Universidad Fermín Toro
Facultad De Ciencias Jurídicas Y Políticas
Escuela De Derecho
Barquisimeto - Lara
“MEDICINA LEGAL”
Alumna:
Mendoza Yesenia
Sección:
Saia: A
Barquisimeto Septiembre 2014
CLASIFICACIÓN MÉDICO LEGAL DE LA MUERTE
Cuando se habla de muerte se refiere a la cesación de la vida. El cual su
proceso no consiste en la pérdida total y repentina de la vida, sino que es un
acontecimiento lento y progresivo; se inicia en los centros vitales (nerviosos y
cardíacos) y se propaga después al resto de los órganos y tejidos. Cuando cesa la
función de los entes vitales se habla de muerte funcional y cuando el fenómeno se
propaga al resto de los diferentes órganos y tejidos se habla de muerte tisular.
DISÍMILES FORMAS DE MUERTE
MUERTE APARENTE: estado patológico del cuerpo humano que presenta una atenuación de las funciones vitales, en grado tal que parece que estuvieran abolidos los signos vitales.
pérdida de la conciencia
inmovilidad neuro-muscular
ausencia aparente de latidos cardíacos y pulso además de movimientos respiratorios (en realidad son muy débiles)
Coma, síncope, intoxicaciones, neurosis, sumersión.
MUERTE INTERMEDIA
Es aquel estado en el cual se extinguen progresivamente las actividades biológicas de sobrevivencia; y ya no se consiguen con maniobras de resucitación volver a conseguir toda la vitalidad del organismo. Ej. Anoxia cerebral con descerebración.
MUERTE RELATIVA
Trata del estado caracterizado por la suspensión efectiva de las funciones cardiocirculatorias, respiratorias y neurológicas, en el cual se puede conseguir, mediante medidas extraordinarias de reanimación, la reviviscencia del individuo.
MUERTE ABSOLUTA O REAL: Desaparición total de toda actividad vital.
FENÓMENOS CADAVÉRICOS
TEMPRANOS
Enfriamiento cadavérico: Descenso gradual de la temperatura corporal hasta
equilibrarse con la del medio ambiente. Esto ocurre aproximadamente entre las 15
y 20 horas. Lo acelera la senilidad y la niñez; caquexia, hemorragia previa,
ambiente frío. Lo retarda la buena salud previa, ambientes con alta temperatura;
abrigo.
Deshidratación cadavérica: Se debe a la pérdida de agua por evaporación.
Signo de sommer.
Signo de Stenon-louis.
MUERTE SÚBITA: Es la muerte que sobreviene inesperadamente, fuera de toda causa violenta, en una persona que, ya por su estado de salud aparente o por una enfermedad que no inspira temores inmediatos para esperar un desenlace fatal.
MUERTE REPENTINA: Es la muerte que se produce en forma rápida en un individuo que sufre de una enfermedad, bien sea aguda o crónica, en quien se espera su deceso.
MUERTE NATURAL: Es la muerte producida por consecuencia de una patología o enfermedad de cualquier etiología, ya sea infecciosa, tumoral, degenerativa, etc.; y donde no ha intervenido ninguna causa externa violenta.
Livideces: Son las manchas rojo vinosas en la superficie de la piel debidas a la
acumulación de sangre, en las partes declives. En las vísceras constituyen las
hipostasias viscerales.
Cronología: aparecen a las 3 horas de la muerte y obedecen a los cambios de
posición del cadáver en las primeras 12 horas. Luego de 12 hrs. Pueden formarse
mas livideces con los cambios de posición pero las primeras no desaparecerán.
Rigidez cadavérica: Es el estado de endurecimiento y retracción de los músculos
post mortem. Se debe a la degradación irreversible del ATP.
Cronología: Empieza a la tres horas de la muerte y es completa a las 15 horas.
Desaparece aproximadamente, a las 24h.Importancia: Dx De muerte, data de
muerte.
Espasmo cadavérico: Es la persistencia en el cadáver de la actitud o postura que
tenia el cuerpo en el momento de la muerte. Se observa poco, sobre todo en
trauma o afección del S.N.C. o aparato circulatorio
TARDÍOS
Fenómenos Destructores
Autólisis: Procesos anaeróbicos enzimáticos intracelulares sin intervención de las
bacterias.Ej; hemólisis, digestión biliar, reblandecimiento pancreático; colicuación
del encéfalo, fluidificación de la médula suprarrenal.
Putrefacción cadavérica: Descomposición de las materias orgánicas del cadáver
por acción bacteriana.
Cronología: Comienza entre las 24 a 30 de la muerte. Se presumen su inicio con
la “mancha verde abdominal”.
Putrefacción cadavérica periodo cromático (horas): Representada por la
mancha verde abdominal, seguida por la visualización de la red venosa superficial
y la coloración del resto del cuerpo que oscila entre verde rojiza y negruzca.
Putrefacción cadavérica Periodo enfisematoso (días): Resultado de la acción
de los gérmenes anaerobios productores de gas. Se forman vesículas oscuras en la
piel, se hincha el abdomen, la cara y el escroto. Hay protrusión de ojos, lengua y
recto. La epidermis se desprende de las palmas y plantas, y las uñas se caen.
Putrefacción cadavérica Periodo colicuativo (de meses): Hay licuefacción de
los tejidos blandos, especialmente en las partes bajas al comienzo.
Periodo de reducción esquelética: Se alcanza a los cinco años en cadáveres
sepultado en fosas de cemento, en donde suelen observarse los huesos
descalcificados.
Acelerantes: La obesidad, la infancia, traumatismos extensos, sepsis, cuerpo al
aire libre o en el agua.
Retardantes: la senilidad, hemorragias severas, intoxicación por CO2, cianuro,
arsénico, deshidratación, el frío intenso.
Antropofagia cadavérica: Es la destrucción del cadáver por acción de los
animales
Fenómenos conservadores
Momificación: Es la desecación del cadáver por evaporación del agua de sus
tejidos. Ocurre en medio seco, calor y aire circulante que facilita la deshidratación
del cuerpo. Se caracterizar por: Enorme pérdida de peso; piel retraída, oscura,
adosada al esqueleto y de gran consistencia. Además en la momificación se
conservan las formas exteriores y duración del cuerpo; lo que facilita su
identificación y reconocimiento. El cual aparece después de los 6 m a 1 año de la
muerte
Adipocira: Es la transformación jabonosa de la grasa subcutánea del cadáver.
Ocurre cuando el cuerpo tiene grasa y se encuentra en un medio húmedo con
escaso acceso del aire. Cuerpo con aspecto grasoso, con olor a queso rancio,
aparece de 3 a 6 meses de la muerte.
Corificación: Es la transformación de la piel del cadáver en un tejido semejante al
cuero recién curtido, con olor a éteres; desecación de todos los tejidos y
conservación de la morfología macro y microscópica, aparece entre el primero y
segundo año de la muerte.
INHUMACIÓN
Se considera inhumar, el resultado de enterrar un cadáver; por tal motivo
cualquier otro destino que se dé a los cadáveres (bóveda, nicho o cremación) no
entrará dentro del concepto estricto de inhumación.
CREMACIÓN
Trata de una destrucción manejada a través del calor, en un crematorio, de
cadáveres, restos humanos y restos cadavéricos hasta su reducción a cenizas.
Cualquier cadáver puede ser incinerado con independencia de la causa de
la muerte, salvo los cadáveres contaminados por radiaciones o productos
radiactivos.
EXHUMACIÓN POR MOTIVOS JUDICIALES
Como su nombre lo indica, consiste en desenterrar un cadáver para
responder a exigencias de la Justicia. Las exhumaciones habitualmente van
seguidas de autopsia, o de re -autopsia.
Causas más frecuentes que motivan re-autopsias y exhumaciones:
Sospecha de muerte violenta.
Aborto criminal.
Envenenamientos.
AUTOPSIA
Es el examen minucioso tanto externo como interno del cadáver a fin de
determinar la causa de la muerte y los cambios patológicos ocurridos en sus
órganos
REGLAS GENERALES
Debe ser completa.
Debe ser metódica
Debe ser descriptiva
Duración de la autopsia.
Autopsia Clínica
Son las autopsias de pacientes que fallecen por causas naturales o por una
enfermedad. La autopsia confirma o determina el padecimiento fundamental, las
alteraciones secundarias al mismo y aquellas otras derivadas del tratamiento,
describe los hallazgos accesorios asintomático, silentes clínicamente, e investiga
la causa de muerte
Autopsia Forense
Es una de la rama de la medicina forense que trata todo lo relativo a los cadáveres
desde el punto de vista médico legal. Incluye la autopsia forense, el examen
anatómico del cadáver, las transformaciones que sufre e investiga los vestigios,
indicios y la evidencia física que los actos ilícitos dejan en el cuerpo.
Está indicada en todas las muertes con violencia o en aquellas que ocurran de
manera sospechosa y es realizada por médicos designados por el Ministerio
Público
LEVANTAMIENTO DEL CADÁVER
Diligencia frecuente e importante que se lleva a cabo en el lugar de los hechos a
requerimiento del ministerio publico
INTERVIENEN
peritos de laboratorio de criminalística
agentes de la policía judicial
medico forense
Trata de reconstruir, investigar, de utilizar lo que subsiste hoy para saber lo que ha
pasado ayer.
Pruebas indíciales o Científicas.
MEDIOS PRUEBAS JUDICIALES
PRUEBAS MATERIALES
Son aquellas que deja el culpable, en los lugares del crimen, a lado del
cadáver y sobre el cadáver.
Las cuales aportan enseñanzas precisas sobre la forma medico-legal de la muerte,
suicidio, accidente u homicidio, fases de la agresión, circunstancias de la lucha y
de la identidad del cadáver y del victimario.
EXAMEN DEL LUGAR DE LOS HECHOS
Fijarlo
Levantar un croquis a escala
Descripción escrita de lo encontrado.
PRUEBAS MATERIALES
Desorden de los muebles y de los objetos.
Piezas de convicción: armas o instrumentos tales como recipientes,
frascos, vasos, sustancias sospechosas, etc.
Huellas reveladoras: impresiones digitales, labiales, de pasos, de dientes,
rodadas de vehículo, etc.
SALVAGUARDAR LAS PRUEBAS:
Impedir el acceso a personas extrañas a las funciones judiciales.
Impedir que se toque el cadáver, las piezas de convicción, las huellas y los
objetos.
Colaborar en la fotografía de los lugares, por los servicios de
identificación judicial.
IDENTIFICACION DEL CADAVER DE UN DESCONOCIDO, NO
MUTILADO NI EN ESTADO AVANZADO DE PUTREFACCION.
Orejas
Boca: dimensión, labios,
dentición.
Manos: dimensión y uñas.
Pies: dimensión y uñas.
Cicatrices
Tatuajes
Constitución esquelética
Órganos genitales
Anomalías y otros detalles
Lesiones y genero de muerte
Fecha de la muerte
Ropa, documentos y objetos
Peso
Talla
Edad que representa tener
Tipo de nacionalidad
Coloración de la piel:
pigmentación,
particularidades, vellos.
Cabellos: color, tono,
naturaleza o grado de
ondulación, abundancia.
Cejas: color, forma y
abundancia
Barba: rasurada, color, forma
y abundancia
Pestañas: color, abundancia y
tamaño.
Color del iris
Forma de la cara
Nariz
EXAMEN DE LOS VESTIDOS Y LA ROPA
PERMITE:
Identificación de la victima: los vestidos, su color, su desgaste, su marca,
contenido de las bolsas, etc. Sirven para determinar el estado civil, sexo,
condición profesional, etc.
Permiten conocer circunstancias y condiciones del accidente o del crimen
y reconstruir las fases del acontecimiento y la sucesión cronológica.
Precisar la naturaleza del arma que produjo la muerte, numero de golpes o
disparos, etc.
EXAMEN EXTERNO DEL CADÁVER
Permite darse cuenta:
De su posición y actitud
Aspecto de la cara (ultimo gesto, crispación final).
Caracteres de identidad: sexo, edad aparente, talla, corpulencia, caracteres
cromáticos de la piel, de cabellos, de iris, etc.
Determinación del cronotanato diagnostico por la apreciación de los
fenómenos cadavéricos, proceso de enfriamiento, signos de
deshidratación, rigidez, livideces en sus diversos periodos y consecuencia
en la posición y actitud del paciente, signos de putrefacción, etc.
Presencia y situación de armas con respecto a la victima.
Huellas de violencia por la exploración completa y sistemática de todo el
cuerpo, reconocimiento de las regiones llamadas medico-legales: parte
cubierta por el pelo, oídos y ángulo interno de los ojos, nariz, boca, cuello,
axilas, cara inferior de los senos, órganos genitales, y el ano. Trayecto
aparente, orificio de entrada y salida, distancia del disparo.
Determinar los caracteres anatómicos que permiten definir las lesiones
como ante mortem, post mortem o correspondientes al periodo de
incertidumbre, si corresponden a una riña, tomar muestras de sangre
Todo lo que respecta al levantamiento del cadáver mencionado
precedentemente, se puede hacer constar en el artículo 200, del COPP.
Caso práctico de un suceso de muerte en accidentes de tránsito
El día 14 de febrero año 2014, en la carretera Lara – Zulia se dirigía una
unidad de transporte, el cual tuvo una colisión con una gandola, donde se
obtuvo como consecuencia, 3 personas fallecidas, por lo que para el
procedimiento se presentan unos oficiales del Servicio de Control de
Vigilancia de Transito Terrestre de la Policía Nacional Bolivariana, asimismo
se solicita la presencia de un medico forense, para realizar el mecanismo
correspondiente, luego de realizar el levantamiento de los cadáveres,
realizando todos los reconocimientos que sean pertinentes, asimismo los
organismos que intervinieron dejaran constancia de lo actuado, todo ello de
conformidad con las normas generales, y los artículos 200, 201 del COPP.
CERTIFICADOS DE DEFUNCIÓN, SEGÚN LA NUEVA LEY,
INSTITUCIÓN Y FUNCIONARIOS QUE LO EXPIDE.
Es el instrumento indispensable para efectuar la declaración y promover su
inscripción en el Registro Civil, el cual será expedido por el Ministerio del
Poder Popular con competencia en materia de Salud y suscrito por personal
médico, de conformidad con la ley.
Elementos esenciales de las actas de defunción
Las actas de defunción, además de las características generales, deben
contener:
Número, fecha y el personal medico que suscribe el certificado de
defunción.
Identificación completa del fallecido o fallecida.
Lugar y hora del fallecimiento.
El término "fallecido" o "fallecida".
Identificación del cónyuge o persona con la que mantuvo unión estable de
hecho, sobreviviente o premuerto.
Identificación de los ascendientes.
Identificación de todos los hijos y las hijas que hubiere tenido, con
especificación de los fallecidos o fallecidas y de los que vivieren, y entre
éstos los que sean niños, niñas o adolescentes.
Identificación completa de las personas presentes en el acto, bien sea como
declarantes o como testigos.
Firmas del registrador o registradora civil, declarantes y testigos.
Están obligados a declarar la defunción:
Los familiares directos hasta el tercer grado de consanguinidad y primero
de afinidad.
El cónyuge, la cónyuge o quien mantenga una unión estable de hecho con
el fallecido o fallecida.
Los capitanes o las capitanas de buque o aeronave donde haya ocurrido el
fallecimiento.
Cualquier persona o autoridad civil, médica, militar o policial, que tuviere
conocimiento del fallecimiento de una persona desconocida, del hallazgo
de un cadáver cuya identidad no sea posible comprobar o de una
inhumación practicada en lugares distintos a los autorizados.
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