SERVICIO DE DECLARACIONES
Y PAGOS
PRINCIPALES ASPECTOS DE OPERACION
PLATAFORMAAGOSTO 2006
DECLARACION PROVISIONAL O DEFINITIVA
A partir de Septiembre de 2006 Normales Complementarias Extemporáneas Corrección Fiscal
ISR, IA, IVA, IEPS y sus retenciones (misma periodicidad)
Uso de CIEC ó FEA (PF Y PM)
Por grupo de obligaciones fiscales*
DECLARACIONES Y PAGOS
ASPECTOS DE OPERACION
* Por grupo de obligaciones fiscales:
Envío de declaración con todas las obligaciones
Omisión de una obligación:
Se presentará complementaria
DECLARACIONES Y PAGOS
ASPECTOS DE OPERACION
DECLARACION PROVISIONAL O DEFINITIVA
PROCEDIMIENTO:
Visualización de obligaciones fiscales registradas Captura Envío de información Recepción de acuse de recibo:Recepción de acuse de recibo:
Número de operación
Fecha de presentación
Sello digital
Línea de captura (solo cuando haya pagos)
Fecha limite de pago
Pago en banco con línea de captura Recepción de acuse bancarioRecepción de acuse bancario
DECLARACIONES Y PAGOS
ASPECTOS DE OPERACION
CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE PAGO:
Cuando se haya presentado la información.
Cuando se haya efectuado el pago.
DECLARACIONES Y PAGOS
ASPECTOS DE OPERACION
CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN SIN PAGO:
Cuando se haya presentado la información.
Declaraciones para modificar errores Presenta complementaria
Declaraciones sin cantidad a pagar o sin saldo a
favorInformaran las razones llenando los datos solicitados en el Servicio de declaraciones y pagos.
DECLARACIONES Y PAGOS
ASPECTOS DE OPERACION
Durante SEPTIEMBRE podrán presentar por medio de NEPE
Pago mensual provisional o definitivo de agosto
Declaraciones provisionales o definitivas del período comprendido de julio de 2002 a agosto de 2006
Normal Complementaria Extemporánea Corrección fiscal
PERIODO DE TRANSICIÓN
OPCION NEPE
FORMAS FISCALES
1-E, 1-D, 1-D1, 17
Normales Complementarias Extemporáneas Corrección fiscal
Declaraciones de pagos provisionales o definitivos anteriores al mes de julio de 2002
ISR, IMPAC, IVA, IEPS, IVBSS o impuesto sustitutivo del crédito al salario
PERIODO DE TRANSICIÓN
PAGO DE REPECOS
Entidades que no cobran directamente el ISR:
A partir de septiembre de 2006
Servicio de Declaraciones y Pagos Podrán realizarlo con NEPE
Entidades que cobran directamente el ISR:
Realizarán los pagos en las oficinas autorizadas por las citadas entidades federativas, a través de las formas oficiales que éstas publiquen.
PERIODO DE TRANSICIÓN
PERIODO DE TRANSICIÓN
A PARTIR DEL MES DE OCTUBRE DE 2006
Declaraciones complementarias o de corrección
fiscal, correspondientes a declaraciones normales
o complementarias presentadas con NEPE, se
presentarán por medio del Servicio de
declaraciones y pagos
PERIODO DE TRANSICIÓN
NEPE - PLATAFORMA
FU “Declaración Provisional o
Definitiva de Impuestos Federales.
En vigor a partir del 4
de septiembre.
A-29 "Declaración Informativa de
Operaciones con Terceros”.
En vigor a partir del 1
de Octubre.
FORMAS FISCALES:
TARJETA TRIBUTARIA:
Se deroga a partir del 1° de Octubre de 2006Se deroga a partir del 1° de Octubre de 2006
MEDIOS DE PRESENTACIÓN
INTERNET
SERVICIO DE DECLARACIONES Y PAGOS
Casa Oficina Café Internet Módulo de asistencia
REQUISITOS
Para poder realizar la declaración, los contribuyentes deberán contar con:
CIEC o Firma Electrónica Avanzada
Papeles de trabajo (Bitácora)
Servicio de bancaria electrónica (únicamente para pago por Internet)
SERVICIO DE DECLARACIONES Y PAGOS
DECLARACIONES Y PAGOS
BITACORA PARA PAGO ASPECTOS DE OPERACION
DECLARACIONES Y PAGOSBITACORA PARA INFORMATIVA
ASPECTOS DE OPERACION
SERVICIO DE DECLARACIONES Y PAGOS
NEPE Declaraciones y pagos
Declaración de obligaciones en forma independiente
Declaración de obligaciones del mismo periodo en forma global
El contribuyente realiza cálculo de los impuestos
El cálculo de impuestos lo realiza el sistema
No se genera línea de captura Se genera línea de captura en cantidades a pagar
Presentar una sola declaración en ceros en el ejercicio
Presentar declaración cada mes
Uso de hojas de ayuda (de pago y de ceros).
Se elimina uso de hojas de ayudaBitácora
Se usa tarjeta tributaria No es necesaria la tarjeta tributaria
3 Aplicaciones (Pago, razones, corrección de datos)
Una sola aplicación electrónica
La aplicación de corrección de datos se presenta cuando hay errores
Si hubiera errores se presentará declaración complementaria
Principales Diferencias
SERVICIO DE DECLARACIONES
Y PAGOS
PLATAFORMAAGOSTO 2006
DECLARACIONES Y PAGOS
MARCO LEGAL
SANCIONES
No presentar declaraciones informativas a través de medios, formatos electrónicos y plazos establecidos ó incompleta ó con errores:
OBLIGACIÓN SANCION (CFF)
MONTO
Fraccs. V y VIII del Art. 32 LIVA:
(Retenciones de IVA mensual y proveedores)Art. 81-XVI y XXVI $ 7,406.00
a $ 14,811.00Art. 32-G del CFF
(Retenciones de ISR, Pagos a extranjero y proveedores desglosando IVA e IEPS)
Art. 81- XXVII
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