SoluciSolucióón de n de diferenciasdiferencias
El procedimiento y la experiencia con el acuerdo MSF
2
Que es una diferencia?Que es una diferencia?
• Cuando un país miembro OMC considere que otro miembro no cumple con sus obligaciones
• De uso solo a los gobiernos
• Solo desde cuando un país informe formalmente a la OMC – demanda formal de consultaciones
3
ConsultacionesConsultaciones
• Entre los miembros concernidos• Solución mutual a cualquier momento
• “Buen oficio” del Director-General• Organo Solución de Diferencias (OSD)
cree “grupo especial” sobre demanda• 60 días
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Organo de Solución de diferenciasOrgano de Solución de diferencias
• Todos los miembros
• Establece grupos especiales
• Aprueba los informes
• Examine el cumplimiento
• Autorice suspensión de concesiones
5
EXPERTOS
Procedimientos de solución Procedimientos de solución de diferenciasde diferencias
Órgano de Soluciónde Diferencias
de la OMCGRUPOESPECIAL
Órgano de Apelación
APELACIÓN
6
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l OSD
Calendario de la diferenciaCalendario de la diferencia
1 año 3 meses
Adop
ción
del
info
rme
por e
l OSD
APELACIÓN
7
Reclamantes más Frecuentes Reclamantes más Frecuentes (1995-2006)(1995-2006)
22%
19%
6%7%3%
7%
27%
4%
5%
Estados Unidos
CE
Brasil
Canadá
India
J apón
Otros Miembros Desarrollados
Otros Miembros en Desarrollo
México
8
Demandados más Frecuentes Demandados más Frecuentes (1995-2006)(1995-2006)
26%
20%5%4%4%4%
23%
5% 4% 5%
Estados Unidos
CE
Argentina
J apón
Brasil
Canadá
Otros Miembros desarrollados
Otros Miembros en desarrollo
India
México
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Solicitud de establecimiento Solicitud de establecimiento de un grupo especialde un grupo especial
• Identificación de las medidas concretas en litigio
• Breve exposición de los fundamentos de derecho del problema
• Mandato del Grupo Especial
– mandato uniforme
– mandato especial acordado
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Composición de los grupos Composición de los grupos especialesespeciales
• Funcionarios gubernamentales y/o particulares
• Lista indicativa de integrantes de grupos especiales
• Propuesta de candidatos por la Secretaría
• Acuerdo entre las partes
• Nombramiento por el Director General
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Procedimiento de los Procedimiento de los grupos especialesgrupos especiales
• Procedimientos de trabajo detallados
• Comunicaciones y reuniones
• Informe
– parte expositiva
– provisional
– definitivo
• Procedimiento para suspensión de trabajo
12
Función de los grupos especialesFunción de los grupos especiales
• Evaluación objetiva de los hechos
• Aplicabilidad de los acuerdos pertinentes
• Evaluación de conformidad de medidas con disposiciones de acuerdos invocadas
• Otras conclusiones que ayuden al OSD a hacer recomendaciones
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Órgano de ApelaciónÓrgano de Apelación
• Órgano permanente - 7 personas
• Actuación de 3 de ellas en cada caso
• Nombramiento por el OSD (mandatos de 4 años)
• Una renovación del mandato
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Órgano de ApelaciónÓrgano de Apelación
• Examina cuestiones de derecho y interpretaciones jurídicas
• Confirma, modifica o revoca las constataciones del Grupo Especial
• No hay apelación contra las decisiones del Órgano de Apelación
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ApelacionesApelaciones
• En 66 % de casos
• Promedio de 90 días para procedimiento de apelacíon
• Resultados:
17%
81%
2%
ConfirmadoModificadoRevocado
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Cumplimiento de las resolucionesCumplimiento de las resoluciones
• Examen por el OSD de la aplicación
• Plazo prudencial
• “Retorsión” o “compensación”
17
Informe de Grupo
Especial (10) 32%
Grupo Especial
creado (4) 13%
Demanda de consulta (17)
55%
31 quejas formales han referido31 quejas formales han referido al acuerdo MSFal acuerdo MSF
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Diferencias MSFDiferencias MSF
31 han referido al Acuerdo MSF
Grupo Especial establecido Estatus
Australia- Salmón Terminado 1998
Australia – Salmonids Solución mutua 2000
EC-Hormonas (US) &
EC- Hormonas (Canadá)
Terminado 1998
Japón-Productos agrícolas II Terminado 1999
Japón - Manzanas Solución mutua 2005
EC- Aprobación y venta de productos genéticamente modificados
Terminado - informe del Grupo Especial adoptado 21 noviembre 2006
Estados Unidos & Canadá - Suspensión de Obligaciones en el caso EC - Hormonas
Corriente
19
Procedimientos específicos al Acuerdo Procedimientos específicos al Acuerdo MSFMSF
Uso de expertos científicosExpertos individuales en todos los casosCuestiones escritas a los expertosReunión con los expertosMinutas anexas al informe del panel
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HormonasHormonas
prohibición a importaciones de carne de bovino procedente de animales tratados con hormonas para estimular el crecimiento - inocuidad de alimentos
(estradiol-17β, progesterona y testosterona, acetato de trembolona (TBA), zeranol y acetato de melengestrol)
USA/Canada vs CEE (WT/DS26 y 48)
21
HormonasHormonas
GATT
Marzo 1987 – primera vez en GATT
Enero 1988 – Entrada en vigor de prohibicion
Enero 1989 – USA toma medidas retaliatorias
22
Hormonas - calendarioHormonas - calendario
• Mayo 1996 - Establecimiento de grupo especial
reclamación USA – WT/DS/26)
• Julio 1996 – USA retire medidas retaliatorias
• Octubre 1996 – grupo especial - reclamación Canadá (WT/DS/48)
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Hormonas - calendarioHormonas - calendario
• Agosto 1997 - Informes del Grupo Especial
• Enero 1998 - Informe del Órgano de Apelación
• Febrero 1998 - Adopción de los informes
• Mayo 1999 - Plazo para cumplimiento
• Julio 1999 - “Retorsión” autorizada
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Hormonas - Retorsión autorizadaHormonas - Retorsión autorizada
• 116 millones de dólares EE.UU.
• 11,3 millones de dólares canadienses por año
25
Hormonas - principales conclusionesHormonas - principales conclusiones
Principio precautorio (PP) no se sobrepone a la obligación de hacer una evaluación de riesgo; el PP esta incorporado en el Art.5.7
Acuerdo MSF se aplica a medidas establecidas antes de la entrada en vigor del Acuerdo
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Hormonas - principales conclusionesHormonas - principales conclusiones
Medidas non basadas en normas internacionales sin justificación bajo Art.3.3
• Normas Codex por 5 hormonas• Art. 3.3 es derecho limitado• Para ser consistente con Art.3.3 tiene que
cumplir con Art.5
27
Hormonas - principales conclusionesHormonas - principales conclusiones
Medidas non basadas en una evaluación de riesgos (Art. 5.1)
• Análisis de riesgos presentados – no sostiene prohibicion
• Riesgos no tienen que ser cuantificados • no excluye factores non susceptibles “de análisis
cuantitativa
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Hormonas - principales conclusionesHormonas - principales conclusiones
“Coherencia” es un objetivo a lograr en el futuro; no es una obligación
Tres elementos necesarios para violación 5.5● Niveles de proteccion (NP) diferentes en
situaciones diferentes
● Distinciones arbitrarias o injustificables en NPs
● Distinciones resultan en discriminación o restricción al comercio
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Hormonas - IIHormonas - II
• Queja de CEE contra continuación de retorsión USA y Canadá
• Grupo especial establecido Febrero 2005
• Reuniones abiertas para observación pública
(primera reunión Sept. 2005;
con expertos/segunda reunión Sept. 2006)
30
SalmónSalmón
Prohibición de importación de salmón fresco, refrigerado o congelado, para consumo humano - proteccion de salud animal
Canada vs Australia (WT/DS18)
[USA vs Australia (WT/DS21)]
31
Salmón - calendarioSalmón - calendario
• Abril 1997 - establecimiento del Grupo Especial
• Junio 1998 – informe del Grupo Especial• Octubre 1998 - informe del Órgano de
Apelación• Noviembre 1998 - adopción de los informes • Julio 1999 – plazo para cumplimiento
32
Salmón - calendarioSalmón - calendario
• Julio 1999 - establecimiento del Grupo Especial 21.5• Julio 1999 - establecimiento arbitraje de cuantía de
"retorsión” (suspendida)• Febrero 2000 - informe del Grupo Especial 21.5• Marzo 2000 - adopción del informe • Mayo 2000 - solución mutuamente aceptable
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Salmón – principales conclusionesSalmón – principales conclusiones
Medidas no basadas en analisis del riesgo adecuado (Art. 5.1)
Analisis del riesgo tiene que
1. Identificar las enfermedades
2. Evaluar la probabilidad
3. Evaluar tomando en cuenta medidas que se pueden aplicar
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Salmón – principales conclusionesSalmón – principales conclusiones
Falta de coherencia en el nivel del riesgo aceptado (Art. 5.5)
Importacion permitido de otros productos capables de transmitir mismos efermedades
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Salmón – ImplementacionSalmón – Implementacion
Limitación a “consumer ready” paquetes (menos de 450 g.)
• no basada en análisis del riesgo
(Art. 5.1)• más restrictivo al comercio que necesario
(Art. 5.6)
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VariedadesVariedades
Japón requiere que cada nueva variedad de fruta sea sujeta a un protocolo completo para dar prueba que fumigación con Bromuro de metilo es efectivo contra el gusano de la manzana (Cydia pomonella)
USA vs Japón (WT/DS76)
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Variedades - calendarioVariedades - calendario
• Noviembre 1997 – grupo especial establecido• Octubre 1998 – informe del grupo especial• Febrero 1999 – informe del Órgano de Apelación• Marzo 1999 – informes adoptadas • Diciembre 1999 – fecha negociado para
implementar• Septiembre 2001 - solución mutuamente aceptable
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Variedades – conclusiones principalesVariedades – conclusiones principales
Medida no justificada con evidencia científica suficiente (Art. 2.2)
Tiene que haber una relación racional entre la evidencia científica y la medida
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Variedades – conclusiones principalesVariedades – conclusiones principales
Medida no justificada como provisional bajo Art. 5.7
• Japón no busco más evidencia científica para hacer análisis del riesgo
• No revisó la medida dentro de un tiempo “rasonable”
40
Variedades – conclusiones principalesVariedades – conclusiones principales
Medida no notificada (Art. 7 y Anexo B)
• Procedimientos administrativos que limiten las importaciones se tienen que notificar
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Manzanas Manzanas
Serie de restricciones sobre las importaciones de manzanas frescas para evitar introducción de la niebla del peral y del manzano
• Huertas libres de enfermedad, 3 inspecciones al año, tratamiento con cloro, tratamiento de edificios, etc.
USA vs Japón (WT/DS245)
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Manzanas - calendarioManzanas - calendario
• Junio 2002 – establecimiento del grupo especial
• Julio 2003 – informe del grupo especial• Noviembre 2003 – informe del Órgano de
Apelacíon• Enero 2004 – adopción de informes• Junio 2004 – periodo negociado para
implementacion
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Manzanas - calendarioManzanas - calendario
• Julio 2004 – establecimiento del Grupo Especial 21.5
• Julio 2004 – establecimiento arbitraje de cuantía de "retorsión” (suspendida)
• Junio 2005 - informe del Grupo Especial 21.5• Julio 2005 - adopción del informe • Septiembre 2005 - solución mutuamente aceptable
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Manzanas – conclusiones principalesManzanas – conclusiones principales
Medida no justificada con evidencia
suficiente (Art. 2.2)
• no hay evidencia de transmisión de la bacteria con manzanas maduras
• derecho tomar en cuenta riesgo de errores o de productos ilegales
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Manzanas – conclusiones principalesManzanas – conclusiones principales
Medida no justificada como medida provisoria (Art. 5.7)
• existe bastante evidencia científica para hacer un análisis del riesgo
• incertidumbre científico no justifique medida bajo Art. 5.7
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Manzanas – conclusiones principalesManzanas – conclusiones principales
Medida no basada en análisis del riesgo (Art. 5.1)
• análisis no fue especifica al riesgo liado con importación de manzanas maduras
• evaluación no tomó en cuenta las medidas que se podía aplicar
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Manzanas – implementacion Manzanas – implementacion
Medida no justificada con evidencia
suficiente (Art. 2.2)
Medida no basada en análisis del riesgo adecuado (Art. 5.1)
Medida más restrictiva al comercio que necesario (Art. 5.6)
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OGMs OGMs
OGM sujetos a procedimiento de aprobación previa. Desde Octubre 1998, la CEE no había aprobado ninguna aplicación.
Por algunos productos OGM aprobados por la CEE antes de Octubre 1998, varios países Europeos mantienen prohibiciones nacionales
USA/Canadá/Argentina vs CEE (WT/DS291, 292 y 293)
49
OGMs - calendario OGMs - calendario
• agosto 2003 – establecimiento del grupo especial
• 29 septiembre 2006 – informe del grupo especial
• 21 noviembre 2006 – informe del grupo especial adoptado sin apelación
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OGMs – no consideradoOGMs – no considerado
• Si los OGM presentan riesgos a salud o medio ambiente
• Derecho de sistema de aprobación previa• Reglamento de aprobación CEE • Conformidad con Acuerdo OTC• Si los OGM son “parecidos” a productos
convencionales
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OGMs – Conclusiones generalesOGMs – Conclusiones generales
• Protección biodiversidad – medida MSF• Alergenos alimentarios – bajo MSF• Tomar en cuenta otros acuerdos
internacionales solo cuando se apliquen a todos miembros OMC (no es el caso con la Convención sobre la Diversidad biológica, Protocolo de Cartagena tampoco estaba en vigor)
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OGM - MoratorioOGM - Moratorio
• Directivos CEE 90/220, 2001/18 y Reglamento 258/97
• Moratorio general de facto de junio 1999 a agosto 2003
• Moratorio no es medida MSF, pero afecta la aplicación de la medida (sistema de aprobación)
• CEE no completó el procedimiento de aprobación sin demora indebida - violación de Articulo 8, y Anexo C (1) (a)
• No violación de Art. 2.2, 2.3, 5.1, 5.5, 5.6, 7 o 10.1
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OGM – productos especificosOGM – productos especificos
• Grupo especial examino 27 aplicaciones especificas
• En 24 casos, CEE no cumplió el procedimiento de aprobación sin demoras indebidas
• Violación: MSF Articulo 8, y Anexo C(1) (a)• No violación: MSF Art. 2.2, 2.3, 5.1, 5.5, 5.6 y 7
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OGM – medidas paises miembrosOGM – medidas paises miembros
• Medidas “salvaguardias” de Austria (3), Francia (2), Alemania (1), Grecia (1), Italia (1), Luxemburgo (1)
• Prohibición de productos OGM ya aprobados dentro de la CEE
• Medidas MSF• Medidas no basadas en análisis del riesgo
(violación Art. 5.1 y Art. 2.2 – justificación científica)• Evidencia científica suficiente para hacer análisis
(non aplicabilidad del Art. 5.7)
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Procedimientos cuarentenaProcedimientos cuarentena
Queja de Filipinas contra restricciones de Australia sobre hortalizas frescas, incluso plátano (banano) (WT/DS270)
Agosto 2003 - grupo especial establecido, pero no compuesto
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Procedimientos cuarentenaProcedimientos cuarentena
Queja de CEE contra régimen cuarentena de Australia - incluso frutas, verduras, carnes (WT/DS287)
Noviembre 2003 - grupo especial establecido, pero no compuesto
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AlternativasAlternativas
• Esfuerzos bilaterales
• Uso del Comité MSF - preocupaciones comerciales especificas
• Uso del “buen oficio” del Presidente Comité MSF
• Uso de procedimientos OIE o CIPF
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