UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE CHOTA
UNACH
REGLAMENTO DEL CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS PARA LA
CONTRATACIÓN DE PERSONAL BAJO LA MODALIDAD DEL
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS - CAS
En concordancia con la Resolución N° 529-2012-CONAFU del 11 de Octubre del 2012
Chota, Septiembre 2014
ÍNDICE
CAPITULO I
FINALIDAD, OBJETIVO, ALCANCE Y BASE LEGAL
CAPITULO II
DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO III
ORGANIZACIÓN DEL CONCURSO
CAPITULO IV
DEL PROCESO DE SELECCIÓN
CAPITULO V
DEL REGISTRO DE POSTULANTES
CAPITULO VI
EVALUACIÓN DE POSTULANTES
CAPITULO VII
DEL JURADO CALIFICADOR
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
REGLAMENTO DEL CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS PARA LA
CONTRATACIÓN DE PERSONAL BAJO LA MODALIDAD DEL CONTRATO
ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS
CAPITULO I
FINALIDAD, OBJETIVO, ALCANCE Y BASE LEGAL
Artículo 1° Finalidad
El presente Reglamento es el instrumento legal que norma los procesos y procedimientos
administrativos, para efectuar el proceso de contratación del personal administrativo en la
modalidad contractual de la Administración Publica – C.A.S. privativa del Estado, que
vincula a la Universidad Nacional Autónoma de Chota; que se encuentra bajo la
competencia del CONAFU con una persona natural que presta servicios de manera
autónoma, de conformidad con los dispositivos legales establecidos.
Artículo 2° Objetivo
La normatividad específica contenida en el presente Reglamento está orientada a contar
con un instrumento normativo de incorporación de recursos humanos que contenga
criterios técnicos para una correcta y oportuna aplicación en el proceso del concurso
publico de méritos para el ingreso del personal administrativo en la modalidad contractual
conforme a las normas vigentes.
Artículo 3° Base Legal
El presente Reglamento se sustenta en:
Constitución Política del Estado.
Ley N° 30220 - Ley Universitaria.
Ley N° 26439 - Ley de Creación del CONAFU, y sus Reglamentos.
Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General.
Ley N° 27050 - Ley General de la Persona Discapacitada.
Ley N° 26771 – Ley que establece prohibiciones de ejercer la facultad de
nombramiento y contratación de personal en el sector público en casos de
parentesco.
Decreto Supremo N° 021-2000-PCM - Reglamento de la Ley que establece
prohibición de ejercer la facultad de nombramiento y contratación de personal en
el Sector Público en casos de parentesco.
Ley N° 27815 – Código de Ética de la Función Pública.
Decreto Legislativo N° 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación
Administrativa de Servicios.
Decreto Supremo N° 075-2008-PCM – Reglamento del Decreto Legislativo N° 276.
Decreto Supremo N° 065-2011-PCM – Modifica el Reglamento del Decreto
Legislativo N° 1057.
Ley N° 29849 – Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial
del Decreto Legislativo N° 1057 y otorga derechos laborales.
Ley N° 29531, Ley de Creación de la Universidad Nacional Autónoma de Chota.
Estatuto de la Universidad Nacional Autónoma de Chota.
Reglamento General de la Universidad Nacional Autónoma de Chota.
Artículo 4° Alcance
Las disposiciones establecidas en el presente Reglamento son de aplicación para la
Universidad Nacional Autónoma de Chota.
CAPITULO II
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 5° Acceso al empleo Público
El acceso al empleo en la Universidad Nacional Autónoma de Chota en la condición del
contrato CAS que presta servicios de manera no autónoma se realiza obligatoriamente
mediante Concurso Público y Abierto.
Artículo 6° Acceso a cargos vacantes
El ingreso a laborar en condición de contratado se efectúa por concurso Publico de
Méritos, que constituye la única forma de acceso a los cargos vacantes establecidos en su
Proyecto de Desarrollo Institucional y a la Certificación Presupuestaria del Ministerio de
Economía y Finanzas.
Artículo 7° Postulantes
Se denomina postulante a la persona que cumple con las condiciones establecidas en este
Reglamento, debe acreditar cumplir con los requisitos genéricos y específicos exigidos
para la plaza a la que postula y debe concurrir a todas las etapas del concurso con su
Documento Nacional de Identidad (DNI).
Artículo 8° Requisitos Indispensables
Son requisitos indispensables para el ingreso como personal administrativo en la
modalidad contractual de la Administración Publica:
a) Declaración de voluntad del postulante
b) Tener hábiles sus derechos civiles y laborales.
c) No poseer antecedentes penales ni policiales, incompatibles con la clase de cargo.
d) Reunir los requisitos y/o atributos propios de la plaza vacante.
e) Los demás que se señale para cada concurso.
Artículo 9° Prohibición de Recomendación
Se encuentra prohibida toda recomendación directa o indirecta respecto de algún
postulante. los Miembros del Jurado Calificador las rechazaran de plano. El Jurado
Calificador debe disponer el retiro del postulante y si fuera el caso, la publicación del
nombre del postulante y del autor de la recomendación.
Artículo 10° Condición del Concurso
El Concurso Público para el ingreso en la condición de contrato CAS es abierto, en el
sentido que para la plaza vacante a una dependencia puede concursar cualquier
ciudadano peruano que reúna los requisitos establecidos en el presente Reglamento.
CAPITULO III
ORGANIZACIÓN DEL CONCURSO
Artículo 11° Organización del Concurso
Los miembros de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de
Chota son responsables de la organización del Concurso Público de Méritos para el ingreso
de personal administrativo en la condición de contratado CAS de conformidad con los
dispositivos legales establecidos.
Artículo 12° Conformidad de Plazas
El CONAFU dará su conformidad respecto al número, distribución de las plazas,
conformidad del concurso y reglamento correspondiente.
Artículo 13° Atribuciones de la Comisión Organizadora
En relación al Concurso Público de Méritos para la contratación de personal CAS, la
Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Chota tiene las
siguientes atribuciones:
a) Convocar a concurso Publico de méritos para el ingreso de personal administrativo
en la condición de contratado – CAS en concordancia con lo establecido en el
Proyecto de Desarrollo Institucional – PDI de la Universidad Nacional Autónoma de
Chota.
b) Aprobar los requisitos específicos en merito a la propuesta del Vicepresidente
Administrativo los mismos que serán incluidos en las Bases del Concurso.
c) Solicitar ante CONAFU la conformidad del cuadro de número y distribución de las
plazas convocadas, aprobación del cronograma del concurso y autorización para el
aviso de la convocatoria; así como la aprobación del Reglamento correspondiente.
d) Solicitar al CONAFU la designación de los representantes del CONAFU para el
Jurado Calificador, integrado por un Presidente, Secretario y Vocal.
Artículo 14° Emisión de Resoluciones
Autorizada la convocatoria por el CONAFU, el Presidente de la Comisión Organizadora de
la Universidad Nacional Autónoma de Chota emitirá las disposiciones que correspondan
para la publicación de los avisos pertinentes.
Artículo 15° Publicación del aviso de la Convocatoria
La Convocatoria del Concurso deberá publicarse cuando menos en un diario de mayor
circulación local y nacional, así como en el portal web de la Universidad. El aviso indicara
el cronograma de actividades del concurso; las plazas ofertadas; los requisitos mínimos.
Las Bases del Concurso precisarán el nombre de la dependencia donde se encuentra la
plaza a cubrir, denominación del cargo, plaza, remuneración, requisitos mínimos y
específicos del cargo, información sobre la inscripción y recepción de documentos.
CAPITULO IV
DEL PROCESO DE SELECCIÓN Artículo 16° Del Jurado
El Jurado Calificador está constituido por tres representantes del Concejo Nacional para la
Autorización de Funcionamiento de Universidades (CONAFU), uno de ellos será consejero,
quien lo preside y los otros dos, quienes tendrán la categoría de docente ordinario, se
desempeñaran uno como Secretario y otro como Vocal de dicho jurado.
Artículo 17° Irrenunciabilidad del Jurado
La designación como miembro del Jurado es irrenunciable, salvo los impedimentos
contemplados en el Artículo N° 18 del presente Reglamento.
Artículo 18° Impedimento para ser miembro del Jurado Calificador
No pueden ser miembros del Jurado Calificador, quienes tuvieran relaciones de
parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad, por razón de
matrimonio, unión de hecho o de otra índole que pusiera en duda la imparcialidad de
algún miembro del Jurado, debiendo ser reemplazado, de ser el caso.
Artículo 19° Instalación del Jurado
Instalado el Jurado Calificador, el Secretario General de la Universidad entregará al
Presidente el acta de cierre de inscripción de postulantes, la publicación de postulantes
inscritos y los expedientes correspondientes.
Artículo 20° Declaración de Sesión Permanente
El Jurado Calificador funcionará con la totalidad de sus miembros desde el día de su
instalación y se declara en sesión permanente hasta el término de su labor en el concurso.
Artículo 21° Funciones y Atribuciones
Son Funciones y Atribuciones del Jurado Calificador:
a) Recibir los expedientes de los postulantes, así como el Acta de Cierre de Inscripción
de postulantes.
b) Evaluar los expedientes presentados por los postulantes.
c) Solicitar a las autoridades la asesoría que estime necesaria.
d) Verificar la validez y veracidad de los documentos presentados.
e) Solicitar a los postulantes los originales de los documentos presentados en copias,
en caso lo estime conveniente.
f) Declarar APTOS a los postulantes previa revisión de la documentación y
verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos en concordancia con el
aviso de convocatoria y bases del concurso; debiendo publicar la relación
respectiva en un lugar visible de la Universidad y en el portal web de la
Universidad.
g) Calificar los méritos de los postulantes de acuerdo a los criterios y puntaje,
establecidos en las tablas anexas y publicar los resultados.
h) Resolver las reclamaciones e impugnaciones que se presentan en el proceso del
concurso.
i) Evaluar los conocimientos y aptitudes de los postulantes, mediante la calificación
de la hoja de vida, de acuerdo a los criterios y puntajes establecidos en la tabla
correspondiente.
j) Remitir las actas y el informe final del concurso acompañando la documentación
respectiva en un plazo máximo de 72 horas, a la Comisión Organizadora y al
CONAFU.
k) Los resultados finales emitidos por el Jurado Calificador son inimpugnables e
irrevisables.
CAPITULO V
DEL REGISTRO DE POSTULANTES Artículo 22° Registro de postulantes
La Oficina de Recursos Humanos abrirá un Registro de postulantes en el que anotara
según la plaza y el cargo al que postulen.
Los postulantes recabaran la “Solicitud de Presentación al Concurso Publico de Méritos”
en la Oficina de Tramite Documentario de la Secretaria General de la Universidad.
Artículo 23° Inscripción de postulantes
Para inscribirse en el Registro de Postulantes, se deberá presentar la solicitud con los
documentos sustentatorios, la misma que deberá estar debidamente foliada y ordenada
en DOS (02) sobres de la siguiente forma:
SOBRE “A”:
Incluyendo un anillado conteniendo los siguientes documentos:
a) Fotocopia del D.N.I.
b) Declaración Jurada sobre impedimento para contratar (Anexo N° 01)
c) Carta de presentación y Declaración Jurada del postor (Anexo N° 02)
d) Declaración Jurada de Cumplimiento de Términos de Referencia (Anexo N° 03)
e) Declaración Jurada de Parentesco (Anexo N° 04)
f) Declaración Jurada sobre prohibición de doble percepción (Anexo N° 05)
g) Declaración Jurada de no tener inhabilitación vigente (Anexo N° 06)
h) Declaración Jurada de no tener antecedentes penales y otros (Anexo N° 07)
SOBRE “B”:
Incluyendo un anillado que contenga su Curriculum Vitae documentado, incluyendo los
documentos correspondientes a los términos de referencia de la plaza a la que postula.
Artículo 24° Duplicidad de Inscripción
El postulante podrá concursar solo a una plaza. En caso de advertirse duplicidad de
inscripción se procederá a cancelar la participación del postulante y a su retiro del
concurso.
Artículo 25° Falsificación de documentos
El postulante que presente documentos fraguados quedará eliminado del concurso. Tales
hechos serán informados por el Jurado Calificador a la Comisión Organizadora para los
fines correspondientes.
Artículo 26° De la recepción de los documentos
Los documentos solo podrán ser aceptados en la oficina de Tramite Documentario de la
Secretaria General de la Universidad dentro del plazo fijado, vencido este no se permitirá
agregar documento alguno bajo responsabilidad de la Secretaria General de la
Universidad.
Los sobres que contienen los documentos solicitados deberán llevar el siguiente rótulo:
SEÑORES:
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE CHOTA
ATT. JURADO CALIFICADOR DEL CONCURSO C.A.S.
PROCESO CAS N
NOMBRE Y APELLIDOS:
NUMERO DE D.N.I.
N° DE FOLIOS SOBRE:…………..
Artículo 27° De la presentación de la Hoja de Vida
La información consignada en la hoja de vida tiene carácter de Declaración Jurada, por lo
que el postulante será responsable de la información consignada en dicho documento y se
somete al proceso de fiscalización posterior que lleve a cabo la entidad.
CAPITULO VI
EVALUACIÓN DE POSTULANTES Artículo 28° Rubros de la Evaluación
La evaluación del postulante comprende los rubros y puntajes máximo siguientes:
a) Primera Etapa – Evaluación Curricular 50 puntos
b) Segunda Etapa – Entrevista Personal 50 puntos
Artículo 29° Postulantes Aptos
Se considerara postulante APTO a todo aquel postulante que acredite cumplir con el perfil
y los requisitos mínimos exigidos. Únicamente los postulantes APTOS podrán pasar a la
etapa de la Entrevista personal.
Artículo 30° La Entrevista Personal
Solo pasaran a la entrevista personal, aquellos postulantes que hayan superado la Etapa
de Evaluación Curricular, teniendo como puntaje mínimo 26 puntos.
La entrevista personal será realizada por el Jurado Calificador, en la que se evaluarán
criterios y competencias del postulante que se hayan indicado en el requerimiento de la
contratación.
Artículo 31° Criterios de Evaluación
Los factores de evaluación dentro del proceso de selección tendrán un máximo y un
mínimo de puntos, distribuyéndose de la siguiente manera:
EVALUACIONES PESO PUNTAJE MÍNIMO
PUNTAJE MÁXIMO
EVALUACIÓN DE LA HOJA DE VIDA 50%
a) Experiencia 10
b) Cursos o estudios de especialización (de ser el caso) 40
Puntaje Total de la Evaluación de la Hoja de Vida. 26 50
ENTREVISTA PERSONAL 50%
Puntaje de la Entrevista 25 50
PUNTAJE TOTAL 100% 51 100
Artículo 32° De las Bonificaciones
a) Se otorgara una bonificación por diez por ciento (10%) sobre el puntaje obtenido
en la etapa de la entrevista, a los postulantes que hayan acreditado ser Licenciado
de las Fuerzas Armadas de Conformidad con la Ley N° 29248 y su Reglamento.
b) Se otorgara una bonificación por discapacidad del quince por ciento (15%) sobre el
puntaje total, al postulante que acredite dicha condición de acuerdo a la Ley N°
27050, Ley General de la Persona con Discapacidad y su Reglamento.
CAPITULO VII
RESULTADO DEL PROCESO Artículo 33° Puntaje Final
El puntaje final de cada postulante se obtiene de las sumatorias de los resultados de la
evaluación curricular y entrevista personal.
Artículo 34° Resultados de la Evaluación
Los resultados finales de la evaluación se publicarán a través de los mismos medios
utilizados para publicar la convocatoria, en forma de lista, debiendo contener el nombre
del postulante ganador y elegible; así como el puntaje obtenido incluyendo la declaración
de plaza desierta si la hubiera.
Artículo 35° Postulante Ganador
Para declarar ganador a un postulante, se tendrá en cuenta los supuestos siguientes:
a) Cuando a una plaza en concurso se presenta solo un postulante, es declarado
ganador si obtiene un puntaje igual o mayor a la puntuación mínima exigida.
b) Cuando a una plaza en concurso se presentan varios postulantes, es declarado
ganador el postulante que obtenga el mayor puntaje por encima de la puntuación
mínima correspondiente.
c) En el caso que los postulantes hubieran alcanzado el mismo puntaje, la prioridad
será adjudicada al que tuviera mayor grado académico, si persiste en el empate, al
que tuviera mayor calificación en la entrevista personal. Si subsiste el empate se
tomara en cuenta la calificación de la hoja de Vida.
Artículo 36° Postulante elegible
Sera considerado postulante elegible al postulante que sigue en estricto orden de mérito
del postulante declarado ganador.
Los postulantes que habiendo calificado y no hubieran sido favorecidos, pasarán a formar
parte del Registro de Elegibles, cuya vigencia será de un año. En caso de presentarse
vacantes en algunos puestos al que los postulantes incorporados al Registro de Elegibles
se hubiesen presentado, podrán ser contratados.
Artículo 37° Declaracion de Desierta la Plaza
Para declarar una plaza desierta se considerará los siguientes supuestos:
a) Cuando no se presentan postulantes a la plaza.
b) Cuando ninguno de los postulantes cumple con los requisitos mínimos.
c) Cuando habiendo cumplido los requisitos mínimos, ninguno de los postulantes
obtiene puntaje mínimo en las etapas de evaluación del proceso.
Artículo 38° Duración
En ningún caso la contratación de un servidor será menor de un (01) mes, ni podrá
exceder el ejercicio fiscal vigente.
Artículo 39° De la declaratoria del proceso como Desierto
El proceso puede ser declarado desierto en alguno de los siguientes supuestos:
a) Cuando no se presentan postulantes al proceso de selección.
b) Cuando ninguno de los postulantes cumple con los requisitos mínimos.
c) Cuando habiendo cumplido los requisitos mínimos, ninguno de los postulantes
obtiene puntaje mínimo en las etapas de evaluación del proceso.
Artículo 40° Cancelación del proceso de selección.
El proceso puede ser cancelado en alguno de los siguientes supuestos, sin que sea
responsabilidad de la entidad.
a) Cuando desaparece la necesidad del servicio con posterioridad al inicio del proceso
de selección.
b) Por restricciones presupuestales ordenadas por el Ministerio de Economía Y
Finanzas.
c) Otras debidamente justificadas y autorizadas por el CONAFU.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS PRIMERA: Declarados los postulantes ganadores del concurso, la Comisión Organizadora
dispondrá la emisión de las resoluciones respectivas, formalizando el contrato por
servicios personales en la modalidad contractual de la Administración Publica – CAS,
privativa del Estado, indicando el respectivo número de plaza, cargo y asignación de la
Dependencia o Facultad correspondiente.
SEGUNDA: El postulante ganador del concurso tiene un plazo de cuarenta y ocho (48)
horas para asumir el cargo adjudicado; en caso contrario será ocupado por el postulante
elegible en estricto orden de méritos.
TERCERA: La Oficina de Recursos Humanos está obligada a brindar una capacitación inicial
a los ganadores de las plazas, sobre los fines y objetivos de la Universidad Nacional
Autónoma de Chota, derechos y obligaciones y las funciones a desempeñar.
CUARTA: A los postulantes que no ganaron el concurso se les entregará la documentación
que presentaron dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la publicación del
resultado final, transcurrido ese plazo se procederá a la eliminación de la documentación.
QUINTA: Todo lo no previsto en el presente Reglamento será resuelto por el Jurado
Calificador.
ANEXO N° 01
DECLARACION JURADA SOBRE IMPEDIMENTO PARA CONTRATAR (Decreto Supremo N° 065-2011-PCM Art. 4)
Señores
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE CHOTA
Presente
CONVOCATORIA CAS N°…………………………………………..
Yo, ……………………………………………………………………… de nacionalidad ………………………… con
documento de Identidad N°………………………………………… domiciliado en…………………………,
Provincia………………………………………, Departamento…………………………………………………
Declaro bajo juramento que no me encuentro incurso en ninguna de las causales que
impiden mi contratación bajo el Régimen de Contratación Administrativa de Servicios,
regulada por el Decreto Legislativo N° 1057, SU Reglamento, aprobado por el Decreto
Supremo N° 075-2008-PCM, su modificatorias Decreto Supremo N° 065-2011-PCM y Ley
N° 29849.
En ese sentido, no me encuentro inhabilitado ni administrativamente ni judicialmente
para contratar con el estado.
Así mismo, no me encuentro comprendido en ninguna de las causales contempladas, ni en
ninguna otra causal contemplada en alguna disposición legal o reglamentaria que
determine mi imposibilidad de ser postor o contratista del Estado.
Ciudad,………………………………………………
Firma…………………………………………………………
Nombre y Apellidos del Postor
Formulo la presente declaración en virtud del Principio de Presunción de veracidad previsto en los artículos IV Numeral
1,7 y 42 de la Ley del Procedimiento Administrativo General aprobada por la Ley N° 27444 sujetándome a las acciones
legales y/o penales que correspondan de acuerdo a la legislación nacional vigente.
ANEXO N° 02
CARTA DE PRESENTACIÓN Y DECLARACION JURADA DE DATOS DEL POSTOR
Señores
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE CHOTA
Presente.-
CONVOCATORIA CAS N°………………………………………….. El suscrito, DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información corresponden a los
datos personales, los mismos que se sujetan a la verdad.
APELLIDO PATERNO:
APELLIDO MATERNO:
NOMBRES:
DOMICILIO FISCAL:
DIST: PROV: DEP:
FECHA DE
NACIMIENTO:
N° DNI.:
N° RUC.:
TELÉFONO FIJO:
TELÉFONO CELULAR:
Ciudad, ………………………………………………
Firma…………………………………………………………
Nombre y Apellidos del Postor
Formulo la presente declaración en virtud del Principio de Presunción de veracidad previsto en los
artículos IV Numeral 1,7 y 42 de la Ley del Procedimiento Administrativo General aprobada por la Ley N°
27444 sujetándome a las acciones legales y/o penales que correspondan de acuerdo a la legislación
nacional vigente.
ANEXO N° 03
DECLARACION JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA
Señores: UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE CHOTA. Presente.- CONVOCATORIA CAS N°……………………………………………… De mi consideración: Yo, ………………………………………………………………………………………… en mi calidad de postor,
luego de haber tomado conocimiento de la convocatoria de la Universidad Nacional
autónoma de Chota y conocer todas las condiciones existentes, ofrezco el servicio
materia del presente, de conformidad con los Términos de Referencia Mínimos.
En tal sentido, me comprometo a mantener mi propuesta y a suscribir el contrato, en
caso resulte ganador del proceso, y a realizar el servicio con las características, forma y
plazo especificados.
Asimismo, declaro que soy responsable de la veracidad de los documentos e
información que presento como parte de mi propuesta.
Ciudad, ………………………………………………
Firma…………………………………………………………
Nombre y Apellidos del Postor
Formulo la presente declaración en virtud del Principio de Presunción de veracidad previsto en los
artículos IV Numeral 1,7 y 42 de la Ley del Procedimiento Administrativo General aprobada por la Ley N°
27444 sujetándome a las acciones legales y/o penales que correspondan de acuerdo a la legislación
nacional vigente.
ANEXO N° 04
LEY N° 26771 – DECLARACIÓN JURADA DE PARENTESCO
Señores UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE CHOTA Presente.- CONVOCATORIA CAS N°…………………………………………………
Yo, ………………………………………………………………………………………………………………………… de nacionalidad …..……………………….., con documento de identidad N° …………..………………, domiciliado en …………………………………………………………………………………………………………………………………………………….. De conformidad con la Ley 26771 y el Decreto Supremo N° 034-2005-PCM de fecha 06 de mayo 2005 el cual dispone que toda persona que preste o ingrese a prestar servicios en la entidad deberá presentar Declaración Jurada en la cual consignará el Nombre completo, grado de parentesco o vínculo conyugal y la Dependencia de esta Entidad en la que eventualmente presten servicios sus parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad y por vínculo conyugal. DECLARO BAJO JURAMENTO:(Marcar la OPCIÓN correspondiente) a) No tener parentesco con ningún personal de la Universidad Nacional ……………………………… ( ) b) Tener parentesco con el siguiente personal de la Universidad Nacional ……………………………… ( )
N° Apellidos y Nombres Parentesco Condición Laboral Área Orgánica
1.-
2.-
3.-
Ciudad, ……………………………………… ………………………………………………. Firma Nombre y Apellidos del Postor Cuadro para determinar el grado de consanguinidad y/o afinidad
Grado Parentesco por Consanguinidad Parentesco por afinidad
En línea recta En línea colateral En línea recta En línea colateral
1° Padres, hijos Suegros, yerno, nuera
2° Abuelos, nietos Hermanos Abuelos del cónyuge Cuñados
3° Bisabuelos, Bisnietos Tíos, sobrinos
4° Primos, sobrinos, nietos, tíos, abuelos
Formulo la presente declaración en virtud del Principio de Presunción de veracidad previsto en los artículos IV NUMERAL 1,7 y 42° de la Ley del Procedimiento Administrativo General aprobada por la Ley N° 27444 sujetándome a las acciones legales y/o penales que correspondan de acuerdo a la legislación nacional vigente.
ANEXO N° 05
DECLARACIÓN JURADA SOBRE PROHIBICIÓN DE DOBLE PERCEPCIÓN
(Decreto Supremo N° 065-2011-PCM Art. 4) Señores UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE CHOTA Presente.- CONVOCATORIA CAS N°………………………………………………… Yo, ………………………………………………………………………………………………………………………… de nacionalidad …..……………………….., con documento de identidad N° …………..………………, domiciliado en ……………………………………………………………………………………………………………………………………….. Declaro bajo juramento que no me encuentro incurso en ninguna de las causales que impiden mi contratación bajo el régimen de Contratación Administrativa de Servicios contemplado en el Decreto Legislativo N° 1057, reglamentado por el Decreto Supremo N° 075-2008-PCM, su modificatoria y Ley Nº 29849. En este sentido, no me encuentro percibiendo otros ingresos del estado, por lo que no estoy comprendido en la causal contemplada en el artículo 4, numeral 4.3 del Decreto Supremo N° 065-2011-PCM, el cual dispone que: “Es aplicable a los trabajadores sujetos al contrato administrativo de servicios la prohibición de doble percepción de ingresos establecida en el Artículo 3º de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, así como el tope de ingresos mensuales que se establezca en las normas pertinentes”. Las propuestas que contravengan lo dispuesto en el presente artículo se tendrán por no presentadas. Los contratos celebrados en contravención de lo dispuesto por el presente artículo son nulos sin prejuicio de las acciones a que hubiere lugar.
Ciudad, ……………………………………… ………………………………………………. Firma Nombre y Apellidos del Postor Formulo la presente declaración en virtud del Principio de Presunción de veracidad previsto en los artículos IV NUMERAL 1,7 y 42° de la Ley del Procedimiento Administrativo General aprobada por la Ley N° 27444 sujetándome a las acciones legales y/o penales que correspondan de acuerdo a la legislación nacional vigente.
ANEXO N° 06
DECLARACION JURADA DE NO TENER INHABILITACIÓN VIGENTE
Señores: UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE CHOTA. Presente.- CONVOCATORIA CAS N°……………………………………………… De mi consideración: Yo, ……………………………………………………………………………………………………………………... de
nacionalidad ……………………….…….. con documento nacional de identidad N°
……………………………., domiciliado en …………………………………………………………………………….,
distrito ………………………….., provincia ………………………….., departamento
…………………………..,
Declaro bajo juramento que no me encuentro INHABILITADO según el Registro Nacional
de Sanciones de Destitución y Despido (RNSDD).
Ciudad, ………………………………………………
…………………………………………………………
Firma
Nombre y Apellidos del Postor
Formulo la presente declaración en virtud del Principio de Presunción de veracidad previsto en los
artículos IV Numeral 1,7 y 42 de la Ley del Procedimiento Administrativo General aprobada por la Ley N°
27444 sujetándome a las acciones legales y/o penales que correspondan de acuerdo a la legislación
nacional vigente.
ANEXO N° 07
DECLARACION JURADA
Señores: UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE CHOTA. Presente.- CONVOCATORIA CAS N°……………………………………………… De mi consideración: Yo, ……………………………………………………………………………………………………………………...... de
nacionalidad ……………………….………….. con documento nacional de identidad N°
……………………………., domiciliado en ……………………………………………………………………………….,
distrito ……………………………….., provincia ……………………………….., departamento
…………………………………
Declaro bajo juramento:
1. No tener antecedentes policiales, ni judiciales, ni penales y gozar de Buena Salud
Física y Mental.
Ciudad, ………………………………………………
…………………………………………………………
Firma
Nombre y Apellidos del Postor
Formulo la presente declaración en virtud del Principio de Presunción de veracidad previsto en los
artículos IV Numeral 1,7 y 42 de la Ley del Procedimiento Administrativo General aprobada por la Ley N°
27444 sujetándome a las acciones legales y/o penales que correspondan de acuerdo a la legislación
nacional vigente.
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