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SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
COMISIÓN NACIONAL DE SEGUROS Y FIANZAS
CONVOCATORIA PÚBLICA Y ABIERTA DIRIGIDA A TODO INTERESADO(A) QUE DESEE INGRESAR AL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA NO. 116
El Comité Técnico de Selección de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas con fundamento en
los artículos 21, 25, 26, 28, 37 y 75, fracción III de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal y 17, 18, 32 fracción II, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40 de su Reglamento;
numerales 195, 196, 197, 200, 201, 208, 209 y 210 del ACUERDO por el que se emiten las
Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como
el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y
el Manual del Servicio Profesional de Carrera, emite la siguiente: Convocatoria pública y abierta
dirigida a todo interesado que desee ingresar al Servicio Profesional de Carrera en el siguiente
puesto vacante de la Administración Pública Federal:
Nombre del Puesto
Subdirector de Vigilancia Técnica y de
Reaseguro de Fondos de Aseguramiento
Código de Puesto
06-C00-1-M2C017P-0000679-E-C-A
Nivel Administrativo
N33 Número de vacantes
Una
Percepción Mensual Bruta
$52,565.57 (Cincuenta y dos mil quinientos sesenta y cinco pesos 57/100 M.N.)
mensual
Adscripción del Puesto
Dirección de Vigilancia de Fondos de Aseguramiento
Sede
Ciudad de México
Funciones Principales
1.- Coordinar al personal para requerir, en el ámbito de su competencia, información y documentación a los fondos de aseguramiento, organismos integradores y demás participantes de los programas de fomento y apoyo a que se refiere la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, señalando los plazos y medios para su entrega, para el cumplimiento de las obligaciones. 2.- Coordinar y supervisar las labores de vigilancia necesarias para verificar que los fondos de aseguramiento constituyan y, en su caso, incrementen las reservas técnicas necesarias para el cumplimiento de sus compromisos de aseguramiento con sus socios, conforme a lo previsto en la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, para el cumplimiento de las obligaciones. 3.- Coordinar y supervisar las labores de vigilancia necesarias en el ámbito de su competencia para la recepción y verificación de la información relacionada con la integración de la asamblea general de socios, el consejo de administración, el consejo de vigilancia y el nombramiento del director general de los fondos de aseguramiento y supervisar el cumplimiento por parte de los Fondos de
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Aseguramiento de lo previsto en los artículos 10 a 28 de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, para el cumplimiento de las obligaciones. 4.- Coordinar y supervisar las labores de vigilancia necesarias en el ámbito de su competencia para verificar que las coberturas y productos que ofrecen los fondos de aseguramiento se apeguen a lo establecido en los artículos 29 a 33, 36 y 40 de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, para el cumplimiento de las obligaciones. 5.- Coordinar y supervisar las labores de vigilancia necesarias en el ámbito de su competencia para verificar que la constitución de las reservas técnicas de riesgos en curso y especial de contingencia se lleve a cabo de conformidad con lo establecido en el artículo 34 de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, para el cumplimiento de las obligaciones. 6.- Coordinar y supervisar las labores de vigilancia necesarias en el ámbito de su competencia para verificar que la retención de riesgos y las operaciones de reaseguro que lleven a cabo los fondos de aseguramiento cumplan con lo establecido en el artículo 37 de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, para el cumplimiento de las obligaciones. 7.- Coordinar y supervisar las labores de vigilancia necesarias en el ámbito de su competencia para verificar que la participación de los fondos de aseguramiento en los fondos de protección y de retención común de riesgos, cumplan con lo previsto en los artículos 75 a 84 de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, para el cumplimiento de las obligaciones. 8.- Proporcionar la información pertinente recopilando y preparando los informes necesarios para que la dirección general en el ámbito de su competencia comunique trimestralmente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público sobre los resultados de la vigilancia que se realice sobre la operación y funcionamiento de los fondos de aseguramiento, así como sobre la aplicación de los recursos destinados a los programas de fomento y apoyo a los fondos de aseguramiento y a los organismos integradores, para el cumplimiento de las obligaciones.
Perfil
Escolaridad Nivel de estudio: Licenciatura o Profesional. Grado de avance escolar: Titulado. Área de Estudio: Ciencias Agropecuarias. Carrera Genérica: Agronomía Área de Estudio: Ciencias Agropecuarias. Carrera Genérica: Desarrollo Agropecuario Área de Estudio: Ciencias Naturales y Exactas. Carrera Genérica: Matemáticas Actuaría Área de Estudio: Ciencias Sociales y Administrativas Carrera Genérica: Administración Área de Estudio: Ciencias Sociales y Administrativas Carrera Genérica: Contaduría Área de Estudio: Ciencias Sociales y Administrativas Carrera Genérica: Derecho
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Área de Estudio: Ciencias Sociales y Administrativas Carrera Genérica: Economía Área de Estudio: Ciencias Sociales y Administrativas Carrera Genérica: Finanzas
Experiencia laboral Mínimo cuatro años de experiencia en: Según catálogos de trabajaen Área de experiencia: Ciencias Agrarias Área de experiencia requerida: Ingeniería Agrícola o Área de experiencia: Ciencias Agrarias Área de experiencia requerida: Agronomía o Área de experiencia: Ciencias Económicas Área de experiencia requerida: Administración o Área de experiencia: Ciencias Económicas Área de experiencia requerida: Contabilidad o Área de experiencia: Ciencias Económicas Área de experiencia requerida: Economía General o Área de experiencia: Matemáticas Área de experiencia requerida: Probabilidad o Área de experiencia: Matemáticas Área de experiencia requerida: Estadística
Capacidades Gerenciales/Habilidades
Trabajo en equipo
Orientación a resultados
Capacidades Técnicas
Conforme a Temario
Nombre del Puesto
Subdirector de Vigilancia Financiera
de Fondos de Aseguramiento
Código de Puesto
06-C00-1-M2C017P-0000683-E-C-A
Nivel Administrativo
N33 Número de vacantes
Una
Percepción Mensual Bruta
$52,565.57 (Cincuenta y dos mil quinientos sesenta y cinco pesos 57/100 M.N.)
mensual
Adscripción del Puesto
Dirección de Vigilancia de Fondos de Aseguramiento
Sede
Ciudad de México
Funciones Principales
1.-Coordinar al personal para recibir y revisar, en el ámbito de su competencia, información relacionada con la integración de la asamblea general de socios, el
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consejo de administración, el consejo de vigilancia y el nombramiento del director general de los fondos de aseguramiento y supervisar el cumplimiento por parte de los Fondos de Aseguramiento de lo previsto en los artículos 10 a 28 de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, para el cumplimiento de las obligaciones. 2.- Coordinar al personal para requerir, en el ámbito de su competencia, información y documentación a los fondos de aseguramiento, organismos integradores y demás participantes de los programas de fomento y apoyo a que se refiere la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, señalando los plazos y medios para su entrega, para el cumplimiento de las obligaciones. 3.- Coordinar y supervisar al personal para verificar que la contabilidad de los fondos de aseguramiento se ajuste al catálogo general de cuentas que autorice la Comisión conforme a lo señalado en el artículo 38 de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, para el cumplimiento de las obligaciones. 4.-Coordinar y supervisar las labores de vigilancia necesarias en el ámbito de su competencia para verificar que la presentación y aprobación de los estados financieros de los fondos de aseguramiento se apegue a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, para el cumplimiento de las obligaciones. 5.- Coordinar y supervisar las labores de vigilancia necesarias en el ámbito de su competencia para comprobar que los fondos de aseguramiento realicen la inversión de sus activos que respaldan sus reservas técnicas, conforme a lo previsto en el artículo 39 de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, para el cumplimiento de las obligaciones. 6.-Coordinar y supervisar las labores de vigilancia necesarias en el ámbito de su competencia para verificar que la integración del fondo social de los fondos de aseguramiento se realice en apego a lo señalado en el artículo 35 de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, para el cumplimiento de las obligaciones. 7.- Coordinar y supervisar las labores de vigilancia necesarias en el ámbito de su competencia para verificar que los fondos de aseguramiento, los organismos integradores y demás participantes de los programas referidos, reflejen de manera adecuada en su contabilidad, la recepción y aplicación de recursos derivados de cada uno de dichos programas, según corresponda, conforme a lo señalado en las reglas de operación aplicables y demás disposiciones jurídicas relacionadas con la materia, para el cumplimiento de las obligaciones. 8.- Proporcionar la información pertinente recopilando y preparando los informes necesarios para que la dirección general en el ámbito de su competencia comunique trimestralmente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público sobre los resultados de la vigilancia que se realice sobre la operación y funcionamiento de los fondos de aseguramiento, así como sobre la aplicación de los recursos destinados a los programas de fomento y apoyo a los fondos de aseguramiento y a los organismos integradores, para el cumplimiento de las obligaciones.
Perfil
Escolaridad Nivel de estudio: Licenciatura o Profesional. Grado de avance escolar: Titulado. Área de Estudio: Ciencias Agropecuarias.
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Carrera Genérica: Agronomía Área de Estudio: Ciencias Agropecuarias. Carrera Genérica: Desarrollo Agropecuario Área de Estudio: Ciencias Naturales y Exactas. Carrera Genérica: Matemáticas Actuaría Área de Estudio: Ciencias Sociales y Administrativas Carrera Genérica: Administración Área de Estudio: Ciencias Sociales y Administrativas Carrera Genérica: Contaduría Área de Estudio: Ciencias Sociales y Administrativas Carrera Genérica: Derecho Área de Estudio: Ciencias Sociales y Administrativas Carrera Genérica: Economía Área de Estudio: Ciencias Sociales y Administrativas Carrera Genérica: Finanzas
Experiencia laboral Mínimo cuatro años de experiencia en: Según catálogos de trabajaen Área de experiencia: Ciencias Agrarias Área de experiencia requerida: Ingeniería Agrícola o Área de experiencia: Ciencias Agrarias Área de experiencia requerida: Agronomía o Área de experiencia: Ciencias Económicas Área de experiencia requerida: Administración o Área de experiencia: Ciencias Económicas Área de experiencia requerida: Contabilidad o Área de experiencia: Ciencias Económicas Área de experiencia requerida: Economía General o Área de experiencia: Matemáticas Área de experiencia requerida: Probabilidad o Área de experiencia: Matemáticas Área de experiencia requerida: Estadística
Capacidades Gerenciales/Habilidades
Trabajo en equipo
Orientación a resultados
Capacidades Técnicas
Conforme a Temario
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Nombre del Puesto
Subdirector Contencioso
Código de Puesto
06-C00-3-M2C017P-0000646-E-C-A
Nivel Administrativo
N33 Número de vacantes
Una
Percepción Mensual Bruta
$52,565.57 (Cincuenta y dos mil quinientos sesenta y cinco pesos 57/100 M.N.)
mensual
Adscripción del Puesto
Dirección Contencioso
Sede
Ciudad de México
Funciones Principales
1.- Representar los intereses de la comisión, asesorando respecto de los juicios asignados por el director contencioso en los que la CNSF sea parte o pueda resultar afectada efectuando los oficios que correspondan acorde a la naturaleza del juicio que motive su atención, para la defensa de los intereses de la CNSF. 2.- Representar los intereses de la comisión, atendiendo y supervisando los trámites judiciales y administrativos asignados por el director contencioso efectuando los oficios que correspondan acorde a la naturaleza del requerimiento, a fin de prestar el auxilio a las autoridades en la investigación de la verdad. 3.- Representar los intereses de la comisión en los juicios de amparo, colaborando en los proyectos de informes previos, justificados, recursos que procedan, cumplimientos de ejecutorias en juicios de amparo en los que la CNSF sea señalada como autoridad responsable, a fin de evitar la pérdida de un derecho defendiendo los intereses de la CNSF. 4.- Representar los intereses de la comisión, efectuando y supervisando los oficios de contestación de demanda, contestación a ampliación de la misma, así como generar los oficios procedentes en la consecución del procedimiento contencioso administrativo relacionados con la atención íntegra y puntual de los juicios de nulidad ante el tribunal federal de justicia administrativa, con la finalidad de evitar la pérdida de un derecho procesal en la defensa de los intereses de la CNSF. 5.- Colaborar con los trámites de procedimientos de liquidación de instituciones e instituciones de fianzas que le sean asignadas por el director contencioso para su atención, elaborando los oficios y memorandos correspondientes para aprobación del director contencioso a fin de informar a la presidenta de la CNSF lo correspondiente para la designación del liquidador en términos de la lisf. 6.- Coordinar el trámite a las solicitudes de acceso a la información dirigidas a la CNSF a través de su unidad de transparencia, interactuando con las diversas áreas de la CNSF para obtener la información requerida.
Perfil
Escolaridad Nivel de estudio: Licenciatura o Profesional. Grado de avance escolar: Titulado. Área de Estudio: Ciencias Sociales y Administrativas. Carrera Genérica: Derecho
Experiencia laboral Mínimo cuatro años de experiencia en: Según catálogos de trabajaen Área de experiencia: Ciencias Jurídicas y Derecho
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Área de experiencia requerida: Defensa Jurídica y Procedimientos o Área de experiencia: Ciencias Jurídicas y Derecho Área de experiencia requerida: Derecho y Legislación Nacionales o Área de experiencia: Ciencia Política Área de experiencia requerida: Administración Pública
Capacidades Gerenciales/Habilidades
Trabajo en equipo
Orientación a resultados
Capacidades Técnicas
Conforme a Temario
Nombre del Puesto
Subdirector de Inspección de Reaseguro A
Código de Puesto 06-C00-3-M2C016P-0000476-E-C-A
Nivel Administrativo
N31 Número de vacantes Una
Percepción Mensual Bruta
$43, 311.32 (Cuarenta y Tres mil trescientos once pesos 32/100 M.N.) mensual bruto
Adscripción del Puesto
Dirección de Inspección de Reaseguro Sede Ciudad de México
Funciones Principales
1.- Ejercer los actos necesarios respecto de las facultades de supervisión y, en su caso, realizar, las visitas de inspección a las instituciones y sociedades mutualistas de seguros e instituciones de fianzas, conforme al programa anual y demás personas y entidades sujetas a la inspección y vigilancia de la comisión, conforme al programa anual, así como las demás visitas de inspección previstas en la ley de instituciones de seguros y fianzas y otras disposiciones jurídicas aplicables y, cuando corresponda, practicarlas en coordinación con la comisión nacional bancaria y de valores, la comisión nacional del sistema de ahorro para el retiro, el banco de México o cualquier autoridad que tenga facultades en la materia; así como en el ámbito de su competencia, realizar la investigación de actos que hagan suponer la ejecución de operaciones que contravengan a la ley de instituciones de seguros y de fianzas, los reglamentos y las disposiciones de carácter general, pudiendo realizar visitas de inspección a las personas que puedan estar incurriendo en ellas, e instrumentar su intervención y, en su caso, clausura, con el propósito de verificar su apego a las disposiciones legales y administrativas aplicables. 2.- Hacer del conocimiento del superior jerárquico, las irregularidades observadas en ejercicio de sus atribuciones, ejercer los actos necesarios respecto de las facultades de supervisión para el desarrollo de las visitas de inspección practicadas, evaluar sus resultados y formular los informes correspondientes y, en su caso, realizar las observaciones derivadas de la inspección, proponiendo y, en su caso, ordenando la adopción de medidas tendientes a corregir los hechos, actos, omisiones o irregularidades que haya detectado con motivo del ejercicio de dichas atribuciones,
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así como proponer que las instituciones y sociedades mutualistas de seguros e instituciones de fianzas, en el ámbito de su competencia, adopten una o varias de las medidas de control a que se refiere el artículo 324 de la ley de instituciones de seguros y de fianzas y verificar que las instituciones y sociedades mutualistas de seguros e instituciones de fianzas y demás personas y entidades sujetas a la inspección y vigilancia de la comisión, cumplan las observaciones que con motivo de las visitas de inspección se les formulen, con el propósito de verificar su apego a las disposiciones legales y administrativas aplicables. 3.- Ejercer los actos necesarios respecto de las facultades de supervisión de la propuesta y, en su caso, la imposición de conformidad con el acuerdo delegatorio correspondiente, las sanciones previstas en la ley de instituciones de seguros y de fianzas y otras disposiciones jurídicas aplicables, por violaciones a esta y a las disposiciones jurídicas que de ella emanen, relacionadas con las atribuciones de su competencia y la aplicación conforme al acuerdo delegatorio correspondiente y previo apercibimiento, las medidas de apremio previstas en la ley de instituciones de seguros y de fianzas, con motivo de las órdenes o mandatos que emita para el desempeño de sus atribuciones, con el propósito de verificar su apego a las disposiciones legales y administrativas aplicables. 4.- Ejercer los actos necesarios respecto de las facultades de supervisión y, en su caso verificar en el ámbito de su competencia, que las intervenciones con carácter de gerencia se lleven de conformidad con la ley de instituciones de seguros y de fianzas y las disposiciones de carácter general que para tal efecto emita la comisión, así como verificar, en el ámbito de su competencia, el cumplimiento por parte de los liquidadores de los procedimientos a los que se refieren los artículos 401 y 444, fracción iii de la ley de instituciones de seguros y de fianzas, y demás disposiciones jurídicas aplicables, con el propósito de verificar su apego a las disposiciones legales y administrativas aplicables. 5.- Ejercer los actos necesarios respecto de las facultades de supervisión y, en su caso verificar, en el ámbito de su competencia, el sistema de gobierno corporativo y el establecimiento de políticas y procedimientos sobre la contratación de terceros para llevar a cabo las funciones operativas que realizan las instituciones y sociedades mutualistas de seguros e instituciones de fianzas, en términos de la ley de instituciones y de seguros y de fianzas y las disposiciones de carácter general que al efecto emita la comisión, con el propósito de verificar su apego a las disposiciones legales y administrativas aplicables. 6.- Ejercer los actos necesarios respecto de las facultades de supervisión y, en su caso verificar, que los límites máximos de retención que fijen y apliquen las instituciones y sociedades mutualistas de seguros e instituciones de fianzas, se realicen conforme a lo dispuesto en la ley de instituciones de seguros y de fianzas y las disposiciones de carácter general que al efecto emita la comisión, en coordinación con la dirección general de supervisión actuarial, la dirección general de supervisión del seguro de pensiones y salud y la dirección general de supervisión financiera, verificar el comportamiento de las operaciones en materia de reaseguro, reafianzamiento y otros mecanismos de transferencia de riesgos y responsabilidades de las instituciones y sociedades mutualistas de seguros e instituciones de fianzas, así como verificar la supervisión de que los informes, esquemas de reaseguro y contratos que en materia de reaseguro, reaseguro financiero, reafianzamiento y otros mecanismos de transferencia de riesgos y responsabilidades realicen las instituciones y sociedades mutualistas de seguros e instituciones de fianzas, se apeguen a la ley de instituciones de seguros y de fianzas y las disposiciones administrativas que al efecto emita la comisión; así como las demás que le confieran
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otras disposiciones jurídicas o le encomiende su superior jerárquico, con el propósito de verificar su apego a las disposiciones legales y administrativas aplicables. 7.- Ejercer los actos necesarios respecto de las facultades de supervisión y, en su caso, realizar visitas de inspección a intermediarios de reaseguro y oficinas de representación de reaseguradoras extranjeras y verificar que las operaciones que realicen se apeguen a la ley de instituciones de seguros y de fianzas y demás disposiciones jurídicas aplicables, con el propósito de verificar su apego a las disposiciones legales y administrativas aplicables.
Perfil
Escolaridad
Nivel de estudio: Licenciatura o Profesional. Grado de avance escolar: Titulado. Área de Estudio: Ciencias Naturales y Exactas. Carrera Genérica: Contaduría. Área de Estudio: Ciencias Naturales y Exactas. Carrera Genérica: Matemáticas Actuaría. Área de Estudio: Ciencias Sociales y Administrativas. Carrera Genérica: Administración. Área de Estudio: Ciencias Sociales y Administrativas. Carrera Genérica: Contaduría. Área de Estudio: Ciencias Sociales y Administrativas. Carrera Genérica: Economía.
Experiencia laboral
Mínimo cuatro años de experiencia en: Según catálogos de trabajaen Campo de experiencia: Ciencias Económicas. Área de experiencia requerida: Auditoría.
Capacidades Gerenciales/Habilidades
Orientación a resultados.
Trabajo en equipo.
Técnicas Conforme a Temario.
Nombre del Puesto
Supervisor de Vigilancia Técnica y de Reaseguro de Fondos de
Aseguramiento
Código de Puesto
06-C00-1-M2C015P-0000680-E-C-A
Nivel Administrativo
O33 Número de vacantes
Una
Percepción Mensual Bruta
$30,937.53 (Treinta mil novecientos treinta y siete pesos 53/100 M.N.) mensual
Adscripción del Puesto
Sede
Ciudad de México
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Subdirección de Vigilancia Técnica y de Reaseguro de Fondos de Aseguramiento
Funciones Principales
1.- Requerir y revisar, en el ámbito de su competencia, información y documentación a los fondos de aseguramiento, organismos integradores y demás participantes de los programas de fomento y apoyo a que se refiere la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, señalando los plazos y medios para su entrega, para el cumplimiento de las obligaciones. 2.- Efectuar las labores de vigilancia necesarias para verificar que los fondos de aseguramiento constituyan y, en su caso, incrementen las reservas técnicas necesarias para el cumplimiento de sus compromisos de aseguramiento con sus socios, conforme a lo previsto en la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, para el cumplimiento de las obligaciones. 3.- Efectuar las labores de vigilancia necesarias en el ámbito de su competencia para la recepción y verificación de la información relacionada con la integración de la asamblea general de socios, el consejo de administración, el consejo de vigilancia y el nombramiento del director general de los fondos de aseguramiento y supervisar el cumplimiento por parte de los Fondos de Aseguramiento de lo previsto en los artículos 10 a 28 de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, para el cumplimiento de las obligaciones. 4.- Efectuar las labores de vigilancia necesarias en el ámbito de su competencia para verificar que las coberturas y productos que ofrecen los fondos de aseguramiento se apeguen a lo establecido en los artículos 29 a 33, 36 y 40 de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, para el cumplimiento de las obligaciones. 5.- Efectuar las labores de vigilancia necesarias en el ámbito de su competencia para verificar que la constitución de las reservas técnicas de riesgos en curso y especial de contingencia se lleve a cabo de conformidad con lo establecido en el artículo 34 de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, para el cumplimiento de las obligaciones. 6.- Efectuar las labores de vigilancia necesarias en el ámbito de su competencia para verificar que la retención de riesgos y las operaciones de reaseguro que lleven a cabo los fondos de aseguramiento cumplan con lo establecido en el artículo 37 de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, para el cumplimiento de las obligaciones. 7.- Efectuar las labores de vigilancia necesarias en el ámbito de su competencia para verificar que la participación de los fondos de aseguramiento en los fondos de protección y de retención común de riesgos, cumplan con lo previsto en los artículos 75 a 84 de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, para el cumplimiento de las obligaciones. 8.- Proporcionar a la subdirección la información pertinente recopilando y preparando los informes necesarios para que la dirección general en el ámbito de su competencia comunique trimestralmente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público sobre los resultados de la vigilancia que se realice sobre la operación y funcionamiento de los fondos de aseguramiento, así como sobre la aplicación de los recursos destinados a los programas de fomento y apoyo a los fondos de aseguramiento y a los organismos integradores, para el cumplimiento de las obligaciones.
Perfil Escolaridad Nivel de estudio: Licenciatura o Profesional.
Grado de avance escolar: Titulado.
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Área de Estudio: Ciencias Agropecuarias. Carrera Genérica: Agronomía Área de Estudio: Ciencias Agropecuarias. Carrera Genérica: Desarrollo Agropecuario Área de Estudio: Ciencias Naturales y Exactas. Carrera Genérica: Matemáticas Actuaría Área de Estudio: Ciencias Sociales y Administrativas Carrera Genérica: Administración Área de Estudio: Ciencias Sociales y Administrativas Carrera Genérica: Contaduría Área de Estudio: Ciencias Sociales y Administrativas Carrera Genérica: Derecho Área de Estudio: Ciencias Sociales y Administrativas Carrera Genérica: Economía Área de Estudio: Ciencias Sociales y Administrativas Carrera Genérica: Finanzas
Experiencia laboral Mínimo dos años de experiencia en: Según catálogos de trabajaen Área de experiencia: Ciencias Agrarias Área de experiencia requerida: Ingeniería Agrícola o Área de experiencia: Ciencias Agrarias Área de experiencia requerida: Agronomía o Área de experiencia: Ciencias Económicas Área de experiencia requerida: Administración o Área de experiencia: Ciencias Económicas Área de experiencia requerida: Contabilidad o Área de experiencia: Ciencias Económicas Área de experiencia requerida: Economía General o Área de experiencia: Matemáticas Área de experiencia requerida: Probabilidad o Área de experiencia: Matemáticas Área de experiencia requerida: Estadística
Capacidades Gerenciales/Habilidades
Trabajo en equipo
Orientación a resultados
Capacidades Técnicas
Conforme a Temario
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Nombre del Puesto
Supervisor de Vigilancia Técnica y de
Reaseguro de Fondos de Aseguramiento
Código de Puesto
06-C00-1-M2C015P-0000681-E-C-A
Nivel Administrativo
O33 Número de vacantes
Una
Percepción Mensual Bruta
$30,937.53 (Treinta mil novecientos treinta y siete pesos 53/100 M.N.) mensual
Adscripción del Puesto
Subdirección de Vigilancia Técnica y de Reaseguro de Fondos de Aseguramiento
Sede
Ciudad de México
Funciones Principales
1.- Requerir y revisar, en el ámbito de su competencia, información y documentación a los fondos de aseguramiento, organismos integradores y demás participantes de los programas de fomento y apoyo a que se refiere la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, señalando los plazos y medios para su entrega, para el cumplimiento de las obligaciones. 2.- Efectuar las labores de vigilancia necesarias para verificar que los fondos de aseguramiento constituyan y, en su caso, incrementen las reservas técnicas necesarias para el cumplimiento de sus compromisos de aseguramiento con sus socios, conforme a lo previsto en la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, para el cumplimiento de las obligaciones. 3.- Efectuar las labores de vigilancia necesarias en el ámbito de su competencia para la recepción y verificación de la información relacionada con la integración de la asamblea general de socios, el consejo de administración, el consejo de vigilancia y el nombramiento del director general de los fondos de aseguramiento y supervisar el cumplimiento por parte de los Fondos de Aseguramiento de lo previsto en los artículos 10 a 28 de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, para el cumplimiento de las obligaciones. 4.- Efectuar las labores de vigilancia necesarias en el ámbito de su competencia para verificar que las coberturas y productos que ofrecen los fondos de aseguramiento se apeguen a lo establecido en los artículos 29 a 33, 36 y 40 de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, para el cumplimiento de las obligaciones. 5.- Efectuar las labores de vigilancia necesarias en el ámbito de su competencia para verificar que la constitución de las reservas técnicas de riesgos en curso y especial de contingencia se lleve a cabo de conformidad con lo establecido en el artículo 34 de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, para el cumplimiento de las obligaciones. 6.- Efectuar las labores de vigilancia necesarias en el ámbito de su competencia para verificar que la retención de riesgos y las operaciones de reaseguro que lleven a cabo los fondos de aseguramiento cumplan con lo establecido en el artículo 37 de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, para el cumplimiento de las obligaciones. 7.- Efectuar las labores de vigilancia necesarias en el ámbito de su competencia para verificar que la participación de los fondos de aseguramiento en los fondos de
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protección y de retención común de riesgos, cumplan con lo previsto en los artículos 75 a 84 de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, para el cumplimiento de las obligaciones. 8.- Proporcionar a la subdirección la información pertinente recopilando y preparando los informes necesarios para que la dirección general en el ámbito de su competencia comunique trimestralmente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público sobre los resultados de la vigilancia que se realice sobre la operación y funcionamiento de los fondos de aseguramiento, así como sobre la aplicación de los recursos destinados a los programas de fomento y apoyo a los fondos de aseguramiento y a los organismos integradores, para el cumplimiento de las obligaciones.
Perfil
Escolaridad Nivel de estudio: Licenciatura o Profesional. Grado de avance escolar: Titulado. Área de Estudio: Ciencias Agropecuarias. Carrera Genérica: Agronomía Área de Estudio: Ciencias Agropecuarias. Carrera Genérica: Desarrollo Agropecuario Área de Estudio: Ciencias Naturales y Exactas. Carrera Genérica: Matemáticas Actuaría Área de Estudio: Ciencias Sociales y Administrativas Carrera Genérica: Administración Área de Estudio: Ciencias Sociales y Administrativas Carrera Genérica: Contaduría Área de Estudio: Ciencias Sociales y Administrativas Carrera Genérica: Derecho Área de Estudio: Ciencias Sociales y Administrativas Carrera Genérica: Economía Área de Estudio: Ciencias Sociales y Administrativas Carrera Genérica: Finanzas
Experiencia laboral Mínimo dos años de experiencia en: Según catálogos de trabajaen Área de experiencia: Ciencias Agrarias Área de experiencia requerida: Ingeniería Agrícola o Área de experiencia: Ciencias Agrarias Área de experiencia requerida: Agronomía o Área de experiencia: Ciencias Económicas Área de experiencia requerida: Administración o Área de experiencia: Ciencias Económicas Área de experiencia requerida: Contabilidad o Área de experiencia: Ciencias Económicas
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Área de experiencia requerida: Economía General o Área de experiencia: Matemáticas Área de experiencia requerida: Probabilidad o Área de experiencia: Matemáticas Área de experiencia requerida: Estadística
Capacidades Gerenciales/Habilidades
Trabajo en equipo
Orientación a resultados
Capacidades Técnicas
Conforme a Temario
Nombre del Puesto
Supervisor de Vigilancia Financiera de
Fondos de Aseguramiento
Código de Puesto
06-C00-1-M2C015P-0000685-E-C-A
Nivel Administrativo
O33 Número de vacantes
Una
Percepción Mensual Bruta
$30,937.53 (Treinta mil novecientos treinta y siete pesos 53/100 M.N.) mensual
Adscripción del Puesto
Subdirección de Vigilancia Financiera de Fondos de Aseguramiento
Sede
Ciudad de México
Funciones Principales
1.- Efectuar las labores de vigilancia necesarias en el ámbito de su competencia para la recepción y revisión de la información relacionada con la integración de la asamblea general de socios, el consejo de administración, el consejo de vigilancia y el nombramiento del director general de los fondos de aseguramiento y supervisar el cumplimiento por parte de los Fondos de Aseguramiento de lo previsto en los artículos 10 a 28 de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, para el cumplimiento de las obligaciones. 2.- Efectuar las labores de vigilancia necesarias para verificar en el ámbito de su competencia, información y documentación a los fondos de aseguramiento, organismos integradores y demás participantes de los programas de fomento y apoyo a que se refiere la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, señalando los plazos y medios para su entrega, para el cumplimiento de las obligaciones. 3.- Efectuar las labores de vigilancia necesarias para verificar que la contabilidad de los fondos de aseguramiento se ajuste al catálogo general de cuentas que autorice la Comisión conforme a lo señalado en el artículo 38 de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, para el cumplimiento de las obligaciones. 4.- Efectuar las labores de vigilancia necesarias en el ámbito de su competencia para verificar que la presentación y aprobación de los estados financieros de los fondos de aseguramiento se apegue a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, para el cumplimiento de las obligaciones.
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5.- Efectuar las labores de vigilancia necesarias en el ámbito de su competencia para comprobar que los fondos de aseguramiento realicen la inversión de sus activos que respaldan sus reservas técnicas, conforme a lo previsto en el artículo 39 de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, para el cumplimiento de las obligaciones. 6.- Efectuar las labores de vigilancia necesarias en el ámbito de su competencia para verificar que la integración del fondo social de los fondos de aseguramiento se realice en apego a lo señalado en el artículo 35 de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, para el cumplimiento de las obligaciones. 7.- Efectuar las labores de vigilancia necesarias en el ámbito de su competencia para verificar que los fondos de aseguramiento, los organismos integradores y demás participantes de los programas referidos, reflejen de manera adecuada en su contabilidad, la recepción y aplicación de recursos derivados de cada uno de dichos programas, según corresponda, conforme a lo señalado en las reglas de operación aplicables y demás disposiciones jurídicas relacionadas con la materia, para el cumplimiento de las obligaciones. 8.- Proporcionar a la subdirección la información pertinente recopilando y preparando los informes necesarios para que la dirección general en el ámbito de su competencia comunique trimestralmente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público sobre los resultados de la vigilancia que se realice sobre la operación y funcionamiento de los fondos de aseguramiento, así como sobre la aplicación de los recursos destinados a los programas de fomento y apoyo a los fondos de aseguramiento y a los organismos integradores, para el cumplimiento de las obligaciones.
Perfil
Escolaridad Nivel de estudio: Licenciatura o Profesional. Grado de avance escolar: Titulado. Área de Estudio: Ciencias Agropecuarias. Carrera Genérica: Agronomía Área de Estudio: Ciencias Agropecuarias. Carrera Genérica: Desarrollo Agropecuario Área de Estudio: Ciencias Naturales y Exactas. Carrera Genérica: Matemáticas Actuaría Área de Estudio: Ciencias Sociales y Administrativas Carrera Genérica: Administración Área de Estudio: Ciencias Sociales y Administrativas Carrera Genérica: Contaduría Área de Estudio: Ciencias Sociales y Administrativas Carrera Genérica: Derecho Área de Estudio: Ciencias Sociales y Administrativas Carrera Genérica: Economía Área de Estudio: Ciencias Sociales y Administrativas Carrera Genérica: Finanzas
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Experiencia laboral Mínimo dos años de experiencia en: Según catálogos de trabajaen Área de experiencia: Ciencias Agrarias Área de experiencia requerida: Ingeniería Agrícola o Área de experiencia: Ciencias Agrarias Área de experiencia requerida: Agronomía o Área de experiencia: Ciencias Económicas Área de experiencia requerida: Administración o Área de experiencia: Ciencias Económicas Área de experiencia requerida: Contabilidad o Área de experiencia: Ciencias Económicas Área de experiencia requerida: Economía General o Área de experiencia: Matemáticas Área de experiencia requerida: Probabilidad o Área de experiencia: Matemáticas Área de experiencia requerida: Estadística
Capacidades Gerenciales/Habilidades
Trabajo en equipo
Orientación a resultados
Capacidades Técnicas
Conforme a Temario
Nombre del Puesto
Inspector Supervisor Técnico y de Reaseguro de Fondos de
Aseguramiento
Código de Puesto
06-C00-1-M2C015P-0000690-E-C-A
Nivel Administrativo
O33 Número de vacantes
Una
Percepción Mensual Bruta
$30,937.53 (Treinta mil novecientos treinta y siete pesos 53/100 M.N.) mensual
Adscripción del Puesto
Subdirección de Inspección Técnica y de Reaseguro de Fondos de Aseguramiento
Sede
Ciudad de México
Funciones Principales
1.- Practicar las visitas de inspección a los fondos de aseguramiento, a los organismos integradores y a los otros participantes de los programas de fomento y apoyo a que se refiere la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público le solicite a la Comisión para verificar el apego a lo previsto en dicha Ley y demás regulaciones que resulten aplicables, de conformidad con lo establecido en el artículo 52 de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, así como realizar los informes correspondientes y verificar que se cumpla con las observaciones que con motivo de las visitas realizadas se les formulen, para el cumplimiento de sus obligaciones.
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2.- Requerir y revisar, en el ámbito de su competencia, información y documentación a los fondos de aseguramiento, organismos integradores y demás participantes de los programas de fomento y apoyo a que se refiere la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, señalando los plazos y medios para su entrega, para el cumplimiento de sus obligaciones. 3.- Efectuar las labores de inspección necesarias para verificar que los fondos de aseguramiento constituyan y, en su caso, incrementen las reservas técnicas necesarias para el cumplimiento de sus compromisos de aseguramiento con sus socios, conforme a lo previsto en la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, para el cumplimiento de sus obligaciones. 4.- Efectuar las labores de inspección necesarias para verificar que la constitución de las reservas técnicas de riesgos en curso y especial de contingencia se lleve a cabo de conformidad con lo establecido en el artículo 34 de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, para el cumplimiento de sus obligaciones. 5.- Efectuar las labores de inspección necesarias en el ámbito de su competencia para verificar que la integración del fondo social de los fondos de aseguramiento se realice en apego a lo señalado en el artículo 35 de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, para el cumplimiento de sus obligaciones. 6.- Efectuar las labores de inspección necesarias para verificar que la retención de riesgos y las operaciones de reaseguro que lleven a cabo los fondos de aseguramiento cumplan con lo establecido en el artículo 37 de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, para el cumplimiento de sus obligaciones. 7.- Efectuar las labores de inspección necesarias para verificar que la participación de los fondos de aseguramiento en los fondos de protección y de retención común de riesgos, cumplan con lo previsto en los artículos 75 a 84 de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, para el cumplimiento de sus obligaciones.
Perfil
Escolaridad Nivel de estudio: Licenciatura o Profesional. Grado de avance escolar: Titulado. Área de Estudio: Ciencias Agropecuarias. Carrera Genérica: Agronomía Área de Estudio: Ciencias Agropecuarias. Carrera Genérica: Desarrollo Agropecuario Área de Estudio: Ciencias Naturales y Exactas. Carrera Genérica: Matemáticas Actuaría Área de Estudio: Ciencias Sociales y Administrativas Carrera Genérica: Administración Área de Estudio: Ciencias Sociales y Administrativas Carrera Genérica: Contaduría Área de Estudio: Ciencias Sociales y Administrativas Carrera Genérica: Derecho Área de Estudio: Ciencias Sociales y Administrativas Carrera Genérica: Economía
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Área de Estudio: Ciencias Sociales y Administrativas Carrera Genérica: Finanzas
Experiencia laboral Mínimo dos años de experiencia en: Según catálogos de trabajaen Área de experiencia: Ciencias Agrarias Área de experiencia requerida: Ingeniería Agrícola o Área de experiencia: Ciencias Agrarias Área de experiencia requerida: Agronomía o Área de experiencia: Ciencias Económicas Área de experiencia requerida: Administración o Área de experiencia: Ciencias Económicas Área de experiencia requerida: Contabilidad o Área de experiencia: Ciencias Económicas Área de experiencia requerida: Economía General o Área de experiencia: Matemáticas Área de experiencia requerida: Probabilidad o Área de experiencia: Matemáticas Área de experiencia requerida: Estadística
Capacidades Gerenciales/Habilidades
Trabajo en equipo
Orientación a resultados
Capacidades Técnicas
Conforme a Temario
Nombre del Puesto
Inspector Supervisor Técnico y de Reaseguro de Fondos de
Aseguramiento
Código de Puesto
06-C00-1-M2C015P-0000691-E-C-A
Nivel Administrativo
O33 Número de vacantes
Una
Percepción Mensual Bruta
$30,937.53 (Treinta mil novecientos treinta y siete pesos 53/100 M.N.) mensual
Adscripción del Puesto
Subdirección de Inspección Técnica y de Reaseguro de Fondos de Aseguramiento
Sede
Ciudad de México
Funciones Principales
1.- Practicar las visitas de inspección a los fondos de aseguramiento, a los organismos integradores y a los otros participantes de los programas de fomento y apoyo a que se refiere la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público le solicite a la Comisión para verificar el apego a lo previsto en dicha Ley y demás regulaciones que resulten aplicables, de
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conformidad con lo establecido en el artículo 52 de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, así como realizar los informes correspondientes y verificar que se cumpla con las observaciones que con motivo de las visitas realizadas se les formulen, para el cumplimiento de sus obligaciones. 2.- Requerir y revisar, en el ámbito de su competencia, información y documentación a los fondos de aseguramiento, organismos integradores y demás participantes de los programas de fomento y apoyo a que se refiere la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, señalando los plazos y medios para su entrega, para el cumplimiento de sus obligaciones. 3.- Efectuar las labores de inspección necesarias para verificar que los fondos de aseguramiento constituyan y, en su caso, incrementen las reservas técnicas necesarias para el cumplimiento de sus compromisos de aseguramiento con sus socios, conforme a lo previsto en la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, para el cumplimiento de sus obligaciones. 4.- Efectuar las labores de inspección necesarias para verificar que la constitución de las reservas técnicas de riesgos en curso y especial de contingencia se lleve a cabo de conformidad con lo establecido en el artículo 34 de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, para el cumplimiento de sus obligaciones. 5.- Efectuar las labores de inspección necesarias en el ámbito de su competencia para verificar que la integración del fondo social de los fondos de aseguramiento se realice en apego a lo señalado en el artículo 35 de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, para el cumplimiento de sus obligaciones. 6.- Efectuar las labores de inspección necesarias para verificar que la retención de riesgos y las operaciones de reaseguro que lleven a cabo los fondos de aseguramiento cumplan con lo establecido en el artículo 37 de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, para el cumplimiento de sus obligaciones. 7.- Efectuar las labores de inspección necesarias para verificar que la participación de los fondos de aseguramiento en los fondos de protección y de retención común de riesgos, cumplan con lo previsto en los artículos 75 a 84 de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, para el cumplimiento de sus obligaciones.
Perfil
Escolaridad Nivel de estudio: Licenciatura o Profesional. Grado de avance escolar: Titulado. Área de Estudio: Ciencias Agropecuarias. Carrera Genérica: Agronomía Área de Estudio: Ciencias Agropecuarias. Carrera Genérica: Desarrollo Agropecuario Área de Estudio: Ciencias Naturales y Exactas. Carrera Genérica: Matemáticas Actuaría Área de Estudio: Ciencias Sociales y Administrativas Carrera Genérica: Administración Área de Estudio: Ciencias Sociales y Administrativas Carrera Genérica: Contaduría Área de Estudio: Ciencias Sociales y Administrativas
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Carrera Genérica: Derecho Área de Estudio: Ciencias Sociales y Administrativas Carrera Genérica: Economía Área de Estudio: Ciencias Sociales y Administrativas Carrera Genérica: Finanzas
Experiencia laboral Mínimo dos años de experiencia en: Según catálogos de trabajaen Área de experiencia: Ciencias Agrarias Área de experiencia requerida: Ingeniería Agrícola o Área de experiencia: Ciencias Agrarias Área de experiencia requerida: Agronomía o Área de experiencia: Ciencias Económicas Área de experiencia requerida: Administración o Área de experiencia: Ciencias Económicas Área de experiencia requerida: Contabilidad o Área de experiencia: Ciencias Económicas Área de experiencia requerida: Economía General o Área de experiencia: Matemáticas Área de experiencia requerida: Probabilidad o Área de experiencia: Matemáticas Área de experiencia requerida: Estadística
Capacidades Gerenciales/Habilidades
Trabajo en equipo
Orientación a resultados
Capacidades Técnicas
Conforme a Temario
Nombre del Puesto
Inspector Supervisor Financiero de Fondos de Aseguramiento
Código de Puesto
06-C00-1-M2C015P-0000695-E-C-A
Nivel Administrativo
O33 Número de vacantes
Una
Percepción Mensual Bruta
$30,937.53 (Treinta mil novecientos treinta y siete pesos 53/100 M.N.) mensual
Adscripción del Puesto
Subdirección de Inspección Financiera de Fondos de Aseguramiento
Sede
Ciudad de México
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Funciones Principales
1.- Practicar las visitas de inspección a los fondos de aseguramiento, a los organismos integradores y a los otros participantes de los programas de fomento y apoyo a que se refiere la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público le solicite a la Comisión para verificar el apego a lo previsto en dicha Ley y demás regulaciones que resulten aplicables, de conformidad con lo establecido en el artículo 52 de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, así como realizar los informes correspondientes y verificar que se cumpla con las observaciones que con motivo de las visitas realizadas se les formulen, para el cumplimiento de las obligaciones. 2.- Requerir y revisar, en el ámbito de su competencia, información y documentación a los fondos de aseguramiento, organismos integradores y demás participantes de los programas de fomento y apoyo a que se refiere la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, señalando los plazos y medios para su entrega, para el cumplimiento de las obligaciones. 3.- Efectuar las labores de inspección necesarias para verificar que la contabilidad de los fondos de aseguramiento se ajuste al catálogo general de cuentas que autorice la Comisión conforme a lo señalado en el artículo 38 de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, para el cumplimiento de las obligaciones. 4.- Efectuar las labores de inspección necesarias para verificar que la presentación y aprobación de los estados financieros de los fondos de aseguramiento se apegue a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, para el cumplimiento de las obligaciones. 5.-Efectuar las labores de inspección necesarias para revisar los dictámenes a los estados financieros anuales de los fondos de aseguramiento realizados por un contador público independiente y verificar que los mismos se apeguen a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, para el cumplimiento de las obligaciones. 6.- Efectuar las labores de inspección necesarias para verificar que los fondos de aseguramiento realicen la inversión de sus activos que respaldan sus reservas técnicas, conforme a lo previsto en el artículo 39 de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, para el cumplimiento de las obligaciones. 7.- Efectuar las labores de inspección necesarias para verificar que la integración del fondo social de los fondos de aseguramiento se realice en apego a lo señalado en el artículo 35 de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, para el cumplimiento de las obligaciones. 8.- Efectuar las labores de inspección necesarias en el ámbito de su competencia para verificar que los fondos de aseguramiento reflejen correctamente en su contabilidad la recepción y aplicación de los recursos que reciban derivados de los programas de fomento y apoyo a que se refiere la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, de conformidad con lo previsto en las reglas de operación y el catálogo de cuentas de los Fondos de Aseguramiento que dé a conocer la Comisión, en términos del artículo 38 de dicha Ley, para el cumplimiento de las obligaciones.
Perfil
Escolaridad Nivel de estudio: Licenciatura o Profesional. Grado de avance escolar: Titulado. Área de Estudio: Ciencias Agropecuarias. Carrera Genérica: Agronomía
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Área de Estudio: Ciencias Agropecuarias. Carrera Genérica: Desarrollo Agropecuario Área de Estudio: Ciencias Naturales y Exactas. Carrera Genérica: Matemáticas Actuaría Área de Estudio: Ciencias Sociales y Administrativas Carrera Genérica: Administración Área de Estudio: Ciencias Sociales y Administrativas Carrera Genérica: Contaduría Área de Estudio: Ciencias Sociales y Administrativas Carrera Genérica: Derecho Área de Estudio: Ciencias Sociales y Administrativas Carrera Genérica: Economía Área de Estudio: Ciencias Sociales y Administrativas Carrera Genérica: Finanzas
Experiencia laboral Mínimo dos años de experiencia en: Según catálogos de trabajaen Área de experiencia: Ciencias Agrarias Área de experiencia requerida: Ingeniería Agrícola o Área de experiencia: Ciencias Agrarias Área de experiencia requerida: Agronomía o Área de experiencia: Ciencias Económicas Área de experiencia requerida: Administración o Área de experiencia: Ciencias Económicas Área de experiencia requerida: Contabilidad o Área de experiencia: Ciencias Económicas Área de experiencia requerida: Economía General o Área de experiencia: Matemáticas Área de experiencia requerida: Probabilidad o Área de experiencia: Matemáticas Área de experiencia requerida: Estadística
Capacidades Gerenciales/Habilidades
Trabajo en equipo
Orientación a resultados
Capacidades Técnicas
Conforme a Temario
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Nombre del Puesto
Inspector Supervisor Financiero de Fondos de Aseguramiento
Código de Puesto
06-C00-1-M2C015P-0000696-E-C-A
Nivel Administrativo
O33 Número de vacantes
Una
Percepción Mensual Bruta
$30,937.53 (Treinta mil novecientos treinta y siete pesos 53/100 M.N.) mensual
Adscripción del Puesto
Subdirección de Inspección Financiera de Fondos de Aseguramiento
Sede
Ciudad de México
Funciones Principales
1.- Practicar las visitas de inspección a los fondos de aseguramiento, a los organismos integradores y a los otros participantes de los programas de fomento y apoyo a que se refiere la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público le solicite a la Comisión para verificar el apego a lo previsto en dicha Ley y demás regulaciones que resulten aplicables, de conformidad con lo establecido en el artículo 52 de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, así como realizar los informes correspondientes y verificar que se cumpla con las observaciones que con motivo de las visitas realizadas se les formulen, para el cumplimiento de las obligaciones. 2.- Requerir y revisar, en el ámbito de su competencia, información y documentación a los fondos de aseguramiento, organismos integradores y demás participantes de los programas de fomento y apoyo a que se refiere la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, señalando los plazos y medios para su entrega, para el cumplimiento de las obligaciones. 3.-Efectuar las labores de inspección necesarias para verificar que la contabilidad de los fondos de aseguramiento se ajuste al catálogo general de cuentas que autorice la Comisión conforme a lo señalado en el artículo 38 de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, para el cumplimiento de las obligaciones. 4.- Efectuar las labores de inspección necesarias para verificar que la presentación y aprobación de los estados financieros de los fondos de aseguramiento se apegue a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, para el cumplimiento de las obligaciones. 5.- Efectuar las labores de inspección necesarias para revisar los dictámenes a los estados financieros anuales de los fondos de aseguramiento realizados por un contador público independiente y verificar que los mismos se apeguen a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, para el cumplimiento de las obligaciones. 6.- Efectuar las labores de inspección necesarias para verificar que los fondos de aseguramiento realicen la inversión de sus activos que respaldan sus reservas técnicas, conforme a lo previsto en el artículo 39 de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, para el cumplimiento de las obligaciones. 7.- Efectuar las labores de inspección necesarias para verificar que la integración del fondo social de los fondos de aseguramiento se realice en apego a lo señalado en el artículo 35 de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, para el cumplimiento de las obligaciones.
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8.- Efectuar las labores de inspección necesarias en el ámbito de su competencia para verificar que los fondos de aseguramiento reflejen correctamente en su contabilidad la recepción y aplicación de los recursos que reciban derivados de los programas de fomento y apoyo a que se refiere la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, de conformidad con lo previsto en las reglas de operación y el catálogo de cuentas de los Fondos de Aseguramiento que dé a conocer la Comisión, en términos del artículo 38 de dicha Ley, para el cumplimiento de las obligaciones.
Perfil
Escolaridad Nivel de estudio: Licenciatura o Profesional. Grado de avance escolar: Titulado. Área de Estudio: Ciencias Agropecuarias. Carrera Genérica: Agronomía Área de Estudio: Ciencias Agropecuarias. Carrera Genérica: Desarrollo Agropecuario Área de Estudio: Ciencias Naturales y Exactas. Carrera Genérica: Matemáticas Actuaría Área de Estudio: Ciencias Sociales y Administrativas Carrera Genérica: Administración Área de Estudio: Ciencias Sociales y Administrativas Carrera Genérica: Contaduría Área de Estudio: Ciencias Sociales y Administrativas Carrera Genérica: Derecho Área de Estudio: Ciencias Sociales y Administrativas Carrera Genérica: Economía Área de Estudio: Ciencias Sociales y Administrativas Carrera Genérica: Finanzas
Experiencia laboral Mínimo dos años de experiencia en: Según catálogos de trabajaen Área de experiencia: Ciencias Agrarias Área de experiencia requerida: Ingeniería Agrícola o Área de experiencia: Ciencias Agrarias Área de experiencia requerida: Agronomía o Área de experiencia: Ciencias Económicas Área de experiencia requerida: Administración o Área de experiencia: Ciencias Económicas Área de experiencia requerida: Contabilidad o Área de experiencia: Ciencias Económicas Área de experiencia requerida: Economía General o Área de experiencia: Matemáticas Área de experiencia requerida: Probabilidad
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o Área de experiencia: Matemáticas Área de experiencia requerida: Estadística
Capacidades Gerenciales/Habilidades
Trabajo en equipo
Orientación a resultados
Capacidades Técnicas
Conforme a Temario
Nombre del Puesto
Inspector Supervisor
Código de Puesto
06-C00-3-M2C015P-0000595-E-C-A
Nivel Administrativo
O33 Número de vacantes
Una
Percepción Mensual Bruta
$30,937.53 (Treinta mil novecientos treinta y siete pesos 53/100 M.N.) mensual
Adscripción del Puesto
Subdirector de Inspección de Seguros de Daños y Fianzas
Sede
Ciudad de México
Funciones Principales
1.- Proponer el programa anual de visitas previstas en la ley de instituciones de seguros y de fianzas y por otras leyes; y realizar la memoranda que contenga los aspectos generales y específicos a revisar, así como participar con las otras áreas de la comisión, en cada una de las visitas de inspección. Lo anterior con la finalidad de verificar que lo realizado por las instituciones, en materia de fijación de primas, constitución de reservas y cálculo de capital de solvencia, se haga en forma actuarialmente correcta y con apego a lo establecido en el marco regulatorio, cuidando de esta manera que no se ponga en riesgo el interés de los asegurados o de los contratantes de fianzas y que la compañía pueda cumplir adecuadamente con sus compromisos. 2.- Instruir y orientar a los inspectores sobre los aspectos generales y específicos, así como los procedimientos a considerar en la práctica de la visita que se trate; verificar sistemáticamente con base en los objetivos establecidos el avance de la visita de inspección, comprobando que en caso de irregularidades detectadas, sean debidamente sustentadas tanto en papeles de trabajo como con la documentación comprobatoria respectiva y realizar la integración de los expedientes de cada una de las visitas de inspección efectuadas a instituciones y sociedades mutualistas de seguros e instituciones de fianzas a su cargo. Lo anterior con la finalidad de verificar que los inspectores desarrollen todos los objetivos establecidos para la efectuar la visita de inspección y que las posibles irregularidades detectadas se encuentren sustentadas. 3.- Realizar los informes sobre los resultados obtenidos en las visitas practicadas; y realizar los informes para sus superiores sobre las irregularidades detectadas durante las visitas de inspección. Lo anterior con la finalidad de documentar y hacer del conocimiento de las autoridades superiores aquellas operaciones irregulares que están realizando las instituciones de seguros o de fianzas.
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4.- Realizar los oficios de observaciones, correcciones y emplazamiento a las instituciones y sociedades mutualistas de seguros e instituciones de fianzas; y realizar los oficios de propuestas de sanción a las instituciones y sociedades mutualistas de seguros e instituciones de fianzas que presenten irregularidades, en caso de infracción de las disposiciones legales y administrativas vigentes. lo anterior con la finalidad de que en aquellos casos en que las instituciones de seguros o de fianzas, realicen sus operaciones irregulares las subsanen y que reciban las penalizaciones correspondientes previstas en la regulación y con ello contribuir a inhibir conductas irregulares que pongan en riesgo el interés de los asegurados. 5.- Realizar oficio solicitando los planes de regularización y, en su caso, el oficio de aprobación de los programas de autocorrección, así como verificar el cumplimiento de los mismos; y revisar que las instituciones y sociedades mutualistas de seguros e instituciones de fianzas cumplan con las observaciones que con motivo de las visitas de inspección se formulen. lo anterior con la finalidad de verificar que las instituciones subsanen las irregularidades detectadas durante las visitas de inspección así como aquellas que la misma institución detectó en ejercicio de sus funciones para los cuales presenta un programa de autocorrección. 6.- Analizar el contenido de los dictámenes elaborados por los actuarios independientes de las instituciones y sociedades mutualistas de seguros e instituciones de fianzas. Lo anterior con la finalidad de conocer y dar seguimiento a la situación de las compañías y tomar las medidas preventivas que ayuden a evitar que la compañía caiga en alguna situación que ponga en riesgo el interés de asegurados o contratantes de fianzas. 7.- Revisar, en el ámbito de su competencia, que las instituciones y sociedades mutualistas de seguros e instituciones de fianzas establezcan e implementen su sistema de gobierno corporativo en términos de la ley de instituciones de seguros y de fianzas y las disposiciones de carácter general aplicables que al efecto emita la comisión; y las demás que se le encomienden. Lo anterior con la finalidad de verificar que los procesos de control y administración de la compañía, en lo relativo a aspectos técnicos, se haga en forma correcta y con apego a lo establecido en el marco regulatorio, cuidando de esta manera que no se ponga en riesgo el interés de los asegurados o de los contratantes de fianzas y que la compañía pueda cumplir adecuadamente con sus compromisos.
Perfil
Escolaridad Nivel de estudio: Licenciatura o Profesional. Grado de avance escolar: Titulado. Área de Estudio: Ciencias Naturales y Exactas. Carrera Genérica: Matemáticas Actuaría
Experiencia laboral Mínimo dos años de experiencia en: Según catálogos de trabajaen Área de experiencia: Ciencias Económicas Área de experiencia requerida: Actividad Económica o Área de experiencia: Matemáticas Área de experiencia requerida: Probabilidad o Área de experiencia: Matemáticas Área de experiencia requerida: Estadística
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Capacidades Gerenciales/Habilidades
Trabajo en equipo
Orientación a resultados
Capacidades Técnicas
Conforme a Temario
Nombre del Puesto
Jefe de Departamento de Autorización
de Intermediarios
Código de Puesto
06-C00-3-M2C015P-0000603-E-C-A
Nivel Administrativo
O33 Número de vacantes
Una
Percepción Mensual Bruta
$30,937.53 (Treinta mil novecientos treinta y siete pesos 53/100 M.N.) mensual
Adscripción del Puesto
Subdirección de Intermediarios y Registros
Sede
Ciudad de México
Funciones Principales
1.- Proponer el otorgamiento de autorización para el ejercicio de la actividad de agentes y apoderados de seguros y de fianzas. 2.- Elaborar los proyectos de emplazamiento previstos en la ley y disposiciones administrativas que de ella emanen, conforme a las atribuciones de su competencia. 3.- Elaborar los proyectos de sanciones previstas en la ley y disposiciones administrativas que de ella emanen, conforme a las atribuciones de su competencia. 4.- Proponer el otorgamiento de autorización para el ejercicio de la actividad de apoderados de intermediarios de reaseguro.
Perfil
Escolaridad Nivel de estudio: Licenciatura o Profesional. Grado de avance escolar: Titulado. Área de Estudio: Ciencias Sociales y Administrativas. Carrera Genérica: Derecho
Experiencia laboral Mínimo dos años de experiencia en: Según catálogos de trabajaen Área de experiencia: Ciencias Jurídicas y Derecho Área de experiencia requerida: Derecho y Legislación Nacionales
Capacidades Gerenciales/Habilidades
Trabajo en equipo
Orientación a resultados
Capacidades Técnicas
Conforme a Temario
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Nombre del Puesto
Supervisor Actuarial
Código de Puesto
06-C00-3-M2C014P-0000515-E-C-A
Nivel Administrativo
O23 Número de vacantes
Una
Percepción Mensual Bruta
$24,565.54 (Veinticuatro mil quinientos sesenta y cinco pesos 54/100 M.N.) mensual
Adscripción del Puesto
Subdirección de Vigilancia del Seguro de Pensiones y Salud A
Sede
Ciudad de México
Funciones Principales
1.- Revisar como parte de las labores de vigilancia que las instituciones autorizadas para operar los seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social y las instituciones de seguros autorizadas para operar en el ramo de salud, para que en el ámbito de su competencia, éstas se apeguen a la ley de instituciones de seguros y de fianzas y las disposiciones de carácter general que al efecto emita la comisión, respecto a: * El comportamiento técnico de las operaciones * La constitución, valuación y registro de las reservas técnicas, * El cálculo del requerimiento de capital de solvencia, * La prueba de solvencia dinámica, * Las aportaciones que se realicen a los fondos especiales y en su caso los cargos especiales que apliquen. 2.- Revisar los métodos actuariales para la constitución y valuación de las reservas técnicas, así como los productos de seguros, y, en su caso, solicitar y verificar, el cumplimiento de los planes de regularización cuando dichos productos no se apeguen a lo previsto en la normativa, resolviendo lo conducente. 3.- Revisar, en el ámbito de su competencia, relativa al sistema de gobierno corporativo de las instituciones autorizadas para operar los seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social y las instituciones de seguros autorizadas para operar en el ramo de salud, con el propósito de verificar el apgeo a las disposciones legales y administrativas aplicables respecto de: * La función de administración integral de riesgos, a efecto de verificar que esta comprenda las políticas, estrategias, procesos y procedimientos de información para vigilar, administrar, medir, controlar y mitigar los riesgos, así como que sea capaz de informar al consejo de administración sobre los riesgos y su interdependencia. * La función de control interno, a efecto de verificar que se considere un sistema eficaz y permanente de contraloría interna, relacionado con el desempeño de las actividades de diseño, establecimiento y actualización de medidas y controles que propicien el cumplimiento de la normativa interna y externa aplicable. * La función de auditoría interna, con el fin de verificar que se considere un sistema efectivo y permanente de revisión del cumplimiento de la normativa interna y externa aplicable en la realización de sus actividades. * La función actuarial, para verificar que esta sea efectiva y permanente, y que atienda los aspectos relacionados con el diseño y viabilidad técnica de los productos de seguros; el cálculo y valuación de las reservas técnicas; la política de suscripción; el reaseguro, reafianzamiento y en general, la política de dispersión de riesgos, y la aplicación efectiva del sistema integral de riesgos. * Las políticas y procedimientos, a efecto de que estos garanticen que las funciones operativas relacionadas con su actividad que sean contratadas con terceros, cumplan con lo previsto en la normativa. * la revelación de la información
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4.- Formular, respecto a las instituciones autorizadas para operar los seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social y las instituciones de seguros autorizadas para operar en el ramo de salud: * Las observaciones derivadas de la vigilancia, proponiendo la adopción de medidas tendientes a corregir los hechos, actos, omisiones o irregularidades detectadas con motivo del ejercicio de dichas atribuciones. * Las acciones encaminadas a comunicar a sus superiores jerárquicos, respecto a las irregularidades observadas en ejercicio de sus funciones. * Las sanciones previstas en la ley de instituciones de seguros y de fianzas y otras leyes, por violaciones a estas y a las disposiciones jurídicas que de ellas emanen. * Las medidas de apremio previstas en la ley de instituciones de seguros y de fianzas. * Las acciones para el cumplimiento de las observaciones que con motivo de las visitas de inspección se les formulen. * Las acciones relativas a las intervenciones con carácter de gerencia. * La investigación de actos que hagan suponer la ejecución de operaciones que contravengan la normativa. * El requerimiento que se formule, de una o varias de las medidas de control a que se refiere el artículo 324 de la ley de instituciones de seguros y de fianzas * Los requerimientos, resoluciones y verificación de cumplimiento de los planes de regularización y programas de autocorrección. 5.- generar en el ámbito de su competencia, lo siguiente: * La información para las autoridades financieras del exterior; * El requerimiento de información y documentación a las instituciones autorizadas para operar los seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social y las instituciones de seguros autorizadas para operar en el ramo de salud, así como a las demás personas sujetas a la inspección y vigilancia de la comisión, señalando los plazos para su entrega. * El informe y opinión a la secretaría de hacienda y crédito público respecto de los casos concretos que ésta le solicite. * La información que requieran las delegaciones regionales. * Copias certificadas, cuando así proceda conforme a derecho, de los documentos que obren en su poder. 6. Revisar la información referente a que las instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social y las instituciones de seguros autorizadas para operar en el ramo de salud, cumplan con la ley de instituciones de seguros y de fianzas y las disposiciones de carácter general que al efecto emita la comisión respecto a: * Los recursos para cubrir su base de inversión; el cálculo de su requerimiento de capital de solvencia derivado de sus riesgos financieros; los fondos propios admisibles para respaldar su requerimiento de capital de solvencia; las operaciones mediante las cuales transfieran porciones del riesgo de su cartera relativa a riesgos técnicos al mercado de valores; y lo relativo a las solicitudes que efectúen relacionadas con la falta de recursos necesarios para dar cumplimiento a sus obligaciones para que reciban el otorgamiento de los apoyos de los fondos especiales; a efecto de coadyuvar con la dirección general de supervisión financiera. * Los límites máximos de retención que fijen y apliquen; la constitución de los importes recuperables de reaseguro, reafianzamiento, reaseguro financiero y otros mecanismos de transferencia de riesgos y responsabilidades; el requerimiento de capital de solvencia derivado de las operaciones de reaseguro, reaseguro financiero, reafianzamiento, y otros mecanismos de transferencia de riesgos y responsabilidades; y las solicitudes para operar en el ramo de salud presenten para realizar las operaciones de reaseguro financiero; a efecto de coadyuvar con la dirección general de supervisión de reaseguro.
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* El uso de los modelos internos en el cálculo del requerimiento de capital de solvencia, a efecto de coadyuvar con la dirección general de análisis de riesgos. * Las solicitudes para la cesión de la cartera y la fusión, así como a la escisión de las instituciones; y la resolución sobre las solicitudes de registro de los actuarios que firmen la prueba de solvencia dinámica o su cancelación, a efecto de coadyuvar con la dirección general jurídica consultiva y de intermediarios. 7.- Ejercer las demás facultades que le confieran otras disposiciones jurídicas o le encomiende su superior jerárquico.
Perfil
Escolaridad Nivel de estudio: Licenciatura o Profesional. Grado de avance escolar: Titulado. Área de Estudio: Ciencias Naturales y Exactas. Carrera Genérica: Matemáticas Actuaría
Experiencia laboral Mínimo dos años de experiencia en: Según catálogos de trabajaen Área de experiencia: Ciencias Económicas Área de experiencia requerida: Economía General o Área de experiencia: Matemáticas Área de experiencia requerida: Probabilidad
Capacidades Gerenciales/Habilidades
Trabajo en equipo
Orientación a resultados
Capacidades Técnicas
Conforme a Temario
Otros ACTUARIOS CERTIFICADOS O ACREDITADOS EN NOTAS TÉCNICAS DE PRODUCTOS Y VALUACIÓN DE RESERVAS TÉCNICAS PARA LA OPERACIÓN DE ACCIDENTES Y ENFERMEDADES Y SEGUROS DE PENSIONES DERIVADOS DE LAS LEYES DE SEGURIDAD SOCIAL
Nombre del Puesto
Supervisor Actuarial
Código de Puesto
06-C00-3-M2C014P-0000518-E-C-A
Nivel Administrativo
O23 Número de vacantes
Una
Percepción Mensual Bruta
$24,565.54 (Veinticuatro mil quinientos sesenta y cinco pesos 54/100 M.N.) mensual
Adscripción del Puesto
Subdirección de Vigilancia del Seguro de Pensiones y Salud B
Sede
Ciudad de México
Funciones Principales
1.- Revisar como parte de las labores de vigilancia que las instituciones autorizadas para operar los seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social y las instituciones de seguros autorizadas para operar en el ramo de salud, para que
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en el ámbito de su competencia, éstas se apeguen a la ley de instituciones de seguros y de fianzas y las disposiciones de carácter general que al efecto emita la comisión, respecto a: * El comportamiento técnico de las operaciones, * La constitución, valuación y registro de las reservas técnicas, * El cálculo del requerimiento de capital de solvencia, * La prueba de solvencia dinámica, * Las aportaciones que se realicen a los fondos especiales y en su caso los cargos especiales que apliquen. 2.- Revisar los métodos actuariales para la constitución y valuación de las reservas técnicas, así como los productos de seguros, y, en su caso, solicitar y verificar, el cumplimiento de los planes de regularización cuando dichos productos no se apeguen a lo previsto en la normativa, resolviendo lo conducente. 3.- Revisar, en el ámbito de su competencia, relativa al sistema de gobierno corporativo de las instituciones autorizadas para operar los seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social y las instituciones de seguros autorizadas para operar en el ramo de salud, con el propósito de verificar el apgeo a las disposciones legales y administrativas aplicables respecto de: * La función de administración integral de riesgos, a efecto de verificar que esta comprenda las políticas, estrategias, procesos y procedimientos de información para vigilar, administrar, medir, controlar y mitigar los riesgos, así como que sea capaz de informar al consejo de administración sobre los riesgos y su interdependencia. * La función de control interno, a efecto de verificar que se considere un sistema eficaz y permanente de contraloría interna, relacionado con el desempeño de las actividades de diseño, establecimiento y actualización de medidas y controles que propicien el cumplimiento de la normativa interna y externa aplicable. * La función de auditoría interna, con el fin de verificar que se considere un sistema efectivo y permanente de revisión del cumplimiento de la normativa interna y externa aplicable en la realización de sus actividades. * La función actuarial, para verificar que esta sea efectiva y permanente, y que atienda los aspectos relacionados con el diseño y viabilidad técnica de los productos de seguros; el cálculo y valuación de las reservas técnicas; la política de suscripción; el reaseguro, reafianzamiento y en general, la política de dispersión de riesgos, y la aplicación efectiva del sistema integral de riesgos. * Las políticas y procedimientos, a efecto de que estos garanticen que las funciones operativas relacionadas con su actividad que sean contratadas con terceros, cumplan con lo previsto en la normativa. * La revelación de la información. 4.- Formular, respecto a las instituciones autorizadas para operar los seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social y las instituciones de seguros autorizadas para operar en el ramo de salud: * Las observaciones derivadas de la vigilancia, proponiendo la adopción de medidas tendientes a corregir los hechos, actos, omisiones o irregularidades detectadas con motivo del ejercicio de dichas atribuciones. * Las acciones encaminadas a comunicar a sus superiores jerárquicos, respecto a las irregularidades observadas en ejercicio de sus funciones * Las sanciones previstas en la ley de instituciones de seguros y de fianzas y otras leyes, por violaciones a estas y a las disposiciones jurídicas que de ellas emanen * Las medidas de apremio previstas en la ley de instituciones de seguros y de fianzas * Las acciones para el cumplimiento de las observaciones que con motivo de las visitas de inspección se les formulen. * Las acciones relativas a las intervenciones con carácter de gerencia
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* La investigación de actos que hagan suponer la ejecución de operaciones que contravengan la normativa * El requerimiento que se formule, de una o varias de las medidas de control a que se refiere el artículo 324 de la ley de instituciones de seguros y de fianzas * Los requerimientos, resoluciones y verificación de cumplimiento de los planes de regularización y programas de autocorrección 5.- Generar en el ámbito de su competencia, lo siguiente: * La información para las autoridades financieras del exterior; * El requerimiento de información y documentación a las instituciones autorizadas para operar los seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social y las instituciones de seguros autorizadas para operar en el ramo de salud, así como a las demás personas sujetas a la inspección y vigilancia de la comisión, señalando los plazos para su entrega. * El informe y opinión a la secretaría de hacienda y crédito público respecto de los casos concretos que ésta le solicite, * La información que requieran las delegaciones regionales, * Copias certificadas, cuando así proceda conforme a derecho, de los documentos que obren en su poder. 6.- Revisar la información referente a que las instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social y las instituciones de seguros autorizadas para operar en el ramo de salud, cumplan con la ley de instituciones de seguros y de fianzas y las disposiciones de carácter general que al efecto emita la comisión respecto a: * los recursos para cubrir su base de inversión; el cálculo de su requerimiento de capital de solvencia derivado de sus riesgos financieros; los fondos propios admisibles para respaldar su requerimiento de capital de solvencia; las operaciones mediante las cuales transfieran porciones del riesgo de su cartera relativa a riesgos técnicos al mercado de valores; y lo relativo a las solicitudes que efectúen relacionadas con la falta de recursos necesarios para dar cumplimiento a sus obligaciones para que reciban el otorgamiento de los apoyos de los fondos especiales; a efecto de coadyuvar con la dirección general de supervisión financiera. * los límites máximos de retención que fijen y apliquen; la constitución de los importes recuperables de reaseguro, reafianzamiento, reaseguro financiero y otros mecanismos de transferencia de riesgos y responsabilidades; el requerimiento de capital de solvencia derivado de las operaciones de reaseguro, reaseguro financiero, reafianzamiento, y otros mecanismos de transferencia de riesgos y responsabilidades; y las solicitudes para operar en el ramo de salud presenten para realizar las operaciones de reaseguro financiero; a efecto de coadyuvar con la dirección general de supervisión de reaseguro. * El uso de los modelos internos en el cálculo del requerimiento de capital de solvencia, a efecto de coadyuvar con la dirección general de análisis de riesgos. * las solicitudes para la cesión de la cartera y la fusión, así como a la escisión de las instituciones; y la resolución sobre las solicitudes de registro de los actuarios que firmen la prueba de solvencia dinámica o su cancelación, a efecto de coadyuvar con la dirección general jurídica consultiva y de intermediarios. 7.- Ejercer las demás facultades que le confieran otras disposiciones jurídicas o le encomiende su superior jerárquico
Perfil
Escolaridad Nivel de estudio: Licenciatura o Profesional. Grado de avance escolar: Titulado. Área de Estudio: Ciencias Naturales y Exactas. Carrera Genérica: Matemáticas Actuaría
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Experiencia laboral Mínimo dos años de experiencia en: Según catálogos de trabajaen Área de experiencia: Ciencias Económicas Área de experiencia requerida: Economía General o Área de experiencia: Matemáticas Área de experiencia requerida: Probabilidad
Capacidades Gerenciales/Habilidades
Trabajo en equipo
Orientación a resultados
Capacidades Técnicas
Conforme a Temario
Otros ACTUARIOS CERTIFICADOS O ACREDITADOS EN NOTAS TÉCNICAS DE PRODUCTOS Y VALUACIÓN DE RESERVAS TÉCNICAS PARA LA OPERACIÓN DE ACCIDENTES Y ENFERMEDADES Y SEGUROS DE PENSIONES DERIVADOS DE LAS LEYES DE SEGURIDAD SOCIAL
Nombre del Puesto
Inspector Supervisor
Código de Puesto
06-C00-3-M2C014P-0000573-E-C-A
Nivel Administrativo
O23 Número de vacantes
Una
Percepción Mensual Bruta
$24,565.54 (Veinticuatro mil quinientos sesenta y cinco pesos 54/100 M.N.) mensual
Adscripción del Puesto
Subdirección de Inspección de Seguros de Daños y Fianzas
Sede
Ciudad de México
Funciones Principales
1.- Proponer el programa anual de visitas previstas en la ley de instituciones de seguros y de fianzas y por otras leyes; y realizar la memoranda que contenga los aspectos generales y específicos a revisar, así como participar con las otras áreas de la comisión, en cada una de las visitas de inspección. Lo anterior con la finalidad de verificar que lo realizado por las instituciones, en materia de fijación de primas, constitución de reservas y cálculo de capital de solvencia, se haga en forma actuarialmente correcta y con apego a lo establecido en el marco regulatorio, cuidando de esta manera que no se ponga en riesgo el interés de los asegurados o de los contratantes de fianzas y que la compañía pueda cumplir adecuadamente con sus compromisos. 2.- Instruir y orientar a los inspectores sobre los aspectos generales y específicos, así como los procedimientos a considerar en la práctica de la visita que se trate; verificar sistemáticamente con base en los objetivos establecidos el avance de la visita de inspección, comprobando que en caso de irregularidades detectadas, sean debidamente sustentadas tanto en papeles de trabajo como con la documentación comprobatoria respectiva y realizar la integración de los expedientes de cada una de
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las visitas de inspección efectuadas a instituciones y sociedades mutualistas de seguros e instituciones de fianzas a su cargo. Lo anterior con la finalidad de verificar que los inspectores desarrollen todos los objetivos establecidos para la efectuar la visita de inspección y que las posibles irregularidades detectadas se encuentren sustentadas. 3.- Realizar los informes sobre los resultados obtenidos en las visitas practicadas; y realizar los informes para sus superiores sobre las irregularidades detectadas durante las visitas de inspección. Lo anterior con la finalidad de documentar y hacer del conocimiento de las autoridades superiores aquellas operaciones irregulares que están realizando las instituciones de seguros o de fianzas. 4.- Realizar los oficios de observaciones, correcciones y emplazamiento a las instituciones y sociedades mutualistas de seguros e instituciones de fianzas; y realizar los oficios de propuestas de sanción a las instituciones y sociedades mutualistas de seguros e instituciones de fianzas que presenten irregularidades, en caso de infracción de las disposiciones legales y administrativas vigentes. lo anterior con la finalidad de que en aquellos casos en que las instituciones de seguros o de fianzas, realicen sus operaciones irregulares las subsanen y que reciban las penalizaciones correspondientes previstas en la regulación y con ello contribuir a inhibir conductas irregulares que pongan en riesgo el interés de los asegurados. 5.- Realizar oficio solicitando los planes de regularización y, en su caso, el oficio de aprobación de los programas de autocorrección, así como verificar el cumplimiento de los mismos; y revisar que las instituciones y sociedades mutualistas de seguros e instituciones de fianzas cumplan con las observaciones que con motivo de las visitas de inspección se formulen. lo anterior con la finalidad de verificar que las instituciones subsanen las irregularidades detectadas durante las visitas de inspección así como aquellas que la misma institución detectó en ejercicio de sus funciones para los cuales presenta un programa de autocorrección. 6.- Analizar el contenido de los dictámenes elaborados por los actuarios independientes de las instituciones y sociedades mutualistas de seguros e instituciones de fianzas. Lo anterior con la finalidad de conocer y dar seguimiento a la situación de las compañías y tomar las medidas preventivas que ayuden a evitar que la compañía caiga en alguna situación que ponga en riesgo el interés de asegurados o contratantes de fianzas. 7.- Revisar, en el ámbito de su competencia, que las instituciones y sociedades mutualistas de seguros e instituciones de fianzas establezcan e implementen su sistema de gobierno corporativo en términos de la ley de instituciones de seguros y de fianzas y las disposiciones de carácter general aplicables que al efecto emita la comisión; y las demás que se le encomienden. Lo anterior con la finalidad de verificar que los procesos de control y administración de la compañía, en lo relativo a aspectos técnicos, se haga en forma correcta y con apego a lo establecido en el marco regulatorio, cuidando de esta manera que no se ponga en riesgo el interés de los asegurados o de los contratantes de fianzas y que la compañía pueda cumplir adecuadamente con sus compromisos.
Perfil
Escolaridad Nivel de estudio: Licenciatura o Profesional. Grado de avance escolar: Titulado. Área de Estudio: Ciencias Naturales y Exactas. Carrera Genérica: Matemáticas Actuaría
Experiencia laboral Mínimo dos años de experiencia en: Según catálogos de trabajaen
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Área de experiencia: Ciencias Económicas Área de experiencia requerida: Actividad Económica o Área de experiencia: Matemáticas Área de experiencia requerida: Probabilidad o Área de experiencia: Matemáticas Área de experiencia requerida: Estadística
Capacidades Gerenciales/Habilidades
Trabajo en equipo
Orientación a resultados
Capacidades Técnicas
Conforme a Temario
Bases de participación
Principios del concurso
El concurso se desarrollará en estricto apego a los principios de legalidad, eficiencia, objetividad, calidad, imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de género, sujetándose el desarrollo del proceso y la determinación del Comité Técnico de Selección a las disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal (LSPCAPF), a su Reglamento, así como el ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera.
Requisitos de participación
Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos de escolaridad y experiencia previstos para el puesto. De acuerdo al numeral 175 del ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en
las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el
Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y
Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, cuando la convocatoria
señale como requisito de escolaridad contar con título profesional, el mismo se
acreditará con la exhibición del título registrado en la Secretaría de Educación Pública
y mediante la presentación de la cédula profesional correspondiente, expedida por
dicha autoridad, en términos de las disposiciones aplicables. El grado académico de Licenciatura no podrá ser sustituible por ninguna Especialidad, Maestría, Doctorado u otro grado académico.
En observancia al artículo 21 de la LSPCAPF se deberá acreditar el cumplimiento de
los siguientes requisitos legales: I. Ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus
derechos o extranjero cuya condición migratoria permita la función a desarrollar;
II. No haber sido sentenciado con pena privativa de libertad por delito doloso;
III. Tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio público;
IV. No pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro de algún culto, y
V. No estar inhabilitado para el servicio público, ni encontrarse con algún otro
impedimento legal. En el caso de trabajadores/ras que se hayan apegado a un Programa de Retiro Voluntario en la Administración Pública Federal, su ingreso estará sujeto a lo dispuesto en la normatividad aplicable, emitida cada año por la Unidad de Política y Control Presupuestario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Documentación requerida
Los(as) aspirantes deberán presentar para cotejo, en original legible o copia certificada y copia simple, los siguientes documentos que se mencionan a continuación:
1. Comprobante de folio asignado por el portal www.trabajaen.gob.mx para participar en el concurso.
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2. Acta de nacimiento y/o forma migratoria FM3 según corresponda.
3. Currículum Vitae de Trabajaen y uno adicional que presente el (la) aspirante, actualizado, detallando funciones específicas, puesto ocupado y período en el cual laboró: para acreditar los años de experiencia solicitados para el puesto y que se manifestaron en su momento en el currículo registrado en Trabajaen. 4. Documento que acredite el nivel académico requerido para el puesto por el que concursa. Sólo se aceptará título profesional y cédula profesional. En el caso de haber realizado estudios en el extranjero, deberán presentar la documentación oficial que acredite la revalidación de sus estudios ante la Dirección General de Profesionales de la Secretaría de Educación Pública.
5. Para las plazas Supervisor Actuarial consecutivo 515 adscrita a la Subdirección de Vigilancia del Seguro de Pensiones y Salud A y Supervisor Actuarial consecutivo 518 adscrita a la Subdirección de Vigilancia del Seguro de Pensiones y Salud B, deberán presentar el documento que valide que son Actuarios Certificados o acreditados en notas técnicas de productos y valuación de reservas técnicas para la operación de accidentes y enfermedades y seguros de pensiones derivados de las Leyes de Seguridad Social con alguno de los siguientes documentos:a) Documento expedido por el Colegio Nacional de Actuarios (actuario certificado) b) Cédula de Acreditación de conocimientos expedida por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, de conformidad con el capítulo 17.3 de la Circular Única de Seguros y capítulo 16.3 de la Circular Única de Fianzas, vigentes. c) Constancia de acreditación de conocimientos expedida por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, a los Actuarios que forman parte de su personal. 6. Identificación oficial vigente con fotografía y firma (se acepta credencial para votar con fotografía, pasaporte o cédula profesional).
7. Cartilla Militar liberada (en el caso de hombres hasta los 45 años).
8. Escrito bajo protesta de decir verdad de no haber sido sentenciado con pena privativa de libertad por delito doloso, no estar inhabilitado para el servicio público, no pertenecer al estado eclesiástico o ser ministro de culto y de que la documentación presentada es auténtica.
9. Escrito bajo protesta de decir verdad de no haber sido beneficiado por algún programa de retiro voluntario. En el caso de aquellas personas que se hayan apegado a un programa de retiro voluntario en la Administración Pública Federal, su ingreso estará sujeto a lo dispuesto en la normativa aplicable.
10. Para acreditar los años de experiencia solicitados para el puesto por el cual se concurse y que se manifestaron en su momento en el currículum registrado en Trabajaen, se deberá presentar hojas de servicio, nombramientos, constancias de empleos anteriores en hoja membretada, contratos, hojas de inscripción o baja al ISSSTE o al IMSS, talones de pago, según sea el caso que indiquen la fecha de inicio y termino en el puesto, el o los puestos desempeñados y sueldo(s) percibidos. No se aceptan como constancia para acreditar la experiencia laboral requerida las cartas de recomendación, constancias de sueldos, cartas de recomendación, salarios, conceptos asimilados y créditos al salario.
11. Para realizar la valoración del mérito, los candidatos deberán presentar evidencias de logros, distinciones, reconocimientos, premios obtenidos en el ejercicio profesional, las calificaciones de los cursos de capacitación que hubiere tomado durante el ejercicio fiscal inmediato anterior y el número de capacidades profesionales certificadas vigentes. 12. Conforme al artículo 47 del RLSPCAPF y al numeral 174 del ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, para efectos de acreditar las evaluaciones del desempeño anuales a que se refiere el artículo 47 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera, se tomarán en cuenta, las últimas que haya aplicado el servidor público de carrera titular en el puesto en que se desempeña o en otro anterior, incluso aquellas que se hayan practicado como servidores públicos considerados de libre designación, previo a obtener su nombramiento como servidores públicos de carrera titulares.
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Las evaluaciones a que se refiere el párrafo anterior, se acreditarán en el momento de la revisión documental. Las personas que participen en los concursos de ingreso deberán exhibir las constancias originales con las que acrediten su identidad y el cumplimiento de los requisitos señalados en el perfil del puesto registrado en el Catálogo, en la convocatoria y, en su caso, los previstos en el artículo 21 de la LSPC. El requisito establecido en la fracción III del artículo 21 de la LSPC, se tendrá por acreditado cuando el aspirante sea considerado finalista por el CTS, toda vez que tal circunstancia implica ser apto para el desempeño del puesto en concurso y susceptible de resultar ganador del mismo. La Comisión Nacional de Seguros y Fianzas se reserva el derecho de solicitar en cualquier etapa del proceso, la documentación o referencias que acrediten los datos registrados en la evaluación curricular y del cumplimiento de los requisitos y, de no acreditarse su existencia o autenticidad se descalificará al aspirante o, en su caso, se dejará sin efecto el resultado del proceso de selección y/o el nombramiento que se haya emitido, sin responsabilidad para la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, la cual se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales procedentes.
Registro de aspirantes
La inscripción o el registro de los(as) candidatos(as) a un concurso, se podrá realizar a partir de la fecha de publicación en la página www.trabajaen.gob.mx, la cual asignará un número de folio para el concurso al aceptar las presentes bases, que servirá para formalizar su inscripción a éste e identificarlos durante el desarrollo del proceso hasta antes de la entrevista por el Comité Técnico de Selección, con el fin de asegurar así el anonimato de los (as) aspirantes.
Desarrollo del concurso
El concurso comprende las etapas que se cumplirán de acuerdo a las fechas establecidas a continuación:
Etapa Lugar Fecha o Plazo
Publicación de Convocatoria en
el DOF
www.trabajaen.gob.mx
19 de septiembre de 2018.
Registro de aspirantes (en la
herramienta
www.trabajaen.gob.mx)
Del 19 de septiembre de
2018 al 03 de octubre de 2018.
Revisión curricular (en forma
automatizada por la herramienta
www.trabajaen.gob.mx)
Del 19 de septiembre de
2018 al 03 de octubre de 2018.
Recepción de solicitudes para
reactivación de folios
Fernando Villalpando No. 18,
Col. Guadalupe Inn;. Álvaro
Obregón; C.P. 01020; Ciudad de
México.
Del 04, 05 y 08 de Octubre
de 2018.
*Examen de conocimientos Av. Insurgentes Sur No. 1971,
Torre Sur, Piso 2, Col. Guadalupe
Inn;. Álvaro Obregón; C.P. 01020;
Ciudad de México.
19 de octubre de 2018
*Evaluación de habilidades Hasta el 31 de octubre de
2018.
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Etapa Lugar Fecha o Plazo
*Presentación de Documentos
Evaluación de la Experiencia y
valoración del Mérito
Av. Insurgentes Sur No. 1971,
Torre Sur, Piso 2, Col. Guadalupe
Inn;. Álvaro Obregón; C.P. 01020;
Ciudad de México.
Hasta el 16 de Noviembre de
2018.
*Entrevista por el Comité de
Selección
Fernando Villalpando No. 18,
Sur, Col. Guadalupe Inn;. Álvaro
Obregón; C.P. 01020; Ciudad de
México.
Hasta el 10 de diciembre de
2018.
*Determinación del candidato
ganador www.trabajaen.gob.mx
Hasta el 14 de diciembre de
2018.
*Nota: Las fechas indicadas podrán estar sujetas a cambio, previo aviso a través del portal www.trabajaen.gob.mx en función del avance que se presente en el procedimiento de las evaluaciones, el número de aspirantes que participen en ésta o en caso de situaciones contingentes.
Temarios El temario sobre el que versará el examen de conocimientos se encontrará a disposición de los candidatos en la página electrónica www.trabajaen.gob.mx, a partir de la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de la Federación. Las guías para las Evaluaciones de Habilidades, se encuentran disponibles para su consulta en la página electrónica http://www.trabajaen.gob.mx
Presentación de evaluaciones
La Comisión Nacional de Seguros y de Fianzas comunicará a cada aspirante, la fecha, hora y lugar en que deberá presentarse para la aplicación de las evaluaciones referentes a cada una de las etapas del concurso, a través de la página electrónica http://www.trabajaen.gob.mx, en el rubro "Mis Mensajes"; en el entendido de que, será motivo de descarte del concurso, no presentarse en la fecha, hora y lugar señalados, lo cual será notificado por el Comité Técnico de Selección de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, a través del portal electrónico www.trabajaen.gob.mx De conformidad con el numeral 208 del ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, la invitación se enviará con al menos 2 días hábiles de anticipación a la fecha y hora prevista al efecto. En dichos comunicados, se especificará la duración máxima de cada evaluación; así mismo, se informa que el tiempo de tolerancia para el inicio de todos los exámenes, será de veinte minutos. La presentación de todas las evaluaciones estará sujeta, primeramente, a la aprobación de la Etapa "Revisión Curricular", y en lo subsecuente se contemplarán las siguientes premisas: El examen de conocimientos técnicos de cada plaza se realizará de manera presencial, por escrito, será motivo de descarte y la calificación mínima aprobatoria deberá ser de 60, en una escala de 0 a 100 sin decimales. Sólo en el caso de las calificaciones aprobatorias los decimales 0.6 suben al siguiente entero ejemplo: 60.6 subirá a 61. La subetapa de evaluación de habilidades será motivo de descarte y la calificación mínima aprobatoria deberá ser de 70, en una escala de 0 a 100 sin decimales. Los resultados obtenidos en las subetapas de: evaluación de la experiencia y
valoración del mérito, así como la etapa de entrevistas, serán consideradas en el sistema de puntuación general y no implican el descarte de los candidatos.
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De conformidad con la Metodología y Escalas de Calificación para la Evaluación de la Experiencia y la Valoración del Mérito, emitidas por la Secretaría de la Función Pública y vigente a partir del 23 de abril de 2009, los elementos que se calificarán para la Evaluación de la Experiencia serán los siguientes:
- Orden en los puestos desempeñados. - Duración en los puestos desempeñados. - Experiencia en el Sector público. - Experiencia en el Sector privado. - Experiencia en el Sector social. - Nivel de responsabilidad. - Nivel de remuneración. - Relevancia de funciones o actividades. - En su caso, experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la vacante. - En su caso, aptitud en puestos inmediatos inferiores al de la vacante. Asimismo, los elementos que se calificarán para la Valoración del Mérito serán los siguientes: - Resultados de las evaluaciones del desempeño. - Resultados de las acciones de capacitación. - Resultados de procesos de certificación. - Logros. - Distinciones. - Reconocimientos o premios. - Actividad destacada en lo individual. - Otros estudios. En los casos donde la plaza en concurso comparta perfil, requisitos legales y funciones, tratándose de resultados aprobatorios de los exámenes de Conocimientos, éstos tendrán vigencia de un año, en relación con el puesto sujeto a concurso, siempre y cuando, no cambie el temario con el cual se evaluaron los conocimientos de que se trate, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal. A fin de que la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas esté en posibilidad de atender las solicitudes de los candidatos que hubieran aplicado las evaluaciones de conocimientos en esta Comisión, en la plaza de que se trate, y requieran la revalidación del resultado aprobatorio del examen de conocimientos mencionada en el párrafo anterior, deberá manifestarlo expresamente mediante escrito fundamentado y firmado autógrafamente, el cual deberá ser entregado en Insurgentes No. 1971, 2 ° Piso Torre Sur, Col. Guadalupe Inn, Álvaro Obregón, C.P. 01020, Ciudad de México, en la Dirección de Administración de Recursos Humanos de 10:00 a 14:00 hrs. El escrito deberá ser dirigido al Comité Técnico de Selección de la plaza correspondiente.
Los resultados aprobatorios de los exámenes de conocimientos y de las evaluaciones de habilidades aplicadas en los procesos de selección tendrán vigencia de un año. Asimismo, en caso de que un(a) candidato(a) requiera revisión del examen de conocimientos, ésta deberá ser solicitada a través de un escrito (fundamentado y firmado autógrafamente) enviado por correo electrónico dentro de un plazo máximo de cinco días hábiles, contado a partir de la publicación de los resultados en la página de www.trabajaen.gob.mx. El escrito deberá ser dirigido al Secretario Técnico del Comité Técnico de Selección. Es importante señalar, que la revisión de exámenes sólo podrá efectuarse respecto de la correcta aplicación de las herramientas de evaluación, métodos o procedimientos utilizados, sin que implique la entrega de los reactivos ni las opciones de respuesta. En ningún caso procederá la revisión respecto del contenido o los criterios de evaluación.
Etapa de entrevistas
Los resultados obtenidos en los diversos exámenes y evaluaciones, serán considerados para elaborar el listado de aspirantes con los resultados más altos, a fin de determinar el orden de prelación para la etapa de entrevista, de acuerdo con las reglas de valoración y el sistema de puntuación establecidos en la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.
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Por acuerdo del Comité Técnico de Profesionalización de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, pasarán a la etapa de Entrevista, los(as) tres candidatos(as) con puntuaciones más altas en estricto apego al orden de prelación registrado. En el supuesto de que el número de candidatos(as) que aprueben las etapas señaladas en las fracciones I, II, y III del artículo 34 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública, fuera menor al mínimo establecido se deberá entrevistar a todos; pudiendo llegar a presentarse hasta un solo(a) candidato (a). En caso de empate en tercer lugar de acuerdo con el orden de prelación, accederán a la etapa de Entrevista el primer lugar, el segundo lugar y la totalidad de candidatos(as) que compartan el tercer lugar. Para la evaluación de la entrevista, el Comité Técnico de Selección considerará los criterios siguientes: - Contexto, situación o tarea (favorable o adverso) - Estrategia o acción (simple o compleja) - Resultado (sin impacto o con impacto) - Participación (protagónica o como miembro de equipo)
Etapa de Determinación
Se considerarán finalistas a los (las) candidatos(as) que acrediten el Puntaje Mínimo de Aptitud en el Sistema de Puntuación General que consiste en al menos una calificación de 60, en una escala de 0 a 100 sin decimales. En esta etapa el Comité Técnico de Selección resuelve el proceso de selección, mediante la emisión de su determinación, declarando: a) Ganador(a) del concurso, al finalista que obtenga la calificación más alta en el
proceso de selección, es decir, al de mayor Calificación Definitiva, y b) Al (la) finalista con la siguiente mayor Calificación Definitiva, que podrá llegar a
ocupar el puesto sujeto a concurso en el supuesto de que por causas ajenas a la dependencia, el(la) ganador(a) señalado(a) en el inciso anterior: I. Comunique a la dependencia, antes o en la fecha señalada para tal efecto en
la Determinación, su decisión de no ocupar el puesto, o II. No se presente a tomar posesión y ejercer las funciones del puesto en la
fecha señalada, o c) Desierto el concurso.
Reglas de valoración general y sistema de puntuación general
1. Las Reglas de Valoración General y el Sistema de Puntuación General, los podrán consultar en la página electrónica de la Comisión Nacional de Seguros y de Fianzas (www.CNSF.gob.mx).
2. Los resultados obtenidos en los diversos exámenes y evaluaciones, serán considerados para elaborar el listado de aspirantes con los resultados más altos a fin de determinar el orden de prelación, de acuerdo con las siguientes ponderaciones:
SISTEMA DE PUNTUACIÓN GENERAL Puesto Evaluación
Técnica Habilida
des
Evaluación de la
Experiencia
Evaluación del Mérito
Entrevistas Total
Subdirector
25
25
15
15
20
100
Jefe de Departamento
30 30 10 10 20 100
Publicación de resultados
Los resultados de cada una de las etapas de los concursos, serán publicados en el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx, identificándose al aspirante con su número de folio para el concurso.
Reserva de candidatos
Los(as) candidatos(as) entrevistados(as) por los miembros del Comité Técnico de Selección que no resulten ganadores(as) del concurso y obtengan un puntaje mínimo de calificación de 60, se integrarán a la Reserva de Candidatos de la rama de cargo o puesto de que se trate de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, teniendo una vigencia de permanencia en la misma de un año, contado a partir de la publicación de los resultados finales del concurso de que se trate.
41
Los(as) candidatos(as) finalistas estarán en posibilidad de ser convocados(as) durante el periodo que dure su vigencia de permanencia en la reserva de candidatos y tomando en cuenta la clasificación de puestos y ramas de cargo establecidos por el Comité Técnico de Profesionalización de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, a participar en concursos bajo la modalidad de convocatoria dirigida a la reserva de aspirantes.
Declaración de concurso desierto
El Comité Técnico de Selección podrá, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 40 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, declarar desierto un concurso por las siguientes causas: I. Porque ningún(a) candidato(a) se presente al concurso;
II. Porque ninguno(a) de los(as) candidatos(as) obtenga el puntaje mínimo de calificación para ser considerado finalista, o
III. Porque sólo un (una) finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea vetado, o bien, no obtenga la mayoría de los votos de los integrantes del Comité Técnico de Selección.
En caso de declararse desierto el concurso, se procederá a emitir una nueva convocatoria.
Cancelación de concurso
El Comité Técnico de Selección podrá cancelar el concurso de las plazas en los supuestos siguientes:
I. Cuando medie orden de autoridad competente o exista disposición legal expresa que restrinja la ocupación del puesto de que se trate, o
II. El puesto de que se trate, se apruebe como de libre designación, o bien, se considere para dar cumplimiento a laudos o resoluciones que hayan causado estado, en su caso, para restituir en sus derechos a alguna persona, o
III. El CTP determine que se modifica o suprime del Catálogo el puesto en cuestión.
Resolución de
dudas
A efecto de garantizar la atención y resolución de las dudas que los aspirantes
formulen con relación a las plazas y el proceso del presente concurso, se encuentra
disponible el correo electrónico [email protected] así como un módulo de
atención en el teléfono 57247593, en horario de 09:00 a 14:00 hrs.
Inconformidades Los(as) concursantes podrán presentar cualquier inconformidad, ante el Área de
Quejas del Órgano Interno de Control de Comisión Nacional de Seguros y Fianzas,
en Insurgentes Sur No. 1971, Torre Sur, Piso 2, Colonia Guadalupe Inn, C.P. 01020,
Ciudad de México de 9:00 a 14:00 hrs., y de 15:00 a 18:00 hrs., en términos de lo
dispuesto por la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública
Federal, y su Reglamento.
Revocaciones Una vez que se comuniquen los resultados del concurso, los interesados estarán en aptitud jurídica de interponer mediante escrito el Recurso de Revocación ante la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de la Función Pública, en sus instalaciones, entre las 09:00 y las 15:00 horas en días hábiles, sitas en Avenida de los Insurgentes Sur 1735, Primer Piso, Ala Sur, Col. Guadalupe Inn, Álvaro Obregón, C. P. 01020, Ciudad de México, conforme a los artículos 76, 77 y 78 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, 97 y 98 de su Reglamento, o depositando dicho escrito en el Servicio Postal Mexicano conforme al artículo 42 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
Reactivación de folios
Con respecto a la reactivación de folios, una vez que se haya cerrado la etapa de
registro de aspirantes al concurso (revisión curricular), el aspirante tendrá tres días
hábiles a partir de la fecha de ese cierre para presentar su escrito de petición de
reactivación de folio en Insurgentes Su n° 1971 Torre Sur 2° Piso, Col.
Guadalupe Inn, Alvaro Obregón, C.P. 01020, Ciudad de México, en la
Dirección de Administración de Recursos Humanos de 10:00 a 14:00 hrs,
anexando la siguiente documentación: Pantallas impresas del portal www.trabajaen.gob.mx, donde se observe su
folio
de rechazo.
42
Justificación dirigida al Comité Técnico de Selección, del aspirante de por qué
considera que se debe reactivar su folio.
Copia simple de los documentos comprobatorios de su experiencia laboral
y escolaridad.
Indicar la dirección física, dirección electrónica y números telefónicos, donde
puede recibir la respuesta a su petición, que será evaluada y resuelta por el
Comité Técnico de Selección respectivo.
La reactivación de folios no será procedente cuando:
I. El aspirante cancele su participación en el concurso, y
II. Exista duplicidad de registros en trabajaen
III. En caso de que el aspirante se encuentre dado de baja en el Sistema.
IV. Cuando el aspirante omita información o capture mal sus datos.
Cuando se advierta la duplicidad de registros en el sistema trabajaen, el Comité
Técnico de Selección procederá al descarte del segundo o subsecuentes folios de
registro en este, e informara esta situación a la Unidad de Política de Recursos
Humanos de la Administración Pública.
Los casos que se presenten bajo el supuesto anterior se informarán a la Unidad de
Política de Recursos Humanos de la Administración Pública Federal para que, en
su caso, determine las medidas que resulten pertinentes.
Una vez pasado el periodo establecido no serán recibidas las peticiones de reactivación.
Disposiciones
generales
1. En el portal www.trabajaen.gob.mx podrán consultarse los detalles sobre el
concurso y los puestos vacantes, de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.
2. Los datos personales de los concursantes son confidenciales aun después de
concluido el concurso.
3. Cada aspirante se responsabilizará de los traslados y gastos erogados como
consecuencia de su participación en actividades relacionadas con motivo de la
presente convocatoria.
4. Cuando el (la) ganador(a) del concurso tenga el carácter de servidor público de
carrera titular, para poder ser nombrado en el puesto sujeto a concurso, deberá
presentar la documentación necesaria que acredite haberse separado, toda vez
que no puede permanecer activo en ambos puestos, así como de haber cumplido
la obligación que le señala la fracción VIII del artículo 11 de la Ley del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
5. Una vez que el Comité Técnico de Selección haya resuelto sobre el candidato
ganador, éste deberá presentarse a laborar en la fecha y hora indicadas por la
dependencia; de no ser así se considerará renuncia a su ingreso, por lo que el
Comité podrá optar por elegir de entre los finalistas al siguiente con la calificación
más alta.
6. Cualquier aspecto no previsto en la presente Convocatoria será resuelto por el
Comité Técnico de Selección conforme a las disposiciones aplicables.
Ciudad de México, a 19 de Septiembre de 2018.
El Comité Técnico de Selección. Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.
Igualdad de oportunidades, mérito y servicio. Por acuerdo del Comité Técnico de Selección, el Secretario Técnico,
El Subdirector de Control y Prestaciones al Personal Lic. Héctor Villegas Montoya
Firma
43
TEMARIO PARA LA PLAZA VACANTE DE SUBDIRECCIÓN DE VIGILANCIA TÉCNICA Y DE
REASEGURO DE FONDOS DE ASEGURAMIENTO ADSCRITA A LA DIRECCIÓN GENERAL DE SUPERVISIÓN DE FONDOS DE ASEGURAMIENTO
Tema 1: CONOCIMIENTOS ESPECÍFICOS
Subtema 1 Normativa: De la información sobre la Operación de los Fondos de
Aseguramiento
Bibliografía:
Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFAAR.pdf
Reglas de Operación del Programa de Aseguramiento Agropecuario
Emitidas el 26 de diciembre de 2017
http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5508920&fecha=26/12/2017
Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas (LISF).
https://www.gob.mx/cnsf/documentos/leyes-y-reglamentos-25281?state=draft
Ley Sobre el Contrato de Seguro (LSCS).
https://www.gob.mx/cnsf/documentos/leyes-y-reglamentos-25281?state=draft
Circular Única de Seguros y Fianzas (CUSF).
https://www.gob.mx/cnsf/documentos/circular-unica-de-seguros-y-
fianzas?state=draft
Título, precepto o epígrafe:
De la información sobre la Operación de Fondos de Aseguramiento (Título 40,
Capítulos 40.1, 40.2 y 40.3 de la CUSF).
Del reaseguro, reafianzamiento y otros mecanismos de transferencia de riesgos y
responsabilidades (Título 9, Capítulos del 9.1 al 9.7 de la CUSF).
De las Reaseguradoras Extranjeras (Título 34, Capítulos del 34.1 al 34.4 de la
CUSF).
Presentación de reportes regulatorios relacionados con las operaciones de los
Fondos de Aseguramiento (Capítulo 38.1 de la CUSF).
De los productos de seguros y de las notas técnicas y documentación contractual
de fianzas (Título 4, capítulo 4.6 de la CUSF).
De las Reservas Técnicas (Título 5 de la CUSF).
De las inversiones y otros activos (Título 8 de la CUSF).
Subtema 2: Régimen de Inversión
Bibliografía:
Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural
Artículo 39
Circular Única de Seguros y Fianzas, Capítulo 8
http://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/115280/Circular_Única_de
Seguros_y_Fianzas_compulsada_sin_Anexos__19-jul-16_.pdf Subtema 3: Órganos de Gobierno
Bibliografía:
Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural
Capitulo Segundo, Tercero
Circular Única de Seguros y Fianzas (CUSF).
Capítulo 40
Subtema 4 Programas del Subsidio a la Prima del Seguro Agropecuario y de Apoyo a los
Fondos de Aseguramiento
Bibliografía
Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural
Reglas de Operación del Programa de Aseguramiento Agropecuario
Emitidas el 26 de diciembre de 2017
Subtema 5 Reservas Técnicas
Bibliografía
44
Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural
Capítulo Cuarto, De las Reservas Técnicas (Título 5 de la CUSF).
Subtema 6 Contabilidad
Bibliografía
Circular Única de Seguros y Fianzas (CUSF).
Capítulo 22.6, Anexo 22.6.1
Tema 2 CONOCIMIENTOS GENERALES
Subtema 1 Estándares de Práctica Actuarial en Materia de Primas de Seguros
Bibliografía
ANEXO 4.3.1 a y 4.3.1 b de la CUSF.
Tema 3 REASEGURO TRADICIONAL Y NO TRADICIONAL
Bibliografía
Reaseguro, por Antonio Minzoni Consorti, Editado por la Facultad de Ciencias,
U.N.A.M.
Reaseguro Financiero y ART, Minzoni Antonio, Editado por la Facultad de Ciencias,
U.N.A.M., 2007 Introducción al Reaseguro. Swiss Re, 1999.
http://media.swissre.com/documents/pub_intro_reinsurance_es.pdf
Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural
Circular Única de Seguros y Fianzas (CUSF)
Título, precepto o epígrafe:
Tipos de contratos de reaseguro y su funcionamiento
Participantes en la colocación de operaciones de reaseguro
Clausulado de contratos de reaseguro
Términos de reaseguro
TEMARIO PARA LA PLAZA VACANTE DE SUBDIRECCIÓN DE VIGILANCIA FINANCIERA DE FONDOS DE ASEGURAMIENTO ADSCRITA A LA DIRECCIÓN GENERAL DE SUPERVISIÓN DE FONDOS DE
ASEGURAMIENTO
Tema 1: CONOCIMIENTOS ESPECÍFICOS
Subtema 1 Normativa: De la información sobre la Operación de los Fondos de
Aseguramiento
Bibliografía:
Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFAAR.pdf
Reglas de Operación del Programa de Aseguramiento Agropecuario
Emitidas el 26 de diciembre de 2017
http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5508920&fecha=26/12/2017
Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas (LISF).
https://www.gob.mx/cnsf/documentos/leyes-y-reglamentos-25281?state=draft
Ley Sobre el Contrato de Seguro (LSCS).
https://www.gob.mx/cnsf/documentos/leyes-y-reglamentos-25281?state=draft
Circular Única de Seguros y Fianzas (CUSF).
https://www.gob.mx/cnsf/documentos/circular-unica-de-seguros-y-
fianzas?state=draft
Título, precepto o epígrafe:
De la información sobre la Operación de Fondos de Aseguramiento (Título 40,
Capítulos 40.1, 40.2 y 40.3 de la CUSF).
Presentación de reportes regulatorios relacionados con las operaciones de los
Fondos de Aseguramiento (Capítulo 38.1 de la CUSF).
De las Reservas Técnicas (Título 5 de la CUSF).
45
De las inversiones y otros activos (Título 8 de la CUSF).
De la contabilidad y los Estados Financieros (Título 22. Capítulo 22.6, Anexo
22.6.1. y 22.1.2de la CUSF).
Subtema 2: Régimen de Inversión
Bibliografía:
Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural
Artículo 39
Circular Única de Seguros y Fianzas, Capítulo 8
http://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/115280/Circular_Única_de
Seguros_y_Fianzas_compulsada_sin_Anexos__19-jul-16_.pdf
Subtema 3 Fondo Social
Bibliografía:
Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural
Artículo 35
Subtema 4: Órganos de Gobierno
Bibliografía:
Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural
Capitulo Segundo, Tercero
Circular Única de Seguros y Fianzas (CUSF).
Capítulo 40
Subtema 5 Programas del Subsidio a la Prima del Seguro Agropecuario y de Apoyo a los
Fondos de Aseguramiento
Bibliografía
Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural
Reglas de Operación del Programa de Aseguramiento Agropecuario
Emitidas el 26 de diciembre de 2017
Subtema 6 Reservas Técnicas
Bibliografía
Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural
Subtema 7 Contabilidad
Bibliografía
Circular Única de Seguros y Fianzas (CUSF).
Capítulo 22.6, Anexo 22.6.1
Tema 2 CONOCIMIENTOS GENERALES
Subtema 1 Normas de Información Financiera
Bibliografía: Libro Normas de Información Financiera, CINIF, Editado por el IMCP, 2009.
Título, precepto o epígrafe:
SERIE NIF A Marco Conceptual
SERIE NIF B Normas aplicables a los estados financieros en su conjunto
SERIE NIF C Normas aplicables a conceptos específicos de los estados financieros
Subtema 2 Análisis de estados financieros básicos
Bibliografía: Libro Análisis e Interpretación de Estados Financieros por Perdomo Moreno Abraham, Editorial: Thomson (2003) Título, precepto o epígrafe:
Análisis de Estados Financieros.- Comparativo, Tendencias y Porcentajes Integrales; Cálculo y Análisis de Índices y Razones Financieras e Indicadores Financieros.- Razones de Solvencia, de Liquidez, de Capital, de Rentabilidad.
Subtema 3 De la Contabilidad y los Estados Financieros
Bibliografía:
Circular Única de Seguros y Fianzas.
46
http://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/115280/Circular_Única_de_Seguros_y_Fianzas_compulsada_sin_Anexos__19-jul-16_.pdf
Título 22. De la Contabilidad y los Estados Financieros Capítulo 22.1, De los criterios contables para la estimación de los activos y pasivos de las instituciones y sociedades mutualistas.
Anexo 22.1.2.Serie II. Criterios relativos a los conceptos específicos de las operaciones de seguros y de fianzas.
Capítulo 22.3 Del manejo y conservación de los Libros, Registros y documentos de la Contabilidad.
TEMARIO PARA LA PLAZA VACANTE DE SUBDIRECTOR CONTENCIOSO
Temario:
Tema 1: CONOCIMIENTOS SOBRE LA COMISION NACIONAL DE SEGUROS Y FIANZAS
Subtema1: ESTRUCTURA DE LA COMISION NACIONAL DE SEGUROS Y FIANZAS Y
SU MARCO LEGAL DE ACTUACION.
Bibliografía
Reglamento Interior de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (El vigente al
año 2018)
Títulos, preceptos, y/o epígrafes
Título Primero; Título Segundo (Capítulo II; Capítulo III, Capítulo IV); Artículos 36,37,
46 y 47.
Página Web
http://www.diputados.gob.mx/inicio.htm
Bibliografía
Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas
Títulos, preceptos y/o epígrafes
Título Segundo, Capítulo Primero, Secciones I, II y III. Capítulo Segundo,
Secciones I y II. Título Décimo Primero, Capítulo Primero, Sección I (Artículos
366 y 367) Título Décimo Tercero: Capitulo Tercero, Sección II (artículos
477,478,479,480,481,482,483, 484)
Página Web
http://www.diputados.gob.mx/inicio.htm
Tema 2: EL JUICIO DE AMPARO
Subtema 1: LA ACTUACION DE LA COMISION NACIONAL DE SEGUROS Y FIANZAS EN
EL JUICIO DE AMPARO COMO AUTORIDAD RESPONSABLE O TERCERO.
Bibliografía
Ley de Amparo en vigor (Texto Integro)
Página Web
http://www.ordenjurídiconacional.gob.mx/leyes.php.
http://www.sitios.scjn.gob.mx/leyamparo/
Bibliografía
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Títulos, preceptos y/o epígrafes
Título Primero, Capítulo I (excepto artículos 26 y 27); Título Tercero, Capítulo
Cuarto (sólo artículos 103 a 107)
Página Web
http://www.ordenjurídiconacional.gob.mx/leyes.php.
http://www.scjn.gob.mx/normativa/Constitucion/CPEUM_11062013.pdf
Tema 3: EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL
Subtema 1: LA COMISION NACIONAL DE SEGUROS Y FIANZAS EN EL JUICIO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO COMO AUTORIDAD DEMANDADA
47
Bibliografía
Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo (Texto Integro)
Página Web
http://marcojuridico.tfja.gob.mx/lotfja.html
Subtema 2: EL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
Bibliografía
Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Página Web
http://marcojuridico.tfja.gob.mx/ritfj.html
Títulos, preceptos y/o epígrafes
Artículo 23
Subtema 3: EL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
Bibliografía
Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Página Web
http://marcojuridico.tfja.gob.mx/lotfja.html
Títulos, preceptos y/o epígrafes
Artículo 3
Tema 4: TRANSPARENCIA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
Subtema 1: LAS OBLIGACIONES DE LOS SUJETOS OBLIGADOS EN MATERIA DE
TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN
Bibliografía
Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Títulos, preceptos y/o epígrafes
Artículos: 1 al 16;21; 61 a 65;97-206
Página Web
http://criteriosdeinterpretacion.inai.org.mx/Documents/LFTAIP.PDF
Subtema 2: LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE SUJETOS
OBLIGADOS
Bibliografía
Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos
Obligados
Títulos, preceptos y/o epígrafes
(Excepción de su estudio de la Ley citada en la Bibliografía de este Subtema:
Título Sexto y Título Octavo)
Página Web
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGPDPPSO.pdf
Subtema 3: CLASIFICACIÓN DE INFORMACIÓN Y ELABORACIÓN DE VERSIONES
PÚBLICAS
Títulos, preceptos y/o epígrafes
Lineamientos Generales en Materia de Clasificación y Desclasificación de la
Información ,asi como para la Elaboración de Versiones Públicas (Texto
Integro)
Página Web
http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5433280&fecha=15/04/2016
TEMARIO PARA EXÁMEN DE CONCURSO DE LA PLAZA DE SUBDIRECTOR DE INSPECCIÓN DE REASEGURO “A”
48
Tema 1: CONOCIMIENTOS ESPECÍFICOS
Subtema 1 Proceso de la auditoría, planeación, ejecución y control de resultados.
Bibliografía
KELL Ziegler Auditoría Moderna. Editorial CECSA. Edición Tercera.
FRANKLIN Enrique La Auditoría Administrativa. Editorial Prentice Hall. Edición Segunda.
ATKINSON David. Life Insurance. Products and Finance. Society of Actuaries. Editorial Limusa.Edisión tercera.
HIll, Charles W.L. / Jones Gareth R. Administración Estratégica. Editorial McGraw-Hill. Tercera edición 2000.
KOONTZ, H. Administración. Editorial McGraw-Hill. 11a. Edición 1998.
Índice
El Proceso de la Auditoría.
Planeación de la Auditoría.
Análisis de la Institución.
El ambiente competitivo externo.
El ambiente operativo interno.
Elaboración de los objetivos.
Programa de Auditoría.
Integración del Personal.
Ejecución de la auditoría.
Requerimientos de información.
1 Información general.
Información sobre la operación.
Evaluación del control interno.
El ambiente de control.
La evaluación de riesgos.
Los sistemas de información y comunicación.
Procedimientos de control.
La vigilancia.
Verificación de la consistencia e integridad
Verificación de vigor
Determinación del tamaño de la muestra.
Control de resultados
Informe y dictamen
Reportes preventivos antes del dictamen
Alcance al dictamen
Diferentes tipos de opiniones
Documentos de trabajo
Marcas de auditoría
Índice de papeles de trabajo
Conclusiones y control de resultados.
Subtema 2 Normativa: De las operaciones de reaseguro y reafianzamineto y los importes Recuperables.
Bibliografía:
Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas (LISF).
http://www.cnsf.gob.mx/Normativa/Leyes%20y%20Reglamentos/LISF%20(Versi%C3%B3n%20Compilada%2
0al%2010-Ene-14).pdf
Circular Única de Seguros y Fianzas. (CUSF).
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/361737/Circular__nica_de_Seguros_y_Fianzas_compulsad
a_sin_Anexos__6-ago-18_.pdf
Título, precepto o epígrafe:
49
Conceptos de los importes recuperables del método estatutario de reaseguro y reafianzamiento. (Capítulo 5.3,
5.15 y 8.20 de la CUSF).
Cálculo del importe recuperable de reaseguro asociado a las reservas de riesgos en curso y para obligaciones
pendientes de cumplir de las operaciones de seguros (5.3).
Cálculo del importe recuperable de reaseguro asociado a las reservas de fianzas. (5.15).
Del reaseguro, reafianzamiento y otros mecanismos de transferencia de riesgos y responsabilidades (Título 9,
Capítulos del 9.1 al 9.7 de la CUSF).
Tema 2: CONOCIMIENTOS GENERALES
Subtema 1: De las Reaseguradoras extranjeras y los Intermediarios de Reaseguro
Bibliografía:
Circular Única de Seguros y Fianzas (CUSF). En.
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/361737/Circular__nica_de_Seguros_y_Fianzas_compulsada_sin
_Anexos__6-ago-18_.pdf
Título, precepto o epígrafe:
De las Reaseguradoras Extranjeras. (Título 34, Capítulos del 34.1 al 34.4 de la CUSF).
De los intermediarios de reaseguro. (Título 35, Capítulos 35.1 al 35.5).
Subtema 2 Los Planes de regularización, programas de autocorrección y reportes regulatorios.
Bibliografía:
Circular Única de Seguros y Fianzas (CUSF). En.
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/361737/Circular__nica_de_Seguros_y_Fianzas_compulsada_sin
_Anexos__6-ago-18_.pdf
Sobre los planes de regularización y programas de autocorrección (Título 28 de la CUSF).
Presentación de reportes regulatorios relacionados con las operaciones de reaseguro (Capítulo 38.1 de la
CUSF).
Subtema 3: Gobierno Corporativo
Bibliografía:
Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas (LISF). En.
http://www.cnsf.gob.mx/Normativa/Leyes%20y%20Reglamentos/LISF%20(Versi%C3%B3n%20Compilada%2
0al%2010-Ene-14).pdf
Ley Sobre el Contrato de Seguro (LSCS). En.
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/70173/Ley_Sobre_el_Contrato_de_Seguro.pdf
Circular Única de Seguros y Fianzas (CUSF). En.
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/361737/Circular__nica_de_Seguros_y_Fianzas_compulsad
a_sin_Anexos__6-ago-18_.pdf
Título, precepto o epígrafe:
Conceptos sobre gobierno corporativo (Capítulos 3.1 a 3.11 de la CUSF).
De la Administración Integral de Riesgos (Capitulo 3.2)
Del Control Interno (Capitulo 3.3).
De la Auditoría Interna. (Capitulo 3.4).
De la Función Actuarial. (Capitulo 3.5).
De los Consejeros y Funcionarios (Capitulo 3.7)
Del Comité de Auditoría. (Capitulo 3.8)
Del Comité de Reaseguro (Capitulo 3.10)
Del Comité de Suscripción (Capitulo 3.11).
Subtema 4 De la Contabilidad y los Estados Financieros
Bibliografía: Circular Única de Seguros y Fianzas.
En
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/361737/Circular__nica_de_Seguros_y_Fianzas_compulsada_sin
_Anexos__6-ago-18_.pdf
Título 22. Capítulo 22.1
50
TEMARIO PARA PLAZAS VACANTES DE SUPERVISOR DE VIGILANCIA TÉCNICA Y DE REASEGURO DE FONDOS DE ASEGURAMIENTO CONSECUTIVO 680 Y 681, ADSCRITAS A LA DIRECCIÓN
GENERAL DE SUPERVISIÓN DE FONDOS DE ASEGURAMIENTO
Tema 1: CONOCIMIENTOS ESPECÍFICOS
Subtema 1 Normativa: De la información sobre la Operación de los Fondos de Aseguramiento
Bibliografía:
Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFAAR.pdf
Reglas de Operación del Programa de Aseguramiento Agropecuario
Emitidas el 26 de diciembre de 2017
http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5508920&fecha=26/12/2017
Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas (LISF).
https://www.gob.mx/cnsf/documentos/leyes-y-reglamentos-25281?state=draft
Ley Sobre el Contrato de Seguro (LSCS).
https://www.gob.mx/cnsf/documentos/leyes-y-reglamentos-25281?state=draft
Circular Única de Seguros y Fianzas (CUSF).
https://www.gob.mx/cnsf/documentos/circular-unica-de-seguros-y-fianzas?state=draft
▪ De los criterios contables para la estimación de los activos y pasivos de las instituciones y sociedades mutualistas. ▪ Anexo 22.1.2.Serie II. Criterios relativos a los conceptos específicos de las operaciones de seguros y de fianzas. Capítulo 22.3
Del manejo y conservación de los Libros, Registros y documentos de la Contabilidad.
Subtema 5 Normas y Procedimientos de Auditoría
Bibliografía
Normas de Auditoría para atestiguar, revisión y otros servicios relacionados, emitidas por el Instituto Mexicano de
Contadores Públicos
•Título, precepto o epígrafe:
Todo el contenido
Subtema 6 Conceptos de reservas de riesgos en curso, reservas para obligaciones pendientes de cumplir y reserva de fianzas en vigor y factores de reservas para calcular los importes recuperables de seguros y fianzas.
Bibliografía:
Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas (LISF) En:
http://www.cnsf.gob.mx/Normativa/Leyes%20y%20Reglamentos/LISF%20(Versi%C3%B3n%20Compilada%2
0al%2010-Ene-14).pdf
Circular Única de Seguros y Fianzas (CUSF) En:
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/361737/Circular__nica_de_Seguros_y_Fianzas_compulsad
a_sin_Anexos__6-ago-18_.pdf
Título, precepto o epígrafe:
De la Constitución, Incremento, valuación y Registro de la Reserva de Riesgos en Curso de las Instituciones
de Seguros y Sociedades Mutualistas. (Capítulo 5.1)
De la constitución, incremento, valuación y registro de la reserva para Obligaciones pendientes de cumplir de
las instituciones de Seguros y Sociedades Mutualistas (Capítulo 5.2).
Del Método estatutario para la constitución de las reservas de riesgos en curso y para las obligaciones
pendientes de cumplir. (Capitulo 5.3).
De la constitución, incremento, valuación y registro de la reserva de fianzas en vigor de las instituciones por
las operaciones de fianzas (Capitulo 5.15).
51
Título, precepto o epígrafe:
De la información sobre la Operación de Fondos de Aseguramiento (Título 40, Capítulos 40.1,
40.2 y 40.3 de la CUSF).
Del reaseguro, reafianzamiento y otros mecanismos de transferencia de riesgos y
responsabilidades (Título 9, Capítulos del 9.1 al 9.7 de la CUSF).
De las Reaseguradoras Extranjeras (Título 34, Capítulos del 34.1 al 34.4 de la CUSF).
Presentación de reportes regulatorios relacionados con las operaciones de los Fondos de
Aseguramiento (Capítulo 38.1 de la CUSF).
De los productos de seguros y de las notas técnicas y documentación contractual de fianzas
(Título 4, capítulo 4.6 de la CUSF).
De las Reservas Técnicas (Título 5 de la CUSF).
Subtema
2:
Órganos de Gobierno
Bibliografía:
Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural
Capitulo Segundo, Tercero
Circular Única de Seguros y Fianzas (CUSF).
Capítulo 40
Subtema 3 Programas del Subsidio a la Prima del Seguro Agropecuario y de Apoyo a los Fondos de
Aseguramiento
Bibliografía
Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural
Reglas de Operación del Programa de Aseguramiento Agropecuario
Emitidas el 26 de diciembre de 2017
Subtema 4 Reservas Técnicas
Bibliografía
Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural
Capítulo Cuarto, De las Reservas Técnicas (Título 5 de la CUSF).
Subtema 5 Contabilidad
Bibliografía
Circular Única de Seguros y Fianzas (CUSF).
Capítulo 22.6, Anexo 22.6.1
Tema 2 CONOCIMIENTOS GENERALES
Subtema 1 Estándares de Práctica Actuarial en Materia de Primas de Seguros
Bibliografía
ANEXO 4.3.1 a y 4.3.1 b de la CUSF.
TEMARIO PARA LA PLAZAS VACANTE DE SUPERVISOR DE VIGILANCIA FINANCIERA DE FONDOS DE ASEGURAMIENTO ADSCRITO A LA DIRECCIÓN GENERAL DE SUPERVISIÓN DE FONDOS DE
ASEGURAMIENTO
Tema 1: CONOCIMIENTOS ESPECÍFICOS
Subtema 1 Normativa: De la información sobre la Operación de los Fondos de Aseguramiento
Bibliografía:
Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFAAR.pdf
Reglas de Operación del Programa de Aseguramiento Agropecuario
Emitidas el 26 de diciembre de 2017
http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5508920&fecha=26/12/2017
Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas (LISF).
https://www.gob.mx/cnsf/documentos/leyes-y-reglamentos-25281?state=draft
Ley Sobre el Contrato de Seguro (LSCS).
52
https://www.gob.mx/cnsf/documentos/leyes-y-reglamentos-25281?state=draft
Circular Única de Seguros y Fianzas (CUSF).
https://www.gob.mx/cnsf/documentos/circular-unica-de-seguros-y-fianzas?state=draft
Título, precepto o epígrafe:
De la información sobre la Operación de Fondos de Aseguramiento (Título 40, Capítulos 40.1,
40.2 y 40.3 de la CUSF).
Presentación de reportes regulatorios relacionados con las operaciones de los Fondos de
Aseguramiento (Capítulo 38.1 de la CUSF).
De las inversiones y otros activos (Título 8 de la CUSF).
De la contabilidad y los Estados Financieros (Título 22. Capítulo 22.6, Anexo 22.6.1. y 22.1.2de
la CUSF).
Subtema
2:
Régimen de Inversión
Bibliografía:
Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural
Artículo 39
Circular Única de Seguros y Fianzas, Capítulo 8
http://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/115280/Circular_Única_de
Seguros_y_Fianzas_compulsada_sin_Anexos__19-jul-16_.pdf
Subtema 3 Fondo Social
Bibliografía:
Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural
Artículo 35
Subtema
4:
Órganos de Gobierno
Bibliografía:
Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural
Capitulo Segundo, Tercero
Circular Única de Seguros y Fianzas (CUSF).
Capítulo 40
Subtema 5 Programas del Subsidio a la Prima del Seguro Agropecuario y de Apoyo a los Fondos de
Aseguramiento
Bibliografía
Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural
Reglas de Operación del Programa de Aseguramiento Agropecuario
Emitidas el 26 de diciembre de 2017
Subtema 6 Contabilidad
Bibliografía
Circular Única de Seguros y Fianzas (CUSF).
Capítulo 22.6, Anexo 22.6.1
Tema 2 CONOCIMIENTOS GENERALES
Subtema 1 Normas de Información Financiera
Bibliografía: Libro Normas de Información Financiera, CINIF, Editado por el IMCP, 2009.
Título, precepto o epígrafe:
SERIE NIF A Marco Conceptual
SERIE NIF B Normas aplicables a los estados financieros en su conjunto
SERIE NIF C Normas aplicables a conceptos específicos de los estados financieros
Subtema 2 Análisis de estados financieros básicos
Bibliografía: Libro Análisis e Interpretación de Estados Financieros por Perdomo Moreno Abraham, Editorial: Thomson (2003) Título, precepto o epígrafe:
53
Análisis de Estados Financieros.- Comparativo, Tendencias y Porcentajes Integrales; Cálculo y Análisis de Índices y Razones Financieras e Indicadores Financieros.- Razones de Solvencia, de Liquidez, de Capital, de Rentabilidad.
Subtema 3 De la Contabilidad y los Estados Financieros
Bibliografía:
Circular Única de Seguros y Fianzas. http://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/115280/Circular_Única_de_Seguros_y_Fianzas_compulsada_sin_Anexos__19-jul-16_.pdf
Título 22. De la Contabilidad y los Estados Financieros Capítulo 22.1, De los criterios contables para la estimación de los activos y pasivos de las instituciones y sociedades mutualistas.
Anexo 22.1.2.Serie II. Criterios relativos a los conceptos específicos de las operaciones de seguros y de fianzas.
Capítulo 22.3 Del manejo y conservación de los Libros, Registros y documentos de la Contabilidad.
TEMARIO PARA PLAZAS VACANTES DE INSPECTOR SUPERVISOR TÉCNICO Y DE REASEGURO DE FONDOS DE ASEGURAMIENTO CON CONSECUTIVO 690 Y 691, ADSCRITOS A LA DIRECCIÓN
GENERAL DE SUPERVISIÓN DE FONDOS DE ASEGURAMIENTO
Tema 1: CONOCIMIENTOS ESPECÍFICOS
Subtema 1 Normativa: De la información sobre la Operación de los Fondos de Aseguramiento
Bibliografía:
Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFAAR.pdf
Reglas de Operación del Programa de Aseguramiento Agropecuario
Emitidas el 26 de diciembre de 2017
http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5508920&fecha=26/12/2017
Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas (LISF).
https://www.gob.mx/cnsf/documentos/leyes-y-reglamentos-25281?state=draft
Ley Sobre el Contrato de Seguro (LSCS).
https://www.gob.mx/cnsf/documentos/leyes-y-reglamentos-25281?state=draft
Circular Única de Seguros y Fianzas (CUSF).
https://www.gob.mx/cnsf/documentos/circular-unica-de-seguros-y-fianzas?state=draft
Título, precepto o epígrafe:
De la información sobre la Operación de Fondos de Aseguramiento (Título 40, Capítulos 40.1,
40.2 y 40.3 de la CUSF).
Del reaseguro, reafianzamiento y otros mecanismos de transferencia de riesgos y
responsabilidades (Título 9, Capítulos del 9.1 al 9.7 de la CUSF).
De las Reaseguradoras Extranjeras (Título 34, Capítulos del 34.1 al 34.4 de la CUSF).
Presentación de reportes regulatorios relacionados con las operaciones de los Fondos de
Aseguramiento (Capítulo 38.1 de la CUSF).
De los productos de seguros y de las notas técnicas y documentación contractual de fianzas
(Título 4, capítulo 4.6 de la CUSF).
De las Reservas Técnicas (Título 5 de la CUSF).
Subtema
2:
Órganos de Gobierno
Bibliografía:
Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural
Capitulo Segundo, Tercero
Circular Única de Seguros y Fianzas (CUSF).
Capítulo 40
54
Subtema 3 Programas del Subsidio a la Prima del Seguro Agropecuario y de Apoyo a los Fondos de
Aseguramiento
Bibliografía
Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural
Reglas de Operación del Programa de Aseguramiento Agropecuario
Emitidas el 26 de diciembre de 2017
Subtema 4 Reservas Técnicas
Bibliografía
Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural
Capítulo Cuarto, De las Reservas Técnicas (Título 5 de la CUSF).
Subtema 5 Contabilidad
Bibliografía
Circular Única de Seguros y Fianzas (CUSF).
Capítulo 22.6, Anexo 22.6.1
Tema 2 CONOCIMIENTOS GENERALES
Subtema 1 Estándares de Práctica Actuarial en Materia de Primas de Seguros
Bibliografía
ANEXO 4.3.1 a y 4.3.1 b de la CUSF.
Tema 3 REASEGURO TRADICIONAL Y NO TRADICIONAL
Bibliografía
Reaseguro, por Antonio Minzoni Consorti, Editado por la Facultad de Ciencias, U.N.A.M.
Reaseguro Financiero y ART, Minzoni Antonio, Editado por la Facultad de Ciencias, U.N.A.M.,
2007 Introducción al Reaseguro. Swiss Re, 1999.
http://media.swissre.com/documents/pub_intro_reinsurance_es.pdf
Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural
Circular Única de Seguros y Fianzas (CUSF)
Título, precepto o epígrafe:
Tipos de contratos de reaseguro y su funcionamiento
Participantes en la colocación de operaciones de reaseguro
Clausulado de contratos de reaseguro
Términos de reaseguro
TEMARIO PARA PLAZAS VACANTES DE INSPECTOR SUPERVISOR FINANCIERO DE FONDOS DE ASEGURAMIENTO CON CONSECUTIVO 695 Y 696, ADSCRITOS A LA DIRECCIÓN GENERAL DE
SUPERVISIÓN DE FONDOS DE ASEGURAMIENTO.
Tema 1: CONOCIMIENTOS ESPECÍFICOS
Subtema 1 Normativa: De la información sobre la Operación de los Fondos de Aseguramiento
Bibliografía:
Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFAAR.pdf
Reglas de Operación del Programa de Aseguramiento Agropecuario
Emitidas el 26 de diciembre de 2017
http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5508920&fecha=26/12/2017
Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas (LISF).
https://www.gob.mx/cnsf/documentos/leyes-y-reglamentos-25281?state=draft
Ley Sobre el Contrato de Seguro (LSCS).
https://www.gob.mx/cnsf/documentos/leyes-y-reglamentos-25281?state=draft
Circular Única de Seguros y Fianzas (CUSF).
https://www.gob.mx/cnsf/documentos/circular-unica-de-seguros-y-fianzas?state=draft
55
Título, precepto o epígrafe:
De la información sobre la Operación de Fondos de Aseguramiento (Título 40, Capítulos 40.1,
40.2 y 40.3 de la CUSF).
Presentación de reportes regulatorios relacionados con las operaciones de los Fondos de
Aseguramiento (Capítulo 38.1 de la CUSF).
De las inversiones y otros activos (Título 8 de la CUSF).
De la contabilidad y los Estados Financieros (Título 22. Capítulo 22.6, Anexo 22.6.1. y 22.1.2de
la CUSF).
Subtema
2:
Régimen de Inversión
Bibliografía:
Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural
Artículo 39
Circular Única de Seguros y Fianzas, Capítulo 8
http://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/115280/Circular_Única_de
Seguros_y_Fianzas_compulsada_sin_Anexos__19-jul-16_.pdf
Subtema 3 Fondo Social
Bibliografía:
Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural
Artículo 35
Subtema
4:
Órganos de Gobierno
Bibliografía:
Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural
Capitulo Segundo, Tercero
Circular Única de Seguros y Fianzas (CUSF).
Capítulo 40
Subtema 5 Programas del Subsidio a la Prima del Seguro Agropecuario y de Apoyo a los Fondos de
Aseguramiento
Bibliografía
Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural
Reglas de Operación del Programa de Aseguramiento Agropecuario
Emitidas el 26 de diciembre de 2017
Subtema 6 Contabilidad
Bibliografía
Circular Única de Seguros y Fianzas (CUSF).
Capítulo 22.6, Anexo 22.6.1
Tema 2 CONOCIMIENTOS GENERALES
Subtema 1 Normas de Información Financiera
Bibliografía: Libro Normas de Información Financiera, CINIF, Editado por el IMCP, 2009.
Título, precepto o epígrafe:
SERIE NIF A Marco Conceptual
SERIE NIF B Normas aplicables a los estados financieros en su conjunto
SERIE NIF C Normas aplicables a conceptos específicos de los estados financieros
Subtema 2 Análisis de estados financieros básicos
Bibliografía: Libro Análisis e Interpretación de Estados Financieros por Perdomo Moreno Abraham, Editorial: Thomson (2003) Título, precepto o epígrafe:
Análisis de Estados Financieros.- Comparativo, Tendencias y Porcentajes Integrales; Cálculo y Análisis de Índices y Razones Financieras e Indicadores Financieros.- Razones de Solvencia, de Liquidez, de Capital, de Rentabilidad.
Subtema 3 De la Contabilidad y los Estados Financieros
56
Bibliografía:
Circular Única de Seguros y Fianzas. http://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/115280/Circular_Única_de_Seguros_y_Fianzas_compulsada_sin_Anexos__19-jul-16_.pdf
Título 22. De la Contabilidad y los Estados Financieros Capítulo 22.1, De los criterios contables para la estimación de los activos y pasivos de las instituciones y sociedades mutualistas.
Anexo 22.1.2.Serie II. Criterios relativos a los conceptos específicos de las operaciones de seguros y de fianzas.
Capítulo 22.3 Del manejo y conservación de los Libros, Registros y documentos de la Contabilidad.
Subtema 4 Normas y Procedimientos de Auditoría
Bibliografía
Normas de Auditoría para atestiguar, revisión y otros servicios relacionados, emitidas por el Instituto
Mexicano de Contadores Públicos
Título, precepto o epígrafe:
Conocimientos básicos de las Normas de Auditoría
TEMARIO PARA EXAMEN DE CONCURSO DE LA PLAZA DE INSPECTOR SUPERVISOR CONCECUTIVO 595 ADSCRITO A LA SUBDIRECCIÓN DE SEGUROS DE DAÑOS Y FIANZAS “A”
Tema 1: CONOCIMIENTOS GENERALES
Subtema
1:
Probabilidad y estadística
Bibliografía:
Introduction to Probability Theory. Hoel, Paul G., Port, Sidney C. y Stone, Charles J. Houghton
Mifflin, 1971.
Introduction to the Theory of Statistics. Mood, Alexander M., Graybill, Franklin A. y Boes, Duane
C. McGraw-Hill, 1985.
Estadística para Actuarios. López Cachero, Manuel y López de la Manzana, Juan. Editorial
MAPFRE, 1996.
Practical nonparametric statistics 3rd Edition. Conover, W.J. John Wiley & Sons, 1998.
Introducción a los procesos estocásticos. Rincón, Luis. Facultad de Ciencias, UNAM, 2012.
En http://lya.fciencias.unam.mx/lars/libros/procesos2012.pdf
Título, precepto o epígrafe:
Cálculo de probabilidades. Variables aleatorias. Funciones de probabilidad y de distribución y
sus características numéricas. Familias paramétricas de distribuciones. Simulación aleatoria.
Nociones de procesos estocásticos.
Estadística descriptiva Construcción de distribuciones empíricas a partir de una muestra.
Estimación paramétrica puntual y por intervalos. Inferencia estadística no paramétrica. Ajuste de
funciones de probabilidad.
Análisis de Regresión.
Subtema
2:
Matemáticas financieras y contabilidad de seguros
Bibliografía:
The Theory of Interest. Kellison, Stephen G. Richard D. Irwin, 1991.
Circular Única de Seguros y Fianzas, Capítulo 22.1.
En http://www.cnsf.gob.mx/CUSFELECTRONICA/landing.html
Título, precepto o epígrafe:
Interés Simple y Compuesto
Anualidades y montos.
57
Descuento a tasa libre de riesgo.
Nociones básicas de contabilidad de seguros.
Subtema
3:
Reaseguro y reafianzamiento
Bibliografía:
Introducción al Reaseguro. Swiss Re, 1999.
En http://media.swissre.com/documents/pub_intro_reinsurance_es.pdf
Circular Única de Seguros y Fianzas, Capítulo 8.20 y Título 9.
En En http://www.cnsf.gob.mx/CUSFELECTRONICA/landing.html
Reaseguro Financiero y ART. Minzoni, Antonio. Facultad de Ciencias, UNAM, 2007.
Título, precepto o epígrafe:p
Importes recuperables de reaseguro
Límites de retención.
Contratos (proporcional, no proporcional, facultativo, automático, etc.).
Tema 2: CONOCIMIENTOS ESPECÍFICOS
Subtema
1:
Primas y Reservas de seguros de daños y de fianzas
Loss Models: From Data to Decisions. Klugman, Stuart A.; Panjer, Harry H y Willmot, Gordon E.
Wiley-Interscience, 2004.
Non-Life Insurance Mathematics. Thomas Mikosh. E. Springer, 2004.
Introducction to ratemaking and loss reserving for property and casualty insurance. Brown R.
Robert y Gottlieb R. Leon, 2001.
Estadística para actuarios. López Cachero, Manuel y López de la Manzana, Juan. Editorial
MAPFRE, 1996.
Basic ratemaking. Werner, Geoff y Modlin, Claudine. Cuarta edición. Casualty Actuarial Society,
2010.
En http://www.casact.org/library/studynotes/Werner_Modlin_Ratemaking.pdf
Métodos estocásticos de estimación de las provisiones técnicas en el marco de Solvencia II.
Albarrán Lozano, Irene y Alonso González, Pablo. Fundación MAPFRE, 2010.
En
http://www.mapfre.com/documentacion/publico/i18n/catalogo_imagenes/grupo.cmd?path=1062
009
Circular Única de Seguros y Fianzas, Título 5.
En http://www.cnsf.gob.mx/CUSFELECTRONICA/CUSF
Título, precepto o epígrafe:
Definiciones y cálculo de frecuencia, severidad, índices de reclamaciones pagadas y
recuperación de garantías.
Cálculo de primas de riesgo de seguros de daños y de fianzas. Elementos y técnicas de cálculo.
Recargos y descuentos por limitantes en las condiciones contractuales o por características
inherentes al riesgo.
Primas de tarifa. Cálculo y estructura.
Definiciones y cálculo de reservas técnicas. Métodos determinísticos y estocásticos (Chain
Ladder, Bornhuetter-Ferguson, de la razón, Chain Ladder estocástico y Mack).
Conceptos y cálculo de mejor estimación, margen de riesgo e importes recuperables de
reaseguro.
Modelos estatutarios para la valuación de las reservas técnicas (riesgos en curso, para siniestros
ocurridos y no reportados, riesgos catastróficos, de contingencia para sociedades mutualistas,
especiales, de fianzas en vigor y de contingencia de fianzas).
Subtema
2:
El requerimiento de capital de solvencia
Bibliografía:
Circular Única de Seguros y Fianzas, Capítulos 6.4 y 6.6.
58
En http://www.cnsf.gob.mx/CUSFELECTRONICA/CUSF
Título, precepto o epígrafe:
El requerimiento de capital para riesgos basados en la pérdida máxima probable.
El requerimiento de capital por riesgos técnicos y financieros de fianzas.
Subtema
3:
Normativa
Bibliografía:
Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas (LISF).
En
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/70174/Ley_de_Instituciones_de_Seguros_y_d
e_Fianzas.pdf
Ley Sobre el Contrato de Seguro (LSCS).
En
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/70173/Ley_Sobre_el_Contrato_de_Seguro.pdf
Circular Única de Seguros y Fianzas (CUSF).
En http://www.cnsf.gob.mx/CUSFELECTRONICA/CUSF
Título, precepto o epígrafe:
Conceptos sobre gobierno corporativo (Capítulos 3.1 a 3.5 de la CUSF).
Registro de productos de seguros y de nota técnica y documentación contractual de fianzas
(Título 4 de la CUSF).
Registro de métodos actuariales de valuación de reservas (Capítulos 5.1 y 5.5 de la CUSF) y
estándares de práctica actuarial para la valuación de las reservas técnicas (Capítulo 5.17 de la
CUSF).
Conceptos relacionados con el requerimiento de capital de solvencia (Capítulos 6.2, 6.3, 6.4, 6.6,
6.7 y 6.8 de la CUSF) y la prueba de solvencia dinámica (Capítulos 7.2, 7.3 y 7.4 de la CUSF).
Conceptos relacionados con los importes recuperables de reaseguro (Capítulo 8.20 de la CUSF).
Garantías de recuperación en fianzas (Título 11 de la CUSF).
Seguros de crédito y de caución (Título 16 de la CUSF), crédito a la vivienda (Título 17 de la
CUSF) y garantía financiera (Título 18 de la CUSF).
Sobre los fondos especiales de seguros (Título 20 de la CUSF).
Sobre los planes de regularización y programas de autocorrección (Título 28 de la CUSF).
Presentación de reportes regulatorios relacionados con las reservas técnicas (Capítulo 38.1 y
anexo 38.1.4 de la CUSF).
TEMARIO PARA LA PLAZA VACANTE DE JEFE DE DEPARTAMENTO DE AUTORIZACIÓN DE INTERMEDIARIOS ADSCRITA A LA DIRECCIÓN GENERAL JURÍDICA CONSULTIVA Y DE
INTERMEDIARIOS
Temario: JEFE DE DEPARTAMENTO DE AUTORIZACIÓN DE INTERMEDIARIOS
Tema 1: LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS
Subtema: Disposiciones preliminares
Bibliografía
Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas
Títulos, preceptos y/o Epígrafes
59
Título Primero, Capítulo Único
Página Web
www.gob.mx/cnsf
Subtema: Instituciones
Bibliografía
Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas
Títulos, preceptos y/o Epígrafes
Título Segundo, Capítulo I, Secciones I, II, III y Capítulo II, Secciones I, II, Capítulo III
Página Web
www.gob.mx/cnsf
Subtema: Demás participantes en los Sistemas Asegurador y Afianzador
Bibliografía
Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas
Títulos, preceptos y/o Epígrafes
Título Cuarto, Capítulo II y Capítulo III, Sección I
Página Web
www.gob.mx/cnsf
Subtema: Principios generales sobre el funcionamiento y operación de las Instituciones, así como sus prohibiciones
Bibliografía
Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas
Títulos, preceptos y/o Epígrafes
Título Quinto, Capítulo I, Secciones I, II y III; Capítulo III, Secciones I, II y III; Título Séptimo, Capítulos I y II
Página Web
www.gob.mx/cnsf
Subtema: Medidas preventivas y correctivas
Bibliografía
Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas
Títulos, preceptos y/o Epígrafes
Capítulo I
Página Web
www.gob.mx/cnsf
Subtema: Comisión Nacional de Seguros y Fianzas
Bibliografía
Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas
Títulos, preceptos y/o Epígrafes
60
Título Décimo Primero, Capítulo I, Secciones I, II, III, IV y Capítulo II
Página Web
www.gob.mx/cnsf
Subtema: Notificaciones, medidas de apremio y sanciones
Bibliografía
Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas
Títulos, preceptos y/o Epígrafes
Título Décimo Tercero, Capítulos I, II y III, Secciones I, II y III
Página Web
www.gob.mx/cnsf
Tema 2: LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO
Subtema: Disposiciones Generales
Bibliografía
Ley Sobre el Contrato de Seguro
Títulos, preceptos y/o Epígrafes
Título I, Capítulos I, II, III, IV y V
Página Web
www.gob.mx/cnsf
Subtema: Contrato de Seguro contra los Daños
Bibliografía
Ley Sobre el Contrato de Seguro
Títulos, preceptos y/o Epígrafes
Título II, Capítulos I, II, III, IV, V y VI
Página Web
www.gob.mx/cnsf
Subtema: Contrato de Seguro sobre las Personas
Bibliografía
Ley Sobre el Contrato de Seguro
Títulos, preceptos y/o Epígrafes
Título III
Página Web
www.gob.mx/cnsf
Subtema:
Disposiciones Finales
Bibliografía
Ley Sobre el Contrato de Seguro
Títulos, preceptos y/o Epígrafes
Título V
61
Página Web
www.gob.mx/cnsf
Tema 3: LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES
Subtema: Constitución y funcionamiento de las sociedades en general
Bibliografía
Ley General de Sociedades Mercantiles
Títulos, preceptos y/o Epígrafes
Capítulo I
Página Web
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Subtema: Sociedad anónima
Bibliografía
Ley General de Sociedades Mercantiles
Títulos, preceptos y/o Epígrafes
Capítulo V, Secciones I, II, III, IV, V y VI
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Subtema: Sociedades de capital variable
Bibliografía
Ley General de Sociedades Mercantiles
Títulos, preceptos y/o Epígrafes
Capítulo VIII
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Subtema: Fusión, transformación y escisión de las sociedades
Bibliografía
Ley General de Sociedades Mercantiles
Títulos, preceptos y/o Epígrafes
Capítulo IX
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Subtema: Disolución de las sociedades
Bibliografía
Ley General de Sociedades Mercantiles
Títulos, preceptos y/o Epígrafes
Capítulo X
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62
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Subtema: Liquidación de las sociedades
Bibliografía
Ley General de Sociedades Mercantiles
Títulos, preceptos y/o Epígrafes
Capítulo XI
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Tema 4: LEY DE AMPARO, REGLAMENTARIA DE LOS ARTÍCULOS 103 Y 107 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Subtema: Reglas Generales que rigen al Amparo en México
Bibliografía
Ley de Amparo, reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Títulos, preceptos y/o Epígrafes
Título I, Capítulos I, III, IV y V; Capítulos VII, VIII y IX, Secciones I y II; Capítulos X y XI, Secciones I, II y III
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Subtema: Procedimientos de Amparo (Directo e Indirecto)
Bibliografía
Ley de Amparo, reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Títulos, preceptos y/o Epígrafes
Título II, Capítulo I, Secciones I, II y III, Primera Parte; Capítulo II, Secciones I, II, III, y IV
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Tema 5: LEY DE PROTECCIÓN Y DEFENSA AL USUARIO DE SERVICIOS FINANCIEROS
Subtema: Facultades y Procedimientos tramitados ante la Comisión Nacional para la Protección y
Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros
Bibliografía
Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros
Títulos, preceptos y/o Epígrafes
Título Primero, Capítulo Único; Título Segundo, Capítulo I; Título Cuarto, Capítulos I y II;
Título Quinto, Capítulos I, II y III; Título Sexto, Capítulo Único
63
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Tema 6: LEY FEDERAL DE DERECHOS
Subtema: Derechos por la prestación de los servicios proporcionados por la CNSF
Bibliografía
Ley Federal de Derechos
Títulos, preceptos y/o Epígrafes
Título Primero, Capítulo III, Sección Primera, Artículos 30-A, 30-B, 30-D y 31-A.
Verificar la actualización de cantidades en: ANEXO 19 de la Resolución Miscelánea Fiscal
para 2018.
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http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/index.htm
Tema 7: LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
Subtema: Principios, bases generales y procedimientos para garantizar el derecho de acceso a la
información pública
Bibliografía
Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Títulos, preceptos y/o Epígrafes
Título I, Capítulo I, Capítulo II, Secciones II y III; Título II, Capítulos III y IV; Título Quinto,
Capítulos I, II y III; Título VI, Capítulos I, II y III
Página Web
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Tema 8: LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
Subtema:
Obligaciones de Transparencia a cargo de la Administración Pública Federal
Bibliografía
Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Títulos, preceptos y/o Epígrafes
Título I, Capítulo I y II, Título II, Capítulos I, III y IV; Título Tercero, Capítulo I; Título IV,
Capítulos I, II, III y IV
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Tema 9: LEY GENERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE SUJETOS OBLIGADOS
Subtema:
Principios generales en materia de Protección de Datos Personales
64
Bibliografía
Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados
Títulos, preceptos y/o Epígrafes
Título I, Capítulo I; Título II, Capítulos I y II; Título III, Capítulo I; Título V, Capítulo Único,
Título VI, Capítulo I; Título VII, Capítulos I y II
Página Web
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Tema 10: REGLAMENTO DE AGENTES DE SEGUROS Y DE FIANZAS
Subtema: Disposiciones Generales, Autorizaciones, Operación y Sanciones de los Agentes
Bibliografía
Reglamento de Agentes de Seguros y de Fianzas
Títulos, preceptos y/o Epígrafes
Capítulos I, II, III, IV y Transitorios.
Página Web
www.gob.mx/cnsf
Tema 11: CIRCULAR ÚNICA DE SEGUROS Y FIANZAS
Subtema: Conceptos fundamentales relacionados con las actividades aseguradora, afianzadora y de
intermediación.
Bibliografía
Circular Única de Seguros y Fianzas
Títulos, preceptos y/o Epígrafes
Título 1, Capítulo 1.1.
Página Web
www.gob.mx/cnsf
Subtema: Agentes de Seguros y/o de Fianzas
Bibliografía
Circular Única de Seguros y Fianzas
Títulos, preceptos y/o Epígrafes
Título 32, Capítulos 32.1., 32.2., 32.3., 32.4., 32.5., 32.6., 32.7., 32.8., 32.9., 32.10., 32.11.,
32.12., 32.13.
Página Web
www.gob.mx/cnsf
Subtema: Empleados y Apoderados de las Personas Morales que intervienen en la promoción o
venta de seguros
Bibliografía
Circular Única de Seguros y Fianzas
65
Títulos, preceptos y/o Epígrafes
Título 33, Capítulos 33.1 y 33.2.
Página Web
www.gob.mx/cnsf
Subtema: Mecanismos de Entrega de Información
Bibliografía
Circular Única de Seguros y Fianzas
Títulos, preceptos y/o Epígrafes
Título 39, Capítulos 39.1., 39.2., 39.3., 39.4. y 39.6.
Página Web
www.gob.mx/cnsf
Tema 12: INTERMEDIARIOS DE REASEGURO
Subtema: Procedimiento de autorización de los Intermediarios de Reaseguro, así como de
autorización y refrendo de sus Apoderados
Bibliografía
Circular Única de Seguros y Fianzas
Títulos, preceptos y/o Epígrafes
Título 35, Capítulos 35.1. y 35.2.
Página Web
www.gob.mx/cnsf
Tema 13: LEY PARA REGULAR LAS AGRUPACIONES FINANCIERAS
Subtema: Disposiciones Preliminares
Bibliografía
Ley para Regular las Agrupaciones Financieras
Títulos, preceptos y/o Epígrafes
Título Primero
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Subtema: Organización de las Sociedades Controladoras y la constitución y funcionamiento de los Grupos Financieros
Bibliografía
Ley para regular las Agrupaciones Financieras
Títulos, preceptos y/o Epígrafes
Título Segundo, Capítulos I, II y III
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Subtema: De la protección de los intereses del público
Bibliografía
66
Ley para regular las Agrupaciones Financieras
Títulos, preceptos y/o Epígrafes
Título Sexto, Capítulo I
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Tema 14: LEY DEL MERCADO DE VALORES
Subtema: Sociedades Anónimas Promotoras de Inversión y Sociedades Anónimas Promotoras de Inversión Bursátil
Bibliografía
Ley del Mercado de Valores
Títulos, preceptos y/o Epígrafes
Título II, Capítulo I, Secciones I, II y III; Capítulo II
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Tema 15: INGLÉS BÁSICO
Subtema: Se aplicará evaluación consistente en una traducción del idioma inglés al español.
TEMARIO PARA LAS PLAZAS VACANTES DE SUPERVISOR ACTUARIAL CON CONSECUTIVO 515 Y 518 ADSCRITAS A LA DIRECCIÓN GENERAL DE SUPERVISIÓN DEL SEGURO DE PENSIONES Y
SALUD
67
68
TEMARIO PARA EXAMEN DE CONCURSO DE LA PLAZA DE INSPECTOR SUPERVISOR CON CONSECUTIVO 573 ADSCRITO A LA SUBDIRECCIÓN DE SEGUROS DE DAÑOS Y FIANZAS “A”
Tema 1: CONOCIMIENTOS GENERALES
Subtema
1:
Probabilidad y estadística
Bibliografía:
Introduction to Probability Theory. Hoel, Paul G., Port, Sidney C. y Stone, Charles J. Houghton
Mifflin, 1971.
Introduction to the Theory of Statistics. Mood, Alexander M., Graybill, Franklin A. y Boes, Duane
C. McGraw-Hill, 1985.
Estadística para Actuarios. López Cachero, Manuel y López de la Manzana, Juan. Editorial
MAPFRE, 1996.
Practical nonparametric statistics 3rd Edition. Conover, W.J. John Wiley & Sons, 1998.
Introducción a los procesos estocásticos. Rincón, Luis. Facultad de Ciencias, UNAM, 2012.
En http://lya.fciencias.unam.mx/lars/libros/procesos2012.pdf
69
Título, precepto o epígrafe:
Cálculo de probabilidades. Variables aleatorias. Funciones de probabilidad y de distribución y
sus características numéricas (media, moda, varianza, percentiles, entre otros). Familias
paramétricas de distribuciones. Simulación aleatoria (variables discretas, continuas y mixtas).
Nociones de procesos estocásticos.
Estadística descriptiva (tablas de frecuencias, diagramas de caja y brazos, gráficos de
dispersión, etc.). Construcción de distribuciones empíricas a partir de una muestra. Estimación
paramétrica puntual y por intervalos. Inferencia estadística no paramétrica. Ajuste de funciones
de probabilidad.
Análisis de Regresión.
Subtema
2:
Matemáticas financieras y contabilidad de seguros
Bibliografía:
The Theory of Interest. Kellison, Stephen G. Richard D. Irwin, 1991.
Circular Única de Seguros y Fianzas, Capítulo 22.1.
En http://www.cnsf.gob.mx/CUSFELECTRONICA/landing.html
Título, precepto o epígrafe:
Interés Simple y Compuesto
Anualidades y montos.
Descuento a tasa libre de riesgo.
Nociones básicas de contabilidad de seguros.
Subtema
3:
Reaseguro y reafianzamiento
Bibliografía:
Introducción al Reaseguro. Swiss Re, 1999.
En http://media.swissre.com/documents/pub_intro_reinsurance_es.pdf
Circular Única de Seguros y Fianzas, Capítulo 8.20 y Título 9.
En En http://www.cnsf.gob.mx/CUSFELECTRONICA/landing.html
Reaseguro Financiero y ART. Minzoni, Antonio. Facultad de Ciencias, UNAM, 2007.
Título, precepto o epígrafe:p
Importes recuperables de reaseguro
Límites de retención.
Contratos (proporcional, no proporcional, facultativo, automático, etc.).
Tema 2: CONOCIMIENTOS ESPECÍFICOS
Subtema
1:
Primas y Reservas de seguros de daños y de fianzas
Loss Models: From Data to Decisions. Klugman, Stuart A.; Panjer, Harry H y Willmot, Gordon E.
Wiley-Interscience, 2004.
Non-Life Insurance Mathematics. Thomas Mikosh. E. Springer, 2004.
Introducction to ratemaking and loss reserving for property and casualty insurance. Brown R.
Robert y Gottlieb R. Leon, 2001.
Estadística para actuarios. López Cachero, Manuel y López de la Manzana, Juan. Editorial
MAPFRE, 1996.
Basic ratemaking. Werner, Geoff y Modlin, Claudine. Cuarta edición. Casualty Actuarial Society,
2010.
En http://www.casact.org/library/studynotes/Werner_Modlin_Ratemaking.pdf
Métodos estocásticos de estimación de las provisiones técnicas en el marco de Solvencia II.
Albarrán Lozano, Irene y Alonso González, Pablo. Fundación MAPFRE, 2010.
En
http://www.mapfre.com/documentacion/publico/i18n/catalogo_imagenes/grupo.cmd?path=1062
009
Circular Única de Seguros y Fianzas, Título 5.
70
En http://www.cnsf.gob.mx/CUSFELECTRONICA/CUSF
Título, precepto o epígrafe:
Definiciones y cálculo de frecuencia, severidad, índices de reclamaciones pagadas y
recuperación de garantías.
Cálculo de primas de riesgo de seguros de daños y de fianzas. Elementos y técnicas de cálculo.
Recargos y descuentos por limitantes en las condiciones contractuales o por características
inherentes al riesgo.
Primas de tarifa. Cálculo y estructura.
Definiciones y cálculo de reservas técnicas. Métodos determinísticos y estocásticos (Chain
Ladder, Bornhuetter-Ferguson, de la razón, Chain Ladder estocástico y Mack).
Conceptos y cálculo de mejor estimación, margen de riesgo e importes recuperables de
reaseguro.
Modelos estatutarios para la valuación de las reservas técnicas (riesgos en curso, para siniestros
ocurridos y no reportados, riesgos catastróficos, de contingencia para sociedades mutualistas,
especiales, de fianzas en vigor y de contingencia de fianzas).
Subtema
2:
Normativa
Bibliografía:
Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas (LISF).
En
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/70174/Ley_de_Instituciones_de_Seguros_y_d
e_Fianzas.pdf
Ley Sobre el Contrato de Seguro (LSCS).
En
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/70173/Ley_Sobre_el_Contrato_de_Seguro.pdf
Circular Única de Seguros y Fianzas (CUSF).
En http://www.cnsf.gob.mx/CUSFELECTRONICA/CUSF
Título, precepto o epígrafe:
Conceptos sobre gobierno corporativo (Capítulos 3.1 a 3.5 de la CUSF).
Registro de productos de seguros y de nota técnica y documentación contractual de fianzas
(Título 4 de la CUSF).
Registro de métodos actuariales de valuación de reservas (Capítulos 5.1 y 5.5 de la CUSF) y
estándares de práctica actuarial para la valuación de las reservas técnicas (Capítulo 5.17 de la
CUSF).
Conceptos relacionados con el requerimiento de capital de solvencia (Capítulos 6.2, 6.3, 6.4, 6.6,
6.7 y 6.8 de la CUSF) y la prueba de solvencia dinámica (Capítulos 7.2, 7.3 y 7.4 de la CUSF).
Conceptos relacionados con los importes recuperables de reaseguro (Capítulo 8.20 de la CUSF).
Garantías de recuperación en fianzas (Título 11 de la CUSF).
Seguros de crédito y de caución (Título 16 de la CUSF), crédito a la vivienda (Título 17 de la
CUSF) y garantía financiera (Título 18 de la CUSF).
Sobre los fondos especiales de seguros (Título 20 de la CUSF).
Sobre los planes de regularización y programas de autocorrección (Título 28 de la CUSF).
Presentación de reportes regulatorios relacionados con las reservas técnicas (Capítulo 38.1 y
anexo 38.1.4 de la CUSF).