a la Junta Directiva un Informe de las operaciones activas, vencidas y no pagadas;
1 ~-Preparar la rendición anual de las cuen· tas sociales. Este trabajo deberá pre· sentarse a la Asamblea General con un dictamen del Comité de Vigilancia¡
j).-Llevar un registro de los socios y Cle los Bonos y Acciones de la Coopera ti. va.
Arto. 26.-Son atribucionesdel Secretario: a).-Asistlr y ejercer las funciones del Secre
fario¡ b).-Asistir y ejercer las funciones de tal en
todas las sesiones ordinarias y extraor· dinarias de la Junta Directiva y Asam· blea General¡
c).-Atender la correspondencia de la Coo· perativa.
d).-Llevar bajo su responsabilidad los 11· bros de Actas de la Cooperativa.
Arto. 27.-EI Secretarlo deberá actuar siempre acatando las leyes, reglamentos y disposiciones que gobiernan la Cooperativa.
Del Oerente: Arto. 28.-La ejecución de las resolucio
nes, acuerdos y disposiciones del Consejo de Administración estarán a cargo de un Oerente. Es incompatible el cargo de Di· rector con el de Gerente o con cualquier O· tro empleo de la Cooperativa.
. Atribuciones del Oerente: a).-Cumpllr y hacer cumplir las disposicio·
nes del Consejo de Administración; b).-Nombrar y remover el personal subal·
terno; c).-Velar por la buena marcha de las ope·
ciones de la Cooperativa, el orden de la Oficina y el cumplimiento de las obll· gaciones de todo el personal.
d).-Vigllar que las cuentas sean llevadas con el debido orden y claridad¡
.... e).-Dar cuenta en cada sesión ordinaria del Consejo de Administración, de todas las operaciones celebradas y del movi·
miento de las operaciones pendientes, asf como de los que están por realizar· se. También dará ruenta de todos los asuntos de interés para la Cooperativa;
f ).-Dar a los miembros de la Cooperativa toda clase de informes que soliciten re· ferente a las operaciones;
g).-Proponer al Consejo de Aministración las sugerencias que crea conveniente para la buena marcha de las operado· nes de la Cooperativa;
h).-Presentar al Consejo de Administración en cada sesión ordinaria un balance o estado de las cuentas.
Del Auditor. Arto. 29.-Podrá haber un Auditor que
será nombrado por la Junta de Vigilancia a quien estará confiada, la vigilancia contable de las actividades de la Cooperativa. El au· ditor durará en sus funciones el tiempo re· querido para el audilorlaje. a). -Inspeccionará la marcha de los nego·
cios de la Cooperativa y verificará el es· tado de caj11, la contabilidad y los res· pectivos comprobantes haciendo los ar· queos correspondientes en la oficina central y en la agencia;
b).-Examinará y esludiará los diferentes ba· lances y cuentas que hayan de someter· se a la consideración de la Asamblea General.
Del Capital: Arto. 30.-Todo asociado o patrocinador
eslá obligado a contribuir al mantenimiento y desarrollo de la Cooperativa, supliendo el capital necesario para los servicios que cada cual reciba.
Arto. 31.-Las deducciones que se hagan al asociado por tales conceptos, se le acredi· tarán en la cuenta cCapilal rotativo •.
Arto. 32.-Como certificado de su particl· paclón en el capital rotativo a cada asociado se le dará uno o más cbonos de capital rota· tivo>, redimibles sin fecha fija de vencimien· to o según acuerdo de la Asamblea General. Estos bonos, cuando los acuerde la Asamblea General podrán devengar un interés que no será superior al 60/o anual.
Arto. 33. -Cuando la Cooperativa requie· ra capital para inversiones (u otras nece· sldades similares), la Asamblea General po· drá autorizar la emisión de bonos preferen. ciales o cbonos de capital prestado• que de· vengarán un interés fijo de seis por ciento anual y serán redimibles en una fecha fija que se estipulará en cada caso.
Arto. 34.-Cuando hubiere suficientes fon. dos disponibles, la Asamblea General podrá acordar que se devuelva parle del capiial en bonos; éslá será siempre el más antiguo en los libros de la Cooperativa.
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LA GACETA-DIARIO OFICIAL 2411
Arto. 35.-Todo asociado tiene derecho a recibir un informe, dentro de los tres meses siguientes a la terminación de cada ano fis. cal, en el que se indique claramente su par· ticipaclón en el capital de la Cooperativa y en cualquier otro fondo social.
Arto. 36.-De las acciones: Las acciones son transferibles por acto entre vivos¡ previo el consentimiento expreso 1el Consejo¡ sal vo el caso de remate o sentencia judicial. Si un socio falleciere, sus harederos nombra· nin uno entre ellos para que los represente ante la sociedad. ·
Arlo. 37.-Las acciones serán lltografia· das o impresas y estarán firmadas por el Pre· sidente y Tesorero en representación de la Cooperativa. Contendrán el nomb1 e y do· micilio del titular y estarán numeradas y re· glstradas en la matriz, que como compro bante existirá en la oficina principal de la Cooperativa, sin perjuicio del Libro Registro que ordena la Ley.
Arto. 38.-Caso de exlravfo o destrucción de una o más acciones o comprobantes pro· visionales, el interesado podrá, justificando el hecho, pedir su reposición al Consejo quien la acordará siempre que, después de publicados tr·es avis is consecutivos, de la pérdida o destrucción en el Diario Oficial y transcurrido que sea un mes después de la última publicación, no se hubiere presenta· do oposición.
Arto. 39.-Los títulos repuestos se exten· derán con las formalidades que los originales, quedando sin valor las acciones o com~ probantes extraviados o destruidos. Los gas· tos que ocasione la reposición serán por cuenta del interesado.
De los Bonos: Arto. 40.-Los bonos corrientes y prefe·
renciales tendrán las siguientes caracteristl· cas: a).-Serán nominativos y el valor de los mis·
mos será determinado por el Consejo para la mayor facilidad de las operacio nes¡
b).-Serán Impresos o litografiados con sus correspondientes números de orden y de registro, Ja serie a que pertenezcan y el valor asignado a cada uno y llevarán las firmas del Presidente de la Asocia· ción y del Tesorero;
c).-No podrán ser transft>ridos por ningún titulo, salvo por herencia, a personas extraftas a la Asociación. En conse· cuencla, sólo los asociados entre si, pue· den negociar los bonos, pero en todo caso habrá de darse aviso a la Gerencia, por escrito y en forma auténtica, de cualquier operación que con los bonos celebren los asociado~ a fin de hacer
la anotación respectiva en los libros de regi;tro;
d).-la Asociación sólo tendrá como legltl· mos propietarios de bonos, a los aso· ciados a cuyos nombres se encuentren registrados en los libros correspondien· tes.
Distribución de los Ingresos Arlo. 41.-En el mes de Agosto de cada
ano la junta Directiva ordenará que se µrae· tique inventarlo y balance general, incluyen· do en renglón aparte lo que se refiere a la liquidación del manejo, control, distribución y venta del algodón y semilla de algodón entregada por los asociados a la Coopera· tlva y de las actividades que desarrolle cada Departamento; del total bruto que se obten· ga anualmente de la venta de los mismos productos, se deducirán los gastos ocasio· nados por el · manejo y administración en que hubiere incurrido la Cooperativa.
De los ingresos obtenidos por la Coope· rativa durante cada ano fiscal se pagarán en primer términos los salarios y sueldos a los empleados, impuestos, primas de seguros, comisiones y los intereses sobre las deudas de la Cooperativa según fueren venciendo. Los cargos que se hagan por depreciación y reposición de materiales, maquinarias, equipos y edificios serán computados a ba· se de tipos fijos que se establecerán slguien· do las normas que fije el Consejo. El re· manente después de. pagados los gastos que se autorizan anteriormente se distribuirán asf: a).-Del total, se separará un diez por ciento
para el fondo de reservas para lmpre· visto hasta que éste alcance una suma igual al 30% del capital en los libros. Si esta reserva por cualquier causa lle· gare a reducirse, es obligatorio repo· nerla;
b).-Del resto, se tomará la cantidad que asigne la Asamblea General para pagar a los socios un interés, ·que no exceda del 6 por ciento, sobre las acciones y bonos emitidos;
c).-Las cantidades sobrantes se destinarán según lo acuerde la Asamblea Oenerai ya sea para distribuirla entre los asocia· dos a prorrata de las operaciones que hayan celebrado o de los servicios que hayan obtenido de la Cooperativa; o para aumentar la reserva destinada a mejorar los servicios sociales.
Del Comité de Vigilancia: Arto. 42.-EI Comité de Vigilancia estará
integrado por 3 miembros. Durarán 2 anos en sus funciones y serán nombrados por la Asamblea.
Arto. 43.-Son atribuciones del Comité de Vigilancia:
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LA. OA.CBlTA.-DIARIO OFICIAL
a.)-Vigilar y constatar el cump!imle~t? de ro de bonos que cada quien posea a la todos los reglamentos y d1spos1c1ones fecha de la liquidación. que normen las operaciones de la Coo- Se hace constar que la resolución fue to· perativa; mada por unamldad de votos; y no habien·
b).-Comprobar el destino de los dineros do mis de que tratar se levantó la sesión prestados a los socios; después de lef da esta acta que firman los
di f d 1 · concurrentes, quedando comisionados el c).-Ejercer la au tor ª e as operaciones Secretario senor don José Delgadillo ferrari
contatables de la Cooperativa por si, o por delegación. En tal virtud tendrá para librar la certificación para los efectos libre acceso en cualquier tiempo y a legales. Donoso Montealegre.-Abraham cualquier hora hábil a los libros, regls· Gorn.-S. D. Atha.-V. Alvarez.-F. Ballatros y documentos que integran la con· dares L.-Orl. Marfn A.-J. Delgadillo F. labilidad, 0 que tengan relación con sus -H. Tablada Solfs.-Max Padilla C. Pre·
sentados a las nueve de la manana del 13 de operaciones; Noviembre en curso, según asiento No.
d).-Verificar, sin previo aviso, audit~rfas 30.014, página 252, tomo CXIX, del Libro en la Tesorerf a, o en cualquier oficina Diario; e Inscritos hoy asf: No. 2.692, pági· de la Cooperativa que maneje fondos; nas 04 a 105, tomo LXXV, Libro 2o. del
e) - Designar entre los asociados la persona Registro Público Mercantil de este Departa-. que debe llenar las vacantes definitiva!! mento. Managua, D. N., veinte de Noviem·
que ocurran en los miembros del Con· bre de mil novecientos sesenta y dos.sejo de Administración. Esta persona Efrén Saballos.-Registrador Públlco.-Sello durará en sus funciones hasta el final y timbre.-Honos. CS 25.00. Escrito <i40.00 del ano social; - D. y T. - 2 -4 67.00>.
f ).-Convocar a sesiones extraordinarias a Es conforme con su original con el que la Asamblea General siempre que la fue debidamente cotejado; y a solicitud de importancia del asunto a tratar sea tal parte intereHda, libro la presente certifica. que ponga en peligro la vida Y finan· ción en la ciudad de Managua, a los veinti· zas sociales. La convocatoria deberá ocho dfas del mes de Agosto de mil nove· llenar todos los requisitos exigidos a las cientos sesenta y tres. Donoso Montealegre, que verifique la junta Directiva. Srio.
Arto. 44.-Cuando el Comité de Vigilan· Segundo.-Cualquier reforma a los pre-cia tuviere motivos fundados para ello, po· sentes Estatutos, deberá someterse a la drá con su voto unánime, suspender en sus aprobación del Ejecutivo, el cual en cualfunciones a cualquiera de los miembros del quier momento si juzgare que esta Sociedad Consejo Administrativo, convocando una no se ajusta a las leyes y a sus propios reAsamblea Extraordinaria dentro de los dle1 glamentos, podrá revocar la aprobación dfas posteriores a la suspensión. Dicha dada y proceder a su disolución sin que en Asamblea podrá decretar la destitución de· ningún caso, las decisiones del Ejecutivo a flnitiva o revocar la resolución del Comité a este respecto, puedan ser objeto de recia· de Vigilancia, previa audiencia del suspenso mo o indemnización alguna. a quien se le notificarán los cargos por es· En todo caso el Ministerio de Goberna· crito, con diez df as de anticipación, para ción se reserva el derecho y queda por con· que pueda preparar sus pruebas Y defensas. siguiente facultado para la suspensión de
Arto. 45.-Las resoluciones se tomarán los Estatutos en forma provisional o defini· por mayorfa y de ellas se dejará constancia tiva cuando a su juicio lo estime convenien-en acta. te o por quejas de los dos tercios de los
Dt la Disolución y Liquidación Asociados debidamente fundamentadas. de la Cooperativa Comunf quese-Casa Presidencial.-Ma·
Arto. 46.-Acordada la disolución de la nag.ua, D. N., 20 de Septiembre de 1963.Cooperativa, se procederá a su liquidación RENE SCHICK.-EI Mini!tro de la Oober· por el Comité de liquidación, siendo las nación, Lorenzo Guerrero. normas siguientes: a).-Se terminarán las operaciones pendien·
tes; b).-Se cobrarán los créditos activos; c).-Se procederá a la venta parcial o en
globo de los haberes sociales; d).-Se cancelará el pasivo; e).-Se cancelarán los bonos¡ f )-El remanente si lo hubiere se distribuir•
entre los asociados a prorrata del núme-
Haol1nd1 y Cr6dilo Públioo
Se Otorgan Franquicias a Planta Industrial Farmacéutica
No. 4 fl Presidente de la República,
En uso de las f acuitad es que le confieren la Ley de Protección y Eslfmulo al Desarro-
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LA. GACETA-DIARIO OFICIAL
llo Industrial de 20 de Marzo de 1958; el Decreto Legislativo No. 494 de lo. de Abril de 1960; y el Decreto No. 3-L de 12 de Abril de 1962. ·
Vistos: Primero: El Decreto No. 17 del 2 de Oc
tubre de 1963, publicado en el a Gaceta> No. 237, del 17 de Octubre de 1063, emitido a favor de la •Sociedad Antonio Poveda jerez y Pedro César Marenco Cia. Ltda.:t, para su Planta Industrial dedicada a la elaboración de Productos farmacéuticos y de Tocador e Industriales, clasificada como Conveniente de Industria Establecida de lns· talación Nueva.
Segundo: La solicitud de la mencionada Sociedad, de fecha de 4 de junio del co· rriente ano, para que se le confiera franqui· cla aduanera para la importación de mate· rias primas, artfculos semi elaborados o materiales similares que entren en la composición o en el proceso de la elaboración y empaque o envases del producto ter'llinado, y que necesite para su mencionada Planta¡ con fundamento en lo dispuesto en el Arto. 18 de la Ley de Protección y Estimulo al Desarrollo Industrial, en vista de que las otras Plantas similares clasificadas, del pafs, disfrutan de ese derecho.
Considerando: Primero: Que en el inciso b) del Arto.
to. del mencionado Decreto No. 17 de la Sociedad solicitante, solamente se le con· flrieron a ésta, los derechos contenidos en los acápites f) y g) del Arto. 10 de la citada Ley, los que se aplicarfan por Decreto Ejecutivo, en los casos en que se comprobare la existencia de las situaciones a que se refieren los incisos 5) y 6) del Arto. 12 d.e Ja misma Ley. Pero tales disposlcion~s solamente rigen las situaciones de relación competitiva con los mercados vecinos y extranjeros¡
Segundo: Que el Arto. 18 de la citada Ley, que rige las situaciones de relación competitiva entre las Plantas clasificadas del pafs, dentro del mercado nacional, confiere a las Plantas dedicadas al mismo ramo de producción, los privilegios acordados a las que se han clasificado antes, por el término que faltare a éstas para completar el período por el cual le fueron otorgados¡ y la franquicia aduanera men· clonada en el segundo visto, fue otorgada por el término de cinco anos, que vencen el 14 de julio de 1967, a Ja Planta lndus· tria! dedicada a la elaboración de produc· tos de tocador y farmacéuticos, clasificada como Necesaria de Industria Nueva, del Sr. Leopoldo Riestra Espinosa,-según cons· ta en el inciso e) del Arto. lo. del Decreto No. 90 del 28 de Mayo de 1962, emitido -a favor de é:tle, y publicado en "La Gaceta,
Diario Oficial. No. 158, del 14 de julio de 1962. Por cuya razón es procedente otor· gar a la Planta de la sociedad solicitante, la franquicia solicitada, por el término que faltare a la Planta del Sr. Riestra, que es la última que se ha clasificado en ese ramo de producción.
Por Tanto: Con fundamento en las disposiciones le·
gales citadas, Decreta:
Arto. lo.-Otorgar a la Sociedad .Anto· nio Poveda y Pedro César Marenco & Cia. ltda.•, exclusivamente en lo que se refiere a la Planta Industrial mencionada en el primer visto de este Decreto, franquicia aduanera para la importación de materias primas, artfculos semi elaborados o mate· rlales similares que entren en la composición o en el proceso de elaboración y empaque o envase del producto terminado. El término de vencimiento del disfrute de esta franquicia es el 14 de julio de 1967.
La franquicia mencionada, solamente po· drá otorgarse, cuando los artfculos o pro· duetos que sr pretenda importar, sean In· dispensables para la Planta Industrial de que se trata; no se produzcan en el pals en forma y cantidades que permitan ad· quirlrlos en condiciones satisfactorias¡ y que los pedidos vengan directamente con· signados a la Sociedad Industrial favorecl· da, o para notificarse a ésta. El término para su aplicación comenzará a contarse desde la fecha en que el lmpueso, recargo o derecho se hubiera causado por primera vez si no se hubiera otorgado su exención.
Para el uso de estas franquicias la firma beneficiaria de este Decreto, deberá presentar al Ministerio de Economla, listas de las materias primas y demás artfculos a usarse en la producción: y este Despacho las examinará y tomando en cuenta la naturale· za y necesidades de la Planta, así como Ja composición de los productos que elabora, las aprobará, comunicando su resolución que consigne las Importaciones autorizadas, al Ministerio de Hacienda, ante quien el beneficiado deberá solicitar en cada caso, las franquicias o exenciones respectivas. Las listas asf aprobadas, podrán ser modificadas posteriormente por una nueva resolución del MlnisteriO de Economfa, de conformidad con las necesidades de la Planta.
Arto. 2o.-La Planta Industrial a que se refiere este Decreto, queda sujeta a todas las disposiciones que impone el Capitulo IV de la citada Ley.
Arto. Jo.-Este Decreto se dicta en el entendido de que está en umonfa con las leyes en que se basa, que son las que ac· tualmente rigen el status de la industria que
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2U4 LA. GACBJTA-DIARIO OFICIAL
él favorece, aunque haya situaciones no previstas en el texto del mismo.
Arto. 4o.-Notiffquese a la firma interesada, el presente Decreto de Protección In· dustrial por medio del Oficial Mayor del Ministerio de Economfa, para que dentro del término de treinta dfas a partir de su notificación, exprese su aceptación en forma legal; y en caso afirmativo, públfquese en e La Gaceta•, Diario Oficial.
Arto. 5o.-Este Decreto comenzará a re· gir desde su publicación en cla Oaceta>, Diario Oficial.
Dado en Casa Presidencial, Managua, O. N., a los veintiséis día; del mes de junio de mil novecientos sesenta y cuatro. (f)-RENE SCHICK, Presidente de la República, (f) -jorge Armijo Mejía, Viceministro de Eco· nomla, (f) Ramiro Sacasa Ouerrero, Minis· tro de Hacienda y Crédito Público.
Declárase que el Fiscal Eepecífíco de Hacienda Tiene Funciones Permanen
tes para Representar al Fisco No. 21
El Presidente de la República, Acuerda:
Unico: Se aclara el nombramiento de fiscal Especifico de Hacienda, recaf do en el Doctor Evenor Valdivia Pereira, en virtud de Acuerdo No. 218, de trece de Mayo de mil novecientos sesenta y tres, en el sentido de que dicho Fiscal Especifico con sueldo asignado en el Presupuesto General de Gas tos, tiene funciones permanentes para representar al fisco, indistintamente con el fiscal General de Hacienda, en todos los asuntos judiciales, en que sea parte del Estado, bien sea como actor o como reo, y aún para la representación extrajudicial del Gobierno, conforme el Articulo 54 de la Ley creadora de los Ministerios de Estado, previo acuerdo y orden escrita del Ministerio de H i· cienda, en el caso de la representación ex·
trajudiclal. Es entendido que el fiscal Es· p~cffico requerirá la autorización verbal o escrita de este Ministerio o del Fiscal Gene· ral de Hacienda o de la respectiva depen· dencia del Gobierno para actuar judicial· mente, manteniendo Informado a este Des· pacho del curso de los asuntos; y sin perjuicio del nQmbramiento de fiscal Especffi· co para determinados asuntos, que contemplan los Artfculos 53 y 57 de la Ley Creado· ra de los Ministerios de Estado de 29 de Octubre de 1948.
Comunfquese.-Casa Presidencial.-Ma· nagua, D. N., 18 de jullo/64. (f) RENE SCHICK, Presidente de la República. (f) Ramiro Sacasa Ouerrero, Ministro de Ha· cienda y Crédito Público.
Educación Pública
Don Fausto Zelaya Centeno se ha Titulado "Contador Público"
No. 948 El Presidente de la República,
Por Cuanto: El Se flor f auslo Zelaya Centeno, natural
de Managua, Departamento del mismo nombre, República de Nicaragua, ha cursado y aprobado las materias del Plan de Estudios de la Carrera de Contador Público y susten· tado satisfactoriamente los exámenes genera· le:; de Graduación,
Por Tanto: Le extiende el Título de Contador Públi·
co, obtenido en la Escuela Superior de Con· tadores Públicos y Administración, de la ciudad de Managua, para que goce de los derechos y prerrogativas que le conceden las Leyes y Reglamentos del Ramo.
Comuniquese.-Casa Presidencial.-Managua, D. N., 24 de Junio de 1964.- RENE SCHICK.-EI Ministro de Educación Públl· ca, Oonzalo Meneses Ocón.
Ministerio de Salubridad Pública
Plan de Arbitrios de la Junta Local de Asistencia Social de Jinotega
Frac. (Continúa) Anual Mensual: Varios;
Asistencia y Previsión Social para su registro, sin lo cual carecerá de validez ante ella, pern b11jo las siguientes bases mlnimas:
3344 En la cabecera departamental ............. <J 300.00 <S 150.00 3345 En otros lugares del Departameuto. . • • . . . • 60. 00 30. 00
335 Cigarrillos y Similares: 3351 Pagarán sobre sus ventas brutas en el De·
parlamento, el ..•... , . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 º/0 3352 Este Impuesto será pagado directamente por
los fabricantes, aún cuando no sean elaborados en la jurisdicción deparlamcntal.
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LA GACETA-DIARIO OFICIAL 2H5
Frac. Anual: Mensual: Varios:
336
337
338
Circos o Maromas: 3361 Exlranjeros, por cada función. . • . . . . . ..• 3362 Nacionales, por cada función. . .......•..
Constitución y Disolución de Sociedades: 3371 La constitución de toda clase de sociedades
comerciales y civiles con domicilio en la ju· risdicción de la junta, en que se aporte capl· tal para su explotación, y los aumentos que se hagan de este capital, tanto en escritura pública o en acta, aún cuando no hubieren sido pagados en su totalidad, quedan sujetos al pago en la Tesorerfa de la junta Local de Asistencia Social de jinotega, asf: -
3372 Por cada millar o fracción, hasta Veinte Mil Córdobas (~ 20.000.oo) .............. ..
3373 Por cada millar excedente •••....•.•.....• 3374 La disolución de las mismas sociedades es·
tará sujeta al pago de Impuestos en la misma proporción establecida para su constitución, pero gravará únicamente las ganancias, fon· dos de reserva o cualquier partida que slg· niflque aumento de capital. Para la aplica· clón de este Impuesto se tomará como base el ultimo inventarlo y Balance General.
3375 El Registrador Público, para inscribir la es· crltura de disolución y la de constitución, exigirá la correspondiente boleta que acre· diie el pago de este Impuesto.
Curtiembre o Tenerfas: 3381 De primera clase ....................... fS 20.00 fS 20.00 3382 De segunda clase....................... 10.00 10.00
339 Chalupas: 3391 En la cabecera departamental, por matricula
y por cada dfa de juego.. • . . . . . • . . . • ..•• 3392 En otros lugares del Departamento, ldem .. 3393 Los propietarios de Chalupas están en la
obligación de matricularse al establecerse para obtener de la Junta el correspondiente permiso y hacer efectivo el pago del lmpues· to diario al colector, antes de las nueve de de la noche. Dicho propietario, si no hu· hiere matriculado su negocio o pagado el Impuesto por 2 df as consecutivos de juegos, sufrirá un recargo de fS 50.oo además del impuesto respectivo y la clausura del esta· blecimiento en caso de reincidencia. Las Autoridades de Policf a cooperarán en la consecución de la efectividad de eslos im· puestos.
340 Declaratorias: 3401 De herederos, cada heredero ..••......... 3402 De idoneidad. . . . . . . . . • . . . • . . • • . • •.•
341 Destace: 34' 1 Por cada res en los Rastros Públicos ...... . 3412 Por cada cerdo, ldem ................. . 3413 Por deslaces fuera de los mataderos públi·
cos, previo permiso de la autoridad respec· tlva, se pigará el doble en cada caso. ·
25.00 10.00
(Continuard)
30.00 10.00
2.00 1.00
5.00 3.00
10.00 10.00
5.00 3.00
¡ 1. ,,
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2418 LA. GACICTA-DIARIO OFlaA.L
INSTITUTO DE FOMENTO NACIONAL ESTADO DE PERDIDAS Y GANANCIAS
Por el 2o. Semestre del Año 1 9 6 3
No. 6574-a¡u No. 782213-4 60.00
Operaciones Bancarias
0ASTOS'
Gastos Departamento de Crédito Gastos Sección de Ahorros Oastos Departamento Comercial Intereses Pagados Cambios Pagados Castigos, ·Amortización y Quebrantos Diversos
Productos
Productos Departamento Crédito Productos Financieros Comisiones Ganadas Cambios Ganados Otros Productos Productos Departamento Comercial
Operaciones No Bancarias
0' A S TO S
Gastos del Depto. Técnico Sobre Costo en Reproducción semillas de Ba
nano Oross·Michell (neto) Sobre costo en aclimatación y reproducción de
semovientes de raza (neto)
Productos
Recuperaciones Depto. Técnico
SUMAN
Saldo Operaciones no bancarias que reembol· sará el Gobierno de Nicaragua conforme decreto # 5-L Art. # 7
ci 786 203.63 322.079.86
24.387.39 862.539.19
7.957.58 464.652.05
4 2.467.819.70
1.097.743.69
172.143.13
70.689.60
es 4.408.396.12
ci 4.408.396.12 ·----
ci 2.004.793.61 144.164.39
14.645.85 3.119.47 1.396.38
300.000.00 -(J-2-.4-67-.819. 70
1.185.12
~ 2.489.004.82
1.939.391.30 ~ 4.408.396.12 -
Managua, D.N., 31 de Diciembre de 1963.
Alfredo]. Sacasa Oerente Oeneral ·
]osl A. Monterrey M. Auditor
Noel Sdenz Rojas ContadQr
-,------...... ;,
;,.
l
LA GACETA-DIARIO OFICIAL 2417
R1diodilu1lón
LICENt.lA Dirección Nacional de Radio y Televisión
No. 8961-8/U No. 895913-(J 22.50 y896352
El suscrito Director Nacional de Radio y Televisión de la República de Nicaragua, en vista de que han cumplido los requisitos es· tablecidos por el Código de Radio y Televl· sión, extiende la presente Licencia para el establecimiento y operación de la Radiodifu· sora Comercial inscrita con No. 56, folio No. J 29 del Libro de Inscripciones de esta Oficina y que se Identifica con los siguientes detalles: Nombre del Propietario Luis f ellpe Hidalgo
Herrera Nombre de la Estación Radio·City Letras de Llamada frecuencia Ubicación Marca del Transmisor Potencia Sistema de Radiación Horario de f unclona· miento
YN-DN 1450 Kcs. Managua, D.N. RCA 1000 Watts lrradiadora
5:00 a.m. a 12 p.m. Managua, D. N., 27 de Abril de 1964.
Saturnino Cerda C. Capitán O. N., Director Nacional de Radio y Televisión.
2 1
Mini1t1rlo de Eoonoml1
SECCION DE PATENTES DE NICARAGUA
Ventas de Patentes N9 9027- 8/U N9 896364 - tf 6.28
8rlstol Laboratorlo1 lnc.. de Thomp10n Road, l!.11t Syracuae, New York, E1tado1 Unldo1 de Am~rica, por mi medio ofrece en venta o tran11cclón 101 art!culos fabricados con 1u1 Patente• de lnvenclólJ No1. 556 y 557 de 29 de Julio y 559 de 9 de Septiembre de 1955 y 690 de 20 de Agoato de 1950. canslltentea en:
"Producción de Un Antibiótico" "Composiciones Antibacterianas"
"Procedimiento para la Preparación de Complejo Cristalino de Cloruro
de Tetraciclina-Calcio" y
"Procedimiento pera la Producción de Omegamicina"
reepectlvamente, derecho• que no 1e han abando· nado.
Managua, D. N., trelntluno de Julio de mil nove· ciento• 1e1enta y cuatro.-Alejandro Oonzálu Oe· yer.
22
N9 9026-8/U N9 896366-tf 5.20 Farbeafabriken S1yer A. O. de Leverkuten Ale
mania, por mi medio ofrece en venta o tranaacclón 101 derecho• adquirido• en Nle1ragua aobre 1u Patente de Invención No. 813 del 30 de Agoato de 1062, 1obre:
"Sales Fungicidas del Acido Carbaminico"
101 que no 1e han abandonado, 11f como 101 producto• elaborado! por medio de 101 mlamo1.
Managua, D. N, trea de Ago1to de mil noveclento1 1eaenta y cuatro.-S1muel Ourdlán.
2 2
Mareas de Fábrica N9 8808-8/U N9 886584-ct 10.20
Transcontinental 8u1 Sy1tem, lnc., de Texu, E1-tado1 Unldo1 de América, por medio de apoderado1 sei'lore1 Caldera & Compai'lra Llmlt1d1, Agente1 de Marc11 de fábrica y Comercio, de e1te domlclllo, 1ollcltan el reglatro de 111 Marc11 de Fábrica y Comercio que con1iste en 111 denomin1clone1:
Continental Trailways, Golden Eagle y
Silver Eagle Sol11 y sin dl1tintl•o1 eapeclale1, Marc11 que 1e
emplean conforme con el modelo preaentado, para d l1tlngulr: PubllcaclonH lmprea11, material lmpre-10, catálo¡o1, folleto1, tarjet11, po1talc1, tarjet11 de exhibición, tarjet11 panorámlc11, clrcularea, calendarlo1, factur11, etlquetu, 1obre• de cart11, revl1-t11, publlcaclonea, fotografl1, cartele1, pro1pecto1-hoj11 imprea11 de publicidad, horario•, menú1, boleto1, llbro1 llu1trado1, mapas impresos, y utrculo1 1lmllare1 y todo1 lo1 demáa tncluldo1 en eata clue, cl11e 41, del Decreto No. 10 de 7 de Enero de 1956.
Oyen.e opo1lclone1, término legal. Oficina de Patente1 de Nicaragua. Managua, D.
N., veinticinco de Mayo de mil noveclento1 1e1enta J cuatro.-Jullán Bendafta S., Coml1lonado de Pa-tente• de Nicaragua. 3 2
N9 8813-B/U N9 886589-tf 21.80 Perfumería Oal, S.A., de M1drld, E1pai'11, por me·
dio de apoderado1, C1ldera & Cfa. Llda,, AgentH de Marc11 de Fábrica y Comercio, de eate domicilio, 1ollcltan el regl1tro de la Marca de fábrica y Comercio que con1l1te en:
marca que 1e emplea conforme con el modelo pre.entado, para di1tlnguir: Jabonea perfumado• o de tocador y todo1 101 demá1 iacluldoa en uta clase, Cl11e 6, (Deter¡ente1 y Jabone1); polvo•, extracto•, agua de colonia, loclonee, cre11111, dentffrlcoa y toda cl11e de producto• de perfumería, higiene y tocador y todOI 101 demál lncluldoa en eata cl11e, Clase 7, (Co1métlc09, Perfumu y Preparacloae1
1 i
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2U8 LA. GACETA-DIARIO OFICIAL
para el Tocador), del Decreto No. 10 de 7 de Enero de 1956.
Oyenae opo1lclone11 término legal. Mini1lerlo de Economfa, Oficina de Patentea de
Nicaragua, Managua, D.N., cuatro de junio de mil novecientos aeaenta y cuatro.-jull4n Bendaih S., Comillonado de Patentea de Nicaragua.
3 2
N9 8908-B/U N9 894789-· 9.80 The Procter & Oamble Company, dé 101 E1ta:lo1
Unldoa de América, por medio de apoderado Dr. lldefonao Palma MarUnez, Abogado y de e.te domicilio, 1ollcita el registro de la Marca de fábrica y Comercio que. con1ilte en la denominación:
MONSAVON 1ola y aln dl1tlntlvo1 especiales, marca que se emplea conforme con el modelo presentado, para dl1-tln¡ulr: Preparaclonu para tocador, preparados pa· ra la limpieza de la pler y el cuerpo, 1bampoo1 y otra• preparaclonea para el cabello, deaodorabtu pereonalu y dentrfrlcoa, Claae 7, (Co1métlco11 Perfumes y Preparaciones para el Tocador); y jabone1 para el bai\o y tocador, Clase 6, (Jabonea y Detergente.)¡ del Decreto No. 10 de 7 de Enero Je 1956.
Oyenae opo1lcloae11 término legal. Ministerio de Economfa, Oficina de Patente1 de
Nicaragua, Managua, D. N., dieciocho de Julio de mil noveciento1 sesenta y cuatro.-Julián Sendaila S., Comisionado de Pateatea de Nicaragua.
3 2
N9 8810-B/U N9 886586-· 10.00 Tran1contlnental Bu1 Sy1tem, lnc., de Texaa, E1-
t1do1 Unido• de América, por medio de apoderado•, 1eilore1 Caldera & Co. Ltda., Agentea de Marc11 de fábrica y Comercio, de eate domicilio, 1011-cltan el regi1tco de 111 marc11 de fábrica y comercio:
====,.,==~
Marcas que se emplean conforme con el modelo presentado, para di1tingulr: Omnlbu1 y carrocerfu para ómnibus y todo• 101 demb Incluidos en uta claae, Cl11e 22, (Vehfcu'o1); y publicaciones lmpre-111, material Impreso, catálogos, folletoa, tarjetu, postalea, tarjet11 de exhibición, tarjetu panorámlc11, circulares, calendarios, facluras, ellquet11, 10-brea de cart111 revl1t11, publicaclones, fotográffa, cartelea, prospectos, hoj11 impre111 de publicidad, horarios, menú•, boletos, libros llu1trado1, mapa• lmpreao1, y artrculoa 1lmilare1 y todo• 101 demá1 incluido1 en eata cl11e, Cl11e 41, (lmpreao1 y Publlcaclonea).
Oyrnae oposlclone1, término legal, Oficina de Patentea de Nicaragua. Managua, D.
N., veintiocho de mayo de mil noveclento1 aeaenta j cuatro.-julhin Bendafta S., Coml1lonado de Patentea de Nicaragua.
3 2
N9 9046-8/U N9 896375-4 20.10 Tabacalera Nicaragüense, S.A., de esta República,
por medio de apoderado, Dr. jo1é l~naclo Bendafta :;,, Abo¡ado 7 de e1te domicilio, 101iclta el regl1tro
de la Marca de fábrica y Comercio que con1lste en el dibujo de un cOALEO'i•:
marca que ee emplea conforme con el modelo pre.entado, pan distinguir: Producto• de tabaco, Cl11e 20, (Producto• de Tabaco), del Decreto No. 10 de 7 de Enero de 1956.
Oyenae opo1iclonea, término legal. Minl1terlo de Economfa, Oficina de Patentea de
Nicaragua, Managua, D.N., veinte de julio de mil noveclentoa aeaenta y cuatro.-Manuel Cutillo jar• quia, Coml1lonado de Patentes Ad-Hoc.
' 3 1
SECCION JUDICIAL Remates -
N9 9039-B/U N9 819776-· 7.60 Diez de la mailana, diez de Agosto próximo re
mátase mejor po1tor finca rú1Uca, sita Pueblo Viejo veinticinco manzan11 exten1lón, conteniendo mejoru: Do• c1rg11 y media alambre de pú11, 1ei1 man-11011 de potrero zacate guinea. Llndantr: oriente, felicito Dávlla; poniente y 1ur, Santo• Blandón; y norte, Miguel Acevedo.
Bien valorado, do1clento1 córdobaa. Ejecuta Celina Cantarero de Picado, contra Sll
veatre Dávlla . Oyense posturaa. .. San Ramón veinte de julio de mil noveclentó1 1e-
1enta y cuatro.-Pablo Cruz Pérez, Srlo. 3 3
N9 9041- B/U N9 705527 - 4 7.24 Tre1 tarde, treinta y uno Agosto, mil noveclento1
sesenta y cuatro, local eate juzgado, remataráte mejor postor lote terreno 11tu1do La Concepción esta jurl1dlcclón, embargado a Eugenia Martrnez, por Fr1ncl1co Alfaro, linda: oriente, fnacisco Alfaro, calle enmedlo¡ poniente, Oenaro Oonzález, parte callejón eamedlo¡ norte, Ana MarUaez¡ 1ur, Pedro Avll~1, calle eemedlo. Capacld1d tres cuarto1 man· zan11, poco má1 o meno1.
Ejecuta: fraaclaco Alfaro a Eugenia Martrnez. Avalúo: Do1clento1 Córdobu. Oyeaee po1tura1. Dado juzgado Local Civil. Moyogalpa, diez Ju
lio mil noveclento1 aeaeaenta y cuatro.-Srlo., Carmen S. Ouillén.
E1 conforme.-Cumen S. Oulllén, Srlo. 3 2
N9 9049-B/U N9 866669-4 - 7.28 Tru tarde dieciocho Ago1to próximo, eate juzga
do, remataráte mejor postor, finca rútllca El Bál-11mo, jurisdicción Muy Muy, ute Departamento, cien manzan11, conteniend J mejor111 lindante: oriente, Margarlto Bermúdez; occidente, camino real Muy Muy-E1qulpul11; norte, 1uce1ión Mercedes Oarcfa de Obando; 1ur, Enrique Loáiaiga.
Valorada: Un Mil Córdob11. Ejecuta: Felfclt11 Contrer11 viuda Oarcfa a Da·
nlel Oonzález. Oyca1e po1tur11.
J ~·· ....
t r ' : .~.
LA GACICTA-DLUUO Ol'ICL\L 2"19
Dado Juzgado Local Civil. Matlgalpa, veintisiete Julio mil noveclento1 sesenta y cu11tro.-Fnnd1co Montenegro L.-C. A. Hernindez, Secretarlo.
Es conforme.-C. A. Hermindrz, Secretarlo. 3 2
N9 9058-8/U N9 852016- 4 6.80 Once maftana veinte Ago1to próximo entrante
1ub11tarále ute Juzg1do finca nietlca L11 Sallna11
Jurl1dicclón Tola, dlecllél1 manzan111 limitada: oriente, francisco Obando fuerlrt; poniente, Plaza Salitera Adán Men1; norte, Montecrl1to 1uce1lón Alfonso Llanea; 1ur1 Oonzalo Urlarte, camino enme· dio y l"ornello Hüeck.
Ejecución: Ralmundo Oullérrez Mallai'io contra V!ctor Manuel Outlérrez.
811e: Do1 Mil Córdob11. Secretada Juzgado Civil D11trllo. Rlv11, trelnt1
Julio mil noveclentoa ae~enta y cuatro.-Mol1é1 S. Cole. 3 2
N9 9059- 8/U N9 896384 - 4 7.80 Once de la mallana, próximo velntlalctc de Ago•·
to corriente, local cite Juzgado, vcnderáec al martl llo 1lgolentc1 blrnes mueblc1: un peinador maquea· do, color natural, de madera; un comedor con do1 1lllet11; trem mecedor11 y tres 1illeta1 de madera; un 1ofá; una mesa de centro; un 11lcnto de peinador de madera, maqueado color natural. Todo1 esto• muebles en mal estado.
Ejecución: Lulu Emllla de Rocha contra Socorro Abud.
Oyense po1tur11 legales. Dado en el Juzgado Primero Civil del Dl1trlto.
Managua, cuatro de Agosto de mil novecientos IC· eenta y cuatro. LH once de la mailana.-jo1é Er· neato 8endaila, Juez.-Jo1é Ale). Salln11 C., Secre-~rl~ 32
N9 9050- 8/U N9 866668-4 8.80 Tres tarde diecinueve agosto próximo, cite juzita·
do, rcmataraec mejor po1tor: a) terreno do1 manza. n111 con mejor11 lindante: oriente, occidente y 1ur1
André1 Dormu1¡ norte, Tcódulo Oómez; b) terreno tres manzan11 y media, con mejoru, llnd1nte: orlen· te, Anlta Morraz v. Soza; occidente, André1 Dormuz; norte, Lo1 Oómez; 1ur1 Sanlot Dormuz¡ c) terreno una manzana, con mejoras, lindante: oriente, Ana Morraz v. Soza e Ignacio Dormuz¡ occidente, Andréa Dormuz¡ norte, Santo• Dormuz; tor, Pella Santa Maria; 11tuado1 La Pita jurl1dlcción E1quipul11 elle Departamento.
Valorado•: Quiniento1 Córdob11. Ejecuta: An.elma 8rlzulea de Dormuz a Santiago
Dormuz. Oyente po1tur11. Da:fo juzgado Local Civil. Mata¡talpa, velnU.lc
te julio mil noveclento11uenta y cuatro.-francl1co Montenegro L.-C. A. Hcmáadez, Secretarlo.
Ea conforme,-C. A. Hernández, Secretarlo. 3 2
N9 9013- 8/U N9 866701 - 4 7.32 Trc1 tarde veinte A¡to1to próximo, este juzgado,
1ub11tará11e mejor po1tor1 finca noventa y ocho manzan11 y fracción, Ouuaca, cite Departamento, 1in mejor11, lindante: oriente, Eusebio Mulfncz, Juan Ro11 Palaclo1¡ occidente, Federico Davld1on Blanco; norte, 1ucc1lóa jo1efa Marlfnez; 1ur, J1mea H11lam.
Valorada: Un Mil Córdob11. Ejecuta: ffrafn Rodrfguez C11tillo y Lllly Rodrf
guez a 1uceaión Ceclllo Pérez Hernández. Oycnec po1tur11. Dado juzgado Local Civil. Mata1alpa, veintiocho
Julio de mil noveclcnto1 ae1cnta y cuatro.-Fnncl1-co Montenegro L -C. A. Hernández, Secretarlo.
fa conforme:-C. A. Hernández, Secretarlo. 32
N9 9014-8/U N9 866700-t 6.90 Tru tarde veintiuno Ago1to próximo, rcm1t1ráee
mejor po1tor flaca rt11llca, cien m1nnn11 comarca Wanaw111 jurl1dlcclón Matl1tuá11 eate Departamento, lindante: oriente, jo1é Leopoldo Valle, Arcadio Alvarez¡ occidente, Ramón 81andc5n; norte, Cruz Oraaado1¡ 1ur, Leopoldo Valle.
Valorada: Do1clento1 Córdoba&. Ejecuta: Oaudlo10 Salvador Suárez Obando a
Cruz Oranado1 Mulloz. Oyenae po1tur11. Dado juz¡tado Local Civil. Matagalpa, veinte ju·
nlo de mil noveclcoto1 aeaenta y cuatro.-Francl1-co Montenegro L.-C. A. Hcrnándcz, Secretarlo.
Conforme:-C. A. Hernánde:r:, Secretarlo. 3 2
N9 9022- B/U N9 681569 - 4 9.00 Once maftana martes dieciocho Agollo entrante,
1ub11taráse cite juzgado, cincuenta manzan11 más o meno• de tierra, ublcad11 Valle Roblcdlto, jurl•· dh:clón jlnoteg11 eata1 mejor11: manzana y media ~utneo1¡ mil cafcto1¡ diez manzan11 potrero•; casa habitación¡ troja de mafz de once mil mazorc11¡ otra cua, todo eato1 lindero•: oriente, poniente y norte, predio Carmen Ollv11¡ 1ur, sucesión Nallvl· dad Zeledón¡ contiene ademáa, un caballo colorado, yunta de bue) es, cuatro cerdo1, cerda parida y on· ce vlg11 madera.
Ej'ecutante: jo1é Adrián Palaclo1 Rivera. f eculado: Mutrn Ceoteno, · 811e: Veinte Mil Córdobaa. Oyenae po1tur11 leg1lea. Dado juzgado Civil Dl1trlto. Jlnotega, velnll1le
te Julio mil noveclcntoa 1c1cnta y cu1tro,-Manuel Antonio Sáncbez Sandeu, Juez de Distrito de lo Civil Departamento Jlnotega.-Antc mf:-Erneato Campo Valerlo, Secretarlo. 3 2
No. 9016- 8/U No. 80491 t -$ 7.24 Nueve mailana veinte Ago1to1 ailo ea cuno, re•
m~taráec local este Juzgado, cerramiento llamado U1 Pi1111 1ltlo El Palmar, jurl1dicclón Llmay, do1-clenta1 ochenta y ocho manzan11, cercado alambre, contiene potreroe, llndanle: oriente, fellpe Mondral[ón, Vfctor Manuel Mondragón y Cruz Antonio Huele¡ occidente, Inocente Mollna, Tcódulo Velbquez, Rafael Centeno; norte, 8enjamfn Rulz, Eras· mo Zambrano, Esteban 8etanco¡ y ur, Oll Zepeda 1 Tadeo Ouevara.
811e: Mil Córdobu. Oyensc po1tur11. Juzgado Local. E1telr, 1el1 Mayo mil noveclen
to11escnta y cuatro.-Hugo D. Tercero O., Srlo. 3 2
Np 9048-8/U N9 883369-4 9.00 Once mlilana dieciocho A¡oato entrante, local
e.te De~p•cho, 1ub11tará1c y rcmataráee mejor poi· tor, finca urbana 1ltuada cantón noroulc cata ciudad, con1l1tente en 1olar que mide 1111 varaa frente por vclntldó1 fondo, con c11a ratito Clftóo, con corredor, limitada: oriente, carretera lnteramerlcana¡ pónfente, 1olar Juana Condega, hoy otro duefto¡ norte, Eufcmla Mendletl; 1ur, 1ucc1orea Carmela Bermúdez.
Ejecut1: Piedad Elena Campo• de Matua por al y como represc1uante legal 1u1 menorea hljo1 Lul11 Mayela Anlonla, jo1é Lula Clpriano y Piedad del Carmen l't\atu1 C1mpo11 como auceeoree jo1é Lula Matua Salln11, a Carmen Mendleta de Murillo.
811e 1ub11ta: cinco mil noveclcnto11etcnla córdo· b11.
Oyenae po1tur11. Dado Juz¡tado CMI Dl1trlto, en Jlnotepe, doce
merldlan11 treinta y uno julio mil noveclento1 IC· eentlcuatro.-J¡naclo López Rlvera.-Leónld11 Sáa· .cbez.-Srlo. 3 :i _
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2420 LA GACETA-DIARIO OFIClAL
Títulos Supletorios No 7973-B/U N9 795323- • 6.20
Aauncióa Martlnez Oarcf1, 101lclta Titulo Supletorio finca rústica sesenta manzanaa de extensión, jurl1dicclón Telpaneca, llndanle: Norte, Mercedes Mulloz¡ Sur, Hilarlo Rivera; Oriente, Ramón fune1¡ Occidente, E1tanl1lao ContrerH.
Interesado• Opónganae. Dado juzgado Civil del Dl1trlto.-Somoto, do•
Marzo mil noveclento1 1uentlcuatro.-Ollb. Caldera Ráudez.-Efrdn f1plnoza P. Srlo.
3 2
N9 7972-B/U N9 806222-· 6.66 Mol1EI Hernández; solicita Trtulo Supletorio, do1
finca• e.ta jurisdicción, aeml-urbana, medio cuarto manzana, limitada: Oriente, Miguel Hemández; Poniente, Teófllo Ortlz; Norte, Cé1ar Rosales¡ Sur, Leopoldo Ro11lu¡ rú1tlca, manzana y medi1, limitada: Oriente, leaura Velá1quez; Poniente, Joaquín Hernández¡ Norte, Leopoldo Ro1ale1¡ Sur, Napoleón Ro11le1.
Oyenee opo1lcionea. Juzgado Local, La Concepción, veintl1lete Mayo
mil novecientos ae1entlcuatro.-Denl1 Vbquez Q.-0. Her. Qulntero.-Srlo.
3 2
N9 7971-B/U N9 806221- • 6.18 Joaquín Hernández, aollclta Tftulo Supletorio, do1
fincas eata jurisdicción: Oriente, Mol1é1 Hernández; Poniente, Miguel Hernández¡ Norte¡ francl1co Ro-1ales¡ Sur, N1poleón Rosale~, camino; <?riente, Mol· 1é1 Hernández; Poniente, Ma¡uel Hernandei; Norte, Luz Hernández¡ Sur, Juan franci1eo Hernáodez.
Oyenae opo1lcione1. juzgado Local, La Concepción, velnlllél1 Mayo
mil novecientos sementa y cuatro.-Denl1 Vá1quez Q.-0. Her. Quintero.-Srio,
3 2
N9 7970-B/U N9 806223-· 5.28 María López, solicita Titulo Supletorio, finca rúa·
tle1, eata jurl1dlcclón,do1 manzana•, limitada: Orlen· te, Pdrona Ortlz; Poniente, Emlllo Outlérrez; Norte, Juan francisco Heraández; Sur, Anselmo Mercado, otro.
Oyenae opo1lclonea. Juzgado Local, La Concepción velntl1lete Mayo
mil noveclentoa 1eaenllcuatro.-Denl1 Válquez Q.-0. Her. Quintero Srlo.
3 2
N9 7968-B/U N9 863745-· 7.60 Hiiario Oarmendl1 1 domicilio San Juan Llmay ea
te Departamento, preaentó1e eatl! Juzg1do, 1ollc:ttan· do Título ~upletorio 1u favor, po1eslón y me1oru que encierra finca rú1tlca aeaentlcuatro maazanu extensión, denominada Lo1 Calpulea, paraje Naran· jo, 11110 San Bernardo Cacala, dominio pullcular, jurhdlcclón Limay, cuatro apart1mleato1, contiene ca11 habitación, lindante: Oriente, Ull1e1 Molina, rro enmedlo; Occidente; Bartolomé Arauz y Bruno Montenegro; Norte, Ull1e1 Molina y Bruno Montenegro; Sur, Bartolomé Arauz.
E1Umala ocho mil córdobu. ~ lntere11do1 opón¡anae.
Dado Juzgado Civil Dl1trlto.- Estelf, nueve maftana quince Abril mil noveclento11uenta y cuatro. O. Outférrez.-Nlc. Ramos R. Srio. 3 2
N9 7967-B/U N9 812367-· 6.56 Maria Sequeira Roble1, 1ollclta Titulo Supletorio
finca rúlllca, jurl1dlcclón San Juan del Sur, de ciento doce manzan11 y media, llndero1: Oriente, Ignacio Vaneg11¡ Poniente, Félix Duute y Lul1 florea, rlo de por medio; Norte, Lul1 Calero y Sur, Marra Seque Ira.
juzgado Civil del Dl1trlto.-Rlv11, siete de Mayo de mil noveclento1 aeaentlcuatro.-Luz M. Valle L. Srla.
3 2
N9 7965-B/U N9 812366-· 6.24 Jceús Santaua Rodrfguez, 1ollclta Titulo Supleto
rio lote terreno rúatlco 11l10 La Chocolata, e.ta ju rlsdicclón de ael1 manzanas máa o meno1, 1lgulente1 llndero1: Norte, Rafael Reyna; Sur, Santiago Na varrete¡ Oriente, Carrilera vieja; Poniente, Lula Sa· linH.
Opónganse término legal. Dadó juzgado Unlco, Dlalrlto. RlvH, veinte Ma
yo mil noveclento1 aesentlcuatro.-Luz M. Valle L. Srla. 3 2
N9 7965-B/U N9 862913-· 6.00 Cella Rulz de Jaen, 1ollclta Trtulo Supletorio fin
ca 1ú1tlca juri1dlcclón Tola cincuenta manzanH, con cua , chagülte, potrero•, limitada: Oriente, Ha· clenda Miramar¡ Poniente, Mar P1cfflco; Norte, Vfc· tor CarY1j1I; Sur, Hacienda Mlramar de heredero• General Somoza.
Oponene le¡almente. Secretarla Juzgado Civil Di1trlto.-Rlv11, veinti
tré1 Mayo mil noveciento11::1eaticuatro.-Moi1é1 S. Cole.
32
N9 7964-B¡U ~9 824526-· 8.40 Miguel y Jo1é de la Cruz E1trada; 1ollcltan Tltulo
5upletorlo predio semi- urbano, ubicado Barrio Buenavl1ta, mide catorce varH Oriente a Poniente, por veinticinco varH No1te a Sur, limita: Oriente predio Maria Encarnación Mojlca viuda de Oonzá· lez; Poniente, Aura Arf11; Norte, calle real; y Sur; Concepción y Marra Bermúdez,
Lo E.1tlma Mil Córdob11. Interviene Sindico Municipal. Quien pretenda Igual o mejor derecho, opóng11e
durante el término de ley. D1do Juzgado Loc1l Civil. - Dlrlamba, velnllllete
de Mayo de mil novecientos 1e1enta y cuatro.-Pedro J. PéreL-Pedro Mollna M. Srlo.
E1 conforme, Dirlamba, 27 de Mayo de 1964.-Pe· dro Mollna Mendleta.-Secretarlo.
3 2
N9 7963-B/U N9 848629-· 7.04 Jo1é Alfonso Peralta, Ocotal, pide Título Supleto·
rlo finca c1fé ubicada montalla del Mogote, jurl1dlc· clón jalapa, cincuenta manzan11 exten1lón, llmlta· da: Norte, flaca Yumpalf de don José Pranclaco Moa· cada; Sur propiedad de Teodoro Marfn y la de don Lula Alberto Tercero; Oritnte, Santiago Navarrete; Occidente, huatalea de Emilio Oómez.
Valórala, do1 mil córdob11· Opo1lclone1, término legal. Dado Juzgado Dl1trlto.-Ocotal, veinticuatro Ju
nio mil aoveclento1 setenta y cuatro,-T. R. Maldo· nado.-Rey. Zúalg1,-Srlo.
3 2
N9 8045-B/U N9 683143-4' 7.21 Corporación Munlclp1l eata ciudad repre1entada
por Sindico Dr. Horacio Srquelra 1ollcltan Trtulo Supletorio, predio 1eml-urbano, 11tuado orllla1 esta ciudad lado Nor-occidental margen Izquierdo carretero 'que une ciudad El Viejo, Barrio La Parroquia •Santa Ana•, con capacidad ael1 manzan11 treaclent11 velntldó1 var11 cuadrad11 lindante: Nor· te, carretera eamedlo, E.I Picacho; Sur, carretera El Viejo enmedlo, 1uceaore1 Mateo Culillo; Oriente, Linea férrea Morazin, Poniente carretera El Viejo, El Picacho.
lntereaados opónganae Juzgado Civil Distrito. Chlnandega, junlodiecl1él1
de mil noveclento1 aneota y cu1tro.-Concepclón Opóa¡a1e Le¡almeate. , Ooazález.-Srlo, 3 2
i
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LA GACETA-DIARIO OFICIAL 2'21
No 8044-8/U N9 783891-CJ 900 Solla Dávila 1ollclta como madre de lu meno H
l!lbl1 Marina, y Ana Ellnx Dávlla 1e les extienda Trtulo Supletorio a favor de ellu, de un solar y ca-11 ubicados en VIII• Somoza, é9tos linderos: Norte, fldel Pérez¡ Sur , Cruz Bravo, florenclo Sequeln; Oriente, Ramón lópez, calle enmrdlo; Poniente, Ca· t1llno Bravo,
Quien tenga derecho, opóngue.
do, contiguo hay otro 1olar de 'isenta y cinco varu frente hacia el sur, con un fondo de veintinueve va· ru hacia el occidente y veinticinco varu hacia el oriente, formando ambo1 predio• uno 10101 todo comprendido: norte, 1olar Alberto Amador¡ 1ur, 10-lar y cua de Clemente Cácere1 y aolar de Clemente Cáceru, calle enmedlo; oriente, y 1olar Caalmlro Zúolga y occidente, calle enmedio CHH y 1olare1 de Simón Cácere1 y Mario Larlo1.
Valóralo11 do1 mil córdob11, Opo1lclone1 término legal.
juzgado de Dl1trlto-Acoy1pa, dlecl1iete Junio de mil novecientos sesenta y cuatro.-Camllo Lacayo
Dado Juzgado Dl1trlto. Ocotal, veinticuatro Junio mil noveclento11eeenta y cuatro.-T. R. Mal
~ donado.-Rey. Zúnlga, Srlo.
0.-Peter Siriaa.-Srlo. 3 2
N9 8151-8/U N9 823051-. 6.40 Adllla Chavarrr1, domicilio San Jacinto, solicita tf.
lulo supletorio, lote terreno propio sitio San Jacinto, cincuenta varu largo, por dosclentu veinticinco ancho, lindante: Oriente, Pilar Urroz; Poniente, julio Centeno; Norte, Abelardo Coca; y Sur, Lázaro Sáenz. Valor: Un Mil Quinientos Córdobu.
lntere1ado1, opónganse. juzgado Civil D11trlto. León, cuatro Junio mil
noveclento1 sesenta y cuatro.-R. Osear Santos. 3 2
N9 8213-B/U N9 870480-CJ 5.40 l!lofsa Mendoza viuda de Mayor11:a1 solicita Ululo
supletorlo, predio rústico, 11tuado valle •LH Mayorga1>1 juri1dlcclón Po1oltega, lindante: Norte, Elof1a Mendoza; Sur, Augu1to Terán; Poniente, Augu1to Terán, Este, camino enmedlo, David fletes.
lntere11do1 opóngan1e. Juzgado Civil Dl1trlto. Chlnandega, tres Julio,
mil noveclento1 seaenta y cuatro.-Concepclón Oon-zález, Srta. 3 2
N9 8212 - B/U N9 870479 -· 6.00 jo1é Angel Duarte Cruz, solicita Utulo 1upletorlo
predio rú1tlco 1ltuado en lu faldu del Volcán San Cristóbal, veinte manzanas de extensión, lindante: Oeate, Rafael Venerlo; Sur, José f. Silva; Oriente, lfnea dlvl1orla Chichlgalpa; Norte, fr1nci1co 8arreto.
lntere1ados op6ngan1e. Juzgado Civil Dl1trlto. Chlnandega, julio trH,
mil noveclentoa 1esenta y cuatro. - Concepción Oonzález, Srta.
3 2
No. 8211-8/U No. 870458-CJ 6.75 Jo1efa Alvarado, solicita titulo 1upletorlo predio
urbano 1lluado ciudad El Viejo, comprendido dentro de 101 1t11:ulentes llndero1: 1ur, francl1co Mollna; oriente, Paulina Chhez; norte, calle enmedlo, Pablo Padilla; poniente, calle enmedlo Ro1a Sallnu. En dicho predio hay construida una caH de madera cubierta de teju, piso de tierra.
lntere1ados opónganae. juzgado Civil Distrito. Chinandega, Julio tres
mil noveclento1 1esenta y cuatro.-Concepclón Oon. zález, Srla. 3 2
No. 8208-8/U No. 870459-CJ 6.08 Céur Tljerlno Roj11, 1ollclta titulo 1upletorlo lo·
te terreno 11tuado en El Realejo, Departamento Chlnandega, lindante: norte, predio Juan Ramón La· ra; 1ur, calle enmedlo, plaza de la Iglesia San Benito; oriente, predio Félix Mollna; poniente, juan Ramón Lara.
lntere1ado1 opónganae. juzgado Civil Dl1trlto. Chlnande11:1, Julio tru,
mil noveclento1 1e1enta y cuatro.-Concepclón Oonzález, Srla.
3 2
N9 8191-B/U N9 848628-CS 8.92 Jo16 Zeledón Rugam11 pide utulo 1upletorlo cua
y aolar ubicado• Qomarca Limón, jurl1dlcclón Jalapa, 1olar mide once var11 frente por veinticinco fon·
Conforme:-Reynaldo Zúnlg11 Srlo. 3 1
N9 8190- B/U N9 872215 - $ 6.20 Jo1é Herrera Portillo, 1ollclta Ululo 1upletorlo
ca1a y 1olar jurl1dlcclón Telpaneca, llndmte: orlen· te, Juan Portillo¡ occidente, Elvlra de Marfn; norte, Simón Herrera; 1ur1 Ramón funez. cí;M
1ntereHdo1 opóngan1e. Dado Juz¡ado Civil del Dhtrllo. Somoto, doce
Junio mil noveclento1 1e1enta y cuatro,-Ollb. Cal· dera Ráudez.-Efrafn E1plnoza P., Srlo.
E1 conforme.- Efrafn E1plnaza1 Secretarlo. 3 l .
N9 8189- 8/U N9 872203 - • 7.20 Mauro Medina Oarcf1, 1ollclla titulo 1upletorlo
1igulente1 predio•: a) finca rú1tle1 dlecl1éi1 man· zanu, larhdlcclón Totogalp1, lindante: norte, Rou v. de V'anes; 1ur1 francl1co López A!faro; nte, Ro•• v. de Vanea¡ oeste, Putor Lovo. b) finca dieciocho manzanu, jurl1dlcclón Totogalpa, lindan· te: norte Pulor Lovo; 1ur1 francl1co López; ute, franchco López; oe1te1 Nlculo López.
lntereaado1 opóngante. Dado Juzgado Civil del Dl1trlto. Somoto, doce
junio mil noveclento1 seaenta y cuatro.-Ollb. Caldera Ráudez.-Efrarn E1plnoza P., Srlo.
E1 conforme.-Efrarn 1!1plnoza P., Secretario. 3 1
N9 8188 - B/U N9 872202 - t 6 80 E1tanl1lao y Jullán Contreras Muiloz, sollcltan;tr
tulo 1upletorlo1 finca rú1tle1 ocho manzanas, juri1· dicción Telpanec11 lindante: norte, Ambrosio López; 1ur, Hiiario Rivera, Roque Rivera y Jo1é Cleotllde Rivera; oriente, Ambro1lo López y Aguadero; occidente, Telélforo ContrerH y Mercedes Muftoz.
ntere1ado1 opóng1nte. Dado Juzgado Civil del Dl1trllo. Somoto, velntl-
1él1 febrero mil noveclento1 1uenta y cuatro.Ollb. Caldera Ráudez.-Efra(n E1plnoza P., Srlo.
E1 conforme.-Efrafn E1plnoza P., Srlo. 3 1
N9 8187- 8/U N9 818581 - t 6.00 Mercede1 Oonzález florea y Tere1a Oondlez
Florn, 1ollcltan Utulo 1upletorlo urbana Dlrlomo, caH y 1olar, cantón occidental, lindando: oriente, francl1ca Aragón; poniente, haura Moralea, calle enmedlo; norte, Marra Alemán; 1ur, francl1ca Pel· nado.
Oyen1e opo1lclone1. Juzgado Civil Dlatrlto. Oranad11 quince Junio
mil novecientos 1e1enta y cuatro.-Edmundo Matu1 M., Secretarlo.
3 1
N9 8186- 8/U N9 867458 - $ 6.60 · Ollberto Alduvrn Reye11 1ollclta Ululo 1upldorlo
finca rú1tlca, cincuenta manzanH de exten1ión, 11tlo San Juan Viejo, León, y que linda: oriente, carretera enmedlo, Sab11 81quedann¡ poniente y 1ur, el de N1poleón Ramrrez, y norte, et de Julio Delgadlllo.
latere1ado1 opóagan1t.
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2422 LA GACETA-DIARIO OFICIAL
Dado en el juzgado de Distrito Civil. León, dieciocho junio mil noveclento1 aeaenta y cuatro.H. Velladarea 8ermúdez, Srio,
3 l
N9 7603-B/U N9 . 798583- 4 6.92 Adela Rodrfguez Somoza, 1ollcita titulo 1upleto
rlo casa y 1olar ubicada este pueblo, linda: oriente, predio c11a eacuela construcción; occidente, calle de entrada a este pueblo¡ norte, casa y 1olar juan Bermúdez¡ 1ur, ca11 y 1olar de Nlculo Montiel. No tiene nombre, número ni gravamen.
Valor: Do1clento1 Córdodu, Quien crea tener derecho, preséntese término
le¡al. juzgado Local Civil. Teu.tepe, 1el1 junio mil
noveclento1 1e1enta y cualro.-0. A. Sal11 C.- Ra-món Serrano M., Srlo 3 1
N9 7947-B/U N9 730678-4 6.75 fnnclaco Centeno, eate domicilio, 1ollclh Ululo
1upletorlo do1 predio• y c11a habitación, 1ltlo Ro· 11rlo, eata jurl1dlcclón, lindante: primero, una man· zana, oriente, jesús Marra flores; occidente, Cande· !arlo l ópez, Prancl1co Suárn¡ norte, Candelarlo López¡ sur, francl1co Suárez. ~egundo, una manzana, orlent~ y norte, je1ú1 Marra flore1¡ occidente, franclaro Suárez, Candelaria López¡ sur, Candela· rlo López •
Oyense oposiclonee término ley. Juzgado Local. Pueblo Nuevo, Mayo cuatro,
mil noveclento1 1esenta y cuetro.-Vlcente Rlvrra, Srio. 3 1
Terrenos Municipales No 8057-B/U N9 798380-· 6.40
Slmeón Sobalvarro Soza, 1ollclta donación 1olar municipal banda 1ur oriental eita ciudad, lindero• 1lgulente1: oriente, 1olar munlclpal¡ occidente, solar de Humberto flore1¡ norte, 1olar de Manuel Duarte, calle interpueata; y 1ur, terreno Sucetión Hugo Cer· na.
Intervino Síndico Municipal. Opo1iclonu término legal. Alcaldía Munlclpal.-Camoapa, diez Junio mil
noveclento1 aesentlcuatro.-V. florea F.-Alcalde Munlclpal.-Henry florea 0,-Secretarlo.
3 3
N9 7945-8/U N9 733771-4 3.80 Socorro Segura y Eulalia Se¡ura, mayore1 de e
dad, c11ado y agrlcnltor el primero, la segunda 101· tera de oficio• domé1tlco1 ambos de e1te domicilio, denuncian arriendo treinta manzanas ejldales, paraje ·•San Fernando" comarca "Lu Mesu," esta Jurl1· dicción.
Lindero•: norte, terreno• del 1eilor Agu1f(n Bra· vo; 1ur, terreno arrendado por Oerardo ~4ncheoz; Oriente, Lul1 ZQmora y Occidente, el ml1mo Oerar· do Sánchez.
El que pretenda derecho preséntese término le -gal.
Alcaldía Municipal, Santo Tflmát, 1el1 de Abril de mil novecientos 1uenta y cu1tro.-~011ura Miranda M. Alcalde Muuiclpal.-Concepclón Moral s S. Srio. Municipal,
3 3
Np 7946-8/U N9 733772-$ 3.60 jo~é Guzmán, mayor de edad, cuado, a¡ricultor
y de ute domicilio, denuncia arriendo once m11nu· n11 ejldalea, paraje "El Cerro del Ouanacaatt," comarca "Jlcarllo.'' esta Jnrisdlcclón.
Ltnduo1: orlrnte, Jor¡ct Ouzm6n; occidente, Cu· perttno Oaitáa y Anh1nlo Bravo¡ norte, el ml11no ae· llor jorge Onzmán y 1ur Marcelina OuzmAn.
El que pretenda Jcrtcho pruéntese término le· gal.
Alcaldía Municipal, Santo Tomás, diez y c:cho de Man:o de mil noveciento1 sesenta y cuatro,-Roaura Miranda M. Alcalde Munlclpal.-Concepción Morales S. Srlo, Munlcipal,
3 3
N9 8828-8/U N9 790993-4 6.50 Arturo López 101iclta arriendo lote terreno ejldal
de medio cuarto de manzana 1ltuado en comarca Rota de eeta jurl1dicclón lindante: oriente, linea férrea; poniente, Pedro lópez; norte, l1ldora Hernio· dez¡ aur, encajo. ~Opónganse término legEI. Dado en Alcaldía Municipal, Tellca, diez de julio
de mil novecientos ae~enticuatro.-0. 8arreto Var-gu Alcalde Municipal. 3 3
No. 8964- B/U No. 798428 ~ 6.70 juan Manuel Duarte Marro, sollcit• donación 10-
lar municipal banda 1ur-oriental esta tlud11d, lindero• algulentea: oriente, 1olar de Si meón Sobalvarro; occidente, 1olar de Humberto flore1; noite, solar de Manuel Duarte fernández, calle enmedlo; y 1ur, terre110 de la sucealón de Hugo Cerna.
Intervino Sindico Municipal. Opo1icione1 término legal, Dado Alcald(a Municipal. Camoapa, diez Ju'io
mll noveclento11e1enta y cuatro.-V. Florea f., Alcalde Municipal.- Henry flores O., Srio.
3 2
N9 8963-8/U N9 798429-4 650 francisco José Bodán Báez, 1ollcita donación 10-
lar municipal banda 1ur-orlental eda dudad, lindero• siguientes: oriente, terreno municipal; occidente, 1olar de Slmeón Sobalvarro; norte, 1olar de Armando Enrfquez, calle lnterpueata; y 1ur, terreno 1ucealón Hugo Ctrn1,
Intervino Sfndlco Municipal, Opo1lclonea término legal. Dado Alcaldía Municipal. Camoap1, diez Julio
mil noveclento1 aetenta y cuatro.-V. f'orea f., Alcalde Munlcipal.-Henry florrs O., Secretarlo.
3 2
No. 8969 8/U No, 896551- ~ 6,80 Alfcn10 Valle farg11, aollcita donación 1olar Mu·
nlclpal banda Occidental e.ta ciudad, lindero& 11-guientea: Oriente, 1olar de Margarito fargas, calle enmedlo; Occidente, terreno de Juan Manuel Caldera; Norte, 1olar de Santo• Herná!ldez, calle interpuella; y Sur, casa y Solar de Andrés Leiva, carretera enmedlo,
Intervino Sindico Municipal. Opoalcionea, término legal.
· Dado Alcaldía Municipal. Camoapa, veintiuno Julio mil noveclento1 aeaenta y cuatro.-V. Flore• f., Alcalde Munlclpal.-Henry florea O., Secretarlo.
32
Sentencias de Divorcio No. 9042 - B/U 879401 - CS: 5.80 Corte de Apelaciones.-Sala Civil.-Ma
saya, veintisiete de Julio de mil novecientos sesenta y cuatro. -Las diez de la mañana. Por Tanto: De conformidad con lo expuesto, disposiciones citadas y los Artos. 424, 436, y 446 Pr., los suscritos Magistrados dijeron: Se confirma la sentencia consultada; en consecuecia, declárase disuelto el matrimonio por la causal de abandono manifiesto contraído por los señores Luis Villavicencio Garay y Mirna Martínez, a las seis y diez minutos de la tarde del quince de Diciembre de mil novecientos sesenta y
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LA GACETA-DIARIO OFICIAL 2423
dos, ante el Juez Primero Civil de Managua, inscrito bajo la partida No. 1615, Tomo III, página 847, del Libro de Matrimonios que llevó la Oficina del Estado Civil de las Personas de dicha ciudad, en el citado año.-La guarda de la menor corresponde a la madre.-Anótese este sentencia al margen de la Partida de Matrimonios respectivas e inscribase en los registros correspondientes.-Cópiese, notifiquese, publíquese, librase la ejecutoria de ley y con testimonio de lo resuelto, vuelvan los autos al Juzgado de su origen.-R. E. Fiallos.Juan Huembes H.-Enrique Peña H.-G. Goussen, Srio. 1
Se recuerda a las autoridades, la obligación que tienen de capturar a dicho delincuente y a los particulares la de denunciar el lugar donde se oculte.
Dado en el Juzgado de lo Criminal del Distrito de Boaco, a los treinta y un días · del mes de Julio de mil novecientos sesenta y cuatro.-Mar. Miranda Matus, Juez de lo Criminal del Distrito de Boaco, Mirlan L. de Angulo, Seria.
Es conforme con sus originales, Boaco, treinta y uno de Julio de mil novecientos sesenta y cuatro.-Mirian L. de Angulo, Sria. 1
Reg. No. 1500 No. 9043. - B/U 879180. - CS 5.70 Por primera vez cito y emplazo a los Corte de Apelaciones.-Sala Civil.-Ma- procesados Antonio y Jesús García, el pri
saya, veintiuno de Julio de mil novecientos mero de calidades ignoradas y el segundo sesenta y Cuatro.-Las diez de la mañana. también de calidades ignoradas, por ser Por Tanto: De conformidad con lo expues- autores del delito de hurto de alambre, en to, disposiciones citadas y los Artos., 424, la propiedad del Sr. Benedicto Bennúdez 436 y 446 Pr., los suscritos Magistrados Burgos, mayor de edad, casado, agricultor dijeron: Se confirma la sentencia consul- y residente en la Comarca "El Palmar" de tada; en consecuencia, declárase disuelto esta jurisdicción, para que dentro del térel matrimonio contraido por Juan Bautista mino de quince días, comparezcan a este Bonilla Araica y Elena Isabel Moreno Jimé- Despacho a defenderse en la causa criminal nez, a las cuatro y cincuenta minutos de la que se les sigue, bajo pena de declararlos tarde del dos de Julio de mil novecientos rebeldes, elevar esta causa a Plenario y cincuenta y siete, inscrito bajo la partida nombrarles defensor de Oficio si no comN• 790, tomo 11, pág. 500, del Libro de Ma- parecen. t~onios que llevó la O~icina ~el Estado ~-,, . !3e recu~rda a las autoridades, la obligavil de las Personas de dicha ciudad en el c1- c1on que tienen de capturar a dichos delintado año. La guarda de los menores corres- cuentes y a los particulares la de denun~nde a la ~adre, según las vc;>ces de la es- ciar el lugar donde se ocultan. entura. A_notese esta .senu;nc1a al llUl;rgen Dado en el Juzgado de lo Criminal del ~e la. Partida de Ma~moruos respectn:a e Distrito de Boaco, a los cuatro días del mes 1nscnb~ en los ~gistros con:espondie~- de Agosto de mil novecientos sesenta y cuates.-Cóp1~se, n~tiflquese, pubhque~se, ~·- tro.-Mar. Miranda Matus, Juez de lo Cribrese la eJecutor1a de ley Y con testimonio minal del Distrito de Boaco, Mirlan L. de de lo resuelto, vuelvan los autos al Juzgado Angulo Sria de su origen.-R. E. Fiallos.-Juan Huem- ' · . . bes H.-Enrique Peña H.-G. Goussen.- Es conforme sus ~nginale!l. Boaco, cua-Srio 1 tro de Agosto de nul novecientos sesenta
· _ y cuatro.-Mirian L. de Angulo, Sria.
Citaci6n de Procesados Reg. No. 1498
Por primera vez cito y emplazo al procesado Juan Lira, de calidades desconocidas, pero del vecindario de la Comarca "Montes Verdes", jurisdicción de Camoapa, de este Departamento, por ser el autor del delito de lesiones graves en la persona de Andrés Barcia López, de veintisiete años de edad, soltero, agricultor y vecino de la Comarca "Montes Verdes" jurisdicción de Camoapa, de este Departamento, para que dentro del término de quince días, comparezca a este Despacho a defenderse en la Causa Criminal que se le sigue, bajo pena de declararlo rebelde, elevar esta causa a Plenario y nombrale defensor de Oficio si no comparece.
1
Reg.No1501 Por primera vez cito y emplazo a los pro
cesados Eugenio Alvarez y Noel Osorio de generales ignoradas para que dentro del término de quince días comparezca al local de este Juzgado a defenderse en la causa que se le sigue por los delitos de homicidio cometido en la persona de Gonzalo López Trujillo, de generales desconocidas y lesiones cometida en la persona de Leonel López Ramírez, de dieciséis años de edad, soltero, mecánico y de este domicilio bajo apercibimiento de declararlos rebeldes, elevar la causa a Plenario y nombrarles defensor de oficio si no comparecen.
Se recuerda a las autoridades la obligación que tienen de capturar a los antes di-
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2424: LA GACETA-DIARIO OFICIAL
chos procesados y a los particulares el de denunciar el lugar donde se ocultan.
Dado en el Juzgado de Distrito de lo Criminal de León, a los veintidós días del mes de Julio de mil novecientos sesenta y cuatro.-0. Buitrago.-Oscar Blanco M.
Es conforme con su original.-León veintidós de Julio de mil novecientos sesenta y cuatro.-Oscar Blanco Matus, Secretario del Juzgado Distrito del Crimen del Depto.
-novecientos sesenta y cuatro.-H. Osorno Fonseca.-Guillermo Sotomayor, Srio.
Es conforme con su original. - Estelí, cuatro de Agosto de mil novecientos sesenta y cuatro.-Guillermo Sotomayor, Secretario.
1
Declaratorias de Herederos Reg. No. 9069-B/U883403 - CS 9.60 de León. 1 Aura Lila Cruz de Zelaya, mayor
edad, viuda, oficios domésticos, este domicilio, solicita declaratoria herederos
Reg. No. 1490 secesión de Santos Zelaya Centeno en u-Por primera vez citase y emplázase al nión, de coherederos Fausto Zelaya, Con
procesado Marcos Talavera, quien es mayor tador, casado, domicilio Managua, Angela de edad, casado, agricultor y de este domi- Zelaya de Ramírez, casada, modista, domicilio, para que dentro del término de quince cilio de Managua, Antonio Zelaya, casado, dias comparezca a este Juzgado de lo Cri- telegrafista, vecino Matagalpa; Carmela minal del Distrito, a defenderse de la causa Zelaya, soltera, oficios domésticos, vecina que se le sigue por ser autor de los delitos del pueblo de Yalí, Félix Zelaya, casado, de hurto cometidos en bienes de los señores agricultor, domicilio Matagalpa; Rosa ZeAbraham Rugama Garmendia, agricultor laya, soltera, profesora de enseñanza, veganadero y Héctor Darío Zúniga, bacterió- cina del pueblo de Yalí, y María Luisa Zelogo, ambos mayores de edad, de este do mi- laya, soltera, profesora, vecina de Jinotega, cilio, bajo los apercibimientos de declararlo todos mayores de edad. Bienes sucesión fin. rebelde, elevar su causa a plenario y nom- ca urbana cantón Sur-Oriental ciudad de brale defensor de oficio, esta autoridad si Jinotepe, limitada así: Norte predio sucesono comparece. res Severo Correa; Oriente, calle pública;
Se recuerda a las autoridades la obliga- Sur, predio de la solicitante; y Poniente, ción que tienen de capturar al delincuente Carlos Pérez Rodriguez; conteniendo casa, y a los particulares la de denunciar el lu- inscrita asiento X, folio 81, tomo 199, finca gar donde se oculta. No. 2716; y otra finca urbana situada su-
Dado en el Juzgado de lo Criminal del burbios ciudad de Managua, Distrito NaDistrito.-Estelí, tres de Agosto de mil cional, Barrio Largaespada, limitada: 0-novecientos sesenta y cuatro.-H. Osorno riente, con Teresa García de Largaespada Fonseca.-Guillermo Sotomayor, Srio. Y otros; al Poniente, terrenos Juana Gon-
Es conforme con su original. -Estelí, zález de Portillo; Norte, Pastora Vargas de cuatro de Agosto de mil novecientos sesen- Meza; Y Sur, calle en medio sucesores Tereta y cuatro.-Guillermo Sotomayor, Srio. sa García Largaespada y otros, inscrita en
1 asiento I, tomo CDill, folio 185, No 30143 ambas del Libro de Propiedad Sección De: rechos Reales Registro Público de Carazo y Managua.-Quién tenga derecho opóngase término legal.
Reg. No. 1491 Por segunda vez citase y emplázase al
procesado Heribert9 Acuña, de calidades ignoradas, para que dentro del término de quince días comparezca a este Juzgado de lo Criminal del Distrito a defenderse de la causa que se le sigue por ser autor del delito de homicidio por imprudencia temeraria cometido en la persona del señor Félix Pedro Montenegro, de veinticinco años de edad, y de restantes calidades ignoradas; bajo los apercibimientos de someter su causa al conocimiento del Tribunal de Jurados y de causarle la sentencia que se dicte los mismos efectos que si estuviere presente.
Juzgado Civi.l Distrito. -:...Jinotepe, tres de Agosto de mil novecientos sesenta y cuatro.-Leónidas Sánchez, Srio.
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No. 8108-8/U No. 848455-CS 6.08 Macarlo Cruz Olivas,jalapa solicita decla·
ratorla herederos, todos bienes, derechos y acciones que al morir dejó el parfre de éste don Domingo Cruz.-Bienes, ubicados jurls· dicción jalapa.
Oposiciones término legal. Recuérdase a las autoridades la obligación que tienen de capturar al delincuente y Dado juzgado Distrlto.-Ocotal veintlsie. a los particulares la de denunciar el lugar te Mayo mil novecientos sesentic~alro.-T. donde se oculte. R. Maldonado.-Rey. Zúnlga.-Srio.
Dado en el Juzgado de lo Criminal del Conforme.-Reynaldo Zúniga Srio Distrito. -Esteli, cuatro de Agosto de mil ' i
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