LEY 1819 DE 2016
(374 ARTICULOS)
Decreto Único Reglamentario
1625 de 2016
Decreto 2201 del 30 diciembre de 2016
TEMARIO
1. Impuesto de Renta De Naturales
2. Impuesto de Renta Personas Jurídicas
2.1 Sociedades
2.2 Entidades sin animo de Lucro
3.Retencion
4.Iva
5. Retención de IVA
6. Monotributo
7. Otros Impuestos
8. Normas de Procedimiento
APLICACIÓN NORMAS EN EL TIEMPO
-NORMAS SUSTANTIVAS
( PERIODO FISCAL SIGUIENTE)
-NORMAS DE PROCEDIMIENTO
( INMEDIATA)
PERSONAS NATURALES
Empleado
TRABAJADOR POR CUENTA PROPIA
OTROS
DEPURACION- RENTA PRESUNTIVA IMAN IMAS
DEPURACION – RENTA PRESUNTIVA IMAS
DEPURACION -RENTA PRESUNTIVA
CONCEPTO VALOR UVT VALOR PESOS
INGRESOS 1400
$41.654.000
PATRIMONIO 4500
$133.889.000
CONSUMO TARJETAS CREDITO
2800 1400
$83308.000 $ 41,654.000
COMPRAS 2800 1400
$ 83.308.000 $ 41.654.000
DEPOSITOS INVERSIONES FINANCERAS
4500 1400
$133.889.000 $ 41.654,000
PERSONAS NATURALES NO DECLARANTES AÑO GRAVABLE 2016 VALOR UVT $29.753 2017 $ 31.859
NO SEAN RESPONSABLES DE IVA
EMPLEADOS
1. EMPLEADOS 1. CON VINCULO LABORAL 2. SIN VINCULO LABORAL ( Honorarios prestación de servicios) 1+2 80% del total de los ingresos
2. BASES a. oRDINARIO
Depuración Presuntiva b. IMAN c. IMAS
TABLA ART 241 TABLA ART 333 TABLA ART 334
Todas las personas Naturales
SOLO CATEGORIA Empleados
SOLO CATEGORIA Empleados
IMPUESTO PERSONAS NATURALES-
EMPLEADOS
ORDINARIO IMAN IMAS
TABLA IMPUESTO
241
SE DETERMINA IMPUESTO
NO APLICA EL ORDINARIO
NO APLICA IMAN
obligatorios
Se paga el mayor
Voluntario Ingresos < 2800
uvt-
Total ingresos TOTAL INGRESOS (-) INGRESOS NO CONSTITUIVOS DE RENTA =INGRESOS NETOS (-) COSTOS =RENTA BRUTA (-) DEDUCCIONES = RENTA LIQUIDA (-) RENTAS EXENTAS = RENTA LIQUIDA GRAVABLE
DEPURACION
INGRESOS NO CONSTITUTIVOS DE RENTA
ALIMENTACION
EDUCACION SALUD
TRANSPORTE
ART 38 7-1 E.T
D 3750 DE 1986
-ART 128 CST -ART 26 E.T
ALIMENTACION
SALARIO
MAXIM0 MENSUAL
MODALIDADES
310 UVT $9.223.000
41 UVT $ 1.220.000
-RESTAURANTES PROPIOS -RESTAURANTES DE TERCEROS -TIQUETES O VALES ( EXPEDIDO POR UN TERCERO)
TOTAL INGRESOS
Programa permanente de la empresa
Debe reconocerse a la mayoría de empleados
Debe calcularse un valor promedio (total beneficios/ No trabajadores)
Educación salud
DEDUCCIONES
1.INTERESES EN
PRESTAMOS DE VIVIENDA
2.MEDICINA PREPAGADA
3.APORTE OBLIGATORIO
SALUD
4.DEPENDIENTES
DEDUCCIONES
1.Intereses en prestamos de vivienda
• 1200 UVT X $ 29.753= $ 35.704.000 2016
2.Medicina propagada
(16) UVT mensuales
16x29753= $476000 (ANUAL $ 5.712.000) 2016
DEDUCCIONES
3.Dependientes
Una deducción mensual de hasta el 10% del total de
los ingresos brutos provenientes de la relación laboral
o legal y reglamentaria del respectivo mes por concepto
de dependientes, hasta un máximo de treinta y dos
(32) UVT mensuales.
32 UVT X 29753=$ 952.000 ANUAL $11.424.000
DEDUCCION DEPENDIENTES
1. Los hijos menores de edad
2.Hijos 18 -23 años ( educación ICFES)
3. Hijos > 23 años - discapacidad
4.Esposos , padres , hermanos
Discapacidad , ausencia de ingresos
DEDUCCIONES
• Estos contribuyentes no podrán solicitar el
reconocimiento fiscal de costos y gastos distintos
de los permitidos a los trabajadores
asalariados involucrados en la prestación de
servicios personales o de la realización de
actividades económicas por cuenta y riesgo del
contratante.
Corte Constitucional - Sentencia C-668-15 del 28 de octubre de 2015
….la Corte declara inexequible el parágrafo 4 del articulo 206 del E.T, EN LO QUE HACE REFERENCIA ALA DEDUCCIONES DE EMPLEADOS SIN VINCULO LABORAL
Maria Rosalba Suarez A.
TOTAL INGRESOS (-) INGRESOS NOCONSTITUIVOS DE RENTA (-) RENTAS EXENTAS (-) DEDUCCIONES =BASE PARA CALCULAR LA RENTA EXENTA *25% = RENTA EXENTA (MAX 240 UVT mensuales $7.141.000
RENTA EXENTA DEL 25%
• La exención del 25% procede para las TODAS
las personas naturales clasificadas en la
categoría de empleados
PATRIMONIO LIQUIDO AÑO
ANTERIOR TOTAL INGRESOS (-) Vivienda 8000 UVT (-)Acciones y aportes en sociedades nacionales
= Base para calcular la presuntiva x 3% = RENTA PRESUNTIVA
PRESUNTIVA
DETERMINACION IMPUESTO SISTEMA
ORDINARIO
LA BESE MAS ALTA ENTRE DEPURACION Y PRESUNTIVA
TABLA DE IMPUESTO ARTICULO 241 E.T
BASE GRAVABLE UVT PESOS ( MILES)
% IMPUESTO UVT PESOS (MILES)
0 1090 UVT 0 0
0- $ 32.431 0 0
+1090-1700 UVT 19% (BASE UVT -1090) x 19%
+$32.431-$50.586 19% (BASE $ -32.431) x19%
+1700-4100 UVT 28% (BASE UVT -1700) X 28% (+)116UVT
$50.586-$121.987 28% (BASE $ -50.586) X 28% (+) $3.451
+4100 UVT 33% BASE UVT -4100 UVT X33%
+121.987 33% (BASE $ -121.987) X33% (+ ) $23.445
TABLA IMPUESTO DE RENTA 2016 VALOR UVT $29753
CONCEPTO DE IMAN
• IMPUESTO MINIMO ALTERNATIVO NACIONAL
“IMAN” PARA PERSONAS NATURALES
EMPLEADOS.
• El impuesto Mínimo Alternativo Nacional “IMAN” para las
personas naturales clasificadas en la categoría de
empleados, es un sistema de determinación de la base
gravable en forma simplificada
IMAN
• Como se determina la renta gravable
alternativa ?
• ART 331 E.T.
• De la suma total de los ingresos obtenidos en el respectivo
periodo fiscal se podrán restar únicamente los conceptos a
continuación relacionados, y el resultado que se obtenga
constituye renta líquida gravable.
Maria Rosalba Suarez A.
TOTAL INGRESOS MENOS: (-) Los aportes obligatorios al sistema general de seguridad social a cargo del empleado. = BASE IMAN-IMAS
Corte Constitucional - Sentencia C-492-15 de 5 de agosto de 2015, Magistrada Ponente Dra. María Victoria Calle
Correa
….”'en el entendido de que a partir del periodo gravable siguiente a aquel en que se expide este fallo, el cálculo de la renta gravable alternativa para empleados, obtenida en virtud de los sistemas IMAN e IMAS-, debe permitir la sustracción de las rentas de trabajo exentas, en los términos previstos por el artículo 206-10, …” frase, del Estatuto Tributario, una vez se detraigan del valor total de los pagos laborales recibidos por
Maria Rosalba Suarez A.
IMAN –IMAS 2016
TOTAL INGRESOS MENOS: (-) Los aportes obligatorios al sistema general de seguridad social a cargo del empleado (=) SUBTOTAL 25%.MAX 240 UVT MENSUALES ($7.141.000) ANUAL ($85.692.000) = BASE IMAN-IMAS
CONCEPTO DE IMAS
• IMPUESTO MINIMO ALTERNATIVO SIMPLE “IMAS”
• Aplicable únicamente a personas naturales residentes en
el país, clasificadas en la categoría de empleado, cuya
renta gravable alternativa en el respectivo año
gravable sean inferior a (2800) UVT.
DETERMINACION IMPUESTO
EMPLEADOS
RGA< 2800 UVT
ORDINARIO
NO PUEDE SER INFERIOR AL IMAN
NO ESTAN OBLIGADOS AL ORDINARIO NI IMAN
INGRESOS < $ 2800 UVT
$ 79.181.000 (2015)- $83.308.000 (2016
TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA
• “Los trabajadores por cuenta propia que desarrollen las actividades económicas señaladas en este Capítulo podrán optar por liquidar su Impuesto sobre la Renta mediante el Impuesto Mínimo Simplificado (IMAS)…”
04/02/2017 55
TRABAJADORES POR
CUENTA PROPIA
TRABAJADORES POR
CUENTA PROPIA
Si realizan alguna de las
actividades del articulo
340
Sistema ordinario
Opcional IMAS
Si NO realizan alguna de
las actividades del
articulo 340 o ingresos
mayores a 27000 uvt
SISTEMA ORDINARIO
56
SINTESIS SISTEMAS DETERMINACION IMPUESTO
SISTEMAS
EMPLADOS
TRABAJADOR POR
CUENTA PROPIA
OTROS
ORDINARIO + IMAN
RENTA GRAVABLE MENORES A 2800 UVT OPCIONAL
IMAS
ORDINARIO
ORDINARIO
PARA QUIENES REALICEN ACTIVIDADES
DEL ARTICULO 340 E.T, SI SUS
INGRESOS SON MENORES A 27000 UVT Y
PL < 12000 UVT PUEDEN APLICAR EN
FORMA OPCIONAL IMAS
27.000 $763.533.000. $803.331.000 12000 $ 339.348.000- $357.036.000
TRABAJADOR POR CUENTA PROPIA (IMAS)
• 1. Sus ingresos provienen, en una proporción igual o superior a
un 80% de la realización de solo una de las actividades económicas
señaladas en el artículo 340 del estatuto tributario.
• 2. Desarrolla la actividad por su cuenta y riesgo.
• 3. Su renta gravable alternativa- RGA-es inferior a (27.000) (UVT)
$763.533.000.(2015) $803.331.000.(2016)
• 4. El patrimonio líquido declarado en el periodo gravable anterior es
inferior a (12.000) (UVT).
• $ 339.348.000.(2015) $ 357.036.000.(2016)
CONCEPTO VALOR UVT VALOR PESOS
INGRESOS 1400
$44.603.000
PATRIMONIO 4500
$133.889.000
CONSUMO TARJETAS CREDITO
2800 1400
$89.205.0000 $ 44.603.000
COMPRAS 2800 1400
$ 89.205.000 $ 44.603.000
DEPOSITOS INVERSIONES FINANCERAS
4500 1400
$143.366.000 $ 44.603.000
PERSONAS NATURALES NO DECLARANTES AÑO GRAVABLE 2016 VALOR UVT $29.753 2017 $ 31.859
NO SEAN RESPONSABLES DE IVA
1) Rentas de Trabajo.
2) Pensión
3) Rentas de Capital
4) Rentas ni laborales.
5) Dividendos y participaciones.
Cada grupo determina su propia base gravable (Renta liquida Cedular)
La Renta liquida GRAVABLE es la suma de todas las Rentas liquidas Cedulares
SISTEMA CEDULAR
RENTAS DE TRABAJO A Art 103 E.T
PENSIONES B
RENTA DE CAPITAL C
RENTAS NO LABORALES D
DIVIDENDOS Y PARTICIPACIONES
E
-Laborales -Honorarios -Prestación de servicios
-Pensión -Rendimientos financieros -Arrendamientos
--Ingresos que no están en las demás cedulas -Honorarios (vinculación de 2 o mas
trabajadores)
-Socios de sociedades nacionales o extranjeras
-
La bese gravable de cada cedula se determina por el sistema de depuración -Las rentas liquidas cedulares de A+B+C+D tabla articulo 241 E.T
-La renta liquida cedular de E -tabla articulo 242 E.T
Se consideran rentas exclusivas de trabajo, las obtenidas por personas naturales por
concepto de salarios, comisiones, prestaciones sociales, viáticos, gastos de representación, honorarios, emolumentos eclesiásticos, compensaciones recibidas por el trabajo asociado
cooperativo y, en general, las compensaciones por servicios personales.
ASPECTOS IMPORTANTES
1. Determinación cedular
1. Rentas de Trabajo 2. Pensiones 3. Rentas de Capital 4. Rentas no laborales 5. Dividendos y participaciones
2. Renta liquida cedular
1 .Se determinara de manera independiente para cada cedula 2.Los ingresos no CR, RE y deducciones no podrán reconocerse simultáneamente en varias cedulas 3.Si el Contribuyente obtiene ingresos en mas de una cedula solo podrá restar RE en una sola de ellas
IMPUESTO
1. RENTA LIQUIDA GRAVABLE
SUMATORIA DE RENTAS LIQUIDAS CEDULARES DE 1. Rentas de Trabajo 2. Pensiones 3. Rentas de Capital 4. Rentas no laborales 5. Dividendos
2.IMPUESTO
TABLAS ART 241 TABLA ART 242
1.Rentas de Trabajo Art 241 No 1 2. Rentas no laborales y de capital. Art 241 No 2
Solo para dividendos Y participaciones
70
R.L.C A+B TABLA IMPURSTO ART 241 No 1 R.L.C C+D TABLA IMPUESTO ART 241 No 2 R.L.C E TABLA IMPUESTO ART 242 VALOR UVT 2017 $ 31. 859
RENTAS
TRABAJO
A
PENSIONES
B
RENTAS
CAPITAL
C
NO
LABORALES
D
DEVIDENDOS
E
Total Ingresos Total Ingresos Total Ingresos Total Ingresos Total Ingresos
- Ing. no CR Ing no C.R Ing no C..R Ing no C..R
= Ing Netos Ing netos Ing Netos Ing Netos
-RE +DEDUC. -RE +DEDUC. -RE +DEDUC. -RE +DEDUC.
RLC RLC RLC RLC
Medidas de carácter normativo.
A LIMITE R.E Y
DEDUC
40% Ing. Netos
-5040 UVT
B
LIMITE R.E
1000 UVT
C
LIMITE RE
10% Ing Netos
1000 uvt
D
Limite R.E
10% Ing. netos
1000 UVT
E
TABLA
ARTICULO
242 e-t
$160,559.000 $31.180.000 $31.859.000 $31.859,000
= RLC
DETERMINACION RENTA LIQUIDA CEDULAR (RLC)
BASE GRAVABLE UVT PESOS ( MILES)
% IMPUESTO UVT PESOS (MILES)
0 1090 UVT 0 0
0- $ 34.726 0 0
+1090-1700 UVT 19% (BASE UVT -1090) x 19%
+$34.726 - $54.160 19% (BASE $ -34.726) x19%
+1700-4100 UVT 28% (BASE UVT -1700) X 28% (+)116UVT
$54.160-$130.622 28% (BASE $ -50.586) X 28% (+) $3.696
+4100 UVT 33% BASE UVT -4100 UVT X33%
+130.622 33% (BASE $ -130.622) X33% (+ ) $25.105
TABLA IMPUESTO DE RENTA 2017 VALOR UVT $ 31.859
Renta liquida UVT PESOS (MILES)
% IMPUESTO miles
0- 600 UVT 0% 0
$ 0- 19.115 0
+600 -1000 UVT 10% ( Base gravable -600 UVT) X 10%
+$19,115-31.859 ( Base gravable -$19.115) X 10%
+1000 – 2000 20% ( Base gravable -1000 UVT) X 20% +40 UVT
+$31.859-63.718 ( Base gravable - $ 31.859 ) X 20% + $1.274
+2000 -3000 30% ( Base gravable -2000 UVT) X 30% + 240 UVT
+63.718-95.577 ( Base gravable -$63,718) X 30% + $ 7.646
+3000-4000 33% ( Base gravable -3000 UVT) X 33% + 540 UVT
+95.577 -127.436 ( Base gravable - $95.577) X 33% + $17.204
+4000 35% ( Base gravable -4000 UVT) X 35% + 870 UVT
+127.436 ( Base gravable -- $ 127.436) X 35% +27.717 TABLA ART 241 E.T VALOR UVT 2017 $ 31.859
base gravable UVT PESOS (MILES) % impuesto (MILES)
o- 600 uvt 0 0
$ 0 – $19.115 0
+600 -1000 UVT 5 (dividendos – 600 uvt ) x 5%
+$19.115- $31.859 (dividendos-$19,115) x 5%
+1000 UVT 10 (dividendos -1000) x 10% +20UVT
+$ 31.859 (dividendos - $ 31.859) x 10% +637
TABLA ART 242 E.T DIVIDENDOS VALOR UVT 2017 $ 31 .859
EJEMPLO PERSONA NATURAL
Rentas trabajo
Ingresos no constitutivos de Renta a. Alimentación. b. Rodamiento c. Pagos indirectos por educación y salud. d. Aporte obligatorios a pensión y salud $9,900,000 Deducciones a. Intereses vivienda ($10.000.000) b. Prepagada ($2.000.000) Rentas Exentas a. Fondos voluntarios (20.000.000) b. Cuentas AFC c. 25%. ($108.530.000) ($27,132.500)
Art. 335 E.T. Las Rentas exentas no pueden superar el 40% de los ingresos netos En ningún caso puede ser superior a 5040 UVT ( $160.569.000)
RLC. GRUPO A
Ingresos laborales
150.430.000
(-) Ingresos no constitutivos
de Renta 9.900.000
(=)Ingresos Netos
140.530.000
(-) deduciones 12.000.000
Rentas Exentas 47.132.000
Total rentas RE+ DEDUC 59,132,000
MAX 40% INGRESOS
NETOS
56.212.000
RLC 84.318.000
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