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COBERTURA DE RESPONSABILIDADES EN LAS ACTIVIDADES DEPORTIVAS EN

EL MEDIO NATURAL

Pr. Dr. NicolPr. Dr. Nicoláás de la Plata s de la Plata CaballeroCaballero

Universidad Europea de MadridUniversidad Europea de Madrid

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I. LA RESPONSABILIDAD EN EL DEPORTE

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� Cualquier persona criminalmente responsable es también civilmente si del hecho se derivan daños o perjuicios (art. 116 Código Penal)

� Es la RC accesoria a la penal� Los seguros solamente podrán cubrir

los resultados civiles, y los gastos derivados de la defensa penal

Relación entre la responsabilidad civil y la responsabilidad penal

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Responsabilidad penal: delitos en el deporte�� Delito de suministro dopaje (361 bis CP)Delito de suministro dopaje (361 bis CP)§ Quien facilita o suministra sustancias o métodos dopantes

§ Prisión 6 meses a 2 años/ Agravado con menores, superiroridad, etc

�� Delito contra la salud pDelito contra la salud púública (368 CP)blica (368 CP)§ Quien facilita o suministra droga

§ Si es un docente o educador (monitor deportivo), se agrava la pena y la multa

�� Intrusismo profesional (403 CP)Intrusismo profesional (403 CP)§ Sólo cuando se ejerce una profesión regulada (educación oficial en deporte)

� DiferenciaciDiferenciacióón entre el riesgo asumido (lesin entre el riesgo asumido (lesióón deportiva sin alcance n deportiva sin alcance penal) y el delito de lesionespenal) y el delito de lesiones (lesión fuera del contexto del juego)

�� Delitos generales relacionados con la integridad fDelitos generales relacionados con la integridad fíísica o la salud sica o la salud (por imprudencia profesional): (por imprudencia profesional):

• Omisión del deber de socorro (195 CP)

• Lesiones leves-graves

• Homicidio

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Responsabilidad civil

� La responsabilidad civil es la figura mediante la que se imputa a una persona física o jurídica las consecuencias derivadas de sus actos dañosos, creándole automáticamente la obligación de repararlos

� RC contractual (art. 1091 C.Civil) Seguro resp. profesional

� las obligaciones nacidas en los contratos poseen fuerza de ley entre las partes que han suscrito el contrato, y por tanto deben cumplirse en los términos acordados

� RC extracontractual (art. 1902 C.Civil) Seguro RC

� el que por acción u omisión causa daños a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado.

� Responsabilidad objetiva Seguro de accidentes

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Dispersión de responsabilidades

� Responsabilidad del monitor– In vigilando (diferencias según las edades, < 16 a< 16 añños)os)

– In operando: actuar con la diligencia debida

� Responsabilidad de la entidad– In vigilando: inspección y fiscalización actividad– In eligendo: selección personal adecuado

� Responsabilidad de la administración� Responsabilidad de la compañía de seguros

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II. EL CONTRATO DE SEGURO EN EL MUNDO

DEPORTIVO

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Las disposiciones legales

� Definición� Ley 50/1980 del contrato de

seguro� Art. 1: El contrato de seguro es

aquel por el que el Asegurador se obliga, mediante el cobro de una prima y para el caso de que se produzca el evento cuyo riesgo es objeto de cobertura a indemnizar, dentro de los límites pactados, el daño producido al asegurado o a satisfacer un capital, renta u otras prestaciones convenidas.

� Clasificación legal

�� Seguros de daSeguros de daññosos� Riesgos que inciden sobre el

ámbito material o patrimonial de las personas, físicas o jurídicas

�� Seguros personalesSeguros personales� Riesgos que puedan afectar a

la existencia, integridad corporal o salud del asegurado

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Seguros de Dañosa) Seguros combinados de daños

� Pólizas que engloban una serie de garantías con las que se cubren numerosos riesgos, que nos permiten garantizar una actividad en el medio natural segura:– Incendio, explosión, caída del rayo– Daños por agua– Daños a aparatos eléctricos y electrónicos– Robo, expoliación y hurto– Equipos informáticos– Pérdidas de beneficios– Responsabilidad civil (habitualmente se contrata aparte,

dadas sus especificidades y mayor volumen económico

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Seguros de Dañosb) Seguros de responsabilidad civil

� Art. 74 Ley del Contrato del Seguro: � el asegurador se obliga, dentro de los límites

establecidos en la Ley y en el contrato, a cubrir el riesgo del nacimiento a cargo del asegurado de la obligación de indemnizar a un tercero los daños y perjuicios causados por un hecho previsto en el contrato de cuyas consecuencias sea civilmente responsable el asegurado, conforme a derecho

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Seguros de Dañosb) Seguros de responsabilidad civil

� La actividad deportiva en la naturaleza implica un alto riesgo de causar daños, tanto a las personas como a las cosas

� Normalmente los seguros RC no cubren las actividades de riesgo, con lo que habrá que pedirlo expresamente

� Para ello es básico disponer de una póliza específica, con cantidades suficientes para cubrir los eventuales daños ocasionados

� La distinción que hemos efectuado entre RC y Responsabilidad profesional no se produce en la práctica:hay una única póliza que cubre todo

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Seguros de Daños (RC) FormulaciFormulacióón pn póólizaliza

�� Condiciones GeneralesCondiciones Generales--tipotipoque cada compañía aseguradora ofrece

�� Condiciones ParticularesCondiciones Particularespara adaptar al mundo del deporte en el medio natural, con coberturas claras y una redacción ajustada a la actividad deportiva concreta para lo que se establecen normalmente cláusulas adicionales

� Los profesionales cubiertos deben ser trabajadores, salvo que expresamente se introduzcan voluntarios

� Límite suma asegurada: general y por siniestro/persona

� Observar la cobertura y las exclusiones

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Seguros de Daños (RC)COBERTURAS HABITUALES COBERTURAS HABITUALES -- I I --

� Acciones u omisiones de las personas empleadas por el Tomador del seguro (Empresa, Club) para el mantenimiento, limpieza y vigilancia de las instalaciones de su propiedad

� Organización de cursos, exhibiciones y/o competiciones

� Daños ocasionados por los socios-alumnos del club/empresa cuando se encuentren utilizando sus instalaciones o participando en actividades organizadas fuera de ellas, incluso los que se causaran entre sí, salvo en el caso de que el/los causante/s del daño se encontrara interviniendo en la misma confrontación deportiva que el/los perjudicado/s

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COBERTURAS HABITUALES -II-

� Actos que, en el ejercicio de las funciones propias de su cometido, realicen las personas empleadas por el Tomador del seguro para llevar a cabo las actividades objeto de seguro, incluso las debidas a acciones u omisiones de los monitores deportivos

� Daños causados por los alumnos en las sesiones formativas impartidas por el Asegurado, realizando entrenamientos según las órdenes y recomendaciones de sus monitores, y bajo la vigilancia de éstos, o participando en exhibiciones, torneos o campeonatos a los que estén inscritos

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Exclusiones habituales en las pólizas de responsabilidad civil

� Daños causados a edificios e instalaciones utilizados en el desarrollo de la actividad asegurada y cualquier daño ocasionado en hoteles, albergues, casas de colonias y similares en donde se hospeden los asegurados, así como los daños que sean consecuencia de actividades lúdico-deportivas que no sean las propias de la actividad asegurada y los ocasionados por un alumno a otro en el transcurso de la participación de ambos en un evento deportivo.

� Coberturas indemnizables a través de un seguro obligatorio

� La responsabilidad civil profesional del personal sanitario

� Reclamaciones por contaminación y/o polución del suelo, las aguas o la atmósfera

SU INCLUSIÓN HAY QUE SOLICITARLA

EXPRESAMENTE, CON PRIMA MÁS ALTA

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� Aplicable en las CCAA sin normativa propia o actividades estatales

� Lo encontraremos en las actividades federadas en el medio natural, como…– MONTAÑA

• BTT• Esquí• Montañismo

– AGUA• Piragüismo• Remo• Wind-surf

– AIRE• Parapente• Ala delta

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Seguros personalesb) Seguros voluntarios de accidentes�� Asistencia mAsistencia méédicodico--quirquirúúrgica y sanatorialrgica y sanatorial�� Asistencia farmacolAsistencia farmacolóógicagica�� RehabilitaciRehabilitacióónn�� Suele incluir un capital por muerte e invalidezSuele incluir un capital por muerte e invalidez

� La asistencia sanitaria suele prestarse a través de centros concertados y, en algunos casos, en centros de libre elección aunque con un límite

� Cabe la formalización de seguros colectivos de accidentes, mediante los cuales una sola póliza cubre a personas que desarrollan la actividad

� Es habitual que en Estaciones de esquí y otros Espacios naturales con deportes de riesgo, se obligue al pago de un seguro de accidentes integrado en la propia cuota por la utilización de sus remontes. A veces, las coberturas llevan incorporadas prestaciones complementarias como gastos de rescate, gastos de viaje, traslados a centros hospitalarios o repatriaciones.

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III. RASGOS A TENER EN CUENTA EN LOS SEGUROS

EN EL MEDIO NATURAL

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ESTRUCTURA Y PRECIOS

� Estructura del contrato– Beneficiario– Objeto del seguro– Duración– Limitación

geográfica– Primas– Sumas aseguradas

PreciosPrecios� Alumnos (daños)

– Anual (15-50 €)– Acción puntual (10-

25 €)� Monitor (RC)

– Anual– Puntual

� Empresa/ club– A valorar

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TIPOS DE BENEFICIARIOS

� Alumnos– Daños-lesiones– RC ocasionada

� Monitor (contratado o voluntario expreso)– RC ocasionada– Daños

� Empresa/club– Responsabilidad civil– Suele cubrir la

ocasionada por sus monitores con contrato (¡OJO!)

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LEGISLACIÓN TIPO: ANDALUCÍADec. 20/2002 Turismo Activo

� Disponer, en su caso, de la licencia municipal correspondiente.

� Contar con un/a director/a técnico/a y de monitores con conocimientos específicos o adecuados

� Inscribirse en el Registro de Turismo

� Autorizaciones de navegación o de uso espacio protegido

� Suscribir un seguro de RC que cubra los posibles riesgos imputables a la empresa por la organización y prestación de la actividad, por 600.000 € por siniestro, pudiendo pactar una franquicia máxima de 600 €

� Suscribir un seguro de accidente o asistencia por la organización y prestación de la actividad de turismo activo, con la cobertura todavía a determinar pero con franquicia máxima de 150 €

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LEGISLACIÓN CATALUÑA Dec. 56/2003 Actividades Medio Natural

� Formar parte del Censo de organizadores

� Autorización menores� Personal técnico con

titulaciones precisadas� En caso de que la

organización de las actividades sea realizada por diversas personas o entidades, todas son responsables solidariamente

� Tener contratada una póliza de seguro de accidentes personales como la federada que cubra los gastos de curación, rescate y traslado

� Tener contratada una póliza de seguros de RC para cubrir los riesgos, con unos límites mínimos de 150.253,03 euros por víctima y 601.012,10 euros por siniestro.

� Comunicar previsoramente, con la periodicidad necesaria, sus actividades a las autoridades de seguridad y de salvamento de los lugares donde se ejecuten.

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NECESIDADES PRÁCTICAS� ������������������������� ���� ������������ �� �� ������������ ������� ��� �������� ����� ��� ���

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