RUTA CRÍTICA
EN LA ATENCIÓN
DE LA VIOLENCIA
FAMILIAR
Lic. Néstor Vergara Soria Dirección de Asistencia Técnica y
Promoción de Servicios, DGCVG-MIMP
VIOLENCIA FAMILIAR
• Grave atentado contra los derechos humanos, afecta la dignidad de las personas.
• Imponer formas de pensar, sentir y actuar.
• Controlar el cuerpo y lo cotidiano.
• Ejercer poder. Sensación de “propiedad” y “obediencia”.
• Perpetúa la inequidad de genero.
• Afecta la salud física y mental. Al año 120 mujeres (aprox.) mueren en el Perú por homicidio por parte de sus parejas. Este homicidio es precedido de historiales
continuos de violencia.
Secuencia de decisiones tomadas y acciones ejecutadas por una mujer afectada para enfrentar la situación de violencia y las respuestas encontradas en su búsqueda de ayuda.
Proceso constituido tanto por los factores inhibidores-impulsores y las acciones emprendidas, así como por las respuestas de los prestatarios de servicios que, a su vez, vuelven a afectar los factores inhibidores-impulsores de las afectadas.
La ruta crítica rara vez es un proceso lineal
Ruta Crítica
MINSAHospitalesCentros de Salud
MINEDU
LINEA 100
SOC. CIVIL
RED FAMILIAR-SOCIAL
COMISARÍA
FISCALÍA
INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL
JUZGADO de FAMILIA y PENAL
CENTROEMERGENCIA MUJER
DETECCIÓN
ATENCIÓN
ACCESO A LA JUSTICIA
SERVICIO DE ATENCIÓN URGENTE-
SAU UDAVIT
RECUPERACIÓN PROTECCIÓN
MINSA (MAMIS)Hospitales
generales/especializadosCentros de Salud
OTRA RED DE SERV. DE SALUD
(IGLESIA, SOC. CIVIL)(Municipio)
HOGARES DE REFUGIO TEMPORAL
RED FAMILIAR-SOCIAL
CENTRO DE ATENCIÓN RESIDENCIAL
Competencia de la PNP
• Toda delegación recibe denuncias.
• Realiza investigaciones preliminares. Parte o atestado.
• En flagrante delito o de muy grave peligro de perpetración, facultado para allanar el domicilio y detener al agresor.
• Podrá conducir de agrado o fuerza al denunciado para el esclarecimiento de los hechos.
• Remite el atestado al Juez de Paz, Fiscal penal o de Familia.
COMPETENCIAS DEL MINISTERIO PÚBLICO
• El Fiscal Provincial de Familia, da trámite a las peticiones de las víctimas, familiares, PNP, o de oficio.
• Dicta las medidas de protección:
Retiro del agresor del domicilio.
Impedimento de acoso a la víctima.
Suspensión temporal de visitas.
Inventarios sobre sus bienes.
Otras medidas.
• Formula demanda y pone en conocimiento del Juez de familia las medidas de protección adecuadas.
• Solicitará las medidas cautelares (medida anticipada fuera de proceso) al Juez de Familia –alimentos-.
• Visitar periódicamente delegaciones policiales para conocer denuncias sobre violencia familiar e intervenir de
oficio.
COMPETENCIA DEL JUEZ ESPECIALIZADO DE FAMILIA
• Le corresponde el conocimiento del proceso en función del domicilio de la víctima o del lugar de la agresión.
• Las pretensiones se tramitan como proceso único.
• La Resolución Judicial, pone fin al proceso:
Determina si ha existido o no VF.
Establece las medidas de protección
Suspensión temporal de la cohabitación.
Salida temporal del agresor del domicilio.
Prohibición temporal de visitas.
Prohibición de cualquier forma de acoso a la víctima.
El tratamiento que debe recibir la víctima, su familia y el agresor.
La reparación del daño.
Establecimiento de una pensión de alimentos
• En caso de incumplimiento ejerce facultades coercitivas.
INTERVENCIÓN DEL JUEZ PENAL
• Tipificados los hechos como delitos, dicta las medidas cautelares, así como disponer la detención del encausado, según la gravedad.
• Adopta todas las medidas de protección.
Disposiciones Comunes
El proceso se mantendrá en reserva.
Todas las instituciones públicas y privadas, tienen el deber de colaborar para la evaluación física y psicológica y asistencia de víctimas y su familia.
Los certificados de salud, física y mental, que expidan los establecimientos de salud, tienen valor probatorio y son gratuitos.
LA RUTA DE LA DENUNCIA
ETAPA JUDICIAL Demanda del servicio público e Interactuar. Afrontar la espera, actitudes, trato, simbólico. (carga procesal).
Afrontar el ciclo de violencia,
arrepentimiento, intimidación y/o promesa de cambio del agresor.
Discontinúan el procedimiento (laboral, economía).
ETAPA FISCAL Demanda del servicio público e Interactuar. Afrontar la espera, actitudes, trato, simbólico. Afrontar el ciclo de
violencia, arrepentimiento, intimidación y/o promesa de cambio del agresor.
Discontinúan el procedimiento. Sin Medidas de Protección 51% Con Medidas de Protección 42% No saben 8%
ETAPA POLICIAL Demanda del servicio público e Interactuar. Afrontar espera, actitudes, trato, simbólico. Afrontar el RML Y Ps. Afrontar el ciclo de violencia,
arrepentimiento, intimidación y/o promesa de cambio del agresor.
Discontinúan el procedimiento (declaración, exámenes).
Tiempo promedio 2.5 meses
(siguiente instancia) (M.R.)
RUTA DE LAS DENUNCIAS
• Denuncias Policiales 278.
• Derivadas al IML 272.
• Derivadas Juzgado Paz 101.
• Ingresadas a Fiscalía 70.
• Medidas de Protección 33.
• Ingresados Juzgado Mixto 21.
• Sentencias en Juzgado 01
(Evaluación de la ruta crítica del sistema policial – judicial en los
casos de violencia familiar: en los distritos de San Juan de Miraflores, Villa El Salvador y Villa María del Triunfo, Manuela Ramos 2007)
Denuncias Policiales 749.
Ministerio Público demandas por violencia familiar. 205.
Especializado en Familia expidió una sentencia. 1.
(179 procesos judiciales fueron archivados por abandono y 25
expedientes no fueron ubicados).
“Violencia Familiar Contra la Mujer en el
Callao ”. Defensoría del Pueblo. Primera
Edición. Lima. 2002.
SITUACIÓN ACTUAL DE LA VIOLENCIA
• Sin Violencia desde la Denuncia 37.8%.
• Continuó pero luego cesó 3.2%.
• Cesó momentáneamente pero se reanudó 22.3%.
• Nunca Cesó la Violencia 36.7%.
(Manuela Ramos 2007)
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