Fondo de Investigación Científica y
Desarrollo Tecnológico del IPN2017
TALLER DE CAPACITACIÓN 2017
FEBRERO 2017
OBRAS
Requisitos para trámite de Servicios de Obra
a través del FICDT
• Contar con la suficiencia de recursos a través recursos
generados por proyectos vinculados, servicios
externos, servicios de enseñanza y apoyo del FICDT-
IPN, es indispensable la autorización del Comité
Técnico y de Administración del FICDT-IPN.
• Sólo podrá efectuarse a través de la Administración
del FICDT, la contratación de servicios de obra
considerados en el Capítulo 6000 del Clasificador
por Objeto del Gasto y que cumplan con el artículo 50
de la Ley de Ciencia y Tecnología.
OBRAS FICDT
Para estar en posibilidad de iniciar cualquier modalidad de
contratación, se deberá contar con :
SUFICIENCIA DE RECURSOS
AUTORIZACIÓN DEL PROYECTO (emitido por el PIFIFE-IPN)
PROYECTO EJECUTIVO (firmado por los responsables de la
elaboración del proyecto y visto bueno del director de la D.P.)
REQUISIÓN DE SERVICIOS DE OBRA (formato FAF-35/03)
CATÁLOGO DE CONCEPTOS (formato FAF-47) (no por lotes)
JUSTIFICACIÓN (formato FAF-52/00)
PROGRAMA QUINCENAL DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS
PLANOS O CROQUIS Y FOTOGRAFÍAS DEL ESTADO ACTUAL
PRESUPUESTO BASE (cotización de un contratista)
ÁREA DE OBRAS DEL FIDEICOMISO
PROYECTO O SERVICIO DE OBRA AUTORIZADO POR EL COMITÉ
TÉCNICO Y DE ADMINISTRACIÓN Y
POR EL COMITÉ INSTITUCIONAL
OFICIO DE LA D.P. DONDE SOLICITA LA CONTRATACION DEL PROYECTO O SERVICIO DE OBRA
POR REQUISICIÓN
SUFICIENCIA DE LA REQUISICIÓN Y REVISION DE LA
DOCUMENTACIÓN ANEXA
INVITACIÓN A CONTRATISTAS
VISITA DE OBRA / ACLARACIÓN DUDAS
RECEPCIÓN PROPUESTAS
REVISIÓN DE LAS PROPUESTAS
ADJUDICACIÓN / FALLO
ELABORACIÓN PEDIDO
PRESENTACION DE GARANTÍAS Y FORMALIZACIÓN DEL PEDIDO
SEGUIMIENTO Y PAGO POR ESTIMACIONES
ENTREGA DE OBRA
PAGO FINIQUITO - GARANTÍA
SE DESCARTA
PROYECTO EJECUT IVO (obra nueva)
a. Planos arquitectónicos:
- Plantas ( conjunto, azoteas, sótanos y por nivel)
- Cortes
- Fachadas
- Acabados
- Detalles de cancelerías, puertas y ventanas
b. Planos estructurales:
- Cimentación
- Columnas/castillos
- Losas de entrepiso
- Losas tapas
- Detalles estructurales
- Detalles de armado
OBRAS FICDT
e. Planos de Instalación eléctrica:
- Planos de iluminación
- Planos de contactos
- Aire acondicionado y motores
- Planos de diagrama unifilar
- Cuadros de carga
- De subestación y acometida eléctrica
- De sistema de tierra física y
pararrayos
OBRAS FICDT
c. Instalación hidráulica:
- Planos de distribución de líneas
hidráulicas
- Planos de isométricos
- Detalles
d. Instalación sanitaria
- Planos de distribución de líneas
hidráulicas
- Planos de isométricos
- separación y tratamientos de
aguas
- Detalles
f. Voz y datos
- Autorización de DCyC del
proyecto
- Planos de distribución de líneas
de voz
- Catálogo de conceptos de voz y
datos y fichas técnicas
g. Memorias
- Cálculo estructural
- Cálculo de instalaciones
- voz y datos
OBRAS FICDT
h. Seguridad y protección, y
accesibilidad
- Sistema vs incendio
- Ubicación de extintores
- Rutas de evacuación y salidas de
emergencia
- Baños, rampas, elevadores, etc.,
para personas con discapacidad.
i. Catálogo de conceptos (no por
lotes)
j. Programa quincenal de ejecución
DEFINICIONES
Catálogo de conceptos. Es una compilación de los
trabajos por realizar de cualquier proyecto de
construcción, a través de conceptos que definen la
especificación, el alcance de cada trabajo, las
características físicas, dimensiones y de los
materiales; determina la unidad de medición para
efectos de pago, y la cantidad (volumen) de los
trabajos a realizar.
Comité Institucional. Comité Institucional de
Construcción, Remodelación y Mantenimiento
Programable de Espacios Físicos en el Instituto
Politécnico Nacional.
DEFINICIONES
Comité. Comité Técnico y de Administración del
Fondo. Autoriza la ejecución del proyecto y en su
caso la asignación de los recursos
FICDT-IPN. Fondo de Investigación Científica y
Desarrollo Tecnológico del Instituto Politécnico
Nacional.
PIFIFE. Programa Integral de Fortalecimiento de la
Infraestructura Física Educativa en el IPN
DEFINICIONES
Fuente de financiamiento. Origen de los recursos a
utilizar en la ejecución del proyecto propuesto, conforme
a la siguiente clasificación: proyectos vinculados,
servicios externos, servicios de enseñanza y apoyo del
FICDT-IPN, es indispensable la autorización del Comité
Técnico y de Administración del FICDT-IPN.
Presupuesto base. Es la descripción del catálogo de
conceptos, con precios unitarios, subtotal, I.V.A y Total.
Este presupuesto sirve de parámetro para el análisis de
los gastos que se tendrán y comparar si el recurso
autorizado o aportado por la Dependencia Politécnica es
suficiente.
DEFINICIONES
Proyecto. Propuesta que se presenta para la realización
de trabajos de construcción, remodelación o
mantenimiento de espacios físicos, así como de
adquisición o mantenimiento de equipo en el Instituto
Politécnico Nacional.
Proyecto ejecutivo. Conjunto de documentos descriptivos
del proyecto que se integran por: planos arquitectónicos,
estructurales y de instalaciones; memorias descriptivas,
de cálculo, especificaciones de equipo, mobiliario, voz y
datos, es decir, todos los que sean necesarios para
garantizar las condiciones de viabilidad, accesibilidad,
funcionamiento, sustentabilidad, equidad y seguridad.
Febrero 2017
CONTABILIDAD E
IMPUESTOS
JERARQUIZACIÓN DE NORMATIVIDAD APLICABLE A
RECURSOS AUTOGENERADOS QUE INGRESAN AL FICDT
CONSTITUCIÓN
POLITICA
LEY DE CIENCIA Y
TECNOLÓGIAArts. 26 Y 50
CFF, LISR y LIVA
RESOLUCIÓN
MISCELÁNEA FISCAL
REGLAS DE OPERACIÓN
LINEAMIENTOS QUE REGULAN LA PROGRAMACIÓN,
CAPTACIÓN, EJERCICIO, REGISTRO Y REPORTE DE LOS
RECURSOS AUTOGENERADOS QUE INGRESAN AL FICDT
Art. 3
F V
NORMAS DE INFORMACIÓN
FINANCIERA
Sustancia económica
Entidad económica
Negocio en marcha
Devengación contable
Asociación de costos y gastos
con ingresos
Valuación
Dualidad económica
Consistencia
DEPENDENCIAS
POLITECNICAS
ORGANOS
FISCALIZADORES
INFORMACIÓN
REQUERIDA
Requisitos de las deduccionesArtículo 27 LISR
Ser estrictamente indispensable para los fines de la actividaddel contribuyente
Comprobante fiscal a nombre del Fondo de InvestigaciónCientífica y Desarrollo Tecnológico
Pagos mayores a $2,000 deben realizarse mediantetransferencia, cheque nominativo
Registradas en CONTABILIDAD
Retención y entero de impuestos a cargo de terceros
La fecha de expedición del comprobante fiscal deberácorresponder al ejercicio por el que se efectúa la deducción
LISR
Obligaciones Contables del FICDT del IPNArt. 76 LISR
I. Llevar la contabilidad de conformidad con elCódigo Fiscal de la Federación, su Reglamento y elReglamento de esta Ley, y efectuar los registros enla misma.
II. Expedir los comprobantes fiscales por lasactividades que realicen.
III. Expedir los comprobantes fiscales en los queasienten el monto de los pagos efectuados…
LISR
CONTABILIDAD ELECTRONICAArtículo 28 del CFF
I. La contabilidad, para efectos fiscales, se
integra por los libros, sistemas y registros
contables, estados de cuenta… además, de
la documentación comprobatoria de los
asientos respectivos, así como toda la
documentación e información relacionada
con el cumplimiento de las disposiciones
fiscales, la que acredite sus ingresos y
deducciones…
CONTABILIDAD ELECTRONICAArtículo 28 del CFF
III. Los registros o asientos que integran la
contabilidad se llevarán en medios
electrónicos conforme lo establezcan el
Reglamento de este Código y las disposiciones
de carácter general que emita el Servicio de
Administración Tributaria. La documentación
comprobatoria de dichos registros o asientos
deberá estar disponible en el domicilio fiscal
del contribuyente.
CONTABILIDAD ELECTRONICAArtículo 28 del CFF
IV. Ingresarán de forma mensual su
información contable a través de la página
de Internet del Servicio de Administración
Tributaria, de conformidad con reglas de
carácter general que se emitan para tal
efecto.
CONTABILIDAD ELECTRONICAArtículo 33 apartado B del RCFF
I. Ser analíticos y efectuarse en el mes en
que se realicen las operaciones, actos o
actividades a que se refieran, a más tardar
dentro de los cinco días siguientes a la
realización de la operación, acto o actividad;
Los registros o asientos contables deberán:
CONTABILIDAD ELECTRONICAArtículo 33 apartado B del RCFF
III. Permitir la identificación de cada operación, acto o
actividad y sus características, relacionándolas con los
folios asignados a los comprobantes fiscales o con la
documentación comprobatoria, de tal forma que pueda
identificarse la forma de pago, las distintas
contribuciones, tasas y cuotas, incluyendo aquellas
operaciones, actos o actividades por las que no se deban
pagar contribuciones, de acuerdo a la operación, acto o
actividad de que se trate;
Los registros o asientos contables deberán:
Obligaciones fiscales del FICDT del IPN
• Retener el ISR e IVA, enterar el impuesto a cargo de terceros y exigir el
comprobante fiscal, en su caso.
• Presentar declaración de IVA de forma mensual.
• Presentar la DIOT de forma mensual.
• Presentar la DIM a mas tardar el 15 de febrero de cada año, por las
retenciones realizadas de ISR e IVA.
• Presentación de una sola declaración, cuando tuviere varios
establecimientos.
PAGO POR CUENTA DE TERCEROSArt. 41 del RLISR
RLISR
- RFC en estado de cuenta
bancario
- Cheque nominativo con la
leyenda “Para abono en cuenta”
o transferencia bancaria
- La comprobación deberá
realizarse dentro del mes que se
entrego el cheque
Recursos del Fondo
(Gastos a Comprobar)1
2
Recursos del
Investigador
(Financiamiento)
- RFC en estado de cuenta bancario
- Cheque nominativo con la leyenda
“Para abono en cuenta” o
transferencia bancaria
- El IVA deberá acreditarse al momento
que el investigador realiza el pago a
nombre del FICDT
EXCEPTO CONTRIBUCIONES,
VIATICOS O GASTOS DE VIAJE
Incentivos Extraordinaríos
Artículo 145 LISR. Los contribuyentes que obtengan en forma esporádica ingresos cubrirán
como pago provisional a cuenta del impuesto anual, el monto que resulte de aplicar la tasa del
20% sobre el ingreso percibido, sin deducción alguna. El pago provisional se hará mediante
declaración que presentarán ante las oficinas autorizadas dentro de los 15 días siguientes a la
obtención del ingreso.
Contratos de servicios profesionales
Artículo 106 de la LISR Retención del 10%.
Cuando los contribuyentes presten servicios profesionales a las personas
morales, éstas deberán retener, como pago provisional, el monto que
resulte de aplicar la tasa del 10% sobre el monto de los pagos que les
efectúen, sin deducción alguna, debiendo proporcionar a los
contribuyentes comprobante fiscal y constancia de la retención las
cuales deberán enterarse.
El Artículo 1A de la LIVA Artículo 3 de la LIVA Retención de las dos
terceras parte
efectuará la retención del impuesto en el momento en el que pague la
contraprestación sobre el monto de lo efectivamente pagado, a mas tardar
el día 17 del mes siguiente a aquel que hubiere efectuado la retención, sin
que en contra del entero de la retención pueda realizarse acreditamiento,
compensación o disminución alguna
Requisitos para que sea acreditable el IVAArtículo 5 LIVA
Que el IVA haya sido trasladado expresamente, que conste por separado.
Bien o servicio estrictamente indispensable. (Para los efectos de esta Ley,
se consideran estrictamente indispensables las erogaciones efectuadas por
el contribuyente que sean deducibles para los fines del impuesto sobre la
renta, aun cuando no se esté obligado al pago de este último impuesto.)
Efectivamente pagado en el mes que se trate.
El impuesto retenido y enterado, podrá ser acreditado en la declaración
de pago mensual siguiente a la declaración en la que se haya efectuado el
entero de la retención. (Servicios Profesionales (Honorarios))
Requisitos para que sea acreditable el IVA de Servicios profesionales
Artículo 5 LIVA“…III. Que el impuesto al valor agregado trasladado al
contribuyente haya sido efectivamente pagado en el mes de que
se trate;
IV. Que tratándose del impuesto al valor agregado trasladado que
se hubiese retenido conforme al artículo 1o.-A de esta Ley, dicha
retención se entere en los términos y plazos establecidos en la
misma.
El impuesto retenido y enterado, podrá ser acreditado en la
declaración de pago mensual siguiente a la declaración en la
que se haya efectuado el entero de la retención…”
Acreditamiento del IVA por servicios profesionales
Mes 1 Mes 2 Mes 3
Concepto Importe
Mes
efectivamente
pagado
Febrero
Entero de
retenciones
Marzo
Impuesto
retenido y
enterado Abril
Pagos por servicios profesionales M1 $ 150,000.00
IVA Acreditable 24,000.00 $ 8,000.00 $ 16,000.00 $ 16,000.00
Subtotal 174,000.00
IVA Retenido 16,000.00
ISR Retenido 15,000.00
Total pagado $ 143,000.00
Mes 1 Mes 2
17
Mes 3
Entero de
retenciones
Ejemplo 2:
MES 1 MES 2 MES 3
Pagos por servicios
profesionales M1 $15,000
IVA 2,400
Retención ISR 1,500
Retención IVA 1,600
IVA acreditable de pago
por servicios profesionales
en el mes (3):
IVA Acreditable M1 1,600
Mas:
IVA Acreditable M3 800
TOTAL 2,400
IVA acreditable de pago
por servicios profesionales
en el mes (1):
IVA Acreditable M1 $800
17
Entero de
retenciones
17
Pagos por servicios
profesionales M2 $15,000
IVA 2,400
Retención ISR 1,500
Retención IVA 1,600
Pagos por servicios
profesionales M3 $15,000
IVA 2,400
Retención ISR 1,500
Retención IVA 1,600
MES 4
17
IVA acreditable de pago
por servicios profesionales
en el mes (2):
IVA Acreditable M2 $800
Pagos por servicios
profesionales M4 $15,000
IVA 2,400
Retención ISR 1,500
Retención IVA 1,600
IVA acreditable de pago
por servicios profesionales
en el mes (4):
IVA Acreditable M2 1,600
Mas:
IVA Acreditable M4 800
TOTAL 2,400
Entero de
retenciones
Entero de
retenciones
RETENCIONES DE IMPUESTOS
1. SERVICIOS PROFESIONALES
- DOS TERCERAS PARTES DE IVA
- 10% DE ISR
2. FLETES
- 4% DEL IMPORTE, POR CONCEPTO DE IVA
3. INCENTIVOS EXTRAORDINARIOS
- 20% DE ISR
SI LA VERTIENTE FICDT DEL SIGA, NO INDICA QUE SE
RETENGA, QUIERE DECIR QUE LA RETENCIÓN QUE
PRETENDO NO APLICA AL FONDO
Facilidades
LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN 2017
Obligados a retener IVA e ISR, podrán no emitir
constancia, siempre que en el CFDCI expedido
por la persona física, se señale expresamente
el o los impuestos retenidos.
La Administración Pública Federal, Centralizada y Paraestatal, así como la
Procuraduría General de la República, en ningún caso contratarán
adquisiciones, arrendamientos, servicios u obra pública con los
particulares que:
I. Tengan a su cargo créditos fiscales firmes
II. Tengan a su cargo créditos fiscales determinados, firmes o no, que no se
encuentren pagados o garantizados en alguna de las formas permitidas
por este Código.
III.No se encuentren inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes.
IV.Habiendo vencido el plazo para presentar alguna declaración,
provisional o no, y con independencia de que en la misma resulte o no
cantidad a pagar, ésta no haya sido presentada.
Opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales
regla 2.1.39. de la RM para 2017
TIPOS DE OPINIONES EMITIDAS POR EL SAT:
1.- POSITIVA: Cuando el contribuyente está inscrito y
al corriente en el cumplimiento de las obligaciones que se consideran
en los incisos
2.- NEGATIVA.-Cuando el contribuyente no esté al corriente en el
cumplimiento de las obligaciones.
3.- NO INSCRITO.- Cuando el contribuyente no se encuentra inscrito
en el RFC.
4.- INSCRITO SIN OBLIGACIONES.- Cuando el contribuyente está
inscrito en el RFC pero no tiene
obligaciones fiscales.
Opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales
regla 2.1.39. de la RM para 2017
Cuando la autoridad fiscal detecte que un contribuyente ha estado emitiendo
comprobantes sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad
material, directa o indirectamente, para prestar los servicios o producir,
comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes, o bien, que
dichos contribuyentes se encuentren no localizados, se presumirá la inexistencia de
las operaciones amparadas en tales comprobantes.
Las personas físicas o morales que hayan dado cualquier efecto fiscal a los
comprobantes fiscales expedidos por un contribuyente incluido en el listado a que
se refiere el párrafo tercero de este artículo, contarán con treinta días siguientes
al de la citada publicación para acreditar ante la propia autoridad, que
efectivamente adquirieron los bienes o recibieron los servicios que amparan los
citados comprobantes fiscales, o bien procederán en el mismo plazo a corregir su
situación fiscal, mediante la declaración o declaraciones complementarias que
correspondan, mismas que deberán presentar en términos de este Código.
Articulo 69-B CFF Simulación de
operaciones
Cancelación de CFDI´s
Los comprobantes fiscales digitales por Internet sólo
podrán cancelarse cuando la persona a favor de quien se
expidan acepte su cancelación.
El SAT, mediante RCG, establecerá la forma y los medios
en los que se deberá manifestar dicha aceptación.
Aceptación del receptor para la cancelación del CFDI
Cuando el emisor de un CFDI requiera cancelarlo, enviará
al receptor del mismo una solicitud de cancelación a
través de BT.
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓNAdición al artículo 29-A, DT 6º, DT 36º RMF 2017
El receptor del CFDI deberá manifestar a través del BT, a más
tardar dentro de las 72 horas siguientes contadas a partir de la
recepción de la solicitud de cancelación de CFDI, la aceptación
o negación de la cancelación del CFDI.
El SAT considerará que el receptor acepta la cancelación del
CFDI si transcurrido el plazo a que se refiere el párrafo anterior,
no realiza manifestación alguna.
Para ejercer el derecho a la aceptación o negativa de la
cancelación del CFDI, se tendrá que contar con BT.
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓNRegla 2.7.1.38 RMF 2017
Cancelación de CFDI sin aceptación del receptor
Los contribuyentes podrán cancelar un CFDI sin que se requiera la
aceptación del receptor en los siguientes supuestos:
a) Que amparen ingresos por un monto de hasta $5,000.00
b) Por concepto de nómina.
c) Por concepto de egresos.
d) Por concepto de traslado.
e) Por concepto de ingresos expedidos a contribuyentes del RIF.
f) Emitidos a través de la herramienta electrónica de “Mis
cuentas” en el aplicativo “Factura fácil”.
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓNRegla 2.7.1.39 RMF 2017
Cancelación de CFDI sin aceptación del receptor
Los contribuyentes podrán cancelar un CFDI sin que se requiera la
aceptación del receptor en los siguientes supuestos:
g) Que amparen retenciones e información de pagos.
h) Expedidos en operaciones realizadas con el público en general de
conformidad con la regla 2.7.1.24. (CFDI Global)
i) Emitidos a residentes en el extranjero para efectos fiscales
conforme a la regla 2.7.1.26. (RFC Genérico).
j) Cuando la cancelación se realice dentro de las 72 horas inmediatas
siguientes a su expedición.
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓNRegla 2.7.1.39 RMF 2017
ÁREA DE ADQUISICIONES
REVISIÓN, ANÁLISIS Y APROBACIÓN DE PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN Y DE
SERVICIOS EXTERNOS
SIP
Servicios externos y de
enseñanza
DEPENDENCIAS POLITÉCNICAS
SRIA. ACADÉMICA
UPDCE
Convenios con financiamiento
externo
Convenios vinculados
ABOGADOGENERAL
REVISIÓN, ANÁLISIS Y APROBACIÓN DE PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN Y DE
SERVICIOS EXTERNOS
SIP
Comité
Técnico y de
Administraci
ón del FICDT
SRÍA. ACADÉMICA
UPDCE
Sub Cte de Inversión
Sub Cte de Servicios
Externos y deEnseñanza
Sub Cte de Convenios Vinculados
APRUEBA
AUTORIZA
Oficio de solicitud de compra
Comprobante de transferencia de dinero
Requisición de compra (FAF-30 o FAF-51)
¿CÓMO SE SOLICITA LA ADQUISICIÓN?
Anexo Técnico (FAF-31)
Justificación (FAF-33 o FAF-52)
1 Cotización
+ Carta de
exclusividad o
del fabricante
si aplica
Inicio
Requisiciones deproyectos vinculados
o de Servicios externos
Verificación de tesorería
Requisiciones confinanciamiento
externo
Tiempo que dura el procedimiento: 60 días naturales
PROCEDIMIENTO DE ADQUISICIONES
Solicitud de oficio de dictamen a la DP
Invitación a proveedores
Recepción de cotizaciones y análisis comparativo
Recepción de respuesta y adjudicación al proveedor
Verificación formatos correctos área de Adquisiciones
Si la compra se realiza a
“Proveedor único” se omite este paso
Invitación a
cuando menos 3
Invitación por
Adjudicación
directa
Sobre cerrado
REQUISICIÓN DE COMPRA
Versión 05
DIA AÑO
No. DE
PARTIDAUNIDAD CANT. PRECIO UNITARIO
IMPORTE
TOTAL
1
SUBTOTAL -$
IVA -$
TOTAL -$
( )
( )
COTIZACIÓN ( )
DICTAMEN (Cenac o de Cómputo) ( )
( )
FAF-30/05
OTROS DOCUMENTOS
SUFICIENCIA DE RECURSOS
ANEXO TÉCNICO
FOLIO
DESCRIPCIÓN
DEPENDENCIA POLITÉCNICA:
MES
JUSTIFICACIÓN
DOCUMENTACIÓN ANEXA
FONDO DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y DESARROLLO TECNOLÓGICO DEL
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
REQUISICIÓN DE COMPRA
AUTORIZA
______________________________________________________________
NOMBRE Y FIRMA DEL DIRECTOR DE LA UA
ELABORA
______________________________________________
NOMBREY FIRMA DEL RESPONSABLE DEL
PROYECTO
ESPACIO PARA USO
EXCLUSIVO DEL FICDT
Iniciar con el género próximo y
continuar con la diferencia
específica
PARA USO DEL FICDT
REQUISICIÓN DE COMPRA
PARA IMPORTACIÓN DIRECTA
FAF-51/01
Gastos de envío
Impuestos de importación
Honorarios del agente aduanal
Permisos de COFEPRIS si es el
caso
Almacenaje si es necesario
Flete a la Unidad Académica
Seguro de transporte
Carta de crédito, si aplica.
SE SUGIERE:
Que su estudio de mercado sea bajo las
condiciones DAP (Delivered At Place)
“Entregada en lugar convenido”
REQUISICIÓN DE COMPRA
PARA IMPORTACIÓN DIRECTA
CONCEPTOS QUE PUEDE
INCLUIR LA IMPORTACIÓN
DESCRIPCIÓN AMPLIA
Y DETALLADA
JUSTIFICACIÓN DE
ADJUDICACIÓN DIRECTA
JUSTIFICACIÓN DE ADQUISICÓN DE BIENES O
CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE OBRA NO
RELACIONADOS DIRECTAMENTE CON LA CIENCIA
Y LA TECNOLOGÍA
Aires acondicionados
Despachadores de agua
Cafeteras
Vehículos
Obra y servicios relacionados
Refrigeradores y congeladores
Hornos de microondas
Mobiliario
Otros que en apariencia no se
relacionen con la ciencia y la
tecnología
¿Qué tipo de solicitudes
caen en este supuesto?
Se excluyen autos de lujo
EJEMPLO DE TRAMITE NO PROCEDENTE
Y continuar con las
características propias
de la marca y modelo
Mencionar al inicio de qué
equipo se trata ¿qué es lo
que dará de alta el
responsable de activo fijo?
7230 dual phase DSP …
5105 dual phase amplier…
197 precisión light…
EJEMPLO DE TRAMITE NO PROCEDENTE
Los consumibles y materiales del capítulo
2000, podrán ser adquiridos directamente
por las Dependencias Politécnicas (numeral 6.4.3
de los Lineamientos)
EJEMPLO DE TRAMITE NO PROCEDENTE
REFRIGERADOR WT1818A SIL
MARCA ESPECIFICA: WHIRLPOOL
Cap. 503.5L/18 P3, sin despachador, 2
parrillas en enfriador, Cajón de
verduras, 2 anaqueles en enfriador,
charola para huevos, 1 parrilla en
congelador, 2 anaqueles en
congelador, color acero inoxidable.
HORNO DE MICROONDAS JES1171WK
MARCA ESPEFICIFICA: GENERAL
ELECTRIC
1.1 p³, color blanco, 6 selecciones de
cocinado, 10 niveles de potencia,
1000 watts, función de recalentado,
seguro para niños, alarma de fin de
ciclo.
EJEMPLO DE TRAMITE NO PROCEDENTE
Este trámite
no procede
si no se
adjunta la
justificación
debida
(formato
FAF-52)
REQUISITOS PARA PROVEEDORES AL
CONCURSAR EN EL FICDT
Al presentar sus cotizaciones, deberán
presentar carta del artículo 32-D del CFF
“Cumplimiento de obligaciones fiscales”
con sentido positivo,
Al aceptar un pedido, deberán garantizar
el cumplimiento de la entrega mediante
una fianza o cheque certificado,
Aceptar que el pago es contra entrega, es
decir que los precios que nos ofertan son
considerando que la compra/venta es a
crédito.
Entre otros
REQUISITOS PARA PROVEEDORES
PARA TRAMITAR SU PAGO
Enviar archivos xml y pdf del CFDI
Impresión del CFDI sellada por el almacén de
la DP en cuestión
Opinión del cumplimiento de obligaciones
fiscales con sentido positivo
Entrada de bienes
Pedido original
Copia de la fianza o cheque
Hoja de datos bancarios
Evaluación al proveedor
Entre otros según el caso particular
Si los bienes de
inversión a adquirir son
ensamblados, éstos no
podrán ser adquiridos
por el Fondo
POLÍTICAS DEL PROCEDIMIENTO
DE ADQUISICIONES
Se podrán adquirir
bienes reconstruidos,
sólo si presentan un
estudio de costo
beneficio, además de
Avalúo por institución de
crédito.
Presentar
cotizaciones con
vigencia mínima
de 30 días
POLÍTICAS DEL PROCEDIMIENTO
DE ADQUISICIONES
No será válido
desechar propuestas
por criterios que no
hayan sido
solicitados
originalmente
Al ingresar sus
trámites,
contemplar los
gastos de envío y de
importación
El periodo para pago a
proveedores es de 20
días una vez ingresada
la documentación
completa al área de
pagos
Cuando por la relevancia de
ciertos proyectos autorice el
CTA, se realizará procedimiento
de Licitación.
FEBRERO 2017
TESORERÍA
FIDEICOMISARIO
IPN
Insumos
Productos
FIDUCIARIA
BANCOMER
FIDEICOMITENTE
IPN
Recursos
económicos
Equipamiento
Infraestructura
Autorizaciones
del CTA
Aportaciones de
convenios
vinculados
Aportaciones de
financiamientos
externos
Requisiciones
de bienes y obra
ADMINISTRACIÓN
FLUJO DE EFECTIVO
PROCESO DE DISPERSIÓN
A TODAS LAS
OPERACIONES DE
FICUCIARIO BBVA
BANCOMER
LEY FEDERAL PARA
LA PREVENCIÓN E
IDENTIFICACIÓN DE
OPERACIONES CON
RECURSOS DE
PROCEDENCIA ILÍCITA
ENTRO EN VIGOR EL 17
DE OCTUBRE DE 2012
PROCESO DE CAPTACIÓN
DEPENDENCIA
POLITECNICA
INGRESOS
SEE
INGRESOS
PYVCUENTA
CONCENTRADORACONV CIE
CUENTA
ESPECIFICA
CUENTA
ESPECIFICA
SUBCUENTA
DE VALORES
CAPTACIÓN
DISPERSIÓN
FICDT
PROVEEDORES,
PRESTADORES,
PERSONAL POLITECNICO
SUBCUENTA DE
VALORES
No. 1
CUENTA
CONCENTRADORADEPENDENCIAS
POLITÉCNICAS
1. Oficio de instrucción bancaria
2. Relación de pagos autorizada
3. Archivo txt (lay out)
4. Archivo Excel
FIDUCIARIO BANCOMER
PROCESO DE CAPTACIÓN Y REINTEGRO
DEPENDENCIA
POLITECNICA
CUENTA
ESPECIFICA
CUENTA
ESPECIFICA
SUBCUENTA
DE VALORES
CAPTACIÓN
DISPERSIÓNPROVEEDORES,
PRESTADORES,
PERSONAL POLITECNICO
FICDT
CUENTA
CONCENTRADORA
SUBCUENTA DE
VALORES
No. 1
1. Oficio de instrucción bancaria
2. Relación de pagos autorizada
3. Archivo txt (lay out)
4. Archivo ExcelCircular SAD/FICDT/2177/2016
2 de junio de 2016
FIDEICOMISARIO
IPN
FIDUCIARIA
BANCOMER
FIDEICOMITENTE
IPN
CONCENTRACIÓN
Numeral 6.2.3 Las dependencias politécnicas, una
vez realizado el deposito bancario en la cuenta
concentradora del Fondo, deberán informar
inmediatamente por escrito al Administrador,
enviándole copia de la ficha de depósito o
comprobante de transferencia electrónica.
Oficio número SAD/FICDT/2915/2016, de fecha 16
de agosto de 2016.
FIDEICOMISARIO
IPN
FIDUCIARIA
BANCOMER
FIDEICOMITENTE
IPN
CONCENTRACIÓNSAD/FICDT/2915/2016
ANEXO DEL OFICIO DE SOLICITUD DE REINTEGRO NUMERO:
No. Número CFDI Del Al Importe IVA Total Importe FechaAportacion
(Excedente)
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
TOTAL $ - $ - $ - $ -
IMPORTE DE LOS DEPOSITOS NO IDENTIFICADOS: $
IMPORTE DE LAS FACTURAS
APORTACIONES (EXCEDENTES)
DEPOSITOS NO IDENTIFICADOS
SUMA DE LOS DEPOSITOS REPORTADOS EN EL OFICIO
Recibos Deposito bancario
RELACIÓN DE CFDI'S COBRADOS DURANTE EL PERIODO:
31 2
4124
importe de los depósitos
reportados en el oficio
1 2 3+ =
Realizados en
la cuenta
concentradora
Depósitos
excedentes
IMPORTE DE LAS FACTURAS
DEPOSITOS EXCEDENTES
DEPOSITOS NO IDENTIFICADOS
SUMA DE LOS DEPOSITOS REPORTADOS EN EL OFICIO
FIDEICOMISARIO
IPN
FIDUCIARIA
BANCOMER
FIDEICOMITENTE
IPN
REINTEGRO
Numeral 6.3
1. Que este autorizado el ingreso o captación del
recurso
2. Que haya sido facturado
3. Que se haya depositado en la cuenta concentradora,
dentro de los 5 días hábiles siguientes de haberlo
captado
4. Realizar solicitud mediante oficio acompañado de la
integración de facturas (SAD/FICDT/2915/2016)
PAGOS A PROVEEDORES1. Sin excepción los gastos, deben registrarse en el módulo
de egresos de la vertiente FICDT del SIGA,
independientemente del concepto que se trate.
PAGOS A PROVEEDORES
2. Para poder pagar un egreso, es necesario se encuentre en
estado 5 Provisionado.
PAGOS A PROVEEDORES
3. Una vez en estado 5, en el Módulo de Tesorería, se
seleccionan los gastos que vamos a pagar
PAGOS A PROVEEDORES
ENVIA A
FIDUCIARIO
BANCOMER VIA
VALIDA ARCHIVOS, FIRMAS
AUTORIZADAS, IMPORTES
DE LA INSTRUCCIÓN
BANCARIA Y RELACIÓN DE
PAGOS
PROCESA PAGO
EN UN MÁXIMO
DE 72 HORAS
NOTIFICA AL
RESPONSABLE DE LA
DEPENDENCIA
POLITECNICA PARA SU
CORRECCIÓN
INFORMACIÓN
CORRECTA
SI
NO
FIDUCIARIO BANCOMER
FIN
SERVICIOS PRESTADOS ENTRE DEPENDENCIAS
POLITECNICAS
1. NO SE TRANSFERIRAN RECURSOS MONETARIOS ENTRE
DEPENDENCIAS, TAMPOCO EMITIRAN FACTURAS ENTRE
DEPENDENCIAS POLITECNICAS NI A NOMBRE DEL FONDO NI A
NOMBRE DEL IPN
2. ESTABLECER DENTRO DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EL
IMPORTE A PAGAR POR EL SERVICIO OTORGADO (SOLICITADO)
3. LA DEPENDENCIA SOLICITANTE, RECIBIRA LOS CFDI’S DE LA
DEPENDENCIA OTORGANTE PARA SER PAGADOS POR LA PRIMERA,
ESTOS PODRÁN SER HASTA POR EL MONTO ACORDADO EN EL
CONVENIO DE COLABORACIÓN
INGRESOS EXCENDENTES
Se consideran aportaciones al patrimonio del
FICDT, sólo dispone de ellos el Comité Técnico y de
Administración del Fondo
Se realizan a través de la Administración del Fondo
COMPRAS DE BIENES DE INVERSIÓN
CONCLUSIONES
1. La contabilidad deberá registrarse de
forma oportuna, lo que permitirá enviar
la contabilidad electrónica en el tiempo
especificado.
2. Se identificara el gasto de conformidad
con los conceptos requeridos por el SAT.
3. Una vez cerrado el periodo, este no
podrá habilitarse para ser modificado.
GRACIAS
FICDT
Lic. José Manuel Cabrera Domínguez
Administrador del FICDT - IPN
Ext. 51211
M.A. Mónica Reséndiz Fuentes
Encargado de Tesorería del FICDT – IPN
Ext. 51191
C.P. Antonio González Peréz
Contador del FICDT – IPN
Ext. 51378
C.P. Luis Jesús Martínez Lorenzo
Contador de Impuestos del FICDT – IPN
Ext. 51378
FICDT
Lic. Paullete Cruz Vargas
Coordinadora de Adquisiciones
Ext. 51253
Ing. José Luis Monroy Martínez
Encargado de Obras del FICDT - IPN
Ext. 51378
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