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Page 1: Sociedad de Garantía Recíproca

UNIVERSIDAD DE LOS ANDES

FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y SOCIALES

MÉRIDA, EDO. MÉRIDA

SOCIEDAD DE GARANTÍA RECÍPROCA

Mérida, 06 de febrero de 2011.

BACHILLER:Camargo Geraldin CI 20.716.806Castro Yessica CI 20.395.439

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INDICE

PAG.

INTRODUCCIÓN 3

SOCIEDADES DE GARANTIA RECIPROCA………………………………………….5

DEFINICIÓN……………………………………………………………………...5POR QUÉ NACEN…………………………………………………….………….6 IMPORTANCIA-BENEFICIOS………………………………...…....…………..7PERJUICIOS………………………………………………………………………7PARTICULARIDADES…………………………………………………………..8BENEFICIOS A LOS SOCIOS PROTECTORES………………………………………..8

SISTEMA NACIONAL DE GARANTÍAS RECÍPROCAS (SNGR)……………………9

FONDO NACIONAL DE GARANTÍAS RECÍPROCAS PARA LA PEQUEÑA Y

MEDIANA EMPRESA (FONPYME)…………………………………………………….9

OBJETIVOS DEL FONPYME……………………………………………………………9

DECRETO-LEY QUE REGULA LAS SOCIEDADES DE GARANTIA RECIPROCA.10

CLASIFICACIÓN………………………………………………….………………10COMO ESTAN CONSTITUIDAS……………………………….………………..10BENEFICIARIOS……………………………………………….…………………11TIPOS DE ACCIONISTAS………………………………………………………..11FONDO DE RESERVA DE LAS SGR……………………………………………12REQUISITOS PARA UNA FIANZA……………………………………………...12CONTABILIDAD………………………………………………………………….12LIMITACIONES…………………………………………………………………...13DISPOSICIONES………………………………………………………………….13QUE SERVICIOS Y/O PRODUCTOS PRESTA………………………………….14TIPOS DE FIANZAS………………………………………………………………15

SGR SECTORIALES EN FUNCIONAMIENTO…………………………………………15

CÓMO AFILIARSE A UNA SGR………………………………………………………...16

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COMO FUNCIONA EL SISTEMA NACIONAL DE GARANTÍAS……………………17

CONCLUSIÓN…………………………………………………………………………….19

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS……………..………………………………………20

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INTRODUCCIÓN

La pequeña y mediana empresa es el motor impulsor de las economías a nivel

mundial, no hay país que pueda desarrollarse económicamente, si no apoya a las micros,

pequeñas y medianas empresas (Pymes). En el mundo las pymes aportan la mayor parte de

la fuerza de trabajo y gran parte del PIB de las naciones, en Venezuela las Pymes Emplean

al 98% de la fuerza laboral activa del país y aportan más del 55% del PIB.

La Pymes en todo el mundo tiene un gran barrera y es la dificultad para conseguir

financiamiento, tanto para sus operaciones, como para impulsar nuevos proyectos; este es el

obstáculo mas importantes que se les presenta, pues, no les permite mantenerse operativas y

mucho menos crecer, las Pymes venezolanas no escapan a esta realidad y es por esto que se

observa en el país que la gran mayoría de estas fracasa.

El problema del financiamiento a las Pymes viene dado por que las instituciones

financieras valoran a las Pymes como empresas de alto riesgo para invertir, pues estas en su

mayoría no poseen grandes inversiones, ni poseen activos de gran valor, que pudieran

servir de garantía a los entes financieros.

Los países en el mundo al entender la gran importancia que representan las Pymes

para las economías han optado por crear entes de financiamiento gubernamentales, pero

estos en su mayoría, terminan siendo ineficientes por la corrupción y burocracia que

presentan los estados, y en algunos casos no poseen la capacidad financiera que permita

apoyar a este sector.

Se puedo observar que las Pymes son amenazadas entonces por el no

financiamiento del sector privado y por la ineficiencia de los entes financieros

gubernamentales, en búsqueda de una solución se han creado de las Sociedades de Garantía

Reciproca.

En Venezuela las Sociedades de Garantía Reciproca son normalizas por Decreto-

Ley que regula el sistema nacional de garantías reciprocas para la pequeña y mediana

empresa, demás todas actúan y forman parte del Sistema Nacional de Garantías Recíprocas

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(SNGR), conjuntamente con El Fondo Nacional de Garantías Recíprocas para la Pequeña y

Mediana Empresa (Fonpyme).

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SOCIEDADES DE GARANTIA RECIPROCA

DEFINICIÓN

Rossiga y Reineri (2.007) define a las SGR como instituciones cuyo objetivo

principal es facilitar a las Pymes el acceso al financiamiento mediante el otorgamiento de

garantías que respalda la devolución del crédito y el pago de los intereses en caso de

incumplimiento.

En Venezuela los organismos estatales tienen una definición muy clara de lo que es

una SGR, por ejemplo, Fonpyme define a la Sociedad de Garantías Reciprocas como una

empresa que afianza a sus Socios ante el sector financiero y otras empresas, para respaldar

el crédito otorgado o el servicio.

La Ley que Regula el Sistema Nacional de Garantías para la Pequeña y Mediana

Empresa en su Artículo 10, estable que las sociedades de garantías recíprocas: “son

institucionales que tienen como objeto garantizar mediante avales o fianzas, el reembolso

de los créditos que sean otorgados a sus socios beneficiarios por instituciones financieras o

entes crediticios públicos o privados (…)”. Al mismo tiempo que hace una clasificación

señalada en el Artículo 11: “Las sociedades de garantías reciprocas podrán ser nacionales o

regionales, según la cobertura geográfica de sus operaciones o, sectoriales o

multisectoriales, dependiendo de la actividad económica a la cual se dediquen sus socios

beneficiarios”

Una vez analizadas las distintas definiciones sobre las Sociedades de Garantía

Recíproca realizadas por autores Venezolanos y extranjeros, se ha encontrado que estas

definiciones no distan mucho, por lo que es muy fácil tener claro su definición. Todos los

autores señalan la existencia de dos características muy importantes de que poseen las

SGR:

Institucionales cuyo fin es facilitar el acceso al financiamiento a la Pymes

Otorgan avales o fianzas, que garantizan el reembolso de los créditos que sean

otorgados a sus socios beneficiarios

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POR QUÉ NACEN.

Desde sus inicios las pequeñas y medianas empresas (Pymes) han tenido dificultad a

la hora de conseguir financiamiento, ya sea, para mantener sus operaciones normales, como

para la inversión en nuevos proyectos o en compra de nueva tecnología, debido a los

requisitos de garantía sobre el préstamo, ya que las Pymes por lo general no cuentan con

grandes inversiones, ni poseen activos de gran valor, que les permita cumplir ese requisito.

Yáñez (2.007), sostiene que el tamaño de la empresa afecta la cantidad y calidad de

la información financiera, haciéndola no comparable con los segmentos empresariales de

mayor tamaño, lo anterior, origina procesos de racionamientos crediticios (restrictivos), que

afectan fundamentalmente a las Pymes, y que se caracterizan por: montos menores de

crédito y limitaciones de tipos de productos; plazos más cortos; tasas de interés más altas; y

exigencias mayores de constitución de garantías.

Las SGR nacen para permitirle a las Pymes acceder a los financiamientos y

posibilitar este en mejores condiciones de plazo y tipos de interés, a través del otorgamiento

de avales o fianzas, que garanticen el pago del crédito otorgado por los entes financieros.

El problema que tienen las Pymes para acceder al financiamiento, podemos

observarlo en un estudio realizado por las Cámaras de Comercio de España (2.009) que

comprobaron que el 78,3% de las pequeñas y medianas empresas que se habían dirigido a

entidades financieras ha tenido problemas para acceder a la financiación.

En este estudio las Cámaras de Comercio Españolas encontraron que al 24,5% de

las empresas que han obtenido financiamiento no se les ha concedido la totalidad de lo

solicitado. Sobre el financiamiento a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO), un 28%

del total de las pymes demandantes de créditos ha solicitado estas líneas, pero el 57,1%

encontró obstáculos para la concesión de financiación, porcentaje más de quince puntos

inferior a los registrados en enero y febrero.

En Venezuela no existen cifras oficiales, ni investigaciones que aporten datos para

el análisis del problema de financiamiento de las Pymes en el país, podemos encontrar

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algunas cifras en la revista VenEconomía (2.004), en su sección Economía y Finanzas

donde muestra que “la microempresa representa en Venezuela15% del PIB, pero que a

pesas de ello, sólo 15% de ella es atendida por entidades de microcréditos y, únicamente

4,5% reciben productos financieros”, de acuerdo a lo señalado podemos observar que

Venezuela no escapa al problema de financiamiento en el sector de la micro, pequeña y

mediana empresa.

IMPORTANCIA-BENEFICIOS

Las Sociedades de Garantía Reciproca de acuerdo a Rossiga y Reineri (2.007),

beneficios en gran manera a las pymes por permitirle el financiamiento de entes privados o

gubernamentales, además señalan: “(…) se pudo demostrar que se reduciría el costo del

financiamiento debido a: i) la disminución del costo de operación de las SGR por la

transferencia de recursos del socio protector para la evaluación del riesgo crediticio, ii) la

reducción de los costos de las entidades financieras por la disminución de los

requerimientos de capitales mínimos y el régimen de previsionamiento, y iii) la mayor

eficiencia en la calificación de riesgo del cliente en el caso de las SGR cerradas.

Con esto podemos deducir, que las Pymes no solo se beneficiaran al poder acceder a

financiamiento por la disminución de los requerimientos por parte de las entidades

financieras, sino, que también les permitirá tener acceso a crédito con un costo de

financiamiento menor.

PERJUICIOS

Ademas de la importancia y ventajas que Rossiga y Reineri (2.007) identifican que

tienen las SGR, afirman también, que: “este hecho podría afectar negativamente la tasa de

interés, ya que podría impedir la exclusión exitosa de los malos proyectos”. Poniendo en

evidencia que si bien la existencia de estas sociedades tiene ventajas para las Pymes,

también podría traducirse la facilidad del acceso a créditos en la disminución de las tasas de

interés, sobre todo en los proyectos de muy difícil o dudosa ejecución.

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PARTICULARIDADES

Rossiga y Reineri (2.007), establecen que las SGR tienen ciertas particularidades respecto a

otros sistemas de garantías, y es que estas están constituidas por dos tipos de socios: uno,

los participantes titulares de las Pymes y exclusivos beneficiarios de los avales que otorgan

las SGR, y el otro, los socios protectores que realizan aportes al capital social y al fondo de

riesgo.

BENEFICIOS A LOS SOCIOS PROTECTORES

Anteriormente ya se han señalado y estudiado los beneficios que obtienen los socios

participantes (Pymes), a continuación se muestran los beneficios tienen los socios

protectores directos de acuerdo a lo que establecen Rossiga y Reineri (2.007), en su trabajo

que dice los beneficios: “son que los aportes al capital social y al fondo de riesgo son

deducibles de las utilidades imponibles para la determinación del impuesto a las ganancias

en sus respectivas actividades. Esta deducción impositiva operará si el aporte permanece en

el fondo por lo menos dos años y si, como mínimo, se otorgan garantías en promedio

durante ese período por el ochenta ciento (80%) del aporte.

Estos beneficios el Estado los concede con la finalidad de que el socio protector

inmovilice capital en el fondo de riesgo y asuma las pérdidas por el default de los socios a

los que otorga avales. Además de la deducción ya referida, los socios protectores pueden

beneficiarse con la ganancia por intereses sobre el capital invertido en el fondo de riesgo.

Los beneficios que exponen Rossiga y Reineri son los que se determinan de acuerdo

a la legislación Argentina, en Venezuela el tratamiento es muy similar, pues la ley en su

Artículo 55, expresa que: Los aportes de capital y los aportes al fondo de riesgo que

efectúen los socios de apoyo y los socios beneficiarios son deducibles de la renta imponible

para la determinación del Impuesto sobre la Renta de las respectivas sociedades. De igual

forma estarán exentos de dicho impuesto los dividendos devengados en razón de la tenencia

de las respectivas acciones.

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SISTEMA NACIONAL DE GARANTÍAS RECÍPROCAS (SNGR)

En Venezuela las Sociedades de Garantías Recíprocas están constituidas en una red,

y en conjunto con el Fondo Nacional de Garantías Recíprocas para la Pequeña y Mediana

Empresa (Fonpyme) conforman el Sistema Nacional de Garantías Recíprocas (SNGR), este

sistema pretenden brindar nuevas opciones de afianzamiento a las pequeñas y medianas

empresas.

FONDO NACIONAL DE GARANTÍAS RECÍPROCAS PARA LA PEQUEÑA Y

MEDIANA EMPRESA (FONPYME)

El Fondo Nacional de Garantías Recíprocas para la Pequeña y Mediana Empresa es

una sociedad mercantil, constituida con aportes de organismos públicos, que promueve e

incentiva el desarrollo y crecimiento de las cooperativas, micros y pymes, facilitando su

acceso a la banca y permitiéndoles participar en licitaciones, a través de las fianzas

financieras y técnicas.

OBJETIVOS DEL FONPYME

Reafianzar, hasta en un 50%, los montos de los avales otorgados por las SGR.

Insertar a las cooperativas, micros y pymes en la dinámica del sistema bancario.

Brindarle a las cooperativas, micros y pymes la oportunidad de participar en

licitaciones con diversos entes contratantes públicos y privados, a través de la figura

de la fianza.

Una vez definido que es una Sociedad de Garantía Reciproca (SGR), y analizado

las conclusiones de distintos autores sobre el porque nacen, importancia, ventajas,

perjuicios, ventajas para los socios participantes y ventajas para los socios protectores, se

continuará a tratar los aspectos mas importantes a que hace referencia el Decreto con

Fuerza de Ley que Regula el Sistema Nacional de Garantías para la Pequeña y Mediana

Empresa.

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A CONTINUACIÓN SE PRESENTARÁN LOS PUNTOS MAS RELEVANTES TRATADOS EN EL DECRETO-LEY:

SGR DEFINICIONSEGÚN LA COBERTURA GEOGRÁFICA

Nacionales Si algunos de puntos abajo descrito no se cumple, se considerará que la SGR es Naciona.

Regionales Tener su asiento principal en zonas fuera del área metropolitana de Caracas

Tener a la mayoría de los miembros de su junta administradora residenciados en alguna de las entidades federales que conforman la región que les sirva de sede

Tener el noventa por ciento (90%) de sus socios beneficiarios, domiciliados en alguna de las entidades federales que conforman la región que les sirva de asiento

SEGÚN LA ACTIVIDAD ECONÓMICA

Sectoriales Se consideran sociedades de garantías recíprocas sectoriales, aquellas que otorguen garantías para una sola actividad económica

Multisectoriales Multisectoriales, aquellas que otorguen garantías para dos o más actividades económicas.

CLASIFICACIÓN DE LAS SOCIEDADES DE GARANTIA RECIPROCA

COMO ESTAN CONSTITUIDAS

Las SRG estarán constituidas bajo la forma de sociedades anónimas, cuando la SGR

tenga carácter nacional deberá contar con no menos de 120 socios beneficiarios y un

capital social mínimo equivalente a no menos de Bs.1.100.000.000, 00; y cuando tengan

carácter regional no menos de 60 socios beneficiarios y un capital social mínimo de Bs.

550.000.000,00.

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Asimismo deberán tener como socios de apoyo, al menos, la representación de los

gremios empresariales de la pequeña y mediana empresa, una entidad bancaria y un ente

público nacional, regional o municipal.

La participación de los socios de apoyo, vinculados a la República o a los entes

públicos regionales o municipales, no podrá exceder 85% del capital social. La

participación de cada socio beneficiario no podrá superar el 0,833% del mismo. Otros

socios de apoyo podrán tener participación ilimitada. Sea cual fuere la participación, cada

socios solo tendrá un cinco por cierto 5% de los votos de la Asamblea de Accionistas.

BENEFICIARIOS

Sólo podrán ser socios beneficiarios las personas calificadas como pertenecientes al

sector de la pequeña y mediana empresa del respectivo sector económico

Sólo podrán otorgar fianzas o avales a favor de los socios beneficiarios, y éstos

serán destinatarios exclusivos de los programas de asistencia técnica y asesoría financiera y

de gestión establecidos por la sociedad, dándole preferencia a las empresas productoras de

mercancías.

TIPOS DE ACCIONISTAS

SOCIOS DESCRIPCIÓN

CLASE A Socio de apoyo Gubernamental

CLASE B: Socio de apoyo del sector financiero.

CLASE C Socio de apoyo del sector gremial

CLASE D Socio beneficiario del sector productivo

FONDO DE RESERVA DE LAS SGR

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El fondo de reserva para riesgos, se formará con el ochenta por ciento (80%) del

capital pagado, y el fondo operativo se formará con el veinte por ciento (20%) restante, en

esta misma proporción, también podrán ser destinados los recursos que la sociedad reciba

por concepto de subvenciones, donaciones u otros aportes.

REQUISITOS PARA UNA FIANZA

En el otorgamiento de fianzas o avales y en las operaciones de otorgamiento de

segundo aval por parte de los fondos de garantías recíprocas de la pequeña y mediana

empresa, se deberá cumplir, según el caso, con los siguientes requisitos:

1. Documento que constituye una fianza o aval, debe dejarse constancia expresa de la

resolución que trate la aprobación de su otorgamiento;

2. Deberá establezca la subrogación de los derechos, acciones y garantías del acreedor

principal contra el deudor;

3. Se debe determinar el monto máximo de cobertura de la misma y su duración, la cual no

deberá exceder el 80% para Pymes, en el caso de microempresas, asociaciones civiles y

cooperativas la cobertura podrá ser hasta 100% del monto del crédito otorgado y de

cincuenta por ciento 50% en el caso de segundo aval, prestado por los fondos de garantías

recíprocas.

CONTABILIDAD

La contabilidad se llevará conforme a lo establecido por la Superintendencia de

Bancos y Otras Instituciones Financieras. Los fondos nacionales de garantías recíprocas y

las sociedades de garantías recíprocas deberán presentar ante la Superintendencia de

Bancos y Otras Instituciones Financieras, en la forma y oportunidad en qué ésta disponga,

un balance de sus actividades durante el trimestre inmediato anterior.

LIMITACIONES

Page 14: Sociedad de Garantía Recíproca

Las SGR y los fondos nacionales de garantías recíprocas, no podrán:

a) Otorgar avales o fianzas a sus socios de apoyo;

b) Recibir depósitos de ahorro a la vista o a plazos;

c) Efectuar operaciones de intermediación financiera;

d) Realizar cualquier otra operación no prevista en el presente Decreto-Ley, sin la previa

autorización de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras.

e) Celebrar contratos de aval o fianza a favor de un solo socio beneficiario, por un monto

que exceda del veinte por ciento (20%) de su capital pagado y reservas.

DISPOSICIONES

Los fondos nacionales de garantías recíprocas donde el Estado tenga participación

accionaria mayor al cincuenta (50%) por ciento, quedan exentos del pago de todos los

impuestos, tasas, y contribuciones parafiscales, nacionales, estadales o municipales,

incluidos timbre fiscal y arancel judicial por registro y notaría.

Los aportes de capital y los aportes al fondo de riesgo que efectúen los socios de apoyo y

los socios beneficiarios son deducibles de la Renta de las respectivas sociedades. De igual

forma estarán exentos de dicho impuesto los dividendos devengados en razón de la tenencia

de las respectivas acciones.

QUE SERVICIOS Y/O PRODUCTOS PRESTA

Page 15: Sociedad de Garantía Recíproca

PRODUCTOS OBJETIVO

FIANZAS FINANCIERAS

Otorgadas a los socios beneficiarios (firmas

personales, cooperativas, micros, Pymes) a fin de

que  éstas accedan a los créditos de las instituciones

bancarias.

Capital de Trabajo.

Activos Fijos.

Otros.

FIANZAS TÉCNICAS

Dirigidas a respaldar a empresas en procesos

licitatorios.

Fiel Cumplimiento

Licitaciones

Anticipo

Buena calidad

Otros

ASESORÍA TÉCNICAOrientación para elaboración y/o reformulación de

proyectos.

TIPOS DE FIANZAS

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El Decreto con Fuerza de Ley que Regula el

Sistema Nacional de Garantías para la Pequeña y

Mediana Empresa expresa estos puntos,

aclarados en lo anterior.

SGR SECTORIALES EN

FUNCIONAMIENTO

a. Microfinanciero (SOGAMIC)

b. Industrial (SOGAMPI)

c. Agropecuaria (SOGARSA)

CÓMO AFILIARSE A UNA SGR

 

1. Diríjase a la Sociedad de Garantías Recíprocas más cercana.

2. Solicite la planilla de afiliación de socios, escriba en ella los datos de su empresa o

cooperativa y consigne los siguientes documentos:

Copia del documento constitutivo y de los estatutos sociales actualizados.

Page 17: Sociedad de Garantía Recíproca

Copia de las actas de las asamblea de la empresa. En especial la que nombra la junta

directiva vigente

Copia del RIF de la cooperativa o empresa.

Copia de la cédula de identidad de los miembros de la junta directiva.

Estados financieros de los tres (3) últimos años, visados por el colegio de contadores y

firmados por un contador público colegiado. (Si tu empresa o cooperativa está

comenzando debes consignar solamente el balance de apertura).

Copia de la declaración del impuesto sobre la renta de los tres (3) últimos años.

Síntesis curricular de los socios de la empresa y los miembros de la junta directiva.

Declaración jurada de conformidad con el artículo 4 de las normas de promoción,

constitución y funcionamiento de los fondos y sociedades de garantías recíprocas. (Ésta

es una planilla que le facilitará la SGR).

Declaración del origen de los fondos que se aportarán en la compra de acciones de la

sociedad de garantías recíprocas. (Ésta es una planilla que le facilitará la SGR).

Suscriba y pague las acciones correspondientes a su afiliación, un mínimo de 25

acciones por empresa o cooperativa (el valor de cada acción es de Bs. 10,00).

 COMO FUNCIONA EL SISTEMA NACIONAL DE GARANTÍAS

SOLICITA FINANCIAMIENTO CON FIANZA AUTOMATICA

EVALUA SOLICITUD, APRUEBA FINANCIAMIENTO CON FIANZA AUTOMATICA, NOTIFICA LA APROBACION

Page 18: Sociedad de Garantía Recíproca

El Socio Beneficiario se dirige a una Institución Financiera a solicitar un crédito

con fianza automática, la Institución esta evalúa y aprueba o no la solicitud, si la aprueba,

notifica la aprobación a la SGR a la que pertenezca el Socio Beneficiario, la SGR, estudia

condiciones de financiamiento y emite la fianza correspondiente a la Institución

Financiera, esta a su vez documenta el crédito y liquida los recursos al socio beneficiario.

Fonpyme muestra en su pagina web un análisis sobre las Sociedades de garantía

reciprocas que existen en Venezuela, además de su ubicación y el estatus que estas presenta

actualmente, como podemos observarlo en el siguiente mapa.

DOCUMENTA EL CRÉDITO, CONSTITUYE CONTRAGARANTIAS A FAVOR DE LA SGR Y LIQUIDA RECURSOS

EMITE CERTIFICACIÓN DE LA FIANZA

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Podemos observar que actualmente existen 9 Sociedades de Garantía Reciproca

(SGR) en funcionamiento, 4 en promoción, 4 que ya fueron aprobadas y 1 que esta por

aprobarse, además existe una SGR sectorial en promoción, que es la SGR SOGARTICET.

CONCLUSIÓN

Las Sociedades de Garantía Reciproca son la garantía del desarrollo de las pequeñas

y medianas empresas, sin estas sociedades el futuro de muchas de las Pymes existentes en

el país fuese incierto, ya que este es el medio mas efectivo para conseguir financiamiento, y

además las ventajas de conseguir el financiamiento bajo esta modalidad implica menos

costos de capital.

Para que la economía del país pueda crecer es necesario que las Pymes tengan

apoyo financiero, tanto de entes gubernamentales, como de las instituciones financieras

publicas y privadas, pues son las Pymes el motor principal de toda economía. Las Pymes a

través de las SGR pueden asegurar el financiamiento para sus proyectos o simplemente

para mejorar sus operaciones.

El Sistema Nacional de Garantías reciprocas es de vital importancia, para mantener

operativas a las Pymes y para apoyar el crecimiento de estas, cada uno de los elementos que

componen este sistema son de vital importancia para la economía nacional, pues aportaran

al sector industrial mas celeridad en cuanto a financiamiento de proyectos industriales se

refiere.

Page 20: Sociedad de Garantía Recíproca

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

DECRETO CON RANGO Y FUERZA DE LEY QUE REGULA EL SISTEMA

NACIONAL DE GARANTÍAS RECIPROCAS PARA LA PEQUEÑA Y MEDIANA

EMPRESA 1.999

Yáñez, Álvaro Alexis (2.009). Serie Técnica de Estudios - N° 009 SUPERVISIÓN DE

LAS SOCIEDADES DE GARANTÍA RECÍPROCA (SGR) EN CHILE. SBIF , Santiago

de Chile

Rassiga, Fernando y Reineri, Néstor (2.000). SOCIEDADES DE GARANTÍA

RECÍPROCA EN ARGENTINA: ¿ORGANIZACIONES PARA EL DESARROLLO DE

LAS PYMES O DE LAS GRANDES EMPRESAS? ARGENTINA

VenEconomía (2.004), Economía y Finanzas Vol. 22 No. 3

http://ve.globedia.com/pyme-tenido-problema-acceder-financiacion-camara

http://www.fonpyme.gob.ve/