Download - Tratamiento-de-La-Mano-de-Obra.doc

Transcript

TRATAMIENTO DE LA MANO DE OBRA

DEFINICION

Es el esfuerzo humano que interviene en el proceso de trasformar las materias primas en productos terminados. Los sueldos, salarios y prestaciones del personal de la fbrica, que para la empresa, as como todas las obligaciones a que den lugar son el costo de la mano de obra, y este costo debe clasificarse de manera adecuada. CLASIFICACIN DE LA MANO DE OBRA MANO DE OBRA DIRECTA.- Es la fuerza de trabajo que interviene directamente en el proceso de produccin. Ejemplos: Artesanos, agricultores, bordadores, operarios de corte, operarios de acabados y peones en los campos productivos.Es el segundo elemento del costo de fabricacin

MANO DE OBRA INDIRECTA.- Es la fuerza de trabajo que no interviene directamente en el proceso de produccin pero es esencial para complementar el funcionamiento de la fbrica ya que no puede ser atribuida a ninguna tarea o producto de modo especfico. Ejemplos: supervisores, controladores de calidad, directores tcnicos, personal de mantenimiento de aseo, conserjes y contador de costos, etc.Forma parte del tercer elemento del costo (Costos Indirectos de fabricacin) OBJETIVOS DEL CONTROL DE LA MANO DE OBRA DIRECTAEl control de la Mano de Obra persigue los siguientes objetivos:

Evitar el desperdicio de la mano de obra disponible, controlando las labores que ejecuta cada uno de los obreros.

Asignar los costos de mano de obra a labores especficas, proceso o actividades.

Encargarse de proporcionar los pagos correcta y oportunamente a los trabajadores de manera satisfactoria para ellos.

Llenar los requerimientos legales y proporcionar una base para la preparacin de los informes solicitados.

PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA MANO DE OBRA DIRECTA

Controlar la asistencia de los trabajadores.- El control de asistencia y puntualidad de los obreros y del personal de produccin es importante ya que permite elaborar las nminas, conocer las horas ordinarias y extraordinarias y as pagar al trabajador lo que le corresponde. Preparar las nminas.- Es un resumen de las ganancias de los obreros que han trabajado durante un tiempo determinado y sirve como certificado de la empresa del cumplimiento de sus obligaciones patronales, ya que contiene nombre del personal, das y horas trabajadas, salarios e imposiciones retenidas de acuerdo con las leyes vigentes. Registrar o contabilizar las nminas.- Se carga a la cuenta de costos y se abona a las cuentas de pasivo en los libros de mayor o de fbrica. Pagar las nminas.- El pago a los trabajadores puede hacerse por medio de dinero efectivo o tambin por medio de cheque. Llevar los registros de ingresos individuales.- Con el fin de conocer sobre los ingresos de los trabajadores y tambin con el fin de mantener informacin necesaria para proporcionar al gobierno sobre las rentas de los trabajadores y las retenciones por concepto de impuestos. Controlar el trabajo de los obreros.- Una vez que contablemente se tiene registrado el valor de la mano de obra debe recordarse que se trata de una cuenta transitoria, cuyos valores deben ser distribuidos entre la produccin de un perodo contable. Asignar los costos de mano de obra.- no es suficiente haber pagado el valor de los jornales a los trabajadores para que aparezca la mano de obra formando parte de los costos de produccin. FORMAS DE CONTROL DE LA MANO DE OBRA

Para controlar la Mano de Obra se deben tomar en cuenta ciertos parmetros que depender de cada empresa, de sus necesidades o del criterio de los contadores; las formas presentadas en este trabajo no varan mucho puesto que en definitiva se quiere llegar a lo mismo.

Hemos considerado al modelo de los hermanos naranjo Salguero para el control de la mano de obra directa y al modelo de Pedro Zapata para el control de la mano de obra indirecta, en el caso de la preparacin de nminas y la contabilizacin hemos dejado un modelo en general a fin de no crear confusin en la apreciacin del trabajo.a) LISTAS DE ASISTENCIA

A travs de las cuales los empleados y trabajadores firman a la hora de entrada y salida:

EMPRESA INDUSTRIAL "XXX"

LISTA DE ASISTENCIA

JEFE RR.HH.:ORDEN DE PRODUCCIN:

FECHA:PERODO:

CONTROL N:

NNMINACARGOH/ENTRADAH/SALIDAHORAS EXTRASOBSERVACIONES

f) Jefe RR.HH. f) Jefe de Produccin

EJEMPLO:EMPRESA INDUSTRIAL "ABC"

LISTA DE ASISTENCIA

JEFE RR.HH.:Yessenia RodrguezORDEN DE PRODUCCIN: 0230

FECHA:25/04/2012PERODO: 2012

CONTROL N: 112

NNMINACARGOH/ENTRADAH/SALIDAHORAS EXTRASOBSERVACIONES

1ALVEARSecretaria07:0017:001

2BENITEZGerente08:3017:001

3DELGADOSupervisor08:3017:002

4MIRRALContador07:0017:000Salida con permiso

5ZAMORAConserje07:0017:000

f) Jefe RR.HH. f) Jefe de Produccin

b) TARJETAS DE RELOJ

Las tarjetas de reloj o entrada y salida se usan para registrar el tiempo total que un obrero permanece en la planta lista para el trabajo, tambin se registran las horas complementarias:

EMPRESA INDUSTRIAL "XXX"

TARJETA DE RELOJ

NOMBRE:CONTROL DE PERSONA N:

CDIGO:

SEMANA DEL ______ AL _____ 20

ENTRADASALIDARESUMEN

HORASJORNADA NOCTURNAH/EXTRASTOTALOBSERVACIONES

f) Jefe RR.HH.f) Jefe de Produccin

EJEMPLO:EMPRESA INDUSTRIAL "ABC"

TARJETA DE RELOJ

NOMBRE:JUDITHACOSTACONTROL DE PERSONA N:012

CDIGO:PROD001

SEMANA DEL 12 AL 16 DE JUNIO 2012

ENTRADASALIDARESUMEN

HORASJORNADA NOCTURNAH/EXTRASTOTALOBSERVACIONES

07:0016:008NO19-

07:0016:008NO210-

07:0016:008NO19-

07:0016:008NO311-

07:0016:008NO08-

f) Jefe RR.HH.f) Jefe de Produccin

Obteniendo el total de horas trabajadas ya sea de la lista de asistencia o de las tarjetas de reloj, el departamento de nmina procede a la liquidacin de nmina semanal teniendo presente el salario bsico y los recargos por horas extras, de este total bruto devengado se restan las deducciones a que haya lugar para obtener el pago neto que recibirn los trabajadores.

Adicionalmente, para que todos los mecanismos de control interno funcionen adecuadamente en la empresa industrial, hay otros aspectos que deben tomarse en cuenta para coadyuvar al fiel cumplimiento del engranaje sistemtico que constituye el control interno; y estos son:

ASPECTOS BSICOS:

Tiene que ver con aspectos generales, como la contratacin del personal mediante la celebracin de un contrato de trabajo por escrito, previa seleccin y estipulacin del cargo a desempear, jornada de trabajo, tiempo de duracin del contrato, remuneracin, forma de pago y otros datos bsicos.

ASPECTOS ADMINISTRATIVOS:

Cuando se trata de recursos humanos y estos estn encaminados a conseguir una produccin tcnicamente delineada, es necesario concebir las siguientes condiciones:

1. Que el personal contratado sea el ms calificado.

2. Que exista una permanente capacitacin.

3. Que se disponga de mecanismos de evaluacin peridicas, con la finalidad de promocionar o eliminar.

4. Que los incentivos econmicos, sociales y culturales sean equitativos.

5. Que las funciones asignadas a los obreros en lo posible sean continua, para conseguir especializacin del personal. EL CONTROL DE LA MANO DE OBRA INDIRECTA

El control de trabajo indirecto no ofrece mayores complicaciones porque es el resultado del total de trabajo del personal que realiza labores indirectas de fabricacin.Es la fuerza que labora que no se encuentra en contacto directo con el proceso de la fabricacin de un determinado producto que tiene que producir la empresa. Ejemplo: Jefe de produccin, Contador de Costos, Supervisores, Vigilantes, Personal de Mantenimiento, etc.Tambin se la considera como la mano de obra consumida en las reas administrativas de la empresa que sirven de apoyo a la produccin y al comercio.Hay empleados que intervienen en alguno o en varios productos y, por lo tanto, se les considera mano de obra directa, pero tambin hay empleados que, aunque trabajan para que se realice la produccin, no son los que elaboran los productos. Esos empleados que no intervienen en la fabricacin de los artculos se consideran como mano de obra indirecta.Hemos considerado al modelo de control de asistencia de Pedro Zapata, lo cual lo efecta de la siguiente manera:

Tarjeta individual de asistencia de los trabajadores o tarjeta reloj

Tarjeta de tiempo o boleta de trabajo.

Nmina o planilla de Rol de pagos

Contabilizacin de la nmina.

A diferencia del modelo utilizado para el control de mano de obra directa tomado del libro de los hermanos Naranjo Salguero esta cuenta con la tarjeta de tiempo.a) TARJETA INDIVIDUAL DE ASISTENCIA.- Conocida como tarjeta reloj que como ya se mencion sirve para controlar diariamente la asistencia de los trabajadores.DISEO DE TARJETA RELOJ PROPUESTO POR PEDRO ZAPATA EN SU LIBRO DE CONTABILIDAD DE COSTOS.

EMPRESA INDUSTRIAL XXX

TARJETA RELOJ

NOMBRE DEL TRABAJADOR:CDIGO:

JORNADA:

SEMANA:

FECHAENTRADASALIDAENTRADASALIDAHORAS JORNADAHORAS SUPLEMENT.HORAS EXTRAORD.TOTAL

RESUMEN:TOTAL JORNADA

TOTAL DE HORAS SUMPLEMENTARIAS:

TOTAL DE HORAS EXTRAORDINARIAS:

TOTAL HORAS:

b) TARJETA DE TIEMPO O BOLETA DE TRABAJO.- En esta tarjeta se controla el nmero de horas trabajadas, la hora de inicio y de terminacin de tareas asignadas a cada trabajador, se seala la naturaleza del trabajo, el valor por hora y el valor total correspondiente.

Esta tarjeta garantiza en gran parte que las horas se han trabajado realmente, tambin garantiza que el trabajador a realizado actividades ajenas al proceso productivo, mismo considerado como mano de obra indirecta.

DISEO PROPUESTO POR PEDRO ZAPATA EN SU LIBRO DE CONTABILIDAD DE COSTOSEMPRESA INDUSTRIAL XXX

TARJETA DE TIEMPO

FECHA:CDIGO:

NOMBRE DEL TRABAJADOR:

DEPARTAMENTO:

SALARIO POR HORA:

ORDEN DE PRODUCCIN NDETALLEHORA DE INICIOHORA DE TRMINOHORAS EMPLEADASVALOR POR HORAVALOR TOTAL

TOTAL

JEFE DE PRODUCCIN

Luego de la elaboracin de las tarjetas por cada trabajador, al final de la semana se aconseja realizar una tarjeta de resumen tanto para la tarjeta de reloj como para la tarjeta de tiempo semanal de los trabajadores.

EMPRESA INDUSTRIAL XXX

RESUMEN DE LAS TARJETAS RELOJ

SEMANA: DEL 01 AL 05 DE JUNIO DE 20XX

NMINAHORAS - JORNADAHORAS SUPLEMENTARIASHORAS EXTRAORDINARIASTOTAL

EMPRESA INDUSTRIAL XXX

RESUMEN DE LAS TARJETAS DE TIEMPO

SEMANA: DEL 01 AL 05 DE JUNIO DE 20XX

NMINATOTAL HORASTOTAL MANO DE OBRA DIRECTATOTAL TRABAJO INDIRECTOTIEMPO OCIOSOSALARIO HORA

4.2. PREPARACIN DE LAS NMINASLas nminas conocidas tambin como roles o planillas se preparan en base de las tarjetas de control de tiempo y es muy recomendable a ms de cumplir con disposiciones legales que se elabore para perodos semanales.

Si la fbrica esta dividida en departamentos se deber preparar nminas separadas para cada uno de ellos y los totales podran ser comparados con la produccin de los mismos como medida de informacin.

Una vez hecha la nmina se preparan, segn sea el caso los sobres de pago o los cheques individuales o tambin el dinero que le entregar a cada obrero el pagador. Pero es menester que quede constancia sobre:

a) La liquidacin personal de cada obrero

b) De que el obrero ha recibido su paga conforme a la liquidacin

Una vez hecha la nmina se preparan, segn sea el caso los sobres de pago o cheques individuales o tambin el dinero que le entregar a cada obrero el pagador. Pero es de importancia que quede en constancia sobre:

La liquidacin personal de cada obrero

De que el obrero ha recibido su paga conforme la liquidacin

En las nminas o roles de pago consta lo siguiente:

INGRESOS:

SALARIO BSICO UNIFICADO Para el ao 2015 es de 354 dlares, aqu cabe recalcar que es Sueldo y que es Salario: Salario es la remuneracin que paga el empleador al obrero en virtud del contrato de trabajo, este se paga por jornadas, es decir por unidades de obra o por tareas; y Sueldo es la remuneracin que por igual concepto corresponde al empleado este sueldo se va a pagar por meses, sin suprimir los das no laborables.HORAS SUPLEMENTARIAS Y HORAS EXTRAORDINARIASCUADRO DE LAS HORAS SUPLEMENTARIAS Y EXTRAORDINARIAS

JORNADA ORDINARIAHORAS SUPLEMENTARIASHORAS EXTRAORDINARIAS

CONCEPTOEs de 8 horas diarias y 40 horas semanalesDespus de la jornada ordinaria, mximo 4 horas al da y 12 horas a la semana.

Cuando el empleado trabaja sbados, domingos o das feriados.

RECARGO0%

50% hasta las 24H00

100% DESDE 01H00 a 6H00

25% DESDE 19H00 a 06H00

100%

BASE LEGALCdigo del Trabajo Artculo 47Cdigo de Trabajo Artculo 49 Y 55Cdigo del Trabajo Artculo 55

FORMA DE CLCULO

S/240hs= v.h.nv.h.n + 50%= v.h.s

v.h.n + 100%= v.h.s

v.h.n + 25%= v.h.sv.h.n + 100%= v.h.e

EJEMPLO150/240= 0,625

0,625 + 0,31= 0,9350,625 + 0,625= 1,25

Art. 47 De la jornada mxima.- La jornada mxima de trabajo ser de ocho horas diarias, de manera que no exceda de cuarenta horas semanales, salvo disposicin de la ley en contrario.

El tiempo mximo de trabajo efectivo en el subsuelo ser de seis horas diarias y solamente por concepto de horas suplementarias, extraordinarias o de recuperacin, podr prolongarse por una hora ms, con la remuneracin y los recargos correspondientes.

Art. 49 Jornada Nocturna.- La jornada nocturna, entendindose por tal la que se realiza entre las 19h00 y las 06h00 del da siguiente, podr tener la misma duracin y dar derecho a igual remuneracin que la diurna, aumentada en un veinticinco por ciento.

Art. 55.- Remuneracin por horas suplementarias y extraordinarias.- Por convenio escrito entre las partes, la jornada de trabajo podr exceder del lmite fijado en los artculos 47 y 49, siempre que se proceda con autorizacin del Inspector de Trabajo y se observen las siguientes prescripciones:

1a.- Las horas suplementarias no podrn exceder de cuatro en un da, ni de doce en la semana;

2a.- Si tuvieren lugar durante el da o hasta las doce de la noche, el empleador pagar la remuneracin correspondiente a cada una de las horas suplementarias con ms un cincuenta por ciento de recargo. Si dichas horas estuvieren comprendidas entre las doce de la noche y las seis de la maana, el trabajador tendr derecho a un ciento por ciento de recargo. Para calcularlo se tomar como base la remuneracin que corresponda a la hora de trabajo diurno;

3a.- En el trabajo a destajo se tomarn en cuenta para el recargo de la remuneracin las unidades de obra ejecutadas durante las horas excedentes de las ocho obligatorias; en tal caso, se aumentar la remuneracin correspondiente a cada unidad en un cincuenta por ciento o en un ciento por ciento, respectivamente, de acuerdo con la regla anterior. Para calcular este recargo, se tomar como base el valor de la unidad de la obra realizada durante el trabajo diurno; y,

4a.- El trabajo que se ejecutare el sbado o el domingo deber ser pagado con el ciento por ciento de recargo.

Otros beneficios o ingresos como podran ser las comisiones.DEDUCCIONES:

APORTE PERSONAL O INDIVIDUAL DE IESS

Es el 9,35% este valor se va a tomar del total de los ingresos del trabajador.IMPUESTO A LA RENTAEl Impuesto a la Renta se aplica sobre aquellas rentas que obtengan las personas naturales, las sucesiones indivisas y las sociedades sean nacionales o extranjeras. El ejercicio impositivo comprende del 1o. de enero al 31 de diciembre.

Para calcular el impuesto que debe pagar un contribuyente, sobre la totalidad de los ingresos gravados se restar las devoluciones, descuentos, costos, gastos y deducciones, imputables a tales ingresos. A este resultado lo llamamos base imponible.

La base imponible de los ingresos del trabajo en relacin de dependencia est constituida por el ingreso gravado menos el valor de los aportes personales al Instituto Ecuatoriano de Seguridad social (IESS), excepto cuando stos sean pagados por el empleador.

La declaracin del Impuesto a la Renta es obligatoria para todas las personas naturales, sucesiones indivisas y sociedades, an cuando la totalidad de sus rentas estn constituidas por ingresos exentos, a excepcin de:

Los contribuyentes domiciliados en el exterior, que no tengan representante en el pas y que exclusivamente tengan ingresos sujetos a retencin en la fuente.

Las personas naturales cuyos ingresos brutos durante el ejercicio fiscal no excedieren de la fraccin bsica no gravada.

OTRAS OBLIGACIONES ADQUIRIDAS POR EL TRABAJADORESAnticipos de sueldos, prstamos quirografarios, hipotecarios, cuotas sindicales., entre otros.4.3. REGISTRO Y CONTABILIZACIN DE LAS NMINAS

El registro de las nminas y sus resmenes implica el cargo de las cuentas del costo y el abono o crdito a las cuentas de pasivo en los libros de mayor o de fbrica.

La contabilizacin de la mano de obra por parte de un fabricante usualmente comprende tres actividades: control de tiempo, clculo de la nmina total y asignacin del costo a la nmina.

Para tener un control exacto de esto la mayora de las empresas utilizan dos documentos llamados tarjeta de tiempo y la boleta de trabajo.

Por lo general, las nminas se preparan semanales, quincenal o mensualmente. Los sueldos brutos para un individuo se determinan multiplicando las horas indicadas en las tarjetas de tiempos por la tasa por hora, ms cualquier bonificacin o tiempo extra.

Los asientos del libro diario para registrar la nmina y los pasivos relacionados por las cantidades retenidas se elaboran en cada periodo de la nmina. Usualmente los gastos de nmina del empleador y las distribuciones del costo de la nmina se registran en el libro diario al final del mes.

Contabilizacin

FECHADETALLEDEBEHABER

2012 -X-

MANO DE OBRA

IESS POR PAGAR

IMPUESTO A LA RENTA POR PAGAR

CAJA-BANCOS

P/R Contabilizacin del rol de pagosxxxxxxxxxxxx

xxxx

MODELO DE UNA NMINA

EMPRESA XXX

NMINA DE PAGOS

SEMANA DEL:AL:DEL:

NNMINACARGOINGRESOSTOTAL INGRESOSDEDUCCIONESTOTAL DSCTOSLQUIDO A PAGARFIRMAS

SALARIOHORAS EXTRASSUBSIDIO FAMILIAROTROS INGRESOSAPORTE PERSONALPRST. IESSIMPTO. RENTAOTRAS DEDUCC.

TOTALES

ELABORADO POR:

APROBADO POR:

4.7. REPARACIN DEL ROL DE PROVISIONESCUADRO DE BENEFICIOS SOCIALES

FONDO DE RESERVAVACACIONES ANUALESDCIMA TERCERA REMUNERACIN (bono navideo)DCIMA CUARTA REMUNERACIN (bono escolar)

Quines tienen derecho?

Todos los trabajadores que han cumplido un ao de trabajo para el mismo patrono.Todos los trabajadores que han cumplido un ao de trabajo para el mismo, caso contrario pagar proporcional.

Todos los trabajadores y se tomar en cuenta los valores recibidos durante el ao calendario.

Todos los trabajadores y un monto equivalente a un salario bsico unificado.

Perodo de calculo1ro. De julio del ao anterior al 30 de junio del ao en curso.

Aos de servicio1 de diciembre del ao

anterior al 30 de

noviembre del ao en

curso.

1 de agosto del ao

anterior hasta el 30 de julio del ao en curso.

Forma de clculoLa 12ava parte de lo recibido en el perodo que se calcula o su proporcional.

La 24ava parte de lo recibido en el perodo que se calcula.La 12ava parte de lo recibido en el perodo que se calcula o su proporcional.

Salario bsico unificado/12

292/12= 24,33

Base de clculoSueldo + horas extras + comisiones + otras retribuciones.

Sueldo + horas extras + comisiones + otras retribuciones.Sueldo + horas extras + horas suplementarias +

Otras remuneraciones.

Sueldo + horas extras + horas suplementarias +

Otras remuneraciones.

Fecha de PagoHasta el 30 de septiembre de cada ao.Se paga o las goza al cumplir un ao de trabajo. El trabajador puede acumular hasta 3 aos y gozarlas en el 4to ao, de no hacerlo pierde el 1er ao de vacaciones.Hasta el 24 de diciembre de cada ao, hasta el 8 de enero de cada ao como mximo.

En la Sierra y Oriente se cancelar hasta el 15 de agosto de cada ao. Deber reportarse hasta el 30 de agosto de cada ao.

Base LegalCdigo de Trabajo Art. 196Cdigo de Trabajo Art. 69Cdigo de Trabajo

Artculo 111 y 112

Cdigo de Trabajo Artculo 113 y 114

Art. 69 Vacaciones Anuales

Todo trabajador tendr derecho a gozar anualmente de un perodo ininterrumpido de quince das de descanso, incluidos los das no laborables. Los trabajadores que hubieren prestado servicios por ms de cinco aos en la misma empresa o al mismo empleador, tendrn derecho a gozar adicionalmente de un da de vacaciones por cada uno de los aos excedentes o recibirn en dinero la remuneracin correspondiente a los das excedentes.

Art. 196 Derecho al fondo de reserva

Todo trabajador que preste servicios por ms de un ao tiene derecho a que el empleador le abone una suma equivalente a un mes de sueldo o salario por cada ao completo posterior al primero de sus servicios. Estas sumas constituirn su fonfo de reserva o trabajo capitalizado.

Art. 111 Derecho a la decima tercera remuneracin o bono navideo.- Los trabajadores tienen derecho a que sus empleadores les paguen, hasta el veinticuatro de diciembre de cada ao, una remuneracin equivalente a la doceava parte de las remuneraciones que hubieren percibido durante el ao calendario.La remuneracin a que se refiere el inciso anterior se calcular de acuerdo a lo dispuesto en el artculo 95 de este Cdigo.Art. 95 Sueldo o salario y retribucin accesoria.- Para el pago de indemnizaciones a que tiene derecho el trabajador, se entiende como remuneracin todo lo que el trabajador reciba en dinero, en servicios o en especies, inclusive lo que percibiere por trabajos extraordinarios y suplementarios, a destajo, comisiones, participacin en beneficios, el aporte individual al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social cuando lo asume el empleador, o cualquier otra retribucin que tenga carcter normal en la industria o servicio.

Art. 112 Exclusin de la decimotercera remuneracin.- El goce de la remuneracin prevista en el artculo anterior no se considerar como parte de la remuneracin anual para el efecto del pago de aportes al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, ni para la determinacin del fondo de reserva y jubilacin, ni para el pago de las indemnizaciones y vacaciones prescritas en este Cdigo. Tampoco se tomar en cuenta para el clculo del impuesto a la renta del trabajo.

Art. 113 Derecho a la decima cuarta remuneracin.- Los trabajadores percibirn, adems, sin perjuicio de todas las remuneraciones a las que actualmente tienen derecho, una bonificacin adicional anual equivalente a una remuneracin bsica mnima unificada para los trabajadores en general y una remuneracin bsica mnima unificada de los trabajadores del servicio domstico, respectivamente, vigentes a la fecha de pago, que ser pagada hasta el 15 de abril en las regiones de la Costa e Insular; y, hasta el 15 de septiembre en las regiones de la Sierra y Oriente. Para el pago de esta bonificacin se observar el rgimen escolar adoptado en cada una de las circunscripciones territoriales.

5. La bonificacin a la que se refiere el inciso anterior se pagar tambin a los jubilados por sus empleadores, a los jubilados del IESS, pensionistas del Seguro Militar y de la Polica Nacional.

6. Si un trabajador, por cualquier causa, saliere o fuese separado de su trabajo antes de las fechas mencionadas, recibir la parte proporcional de la decima cuarta remuneracin al momento del retiro o separacin.

7. Art. 114.- Garanta de la decimocuarta remuneracin.- La remuneracin establecida en el artculo precedente gozar de las mismas garantas sealadas en el artculo 112.

APORTE PATRONAL.- Este valor corresponde al 12,15% del total de ingresos de cada empleado que debe asumir el patrono y se debe pagar junto con el valor que por concepto de aportes IESS se descuenta a los empleados en el rol, estos valores se pagan al IESS (Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social) hasta el da 15 del mes siguiente.REGISTRO Y CONTABILIZACINTanto el Rol de Pagos como el Rol de Provisiones ser elaborado de acuerdo a las necesidades de la empresa, el registro del Rol de Provisiones se lo har en el libro diario de la siguiente manera:

FECHADETALLEPARCIALDEBEHABER

2012 -X-

MANO DE OBRA

IESS POR PAGAR

Aporte Patronal

Fondo de Reserva

BENEFICIOS SOCIALES POR PAGAR

Dcima tercera remuneracin

Dcima cuarta remuneracin

Vacaciones

P/R Contabilizacin del rol de provisionesxxxx

xxxx

xxxx

xxxxxxxxxxxx

xxxx

DISEO DE UN ROL DE PROVISIONES

ROL DE PROVISONES

POR EL MES DE: DE:APELLIDOS Y NOMBRESCARGOTOTAL INGRESOSXIII SUELDOXIV SUELDOFONDO DE RESERVAVACACIONESAPORTE PATRONAL 12,15%TOTAL

TOTAL

4.8. REGISTRO EN LA HOJA DE COSTOS

Clculo de la mano de obra directa aplicable a rdenes de produccin

Para determinar el valor econmico de una hora de mano de obra se utiliza la siguiente frmula (aplicada para cada obrero).

Costo total mano de obra (salarios, beneficios y provisiones)

Nmero de horas efectivas en el mes

Las hojas de costos son documentos que utilizan las empresas industriales para informar el proceso de fabricacin desde su inicio hasta su culminacin de tal manera que se totalice el importe de los tres elementos para dividir su importe entre el nmero de unidades terminadas y con ello determinar el costo unitario, que servir para dar entrada al almacn de productos terminados para su control.

Por cada orden de produccin se abrir un registro en la llamada hoja de costos que resumir los 3 elementos del costo de produccin referentes a las unidades producidas.

Se toman las hojas de costos vigentes del periodo, se identifica el sector asignado a la mano de obra directa, y ah se anotan los valores correspondientes a cada orden. Previamente se debe efectuar el anlisis de la informacin que presenta las tarjetas diarias de tiempo (tiquetes), puesto que podra suspender la actividad y, por consiguiente, se tendra que reconocer las denominaciones horas improductivas imprevista por dao de maquinas, ausencia de materiales, suspensin de fluido elctrico y similares; el costo de estas horas debera cargarse a resultados y no al costo de produccin.

En caso de rdenes terminadas en perodos menores al de liquidacin y pago de haberes, la asignacin del costo de mano de obra se efectuar con el valor-hora inmediata anterior, es decir que si queremos liquidar la hoja de costos N 35 que se termin el 4 de septiembre del 200X, el cargo se har tomando el nmero de horas efectivamente usadas multiplicando por el valor hora del mes de agosto. A fin de mes se conciliarn los pagos y provisiones debidamente reconocidos, con las aplicaciones en las hojas de costo. En caso de diferencias, se hace el ajuste de valores que corresponda.

CONCLUSIONES

El tratamiento de la mano de obra tanto directa como indirecta es muy importante en la contabilidad de costos ya que su finalidad es recoger, registrar, y reportar la informacin relacionada con los costos y con esta informacin, se analiza y se toman las decisiones de planeacin y control de los mismos.

Cabe recalcar que la mano de obra directa es el esfuerzo fsico que interviene directamente en el proceso productivo y que la mano de obra indirecta es complementaria para la culminacin de fabricacin as no est atribuida directamente a la elaboracin de un producto. Los costos de la mano de obra de administracin y ventas se tratan como gastos del periodo y los costos de la mano de obra de produccin o fabricacin se asignan a los productos elaborados.

RECOMENDACIONES

Se recomienda a las empresas industriales que realicen el anlisis pertinente sobre el tratamiento de la mano de obra para la toma de futuras decisiones y en cumplimiento que rige la ley del cdigo de trabajo.

El correcto control de la mano de obra hace que las empresas industriales puedan evitar lo que se llama el desperdicio de la mano de obra disponible controlando las labores que ejecuta cada uno de los obreros, es decir, controlar el tiempo productivo de los obreros y la correcta asignacin de las tareas a cada uno de ellos.BIBLIOGRAFA:

MOLINA Antonio, (2007) Contabilidad de Costos Teora y Ejercicio, 4ta. Ed., Edit. Talleres Grficos Acceso ACP.

HNOS., NARANJO SALGUERO, Contabilidad de Costos Bancaria y Gubernamental, (2006), 4ta. Ed., Edit. Don Bosco.

GARCA COLN, Juan (2007) Contabilidad de Costos. Tercera Edicin. Edit. Ms GRAW-HILL/INTERAMERICANA EDITORES S.A.

CDIGO DE TRABAJO

ZAPATA, Pedro. Contabilidad de Costos (2007). SNE. Edit. McGraw Will. ColombiaLINCOGRAFA:

http://www.slideshare.net/guestc4d8fd/mano-de-obra

COSTO HORA HOMBRE=

MOLINA Antonio, (2007) Contabilidad de Costos Teora y Ejercicio, 4ta. Ed., Edit. Talleres Grficos Acceso ACP. Pg. 78

ZAPATA, Pedro. Contabilidad de Costos (2007). SNE. Edit. McGraw Will. Colombia. Pg. 103

MOLINA, Antonio (2007) Contabilidad de Costos Teora y Ejercicio. 4ta Ed. Edit. Talleres Grficos Acceso ACP. Pg. 90

CDIGO DE TRABAJO, Febrero del 2012. Seccin I. Edit. Talleres de la Corporacin de Estudios y Publicaciones. Pgs. 38 y 39. Quito-Ecuador.

http://www.sri.gob.ec/web/10138/103

CDIGO DE TRABAJO. Febrero del 2012. Seccin I. Edit. Talleres de la Corporacin de Estudios y Publicaciones. Pgs. 69-114

http://www.slideshare.net/guestc4d8fd/conta.costos