UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO - PUNO
FACULTADA DE CIENCIAS CONTABLES Y ADMINISTRATIVAS
ESCUELA PROFESIONAL DE CIENCIAS CONTABLES
“EVASIÓN TRIBUTARIA EN LAS RENTAS DE PRIMERA
CATEGORÍA EN EL ALQUILER DE LOCALES COMERCIALES
EN EL SECTOR 13 DEL ULTIMO CATASTRO DE LA
CIUDAD DE PUNO”
TESIS
PRESENTADA POR:
EST: CAJMA MAMANI NILTON JAVIER
PARA OPTAR EL TITULO PROFESIONAL DE:
CONTADOR PÚBLICO
PUNO - PERU
1
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO
Facultad de Ciencias contables y administrativas
Escuela profesional de ciencias contables
“EVASION TRIBUTARIA EN LAS RENTAS DE PRIMERA
CATEGORIA EN EL ALQUILER DE LOCALES COMERCIALES EN
EL SECTOR 13 DEL ULTIMO CATASTRO DE LA CIUDAD DE
PUNO”
TESIS PRESENTADA POR ESTUDIANTE:
CAJMA MAMANI NILTON JAVIER
PARA OPTAR EL TITULO DE CONTADOR PUBLICO
APROBADO POR EL JURADO REVISOR CONFORMADO POR:
PRESEDENTE : ---------------------------------
PRIMER MIENBRO: -----------------------------------
SEGUNDO MIENBRO: ----------------------------------
DIRECTOR DE TESIS: ----------------------------------
ASESOR DE TESIS: ----------------------------------
2
DEDICATORIA
Con cariño y gratitud para mis padres, por
El esfuerzo y apoyo constante que hicieron
Posible mi formación profesional.
A mis hermanos julio, Celia por su
Apoyo incondicional y la confianza
Que siempre muestran hacia mí.
A todos aquellos que depositaron
La confianza en mi persona para
alcanzar el Meritorio.
3
AGRADECIMIENTO
A la universidad nacional del altiplano de Puno, a los docentes de la facultad de
ciencias contables y administrativas y de otras facultades, por el apoyo en la
formación académica con que sus enseñanzas contribuyeron en mi formación
profesional y personal.
Mi reconocimiento a cada uno de los docentes que hicieron posible la elaboración
de mi trabajo, valorando sus consejos de cada uno de ellos y por su apoyo
incondicional mostrado durante todo este tiempo de investigación.
A cada una de las personas que influyeron parar alcanzar lo que hoy logro,
amigos, compañeros, familiares, maestros, a ti vida, muchas gracias.
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INDICE
RESUMEN……………………………………………………………………………….7
INTRODUCCION……………………………………………………………………….10
CAPITULO I : PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA, ANTECEDENTES
Y OBJETIVOS DE LA INVESTIGACION
1.1 FORMULACION DEL PROBLEMA………………………………………………12
1.2 ANTECEDENTES…………………………………………………………………..15
1.3 JUSTIFICACION…………………………………………………………………....19
1.4 OBJETIVOS DELA INVESTIGACION……………………………………………19
CAPITULO II: MARCO TEORICO Y CONCEPTUAL Y HEPOTESIS DE LA
INVESTIGACION
2.1 MARCO TEORICO………………………………………………………………….18
2.2. MARCO LEGAL DE LAS RENTAS DE PRIMERA
CATEGORIA……………………………………………………………………………..33
2.3. MARCO CONCEPTUAL…………………………………………………………..40
2.4. HEPOTESIS DE LA INVESTIGACION…………………………………………..41
2.5 VARIABLES…………………………………………………………………………42
CAPITULO III: METODOLOGIA DE LA INVESTIGACION
3.1. METODO……………………………………………………………………………44
5
3.2. POBLACION Y MUESTRA………………………………………………………..45
3.3. RECOPILACION DE INFORMACION…………………...………………………45
3.4. ANALISIS Y PROCESAMIENTO DE DATOS…………………………………..45
CAPITULOIV: CARACTERISTICAS DEL AREA DE INVESTIGACION…………47
CA´PITULO V: EXPOSICION Y ANALISIS DE RESULTADOS
5.1 Conocer las modalidades de alquiler utilizados en la locación de
Locales comerciales en la ciudad e puno…………………………………………49
5.2 estimar la cantidad de locales que son alquilados con arreglo a la
legislación
vigente……………………………………………………………………………………58
5.3. Analizar los niveles de evasión tributaria del impuesto a la renta de
primera categoría , en el alquiler de locales comerciales en la ciudad de
puno………………………………………………………………………………………77
5.4. Contrastación de hipótesis……………………………………………………..82
CONCLUSIONES……………………………………………………………………….86
RECOMENDACIÓN………………………………………………………………….....89
BIBLIOGRAFIA…………………………………………………………………… …..91
ANEXOS…………………………………………………………………………………92
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RESUMEN
El presente trabajo de investigación titulado “EVASIÓN TRIBUTARIA EN LAS
RENTAS DE PRIMERA CATEGORIA, EN EL ALQUILER DE LOCALES COMER
CIALES EN EL SECTO 1 DEL ULTIMO CATASTRO DE LA CIUDAD DE PUNO”
siendo la unidad de análisis los arrendadores de la ciudad de puno generadores
del impuesto a la renta de primera categoría, tomados en muestra, durante el
periodo 2010.
El objetivo trazado es el de estudiar las modalidades de locación de locales
comerciales para determinar los niveles de evasión tributaria de las rentas de
primera categoría, en la ciudad de puno.
Para la realización del presente trabajo se realizaron los métodos : inductivo
deductivo y el analítico descriptivo; luego se procedió a la clasificación de datos,
codificación, la tabulación, mediante la presentación cuadros estadísticos que
reflejan el estado de opinión de arrendadores encuestados generadores de renta
de primera categoría.
Luego de haber alcanzado los resultados se procedió a su análisis y discusión,
arribándose entre las más importantes a las siguientes conclusiones.
Se ha determinado que no existe un estudio adecuado en las modalidades de
locación de locales para la actividad comercial, en la ciudad de puno, por la
7
postura de los arrendadores de no exigir la constancia de pago por rentas de
primera categoría de local que ocupan, y el no mostrar garantías tanto en los
inmuebles que ocupan como en la elaboración del contrato de arrendamiento.
El arrendamiento de locales comerciales no se ajustan a la legislación referente a
la locación de locales comerciales , lo cual también es preocupante porque un
número considerable de arrendadores que son un 13.16% no cuenta con un
numero de RUC que le otorga la administración tributaria, donde también
muestran un descontento por la tasa de impuesto a la renta de primera categoría ,
donde tampoco un asesoramiento tributario ni una adecuada información para con
el complimiento de sus obligaciones , donde al mismo tiempo siente una gran
desconfianza con el asesoramiento y la orientación que le brinda la SUNAT.
Se determina que la evasión tributaria por rentas e primera categoría en el alquiler
de locales comerciales es alta debido a que los niveles de recaudación son
ineficaces.
De igual manera influye las causas técnicas, económicas y oras como se aprecia
en los resultados de la encuestas tomados a los arrendadores.
También se tiene que la evasión tributaria se debe a la falta de conciencia
tributaria por parte de las personas generadoras de renta de primera categoría. El
nivel de consciencia tributaria y educación tributaria en ínfimo, existiendo también
parte de complicidad por parte de los arrendatarios al no exigir la constancia de
8
pago respectivo o adecuado, petición que debe ser hecha al arrendador obliga a
pagar el tributo resultante al arrendador.
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INTRODUCCION
La población de cada país es la propietaria de los impuestos. El estado interviene
en calidad de administrador de estos recursos que se les entregan a las arcas
fiscales, para luego retornar a ella bajo la forma de servicios y obras públicas.
Según el texto único ordenado de la ley del impuesto a la renta aprobado a través
decreto supremo N°054-99-EF la ganancia obtenida por concepto de
arrendamiento y subarrendamiento de los predios por parte de la población
peruana, en el Art.23 del TUO de la ley del impuesto a la renta se le considera
rentas de primera categoría por consiguiente es una obligación a cumplir por
parte de toda la población peruana.
La evasión tributaria es el incumplimiento de las obligaciones tributarias que tienen
los contribuyentes con el estado y estos ocasionan menores ingresos fiscales,
limitando así el cumplimiento de las funciones del estado por los menores recursos
que este dispone.
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El problema que motivo la realización del presente trabajo, fue porque existen
indicios de la evasión tributaria en arrendamiento de los locales comerciales de la
ciudad de puno, contribuyentes del impuesto a la renta de primera categoría y
consciente de la importancia y transcendencia del problema se vio por
conveniente la realización del presente trabajo a su vez servir como antecedente
practico en la realización de posteriores investigaciones relacionadas con el tema.
En consecuencia el presente trabajo tiene como propósito desarrollar los
siguientes objetivos específicos:
a) Conocer las modalidades de alquiler utilizados en la locación de locales
comerciales en la ciudad de puno.
b) Estimar la cantidad de locales comerciales que son alquilados con arreglo a
la legislación vigente.
c) Analizar los niveles de la evasión tributaria del impuesto a la renta de
primera categoría, en el alquiler de locales comerciales en la ciudad de
puno.
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CAPITULO I
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA, ANTECEDENTES Y BJETIVOS DE LA
NVESTIGACION
1.1FORMULACION DEL PROBLEMA
El departamento de puno cuenta con un gran número de habitantes, de las cuales
un número considerable no cuenta con casa propia, y quieren rentar viviendas o
parte de ellas para diferentes actividades sean residenciales o comerciales,
donde mucho de los propietarios no informan a la entidad pública sobre el
arrendamiento de dichos inmuebles.
El estado peruano para cubrir las necesidades públicas colectivas (institucionales,
sociales y políticas), necesitan disponer de recursos. Esos recursos que vienen
de la sociedad son entregados al estado en calidad de administrador quien
obteniéndolos se encarga de distribuir a todos los departamentos del país en sus
diferentes sectores.
Estos recursos que la sociedad peruana aporta a las cajas fiscales, retorna a ella
en forma de servicios y obras públicas, teniendo en cuenta esto, los ciudadanos
debemos proteger la provisión de los recursos a la comunidad dado que al
hacerlo protegimos nuestros propios intereses. Lo que se quiere hacer es que las
personas conozcan las normas tributarias, sus obligaciones y procedimientos de
pago de los tributos cumpliendo voluntariamente con sus obligaciones al estado.
12
En la actualidad uno de los grandes problemas de nuestro país , en materia fiscal
es la evasión tributaria a nivel general, es por ello que es necesario conocer el
nivel de evasión tributario en los propietarios de inmuebles de la avenida floral de
la ciudad de puno , contribuyentes a la renta de primera categoría 2010 – 2011,
para finalmente proponer alternativas que estén orientadas a la disminución de la
evasión de impuestos de dicha categoría.
Se ha ido observando a los propietarios de inmuebles que incumplen con la
presentación de las declaraciones de pago de rentas de primera categoría, por
diferentes factores que pueden ser: por falta de cultura tributaria, información,
intención de evasión tributaria. Lo cual ocasiona una baja recaudación por rentas
generadas sobre el alquiler de inmuebles que estos bien pueden servir para
diversas actividades y usos del país.
Esta característica de comportamiento tributario por parte de los contribuyentes es
el incumplimiento tributario; dicho incumplimiento tributario genera la necesidad de
verificar las obligaciones por parte de la administración tributario. Donde
busquemos determinar las modalidades de locación de locales comerciales y sus
niveles de evasión en el impuesto a la renta de primera categoría, estimando la
cantidad de locales alquilados, con el fin de aumentar la recaudación de impuestos
de dicha categoría.
Frente a este planteamiento nos preguntamos ¿es posible estudiar las
modalidades de locación de locales comerciales para determinar los niveles de
13
evasión del impuesto a la renta de primera categoría en la avenida floral de la
ciudad de puno?
DIFINICION PROBLEMA
¿Es posible estudiar las modalidades de locación de locales comerciales para
determinar los niveles de evasión del impuesto a la renta de primera categoría del
sector 13 según el ultimo catastro de la ciudad de puno?
PROBLEMAS ESPECÍFICAS
1. ¿Cuál es la modalidad de locación de locales comerciales en sector 13
según el ultimo catastro de la ciudad de puno?
2. ¿es posible estimar la cantidad de locales alquilados para la actividad
comercial?
3. ¿es posible determinar el nivel de evasión tributaria del impuesto a la renta
de primera categoría?
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1.2 ANTECIDENTES DE LA INVESTIGACION
Como antecedentes podemos citar los siguientes trabajos de investigación
existentes en la facultad de ciencias contables y administrativas de la universidad
nacional de altiplano.
2.1. ZUMARAN CATACORA, CARMEN LELIS; Tesis, ´´evaluación de la
recaudación del impuesto en el departamento de puno, ejercicios gravables
1994-1995 ´´ , biblioteca de la FCCA UNA-puno, concluye:
´´del total de los contribuyentes inscritos en el RUC solo el 64.91%cumplen con las
obligaciones tributarias (distinguiendo de san Román), y el restante está
evadiendo de dicho impuesto´´
´´De la recaudación de impuestos en el departamento de puno, los contribuyentes
de la provincia de san Román son los que en mayor proporción cumplen con el
pago de impuestos (50.43%), seguido de los contribuyentes de puno que
representa el 26.97%.
2.2 HUALPA CUSACANI, Miriam Yaneth; tesis, ’’ la evasión tributaria en los
contribuyentes del impuesto a la renta de cuarta categoría en la ciudad de
puno, periodos 2000’’, biblioteca de FCCA UNA – puno, concluye:
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‘’los profesionales de la ciudad de puno que ejercen la actividad en forma
independiente, como contribuyentes del impuesto a la renta de cuarta categoría,
presentan un alto nivel de evasión tributaria, al cumplir con obligaciones de
entregar el comprobantes de pago (recibos por honorarios),según dispone el
código tributario…´´
´´los profesionales independientes de la ciudad de puno, contribuyente del
impuesto a la renta de cuarta categoría, manifiestan no tener plena conciencia
tributaria (67.8%), y conocimiento de las normas tributarias (mayor al 63.8%). A
pesar de ello, continúa reflejándose la evasión tributaria tal como se termina en la
primera conclusión. En ese sentido, los factores que inciden en la evasión
tributaria son: el no exigir el comprobante de pago, por parte de los clientes al
profesional, conciencia tributaria, asesoramiento tributario y conocimiento
tributario.
2.3. Pari Vilca, Fidel Diomedes en su tesis, ‘EFECTOS DE LA FISCALIZACION
TRIBUTARIA EN LA RECAUDACION DE TRIBUTOS DE LA MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE PUNO 1995 - 1996’’, concluye:
. La confirmación que a una mayor fiscalización le corresponde una mayor
recaudación tributaria.
. A un incremento de los ingresos del contribuyente la fiscalización estaría a menor
escala.
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.Se hace notar la falta de profesional capacitado en el área de tributación para una
mejor fiscalización tributaria, además, existe evasión tributaria debido a que la
municipalidad no cuenta con un catastro tributario.
Se ha demostrado que la información financiera que reporta la municipalidad no se
ciñen a la verdad debido a que en las cuentas por cobrar no existe el monto de los
cobros por realizar en los años de 1995.1996 pese a existir información en la
unidad de tesorería sobre especies valoradas emitidas
2.4 Gonzales Luque, Eduardo pablo, en su tesis ´´ DIAGNOSTICO
PARA LA DETECCION Y LA REDUCCION DE LA EVASION DE RENTAS
DE PRIMERA CATEGORIA ’’,concluye:
La evasión es evidente, por su cuantía muy preocupante, esta evasión de
cerca se ha tomado en el ámbito estudiantil en 10 meses de un año
académico.
El nivel de conciencia y educación tributaria es ínfimo, existe también parte
de culpa o complicidad por parte de los arrendatarios al no exigir el
comprobante de pago respectivo o adecuado.
Se ha detectado casos donde no se sabe de la existencia de este rubro del
impuesto a la renta y su correcta tributación, donde los arrendatarios
aseguraban que se les expedían un recibo de arrendamiento sin saber que
este debería ser refrendado por la SUNAT.
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2.5 Rosa Quispe ,Chanda Ketty; tesis, ´´EVASION DE RENTAS DE
PRIMERA CATEGORIA Y SU INCIDENCIA EN SU NIVEL DE
RECAUDACION DE LA CIUDAD DE PUNO, PERIODOS 2001 – 2002´´
biblioteca de la FCCA –puno, concluye:
´´Debido a que muchas de las cuales no cumplen con las obligaciones de
inscribirse en el registro único de los contribuyente, según lo dispone el código
tributario, como se observa en el cuadro N 01 los inscritos en el año 2001 en la
ciudad de puno son un total 65 personas y para el año 2002 aumento en un 86%
debido a la campaña de regulación de inscripción que mediante la resolución de
superintendencia N 103-2002/SUNAT, donde se observa claramente el
incumplimiento de la obligación de la inscripción en el registro único de los
contribuyente lo que dificulta el debido control que debe ejercer la SUNAT ´´.
´´Las normas legales deben ser más sencillas en cuanto a su interpretación y
administración para cualquier persona, ya que la necesidad de relacionar la
información y el pago de impuestos, radica en la información puesta a
disposición del contribuyente debe permitir que las leyes tributarias sean
aplicadas informa justa , eficiente, efectiva y un alto grado de integridad. En
efecto, un sistema tributario requiere claridad para ser adecuado. La existencia
de leyes tributarias incomprensibles para el público y la poca difusión de
18
algunas rentas en este caso de primera categoría, y el énfasis especialmente
por las rentas de primera categoría, trae como resultado la evasión tributario´´.
1.3 JUSTIFICACION
El presente trabajo de investigación está plenamente justificado porque el objetivo
es lograr nuevos conocimientos para solucionar problemas de evasión tributaria
que ocasiona menores ingresos fiscales. Limitando así el complimiento de
funciones del estado por los menores recursos que dispone.
Este trabajo de investigación se plantea como observador de la situación real de la
carencia de estudios que permitan ver con claridad las consecuencias del
problema, por tanto con los resultados de la investigación se podrá mostrar la
importancia del problema en términos cuantitativos.
1.4 OBJETIVOS DE LA INVESTIGACION
Los objetivos del presente trabajos de investigación son los siguientes:
1.4.1 OBJETIVO GENERAL
Estudiar las modalidades de locación de locales comerciales para determinar los
niveles de evasión tributaria de las rentas de primera categoría, en la avenida
floral de la ciudad de puno.
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1.4.2 OBJETIVOS ESPECFIFICOS
1. Conocer las modalidades de alquiler utilizados en la locación de locales
comerciales del sector 1 según el último catastro de la ciudad de puno.
2. Estimar la cantidad de locales comerciales que son alquilados con arreglo a
la legislación vigente.
3. Analizar los niveles de evasión tributaria del impuesto a la renta de primera
categoría, en el alquiler de locales comerciales del sector 1segun el ultimo
catastro de la ciudad de puno.
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IV MARCO TEORICO Y MARCO CONCEPTUAL
4.1 MARCO TEORICO
SISTEMA TRIBUTARIO
’’ Por sistema tributario entendemos aquellas formas de imposición utilizados por
el estado para obtener sus ingresos. Los denominados sistemas tributarios
aunque la realidad con mayor precisión deberíamos considerarlos sistemas
impositivos ya que nos vamos a ocupar de aplicación de los impuestos y no de los
demás tributos.
Desde que existieron los impuestos, los estados usaron de variados métodos para
su aplicación, e inclusive si utilizaron diferentes sistemas dentro de un sistema
dentro de un país , informa simultanea o en época sucesivas´´ (BARRIOS
OBREGOZO. Raúl ´´teoría general del impuestos´´ pág. 89
´´el sistema tributario es el conjunto de tributos vigentes en un país determinado y
en una determinada época o en un determinado periodo de tiempo. El estudio del
conjunto de tributos debe hacerse como un todo, y no aisladamente, porque el
sistema tributario debe ser visto en su conjunto, ya que los efectos que produzcan
los tributos pueden equilibrarse y corregirse entre sí. (LA VOZ TRIBUTARIA´´
Colegio de contadores de lima – comité de normas legales y tributarias. Año
II pág. N 8
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Hablar de sistema tributario es pensar en un conjunto de principios, normas o
reglas lógicamente enlazados entre sí, de un todo ordenado y armónico que
constituye a una finalidad. Cuando las reglas se imponen o si siguen en forma
inorgánica, sin orden o sin investigación de causas, con el solo fin de lograr
mayores ingresos para el fisco, se está en presencia de un régimen y no de un
sistema tributario.
SISTEMA TRIBUTARIO NACIONAL
´´ El sistema tributario nacional se encuentra comprendido por:
I. El código tributario
II. Los tributos siguientes
1. Para el gobierno central
a. Impuesto a la renta ;
b. Impuesto general a las ventas;
c. Impuesto selectivo al consumo;
d. Derecho arancelario;
e. Tasas por la prestación de servicios públicos , entre los cuales se
consideran los derechos por tramitación de procedimientos
administrativos;
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2. Para gobiernos locales: los establecidos según la ley de tributación
municipal.
3. Para otros fines:
a. Contribuciones de seguridad social , de ser el caso;
b. Contribución al fondo nacional de viviendas – FONAVI
c. Contribución al servicio nacional de capacitación para la industria de la
construcción (SENCICO) ´´. ( DECRETO LEGISLATIVOS N 771;´´ley marco del
sistema tributario nacional´´ Art.2)
TRIBUTO
Concepto:
´´ Nuestro código tributario no define el tributo. El código tributario modelo para
américa latina, sí. Lo define como prestación en dinero que el estado, en ejercicio
de su poder de imperio, exige con el objeto de obtener recursos para el
complimiento de sus fines.
En el glosario tributario de la SUNAT encontramos definidos al tributo como la
prestación generalmente pecuniaria que el estado exige en ejercicio de su poder
de imperio, en virtud de una ley, para cubrir gastos que le demanda al
cumplimiento de sus fines´´. (FLORES SORIA, Jaime; ´´tributación teoría y
práctica´´, pag.11
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´´ Etimológicamente, tributo viene de latín ´´tributum´´, o sea: entregar el vasallo a
su señor una cantidad en señal de su reconocimiento de señorío. De esta
aceptación etimológica cobra la obligación de tributar, a quienes se hallan en la
situación considerados por la ley como hechos imponibles, ajenos a toda actividad
estatal relativa al obligado. (FLORES SORIA, Jaime; ´´tributación teoría y
práctica´´, pag.11
La constitución política del Perú señala ´´ los tributos se crean, se modifican o
derogan, o se una exoneración, exclusivamente por ley o decreto legislativo en
caso de deligación de facultades, salvo los aranceles y tasas, los cuales se
regulan mediante un decreto supremo.
Los gobiernos locales pueden crear, modificar y suprimir, contribuciones y tasas o
exonerar de estas, dentro de su jurisdicción y con límites que señala la ley.
El estado al ejercer la potestad tributaria, debe respetar los principios de reserva
de ley, y los de igualdad y respeto de los derechos fundamentales de la persona.
Ningún tributo tiene efecto confiscatorio. Los derechos de urgencia no pueden
contener materia tributaria, las leyes relativas a tributos de periodo anual rigen a
partir del primero de enero del año siguiente a su promulgación. Las leyes de
presupuesto no pueden contener normas sobre materia tributaria.
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No surten efecto las normas tributarias dictadas en la violación de los que
establece el presente artículo. (CONSTITUCION POLITICA DEL PERU
1993.Art .74)
´´tributos son prestaciones en dinero que el estado en ejercicio de su poder de
imperio, exige con el objeto de obtener recursos para el complimiento de sus fines
(dinero, fuerza, coacción, características de todo tributo).
(CHAVEZ ACKERMAN. Pascual. ´´auditoria tributaria´´ pág. 24)
OBJETO DEL TRIBUTO.-
El objeto del tributo es una prestación en términos de dinero en efectivo ( periódica
o no , dependiendo del hecho que la motive) a que está obligado el contribuyente
o ciudad no sujeto a su pago, pero con carácter excepcional en lagunas normas se
encuentran reconocida la prestación en especie, por ejemplo en materia de
hidrocarburos en que debe entregarse un porcentaje, o de patrimonio artístico
donde se admiten obras de arte en pago del impuesto sucesorio o hereditario.
CLASES DE TRIBUTO
Los tributos se pueden clasificar en:
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a. IMPUESTO.- el impuesto es el tributo que sirve para financiar servicios
generales que redundan en beneficio de toda la colectividad, cuya causa
genérica son dichos servicios generales y cuya causa específica es la
capacidad contributiva que posee el sujeto obligado a la prestación.
En esta definición hemos tratado de incluir los dos elementos diferenciales
que en nuestro concepto distinguen el impuesto frente a sus fines, la
contribución y la tasa.
´´impuesto: es el tributo cuyo complimiento no origina una contraprestación
directa a favor del contribuyente por parte del estado. (DECRETO
LEGISLATIVO 816 OP.CIT. Norma II literal a.)
´´ Dentro de la conceptualización del impuesto, el código tributario lo define
como el tributo del que no existe contraprestación alguna por parte del
estado. Algunos autores también lo definen como tributos no vinculados, y
esto porque no existe vinculación entre lo que el deudor tributario paga, y la
contra prestación por parte del estado.
Esta contraprestación, por parte del estado se hace difusa porque sirve
para satisfacer las necesidades colectivas. No hay beneficiario por la
contraprestación estatal. (CHAVEZ ACKERMAN. Pascual: OP.CIT. pág.
18-20)
26
b. CONTRIBUCION.- Aclaremos los criterios diferenciales del impuesto en
este caso de contribución.
´´es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador beneficios
derivados de la realización de obras públicas o de actividades públicas.
(DECRETO LEGISLATIVO 816. OP.CIT. Norma II Literal b.)
Según Giannini ´´ la prestación debida por quienes encontrándose en una
determinada situación , experimentan una particular ventaja económica por
efecto del desarrollo de una actividad administrativa, frente a todo los
demás, a quienes la actividad beneficiaria de modo distintivo o bien a
consecuencia de las cosas que poseen o del ejercicio de una industria , de
un comercio o de otra actividad , provocan un gasto o un aumento de gasto
del ente público´´, es por eso que la contribución tiene como criterio
diferencial la particularidad de beneficio y de la carga, frente a las
generalidades de la carga del impuesto y de la individualidad de la carga de
la tasa. Esta diferencia fluye de los mismos nombres, de impuesto y
contribución; la palabra impuesto deriva del verbo imponer es la más
amplia, significa exigir una prestación pecuniaria, mientras tanto la palabra
contribución, deriva del verbo contribuir, implica la idea de aporte para la
finalidad.
c. TASA.- Es aquel tipo de tributo que según Giannini es ´´ la prestación
pecuniaria debido a un ente público en virtud de una norma legal y la
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medida en que esta la establezca, por la realización de una actividad del
propio ente que afecta de modo particular al obligado.
El criterio diferencial de la tasa frente al impuesto y a la contribución es la
utilidad particular que experimenta el obligado y que esta en relación directa
con el monto de la prestación pecuniaria que está obligado a pagar. Así el
contribuyente pide un servicio especial al estado el que se lo otorga
exigiéndola a cambio la prestación equivalente. Como ejemplo de tasa
tenemos el pago que realiza cualquier persona cuando utiliza el servicio de
correos para que produzca y distribuya sin correspondencia.
´´el titulo cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva
por el estado de un servicio público individualizado en el contribuyente.
No es tasa el pago que se recibe por un servicio de origen contractual.
Las tasas entre otras pueden ser:
1. Arbitrios: son tasas que se pagan por la prestación o mantenimiento de
un servicio público.
2. Derecho: son tasas que se pagan por la prestación de un servicio
administrativo público o el uso de aprovechamiento de bienes públicos.
3. Licencias: son tasas que gravan la obtención de autorizaciones
específicas para la realización de actividades de provecho particular
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sujetas a control o fiscalización. (DECRE TO LEGISLATIVO 816
OP.CIT. Norma II literal o)
II.1.5 ANTECIDENTES HISTORICOS
A continuación daremos algunos alcances para definir histórica y
etimológicamente lo que significa, y, es el impuesto a la renta.
ETIMOLOGIA.-
Etimológicamente analizamos el vocablo castellano ´´renta´´ o ´´redito´´ y su
equivalente en francés ´´revenue´´ que deriva de latín ´´reditus´´, que significa
rendimiento, o si en cambio lo es del verbo ´´redire´´, que significa retornar,
esto es, algo que retorna o vuelve a darse. Por el contrario la expresión
inglesa ´´income´´ (come in) significa lo que ingresa o entra. En alemán, hay
dos acepciones de significado diferente: ´´einkommen´´ denota la aceptación
amplia del ingreso o entrada , y ´´ entrag´´ tiene un significado restringido y
sugiere el concepto de un producto periódico que se repite.
ANTECIDENTES HISTORICOS
Los estudios del impuesto a la renta, consideran que este impuesto fue el
impuesto más importante de la primera mitad del siglo XIX.
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Es uno de los impuestos principalmente difundidos dentro de los sistemas
tributarios alrededor del mundo, que se apega a la doctrina financiera y se
instituye a través de la legislación propia de cada país casi sin excepción.
El origen histórico del impuesto a la renta, data de bastante tiempo atrás,
encontramos la figura del impuesto en civilizaciones antiguas en forma de
rentas de algunas capitales, en la edad media como en las ofrendas de los
mejores frutos de la tierra al dios sol en el incanato. En un análisis Comparativo
era el pago que se le daba al protector (inca, rey, dios, etc. Y ahora el
estado), por estar bajo su protección, recibir seguridad y algunos otros
beneficios a cambio.
El impuesto a la renta se aplicó por primera vez en Inglaterra alrededor del año
1789, usándose como medio de financiación de las guerras sostenidas en ese
momento por el imperio británico. Tuvo mejor rendimiento del que se esperaba,
pero al mismo tiempo surgió una resistencia del pueblo ingles a su
implantación y luego a su pago. Considerando en un principio como un
impuesto de carácter extraordinario, se aplicó hasta el año 1801, en que fue
abolido restableciéndose 1803 a 1806, año en que nuevamente se suprimió.
Finalmente se reincorporo al régimen fiscal con el carácter del impuesto
ordinario y permanente en el año 1842, fecha desde lo cual se viene aplicando
hasta la actualidad. En los estados de Norteamérica fue establecida en forma
transitoria durante la guerra de secesión siendo declarado posteriormente
anticonstitucional, reiniciándose su aplicación recién en el año 1913. Los
diferentes países han ido adoptando poco a poco a este sistema, así Italia lo
30
implanto en 1864, Rusia a inicios de siglo XX, Alemania en 1920, Francia en
1914, Brasil 1923, y Chile en 1924, en México se aplicó este sistema en forma
rudimentaria en el siglo pasado, implantándose en forma científica en 1921,
con el régimen cedular por el concejo del técnico norteamericano Chandler.
El origen del impuesto sobre la renta en el Perú tiene gran similitud con su
implantación en México, así en la constitución del año 1839 8Art. 168) ya se
hablaba de contribuciones directas y indirectas, lo que indicaba un gran avance
de nuestro país en materia tributaria, posteriormente se establecía
propiamente un impuesto sobre la renta por el decreto supremo del 12 de
mayo de 1852 dado por el presidente José Roffino Echenique, el cual
reglamentaba el impuesto patente o como se denominaba en aquella época ,
la contribución de patentes establecida en 1825, este decreto Art. 1 grava con
la tasa de 45% anual de la utilidad de la industria. Reglamentaba la aplicación
del impuesto denominado patente el cual existía en algunos lugares sin estar
regulado ordenadamente. Castilla masa adelante crea la ´´contribución a la
renta predial ´´ en 1855, luego aparece la ´´contribución sobre renta al capital
movible´´ en 1879 y de allí en adelante se va creando diferentes tipos de
imposición sobre la renta, pero si que existiera un criterio orgánico de
imposición. en el año 1934 se dio la ley 7904 que entro en vigencia en el año
1936 y que establecía en una forma científica y orgánica la imposición sobre la
renta en el Perú la cual ha continuada aplicándose en el Perú a través de
diversas normas legales asta fecha.
31
Los impuestos a la renta, como vemos son de época relativamente reciente y
la expresión máxima del desarrollo de la ciencia tributaria.
En el Perú, el impuesto a la renta se encuentra regulado por el decreto
legislativo N774, publicado el 31/12/1993, el texto único ordinado fue aprobado
por el supremo N 054-99EF (14/04/19999, con sus leyes modificatorias e
interpretativas.
En esta forma hemos apreciado poco apoco la humanidad en general ha ido
progresando y analizando los diferentes sistemas tributarios, análisis que ha
llevado a encontrar el sistema de imposición sobre la renta y en los tiempos
actuales es considerado el más perfecto.
CONCEPTO DE RENTA
´´ Según el diccionario de la lengua, significa la utilidad o beneficio qu8e rinde
anualmente una cosa. En esta definición tan simple del concepto de renta
encontramos dos elementos que son los que determinan su carácter. En primer
lugar es esencial al concepto de renta el que exista un bien que rinda utilidades
y beneficios. El bien productivo de la renta se denominaba fuente. Toda renta
tiene fuente y las diferentes categorías de rentas corresponden diferentes
categorías de fuentes.
(BARRIOS OBREGOZO. Raúl. OP.CIT. pag.61)
32
El segundo elemento que encontramos en el concepto de renta es de la
periodicidad. Para que exista renta debe existir un periodo de tiempo
determinado dentro del cual se produzcan los frutos o beneficios que
constituyan la renta.
En esta forma son impuestos a la renta aquellos que gravan todos los frutos o
beneficios percibidos por un sujeto proveniente de un patrimonio, y producidos
durante un periodo determinado.
Según nuestra legislación tributaria ´´ el impuesto a la renta grava:
a). las rentas que gravan el capital , del trabajo, y de la aplicación conjunta de
ambas factores, entendiéndose como tales a aquellas que provengan de una
fuente durable y susceptible de generar ingresos periódicos.
b). las ganancias y beneficios considerados en los artículos siguientes de este
capítulo. (Articulo1 del decreto legislativo Nro774 LEY DEL IMPUESTO A
LA RENTA publicado el 31/12/93)
CARACTIRISTICAS DEL IMPUESTO A LA RENTA
´´ En el impuesto a la renta se considera que hay enriquecimiento, para que
puede ser considerado renta debe tener las siguientes características´´.
a). Debe ser una riqueza nueva. Entre el enriquecimiento ya la energía o fuente
productiva.
33
b) Debe haber una relación de causa efecto entre el enriquecimiento ya la
energía o fuente productiva.
c) Debe haber una posibilidad de una sucesiva producción de riquezas
similares de la misma fuente. (GARCIA M. JUAN.´´ Manual del impuesto a la
renta)
MARCO LEGAL DE LAS RENTAS DE PRIMERA CATEGORIA
Son las siguientes:
DE LA RENTA BRUTA
La renta bruta está constituida por el conjunto de ingresos afectos al impuesto
que se obtenga en el ejercicio gravable.
Para los efectos del impuesto, las rentas afectas de fuente peruana se califican
en las siguientes categorías:
a. PRIMERA: Rentas producidas por el arrendamiento, subarrendamiento y
cesión de bienes.
b. SEGUNDA: rentas de otros capitales.
c. TERCERA: rentas del comercio, la industria y otras expresamente
consideradas por loa ley.
d. CUARTA: rentas de trabajo independiente.
e. QUINTA. Rentas del trabajo en relación de dependencia, y otras rentas del
trabajo independiente expresamente señaladas por la ley.
34
RENTAS DE PRIMERA CATEGORIA
a). el producto en efectivo o en especie del arrendamiento o subarrendamiento
de predios , incluidos sus accesorios , así como el importe pactado de los servicios
suministrados por el locador y el monto de los tributos que tome a su cargo el
arrendatario y que legalmente corresponde al locador.
En caso de predios amoblados se considera como renta de esta categoría, el
integro de la merced conductiva.
En caso de arrendamiento de predios amoblados o no, para efectos fiscales, se
presume de pleno derecho que la merced conductiva no podrá ser inferior al seis
por ciento (6%) del valor del predio, salvo que no sea posible por aplicación de
leyes específicas sobre el arrendamiento, o que se trate de predios arrendados al
sector público nacional o arrendados a museos, bibliotecas o zoológicos.
Se entiende por el valor del predio y de auto avalúo declarado conforme a lo
establecido a la ley del impuesto predial-D leg. 776 (número 1 del inciso a) del
artículo 13 del reglamento).
La presunción establecida en el párrafo precedente, también es de aplicación para
las personas jurídicas y empresas a que se hace mención en el inciso e) del
artículo 28 del D leg. 774.
35
Tratándose de subarrendamiento, la renta bruta está constituida por la diferencia
entre el merced conductiva que se abone al arrendatario y la que esta debe
abonar al propietario.
Tratándose de rentas en especie, se considera el valor del mercado en la que se
devengue dicha renta (numeral 6 del inciso a) articulo 13 del reglamento).
b) las producidas por la locación o cesión temporal de derechos y bienes muebles
o inmuebles, no comprendidos en el literal anterior.
Asimismo, se presume sin admitir prueba en contrato que la cesión de bienes
muebles cuya depreciación o amortización admite la presente ley , efectuada por
personas naturales a título gratuito, a precio no determinado o a un precio inferior
al de las costumbres de la plaza; a los contribuyentes generadores de rentas de
tercera categoría o a los entidades comprendidas en el último párrafo del artículo
14 de la presente ley , genera una renta bruta anual no menor al ocho por ciento
(8%)del valor de la adquisición de los referidos bienes.
En caso de no contar con documentos probatorios se tomara como referencia el
valor de mercado.
La presunción no opera para el cedente que sea parte integrante de las entidades
a las que se refiere el último párrafo del artículo 14 de la ley. Tampoco procederá
la aplicación de la renta presunta en el caso de cesión a favor del sector público
nacional, a que se refiere el inciso a) del artículo 18 de la ley.
36
Se presume que lo bienes muebles han sido cedidos por todo el ejercicio
gravable, la renta presunta se calculara en forma proporcional al número de
meses del ejercicio por los cuales se hubiera cedido el bien.
c) el valor de las mejoras introducidas en el bien por el arrendatario o
subarrendatario, en tanto constituyan un beneficio para el propietario y en parte
que este no se encuentre obligado a rembolsar.
Las mejoras se computan como una renta gravable del propietario, en el ejercicio
en que se devuelva el bien y el valor determinado para el pago de tributos
municipales, o a falta de este, al valor de mercado, a la fecha de devolución.
d) la renta ficta de predios cuya ocupación han cedido sus propietarios
gratuitamente o a precio determinado.
La renta ficta será el seis por ciento (6%) del valor del predio declarado en el auto
avaluó correspondiente al impuesto predial.
La presunción establecida en el párrafo precedente, también es de aplicación
para las personas jurídicas y empresas a que se hace mención en el inciso e) del
artículo 28 de la presente ley, respecto de predios cuya ocupación hayan cedido a
un tercero gratuitamente o a predio no determinado. Se presume que los predios
han estado ocupados durante todo el ejercicio gravable, salvo demostración en
contrario a cargo del locador, de acuerdo a lo que se establezca el reglamento.
37
Para efecto de lo dispuesto en el párrafo anterior, se deberá tener en cuenta lo
siguiente: el periodo de desocupación de los predios se acredita con la
disminución en el consumo de los servicios de energía eléctrica y agua o con
cualquier otro medio probatorio que se estime suficiente a criterio de la SUNAT.
El estado ruidoso se acredita con la resolución municipal que así lo declare o con
cualquier otro medio probatorio que se estime suficiente a criterio de la SUNAT.
Salvo prueba en contrario, se entenderá que existe cesión gratuita o a precio no
determinado de predios o bienes muebles, cuando se encuentren ocupados o en
posesión de persona distinta al propietario, según sea el caso; siempre que no se
trate de arrendamiento o subarrendamiento. En el caso de predios respecto del
cual exista copropiedad, no será de aplicación la renta presunta cuando uno de los
copropietarios ocupe el bien.
Se presume que la sesión indicada del párrafo precedente se realiza por el total
del bien, siendo del cargo del contribuyente la probanza de que la misma se ha
realizado de manera parcial, en cuyo caso la renta ficta se determinara en forma
proporcional a la parte cedida. Dicha proporción será expresada con cuatro (4)
decimales.
DE LA RENTA NETA DE PRIMERA CATEGORIA (Art. 35 de la ley y Art. 29 del
reglamento)
38
para establecer la renta neta de la primera categoría, se deducirá por todo
concepto el veinte por ciento (20%) del total de la renta bruta.
Las perdidas extraordinarias sufridas por caso fortuito o fuerza mayor en los
bienes generadores de renta de esta categoría que no hayan sido cubiertas por
indemnizaciones o seguros, podrán compensarse con la renta neta global.
(Segundo párrafo del artículo 35 de la ley)
Solo podrá compensarse con la renta neta global. La pérdida extraordinaria por
caso fortuito o fuerza mayor proveniente de bienes arrendados a que se refiere en
artículo 23 de la ley.
La pérdida se determinara según el valor asignado al bien para efecto del pago del
tributo municipal. A falta de este si tomara el valor de mercado (inciso b) del
artículo 29 del reglamento).
TASA DEL IMPUESTO (Art. 53 y 54, D. Leg.774)
El impuesto a cargo de las personas naturales, sociedades conyugales, de ser el
caso, y sucesiones indivisas, domiciliadas, se determinara aplicando sobre la renta
neta global anual, la escala progresiva acumulativa siguiente:
Renta neta global tasa
Hasta 27UIT 15%
Por el exceso de 27UIT y hasta 54 UIT 21%
Por el exceso de 54UIT 30%
39
La renta neta global anual comprende las rentas de primera segunda, cuarta y
quinta categoría, además la determina conforme al artículo 51 de la ley.
Las personas naturales y sucesiones indivisas no domiciliadas en el país,
calcularan su impuesto aplicando la tasa de 30por ciento (30%) a las pensiones o
remuneraciones ´por servicios personales cumplidos en el país, regalías y otras
rentas. En caso de rentas por concepto de dividendos y otras formas de
distribución de utilidades que obtengan de las personas jurídicas a que se refiere
el artículo 14 de la ley , el impuesto resulta de aplicar la tasa del cuatro punto uno
por ciento (4.1%) sobre el monto que se distribuya.
2.3 MARCO CONCEPTUAL
A CUENTA: pago parcial, término aplicado al pago de una porción de una
obligación.
ACREEDOR TRIBUTARIO: la entidad jurídica acreedora del tributo activo de la
obligación tributaria, es quien tiene facultad para exigir el pago del tributo o el
complimiento de su obligación.
ACOTACION: calculo fiscal del impuesto mediante la aplicación de la tasa
correspondiente a la base imponible. En el código tributario actual se utiliza el
término genérico ´´determinación´´ para referirse tanto a la autoliquidación
realizada por el contribuyente, como para la liquidación llevada a cabo por la
40
administración tributaria en ejercicio de sus facultades de recaudación y
fiscalización.
ARRENDAMIENTO: Existe diversos tipos de arrendamiento según el objeto de,
mismo: bienes, de obras o de servicios. En el arrendamiento de bienes, una de las
partes (arrendador) se obliga a dar a la otra (arrendatario) el goce o uso de bien
por tiempo determinando y precio cierto. En el arrendamiento en obras o servicios,
una de las partes (arrendador) se obliga a ejecutar una obra o a prestar a la otra
(arrendatario) un servicio por precio cierto.
ARRENDADARIO: El usuario del equipo arrendado al arrendatario o usuario.
ARRENDADOR: El propietario del equipo arrendado al arrendatario o usuario.
2.4 HIPOTESIS
Después de identificar, justificar, mencionar limitaciones y plantear los objetivos
del problema de investigación, vamos a plantear a manera de posibles respuestas
un conjunto de proposiciones, que en alguna forma pretenden dar solución a los
problemas planteadas materia de investigación.
41
2.4.1 HIPOTESIS GENERAL
En la actualidad no se conoce las modalidades de locación de locales
comerciales, por lo tanto no se conoce los niveles de evasión tributaria del
impuesto a la renta de primera categoría.
2.4.2 EPOTESIS ESPECÍFICAS
1. En la avenida floral de la ciudad de puno no se han estudiado las formas de
locación de los locales para la actividad comercial.
2. Es posible que en la locación de locales comerciales gran cantidad de ellos
no se ajustan a la legislación vigente.
3. La evasión tributaria por las rentas de primera categoría en el alquiler de
locales comerciales probablemente sea muy alta.
2.5 VARIABLES
2.5.1 VARIABLES PARA LA HIPOTESIS GENERAL
VARIABLE INDEPENDIENTE
Locación de inmuebles para la actividad comercial
VARIABLE DEPENDIENTE
Modalidades de locación utilizadas..
2.5.2VARIABLES PARA LAS EPOTESIS ESPECÍFICAS
VARIABLES PARA LA PRIMERA HIPOTESIS ESPECÍFICA
VARIUABLE INDEPENDIENTE
42
Alquiler de locales comerciales
VARIABLE DEPENDIENTE
Modalidades de alquiler de locales para la actividad comercial
2.5.3 VARIABLES PARA LA SEGUNDA HEPOTESIS ESPECÍFICA
VARIABLE INDEPENDIENTE
Legislación referente a locación de locales comerciales.
VARIABLE DEPENDIENTE
Observación de la legislación en la contratación de locales comerciales.
2.5.4 VARIABLE PARA LA TERCERA HIPOTESIS ESPECÍFICA:
VARIABLE INDEPENDIENTE
Evasión tributaria de rentas de primera categoría.
VARIABLE DEPENDIENTE
Niveles de recaudación por rentas de primera categoría.
43
CAPITULO III
METODOLOGIA DE INVESTIGACION Y AMBITO DE ESTUDIO
3.1 METODO.
Durante el desarrollo del presente trabajo se hará uso de las siguientes
métodos que a continuación se indican.
3.1.1 Método inductivo:
Usamos parte de casos particulares para a conclusiones generales.
Es el procedimiento de revisar la documentación por el sistema estadístico
tomando muestras de una gran cantidad llamado universo, para luego ser
demostrado en cuadros y gráficos.
Este método será utilizada en el desarrollo del proyecto para el logro de
nuestros objetivos.
3.1.2 Método deductivo:
El estudio parte de lo general a lo particular.
En el presente trabajo de investigación este método será utilizado para la
comprobación de nuestras hipótesis.
3.1.4 Método analítico y descriptivo:
Es un método de investigación científica que nos ayuda y facilita el
complemento a nuestros objetivos de estudio.
44
Nos describe la situación del estudio, tomándose conocimiento delos
problemas a tratar, y luego hacer un análisis de cada uno de los
planteamientos y tramos realizados en la investigación.
3.2 POBLACION Y MUESTRA
3.2.1 POBLACION
La población constituye todos los contribuyentes (arrendatarios), En nuestro caso
vamos a tener como población a todos los locales comerciales de la avenida
floral de la ciudad de puno.
3.2.2 MUESTRA.-
Nuestra muestra se llevar de acuerdo al área comercial de un sector de la
población en nuestro caso de estudio se realizara de acuerdo al plano catastral de
la ciudad puno en el sector 13 que consta de 59 manzanas de las cuales
tomaremos como muestra, Jr. lima, Jr. Arequipa y Jr. Tacna de la ciudad de puno,
refiriéndose solo a los locales comerciales de los bienes inmuebles, de estas se
tomara un 30% de todos los locales comerciales de estos jirones.
3.3 RECOPILACION DE DATOS
En una investigación social, la recopilación de datos se refiere al ´proceso de
obtención de información empírica que permita variación de variables en las
unidades de los análisis, a fin de obtener los datos necesarios para el estudio del
problema.
La técnica que se va utilizar en esta investigación es la de encuesta para reflejar
directamente los puntos a los que nos encontramos avocados con preguntas
directas y alternativas cerradas en una pregunta abierta en otros casos.
45
3.4 ANALISIS Y PROCESAMIENTO DE DATOS
El desarrollo del presente trabajo comprende el estudio analítico de los factores
que determinan la evasión en rentas de primera categoría, y su influencia en la
recaudación de fisco y su comportamiento utilizando el procedimiento siguiente
Clasificación de datos
Codificación delos datos.
Tabulación de los datos recogidos.
Elaboración de cuadros, gráficos, etc.
Análisis e interpretación de os datos.
46
CAPITULO IV
CARACTERISTICAS DEL AREA DE INVESTIGACION
El presente trabajo de investigación se realizó en la ciudad de puno capital
del departamento.
La provincia de puno está dentro de los 13 provincias del departamento.
Limita por el norte con la provincia de san Román Juliaca, por el sur
provincia del collao, por el este con lago Titicaca y por oeste con distrito de
tiquillaca.
La ciudad de puno ubicada a orillas del lago Titicaca y sobre los 3825
msnm, en la zona sur oriental del peru con un área de 71,999Km2 posee un
clima frio y seme seco con una temperatura promedio anual de 9°C Y 3°C
durante el invierno, con una población de 1135,000 habitantes en el
departamento y su capital, la ciudad de puno, tiene 100.168 habitantes , la
región puno cuenta con 13 provincias y 108 distritos , la mayoría de sus
ciudades están situadas en la zonas altas de la sierra. Los límites de la
región puno se puede distinguir de la siguiente manera
Norte: con madre de dios
Sur : con Tacna
Este: con Bolivia
Oeste: con cusco, Arequipa Moquegua.
El trabajo de investigación se encuentra íntimamente relacionada con:
47
La superintendencia nacional de administración tributaria, de acuerdo a su ley de
creación N°24829 aprobada por el decreto legislativo N° 501, es una institución
pública descentralizada del sector economía y finanzas, dotada de personería
jurídica de decreto público,
48
CAPITULO V
EXPOSICION Y ANALISIS DE LOS RESULTADOS
A continuación hacemos un análisis detallado de los resultados que nos arrojaron
las guías de encuesta- entrevistas pregunta por pregunta para de esta manera
establecer los resultados.
Se ha calculado nuestra población de estudio en 208 personas con las cuales
trabajaremos y posteriormente haremos las proyecciones correspondientes para
calcular la evasión total de los arrendadores de la ciudad de puno.
5.1 CONOCER LAS MODALIDADES DE ALQUILER UTILIZADOS EN LA
LOCACION DE LOCALES COMERCIALES EN LA CIUDAD DE PUNO
Para alcanzar el objetivo específico N 01, se refiere a conocer las modalidades de
alquiler utilizados en la locación de locales comerciales en la ciudad de puno en
las rentas de categoría, empleándose como técnicas de recolección de datos una
49
entrevista encuesta, que se muestra en anexos del presente trabajo de
investigación.
Pero; antes existe una modalidad legal que es la de inscribir contratos de alquiler
en registros públicos , lógicamente esta inscripción corre por cuenta del inquilino
(arrendatario), y que los alquileres que se inscriben en registros públicos
corresponden a locales comerciales y, en menor medida, a familias que rentan
una casa de grandes dimensiones.
Y si se trata de un local comercial, se recomienda averiguar previamente si está
permitido realizar tal o cual negocio en el local elegido, para lo cual se debe sacar
un permiso en la municipalidad, por ejemplo cerca de un grifo no se van a vender
artículos pirotécnicos. Por ente tenemos que las personas que fueron encuestados
no tienen conocimiento de la ubicación de la realización de sus actividades
comerciales y el riesgo que se puedan tener.
En pocas palabras, la inscripción del alquiler en registros públicos es una de
seguridad que puede utilizar la persona que toma el inmueble en alquiler. De esta
manera evita que un propietario malicioso intente vender el inmueble que el
inquilino habita y por el cual podría haber pagado varios meses de renta. es decir ,
vale la pena inscribir el inmueble si usted pacta con el propietario (por medio de un
contrato) permanecer ahí algunos años y si el alquiler es elevado.
50
La entrevista – encuesta consistió en la formulación de preguntas a los
arrendatarios en un total de 208 sujetos de investigación, siendo el 100% de los
locales para uso comercial que conforman parte de la realización de este trabajo.
Pasaremos al análisis de encuestas realizado a los arrendatarios de los
inmuebles.
PREGUNTA N° 01
¿Hace cuando tiempo vive en calidad de inquilino?
CUADRO N 01
ALTERNATIVA MUESTRA PORCENTAJE
2007 51 24.52
2008 58 27.88
2009 53 25.48
2010 46 22.12
Total 208 100.00
51
2007 2008 2009 2010 total
MUESTRA 51 58 53 46 208
PORCENTAJE 24.52 27.88 25.48 22.12 100
25
75
125
175
225
275
325ARRENDADARIO DESTE ?
Esta pregunta sirvió para saber el tiempo de ocupación de local comercial y los
años que el arrendador dejo de construir con el erario público. Donde el resultado
nos da que desde el año 2007 un total de 24.52% mantiene su local comercial en
calidad de arrendatario; desde el año 2008 están como inquilinos el 27.88%;
desde el 2009 están como inquilino el 25.48%; y por ultimo recién como
arrendatario desde 2010 se tiene al 22.12% de encuestados.
Este resultado solo es una estimación puesto que mucho de los locales
comerciales ya funcionaban con anterioridad con diferentes inquilinos, sin
conocerse la modalidad de alquiler que se utilizó para la locación de local
comercial alegando todos los inquilinos tener un contrato simple de arrendamiento.
52
PREGUNTA N°02 ¿le expiden recibo de arrendamiento?
¿LE EXPIDEN RECIBO DE ARRENDAMIENTO?
CUADRO N°02
ALTERNATIVA MUESTRA PORCENTAJE
SI 158 75.96
NO 50 24.04
TOTAL 208 100.00
GRAFICO N°02
¿LE EXPIDEN RECIBO DE ARRENDAMIENTO?
76%
24%
LE EXPIDEN RECIBO DE ARREN-DAMIENTO
SINO
53
En nuestro recuadro podemos observar un alto incumplimiento de la entrega de
recibos de arrendamiento o en su similar la constancia de pago.
Podemos indicar que un 24.04% de los encuestados no se les entrega el recibo de
arrendamiento o es como el caso de la respectiva boleta de pago, sin embargo el
75.96%, se recibe la constancia de pago por el impuesto de arrendamiento y
también un recibo manual el cual no tiene efectos tributarios.
PREGUNTA N°03 ¿se le expiden recibo de arrendamiento, este es: ?
¿SE LE EXPIDEN RECIBO DE ARRENDAMIENTO, ESTE ES?
CUADRO N°03
ALTERNATIVA MUESTRA PORCENTAJE
CONSTANCIA DE PAGO 101 48.56
MANUAL 57 27.40
NINGUNO 50 24.04
TOTAL 208 100.00
GRAFICO N°03
54
CLASES DE RECIBOS
constancia de pago manual ninguno0
20
40
60
80
100
120
101
575048.56
27.4 24.04
Bueno tenemos en nuestro resultado de la encuesta que los que reciben
comprobante de pago , están también los que reciben los recibos manuales que
no sirven para el computo de la declaración de la renta y por lo tanto no tributan;
pero dentro de estos que no reciben las constancias de pago del formulario 1683
sucede que la retienen en algunos casos los arrendadores.
Bueno los resultados nos muestran que un 48.56% de los encuestados se recibe
la constancia de pago de arrendamiento firmada por el arrendador, lo cual refleja
un nivel de educación y conciencia tributaria; y luego tenemos que de los
55
arrendadores, el cual no tiene un valor legal ni tributario porque es un recibo
simple; y el otro 24.04% no recibe ningún documento que le garantice su situación
como arrendatario . Lo único que encontramos aquí es confirmar nuestro hipótesis
de estudio, demostrándonos que la evasión tributaria es proliferante y la
recaudación y presión tributaria es ineficaz, desconociéndose las modalidades de
locación de los locales comerciales y desconociéndose los niveles de evasión
tributaria.
PREGUNTA N°04 ¿Tuvo Ud. Visitas por parte de SUNAT?
CUADRO N°04
¿TUVO UD. VISITAS POR PARTE DE SUNAT?
ALTERNATIVA MUESTRA PORCENTAJE
SI 55 26.44
ALGUNA VEZ 78 37.50
NUNCA 75 36.06
TOTAL 208 100.00
56
GRAFICO N°04
¿TUVO VISITAS POR PARTE DE SUNAT?
SI ALGUNA VEZ NUNCA
Series1 55 78 75
5
15
25
35
45
55
65
75
85
TUVO VISITAS DE SUNAT
Axis Title
Mediante este pregunta tenemos que la administración tributaria solo se basa en
ir a controlar las arterias principales que son de ardua actividad comercial, dejando
de lado los sectores aledaños o que están junto a las arterias principales , de esta
forma nos damos cuenta que no se tiene un estudio adecuado sobre las formas de
ubicación y menos de locación de locales comerciales por parte de la
administración tributaria y que nos ayuda definir de alguna manera bajo el control
de recaudación y alto nivel de evasión de parte de los algunos ciudadanos,
entendiendo que en la ciudad non hay una modalidad de alquiler que se utiliza en
la locación de locales comerciales, y todo se realiza de manera informal por parte
de los arrendatarios por falta de orientación tributaria.
57
Así tenemos entonces que 36.06% nunca tuvo la visita por parte de la
administración tributaria, por lo que de la misma manera realizan sus actividades
de la manera informal y de muy pobre conciencia tributaria; el otro factor es de
37.50% de los encuestados indica haber tenido la visita de la SUNAT pero de casi
nula algo que no nes tomada de manera considerada debido a la falta de la
orientación tributaria; sin embargo y tenemos el 26.44% de los que se contribuyen
que no reconoce el accionar de la superintendencia nacional de la administración
tributaria y que está consciente con sus obligaciones tributarias .
5.2 ESTIMAR LA CANTIDAD DE LOCALES COMERCIALES QUE SON
ALQUILADOS CON AREGLO A LA LEGISLACION VIGENTE.
Para alcanzar el objetivo específico número 2, y estimar la cantidad de locales
comerciales que son alquiladas con arreglo a la legislación vigente para la ciudad
de puno, se ha empleado la información recopilado con el anexo número 2 de
nuestra entrevista – encuesta.
La muestra estuvo definida en 208 arrendadores a quienes se le aplico entrevista.
Encuesta , cuyo objetivo fue identificar los factores que non se ajustan a la
legislación vigente a los contribuyentes de la renta de primera categoría de la
ciudad de puno.
PRENGUNTA N°01 ¿tiene Ud. Su número de RUC otorgado por SUNAT?
58
CUADRO N°01
¿TIENE UD. NUMEERO DE RUC OTORGADO POR SUNAT?
ALTERNATIVA ENCUESTA PORCENTAJE
SI 180 86.84
NO 28 13.16
TOTAL 208 100.00
GRAFICO N°05
¿TIENE NUMERO DE RUC?
180
28
SINO
Como podemos observar un condondente de 86.84% de los encuestados indica
que se tiene un numero de RUC otorgado por la SUNAT, lo cual quiere decir q
que este 180 encuestados se están registrados como contribuyentes dentro de ola
SUNAT cumplen de alguna manera con la obligación tributaria; mientras que
59
13.16% indica que no esta inscrita dentro de los contribuyentes, y que con este se
sabe que estos 28 encuestados no están reconocidos dentro de lan administración
tributaria.
PREGUNTA N°02 ¿conoce sus obligaciones tributarios?
CUADRO N°06
¿CONOCE SUS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS?
ALTERNATIVAS MUESTRA PORCENTAJES
SI 126 60.58
NO 82 30.42
TOTAL 208 100.00
60
GRAFICO N°06
¿CONOCE SUS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS?
126
82
SINO
Encontramos que un 60.58%, es decir 126 de los encuestados conocen y/o
saben de sus obligaciones tributarias y están conscientes de sus aportaciones
periódicas con el estado mediante los pagos de sus impuestos; mientras 30.42%
desconoce o simplemente no esta al tanto de sus obligaciones tributarias.
PREGUNTA N°03 ¿Quiénes cree Ud. Que deben pagar impuesto?
CUADRO N°07¿QUIENES CREE UD. QUE DEBEN PAGAR IMPUESTO?
ALTERNATIVAS MUESTRA PORCENTAJE
Todas las que tienen ingresos 115 55.29
Solo los pudientes 28 13.46
Los que tienen negocio y trabajo 65 31.25
Nadie 0 0.00
61
TOTAL 100.00
GRAFICO N°07
¿QUIENES CREE UD. QUE DEBEN PAGAR IMPUESTOS?
115
28
65
Todas las que tienen in-gresosSolo los pudientesLos que tienen negocio y trabajoNadie
Podemos ver en el cuadro el 55.29% de nuestros encuestados piensan que las
personas que tienen ingresos son quienes deben pagar impuestos, mientras que
13.46% de los encuestados manifiestan que solo las personas pudientes deberían
pagar los impuestos; y que el 31.25% piensan que los impuestos deben ser solo
para aquellas personas que realizan algún tipo de negocios y que tienen trabajo
deben pagar impuestos.
62
Mediante este interrogante se puede determinar que 52.29% de arrendadores
entrevistados, manifiestan tener consciencia tributaria, mientras que el 47.71% de
los encuestados no demuestran tenerlo, siendo una situación preocupante para la
administración tributaria.
PREGUNTA N°04 ¿Cumple con presenta sus declaraciones periódicamente?
CUADRO N°08
¿CUMPLE CON PRESENTAR SUS DECLARACIONES PERIODICAMENTE?
ALTERNATIVAS MUESTRA PORCENTAJE
SI 166 79.81
NO 42 20.19
TOTAL 208 100.00
GRAFICO N°08
¿CUMPLE CON PRESENTAR SUS DECLARACIONES PERIODICAMENTE¡
63
166
42
SINO
Como se ve en el grafico el 79.81%de los encuestados presentan sus
declaraciones periódicamente según lo que establece la administración tributaria,
esto quiere decir 166 personas cumplen adecuadamente con la administración
tributaria y que 20.19% no cumple con dichas declaraciones o admite estar
incumpliendo con sus obligaciones tributarias. Este resultado refleja el nivel de
consciencia tributaria, y el complimiento con los impuestos tributarios.
PREGUNTA N°05 ¿usted cede gratuitamente algún local comercial en su
vivienda?
CUADRO N°09
¿UD. CEDE GRATUITAMENTE ALGUN LOCAL COMERCIAL EN SU
VIVIENDA?
ALTERNATIVAS MUESTRA PORCENTAJE
64
SI 23 11.06
NO 185 88.94
TOTAL 208 100.00
GRAFICO N|09
¿UD. CEDE GRATUITAMENTE ALGUN LOCAL COMERCIAL EN SU
VIVIENDA?
23
185
SINO
En este caso un11.06% de los encuestados cede gratuitamente algún local
comercial en su vivienda, donde no cobran alquileres sobre esos locales cedidos
por tratarse de familiares en su mayoría, y que no tienen conocimiento de pago de
65
impuesto, y que el 88.94% de los encuestados ósea 185 arrendadores no ceden
gratuitamente algún local comercial.
PREGUNTA N°06 ¿Paga Ud. El impuesto correspondiente por ceder
gratuitamente algún local comercial ?
CUADRO N°10
¿PAGA UD. EL IMPUESTO CORRESPONDIENTE POR CEDER
GRATUITAMENTE ALGUN LOCAL COMERCIAL?
ALTERNATIVAS MUESTRA PORCENTAJE
SI 8 34.78
NO 15 65.22
TOTAL 23 100.00
66
GRAFICON°10
8
15
SINO
Entre las personas que ceden gratuitamente las locales comerciales solo
un34.78% declara y paga lo que es una renta ficta, más bien en algunos casos se
detectó que se alquilaba pero para pagar menos se declaraba en sesión gratuita.
Más bien tenemos un 65.22% que indican ceder gratuitamente pero no declaran
dicha sección por desconocimiento y por no querer realizar el pago respectivo del
impuesto.
67
PREGUNTA N°07 ¿la tasa del impuesto a la renta de primera categoría le
parece?
CUADRO N°11
¿LA TASA DEL IMPUESTO A LA RENTA DE PRIMERA CATEGORIA LE
PARECE?
ALTERNATIVAS MUESTRA PORCENTAJE
EXESIVA 189 90.87
ADECUADA 19 9.13
INSUFECIENTE 0 00.00
TOTAL 208 100.00
Como podemos observar en el recuadro, tenemos un 90.87% a quienes les
parece que la tasa del impuesto le parece excesiva algo abusiva para con sus
contribuciones, y en un9.13% marcan que la presión fiscal esta adecuada a sus
niveles de contribución.
68
PREGUNTA N° 08 ¿recibe asesoramiento tributario?
CUADRO N°12
¿RECIBE ASESORAMIENTO TRIBUTARIO?
ALTERNATIVAS MUESTRA PORCENTAJE
SIEMPRE 30 14.42
CUANDO LO REQUIERE 52 25
NUNCA 126 60.58
TOTAL 208 100.00
GRAFICO N°12
30
52
126
SIEMPRE
CUANDO LO REQUIERE
NUNCA
En nuestro cuadro tenemos que un 60.58% nunca han recibido asesoramiento
tributario, indicándonos que los arrendadores en su gran mayoría no reciben
ningún tipo de asesoramiento tributario que les permitan cumplir con sus
69
obligaciones tributarios. En segundo lugar tenemos un 25.%de os encuestados
indican que reciben asesoramiento tributario solo cuando el caso lo requiere,
indicándonos que se tiene un consciencia tributario de la no evasión de
oblegaciones tributarios, mientras que un 14.42% indica que siempre recibe
asesoramiento tributario, en conclusiones en gran porcentaje de arrendadores al
no tener asesoramiento tributario su nivel de evasión es alta.
PREGUNTA N°09 ¿en caso de haber contestado las alternativas a) o b), quien le
asesora directamente?
CUADRO N° 13
¿EN CASO DE HABER CONTESTADO LAS ALTERNATIVAS A) O B), QUIEN
LE ASESORA DIRECTAMENTE?
ALTERNATIVAS MUESTRA PORCENTAJE
CONTADOR 26 12.50
SUNAT 52 25.00
OTRO PROFESIONAL 04 01.92
NO ES ASESORADO 126 60.58
TOTAL 208 100.00
70
GRAFICO N° 13
26
52
4
126
CONTADORSUNATOTRO PROFESIONALNO ES ASESORADO
En nuestro cuadro podemos apreciar que un 12.505 de los encuestados reciben
asesoramiento tributario por parte de un contador; y un 25% indica que recibe
asesoramiento tributario por parte de la SUNAT; y otro 1.92% indica que recibe
asesoramiento por parte de otras profesionales como abogados y/o economistas;
pero , sin embargo un buen porcentaje de los contribuyentes que son en materia
de 60.58% no reciben asesoramiento alguno o simplemente se deja llevar por los
tramitadores informales que realizan declaraciones sin tener autorización del caso.
Luego de precisar los datos, podemos decir que la administración tributaria
cumple un rol fundamental en la tarea de brindar el asesoramiento tributario a los
contribuyentes, y en segundo lugar podemos precisar que el contador como
profesional conocedor del campo tributario, asume una gran responsabilidad de
orientación para que los contribuyentes cumplan con sus obligaciones tributarias.
71
PREGUNTA N°10 ¿Cuál cree son las causas por lo que el contribuyente tributario
no realiza sus pagos de impuesto a la renta de primera categoría?
CUADRO N°14
¿CUÁL CREE SON LAS CAUSAS POR LO QUE EL CONTRIBUYENTE
TRIBUTARIO NO REALIZA SUS PAGOS DE IMPUESTO A LA RENTA DE
PRIMERA CATEGORÍA?
ALTERNATIVAS MUESTRA PORCENTAJE
Desconocimiento 98 47.12
Es muy elevado 28 13.46
Alta de dinero 42 20.19
No recibe atencion necesaria 40 19.23
TOTAL 208 100.00
GRAFICO N°14
72
98
28
42
40
DesconocimientoEs muy elevadoAlta de dineroNo recibe atencion necesaria
EN NUESTRO CUADRO OBSERVAMOS LAS CAUSSAS PREPODERANTES
PARA la evasión de las obligaciones tributarias de parte de los contribuyentes el
primer lugar tenemos primer alternativa como la mas relevante dentro de las
demás que es el desconocimiento de la existencia del impuesto a la renta de
primera categoría que en un 47.12% de los arrendadores desconoce debido a la
falta de difusión por parte de la administración tributaria con respecto a esta renta ,
en segunda mansión tenemos en un20.19% que indica no contribuir por falta de
dinero por la recesión económica que atraviesa nuestro país, el tercer factor con
un19.23% nos indica que no reciben la atención necesaria del caso dentro de la
orientación de la administración tributaria o evitar el pago de las consultas
contables , el cuarta causa nos muestra que un 13.46% no dispone de tiempo para
poder efectuar el pago de impuesto.
73
PREGUNTA N°11 ¿Cree usted que la SUNAT asesora y orienta adecuadamente a
los contribuyentes?
CUADRO N°15
¿CREE USTED QUE LA SUNTA ASESORA Y ORIENTA ADECUADAMENTE A
LOS CONTRIBUYENTES?
ALTERNATIVAS MUESTRA PORCENTAJE
SI 57 27.40
NO 151 72.60
TOTAL 208 100.00
GRAFICO N°15
57
151
SINO
Dentro de este sondeo observamos claramente la opinión de los encuestados
donde un condondente 72.60% de los contribuyentes manifiestan que la SUNAT
74
no asesora adecuadamente a los arrendadores o contribuyentes por lo que
deducimos el desconocimiento de la obligación del pago del impuesto a la renta de
primera categoría mientras que un 27.40% manifiestan de que la SUNAT cumple
con asesorar adecuadamente a los contribuyentes en lo que es orientación , y
demás consultas de aspecto tributarios y los requerimientos que exigen los
contribuyentes.
PREGUNTA N°12 ¿si tuviera información adecuada cumpliría con sus
obligaciones tributarias?
CUADRO N°16
¿SI TUVIERA INFORMACION ADECUADA COMPLIRIA CON SUS
OBLIGACIONES TRIBUTARIAS?
ALTERNATIVAS MUESTRA PORCENTAJE
SI 165 79.33
NO 43 20.67
TOTAL 208 100.00
GRAFICO N°16
75
165
43
SINO
En este pregunta encontramos un 79.33% de los encuestados y generadores de
rentas de primera categoría se tuvieran información adecuada se cumplirían con
sus obligaciones tributarias, demostramos con esto que tienen ánimos de
regularizar en muchos casos su situación de ilegales al no realizar sus pagos
respectivos, en cambio el restante que son un 20.67%de la población de muestra
en nuestro estudio indica que aun teniendo información adecuada no cumpliría
con sus obligaciones tributarias comprobando de esta forma que no existe
conciencia tributaria dentro de estas personas que solo quieren captar ingresos
para beneficios propios sin importarles la ilegalidad o informalidad .
76
PREGUNTA N°13 ¿Cuál es su ocupación?
CUADRO N°17
¿CUAL ES SU OCUPACION?
ALTERNATIVAS MUESTRA PORCENTAJE
COMERCIANTE 68 32.69
TRABAJADOR INDEPENDIENTE 36 17.31
EMPLEADO 59 28.37
DESEMPLEADO 45 21.63
TOTAL 208 100.00
GRAFICO N° 17
68
3659
45
COMERCIANTETRABAJADOR INDEPEN-DIENTEEMPLEADODESEMPLEADO
Vemos en nuestro cuadro que los arrendadores en su mayoría con un32.69% son
comerciantes ,una ciudad comercial y al mismo tiempo por verse en la necesidad
77
de alquilar sus locales comerciales y por ubicarse en distintas zonas comerciales o
aledañas a la zona de estudio y ,mucho de los cuales son informales en la
actividad comercial ; Lugo tenemos un28.37% de arrendadores us empleados con
un ingreso propio pero el arrendamiento de sus locales comerciales genera un
ingreso adicional para cubrir sus necesidades; seguido tenemos un 21.63% que
son desempleados y que los ingresos de los locales sirven para la mantención de
sus hogares ; y que un 17.31% manifiesta ser trabajador independiente alquila sus
locales apara aumenta sus ingresos adicionales.
5.3 ANALIZAR LOS NIVELES DE EVASION TRIBUTARIA DEL IMPUESTO A
LA RENTA DE PRIMERA CATEGORIADEL IMPUESTO A LA RENTA DE
PRIMERA CATEGORIA EN EL ALQUILER DE LOCALES COMERCIALES EN
LA CIUDAD DE PUNO.
Para alcanzar los objetivos específicos N°03de analizar los niveles de evasión
tributaria del impuesto a la renta de primera categoría, en el alquiler de locales
comerciales en la ciudad de puno , se toma los resultados de los objetivos 01 y 02
donde se ha determinado el alto grado de la evasión tributaria en los arrendadores
de locales comerciales en la ciudad de puno , contribuyentes de primera
categoría , donde también nos resaltan las causas de evasión tributaria. Siendo
estas por desconocimiento y no haber consciencia tributaria de parte de los
arrendatarios al non exigir la consciencia de pago a los arrendadores.
Es en dudable que la falta de consciencia tributaria y el desconocimiento del pago
por rentas de primera categoría , se constituyen dentro de los principales causas
78
que inciden en el incumplimiento de las obligaciones tributarias y por ende la
evasión tributaria, perjudicando la recaudación que efectúa la administración
tributaria.
Según nuestro análisis de los resultados de los objetivos 01 y 02; donde en el
objetivo N°01 nos muestra que no hay consciencia tributaria en más del 50% de
los encuestados al no exigir la constancia de pago del formulario de la SUNAT , y
que la administración tributaria no tiene control en un 76.56% puesto que es más
su fijación en las arterias comerciales principales, que en las zonas ale dañas a
las mismas, lo cual indica que no se conoce la modalidad de alquiler que se utiliza
para la locación de locales comerciales alegando todos los inquilinos tener un
contrato simple de arrendamiento muchas veces solo un contrato manual. Esto
nos exige que se realice un estudio para determinar las modalidades de alquiler de
locales comerciales para poder conocer el tipo de actividad comercial que realizan
los arrendatarios.
Y en el objetivo N°02 nos refleja que en los locales alquilados según el sondeo de
los arrendadores que no tienen un arreglo de acuerdo a la legislación vigente
puesto que no pagan tributos o los evaden incumpliendo con sus obligaciones
tributarias por desconocimiento o dejadez y otros, lo hacen de manera
premeditada.
Y como punto final mejorar la imagen de la SUNAT, connotada este como un
organismo represor a un organismo recaudador, que hace posible el desarrollo
económico y social. Una nueva imagen permitirá crear confianza en los
79
contribuyentes , y existirá mayor concurrencia en las dependencias de la
superintendencia de administración tributaria, es decir, mayor comunicación y
acercamiento de los contribuyentes . la mala imagen que tiene la población de la
SUNAT se debe en muchos casos al poco interés que muestran los funcionarios
en brindar una atención con calidad, porque se recomienda un labor educativa por
parte de la administración tributaria a sus funcionarios , capacitándolos mediante
un modelo de comportamientos y atención amable y oportuna hacia los
contribuyentes.
CUADRO N°18
ANALISIS DE LOS NIVELES DE LA EVSION TRIBUTARIA DEL IMPUESTO
ALA RENTA DE PRIMERA CATEGORIA, EN EL ALQUILER DE LOCALES
COMERCIALES EN LA CIUDAD DE JULIACA
PR
IME
R O
BJE
TIV
O
MO
DA
LID
AD
DE
LO
CA
CIO
N D
E
LO
CA
LE
S C
OM
ER
CIA
LE
S
HACE CUANDO ESARRENDATARIO
2005 25.48
2006 22.12
LE EXPIDEN RECIBO ARRENDAMIENTO
SI 75.96
NO 24.04
TIPO DE RECIBO DE ARRENDAMIENTO
CONSTANCIA DE PAGO
48.56
MANUAL/NINGUNO 51.44
80
RECIBO VISITA DE SUNAT
SI 26.44
ALGUNA VEZ/NUNCA 73.56
SE
GU
ND
O
OB
JET
IVO
LO
CA
LE
S C
OM
ER
CIA
LE
S C
ON
A
RR
EG
LO
LE
GIS
LA
CIO
N V
IGE
NT
E TIENE NUMERO DE RUC
SI 86.84
NO 13.16
CONOCIMIENTO OBLIGACIONES
SI 60.56
NO 30.42
QUINES DEBEN PAGAR IMPUESTO
LOS PUDIENTES 13.46
NEGOCIO Y TRABAJO 31.25
SE
GU
ND
O O
BJE
TIV
O
LO
CA
LE
S C
OM
ER
CIA
LE
S
CO
N A
RR
EG
LO
A L
A
LE
GIS
LA
CIO
N V
IGE
NT
E
CUMPLE CON SUS PAGOS
SI 79.81NO 20.19CEDE GRATUITAMENTE ALGUN LOCAL
SI 11.06NO 88.94PAGA IMPUESTOS POR CEDERGRATUITAMENTE
SI 34.78NO 65.22
81
LA TASA DEL IMPUESTO LE PARECE
EXCESIVA 90.87ADECUDA 9.13RECIBE ASESORAMIENTO
CUANDO LO REQUIRE 25.00NUNCA 60.58QUINES LO ASESORAN
SUNAT 25.00NO ES ASESORADO 60.58CAUSAS DEL INCUMPLIMIENTO DE PAGO
DESCONOCIMIENTO 47.12FALTA DE DINERO 20.19SUNAT ASESORA ADECUADAMENTE
SI 27.40NO 72.60CON INFORMACION CUMPLIRIA
SI 79.33NO 20.67OCUPACION
COMERCIANTE 32.69EMPLEADO 28.37
82
5.4 CONTRASTACION DE HIPOTESIS
5.4.1 HEPOTESIS GENERAL
“En la actualidad no se conoce las modalidades de locación de los locales
comerciales, por tanto non se conoce los niveles de evasión tributaria del
impuesto a la renta de primera categoría”
En referencia a la hipótesis general, en donde se manifiesta que en la actualidad
de locación de locales comerciales y que por lo tanto no se conoce los niveles de
evasión tributaria en impuesto a la renta de primera categoría.
En la contratación de nuestro hipótesis especifica determinamos que en la
actualidad no se conoce las modalidades de locación de locales comerciales en la
ciudad de puno en el periodo 2010 debido a que la informalidad existente tanto de
las obligaciones formales y sustanciales y por lo tanto no se conocen los niveles
de evasión tributaria. Por lo que nuestra hipótesis general planteada queda
comprobada.
5.4.2 HIPOTESIS ESPECIFICA N°01
“en la ciudad de puno no se han estudiado las formas de locación de locales
comerciales para la actividad comercial”
83
En referencia a la hipótesis especifica N°01, en donde se indica que en la ciudad
de puno no se han estudiado las formas de locación de locales de la actividad
comercial al no hallarse modalidades de locación o arrendamiento que garanticen
la actividad comercial.
También hallamos un bajo nivel de transparencia en la entrega de constancia de
pago de arrendamiento por parte de los arrendadores y la no exigencia de este
documento por parte de los arrendatarios , lo cual hace ver que hay descuido o
mala elaboración del contrato de arrendamiento o locación , a la hora de tomar un
local comercial para realizar actividades comerciales , en donde la administración
tributaria enfoca al control de locales comerciales más a las calles de mayor
influencia comercial, descuidando a las calles aledañas donde también se ejerce
la actividad comercial.
Por no haber un estudio de todas las zonas comerciales dentro de la ciudad de
puno y no tener conocimiento de las áreas estratégicas para el desarrollo de las
actividades comerciales y el bajo control en algunas zonas de parte de la
administración tributaria y de la municipalidad, damos la hipótesis planteada como
aceptada.
5.4.3 HEPOTESIS ESPECIFICA N°2
“es posible que en la locación de locales comerciales gran cantidad de ellos
no se ajusten a la legislación vigente”
En lo referente la hipótesis específica N°2, que, es posible que en la locación de
locales comerciales gran cantidad de ellos no se ajusten a la legislación vigente
84
puesto que la mayoría de los arrendadores mantienen un contrato de
arrendamiento o locación de acuerdo a su conveniencia y sus posibles puntos de
vista. Pero de acuerdo a nuestro resultado de investigación tenemos que un
86.84% de los contribuyentes asegura tener un numero de RUC otorgado por la
SUNAT y que otros 32.69% de los arrendadores son comerciantes lo que refleja
que no son exactamente contribuyentes de primera categoría.
Con esto podemos decir que por el bajo nivel de conciencia tributaria ante las
débiles exigencias de la entidad tributaria gran cantidad de la locación de locales
comerciales no se ajustan a la legislación vigente y las normas de nuestro código
civil, por tanto nuestro hipótesis queda aceptada.
5.4.4 HIPOTESIS ESPECIFICA N°3
“la evasión tributaria por las rentas de primera categoría en el alquiler de
locales comerciales probablemente sea alta”
En lo referente a la hipótesis especifica N°3, la evasión tributaria por las rentas de
primera categoría en el alquiler de locales comerciales probablemente sea alta por
el egoísmo natural de la persona para desprenderse de una parte de sus ingresos
en beneficio del bien común , lo que demuestra una escasa formación cívico –
tributaria, la existencia de un equilibrio entre la carga tributaria y la capacidad
económica de los contribuyentes, lo cual perjudica al desarrollo económico del
país, no permitiendo que el estado pueda redistribuir el ingreso a partir de la
tributación.
85
En este sentido tenemos que nuestra hipótesis planteada queda aceptada puesto
que la evasión tributaria en las rentas de primera categoría en el alquiler de
locales comerciales es muy notoria.
86
CONCLUSIONES
Las siguientes son las conclusiones a los que e han arribado, luego de análisis y
interpretación de los resultados del presente trabajo de investigación:
Se ha determinado que no existe un estudio adecuado en las modalidades
de locación de locales comerciales, en la ciudad de puno, por la postura de
los arrendadores de no exigir la constancia de pago de rentas de primera
categoría del local que ocupan, y el no mostrar garantías tanto en lkos
inmuebles que ocupan como en la elaboración del contrato de
arrendamiento.
El arrendamiento de locales comerciales no se ajustan a la legislación
referente a la locación de locales comerciales , lo cual es también
preocupante porque un número considerable de arrendadores que son en
un 13.16% no cuenta con un numero de RUC QUE LE OTORGA LA
ADMINISTACION TRIBUTARIA , donde también estas muestran un
descontento por la tasa de impuesto a la renta de primera categoría , donde
tampoco recibe asesoramiento tributario ni una adecuada información para
con el cumplimiento de sus obligaciones, donde al mismo tiempo siente
desconfianza con el asesoramiento y la orientación que le brinda la SUNAT.
87
Se determina que la evasión tributaria por rentas de primera categoría en el
alquiler de locales comerciales es alta debido a que los niveles de
recaudación es ineficiente.
También se tiene que la evasión tributaria se debe a la falta de consciencia
tributaria por parte de las personas generadoras de rentas de primera
categoría. el nivel de consciencia tributaria y educación tributaria es ínfimo,
existiendo también parte de complicidad por parte de los arrendatarios al no
exigir la constancia de pago respectivo o adecuado, petición que debe ser
hecha al arrendador y obligara a pagar el tributo resultante al arrendatario.
Las normas legales deben ser más sencillas en cuanto a su interpretación y
administración para cualquier persona, ya que la necesidad de relacionar la
información y el pago de impuestos, radica en que la información puesta a
disposición del contribuyente debe permitir qu8e los leyes tributarias sean
aplicadas en forma justa , eficiente, efectiva y con un alto grado de
integridad.
Concluimos dando una pequeña proyección para año 2010donde si no
existe mayor control y capacitación de parte de la administración tributaria y
los entes que giran en su entorno, la situación mostrada un cuadro similar o
más caótico cuando a la recaudación de tributos si queremos que el país
avance empecemos teniendo consciencia tributaria de nosotros depende el
hacer efectivo nuestros tributos mediante obras que hemos de disfrutar
juntos.
Si se toman en cuenta las consideraciones del estudio, para poder alcanzar
un nivel acorde a países más desarrollados comencemos teniendo
88
confianza en nuestro ente recaudador de impuestos SUNAT, a exigir
nuestros derechos como contribuyentes y ser conscientes de cuanto de
cuánto debe ser nuestro aporte con la sociedad y conocer cuáles son
nuestras obligaciones y nuestras exigencias.
89
RECOMENDACIÓN
A continuación permito alcanzar algunas recomendaciones:
El estado peruano debe adoptar una política educativa orientada a
crear consciencia tributaria en la población, especialmente en los
educandos de los niveles primaria y secundaria en forma sostenida
la importancia del cumplimiento del pago de las obligaciones
tributarias en los niveles superiores en los planes de estudio , cursos
de tributación y reforzar la importancia de la consciencia tributaria.
La administración tributaria debe ampliar su cubertura de información
de las normas tributarias, mediante seminarios, fórums, charlas,
revistas, medios de comunicación, a fin de reducir el nivel de
incumplimiento de las obligaciones tributarias en generadores del
impuesto a la renta de primera categoría en la ciudad de puno.
El colegio de contadores públicos e puno, debería establecer un
programa de proyección especializada de orientación al
contribuyente.
Difusión de formalizar de manera voluntaria por parte de las
personas su acogimiento al registro único de contribuyentes y
alcanzar un buen nivel de recaudación por parte de la administración
tributaria .
90
Realizar un estudio de las formas de locación de locales comerciales
para la actividad comercial, en lo que se refiere los contratos de
alquiler y su ajuste a la legislación vigente.
91
BIBLIOGRAFIA
1. BARRIOS OBREGOZO, Raúl ´´teoría general del impuesto´´
2. BENDEAU NEYRA, Guillermo. ´´código tributario´´ ediciones San
Marcos1996.
3. CONSTITUCION POLITICA DELPERU 1993.
4. CHAVEZ ACKERMAN, Pascual. ´´Impuesto a la renta ´´ Ediciones lima 1996.
5. CHAINA AGUILAR, Luis : recaudación tributaria municipal de puno y Juliaca
1991- 1993´´. Tesis.
6. PARI VILCA, Fidel Diomedes. ´´efectos de la fiscalización tributaria en la
recaudación de tributos de la municipalidad provincaila de puno 1995 – 1996´´.
Tesis.
92
ANEXOS N 01
ENTREVISTA–ENCUESTA A LOS ARRENDATARIOS
(INQUILINO)
1. ¿Hace cuánto vive en calidad de inquilino?
a) 2007
b) 2008
c) 2009
d) 2010
2. ¿le expiden recibo de arrendamiento?
a) SI
b) NO
3. ¿se le expiden recibo de arrendamiento este es?
a) Constancia de pago de formulario SUNAT ( )
b) Manual ( )
c) Ninguno ( )
4. ¿Tuvo usted visitas por parte de la SUNAT?
a) SI ( )
b) Alguna vez ( )
c) Nunca ( )
93
ANEXO N 02
ENTREVISTA - ENCUESTA A ARRENDADORES
1. ¿Tiene Ud. Su número de RUC otorgado por la SUNAT?
a) SI ( )
b) NO ( )
2. ¿Conoce sus obligaciones Tributaria?
a) SI
b) NO
3. ¿Quiénes cree Ud. Que deben pagar impuesto?
a. Todas las personas que tienen ingresos ( )
b. Solo los pudientes ( )
c. Los que tienen negocio y trabajo ( )
d. Nadie ( )
4. ¿Cumple con presentar sus declaraciones periódicamente?
a) SI ( )
b) NO ( )
5. ¿Usted cede gratuitamente algún local comercial en su vivienda?
a) SI ( )
b) NO ( )
6. ¿Paga Ud. El impuesto por correspondiente por ceder
gratuitamente algún local comercial?
a) SI ( )
b) NO ( )
94
7. ¿La tasa del impuesto a la renta de primera categoría le parece?
a) Excesiva ( )
b) Adecuada ( )
c) Insuficiente ( )
8. ¿Recibe asesoramiento tributario?
a) Siempre ( )
b) Cuando lo requiere ( )
c) Nunca ( )
9. ¿En caso de haber marcado las alternativas a) o b), ¿Quién le
asesora directamente?
a) Contador ( )
b) SUNAT ( )
c) Otros ( )
Especifique………………………………………………………….
10. ¿Cuál cree son las causas por lo que el contribuyente tributario
no realiza sus pagos del impuesto a la renta de Primera
Categoría?
a) SI ( )
b) NO ( )
11.¿Cree Usted que la SUNAT asesora y orienta adecuadamente a
los contribuyentes?
a) SI ( )
b) NO ( )
95
12.¿Se tuviera información adecuada cumplirá con sus obligaciones
tributarias?
a) SI ( )
b) NO ( )
13.¿Cuál es su ocupación?
a) Comerciante ( )
b) Trabajador independiente ( )
c) Empleado ( )
d) Desempleado ( )
e) Jubilado ( )
96
RECURSOS
El presente Proyecto de investigación fue realizado por autofinanciamiento propio tanto
económicamente de bienes y servicios en la ejecución de la investigación además cabe
especificar que el proyecto de investigación en cuando al costo del proyecto fue S/.
1018.00
Los recursos que se utilizaron para el presente trabajo de investigación han sido
Servicios profesionales S/. 450.00
Servicios de transporte S/. 15.00
Servicio de internet S/. 60.00
TOTAL S/. 525.00
Se requirieron materiales como:
Papel bond A4 75g. S/. 33.00
fotocopias S/. 60.00
Bolígrafo S/. 5.00
Alquiler de PC S/. 80.00
Impresión S/. 200.00
Fólderes S/. 10.00
Cuaderno de apuntes S/. 5.00
Otros S/. 100.00
TOTAL S/ 493.00
97
XI CRONOGRAMA
Tiempo
Actividades
AÑO 2011
agt. set. oct. nov.
1. Elaboración de proyecto de investigación I------I
2. Presentación. Aprobación del proyecto de investigación. I--I
3. Recolección de la información I--I
4. Procesamiento de la información I---- --I
5. redacción del informe final I---- -------- --I
6. presentación y aprobación del informe final I—I
7. sustentación y defensa de trabajo de investigación *
98
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